Evaluación SEA

Relleno Sanitario Manual Residuos Sólidos Domiciliarios e Industriales No Peligrosos

Rol 6400848
SEA · DIA · Aprobado · 2011-12-21 · Región de Magallanes y de la Antártica Chilena · Forestal Russfin Ltda.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN XII REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

Califica Ambientalmente el proyecto "Relleno Sanitario Manual Residuos Sólidos Domiciliarios e Industriales No Peligrosos"

Resolución Exenta N* 072/2012

Punta Arenas, 3 de Abril de 2012

VISTOS:

1.- La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto “Relleno Sanitario Manual Residuos Sólidos Domiciliarios e Industriales No Peligrosos”, presentada por el Señor Luis Torres Gómez — Garfias, en representación de Forestal Russfin Ltda., con fecha 21 de diciembre de 2012.

2.- — Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

2.1.- Con Relación a la Declaración de Impacto Ambiental

Oficio N2095 sobre la DIA, por Servicio Agricola y Ganadero, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 26/12/2011; Oficio N393/2011 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 06/01/2012; Oficio N4- EA/2012. sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 12/01/2012; Oficio N54 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 12/01/2012; Oficio N008 sobre la DIA, por Servicio Nacional de Turismo, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 12/01/2012; Oficio N%036 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 12/01/2012; Oficio N%34 sobre la DIA, por Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 12/01/2012; Oficio N032 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 13/01/201 2; Oficio N17 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 16/01/2012; Oficio N'0218 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 16/01/2012; 2.2.- Con Relación al Adenda N*1

Oficio N093/2012 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 06/03/2012; Oficio N99 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 14/03/2012; Oficio N107 sobre la Adenda 1, por Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 14/03/2012; Oficio N%223 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 15/03/2012; Oficio N"226 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 15/03/2012; Oficio N*086 sobre la Adenda 1, por Servicio Nacional de Turismo, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 16/03/2012;

3.- El Acta de la Sesión N*12 la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, de fecha 03 de abril de 2012; 4.- Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la

Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Relleno Sanitario Manual Residuos Sólidos Domiciliarios e Industriales No Peligrosos”.

5.- — Lo dispuesto en la Ley N19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2 del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N1600/2008, de la Contraloría General de la República; y las demás normas aplicables al proyecto.

CONSIDERANDO:

, Comisión de Evaluación de Magallanes y Antártica Chilena debe velar por el cumplimiento

de todas: Jos requisitos ambientales aplicables al Proyecto “Relleno Sanitario Manual Residuos Sólidos Domiciliarios e Industriales No Peligrosos”; SECRETARA chiderecho de Forestal Russfin Ltda. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de odas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las e diglones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales S sdJés que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

3.-

3.1.-

Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto “Relleno Sanitario Manual Residuos Sólidos Domiciliarios e Industriales No Peligrosos” contempla la habilitación de un Relleno Sanitario Manual donde manejará, según temporada autorizada por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, residuos sólidos gencrados durante el faenamiento primario y temporal de animales silvestres (Guanacos), en la Estación de Faenamiento Primario y que se cazan entre los meses mayo y agosto de cada año, en el sector Centro Sur de Tierra del Fuego, además de residuos sólidos domésticos y asimilables generados todo el año en las instalaciones de Forestal Russfin.

El Relleno se habilitará en terrenos de Forestal Russfin Ltda. (Ruta Y-85. Km $5. Comuna de Timaukel), ocupará una superficie máxima de una hectárea y se manejará mediante el método de trincheras alternadas y excavadas en el terreno, que se habilitarán cada 12 meses, trabajando con una trinchera a le vez de un total de 10,

En el Relleno, se manejaran: residuos orgánicos (Industriales No Peligroso), domiciliarios y asimilables a domésticos. Los residuos orgánicos tendrán su origen en el faenamiento primario (Decreto 77/2009 MINSAL. Subsecretaria de Salud Pública) de animales silvestres (Guanaco), que se cazan entre los meses mayo y agosto de cada año, en el sector Centro Sur de Tierra del Fuego, con autorización del Servicio Agrícola y Ganadero; Los residuos domiciliarios y asimilables a domésticos, tienen su origen en el campamento de Forestal Russfin.

Tipo Residuos Cantidad Diaria Cantidad Mensual Cantidad Anual Observaciones

Domésticos 128 Kg/día 3.840 Kg/mes 46.080 Kg/año Todos días del mes

KR. Sólidos Asimilables (1) R, Sólidos Asimilables No 6,123 Kg/Dia 152,3 Kg'mes 1.827,6 Kg/año Dias laborales 22 Peligrosos (2)

Total 2.513,9 Kg/dia 56.330,3 Kg/mes | 204,921,6 Kg/año

2.379 Kgdía 52.338 Kg/mes 157.014 Kg/año op a

Nota: (1). Se refiere a residuos sólidos orgánicos, de la faena de la guanaco. (2). Se refiere a residuos sólidos, basura, desechos o desperdicios generados en procesos industriales, que no son considerados residuos peligrosos de acuerdo a la legislación sanitaria vigente (textiles, metales distintas medidas y virutas distintas)

Localización

El proyecto se habilitará en terrenos de Forestal Russfin Ltda., Ruta Y-85, Km 180 Comuna de

Timaukel, Proyincia de Tierra del Fuego, Región de Magallanes y Antártica Chilena.

SE Coordenada

3.1.2.- Superficie

3.2.-

Las coordenadas geográficas son:

Coordenadas UTM WGS 1984 Huso 19 Vértice Norte Este 4043776 487592 4043794 487691 4043678 487610 4043698 487707

aloja"

Obra o Instalación Superficie Relleno Sanitario 10.000 m?

Camino de Acceso 750 m2 Casilla (Bodega) 6imé

Definición de sus partes, acciones y obras físicas

3.2.1.- Etapa de Construcción

3.2.1

L.- Camino Interior

Se habilitará un camino de 241 m longitud, respetando la topografía del área, con un ancho de 3 m, con una capa (rodado) de material integral de 0.10 metros y que comunicará el Relleno Sanitario con un camino predial existente. Estará provisto de toda señalización necesaria para evitar accidentes y guiar al vehículo en su recorrido en el interior del Relleno Sanitario Manual (D.S. N 189/2005. Art. N 33), E

El camino de acceso del Relleno Sanitario, asi como los caminos internos de circulación, serán mantenidos y estarán transitables en toda época del año (D.S. N” 189/2005, Art. IN" 33).

3.2.1.2.- Cierre Perimetral

El Relleno Sanitario contará con un cierre perimetral para que impedirá el acceso de animales y personas ajenas a las faenas propias del Relleno (D.S. N” 189/2005. Art. N* 14).

3.2.1.3.-

3.2,1.4.-

3.2.1.5.-

3.2.1.6.-

3.2.1.7.-

3.2.1.8.-

DE EVAZ,

Y,

Trinchera En el sitio habilitado para relleno sanitario se construirá, cada 12 meses, una trinchera para manejar los residuos generados en las instalaciones (Campamento y/o Estación de Faenamiento Primario) con las siguientes dimensiones: 30 m de largo x 2.5 m de profundidad, ancho base 4 m y a nivel superficial 7.4 m (talud 1/1). Durante la vida útil del Proyecto se habilitarán 10 trincheras. El Relleno Sanitario tendrá celdas que no superarán los 2,5 m de profundidad, razón que junto a la cohesividad del terreno, permite utilizar taludes a 45%, en reemplazo de los de 30? aceptados para terrenos arenoso. Debido a la poca profundidad, no existe riesgo mayor de deslizamiento, y la resistencia al corte del terreno supera los esfuerzos deslizantes con un coeficiente superior a 1,5. Método de Construcción de la trinchera: l. Se retirará el escarpe, el cual se depositará en lugar previamente definido para su uso posterior, durante el abandono para recuperar la cubierta vegetal del sitio intervenido. 2. Se retirará el estéril (arcilla) momentáneamente. Se deposita en el borde superior. Posteriormente, se utiliza para sellar el fondo de la trinchera o cobertura diaria. 3. Se retira el material granular (Material de acarreo fluvial), se deposita en el borde superior y se utiliza para la cobertura diaria y final. 4. Se impermeabiliza el fondo y las paredes de la trinchera, mediante la colocación de una geomembrana.

Construcción del Sistema de Intercepción Perimetral de Aguas Lluvias y Escorrentías Superficiales Para evitar el ingreso de agua lluvias o escorrentías superficiales a la trinchera, se proyecta la construcción de un Pretil Perimetral en torno a la trinchera que desviará y descargara el agua fuera del área de trabajo.

Habilitación del Sistema de Impermeabilización Después de excavada la trinchera, una vez extraídos todos los elementos que constituyan una irregularidad en su base de fundación y nivelada a las pendientes requeridas (3% en general) por el proyecto, conforme a lo estipulado en el art. 17 del D.S. 189/2005, se procederá a impermeabilizar el terreno, instalando una geomembrana, que cubrirá toda la superficie donde se apoyarán los residuos (fondo y paredes). Todo conforme a lo estipulado en el art, 20 letra a) del D.S, 189/2005. El sistema de impermeabilización considerará las características mecánicas de suelo de fundación (especialmente la permeabilidad y capacidad de soporte). La instalación de la geomembrana se realizará siguiendo las recomendaciones del fabricante y condiciones particulares del terreno. De acuerdo a las especificaciones del fabricante se establece que los valores de permeabilidad de una geomembrana HDPE (geomembrana de polietileno de alta densidad) está en un rango de 1x10-12 y 1x10-15 m/s, se consideran impermeables,

Sistema de Manejo de Lixiviados El sistema para manejar los lixiviados se habilitará en el fondo de cada trinchera. Todo para permitir su evacuación por gravedad o mecánicamente (con bomba). La trinchera tendrá una pendiente de 3 % en su ancho y longitud (equivalente a la del terreno superficial). El drenaje estará constituido por un zanja de 0.20 m de ancho y 0,20 m de profundidad, ubicado a un costado del radier (base), Esta zanja-dren, se rellenará con grava, la cual tendrá incorporada una tubería de 110 mm tipo drenaflex, para asegurar el escurrimiento de los líquidos lixiviados a un extremo de la trinchera, desde este punto el líquido será extraido gravitacionalmente, con motobomba o con bomba sumergida.

Piscina de Almacenamiento Temporal de Lixiviados Se construirá un máximo de tres piscinas de almacenamiento temporal de lixiviados, y el

tamaño de las piscinas serán de 64 m? de base (8 x 8 m), altura 1,0 m y talud 1/1. Este tipo de piscinas se diseñan para manejar los lixiviados en situaciones extremas (contingencias) y para eventualmente reducir su volumen por evaporación. Para posteriormente reinyectarlo a la trinchera. Caracterización de Aguas Subterráneas Para analizar los resultados de los monitoreos que se desarrollarán en la etapa de operación y abandono — cierre del Relleno Sanitario se realizará el monitoreo y control del Relleno Sanitario Manual de Residuos Sólidos que cumplirá con el D.S. N* 189/2005, del MINSAL Titulo IV. Durante la operación del Proyecto, se implementará un programa de monitoreo y Cepguimieno de las aguas subterráneas del sector, Se tomará una muestra anual para su análisis sun laboratorio certificado. Los parámetros a monitorear serán: Conductividad Eléctrica, ¡lo ro, Turbiedad, DBO5, DQO, Sólidos Suspendidos Totales, Hierro, Magnesio, Nitrógeno Amóniacal, Nitrógeno Kjeldahl, Sulfatos, Alcalinidad Total, Sodio. unto de muestreo de las aguas subterráneas será el Pozo Profundo que existe en las alaciones de Forestal Russfin a 718 m al nor - poniente del Relleno Sanitario, (Coordenada atum WGS 84, Huso 19 F, 487286E — 4043219N). Extrapolando con la profundidad a la que se encuentra la napa en los pozos de captación existentes, se presume que en el área del relleno

las napas se encuentran a una profundidad de 30 m. aproximadamente). Además, el Proyecto contempla la instalación de dos piezómetros, uno aguas arriba y otro aguas abajo del relleno sanitario, con una profundidad de 6 m cada uno, con el objeto de medir el nivel de aguas subterráneas si existiesen y proceder al monitoreo anual (antes y durante la operación) exigido por el D. S, N 189/2005, Art. N 47. Cada piezómetro tendrá una longitud de 6 m, entre los 4 y 6 m se ubicarán las perforaciones, este sector estará protegido por un geotextil para evitar la obstrucción de las perforaciones por pequeñas piedras o impurezas presentes en cl agua. Cada piezómetro se instalará en el lugar con el apoyo de una excavadora. 3.2,2.- Etapa de Operación La operación del Relleno Sanitario Manual de Residuos Sólidos cumplirá con el D.S. N* 189/2005, del MINSAL, Titulo IV, que tiene relación con la Habilitación y Operación del Relleno Sanitario. La operación considera: Ingreso y Recepción de los Residuos Sólidos al Relleno Sanitario. Programa de avance mensual. Disposición de los Residuos en la trinchera. Cobertura diaria y final de los residuos. Control de Vectores y Emisión de Olores. Medidas de prevención y/o control de aves. Plan de Contingencia «Sistema de Administración, Control y Registro. 3.2.2.1.- Método de Operación El método de operación de proyecto se encuentra descrito en cl Plan de Operaciones, en el anexo Á de la Adenda, y a modo general, podemos señalar lo siguiente: 3.2.2.1.1.- Método

Los residuos se manejaran en trincheras individuales, que se habilitaran cada 12 meses. Se

trabaja con una trinchera a la vez; antes de colocar la cobertura final para el proceso de

cierre de la trinchera en operación, se iniciará la excavación y habilitación de una nueva trinchera, para no perder la continuidad operativa del Relleno Sanitario. 3.2.2.1.2.- Descripción

a) Los residuos (domésticos y orgánicos) serán trasladados al relleno, en un carro cubierto, desde el campamento o Estación de Trabajo Temporal dos veces al día (mañana y tarde), durante la Faena del Guanaco (Mayo — Agosto) y una sola vez al día, durante el resto del año.

b) En el relleno, los residuos serán depositados desde la parte superior de la trinchera. El depósito se efectuará en un sólo sector (restringido y pequeño). Esta acción, facilitará el trabajo manual del operario y la cobertura diaria.

c) La cobertura se realizará inmediatamente para evitar la presencia de vectores, emisión de olores, afloramientos de líquidos y permitir la estabilización microbiológica de los residuos.

d) El material de cobertura será depositado manual y uniformemente desde la parte superior de la trinchera por los operarios. Una vez cubierto los residuos se procederá a compactar mecánicamente, con una placa manual, el material para conseguir un adecuado aislamiento con el medio y una superficie apta para un asentamiento posterior y uniforme del relleno.

e) La capa de cobertura diaria tendrá entre 20-30 cm de espesor, con una conductividad hidráulica no mayor de 10-4 cm/s (D.S. N* 189/2005, Art, N” 38).

D No se removerá la cobertura diaria en cl Relleno Sanitario, la que mantendrá en todo momento su espesor mínimo (D.S. N 189/2005. Art. N 39).

3.2.2.1.3.- Equipo Mecánico y Manual La maquinaria de apoyo que considera el proyecto es la siguiente:

Equipo Uso Observaciones

Construcción y Habilitación de trincheras Apoyo para la construcción y habilitación de trinchera

Retroexcavadora Se utilizará una vez al año

Cargador Frontal Se utilizará periódicamente

Placa Compactadora (Cargador Compactación diaria de residuos | Se utilizará durante la etapa de Frontal) y cobertura diaria operación Motobomba Manejo de lixiviados Desde trincheras — piscma — trinchera (reinvyección) 3.2,2.1.4.- Control de Vectores y Emisiones de Olores

a) Control de Vectores, Durante la vida útil del Proyecto, todo el perímetro del Relleno Sanitario Manual se mantendrá libre de roedores. Se implementará un programa de control de vectores, desarrollado por un profesional autorizado por la Autoridad Sanitaria. El programa contemplará la colocación de cebos de veneno anticoagulante de

segunda generación, en bloque parafinados, protegido de las condiciones ambientales. Los cebos van ubicados al interior de un tubo de PVC de 7,5 cm de diámetro o en pequeñas cajas plásticas para evitar que los animales no sujetos a control puedan acceder al veneno y para su fácil y rápida identificación. Los artefactos indicado, estarán rotulados con la escritura, “PELIGRO VENENO”, numerados en forma correlativa, revisados semanalmente y repuesto el cebo de ser necesario. Esta actividad se registrará en el libro dispuesto para este fin.

b) Control de la Emisión de Olores. Las medidas de prevención y/o control de olores y de otros parámetros, estarán basadas fundamentalmente en la eficiente y sistemática cobertura diaria de los residuos.

La cobertura diaria:

¡Permitirá controlar olores, reduce la migración de gases que se podrian generar al interior del relleno, evitara el afloramiento de lixiviados y minimizara la infiltración del agua de precipitación sobre la masa de residuos orgánicos.

s, Asegurara el confinamiento de los residuos a través del tiempo, inclusive después de terminada y abandonada la trinchera.

úi Aislara los residuos sólidos del ambiente exterior.

iv. Permitirá crear en un menor tiempo condiciones anaeróbicas para la estabilización microbiológica de los residuos.

y. — Impedirá la propagación de vectores sanitarios (insectos y aves rapiña).

c) Otras Medidas. La aplicación de fumigación y/o desinsectación del área de relleno con insecticidas con efecto residual, sólo se efectuará como una medida de excepción, y ante la existencia de problemas puntuales que pudiesen presentarse. La aplicación de este tipo sustancia contribuye al desarrollo de resistencia de los insectos a los insecticidas.

3,2.2.1.5.- Monitoreo y Control de la Operación

El monitoreo y control del Relleno Sanitario Manual de Residuos Sólidos cumplirá con el D.S, N 189/2005, del MINSAL Titulo IV, que tiene relación con las actividades de monitoreo y control de la operación del Relleno. Durante la operación del Proyecto, se implementará un programa de monitoreo y seguimiento de las aguas subterráneas del sector. Se tomará una muestra anual para su análisis en un laboratorio certificado. Los parámetros a monitorear serán: Conductividad Eléctrica, Cloruro, Turbiedad, DBO5, DOO, Sólidos Suspendidos Totales, Hierro, Magnesio, Nitrógeno Amoniacal, Nitrógeno Kjeldahl, Sulfatos, Alcalinidad Total, Sodio. El punto de muestreo de las aguas subterráneas será el Pozo Profundo que existe en las instalaciones de Forestal Russfin a 718 m al nor - poniente del Relleno Sanitario, (Coordenada Datum WGS 84, Huso 19 F, 487286E — 4043219N). Además, el Proyecto contempla la instalación de dos piezómetros, uno aguas arriba y otro aguas abajo del relleno sanitario, con una profundidad de 6 m cada uno, con el objeto de medir el nivel de aguas subterráneas si existiesen y proceder al monitoreo anual (antes y durante la operación) exigido por el D. S. N 189/2005, Art. N* 47. Cada piezómetro tendrá una longitud de 6 m, entre los 4 y 6 m se ubicarán las perforaciones, este sector estará protegido por un geotextil para evitar la obstrucción de las perforaciones por pequeñas piedras o impurezas presentes en el agua. Cada piezómetro se instalará en el lugar con el apoyo de una excavadora.

Los resultado del monitoreo de las aguas subterráneas serán presentados a la SEREMI del

Medio Ambiente y a la Autoridad Sanitaria de la Región de Magallanes y Antártica Chilena

respectivamente, mientras no entren en vigencia las funciones de fiscalización y sanción de

la Superintendencia del Medio Ambiente. 3.2.2.1.6.- Recirculación de Lixiviados

El diseño y manejo del relleno considera la contención de los liquidos dentro de la trinchera.

Por lo tanto, no se espera afloramientos de líquidos en la superfície o derrame fuera de la

trinchera durante la operación del Relleno. Con todo y dependiendo del volumen, el líquido

lixiviado generado, podrá ser extraído mecánicamente de la trinchera y reinyectado en la misma o en otra trinchera periódicamente para su recirculación. Además y eventualmente podría ser depositado temporalmente en una de las tres piscina de contención que considera el proyecto para reducir su volumen por evaporación, para luego reinyectarlo al sistema de trincheras. Plan de Contingencia ¿El presente Plan de Contingencia para la etapa de operación y abandono cumplirá con el TS. N* 189/2005 (Articulo 43), del Ministerio de Salud. La implementación y superación AA contingencia será responsabilidad del encargado del relleno Sanitario y se procederá de SECRETARIA! rdo a lo establecido en el Anexo B de la Adenda. El Plan de Contingencia considera: ER ens Operacionales

y E ES 13

E, eS Contingencia Acción a Implementar

Accidente al interior del relleno Atención de primeros auxilios en terreno. Traslado al sanitario Policlínico de la Forestal. Evaluación y posible traslado al

Hospital de Porvenir.

  • Agotamiento del agua lluvia en el área

Trincheras Rebalsadas por fuertes - Construcción de pretiles para interceptar y desviar las aguas lluvias o deshielos lluvias o deshielos.

-Disposición de lixiviados en trincheras cerradas y en proceso de abandono,

Reparación de la geomembrana. Análisis de las aguas subterráneas.

Rompimiento de la Geomembrana.

Aumento de lixiviados en piscina de Reinyección del lixiviado en las trincheras (nueva y almacenamiento temporal, antiguas).

Falla de motobomba o bomba Remplazo. Se mantendrán en el relleno dos bombas para sumergida, enfrentar contingencia,

Extinción del fuego con medios propios (extintores) y con

Combustión en la(s) Trinchera(s). apoyo de trabajadores y elementos de la Forestal.

Medidas para prevenir o controlar incendios en el Relleno Sanitario Manual:

  • — Los operarios tienen prohibido fumar en el frente de trabajo (trincheras).

  • — Se colocaran carteles para evitar con los trabajadores “tiren” colillas de cigarrillos en los contenedores de residuos domésticos.

  • Los operarios dispondrán de un extintor en el Relleno Sanitario.

  • Los operarios serán capacitados para evitar los incendios y/o para extinguirlos.

b) Acciones Ambientales

Contingencia Acción a Tomar Colapso de las capas superiores del Construcción de pretiles de contención y retiro de los relleno y arrastre de lixiviados, lixiviados a la piscina de acumulación. Depresiones de la superficie del Se colocara material de cobertura de las mismas Relleno Sanitario por asentamiento de | características, en capas compactadas de espesor no superior la masa de residuos. 20,30 m, hasta alcanzar cota y superficie original,

  • Monitorear Cobertura Final para descubrir fallas (grietas).
  • Caracterizar las grietas para conocer causas u origen. Generación de grietas - Colocar nuevo material compactado hasta alcanzar cota y superficie original. La compactación podrá ser manual o mecánica,

  • Monitoreo y análisis de las aguas subterráneas.

  • Aumento de la frecuencia de monitoreo,

  • Aviso a las Autoridad Sanitaria y Ambiental,

  • Revisión del estado de la cobertura diaria y final de los residuos.

  • Se comprobara e insistirá en la cobertura diaria de los residuos.

  • Mediciones de percepción de olores en el perímetro del relleno según percepción de distancia. Todo para verificar fuente y proceder a la implementación de medidas de mitigación.

  • Revisar el estado operativo del sistema para manejar el biogás,

  • Mejoramiento de la Operación diaria de la trinchera, para evitar la emisión de olores,

  • 5e intensifica programa de control de vectores.

  • Control de cobertura diaria y final permanente; para asegurar condición anaeróbica de la masa de residuos.

  • Apoyo de empresas externas para control de aves,

Contaminación de las aguas subterráneas

Aumento de malos olores,

Aumento de vectores sanitarios

Contaminación o variación de los - Aumento de la frecuencia de monitoreo. parámetros en las aguas subterráneas. - Aviso a las Autoridad Sanitaria y Ambiental, ea de olores en el Relleno - Mejorar la cobertura diaria. anitario, Operario comunica la contingencia a: - Encargado del Relleno Sanitario, Procedimientos para dar aviso ante - Encargado comunica al Gerente de Operaciones de la derrame de lixiviados. Forestal.

  • Gerente de Operaciones informa a la SEREMI Medio Ambiente y Autoridad Sanitaria.

Dentro de las 24 horas siguientes de ocurrido el evento, se remitirá a la Autoridad Sanitaria correspondiente un informe, indicando lo siguiente (D.S. N 189/2005, Art, N 43): ¡ Descripción del evento y sus causas;

o Identificación del área donde ocurrió el evento;

im Daños y riesgos sanitarios ambientales provocados;

w. Acciones o medidas realizadas para la prevención y manejo de la emergencia;

«Medidas adoptadas para la limpieza y restauración de la zona afectada. Adicionalmente, el Titular se compromete a realizar inducción ambiental una vez a la semana a los trabajadores de la empresa que van a operar el relleno sanitario. Se mantendrá registro de las inducciones realizadas en el Expediente Ambiental del Proyecto. '

c) Condiciones Particulares Se informará por escrito a la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Autoridad Sanitaria y Superintendencia de Servicios Sanitarios de la Región de Magallanes y Antártica Chilena respectivamente cualquier derrame de lixiviados producido dentro de las primeras 24 horas de ocurrido. Además, se elaborará un informe de la contingencia en un plazo no mayor de 10 días, el cual será remitido la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Autoridad Sanitaria y Superintendencia de Servicios Sanitarios de la Región de Magallanes y Antártica Chilena respectivamente. El citado informe abordará detalladamente los siguientes ámbitos o temas: 1%, Lugar de la contingencia: trinchera (celda) o piscina de almacenamiento temporal de lixiviados. 2”. Origen y descripción de la contingencia (evento) y sus causas. 3". Identificación y caracterización del área donde ocurrió el evento. 4". Volumen de lixiviado derramado durante la contingencia. 5”. Medidas aplicadas o adoptadas para la limpieza y restauración de la zona afectada. 6”. Número de personas involucradas y maquinaria utilizada en el control de la contingencia. 7”. Componente Ambiental involucrados o afectado por la contingencia. 8%. Daños, riesgos sanitarios y ambientales provocados. 9”. Disposición final de la materia contaminada. 10. Cronograma de seguimiento y control del área recuperada. 3.2.2.1.8.- Sistema Administrativo de Control y Registro En el acceso y previo a la operación del Relleno Sanitario Manual se instalará un letrero, con la siguiente información. Todo según lo establecido por el D.S. N” 189/2005, Art. 29: a) Nombre del relleno sanitario. b) Nombre de la empresa que lo opera el relleno y número telefónico, c) Horarios y días de semana en que se acepta el ingreso de residuos. d) Tipos de residuos autorizados para su disposición. e) Autoridad Sanitaria competente y su número telefónico. La operación del Relleno Sanitario Manual, será responsabilidad del Gerente de Operación de Forestal Russfin o de un profesional nombrado por el. Este profesional llevará el control y registro escrito del tipo, cantidad y volumen o peso de los residuos manejados diario, mensual y anual, según lo establecido por el D.S, N 189/2005. Art. 28 y Art. 31, además del control de ingreso de personas, correcta operación del relleno y cumplimiento de la normativa aplicable a la actividad. El control de ingreso, asegura que se disponga sólo residuos autorizados por la Autoridad, según lo establecido por el D.S. N* 189/2005. Art. EA Horario de funcionamiento. Durante el año funcionará dos horas diarias, de lunes a viernes de 10.00 — 12.00 Horas y durante la “Faena del Guanaco”, cuatro horas diarias de lunes a sábado: dos horas en la mañana y dos horas en la tarde. En el sitio del relleno no se proyecta ninguno tipo de instalación permanente; la operación, sólo requiere un par de horas diarias (dos en la mañana y dos en la tarde; en el periodo de máxima actividad) y por su cercanía con las instalaciones de la Forestal. Sin embargo se instalara una casilla de 6m2, para el resguardo de los operarios (dos) de las condiciones climáticas y como bodega para herramientas manuales, además de la instalación de un baño químico (mantenido por trabajadores de la forestal), un dispensador de 20 litros de agua potable en la casilla y alcohol gel para el aseo personal. 3.2.2.1.9.- Informe Operación Relleno Sanitario Con una frecuencia semestral, se remitirá a la Autoridad Sanitaria un Informe de la operación del Relleno Sanitario, el que dará cuenta, de los siguientes aspectos (D.S. 189/2005, Art. 52): a. Cantidad, origen y tipo de residuos dispuestos en el Relleno Sanitario; b. Resultado de los monitoreos y controles; c. Estado de avance del Relleno Sanitario; d. Generación y volumen acumulado de lixiviados y capacidad de acopio disponible. 3.23.- Etapa de Abandono El Plan de Cierre y Abandono del Relleno Sanitario Manual de Residuos Sólidos cumplirá con el D.S. N” 189/2005, del MINSAL, Titulo VI, que tiene relación directa con el cierre y abandono del

Relleno Sanitario.

Al GhPlan cumplirá con sellar individual y definitivamente cada una de las trincheras del Relleno ditario para asegurar la estabilidad, evitar incidentes que puedan provocar nuevos impactos itarios y ambientales, implementar el monitoreo postcierre y aplicar técnicas agronómicas para

erar el terreno intervenido,

Eresentación E operación del Relleno Sanitario por la metodología utilizada (Sistema de Trinchera) permite «4 apertura, habilitación, operación y cierre de la trinchera en un periodo de 12 meses. Se

sa

323

ba AN

3.2.3.3.-

3.2,3.4.-

3.2.3.5.-

3.2.3.6.-

trabaja con una trinchera a la vez. Antes de colocar la cobertura final para el proceso de cierre de la trinchera en operación, se inicia la excavación y habilitación de una nueva trinchera, para no perder la continuidad operativa del Relleno Sanitario. Por lo indicado en un periodo de 12 meses, ocurre el cierre y abandono de una trinchera y la excavación e inicio de la operación de otra. El cierre y abandono del Relleno Sanitario Manual, ocurre con el cierre y abandono de la última trinchera.

Objetivos Plan de Cierre ¡ Mantención de Cobertura Final de Trincheras y sistema de intercepción perimetral de escorrentias superficiales.

ii. Operación, mantención y seguimiento del Manejo de Lixiviados,

iii. Operación y mantención del Sistema de Monitoreo y Control.

iv. Uso o destino futuro del relleno Sanitario.

Cobertura Final

Este tipo de cobertura tiene por objeto asegurar la mantención del relleno por largo tiempo de fenómenos meteorológicos, físicos y de procesos dinámicos de reasentamiento. Además, de permitir el crecimiento de la vegetación y otros posibles usos del terreno. Esta cobertura quedará compuesta por tres capas (de la más profunda): cobertura diaria compactada (no removida), capa de arcilla (espesor 60 cm y compactada) y capa de tierra vegetal o escarpe (material removido al momento de habilitar la trinchera, con espesor de 30 cm) y tendrá la forma de V invertida con una pendiente de 2% hacia el “pretil perimetral”, que se habilitara en torno a la trinchera, que desviarán y descargaran las aguas de lluvia y deshielos fuera del área de trabajo. Se optó por un pretil para evitar la erosión por acción de las aguas lluvias y de los vientos y podría servir para la cobertura final.

Programa de Seguimiento

El Programa de Seguimiento cumplirá con el D.S. N* 189/2005, Art. 53,

Los objetivos son el seguimiento y mantención de:

a) Estabilidad e integridad de la Cobertura Final.

b) Intercepción perimetral de aguas lluvias y de escorrentías superficiales.

c) Sistema de manejo de lixiviados.

d) Operación y mantención de los sistemas de monitoreo.

El Propósito del programa es evitar riesgos para la salud y el medio ambiente, permitir el crecimiento de vegetación sobre la cobertura final y mantener las pendientes para facilitar el escurrimiento de las aguas superficiales y evitar erosión de los terrenos recuperados e infiltración al interior de la “masa de residuos”.

Durante la operación del Proyecto, se implementará un programa de monitoreo y seguimiento de las aguas subterráneas del sector. Se tomará una muestra anual para su análisis en un laboratorio certificado. Los parámetros a monitorear serán: Conductividad Eléctrica, Cloruro, Turbiedad, DBO5, DQO, Sólidos Suspendidos Totales, Hierro, Magnesio, Nitrógeno Amoniacal, Nitrógeno Kjeldahl, Sulfatos, Alcalinidad Total, Sodio.

El punto de muestreo de las aguas subterráneas será el Pozo Profundo que existe en las instalaciones de Forestal Russfin a 718 m al nor - poniente del Relleno Sanitario, (Coordenada Datum WGS 84, Huso 19 F, 487286É — 4043219N).

Además, el Proyecto contempla la instalación de dos piezómetros, uno aguas arriba y otro aguas abajo del relleno sanitario, con una profundidad de 6 m cada uno, con el objeto de medir el nivel de aguas subterráneas si existiesen y proceder al monitoreo anual (antes y durante la operación) exigido por el D. S. N 189/2005, Art. N 47. Cada piezómetro tendrá una longitud de 6 m, entre los 4 y 6 m se ubicarán las perforaciones, este sector estará protegido por un geotextil para evitar la obstrucción de las perforaciones por pequeñas piedras o impurezas presentes en el agua. Cada piezómetro se instalará en el lugar con el apoyo de una excavadora. Los resultado del monitoreo de las aguas subterráneas serán presentados a la SEREMI del Medio Ambiente y a la Autoridad Sanitaria de la Región de Magallanes y Antártica Chilena respectivamente, mientras no entren en vigencia las funciones de fiscalización y sanción de la Superintendencia del Medio Ambiente. El Control de Cobertura Final se realizara cada tres meses y será visual. Se va controlar el espesor de la cobertura final, las pendientes superficiales de la cobertura de cada una de las trincheras, el asentamiento y las posibles grietas que se podrían presentar, para su reparación. Todo, para asegurar la estabilidad del Relleno Sanitario.

Duración del Plan de Cierre y Abandono

El Plan de Cierre y Abandono del "Relleno Sanitario Manual de“ Residuos Sólidos Domiciliarios e Industriales No Peligrosos” será de 5 años. Sin embargo, la"duración definitiva del Plan dependerá del resultado del programa de seguimiento y «monitoreo post cierre implementado por la Empresa y de la resolución de la Autoridad Sanitaria. Todo según lo dispuesto en el articulo 55 del Decreto N” 189/2005, ;

Futuro del Relleno Sanitario ,

El sitio será incorporado al ecosistema del lugar. Forestal Russfin no tiene proyectado ocupar para otros fines el área donde se habilitará el Relleno Sanitario Manual de Residuos Sólidos.

3.3.- Principales Emisiones, Descargas y Residuos del Proyecto

3.3.1.- Emisiones a la Atmósfera Construcción: Emisión de material particulado (polvo), básicamente por movimiento de tierra y de equipo mayor (cargador frontal). Estas emisiones serán controladas y mitigadas humedeciendo potenciales fuente de emisión. Con todo, la emisión de material particulado es mínima por las condiciones climática, tráfico de vehículos proyectado y volumen de material a remover. Operación: Emisión de material particulado (polvo) básicamente por el movimiento de cargador frontal y material de cobertura. Emisión mínima, por la duración diaria de la actividad (máximo 4 horas'dia).

Abandono: En esta etapa no se prevé emisiones o descargas significativas.

3.3.2,- Efluentes Liquidos Construcción: No se generarán descargas de efluentes líquidos.

Operación: Durante la operación, se generarán aguas servidas dispuestas en baño químico mantenido por trabajadores de la forestal Abandono: Esta etapa no se prevé emisiones o descargas significativas.

3.3.3.- Residuos Sólidos Construcción: No se generarán residuos sólidos.

Operación: El proyecto genera Residuos Domésticos, Asimilables e Industriales. Tratamiento y manejo en Relleno Sanitario Particular que se habilita. Abandono: Esta etapa no se prevé emisiones o descargas significativas.

334.- Ruido Construcción: Operación de equipo mayor (Cargador Frontal). Emisión eventual, durante la construcción de una trinchera. Una vez al año.

Operación: Operación de equipo mayor (Cargador Frontal). Emisión diaria por una temporada de tres meses y por un periodo de 4 hrs/día. Abandono: Esta etapa no se prevé emisiones o descargas significativas.

3.3.5.- — Formas de Energía No hay generación de energía propia asociadas al proyecto

4.- Otras Consideraciones

4.1.- En virtud del artículo 20 letra e) del D.S. N*189 Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y de Seguridad Básicas en los Rellenos Sanitarios, el titular deberá presentar un informe a la Autoridad Sanitaria previo a la habilitación y operación de cada una de las trincheras, que acredite que no tendrá un espesor inferior a 3 metros entre el fondo de cada una de las trincheras y el nivel freático más alto.

4.2.- Dentro del plan de recuperación, se debe considerar restablecer la red de drenaje natural de aguas lluvias y deshielos, intervenida por el área del proyecto. Asimismo existe la obligatoriedad de que no se formen cuerpos de aguas artificiales en los terrenos abandonados.

4,3.- El titular debe tener presente que las aguas que caen sobre la zona de explotación del proyecto deben ser conducidas respetando el sentido original de escurrimiento, con el fin de no afectar la condiciones originales de los cauces ubicados en sus inmediaciones.

5.- — Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Relleno

Sanitario Manual Residuos Sólidos Domiciliarios e Industriales No Peligrosos” y sobre la base de los

antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del

proyecto “Relleno Sanitario Manual Residuos Sólidos Domiciliarios e Industriales No Peligrosos” cumple con:

5.1 Normas de emisión y otras normas ambientales

5.1.1.- D.S. N*594/99 Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

5.1.1.1.- Cumplimiento

Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Particular, autorizados por la Autoridad Sanitaria. Los trabajadores expuestos al ruido harán uso de sus elementos de protección personal. Todas las aguas servidas domésticas durante la operación serán manejadas por un sistema de alcantarillado particular. Sistema Autorizado para el Campamento, y a su vez, existirá un baño químico en el frente de operación (relleno) para las aguas servidas generadas por los dos operarios.

Los líquidos lixiviados serán reinyectados a la trinchera o manejados en una piscina previo a la reinyección.

  • DEL 725 de 1967, Código Sanitario

.1.- Cumplimiento

OVER proyecto cumplirá con el Código Sanitario, preservando los lugares de trabajo y

ADE peración limpios y libres de riesgos. Los vehículos y equipos contaran con sus revisiones S ¡Becas al dia. A. D.S. NA44 de 1961, Ministerio de Salud

SECRETARA mplimiento

A E oyécto acatará lo dispuesto en este cuerpo legal. Los vehículos y equipos contaran con suy1eyisiones técnicas al día. Se mitigara las emisiones de material particulado mejorando «ohdiciones de caminos interiores,

2146 de 1998, Ministerio Secretaría General de la Presidencia

A1l.- Cumplimiento

5.1.3.

5.1.5.

1.6. 1.6.

6.-

10.-

11.-

El Proyecto cumplirá con el Decreto. Las emisiones sonoras estarán dentro de la norma. Hay uso de equipos temporalmente. No existe poblado cercano al Proyecto.

2 D.S, N*189/2005 Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y de Seguridad Básicas en los Rellenos.

L- Cumplimiento La ubicación del relleno cumple con los 300 m, con instalaciones propias y predios de terceros. El diseño de ingeniería ha considerado el requerimiento del artículo 26, La piscina solo se ha diseñado para una emergencia en el manejo de lixiviados. Normalmente el lixiviado se reinyecta en la Trinchera. El Titular capacitara al personal que estará cargo de la operación del Relleno Sanitario, para dar cumplimiento al articulo 41 y otros, Mantendrá limpia la superficie del Relleno Sanitario. Recogerá diariamente los residuos arrastrado por el viento, El Titular capacitara al personal que estará cargo de la operación del Relleno Sanitario, para dar cumplimiento al artículo 58 y otros. El Titular mantendrá una continua y sistemática observación y vigilancia del Relleno Sanitario. El Titular ha considerado el requerimiento descrito en el artículo 11 para definir la ubicación del Relleno Sanitario. El método utilizado asegura disponibilidad de material de cobertura. El Diseño de ingeniería del proyecto considera la existencia de material cobertura en el lugar.

  • Ley N? 17288 sobre Monumentos Nacionales. D.S. N*484 Reglamento de la Ley 17288,

1.- Cumplimiento

Previo a la operación se capacitará a los trabajadores, para la protección del patrimonio arqueológico, con el fin de denunciar de manera inmediata, cualquier hallazgo relacionado con la Ley N* 17.288,

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico deberá proceder según lo establecido en los artículos N 26 y 27 de la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N” 20 y 23 del Reglamento de la Ley N" 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. De producirse la anterior situación, el titular deberá paralizar las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos y deberá informar de inmediato por escrito y telefónicamente al Consejo de Monumentos Nacionales, proponiendo las actividades a realizar, para su visación por este organismo, las que deberán ser implementadas por el titular.

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Relleno Sanitario Manual Residuos Sólidos Domiciliarios e Industriales No Peligrosos” requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en el artículo N*93 del D.S. N"95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Que, en la Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda se acompañaron los antecedentes necesarios para otorgar el Permiso Ambiental Sectorial del Artículo N93, del D.S. N95/01 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, referido a permisos para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comerció o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L, N 725/67, Código Sanitario y al respecto la Secretaría Regional Ministerial de Salud, mediante Oficio N223 de fecha 14 de marzo de 2012, se manifestó conforme con los antecedentes presentados, por lo que se otorga el citado permiso condicionado a que la legislación vigente no permite disponer en un relleno, residuos que se encuentren en estado liquido o que presenten liquidos libres, por lo que deberán tomar los resguardos para la disposición de las vísceras de los guanacos y las aguas de lavado del proceso.

Que, en lo relativo a los efectos, caracteristicas y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N*19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Relleno Sanitario Manual Residuos Sólidos Domiciliarios e Industriales No Peligrosos” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, caracteristicas y circunstancias,

Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Organos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

Que, la Comisión de Evaluación sólo está facultada para pronunciarse respecto de la factibilidad ambiental del proyecto “Relleno Sanitario Manual Residuos Sólidos Domiciliarios e Industriales No Peligrosos”, por lo cual, para que este proyecto pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio

Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales previstos y no previstos en la Declaración de Impacto

12.-

13.-

14.-

Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, la individualización de cambios de titularidad.

Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un lercero,

Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y Antártica Chilena.

RESUELVE:

-BTIR

1.-

a

Ls i

CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto “Relleno Sanitario Manual Residuos Sólidos Domiciliarios e Industriales No Peligrosos”.

CERTIFICAR que el proyecto “Relleno Sanitario Manual Residuos Sólidos Domiciliarios e Industriales No Peligrosos” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en el artículos N93 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, los que se otorgan, y no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N19,300.

Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.

Notifíquese y Archivese

O TE Fturo Storaker Molina

mbiental de la a Chilena

ES cretaria Comisión de Evaluación Región de Magallanes y Antártica Chilena

istribución:

Luis Torres Gomez-Garfias

Superintendencia del Medio Ambiente

Corporación Nacional Forestal, Magallanes y Antártica Chilena

Dirección de Aeropuertos, Magallanes y Antártica Chilena

Dirección de Obras Hidráulicas, Magallanes y Antártica Chilena

Dirección de Vialidad, Magallanes y Antártica Chilena

Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena

Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Ilustre Municipalidad de Timaukel

Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Magallanes y Antártica Chilena

Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Magallanes y Antártica Chilena Secretaria Regional Ministerial de Obras Públicas, Magallanes y Antártica Chilena

Secretaría Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena

Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Magallanes y Antártica Chilena

.

0.50.00000000060.0+.+0000sé0sw080

Servicio Agrícola y Ganadero, Magallanes y Antártica Chilena

Servicio Nacional de Pesca, Magallanes y Antártica Chilena

Servicio Nacional de Turismo, Magallanes y Antártica Chilena

Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Magallanes y Antártica Chilena Consejo de Monumentos Nacionales

Superintendencia de Servicios Sanitarios

Cie: e Expediente del Proyecto "Relleno Sanitario Manual Residuos Sólidos Domiciliarios e Industriales No Peligrosos" . Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Magallanes y Antártica Chilena

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