Mejoramiento Ruta 199- CH, sector Puesco-Paso Mamuil Malal, Región de la Araucanía
REPUBLICA DE CHILE COMISION DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS REGION DE LA ARAUCANÍA
MATERIA: Califica Ambientalmente el ElA del proyecto "Mejoramiento Ruta 199- CH, sector Puesco-Paso Mamuil Malal, Región de La Araucanía"
Temuco, junio 6 de 2013 Resolución Exenta N2 122/2013
VISTOS:
1.- Lo dispuesto en el artículo 19 N? 8, de la Constitución Política de la República de Chile, en la Ley N? 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y en el artículo 2 del D.S. N2 95, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental;
2.- El Estudio de Impacto Ambiental (ElA) del proyecto "Mejoramiento Ruta 199- CH, sector Puesco-Paso Mamuil Malal, Región de La Araucanía”, y sus Adendas N? 1 y N” 2, presentada por el Señor Mariana Concha Mathiesen, en representación de Ministerio de Obras Públicas al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA);
3.- Las observaciones y pronunciamientos de los órganos de la administración del Estado, que en virtud de sus competencias, participaron en la evaluación del ElA y sus Adendas, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
3.1.- Con relación al Estudio de Impacto Ambiental:
- Oficio N* 032 M.A. sobre la ElA
Publicado por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur
Fecha 01/02/2012
- Oficio N* 176 sobre la ElA
Publicado por Subdirección Nacional Temuco CONADI
Fecha 01/03/2012
- Oficio N? 231 sobre la ElA
Publicado por Dirección Regional del SAG, Región de La Araucanía Fecha 02/03/2012
- Oficio N* 4969 sobre la ElA
Publicado por SEREMI de Agricultura, Región de La Araucanía
Fecha 05/03/2012
- Oficio N* 368 sobre ElA
Publicado por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de La Araucanía Fecha 05/03/2012
- Oficio N” 703 sobre la ElA
Publicado por SEREMI Bienes Nacionales, Región de La Araucanía Fecha 05/03/2012
- Oficio N* 323 sobre la ElA
Publicado por Dirección Regional de Aguas, Región de La Araucanía Fecha 05/03/2012
- Oficio N? 4-EA/2012. sobre la ElA
Publicado por Corporación Nacional Forestal, Región de La Araucanía Fecha 05/03/2012
- Oficio N* 0014/0335 sobre la ElA
Publicado por Dirección Regional de Turismo, Región de La Araucanía
RCA N*122/2013EIA del proyecto "Mejoramiento Ruta 199- CH, sector Puesco-Paso Mamuil Malal, Región de La Araucanía"
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Fecha 06/03/2012
- Oficio N* A24-410 sobre la ElA
Publicado por SEREMI de Salud, Región de La Araucanía
Fecha 06/03/2012
- Oficio N* 274 sobre la ElA
Publicado por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de La Araucanía Fecha 07/03/2012
- Oficio N* 55 sobre la ElA
Publicado por SEREM! del Medio Ambiente, Región de La Araucanía Fecha 07/03/2012
- Oficio N” 1011 sobre la ElA
Publicado por Consejo de Monumentos Nacionales
Fecha 07/03/2012
- Oficio N” 173 sobre la ElA
Publicado por Dirección Regional de Pesca, Región de La Araucanía Fecha 08/03/2012
- Oficio N? 253 sobre la ElA
Publicado por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de La Araucanía Fecha 20/03/2012
3.2.- Con relación al informe de Respuestas al 1% Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental:
- Oficio N 1701 sobre la Adenda N 1
Publicado por Dirección Regional de Aguas, Región de La Araucanía Fecha 05/12/2012
- Oficio N* 5342 DRMA sobre la Adenda N” 1
Publicado por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur
Fecha 05/12/2012
- Oficio N” 2002 sobre la Adenda N* 1
Publicado por Dirección Regional del SAG, Región de La Araucanía Fecha 13/12/2012
- Oficio N” 0224/0369 sobre la Adenda N” 1
Publicado por Dirección Regional de Turismo, Región de La Araucanía Fecha 13/12/2012
- Oficio N? 5144 sobre la Adenda N* 1
Publicado por Consejo de Monumentos Nacionales
Fecha 13/12/2012
- Oficio N* 915 sobre la Adenda N” 1
Publicado por Subdirección Nacional Temuco CONADI
Fecha 14/12/2012
- Oficio N 5370 sobre la Adenda N 1
Publicado por SEREMI de Agricultura, Región de La Araucanía
Fecha 18/12/2012
- Oficio N? 2064 sobre la Adenda N* 1
Publicado por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de La Araucanía Fecha 18/12/2012
- Oficio N” 38-EA/2012 sobre la Adenda N” 1
Publicado por Corporación Nacional Forestal, Región de La Araucanía Fecha 18/12/2012
- Oficio N” 410 sobre la Adenda N* 1
Publicado por SEREMI del Medio Ambiente, Región de La Araucanía Fecha 19/12/2012
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- Oficio N” A20-2158 sobre la Adenda N* 1
Publicado por SEREMI de Salud, Región de La Araucanía
Fecha 20/12/2012
- Oficio N 1353 sobre la Adenda N 1
Publicado por Ilustre Municipalidad.de Curarrehue
Fecha 21/12/2012
- Oficio N? 933 sobre la Adenda N* 1
Publicado por Dirección Regional de Pesca, Región de La Araucanía Fecha 26/12/2012
3.3.- Con relación al Informe de Respuestas al 22 Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental:
- Oficio N” 1881 DRMA sobre la Adenda N* 2
Publicado por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur
Fecha 09/04/2013
- Oficio N” 541 sobre la Adenda N* 2
Publicado por Dirección Regional de Aguas, Región de La Araucanía Fecha 11/04/2013 :
- Oficio N” 9-EA/2013 sobre la Adenda N* 2
Publicado por Corporación Nacional Forestal, Región de La Araucanía Fecha 18/04/2013
- Oficio N” 524 sobre la Adenda N* 2
Publicado por Ilustre Municipalidad de Curarrehue
Fecha 18/04/2013
- Oficio N” 733 sobre la Adenda N* 2
Publicado por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de La Araucanía Fecha 18/04/2013
- Oficio N” 135 sobre la Adenda N* 2
Publicado por SEREMI del Medio Ambiente, Región de La Araucanía Fecha 19/04/2013
- Oficio N* A20-712 sobre la Adenda N” 2
Publicado por SEREMI de Salud, Región de La Araucanía
Fecha 19/04/2013
El Informe Consolidado de Evaluación del ElA del proyecto "Mejoramiento Ruta 199- CH, sector Puesco-Paso Mamuil Malal, Región de la Araucanía", de fecha 3 de Mayo de 2013;
Las visaciones y observaciones al contenido del Informe Consolidado de Evaluación emitidas por los Órganos de la Administración del Estado que han participado en la evaluación y que se contienen en los siguientes documentos:
ORD. N? 2285 DRMA, del 06/05/2013; Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur.
ORD. N? 643, del 07/05/2013; Dirección Regional de Aguas, Región de la Araucanía.
ORD. N” 623, del 08/05/2013; Ilustre Municipalidad de Curarrehue
ORD. N? 257, del 08/05/2013; Subdirección Nacional Temuco CONADI
ORD. N” 11-EA/2013, del 09/05/2013; Corporación Nacional Forestal, Región de La Araucanía
ORD. N” 1272/2013, del 10/05/2013; Dirección Regional de Pesca, Región de La Araucanía ORD. N? 1288, del 10/05/2013; SEREMI Bienes Nacionales, Región de La Araucanía
ORD. N? 497, del 10/05/2013; SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de La Araucanía ORD. N” 206/383, del 10/05/2013; Dirección Regional de Turismo, Región de La Araucanía ORD. N? 549, del 10/05/2013; Dirección Regional del SAG, Región de la Araucanía.
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ORD. N” 1603, del 10/05/2013; Consejo de Monumentos Nacionales.
ORD. N” 152, del 12/05/2013; SEREMI del Medio Ambiente, Región de La Araucanía.
ORD. N? 5556, del 13/05/2013; SEREMI de Agricultura, Región de La Araucanía.
ORD. N” 948, del 15/05/2013; Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de La Araucanía
ORD. N? A20 - 926, del 15/05/2013; SEREMI de Salud, Región de La Araucanía.
Los demás antecedentes que constan en el expediente público de la Evaluación del Impacto Ambiental del proyecto "Mejoramiento Ruta 199- CH, sector Puesco-Paso Mamuil Malal, Región de La Araucanía".
CONSIDERANDO:
-
Que, la Comisión de Evaluación de la Región de La Araucanía debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Mejoramiento Ruta 199- CH, sector Puesco-Paso Mamuil Malal, Región de La Araucanía” cuyo titular es Ministerio de Obras Públicas.
-
Que el derecho del titular a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes referidas a la protección del medio ambiente.
-
Que debe tenerse presente que el derecho a desarrollar actividades económicas, en conformidad a la Ley y sujeto a las restricciones que señale la propia legislación y la Constitución, está reconocido en la Carta Fundamental de la República. Asimismo, las limitaciones a dicha garantía y al derecho de propiedad, que la propia Constitución permite, jamás podrán vulnerar dichos derechos en su esencia.
-
Que, según lo establecido en el ElA y sus Adendas, el proyecto "Mejoramiento Ruta 199- CH, sector Puesco-Paso Mamuil Malal, Región de la Araucanía” posee las siguientes características:
4.1. Antecedentes generales
4.1.1 Localización:
El proyecto se ejecutará en la Región de La Araucanía, en la Provincia de Cautín, Comuna de Curarrehue. Sus coordenadas referidas al Datum WGS 84 — Huso 18, son:
Descripción X Y
Inicio del Proyecto 795.966,136 | 5.618.444,574 Término del | 803.920,623 | 5.612.598,623 Proyecto
4.1.2 Superficie: 35 ha. 4.1.3 Monto Estimado de la Inversión: US $ 18.787.853
4.1.4 Vida Útil: 20 años
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4.1.5. Mano de Obra:
Etapa Mano de obra promedio | Mano de obra máxima (HM) (HM)
Construcción 70 150
Operación 5 10
Abandono No hay No hay
4.2. Descripción del proyecto
El proyecto consiste en un mejoramiento de 16,7 km de una ruta existente denominada Ruta 199 Ch, esta es una ruta de carácter nacional que se encuentra vinculada a la Red Interlagos y localizada en la comuna de Curarrehue, Provincia de Cautín, en la Región de La Araucanía. El mejoramiento de la ruta se inicia en el Puente Puesco en la entrada al Parque Nacional Villarrica, con una longitud de 16,7 km, la cual finaliza en la frontera con Argentina, 700 m más allá del Paso Internacional Mamuil Malal, además el proyecto se encuentra inserto dentro del Área Silvestre Protegida denominada Parque Nacional Villarrica. El proyecto se ajustó, dentro de lo posible, al espacio disponible existente en la faja actual, se mejoran radios de giro, se ensanchan curvas demasiado menores y mejoran trazados sinuosos, uniformando con ello la pendiente longitudinal a valores coherentes con la categoría del camino. Como consecuencia de lo anterior, se minimizaron los cortes necesarios a realizar en la ruta, se disminuyó la generación de terraplenes y se generaron muros de contención en algunos sectores específicos y se evitó la corta de araucarias con valor escénico que se encuentran en medio del camino, creando bandejones de protección para tal fin. Las estructuras existentes, que corresponde a 2 puentes, recibirán mantenciones y contemplan, además, el desarrollo y materialización de tres sectores como miradores y una mejor solución al centro de convocación religioso como es el Cristo de la Paz. Todo ello bajo las directrices del plan de la red Interlagos.
4.2.1. Objetivo
Realizar obras de mejoramiento del camino existente, permitiendo garantizar un adecuado acceso al Parque Nacional Villarrica, en la comuna de Curarrehue, y un tránsito seguro, cómodo y expedito de los vehículos desde y hacia la República de Argentina, incrementando con esto el desarrollo turístico y económico de la zona.
4.2.2. Descripción Específica por Tramo 4.2.2.1. Tramo 1 (Dm 136.800 — 145.720) — Calzada Simple
Se desarrolla entre el Puente Puesco (Dm 136.800) y la zona de inicio de la laguna Quillelhue (Dm 145.720). Este tramo presenta cercos en los primeros 250 m., que corresponde a la delimitación del camino y la antigua aduana en un terreno llano, luego, en los próximos 5,6 kilómetros presenta taludes en ángulo de 45”, estables, con presencia de limos, arcillas y curvas restrictivas, y pendientes hasta el 12%, situación que se mantiene hasta el sector de la salida del puente Momolluco (Dm 142.490,95), a partir de este punto y hasta el Dm 145.720, se desarrolla con curvas de radios suaves y pocas restricciones de planta, sin embargo, el alzado presenta pendientes de hasta el 10%, con presencia constante de talud de corte mixto en roca y terreno natural arcilloso.
El ancho de la plataforma oscila entre 6,0 m. y 7,5 m. en todo el tramo, la que se encuentra en carpeta de ripio en estado regular, adempas entre los Dm 144,300 y 145.500
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se encuentran los sectores de nidificación para lo cual se adoptarán medidas específicas como intervenciones fuera del periodo de nidificación, uso controlados de explosivos, inspecciones periódicas, entre otras detalladas en la presente resolución.
Perfil de Proyecto:
El proyecto vial contempla el emplazamiento del perfil en una faja proyectada de 10 metros aproximadamente. Éste consta de una calzada con dos pistas bidireccionales. El perfil de calzada se distribuye, en dos pistas de 3,5 m de ancho con bombeos del 2,5%, una berma de 1.0 m. de 4% de bombeo y con 0,5 de sobre ancho de plataforma.
Este sector es afecto a heladas y tiene taludes formados por limos y arenas con sectores aislados de afloramiento en roca. El pavimento contempla aprovechar la carpeta de rodado existente como parte de la sub-base proyectada, dando un espesor al paquete de firmes suficiente para resistir las heladas. Los taludes contemplan banquetas para alturas superiores a 5 m.
4.2.2.2. Tramo 2 (DM 145.720 -— 147.820) — Calzada Simple
Este tramo transcurre al borde de la laguna Quillelhue teniendo talud de roca en el lado derecho y la laguna en el lado izquierdo. El ancho de plataforma varía entre 4,5 y 6,0 m. La plataforma tiene una carpeta en ripio, que se encuentra en estado regular.
El pavimento contempla aprovechar la carpeta de rodado existente como parte de la sub- base proyectada, dando un espesor al paquete de firmes suficiente para resistir las heladas. El espesor total de la carpeta de rodado es de 41 cm. que considera una solución en mezcla asfáltica con polímeros. La velocidad de proyecto es de 50 kph.
Cabe señalar que en este tramo, se encuentran los tres miradores proyectados. Perfil de Proyecto
El proyecto vial contempla el emplazamiento del perfil en una faja proyectada de 10m aproximadamente. Éste consta de una calzada con dos pistas bidireccionales. El perfil de calzada se distribuye, en dos pistas de 3,5 m de ancho, bermas 1.0 m. y Sobre Ancho de Plataforma (SAP) de 0,5m, aumentando esta última a 1,0m en caso de necesidad de instalación de defensas. En caso de talud en corte se elimina el SAP, dando paso directamente de la berma a la cuneta. En este tramo se estipula SAP de 1m en todo el borde izquierdo por la presencia de la laguna Quillelhue lo cual obliga a instalar defensa en casi toda su longitud.
Se considera un talud recomendado en este sector es 8:1 (V:H) caso de roca y un ancho de SAP en el lado izquierdo de 1 metros para la instalación de defensa rígida.
La rasante de la vía ha sido proyectada sobre la plataforma existente a una cota que oscila en torno a los 7 metros sobre el nivel de aguas en primavera.
Dado que la laguna se encuentra con salida permanente de flujo, y tiene una superficie importante que amortiguaría una eventual onda de crecida se estima que no está afecta a inundaciones la ruta CH-199 en este sector.
Esta zona se considera de material no heladizo. No obstante la estructura de pavimentos es de 41 cm total igual al tramo 1, la altura de la banqueta que corresponde a 20 m.
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4.2.2.3. Tramo 3 (Dm 147.820 al Dm 151.500) — Calzada Simple
Este tramo presenta características de terreno con pendiente más suave y ondulada, pero en constante ascenso en enmarcada por un entorno con curvas suaves sobre un terraplén existente de 0,5 m de altura con presencia notoria de araucarias distribuidas en un entorno más llano y abierto.
El pavimento contempla aprovechar la carpeta de rodado existente como parte de la sub- base proyectada, dando un espesor al paquete de firmes suficiente para resistir las heladas. El espesor total de la carpeta de rodado es de 41 cm. que considera una solución en mezcla asfáltica con polímeros. Esta es una zona sensible a heladas. La velocidad de proyecto es de 60 kph.
En este tramo se encuentra el puente Lanín existente, el cual deberá ser protegido a fin de prevenir erosiones; dicha protección no contempla defensas fluviales.
Cabe señalar que en este tramo se concentran varias singularidades que definen un perfil tipo general y perfiles especiales para los sub tramos.
Perfil de Proyecto
El proyecto vial contempla el emplazamiento del perfil, similar al Tramo 2, es decir mantendrá una calzada con dos pistas bidireccionales. El perfil de calzada se distribuye, en dos pistas de 3.5 m. de ancho con bombeos del 2,5% (tabla 3.302.204.A del Manual de Carreteras), bermas de 1.0 m de 4% de bombeo y con 0.5 m de sobre ancho de plataforma. Este sector se considera proyectar con material no heladizo.
De acuerdo al perfil presentado se define para los sub-tramos los perfiles asociados a presencia de araucarias, aduana y ampliación para caminantes con destino Hito Cristo de la Paz.
En este tramo se desarrollan curvas con sobre ancho, además de dos puntos singulares donde existen araucarias en medio de la calzada entre los Dm 149.400 al 149.540 y del Dm 150.010 al Dm 150.090, ello se aborda de forma muy particular, incorporando una mediana de protección a las mismas con un ancho mínimo de 4 metros sin realizar intervención alguna sobre estos individuos. Además, en este tramo, el proyecto de seguridad vial, elimina las señales existentes que hacen alusión a obstáculos y son reemplazadas por señales acorde a la normativa vigente.
Se define también, el paso por la aduana entre los Dm 152.680 al 152.906 para lo cual se define un perfil con calzadas sin berma de 4,5m de ancho mínimo con un carácter más urbano y respetando la geometría existente. En este sub sector, de la aduana, se adopta un pavimento de hormigón de 18 cm de espesor y una base Granular de 20cm de espesor, empalmándose al pavimento de hormigón existente. Con esto se busca mantener y resaltar la característica de área especial como es el paso por la Aduana.
Posterior a la aduana, se desarrolla un perfil especial con una berma al lado derecho de un ancho de 2.5 m, manteniendo el resto del perfil igual, el que se aplica en unos 400 m de longitud.
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A continuación, en los últimos 300 m hasta llegar a la frontera, se habilita un sendero de unos 300 m que permite el paso tranquilo y seguro de los asistentes a la fiesta religiosa que se desarrolla en el Hito denominado Cristo de la Paz.
En este tramo se desarrollan curvas con radio restringido, además de la presencia del acceso al Hito Cristo de la Paz en el Dm 153.556. Es un sector de Peregrinaje en una fiesta religiosa que ocurre una vez al año. El sector fue diseñado para una velocidad de proyecto de 30 kph.
4.2.3. Obras de ingeniería complementarias
Se ha contemplado el diseño de casetas de madera, bancas rústicas, senderos de grava con solerilla de canto redondo en los 3 miradores a mejorar: Momolluco, Ecos y Laguna. La idea es uniformar criterios según proyecto integral de la Ruta Interlagos. Un estacionamiento con bancas, y sitio de apreciación de belleza escénica, dos islas alrededor de las araucarias que se ubican al centro de la ruta. Cuellos de accesos en Carabineros y acceso a laguna Huinfiuca y habilitación de acceso Hito Cristo de la Paz. Reemplazo, mantención y nuevas obras de drenaje para alcantarillas insuficientes y disipadores de energía en mal estado, fosos y contrafosos.
Se ha contemplado Obras de Señalización y seguridad vial, paisajismo, saneamiento y accesos. Los criterios de localización de las obras complementarias fueron los siguientes:
En el caso del Saneamiento lejos de cursos de aguas superficiales para evitar contaminación y regulando los cursos de drenaje existentes mediante reemplazo de Obras de drenaje, construcción de elementos de disipación de energía, y construcción de mampostería que canalice dichos escurrimientos de aguas lluvias. Las obras que requieren excavación se ubican en sectores que minimizan impactos al valor paisajístico.
En el caso del paisajismo, desarrollar un proyecto paisajismo de hermoseamiento de aquellos sectores existentes, potenciando la belleza escénica del sector, utilizando materiales y especies propias del lugar, desarrollando en el caso del Hito Cristo de la Paz un pasillo de conexión para la migración anual de carácter religioso que tiene Lugar casi en la frontera con argentina. No se intervinieron nuevos sectores al interior del Parque Nacional Villarrica.
La minimización de corte de especies arbóreas, se logró rectificando el trazado vial, ajustando la rasante y respectado en lo posible la geometría del camino existente y desarrollando plan de manejo de especies nativas y plan de manejo de Araucarias el que se asocia a la corta de 8 araucarias, las que serán compensadas con 2000 nuevas especies plantadas en el área protegida.
En el caso de la señalización y demarcación se propuso señales no solo de interés vial sino señales de coherencia con el medio en la que están insertas, en este caso del parque nacional, y por tanto turísticas, informativas respecto a posibilidad de incendio y animales, sistemas de defensas camineras mediante uso de defensas mixtas denominadas metal- madera en áreas de miradores. Y en lugares de peligro, tal como en el borde de la Laguna Quillelhue.
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4.2.4. Características Básicas de las Obras Proyectadas
En la actualidad el tramo que comprende este estudio, cuya longitud aproximada es de 16.733 Km., no se encuentra en condiciones aceptables para el tránsito de vehículos, debido a que posee una carpeta de rodado deficiente (de material granular) y las condiciones de drenaje y saneamiento son inadecuadas, situación que deriva en que, al llegar la época invernal, el camino se deteriore producto de la adversidad climatológica, representada por lluvia, viento y nieve, mermando por ello su nivel de servicio.
El inicio del estudio (ver fotografía 1.3.2.1-1) es en el Km. 136.765,000 correspondiente a la cantonera de entrada del Puente Puesco. El fin del estudio es en Limite Internacional con la República de Argentina, que corresponde al Km. 153.658,608.
4.2.5. Señalización, Demarcación y Seguridad Vial
Se contempla la colocación de todos los elementos de Seguridad Vial necesarios para la nueva condición en que quedará la vía. Considerando el concepto desarrollado en el Plan de la Red Interlagos, se ha adoptado los lineamientos técnicos y gráfica común para aquellas señales informativas que se aprecian o leen desde el camino, de forma que se encuentre uniformadas con las asociadas a la señalética propiamente vial. Ello, además de balizados y sistemas de contención.
Por otra parte, se ha analizado la conveniencia de instalación de señales adicionales para evitar la destrucción de las defensas, situación que puede ocurrir durante las operaciones de despeje de nieve, en época invernal. Este análisis permite determinar que no existe ningún elemento en la normativa que permita destacar defensas existentes y que supere los 1.4 m de altura.
Considerando que en época invernal puedo acumularse nieve hasta los 2.0 m de altura, se recomienda instalar elementos flexibles, de preferencia, cilíndricos, llamativos, con resistencia a la intemperie y de una altura libre de 2,5 m. Estos elementos deben estar instalados cada 50 m en tramos rectos y 35 m en curvas y/o uno al principio y otro al final de la defensa si ella tiene una longitud inferior a 50 m continuos. Los primeros 50 cm medidos desde el extremo superior del elemento serán destacados con pintura reflectante alternado rojo y blanco.
Los elementos se anclarán en la misma profundidad de la defensa y serán adosados a ella, ubicándose tras las defensas proyectadas, en aquellas zonas afectas a caída de nieve.
Considerando la velocidad máxima permitida (50 km/hora), las características técnicas de la ruta (cuestas y curvas) y el flujo dentro de un Parque Nacional como también de zonas de valor ambiental de carácter significativa (Laguna Quillenhue), el titular deberá oficiar a la Seremi de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de La Araucanía para que esta evalué la posibilidad de restringir el flujo vehicular para cargas peligrosas y pesadas.
4.2.6. Obras de Paisajismo
Según las características propias de la vialidad proyectada, a continuación se indican las zonas que han sido identificadas como zonas prioritarias para ser diseñadas.
En cuanto a las áreas proyectadas, éstas se centran principalmente en los espacios existentes (miradores) del proyecto de ingeniería y en el hito religioso Cristo de La Paz,
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ubicado en el paso fronterizo Mamuil Malal. El concepto a desarrollar en el paisajismo, es generar áreas de miradores turísticos como obras de ingeniería complementarias, acogiendo el concepto propuesto en la red Interlagos desarrollado por el Ministerio de Obras Públicas y los criterios definidos por CONAF durante la evaluación ambiental, planteando el espacio con un equipamiento adecuado en el contexto y aptitud de lugar de emplazamiento, potenciando los puntos de interés escénico, los cuales se definen como las proyecciones visuales o líneas de visión que dominan el paisaje y que permiten la obtención de una porción del territorio de importancia estética.
Se regularizarán y hermosearán 3 miradores existentes a lo largo del camino.
Mirador 1: Momolluco, ubicado en Dm 140.400 al lado izquierdo del camino, el cual está plantado con araucarias de temprana edad y desde donde se puede apreciar un hermoso salto de agua. Se permitirá el estacionamiento de 4 vehículos.
Mirador 2: Ecos en Dm 140.860 al lado izquierdo del camino, también está plantado con araucarias de temprana edad y desde allí se puede apreciar una zona boscosa de raulíes, y escuchar el salto de agua. Se permitirá el estacionamiento de 4 vehículos.
Mirador 3: Laguna Quillelhue ubicado en el Dm 147.120, por el lado izquierdo del camino frente a la laguna ofreciendo una vista radial de la misma. Se permitirá el estacionamiento de 2 vehículos. Este mirador está construido sobre la plataforma existente, aprovechando el espacio remanente adicional que ha generado la modificación del camino existente. Por lo cual no requiere terraplén y no invadirá superficie del borde de la laguna.
Sector Cruz de la Paz: se desarrolló una propuesta paisajística que ordena el espacio disponible, permitiendo el estacionamiento, eventual, de 3 vehículos. Se ha desarrollado un sendero de acceso al Hito, para los caminantes provenientes de Chile. Se consideró una berma más ancha (2,5 m) en 400 m de longitud y luego los últimos 300 m a través de un sendero o huella que conecta al Monumento al Cristo de la Paz.
Áreas de Recuperación: el plan de manejo de especies nativas propone la recuperación de una superficie equivalente a la superficie afectada por el proyecto vial. Al respecto se propone que la ubicación de las superficies de recuperación sea acordada con las autoridades administradoras del Parque Nacional Villarrica.
4.2.7. Obras de Saneamiento
Mantención y construcción de nuevas obras de drenaje en una cantidad de 112 unidades para reemplazar alcantarillas insuficientes y disipadores de energía en mal estado, complementando con fosos y contrafosos requeridos por el proyecto vial, sobre lo señalado se alude a 11 obras de arte con disipador de energía, 1 disipador adicional (DM 146.150) y existencia de mampostería de piedra en casi la totalidad de obras de arte en el tramo 1 y 2.
4.2.8. Servicios Básicos Loa antecedentes presentados durante la evaluación dan cuenta de la inexistencia de servicios básicos en la mayor parte del mejoramiento de la ruta, de hecho los servicios
básicos se ubican fundamentalmente en la zona de aduana no siendo afectados significativamente por el desarrollo de la obra.
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4.2.9. Etapa de Construcción 4.2.9.1. Expropiaciones
Cambio de tenencia de la administración del camino y la faja vial en un ancho que incluye entre 2 m y 3 m más externo al borde de taludes de corte y derrame de terraplén.
4.2.9.2. Despeje y Limpieza de Faja
La preparación de la faja consiste en la remoción de todo material objetable dentro de los límites exteriores de ésta y en toda su longitud del proyecto. Esto incluye las áreas de construcción de accesos, y otras áreas específicas.
Este trabajo se ejecutará a lo largo y ancho del camino existente. Con respecto a las intersecciones, accesos y otras construcciones proyectadas, el roce y despeje se ejecutará en los anchos y largos necesarios para la ejecución de las obras programadas.
4.2.9.3. Movimientos de Tierra
Corresponde básicamente a la extracción de escarpes, de terrenos de cualquier naturaleza y remoción de material inadecuado, excavación para drenaje y construcción de estructuras, construcción de terraplenes, relleno estructural, terminación y limpieza de plataforma y preparación de sub-rasante.
De acuerdo a las necesidades del proyecto, se estima que los volúmenes de movimientos de tierra para el sector son los siguientes:
Movimiento de Tierra Un | Cantidad Excavación de corte en TCN m3 | 74.404 Escarpe m3 | 9.019 Excavación corte en roca m3 | 114.366 Exc. en TCN para Obras de[m3 | 9.134 Drenajes
Terraplenes material no heladizo | m3 | 23.607 Relleno estructural m3 | 2.292 Relleno Estructural Permeable m3 | 2.931 Preparación de la Subrasante m2 | 161.051
4.2.9.4. Movimiento de Vehículos y Maquinarias
El movimiento de maquinaria se realizará fundamentalmente por los tramos de vía ya construidos y las fajas existentes.
La operación de camiones estará asociada al transporte de materiales, al transporte de tierras y al transporte del material de rechazo a los botaderos. Este tráfico se realizará fundamentalmente por la vía existente.
4.2.9.5. Instalación, Operación y Abandono de Faenas
La instalación de faenas es una actividad anexa a la construcción del camino, pero que es
necesaria para la ejecución de la obra. En ella se encuentran las oficinas administrativas, áreas para trabajadores, bodegas de herramientas, bodegas de almacenamiento de
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materiales, estacionamiento de maquinaria pesada y camiones, principalmente. Las instalaciones de faenas, no se emplazarán dentro del Área Silvestre Protegida.
La Instalación de Faenas, actúa como centro de operaciones para el resto de las actividades de obras que se deben realizar, y como tal, requiere como condición previa para su puesta en marcha de la elaboración de planes de un manejo ambiental que informe sobre la gestión de ésta en su etapa de apertura, funcionamiento y de abandono.
Este debe ser aprobado por la Inspección Fiscal, quien debe contar con la asesoría de los especialistas ambientales de la Dirección de Vialidad. Asimismo, estos planes de manejo deben cumplir con las especificaciones ambientales establecidas en el Vol. 9 del Manual de Carreteras y a lo establecido en el D.S. 594/2000, en lo que respecta a las condiciones sanitarias e higiénicas en los lugares de trabajo.
4.2.9.6. Construcción de Terraplenes
Los terraplenes (Total 28.830 m3) corresponden a los rellenos que deben efectuarse para alcanzar el nivel de la sub rasante establecida, de acuerdo al perfil tipo del proyecto.
Los materiales que se utilicen en la construcción de terraplenes se extraerán de pozos de empréstitos autorizados, ya sea con autorización municipal y si es de cauce también con autorización de la Dirección de Obras Hidráulicas, además se considera utilizar el material reutilizable extraído en los cortes o excavación para obras al interior del parque nacional.
Los camiones que transporten material por caminos pavimentados, cumplirán con las normas vigentes que fijan peso máximo por eje, para camiones de carga. Asimismo la Inspección Fiscal podrá ordenar una distribución manual de la carga del camión, si comprueba que el procedimiento de carguío no fue satisfactorio.
Cuando el transporte de estos materiales se realice por caminos de tránsito, el contratista tomará todas las medidas necesarias para evitar que los camiones en su recorrido derramen material que pueda ocasionar accidentes o perjuicios a los usuarios de la ruta. La Inspección Fiscal ordenará el retiro de aquellos camiones que no cumplan con esta exigencia.
4.2.9.7. Construcción de Sub Bases
Las sub bases de pavimentos están constituidas por suelos granulares, limpios y libres de materia orgánica u otras sustancias objetables. Estos agregados y la mezcla en sí, cumplirán con los requerimientos de granulometría y calidad que se indiquen en las especificaciones técnicas del proyecto.
La mezcla de los materiales para la producción de sub bases se hace en planta y son transportados al frente de trabajo bajo condiciones especiales, de modo de minimizar la emisión de material particulado.
Estos materiales serán extraídos desde fuera del parque nacional y en caso de ser desde
pozos de empréstitos deberán ser de lugares que cuenten con autorización municipal y si es de cauce también con autorización de la Dirección de Obras Hidráulicas.
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4.2.9.8. Construcción de Bases
La base estará compuesta sólo por áridos chancados que deben cumplir con características de granulometría específicas, se colocarán sobre la sub base terminada e inmediatamente debajo del pavimento asfáltico.
La colocación de la base se realiza según lo establecido en el diseño y es compactada de acuerdo a las especificaciones técnicas, alineaciones y perfiles del proyecto.
Estos materiales serán extraídos desde fuera del parque nacional y en caso de ser desde pozos de empréstitos deberán ser de lugares que cuenten con autorización municipal y si es de cauce también con autorización de la Dirección de Obras Hidráulicas.
4.2.9.9. Construcción de Pavimentos
Se entrega alternativa de pavimento en asfalto y en hormigón en la zona de aduana, ya que ambas se requieren por las condiciones de diseño.
Para la solución de pavimento asfáltico, se deberá retirar todo el material suelto, suciedad u otros materiales objetables de la superficie base y que contenga una humedad óptima. Se aplica uniformemente una imprimación bituminosa que corresponde a una emulsión asfáltica. No se transitará sobre la superficie imprimada, hasta que se haya secado completamente.
Para tal actividad debe protegerse la superficie de todas las estructuras e instalaciones adyacentes a la vía, con recubrimientos hasta que la imprimación esté fraguada y el tránsito no produzca salpicaduras. De la misma manera se protegerán los cursos de agua cercanos a la vía de construcción.
En forma posterior a la imprimación se aplica concreto asfáltico, 6 cm de espesor. 4.2.9.10. Desvíos de Tránsito
Durante la etapa de construcción se realizarán desvíos locales de tránsito en algunos sectores, lo que implicaría la construcción y retiro de obras provisorias. Estos desvíos deben coordinarse con la ¿TO y la Municipalidad de Curarrehue.
4.2.9.11. Modificación de Servicios Públicos.
No existen modificaciones significativas de servicios públicos existentes, en la etapa de mejoramiento del camino. No obstante para poder desarrollar el proyecto, es necesario modificar tres postes de tendido eléctrico ubicados al principio del camino, dm 136.860, dm 136.904 y dm 136.950 aproximadamente.
4.2.9.12. Terminación y Limpieza de Plataforma.
Al término de las obras la faja de la vía deberá quedar libre de escombros y materiales de construcción producto de las faenas.
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4.2.9.13. Otras Actividades de Construcción.
Se ha contemplado obras de señalización y seguridad vial, paisajismo, saneamiento y accesos cada una de ellas será establecida en restricto protocolo de trabajo entre la Corporación Nacional Forestal y el Ministerio de Obras Públicas.
4.2.9.14. Tronaduras y Voladuras en Cortes.
De acuerdo a las necesidades del proyecto, básicamente en el tramo 1 y en el tramo 2 del mismo se prevén 114.366 m3 de excavación en roca. Para esta actividad se deberá tener en cuenta la necesidad de realizar todas las labores de escarpe y excavación de material de Terreno Común Natural que este situado en la zona a tronar y volar, dejando solamente la roca limpia antes de dicha acción, para evitar la caída de material orgánico a cursos de agua.
Por otra parte, dada la altura del banco de roca, será necesario realizar excavaciones por niveles, desarrollando métodos de explosión controlada de manera de reducir la voladura de roca y el accionar de los equipos removedores, evitando descargas de material a la laguna.
De acuerdo a los análisis realizados respecto de métodos alternativos de excavación en roca existen dos métodos de excavación, el primer método consiste en el uso de cemento expansivo y para su aplicación requiere perforaciones continuas y próximas las que se deben aplicar en superficies de menor tamaño para su mayor efectividad, su afectividad es de área reducida, pues fue diseñado para pequeños volúmenes de roca-y no para uso masivo. Por tanto su impacto sonoro es menor, sin embargo debe realizar mayor cantidad de perforaciones.
El segundo método consiste, en el uso de cartuchos de baja potencia, y posterior fragmentación de la roca mediante el uso de detonador eléctrico, método que requiere, también, perforaciones continuas y próximas. Sin embargo, al igual que el método anterior, su efectividad está relacionada con áreas menores de aplicación, por tanto no se recomienda para grandes volúmenes de excavación.
Cabe señalar que ambos métodos alternativos presentan costos mayores a los de excavación en roca tradicional (uso de explosivo convencional) e implican un mayor tiempo para realizar dicho trabajo, estimándose que la vida de la obra puede aumentar 3 o 4 veces más de lo estipulado inicialmente estimado en 3 años y los costos de los precios unitarios entre 1,6 veces y 4,2 veces más de lo estimado inicialmente. Así, la utilización de explosivo en el sector de la Laguna Quillelhue deberá temporalizarse fuera de las épocas de nidificación y bajo estricto resguardo de un protocolo de seguimiento de uso de explosivos integrado por la Dirección de Vialidad, Ministerio de Obras Públicas, Corporación Nacional Forestal, Seremi de Medio Ambiente y Sernageomin.
Control de fragmentos de Roca
En el caso de la excavación en roca por el método tradicional, se hace necesario explicitar obras que permitan contener u atenuar la eventual caída de grandes trozos a los cursos de agua, en particular a la laguna Quillelhue. El titular mantendrá el uso de mallas de contención, anclada en la parte superior de la zona a ser excavada, y contenidas al pie de talud con elementos pesados previo a la explosión. Esta malla debe cubrir una extensión horizontal del talud de no más de 30 metros continuos, pero puede ser colocada en forma alternada a lo largo del frente de excavación. El método de excavación será pre-corte, en
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bancos de media altura, luego voladura y posterior retiro, trabajando desde la cota superior del talud.
Esto debe ser en cumplimiento a lo indicado en las especificaciones técnicas Generales, y particulares del estudio de ingeniería.
Se hace presente que durante la evaluación ambiental se deberá fijar un protocolo previo de trabajo con una mesa específica constituida por CONAF, Vialidad, MOP, Seremi de Medio Ambiente y Sernageomin para la actividad de tronaduras, voladuras y control de fragmento de roca como también para la selección de los lugares a implementar cemento expansivo (+/- 20 metros).
4.2.9.15. Uso, manejo y abandono de empréstitos
De acuerdo a las necesidades del proyecto, básicamente para la conformación de terraplenes y subrasante del camino, se estima que se requerirá un volumen aproximado de 93.000 m3 de material.
4.2.9.16. Apertura, manejo y cierre de botaderos
Los botaderos deberán ser fuera del área protegida, además los lugares destinados a botadero como el manejo ambiental que se realice a ellos, contarán con la aprobación previa de la Inspección Fiscal, asesorado por el encargado ambiental de la Dirección Regional de Vialidad y del Responsable ambiental de la Dirección Nacional de Vialidad.
Los Planes de Manejo Ambiental para Botaderos cumplirán como mínimo las exigencias establecidas en el numeral 9.702.302 del Volumen 9, del Manual de Carreteras. Además el traslado de materiales se deberá realizar de acuerdo con las disposiciones del D.S. N275/87 del Ministerio de Transporte. Lo anterior, es una exigencia para el contratista, la cual queda establecida en las especificaciones ambientales del contrato de obra.
El proyecto contempla la remoción de un total de 203.301 m3 de material proveniente de los cortes, escarpes y movimientos de tierra. El material que se pueda reutilizar para la construcción del camino se restará de este total. Este volumen considera la excavación en roca.
4.2.9.17. Movimientos de Tierra
Esta etapa corresponde al proceso de realización de los cortes y rellenos en los lugares donde la topografía del terreno presenta cotas superiores o inferiores a las definidas para la rasante del proyecto. Además se considera los taludes convenientes según el tipo de material, ya sea TCN (Terreno Cualquier Naturaleza) o roca. Además se deberán considerar medidas de control, de material particulado en los casos que se requiera.
4.2.9.18. Transporte de material de construcción y movimiento de maquinarias
Se considera todo el movimiento de maquinarias en las faenas y transporte de material removido, escarpe, excavaciones, terraplenes, relleno, agregados granulares, rodados, materiales para la construcción de fosos, alcantarillas, entre otros.
Todos estos transportes se realizarán cumpliendo con las disposiciones establecidas en el D.S. N2 75/87 del Ministerio de Transportes. La siguiente Cuadro describe la maquinaría mínima a utilizar para la construcción de la Ruta.
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4.2.9,19. Operación de plantas de producción de materiales
Durante la evaluación ambiental, se hace presente que las plantas de producción de materiales se emplazarán fuera del área protegida y tanto los lugares destinados a la instalación de las plantas de producción de materiales como el manejo ambiental que se realice en la etapa de operación de ellos, contarán con la aprobación previa de la Inspección Fiscal, asesorado por el encargado ambiental de la Dirección Regional de Vialidad y del Responsable ambiental de la Dirección Nacional de Vialidad.
Además los planes de manejo ambiental cumplirán como mínimo las exigencias establecidas en el Volumen 9, del Manual de Carreteras y el traslado de materiales se deberá realizar de acuerdo con las disposiciones del D.S. N275/87 del Ministerio de Transporte. Lo anterior es una exigencia para el contratista, la cual queda establecida en las especificaciones ambientales del contrato de obra.
4.2.9.20. Elementos de Control y Seguridad
Se considera en el proyecto la incorporación de señales camineras verticales, laterales definitivas y transitorias necesarias en todo el tramo.
Los trabajos de instalación de señales se efectuarán en conformidad con lo estipulado en el Manual de Carreteras Sección 5702 del V. N2 5, las dimensiones, color, retroreflectancia, emplazamiento transversal y longitudinal de las señales serán las indicadas en dicho instructivo. .
Adicionalmente se incorporarán señales alusivas a la operación al interior del Parque Nacional Villarrica, relativas a Cruce de animales, peligro de incendio, Tirar Basura, este último tipo de señales potencia la idea incorporada en el proyecto de paisajismo, que no contempla la instalación de Basureros.
Se hace presente que las actividades deberán ceñirse estrictamente al protocolo de seguridad establecido por CONAF para el área protegida en lo que respecta a riesgos
volcánicos, laháricos, entre otros.
Sin perjuicio de lo anterior, se hace presente que el titular ha adoptado un protocolo de señalización en conjunto con CONAF.
4.2.9.21. Obras de Drenaje y Saneamiento
Para dar un acabado saneamiento al camino, se estima que las cubicaciones máximas necesarias serán las siguientes:
Drenaje y Protección de la Plataforma U Cantidad THDPE D = 800 mm m |673 THDPE D = 1000 mm m 434 THDPE D = 1200 mm m 48 Tubos circulares de metal corrugado D=800 mm m |99 Tubos circulares de metal corrugado D=1000 mm m |25 Tubos circulares de metal corrugado D=1200 mm m |21 Construcción de Subdrenes m |1.410 Embudos para descarga de Aguas N2 | 97
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Descarga de Aguas en Tubos Corrugados de Media Caña D=0.6 m m |226 Soleras tipo "A" m |2.013 Cunetas Triangular de Hormigón, m | 10.298 Construcción de canales, fosos y contrafosos sin revestir O50x0.50 m |214 Construcción de canales, fosos y contrafosos a revestir con hormigón m |5.317 Revestimiento de Canales, fosos y contrafosos m |829 Limpieza de alcantarillas de hasta 1,00 m. m [119
4.2.9.22. Construcción de estructuras mayores
El proyecto considera la mantención de dos puentes. Estas mantenciones, corresponden a labores de pintura y cubierta de tránsito.
4.2.9.23. Pavimentación
Se refiere a la confección, transporte, colocación, compactación, terminación y control del concreto asfáltico de rodadura, los cuales deberán cumplir con lo establecido en el Manual de Carreteras Volumen 5.
4.2.9.24. Abandono de las Faenas
Al momento del abandono de faenas, el contratista deberá cumplir con lo dispuesto en los Planes de Manejo Ambiental aprobados por el Inspector Fiscal, además de cumplir lo siguiente:
-
Limpiar los lugares destinados a campamentos una vez terminados los trabajos.
-
En las excavaciones menores, rehabilitarlas rellenándolas con material del terreno a nivel de superficie.
-
Recuperar o restituir la cubierta vegetal autóctona en caso que ésta hubiese sido alterada o retirada al instalar la faena.
-
Rellenar los pozos de excavaciones de tal forma que no constituyan un foco de accidentes para la población ni para la fauna existente en el sector.
-
Remover o escarificar, las áreas compactadas mecánica o manualmente, para potenciar su revegetación natural.
-
Eliminar en su totalidad las rampas de carga y descarga de cualquier naturaleza.
-
Remover los suelos contaminados con aceites para disponerlos en botaderos autorizados. Estos aceites serán aquellos perdidos por mal funcionamiento de las maquinarias, ya que cualquier cambio de aceite sólo deberá efectuarse en talleres autorizados.
-
Retirar los vestigios de ocupación, tales como chatarra, escombros, señales e instalaciones transitorias. Sólo permanecerán aquellos elementos que presenten utilidad o una mejora para el ambiente o presten utilidad práctica evidente, lo que será definido por el inspector fiscal.
4.2.10. Etapa de Operación La etapa de operación consiste en el uso público del camino previa recepción de la
Dirección de Vialidad y las actividades asociadas a la mantención de las condiciones de servicio del mismo.
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4.2.11. Etapa de Abandono
Los caminos públicos no consideran etapa de cierre o abandono. No obstante, al término de la vida útil del proyecto la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas, evaluará la oportunidad de realizar nuevas obras de mejoramiento de la Ruta.
4.2.12. Emisiones, Descargas y Residuos del Proyecto
A continuación se detallan los antecedentes de las emisiones, descargas y residuos que serán producidos por el proyecto.
4.2.12.1. Emisiones a la Atmósfera
Las actividades que generarán emisiones corresponden a: tránsito de camiones, movimientos de tierra y extracción de áridos, las que producirán emisiones móviles que generan partículas en suspensión y gases de combustión. No obstante, la generación durará aproximadamente 36 meses, periodo correspondiente al plazo para la ejecución de la obra y serán producidas durante el día en horarios que fluctúan entre 8:00 y 20:00 hrs. Durante el invierno se prevé una baja importante de las mismas, periodo que corresponde a mayo septiembre.
En consideración a las emisiones presentes producto de la fase de mejoramiento de la ruta existente, el proyecto contempla el manejo de las mismas mediante un riego permanente de las áreas por donde operen los móviles. El transporte de materiales se efectuará con camiones con la carga cubierta por lonas en buen estado, de acuerdo a la legislación vigente.
Actividad:
-
Tránsito de Camiones
-
Movimiento de material
-
Gases de combustión
Identificación de la fuente de emisión: Móviles
Tipo de emisión: partículas, ruido y polvo en suspensión
Frecuencia: Variable dentro de 8 hrs/día
Manejo:
-
Humectar constantemente las superficies interiores de la obra, previo a faenas de excavación, remoción de materiales, limpieza y toda vez que se produzca un mayor desplazamiento interno de vehículos y camiones.
-
Los equipos y maquinarias usados para las faenas de excavación serán manejados con precaución y a velocidad moderada, con objeto de minimizar la emisión de material
particulado.
- Las emisiones gaseosas se evitarán exigiendo el uso de maquinaria y vehículos pesados en buen estado, y de preferencia, de última generación.
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-
Se verificará que los camiones sean cargados manteniendo una distancia mínima en el borde de 10 cm. entre la superficie de la carga y la cubierta de lona impermeable
-
Se distribuirá la carga del camión homogéneamente antes de salir de la faena.
-
Se mantendrá la carrocería de los vehículos de transporte de materiales, escombros y residuos, cubierta completamente con una lona hermética, en perfecto estado (sin hoyos ni rajaduras) y fuertemente asegurada por todos los costados de la tolva del camión.
En la etapa de operación se generarán emisiones producto la circulación de vehículos en la vía. En cualquier caso, no se prevén aumentos significativos en la cantidad de emisiones respecto de la situación actual.
4.2.12.2. Residuos Líquidos
- Aguas Servidas Domésticas, provenientes del personal de la obra, los cuales serán generados durante el periodo que dure la faena (36 meses). De acuerdo a lo indicado en el D.S. 594/00, se utilizará baños químicos sólo en caso que la faena se encuentre a una distancia mayor a 75 m de los servicios sanitarios o más de 5 minutos de traslado para las personas.
El servicio de instalación, mantención y disposición de los baños químicos en los frentes de trabajo será de responsabilidad del contratista autorizado por la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de La Araucanía. El contratista será el responsable del adecuado funcionamiento de los baños, la mantención de éstos y de la evacuación de las aguas servidas a puntos colectores autorizados por las SEREMI de Salud correspondiente a la zona.
Así durante esta fase se establece que el proyecto no podrá generar ni destinar a infiltración, descarga en curso de agua o riego de ningún tipo de efluentes al interior del área protegida, además las instalaciones de faenas serán fuera del área protegida.
Manejo: Se instalarán baños químicos en los frentes de trabajo para los operarios de la obra, los cuales serán arrendados con servicio de aseo y mantención incluido. Los desechos provenientes de su uso deberán ser retirados del lugar para su adecuado tratamiento y disposición conforme a la normativa vigente.
- Residuos Industriales Líquidos (aceites y lubricantes), provenientes de camiones y maquinarias. Éstos se generarán durante los 36 meses que durará la faena y serán manejados por una empresa externa, conforme a los requerimientos señalados en las Especificaciones Ambientales Generales del Volumen N£ 9 del Manual de Carreteras. La disposición final deberá contar con la autorización del Servicio de Salud respectivo.
No se permitirá que los camiones míxer laven los excedentes de hormigón dentro de la faena, fiscalizando el cumplimiento de esta disposición, con el objeto de controlar este residuo en el momento de su generación. Así durante esta fase se establece que el proyecto no podrá generar ni destinar a infiltración, descarga en curso de agua o riego de ningún tipo de efluentes al interior del área protegida.
Manejo: Se separarán en el origen en recipientes debidamente etiquetados, almacenados en un edificio con equipamiento contra incendios y posterior traslado a una planta de
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reutilización y/o reciclaje o disposición final, que cuente con la autorización del Servicio de Salud respectivo.
4.2.12.3. Residuos Sólidos
Durante la etapa de construcción de este proyecto se generarán tres tipos de residuos sólidos: domésticos, inertes y peligrosos. Los residuos derivados de la construcción no son en sí residuos industriales, dado que corresponden a obras de construcción transitoria que no se derivan de procesos u operaciones industriales. El proyecto no considera ningún tipo de tratamiento de este tipo de residuos al interior del Parque Nacional, solo su almacenamiento transitorio y posterior destino a un lugar previamente autorizado por la Seremi de Salud fuera del Parque Nacional Villarrica.
-
Desechos Sólidos de Construcción, tierra y roca proveniente de los cortes y los escarpes que son aproximadamente 203.200 m3. De acuerdo a la calidad del material, éste será utilizado por el contratista para la ejecución de terraplenes. El material sobrante será dispuesto en botaderos de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Ambientales Generales y el Capítulo 9.700 del Vol. N2 9 del Manual de Carreteras.
-
Residuos Sólidos Domiciliarios, los residuos domésticos generados durante la construcción del proyecto serán originados principalmente por el consumo de alimentos, restos de envoltorios de papel, plástico, cartón y otros insumos inertes de oficinas. Estos se estiman aproximadamente en 105 Kg. / día, serán dispuestos parcialmente en recipientes adecuados. Los residuos serán trasladados al vertedero municipal más cercano, el que se encuentra en la Comuna de Curarrehue. Éstos fueron calculados en función de la cantidad de trabajadores que posee el contrato, estimándose una producción de 0,7 Kg. por trabajador diario. Además, se promoverá que en los lugares de trabajo se mantengan buenas condiciones de orden, limpieza e higiene, especialmente en los sectores donde se ubiquen los receptáculos para la disposición temporal de tos residuos domiciliarios, adoptando las medidas más efectivas para controlar la proliferación de vectores sanitarios (roedores, insectos, aves, etc.)
-
Residuos Sólidos Inertes como fierros y chatarra, en general. Éstos serán almacenados para su reutilización o reciclaje y, cuando corresponda, serán trasladarlos a un lugar
previamente autorizado por la Seremi de Salud .
La generación y manejo de desechos sólidos en la etapa de construcción se describe a continuación:
4.2.12.3.1. Identificación del residuo: Desechos sólidos de construcción, tierra, provenientes de cortes, escarpes y excavaciones
Volumen de residuos: 203.800 m3
Tipo de manejo de los residuos generados: El contratista lo utilizará como relleno en la construcción de terraplenes.
Disposición: El material sobrante lo dispondrá en botaderos de acuerdo a las características mencionadas en el Vol. 9 del MC y fuera del área protegida.
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4.2.12.3.2. Identificación del residuo: Residuos Sólidos Domiciliarios Volumen de residuos: 105 Kg/día
Tipo de manejo de los residuos generados: Se dispondrán parcialmente en recipientes adecuados
Disposición: El contratista trasladará dichos residuos al sitio de disposición final de residuos domiciliarios de Curarrehue u otro lugar previamente autorizado por la Seremi de Salud.
4.2.12.3.3. identificación del residuo: Otros Residuos Sólidos como fierros y chatarra, en general
Volumen de residuos: 983 m3
Tipo de manejo de los residuos generados: Deberán ser almacenados para su reutilización o reciclaje
Disposición: En caso de no ser posible la utilización y/o reciclaje, se dispondrán en un lugar previamente autorizada por la Seremi de Salud.
4.2.12.4. Ruido y Vibración
La generación y manejo de ruidos ocurrirá durante la etapa de construcción. El ruido que generarán las maquinarias y camiones es medianamente significativo, considerando los escasos receptores, su condición de camino existente y las faenas a realizar.
El ruido emitido por las maquinarias durante la etapa de construcción del proyecto serán intermitentes entre las 08:00 y 20:00 hrs. aproximadamente y tendrán su origen en:
Tránsito de Camiones: Estas emisiones serán producidas durante el tiempo de duración de las faenas, mientras sea necesario el traslado de materiales.
Descarga de Materiales: Este ruido será producido durante la ejecución del proyecto de acuerdo a las necesidades de traslado y retiro de material. El manejo de este tipo de emisión será efectuado por la Empresa a cargo de las faenas, no obstante, para evitar el ruido innecesario se restringirán los horarios de carga y descarga de lunes a viernes en horario diurno y sábados por la mañana (por capacitación al personal).
Las tronaduras, generarán los mayores niveles sonoros de la etapa de construcción, pero por su carácter temporal y discreto no generará un impacto significativo sobre la fauna silvestre presente en el sector correspondiente al Lago Quillelhue. Por lo tanto, las tronaduras se realizarán en este sector en forma esporádica y no de una sola vez, para que la fauna comience a emigrar de a poco y no se estrese, además se consideran medidas adicionales como el uso de explosivos fuera de los periodos de nidificación, uso de cemento expansivo y una protocolo de trabajo en conjunto con CONAF, Seremi de Medio Ambiente, Dirección Regional de Vialidad, Seremi de Obras Públicas y Sernageomin.
Si bien no existen fuentes receptoras en el AiD, debido a la ausencia de población local próxima al camino, se debe tener especial cuidado en los sectores de las dependencias de
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la CONAF y Aduana Paso MamuilMalal. Se realizará una programación de los trabajos en horarios de oficina, avisando previamente a los sectores afectados.
- Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento del SEIA se recibieron 117 observaciones al Estudio de Impacto Ambiental, las que se recepcionaron a través de 55 documentos de observaciones ciudadanas, de las cuales 53 son admisibles; 46 corresponden a personas naturales; 7 a personas jurídicas.
5.1. Las observaciones formuladas que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley N2 19.300 y en el artículo 53 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, según se indica en el numeral 14.2 del Informe Consolidado de Evaluación se sistematizaron y evaluaron técnicamente.
5.2. Las observaciones formuladas que cumplen los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley N2 19.300 y en el artículo 53 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se sistematizan y evalúan técnicamente a continuación:
- Nombre: Richard Marcelo Donat Rodriguez
Observación:
PAC EN SEIA DEL PROYECTO: “Mejoramiento Ruta 199- CH, sector Puesco-Paso Mamuil Malal, Región de la Araucanía” Observaciones En consideración al proyecto de mejoramiento de la ruta 199-CH, en el sector de Puesco en dirección al paso internacional Mamuil Malal, y en mi calidad de ciudadano, residente esporádico de la región y votante en ella, me es muy grato señalar las siguientes observaciones al proyecto. 1.- De la descripción de las actividades y obras a realizar para la ejecución del Proyecto de Mejoramiento de la Ruta 199-CH, sector Puesco-Paso Mamuil-Malal, se han identificado cuatro actividades u obras que se considera impactaran en grados diferentes la condición inicial. El primero de ellos se relaciona a la intervención directa de la flora nativa del lugar, protegida por la legislación vigente. En el caso de la Araucaria araucana, considerada monumento nacional, su intervención por resolución o decreto eventualmente, puede ser llevada a cabo en aquellos puntos más críticos como lo son los costados del camino o nueva calzada, mediante un traslado de algunos de los individuos con mejores características por medio de un transplante de la unidad, y su relocalización dentro de la misma área del parque. Este no sería el caso del ejemplar presente en el tramo 3 y presentado en la figura 1.3.2.2.-4, en donde se ha considerado su no intervención y se le ha valorado como complemento de la obra a desarrollar, según se entiende a partir de la figura presentada, y no como un obstáculo. La intervención, aun cuando es en baja escala, de la flora nativa (1,978 ha, según programa de corta), si tiene una importancia respecto del tipo de bosque, puesto que se trata de un bosque principalmente adulto dentro del área del denominado Bosque Templado Lluvioso, de características Únicas a nivel global, por lo cual cada ejemplar intervenido genera un impacto directo sobre los hábitat del área y su fauna asociada, además de disminuir en valor paisajístico del área. Adicionalmente, en Plan de Manejo Forestal, específicamente en el programa de corta no se señalan las áreas clasificadas como ZC-56, ZC-57 y ZC-58 y que corresponden a las especies de NAn y Ca.
Evaluación técnica de la observación:
El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Richard Marcelo Donat Rodríguez es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes considerados durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente: El proyecto, se diseñó con el espíritu de generar la menor intervención posible sobre la vegetación nativa,
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especialmente, sobre las araucarias, minimizándose, a lo largo del desarrollo del proyecto, las araucarias a intervenir. No obstante dicho interés, las necesidades de diseño del proyecto, hacen imprescindible la afectación de 8 ejemplares de araucarias, para los cuales no se contempla el transplante, pues al tratarse individuos adultos, disminuyen las probabilidades de éxito de la medida y aumenta el potencial impacto sobre individuos de otras especies o incluso otras araucarias, debido al movimiento de maquinarias, movimiento de tierras y otras actividades que serían necesarias..La corta excepcional de estos ejemplares de araucaria fue autorizada mediante Resolución Fundada N2133/11 de CONAF, teniendo a la vista el interés nacional del proyecto, un informe experto descartando que la intervención ponga en riesgo la supervivencia de la especie a nivel de la cuenca, la imprescindibilidad de la corta y el compromiso del titular en orden a compensar dicha afectación, mediante un Plan de reforestación y enriquecimiento ecológico de algunas áreas degradadas dentro del Parque Nacional. En cuanto al Plan de Manejo Forestal, específicamente en el programa de corta no se señalan las áreas clasificadas como ZC-56, ZC-57 y ZC-58 y que corresponden a las especies de NAn y Cq, se han revisado los antecedentes del Plan de Manejo ingresado en el marco del ElA y no se encontraron las falencias señaladas. Sin embargo, dado que el mencionado plan de manejo deberá ser tramitado sectorialmente una vez que el proyecto cuente con RCA favorable, se podrá resolver en dicha instancia cualquier inconsistencia en tal sentido.
- Nombre: Richard Marcelo Donat Rodriguez
Observación:
Cuando se señala, dentro de las actividades y obras en la etapa de construcción, el “roce y despeje” de la Faja, este se circunscribe solo a las denominadas AID y All. Hago esta salvedad puesto que además se señala que el movimiento de los vehículos y maquinarias se realizara “fundamentalmente” por tramos y vías ya construidos y fajas existentes, por lo cual considero debiera decir “exclusivamente” , como medida preventiva de generación de mayores impactos del área. La segunda actividad identificada, dice relación con lá frecuencia en que se llevaran a cabo las tronaduras para el corte de la roca, específicamente en el tramo 2, en donde se señala que aquí se concentra una mayor cantidad de material a remover. Se señala en el estudio que no se afectaran mayoritariamente los periodos en que se da la nidificación y reproducción del ave y fauna del lugar respectivamente, sin embargo no se entrega un estimativo de la periodicidad de esta fuente de presión sonora en el área. Se presupone que será según el avance mismo de la obra y las condiciones del área, sin embargo sería importante contar con un rango máximo y mínimo de tolerancia para la frecuencia del corte y despeje de la roca para este tipo de áreas, considerando además que se trata de una intervención en un Parque Nacional principalmente.
Evaluación técnica de la observación:
El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Richard Marcelo Donat Rodríguez es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes considerados durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente: El Titular informa en ADENDA N*2 en documento Anexo Respuestas al proceso de Participación Ciudadana que acoge la observación y que además dadas las características del área a intervenir y según el espíritu del proyecto, se aclara que las actividades de despeje y de roce se ejecutarán solamente dentro del AID, así como el movimiento de vehículos y maquinarias se circunscribirá exclusivamente a la faja existente y a la nueva faja proyectada. También, se informa que una de las condiciones que ha debido acoger el proyecto es que las tronaduras se realizarán fuera de la época de nidificación y reproducción de la fauna, de manera de no afectar negativamente los procesos
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reproductivos de las aves que utilizan la zona con los mencionados fines en dichos períodos. Tal condición supone una importante restricción para la ejecución de la obra, pues implica no extraer roca durante la época más favorable para realizar dicha actividad, lo que deberá ser compensado mediante un mayor esfuerzo logístico en temporadas menos favorables para la ejecución de esta tarea. La frecuencia de las tronaduras, no se estima mayor a dos veces al día. Las laderas afectas a tronaduras, en su totalidad, corresponden a laderas previamente intervenidas, en lugares donde es necesario ampliar el camino para mejorar las condiciones de seguridad y transitabilidad. Durante el diseño del proyecto, se procuró disminuir al máximo las laderas a intervenir, lo que significó incluso, cambios en el trazado y los anchos del camino.
- Nombre: Richard Marcelo Donat Rodriguez
Observación:
Las características climáticas en cuanto a pluviometría, ventiscas y regímenes hídricos del área en donde se desarrollara el proyecto se han definido en el ElA. Sin embargo y puesto que el trazado se extiende a lo largo de un área que presenta un régimen fluvial y nival característico e interconectado y aun cuando la interacción Proyecto- Fluvialidad no es tan directa, existen puntos dentro de la extensión de la nueva ruta proyectada que impactaran en el mediano y largo plazo la interfase Ruta-Servidumbre-Rio, y que pueden ser identificados de forma preliminar e incluidos en el estudio, a través de los denominados "Índices de Funcionalidad Fluvial”, que ayudarían en la toma de decisiones de algunos tramos. Además, contar con una estación de medición de los vientos del área, durante la etapa de construcción del proyecto sería de gran ayuda.
Evaluación técnica de la observación:
El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Richard Marcelo Donat Rodríguez es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes considerados durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente: El proyecto no presenta riesgos de afectación de cuerpos de agua ni altera la interacción actual existente entre la ruta y los escurrimientos superficiales presentes en la zona de estudio (todos los puentes mantienen su estructura actual, por lo que no se contempla la intervención de cauces), de manera que no se prevén impactos negativos sobre la interfase indicada durante la construcción ni operación del proyecto. Durante la etapa de construcción, se contemplan medidas para el abatimiento y disminución de emisiones de material particulado, por lo que el Titular señala que no se ha visualizado la necesidad de contar con una estación de medición de vientos.
- Nombre: Richard Marcelo Donat Rodriguez
Observación:
Sin duda alguna, con el proyecto en operación, aumentara el flujo de personas hacia los centros poblados más cercanos, considerándolos como lugares de estadía y no solo de paso. Para lograr ello, es primordial considerar la interacción entre organismos del Estado con el fin de fomentar las actividades de estos centros poblados. Por lo cual el señalar libre y llanamente el que una actividad este “fuera del alcance de este estudio” no previene la mitigación de los efectos o impactos identificados del presente estudio sobre el medio Humano y las actividades económicas que este realice. Por ejemplo la interacción Sernatur-MOP-Sercotec y las comunidades que habitan el área sería una Mitigación Preventiva a favor del desarrollo del proyecto y posibles actividades futuras
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Evaluación técnica de la observación:
El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Richard Marcelo Donat Rodríguez es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes considerados durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente: El Titular informa que el proyecto ciertamente mejorará de manera significativa las condiciones de acceso y conectividad, favoreciendo y fomentando el flujo de personas hacia la zona (ello es consustancial a la naturaleza de cualquier proyecto vial). Aunque ello, podría provocar alteraciones en las condiciones del medio humano y las actividades económicas de la zona, se estima que los efectos sobre éstos, serán en su mayoría positivos o de generación de oportunidades, los cuales compensarán los eventuales impactos negativos.
- Nombre: Richard Marcelo Donat Rodriguez
Observación:
Dentro de la Fauna y Aves descritas en el presente estudio existen algunas diferencias en cuanto a su estado de conservación y a su omisión aun cuando han sido observadas en el área. Se toma como referencia la Ley de Caza y su Reglamento, 2012, del SAG, además del Libro Rojo de Vertebrados Terrestres, de Glade, y clasificación de especies de MMA, planilla Excel de web institucional. Estas diferencias u omisiones se refieren a: Pato Anteojillo Insuficientemente Conocido Guiña En Peligro Monito del Monte Rara Comadrejita Trompuda En Peligro Tunduco Rara Rana Chilena En Peligro
Evaluación técnica de la observación:
El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Richard Marcelo Donat Rodríguez es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes considerados durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente: El Titular informa en ADENDA N*2 en documento Anexo Respuestas al proceso de Participación Ciudadana que acoge la observación realizada, indicando que las especies mencionadas, aunque no fueron registradas en las campañas de terreno, efectivamente, según las fuentes bibliográficas citadas, se encuentran potencialmente presentes en la zona del proyecto. De tal forma, éstas deberán ser consideradas como parte del inventario de especies de fauna presentes en el área de estudio, aplicándole, en consecuencia, los mismos resguardos y medidas de protección contempladas para las otras especies ya mencionadas en el ElA.
- Nombre: Richard Marcelo Donat Rodriguez
Observación:
Finalmente, respecto de los residuos: Se recomienda el uso de baños químicos en todo el trayecto y avance de la obra y no solo si la faena está a más a 75 m o 5 de traslado, considerando además el adecuado manejo y disposición adecuada de estos por parte del contratista. Finalmente, ¿Cuál es la cantidad estimada de residuos peligrosos a generar durante la etapa de construcción de la obra?
Evaluación técnica de la observación:
El Servicio de Evaluación estima que la observación ciudadana del Sr. Richard Marcelo Donat Rodríguez es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Al respecto, de los antecedentes considerados durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente: El Titular informa en ADENDA N*2 en documento Anexo Respuestas al proceso de Participación
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Sanitario, DFL N2725/68. Artículos 80 y
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la instalación y funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.
se separarán en el origen y serán dispuestos en sitios previamente autorizados por la Seremi de Salud.
Los escombros, materiales inertes provenientes de las excavaciones y despeje de faja serán llevados a botaderos autorizados.
11.1.2.6. Componente Ambiental: Residuos Peligrosos
Texto Legal Establece Forma de Cumplimiento
D.S. Los residuos deberán identificarse | El MOP como titular del proyecto N2148/2003, y etiquetarse de acuerdo a la [informará a la autoridad Reglamento clasificación y tipo de riesgo que | ambiental que medidas
Sanitario sobre el Manejo de Residuos Peligrosos
establece la Norma Chilena Oficial NCh. 2190 Of.93. Esta obligación será exigible desde que tales residuos se almacenen y hasta su eliminación (Art.4, 5, 6, 8, 9, 25, 29 y 82).
implementará para el manejo de residuos. Se deberá realizar capacitaciones a los trabajadores, el prevencionista de riesgos y/o el especialista ambiental de la obra. Además, se deberá implementar un Plan de Contingencia en caso de ocurrir alguna emergencia.
los lugares de disposición definitivos serán fuera del parque nacional y previamente autorizados por la Seremi de Salud.
11.1.2.7. Componente Ambiental: Transporte Vial
Texto Legal Establece Forma de Cumplimiento D.S. N2 158, | Fija el peso máximo de los |La Dirección de Vialidad dictará Ministerio de | vehículos que pueden circular por | las instrucciones de “Operación
Obras Públicas.
caminos públicos.
de las Plazas de Pesaje”, las que serán aprobadas por el Ministerio de Obras Públicas.
Se hace presente que considerando la velocidad máxima permitida (50 km/hora), las características técnicas de la ruta (cuestas y curvas) y el flujo dentro de un Parque Nacional como también de zonas de valor ambiental de carácter significativa (Laguna Quillenhue), el titular deberá oficiar a la
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Seremi de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de La Araucanía evaluar la posibilidad de restringir el flujo vehicular para cargas peligrosas y pesadas.
11.1.2.8. Componente Ambiental: Áreas Silvestres
Texto Legal Establece Forma de Cumplimiento
Ley N2 18.362, | Art.10, las áreas silvestres que | Antes y durante la ejecución de Ministerio de | crecen sólo perderán su calidad de | las obras, el especialista Agricultura, tal en virtud del Decreto Supremo | ambiental deberá instruir a los “Crea un | dictado conforme a lo dispuesto en | trabajadores con el fin de velar Sistema el artículo 8. por el cumplimiento de todos los Nacional de artículos relativos a la Áreas Silvestres protección de -las especies Protegidas del existentes en el Parque Nacional Estado” Villarrica.
Art.11 Inciso 1y 2, corresponderá al Ministerio de Agricultura, a través de la Corporación, la administración, vigilancia y contro! de la unidades de manejo que integran el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE). En uso de atribuciones indicadas en el inciso anterior, la Corporación podrá celebrar toda clase de contratos que tengan por objeto la realización de labores de investigación, la ejecución de obras, la presentación de servicios de recreación o la educación, y en general, los que sean necesarios para el eficiente manejo de cada una de las unidades.
Art.12, los actos o contratos a que se refiere este artículo precedente
no podrán en caso alguno contravenir la definición ni los objetivos específicos y normas
establecidas en el Plan de Manejo de la Unidad correspondiente.
El MOP deberá realizar las gestiones correspondientes para llevar a cabo en buena forma el proyecto y su inserción con la Rutalnterlagos.
Ley N? 18.362,
Art.25 Inciso1. Queda Prohibido: causar deterioro en las instalaciones
Ministerio de | existentes; vaciar oO depositar basuras, productos químicos, Agricultura, desperdicios o desechos de cualquier naturaleza o volumen en los “Crea un | sistemas hídricos o en lugares no habilitados para el efecto: ingresar a Sistema ellas sin autorización o sin haber pagado el derecho al ingreso; Nacional de | pernoctar, merendar, encender fuego o transitar en los lugares o sitios Áreas Silvestres | que no se encuentren expresamente habilitados o autorizados para Protegidas del | ello; destruir o dañar bienes culturales, así como su transporte,
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Estado”
tenencia y comercialización, ejecutar cualquier otra acción contraria a los objetivos de la categoría o unidad de manejo respectivo; remover o extraer suelo, hojarasca, humus, turba, arena, ripio, rocas o tierra; intimidar, capturar o sacar o dar muerte a ejemplares de fauna.
Cortar, arrancar, sacar, extraer o mutilar ejemplares de flora; destruir nidos, lugares de reproducción o crianza o ejecutar acciones que interfieran o impidan el cumplimiento del ciclo de reproducción de las especies de fauna; recolectar huevos, semillas o frutos; introducir ejemplares de flora y fauna ajenos al manejo de la unidad respectiva; provocar contaminación acústica o visual. Sin embargo, en las Reservas Nacionales podrán ejecutarse aquellas acciones de las señaladas en las letras g) a la m) que el plan de manejo contemple para el cumplimiento de los fines de la unidad.
11.1.2.9. Componente Ambiental: Flora
Texto Legal
Establece
Forma de Cumplimiento
D.S.
43/90 Ministeri o de Agricultura. “Declara Monumento Natural a la Araucaria araucana”
Declara a la Araucaria araucana o
Pehuén Natural.
como Monumento Se podrá autorizar la
corta o explotación de ararucarias vivas, cuándo esta tenga por objeto
llevar a científicas autorizadas,
investigaciones debidamente habilitación de
terrenos para la construcción de
obras públicas.
Se da cumplimiento a los antecedentes antes nombrados, el contratista podrá ejecutar la corta del bosque en comento ya que el proyecto cuenta con visación sectorial de CONAF, debiendo ser tramitado previamente sectorialmente en la oficina de Villarrica.
Ley de Bosque de año 1931 y sus
actualizaciones
Conservación
de bosques y
protección de las aguas
Un Ingeniero Forestal elaborará un Plan de Manejo de Preservación aprobado por CONAF previo inicio de las obras.
Convenio sobre Diversidad Biológica D.S. N21963/1995
Conservar la diversidad biológica
Un Ingeniero Forestal y un especialista Biólogo han elaborado el Informe de Expertos que concluye que se verá afectada la continuidad de la Araucaria, especie catalogada como “Vulnerable” en Chile.
D.L. N2701/74 Ministerio de Agricultura,
Art.21, cualquiera acción de corta o explotación de bosque nativo, deberá hacerse previo plan de
Un Ingeniero Forestal elaborará el Plan de Manejo de Preservación, aprobado por
“Sobre manejo aprobado por la | CONAF, previo al inicio de las Fomento CONAF. La misma obligación | obras. Forestal” regirá para las plantaciones
existentes en terrenos de aptitud
preferentemente forestal. Ley Art.1, esta ley tiene como objetivos la | Específicamente, el 20.283/200 | protección, la recuperación y el | mejoramiento de la Ruta 199- CH
8, Ley sobre | mejoramiento de los bosques nativos,
afectará una superficie de 0,277
Recuperaci | con el fin de asegurar la sustentabilidad | ha de bosque tipo forestal ón de | forestal y la política ambiental. Araucaria araucana, lo que Bosque Art.2 N24) Bosque Nativo de | implicará la corta de 8
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Nativo Fomento Forestal.
y
Preservación: aquel, cualquiera sea su superficie, que presente o constituya actualmente hábitat de especies vegetales protegidas legalmente o aquellas clasificadas en las categorías de en “peligro de extinción”, “vulnerables”, “raras”, “insuficientemente conocidas” o “fuera de peligro”, o que corresponda a ambientes únicos o representativos de la diversidad biológica natural del país, cuyo manejo sólo puede hacerse con el objetivo del resguardo de dicha diversidad.
Se considerarán, en todo caso, incluidos en esta definición, los bosques comprendidos en las categorías de manejo con fines de preservación que integran el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado o aquel régimen legal de preservación, de adscripción voluntaria, que se establezca. Toda acción de corta de bosque nativo, cualquiera sea el tipo de terreno en que éste se encuentre, deberá hacerse previo plan de manejo aprobado por CONAF. Deberá cumplir además, con lo prescrito en el Decreto Ley N2 701, de 1974 (Art. 59).
Cuando la construcción de caminos, el ejercicio de concesiones o servidumbres mineras, de gas, de servicios eléctricos, de ductos u otras reguladas por ley, según corresponda, implique corta de bosque nativo, el plan de manejo correspondiente deberá ser presentado por el respectivo concesionario o titular de servidumbre, según los casos, quién será responsable del cumplimiento de todas las obligaciones contenidas en el inciso 42 del artículo 7. Prohíbe la corta, eliminación, destrucción o descepado de individuos de las especies vegetales nativas clasificadas, de conformidad con el artículo 37 de la ley N219.300 y su reglamento, en las categorías de “en peligro de extinción”, “vulnerables”, “raras”, “insuficientemente conocidas” o “fuera de peligro”, que formen parte de un bosque nativo, como asimismo la
ejemplares
adultos de esta
especie y 2,239 ha de bosque de
Tipo Forestal.
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alteración de su hábitat.
Esta prohibición no afectará a los individuos de dichas especies plantados por el hombre, a menos que tales plantaciones se hubieren efectuado en cumplimiento de medidas de compensación, reparación o mitigación dispuestas por una resolución de calificación ambiental u otra autoridad competente. Excepcionalmente, podrá intervenirse o alterarse el hábitat de los individuos de dichas especies, previa autorización de la CONAF, la que otorgará por resolución fundada, siempre que tales intervenciones no amenacen la continuidad de la especie a nivel de la cuenca o excepcionalmente, fuera de ella, que sean imprescindibles y que tengan por objeto la realización de investigaciones científicas.
fines sanitarios o estén destinadas a las ejecución de obras o al desarrollo de las actividades señaladas en el inciso 4 del artículo 7, siempre que tales obras o actividades sean de interés nacional. Para autorizar la intervención a la que se refiere el inciso anterior, la CONAF deberá requerir informes de expertos respecto de si la intervención afecta a la continuidad de la especie y sobre las medidas de adoptar para asegurar la continuidad de las mismas.
Para llevar adelante esta intervención, el solicitante deberá elaborar un Plan de Manejo de Preservación, que deberá considerar, entre otras, las medidas que señale la Resolución Fundada a que se refiere el inciso 22 precedente. Para calificar el interés nacional, la CONAF podrá solicitar los informes que estime necesarios a otras entidades del Estado.
D.S. N*51 de 2008, Ministerio Secretaría General de la
Presidencia (MINSEGPR ES).
Araucaria araucana es clasificada en la categoría “vulnerable” de conformidad con el artículo 37 de la Ley N219.300 y su reglamento.
Las actividades de corta que contempla el proyecto se llevarán a cabo de conformidad con lo preceptuado por el artículo 72 y 8% de la Ley N2 20.283 y su Reglamento General sobre Recuperación de Bosque Nativo y Fomento Forestal.
D.S. N2654
Sin perjuicio de lo dispuesto en el D.S.
Las actividades de corta que
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del 2009, |43 del Ministerio de Agricultura, la | contempla el proyecto se Ministerio | Corporación Nacional Forestal podrá, | llevarán a cabo de conformidad de excepcionalmente autorizar la | con lo preceptuado pro el Agricultura | intervención o alteración del hábitat de | artículo 72 y 19 de la Ley N2 individuos de la especie Araucaria | 20.283 y su Reglamento de araucana, que formen parte de un | Recuperación de Bosque Nativo y bosque nativo, siempre que tales | Fomento Forestal. intervenciones se realicen de conformidad con lo preceptuado por el artículo 72 y 19 de la Ley N? 20.283 y su Reglamento General sobre Recuperación de Bosque Nativo y Fomento Forestal. D.S. N293 | Establece los contenidos de los Planes | Un Ingeniero Forestal y un de 26 de|de Manejo de Preservación y de los | especialista Biólogo han noviembre | Informes de Expertos. elaborado el Informe de Expertos del 2008 que concluye que se verá del afectada la continuidad de la Ministerio Araucaria, especie catalogada de como vulnerable en Chile. Agricultura. Un Ingeniero Forestal, deberá Reglament elaborar un Informe de Experto y o General un Plan de Manejo de de la Ley Preservación. sobre Recuperaci ón del Bosque Nativo y Fomento Forestal. 11.1.2.10. Componente Ambiental: Patrimonio Arqueológico y Cultural Texto Legal Establece Forma de Cumplimiento Ley 17.288, Ley | Art.21 señala que por solo¡Un especialista Arqueólogo sobre ministerio de ley son Monumentos | deberá estar a cargo del traslado Monumentos Arqueológicos de propiedad del | de la Ermita, previa autorización Nacionales. Mi | Estado, los lugares, ruinas, | de sus deudos. nisterio de | yacimientos y piezas antropo- | Durante la ejecución de las obras Educación arqueológicas que existen sobre o | el Arqueólogo deberá instruir a
bajo la superficie del territorio nacional, incluidas las piezas paleontológicas. Por ello, el artículo 26 de la ley señala que, independientemente del objeto de excavación, toda persona que encuentre ruinas, — yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico o arqueológico, está obligada a denunciarlo inmediatamente al Gobernador de la Provincia, quien
los trabajadores para que preocupen de la protección al a Cruz de la Paz.
Respecto de la Manifestación Religiosa se deberá implementar un Plan de Contingencia de parte de la constructora, para. no impedir que se ejecute en buena forma dicha peregrinación. Durante la construcción de las obras, se debe cumplir la legislación en caso de encontrar
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ordenará que Carabineros se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo de los hallazgos.
algún hallazgo. En caso de ocurrir esta situación, se dará previo aviso inmediato al Gobernador de la Provincia, a fin de que tomen las medidas de protección necesarias.
11.1.2.11. Componente Ambiental: Suelo
Texto Legal Establece Forma de Cumplimiento
D.S. N2655 | Art.15 en ningún caso podrán | El contratista deberá realizar Ministerio del | incorporarse en los subsuelos o | inducciones a los trabajadores, Trabajo y | arrojarse en los canales de regadío, | procedimientos, manuales y los
Previsión Social “Reglamento de Higiene y Seguridad”
acueductos, ríos, esteros, quebradas, lagos, lagunas O embalses, o en masas o cursos de agua en general, las aguas servidas de origen domésticos, los residuos o relaves industriales o las aguas contaminadas resultantes de manipulación química o de otra naturaleza, sin ser previamente sometidas a tratamiento de neutralización, depuración que prescriban en cada caso los Reglamentos Sanitarios vigentes o que se dicten en futuro efecto
planes de contingencia.
D.S.N2379, Reglamento sobre requisitos mínimos de seguridad para el almacenamient o y manipulación de
combustibles
líquidos derivados del petróleo, destinados a consumos propios, 1 de marzo de 1986. Ministerio de Economía, Fomento y
Reconstrucción.
Este cuerpo reglamentario establece las medidas de seguridad que se deberán adoptar en terrenos particulares donde se almacenen y manipulen combustibles líquidos derivados del petróleo. Se deberán tomar las medidas de seguridad para usar terrenos donde se almacenen y manipulen combustibles líquidos derivados del petróleo. Las medidas de seguridad deberán ser propuestas por el contratista de las obras, ya que este decidirá sobre la utilización de estanques propios para el almacenamiento de combustibles.
Como medida de prevención el contratista deberá realizar un radier que impida el traslado de combustibles hacia las capas inferiores del suelo, ya que podría generar contaminación de las napas freáticas.
Si bien los suelos del estudio no se clasifican como agrícolas, de igual forma se debe proteger no sólo de los derrames derivados del petróleo, sino que también de los aceites, lubricantes y otros residuos líquidos peligrosos. Por lo tanto, el contratista además deberá presentar, previo inicio de las obras, ante la Inspección Fiscal el respectivo Plan de Manejo de Instalación de Faenas, Botaderos y Empréstitos, según lo establecido en el Manual de Carreteras. Vol. N2 5 y 9.
D.S. N2850 de 1998, que fija el Texto Refundido,
La Ley Orgánica del MOP contiene disposiciones expresas relativas a regular la extracción de material. El artículo 14 inciso 12,
El contratista deberá realizar un Plan de Manejo para Empréstitos y Botaderos, según lo establecido en el Manual de Carreteras
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coordinado y | letra l) faculta al Director General | Volúmenes N2 5 y 9. Sistematizado de Obras Públicas para de la Ley | supervigilar, reglamentar y Orgánica del | determinar las zonas prohibidas Ministerio de|¡ para la extracción de materiales Obras áridos, cuyo permiso corresponde Públicas. Fecha|a las municipalidades previo de Publicación: | informe favorable de la Dirección 20 de mayo de | General de Obras Públicas.
1985 Ministerio | El artículo 45 dispone que los de Obras | predios rústicos deban permitir la Públicas. extracción de la tierra, arenas, piedra y demás materiales análogos que fueren necesarios para la construcción y conservación de los caminos. Esta norma, de conformidad a la amplitud de su contenido, debe entenderse aplicable tanto a la extracción de materiales de empréstito de origen fluvial y no fluvial.
D.S. Establece las condiciones normas y | El Prevencionista de Riesgos en N2298/1995 procedimientos aplicables al|conjunto con el Experto Ministerio de | transporte de carga por calles y | Ambiental de la obra, deberán Transporte y | caminos, de sustancias o productos ¡ realizar procedimientos, Telecomunicaci | que por sus características sean | instructivos y capacitación a los ones peligrosas o representen riesgos | transportistas con el fin de evitar
para la salud de las personas, para | cualquier anormalidad en dicho la seguridad pública o para el | traslado.
medio ambiente. Las disposiciones del presente decreto son sin| Además prepara un Plan de perjuicio de la reglamentación | Contingencia en caso de ocurrir especial que se aplicable a cada | cualquier emergencia.
producto peligroso en particular. El transporte de productos explosivos y materiales radiactivos debe efectuarse conforme a las normas específicas dictadas pro el Ministerio de Defensa Nacional, y el Ministerio de Minería, respectivamente y por las disposiciones del presente reglamento, siempre que no sean incompatibles con dichas normas específicas.
11.1.2.12. Otras Normativas
Adicionalmente durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto “Mejoramiento Ruta 199-CH, Sector Puesco — MamuilMalal, Región de La Araucanía” el titular ha incorporado dentro la siguiente normativa ambiental aplicable:
- Ley N” 16.744 Control de Riesgos de Accidentes y Enfermedades Profesionales. 144
RCA N*122/2013EIA del proyecto "Mejoramiento Ruta 199- CH, sector Puesco-Paso Mamuil Malal, Región de La Araucanía"
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D.F.L. N* 1.122/81 Código de Aguas y sus modificaciones.
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Reglamento de Suelo, Agua y Humedales de la Ley N” 20.283, Sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal y sus Reglamentos.
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Decreto N” 75/87 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones; con énfasis en el Artículo N” 2 del mencionado Decreto.
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Ley N” 17.798/72 del Ministerio de Defensa Nacional; Establece el Control de Armas.
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Reglamento de Suelo, Agua y Humedales de la Ley N” 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal y sus Reglamentos.
-
Que, de acuerdo a los antecedentes contenidos en el proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto "Mejoramiento Ruta 199- CH, sector Puesco-Paso Mamuil Malal, Región de la Araucanía", éste requiere para su ejecución los permisos de carácter ambiental de los siguientes artículos N* y descripción de permisos, contemplados en el Título VII del artículo 2 del D.S. N2 95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. De lo anterior se puede observar lo siguiente:
12.1. Referente al PAS del Art. 89 del D.S. 95/01, permisos para la extracción de ripio y arena en los cauces de los ríos y esteros, a que se refiere el artículo 11 de la Ley N” 11.402.
Durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto, se establece que no es aplicable, dado que la cantidad total de áridos a utilizar es de aproximadamente 93.000 m3, el cual ha considerado todas las estructuras que requerirán dicho material (terraplenes, rellenos, gaviones, base y sub base granular, carpeta granular, doble tratamiento, concreto asfáltico, hormigones, entre otros).
Considerando que el proyecto será sometido a un proceso de licitación, el titular establece que tramitará y aprobará de manera sectorial los permisos relacionados a la extracción de áridos, a través de la Municipalidad respectiva en caso de pozos secos y entregar los antecedentes técnicos a la DOH en caso de ser extraídos desde cauces naturales.
Además se compromete a exigir un registro visual de los caminos que se utilizarán, de manera que estos se restituyan al momento de cierre de los empréstitos, a lo menos a una condición igual a la original.
indica que en ningún caso, los empréstitos se emplazarán dentro del Parque Nacional Villarrica.
12.2. Referente al PAS del Art. 91 del D.S. 95/01, se establece que las instalaciones no se efectuarán al interior del parque nacional, por lo que deberán autorizarse previo al inicio de la etapa de construcción ante la Autoridad Sanitaria, indicando además que dicha condición deberá quedar establecida dentro del proceso de licitación al cual será sometido el proyecto (Ord. N” A20-712/2013 de fecha 19 de abril de 2013).
12.3. Referente al PAS del Art. 93 del D.S. 95/01, permisos para la construcción, modificación, y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basura y desperdicios de cualquier clase, o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. N* 725/67, Código Sanitario.
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Durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto, el PAS 93 fue informado favorable por la SEREMI de Salud, Región de La Araucanía, condicionado a que el proyecto no efectuará tratamiento de residuos sólidos al interior del parque nacional, solo su almacenamiento transitorio para posteriormente ser destinado a lugares previamente autorizados ante la Seremi de Salud. Indicando además que dicha condición deberá quedar establecida dentro del proceso de licitación al cual será sometido el proyecto (Ord. N* A20-712/2013 de fecha 19 de abril de 2013).
12.4. Referente al PAS del Art. 102 del D.S. 95/01, permiso para la corta o explotación de bosque nativo, en cualquier tipo de terrenos, o plantaciones ubicadas en terrenos de aptitud preferentemente forestal, a que se refiere el artículo 21 del Decreto Ley N 701, de 1974, sobre Fomento Forestal, cuya corta o explotación sea necesaria para la ejecución de cualquier proyecto a actividad de las señalas en el artículo 3 del D.S. N 95/01.
Durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto, el PAS del Art. 102 fue informado favorable por la Dirección Regional de CONAF, Región de La Araucanía (Ord. N? 9-EA/2013 de fecha 18 de abril de 2013) con el siguiente detalle de la intervención:
Corta de 2,24 há de bosque nativo, donde se reforestará una superficie del mismo tamaño (2,24há), con una densidad de 2500 plantas/hectárea. El detalle es el siguiente:
Especie | Plantas por hectárea
Coigúe | 750
Raulí 800
Roble 800
Tepa 75
Notro 75
Total 2500
12.5. Referente al PAS del Art. 104 del D.S. N* 95/01, permiso para la corta o explotación de la especie vegetal de carácter forestal denominada Pehuén — Araucaria araucana (Mol.) K. Koch — cuando esta tenga por objeto la habilitación de terrenos para la construcción de obras públicas, a que se refiere el Decreto Supremo N” 43 de 1990, del Ministerio de Agricultura.
Durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto, el PAS 104 fue informado favorable por la Dirección Regional de CONAF, Región de La Araucanía (Ord. N* 9-EA/2013 de fecha 18 de abril de 2013) para una intervención de 8 ejemplares de Araucaria araucana y una reforestación de 2000 ejemplares de la especie en una superficie de dos hectáreas;
Detalle del enriquecimiento:
Especie | Plantas por [Total proyecto hectárea
Araucaria | 1000 2000
Lenga 150 B00
Ñirre 50 100
Total 1200 2400
Además, esta autorización queda condicionada a la tramitación y aprobación sectorial, la que deberá incluir los siguientes antecedentes adicionales:
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En el punto 1.13 Uso actual del suelo debe indicar la superficie real de bosque y la de renoval, plantaciones no existen en el Parque Nacional Villarrica, sería bueno revisar el Plan de Manejo del Parque Nacional.
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En el punto 1.14 Roles de avalúo debe indicar los roles de los colindantes información disponible en la administración del Parque Nacional Villarrica en Pucón.
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En el punto 2.1.4 Características físicas del sitio a intervenir debe indicar el nombre de la Serie de Suelos información disponible en el Plan de Manejo del Parque Nacional.
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En el punto 2.2.1.Características de especies vegetales debe describir las especies arbustivas presentes en la zona de intervención.
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En el punto 2.2.2. Características de los ecosistemas principales del sitio a intervenir debe indicar solo el estado de desarrollo.
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En el punto 2.2.5 Características de las principales amenazas al sitio a intervenir debe indicar la presencia de animales exótico como lo hace en otros puntos, jabalí es uno de ellos.
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En el punto 3.1.3 párrafo B) Instalación, Operación y Abandono de las faenas, al momento de presentar el Plan de Manejo en la Oficina Provincial Cautín, deberá tener identificada la zona a utilizar con coordenadas e individualizada en la cartografía del plan.
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En el párrafo E) Apertura, manejo y cierre de botaderos la CONAF manifiesta la posibilidad de disponer de un sector en el parque nacional para los materiales inertes, debiendo ser aprobadas por el personal señalado y por personal de CONAF.
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En el párrafo G) Transporte de material de construcción y movimientos de maquinarias debe explicar de mejor forma la actividad.
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En el párrafo l) instalación de elementos de control estas deben ser aprobadas y consensuadas por CONAF, sobre todo lo que corresponde a señalética.
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En el párrafo L) Pavimentación debe describir de mejor forma la actividad a realizar o anexar la información al momento de la presentación definitiva.
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En el punto 3.2.1. Tipo de intervención, debe indicar que la intervención a realizar será “corta” de ejemplares de araucaria (ley 20.283), además debe actualizar el año de ejecución.
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En el punto 3.2.2. Parámetros de cada intervención propuesta, debe llenar el cuadro que corresponde a Corta.
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En el punto 4. Programa de Preservación del bosque, debe separar en la tabla las actividades de reforestación y enriquecimiento y dejar claro cuál es la cantidad de plantas
por ha para cada una de las actividades.
- En el punto 5. Medidas para asegurar la continuidad de la especie, debe separar en la tabla las actividades de reforestación y enriquecimiento.
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En el punto 5. Lugar de reforestación, debe identificar la zona a reforestar junto a la cartografía y coordenadas.
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En el punto 5. Características de las plantas, se sugiere que la selección de estas la realice un ingeniero forestal o alguna persona con conocimientos comprobados en el tema.
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En el punto 5. Medida N? 4 Protección de fauna silvestre debe indicar solo las medidas de protección que se realizarán y evitar comentarios adicionales como el último párrafo.
Que la Comisión de Evaluación IX Región de la Araucanía sólo está facultada para pronunciarse respecto de la calificación ambiental del proyecto, por lo cual, para que éste pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las demás normas vigentes que le sean aplicables.
RESUELVE:
1”.- CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Mejoramiento Ruta 199- CH, sector Puesco-Paso Mamuil Malal, Región de La Araucanía", presentado por el Señor Mariana Concha Mathiesen, en representación de Ministerio de Obras Públicas, condicionándolo al cumplimiento de los requisitos, exigencias y obligaciones establecidas en la presente Resolución.
2”.- CERTIFICAR que el proyecto "Mejoramiento Ruta 199- CH, sector Puesco-Paso Mamuil Malal, Región de La Araucanía", de Ministerio de Obras Públicas, en la medida que se ejecute en el marco de los requisitos, condiciones, exigencias y obligaciones establecidas en la presente Resolución, cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable, con los requisitos ambientales de los permisos mencionados en los artículos N* 93, 102 y 104, del Reglamento del SEIA y que respecto de los efectos, características y circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N£ 19,300, se han establecido las medidas de mitigación, reparación y compensación apropiadas.
3".- El titular cargarán las exigencias ambientales que se establezcan en la RCA, al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente (www.compromisos-ambientales.cl). Dicho ingreso deberá materializarse en un plazo no superior a seis meses contados desde la fecha de notificación de la RCA, de notificación de la resolución que resuelve la reclamación administrativa o, en su caso, desde que quede firme y ejecutoriada la sentencia judicial, según correspondiere.
4”.- HACER PRESENTE que la presente Resolución no exime al Ministerio de Obras Públicas, o quien le suceda legalmente en sus derechos, de la obligación de solicitar las autorizaciones o permisos ambientales que, de acuerdo con la legislación vigente, deben emitir los organismos del Estado competentes.
5”.- HACER PRESENTE que una vez emitida esta Resolución, ningún órgano podrá negar las autorizaciones de su competencia aduciendo razones ambientales, como tampoco incluir exigencias adicionales de carácter ambiental a lo ya resuelto por esta Comisión, como requisito de aprobación.
6”.- HACER PRESENTE que las normas, condiciones o exigencias en base a las cuales se dicta la presente Resolución serán fiscalizadas por la Superintendencia de Medio Ambiente, todo lo cual se entiende sin perjuicio de las atribuciones sectoriales que le correspondan, en esta materia, a los Municipios de la Región de La Araucanía, en especial
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a la ilustre Municipalidad de Curarrehue, Corporación Nacional Forestal, Autoridad
Sanitaria y Superintendencia del Medio Ambiente.
7”.- DEJAR CONSTANCIA que contra la presente Resolución procede el Recurso de Reclamación establecido en la Ley N” 19.300 en el Art. 20 y 29, cuyo plazo para interponerlo es de 30 y 15 días hábiles respectivamente, contados desde la notificación de la presente Resolución, ante el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad del Servicio
de Evaluación Ambiental.
Anótese, Notifíquese y Archívese.
SECRETARIO COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS Ñ REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
- Sra. Mariana Concha Mathiesen Directora General de Obras Públicas
-
Superintendencia de Medio Ambiente
-
Subdirección Nacional Temuco CONADI
-
Consejo de Monumentos Nacionales
-
Gobierno Regional, Región de la Araucanía
e Ilustre Municipalidad de Curarrehue
-
SEREMI de Medio Ambiente, Región de La Araucanía
-
SEREMI Bienes Nacionales
-
SEREMI de Agricultura, Región de la Araucanía
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SEREMI de Salud, Región de La Araucanía
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SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de la Araucanía
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COMISION DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS
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REGION DE LA ARAUCANIA
SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de la Araucanía SEREMI MOP, Región de la Araucanía
Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur
Corporación Nacional Forestal, Región de la Araucanía Dirección Regional de Aguas, Región de la Araucanía
Dirección Regional del SAG, Región de la Araucanía
Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de la Araucanía Dirección Regional de Pesca, Región de la Araucanía
Dirección Regional de Turismo, Región de la Araucanía Dirección Regional de Vialidad, Región de la Araucanía
Ángela Muñoz Vásquez
Belén Caamaño Cumiquir Daniela Morales
Daisy Loncon
Darling Ulloa
Doris Cumiquir Martínez
Edith Eugenia Cumiquir Martínez Gislen Carrasco Cumiquir
María Cifuentes Paredes
. María Paz Purrin Mundaca
. Marisol Riffo Aravena
. Norma Paredes Leiva
. Paola Durán Tronomil
. Sandra Mabel Tiznado Albornoz . Sonia Hermosilla Nome
. Sonia Sabugal Saldaña
. Susana Concha Tagle
. Tamara Moraga Cumiquir
. Teresa Haydée Caro Cancino
. Yasmin Garrido Ulloa
. Yessica Martínez Ramírez
. Waleska Cortez Cumiquir
. Wilma Fonfach Rivas
. Andrés Fresno B.
. Aquiles Caamaño Cumiquir
. Claudio Rodrigo Ansorena Gutiérrez . Claudio Henríquez
. Christian Cartes Flores
. Ebaldo Hernán Contreras Cea
. Edgardo Dumihuala Morales
. Eduardo Cumiquir Paredes
. Exequiel Ulises Caamaño Cumiquir . Fabián Alberto López
. Germán Guido Paredes Martínez . Gustavo Alejandro Díaz Cabello
. Héctor Carrasco Ruiz
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REGION DE LA ARAUCANIA
. Hipólito Barriga G.
. Humberto Martínez Morales
. Jorge Paredes Martínez
. José Aladino Llancafilo Colpihueque . José Ramiro López Valle
. Luis Antonio Colicoy Turra
. Pierre Gilbert Rescaglio
. Raúl Roa de La Jara
. Urbano Riffo Soto
. Williams Caamaño Cumiquir
Organizaciones Jurídicas
1.
NSoQmpun
C/c:
Junta de vecinos N* 8 El Fortín de Huitraco Comité de Salud de Huitraco
Mesa Mujer Rural de Curarrehue
Cámara de Turismo Curarrehue
Taller Laboral Raygu Rimgy
Agrupación de Teatro Artru
Fundación Fray Francisco Valdés Subercaseaux
Patricia Espinoza Del Pozo Ing. Cristian Andrés Lineros Luengo Encargada Participación Ciudadana
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