Evaluación SEA

Modificación en la Producción del Centro de Engorda de Salmones Canal Ninualac Lado Weste Isla Tangbac, XI Región

Rol 6519391
SEA · DIA · Aprobado · 2012-01-20 · Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo · Salmones Blumar S.A.

REPÚBLICA DE CHILE. COMISIÓN DE EVALUACIÓN XI REGIÓN DE AYSÉN

Califica Ambientalmente el proyecto "Modificación en la Producción del Centro de Engorda de Salmones Canal Ninualac Lado Weste Isla Tangbac, XI Región"

Resolución Exenta N* 285

Coyhaique, 21 de Agosto de 2012

VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental y

sus Adendas, del

Proyecto

"MODIFICACIÓN EN LA PRODUCCIÓN DEL CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES CANAL NINUALAC LADO WESTE ISLA TANGBAC, XI REGIÓN”, presentada por Salmones Blumar S.A., representada por el Sr.

Pedro Pablo Laporte, con fecha 20/01/2012.

  1. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

2.1. Con relación a la DIA del Proyecto

Institución ORD. N? Fecha Dirección Regional de Dirección General de Aguas, Región | 109 14/02/2012 de Aysén.

Corporación Naciona! Foresta!, Región de Aysén 20-EA/2012 44/02/2012 Subsecretaría de Pesca 514 15/02/2012 Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600/82 16/02/2012 Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén 213 16/02/2012 Servicio Nacional de Turismo, Región de Aysén 55 16/02/2012 SEREMI del Medio Ambiente, Región de Aysén 92 17/02/2012

Informes de compatibilidad territorial; políticas, planes y programas, Regional y Comunal

Institución ORD. N? Fecha Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600/63 06/02/2012 Gobierno Regional, Región de Aysén 224 09/02/2012 llustre Municipalidad de Aysén 290 14/02/2012 2.2. Con relación a la Adenda 1 del Proyecto

institución ORD. N? Fecha Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600/208 13/06/2012 Subsecretaría de Pesca 1559 13/06/2012 2.3. Con relación a la Adenda 1 del Proyecto

Institución ORD. N? Fecha Subsecretaría de Pesca 1947 24/07/2012

  1. El Acta de Evaluación N*88/2012, del Comité Técnico de fecha 02 de agosto del

2012.

  1. El Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental del Proyecto “MODIFICACIÓN EN LA PRODUCCIÓN DEL CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES CANAL NINUALAC LADO WESTE ISLA TANGBAC, XI REGIÓN, de fecha 09 de Agosto del 2012.

  2. El Acta Comisión de Evaluación Región de Aysén, Sesión Ordinaria N* 02- 08/2012, de fecha 21 de Agosto del 2012.

  3. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “MODIFICACIÓN EN LA PRODUCCIÓN DEL CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES CANAL NINUALAC LADO WESTE ISLA TANGBAC, XI REGIÓN".

  4. La Ley N 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 09 de marzo de 1994, modificada por la Ley N 20.417, publicada en el Diario Oficial el 26 de enero de 2010, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente; el D.S. N 95, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 07 de diciembre de 2002; la Ley N” 19.880, publicada en el Diario Oficial el 29 de mayo de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Exenta N 30, de fecha 22 de octubre de 2010, que ejecuta y formaliza acuerdo que aprueba Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén; la Resolución Exenta N* 282, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 27 de febrero de 2012, que nombra como Director Regional Subrogante del Servicio de Evaluación Ambiental de la región de Aysén a don Christian Betancourt Guerra; y, la Resolución Exenta N” 1.600, de 2008, de la Contraloria General de la República, que fija Normas sobre Exención del Tramite de Toma Razón.

CONSIDERANDO:

1.- Que, la Comisión de Evaluación de la Región Aysén debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto “MODIFICACIÓN EN LA PRODUCCIÓN DEL CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES CANAL NINUALAC LADO WESTE ISLA TANGBAC, X! REGIÓN”.

2.- Que, el derecho de Salmones Blumar S.A., a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

3.- Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de impacto Ambiental respectiva, el proyecto "MODIFICACIÓN EN LA PRODUCCIÓN DEL CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES CANAL NINUALAC LADO WESTE ISLA TANGBAC, XI REGIÓN", consiste en:

3.1. Tipología de Proyecto:

n3- Producción anual igual o mayor a (35ton) tratándose de equinodermos, crustáceos y moluscos no filttadores, peces y otras especies, a través de un sistema de producción intensivo.

0.8. - Sistema de tratamiento y/o disposición de residuos industriales sólidos. En cuanto el titular presenta como parte integrante de su proyecto un sistema de ensilaje para el tratamiento de la mortalidad.

3.2. Cronograma de Actividades

Actividad Duración Fecha de inicio Fecha de término Levantamiento de información 3 meses Enero 2012 Abril 2012 Construcción Adición Anual Mayo 2012 Mayo 2017 Operación Indefinida Mayo 2012 Etapa de abandono Indefinida -- | --

3.3. Monto de Inversión:USD $ 2.000.000.-

3.4, Vida útil: Indefinida. 3.5. Mano de Obra:

Etapas Mano de obra proyectada Levantamiento de la Información 2

Etapa de Construcción 8

Etapa de Operación 11

Etapa de Abandono [o]

3.6. La superficie que comprende el proyecto es de 8 hectáreas. 3.7.La producción máxima solicitada es de 5.400 toneladas de salmónidos

3.8. Localización:

El proyecto se emplaza en Paso Tangbac, al oeste de Isla Tangbac, Comuna de Aysén, Provincia de Aysén, Región de Aysén del General Carlos Ibañez del Campo.

El proyecto se localiza en una zona preferencial para la Extracción de Recursos Bentónicos, según lo establecido en Decreto Supremo (M) N* 153, de 2004, del Ministerio de Defensa Nacional.

3.9. Coordenadas Geográficas:

Coordenadas Geográficas de los Vértices de la Concesión de Acuicultura Referidas a la carta

SHOA 801. Punto Latitud (S) Longitud (W) Distancias entre Vértices A 45%01'1,12” 7343'43,87” 307,04 m B 4501'11,92” 73%43'54,07” 578,99 m 19 4501'15,50” 73%43'46,37" 700,85 m D 45*01'4,69" 7343'36,17” 500,23 m

3.10.- DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

El proyecto consiste en la modificación del centro de cultivo, código de centro 110831 y se encuentra autorizado originalmente a través de ta Resolución (SUBPESCA) N” 999 de 2010. El proyecto contempla un aumento de producción de 5.400 toneladas de salmónidos, la instalación de

20 balsas jaulas de 30 x 30 x 20 metros y la instalación de un sistema de tratamiento de las mortalidades generadas al interior del centro de cultivo.

El proyecto original se aprobó para una producción máxima de 3.275 toneladas usando un total de 32 jaulas. Actualmente el centro se encuentra otorgado, pero no se ha comenzado a utilizar hasta la fecha.

Antecedentes del centro de acuicultura:

  • La Resolución de Calificación Ambiental (RCA) aprobada por la COREMA XI Región corresponde al N* 57 del 2010,

  • La Resolución de Subsecretaría de Pesca que aprueba el cronograma de actividades y el proyecto técnico del centro tiene el N 999 de marzo del 2010 y la Res. N1.184 de marzo del 2010 que rectifica la N%999,

  • La Resolución de Subsecretaría de Marina que otorga la concesión de acuicultura corresponde al documento N” 1.531 del 2010,

3.10.1 FASE O ETAPA DE CONSTRUCCIÓN. Balsas de cultivo: Número de jaulas y sus características

Año Período Máxima Biomasa (5 año) Numero balsas 20 Dimensiones de las estructuras 30 x 30 x 20 m Área de mar total a ocupar 18.000 m” Volumen máximo a ocupar 360.000 m*

Redes: En el centro se manejarán tres tipos de redes de nylon:

  • Cultivo: Estas irán variando su abertura de malla dependiendo del tamaño de los salmones. Sus dimensiones serán de 30 m x 30 m x 20 m, con una apertura que variará de 1”a 2”.

  • Loberas: Estas evitarán pérdidas de salmones por ataques y roturas de red por Lobos de Mar u otros depredadores. Tendrán una apertura de 10”, la que evitará que los depredadores se enmallen.

+. Pajareras: Estas tendrán doble propósito de proteger la superficie de la balsa-jaula de posibles escapes de salmones y ataques de pájaros. Tendrán una apertura de malla de 2”.

Pontón flotante:

El proyecto no contempla la instalación de infraestructura en tierra, por lo cual se instalará una estructura flotante (artefacto naval), la que contará con habitabilidad para 11 personas y bodegas para los insumos, siendo sus caracteristicas principales:

Eslora de flotación: 25,96 m

Manga máxima: 13 m

Puntal de trazado: 3,50 m Habitabilidad: 92,01 m2 Combuestible: 10 m3

Agua dulce: 10 m3

Planta de tratamiento de aguas sucias

3.10.2 ETAPA O FASE DE OPERACIÓN

La etapa de operación del proyecto consiste en el desarrollo del cultivo de salmónidos, de acuerdo al D.S. N* 290/93 del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, en su etapa de engorda. El período de máxima biomasa estipulado para el 5% año de producción implica 5.400 ton/año, con un peso promedio de salmónidos de 4,8 Kg.

De acuerdo a lo estipulado en el artículo 16 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, en el cual se indica que “Tratándose de una modificación a un proyecto o actividad en ejecución, los antecedentes presentados que se señalan en las letras del artículo anterior, deberán considerar la situación del proyecto o actividad, y su medio ambiente, previa a su modificación”, se presenta a continuación una tabla resumen donde se detalla la situación del proyecto original, la situación actual y las modificaciones asociadas al proyecto que ingresa al SEIA:

Resumen situación con proyecto original y modificación

Variables Proyecto Original Proyecto Actual Proyecto Modificado Área Solicitada 8 Ha 8 Ha 8 Ha Número de jaulas 32 0 20 Tipo de jaulas Circulares - Cuadradas Dimensión de jaulas 30 m diámetro x 15m | -- 30 x 30 x 20 m de alto Toneladas 3.275 (ton) -- (ton) 5,400 (ton) Aguas Servidas 54,8 m/año - 120 m/año Domésticas * Aguas residuales de 127,8 m/año -- 281,05 m/año lavamanos, duchas y cocinas * Residuos de - - 0,7 m/año pediluvios y maniluvios Residuos de | 192 L/año - 190 L/año lubricantes Alimento no | 196 (ton) - 351 ton/año Consumido (ANC) Fecas 373 (ton) - 666,9 ton/año Bolsas de alimento 3.144 unidades/año de | -- 5.616 unidades/año maxi-sacos de maxi-sacos Mortalidad 327,5 (ton) - 540 ton/año Lodos de planta de | 0,017 m - n/a tratamiento Residuos sólidos | 0,9 (ton/año) - 2 ton/año domésticos * N operarios 5 - 11 Corrientes 20,8 cm/s - -- Profundidad promedio | 60m -- -- Temperatura 10,220 - - Promedio Salinidad promedio 30 "loo - - Oxigeno disuelto | 8,7 mg/l (superficie) - - (mg/l) 5,8 mg/l (profundiad) Fecha de terrenos 11, 15 y 16 de junio No se ha realizado -

Marca: Mariner Omnipure

Modelo: M5505; 4,95 m3/d

Certificado vigencia hasta: 05 diciembre 2014. Plataforma de ensilaje:

El sistema de ensilaje a utilizar será una plataforma tipo “catamarán”. Esta plataforma está construida específicamente para ser utilizada en ensilaje de mortalidad de peces, con estancos centrales para el almacenamiento con capacidad máxima de 12.000 kg. En cubierta se considera una brazola rectangular estanca, con capacidad de 2.805 litros. En el centro de popa se encuentra el triturador para moler la mortalidad del salmón.

Los cascos están divididos por tres mamparos transversales formando cuatro compartimientos estancos en cada uno. Estos cuentan con sistemas de achique independientes. Los estancos centrales de cada void se usan para almacenaje de mortalidad ensilada. El casco esta constituido en acero inoxidable.

Dadas las caracteristicas del almacenamiento en casco de la mortalidad ensilada, no se considera el uso de pretiles. La estructura está diseñada para almacenar en sus cascos el ensilado, sin que ocurran derrames de ningún tipo. Su estructura metálica hace que sea más seguro que el almacenamiento en estanque plásticos sobre las plataformas de ensilaje.

El ácido fórmico será almacenado sobre la plataforma del catamarán el cual estará contenido sobre un pretil.

Abastecimiento de agua potable:

El agua potable que se requerirá para el abastecimiento de las 11 personas que vivirán en el centro, se determina en un mínimo de 100 L/persona/día y se estima en 1,1 m*día.

El abastecimiento del agua potable se realizará mediante el traslado en estanques de plástico cerrados, debidamente rotulados, vía barcaza, los cuales serán trasvasijados en el pontón a un estanque metálico de 10.000 L de capacidad, cerrado y recubierto con pintura epóxica. En caso de obtener el agua potable de una red rural, el titular se compromete a presentar un informe técnico favorable de que el agua es realmente potable y un certificado de autorización otorgado por el Ministerio de Obras Publicas y a establecer un convenio con el comité de agua potable (APR) de la localidad.

Adicionalmente, el abastecimiento de agua potable se realizará a través de dispensadores de agua, los que estarán dispuestos en un área de libre acceso dentro del pontón, y serán cargados cuantas veces sea necesario mediante botellones retornables de policarbonato o plástico PET, por lo que será necesario ir reabasteciendo periódicamente el suministro de agua. Cabe señalar que las características del agua embotellada permiten su almacenaje por períodos superiores a los 6 meses. El abastecimiento de estos botellones de agua, se realiza por mar a través de una embarcación de logística del centro.

Requerimientos energéticos

Se requerirá de energía para el funcionamiento del centro y para el funcionamiento de los blower para alimentar a los peces.

Estos requerimientos serán cubiertos por el generador que utiliza el combustible Diesel que es almacenado en un estanque de 10.000 litros de acero el que será aprovisionado mediante barcazas, las que contarán con todas las medidas de seguridad para el desarrollo de esta actividad.

2009 (Línea base) ninguna INFA

Categoría de Centro Categoría 3 y 5 - -

Ingreso de peces:

El ingreso de los smolt será con un peso inicial promedio de 90 a 120 grs., provenientes de pisciculturas autorizadas, ubicadas principalmente en la Novena, Décima, Decimocuarta y undécima Región. Cabe destacar que esta actividad se realizará mediante el traslado de los peces desde los centros de smoltificación que cuenten con las acreditaciones correspondientes.

El traslado de los peces se realizará por vía marítima, mediante una barcaza de transporte con estanques para ingreso. El arribo de los smolt será registrado por el jefe del centro, quien revisará el estado de los peces y procederá a retirar los que se encuentren muertos desde las balsas jaulas, actividad que se realizará mediante buceo en forma permanente.

El servicio de ingreso de peces será encargado a terceros. Sin perjuicio de ello, el titular se compromete a subcontratar este servicio a empresas que cuenten con embarcaciones que cumplan la legislación vigente, que cuenten con un protocolo de desinfección así como certificados de desinfección previos al minuto de prestar el servicio, para así corroborar que cumplan con la normativa de tipo sanitaria, ambiental y marítima.

Traslado de peces cosechados

Para la cosecha, la actividad consistirá en trasladar los peces vivos desde el centro hasta las planta de proceso correspondientes. Los peces vivos cosechados serán trasladados preferentemente en wellboats, embarcaciones que cuentan con estanques acondicionados para la mantención y desplazamiento de los peces. Esta actividad será subcontratada a terceros, para lo cual el titular se compromete a subcontratar este servicio a empresas que cuenten con embarcaciones que cumplan la legislación, que cuenten con un protocolo de desinfección así como con certificados de las desinfecciones previas, para así corroborar que cumplan con la normativa de tipo sanitaria, ambiental y marítima.

Cosecha

La cosecha de salmones se realizará, según to indica el Proyecto Técnico (véase Anexo !l), cuando los peces alcancen un peso promedio de 4,8 Kg.

Previo al inicio de la cosecha se mantendrá en ayuno a los peces durante 3 a 5 días. Luego, se procederá a una evaluación del estado y calibre de los peces, una vez procesada esta información, y si procede, se realizará el traslado de los peces vivos desde el centro a una planta de proceso debidamente autorizada, ubicada tanto en la octava, décima y/o undécima Región.

El traslado de los peces consistirá en trasladar los peces vivos desde el centro hasta la planta de proceso. Los peces vivos cosechados serán trasladados en Wellboats, embarcaciones que cuentan con estanques acondicionados para la mantención y traslado de los peces. Esta actividad será subcontratada a terceros, no obstante el titular se compromete a subcontratar este servicio a empresas que cuenten con embarcaciones que cumplan la legislación, que cuenten con certificados y un protocolo de desinfección, para así corroborar que cumplan con la normativa de tipo sanitaria, ambiental y marítima.

Medidas de prevención y tratamientos de patologías

Medidas de prevención:

El titular comprende que la aplicación de medidas de prevención, como un manejo adecuado y simple de los peces, una alimentación segura y de la mejor calidad, y una muy buena calidad del ambiente (agua) donde se cultivan los peces, entre otras medidas, da como resultado una disminución drástica de la aplicación de tratamientos con antibióticos.

Se tomarán las siguientes precauciones:

e Se vacunarán contra las enfermedades más recurrentes en fase de mar como: IPN, Vibrio, Aeromona y ta Pisciricketsiosis (SRS). Para el caso de los salares, estos ingresarán vacunados además contra ISA.

  • Se realizarán desdobles sólo cuando lo amerite, para mantener densidades no mayores a los 17 kg/m'.

  • Se suministrará a los peces, alimento de la mejor calidad presente en el mercado.

  • Se retirarán en forma permanente los peces muertos y mórbidos, y los implementos utilizados durante la actividad serán desinfectados con desinfectantes autorizados por la Autoridad.

  • Se realizará la necropsia de mortalidades frescas 2 veces por semana y si corresponde se enviará muestras a laboratorio.

Se contará con la visita del médico veterinario de la empresa.

Se implementarán pediluvio y maniluvio, tanto para el personal del centro como para visitas, utilizando Yodóforo para los pediluvios y alcohol gel para los maniluvios.

  • Se mantendrá al mínimo ta manipulación de los peces, para evitar el estrés y los riesgos de una alteración en el sistema inmunológico.

  • Después de cada manipulación con mortalidad o con peces mórbidos se procederá a desinfectar la quecha, botas, manos y pangas. El desinfectante utilizado para los maniluvios es alcohol gel, el cual no necesita enjuague posterior y cuyo requerimiento será de 1 L mensual. Para el pediluvio se utiliza un yodóforo en una concentración de 100 partes por millón (ppm), el cual será cubierto con una tapa para protegerlo de la lluvia y del sol. El desinfectante será cambiado cada tres días o cuando éste se desnaturalice. Se estima que se utilizarán 60 L mensuales de yodóforo los cuales serán almacenados en bidones herméticos, trasladados y dispuestos en lugares autorizados.

e El centro se tomará un período de descanso de 3 meses para limpieza, desinfección y seguridad, para reducir la transmisión enfermedades. Esto establecido de acuerdo a Resolución N*1.449 del 2009 y todas sus modificaciones que se llama “Establece Medidas de Manejo Sanitario por Área".

Tratamiento de patologías

Las medidas preventivas serán mantenidas en forma permanente, pero frente a un incremento de la mortalidad se enviarán muestras al laboratorio, y el médico veterinario evaluará la necesidad de aplicar tratamientos terapéuticos.

El titular, como una forma de minimizar la ocurrencia de eventos epidemiológicos y sus efectos, implementará las siguientes medidas:

  • La totalidad de los peces llegarán vacunados al centro, por lo que requerirán menos medicamentos,

  • La esmoltificación se realizará en estanques (y no sistemas abiertos), lo que logra un estatus sanitario mejor (además que la vacunación es más efectiva con este sistema), y

  • Una correcta gestión sanitaria de los peces, un correcto manejo productivo y la introducción de mejoras continuas en dicho manejo con el objetivo de evitarle

estrés a los peces (por ej. en la recepción de los peces, en los cambios de redes, en los muestreos de talla y peso, etc.), y minimizan la posibilidad de un brote infeccioso.

Adicionalmente, se empleará antibióticos inyectables en reemplazo de los por vía oral, como una forma de asegurar la incorporación de las dosis prescritas a los peces.

A continuación se presenta una tabla con la dosis de los medicamentos más comunes que se utilizarán en el centro de cultivo:

Ejemplo de cantidad de máxima de biomasa y de antibióticos por tratamiento

Antibiótico Dosis Duración del | Período de

Tratamiento resguardo (mg/Kg pez) (días)

Ac. Oxolínico: 20-30 10-20 1000 UTA

Flumequina: 20-30 10-20 1000 UTA

Oxitetraciclina 75-120 10-21 1400 UTA

Florfenicol 10-20 10-20 350 UTA

Emanectina 0,05- 0,1 7-10 800 UTA

Cabe destacar que la aplicación de los fármacos será efectuada por la exclusiva prescripción del médico veterinario, por lo que no existirá almacenamiento de fármacos en el centro si no son requeridos.

Alimentación

Método de alimentación:

La alimentación se realizará mediante blowers que permitirán alimentar en forma más eficiente a los peces. Con el fin de regular la pérdida del alimento y minimizar la generación de alimento no consumido, se contará con cámaras submarinas las que permitirán detectar cuando la alimentación sea mayor que el consumo, situación en que se deja de proveer alimento.

Alimento:

El alimento que se suministrará a los peces será el de mejor calidad en el mercado, teniendo en cuenta que el alimento satisfaga los requerimientos de los peces durante su crecimiento y que cumpla con características deseadas de estabilidad de almacenamiento, contenido de finos, velocidad de hundimiento controlada, alta estabilidad en el agua, alto valor energético, alta digestibilidad y reducidos niveles de fósforo.

Factor de conversión estimado

Se estima que el factor de conversión dentro de un ciclo será de 1.3 Se espera que con la utilización de alimentadores automáticos y cámaras submarinas se pueda alcanzar un factor de conversión lo más cercano a 1.0.

Almacenamiento de alimento

El alimento será mantenido en silos, los cuales se encontrarán en la estructura flotante. Estos silos permitirán mantener el alimento en un lugar seco, fresco y sin exposición directa a la luz, lo que

permitirá mantener la calidad del alimento, cumpliendo así con las recomendaciones de los fabricantes.

Respecto al alimento medicado, éste no será “manipulado” por personal del centro, sino que será almacenado en silos independientes el cual será suministrado a los peces mediante sistema de alimentación automática.

Por otra parte, cabe indicar que en la actualidad no existe almacenamiento de fármacos debido a que las recetas que genera el veterinario se ajustan a la cantidad de alimento medicado fabricado y a las dosis calculadas que tiene que comer cada pez, por lo que el alimento medicado es suministrado en su totalidad y, por ende, nunca sobra. En caso de que eso ocurriese, el titular retirará el alimento del centro de cultivo y lo almacenará en un lugar alejado.

El registro para la recepción de fármacos, al igual que para el alimento medicado y el normal, se contará con un sistema de doble guías, en el que se registre toda la información relevante, vale decir: tipo de producto, cantidad, factura o guía de despacho asociada, fecha de recepción, barcaza de entrega y encargado de la misma y observaciones, receta del veterinario, entre otros. Esto con el objeto de agregar a la cadena de trazabilidad la información de esta fase del ciclo de vida de dicho producto, que permita un seguimiento adecuado del mismo.

El registro para el uso de alimento medicado, consistirá en la recopilación detallada de las jaulas a las que se les suministró el alimento, el tipo de antibiótico, las cantidades utilizadas en cada caso, el tiempo y dosis de suministro de este alimento, el tiempo restante de entrega, los tiempos de carencia, observaciones relevantes y todo dato que permita al veterinario supervisar el correcto procedimiento de tratamiento de la patología.

El titular cubrirá las necesidades de frecuencia de recepción de alimento medicado, programando adecuada y oportunamente los viajes de las barcazas con dicho alimento.

Manejo de Mortalidad

La mortalidad que se producirá en el centro durante la etapa de engorda será retirada diariamente de forma manual por los buzos y/o conos de extracción de mortalidad, actividad que será seguida de una desinfección para evitar trasmitir enfermedades a las otras jaulas.

El proyecto contempla la implementación de un sistema de ensilaje para el manejo y almacenamiento de la mortalidad extraida de la operación del centro de engorda, las que serán trasladadas y finalmente procesadas en una planta de reducción con la finalidad exclusiva de procesarla como materia prima para producir y comercializar harina y aceite de salmón.

Estanque triturador y sistema de adición de ácido fórmico

El sistema de trituración y acidificación usando ácido fórmico tamponado consiste en un estanque de acero inoxidable de 1.400 litros de capacidad, con una motobomba trituradora sumergible de 5,9 kw marca Flygt. El sistema eléctrico se comanda desde un tablero principal que lleva la botonera partir /parar. El estanque está diseñado para ser operado por una sola persona; por lo que, la altura del estanque permite una adecuada alimentación del triturador con mortalidad, evitando derrames; la escotilla de ingreso de mortalidad lleva una compuerta de cierre de material liviano.

La dosificación del ácido fórmico es a través de una bomba semiautomática y depende de los kilos de mortalidad ensilada. El ácido fórmico se almacena en bidones de 60 litros y la adición se realiza mediante ta bomba por la parte superior del estanque triturador mediante una manguera o sonda. Los bidones de ácido fórmico se almacenan en un contenedor estanco de acero galvanizado de

capacidad para 10 bidones de 60 litros cada uno, y su capacidad alcanza a contener cualquier tipo de derrame en caso que ocurriese.

El sistema acidificación está diseñado para operar con solución de ácido fórmico tamponado, tomando en cuenta lo descrito en la ficha técnica y la hoja de seguridad del producto. Además, todos los componentes han sido seleccionados considerando la operación del sistema en un medio ambiente marino.

Estanque acumulador

El titular señala en adenda 1, que el sistema tiene una capacidad de 12.000 kilos de ensilado.

Aplicación de ácido fórmico

Una vez producida la molienda en el estanque triturador el operador debe colocar en el tablero eléctrico de la bomba dosificadora semiautomática de ácido fórmico la cantidad de mortalidad trasvasijada en kilos y ésta automáticamente libera el ácido fórmico necesario para procesar los kilos de mortalidad y asegurar un pH inferior a 4.

Considerando una biomasa máxima total aprobada de 5.400 ton/año los volúmenes de solución tamponada de ácido fórmico serán los siguientes:

Total Mortalidad Anual Aproximada: 540.000 kilos Consumo: 3 L por 100 kilos mortalidad = 16.200 litros Presentación: bidones de 60 lt = 270 bidones por año

El ácido fórmico a usar será tamponado con sodio (Na) llamado FORMICID AQUA vendido por Veterquímica. El uso de este producto por parte del titular, no impide que en el futuro el titular trabaje con otros productos de similares características que también cumpla con los requerimientos y estándares exigidos tanto por la Autoridad Marítima como por las plantas reductoras de harina y aceite.

Dosificación de ácido fórmico según kilos de pescado a (de acuerdo al proveedor).

Mortalidad (kg) Ácido Fórmico (L) 50 2 100 3 150 5 200 6 250 8 300 9 350 11 400 12 450 14 500 15 550 17 600 18 650 20 700 21 750 23 800 24 850 26

900 27

950 29

1000 30

Del retiro del silo

El trasvasije consiste en coordinar el retiro del ensilado lo que implica bombear el producto desde el estanque acumulador hacia estanque de la empresa que retire. Esta operación se podrá efectuar, alternativamente, con bomba instalada en el transporte o con bomba de recirculación

La frecuencia de retiro se relaciona exclusivamente a la generación de ensilado y a la capacidad de acopio del centro. Ello permitirá programar adecuadamente el servicio

Calculando que por cada 1.000 kg de mortalidad se generan 1.040 kg de silo, y que la mortalidad total por ciclo es de 540.00 kilos da un total de 561.600 kilos de ensilado/año.

Da que en promedio se genera al mes aproximadamente 45.000 kilos de mortalidad al mes da un total de 46,800 kilos de ensilado/mes, por lo que se generarán aproximadamente 3 a 4 retiros de silos al mes.

La empresa contratista cuenta con una flota de embarcaciones adaptadas y equipadas para el transporte en el mar del material ensilado, contando con estanques receptores de silo sobre cubierta y una bomba capaz de succionar el silo acumulado en los estanques de acopio ubicados en las plataformas de ensilaje.

Esta actividad será subcontratada a terceros, para lo cual el titular se compromete a subcontratar este servicio a empresas que cuenten con embarcaciones que cumplan la legislación, que cuenten con un protocolo de desinfección asi como con certificados de las desinfecciones previas, para así corroborar que cumplan con la normativa de tipo sanitaria, ambiental y marítima. Asimismo, el servicio de retiro se ha diseñado para cumplir con todas las nuevas normativas de barrios y zonas de bioseguridad.

Limpieza y desinfección de silos y contenedores de mortalidad

Para la limpieza y desinfección se utilizará una bomba de aspersión específica para este fin, de modo que la solución desinfectante se rocíe sobre la superficie en forma de una lluvia fina, obteniéndose una distribución homogénea de la solución. Realizada toda la aplicación se deberá esperar el tiempo de acción recomendado por el fabricante del desinfectante.

En cada retiro de ensilaje se realizará una desinfección externa del equipo, pipping y loza donde se ubica el sistema de ensilaje.

Además se realizará un aseo del piso donde está ubicado el triturador con una frecuencia minima de una vez por semana y para evitar acumulación de agua.

Control de derrame de ácido fórmico

Como fue descrito anteriormente, el sistema de ensilaje cuenta con áreas definidas para el almacenamiento de sustancias tales como el ácido fórmico. Este será mantenido en recipientes cerrados herméticamente, debidamente identificados y sobre dos contenedores estancos de acero galvanizado de capacidad para 5 bidones de 60 litros y su reabastecimiento se realizará resguardando todas las medidas de seguridad con el fin de evitar todo tipo de derrames y pérdidas accidentales.

Se prevendrán los derrames revisando frecuentemente los procedimientos, la operación de ensilado, el estado de los equipos y diseño de las instalaciones.

Cambio de redes

La operación del centro de engorda de salmones involucra el recambio de redes, ta limpieza, la reparación y la impregnación de éstas, en algunos casos, con pintura antifouling, con el fin de evitar la fijación de organismos incrustantes. El manejo de las redes será realizado por una empresa externa que cuente con una Resolución de Calificación Ambiental favorable (RCA).

El cambio y mantención de las redes del centro se efectuará una vez por ciclo, las que serán removidas de las jaulas y posteriormente trasladadas con ayuda de una barcaza al taller de redes correspondiente.

Almacenamiento de insumos y materiales

Los insumos de importancia en el centro serán principalmente: alimento, combustible y desinfectantes. Tanto los insumos como los materiales serán mantenidos en la estructura flotante, el que tendrá un área específica para su almacenamiento.

Con respecto al almacenamiento de alimento, esta actividad se realizará de acuerdo lo señalado en el punto referido a “Almacenamiento de alimento”.

En relación al almacenamiento de combustible, éste será almacenado en un estanque de 10.000 L de capacidad de acero de 4 mm de espesor, de bajo contenido de carbono. Este estanque no va pintado en su interior, dado que el mismo petróleo moja las paredes actuando como inhibidor de corrosión. El combustible será aprovisionado mediante barcazas, las que contarán con todas las medidas de seguridad garantizando el traslado seguro del combustible. Para el trasvasije de combustible se emplean bombas eléctricas que funcionan con 12 VDC y/o bombas manuales tipo reloj.

Finalmente, los desinfectantes serán mantenidos en una bodega, y contenidos en recipientes cerrados y debidamente identificados.

Medidas de contingencia

  • Escape de peces:

  • Mortalidades masivas

e Fallas en el sistema de ensilaje y no factibilidad de ensilar

e Derrame de ensilaje

  • Derrames, volcamientos u otros análogos, en relación a productos de lavado, limpieza y desinfección

  • Encaso de derrame sobre el suelo (losa de artefacto naval) se deberá:

  • Control de sustancias y derrame de hidrocarburos

  • Pérdidas masivas de alimento (normal y medicado)

e Medidas de Prevención y Contingencias en caso de captura en redes de cultivo del Huillín o Nutria de río (Lontra provocax)

e — Huillín enredado en una red de cultivo.

e —Huillin encontrado al interior de una jaula.

Huillín enredado en una red y ahogado.

3.10.3. ETAPA DE ABANDONO

El proyecto no considera etapa de cierre o abandono, ya que se consideran trabajos de mantención de las instalaciones, trabajos asociados a mejoras en la infraestructura y remodelación de instalaciones, con el propósito de incorporar nuevas tecnologías que signifiquen una mejora desde el punto de vista ambiental y de producción.

Si bien la actividad tiene una vida útil indefinida, existe una probabilidad no mayor de que se encuentre pertinente el cierre del centro. En este caso, se procederá a retirar los peces, desarmar las balsas-jaulas y trasladarlas a un centro donde puedan ser reutilizadas, pasando previamente por un proceso de limpieza y desinfección.

El titular se compromete a cumplir con él articulo 4” letra c) del D.S. 320/01 “Reglamento Ambiental para la Acuicultura y todas sus modificaciones”.

3.10,4. DESCARGAS, EMISIONES Y RESIDUOS 3.10.4.1. Emisiones a la atmósfera

Generación de gases

Principalmente, durante la etapa de operación del centro de cultivo se generarán gases producto de la operación de los motores fuera de borda y de los generadores de electricidad.

El centro de engorda contará con 2 generadores, uno de 175 Kva y otro auxiliar de 45 Kva, los que serán una fuente fija de emisión constante. El generador de 175 Kva tendrá un consumo de combustible de 20 L/hora y el de 45 Kva, 10 L/hora, para ambos generadores el combustible a utilizar será Petróleo Diesel.

Cabe indicar que se tendrá especial cuidado en la mantención de estos equipos, con la finalidad de mantener la eficiencia de consumo y permitir una combustión óptima en los motores para producir la mínima cantidad de gases y residuos, tanto en los generadores como en los motores fuera de borda.

Emisión de ruido

Las fuentes de emisión de ruido durante la etapa de operación corresponderán a los motores fuera de borda, los generadores y los blower de alimentación.

Los motores fuera de borda bencineros (de 50 HP) generan un nivel de ruido del orden de los 85 dbA durante la actividad diurna en forma intermitente. Al interior del pontón se producirá un promedio de emisión equivalente del orden de los 79,4 dBA, lo que da cumplimiento al Artículo 74 del D.S. N* 594/1999, Este nivel de ruido se generará en horario diurno y en forma constante. No obstante, las unidades generadoras de ruido se encontrarán ubicadas en zonas aisladas acústicamente dentro del pontón con lo que se logrará reducir la emisión de ruido en dichas salas. Por lo demás, los trabajadores contarán con protectores auditivos en la sala donde se ubican.

3.10.4.2. Descarga de efluentes líquidos Aguas servidas domésticas:

Las aguas servidas domésticas generadas durante la etapa de operación del proyecto se tratarán en una planta de tratamiento instalada en el pontón flotante. Esta planta tendrá capacidad para tratar las aguas servidas generadas por los 11 operarios. Al considerar la dotación de agua establecida en el Artículo 14 del D.S. N* 594/1999 del Ministerio de Salud, que determina un promedio de 100 L/dia por trabajador, se estima que se producirá un total de 1,1 mé diarios de aguas residuales, de las cuales el 30% de ellas se neutralizaría en la planta de tratamiento de aguas servidas domésticas ubicada en la estructura flotante, correspondiendo a un total de120 m'/año de aguas servidas domésticas.

Aguas residuales de lavamanos, duchas y cocinas:

Las aguas generadas en lavatorios, duchas y cocina durante la etapa de operación corresponden a las aguas residuales grises. Estas aguas serán vertidas al mar a un costado de la estructura flotante, cumpliendo con lo indicado en el artículo 95 del D.S. N” 1/92 "Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática”, en cuanto a que se autoriza la descarga del efluente al mar “siempre que el efluente no contenga sólidos flotantes visibles ni ocasione la decoloración de las aguas circundantes”. De esta manera, el titular se compromete a utilizar jabones y detergentes biodegradables para minimizar el impacto de esta descarga sobre el entorno, además de la utilización de tamices que impidan el paso de sólidos visibles, los que serán dispuestos en los contenedores de basura sólida doméstica.

Se incorporará un tamiz o rejilla que retendrá los sólidos de mayor tamaño previo a su descarga.

Al considerar la dotación de agua establecida en el Artículo 14 del D.S. N* 594/1999 del Ministerio de Salud, que determina un promedio de 100 L/día por trabajador, se estima que se producirá un total de 1,1 m? diarios de aguas residuales, de las cuales el 70% de ellas sería dispuesto sobre la columna de agua (30% de ellas se neutralizaria en la planta de tratamiento de aguas servidas domésticas), obteniéndose una generación de 281,05 maño de aguas residuales de lavamanos, duchas y cocinas, las que serán dispuestas directamente en un costado de la estructura flotante, sobre ta columna de agua.

Residuos líquidos provenientes de pediluvio, maniluvios y de limpieza y desinfección de equipos, materiales y contendores de mortalidad

En el centro se utilizarán solamente 60 L de Yodo al mes para pediluvio y 1 L de alcohol para maniluvios.

Los maniluvios no generan residuos líquidos ya que su presentación es un alcohol que viene en gel, por lo tanto no generan residuos líquidos.

Los pediluvios utilizan yodo, el que se diluye en 50 ml por cada 10 L de agua, dilución recomendada por el proveedor de este producto.

Al cabo de tres días y producto del uso, de la posible contaminación con otros líquidos y de la sobre dilución (producto del reiterado sumergimiento de las botas de los operarios del centro), se procede a cambiar el contenido de los contenedores.

Cabe señalar que la mezcla de yodo y agua que se utiliza en los pediluvios es, en gran parte, consumida por el tránsito de toda persona que ingresa y deja el centro, por ello, el volumen residual de esta mezcla es muy bajo, situación que se encuentra avalada por los registros de la empresa en otros centros de engorda en operación.

El yodo es también utilizado para la desinfección de materiales y elementos de trabajo propios del centro. Asimismo es proporcionado a los buzos para el desarrollo de sus actividades y la desinfección post-buceo de cada jaula.

Los residuos de los pediluvios serán almacenados en bidones cerrados, debidamente rotulados y dispuestos en vertedero industrial autorizado.

La producción de residuos de pediluvios y maniluvios corresponde a 0,70 mé/año aprox.

Residuos de lubricantes:

En el centro, producto de la utilización de lubricantes para motores, se generarán residuos, los que serán almacenados en recipientes cerrados y debidamente etiquetados e identificados y se tomarán todas las precauciones necesarias para prevenir su inflamación o reacción, entre ellas su separación y protección frente a cualquier fuente de riesgo capaz de provocar tales efectos, según lo establece el articulo 4 y 6 del D.S. N* 148/04. Estos residuos serán trasladados en

embarcaciones de la logística de la empresa y derivados para ser tratados por empresas autorizadas como Copec, Bravo Energy o Hidronor.

Se generarán en total 190 L/año aprox. de residuos de lubricantes. 3.10.4.3. Residuos sólidos Alimento no consumido

La cantidad de alimento no consumido (A.N.C.), independiente de las caracteristicas geográficas del lugar donde se emplaza el centro, no superará el 8% aproximadamente, dependiendo de las condiciones propias de la especie, la cepa o grupo (apetencia, voracidad), la calidad del alimento (palatabilidad), método de alimentación, forma de control de la alimentación automática, entre otros motivos. Dado que el alimento representa cerca de % partes de los costos de un centro de cultivo, este [tem es evaluado constantemente para disminuir los gastos, realizando pruebas en terreno y analizando los resultados. Por esto, el titular se compromete siempre a usar el alimento de la mayor calidad (patatabilidad y velocidad de hundimiento apropiada), a estandarizar métodos de alimentación probados (con cámaras y sistemas automatizados) e ir adquiriendo grupos de peces que presenten los mejores resultados productivos. Como resultado, los efectos negativos sobre el fondo marino se verán reducidos considerablemente y de forma continua.

De acuerdo a la estimación del factor de conversión biológica que se manejará en el proyecto (F.C.= 1,3), para el período de máxima producción, además debido al sistema de alimentación automatizado que manejará el proyecto, con la utilización de blowers, se prevé que la pérdida de alimento se podría reducir hasta a un 5% del total del alimento suministrado, es decir, el alimento no consumido podría alcanzar las 351 toneladas anuales para el ciclo de máxima producción, pero con claras posibilidades de ir disminuyendo en el tiempo.

La implementación de sistemas de alimentación automatizada permitirá una distribución más homogénea del alimento en las jaulas y una regulación de la actividad de alimentación para contrarrestar los peak de corrientes. Además, la pronta detección de la disminución del consumo de alimento por parte de los peces con cámaras submarinas, producirá en forma paulatina, una importante reducción en la pérdida del alimento, reduciendo el impacto sobre el fondo y mejorando la eficiencia.

Producción de fecas

Dada la importancia, en el sentido del potencial impacto ambiental que pudiera tener la producción de fecas, este elemento alóctono será tratado de forma tal que permita ir disminuyendo su aporte al medio. La cantidad de fecas que se producirá para el presente proyecto va a estar determinado por factores como la digestibilidad del alimento, la productividad del grupo o cepa de peces y el factor de conversión (a su vez dependiente de otros factores). Sin embargo, se estima que el porcentaje asociado a la producción de fecas sería cerca de un 10% del alimento total. Por lo que se estima que la cantidad de fecas producidas en período de máxima producción alcanzará las 666,9 toneladas anuales.

Con el fin de ir reduciendo la cantidad de fecas generadas, se privilegiará la compra de alimento de la mejor calidad, que asegure una alta digestibilidad y que tenga bajos niveles de fósforo, además de considerar la posibilidad de abastecerse de alimentos formulados con proteinas vegetales, la adquisición de grupos de peces que presenten resultados más positivos y privilegiando estrategias de alimentación que tiendan a minimizar el aporte del alimento en la columna de agua.

Es importante destacar que existen factores que favorecen la degradación de las fecas y el alimento no consumido por los peces, aumentando el área de dispersión de residuos sólidos y por lo mismo disminuyendo el impacto generado sobre el medio, como por ejemplo:

Acción bacteriana

Consumo de estos residuos por parte de organismos detritivoros del fondo marino La materia orgánica depositada en el fondo marino puede ser resuspendida por corrientes profundas.

Bolsas de alimento

Las bolsas de alimento corresponden a residuos sólidos generados durante la etapa de operación. Se utilizarán “Maxi Bag” (bolsas de 1.000 kg.) Se estima la utilización de aproximadamente 5.616 bolsas de maxi-sacos al año, las que serán retiradas inmediatamente por el proveedor una vez vaciados sus contenidos en los silos para alimento presentes en la estructura flotante, para su reutilización para los mismos fines.

Mortalidad ensilada

Este residuo se acopia temporalmente en el estanque acumulador de 15 mé después de haber pasado por un proceso de trituración y adición de ácido fórmico. Posteriormente, son retirados tanto por barcos propios pertenecientes a la logística del titular como por barcos de las plantas reductoras de harina y aceite de salmón, considerando siempre la contratación de empresas que cuenten con todas las autorizaciones sanitarias y que cumplan con la normativa vigente para el transporte y transformación de los mismos (como por ejemplo Pacific Star o Salmonoil).

Se estima un total de 561.600 kilos de ensilado/año y la frecuencia de retiro de esta se estima de aproximadamente tres a cuatro retiros al mes, dependiendo del porcentaje de mortalidad acumulada del mes y del tamaño y peso de los peces.

Residuos de organismos fouling

Los organismos fouling corresponden a los organismos vivos que se adhieren a las mallas de las balsas-jaulas están compuestos principalmente por moluscos y algas.

La acumulación de estos organismos en las redes producen un sobrepeso, lo que podría provocar la ruptura de las redes y además se ve dificultado el normal intercambio del agua, debido a lo cual se realizará un cambio de mallas una vez por ciclo, y se les da mantención y limpieza a las redes.

Las actividades de retiro, limpieza, reparación, impregnación con pintura antifouling y la instalación, serán realizadas por una empresa externa. La limpieza de las redes se realizará en un taller de redes autorizado, que cuente con un sistema de tratamiento aprobado ambientalmente.

Residuos sólidos domésticos

Los residuos sólidos domésticos generados en la etapa de operación del proyecto se estiman en 0,5 kg/dta por persona, por lo que en total se producirán 5,5 kg/dia. El volumen de residuos sólidos domésticos corresponde a 2 toneladas anuales.

Los residuos sólidos domésticos generados serán acumulados en contenedores con tapa hermética, especificamente destinados para tales fines, con bolsas de plástico en su interior claramente identificado. Luego, las bolsas con residuos en su interior son trasladadas en una embarcación de logística, a puerto donde serán retiradas y enviadas al vertedero municipal autorizado. Asimismo el titular se compromete a llevar un control mediante el sistema de doble guía de estas disposiciones.

La frecuencia de retiro de estos residuos sólidos desde el centro de cultivo y luego a vertedero, será cada 3-4 días, con el objeto de evitar la generación de vectores y la emanación de olores.

Envases de productos químicos y ácido fórmico

Los bidones que contienen el yodo y otros productos quimicos, se almacenan en la bodega del pontón del centro de cultivo y se trasladan y disponen en rellenos sanitario autorizados que cuenten con toda sus autorizaciones sanitarias correspondientes. En el caso de los envases del ácido fórmico se devolverán al proveedor para reciclaje. El titular se compromete a buscar algún

método de reutilización o reciclaje de los mismos, para evitar enviarlos a relleno sanitario.

Se estima la utilización de aproximadamente de 270 bidón/año de ácido fórmico.

3.10.4,3. Otras formas de energía

Este proyecto no genera formas de energía, ni tampoco genera efectos de la combinación y/o interacción de los contaminantes emitidos o generados por éste.

4.- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “MODIFICACIÓN EN LA PRODUCCIÓN DEL CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES CANAL NINUALAC LADO WESTE ISLA TANGBAC, XI REGIÓN" cumple con:

4.1. Normas de emisión y otras normas ambientales.

Componente Texto Normativo Materia Regulada Ambiental Regulado y Cumplimiento Medio Ambiente Art. 19 N* 8 Integra Libre de Constitución Política

Contaminación

de la República

Sienta las bases de la protección ambiental.

Cumplimiento Cumplimiento de normativa y respeto de institucionalidad. Sistema de Ley N19.300 y su integra Evaluación de modificación la Ley Impacto Ambiental N20.417 sobre Crea y desarrolla los siguientes instrumentos de gestión

Bases Generales del Medio Ambiente

Ministerio Secretaría General de la Presidencia

ambiental aplicables al proyecto: Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, normas de calidad ambiental y normas de emisión, entre otros.

Cumplimiento

Se presenta a tramitación al Servicio de Evaluación Ambiental XI Región la presente Declaración de Impacto Ambiental (DIA), para obtener una Calificación Ambiental.

Reglamento del D.S. N*95 Secretaría Integro Sistema de General de la Evaluación de República, Establece normas y procedimientos a que debe sujetarse el Impacto Ambiental | Ministerio Secretaría Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Asimismo, General de la indica los requisitos de las Declaraciones de impacto Presidencia Ambiental.

Prom: 21/8/01

Cumplimiento

Se presenta a tramitación al Servicio de Evaluación Ambiental XI Región la presente Declaración de Impacto Ambienta! para su Calificación Ambiental favorable, y obtener permisos ambientales necesarios.

Mantención de limpieza y equilibrio

D.S D.S. N” 430 Fija el Texto Refundido,

Artículos 1, 67 al 90, 122, 136, 158

ecológico _ Coordinado y La mantención de la limpieza y equilibrio ecológico de las Sistematizado de la | zonas concedidas es de responsabilidad del concesionario. Ley N18.892, Las medidas de protección del medio ambiente serán reglamentadas por Decreto Supremo. Se establecen de 1989 y sus sanciones para el caso de incumplimiento de las obligaciones modificaciones anteriores. Por último, las áreas marítimas que forman parte Ley General de de áreas silvestres protegidas no pueden ser concesionadas, Pesca y a menos que se trate de Reservas Nacionales y Forestales. Acuicultura y todas sus modificaciones. Cumplimiento Ministerio de a El proyecto contempla el desarrollo de sus actividades con el y uso de tecnologías amigables ambientalmente y manejando Reconstrucción. adecuadamente los residuos que genere, lo que le permitirá Prom: 28/8/91 mantener el equilibrio ecológico sin afectar las especies hidrobiológicas en el área de influencia. Reglamento D.S N319 y sus Integra Sanitario modificaciones del Ministerio de Establece las medidas de protección y control para evitar la Fomento y introducción de enfermedades de alto riesgo, aislar su Reconstrucción, que presencia en caso de que éstas ocurran, evitar su aprobó el propagación y propender a su erradicación, determinando las Reglamento de patologías que se clasifican de alto riesgo. Medidas de

Protección, Contro! y Erradicación de Enfermedades de Alto Riesgo para las Especies Hidrobiológicas (RESA).

Cumplimiento

El proyecto contempla el cumplimiento con respecto al uso del sistema de ensilaje. El centro de engorda cumplirá con tener los procedimientos sanitarios que se estipulan en el Decreto y el cumplimiento de lo referido en el Titulo V referente a los centros de cultivo,

Requerimientos ambientales para las actividades de

acuicultura

D.S. N* 320 y todas sus modificaciones Reglamento Ambiental para la Acuicultura Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Prom: 24/8/01

Integro

Establece estándares ambientales mínimos para la instalación y operación de centros de cultivo, que aseguren su sustentabilidad. Contiene requisitos específicos para los

sistemas de producción intensivos, la caracterización preliminar del sitio y la información ambiental.

Cumplimiento

Se mantendrá la limpieza del área y terrenos aledaños al centro de cultivo de todo residuo generado por éste. Se dispondrán los desechos sólidos o líquidos en depósitos y condiciones que no resulten perjudiciales al medio circundante. Se retirará todo tipo de soporte no degradable o

Ley de Navegación

D.L N* 2.222/78

degradable como sistema de fijación al fondo, al término de la vida útil del centro. Impedir que redes tengan contacto con el fondo. En cada centro existirá un plan de contingencia, para casos de escapes, mortalidades y pérdidas de alimento. Para pérdida o escape de peces, se avisará al Sernapesca y a la capitanía de Puerto correspondiente, y se presentará un informe. Solo se liberarán ejemplares con la expresa autorización de la Subsecretaría de Pesca. No se realizarán cultivos de organismos vivos modificados sin la expresa autorización de la Subsecretaría de Pesca. Sólo se realizará limpieza de lavado de redes con y sin anti-fouling en instalaciones que permitan el tratamiento de los efluentes.

Control de la

Regula todas las actividades concernientes a la navegación o relacionada con ella, tanto para las naves como los artefactos navales

Ministerio de Defensa

Prom: 21/5/78 D.S. N* 1/92

Artículos 142 al 162

No se arrojará lastre, escombros o basuras y no se derramará petróleo o sus derivados o residuos, aguas de relaves de minerales u otras materias nocivas o peligrosas, de cualquier

especie, que ocasionen daños o perjuicios en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional, y en puertos, ríos y lagos.

Cumplimiento El proyecto no contempla descargar sustancias peligrosas al

medio marino. Los residuos de hidrocarburos serán manejados por empresa autorizada.

contaminación acuática

Salud ocupacional,

Reglamento para el control de la contaminación acuática

Ministerio de Defensa Prom: 6/1/92

D.S. N*594/99

Establece el régimen de prevención, vigilancia y combate de la contaminación en las aguas de mar, puertos, ríos y lagos

Se cumplirá las disposiciones de la Armada referente al no vertimiento de hidrocarburos y mezclas oleosas, aguas sucias

Íntegro.

sometidos a la jurisdicción nacional.

Cumplimiento

y basura en aguas bajo la jurisdicción de la Armada.

condiciones

ambientales y sanitarias en los

lugares de trabajo

Protección de

Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales de los lugares de trabajo

Ministerio de Salud Prom: 15/9/99

D.S.N*225/95 y

Establece normas sobre condiciones ambientales y sanitarias básicas en los lugares de trabajo y de salud ocupacional;

Íntegro

especialmente provisión de agua potable y servicios higiénicos en el lugar de trabajo.

Cumplimiento

En la etapa de construcción y operación se dará estricto cumplimiento a dicha normativa entregando la provisión y calidad necesaria de agua potable y construyendo el número y tipo de servicios higiénicos suficiente, entre otros aspectos.

mamíferos marinos

366/99 del Ministerio

de Economía

Íntegros

Fomento y Reconstrucción.

Establecen medidas de protección (vedas), que prohíben la caza y captura de mamiferos marinos.

Cumplimiento

No se realizarán actividades de caza y captura de especies protegidas por la normativa.

Mantención de limpieza y equilibrio

Ley N* 20.091 que modifica el

Integra

ecológico D.S. N 430/1991 Posee modificaciones en sus artículos 2, 67, 68, 69, 77, 78, ( Ley General de 80, 84, 90, 113, 118, 142, que regulan las concesiones Pesca y acuícolas y perfeccionan el marco jurídico aplicable a la Acuicultura, actividad de Pesca y Acuicultura. Ministerio de Economía, A Fomento y Cumplimiento Reconstrucción. o DO: 10/01/06 Se dará cumplimiento a la ley, la cual apunta a promover el máximo crecimiento económico de la acuicultura en un marco de sustentabilidad ambiental e igualdad en el acceso a la actividad. Caracterización Resolución N Integro Preliminar de Sitio e 3.612/2009 que le Información Aprueba Resolución | Establece los objetivos y la metodología que se debe usar Ambiental. que Fija las para realizar la Caracterización Preliminar de Sitio (CPS) y la metodologías para Información Ambiental (INFA). Elaborar la caracterización “mn Preliminar de Sitio Cumplimiento All Se ha realizado la CPS de acuerdo a lo establecido.

Ambiental (INFA)

Durante la etapa de operación del proyecto se cumplirá con la entrega del desarrollo de la Información Ambiental de acuerdo a la normativa.

Manejo de Residuos Peligrosos

D.S. N* 148/03

Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos

Ministerio de Salud 12/06/2003

Integro

La aplicabilidad esta relacionada con el manejo de lubricantes y aceites para motores

Cumplimiento

Serán almacenados en recipientes cerrados y debidamente etiquetados e identificados y se tomarán todas las precauciones necesarias para prevenir su inflamación o reacción, entre ellas su separación y protección frente a cualquier fuente de riesgo capaz de provocar tales efectos. Estos residuos serán trasladados en embarcaciones de ta logística del centro y derivados a centros de almacenamiento provisorio, para ser trasladados y posteriormente tratados por empresas autorizadas tales como Bravo Energy o Hidronor.

Descargas de Residuos Líquidos

Resolución OMI MEPC 159 55/2006

Íntegro

Dispone exigencias técnicas ambientales y valores de

tratados a

Aguas marinas

cumplimiento para los de sistemas de tratamiento de aguas sucias en buques y artefactos navales

Cumplimiento

Las aguas servidas serán sometidas a un tratamiento electrolítico en una planta aprobada por la autoridad marítima que permite cumplir con el Título II, Capítulo 5”, del Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática y lo Recomendado por la Organización Marítima Internacional, a través de su Resolución OMI MEPC. 159 (55).

Prevención

de la Contaminación por Aguas Sucias

Convenio Internacional para prevenir la Contaminación por los Buques

MARPOL (1973/1978)

Anexo IV

Prohíbe la descarga de aguas sucias en el mar dentro de las 4 millas marinas de la tierra más próxima, a menos que el buque o artefacto naval con una planta de tratamiento aprobada.

Cumplimiento

Las aguas servidas recibirán un tratamiento electrolítico que las depurará adecuadamente para una descarga sin riesgo ambiental alguno.

Prohibición de Caza

Ley N* 4.601 sobre Caza

(Modificada integramente por la Ley N” 19.473, que mantuvo su número)

y su Reglamento

D.O. 27.09.96

Artículo 3

Prohíbe la caza o captura de ejemplares de la fauna silvestre catalogados como especies en peligro de extinción, vulnerable, rara y escasamente protegidas, así como la de las especies catalogadas como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria, para la mantención del equilibrio de los ecosistemas naturales o que presenten densidades poblacionales reducidas.

Cumplimiento

Se prohibirá la caza en el lugar de emplazamiento del proyecto y se capacitará al personal,

Veda del Lobo Marino

Decreto Exento N* 765, del Ministerio de Economía

Íntegro

Establece veda extractiva para el lobo marino (Ofaría flavescens)

Cumplimiento

El titular dará aviso a la Autoridad Marítima cada vez que un lobo quede atrapado en las redes de los centros de cultivo.

Veda de recursos Decreto Exento N* Íntegro hidrobiológicos que | 225, del Ministerio de

indica Economia Establece veda extractiva para recursos hidrobiológicos que indica.

Cumplimiento

El titutar dará aviso a la Autoridad Marítima cada vez que un ejemplar cuya veda se establece quede atrapado en las redes de los centros de cultivo

4.2. Permisos ambientales sectoriales:

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "MODIFICACIÓN EN LA PRODUCCIÓN DEL CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES CANAL NINUALAC LADO WESTE ISLA TANGBAC, XI REGIÓN, requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados

en los artículos 68 y 74 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4.2.1 PAS establecido en el artículo 68 del RSEIA

Permiso para arrojar lastre, escombros o basuras y derramar petróleo o sus derivados o residuos, aguas de relaves de minerales u otras materias nocivas o peligrosas de cualquier especie, que ocasionen daños o perjuicios en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional, y en puertos, ríos y lagos, a que se refiere el artículo 142 del D.L. 2.222/78, Ley de Navegación.

Se otorga el permiso ambiental sectorial en consideración a que la Gobernación Marítima de Aysén, mediante Of. Ordinario N*12600/208 de fecha 13/06/2012, informó favorablemente.

Condicionado a.

  • El titular debe mantener a bordo del artefacto naval, el certificado de Seguridad de Prevención de la Contaminación por Aguas Sucias, durante la operación del proyecto.

e El titular debe dar estricto cumplimiento a la Directiva A-52/004 en lo referente a los sistemas de tratamiento y sus análisis, debiendo acreditar el correcto funcionamiento del sistema, con monitoreos puntuales, semestrales del efluente generado. Lo anterior, en el entendido de que el correcto funcionamiento de la mencionada planta es condición sine qua non para mantener vigente el Permiso Ambiental Sectorial asociado.

4.2.2 PAS establecido en el artículo 74 del RSEIA

Permiso para realizar actividades de cultivo y producción de recursos hidrobiolégicos, a que se refiere el Título VI de la Ley N*18.892, Ley general de Pesca y Acuicultura y sus modificaciones.

Se otorga el permiso ambiental sectorial en consideración a que la Subsecretaría de Pesca, mediante Of. Ordinario N*” 1947 de fecha 24 de Julio de 2012, informó favorablemente. Se condiciona lo siguiente:

  • Una producción máxima de 5.400 toneladas de Salmónidos.

El titular deberá dar cumplimiento al Reglamento Ambiental para la Acuicultura, D.S. (MINECON) N? 320 de 2001.

e El titular deberá cumplir con el cronograma de actividades y programa de producción señalado en el respectivo Proyecto Técnico, asociado a la solicitud de concesión en comento.

  • En conformidad a lo señalado en el numeral 5 de la Resolución (SUBPESCA) N* 3612 de 2009 y a las caracteristicas del proyecto, éste se clasifica en Categorías 4 y 5.

  • En caso que el titular decida modificar su proyecto, deberá determinarse si dicha modificación genera cambios de consideración a objeto de evaluar la pertinencia

de que dicha modificación deba someterse nuevamente al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  1. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300.

5.1. Que en lo relativo a los efectos características y circunstancias señalados en los literales "a”, “o”, “d”, “e” y "P del artículo 11 de la Ley 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de la evaluación, debe indicarse que el proyecto no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

5,2, Que en lo relativo a los efectos características y circunstancias señalados en los literales "b" del artículo 11 de la Ley 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de la evaluación, debe indicarse que el proyecto no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias. Lo anterior en consideración a:

En Adenda N2, el titular presenta los siguientes antecedentes complementarios para acreditar que no se generan los efectos adversos señalados en el literal b del art. 11 de la Ley, consistentes en la determinación del índice de impacto, el cual fue determinado en base a las ecuaciones de Findlay y Watling 1997, quienes estimaron el estado del sedimento en base al aporte de oxígeno y la demanda de oxígeno.

|= Aporte de Oxígeno / Demanda de oxIgeno

| = (736,3 + 672,5 Logs (v)) / (1.07 (x) — 32.6) Donde:

v : velocidad de corriente (6,2 cm/s)

x : aporte de carbono al sedimento (180 mmol/m?/d)

Estas ecuaciones permiten evaluar el estado del sedimento, ya que si | es cercano a 1 el sedimento estaría moderadamente impactado y si I< 1 el sedimento sería severamente impactado.

De acuerdo a lo anterior, el Índice de impacto estimado para el proyecto sería el siguiente: |=7,94

Por lo tanto, de acuerdo a las caracteristicas del proyecto, con el aporte total de carbono éste no impactaría significativamente el sedimento dentro del área seleccionada. La composición del resto de los residuos sólidos identificados, no presenta características de peligrosidad y la cantidad en que éstos son producidos, así como la frecuencia de retiro, la duración de permanencia de éstos en el centro y el lugar de disposición final autorizado de los residuos sólidos, permite concluir que ésta no genera ni presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

6.- Que, en el proceso de evolución de proyecto "MODIFICACIÓN EN LA PRODUCCIÓN DEL CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES CANAL NINUALAC LADO WESTE ISLA TANGBAC, XI REGIÓN", el titular ha adquirido los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

  • Para el caso de la nutria “Huillin”, el titular no intervendrá sitios costeros y centrará sus actividades en la estructura flotante, con el fin de no contaminar ni destruir potenciales hábitat de esta especie, y en el caso que se produzca el enmalle de

una nutria, la red será levantada a superficie para cortar el trozo de red donde se encuentra el animal, y en la eventualidad que la nutria muriera atrapada, se dará aviso a la autoridad pertinente.

  • Eltitular se compromete a no intervenir el tránsito de embarcaciones ni actividades que eventualmente pudiesen realizarse en las cercanias del proyecto.

  • Eltitular se compromete a dar libre acceso a lugares de resguardo o campamentos de pescadores artesanales que se llegasen a instalar en el sector o si así lo requirieran. Siempre y cuando dichos campamentos no impliquen daños o perjuicios para la empresa de manera directa y/o hacia el medio ambiente, para lo cual se dará aviso a las autoridades pertinentes.

  • El titular se compromete a utilizar un sistema de doble guía, principalmente, en lo referido al traslado de mortalidad, ingreso de smolts, traslado de insumos y el traslado de desechos residuales.

e El titular se compromete a utilizar cámaras submarinas o de tecnología superior para lograr minimizar la pérdida de alimento al medio ambiente.

  • El Titular asume como compromiso voluntario el ingreso de las exigencias ambientales que se establezcan en la RCA, al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente (www.compromisos- ambientales.cl). Dicho ingreso será materializado en un plazo no superior a seis meses contados desde la fecha de notificación de la RCA; de notificación de la resolución que resuelve la reclamación administrativa o, en su caso, desde que quede firme y ejecutoriada la sentencia judicial, según correspondiere.

7.- Que, con objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto "MODIFICACIÓN EN LA PRODUCCIÓN DEL CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES CANAL NINUALAC LADO WESTE ISLA TANGBAC, XI REGIÓN", el titular deberá informar al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

8.- Que, para que el proyecto "MODIFICACIÓN EN LA PRODUCCIÓN DEL CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES CANAL NINUALAC LADO WESTE ISLA TANGBAC, XI REGIÓN" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean

aplicables. 9.- Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente al Servicio de Evaluación Ambiental

de la Región de Aysén, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de impacto Ambiental y sus Adendas, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

10.- Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén, la individualización de cambios de titularidad, de su representante legal y de domicilio.

11.- Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

12.- Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región

de Aysén. RESUELVE: 1.- CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto “MODIFICACIÓN EN LA PRODUCCIÓN

DEL CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES CANAL NINUALAC LADO WESTE ISLA TANGBAC, XI REGIÓN”

2.- CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto “MODIFICACIÓN EN LA PRODUCCIÓN DEL CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES CANAL NINUALAC LADO WESTE ISLA TANGBAC, XI REGIÓN" cumple con ta normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales que se señalan en los artículos 68 y 74 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, de conformidad lo dispuesto en los Considerandos de esta Resolución. Dichas exigencias ambientales deberán ser ingresadas por el titular al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente (www.compromisos-ambientales.cl), en un plazo no superior a seis meses contados desde la fecha de notificación de la RCA; de notificación de la resolución que resuelve la reclamación administrativa o, en su caso, desde que quede firme y ejecutoriada la sentencia judicial, según correspondiere.

3.- Hacer presente que de conformidad al Artículo N” 20 de la Ley N” 19.300 proceden en contra de la presente Resolución os de reclamación, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Apabíental. El plaz) para interponer este recurso es de 30 días contados desde la notificaeíón del presente 4cto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier ¿tro recurso que estime oportuno.

Notifíquese y Archívese

Región de Aysén

CBG/RMR

Distribución:

Pedro Laporte Miguel

Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén

Dirección Regional de Dirección General de Aguas, Región de Aysén. Dirección Regional de SERNATUR, Región de Aysén.

Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén

Gobierno Regional, Región de Aysén

llustre Municipalidad de Aysén, Región de Aysén

Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén

Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Aysén

e Servicio Nacional de Pesca, Región de Aysén + Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

C/c:

Encargada Participación Ciudadana Expediente del Proyecto "Modificación en la Producción del Centro de Engorda de Salmones Canal Ninualac Lado Weste Isla Tangbac, Xl Región"

  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, XI Región de Aysén