Evaluación SEA

Mejoramiento Ruta 7 Longitudinal Austral, Sector Parque Nacional Queulat Mejoramiento Ruta 7, Sector P. N. Queulat

Rol 6708207
SEA · DIA · Aprobado · 2012-03-21 · Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo · MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN XI REGIÓN DE AYSÉN Califica Ambientalmente el proyecto "Mejoramiento Ruta 7 Longitudinal Austral, Sector Parque Nacional Queulat Mejoramiento Ruta 7, Sector P. N. Queulat"

Resolución Exenta N* 247

Coyhaique, 13 de Julio de 2012

  1. La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto “Mejoramiento Ruta 7 Longitudinal Austral, Sector Parque Nacional Queulat”, presentada por el señor Fernando Prat Ponce, Director General de Obras Públicas en representación del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, con fecha 21 de marzo de 2012.

  2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

a) Con relación a la DIA del Proyecto

Institución ORD,N? [Fecha 0 A 22-03- SEREMI MOP, Región de Aysén. 9 2012 SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de 26-03- Aysén. 417 2012 Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 28-03- y3en 12600/118_|2012 . “£ Ñ 02-04- Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur 102 2012 onnia : a A 12-04- Dirección Regional de SAG, Región de Aysén. 212 2012 0 : La : 36- 13-04- Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén EA/2012 12012 Dirección Regional de Dirección General de Aguas, Región de 13-04- Aysén. 241 2012 a : as 0a z 13-04- Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de Aysén. 193 2012 Dirección Regional de SERNATUR, Región de Aysén. 111 ral iria 0 2 13-04- Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén 454 2012

. 0z z 13-04- SEREMI de Agricultura, Región de Aysén. 131 2012 . . Ml : 13-04- SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Aysén. 766-2012 12012 Qs . e. z 13-04. SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Aysén. 211 2012 o . 0 , 13-04- Servicio Nacional de Pesca, Región de Aysén 436 2012 . . o. o 13-04- Superintendencia de Servicios Sanitarios 305 2012 Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de 19-04- Aysén 173 2012 Consejo de M tos Nacional 23-04- onsej onumentos Nacionales 1728 2012 Informes de compatibilidad territorial; políticas, planes y programas, Regional y Comunal Institución ORD. N |Fecha 28-03- Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600/117 |2012 05-04- Gobierno Regional, Región de Aysén 472 2012 b) Con relación a la Adenda N” 1 del Proyecto Institución ORD. N |Fecha SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de 21-06- Aysén. 886 2012 22-06- Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600/229 |2012 25-06- Superintendencia de Servicios Sanitarios 504 2012 27-06- SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Aysén. 1338-2012 |2012 2610 03-07- Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur DRMA 2012 Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de 03-07- Aysén 303 2012 S8- 04-07- Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén EA/2012 |2012 04-07- Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén 835 2012 05-07- Dirección Regional de SERNATUR, Región de Aysén. 183 2012 05-07- SEREMI de Agricultura, Región de Aysén. 236 2012

  1. El Acta de Evaluación N? 79/2012, del Comité Técnico de fecha 05 de julio de 2012,

  2. El Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental del Proyecto “Mejoramiento Ruta 7 Longitudinal Austral, Sector Parque Nacional Queulat”, de fecha 10 de julio de 2012,

  3. El Acta Comisión de Evaluación Región de Aysén, Sesión Ordinaria N* 02-07/2012, de fecha 10 de julio de 2012.

  4. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Mejoramiento Ruta 7 Longitudinal Austral, Sector Parque Nacional Queulat ".

  5. Lo dispuesto en la Ley N” 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2? del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley 19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N” 1600 de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N 55/92, ambas de la Contraloría General de la República; y las demás normas aplicables al proyecto.

CONSIDERANDO:

1.- Que, la Comisión de Evaluación de la Región Aysén debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto “Mejoramiento Ruta 7 Longitudinal Austral, Sector Parque Nacional Queulat".

2.- Que, el derecho del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

3.- Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto “Mejoramiento Ruta 7 Longitudinal Austral, Sector Parque Nacional Queulat", consiste en:

3.1.- Tipología de Proyecto:

e.- Aeropuertos, terminales de buses, camiones y ferrocarriles, vías férreas, estaciones de servicio, autopistas y los caminos públicos que puedan afectar áreas protegidas. Asimismo, se entenderá por caminos públicos que pueden afectar áreas protegidas aquellos tramos de caminos públicos que se pretende localizar en una o más áreas protegidas, o que pueden afectar elementos o componentes del medio ambiente que motivan que dicha(s) área(s) se encuentre(n) protegida(s).

p.- Ejecución de obras, programas o actividades en parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes, santuarios de la

naturaleza, parques marinos, reservas marinas o en cualesquiera otra área colocada bajo protección oficial, en los casos en que la legislación respectiva lo permita, 3.2. Cronograma de Actividades Se ha estimado que la ejecución del proyecto tendrá una duración de 36 meses. No obstante la programación podrá sufrir variaciones conforme al plan de trabajo a presentar por el contratista en su oferta técnica. La fecha estimativa de inicio de obras es 01 de Diciembre de 2012. No obstante, se debe considerar una flexibilidad en las fechas producto de las condiciones del relativo aislamiento, características climáticas adversas y de los riesgos geológicos y geomorfológicos asociados al sector y que pudieran retrasar el cronograma normal de las obras. La etapa de operación comenzará el 1 de Diciembre de 2014 y es indefinida 3.3. Monto de Inversión: El monto estimado de la inversión para la ejecución del proyecto incluyendo los movimientos de tierra y sus obras complementarias, asciende aproximadamente a $ 18.250 mill $ (dieciocho mil doscientos cincuenta millones de $) equivalente a 36,5 mill US (treinta y seis coma cinco millones de dólares, tomando valor dólar a $ 500).

3.4. Vida útil:

El proyecto contempla una vida útil estimada en 30 años, no obstante puede extenderse indefinidamente realizando labores de mantenimiento de obras. No obstante lo anterior, es probable que en el mediano pazo el camino sea pavimentado.

3.5. Mano de Obra:

Etapa Mano de obra | Mano de obra promedio máxima

Construcción 230 400

Operación 2 3

Cierre o Abandono | 0 0

La construcción de la obra, demandará el uso de equipos y maquinarias tales como excavadoras, cargadores frontales, equipos de minería, buuldozers, camiones, planta productora de materiales, tamices, cintas transportadoras y equipos menores de apoyo entre otros; en el ámbito de la mano de obra, se estima que trabajarán durante la ejecución de las obras un promedio del orden de 230 personas y un máximo mensual de 400.

Durante la Etapa de Operación se consideran las labores de mantención de la ruta, por lo que se debe considerar personal para los contratos de Conservación Global, Periódica, Rutinaria y Administración Directa, según sea la necesidad. En términos generales, se puede señalar que estos trabajos son poco intensivos en mano de obra, por lo que se estima se requerirán 2 hombres por mes.

3.6. La superficie que comprende el proyecto

Los tramos de la Ruta 7 en estudio considera un desarrollo total de aproximadamente 36,48 kilómetros, con un trazado emplazado en una área montañosa

Respecto de la superficie intervenida se puede señalar que el Parque Nacional Queulat tiene una superficie de 154.093 há. La Ruta 7 ocupará, con el mejoramiento propuesto en esta DIA, 124,34 há, lo que significa un 0,08% de la superficie del Parque. La rectificación geométrica en planta y alzado junto con el nuevo perfil transversal, requiere intervenir una superficie de 54,74 há, lo que constituye un 0,04 % del Parque.

Uso hás Y%

Sup. Parque 154.093 | 100 Sup. Camino proyectado incluido |124,34 | 0,08 mejoramiento Sup. Bosque a intervenir. 54,74 0,04

El titular en adenda N? 1 amplia ala información indicando: ...el camino actual ocupa una superficie de 36,5 ha (plataforma), más 33,1 ha de vegetación arbustiva que no constituye bosque, más 34,74 ha de bosques que requieren PMOC. Es decir, la plataforma del camino mejorado ocupará una superficie de 124,3 ha.

3.8. Localización:

Administrativamente el proyecto se localiza en la Comuna de Cisnes, Provincia de Aysén, Región de Aysén. Entre el extremo norte del lago Risopatrón, pasando por Puyuhuapi, bordeando el canal Puyuhuapi, pasando por las cuestas y portezuelo Queulat, hasta antes de llegar a la bifurcación del camino a Puerto Cisnes.

Respecto a la compatibilidad territorial del Proyecto:

De acuerdo a la información presentada por el titular en la DIA y la información que consta en el expediente, es posible señalar que el proyecto en evaluación es compatible con los instrumentos de ordenamiento territorial vigentes en la región.

3.8. Justificación de la Localización:

El proyecto forma parte del mejoramiento general de la Ruta 7 en curso, para favorecer la conectividad entre Coyhaique y Puerto Montt; por su proximidad al proyecto, la comuna de Lago Verde y las localidades de La Junta, Puyuhuapi y Raúl Marín Balmaceda así como los pobladores del área rural de estas partes del territorio, tendrían un mejoramiento directo en su conectividad con el centro de la Región. El mejoramiento del estándar del camino facilitará el desarrollo turístico y económico de la zona. Todo lo cual influirá en elevar el nivel de vida de la población, disminuir el aislamiento, y contribuir al desarrollo socioeconómico y a un acceso seguro al Parque Nacional Queulat.

La Ruta 7 al interior del parque fue construida con estándar de camino de penetración, es decir, una calzada de 4 a 5 m de ancho con una carpeta de rodado granular, con pendientes fuertes y curvas con radios de giro pequeño, propias de un camino de montaña. Actualmente y en función de la demanda presente y futura proyectada, las características descritas representan restricciones en la capacidad de

la vía junto con niveles de seguridad inadecuados a los usuarios, lo que se manifiesta en deformación de la plataforma, inestabilidad de taludes, deslizamientos, baches, deficiente saneamiento (área de alta pluviometría). En resumen, el actual estándar del camino no permite mantener un nivel de servicio aceptable a la demanda y brindar una conectividad adecuada a las comunidades asentadas en los distintos poblados; esto, adicionalmente significa una barrera de entrada relevante para el desarrollo de actividades tales como el turismo, investigación y educación ambiental. Las obras para mejorar la serviciabilidad del camino consideran una rectificación geométrica completa en la planta, alzado y al perfil transversal, para lo cual se construirán muros de contención, terraplenes, cortes, un sistema completo de saneamiento superficial y obras de protección fluvial. Incluyendo también áreas para estacionamiento y miradores, para brindar a los usuarios la posibilidad de descansar, y a la vez, disfrutar del paisaje de la zona. Las obras en cuestión, se diseñaron dentro del contexto del nuevo Plan de Manejo del Parque Queulat desarrollado por CONAF, que se encuentra actualmente en proceso de sanción, y se acotaron en función de visitas conjuntas de profesionales y técnicos de la Dirección de Vialidad y de CONAF. Es importante destacar que uno de los objetivos de creación del Parque, D.S. N640/83 en su considerando cuarto establece: "Considerando que gran parte de los terrenos que conforman las Reservas Forestales Puertos Cisnes y Puyuhuapi se ajustan más adecuadamente al concepto y objetivos de un Parque Nacional, por cuanto ellos comprenden un conjunto de ecosistemas conformados por diversos ambientes naturales como valles, montañas, ríos, lagunas, glaciares y bosques, prácticamente inalterados por la acción antrópica. Esta gran diversidad de ambientes naturales constituye un alto potencial para la realización de actividades de investigación, educación ambiental y recreación al aire libre, lo que se ve facilitado por su adecuado y permanente acceso a través de la recién construida Carretera Longitudinal Austral y que en general, los recursos existentes dentro de los referidos terrenos contribuyen en alto grado a la conservación de la diversidad ecológica y regulación del medio ambiente” Es decir, se enfoca en la protección a que dicha diversidad constituye un alto potencial para la realización de actividades de investigación, educación ambiental y recreación al aire libre, lo que declara el propio decreto, lo que se ve facilitado por su adecuado y permanente acceso a través de la Carretera Longitudinal Austral (actual ruta 7). Por lo anterior, el proyecto en cuestión resultaría del todo compatible con los objetos de protección del Parque, en cuanto la ruta 7 permite dar cumplimiento a los fines que se tuvieron a la vista para dar protección oficial a dicho lugar , como asimismo con lo expuesto en el Plan de Manejo del Parque vigente a la fecha, aprobado mediante Resolución CONAF N 343 de 06 de julio de 1989, en que establece en su numeral 1.1.2 Objetivos de Manejo, letras: e) Fomentar el sano esparcimiento de la comunidad en un marco natural, brindando para ello las oportunidades y comodidades necesarias, sin que ello vaya en desmedro de la protección de sus recursos, y letra f) Contribuir al desarrollo regional.

3.9. Coordenadas Geográficas:

La ubicación geográfica del proyecto que se divide en cuatro sectores, sus coordenadas UTM

DATUM WGS 84, HUSO 18 y Geográficas se indican en la tabla siguiente:

Sectores Dm UTM Coordenada Geográfica (SAD 69) (WGS 84 — Huso 18 S) Tramo 1 Lago | 30.180,00 |700016/5103131 | 44? 11” 51,41” Lat. S 1 72% 29” 48,94” Risopatrón 40.340,00 | 696945 / 5094061 Long. W 44? 16 45,22” Lat. S / 72% 31? 50,31” Long. W Tramo 2 171.240,00 | 692815/5070392 |44 29 35,57” Lat. S / 72 34” 37,03” Fiordo 75.547,00 | 695122 /5067544 | Long. W Queulat 44% 31 00,57” Lat. S / 72% 32” 02,03” Long. W Tramo 3181.080,00 | 699276 / 5064336 | 44” 32 53,57” Lat. S / 72 29” 27,03” Fiordo 83.146,79 |701100/5062916 | Long. W Queulat - 44? 33” 32,57” Lat. S / 72% 28” 24,03” Puente Long. W Queulat Tramo 41 83.146,79 |701121/5062882 | 44? 33” 32,57” Lat. S / 72? 28” 24,03” Cuesta 103.100,0 | 704042 /5052063 | Long. W Queulat 0 44% 39” 20,57” Lat. S / 72% 25” 35,02” Long. W

3.10. Descripción del Proyecto

El proyecto contempla el mejoramiento de 4 tramos que atraviesan el Parque Quelat. El primero bordea la ribera occidental del lago Risopatrón en 10,160 Km (Dm 30.180 al Dm 40.340), el segundo está emplazado en la ribera sur del fiordo Queulat y tiene una longitud de 4,307 Km (Dm 71.240 al Dm 75.547), el tercero sigue por la ribera poniente del Río Queulat por 2,067 Km (Dm 81.080 a Dm 83.146,79), y el cuarto asciende por la cuesta norte del Portezuelo Queulat, para terminar en la cuesta sur del mismo portezuelo en un tramo de 19,953 Km (Dm 83.146,79 al Dm 103.100).

Tramo 1 del Lago Risopatrón (Dm 30.180 a Dm 40.340)

  • Enel sector que bordea el Lago Risopatrón (Dm 30.900 a Dm 40.340), se considera la habilitación de una plataforma de 8,25 — 9,0m de ancho, la que permita en una segunda fase construir una calzada de 6 de ancho mas sus bermas y/o cunetas, con una estructura de pavimento cuyo espesor total será del orden de los 0,50 m.

+» El ancho proyectado de esta plataforma, posibilita la construcción de las obras de saneamiento longitudinal e incluye un sobre ancho de plataforma para asegurar una necesaria estabilidad estructural para la calzada y su respectivo pavimento futuro.

  • Dada la inestabilidad geomorfológica del lugar de emplazamiento de las obras, se busca realizar a su vez el menor movimiento de tierra posible.

  • La rasante y la planta del mejoramiento del camino, se ha diseñado considerando las exigencias impuestas por la topografía del emplazamiento del trazado y las condiciones de entorno, lo que se traduce en utilizar los parámetros de diseños mínimos asociados al carácter de la vía (velocidad de diseño entre 30 y 60 km/hr) y la necesidad de empalmar cada una de las estructuras de puentes existentes. En los puntos de inicio y término del tramo en estudio, el nuevo alzado se empalma a la rasante del camino existente.

  • Se proyectaron dos zonas de estacionamiento (Dm 30.600 y 40.080) y un mirador (Dm 36.520).

  • Se diseñó un sistema de saneamiento longitudinal basado en la rehabilitación y construcción de fosos y contrafosos. En tanto, el drenaje transversal considera el reemplazo de las obras de arte existentes.

  • Se consideraron obras de protección fluvial basadas en enrocados para los cauces de los arroyos y/o esteros correspondientes a los Puentes Salmón N 2 y Salmón N 1 (Dm 33.017,50), así como en Los Loros N 2 y Los Loros N1 Dm 38.718,50.

  • Este proyecto incorpora mallas y pernos de anclaje en algunos taludes con el objeto de mejorar la estabilidad estructural que presentan.

  • Enel ámbito de la seguridad a los usuarios, se considera la colocación de señales y defensas camineras

  • Se consideró el traslado de algunos postes correspondientes al tendido eléctrico de este sector.

Tramo 2: Fiordo Queulat (Dm 71.240 a Dm 75.547)

+. Este tramo fue diseñado con una plataforma de ancho entre 10,3 y 10,6 m, por un concepto de homogeneidad con el tramo norte vecino, la que permitirá en una segunda etapa construir una calzada de 6 m más sus bermas de 1 m y/o cunetas según corresponda, la construcción del saneamiento superficial con una estructura de pavimento del orden 50 cm de espesor. El sobreancho de proyecto es de 0,5 m.

+. La rasante y la planta del mejoramiento del camino, se diseñó considerando las exigencias impuestas por la topografía de la zona y las condiciones de entorno del sector, lo que se traduce en utilizar los parámetros de diseños mínimos asociados al carácter de la vía (velocidad de diseño entre 30 y 60 km/hr) y a la necesidad de empalmar cada una de las estructuras de puentes existentes. En los puntos de inicio y término del tramo en estudio, el nuevo alzado se empalma a la rasante del camino existente.

+. Se proyectó una zona de mirador (en Dm 73.700), que brinde a los usuarios la posibilidad de descansar, y a la vez, disfrutar del paisaje de la zona.

  • Se diseñó de un sistema de saneamiento longitudinal basado en la rehabilitación y construcción de fosos y contrafosos, En tanto, el drenaje transversal considera el reemplazo de las obras de arte existentes, y el diseño de otras obras que permitan la evacuación desde puntos bajos.

  • Se incorporó la colocación de obras de señalización y seguridad vial, así como la colocación de defensas camineras. De igual modo, se consideró la remoción y

  • recolocación de toda aquella señalización existente que se encuentre en buen estado, y que a la vez, no quede obsoleta producto de los nuevos diseños.

Tramo 3: Fiordo Queulat — Pte. Queulat (Dm 81.080 a Dm 83.146,79)

  • Este tramo fue diseñado con una plataforma de ancho entre 10,3 y 10,6 m, por un concepto de homogeneidad con el tramo norte vecino, la que permitirá en una segunda etapa construir una calzada de 6 m más sus bermas de 1 m y/o cunetas según corresponda, la construcción del saneamiento superficial con una estructura de pavimento del orden 50 cm de espesor. El sobre ancho de proyecto es de 0,5 m.

+. La rasante y la planta del mejoramiento del camino, se diseñó considerando las exigencias impuestas por la topografía de la zona y las condiciones de entorno del sector, lo que se traduce en utilizar los parámetros de diseños mínimos asociados al carácter de la vía (velocidad de diseño entre 30 y 60 km/hr) y a la necesidad de empalmar cada una de las estructuras de puentes existentes. En los puntos de inicio y término del tramo en estudio, el nuevo alzado se empalma a la rasante del camino existente.

  • Se proyectó una zona de estacionamiento (en Dm 82.280), que brinde a los usuarios la posibilidad de descansar, y a la vez, disfrutar del paisaje de la zona.

  • Se diseñó de un sistema de saneamiento longitudinal basado solamente en la rehabilitación y construcción de fosos y contrafosos. En tanto, el drenaje transversal considera el reemplazo de las obras de arte existentes, y el diseño de otras obras que permitan la evacuación desde puntos bajos.

  • Se consideró la colocación de obras de señalización y seguridad vial, como la colocación de defensas camineras. De igual modo, se considera la remoción y recolocación de toda aquella señalización existente que se encuentre en buen estado, y que a la vez, no quede obsoleta producto de los nuevos diseños establecidos.

Tramo 4: Cuesta Queulat (Dm 83.146,79 a Dm 103.100)

  • Este tramo fue diseñado con una plataforma de ancho entre 9,3 y 9,6 m, con el ensanche adicional en las curvas de retorno para posibilitar el giro y el cruce de los vehículos mayores en las curvas de radio menor y en particular en las curvas de retorno. Al tramo completo se le dio este nivel de homogeneidad, teniendo presente a su vez la condición que se presenta en invierno, donde se requiere espacio para la limpieza del camino de la nieve caída. Esta plataforma permitirá a su vez en una etapa posterior construir una calzada de 6 m más sus bermas de 1 m y/o cunetas según corresponda, la construcción del saneamiento superficial con una estructura de pavimento del orden 50 cm de espesor. El sobreancho de proyecto es de 0,5 m.

+. La rasante y la planta del mejoramiento del camino, se diseñó considerando las exigencias impuestas por la topografía de la zona y las condiciones de entorno del sector, lo que se traduce en utilizar los parámetros de diseños mínimos asociados al carácter de la vía (velocidad de diseño entre 30 y 60 km/hr) y a la necesidad de empalmar cada una de las estructuras de puentes existentes. En los puntos de inicio y término del tramo en estudio, el nuevo alzado se empalma a la rasante del camino existente.

  • En la zona de la Cuesta Queulat, se consideró la construcción de muros de tierra armada, específicamente en puntos donde se emplazan curvas de retorno. De igual forma, en esta misma zona, se consideró la construcción de muros de contención de hormigón, los cuales se revestirán con mampostería de piedras, como una forma de buscar una armonía de la estructura con el entorno a través de la materialidad, favoreciendo con esto la percepción visual de los visitantes y usuarios.

+. Se proyectaron dos zonas de estacionamiento (Dm 88.440 a Dm 88.540 y Dm 98.150 a Dm 98.220) y tres miradores (Dm 92.480 a Dm 92.520, Dm 95.140 a Dm 95.220 y Dm 100.900 a Dm 100.940) que brinden a los usuarios la posibilidad de descansar, y a la vez, disfrutar del paisaje de la zona, como también en invierno para la colocación y retiro de cadenas.

. Se diseñó de un sistema de saneamiento longitudinal basado en la rehabilitación y construcción de fosos y contrafosos. En tanto, el drenaje transversal considera el reemplazo de las obras de arte existentes, y el diseño de otras obras que permitan la evacuación desde puntos bajos.

  • Específicamente se diseñaron obras de defensas fluviales con enrocados para las riberas del río Queulat y el estero Calladito, en las Dm 83.300, 87.000, 98.400 y 99.950 respectivamente, ubicadas junto al terraplén del camino.

+. Se diseñaron obras de señalización y seguridad vial, como también la colocación de defensas camineras

3.10.1. ETAPA O FASE DE CONSTRUCCIÓN.

En la etapa de construcción se registra el mayor nivel de interferencia con el medio físico natural, es en ella donde se realiza toda la rectificación geométrica (movimiento de tierras), la construcción del sistema de saneamiento, la construcción de las obras de sostenimiento y estructuras, y las obras de defensas fluviales. Consecuentemente, en esta etapa las obras y partidas más relevantes son:

Instalación de faenas, preparación del área de trabajo, roce y apertura de la faja, Movimientos de Tierra (excavación de escarpe, excavación de corte en roca y en terrenos de cualquier naturaleza (T.C.N.), reemplazo de material inadecuado, construcción de terraplenes, confección de capas granulares, obras de drenaje (construcción de obras de arte, fosos y contrafosos), obras de defensas fluviales con enrocados, conservación de puentes y otras obras complementarias como habilitación o construcción de plataformas para miradores y paraderos y señalización. Todo esto, trae aparejado entre otros interrupción temporal de servicios (electricidad en el Lago Risopatrón), extracción de

áridos, traslado de material a botaderos previamente autorizados, generación de residuos sólidos, tránsito y operación de maquinarias, personas viviendo en lugares cercanos y traslado de postación.

El titular en Adenda N? 1 amplia la información respecto del Traslado de los trabajadores indicando:

“los trabajadores se trasladarán desde la instalación de faenas a los frentes de trabajo en vehiculos proporcionados por la empresa. La mayoría del personal lo hará en buses, mientras los equipos técnicos y profesionales llegarán en camionetas de la empresa contratista.

Considerando una dotación de 230 personas, se requeriría unos 6 buses, lo que no afectaría el flujo normal de la ruta. No obstante lo anterior, dado que la obra será abordada por tramos, será menor la dotación por tramo intervenido. Estimándose como máximo entre 120 a 150 personas por tramo, es decir 2 a 3 buses.

Probablemente los buses saldrán desde Puyuhuapi, Puerto Cisnes o campamentos instalados en las cercanias de los contratos hacia los frentes de trabajo.

Los vehículos para el transporte de personal contarán con los permisos y autorizaciones necesarias de acuerdo a la normativa vigente para la circulación por calles y caminos.

En ningún caso el contratista que se adjudique la obra podrá afectar el transporte público subvencionado. ”

3.10.1.1.- Descripción de las Obras del Proyecto

El proyecto en estudio considera ejecutar obras en los cuatro tramos de la Ruta 7 ya identificados; el primer tramo se inicia en el sector del Lago Risopatrón y el último termina en la cuesta sur del Queulat, cerca de la bifurcación del camino a puerto Cisnes. A continuación se describen las actividades más relevantes de la etapa de Construcción del Proyecto:

a) Preparación del Área de Trabajo

La Preparación del área de Trabajo, dice relación con actividades previas a realizar para materializar el proyecto diseñado; considera la demolición y la remoción de obras no aptas y/o necesarias para el mejoramiento diseñado, el despeje y la limpieza de la faja, la construcción y conservación y desarme de puentes y badenes de carácter provisorio, para el tránsito en aquellos caminos afectados por la construcción de las nuevas obras, instalación y faenas de campamentos, y la corta y reforestación de bosque para ejecutar obras civiles; todo, de acuerdo a lo indicado en el Volumen 5 del Manual de Carreteras, Capítulo 5.100.

No se removerán especies vegetales que no interfieran con la construcción o con la seguridad del camino.

Los escombros y materiales de la limpieza serán llevados a botaderos autorizados. Se removerán: estructuras, ductos, barreras de seguridad simples, señalización vertical lateral, cercos.

Para la ejecución de obras se ha considerado un Plan de Prevención de Riesgos, ello a fin de establecer los procedimientos a seguir en la eventualidad de que se presenten situaciones de contingencias.

b) Movimientos de Tierra

Debido al carácter sinuoso de gran parte del trazado existente, aledaño a la costa del Lago Risopatrón, al Fiordo Queulat y/o al pie de la montaña, se ha privilegiado el ensanche del camino hacia el lado del cerro; la rasante y el eje en planta proyectado, generan numerosos cortes (excavaciones) para dar cabida al perfil transversal. Los cortes son en roca y en terreno común indistintamente, pero claramente identificados en cada uno de los perfiles transversales del proyecto. El ancho actual de 4 a 5 m del camino, dan cuenta de los volúmenes a excavar para materializar una plataforma que fluctuará en promedio entre 8 y 10,5 m.

Para todos los efectos, la construcción del movimiento de tierras y de cada uno de sus componentes, partidas o ítems, se hará siguiendo las indicaciones establecidas en el Capítulo 5.200 pertinentes del Volumen 5 del Manuel de Carreteras.

Los principales tipos de movimientos de tierra se describen a continuación. + Cortes: Se refiere a la excavación en terreno común o en roca

  • Excavación de Escarpe: Corresponde a la capa superficial de suelo natural constituido por terreno vegetal a ser extraído, en todas aquellas áreas donde se apoyarán nuevos terraplenes o ensanches de terraplenes existentes.

  • Excavación en terreno común o de cualquier naturaleza (TCN): Los trabajos se refieren a la excavación necesaria para dar cabida al perfil transversal correspondiente proyecto en aquellos sectores donde el suelo puede ser excavado sin trabajos previos de minería. Para este proyecto, se estima que la excavación total en TON será de 229.637 m3.

  • Excavación en roca: Se entiende por roca, aquel suelo que no puede ser removido por medios mecánicos y que para ello requiere se trabajos de minería y uso de explosivos. Para este proyecto, se estima que la excavación en roca total será de 373.176 m3.

  • Remoción de material de fundación: Se refiere a la remoción del material bajo la sub- rasante, en los sectores de corte. Su cubicación está considerada dentro del volumen excavación en terreno común.

+. Remoción y reemplazo de material inadecuado: Esta actividad se refiere a la remoción de material inadecuado en sectores de terraplén, que por su contenido orgánico y/o por características mecánicas insuficientes, no es apto como suelo de fundación del terraplén. Su cubicación está considerada dentro del volumen de terraplén del proyecto.

  • Excavación para drenaje y estructuras: Comprende las excavaciones necesarias para la construcción de obras de arte, fosos, contrafosos y la necesaria para la construcción de estructuras tales como las fundaciones de muros de contención.

c) Formación y compactación de Terraplenes

Se refiere a la construcción de terraplenes para conformar la plataforma del camino. Para este proyecto, se estima se requerirá de un volumen total de 342.805 m3 de material (Tabla 1.13). Los materiales que se ocupen para construcción de terraplenes provendrán de empréstitos autorizados que cumplan con toda la normativa aplicable y/o también podrán provenir de los cortes y excavaciones efectuadas, siempre que estos últimos cumplan con los requerimientos técnicos del material de relleno.

En términos generales, se puede señalar que los Movimientos de Tierra que se realizarán para dar cabida a las obras que se producirán a lo largo de los tramos que comprende el proyecto, corresponde a un total aproximado de 1.011.669 m3, En particular en el tramo Cuesta Queulat que abarca desde el Puente Queulat hasta un punto próximo a la Bifurcación Cisnes, se ha considerado la protección de taludes.

A continuación se muestran los movimientos de tierra por sector a intervenir.

Movimiento de Tierra Tramo 1: Lago Risopatrón (Dm 30.180 — Dm 40,340)

Actividad Volumen de tierra (m3)

Excavación de escarpe 21.350

Excavación de corte en | 51.980

TCN

Excavación de corte en roca | 47.615

Confección de terraplenes | 128.400

Total 249.345

Movimiento de Tierra Tramo 2: Fiordo Queulat (Dm 71.240 — Dm 75.547)

Actividad Volumen de tierra (m3)

Excavación de escarpe 5.690

Excavación de corte en | 735

TCN

Excavación de corte en roca | 214.970

Confección de terraplenes | 34.450

Total 255.845

Movimiento de Tierra Tramo 3: Fiordo Queulat — Puente Queulat (Dm 81.080 -- Dm 83.146,79)

Actividad Volumen de tierra (m3) Excavación de escarpe 6.822

Excavación de corte en | 7.585

TCN

Excavación de corte en| 0

roca

Confección de | 37.315

terraplenes

Total 51.722

Movimiento de Tierra Tramo 4: Cuesta Queulat (Dm 83.146,79 a Dm 103.100)

Actividad Volumen de tierra (m3) Excavación de escarpe 32.189

Excavación de corte en | 169,337

TCN

Excavación de corte en | 110.591

roca

Confección de terraplenes | 142.640

Total 454.757

Movimiento de Tierra Total, Tramos 1, 2, 3 y 4.

Actividad Volumen de tierra (m3) Excavación de escarpe 66.1051

Excavación de corte en | 229.637

TON

Excavación de corte en | 373.176

roca

Confección de terraplenes | 342.805

Total 1.011.669

En el movimiento de tierra es pertinente resaltar los puntos que se detallan a continuación:

El suelo de escarpe se acopiará para utilizar en áreas necesaria de restaurar (por ejemplo áreas de empréstitos abiertas cuando se construyó el camino en los inicios de la década del 80”). Una vez definida la forma de restauración de dichos empréstitos, se entregará a CONAF un proyecto de restauración para su análisis y revisión; una vez dada la conformidad se procederá a la ejecución. Para los efectos, toda la entrega de la documentación se hará a través del Libro de Medio Ambiente.

El- volumen de escarpe que no pueda ser reutilizado y/o acopiado dentro del Parque, será transportado y depositado el lugares externos al Parque, previamente autorizados por la D. de Vialidad.

En cuanto a las excavaciones (en roca o en terreno común), es pertinente resaltar que para efectuarlas se seguirán todas las disposiciones de la Sección 5.004 del Volumen 5 del MC.

Para efectuar las excavaciones en roca, se programarán las tronaduras con los cortes de camino de tal forma que no se produzcan riesgos de accidentes. Se proveerá toda la señalización necesaria, manteniendo banderilleros para cortar y dar el tránsito sin riesgo alguno para los usuarios del camino en las cercanías de los frentes de trabajo.

Para el transporte, almacenamiento y uso de explosivos, se cumplirán estrictamente las normas vigentes sobre la materia: La Ley 17.798, sobre Control de Armas, encarga a la Dirección General de Movilización Nacional la supervigilancia y control de armas, explosivos y otro tipo de sustancias que indica. Dicho cuerpo legal se encuentra complementado por el DS 83/2007 del Ministerio de Defensa Nacional, sobre control de armas, explosivos y elementos similares

Lo anterior será realizado en conformidad a todas las disposiciones de la Sección 5.004 del Volumen 5 del MC. El titular en Adenda N* 1 Amplia la Información respecto de los taludes indicando:

Para realizar el mejoramiento del camino se efectuó en forma previa un Estudio de Ingeniería para determinar la mejor alternativa de trazado, definir y cuantificar las obras necesarias, etc.

Dentro de los estudios se consideró el de Mecánica de Suelos, para asegurar la factibilidad del emplazamiento del camino en el lugar seleccionado. Se procedió a efectuar una prospección geotécnica basada en la confección de calicatas de 1,5 m de profundidad, a lo largo de todo:el camino en estudio, y en los sectores donde se generarán los mejoramientos geométricos. A lo anterior se suma la ejecución de zanjas de exploración, y la confección de ensayes de cono dinámico. Además, esta prospección consideró la ejecución de zanjas de exploración con el objeto de determinar la existencia de roca en algunos sectores del camino, donde los nuevos trazados proyectados implican que la plataforma deberá desplazarse y/o ensancharse generando nuevos taludes de corte. A continuación se señala lo descrito en dicho informe:

Los cortes del trazado actual, en sectores son de gran altura y se ha estimado que el valor máximo de la misma alcanza a los 30 ó 40m

Las rocas que se exponen en el trazado del camino, corresponden a rocas intrusivas de edades jurásicas y en general se trata de granitos y granodioritas junto a filitas que prácticamente se desarrollan en toda la región

Debe destacarse que estas rocas se presentan solo levemente alteradas y que las severas condiciones climáticas del sector hacen que la cubierta se encuentre pulida y con toda la roca alterada barrida.

Las rocas del área corresponden a intrusivos en parte metamorfoseados dentro de los cuales se distinguen granitos y granodioritas. En sectores de sedimentos se encuentran grandes depósitos de

morrenas glaciales. Las rocas intrusivas se presentan frescas, con bajo grado de fracturamiento y con taludes estables en cortes de 1H a 465 Y.

El modelaje del sector corresponde a un modelaje de origen glacial en donde destacan los valles con paredes semiverticales y con exposición de rocas pulidas con escasa presencia de fracturas. Este modelaje erosivo es reciente y puede ser catalogado como moderno.

En general los cortes, que han sido abiertos en los últimos años, se presentan estables con presencia de roca expuesta de buena calidad. No hay soportes en estos cortes. Así mismo los diseños se han efectuado sin banquetas.

Los trazados analizados han considerado cortes y terraplenes para la ampliación del camino en aquellos sectores donde se trabaja sobre la actual ruta o en sectores en donde se diseñan

alternativas nuevas.

A continuación se señala en términos generales los taludes recomendados para los siguientes sectores.

Coordenadas UTM Proyecto Mejoramiento Ruta 7, Sector Parque Nacional Queulat

Características geológico geotécnicas del sector | Taludes recomendados | Material a ser removido a intervenir

(H : Y) (2) Terreno de pendiente suave, con rellenos de | 1:1 Suelo 100% aluvial o escombro de falda. Sectores de conos de deyección, mezclados con | 1: 2 Suelo 80 a 100%

escombro de falda. Ripper 0 - 20%

Roca 0 - 10%

Cono de deyección con parcial roca o escombro | 1: 3 Suelo 30 a 40% de falda. Ripper 10 a 30% Roca 10 a 50% Mayoritariamente roca, con cubierta de|1:4 Suelo 40 a 10% escombro de falda o cono de deyección de espesor variable Ripper 10 a 20% Roca 40 a 100% Zona de roca con cortes verticales 1:4 Roca 100% Roca. Presenta cortes mayores con alturas de | 1:5 Roca 100%

30m.

Se hace presente finalmente, que los taludes recomendados en el cuadro precedente, recoge el buen comportamiento de los taludes que se materializaron en la oportunidad en la cual se construyó el camino y/o cuando se hicieron mejoramientos y ensanches posteriores.

d) Carpeta granular de rodadura

Corresponde a la construcción de una carpeta de rodado granular, formada por agregados pétreos sobre la subrasante del proyecto. Las disposiciones para su ejecución, se encuentran contenidas en la sección 5.303 del MC.

El material granular provendrán de empréstitos autorizados que cumplan con toda la normativa aplicable y/o de los cortes y excavaciones efectuadas, siempre que estos últimos cumplan con los requerimientos técnicos del material de relleno.

e) Transporte de Material

Corresponde a los viajes efectuados por los camiones entre los sitios de empréstitos, plantas, frentes de trabajo y botaderos, así como al trabajo de carga realizado por cargadores frontales y retroexcavadoras. Esta actividad se asocia con el aumento de los niveles de ruido y de partículas totales en suspensión.

Las máquinas a utilizar se desplazarán a lo largo de todo el camino, para realizar sus labores en los frentes de trabajo. Este movimiento de máquinas implicará alteraciones en el flujo vial, en aquellos lugares en que las maniobras abarquen la o las calzadas en uso. Toda esta actividad queda regulada por lo indicado en la sección 5.004.1 del MC.

£) Obras de Drenaje

Corresponde a la materialización de obras de saneamiento y evacuación de aguas lluvias, con el fin de interceptar aguas superficiales que escurren por los terrenos adyacentes a la vía, alejándola de los terraplenes u otras áreas que puedan sufrir daños por efecto del escurrimiento de aguas descontroladas. Para todos los efectos, las indicaciones para materializar estas obras están contenidas en la sección 5.600, y específicamente en la 5.600.2 del Volumen 5 del MC.

Las obras de drenaje que contempló el proyecto para los tramos estudiados consisten en el reemplazo de todas las obras de arte existentes y el diseño de otras nuevas que permitan la evacuación de las aguas desde puntos bajos.

2) Defensas fluviales de ribera

El proyecto considera la realización de obras de protección fluvial, basados en enrocados para los cauces de los arroyos y/o esteros correspondientes a los siguientes puentes:

Tramo 1: Lago Risopatrón (Dm 30,180 a Dm 40.340) » Puente Salmón N* 2 (Dm 33.017,50)

» Puente Salmón N 1 (Dm 33.017,50) + Puente Los Loros N 2 (Dm 38.718,50) + Puente Los Loros N* 1 (Dm 38.718,50)

Tramo 4: Pte. Queulat - Cuesta Queulat (Dm 83.146,79 a Dm 103.100) + Enrocado Río Queulat (Dm 83.300,00 y Dm 87.000,00) +. Enrocado Río Queulat (Dm 98.400,00 y Dim 99.950,00)

Para los enrocados se considera que dada la necesidad de protección frente a los efectos de socavaciones, tanto hacia aguas arriba, donde ocurre un aumento de velocidad por el estrechamiento, así como hacia aguas abajo, donde ocurre una expansión del escurrimiento. Por debajo de la roca se proyecta la colocación de una capa de geotextil cuya función es impedir el arrastre del material de apoyo del enrocado. La sección transversal del enrocado presenta un talud de 1.5 (H):1(V) hacia el lado de las aguas, con lo cual se pretende darle suficiente estabilidad a la roca.

El ancho del puede ser menor en los sectores en que las altas riberas sirven como apoyo para la capa de enrocados. En aquellos casos donde la sección del cauce es muy estrecha, se ha diseñado el revestimiento de la sección completa (paredes y fondo del de cauce).

Las obras de protección y defensas se realizarán de acuerdo a lo establecido en la sección 5.207 del Volumen 5 del MC.

h) Conservación de Puentes y Estructuras

Se contempla la pintura de vigas y barandas metálicas de los puentes Chucao (Dm 88.560) y La Cascada (Dm 99.980) Cuya ejecución se hará siguiendo las disposiciones de la sección 7.307 pertinentes del Volumen 7 del Manual de Carreteras

i) Obras Complementarias

En este concepto se incluye la remoción y recolocación de señales camineras, señales camineras nuevas, defensas camineras y colocación o rehabilitación de paraderos de buses, colocación de cercos y portones. Las indicaciones para la ejecución de estas componentes, se establecen en el capítulo 5.700 del Volumen 5 del Manual de Carreteras.

El titular en Adenda N* 1 amplia la información respecto de la ¡identificación de Zonas de remoción en masas y su plan de mitigación, indicando:

Las remociones en masa y/o deslizamientos de grandes volúmenes, forma parte de la dinámica natural de área montañosas como las que caracterizan a la Región. Desde la construcción del camino a comienzo de la década de los años 80, la ruta ha sido afectada por fenómenos puntuales de remoción en masa, que se han generado de forma natural en las partes altas de los cerros, los que han tenido una magnitud significativa en los siguientes sectores:

. Sector Risopatrón, puente El Muelle (Dm 30.160).

» Al sur del sector Angostura del Lago Risopatrón, (aprox Dm 38.250). + Al norte del Puente Queulat, (aprox Dm 82.500).

» Portezuelo Queulat (Dm 96.140).

  • Puente Cascada (Dm 100.010), donde se encontraban los puentes Cascada y Pudú

En términos generales se puede señalar que el origen de dichas remociones es natural, así como muchos otros deslizamientos que se ven en los cerros de los alrededores sin intervención humana. No se tienen antecedentes de remoción de masas atribuibles a las intervenciones realizados durante la construcción de la Ruta 7

En el informe de mecánica de suelos, dentro del Estudio de Ingeniería, se señala que los sectores que presentan mayores riesgos asociados a los movimientos en masa y aludes, son:

» Sector de Quebradas en la vertiente poniente del Lago Risopatrón: Presenta pendientes escarpadas. Se encuentra drenada por quebradas permanentes que desembocan al Lago Risopatrón. El transporte de materiales de estas cuencas es positivo, proceso que si se complementa con las condiciones edáficas y climáticas permiten el transporte de materiales.

» Vertiente norte del Río Queulat: Estas presentan pendientes fuertes con quebradas pequeñas bastante incididas, las cuales transportan materiales hacia el fondo de valle.

» Cuesta Queulat: Las pendientes fluctúan de Fuertes a Muy Fuertes, lo cual conlleva el riesgo de deslizamiento de materiales.

Dado que la ruta se emplaza en sectores montañosos, que tienen una dinámica natural de remociones en masa y/o deslizamientos de grandes volúmenes de material, si se produce un fenómeno de remoción de masas que afecte la ruta en su etapa de operación, se despejará la ruta para ponerla nuevamente en operación y dar la mayor seguridad posible a los usuarios en función de lo sucedido. Las medidas de prevención de riesgos para los usuarios de la ruta se centran en la información, para ello se colocarán señales camineras solicitando no estacionarse en los sectores más críticos. Dado su condición de Parque Nacional, se evitará intervenir en los sectores aledaños al tramo afectado.

1) Interrupción Temporal de Servicios Básicos

En los sectores que abarca el proyecto, habrá suspensión de tránsito por periodos de tiempos que como máximo será de 6 horas al día; para esto, se llevará una coordinación con las autoridades locales y con servicios tales como Salud, Carabineros, Transporte Público, Secretarías de Transporte y SERNATUR, en particular para la determinación de los horarios y el análisis de las situaciones excepcionales. En sectores puntuales, el transito será interrumpido en forma temporal, donde se considera la inclusión de banderilleros para ordenar el flujo de tránsito. Y siguiendo las indicaciones establecidas en la sección 5.004 del Volumen 5 del Manual de Carreteras.

El titular en Adenda N* 1 Amplia la Información, Indicando que: Previo a comenzar la obra, se realizarán reuniones para coordinar los horarios de corte de camino com los operadores de transporte público y otros usuarios relevantes como municipios, sector salud, operadores turísticos, etc. Además, se hará difusión de los horarios de corte a través de avisos de radio y colocación de letreros en: Bifurcación Puerto Cisnes, Cruce Viviana, Puyuhuapi, La Junta.

k) Construcción Estacionamientos y Miradores

Dentro del concepto de ir conformado una vía que ayude a disfrutar del entorno y contribuir a los objetivos que se tuvieron a la vista para la creación del Parque

Nacional Queulat, como compromiso ambiental voluntario, se construirán plataformas para estacionamientos (Dm 30.660, Dm 40.080, Dm 82.280, Dm 88.490, Dm 98.185. En la figura 9 se

muestra un esquema de estacionamiento.

De igual forma, como compromiso ambiental voluntario se construirán plataformas para miradores en las siguientes ubicaciones: Dm 36.520, Dm 73.700, Dm 92.500, Dm 95.180, Dm 100.920.

1) Traslado de Materiales a Botaderos

En esta actividad se dispone el material natural que se ha generado como desecho de la obra para dar cabida al perfil transversal correspondiente, el cual contendrá, roca, Terreno de Cualquier Naturaleza (TCN), restos de vegetación, una proporción menor de suelo de escarpe, etc. En términos generales se puede señalar que el material de escarpe se ocupará principalmente en actividades para el abandono (restauración) de obras anexas como empréstitos, botaderos, instalación de faenas, planta de producción de materiales, así como para protección de taludes, etc. Una proporción del TCN se ocuparía para construcción de terraplenes, en la medida que sus características mecánicas sean adecuadas. La roca se ocupará en alguna proporción para la protección fluvial y como base en suelos mallinosos, etc. Entonces, se estima que se reutilizará en la construcción del camino del orden de un 35% del material excavado. El resto de éste material, 65% de TCN y Roca, se dispondrá en distintos botaderos, estimándose un volumen aproximado de 391.828 m3 para los cuatro tramos, como se señala referencialmente en la siguiente tabla.

Estimación del volumen de excedente de excavación por Tramo.

Tipo de | Risopatrón Fiordo Fiordo Queulat | Puente Queulat -

rcavación (m3) Queulat =- Puente | Cuestas Queulat (m3) Queulat (m3) (m3)

Excavación — de); 359 5.690 6.822 32.189

escarpe

Excavación de

corte en TON 51.980 735 7.585 169,337

Excavación — del ¿7 615 214.970 [0 110.591

corte en roca

Total Excavación | 120.945 221.395 14.407 312.117

Total a Botadero | 64.737 140.208 4.930 181.953

De acuerdo a las características de la obra, no es posible identificar en forma previa a la ejecución los sitios que serán destinados a botaderos, no obstante lo anterior, los sectores seleccionados cumplirán con los siguientes criterios:

» Privilegiar

el uso de antiguos pozos de extracción de áridos que hoy forman parte de pasivos

ambientales dentro del Parque. Esto además constituye un Compromiso Ambiental Voluntario, cuya aplicación ha sido acordada con las autoridades de CONAF y de la Administración del Parque. Ubicación sitios destinados a relleno

Sitios Ubicación kilometro de la | Tramo

Degradados Ruta

1 97,480 Cuesta Sur Queulat

2 97,260 Cuesta Sur Queulat

3 93,800 Cuesta Norte Queulat

4 30,450 Lago Risopatrón

Lago Risopatrón

En las demás áreas, que deberán estar fuera del Parque, privilegiar emplazamientos fuera del alcance de la vista de los usuarios de la ruta.

Considerar las alturas y pendientes existentes en forma natural en el terreno. En cualquier caso no podrán superar el 35%.

Recubrimiento con capa superficial de suelo, al menos de 20 cm de espesor, para facilitar su recolonización vegetal natural y favorecer su reincorporación al paisaje.

Evitar zonas de quebradas, humedales y sectores de napas freáticas altas.

Para asegurar el cumplimiento de lo establecido en este punto, el Ministerio de Obras Públicas incorporará en las Bases de Ejecución del proyecto los citados criterios. Todo lo anterior en conformidad a lo establecido en la Sección 5.210 del MC-VS y en el numeral

9.702.303 del MC-V9 del Manual de Carreteras, y todas aquellas normas de carácter sectorial y ambiental que regulan estas materias.

Por lo que la empresa constructora tendrá que buscar y proponer dichos botaderos a la Inspección Fiscal. Previo a su utilización la constructora debe presentar un Plan de Manejo para Apertura, Uso y Abandono de Botaderos, donde señalará el manejo ambiental que hará en ellos y como cumplirá con los requisitos indicados en el Anexo N* 09, Consideraciones Ambientales para la Ejecución de Obras, en las Bases de Licitación, en la Sección 5.804 del MC-VS5 y en el numeral 9.702.302 del MC-V9 del Manual de Carreteras de la Dirección de Vialidad, en la normativa ambiental vigente y con los permisos Sectoriales respectivos. El Plan de Manejo será revisado por los profesionales del área ambiental de la Dirección de Vialidad y si cumple con los requisitos indicados, será aprobado por la Inspección Fiscal.

m) Tránsito y Operación de Maquinarias

Se producirá el tránsito de vehículos de carga y equipos en todo el camino en construcción y en las vías que comunican con empréstito, acopio de áridos, botaderos, instalación de faenas. La maquinaria destinada a excavaciones, transporte, compactación, etc. operará en el camino y en los sitios de acopio de áridos y sector de Instalación de Faenas.

Para el traslado de materiales, se operará con camiones cuya capacidad respete los límites de peso por ejes establecidos en el D.S. N* 158/80 del MOP.

Respecto al transporte y los seguros comprometidos, el titular del proyecto es el responsable último, ante cualquier contingencia ocurrida en cualquiera de las fases del proyecto, independiente de la presencia de contratistas o subcontratistas. Lo anterior, con la finalidad de que los daños a terceros y a la vialidad comprometida por estos eventos sean reparados.

Respecto del tránsito y operación de maquinaria, el titular tendrá en cuenta que para la conducción de maquinarias automotrices en los lugares de trabajo, tales como bulldozers, excavadoras, cargadores, rodillos, motoniveladora, retroexcavadoras, traileres y otras similares, los trabajadores deberán poseer la licencia de conducir que exige la Ley de Tránsito, además que los vehículos de carga y maquinaria móvil cuenten con alarma de retroceso de tipo sonoro y con sus revisiones técnicas al día.

n) Contratación de Mano de Obra

La constructora que llevará a cabo el proyecto deberá considerar alrededor de 230 personas en promedio, comprendiendo a obreros y a operarios de excavadoras, motoniveladoras, cargadores frontales, bulldozers, conductores de camiones, mineros (expertos en explosivos, detonantes, etc),

operadores de planta chancadora, tamizador, entre otros. Además de los operarios, se incluyen a capataces, jefes de obras, topógrafos, ayudantes, constructores e ingenieros civiles.

ñi) Traslado de Postación

En el tramo que bordea el Lago Risopatrón, entre el camino y el lago, se encuentra un tendido eléctrico que llega a Puyuhuapi. Los postes se encuentran muy cerca del camino, por lo que se genera la necesidad de trasladar algunos postes que quedarán principalmente en el talud del terraplén. Se avisará a la empresa eléctrica para que realice dicho traslado, reinstalándolo en un sector muy cercano.

Traslado de Postación eléctrica, Tramo Risopatrón.

UBICACIÓ DISTANCIA N TIPO OBSERVACION LADO | ACTUAL AL EJE TENDIDO | ES

Dm (m)

30.897 I 6,87 AT Por Talud Terraplén

31.046 D 4,20 AT Por Talud Corte

33.110 I 14,90 AT Por Talud Terraplén

37.578 I 6,00 AT Por Talud Terraplén

3.10.1.2.- Descripción de las Obras Asociadas al Proyecto

a) Instalación, Operación y Abandono de Faenas y Campamentos

La instalación de faenas y campamentos contempla la construcción o instalación de oficinas, comedores, cocina, servicios sanitarios, campamentos, talleres de reparación de equipos y maquinaria, de enfierradura, de carpintería, bodegas, lugares de acopio de material, y demás instalaciones necesarias para el normal funcionamiento y desarrollo de la obra.

La instalación de faenas y campamentos conlleva despejar y nivelar el terreno donde se emplazará, construir o adecuar accesos, levantar edificaciones prefabricadas y dotarlas con electricidad, agua potable, baños conectados a alcantarillado particular u otra alternativa para el manejo de las aguas servidas y comunicación

Considerando que la localización de las instalaciones de faenas, es una decisión exclusiva del contratista, dado que infiere directamente en las rentabilidades del contrato, el mandante sólo estipula los criterios que debe cumplir la constructora para el emplazamiento de su instalación o indica lugares específicos donde no puede instalarse. Por tanto, previo a la construcción de esta obra anexa, la empresa constructora debe presentar un Plan de Manejo para Instalación de Faenas y

Campamentos, donde señalará como cumplirá con los requisitos indicados en el Anexo N*09, Consideraciones Ambientales para la Ejecución de Obras, en las Bases de Licitación, en la Sección 5.106 del Manual de Carreteras de la Dirección de Vialidad (MC) —Volumen (V) 5 y en el numeral 9.702.301 del MC-V9 y la normativa ambiental vigente.

A continuación se indican los criterios que debe cumplir el emplazamiento:

  • Las instalaciones no podrán emplazarse dentro de los límites del Parque Nacional Queulat.

  • Se evitará la instalación en sitios donde subsiste flora en categoría de conservación.

  • Se evitará la afectación de sitios que albergan nichos claves para la fauna en categoría de conservación.

» Se evitará la localización que afecte sitios de interés arqueológico o históricos

  • Se evitará la afectación de terrenos con procesos erosivos, riesgos de alteraciones geofisicas o riesgos de inundación

. Sepriorizará la ocupación de suelos no agrícolas con capacidades de uso V a VII.

» Las instalaciones no podrán emplazarse dentro de los límites del Parque Nacional Queulat.

  • En función de las características del sitio elegido y la disponibilidad de servicios básicos en el lugar, la constructora deberá tramitar los permisos y autorizaciones correspondientes, como por ejemplo:

o Autorización del propietario del predio.

o Autorización sanitaria para: los sistemas de abastecimiento de agua potable, sistema de alcantarillado particular, bodega de almacenamiento de residuos peligrosos.

o Autorización para traslado y acopio de combustibles.

Cambio provisorio de uso de suelo.

o La mantención de equipos y maquinarias se realizará en talleres habilitados dentro de la Instalación. No obstante lo anterior, también podrá realizarse en talleres autorizados dentro de las zonas urbanas.

En lo que respecta a la operación de la instalación de faenas, esta deberá considerar a lo menos el cumplimiento de las siguientes condiciones:

  • Cercado perimetral del área de instalación de faenas +. Señalizaciones a Peatones y Automovilistas » Acreditación de permisos sanitarios y sectoriales

Si el Plan de Manejo para Instalación de Faenas y Campamentos cumple con los requisitos y autorizaciones indicadas anteriormente, será autorizado por el Inspector Fiscal, asesorado por los especialistas ambientales de la Dirección de Vialidad,

b) Instalaciones y servicios

En caso de implementar un sistema de alcantarillado particular se tramitará las autorizaciones correspondientes con la autoridad sanitaria. Si no es factible lo anterior, las instalaciones contarán con baños químicos, cuyo número estará de acuerdo a la cantidad de trabajadores en la instalación (D.S. N? 594/99 del Ministerio de Salud, que establece las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo).

Se dispondrá de casino o comedor donde los trabajadores reciban su alimentación o puedan calentarla en el interior del sector de faenas, el cual contará con agua potable y contenedores para la disposición de residuos domésticos.

c) Habilitación Polvorín

Habrá un polvorín que se ubicará aislado de otras construcciones para disminuir el riesgo que éste representa. Contará con todas las medidas señaladas por la autoridad competente.

El Contratista tramitará los permisos necesarios para el transporte y almacenamiento de explosivos en un polvorín, así como para su uso en el frente de trabajo. La tramitación de este tipo de permiso será exigida a nivel contractual y de acuerdo con lo establecido en el D.S. N” 77 Reglamento Complementario de la Ley N? 17.798, que establece el Control de Armas y Explosivos. Asimismo el polvorín no podrá emplazarse dentro de los límites del Parque Nacional Queulat.

d) Operación y Abandono de Plantas de Materiales

Las plantas de producción de materiales producen materiales pétreos de distintas granulometrías, de acuerdo al requerimiento de las obras. Esta instalación conlleva despejar y nivelar el terreno donde se emplazará, construir o adecuar accesos y dotarlas con electricidad, agua potable y baños químicos u otra alternativa.

Previo a la construcción de esta obra anexa, la empresa constructora debe presentar un Plan de Manejo para Planta de Producción de Materiales, donde indicará su emplazamiento, que lo determinará al momento de ejecutar las obras, señalará el manejo ambiental que hará y como cumplirá con los requisitos indicados en el Anexo N? 10 Consideraciones Ambientales para la Ejecución de Obras, en las Bases de Licitación, en la Sección 5.307 del MC-VS5 y en el numeral 9.702.304 del MC-V9 del Manual de Carreteras de la Dirección de Vialidad y la normativa ambiental vigente. Plan que será autorizado por el Inspector Fiscal, asesorado por los especialistas ambientales de la Dirección de Vialidad, si cumple con dichos requisitos.

El emplazamiento de la instalación debe cumplir criterios similares a la instalación de faenas, como evitar la instalación en sitios donde subsiste flora en categoría de conservación. Evitarla afectación de sitios que albergan nichos claves para la fauna en categoría de conservación. Evitar la localización que afecte sitios de interés arqueológico o histórico. Evitar la afectación de terrenos con

Almacenamiento de Explosivos,

NCh 384 respecto a las medidas de

seguridad en el empleo de ellos,

NCh 390, referida a las medidas de seguridad

inutilización y destrucción de explosivos, NCH 391 sobre medidas

adicionales para su transporte en camiones y la NCh 393 norma los envases para

almacenamiento y su transporte. Suelos y aguas Construcción | D.F.L. 850/97 | Regula el | Autorización En las Bases Ministerio de Obras | atravieso de | de la Dirección | correspondientes Públicas caminos de Vialidad la Dirección de públicos como Vialidad —- MOP consecuencia de estipulará que en la realización de casos de diferentes obras. producirse situaciones de este tipo, el Contratista deberá tramitar los permisos correspondientes. Suelos y aguas Construcción | Decreto 400 y Ley - | Control de | Comandancia | Se cumplirá 18.592 Armas y | de Guarnición | estrictamente con Explosivos lo indicado en la ley y reglamento. Recursos Construcción | Decreto Ley N”* 701 | Regula la | CONAF El cumplimiento Naturales actividad de este Decreto Ley 19.561 | forestal, y entre queda asegurado Ministerio de | otras, previene por los Planes de Agricultura la degradación Manejo Forestal del suelo. que deben

tramitarse para las obras civiles. El Titular, previo a la construcción de las obras, presentará

oportunamente a la CONAF todos los antecedentes requeridos para el otorgamiento de este permiso sectorial.

Flora Construcción | LEY N | Establece la | CONAF Elaboración de 20.283/2008 protección, Plan de Manejo Ministerio de | recuperación y forestal (PAS Agricultura el mejoramiento 102 Anexo de los bosques N13) nativos, con el fin de asegurar la sustentabilidad forestal y la política ambiental. Actividad Construcción | D.F.L. N? | Disposiciones Servicio El proyecto, en Agrícola 3.557/1981 sobre Agrícola ninguna de sus Ministerio de | Protección Ganadero etapas, maneja Agricultura Agrícola. productos que puedan Establece la contaminar áreas normativa legal agrícolas. aplicable para cualquier entidad, industria o empresa que manipule productos susceptibles de contaminar áreas agrícolas. Fauna Construcción | Ley N 19.473 Se refiere a la | Servicio A través de protección de la | Agrícola cláusulas De Caza fauna silvestre; | Ganadero contractuales el

además

proyecto

Reglamento N* 5/98

Modifica a la Ley

establece los procedimientos en caso de

prohibirá a sus empleados, así como a los

4.601/1929. implementar un contratistas de la plan de rescate construcción de con las obras, toda relocalización. forma de caza

y/o captura de fauna silvestre, Se entrega adjunto el Plan de manejo de Fauna Silvestre. Patrimonio Construcción | Ley 17.288 Artículo 23" del | Carabineros de | Se debe señalar Cultural Reglamento de | Chile que el Titular

Monumentos Excavaciones y informará al

Nacionales lo Consejo de Prospecciones Monumentos Arqueológicas, Nacionales de Antropológicas cualquier nuevo y hallazgo Paleontológicas. realizado,

Durante la realización de las obras el

titular deberá informar al Consejo de Monumentos Nacionales de cualquier hallazgo realizado, en cuyo caso se

deberá actuar de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 26” de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y al Artículo 23? del Reglamento de Excavaciones y

paralizando las actividades en el sector de dicho hallazgo.

lo Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y

Paleontológicas.

El titular en Adenda N? 1 Amplia

la información indicando:

Texto legal

Componente Ambiental

Contenido

Forma de cumplimiento

Etapa

Decreto Supremo N* 4.363 de 1931. Ministerio de Tierras y Colonización (publicado en el Diario Oficial el 3l de julio de 1931) Ley de bosques

Suelo, flora

Establece restricciones a la tala de bosques, a fin de proteger bienes asociados a ellos, como el suelo y los recursos hídricos.

En su artículo 1%, se define el concepto de terrenos de aptitud preferentemente forestal.

El artículo 2% establece que los terrenos calificados de aptitud preferentemente forestal y los bosques naturales y artificiales, quedarán sujetos a los planes de manejo forestal aprobados por la CONAF, de acuerdo a las modalidades y obligaciones dispuestas en el Decreto Ley NO 701, de 1974, sobre fomento forestal y las contenidas en la Ley N* 20.283 Sobre Recuperación de Bosque Nativo y Fomento Forestal.

Y por su parte, el artículo 5” establece una serie de prohibiciones de corta de árboles y arbustos, sin perjuicio de lo cual permite excepcionalmente cortar en dichos sectores sólo por causas justificadas y previa aprobación de plan de manejo en conformidad al Decreto Ley N* 701,

P'b de 1974,

Se presentan los antecedentes para el otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 102 del Reglamento del SEIA.

Construcción

Decreto Supremo N 146, de 1974. Ministerio de Agricultura

(publicado en el

Flora

El artículo 1? prohibe la corta o aprovechamiento en cualquier forma de los árboles o arbustos que se encuentren situados dentro de los terrenos que comprende la provincia de Aysén. (Actualmente Región de Aysén).

El proyecto solo cortará árboles y arbustos situados en la zona señalada en los casos estrictamente necesarios, dicha corta es parcial y afectara al menor número de individuos posible, lo

Diario Oficial el 3 y | No obstante la prohibición Construcción de agosto de | vegetación precedente, la CONAF |que se desarrolla en 1974). Prohíbe la podrá autorizar la corta de | detalle en el Plan de corta de árboles y árboles o arbustos dentro de | Manejo Forestal arbustos en los límites fijados cuando acompañado en el terrenos que razones técnicas así lo | Permiso Sectorial indica aconsejen; además de | Ambiental establecido en impartir normas precisas | el artículo 102 del sobre la forma y condiciones | reglamento del SEIA. en que deberá realizarse el aprovechamiento (artículo 29). El Proyecto se ejecuta dentro de una Parque Nacional cabe hacer presente que el Decreto Supremo N“640 de 1983 Este convenio regula la| que crea el Parque protección y conservación Nacional Queulat declara Decreto Supremo de la flora y fauna nativa en | que cumplir los objetos de N* 531 de 1967. su medio ambiente natural, | Protección del Parque es Ministerio de además de paisajes, | facilitado por su Relaciones formaciones geológicas, | Adecuado y permanente Exteriores regiones y objetos naturales | Acceso a través de la (publicado en el de interés estético o valor | Carretera Longitudinal Diario oficial el 4 histórico, y los lugares | Austr al (actualmente Ruta de octubre de donde existen condiciones | 7). 1967). primitivas, como también a Cc , Convención para | Flora y Fauna las aves migratotorias Por lo anterior, el onstrucción y operación.

la protección de la

flora, fauna y las bellezas escénicas naturales de los países de América, de 1940 (conocida como la Convención de Washington)

En particular, realiza la distinción de diferentes tipos

de áreas protegidas, Parques Nacionales, Reservas nacionales,

Monumentos Naturales y

Reservas de regiones vírgenes estableciendo distintos grados de protección.

proyecto en cuestión no afecta los objeto del parque en cuanto el camino esta considerado en la declaratoria de esta

área protegida. Por la condición de Parque Nacional se

encuentra prohibida la caza de cualquier especie. Además, la intervención se restringe a los lugares indispensables para el desarrollo de la obra.

Dichas medidas serán explicitadas en las bases de Licitación de la obra.

Los objetivos del Convenio, son la conservación de la

Si bien el proyecto se ejecutada dentro de una protegida, éste es concordante con los objetos de protección del Parque.

Por otra parte el presente

Decreto ley diversidad biológica, la | PLvectO es sometido al 1.963 io nis a Sistema de Evaluación de utilización sostenible de sus , Convenio componentes y la | Impacto Ambiental o trucción Flora y Fauna A . fin de resguardar todo los .e sobre participación — justa Y | elementos del medio que y operación Biodiversidad e se en los benefi o serán susceptibles de Biológica utilización de los recursos afectar. genéticos. Asimismo cabe destacar que el proyecto fue concebido generando solo las intervenciones necesarias en el Parque a fin de evitar impactos significativos. El presente reglamento El proyecto solo cortará regula la corta, destrucción, | árboles y arbustos eliminación o menoscabo de | situados en la zona árboles y arbustos nativos, | señalada en los casos en bosque estrictamente necesarios, dicha corta es parcial y nativo, y la corta, afectara al menor número destrucción o descepado de de individuos posible, lo árboles, arbustos y|que se desarrolla en suculentas, en formaciones detalle en el Plan de xerofíticas, así como la a ado E or estas corta de plantaciones, que | 9COMPA . SO ley se realicen de acuerdo a un A ermiso Sector ial lan de manejo, plan de | Ambiental establecido en , Reglamento de | Suelo, flora pian Jo, plan a el artículo 102 del Construcción Suelos Aguas y trabajo, o autorización reelamento del SETA Humedales simple de corta, con el |" objeto de proteger los suelos, manantiales, cuerpos | En los sectores que se y cursos naturales de agua y desarrolla el proyecto no humedales declarados sitios | se encuentran humedales prioritarios de | declarados sitios conservación, por la |prioritarios para la Comisión Nacional del | conservación ni sitios Medioambiente, o sitios | FAmMSar. Ramsar, en adelante “humedales”, evitando su | Además no se efectuaran deterioro y resguardando la | ningún vertimiento a los calidad de las aguas. causes. Decreto ley | Flora y fauna Normas sobre adquisición, | Si_bien el proyecto en | Construcción

1939/1977 administración y disposición | evaluación se emplaza Ministerio de de bienes del estado. dentro del Parque Tierra y Nacional Queluat cabe Colonización. Asimismo establece en su | hacer presente que el

artículo 21 la “posibilidad de * establecer reservas Jorestales o parques nacionales para la defensa equilibrio ecológico, la protección del bosque y del

Decreto Supremo N"640 de 1983 que crea el Parque Nacional Queulat declara que cumplir los objetos de protección del Parque es facilitado por

medioambiente y la | su adecuado y permanente preservación de las especies | 4Cceso a través de la vegetales y animales, Carretera Longitudinal estableciendo que los Austral (actualmente Ruta predios declarado para | 7).

dichos fines no podrán ser destinado a otro objeto ni | Por lo anterior, el perderán su calidad sin un | proyecto en cuestión no decreto que así lo establezca | afecta los objeto del parque en cuanto el camino esta considerado en la declaratoria de esta área protegida.

El titular en Adenda N” 1 rectifica la información relativo a la fiscalización de las disposiciones del Decreto N* 594/99 le corresponde a la Seremi de Salud.

El titular en Adenda N 1 amplia la información en cuanto al cumplimiento de la ley N 17.798, indicando:

“... establece que se cumplirá con todo lo dispuesto en las disposiciones de la Ley 17.798 del Ministerio de Defensa Nacional, promulgada el año 1972 y sus modificaciones establecidas en la Ley 19.806 del Ministerio de Defensa Nacional, del 31 d Mayo de 2002, a la reglamentación contenida en el Decreto N* 50 promulgado el 9 de Febrero de 1973, a lo dispuesto por el Ministerio de Defensa Nacional en el Decreto Supremo N” 807, del 2 de noviembre de 1973, incluso sus modificaciones posteriores, referente a licencias especiales a personas que manejan explosivos. Asunto que también se considera en el acápite 5.004.2 del MC. ”

4.2.- Permisos ambientales sectoriales:

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Mejoramiento Ruta 7 Longitudinal Austral, Sector Parque Nacional Queulat", requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 99, 102 y 106 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Artículo 99.- En el permiso para la caza o captura de los ejemplares de animales de las especies protegidas, a que se refiere el artículo 9” de la Ley N” 4.601, sobre Caza, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo.

4

En el Estudio o Declaración de Impacto Ambiental, según sea el caso, se deberán señalar las medidas y/o condiciones ambientales adecuadas para la utilización sustentable de las especies protegidas.

Al respecto la Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero Región de Aysén, mediante Ordinario N* 212 de fecha 12 de abril de 2012, informo favorablemente.

Artículo 102.- En el permiso para corta o explotación de bosque nativo, en cualquier tipo de terrenos, o plantaciones ubicadas en terrenos de aptitud preferentemente forestal, a que se refiere el artículo 21 del Decreto Ley N* 701, de 1974, sobre Fomento Forestal, cuya corta o explotación sea necesaria para la ejecución de cualquier proyecto o actividad de las señaladas en el artículo 3 del presente Reglamento, con excepción de los proyectos a que se refiere el literal m.]., los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su

cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo.

En el Estudio o Declaración de Impacto Ambiental, según sea el caso, se deberá considerar la reforestación de una superficie igual, a lo menos, a la cortada o explotada.

Al respecto la Corporación Nacional Forestal Región de Aysén, mediante Ordinario N* 58-EA/2012

de fecha 04 de julio de 2012, informo favorablemente.

Artículo 106.- En el permiso para las obras de regularización y defensa de cauces naturales, a que se refiere el segundo inciso del artículo 171 del D.F.L. N* 1.122 de 1981, del Ministerio de Justicia, Código de Aguas, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo.

En el Estudio o Declaración de Impacto Ambiental, según sea el caso, se deberán señalar las medidas ambientales adecuadas, en consideración a:

a. La presentación de un croquis de ubicación general.

b. La presentación de un plano de planta del sector modificado que comprenda, a lo menos, cien metros (100 m) antes y cien metros (100 m) después del sector modificado.

e. La presentación de un perfil longitudinal de todo el tramo antes indicado.

a. La presentación de un perfil transversal de la sección típica y de la sección crítica del cauce a modificar.

e. La presentación de un perfil transversal de la sección típica y de la sección crítica del cauce proyectado.

t. La indicación de las obras de arte, si las hubiera, en el tramo a modificar,

g. La descripción de las obras proyectadas; y

h. La presentación de la memoria técnica que contenga los cálculos hidráulicos necesarios, incluyendo, a lo menos, el cálculo de la capacidad máxima que posee el cauce sin la modificación y el cálculo de la capacidad máxima del cauce modificado.

Al respecto la Dirección Regional de Dirección General de Aguas Región de Aysén, mediante Ordinario N* 241 de fecha 13 de abril de 2012 informo favorablemente

  1. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en los literales “a”, “b”, q”, “q”, “e” y “f”, del artículo 11 de la Ley 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan

en el expediente de la evaluación, debe indicarse que el proyecto " Mejoramiento Ruta 7 Longitudinal Austral, Sector Parque Nacional Queulat” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

6.- Que, en el proceso de evaluación del proyecto " Mejoramiento Ruta 7 Longitudinal Austral, Sector Parque Nacional Queulat”, el titular ha adquirido los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

» Encargado Ambiental de la Constructora

La empresa constructora contratará un profesional del Área Ambiental, que se haga cargo de velar por el cumplimiento de la RCA del Proyecto. Así como del cumplimiento del Plan de Manejo de Residuos Peligrosos, junto con el Prevencionista de Riesgo de la Constructora. Así como de los aspectos ambientales incluidos en las Bases de Licitación y en el Manual de Carreteras, particularmente el Volumen 9, capitulo 9.700.

  • Apoyo Ambiental de la Asesoría a la Inspección Fiscal

La Asesoría de la Inspección Fiscal, es un equipo de profesionales contratados para ayudar al Inspector Fiscal, estando en forma permanente en la obra. Equipo que verificará el cumplimiento de La Resolución de Calificación Ambiental al menos dos veces a la semana.

  • Implementación de Libro de Comunicaciones Ambientales

Para facilitar la comunicación entre CONAF como administrador del Parque, la empresa constructora y el Inspector Fiscal se implementará un Libro de Comunicaciones Ambientales que estará en la Instalación de Faenas, de forma que cualquier anormalidad detectada por CONAF pueda ser analizada y respondida a la brevedad.

  • Visitas Conjuntas CONAF — Vialidad

El titular en Adenda N* 1 rectifica la información, indicando que se invitará a la administración de Parque a hacer recorridos conjuntas aproximadamente cada 45 días (mes y medio). Donde además se invitará a participar al SAG, con el objeto de evitar desviaciones ambientales de la planificación de las obras. Así como para que la Administración conozca por dentro el desarrollo de las obras.

  • Aviso de Tronaduras y Cortes de Tránsito

A través del Libro de Comunicaciones Ambientales se informará semanalmente a CONAF de los días y horarios en que estarán programas de tronaduras y cortes de camino. Con el objeto de generar las menores molestias posibles.

» Horario de Tronaduras

Al interior del Parque Nacional Queulat existe escasa presencia de receptores humanos sensibles al ruido, reduciéndose a algunas instalaciones fiscales. No obstante lo anterior, para minimizar las molestias a la avifauna que eventualmente se encuentre en el Área de Influencia del proyecto, las tronaduras se realizarán preferentemente en sus horarios de menor actividad, esto es, evitando las primeras horas de la mañana y las últimas de la tarde.

El titular en adenda N? 1 amplia la información indicando:

“Se debe tener presente que como se trata de mejorar un camino existente, que tiene tránsito, por lo que ya hay un ruido asociado a su uso.

Para el desarrollo de las obras el ruido irá en aumento progresivo, comenzando con el tránsito de camionetas, buses y camiones; así como en las operaciones de limpieza de faja, excavaciones, transporte de material; tronadura, confección de carpeta de ripio, etc. Teniendo su peak en las faenas de tronadura, para descender posteriormente.

Las detonaciones generarán un ruido de extensión acotada afectando a una pequeña superficie del Parque. Su efecto es reversible y la alteración desaparecerá una vez que la fuente deja de estar presente en el área. La duración es temporal, el tiempo de duración de cada tronadura no es más allá de 2 a 3 segundos y se estima que en general se realizará una tronadura al día.

De acuerdo a todo lo antes expuesto, se puede señalar que el efecto de las tronaduras en este Proyecto no es significativo para la fauna, no obstante y para asegurar el mínimo impacto, se restringirá el horario de tronaduras, que se realizarán preferentemente en los horarios de menor actividad de la fauna en general, esto es, evitando las primeras horas de la mañana y las últimas de la tarde.

Es probable que la fauna más sensible al ruido se aleje del lugar de las obras o se instale en lugares más alejados de ellas, por el ruido previo a la tronadura debido a las perforaciones y al ruido propio de maquinarias y equipos, por lo que no debiera verse afectada. ”

  • Estacionamientos y Miradores

Como compromiso ambiental voluntario se contempla la construcción de plataformas para ser usadas como estacionamiento en las siguientes ubicaciones: Dm 30.660, Dm 40.080, Dm 82.280, Dm 88.490, Dm 98.185.

Dada la importancia turística que tiene la Ruta 7, más aun considerando que está dentro de un Parque Nacional, se debe conjugar su doble rol como corredor de transporte y como facilitador de acceso al Parque. Entonces, estos espacios permiten a los usuarios del camino disfrutar del entorno contemplando el paisaje y considerar transformarse en un visitante del Parque. Dichas plataformas

podrán complementarse o vestirse posteriormente con otros proyectos, convirtiéndolas en estacionamientos consolidados. En la Figura 8.1 se muestra un esquema de dicha superficie.

De igual forma se contempla la construcción de plataformas para miradores en las siguientes ubicaciones: Dm 36.520, Dm 73.700, Dm 92.500, Dm 95.180, Dm 100.920. En la Figura 8.2 se muestra un esquema de plataforma para mirador y una orientación de cómo podría complementarse con proyectos posteriores.

El titular en adenda N? 1 amplia la información indicando:

En el estudio de ingeniería para el diseño de las obras básicas, se identificaron en forma preliminar los lugares señalados en la DIA como potencialmente aptos para miradores, estacionamientos o lugares para favorecer acciones a los usuarios tales como sacar y/o poner cadenas, etc, todos lugares aledaños inmediatamente a la plataforma a construir. Hecho ya el roce y apertura de la faja en el momento de la construcción, se estará en condiciones de ratificar y/o reubicar los puntos dentro de la faja del camino, con la asesoría de CONAF y SERNATUR tal como se ha hecho en otros tramos de la Ruta 7. En ésta etapa (obras básicas) sólo quedarían materializadas las

plataformas respectivas.

Se debe tener presente que los miradores y estacionamientos se conformarán con material proveniente de las mismas excavaciones de las obras del contrato. El material de las excavaciones que cumpla con ciertos requisitos técnicos podrá ser usado en el contrato como capa de trabajo, pedraplén, material granular, etc. Si el material excavado no cumple los requisitos para ser usado en el camino o si ya se cumplió con la cantidad necesaria para el contrato, será enviado a botadero. Botaderos que en este proyecto serán habilitados como plataformas para miradores y estacionamientos, como se indicó en la DIA. En la eventualidad que el material de las excavaciones no alcance para la totalidad de los miradores, sólo se ejecutarán algunos.

» Restauración antiguos empréstitos aledaños al camino

Durante la construcción de la ruta se uso empréstitos aledaños a ella, que posteriormente se usaron para la mantención de la misma. Sin embargo, han quedado sin uso desde muchos años atrás y no se han efectuó medidas de restauración.La ejecución de este proyecto de Obras Básicas es una oportunidad para restaurar dichos empréstitos. El cuerpo se rellenará con el material natural del sector, que se generará por las excavaciones para dar cabida al perfil tipo, como roca, TCN, restos de vegetación, etc. Hasta generar una ladera de pendiente similar al entorno. Luego se recubrirá con una capa de suelo de escarpe (suelo superficial), que para facilitar su recolonización vegetal natural, permitiendo su reincorporación al paisaje.

Ubicación sitios destinados a relleno

[ Sitios | Ubicación kilometro de la | Tramo

Degradados Ruta 1 97,480 Cuesta Sur Queulat 2 97,260 Cuesta Sur Queulat 3 93,800 Cuesta Norte Queulat 4 30,450 Lago Risopatrón

  • Señalización de Precaución Animales Silvestres en el sector

Dado que la Ruta 7 pasa por sectores cercanos a hábitat de especies con problemas de conservación, se instalarán señales de precaución por posible presencia de pudú en las cuestas del Queulat,

7.- Que, con objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto " Mejoramiento Ruta 7 Longitudinal Austral, Sector Parque Nacional Queulat”, el titular deberá informar al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

8.- Que, para que el proyecto “Mejoramiento Ruta 7 Longitudinal Austral, Sector Parque Nacional Queulat " pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

9.- Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos. 10.- Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén, la individualización de cambios de titularidad, de su representante legal y de domicilio.

11.- Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

12.- Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de

Aysén. RESUELVE:

  1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto “Mejoramiento Ruta 7 Longitudinal Austral, Sector Parque Nacional Queulat”

  2. CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto “Mejoramiento Ruta 7 Longitudinal Austral, Sector Parque Nacional Queulat ", cumple con la normativa de carácter ambiental.

  3. Hacer presente que de conformidad al Artículo N 20 de la Ley N 19,300 proceden en contra de la presente ción, los recursos de reclamación, ante el Director

Notifíquese y Archívese

VO000

R istiay E Director (S) RegionaTdgrSérvidio de

Secretario Región de Aysén

aluación Ambiental aluación

CBG/SST

Distribución:

Franco José Devillaine Gómez

Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur

Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén

Dirección Regional de Dirección General de Aguas, Región de Aysén. Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de Aysén.

Dirección Regional de SAG, Región de Aysén.

Dirección Regional de SERNATUR, Región de Aysén.

Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén

Gobierno Regional, Región de Aysén

llustre Municipalidad de Cisnes, Región de Aysén.

llustre Municipalidad de Lago Verde, Región de Aysén.

Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén

Secretaría Regional Ministerial de! Medio Ambiente, Región de Aysén SEREMI de Agricultura, Región de Aysén.

SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Aysén.

SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Aysén. SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Aysén.

SEREMI MOP, Región de Aysén.

Servicio Nacional de Pesca, Región de Aysén

Consejo de Monumentos Nacionales

Superintendencia de Servicios Sanitarios

Encargada Participación Ciudadana Expediente del Proyecto "Mejoramiento Ruta 7 Longitudinal Austral, Sector Parque Nacional Queulat

Mejoramiento Ruta 7, Sector P. N. Queulat” Archivo Servicio Evaluación Ambiental, XI Región de Aysén

[OCR parcial: primeras 25 y últimas 15 páginas de 64]