AMPLIACIÓN DE BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMONES HUELMO, SECTOR PASO GUAR, AL NORTE DE PUNTA GUATRAL, COMUNA DE CALBUCO, DECIMA REGIÓN DE LOS LAGOS, Nº DE SOLICITUD 211104002
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN X REGIÓN DE LOS LAGOS Califica Ambientalmente el proyecto "AMPLIACIÓN DE BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMONES HUELMO, SECTOR PASO GUAR, AL NORTE DE PUNTA GUATRAL, COMUNA DE CALBUCO, DECIMA REGIÓN DE LOS LAGOS, N° DE SOLICITUD 211104002" Resolución Exenta N° 337 Puerto Montt, 28 de Junio de 2013 VISTOS: 1.- Lo dispuesto en la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2° del D.S. N° 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N°1600/2008, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. 2.- La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "AMPLIACIÓN DE BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMONES HUELMO, SECTOR PASO GUAR, AL NORTE DE PUNTA GUATRAL, COMUNA DE CALBUCO, DECIMA REGIÓN DE LOS LAGOS, N° DE SOLICITUD 211104002", presentada por el Señor Igor Horacio Stack Lara, en representación de Marine Harvest Chile S.A, con fecha 17 de Febrero de 2012 3.- Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos: 3.1. Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental. Declaración de impacto ambiental (DIA) S/N Por Marine Harvest Chile S.A, con fecha 17/02/2012 Test de admisión S/N Por Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos, con fecha 17/02/2012 Oficio solicitud de evaluación DIA N°332 Por Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos, con fecha 20/02/2012 Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la DIA (ICSARA) N°286 Por Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos, con fecha 04/04/2012 Adenda S/N Por Marine Harvest Chile S.A, con fecha 05/10/2012 Solicitud de evaluación de adenda N°1543 Por Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos, con fecha 11/10/2012 Resolución de ampliación de plazo N°701 Por Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos, con fecha 31/10/2012 Adenda S/N Por Marine Harvest Chile S.A, con fecha 29/05/2013 Solicitud de evaluación de adenda N°708 Por Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos, con fecha 31/05/2013 3.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto. Oficio N°12600/01/46 sobre la DIA, por Gobernación Marítima de Puerto Montt, con fecha 01/03/2012; Oficio N°114 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 12/03/2012; Oficio N°698 sobre la DIA, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 13/03/2012; Oficio N°848 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, con fecha 23/10/2012; Oficio N°838 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 23/10/2012; Oficio N°3044 sobre la Adenda 1, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 09/11/2012; Oficio N°430 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, con fecha 12/06/2013; Oficio N°1436 sobre la Adenda 2, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 17/06/2013; 3.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor. En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto 'AMPLIACIÓN DE BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMONES HUELMO, SECTOR PASO GUAR, AL NORTE DE PUNTA GUATRAL, COMUNA DE CALBUCO, DECIMA REGIÓN DE LOS LAGOS, N° DE SOLICITUD 211104002', han sido invitados a participar, coordinados por la Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental: Corporación Nacional Forestal, Región de Los Lagos Dirección Regional de Pesca y Acuicultura, Región de Los Lagos Gobernación Marítima de Puerto Montt Gobierno Regional, Región de Los Lagos Ilustre Municipalidad de Calbuco SEREMI de Agricultura, X Región de Los Lagos SEREMI de Salud, Región de Los Lagos SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Lagos Sematur, Región de Los Lagos Servicio Agrícola Y Ganadero, Región de Los Lagos Subsecretaría de Pesca y Acuicultura Superintendencia de Servicios Sanitarios Se excluyeron de participar en la evaluación del proyecto 'AMPLIACIÓN DE BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMONES HUELMO, SECTOR PASO GUAR, AL NORTE DE PUNTA GUATRAL, COMUNA DE CALBUCO, DECIMA REGIÓN DE LOS LAGOS, N° DE SOLICITUD 211104002' realizando un oficio de no participación en la evaluación, los siguientes servicios: Oficio no participación en la evaluación N°17-EA/ 2012 Por Corporación Nacional Forestal, Región de Los Lagos, con fecha 08/03/2012 Oficio no participación en la evaluación N°DF 1150 Por Dirección Regional de Pesca y Acuicultura, Región de Los Lagos, con fecha 15/03/2012 Oficio no participación en la evaluación N°138 Por SEREMI de Agricultura, X Región de Los Lagos, con fecha 16/03/2012 Oficio no participación en la evaluación N°17/2012 Por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos, con fecha 27/03/2012 4.- El Acta de la Sesión de la Comisión de Evaluación de la X Región de Los Lagos, de fecha 28 de junio de 2013. 5.- Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "AMPLIACIÓN DE BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMONES HUELMO, SECTOR PASO GUAR, AL NORTE DE PUNTA GUATRAL, COMUNA DE CALBUCO, DECIMA REGIÓN DE LOS LAGOS, N° DE SOLICITUD 211104002". CONSIDERANDO: 1.- Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "AMPLIACIÓN DE BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMONES HUELMO, SECTOR PASO GUAR, AL NORTE DE PUNTA GUATRAL, COMUNA DE CALBUCO, DECIMA REGIÓN DE LOS LAGOS, N° DE SOLICITUD 211104002". 2.- Que, el derecho de Marine Harvest Chile S.A a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado. 3.- Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "AMPLIACIÓN DE BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMONES HUELMO, SECTOR PASO GUAR, AL NORTE DE PUNTA GUATRAL, COMUNA DE CALBUCO, DECIMA REGIÓN DE LOS LAGOS, N° DE SOLICITUD 211104002" consiste en: Titular: Marine Harvest Chile S.A Rut: 96633780-k Domicilio: Avenida Diego Portales 1450, Puerto Montt Representante Legal: Igor Horacio Stack Lara Rut: 12248102-6 Domicilio: Ruta 226 Km. 8 Camino El Tepual, Puerto Montt Región: Región de Los Lagos Comuna: Puerto Montt • Tipología de Proyecto: n3-Producción anual igual o mayor a (35ton) tratándose de equinodermos, crustáceos y moluscos no filtradores, peces y otras especies, a través de un sistema de producción intensivo • Monto de Inversión: US$ 3.000.000 • Vida útil: INDEFINIDA • Mano de Obra Etapa Número de Personas Construcción 4 Operación 12 Total 16 • Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas Etapa Superficie requerida (Has, Km, m2) Construcción 50 Has Operación 50 Has Abandono 50 Has • Localización: El proyecto se ejecutará en la Región de Los Lagos, en la provincia de Llanquihue, comuna de Puerto Montt, específicamente en en el Paso Guar, al norte de Punta Guatral. Coordenadas: ' ¡Vértice Latitud S Longitud W Distancia entre vértices (m) Lados A 41° 40' 48.85' 73° 02' 31.34' 370.67 A-B I B 41° 41' 00.55' 73° 02' 27.74' 528.42 B-C C 141° 41' 00.70' 73° 02' 04.89' 407.61 C-D D 41°41' 13.91' 73° 02' 05.41" 887.59 D-E E 41° 41' 14.36' i 73° 02' 43.79"1 778.62 E-F F 41° 40' 49.13' 73° 02' 43.95" 291,71 F-A Fuente: Carta SHOA 7310 De conformidad a lo establecido en la Ley General de Pesca y Acuicultura, el área en solicitud, respecto de la cual se desarrolla la presente DIA, fue fijada como autorizada para el ejercicio de la acuicultura por el D.S. N° 359 de 1994 de Subsecretaría de Marina, debiendo utilizarse como referencia cartográfica la carta SHOA 7310. • Tipologías Secundarias:o8-Sistemas de tratamiento y/o disposición de residuos industriales sólidos Descripción del proyecto El proyecto consiste en la modificación del centro de cultivo código 100365, aprobado mediante la Resolución (SUBPESCA) N° 1048 de 1987. La modificación consiste en el aumento del nivel de producción de los recursos hidrobiológicos Salmónidos a 6.500 toneladas y en la modificación de las estructuras de cultivo a 28 balsas jaulas de 30 x 30 x 18 metros. Junto con ello el centro de cultivo contempla la instalación de un pontón flotante con habitabilidad para el personal que labore en el centro de cultivo y la implementación de un sistema de ensilaje de mortalidad. El centro de cultivo cuenta con las siguientes autorizaciones: • D.S. N° 133 de 22 de enero de 1988 • Resolución Subpesca N° 1077 / 17.04.2006 • Resolución Subpesca N° 543 / 14.02.2007 • Resolución Subpesca N° 1862 / 12.06.2010 De acuerdo con el proyecto técnico y cronograma de actividades el flujo de producción para este centro contempla la instalación de 28 balsas jaulas cuadradas de 30 * 30 * 18 m a partir del primer año de operación, para una producción total de 6.500 toneladas, estructuras que se mantendrán en los arios siguientes. El acceso se realizará por vía marítima desde Huelmo para las actividades de carga y descarga, así como para el traslado de las estructuras flotantes y sistemas de fondeos con las que contará el centro durante su etapa de construcción. Por las mismas vías se realizará todo el movimiento de abastecimiento de insumos durante su etapa de operación. Preliminarmente el sistema de fondeo estará compuesto por bloques dobles de hormigón armado de 12 toneladas en sus cabeceras y bloques de hormigón armado de 8 toneladas por pasillos laterales a ambos lados del sistema, cadenas de 32 mm, grilletes de acero galvanizado de 7/8, cabo de polipropileno de 1,1/4 (pulgadas) de diámetro y cable de acero de una pulgada. En las cabeceras irán boyas de 2000 Lt y en los pasillos laterales de 1500 Lt. La decisión final respecto a este punto será tomada en consideración a lo sugerido por la empresa que entregue el servicio de fondeo de estructuras. Las redes sólo serán impregnadas con pintura antifouling antes de su ingreso al centro de cultivo y en ningún caso se utilizará anti-incrustantes que contengan como productos activos, elementos tóxicos no degradables o bioacumulables. Las redes tendrán distinta apertura dependiendo de la etapa de desarrollo y talla de los peces. En este centro se utilizarán tres tipos de redes: de cultivo para la engorda de peces, de protección ante depredadores (redes loberas) y de protección contra aves y escape de peces (redes pajareras). Las dimensiones de las redes de cultivo serán de 30 m por lado y 18 m de profundidad, una apertura de 1 y 2 ", y una titulación de 250/120, malla Raschel. La construcción de las redes garantiza una alta resistencia a la ruptura lo cual evitará el escape de peces. Para evitar los ataques por lobos marinos, cada una de las unidades de cultivo será envuelta por una red lobera que protegerá las estructuras flotantes. Estas redes tendrán una apertura de malla igual a 10" y una titulación de 250/360 lo que evitará que el depredador se enmalle, enrede y muera asfixiado, además de evitar que rompa la red de cultivo y penetre a las balsas; la profundidad de estas mallas será de 5 m del fondo de la red pecera, es decir, 23 m de profundidad. Las redes pajareras corresponderán a mallas que cubrirán la totalidad de la superficie de las balsas jaulas, con una apertura de 2". Su función será evitar la predación por aves y el escape de peces por acción del oleaje. El lavado de redes se realizará cada 6 meses, con la finalidad de limpiarlas, repararlas e impregnarlas con pintura anti-incrustante. No se efectuará impregnación ni lavado de redes en el centro de cultivo; para ello serán trasladadas hacia Puerto Montt a un taller de redes dedicado a la limpieza, reparación, pintura y desinfección de las mismas, el cual esté debidamente certificado por las autoridades competentes y con todos sus permisos ambientales vigentes, es decir, con Resolución de Calificación Ambiental y planta de tratamiento de RILes. Para la mantención de las redes en condiciones libres de fouling, será utilizado un producto autorizado en el mercado nacional, pintura que permiten programar los cambios de redes, dado que con esta pintura las redes son tratadas, secadas y almacenadas hasta su posterior utilización. El centro de cultivo cumplirá con lo estipulado en el Artículo 9° del "Reglamento Ambiental para la Acuicultura", en cuanto a que: "La limpieza de los artes de cultivo y los lavados de redes con y sin anti-incrustantes se deberá realizar en instalaciones que traten sus efluentes de acuerdo con la normativa ambiental vigente, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso 3° del presente artículo. Los residuos sólidos en ellas generados deben ser dispuestos de acuerdo a lo que estipule la normativa pertinente. El transporte marítimo, fluvial y lacustre de las artes de cultivo deberá realizarse en contenedores que impidan el escurrimiento de líquidos o desprendimiento de material. Para realizar la limpieza y lavados antes indicados en plataformas flotantes se requerirá la autorización expresa de la Autoridad Marítima de acuerdo con lo señalado en el inciso sexto del artículo 142 de Decreto Ley 2.222 de 1978. Sin perjuicio de lo anterior, no se autorizará este lavado en cuerpos de agua terrestres. No obstante lo dispuesto en el inciso primero, el lavado in situ sólo podrá efectuarse en centros ubicados en mar y siempre que las artes de cultivo no hubieren sido impregnadas con anti- incrustantes que contengan como productos activos elementos tóxicos no degradables o bioacumulables. Las condiciones respectivas serán establecidas por resolución de la Autoridad Marítima. Las redes removidas para su limpieza no podrán ser mantenidas o acopiadas en el centro de cultivo ni sectores aledaños a éste, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso 2°, en cuyo caso se estará a la autorización otorgada por la Autoridad Marítima" Respecto del pontón, éste será construido por empresas autorizadas, constituyendo un artefacto naval que estará diseñado y construido cumpliendo con toda la normativa legal y bajo estrictas normas de seguridad y funcionalidad. Las características generales son las siguientes: Pontón Habitable Estructura de hormigón armado. Sus principales características son: •23,6 m de eslora, • 14 m de manga •3.65 m de puntal de construcción, •Capacidad de carga de 240 toneladas •Superficie de bodega de 140 m2 •Superficie habitabilidad de 166,08 m2 •Habitabilidad 10 personas La bodega consta de un piso el cual está dividido en un área de almacenaje de alimento para peces y otros insumos necesarios para la actividad, además de un baño, una sección de cocina y comedor, dormitorios y una sala de estar. La plataforma flotante, cuenta además, con un equipo electrógeno ubicado en el área de almacenaje, el cual suministrará la energía eléctrica a los alimentadores automáticos, a la habitación y a la bodega. Dicho generador cuenta con un gabinete para el aislamiento acústico. Agua potable El circuito de agua de bebida consiste en lo siguiente: -Una capacidad de acopio de 10 m3en estanque de acero ubicada plano de arreglo general. -La presión del circuito se realizará por medio de dos hidropack nocturno con banco baterías y cargador inversor. -El agua caliente será provista por dos termos eléctricos de 180 Litr -Cañerías y fittings según corresponda. -Indicador de nivel de llenado en estanque. Para el abastecimiento de agua potable, se utilizara un planta desalinizadora, marca Horizon Seafary de aproximadamente 200 lts/hr. -Desinfección de agua potable Durante el funcionamiento del centro se realizará un muestreo diario del agua, y el resultado será registrado en una bitácora En el caso de usar cloro o compuestos dorados como desinfectantes, la concentración residual mínima de cloro libre debe ser de 0.20 Mg/1, determinada en forma colorimétrica. Servicios Higiénicos Para el tratamiento de las aguas servidas se cuenta con una planta de tratamiento cuyo efluente cumplirá con las normas destinadas a la evacuación, tratamiento y disposición final de desagües y aguas servidas a cursos naturales, utilizando el proceso biológico, la planta a instalar ser Verde Andes o de características similares, con una capacidad para 12 personas, que recibe las aguas negras y grises. La descarga no contaminante se realiza por el costado. Esta planta se encuentra aprobada y certificada por la Autoridad Marítima. El sistema de ensilaje y materiales se ubica en tierra en el sector de Huelmo, al interior de los predios identificados como Lote A y Lote B, Rol N° 2116-77 y 2116-95, los que cuentan con cambio de uso de suelo a objeto de destinar estos predios para fin industrial como apoyo al centro de cultivo. Se adjunta resolución en el anexo 3. El ensilaje se realizará en contenedores herméticos y de material resistente al ácido. Todos los equipos usados en el ensilaje serán lavados con posterioridad al procedimiento. Todos los trasvasijes del producto del ensilaje se realizarán mediante sistemas de bombeo acople, herméticos y resistentes al producto transportado y con una estructura que impida absolutamente el vertimiento y escurrimiento de la mezcla. bajo cubierta en estanco según de 220 VAC, con un respaldo os. El sistema de trituración y acidificación con ácido fórmico se llevará a cabo en un estanque de acero inoxidable con motobomba sumergible. Dicho estanque contará con direccionamiento de flujo para descargar hacia el estanque de acopio, utilizando una bomba trituradora. Estará diseñado para ser operado por una sola persona. La altura del estanque permitirá una adecuada alimentación del triturador con mortalidad, evitando con ello derrames. La escotilla de ingreso de la mortalidad tendrá una compuerta de cierre de material liviano. En cuanto a la dosificación del ácido fórmico, se realizará de forma semiautomática con bomba y temporizador. El ácido se almacenará en estanque IBC de capacidad 1.000 kg y la descarga se realizará por la parte superior del contenedor. Este posee un adaptador para conectar al IBC la manguera que alimenta con ácido la bomba semiautomática. El estanque IBC se ubicará dentro de un pretil de paredes y fondo plástico y cuyas dimensiones permitirá contener el 110% de volumen máximo de un IBC. Con vistas a evitar la decantación y separación de fases en el interior del estanque o silo de ensilaje y el riesgo de la descomposición de ensilado, se llevará a cabo una recirculación del contenido del estanque a través de una bomba centrífuga autocebante, al menos tres veces por día en un lapso de 60 min cada recirculación a carga llena. Para evaluar la calidad del ensilado existe una válvula para la toma de muestras instalada en la tubería de recirculación. Para el trasvase del producto ensilado hasta el contenedor de transporte, se utilizará la conexión a la salida del estanque de acopio. También se buscarla la posibilidad de impulsión del producto utilizando la bomba de recirculación. Todo el sistema de ensilaje se instalará al interior de un pretil con capacidad para derrame equivalente al 110% del volumen máximo del estanque de acopio. Sistema de Alimentación La tecnología a utilizar, en el sistema de alimentación de cada Balsa Jaula, estará compuesta por un Silo Central (Pontón), contenedor de 240 toneladas de alimento (Pellet Extruido), el cual será conducido, a través de un sistema de inyección de aire, hasta cada balsa jaula, donde el control de alimentación se hará a través de cámaras situadas convenientemente al interior de la red pecera. Con la implementación de este sistema, los peces no serán alimentados en exceso, por lo que el alimento que se pierde y termina en el fondo marino será menor que con el sistema manual. Además, con las cámaras submarinas se monitoreará el comportamiento de los peces y las condiciones de las redes y anclajes. Estimador biomasa Adicionalmente, el centro estará equipado con un estimador de biomasa, que les permitirá definir de manera precisa la biomasa por balsa jaula y estimara de manera precisa las tasas de alimentación diaria, que en conjunto con el sistema de alimentación descrito, evita una pérdida de alimento no consumido, dado que las raciones entregadas estarán bien definidas y acotadas. El Estimador de Biomasa consta de: Un marco sumergible que posee dos microprocesadores y dos corridas de infrarrojos por los cuatro lados del marco que permiten una lectura confiable. Un terminal manual con un completo programa de operación, el cual es además el intercomunicador entre el Marco y el Computador Programa Estimador; software que colecta y procesa los datos para la presentación en diversos reportes. El Marco desarrolla una imagen tridimensional para la estimación del peso; este dato es recuperado en el procesador del marco y sin mediar ninguna acción externa, es automáticamente procesado el peso del pez. E1 sistema de lectura mediante los cuatro costados asegura la discriminación efectiva y unitaria de los peces al pasar a través del marco. El marco al poseer dos corridas de infrarrojos por los cuatro lados, de manera automática comprueba y valida las medidas del pez, aprobando la lectura cuando las dos imágenes desarrolladas por cada corrida son idénticas paraun mismo pez. •El programa permite la visualización de todos y cada uno de los peces muestreados (peso, talla, fecha y hora de muestreo), generando variados reportes para el más completo análisis de la información. Farm- Control Herramienta para el manejo eficiente de operaciones de producción diarias, combinadas con herramientas de planificación para la toma de decisiones precisas e informadas. Incluye una administración de sitio; un modelo matemático, genera informes y documentos, reúne información proveniente de múltiples centros y/o sitios para funciones avanzadas de administración, planificación de servicios y comparación de procesos. Finalizada la etapa de construcción, el centro de cultivo contará con la siguiente infraestructura: •28 balsas jaulas. •Bote o embarcación menor con motor y una embarcación de alta velocidad para el traslado de insumos o personas fuera del área del centro de cultivo. Cabe destacar que todas las embarcaciones utilizadas en el centro son con motores de combustión a gas. •Embarcación de apoyo para la cosecha, la que no es parte de la infraestructura del centro, sino más bien será arrendada para el período de cosecha. • 1 pontón habitable. El pontón, contará con la bodegas para el almacenamiento de insumos, y habitabilidad para 12 personas; cuenta con dos baños. Estos baños descargan sus residuos a la planta de tratamiento que cuenta con certificado de homologación. Etapa de Operación Durante la etapa de operación del centro de cultivo, trabajaran 12 personas en 2 turnos; es decir, 6 personas de manera permanente en el centro (como máximo 8 personas), incluyendo el Jefe de Centro además de técnicos (Asistente), operarios y buzos. Esta dotación incluye los relevos producto de los regímenes de salida. En el desarrollo del ciclo productivo se podrán identificar dos etapas. La primera de ellas corresponde al ingreso de los smolts y posteriormente la etapa de engorda de los salmónidos. El personal que labora en este centro corresponde a personas de los centros poblados cercanos al centro de cultivo, a excepción del Jefe de Centro y su Asistente. Ingreso de smolts. El número de smolts (salmónidos) ingresado cada ario será el mismo, debido a que se instalarán la totalidad de balsas jaulas el primer año. Los smolts ingresarán con un peso inicial promedio de 100 a 230 gramos (promedio 150 grs) a este centro de engorda; provenientes de pisciculturas autorizadas, ubicadas principalmente en la X región. Estos serán transportados en camiones hasta Huelmo, y luego en barcaza al centro de cultivo directamente en barcaza hasta el centro de cultivo. Este servicio podrá ser contratado en el mercado de empresas autorizadas destinadas a ello, entre las que tenemos: Patagonia Travelling Service S.A. o Transportes y Servicios Salmex S.A. Cada movimiento de smolts desde la piscicultura hasta el centro de cultivo será respaldado por registros internos del centro (bitácora) y guías visadas de Sernapesca. En relación al número de ingreso de smolt, el proyecto contempla un ingreso a partir de primer año de 1.250.000, cantidad que se mantendrá en los años siguientes. Con objeto de tener el máximo de control sobre la condición sanitaria de los peces a incorporar, en forma previa a la realización del traslado de los peces, se exigirá al centro proveedor dar cabal cumplimiento a la normativa sanitaria vigente, D.S. (MINECON) N° 319 de 2001 y sus modificaciones, así como el adecuado control a la Empresa que desarrolle el transporte de los ejemplares, exigiendo el cumplimiento de los correspondientes programas sanitarios. Engorda En esta etapa se busca que los peces incrementen su peso en forma homogénea en el menor tiempo posible hasta alcanzar un tamaño de cosecha de 6.0Kg. promedio. Para esto se alimentarán en forma intensiva utilizando alimento especialmente preparado para cubrir las necesidades nutricionales específicas de estos. También se utilizarán alimentadores automáticos y cámaras submarinas con las cuales se entregará el alimento según apetito. Un ciclo de engorda desde que llegan los smolts hasta que alcanzan un peso de cosecha demora aproximadamente entre 18 y 21 meses. Paracumplir con el Art. 4° letra e) del "Reglamento Ambiental para la Acuicultura" se contará con sistemas de seguridad adecuados para prevenir el escape de recursos en cultivo. En esta etapa se proyecta una mortalidad aproximada del 12%. Tratamiento de patologías El proyecto tendrá un trabajo preventivo y de control de enfermedades de manera de minimizar al máximo el empleo de antibióticos en el centro. Entendiendo que los brotes de enfermedades están fuertemente ligados al estrés del confinamiento, a las condiciones del agua de cultivo, a las condiciones oceanográficas y a la presencia de depredadores; se implementarán medidas básicas para la disminución del uso de estos productos: Posterior al desdoble, los peces no serán trasladados de las jaulas, salvo en casos de extrema necesidad Utilización de redes con antifouling para minimizar dichos cambios. Retiro de mortalidad periódicamente. Realización de muestreos sólo cuando sea estrictamente necesario. Tratamiento a los peces con vitaminas y minerales. Utilización de redes antidepredadores Mantención de control ictiopatológico estricto El Titular declara que, en la eventualidad que se haga necesaria la administración de antibióticos en casos de tratamientos terapéuticos, y de encontrarse enfermedades, se aplicarán tratamientos orales e inyectables bajo la exclusiva supervisión del médico veterinario del centro de cultivo y de los técnicos de la empresa encargados del procedimiento. Como política de la Compañía, se contempla que el 100% de los smolts de salmón del atlántico ingresen vacunados al centro contra 3 o 4 de las principales patologías a saber, IPN, Vibrio y SRS (dependiendo del centro de cultivo), con el fin de de reducir mortalidades y el consumo de antibióticos. A partir del 1 de Enero de 2009 según legislación vigente, no se utilizarán Quinolonas para peces que tengan como destino el mercado de USA, estas sólo se utilizaran en peces (salar Coho y trucha) de hasta 1 kg de peso destinados a mercados distintos a USA. Por otra parte, el Titular declara también que, en caso de existir un brote infeccioso, se evalúa técnica, operativa y productivamente las diferentes opciones terapéuticas, para finalmente determinar cuál es la mejor opción. En la medida de lo posible, no se utilizará en primera instancia alimento medicado dado que el centro de cultivo trabajará en base a la prevención de enfermedades. Al contrario, los muestreos periódicos permitirán pesquisar enfermedades antes que ataquen a mayor población de peces. Sólo en casos de un brote sorpresivo y general se suministrará alimento medicado cuyos componentes y dosis se administrarán de acuerdo a lo que establezca el médico veterinario En la ficha de monitoreo quincenal se registrarán parámetros ambientales y tratamientos realizados, así como cualquier información relevante como depleciones de oxígeno, florecimientos algales, temporales, brotes de enfermedad y/o cualquier otro evento que pueda afectar o influenciar el desarrollo de Caligus. Se deja constancia que para el tratamiento de patologías comunes, sólo serán utilizados productos terapéuticos permitidos por el SAG y SERNAPESCA. La administración y dosificación de los medicamentos se encuentra sujeta a las condiciones ictiosanitarias, las cuales dependerán de factores como calidad genética, densidad máxima de cultivo, calidad y método de alimentación y temperatura de la columna de agua. Sin perjuicio de lo anterior, no existiendo otra alternativa que no sea la administración de antibióticos mediante alimento medicado, una vez que los síntomas clínicos hayan sido detectados por el Jefe de Centro o su Asistente (quienes serán entrenados y capacitados en la identificación de síntomas de enfermedades en los peces por el área veterinaria de la compañía) y ratificado por el Médico Veterinario del centro se enviarán muestras al laboratorio para la confirmación del diagnóstico. Confirmado el brote, el médico veterinario procederá a extender la prescripción del tipo de medicamento a utilizar y su dosis, para posteriormente adquirir el medicamento y ser suministrado según el tipo de antibiótico, número de jaulas a entregar el medicamento y cantidad de medicamento por jaula. Todo esto ha de ser supervisado por el Jefe de Centro y el médico Veterinario realizando un seguimiento posterior para observar los resultados del tratamiento. En caso que los peces se encuentren en un período cercano a la cosecha se considerará un período de carencia, es decir, un tiempo adecuado para asegurar que no queden trazas del medicamento en la musculatura del pez. Los tiempos de carencia en los tratamientos de peces dependen del tipo de droga que se utilice, así como también del tamaño de los peces, la dosis administrada y la temperatura, esto último asociado al concepto UTA. Esta sigla tiene que ver con el número de días necesarios para la liberación de un stock de peces después de efectuado un tratamiento con antibióticos. Como el metabolismo de los peces depende de la temperatura, esta relación no es lineal sino geométrica e inversamente proporcional, es decir, tanto más alta la temperatura, más corta será la carencia. En definitiva, los tiempos serán aquellos que se establezcan ya sea por normativa sanitaria, por recomendación del fabricante del medicamento o bien por el tiempo que determine el área de salud de la compañía. Con respecto al almacenamiento de antibióticos y/o de alimento medicado en el centro, cuando sea necesario su uso, se almacenará en el lugar destinado al acopio del alimento, con la diferencia que el alimento medicado está claramente identificado con rótulos especiales que la misma empresa fabricante del alimento se encarga de imprimir en las bolsas o sacos y que permiten su clara identificación y diferenciación respecto del alimento normal. El alimento medicado producto de los tratamientos no tiene sobrantes, toda vez que éste es preparado según receta médica y que la cantidad que se prepara es la cantidad justa y precisa que se requiere administrar a los peces y se entiende que para la mejoría de los peces, se debe administrar toda la dosis prescrita por el Veterinario. Por último, es preciso indicar que la administración, uso y control de existencias de alimento medicado hasta su total consumo será estrictamente controlado mediante el empleo de guías de despacho en el caso de la recepción del alimento y mediante controles internos en el centro y bitácoras en las que se consignarán los datos del evento ocurrido, las dosis empleadas, información de la empresa que provee el alimento, copia de la receta médico veterinaria, informes de alimentación de las jaulas que se han tratado con el alimento medicado hasta su total consumo y una clara identificación tanto del alimento medicado almacenado en el pontón respecto del alimento normal, así como también la señalización clara de las jaulas a las que debe suministrarse alimento, conforme a la normativa vigente. En el evento que accidentalmente cayera alimento medicado al mar, el Titular ha implementado dentro del sistema de gestión procedimientos adecuados para la evaluación y activación de los planes de contingencia, de acuerdo a lo establecido en el RAMA. Algunas acciones a destacar son: a) Recuperar el alimento perdido en superficie y/o por medio de buceo. b) Depósito en envases herméticos para su traslado a vertedero autorizado En otro aspecto, las medidas de bioseguridad que se utilizarán para evitar la diseminación del virus ISA son aquellas establecidas en la Resolución N° 1577 de 2011 del Servicio Nacional de Pesca, la que dispone medidas de control de la Anemia Infecciosa del Salmón en todos sus numerales y además las medidas dispuestas por la Unidad de Acuicultura del mismo Servicio. Estas medidas consideran: a. Utilización de pediluvios con tapa, al ingreso y salida del centro de cultivo, utilizando yodo en una concentración de al menos 250 mg/L y además, se contará con cepillos de plástico para remover la materia orgánica. La solución se mantendrá limpia y se cambiará diariamente. b. Los trajes de buceo, los equipos y otros materiales utilizados en la recolección de mortalidades serán desinfectadas cada vez que sean utilizados siguiendo las siguientes indicaciones: •Se removerá la materia orgánica. •Se sumergirá en solución de agua limpia con yodo (mínimo 100 mg/L por 20 minutos) o bien, en agua limpia con una temperatura mayor a 55°C por más de 5 minutos. Enjuagar con agua limpia. c. Se destinará una embarcación específica para la recolección de mortalidades, distinta a la utilizada para el traslado de personas, equipos o alimento. Esta embarcación será debidamente desinfectada cada vez que sea utilizada, utilizando para esto los distintos métodos de desinfección propuestos por el Servicio como efectivos para la inactivación del virus ISA. d. Las redes serán retiradas y transportadas en contenedores sellados que impidan el escurrimiento de agua y serán lavadas y desinfectadas en instalaciones que cuenten con tratamiento de efluentes según lo dispuesto en el Artículo N° 9 del D.S. N° 320. e. Se tendrá especial cuidado en evitar los escapes y ataques de depredadores, realizando una inspección acuciosa de las redes. f. No se realizarán intercambios de equipos de ningún tipo con otros centros. g. La cosecha se efectuará ya sea mediante sistemas autorizados por la Autoridad según condición sanitaria del centro. Todos los equipos, ropas, utensilios y materiales utilizados serán limpiados y desinfectados. h. Para la limpieza del Wellboat, se utilizará una solución de agua caliente con detergente (alcalino sin espuma), con el fin de remover todo el material particulado, las grasas y aceites, tanto en cubierta, el pozo, el casco, los equipos y las bombas, para posteriormente ser desinfectado. La desinfección será realizada por una empresa externa, contratada específícamente para estos fines. El Titular informa que estos procedimientos se realizarán de acuerdo a los Programas Sanitarios Generales para peces del Servicio Nacional de Pesca, los que incluyen medidas sanitarias para la cosecha, transporte, limpieza y desinfección. Del mismo modo, se considerará el Reglamento de medidas de protección, control y erradicación de enfermedades de alto riesgo para las especies hidrobiológicas correspondiente al D.S. D.S. N° 275-2010 Modifica D.S. N° 319-2001 Reglamento de Medidas de Protección, Control y erradicación de Enfermedades de alto Riesgo para las especies Hidrobiológicas (F.D.O. 25-03-2011) Los elementos o métodos que se utilizarán y que corresponden a sistemas de desinfección efectivos para la inactivación del virus ISA son: •Hipoclorito de sodio (solución de 100-1000 mg/L de agua limpia, por 30 minutos). •Yodóforos (solución de 100-200 mg de yodo por litro de agua, por 5 minutos). Dióxido de cloro (100 mg/L por 5 minutos). Temperaturas por sobre los 55°C por 5 minutos. Ozono (0,2-1 mg/L por 3 minutos). Radiación U.V. (120 mJ/cm2). O cualquier otro sistema que cuente con las autorizaciones vigentes. Finalmente, en caso de detectarse un brote de virus ISA en el centro de cultivo, se procederá de acuerdo a la Resolución Vigente N° 1577 de 2011, en el sentido de iniciar cosecha o eliminación de la o las jaulas afectadas en un plazo no mayor a 7 días contados desde la notificación del Servicio que declara el brote de la enfermedad. La cosecha tendrá una duración no mayor a 30 días y, en caso de eliminación de balsas jaulas, ésta se realizará en un plazo no mayor a 15 días. Insumos Alimento Se realizará mediante blowers que permiten alimentar en forma más eficiente a los peces. Para regular la pérdida del alimento y minimizar la generación de alimento no consumido, se contará con cámaras submarinas las que permitirán detectar cuando la alimentación sea mayor que el consumo, situación en que se deja de proveer alimento. Esta herramienta reporta diversos beneficios, ya que permite, desde un punto de vista económico, la reducción de los costos de producción y, ambientalmente, la mínima disposición final de alimentos en la columna de agua y en los sedimentos marinos. Por lo tanto, interesa doblemente a este titular proveer del alimento justo y necesario a los peces. La dieta será suministrada, en las raciones requeridas, durante la mañana y durante la tarde. El alimento utilizado será del tipo extruído con bajo contenido de fósforo (1,2%) y alta digestibilidad. El factor de conversión esperado para este centro será de 1,2 kg de alimento/kg de pez. El tipo de alimento a utilizar será del tipo extruído, con una digestibilidad de 90%, altamente energético. Los valores nutricionales del alimento corresponden a 33% de lípidos, 42% de proteína y 1,2% de fósforo; los cuales son el estándar de la industria. La Empresa proveedora del alimento será aquella que resulte de un proceso de llamado a licitación para proveer, por un período anual o mayor, a los centros del Titular. Estas podrían ser Salmofood, Ewos Chile S.A., Biomar o Skretting, que asegure la calidad y tecnología de fabricación de alimento para salmones. Conforme lo indican los proveedores, los ingredientes seleccionados más usados en la formulación son: Harina de pescado, aceite de pescado, harina de soya, gluten de trigo, trigo, sub-productos de molinería de trigo y maíz, premezcla de vitaminas y sales minerales, ácido ascórbico, antioxidantes, pigmentos naturales o artificiales. Durante la etapa de engorda, los salmónidos serán alimentados con una dieta altamente energética, con suplementos tales como vitamina C, minerales y pigmentos naturales o artificiales. El abastecimiento de alimento al centro será quincenal, quedando almacenado en la bodega hasta su utilización. Para la prevención de situaciones de pérdida masiva de alimento, se tomarán en cuenta los siguientes criterios: .Se realizará las labores de descarga sólo en horario diurno. .Se realizará las labores de descarga sólo con condiciones climáticas apropiadas. .No se recibirán envases en mal estado o defectuoso. .Se implementará y actualizará un procedimiento de descarga definiendo, modo de operar, funciones y responsabilidades, incluyendo un chequeo de los envases del alimento previo a su traspaso desde el barco hasta el pontón. .Se contará con los materiales y equipos de buceo necesarios para la recuperación inmediata del alimento en caso de caer al mar. Desinfectantes Como desinfectante para maniluvios y pediluvios, el Titular utilizará productos autorizados para este fin y que cuenten con las autorizaciones de las autoridades correspondientes. Las concentraciones iniciales serán aquellas que señale el fabricante según el producto elegido. Al respecto, considerando que el centro tendrá una cantidad máxima de 28 balsas jaulas, se considera que se dispondrán los recipientes conteniendo los pediluvios en el acceso al módulo. Los maniluvios, consistentes en rociadores con alcohol, estarán en el pontón flotante y serán necesarios para el caso de manipulación de productos que requieran desinfección. Para la desinfección de estructuras mayores, se utilizará también un producto llamado Prinacid 3000, Trento u otro que cuente con los correspondientes permisos de las autoridades marítima y pesquera. Adicionalmente, el Titular declara explícitamente que, en el marco de las medidas de prevención para controlar la diseminación del virus ISAV, utilizará como desinfectantes para estructuras, redes y artefactos mayores, solamente productos que cuenten con la debida autorización para su uso en el medio marino, como por ejemplo, el producto VIR-STOP u otro similar, autorizado por el SESMA N° 2277-0, cuya ficha técnica también se adjunta en anexo 2. Para las manos se emplea alcohol gel, el que se encuentra envasado en bolsas que se disponen dentro de un dispensador. El gel se evapora al momento de utilizarlo Los desinfectantes se almacenan en una bodega destinada especialmente para estos fines y aislados de otros insumos y/o productos a utilizar por el centro. Esta bodega se encuentra dentro de las instalaciones del pontón. Antifouling Con el objeto de evitar la incrustación de especies de flora y fauna en los sistemas de cultivo se impregnará las redes con antifouling, procedimiento que realizará una empresa externa con la certificación ambiental pertinente. Las redes sólo serán impregnadas con pintura antifouling antes de su ingreso al centro de cultivo y en ningún caso se utilizará anti-incrustantes que contengan como productos activos, elementos tóxicos no degradables o bioacumulables. Redes Conforme a lo establecido en la letra e) del Art. 4 del D.S. N° 320/2001, cada 6 meses se verificarán las condiciones de los módulos de cultivo, se realizará un recambio de redes de las jaulas y una vez al ario para las redes loberas. La operación se llevará a cabo por personal del centro, capacitado para ello. La limpieza se realizará en una empresa externa calificada ambientalmente y que cuente con planta de tratamiento de Riles en la Xa. Hidrocarburos A fin de proveer de combustible a las embarcaciones menores se pretende mantener una cantidad mínima de combustible (menor a 400 I) conservado en la bodega con su debida rotulación. Su abastecimiento dependerá de la actividad y demanda del centro. Tanto el uso como la mantención de los combustibles se hará de acuerdo a lo estipulado en la normativa asociada, entre la que se incluye en primera instancia, la Directiva DGTM y MA-53/002 que indica las pautas para la elaboración del Plan de Contingencia ante derrames de Hidrocarburos. Dicho plan de contingencia será presentado a la Autoridad Marítima para su aprobación antes del inicio de operación del pontón en el centro de cultivo. La empresa cuenta con un Plan de Contingencia de Control de Derrames de Hidrocarburos para sus artefactos navales que es aplicable para todos sus centros de cultivo, los que eventualmente pueden presentar muy pequeñas diferencias; sin embargo, se elaborará un plan específico para este centro, que será presentado a la Autoridad Marítima para su aprobación. Por otra parte, el transporte de combustibles sólo se realizará en estanques aprobados por la Autoridad Competente de acuerdo a los considerandos establecidos en la Res. DGTM y MM ORD. N° 12.600/2545 de fecha 28 de octubre de 2002. Los lubricantes serán almacenados en recipientes cerrados y debidamente identificados y etiquetados, tomándose todas las medidas necesarias para prevenirla inflamación o reacción de estos, entre ellas su separación y protección frente a cualquier fuente de riesgo capaz de provocar tales efectos, según lo establece artículo 4a9 del D. S. de MINSAL N° 148/03. Los residuos generados serán manejados según normativa vigente (D. S. MINSAL 148/03). Dicha acción será realizada de la siguiente manera: -Los lubricantes se contienen en envases de plástico de 20 lts. los que serán almacenados provisoriamente en contenedores apropiados y ubicados en el pontón flotante, -Posteriormente, los lubricantes serán retirados de forma mensual y transportados a través de barcazas, por los mecánicos que realizan la mantención hasta Puerto Montt desde donde son retirados por el proveedor de combustibles, los cuales disponen finalmente los lubricantes en Bravo Energy Chile, ubicada en la Región Metropolitana, u otra autorizada y que cumpla con la normativa vigente. Cabe mencionar, que los hidrocarburos serán mantenidos en recipientes de acero y su reabastecimiento se realizará resguardando todas las medidas de seguridad para evitar derrames, además el centro contará con la cantidad mínima de material de contención de derrames (300 paños absorbentes, boas y aserrín). A continuación se detallan los contenidos mínimos en caso de contaminación por hidrocarburos: Existencia de un procedimiento que deberá seguir el Jefe de Centro u otra persona que quede responsable frente a estos sucesos, con el fin de notificar el hecho de acuerdo a las indicaciones de la Autoridad Marítima. Existencia de una lista de autoridades o personas, con sus teléfonos debidamente actualizados, a quienes se dará aviso en caso de accidentes con hidrocarburos. •Se implementará una lista con los insumos que posea el centro para hacer frente a un derrame. Respecto a la operación de abastecimiento y manejo de combustible, el Jefe de Centro tendrá la responsabilidad y autoridad de coordinar la recepción de combustible. Para prevenir incidentes deberá asegurarse que el surtidor esté bien insertado en la entrada del estanque y que las mangueras se encuentren bien conectadas. En caso de incidente y/o emergencia por derrame de combustible se implementarán las siguientes medidas: En el caso que exista en la operación de abastecimiento y manejo de combustible, una fuga mínima de éste (incidente), el Jefe de Centro u otra persona responsable deberá solicitar al contratista que detenga inmediatamente la descarga de combustible. El derrame deberá ser limpiado rápidamente con paños absorbentes. Los residuos, producto de la limpieza, deberán ser recuperados y almacenados en recipientes destinados a ello, debidamente rotulados. En el caso de un derrame mayor de combustible (sobre 601), el Jefe de Centro coordinará todas las acciones con el fín de recolectar el producto derramado mediante material absorbente (paños absorbentes, boas o aserrín). Luego de recolectar residuos sólidos del material absorbente utilizado, se almacenarán en recipientes debidamente rotulados para, finalmente, ser retirados por personas idóneas (Jede de centro u otra persona responsable). En caso de ocurrencia de derrame, se informará a la Autoridad Marítima local, para que ésta entregue las instrucciones necesarias para la limpieza del área. El Jefe de Centro llevará la bitácora correspondiente con el registro de incidentes y/o emergencias de derrames. Actividades operativas Mortalidad A fin de evitar la propagación de enfermedades se retirará la mortalidad de las balsas diariamente de acuerdo a índices aplicables al centro. La extracción de mortalidad se realizará diariamente su mortalidad mediante quechas y buceo en profundidad, la mortalidad es depositada en tachos herméticos debidamente identificados, para su posterior ensilaje. Cabe destacar que el equipo de buceo utilizado en la faena es de uso exclusivo del centro de cultivo, al igual que la embarcación que participa de la faena, para dar cumplimiento con lo requerido tanto por la empresa como por la autoridad, en cada faena se detalla lo siguiente: E1 equipo de buceo se lava y desinfecta antes y después de cada faena, dicha actividad queda registrada en una bitácora que maneja el centro de cultivo. Los equipos de buceo se almacenan en áreas delimitadas especialmente destinadas para este fin. Los buzos disponen la mortalidad en el menor tiempo posible dentro de los contendores herméticos y debidamente rotulados. La mortalidad extraída diariamente deberá ser ensilada dentro de las próximas 24 horas. Después de cada faena se limpia y desinfecta las superfícies de los botes utilizados y los pasillos del centro de cultivo. Una vez cuantificados y clasificados por su causa de muerte, serán depositados en bins herméticos y será trasladada al sistema de ensilaje que está ubicado en tierra. La faena de extracción de mortalidad da con el Reglamento de Medidas de Protección, Control y Erradicación de Enferniedades de Alto Riesgo para las Especies Hidrobiológicas, Decreto Supremo N° 319/01 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción y sus modificaciones, especificamente en: En el artículo 22° bis se establece: "Deberá realizarse el retiro diario de las mortalidades de peces de cada jaula. Semanalmente deberá informarse al Servicio el número de mortalidades clasificada según su causa. Todo centro deberá contar con sistemas de extracción, manejo de mortalidades y procedimientos de desinfección asociados, descritos en un manual que, además, deberá establecer los métodos, los equipos y materiales a utilizar, los procedimientos de necropsia y el personal responsable y capacitado para ejecutar cada una de las operaciones. Todos los procedimientos que se apliquen en el centro, serán higiénicos, que eviten posibles contaminaciones cruzadas y utilicen materiales específicamente destinados a cada propósito. El sistema de extracción de mortalidad será eficiente y seguro, procurando no alterar las especies en cultivo." Como la extracción en profundidad se realiza mediante buceo, el centro además cumple con las siguientes condiciones: a) El equipo de buceo deberá ser de uso exclusivo de cada centro, deberá lavarse y desinfectarse, previo a su utilización y con posterioridad a ella y además, cada vez que haya traslado desde un tren de jaulas a otro. Además, los equipos deberán ser almacenados adecuadamente, en un lugar único para este fin y debidamente delimitado. Igualmente, debe contarse con una embarcación de uso exclusivo durante la faena de buceo. b) Los buzos deberán disponer las mortalidades en el menor tiempo posible en los contenedores destinados para este propósito. c) Se deberá limpiar y desinfectar las superficies de los botes utilizados y los pasillos del centro de cultivo. d) Antes y después del uso del equipo empleado para la recolección de mortalidades, deberá desinfectarse, debiendo existir un sistema de registros de dicha actividad " La siguiente tabla muestra la mortalidad del centro de acuerdo a las proyecciones de crecimiento y engorda, en período de máxima biomasa en cultivo. Proyección de mortalidad por ciclo de producción. Mortalidad proyectada 12% acumulada. Ario Cosecha(Ton) Mortalidad (unidades) Biomasa (kg) 1-5 6.500.000 150.558 239.460 La mortalidad se manejará a través del ensilaje ver . La operación de esta Planta de Ensilaje se desarrollará de la siguiente manera. •Se carga el estanque de proceso con peso conocido de pescado. Para ello, se usarán baldes plásticos de 20 L. Se debe impedir el ingreso de impurezas (piedras, cordeles, plásticos, etc.). Los desechos o impurezas serán desinfectados y acopiados en otros contenedores herméticos, sin que se incorporen al sistema de ensilaje; •La capacidad del estanque triturador es alrededor de 650 kg/h y 1 5.600 kg/d. Sin embargo se puede cargar con 500 kg/batch; •Con la tapa cerrada, se inicia la molienda por un tiempo de 10 minutos y se efectúa el trasiego; se continua con los ciclos de molienda y trasiego hasta que todo el pescado haya sido transformado a silo; •El control del pH se debe efectuar después de cada período de molienda y previo a cada trasiego y deberá estar en un valor de 4,0. Este valor de pH asegura que el ensilado quede bien hecho y que hayan sido eliminadas la mayoría de las enfermedades (ISA incluido) e impedirá también que haya procesos de descomposición posteriores; •El proceso culmina en el estanque de molienda cuando se ha obtenido un producto de pH 4,0, de aspecto cremoso (color café rojizo) y en el que ya no se observen trozos de tamaño mayor a 1 centímetro. El tiempo de molienda varía en relación directa con la potencia del equipo y con la consistencia de la materia prima (tamaño del pescado a procesar); •A fin de mantener el producto estable, bien mezclado y fluido, es necesario recircularlo en el estanque de acopio mediante bomba destinada a ello, al menos por 2 h/d, y verificar el valor de pH a través de toma muestra ubicada en la tubería. Con el transcurso de los días, el pH subirá levemente pero siempre deberá mantenerse por debajo 4,0, considerando que el proceso se hizo como se describe. Si el pH ha subido de 4,0, será necesario agregar más ácido gradualmente y recircular varias veces hasta chequear el rango correcto; •La operación de retiro de producto consiste, básicamente, en coordinar el retiro del ensilado lo que implica bombear el producto desde el estanque de acopio hacia estanques de barcaza de traslado como Pesquera La Portada, Pacific Star u otro autorizado. Esta operación se podrá efectuar, alternativamente, con bomba instalada en la barcaza o bomba del estanque de acopio. La frecuencia de retiro se relaciona exclusivamente a la generación de ensilado y la capacidad de acopio del centro, pero se estima que será mensual o quincenal, según requerimiento. Ello permitirá programar adecuadamente el servicio. Aplicación del Ácido Fórmico El personal del Centro estará capacitado e informado en los riesgos y medidas de seguridad recomendadas por el fabricante en el manejo del sistema de ensilaje de mortalidad de peces. También se capacitarán contratistas o cualquier persona que pudiese manipular ácido fórmico. Periódicamente hay que medir el nivel de pH y ajustar la dosificación. Normalmente, el pH debe ser inferior al valor de 4,0. Para lograr esto, es imprescindible la aplicación de la dosis correcta de ácido fórmico incorporada a la molienda y la homogeneidad. Se considera una concentración de ácido fórmico al de 85%. La empresa cuenta con un Procedimiento, el cual se adjunta en el Anexo 4. Adicionalmente, el titular implementará un sistema de doble guía con motivo de tener un adecuado control de los residuos generados y que éstos sean derivados a un lugar de disposición autorizado. Cabe indicar que el proyecto considerará lo establecido en el documento "Orientación para las Actividades de Ensilaje en los Centros de Cultivo de Salmónidos", emitido por DIRECTEMAR, y en la Circular Maritima Externa N° 12.600/327/2010 de la Gobemación Marítima de Puerto Montt, en lo que respecta a registros de retiro de producto ensilado desde el centro de cultivo. Limpieza de la Planta de Ensilaje La limpieza de los equipos se realizará cada vez que sea retirado el contenido ensilado desde el estanque. El proceso considera un raspado seco en los puntos en que pueda quedar silo adosado a las paredes del estanque, y luego un aseo líquido, para lo cual se utilizará el mismo ácido fórmico, quedando éste como base para recibir la nueva mortalidad que se incorpore al sistema. Este sistema de limpieza conlleva beneficios como evitar la generación de RIL, evitar considerar un sistema de incorporación de agua en el sistema y evitar de introducir agua al sistema, lo que evita crecimientos microbianos dentro del sistema. Programa General de Lavado, limpieza y desinfección. La empresa cuenta con una manual de higiene y desinfección que da cumplimiento con lo establecido en el Reglamento de Medidas de Protección, Control y Erradicación de Enfermedades de Alto Riesgo para las Especies Hidrobiológicas, Decreto Supremo N° 319/01 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción y sus modificaciones, y con la Resolución SERNAPESCA N° 72/2003. Programa Sanitario General de Manejo de Limpieza y Desinfección. El manual será implementado para estandarizar y normar el trabajo de los centros de cultivo en lo que se refiere a la organización y aplicación de los procedimientos de limpieza y desinfección. Las medidas de limpieza y desinfección se aplican a los recintos, materiales, implementos, equipos, infraestructura, personal, vestuario así como a las embarcaciones y medios de transporte que se mueven desde y hacia los centros de cultivo ya sea para el retiro y/o la entrega de peces, cosechas, desechos, mortalidades e insumos necesarios. Siendo sus objetivos: Establecer las condiciones de organización y aplicación de los procedimientos de limpieza y desinfección en los centros de cultivo de peces que permitan mantener las condiciones de bioseguridad del Centro con la finalidad de inactivar, controlar y prevenir la transmisión y diseminación de agentes patógenos. Prevenir la transmisión y diseminación de microorganismos, en especial agentes patógenos, a través de vectores, fomites y/o sustancias contaminantes, ya sea al interior del centro, desde o hacia otros centros de cultivo, o al medio ambiente.Se adjunta manual en el anexo 4. Cambio de redes Para realizar el cambio, limpieza y reparación de redes, este centro optará por contratar el servicio de empresas que cuenten con las autorizaciones pertinentes para el tratamiento y manejo de dichos materiales de cultivo, a talleres autorizados y que cumplan con la normativa ambiental vigente. Las redes que utilizará el centro son impregnadas al agua, por lo que les permite una programación en sus cambios. La garantía y facilidad de la impregnación al agua, permite almacenar la red seca hasta su utilización. Las redes que sean reemplazadas, serán estibadas en una embarcación que las transportará por vía marítima para su tratamiento y mantención correspondiente. Las maniobras de reemplazo y traslado de redes serán de exclusiva responsabilidad de la Empresa con la cual se contrate este servicio, exigiendo el Titular que esto se realice cumpliendo la normativa vigente. Cabe señalar que el Titular esta consiente que tiene la responsabilidad ambiental de todas las faenas realizadas en su centro, aún cuando sean ejecutadas por una empresa externa. Esta operación será realizada cada 6 meses para las redes de las jaulas, dependiendo de las condiciones ambientales y en forma anual para las redes loberas, no obstante, el cambio y lavado de redes puede ser adelantado, dependiendo del estado y evaluación de las mismas. Manejo de Insumos Los insumos serán almacenados en envases separados y herméticamente cerrados Se pondrá gran énfasis en mantener los envases bien etiquetados a la vista de todos. Se tendrá especial cuidado al manipular los insumos como combustibles para evitar cualquier tipo de derrame al medio y se utilizarán contenedores tipo coferdan de doble fondo y que estarán confinados en un lugar especial totalmente estanco, de modo que cualquier derrame queda contenido en el casco o sentina del pontón. Al momento de ocurrir un eventual derrame, se activa una alarma que acusa baja de nivel. Junto con esto, es importante destacar que los pontones son fiscalizados por la DIRECTEMAR y su construcción está completamente ajustada a lo que la Autoridad Marítima solicita para un artefacto naval mayor inscrito en Valparaíso, por lo que todas las especificaciones técnicas están resguardadas por la normativa de la Ley de navegación del año 1987. El Titular se compromete a que el manejo de combustibles se respaldará adecuadamente mediante guías de recepción y despacho. Para prevenir y enfrentar algún tipo de derrame, el Titular se compromete a que se seguirán las instrucciones establecidas en el D.S. N° 1 de 1992, Titulo II del "Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática" de la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante. Tanto el uso como la mantención de los combustibles se hará de acuerdo a lo estipulado en la normativa asociada entre la que se incluye en primera instancia, la Directiva DGTM y MM A-53/002 la cual indica las pautas para la elaboración del Plan de Contingencia ante derrames de Hidrocarburos. Una vez aprobado el presente proyecto para su ejecución, el Plan, confeccionado en base a las pautas mencionadas, será puesto a disposición de la Autoridad Marítima para su visación y aprobación. Por otro lado, el transporte de combustibles sólo se realizará en estanques aprobados por la Autoridad Competente de acuerdo a los considerandos establecidos en la Res. DGTM y MM ORD. N° 12.600/2545 de fecha 28 de octubre de 2002. Referente al transporte de combustible, el Titular contratará los servicios de empresas autorizadas para este tipo de transporte de sustancias. Los camiones se subirán a una barcaza que los llevará al centro para su posterior descarga de combustibles. Estos deberán estar debidamente autorizados y contarán con todo el equipamiento necesario tales como cinturones de contención de petróleo, extintores Tipo A, paños absorbentes, entre otros. Por tanto, la faena de carga y descarga estará realizada bajo todas las medidas de seguridad para evitar un eventual derrame. Cosecha Cuando los peces alcancen el peso de cosecha, entrarán en la etapa final de producción; en ésta se detendrá la alimentación de los peces y se procederá a la faena de cosecha. La cosecha se realizará de manera tradicional, lo que implica el confinamiento del pescado dentro una bolsa del bins para evitar derrame de agua sangre en el centro. El destino final de las aguas sangre, será la planta de proceso donde se faenaran los pescados. Dicha planta de proceso contará con una planta de tratamiento de RILes autorizada y con Resolución de Calificación Ambiental Vigente, si ello fuera parte de su requerimiento normativo. El Titular se compromete a mantener registros de la cosecha, traslado y entrega de cosecha para entregar a la autoridad competente que lo requiera. Traslado de jaulas y período de descanso Al término de cada ciclo productivo las instalaciones entraran en un período de descanso en el área de acuerdo al descanso sanitario establecido para la agrupación de concesiones correspondiente con el propósito de recuperar las condiciones sanitarias. Cabe destacar, que la empresa tiene otras concesiones de acuicultura autorizadas y en tramitación que, una vez que estén otorgadas, podrán realizar períodos de descanso y rotación de concesiones más extensos, favoreciendo así, la recuperación del fondo marino y macrofauna existente. Durante este tiempo el Titular podría eventualmente ocupar sus unidades de cultivo en otro centro, previa desinfección, proceso que se realizará una vez obtenidas las autorizaciones correspondientes de la autoridad marítima y pesquera. Cabe señalar que este periodo corresponde al momento en el que el centro de cultivo se encuentra completamente desocupado y que en el intertanto, al inicio del proceso de la cosecha, las balsas jaulas son desocupadas de manera paulatina, producto de que las cosechas se inician con aquellas jaulas que contienen los peces que han alcanzado las mejores tallas. El Titular establece que cumplirá con lo dispuesto en el artículo 21 del D.S. (MINECON) N° 320 del 2001 y la Resolución (SUBPESCA) N° 3612del 2009, en todos sus artículos, referente a los informativos ambientales, frecuencia y condiciones exigidas en cuanto a la toma de muestra y análisis de los parámetros, para determinar así, las condiciones del sustrato asociado bajo los módulos de cultivo. Junto con esto el Titular establece que dará cumplimiento a lo establecido en el artículo 4° del D.S. (MINECON) N° 320 del 2001 y sus modificaciones, referente a: "Todo centro de cultivo deberá cumplir siempre con las siguientes condiciones": a)Adoptar medidas para impedir el vertimiento de residuos y desechos sólidos y líquidos, que tengan como causa la actividad, incluidas las mortalidades, compuestos sanguíneos, sustancias químicas, lodos y en general materiales y sustancias de cualquier origen, que puedan afectar el fondo marino, columna de agua, playas, terrenos de playa, sin perjuicio de lo dispuesto por las normas de emisión dictadas en conformidad con el artículo 40 de la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente. La acumulación, traslado y disposición de dichos desechos y residuos deberá hacerse en contenedores herméticos que impidan escurrimientos. El transporte fuera del centro y la disposición final deberá realizarse conforme los procedimientos establecidos por la autoridad competente. b)Mantener la limpieza de las playas y terrenos de playa aledaños al centro de cultivo de todo residuo sólido generado por la acuicultura. c)Retirar, al término de su vida útil o a la cesación definitiva de las actividades del centro, todo tipo de soportes no degradables o de degradación lenta que hubieren sido utilizados como sistema de fijación al fondo, con excepción de las estructuras deconcreto, pernos y anclas. d)La profundidad de las redes, linternas u otras artes de cultivo, incluidas las redes loberas, que penden de estructuras flotantes, no debe exceder al 90% de la altura de la columna de agua, respecto del nivel de reducción de sonda, debiendo quedar el decil más profundo siempre libre de estas estructuras. Esta condición no será aplicable a los colectores de semillas y sistemas de fijación al fondo. Tampoco será aplicable respecto de artes de cultivo que hayan sido sumergidos como medida de contingencia ante un florecimiento algal nocivo así declarado por la autoridad pesquera o por otra causa de fuerza mayor. e)Disponer de módulos de cultivo y fondeo que presenten condiciones de seguridad apropiadas a las características geográficas y oceanográficas del sitio concesionado, para prevenir el escape o pérdida masiva de recursos en sistemas de cultivo intensivo o desprendimiento o pérdida de recursos exóticos en cultivos extensivos. Deberá verificarse semestralmente el buen estado de los mencionados módulos, debiendo realizarse la mantención en caso necesario para el restablecimiento de las condiciones de seguridad, de los cual se llevará registro en el centro. Las condiciones de seguridad de los módulos de cultivo y del fondeo de los centros de cultivo intensivo de peces, deberán ser certificadas anualmente, por un profesional o entidad debidamente calificados. Una copia de las certificaciones señaladas en el inciso anterior deberá ser mantenida en el centro de cultivo °Utilizar sólo aquellos sistemas de emisión de sonidos destinados a ahuyentar mamíferos marinos o aves que hubieren sido autorizados expresamente por la autoridad competente. g)Utilizar los elementos de flotación compuestos de poliestileno expandido (tales como plumavit o aislapol), poliuretano o similares, sólo en su presentación compacta, no en perlas ni trozos, y debidamente forrados con materiales resistentes que impidan su disgregación. Las medidas de protección ambiental que se requieran en relación con el cultivo de las especies que sean incorporadas en la nómina de especies hidrobiológicas vivas de importación autorizada, fijada en conformidad al artículo 13 de la Ley, serán establecidas mediante decreto supremo expedido a través del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, previos informes técnicos debidamente fundamentados de la Subsecretaría, del Consejo Nacional de Pesca y del Consejo Zonal que corresponda. Activar durante el proceso de alimentación un sistema de detección o captación del alimento no ingerido. Se exceptúan de esta obligación los centros que alimenten las especies en cultivo, exclusivamente con algas y los centros ubicados en tierra. Planes de Mitigación y Contingencia Conforme a lo señalado en el Artículo 5° del D.S. N° 320, el centrode cultivo dispondrá de un Plan de acción antes Contingencias Ambientales, el que establecerá las acciones y responsabilidades operativas en caso de ocurrir circunstancias susceptibles de provocar efectos ambientales negativos o adversos. Este plan considerará a lo menos: temporales, terremotos, el enmalle de mamíferos marinos, el choque de embarcaciones con los módulos de cultivo, las pérdidas accidentales de alimento, de estructuras de cultivo u otros materiales, florecimientos algales nocivos, los escapes, o los desprendimientos de ejemplares exóticos en cultivo. Entre las actividades a seguir, el plan comprenderá acciones de recaptura de los individuos, recolección y disposición segura de desechos y la eliminación de los ejemplares muertos en la forma prevista en la letra a) del artículo 4° y en el Decreto Supremo N° 319/2001, por el que se aprueba el reglamento de medidas de protección, control y erradicación de enfermedades de alto riesgo para las especies hidrobiológicas. El plan de acción ante contingencias comprenderá al menos lo siguiente: a)Acciones a desarrollar ante una contingencia que se presente y el cronograma de su aplicación; b)Equipos y elementos necesarios para la correcta aplicación de las acciones enumeradas en el literal anterior, los que deberán comprender al menos los medios de transporte, señalización y comunicaciones; y c)Programa actualizado del mantenimiento de los equipos señalados en el inciso anterior. Un ejemplar escrito del plan de acción de contingencias se mantendrá en el centro de cultivo y será conocido por el personal del mismo. Una copia de dicho plan se remitirá al Servicio. El Titular se hace responsable de disponer los medios adecuados y el personal capacitado para el cumplimento del plan de acción frente a contingencias. De a misma forma asumirá los costos que involucre su aplicación. Todas las contingencias que ocurran en el centro se informarán al Servicio y a la Autoridad Marítima dentro de un plazo de 24 horas desde que se detecte el hecho o contingencia. PLAN DE CONTINGENCIA El plan de contingencia detalla las acciones a seguir en los casos de ocurrencia de accidentes ambientales en los que las acciones de prevención no hayan tenido efecto. Se basa en las directrices entregadas por la normativa ambiental vigente ya sea a través de la Ley N° 19.300 y de los decretos y resoluciones relacionados a ella. Todas las acciones comenzarán con el aviso oportuno al encargado del centro de cultivo quien guiará las operaciones de contingencia y elaborará los respectivos informes. Sus acciones se definen para los siguientes eventos: 1.Escapes masivos de ejemplares. 2.Mortalidades masivas de organismos en cultivo. 3.Pérdida masiva de alimento. 4.Desprendimiento accidental de estructuras de cultivo. 5.Seguimiento de fármacos 6.Transporte de ejemplares 7.Derrame de combustibles. 8.Acciones para la protección de flora y fauna autóctona 9.Acciones para la conservación del paisaje. 10.Sismo o Terremoto 11.Bloom Algal o disminución de oxigeno ESCAPE MASIVO DE EJEMPLARES El escape de peces se previene al instalar elementos de cultivo de óptima calidad y resistencia. Unido a ello, el proyecto contempla como medida de prevención la instalación de redes loberas que impiden el ataque de estos mamíferos y a su vez los protegen contra el enredamiento y muerte por asfixia. Se trabajará con alta titulación de redes (210/36 para redes de 3/4 ", 210/48 para redes de 1" y 210/72 para redes de 1 1/2"); además se dispondrá de una rutina de revisión diaria de unidades de cultivo mediante la inspección directa por buceo, para evaluar la limpieza, comportamiento de corrientes y estado general. Las redes loberas y los sistemas de fijación serán revisados en forma quincenal. Además se dispondrá de redes de reemplazo. Si por causas extraordinarias sucediera un escape de peces las medidas a tomar son: 1.Se efectuarán lances con redes para recuperar la población afectada. Tal como se establece en el Reglamento Ambiental para la Acuicultura en su artículo 6°, esta actividad de recuperación se realizará por un periodo de 10 días hasta una distancia de 400 m de la jaula afectada 2.Los peces recuperados y aquellos que no hayan escapado serán depositados en nuevas jaulas. 3.Se repararán las jaulas dañadas inmediatamente para evitar mayores pérdidas 4.Se dará aviso dentro de las 24 horas de ocurrido o detectado el incidente tanto a Sernapesca como a la Autoridad Marítima local y, en un plazo de 15 días hábiles, mediante un informe escrito a la Dirección Regional de Sernapesca se consignarán los siguientes datos: Localidad exacta del escape o desprendimiento, señalando la identificación del centro de cultivo; Especies y razas involucradas; Número estimado de individuos y su peso aproximado; Circunstancias en que ocurrió el hecho; Estado sanitario de los ejemplares escapados; Período delúltimo tratamiento terapéutico, señalando el compuesto utilizado, se correspond ere, ¿Estado de aplicación del plan de acción ante contingencias ambientales; ¿Registro fotográfico de las artes de cultivo afectadas. 5.Esta información quedará registrada en la bitácora ambiental del centro de cultivo. MORTALIDAD MASIVA DE ORGANISMOS EN CULTIVO Como se analizó en capítulos previos, la mortalidad será dispuesta en recipientes herméticos y transportada a una planta reductora. Todas las etapas desde que los peces son extraídos del agua hasta su destino final serán reguladas por el Titular del proyecto exigiendo a las empresas proveedoras de los distintos servicios la certificación de calidad ambiental de aquél; así también se respetarán las normativas relacionadas con el transporte de estos materiales y su adecuada disposición (específicamente: Ley 2222/78, Ley de Navegación y Ley 19.300). Si a pesar de estas medidas ocurre un evento de mortalidad masiva se seguirán las siguientes acciones: 1.Extracción de la mortalidad de la superficie y por buceo en el fondo de la concesión. 2.Disposición de los organismos muertos en contenedores herméticos con hielo para su retiro y traslado. El retiro y traslado se realizará en total cumplimiento de la normativa relacionada con navegación y transporte de residuos. 3.Muestreo aleatorio de mortalidad para su análisis y establecimiento de las causas de muerte, actividad que realizará un médico veterinario Las acciones a implementar para evitar la propagación de la enfermedad serán dirigidas por este médico en coordinación con el jefe de centro. 4.En caso de infección o enfermedad altamente contagiosa, se procederá a aplicar medidas sanitarias de emergencia, las que incluyen extracción de especies enfermas, aviso oportuno a la Autoridad Marítima y aplicación de tratamiento adecuado aprobado por el 5.En caso de que la causal sea la asfixia, se procederá a realizar un plan de cosecha de emergencia para aprovechar los peces no infestados, ya sea para consumo humano o para su utilización como materia prima. 6.E1 encargado del centro dará aviso a Capitanía de Puerto respectiva y al Servicio Nacional de Pesca indicando: ¿Centro de cultivo afectado. ¿Especies, cantidad y estado sanitario de las especies involucradas. ¿Fecha y hora de ocurrido el incidente. ¿Causa de muerte. ¿Características fisicoquímicas de la columna de agua en el área. ¿Medidas adoptadas. 7.Esta información quedará registrada en la bitácora del centro. PÉRDIDA DE ALIMENTO Y/O BOLSAS PLÁSTICAS Estos materiales se dispondrán en fardos de 30 kilos y serán devueltas al proveedor del alimento, quien las reciclará. El centro está protegido de este tipo de pérdidas debido a la utilización de sistemas automáticos de alimentación, por tanto se ve se ve con dificultad una eventual caída accidental de alimento al mar. Aun así, puede ocurrir pérdidas de alimento o bolsas para lo cual se tomarán las siguientes acciones: .Recuperación del material perdido en la superficie o por buceo.. Si el alimento aún no ha sufrido gran deterioro se utilizará nuevamente para la alimentación de los peces. .Si por el contrario, aquél no presenta buenas condiciones, se procederá a depositarlo en envases heiméticos y serán llevados al vertedero de Sociedad Comercial Rexin autorizado bajo Resolución del Servicio de Salud Llanchipal N° 1453 de Septiembre del 2000; o Agrícola Corcovado que opera según Resolución N.E. N° 0493 del 12.04.1996 del Servicio de Salud de Llanchipal. .E1 encargado del Centro anotará en la bitácora las acciones tomadas y avisará a la Autoridad Marítima y al Sernapesca de lo ocurrido indicando fecha y hora, cantidad de alimento y/o bolsas recuperadas, y cantidad perdida. DESPRENDIMIENTO DE UNIDADES DE CULTIVO Se revisará periódicamente los sistemas de cultivo a fin de evitar deterioros y pérdida de material que signifique impactos ambientales negativos. Aun así, en caso de desprendimiento el protocolo a seguir es: 1.Aviso por radio a la Autoridad Marítima del hecho si este representa riesgo para la navegación. Esta actividad la hará el encargado del Centro. 2.Contratación de una empresa que provea el servicio de recuperación, traslado y fondeo de las estructuras. DERRAME DE COMBUSTIBLES El plan de contingencia frente a derrames de combustible puesto a disposición de la Autoridad Marítima para su visación —es decir, Capitanía de Puerto respectiva-, y para ello se regirá por lo estipulado en el Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática y a la directiva DGTM y MM A-53/002. La cantidad de aceite utilizado en la mantención unitaria de los equipos, será retirado en recipientes cerrados y despachado hacia Puerto Montt. Para su disposición final se solicitará los servicios de la empresa Sociedad Comercial Rexin Ltda el que está autorizado para recibir desechos minerales usados bajo Resolución del Servicio de Salud de Llanchipal N° 269 de marzo de 2005, el que actúa como estación de transferencia para finalmente enviar estos residuos para su tratamiento y disposición final en la empresa Hidronor o Bravo Energy S.A. de la ciudad de Santiago que cuenta con la autorización sanitaria del Servicio de Salud con fecha 27 de febrero de 1998. PLAN DE SEGUIMIENTO DE FÁRMACOS En relación a este punto se señala que para realizar un adecuado seguimiento de los fárniacos utilizados en el centro se llevará una bitácora con el registro de las dosis y tipo de fármacos administrados a los peces. Del mismo modo, la información será complementada con el informe que proporcione el médico veterinario, en relación a los tratamientos aplicados, las dosis y el período de carencia de cada fármaco. Se reitera lo señalado anteriormente, en cuanto a que el proyecto tendrá un trabajo preventivo y de control de enfermedades de manera de minimizar al máximo el empleo de antibióticos en el centro; de esta forma se implementarán medidas básicas para la disminución del uso de estos productos, tales como: Posterior al desdoble los peces no serán trasladados de las jaulas, salvo en casos de extrema necesidad; como por ejemplo, el cambio de redes producto de alguna ruptura. Utilización de redes con antifouling para minimizar dichos cambios. Retiro de mortalidad periódicamente. Realización de muestreos sólo cuando sea estrictamente necesario. Tratamiento a los peces con vitaminas y minerales. Utilización de redes antidepredadores. Mantención de control ictiopatológico estricto TRANSPORTE DE PECES El traslado de los peces, una vez alcanzada la talla comercial, se realizará en conformidad a lo establecido en el Artículo 21 del Título V y los artículos comprendidos en el Titulo X del D.S. (MINECON) N° 319 de 2001. Para ello se llevará un registro de todos los ingresos y salidas de los peces, indicando especie, número y estado de desarrollo de los individuos, origen de los ejemplares, identificando el centro de cultivo de origen y destino, medio de transporte y la documentación necesaria que acredite la condición sanitaria exigidos por la normativa vigente y la documentación que acredite la autorización del transporte. En relación al transporte y traslado se realizará conforme a lo establecido en el artículo 48, es decir, se realizará en el menor tiempo posible; el medio de transporte será limpiado y desinfectado en forma previa y posterior a la realización del traslado. Los peces serán desembalados sólo al llegar a su destino final; además, se garantizará que los peces serán manipulados y mantenidos en las condiciones que permita proteger su vida y sus estado ictiosanitario. Los ejemplares en traslado serán debidamente identificados, indicando su lugar de origen, destino y especie. El Titular declara además que dentro de las operaciones del centro de engorda tendrá incorporado el sistema de control de doble guía, cuyas copias serán archivadas en el centro. CUIDADO Y PROTECCIÓN DE FLORA Y FAUNA Es de especial preocupación para el Titular la protección de las especies autóctonas Para ello principalmente se seguirá un estricto control sanitario que evitará la transferencia de enfermedades desde los peces de cultivo. Asimismo, durante la operación del centro se resguardará el área costera de cualquier contaminante que potencialmente pueda perjudicar a los organismos. El Titular se compromete a cumplir las exigencias ambientales establecidas en la normativa. LOBOS Y AVES El control de los daños y pérdidas causadas por la acción de lobos y aves, se realiza mediante la utilización de redes tipo cajón que cubren todo el perímetro de las jaulas desde los pasillos exteriores hasta una distancia mínima de 10 m por el costado y 14 m de fondo. La red tendrá 10" de apertura y una titulación de 210/180. Con esta pequeña apertura y grosor de hilo se evitará que el mamífero se enrede y muera asfixiado. En caso de suceder un enmallamiento de Lobos Marinos, las acciones serán las siguientes: 1.Se intentará liberar al individuo enredado, levantando la red lobera hasta la superficie y eventualmente cortando el hilo de la red, la que luego será reparada 2.Si algún lobo muriera atrapado se dará aviso inmediato a la autoridad competente (Sernapesca). Respecto a las aves, se considera la utilización de redes cobertoras que se extienden tensas y se fijan a las barandas de las jaulas con la ayuda de ganchos. Si llegase a suceder que un ave quede atrapada en una malla de cultivo los operarios serán los encargados de liberarla tratando de que la manipulación le genere el menor estrés posible. HUILLÍN Conociendo el grado de vulnerabilidad de esta especie, que se encuentra protegida desde 1926 y clasificada como especie en extinción en el libro rojo de los Vertebrados Terrestres de Chile, lo que fue ratificado en el año 1996 por la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA). Respecto del hábitat de este animal, se conoce que habita en costas rocosas y en canales protegidos que presentan escaso movimiento de agua, no vive en áreas costeras abiertas sino más bien cerradas con espesa vegetación, por tanto se ve con dificultad de que especies de estas características se encuentren muy a menudo dentro de centros de cultivo, dado que algunos de ellos están ubicados en zonas más expuestas y abiertas, y si se llegase a encontrar algunos de estos ejemplares en el centro de cultivo, el plan de contingencia contemplaría el claro compromiso de cumplir con la norma de su protección, la que prohíbe la caza, captura y venta. Aun cuando el hábitat es distinto al de un centro de cultivo, se reconoce los siguientes casos eventuales, y se detalla los procedimientos a seguir para cada uno de ellos: •Enredado en una red de cultivo: En este caso se tratará de cortar el pedazo de red en donde se encuentra el animal con la finalidad de liberarlo sin que sufra mayores daños. Para ello se procederá a acercarse lentamente al animal minimizando su estrés y posibles daños. Al interior de una balsa jaula: En este caso se tratará de localizar el punto de ingreso y mediante movimientos bruscos o ruidos molestos se tratará de hacer que el animal salga por el mismo punto en donde entró; además, si este punto ha sido por ruptura de red, es necesario encontrar el punto para evitar además un escape masivo de los ejemplares en cultivo. Si su ingreso ha sido por un lugar que no considera ruptura de mallas, se tratará de capturarlo por medio de redes que permitan inmovilizar de cierta manera al animal y poder sacarlo de la balsas lo más rápido posible, considerando que es una operación bastante difícil de realizar dado que este animal es de movimientos en extremo rápidos. Encontrado muerto: En este caso se recolectará el ejemplar y se dará aviso a la autoridad competente para su posterior entrega, de esa manera el Servicio podrá evaluar y determinar la causalidad y le dará el destino que estime pertinente. CUIDADO Y PROTECCIÓN DEL PAISAJE Y TURISMO Especial preocupación merece también el mantener las condiciones sanitarias y el buen estado de las instalaciones para minimizar el efecto que estas producen en el paisaje. Las instalaciones tendrán colores amigables con el entorno (negro, verde o marrón) de manera que disminuya su impacto visual negativo. Se mantendrán en constante vigilancia las estructuras de cultivo para evitar pérdida de materiales como redes, boyas u otros, y se reemplazarán las estructuras en mal estado y, por ende, que presenten contaminación visual SISMO O TERREMOTO Se deben definir las áreas geográficas como Zonas de Seguridad, en las cuales frente a un terremoto u o maremoto, estas no tendrán impacto directo de una ola gigante o un Tsunami. Esto debe realizarse para cada Centro de la Empresa. Frente a aviso de actividad sísmica en la Zona se debe verificar periódicamente la Información otorgada por la Autoridad pertinente, Onemi, Gobernación Marítima, etc. Se debe designar, para cada Centro, a un Monitor encargado y un plan de Simulacros periódicos para enfrentar actividad sísmica, tanto terremoto como Tsunami. Para ello se debe programar: Lugares de resguardo. Embarcación con combustible y equipo de salvamento siempre operativo. Corte de suministro eléctrico y gas. Equipo de seguridad y botiquines completos en lugares de fácil acceso. Frente a una fuerte actividad sísmica se debe procurar: Mantener la calma y protegerse de caída de materiales. Alejarse de ventanas y objetos colgantes. Cortar el suministro de gas. Cortar la energía eléctrica. Si existen personas afectadas, priorizar su atención. No iluminar con encendedores ni fósforos, usar solo linternas a pilas para alumbrarse. Alejarse de almacenamientos de productos peligrosos (gas licuado, productos químicos, combustibles, etc). Mantenerse al interior de las instalaciones, hasta recibir la orden de evacuar. Una vez evacuado el edificio, no reingresar y dirigirse a zona de seguridad. •Si existen daños a personas y/o al medio ambiente, informar a Gerencia. BLOOM DE MICROALGAS NOCIVAS O BAJAS DE OXIGENO Ante un florecimiento de microalgas o ante la evidencia de una baja de oxígeno, el personal del centro debe realizar las siguientes acciones: Dar alarma inmediata a Jefaturas. Activar operativo, el cual consiste en compresores, redes de aire u otro Sistema para mitigar el evento de microalgas o baja de oxígeno No manipular ni alimentar los peces. Extraer la mortalidad mediante buceo lo que permite chequear la natación de los peces y la mortalidad. Corroborar datos ambientales, T° 02, visibilidad, tipo y cantidad de microalgas, tantas veces como sea necesario. Enviar muestras de agua a Laboratorio más próximo para confirmar resultados. Alarmar a otros Centros cercanos. Una vez funcionando los sistemas de mitigación, hacer evaluaciones periódicas de la eficiencia del sistema. Informar al Departamento de Prevención de Riesgos y Recursos Humanos. Informar a la Gerencia por Seguros comprometidos, desde el pr mer momento que se detecte mortalidad Además cuenta con los siguientes manuales: Manual de Higiene y desinfección Manual de manejo de mortalidad y ensilaje Plan de contingencia de mortalidades masivas Plan de contingencia derrame de ensilaje Se adjuntan los manuales en el anexo 4. Instalación de apoyo en tierra El centro contará así mismo con instalaciones de apoyo en tierra. Para la solución sanitaria d dispondrá de un sistema de alcantarillado particular, para una dotación de 20 personas. Los antecedentes se contienen en Anexo 5 de Adenda N° 2 . ETAPA DE ABANDONO En caso de que el Titular considere pertinente el cierre del centro de cultivo, éste se compromete a cumplir con lo establecido en el Artículo 4, letra c) del D.S. (MINECON) N° 320 de 2001, en cuanto a retirar al término de su vida útil o a la cesación de actividades del centro, todo tipo de soportes no degradables o de degradación lenta que hubieren sido utilizados como sistema de anclaje al fondo, exceptuando las estructuras de concreto utilizadas para el anclaje. Esta tarea será ejecutada por 2 personas con apoyo de la balsa y embarcaciones, estimándose un plazo de 60 días para el total abandono del centro de cultivo. RINCIPALES EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS DEL PROYECTO O ACTIVIDAD Generación de emisiones a la atmósfera Las principales emisiones a la atmósfera que se generarán durante la operación del proyecto ampliado del centro de engorda corresponden a: Ruido Gases producto de la combustión en motores fuera de borda y en los generadores de electricidad. •Ruido Las fuentes de emisión de ruido durante la etapa de operación corresponderán a los motores fuera de borda, los generadores y los blower de alimentación. Los motores fuera de borda bencineros (de 50 HP) generan un nivel de ruido del orden de los 85 dbA durante la actividad diurna en forma intermitente. No obstante, con el uso de GLP como combustible, los motores fuera de borda trabajarán de manera más silenciosa. La emisión de ruido se generará durante la actividad diurna, en forma intermitente. En el interior del Artefacto Naval se producirá un promedio de emisión equivalente del orden de los 79 dBA, lo que da cumplimiento al Artículo 74 del D.S. N° 594/1999. Este nivel de ruido se generará en horario diurno y en forma constante. No obstante, las unidades generadoras de mido se encontrarán ubicadas en zonas aisladas acústicamente dentro del artefacto naval, con lo que se logrará reducir la emisión de ruido en dichas salas. Por lo demás, los trabajadores contarán con protectores auditivos en la sala donde se ubican. •Gases Se generarán gases producto de la operación de los motores fuera de borda y de los generadores de electricidad. Tiempo atrás los motores fuera de borda funcionaban con bencina. En la actualidad se ha considerado el uso de Gas Licuado de Petróleo (GLP), combustible que genera principalmente vapor de agua y reduce en un 90% las emisiones de CO2 en comparación con el uso de bencina. La emisión de los motores fuera de borda tendrán una duración de 8 horas diarias, pero su utilización será en forma intermitente. El centro de engorda contará con dos generadores, uno de 175 Kva y otro auxiliar de 45 Kva, los que serán una fuente fija de emisión constante. El generador de 175 Kva tendrá un consumo de combustible de 20 L/h y el de 45 Kva, 10 L/h. El combustible a utilizar en ambos generadores será Petróleo Diesel. Cabe indicar que se tendrá especial cuidado en la mantención de estos equipos, con la finalidad de mantener la eficiencia de consumo y permitir una combustión óptima en los motores para producir la mínima cantidad de gases y residuos, tanto en los generadores como en los motores fuera de borda. Generación de efluentes líquidos Si se generarán descargas de efluentes líquidos durante la etapa de operación del proyecto, que provendrán de: •Aguas servidas domésticas (procedentes de baños, lavatorios, duchas y cocina) Aguas Servidas Domésticas de planta en pontón de mar Las aguas servidas domésticas generadas durante la etapa de operación del proyecto se tratarán en una planta de tratamiento (PTAS) del tipo biológico anaerobia, que contará la estructura flotante. Esta planta tendrá capacidad para tratar las aguas servidas generadas para 12 personas; sin embargo en el centro de cultivo habrá una dotación permanente de 6 y como máximo 8 personas; por lo que si consideramos 8 personas con una dotación de agua de 190 L/día/trabajador, se estima que se producirá un total de 1,5 m3/d, aproximadamente, de aguas residuales domésticas. La PTAS cuenta con el Certificado de Homologación y Aprobación por DIRECTEMAR (ver Anexo 2) Aguas Servidas Domésticas de planta sistema de alcantarillado particular en instalaciones en tierra, antecedentes de característica y caudal en anexo 5 en adenda N° 2. •Pediluvio e higienización de manos Se aclara que los desinfectantes usados para las manos no generan residuos, ya que su preparación es a base de alcohol-gel. Éste se evapora al momento de utilizarlo y se encuentran envasados en bolsas que se disponen dentro de un dispensador. Los desinfectantes utilizados cuentan con las respectivas autorizaciones de la autoridad marítima. Se usan desinfectantes que cumplen con el Ord. N° 12600/349 VRS, de fecha 23-05-08, o aquella norma que lo reemplace, según el tipo de desinfectante y condiciones de empleo que sea autorizado. La solución pediluvio se utiliza y consume en la unidad por el tráfico normal del personal del centro y por las personas que ingresan y salen del centro. Esto es debido al paso del calzado o botas por los pediluvios. Por esta razón, el volumen residual de esta mezcla será nulo, situación ésta que se encuentra avalada por los registros de otros centros de engorda en operación. No obstante, serán inactivadas con solución inactivadora para el desinfectante utilizado. Generarán residuos sólidos Los residuos sólidos se generarán en las etapas de construcción, operación y abandono del centro de cultivo. A continuación se describen los tipos de residuos y su disposición: a.Etapa de Construcción No se generarán residuos en esta etapa ya que al centro las balsas llegarán armadas y equipadas. b.Etapa de Operación En la etapa de operación se identifican los siguientes residuos sólidos: Mortalidad a ensilaje Alimento no consumido Fecas Bolsas de alimento Lodos de PTAS Organismos fouling Residuos sólidos domésticos *Residuos lubricantes Mortalidad a ensilaje: la mortalidad será recuperada desde las jaulas mediante buceo en profundidad y quechas en superficie. Los residuos serán dispuestos en bins herméticos para el posterior ensilaje de esta. Si bien el ensilaje posee una consistencia de pasta y no de sólido, se catalogará como tal producto de su comportamiento y el formato de traslado (contenedor hermético). La generación de ensilaje está ligada directamente a la etapa del ciclo productivo en la que se encuentre el centro de cultivo, se estima una producción de mortalidad de 239,46ton/ciclo, que representa un 12% acumulado de la producción. La mortalidad generada se almacenará en el sistema de ensilaje descrito en esta DIA. Una vez ensilada se retirará una vez al mes o quincenal, según requerimiento, por vía marítima o terrestre hacia empresas reductoras autorizadas. En casos de contingencia se dispondrá en receptáculos con tapa proporcionados por la misma empresa que realizará su retiro. Los envases de ácido fórmico se almacenarán adecuadamente en una bodega del Artefacto Naval del centro. Una vez estos vacíos, se almacenarán en una bodega dentro del pontón especificamente para estos residuos. Posteriormente, los envases vacíos serán dispuestos por empresas autorizadas. El titular se compromete a disponerlos en empresas autorizadas o devolverlas al proveedor para su reutilización. Pérdida de alimento: El efecto producido por las corrientes en el área de las jaulas, llevará un margen de pérdida de este tipo de insumos. Del alimento entregado a los peces, un porcentaje no es consumido por éstos, representando el mayor aporte de residuos sólidos del proceso de engorda, que de acuerdo a Beveridge (1987) puede llegar a ser el 20% del alimento total suministrado, sin embargo, gracias a la alta tecnología aplicada a esta faena mediante la utilización del sistema de alimentación automático y el sistema de monitoreo mediante cámaras individuales, la perdida de alimento tiende a ser cercana al 1,5%, por tanto se tendría que del total suministrado en régimen . Fecas: El presente proyecto hace uso de alimento extruido de alta digestibilidad, por lo que se espera que el porcentaje eliminado por concepto de fecas no supere el 10% del total ingerido (90% de digestibilidad) Por tanto, siguiendo con el ejercicio anterior, se tiene que del total suministrado, 7.575ton, (equivalente a 7.044,8ton base peso seco), el 1,5 % es eliminado como alimento no consumido y por tanto 6.939,1ton peso seco es ingerido, luego, el 10% del total ingerido es eliminado al ambiente por concepto de fecas, es decir, a partir del primer ario de operación, será eliminado una cantidad equivalente a 693,9ton fecas/ciclo, considerado a partir del peso del alimento. Bolsas de alimento: las bolsas de alimento serán ordenadas, acopiadas y retiradas por la embarcación que transporta el alimento mensualmente para ser entregadas a un externo para su reciclaje. Lodos de PTAS: La PTAS que se instalará en el Artefacto Naval (estructura flotante) generará lodos estabilizados, aproximadamente 0,027 m3 lodo/mes. Semestralmente, se retirará el 70% de los lodos acumulados en el primer compartimento del equipo y el 30 % de los lodos acumulados en el tercer compartimento del equipo. Su traslado se hará en una embarcación de servicios autorizada con un contenedor hermético para que no se produzcan escurrimientos. Esta labor solo será realizada por una empresa que cuente con los certificados para el retiro y disposición de lodos. Residuos de Organismos Fouling: Los organismos fouling corresponden a los organismos vivos que se adhieren a las redes de las balsas jaulas, los cuales están compuestos principalmente por moluscos y algas. La acumulación de estos organismos en las redes producen un sobrepeso que puede provocar la ruptura de las redes y además se ve dificulta el normal intercambio del agua. Atendiendo a esto, se realizará el cambio de redes para las redes de las jaulas y para las redes loberas. No obstante, el cambio y lavado de redes puede ser adelantado, dependiendo del estado de las mismas. El conjunto de actividades de retiro, limpieza, reparación, impregnación con pintura antifouling y la instalación, serán realizadas por una empresa externa autorizada. La limpieza de las redes se realizará en un taller de redes autorizado, que cuente con un sistema de tratamiento aprobado ambientalmente. Residuos Sólidos Domésticos (RSD): Los residuos sólidos domésticos generados en la etapa de operación del proyecto se estiman con una tasa de 0,5 kg/d/persona y que representan 3,0 kg/d. ó 1,095 ton/ario, aproximadamente. Estos residuos serán acumulados en contenedores, claramente identificados, con tapa hermética y en su interior con bolsas de plástico. Posteriormente, las bolsas con residuos en su interior son trasladadas en una embarcación de logística permanente del centro hacia un lugar de disposición autorizado. La frecuencia de retiro de estos residuos desde el centro de cultivo hasta el lugar autorizado será entre tres a cuatro días. Residuos de Aceites Lubricantes Usados (RESPELs): Producto de la utilización de aceites lubricantes en los motores del centro, se generarán residuos que serán almacenados en recipientes cerrados y debidamente etiquetados e identificados. Se tomarán todas las precauciones necesarias para prevenir su inflamación o reacción, entre ellas, la separación y protección frente a cualquier fuente de riesgo, según lo establece el Artículo 4 y 6 del D.S. N°148/04, del Ministerio de Salud. Las personas que vayan a embarcar o desembarcar los residuos peligrosos, informarán del hecho a la autoridad marítima con al menos veinticuatro horas de anticipación, cumpliendo con la Circular Marítima DGTM y MM 0-32/11. Estos residuos serán trasladados en embarcaciones de la logística del centro y derivados para su tratamiento y disposición final a empresas autorizadas (Ejemplo: Bravo Energy, Hidronor u otra autorizada). Se generarán 190 Vario, aproximadamente, de aceites lubricantes usados. A partir del uso de GLP como combustible, los cambios de aceite se realizarán con menor frecuencia y habrá una reducción significativa en la generación de éste residuo. El proyecto en sí dará cumplimiento a las exigencias estipuladas por la Autoridad Sanitaria y la normativa asociada. Etapa de Abandono Restos de materiales que serán llevados a reutilización, vertedero autorizado o, en caso de organismos, a planta de proceso. 4.- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "AMPLIACIÓN DE BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMONES HUELMO, SECTOR PASO GUAR, AL NORTE DE PUNTA GUATRAL, COMUNA DE CALBUCO, DECIMA REGIÓN DE LOS LAGOS, N° DE SOLICITUD 211104002" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "AMPLIACIÓN DE BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMONES HUELMO, SECTOR PASO GUAR, AL NORTE DE PUNTA GUATRAL, COMUNA DE CALBUCO, DECIMA REGIÓN DE LOS LAGOS, N° DE SOLICITUD 211104002" cumple con: 4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales: Normativa Etapa Forma de cumplimiento Ley N°19.300 MINSEGPRES Ley de Basesy Generales del Medio Ambiente Gerencia operación Se presenta el proyecto a tramitación al SEA Región de Los Lagos para someterlo al SEIA, de conformidad con la letra n), del Artículo 10 de la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, bajo la forma de la presente Declaración de Impacto Ambiental (DIA) para obtener una RCA. D.S. N°95/01 MIN SEGPRES Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental Gerencia y operación Se presenta a tramitación al SEA Región de Los Lagos la DIA para su calificación ambiental y obtener los PAS necesarios. La DIA incorpora los antecedentes que acreditan el cumplimiento de la normativa ambiental vigente y los requisitos para el otorgamiento de los PAS requeridos. D.S. MINECON 430/1991, Ley General de Pesca y Acuicultura y sus modificaciones, texto refundido, coordinado y sistematizado. Integro El proyecto contemplará el desarrollo de sus actividades con el uso de tecnologías amigables ambientalmente y manejando adecuadamente los residuos que genera, lo que le permitirá mantener el equilibrio ecológico sin afectar las especies hidrobiológicas en el área de influencia. D.S. N°1/92 Reglamento para el Control de laOperacio'n Contaminación Acuática Se continuará el cumplimiento de las disposiciones de al Armada referente al no vertimiento de HC y mezclas oleosas, aguas sucias y basura en aguas bajo la jurisdicción de la Armada. Resolución (SUBPESCA) N' 3612 de 2009, Establece contenidos y metodologías para elaborar laproyecto caracterización Todo el Se ha realizado la CPS de acuerdo a lo establecido. Durante la etapa de operación del proyecto se cumplirá con la entrega del desarrollo de la Información Ambiental de acuerdo a la normativa. preliminar de sitio y la información ambiental. D.S.N°320/01 MINECON Reglamento Ambiental para la Acuicultura Etapa de operación Se mantendrá la limpieza del área y terrenos aledaños al centro de cultivo de todo residuo generado por éste. Se dispondrán los desechos sólidos o líquidos en depósitos y condiciones que no resulten perjudiciales al medio circundante. Se retirará todo tipo de soporte no degradable o degradable como sistema de fijación al fondo, al término de la vida útil del centro. Impedir que redes tengan contacto con el fondo. En el centro existirá un plan de contingencia, para casos de escapes, mortalidades y pérdidas de alimento. Para pérdida o escape de peces, se avisará al SERNAPESCA y a la Capitanía de Puerto correspondiente, y se presentará un informe. Sólo se liberarán ejemplares con la expresa autorización de la Subsecretaría de Pesca. No se realizarán cultivos de organismos vivos modificados sin la expresa autorización de la Subsecretaria de Pesca. Sólo se realizará limpieza y lavado de redes con y sin anti-fouling en instalaciones que permitan el tratamiento de los efluentes. D.F.L. N° 725/1967 MINSAL, Código Sanitario Integro Los residuos sólidos que se generen y los domésticos asociados, serán depositados en vertederos autorizados. Reglamento S anitari o sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Decreto Supremo N° 148/2003 del Ministerio de Salud Etapa de Operaciónprotección Estos se almacenarán en recipientes cerrados y debidamente etiquetados e identificados y se tomarán todas las precauciones necesarias para prevenir su inflamación o reacción, entre ellas su separación y frente a cualquier fuente de riesgo capaz de provocar tales efectos. Serán trasladados en embarcaciones para ser dispuestos por empresas autorizadas. D.S.N°78/10 Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas Integro Se etiquetará y/o rotulará y trabajará con las hojas de seguridad del ácido fórmico, de manera que en todo el ciclo de vida de esta sustancia se conozcan los riesgos en su manejo y al medio ambiente en caso de una emergencia química. RES Ex N° 1648/2011 (MINECON) Etapa de Operación de Aplicará en caso de utilizar anti incrustantes en las redes y proceder a lavar "in situ" las redes, en el centro cultivo. Autorización sanitaria para evacuar, tratar o disponer naturaleza y residuos Regula industrialización. o transporte de D.F.L. N°725/68. Código Sanitario. Todo el proyecto aguas servidas de cualquier industriales mineros. selección, comercio, disposición desperdicios y basuras. condiciones acumulación, Y de 4.2 Permisos ambientales sectoriales: Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "AMPLIACIÓN DE BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMONES HUELMO, SECTOR PASO GUAR, AL NORTE DE PUNTA GUATRAL, COMUNA DE CALBUCO, DECIMA REGIÓN DE LOS LAGOS, N° DE SOLICITUD 211104002" requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 68, 74, 91 y 93 del D.S. N°95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 5.- Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "AMPLIACIÓN DE BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMONES HUELMO, SECTOR PASO GUAR, AL NORTE DE PUNTA GUATRAL, COMUNA DE CALBUCO, DECIMA REGIÓN DE LOS LAGOS, N° DE SOLICITUD 211104002" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias. 6.- Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular no ha comprometido compromisos ambientales voluntarios. 7. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia de Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. 8. Que respecto a los planes de contingencia y medidas de seguridad del centro, se debe llevar un registro de las medidas propuestas y un registro de la aplicación del plan de seguimiento ambiental, en caso que corresponda. No obstante, en caso de los Planes de Contingencia, previo a su aplicación, debe notificar a la autoridad competente. 9. Que en caso de emergencias producidas por materiales o sustancias peligrosas, o que puedan afectar, pudiendo ser o no alguna de las establecidas en los planes de contingencia, el Titular dará aviso al Cuerpo de Bomberos y Carabineros de Chile, más cercano al lugar, a la Autoridad Sanitaria, Autoridad Marítima y a la Superintendencia de Medio Ambiente. De igual forma se dará acceso expedito al área del incidente a los Servicios señalados precedentemente y facilitar las labores de estos a objeto de controlar dicha emergencia. 10. Que el Titular debe mantener condiciones adecuadas en el manejo y disposición de los residuos sólidos, para lo cual llevara un registro o bitácora donde se establezcan todos los despachos relativos a los residuos retirados desde el centro, en el cual se consignará, a lo menos fecha, hora, cantidad, procedencia, destino tipo de transporte, placa patente y antecedente del conductor del vehículo de transporte; además de datos del operador que despacha. Los residuos sólidos que genere el proyecto, sólo podrán disponerse en plantas reductoras establecimientos y/o vertederos autorizados. 11. Que, para que el proyecto "AMPLIACIÓN DE BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMONES HUELMO, SECTOR PASO GUAR, AL NORTE DE PUNTA GUATRAL, COMUNA DE CALBUCO, DECIMA REGIÓN DE LOS LAGOS, N° DE SOLICITUD 211104002" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 12. Que, el Titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Superintendencia de Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos. 13. Que, el Titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia de Medio Ambiente, la individualización de cambios de Titularidad. 14. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero. Notifíquse y Archív se e Brah Intendente n de Evaluación Ambiental de la egión de Los Lagos orf Steger de Evaluación Ambiental Evaluación os 15. Que, en virtud de lo instruido por Resolución Exenta N° 844 de 14 de Diciembre de 2012 de la Superintendencia del Medio Ambiente, publicado en el Diario Oficial de 2 de enero de 2013, la información relativa a monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios auditorias, cumplimiento de metas, o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto, deberá ser entregada por el Titular a la Superintendencia del Medio Ambiente dentro de los plazos y con la frecuencia establecidas en la presente Resolución, ingresándola al Sistema de Seguimiento Ambiental de dicha Superintendencia al cual se accede a través de la página web http:// www.sma.gob.c1 . Una vez ingresada dicha información, una copia impresa del comprobante, debidamente firmada por el Titular o su representante legal, deberá remitirse a la oficina de partes de la Superintendencia del Medio Ambiente ubicada en calle Miraflores N°178, piso 7, comuna y ciudad de Santiago. El incumplimiento de la obligación a que se refiere el presente numeral, configurará la infracción de las letras a) y e) del artículo 35 de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente. 16. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero. 17. Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos. RESUELVE: 1.- CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "AMPLIACIÓN DE BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMONES HUELMO, SECTOR PASO GUAR, AL NORTE DE PUNTA GUATRAL, COMUNA DE CALBUCO, DECIMA REGIÓN DE LOS LAGOS, N° DE SOLICITUD 211104002". 2.- CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "AMPLIACIÓN DE BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMONES HUELMO, SECTOR PASO GUAR, AL NORTE DE PUNTA GUATRAL, COMUNA DE CALBUCO, DECIMA REGIÓN DE LOS LAGOS, N° DE SOLICITUD 211104002" cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 68, 74, 91 y 93 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. JHS/AWS/MSA Distribución: • Igor Horacio Stack Lara • Superintendencia del Medio Ambiente • Corporación Nacional Forestal, Región de Los Lagos • Dirección Regional de Pesca y Acuicultura, Región de Los Lagos • Gobernación Marítima de Puerto Montt • Gobierno Regional, Región de Los Lagos • Ilustre Municipalidad de Calbuco • SEREMI de Agricultura, X Región de Los Lagos • SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Lagos • SEREMI de Salud, Región de Los Lagos • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos • Sernatur, Región de Los Lagos • Servicio Agrícola Y Ganadero, Región de Los Lagos • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura • Superintendencia de Servicios Sanitarios C/c: • Encargada Participación Ciudadana • Expediente del Proyecto "AMPLIACIÓN DE BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMONES HUELMO, SECTOR PASO GUAR, AL NORTE DE PUNTA GUATRAL, COMUNA DE CALBUCO, DECIMA REGIÓN DE LOS LAGOS, N° DE SOLICITUD 211104002" • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos