Evaluación SEA

Modificación Proyecto Técnico C.E.S., Fiordo Aysen, Sector Norte de Isla Mentirosa, XI Región, Pert 211 111 319

Rol 6557057
SEA · DIA · Aprobado · 2012-01-30 · Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo · SALMONES PACIFIC STAR S.A.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN XI REGIÓN DE AYSÉN

Califica Ambientalmente el proyecto "Modificación Proyecto Técnico C.E.S., Fiordo Aysen, Sector Norte de Isla Mentirosa, XI Región, Pert 211 111 319"

Resolución Exenta N* 258

Coyhaique, 25 de Julio de 2012

VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "Modificación Proyecto Técnico C.E.S., Fiordo Aysén, Sector Norte de Isla Mentirosa, XI Región, Pert 211111319”, presentada por Ariel Ernesto Pavez Rubio, con fecha 30 de enero de 2012.

  2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

2.1. Conrelación a la DIA del Proyecto

Institución ORD. N* Fecha Dirección Regional de Dirección General de Aguas, Región def111 15/02/2012 Aysén

Servicio Nacional de Turismo, Región de Aysén 56 16/02/2012 Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén, 122-EA/2012 22/02/2012 Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén 1250 22/02/2012 ¡Subsecretaría de Pesca 562 23/02/2012 Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600/97 23/02/2012 ¡SEREMI del Medio Ambiente, Región de Aysén 101 27/02/2012

Informes de Compatibilidad Territorial; políticas, planes y programas; instrumentos de planificación territorial.

Institución ORD. N* [Fecha

¡Gobierno Regional, Región de Aysén 222 09/02/2012 Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600/85 20/02/2012 Ilustre Municipalidad de Aysén, Región de Aysén 313 23/02/2012

2.2. Conrelación a la Adenda N” 1 del Proyecto

Institución JORD. N2 Fecha ¡Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600/150 02/05/2012 Dirección Regional de Dirección General de Aguas, Región dej259 08/05/2012 ¡Aysén

¡Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén 587 11/05/2012

2.3. Con relación a la Adenda N” 2 del Proyecto

[Institución [ORD N* Fecha [Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén B61 10/07/2012

  1. El Acta de Evaluación N” 81/2012, del Comité Técnico de fecha 12 de julio de 2012.

  2. El Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental del Proyecto “Modificación Proyecto Técnico C.E.S., Fiordo Aysén, Sector Norte de Isla Mentirosa, Xl Región, Pert 211111319”, de fecha 18 de Julio de 2012.

  3. El Acta Comisión de Evaluación Región de Aysén, Sesión Ordinaria N” 03-07/2012, de fecha 24 de Julio de

2012.

  1. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación Proyecto Técnico C.E.S., Fiordo Aysén, Sector Norte de Isla Mentirosa, XI Región, Pert 211111319".

  2. La Ley N 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 09 de marzo de 1994, modificada por la Ley N 20.417, publicada en el Diario Oficial el 26 de enero de 2010, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente; el D.S. N 95, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 07 de diciembre de 2002; la Ley N 19.880, publicada en el Diario Oficial el 29 de mayo de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Exenta N 30, de fecha 22 de octubre de 2010, que ejecuta y formaliza acuerdo que aprueba Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén; la Resolución Exenta N 282, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 27 de febrero de 2012, que nombra como Director Regional Subrogante del Servicio de Evaluación Ambiental de la región de Aysén a don Christian Betancourt Guerra; y, la Resolución Exenta N* 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Tramite de Toma Razón.

CONSIDERANDO:

4.- Que, la Comisión de Evaluación de la Región Aysén debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto “Modificación Proyecto Técnico C.E.S., Fiordo Aysén, Sector Norte de Isla Mentirosa, XI Región, Pert 211111319”.

2.- Que, el derecho de Ariel Ernesto Pavez Rubio, a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

3.- Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto “Modificación Proyecto Técnico C.E.S., Fiordo Aysén, Sector Norte de Isla Mentirosa, Xl Región, Pert 211111319", consiste en:

3.1. Tipología de Proyecto:

n.3. - Producción anual igual o mayor a (35ton) tratándose de equinodermos, crustáceos y moluscos no filtradores, peces y otras especies, a través de un sistema de producción intensivo.

0.8. - Sistema de tratamiento y/o disposición de residuos industriales sólidos. En cuanto el titular presenta como parte integrante de su proyecto un sistema de ensilaje para el tratamiento de la mortalidad.

3.2. Cronograma de Actividades

JEtapa Fecha Inicio Fecha Término Levantamiento de información ¡Septiembre - 2011 Octubre - 2011 ¡Construcción ¡Octubre - 2011 Diciembre - 2011 ¡Operación Diciembre - 2011 Indefinida ¡Abandono L

Las fechas en este cronograma están supeditadas a la obtención y la correspondiente aprobación de la Resolución de Calificación Ambiental.

3.3. Monto de Inversión: USD $ 2.000.000.- 3.4. Vida útil: Indefinida

3.5. Mano de Obra:

ETAPA ¡Mano de Obra lano de Obra Minima áxima [Etapa de Construcción 6 B JEtapa de Operación 6 l [Etapa de Cierre o Abandono 5 6 3.6. Superficie: El proyecto se ubicara dentro la superficie aprobada de 8,3 Há, según lo indicado en la DIA, y

No se realizarán construcciones en tierra.

Etapa Superficie valores en m2 Levantamiento de h información Construcción L- Operación Káraa do ax. Utilizado por centro ¡Área de concesión m2) 3.000 jaulas + bodega +pontón en m2) 18.000 + 80 + 312 =18.392 ¡Abandono Z

3.7. Producción: La producción máxima es de 5.200 toneladas de salmónidos 3.8. Localización:

Fiordo Aysén, sector al Noreste de Isla Mentirosa, Comuna de Aysén. El proyecto se emplaza en una zona' preferencial para la Acuicultura de acuerdo al D.S. N” 153/2004,

Respecto a la compatibilidad territorial del Proyecto:

De acuerdo a la información presentada por el titular en la DIA y la información que consta en el expediente, es posible señalar que el proyecto en evaluación es compatible con los instrumentos de ordenamiento territorial vigentes

en la región. 3.9. Justificación de la Localización:

El proyecto se ubica en un Área Apropiada para el Ejercicio de la Acuicultura (AAA) definida como tal por la Subsecretaría de Marina, según D.S. N” 350/96, del Ministerio de Defensa Nacional. La localización general del proyecto corresponde a Fiordo Aysén, Al Norte de Isla Mentirosa, Comuna de Aysén, XI Región.

El proyecto Mentirosa se encuentra emplazado a 400 Km desde Puerto Montt por vía aérea y 26 millas náuticas desde Caleta Andrade por vía marítima y/o si el viaje es solo vía marítima la distancia total son 240 millas náuticas desde Puerto Montt,

3.10. Coordenadas Geográficas

Las coordenadas geográficas de los vértices de la concesión referidas a carta Shoa 8610 y Datúm WGS-84, según lo indicado en la DIA: y

Vértice Latitud S Longitud W

A 145" 24 21,35” 172% 59' 09,24” B 145% 24 19,02” 172% 58' 51,34” e 145% 24' 31,40" 172% 58' 52,29” D 45 24 31,84” 172% 58' 54,33" ¡Superficie solicitada Há. 108,30

Nombre cuerpo de Agua |Mentirosa

[Carta (Datúm: VWGS-84) [Shoa 8610

3.11. Descripción del Proyecto

El proyecto presentado corresponde a una modificación de un proyecto existente y que se desarrolla dentro de sus

límites internos.

El proyecto consiste en la modificación del centro de cultivo, código de centro 110862, cuyo número de solicitud es el 211111319. La modificación consiste en el aumento del nivel de producción de los recursos hidrobiológicos Salmónidos de 1.680 a 5.200 toneladas por año, cosechando los peces aproximadamente a los 4,5 Kg de peso, y en la modificación de las estructuras de cultivo a 20 balsas jaulas de 30 x 30 x 17 metros. También se implementará un sistema de ensilaje permitiendo la mejora en el proceso de manejo y disposición de la mortalidad.

Las instalaciones volumétricas (bodega y artefacto naval) serán pintadas de color verde oliva para no obstruir la visibilidad de zonas con valor paisajístico.

Otros antecedentes:

  • El nuevo proyecto técnico cuenta con el N* de PERT 211 111 319, presentado en el Servicio Nacional de Pesca de la X Región de Los Lagos el 24 de noviembre de 2011.

  • El proyecto tiene Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N* 758 de 11 de diciembre de 2008,

Con Resolución de Subpesca N? 1.741 de fecha 15 mayo 2009 se aprobó Proyecto Técnico.

  • Con Resolución de Submarina N* 2.855 de fecha 10 agosto 2011 se otorgo la resolución de la concesión de acuicultura, publicada en el diario oficial de fecha 08 octubre 2011.

Antecedentes Históricos Comparativos del Proyecto Técnico original y Proyecto Técnico nuevo

[Parámetro Proyecto Original Proyecto Nuevo

2205 111 138 11 1141 319 Posición de la concesión ¡Sin Modificación Coordenadas de la concesión _ [Sin Modificación N de Jaulas 20 20 ¡Tamaño Jaulas (m) [303015 13030*17 Producción Máxima (Ton) 12.408 15.200 Densidad de cultivo Kg/m3 8,9 17,0 % de Concesión utilizada 18,0 15,0

En bins con estabilizador ¡Sistema de ensilaje, pasta

Manejo de mortalidad con ácido fórmico

Monto Estimado de la inversión [1.500.000 2.000.000 ($ US). Vida Util del Proyecto INDEFINIDA

3.12. Fase o Etapa de Construcción.

3.12.1. Balsas Jaulas

Las 20 balsas jaulas, las cuales se implementarán en el primer año de producción, estarán conformadas por estructuras metálicas de 30 m * 30 m y 17 m de profundidad e implementadas con dispositivos flotantes de plástico, los cuales se fondearan por cables de acero galvanizados y tensores unidos a un sistema de anclaje.

El sistema de anclaje o fondeo se realiza con proveedores autorizados para este tipo de faenas. El sistema de fondeo esta compuesto por bloques dobles de hormigón armado de 4 m3 con pasillos laterales a ambos lados del sistema, cadenas de 19 mm, grilletes de acero galvanizado de 7/8, cabo de polipropileno de 1 % de diámetro y cable de acero de una pulgada.

Las balsas y las estructuras flotantes prefabricadas y pre-armadas del proyecto que se instalarán en la concesión,

son remolcadas por una embarcación que ejecuta el fondeo, por tanto esta actividad no generará residuos sólidos en el área de la concesión. Sin embargo, cualquier materia sobrante en la faena es retirada por la misma empresa que desarrolla el fondeo y el titular es responsable de exigir el cumplimiento.

Número de jaulas, superficie, biomasa de salmónidos y densidad máxima de cultivo en máxima producción

[Datos [Máxima Biomasa [Número de Jaulas 20

Superficie utilizada para la instalación de jaulas (m2) 18.000

Biomasa cosechada (Ton) 5.200

[Densidad de Cultivo (Kg/m3) 17,0

3.12.2. Redes.

Las balsas cuentan con redes de nylon, las que en el caso de las balsas corresponden a mallas con una apertura de 1”a 2”, Para la protección de los peces ante depredadores, se utilizan redes loberas de una apertura de 10 a 12” y 30 m de largo y redes pajareras de apertura de 2”, la que también evita el escape de los peces.

3.12.3. Pontón Flotante

El artefacto naval estará implementado para el almacenamiento y distribución del alimento de salmónidos y para la habitabilidad de los trabajadores. Esta plataforma corresponde a un Artefacto Naval por lo que se encuentra bajo la jurisdicción de la Armada.

En relación a las instalaciones del Artefacto Naval se especifica:

Agua: Para consumo humano comprende un estanque de 5.000 !t., y una bomba hidropack, además de un circuito de agua caliente por medio de un termo eléctrico de 80 lts.

El agua potable utilizada por el centro será agua envasada utilizada para beber y cocinar, para baño y duchas se utilizara agua de vertiente natura!

Baños: Se dispondrá de baños con planta de tratamiento de aguas servidas con decantador y reactor biológico que cumplirá con toda la normativa vigente. Los lodos generados serán retirados por empresas autorizadas para este efecto, garantizando su disposición final acorde a la normativa vigente.

El titular se compromete a informar semestralmente con un monitoreo al efluente descargado por la planta de tratamiento de aguas sucias, por un laboratorio externo acreditado, a la autoridad ambiental marítima, de acuerdo a la Circular A-52/004 DGTM y MM.

Combustible: El sector de almacenamiento del combustible será en los estanques del artefacto naval, en un lugar especialmente habilitado, rotulado con: “producto inflamable”, “área restringida” y con señales de "prohibido fumar”, considera 2 estanques de 5.000 It de capacidad construidos en planchas de 4 mm. El abastecimiento a cubierta se' realizará por cañerías de acero galvanizado. Tanto el uso como la mantención de los combustibles se realizaran de acuerdo a lo estipulado en la normativa vigente, entre las que se incluyen; la Directiva DGTM y MM A-53/002 que indica las pautas para la elaboración de un Plan de Contingencia.

Se contará en el centro con un extintor de dióxido de carbono, además se dispondrá, en la bodega del artefacto naval material absorbente necesario (aserrín u otros) para controlar eventuales microderrames y de contenedores

especiales para acopiar el material generado (aserrín + combustible) que será manejado como residuo peligroso, dando cumplimiento al D. S. 148/2003.

3.12.4. Sistema de detección de alimento

El sistema de alimentación es automático, basado en la apetencia de los peces. El alimento que no es consumido, se recolecta en un cono y por medio de una bomba vuelve al sistema que por un sensor se determina disminuir o cesar la entrega de alimento a los peces.

3.12.5. Bodega de Mortalidad o Ensilaje

Especificaciones Técnicas Sistema de Ensilaje

o |

Estructura y características de la Plataforma

Dimensiones 8 x 10 mt.

¡Capacidad de carga máx. 15 ton

Materiales de Elaboración Hormigón armado, bodega de fierro y zinc,

intura color verde oliva.

Sistema de Fondeo/amarre 11 muerto de 10 ton con cadena y cable de facero de 1 Y pulgada

Protección Pretil de contención antiderrame con capacidad equivalente al 110% del volumen de acopio

Elementos de seguridad Cubierta de fierro diamantado tantideslizante de 5 mm de espesor y argollas salvavidas.

Distancia de la plataforma con [Aproximadamente 200 mt con el pontón.

tras estructuras flotante

Dentro de las medidas de protección contra accidente, tendrá piso antideslizante, argollas salvavidas y pretil periférico de contención de vertimiento, como medida preventiva del estanque triturador y almacenamiento o silo del sistema de ensilaje.

La plataforma contará con medidas destinadas al control de derrames accidentales de fluidos provenientes del acopio de mortalidad, si ante la eventualidad la mortalidad no pudiese ser retirada desde el centro por condiciones climáticas y puerto cerrado se ejecutara el plan de contingencia.

La instalación que alberga el proceso se construirá en hormigón armado y bodega techada de fierro y zinc, el que contará en su interior con un pretil de contención con una capacidad para derrame equivalente a 110% del volumen máximo de acopio y condiciones de acceso restringido del personal.

La mortalidad que será sometida al sistema de ensilaje será de uso exclusivo del centro Mentirosa.

Una vez obtenidos todos los permisos y autorizaciones para operar, se determinara la ubicación exacta de la plataforma de acopio con las mejores condiciones oceanográficas, operacionales, sanitarias y con su correspondiente memoria de cálculo del sistema de fondeo. Si esta se encuentra fuera de los límites de la concesión, se solicitara a la autoridad correspondiente, una concesión marítima para este fin, tramite que deberá ser realizado previo a la implementación física de las estructuras que conformarán el sistema de ensilaje.

3.13. Etapa o Fase de Operación.

Solo se trabajará con proveedores autorizados y con aquellos con RCA cuando corresponda.

La etapa de operación del proyecto consiste en el desarrollo del cultivo de salmónidos, de acuerdo al D.S. N* 290/93 del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, en su etapa de engorda, según se indica el nuevo proyecto

técnico, con las siguientes producciones:

Producción de salmónidos, según modificación de proyecto técnico

— ¡Año

1 2 3 4 5 Ingreso N* de peces [1.200.000 [1.200.000 [1.200.000 [1.200.000 1.200.000 0) [Producción (Kg) 5.200.000 [5.200.000 [5.200.000 [5.200.000 |5.200.000

Fuente: Nuevo Proyecto Técnico 211 111 319 ingresado el 24 de Noviembre de 2011.

Se considera que el ingreso de peces y producción, es por ciclo productivo, los que pueden tener como máximo una duración de 18 meses. Además, se debe considerar que después de cada ciclo hay un periodo de descanso de al menos 3 meses, y no necesariamente se debe ingresar, según calendario del Barrio 28, en el primer mes del

periodo.

3.13.1. Ingreso de los peces o smolts

En el quinto año ingresará un número determinado de 1.200.000 smolts de un peso aproximado 0.08 Kg y el ingreso será en jaulas especialmente habilitadas.

En relación al transporte de los smolts al centro de cultivo, esto se hará dando cumplimiento a todas las normas sanitarias de conformidad al Reglamento Sanitario para la Acuicultura.

Todos los ingresos de smolts al centro de cultivo serán respaldados por registros internos del centro, quedando registrado sus movimientos y guías visadas por parte de Sernapesca.

3.13.2. Cultivo

Cultivo corresponde a la etapa más intensiva y de mayor actividad en el centro, especialmente cuando los peces crecen a tasas más rápidas y aumenta la biomasa. El ciclo de producción del proyecto comprende un periodo de 18

meses.

Para obtener información del peso de los salmónidos se realizará un muestreo mensual con pesa digital u otra tecnología con el objeto de controlar la eficiencia de la alimentación, y en caso que se requiera realizar la selección y desdoble.

El titular implementará medidas de prevención, como manejo adecuado de peces, alimentación segura, controlada y de buena calidad, con ello disminuyendo al mínimo la utilización de antibióticos.

3.13.3. Cosecha de peces

La producción total del centro será de 5.200 Ton aproximadamente, con ciclos máximos de 18 meses. Cuando los peces lleguen a un peso promedio de 4,5 Kg entrarán a la etapa final de producción. Una vez alcanzada la talla comercial se detendrá la alimentación de los peces.

El método a utilizar, será el de cosecha directa. En una plataforma de cosecha se succiona los peces con un sistema Lift-up, posteriormente se noquean, se realiza el corte del arco branquial y se disponen en estanques Fish Tank de 15 m3 con 7.000 Lt de fluid ice (hielo), una vez que se completa el estanque con la cosecha, se sella con identificación de procedencia. La barcaza traslada de 4-5 estanques, para su posterior traslado a la Planta de'

Proceso. 3.13.4. Insumos en Etapa de Cultivo a) Alimento

El suministro de alimento es por medio de un sistema automático y el régimen de alimentación se efectúa dos veces al día y la dieta será ajustada dependiendo de los requerimientos de los peces y de la época del año.

El tipo de alimento será de! tipo extruido, dieta SF, altamente energética. El calibre del alimento puede variar entre 3 y 11 mm. El factor de conversión esperado para este centro, dependiendo del estado de crecimiento de los grupos de peces, será como promedio de 1,3.

b) Desinfectante

Como desinfectante se utilizará una solución de yodo diluido en una proporción de 1:400, de la cual se usará, considerando como base de cálculo en el quinto año con 20 jaulas, 1Lt de solución por jaula/día, es decir G00Lt solución al mes, lo que equivale a 1,6 Lt/mes de desinfectante puro, el uso será principalmente para la desinfección de maniluvios, pediluvios y aparatos de manipulación. Los desinfectantes en base a yodo se desactivan naturalmente; al estar expuestos a la intemperie se oxidan por foto-oxidación, perdiendo sus características bactericidas.

También esta la opción de usar otros desinfectantes que estén disponible en el mercado, que cumpla con tos objetivos sanitarios, con la normativa ambiental y las autorizaciones marítimas correspondientes.

Cabe señalar que estos son los volúmenes estimados a utilizar, pero no corresponden al volumen a desechar, pues todos los desinfectantes al utilizarlos reducen el volumen de desecho final, por tanto el Yodigen es prácticamente el único que tendrá residuos, en tanto que el Trento es consumido en su uso y prácticamente no generan residuos que deban disponerse.

Los residuos de desinfectante que se produzcan, se dispondrán en depósitos herméticos y etiquetados en la bodega, para ser transportados en barcaza a un vertedero autorizado con la autorización expresa de la SEREMI de Salud, además de las autorizaciones ambientales y/o sectoriales correspondientes, vigente a la fecha de recepción de los riles generados y documentado con doble guía.

Alimento suministrado y desinfectante para el año de máxima producción

Proyecto Nuevo ¡Alimento Suministrado (Ton) 5.632 Desinfectante puro (L Año-1) 18

Se utilizarán solo productos autorizados por la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante.

c) Fármacos

Como parte de un manejo preventivo se realizarán acciones orientadas a evitar enfermedades en la población de peces, las que incluyen:

  • Buenas prácticas de higiene y desinfección en la operación del centro, para controlar el ingreso de patógenos

y su diseminación.

e Programa de Vigilancia Epidemiológica a través de chequeos periódicos del estado sanitario de los peces mediante análisis de laboratorio y visitas veterinarias. Con esto se realiza un informe del estado sanitario de los peces de acuerdo al Reglamento (Medidas de Protección, Control y Erradicación de Enfermedades).

e El manejo de los peces será el mínimo, para evitar situaciones de estrés que puedan disminuir las defensas

en la población de peces.

Para el tratamiento de patologías comunes se utilizarán los productos farmacológicos aprobados por el SAG para uso veterinario.

La administración y dosificación de los medicamentos será responsabilidad de un veterinario, y se encuentran sujetas a las condiciones ictio-sanitarias, las cuales dependerán del peso de los peces, temperatura de la columna de agua, entre otros.

Dentro del chequeo periódico permite tener una vigilancia a través de monitoreos sanitarios dirigidos en el centro, con el objetivo de detectar la presencia de algún patógeno específico.

Una vez detectada la presencia de patógenos en la población objeto, se procede a evaluar el riesgo que significa el diagnóstico y basándose en esto se define el tratamiento dirigido por un veterinario en coordinación con una empresa de asistencia técnica.

Todo tratamiento medicado sobre la base de antibióticos es previamente evaluado de acuerdo a los siguientes criterios:

e Antecedentes históricos de sensibilidad del patógeno frente a diferentes antibióticos. + Antecedentes proporcionados por pruebas de sensibilidad realizadas en patógeno detectado en ese momento. e Uso de vacunas.

Antibióticos normalmente usados:

lAntibiótico Dosis Puración del periodo de mg/kg pez) ratamiento esguardo lAc_ Oxolínico 20-30 10-14 días 550 UTA Flumequina 15-20 10-20 días 350 UTA Oxitetraciclina 175-120 10-21 días 500 UTA

La administración de los antibióticos será vía oral, es decir, el medicamento será mezclado con el alimento en las plantas de elaboración del pienso para peces.

En cuanto al uso de alimentos medicados, se debe tener presente que no están insertos en un "plan”, sino que serán utilizados según sean los requerimientos sanitarios de los peces, basados en la detección de agentes patógenos y la progresión de enfermedades.

A continuación se plantea un uso potencial de antibióticos según la experiencia previa y manteniendo como supuesto

productivo, la utilización de los sitios para cultivar truchas (con un número de siembra cercano a los 700.000 individuos), o salmón del Atlántico (con un número de siembra aproximado de 1.400.000 peces).

Centro Trucha (700.000 peces de siembra)

N * Tratamiento |[N * peces eso promedio (gr) ¡Antibiótico Kilogramos roga pura 1 572000 430 [Flumequina 145,6 644000 1474 [Florfenicol 450,0

Centro Salmón del Atlántico (1400.000 peces de siembra)

N 2 IN * peces Peso promedio |Antibiótico Kilogramos Tratamiento (gr) droga pura 1 1370573 137 jFlumequina 103,2 2 1316642 647 JFlumequina 449,6 3 11270000 2172 [Elorfenico! 827,0

Se llevará un registro en la bitácora del centro como parte de la política de trazabilidad que tiene la empresa y también en los informes de producción y estado sanitario de los lotes por cada jaula.

En cuanto al registro de alimento medicado, según el Programa Sanitario General de Manejo de Alimentos (PSGA), cada vez que ingrese este tipo de alimento debe incluirse en:

e Registro de ingreso de alimentos (cantidad, tipo y lote). e Registro de ingreso y uso de alimento diario (se señala específicamente por unidad de cultivo la cantidad de alimento diaria administrada, especificando cantidad y tipo de alimento).

En general el alimento y el medicado no tienen mucho contacto directo con el personal del centro, pues una vez descargado, pasa directamente a los silos de los pontones de alimentación. Por otro lado, las bolsas (Maxi-bags) que lo contienen son retiradas por el proveedor de tos alimentos. El manejo especial estaria dado si es que el personal debiese realizar la mezcla de los antibióticos, con el pienso en el mismo centro de cultivo, situación que no se da en

este caso. El alimento en los centros, se acopia en silos, los cuales son sellados y seguros.

Se aplicarán los planes de contingencia ante la pérdida de alimento en el centro de cultivo, en el caso de producirse, es decir, informar al departamento de operaciones para recuperar el alimento perdido. Actualmente se pueden usar robots submarinos (ROV) para ubicar en forma exacta la ubicación y profundidad del alimento ante una eventual perdida, con el objeto de recuperarlo.

Se utilizarán las concentraciones y cantidades exacta de alimento y generalmente no existen excedentes de alimento medicado, ya que los pedidos son precisos y coordinados con el jefe de centro y el personal del departamento técnico y el veterinario.

Cada 15 días se muestrearán peces para observar la presencia de parásitos de la especie Caligus sp. Este parásito

se tratará con Benzoato de Emamectina. La dosis de 0,050 (mg/kg pez) es incluida en el alimento y el tratamiento dura 7 días. Tiene un periodo de resguardo de 150 UTA.

3.13.5. Servicios en Etapa de Cultivo,

a) Cambio de redes.

Esta operación será efectuada cada 6 meses para las redes de fas jaulas y en forma anual para las redes loberas, no obstante, el cambio y lavado de redes puede ser adelantado o atrasado, dependiendo del estado de los agentes incrustantes de las mismas.

El cambio de redes será realizado por buzos con el apoyo de barcazas. La limpieza y lavado de las mismas la realizará una empresa proveedora que tengan su Resolución de calificación ambiental aprobada y que dentro de sus procedimientos mantengan las buenas prácticas de sus servicios.

Cada red, tanto pecera, lobera o pajarera, debe contar con una placa o código de identificación, la que se debe situar

en un lugar de fácil visibilidad. El registro de la placa o código estará en una base de datos administrada por'el encargado de redes.

Los movimientos de redes desde los centros hacia los talleres, se documentarán con una guía de despacho emitida por el centro y dirigida al taller de redes.

La guía debe consignar fecha de emisión, nombre del centro de cultivo y cada unidad retirada, además debe tener la siguiente información: código, dimensiones, tamaño de malla, jaula de procedencia o módulo (si se trata de un cuerpo lobero). El Jefe de Centro es el responsable de consignar correctamente la información registrada en dicho documento.

Las unidades se deben trasladar en un contenedor que impida el escurrimiento de líquidos o desprendimiento de material. Para esto, los centros deben de disponer de bolsas de tela de poliéster recubierto en PVC con eslingas de alta resistencia, estas bolsas estarán destinadas especialmente para ello. Se cumplirán las disposiciones del Art. 9? del D.S. N* 320/2001 y sus modificaciones.

b) Manejo y Retiro de Mortalidad

Recolección: La recolección de la mortalidad se realiza diariamente mediante buceo semi-autónomo jaula a jaula, utilizando un chinguillo de red con arco metálico. Una vez cuantificados y clasificados según la causa de muerte por apariencia y estado, se dispondrá en tachos plásticos con doble bolsa plástica, llenando hasta % de su capacidad y cerrado con tapa hermética, para evitar escurrimiento, para luego ser trasladado a la bodega de ensilaje.

Proceso de Ensilaje: Se dispone de una bodega de mortalidad, donde funciona el Sistema de Ensilaje, el que posee las siguientes etapas de proceso:

e Triturado: Se vierte el contenido de los tachos con la mortalidad al interior del estanque triturador, el que posee en su interior un picador rotatorio eléctrico, que molerá el pescado hasta convertirlo en una pulpa.

e Aplicación de Ácido Fórmico: Por medio de un tablero de control, se dosifica en forma semiautomática la aplicación del ácido (Litros), de acuerdo a la cantidad de mortalidad (kg). La acidificación neutraliza virus, bacterias y otros elementos figurados, prolongando la vida útil del producto.

e Control de pH: Es elemental controlar el pH después de cada periodo de molienda y previo al trasvasije, el que debe ser < a 4, lo que evitara el proceso de descomposición. El ácido se almacena en un estanque IBC con capacidad de 1.000 Lts, el que se conecta a la bomba dosificadora del sistema de ensilaje, evitando manipulación directa con el operador.

e Traspaso a Estanque de almacenamiento: Una vez realizado la molienda y controlado el pH, se hace el trasvasije del ensilado al estanque de almacenamiento, con una capacidad de 21.000 lts.

e Planilla de Control: Por medio de la planilla, se llevara control de las distintas etapas de ensilaje con respecto al control del pH.

e Destino: El sistema considera el trasvasije desde el tanque de acopio al contenedor de transporte de la embarcación, por medio de una bomba succionadora y/o la bomba de recirculación del sistema de ensilaje. El

o retiro lo realizará una empresa proveedora autorizada.

La documentación que debe acompañar este tipo de despacho es la siguiente:

e Guía de despacho visada por SERNAPESCA. e Comprobante de litros transferidos.

La mortalidad total que se producirá será de 257 ton, correspondiente aproximadamente al 10 % de la producción durante el ciclo productivo, según el Proyecto Técnico en Anexo 2 de la DIA, que indica los siguientes valores de producción:

N*%ó [Peso Producción

Kg. promedio [Producción último [Producción máxima del ESPECIE laño en Kg máxima 1? año [proyecto ISALMONIDOS _ Kg. 45 2.408.000 [5.200.000 5.200.000

Si se considera un escenario de producción máxima, es decir, un ciclo de 18 meses, se tendría los siguientes niveles de mortalidad con su respectivo volumen de ácido fórmico y ensilaje:

iclo de Mortalidad Jácido Sai o (mes) (Ton) Fórmico (Lt) [Ensitaje (Le 7 1,20 36 7.240 7 1,50 FE 1.548

3 1,87 56 1.933 4 2,33 170 2.413 15 2,91 87 3.012 6 3,63 1109 8.759 7 4,53 1136 4.693 8 15,66 170 5.858 9 17,07 212 17.313 10 ,82 265 9.128 11 11,01 1830 11.395 12 13,74 412 14.224 13 17,16 515 17.756 14 21,42 642 22.165 15 26,73 02 27.669 16 93,37 1001 34.539 17 41,66 1250 143.115 18 152,00 11560 53.820 Total 256,60 17698 265.580

El sistema de ensilaje tiene una capacidad de almacenamiento total de 21.000 Lts, es decir, en teoría hasta el mes 13 se puede retirar el ensilaje una vez al mes, sin embargo, por medidas de precaución, el titular realizará según frecuencia logística o necesidad de acuerdo a niveles de mortalidad, por tanto en los últimos meses de producción se

retirará semanalmente el ensilaje.

c) Mantención de Motores y Generador.

El manejo de residuos se efectuará cumpliendo el D. S. MINSAL 148/2003. Producto de la utilización de lubricantes para motores, se generarán residuos en el centro en bajas cantidades, las que serán almacenados en recipientes

cerrados, debidamente identificados y etiquetados, tomándose todas las medidas necesarias para prevenir la inflamación o reacción de estos, entre ellas su separación y protección frente a cualquier fuente de riesgo capaz de provocar tales efectos, según lo establece Artículos 4 a 9 del D. S. (MINSAL) 148/03.

Alternativamente, si la mantención de motores y generador se contrata a una empresa externa, se le exigirá al proveedor que los residuos generados del proceso de mantención, sean manejados según normativa vigente (D. S. MINSAL 148/03) y entregados a una empresa autorizada para el tratamiento de este tipo de residuos. El transporte

de residuos se documentará con doble guía.

3.13.6. Aseo del centro y períodos de descanso

Durante este período se realizará el aseo del centro, referido básicamente a una mantención general de las estructuras instaladas, siguiendo las disposiciones del D. S. 320/01

  1. Las redes serán derivadas al taller de redes autorizado con RCA para su mantención.

  2. Al artefacto Naval se le realizará la mantención anual, consistente en la revisión de todas las estructuras, básicamente estado de la pintura y estructuras flotantes.

  3. Verificación y limpieza del borde costero.

3.13.7. Medidas de Contingencia. Planes de Contingencia y Programas de Manejo

Manual de Manejo de Mortalidad y Ensilaje.

Manual de Bioseguridad, Higiene y Desinfección.

Plan Contingencia Derrame Productos Químicos.

Plan Contingencia ante derrame de químicos y sustancias peligrosas Plan de Contingencia Ante Mortalidad Masiva

Plan Acción Ante Contingencia Asociada al Ensilaje.

Procedimiento de lavado (OCEA).

Plan (Tipo) de Hidrocarburos (Modelo Pichagua).

Manual de Cosecha

Plan de Contingencias ante Emergencias Ambientales

Plan de Emergencia para Caida y Perdida de Alimento y/u otro Plan de Contingencia para Fuga de Peces.

3.14. Etapa de Abandono Ante el eventual abandono se realizarán las siguientes actividades en la concesión:

e La biomasa de peces será cosechada como se indica en la DIA. e Toda la infraestructura e instalaciones flotantes (balsas, bodegas y redes) se retiran del sector hacia otros

centros de cultivo del titutar. e Se verificará el estado de la línea de costa, ante la eventualidad de existir residuos sólidos, los que se retirarán

del lugar y serán depositados en vertederos autorizados. e La etapa de abandono será coordinada por el jefe de operaciones de la empresa y se estima que puede durar 3 a 6 semanas, una vez finalizada la operación de la cosecha.

3.15. PRINCIPALES EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS DEL PROYECTO

3.15.1. Emisiones atmosféricas Generación de gases.

JEtapa Tipo de emisión Construcción leo Operación Se generarán los gases producto de la combustión de motores fuera de

borda y en los generadores de electricidad. Los motores fuera de borda utilizan en la actualidad Gas Licuado de Petróleo (GLP), considerando que es un tipo de energía más limpia, este combustible genera principalmente vapor de agua y reduce en un 90% las emisiones de CO2, en comparación con la bencina. La emisión de los motores fuera de borda se extenderá por 8 horas, pero de uso intermitente.

Se tendrá especia! cuidado en la mantención de motores y generadores, para optimizar su uso y reducir sus emisiones, produciendo la mínima cantidad de gases y/o residuos.

Durante la etapa de operación se generarán emisiones atmosféricas intermitentes a través del generador (Diesel) que alimente al sistema de ensilaje.

Cierre o Abandono |-------—---—--------

Emisión de ruido

JEtapa Tipo de emisión ¡Construcción eroraaa--- Operación Las emisiones de ruido provienen fundamentalmente de los motores fuera de

borda, los generadores y el sistema de alimentación de peces.

Con el suministro de GLP, los motores combustionan en forma más silenciosa, reduciendo significativamente el ruido, como referencia un motor fuera de borda bencinero de 50 HP genera un nivel de ruido de 85 dbA, los que se producen durante la actividad diurna, en forma intermitente.

Al interior del pontón o artefacto naval se dará cumplimiento Art. 74 del D. S. N * 594/99, respecto de las emisiones de ruido y los trabajadores contarán con protecciones auditivas. Las emisiones de ruido del sistema de alimentación ocurren durante unas pocas horas, y se debe principalmente al contacto de los pellets con las paredes de los tubos de alimentación, siendo un ruido escasamente detectable a unos 50 m de distancia de la fuente de emisión.

La unidad emisora de ruido, ¡.e. generador de electricidad de 100 Kva que lemite un ruido de 100 dbA, durante en horario diurno en forma constante, se ubicará en un área aislada del artefacto naval en el sector de proa. La oficina del pontón está en popa y en primera cubierta, por lo cual no hay exposición ocupacional al ruido y hacia el exterior y el nivel de ruido no tiene efecto dañino según el D.S.594.

Cierre o Abandono Jaci

3.15.2. Residuos líquidos

Eta Tipo de Lugar de 'olumen ¡Frecuencia [Manejo del [Destino pa : l A p : 3 residuo descarga descarga Idescarga_ [residuo inal Construcción |No Aplica copio en Lubricantes recipientes Durante Empresa para motores |cerrados, 5 L/mes iclo Reciclaje recicladora (1) identificados roductivo autorizada y etiquetados ¡Aguas residuales Industriales (Residuos de na vez Inactivación ¡Operación [pediluvios, [Acopio en 1 m3/mes erminado [con pa planta de maniluvios y |bins iclo productos utorizada lavado y roductivo fautorizados desinfección del sistema de ensilaje) Residuos : ma. IBajo el Durante el aros artefacto 560 Lidía kiclo Lo Medio marino (2) naval roductivo ¡Aguas : En planta de Abandono — [residuales PIO en lisoL [Finalciclo [- tratamientos Industriales autorizada

(1): Se tomarán todas las medidas necesarias para prevenir la inflamación o reacción de estos, entre ellas su separación y protección frente a cualquier fuente de riesgo capaz de provocar tales efectos, según lo establece artículo 4 a 9 del D. S. de MINSAL N* 148/03. Los residuos generados serán manejados según normativa vigente (D. S. MINSAL 148/03).

(2) Residuos domiciliarios domésticos: El proveedor que fabrica el artefacto naval coordina todas las inspecciones de construcción y entrega ante la autoridad marítima, y se responsabiliza por el cumplimiento de las normas correspondientes.

La evacuación será inmediatamente bajo el artefacto naval, el punto aproximado de descarga para el centro es: 44? 24' 21,35"S; 72% 59' 09,24” W (Datum: WGS 84).

3.15.3. Residuos sólidos

Etapa de construcción:

Escombros: Corresponde a restos de polietileno y otros escombros generados en la etapa de construcción e '

instalación, los que serán retirados por el proveedor del servicio de instalación, que los llevará al vertedero autorizado más próximo.

Escombros ipo de manejo de los Destino de los residuos residuos generados enerados

AñO 5 Retiro con barcaza Vertedero Autorizado

Aprox. 0.4 m3

Etapa de Cultivo:

Etapa del identificación del Volumen de los [Tipo de Manejo de [Destino de los Proyecto esiduo Residuos los Residuos Residuos Generados Modificación 'enerados el Proyecto Operación y Bolsas vacias de [24 Retiro en la barcazajRetiro de parte de ¡Cosecha alimento (Ton) e traslado del empresa proveedora de timento alimento o recicladora autorizada Mortalidad (Ton) [257 Ensilaje en el centro[Planta de Harina y le cultivo y retiro [aceite de pescado. r empresa utorizada Alimento 170 lOperación en ciclos Al fondo marino, por entregado no alternados de sedimentación consumido (Ton) roducción para transporte por corriente ermitir la y consumo por fauna

iodegradación acompañante y atural y recuperar jbiodegradable el estado natural de los sedimentos.

Se utiliza un bajo orcentaje de la Fecas (Ton) 398 concesión para jaulas, lo que permite rotación de estás.

Por otra parte el Titular en ta DIA indica

  • Semanalmente el Jefe de Centro efectuará rutinas de inspección de aseo de la zona costera.

e Ante eventual presencia de residuos, especialmente plásticos, estos se colectarán y se enviarán a vertederos industriales autorizados de acuerdo a la normativa vigente.

e Al personal de cada centro se capacitará e instruirá de la importancia del manejo de residuos sólidos, De esta forma, en la bodega flotante se ubicará un letrero de manejo de las Bolsas Plásticas de Alimento y frecuentemente se realizarán actividades de prevención.

3.15.4,Residuos peligrosos proceso de ensilaje

Procedencia Peligroso [Cantidad Manejo Disposición final Aceite de ¡Acopio temporal en bidones de Proveedor de . ¡Generador motor 125 Lt uso exclusivo para aceite de |recictaje de aceite de motor usado motor Rexin Aceite de ¡Acopio temporal en bidones de Proveedor de . ¡Compresor motor 18 Lt uso exclusivo para aceite de [reciclaje de aceite de motor usado motor Rexin Aceite de ¡Acopio temporal en bidones de Proveedor de . Lancha Inotor 16 Lt uso exclusivo para aceite de Jreciclaje de aceite de motor usado motor Rexin Filtro de lAcopio temporal contenedor : ¡Generador aceite 10,5 kg especifico Rexin ui Solución con lAcopio temporat en bidones de : Pediluvios desinfectante 1140 Lt oo Vertedero autorizado Equipos varios, : ¡Acopio temporal en : Intemas Pilas 1,5 kg Lontenedores exclusivos Rexin U 1

Ñ : ¡Acopio temporal en Reciclaje proveedor Impresora [oratidge P,5 kg contenedores exclusivos autorizado i Se devuelven a Desinfectantes, [Envases : Pes o fórmico. Enea 5 kg ¡Se mantienen cerrador proveedores para su reciclaje. ubos Sistema de uorescente ¡Acopio temporal en : iluminación lo 9,5 kg contenedores exclusivos Rexin mpolletas

3.15.5.Otras Emisiones La Modificación al Proyecto Técnico, no generará otras formas de energía como emisión.

4.- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Modificación Proyecto Técnico C.E.S., Fiordo Aysén, Sector Norte de Isla Mentirosa, XI Región, Pert 211111319" cumple con:

4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales. Norma Cuerpo Legal tapa del [Forma de dar Cumplimiento royecto Ley 19.300 Ley Bases GeneraleslIntegro Se presenta a la SEA XI Región, MINSEGPRES [del Medio Ambiente na Declaración de Impacto 1/01/94 mbiental (DIA). D.s. 95/01 texto|Reglamento del Levantamiento pe presenta a la SEA XI Región, refundido de [Sistema de de información y funa Declaración de Impacto D.S. 30/97 Evaluación de operación ¡Ambiental! (DIA). MINSEGPRES ¡Impacto Ambiental. ¡Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado. En virtud del artículo 2? del Decreto Supremo N* 95/01, de MINSEGPRES, que modifica el [Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 07 de diciembre de 2002. D.S. 430/91 Ley General de integro n lo que respecta a aquellos Pesca y Acuicultura y rtículos referidos al ámbito ¡sus modificaciones, mbiental como otros regulatorios texto refundido, específicos como en los Artículos coordinado y , 67 al 90, 122 y 136. sistematizado. D.S. 320/01 Reglamento Operación n la realización de actividades de ¡Ambiental para la cuicultura, quedan sujeto al ¡Acuicultura umplimiento de las medidas de rotección ambiental, por medio de los instrumentos para la nservación y evaluación de las pacidades de los cuerpos de gua, los requisitos de operación revistos en las normas generales especiales del mismo, así como la Caracterización Preliminar del itio y la Información Ambiental. D.S. 175/80 Reglamento para Operación e dará cumplimiento a la realizar actividades ormativa del Reglamento de pesqueras ncesiones y autorizaciones de

Posicultura y otros permisos de la utoridad pesquera.

D.S. 290/93 Reglamento de integro El proyecto se encuentra concesiones y mplazado en un Área Apta para la autorizaciones de cuicultura acuicultura

Res. 3612/09 [Resolución integro | titular cumplirá con lo [acompañante del stablecido en esta Resolución, RAMA. Establece specialmente en lo referido a las contenidos y etodologías a aplicar en el metodologías para Informe Ambiental anual que elaborar la resentará a la autoridad Caracterización impetente en la etapa de Preliminar del Sitio y peración y en su máxima la Información roducción.

¡Ambiental.

Ley 19.821 Ley que deroga a la [Operación JLos efluentes como agua sangre, Ley 3.133, Sobre cumplirán con los cuerpos legales neutralización y de y normas. los residuos provenientes de establecimientos industriales. y su Norma 90/00.

NCh 409/84 Norma de Agua Construcción y Jimplementación de Sistemas que Potable en relación operación cumplirá con los límites icon requisitos y establecidos en la norma de muestreo jemisión.

D.S. 225/95 Establece vedas que [Operación mbos decretos aplican tanto en la

MINECOM, protege a las tapa de construcción como de

modificado por D. Ex.

especies marinas protegidas

peración. Se considera además las Acciones para Proteger y

condiciones sanitarias y jambiéntales básicas de los

lugares de trabajo.

MINECOM N* 'onservar la Fauna Silvestre. Se

135/2005 implementarán planes de protección de las especies marinas

rotegidas.

Res. 60 ¡Aprueba Programa [Operación Se cumplirá con los

Publicado D.O. [Sanitario Gen. De procedimientos y protocolos

30/01/03 Vacunaciones. establecidos

D. Ex. 765/2004]|Protección del Lobo [Operación Se consideran las acciones

Sub-Secretaria [marino común. correspondientes para la

de Pesca Jprotección del lobo marino común

D. S. 594/99 [Reglamento sobre [integro Fendi las normas sobre las

MINSAL las ondiciones ambientales y

anitarias básicas en los lugares de trabajo y de salud ocupacional, especialmente provisión de agua Jpotable y servicios higiénicos en el lugar de trabajo.

D. S. N *1/1992 [Reglamento para el [Integro Cumplimiento de sus exigencias, Ministerio de [Control de la particularmente las establecidas en Defensa Contaminación los

Nacional ¡Acuática, Artículos 108 y 109.

D.S. 345/05 MINECOM. Operación Se tomarán las medidas de [Reglamento sobre protección y control contra las plagas plagas hidrobiológicas. hidrobiológicas.

Se adjunta como Normativa Ambiental aplicable al proyecto:

Decreto N*148/ 2003: "Reglamento de Manejo de Residuos Peligrosos"

El título IX de Contaminación, de la Ley de Navegación, D.L. N” 2.222 de 1978, en relación a el Derrame de Hidrocarburos y otras Substancias Nocivas, el que indica la prohibición “absolutamente arrojar lastres, escombros o

basuras y derramar petróleo o sus derivados o residuos, aguas de relaves de minerales u otras materias nocivas O peligrosas, de cualquier especie, que ocasionen o puedan ocasionar daños o perjuicios en las aguas sometidas a jurisdicción nacional y en puertos, rlos y lagos.”

El código marítimo internacional de mercancías peligrosas así lo disponga, ya que el DS N* 777 del año 1978 del Ministerio de Defensa lo transformo en ley de la república, en relación al proyecto referido al ácido fórmico, que corresponde a una sustancia peligrosa corrosiva.En cuanto a el procedimiento y precauciones en el transporte marítimo, el volumen | y I! del IMDG, se establecen las normas de procedimientos en el transporte de este tipo de ácido, el que por ser corrosivo debe utilizar envases/fembalajes debidamente certificados para su transporte vía marítima, donde debe estar su rotulación de carga peligrosa clase 8 en los recipientes intermedios a granel (RIG).También en el transporte, la embarcación debe poseer un manifiesto de carga peligrosa. Su aplicación en el almacenamiento en naves y artefactos navales, se dará cumplimiento referido al Volumen |, Capítulo 2.8 de! IMDG, que establecen las normas de almacenamiento del ácido fórmico, como también sus caracteristicas, medidas de segregación y asignación de los grupos de embalaje/envase.

Además se indica:

e En relación al D.S. N” 320/01 MINECON, Art. 4 Letra b, se indica que el jefe de centro instruirá que semanalmente se retiraran de la playa aledaña todos los residuos asociados al proyecto, de lo cual en una planilla se llevara registro de cantidad de residuos, fecha y encargado de la faena, los residuos se dispondrán en un recipiente para su posterior traslado a un vertedero autorizado.

4.2 Permisos ambientales sectoriales:

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Modificación Proyecto Técnico C.E.S., Fiordo Aysén, Sector Norte de Isla Mentirosa, XI Región, Pert 211111319”, requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 68 y 74 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4.2.1 PAS establecido en el artículo 68 del RSEIA

Permiso para arrojar lastre, escombros o basuras y derramar petróleo o sus derivados o residuos, aguas de relaves de minerales u otras materias nocivas o peligrosas de cualquier especie, que ocasionen daños o perjuicios en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional, y en puertos, ríos y lagos, a que se refiere el artículo 142 del D.L. 2.222/78, Ley de Navegación.

Se otorga el permiso ambiental sectorial en consideración a que la Gobernación Marítima de Aysén, mediante Of. Ordinario N* 12600/150 de fecha 02 de Mayo de 2012, informó favorablemente.

4.2.2 PAS establecido en el artículo 74 del RSEIA

Permiso para realizar actividades de cultivo y producción de recursos hidrobiológicos, a que se refiere el Título VI de la Ley N*18.892, Ley general de Pesca y Acuicultura y sus modificaciones.

Se otorga el permiso ambiental sectorial en consideración a que la Subsecretaría de Pesca, mediante Of. Ordinario N* 562 de fecha 23 de Febrero de 2012 informó favorablemente, condicionado a:

e Producción máxima autorizada de 5.200 toneladas de salmónidos.

e El titular deberá dar cumplimiento al Reglamento Ambiental para la Acuicultura, D.S. (MINECON) N* 320 de 2001.

e El titular deberá cumplir con el cronograma de actividades y programa de producción señalado en el respectivo Proyecto Técnico, asociado a la solicitud de concesión en comento.

e El titular deberá entregar al SERNAPESCA, oficina local, información ambiental según lo establecido en el Art. 19% del Reglamento Ambiental para la Acuicultura, en conformidad a la Resolución (SUBPESCA) N* 3.612 de 2009.

e En conformidad a lo señalado en el numeral 5 de la Resolución (SUBPESCA) N* 3.612 de 2009 y a las características del proyecto, éste se clasifica en Categoría 5.

  • En caso que el titular decida modificar su proyecto, deberá determinarse si dicha modificación genera cambios de consideración a objeto de evaluar la pertinencia de que dicha modificación deba someterse nuevamente al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

5.- Que, en lo relativo a los efectos, caracteristicas y circunstancias señalados en los literales “a”, “b”, "c”, “d”, “e” y “P del artículo 11 de la Ley 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de la

evaluación, debe indicarse que el proyecto “Modificación Proyecto Técnico C.E.S., Fiordo Aysén, Sector Norte de Isla Mentirosa, X! Región, Pert 211111319" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

6.- Que, en el proceso de evolución de proyecto “Modificación Proyecto Técnico C.E.S., Fiordo Aysén, Sector Norte de Isla Mentirosa, XI Región, Pert 211111319", el titular ha adquirido los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

e Descanso o cese de la actividad del centro para permitir la recuperación del sustrato.

e Capacitación e instrucción de todo el personal que trabajará en el centro en materia de manejo sanitario de los peces, prevención de riesgos y prevención de impacto ambiental, tales como evitar la sobrealimentación, la caída de alimento al mar, el derrame de combustibles, pérdida de bolsas plásticas, etc.

e Con el objeto de extremar las medidas higiénicas para prevenir enfermedades virales como l.P.N., se aplicara un Plan de Profilaxis, elaborado por el Dpto. de patologías, que incluye aspectos generales de higiene para visitas y equipos; incluye desinfectantes , prácticas de cosecha, limpieza y profilaxis de buzo, flota, muelle y centro de cultivo; y un programa diario de fumigación.

  • Apoyo a embarcaciones de cualquier tipo que esta sea que tengan alguna emergencia o estén en peligro.

e Utilización de doble guía de despacho en los siguientes servicios:

Residuos sólidos domésticos y recepción en vertedero, Mortalidad y recepción de esta en planta elaboradora de harina de pescado, Lodos y recepción de estos en vertedero autorizado.

e Por otra parte el titular deja abierta la posibilidad de realizar una mejora continua, incorporando nuevas tecnologías que involucren mejoras operacionales y/o ambientales. S, El titular se compromete a mantener el mínimo impacto paisajístico en la zona de emplazamiento del proyecto, en función de lo siguiente:

e No se realizarán construcciones en tierra.

  • Las instalaciones volumétricas (bodega y artefacto naval) serán pintadas de color verde oliva para no obstruir la visibilidad de zonas con valor paisajístico.

e No se realizarán actividades que alteren recursos o elementos del medio ambiente.

e No se realizaran actividades recreativas o deportivas u otras en estas áreas, el espacio para trabajar solo se restringe a las balsas de cultivo.

e No se obstruirá el acceso a los recursos o elementos del medio ambiente.

  • Semanalmente el Jefe de Centro efectuará rutinas de inspección de aseo y ornato del centro de cultivo incluyendo la zona costera.

e Ante la eventual presencia de residuos, especialmente plásticos, estos se colectarán y enviarán por barcaza a vertederos autorizados.

e El personal del centro es permanentemente capacitado e instruido de la importancia del manejo de residuos sólidos. De esta forma, en el artefacto naval se ubicará un letrero de Manejo de las Bolsas Plásticas de Alimento y frecuentemente se realizarán actividades de prevención

Una vez obtenida la RCA favorable, el titular se compromete asumir el compromiso voluntario de ingresar en un plazo no superior a 6 meses al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la SMA, como ya lo ha hecho con las RCA vigentes del titular.

7- Que, la Dirección Regional de Dirección General de Aguas, Región de Aysén, indica al Titular que, dado que la fuente de abastecimiento sería una fuente natural, el titular deberá solicitar los derechos de aprovechamiento de aguas asociados, antes de iniciar la operación del proyecto.

8.- Que, con objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto "Modificación Proyecto Técnico C.E.S., Fiordo Aysén, Sector Norte de Isla Mentirosa, XI Región, Pert 211111319", el titular deberá informar al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus

funciones.

9.- Que, para que el proyecto “Modificación Proyecto Técnico C.E.S., Fiordo Aysén, Sector Norte de Isla Mentirosa, XI Región, Pert 211111319" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas

vigentes que le sean aplicables.

10.- Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

41.- Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén, la individualización de cambios de titularidad, de su representante legal y de domicilio.

12.- Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

13.- Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén.

RESUELVE:

1.- CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Modificación Proyecto Técnico C.E.S., Fiordo Aysén, Sector Norte de Isla Mentirosa, Xi Región, Pert 211111319”

2.- CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Modificación Proyecto Técnico C.E.S., Fiordo Aysén, Sector Norte de Isla Mentirosa, XI Región, Pert 211111319", cumple con ta normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales que se señalan en los artículos 68 y 74 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, de conformidad lo dispuesto en los Considerandos de esta Resolución. “Dichas exigencias ambientales deberán ser ingresadas por el Titular al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente (www.compromisos-ambientales.cl), en un plazo no superior a seis meses contados desde la fecha de notificación de la RCA; de notificación de la resolución que resuelve la reclamación administrativa o, en su caso, desde que quede firme y ejecutoriada la sentencia judicial, según correspondiere.”

3.- Hacer presente que de conformidad al Artículo N” 20 de la Ley N” 19.300 proceden en contra de la presente Resolución, los recursos de reclamación, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.

Región de Aysén

CBG/JDL

Distribución: e Ariel Ernesto Pavez Rubio e Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén e Dirección Regional de Dirección General de Aguas, Región de Aysén.

Dirección Regional de SERNATUR, Región de Aysén.

Gobernación Maritima de Aysén, Región de Aysén

Gobierno Regional, Región de Aysén

llustre Municipalidad de Aysén, Región de Aysén

Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén

Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Aysén Servicio Nacional de Pesca, Región de Aysén

Subsecretaria de Pesca

Cie:

Encargada Participación Ciudadana

e Expediente del Proyecto "Modificación Proyecto Técnico C.E.S., Fiordo Aysen, Sector Norte de Isla Mentirosa, XI Región, Pert 211 111 319"

e Archivo Servicio Evaluación Ambiental, XI Región de Aysén