Reingeniería y regularización de instalaciones, fábrica de pinturas, Estación Central (ex - SOQUINA)
REPÚBLICA DE CHILE COMISION DE EVALUACIÓN AMBIENTAL REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO
Resolución Exenta N* 181/2014
MAT: Califica Ambientalmente “Reingeniería y Regularización de Instalaciones, Fábrica de Pinturas, Estación Central (ex - SOQUINA)”.
SANTIAGO, 20 DE MARZO DE 2014
Vistos:
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Lo dispuesto en la Ley N 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994, modificada por la Ley N 20.417, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 26 de Enero de 2010 y en el Decreto Supremo N 95/01, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 7 de Diciembre de 2002; en la Resolución N 1600/08 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; en la Resolución N* 40, de fecha 01 de marzo de 2013, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental.
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La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto “Reingeniería y Regularización de Instalaciones, Fábrica de Pinturas, Estación Central (ex - SOQUINA)” y sus Adendas, localizado en la comuna de Estación Central, sometido por su titular, Industrias Ceresita S.A., al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
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Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, los cuales se contienen en los siguientes documentos:
Respecto a la DIA.
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Oficio N* 276 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 02/04/2012;
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Oficio N* 0366 de la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente de la Región Metropolitana, de fecha 04/04/2012;
e Oficio N* 1800/07/2012 de la llustre Municipalidad de Estación Central, de fecha 13/04/2012;
- Oficio N” 343 del Gobierno Regional de la Región Metropolitana, de fecha 10/04/2012;
e Oficio N* 1508 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana, de fecha 16/04/2012;
+. Oficio N* 2836 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana, de fecha 16/04/2012;
e Oficio N* 2749 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, de fecha 16/04/2012;
- Oficio N* 542 de la Dirección Regional de Obras Hidráulicas de la Región Metropolitana, de fecha 17/04/2012;
e Oficio N* 338, de la Dirección Regional de Aguas de la Región Metropolitana, de fecha
a 17/04/2012.
e Oficio N* 4431 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, de fecha 18/04/2012
Respecto al Adenda 1.
e Oficio N* 1800/04/2013 de la llustre Municipalidad de Estación Central, de fecha 05/04/2013;
e Oficio N* 441 de la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente de la Región Metropolitana, de fecha 09/04/2013;
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Oficio N* 1486 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región Metropolitana, de fecha 10/04/2013;
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Oficio N* 375, de la Dirección Regional de Aguas de la Región Metropolitana, de fecha 11/04/2013;
e Oficio N” 327 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 02/04/2013;
- Oficio N* 2545 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana, de fecha 12/04/2013;
e Oficio N* 3106 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, de fecha 11/04/2013.
Respecto al Adenda 2.
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Oficio N* 16 de la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente de la Región Metropolitana, de fecha 07/01/2014;
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Oficio N* 278 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, de fecha 09/01/2014;
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Oficio N* 199 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana, de fecha 10/01/2014;
+. Oficio N* 101 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 14/01/2014.
Respecto al Adenda 3.
e Oficio N* 190 de la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente de la Región Metropolitana, de fecha 12/02/2014;
- Oficio N* 1480 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, de fecha 13/02/2014.
El Acta de Evaluación del Comité Técnico de la Región Metropolitana de Santiago, de fecha 17 de febrero del año 2014.
El Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Reingeniería y Regularización de Instalaciones, Fábrica de Pinturas, Estación Central (ex - SOQUINA)”.
Los demás antecedentes que constan en el expediente de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Reingeniería y Regularización de Instalaciones, Fábrica de Pinturas, Estación Central (ex - SOQUINA)”.
El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, de fecha 20 de febrero del año 2014.
Considerando.
1
3.1.
Que, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago debe velar por el cumplimiento de todas las normas y requisitos ambientales aplicables al proyecto “Reingeniería y Regularización de Instalaciones, Fábrica de Pinturas, Estación Central (ex - SOQUINA)”.
Que, el derecho del titular del proyecto “Reingeniería y Regularización de Instalaciones, Fábrica de Pinturas, Estación Central (ex - SOQUINA)”, a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y a las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado, cuando corresponda otorgar tales permisos.
Que, según lo señalado en la Declaración de Impacto Ambiental, en sus anexos y sus Adendas, los cuales forman parte integrante de la presente resolución, el proyecto “Reingeniería y Regularización de Instalaciones, Fábrica de Pinturas, Estación Central (ex - SOQUINA)”, consiste en la reingeniería y regularización de las instalaciones existentes en la planta industrial. La reingeniería propuesta implica, en términos generales, demolición de construcciones fuera de línea, ejecución de nuevas construcciones de los recintos demolidos, y reordenamiento de áreas productivas y de bodegaje.
Tipología de proyecto.
El proyecto "“Reingeniería y Regularización de Instalaciones, Fábrica de Pinturas, Estación Central (ex - SOQUINA)”, ingresa al Sistema de Evaluación de impacto Ambiental ya que cumple con los criterios establecidos en los literales A1), 14) y ñ5) del artículo 3, del Decreto Supremo 95/2001 del Minsegpres, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, los que hacen referencia a la producción, almacenamiento, disposición, reutilización o transporte por medios terrestres, de sustancias tóxicas, inflamables y corrosivas o reactivas.
Conforme a lo anterior, el proyecto debe ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, ya que contempla el almacenamiento de sustancias clasificadas como peligrosas según la Clase 3 y 4: sustancias inflamables, clase 6.1: sustancias tóxicas y clase 8: sustancias corrosivas, todas definidas por la Norma Chilena NCh 382 - 2004 “Sustancias peligrosas -Clasificación general”.
3.2. Descripción del Proyecto.
3.2.1 Descripción general del proyecto.
El proyecto corresponde a la reingeniería y regularización de las instalaciones existentes en la planta industrial donde Sociedad Química Nacional (SOQUINA) ha funcionado desde hace más de 70 años; actualmente la planta industrial está completamente dedicada a la fabricación de pinturas. La reingeniería propuesta implica, en términos generales, demolición de construcciones fuera de línea, ejecución de nuevas construcciones de los recintos demolidos, y reordenamiento de áreas productivas y de bodegaje.
Las construcciones a demoler corresponden a: taller y cobertizo de mantención, zona de lavado, bodega de cilindros de gas licuado, bodegas menores en sector norte, parte del cobertizo de producto terminado, cobertizos menores y bodega de contra muestras.
Las nuevas construcciones corresponderán a: taller de mantención, zona de lavado, ampliación planta pastas, bodega de RIS no peligrosos, cobertizo RESPEL y corral productos base agua.
A continuación, se describen los principales componentes del Proyecto. Al interior de la Planta y como parte del Proyecto se identifican las siguientes áreas y sus obras a realizar:
3.2.2 Descripción de obras y partes del proyecto.
El proyecto se ejecutará en tres etapas, la primera contempla obras de demolición de construcciones fuera de línea, la segunda etapa contempla la ejecución de nuevas construcciones de los recintos demolidos y la tercera etapa contempla el reordenamiento de áreas productivas y de bodegaje.
Actualmente la planta cuenta con las siguientes superficies construidas.
Tabla N*1: Cuadro de superficies con las instalaciones existentes de la planta
Instalación Superficie (m?) Con Permiso 7.729,76 Sin Permiso 6.750
Total 14.479,76
3.2.3 Localización.
El proyecto “Reingeniería y regularización de instalaciones, fábrica de pinturas, Estación Central (ex - SOQUINA)”, se localiza en Calle Pedro Antonio González N* 3702, en la Comuna de Estación
Central, Región Metropolitana.
Tabla N*2: Coordenadas representativas del proyecto
Vértice Norte Este Norponiente 6.295.522 343.185 Nororiente 6.295.539 343.397 Suroriente 6.295.445 343.397 Surponiente 6.295.435 343.156
3.2.4
Huso: 19 Sur; Datum: WGS-84
Superficie asociada al proyecto.
La superficie total del terreno de emplazamiento de Industrias Ceresita S.A. es de 23.639,08 m', con una superficie construida actualmente existente de 14.479,76 m?, la cual incluye planta de fabricación, bodegas, baños, oficinas entre otros y una superficie de áreas verdes de 1.129 m Las superficies de instalaciones existentes y proyectadas son las siguientes:
Tabla N* 3 Superficies del Proyecto.
Instalación Superficie (m?) Con Permiso 7.729,76 Sin Permiso 6.750
A demoler 565,6
A construir 403,9
Total 14.318,20
a) Uso de Suelo.
Según el Plan Regulador Comunal (PRC) de Estación Central, el proyecto se ubica en la Zona Industrial Exclusiva Inofensiva, permitiendo en los usos de suelo industria, almacenamiento y actividades de servicio de impacto similar al industrial, exclusivamente inofensivas y equipamiento excepto Salud, Educación, Cultura, Esparcimiento y Turismo.
Adicionalmente se permitirá la calificación de Molesta, a aquellas industrias individualizadas en el Ord. N* 7181 de diciembre del 2004, emitido por el Servicio de Salud del Ambiente RM (ex SESMA), que hayan dado cumplimiento a los planes de mitigación aprobados por la SEREMI de Salud mediante Resolución Fundada, de acuerdo a lo establecido en el Certificado de informaciones Previas, emitido por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de Estación Central de fecha 19 de Octubre del 2013, en los Anexos de la Adenda 2.
La instalación cuenta con Resolución N* 93887 de fecha 09 de octubre de 2013 otorgada por la SEREMI de Salud RM, la cual indica que se da por cumplido e implementado el Plan de Mitigación presentado por la empresa.
3.2.5 Vida Útil del proyecto. La vida útil del proyecto se estima como indefinida. 3.2.6 Cronograma.
De conformidad a la tabla 2.12 de la DIA, el cronograma de actividades del proyecto es el siguiente:
Tabla N? 4: Cronograma de actividades del proyecto
Trimestre Actividad
01 02 03 04 05 06
Tramitación de la DIA x x x x x x
Obtención de permisos y aprobaciones
Demolición de recintos fuera de norma
Reordenamiento de producción y bodegas
Construcción de nuevas instalaciones
Recepción de obras x x x
Obtención de autorizaciones sanitarias
Operación definitiva
3.2.7 Monto de Inversión. El monto de inversión del proyecto es de aproximadamente US$ 500.000 (dólares americanos). 3.2.8 Personal.
En la fase de construcción se considera una mano de obra de 10 trabajadores y en la fase de operación 100 trabajadores.
3.2.9 Fases del Proyecto. 3.2.9.1 Fase de Construcción: a. Las actividades contempladas durante la fase de construcción son:
a.1 Etapa de demolición
Parte de las construcciones existentes deberán ser demolidas, principalmente por incumplimiento de la actual normativa urbanística de la zona. El listado de construcciones a demoler es el siguiente:
Tabla 5: Construcciones existentes a demoler
EDIFICACION MOTIVO DE LA DEMOLICION SUPERFICIE
Taller y cobertizo de mantención zona de antejardín que enfrenta a 181,6 m?
Construcción antigua, se ubica en
Avda. Padre Hurtado
Construcción antigua, se ubica en Zona de lavado zona de antejardín que enfrenta a 69,2 m? calle Pedro A. González
Se ubica en zona de antejardín frente a calle Pedro A. González;
a 2 Bodega de cilindros de gas licuado ya no se necesita pues han dejado 10,8 m de usarse cilindros de gas. Se ubica en zona de antejardín Bodegas menores en sector norte que enfrenta a calle Pedro A. 66,2 m? González. Recintos subutilizados. y Se ubica en zona de Parte del cobertizo de Producto . A o > terminado (productos base agua) distanciamiento a deslinde sur. 145,0 m Recinto subutilizado. : Se ubican en zona de 2 Cobertizos menores distanciamiento a deslinde sur. 75,0 m Bodega de contramuestras En ese sector se proyectan 17,8 m?
nuevos estanques enterrados
TOTAL A DEMOLER [ 565,6 m?
a.2 Nuevas construcciones
Con el fin de reubicar los recintos necesarios a demoler, y también para mejorar parte de los procesos productivos, se han proyectado nuevos recintos a construir, que corresponden a:
Tabla 6: Nuevos recintos a construir
MOTIVO DE LA SUPERFICIE EDIFICACION CONSTRUCCION Nuevo Taller de mantención Reemplazará taller a demoler 163,4 m? Nueva zona de lavado Reemplazará zona a demoler 50,0 m? Ampliación planta de pastas Optimizar proceso productivo 30,0 m? — 3 Bodega de RIS no peligrosos Parte del nuevo plan de gestión de 76,5 m residuos de la planta Cobertizo de RESPEL Parte del nuevo plan de gestión de 42,0 m? residuos de la planta Reorganización de 42,0 m? Corral productos base agua almacenamientos TOTAL A CONSTRUIR [ 403,9 m?
b. Los principales insumos de la fase de construcción son:
b.1.
b.2.
b.3.
b.4.
Agua potable: Para los trabajadores que laboren en la fase de construcción de las nuevas instalaciones y mejoramiento de las antes indicadas, el aprovisionamiento de agua potable se realizará mediante conexiones existentes a la red de agua potable.
Electricidad: El consumo de electricidad se realizará a través de la red e instalaciones existentes.
Servicios sanitarios: El proyecto cuenta con factibilidad de agua potable y alcantarillado. La planta cuenta con instalaciones sanitarias existentes para el personal en la fase de construcción.
Maquinarias y/o equipos: El proyecto utilizará las siguientes maquinarias y equipos para la fase de construcción (etapa de demolición y construcción de nuevas instalaciones)
Etapa demolición: Martillo hidráulico y cargador frontal. Construcción nuevas instalaciones: Mixer para cemento y camión ralentí en descarga.
Descripción de emisiones, descargas y residuos del proyecto.
c.1 Emisiones atmosféricas
Tabla 7: Emisiones atmosféricas
Emisiones (ton/año) Contaminante Demolición Construcción MP10 0,0128 0,0855 co 0,0288 0,2639 NOx 0,1106 0,7553 SOx 0,0074 0,0488 HC 0,0144 0,1293
c.2 Residuos sólidos
Tabla 8: Generación de residuos sólidos
Tipo de residuos a
Cantidad en peso y/o
Disposición final
Fase Características generar volumen Albañilería y hormigón Aceros y planchas Escombros en metálicas de 54,3 toneladas Demolición Taller de 9 cobertizos Relleno Sanitario
mantención
Puertas y ventanas
Otras mezclas
Potencialmente peligrosos
Planchas de asbesto
120 m*-2,4 toneladas; (peso 20 kilos/m?)
Santa Marta
De naturaleza no
Albañilería de ladrillo,
60 m'-120 toneladas;
- morteros y | (densidad media 20 pétrea hormigones toneladas/m') Madera de cerchas, | 38 m”-2,66 toneladas; pilares (densidad media 0,7 machiembrados toneladas/m Relleno Sanitario Acero estructural de Santa Marta Demolición Otros De naturaleza no pilares, vigas y 2 toneladas recintos declarados z apoyos pátrea A TE Planchas metálicas toneladas: : de techumbres (peso 5 kilos/m?) pedos asimianles 197 kilos Relleno Sanitario Potencialmente No se consideran en peligrosos esta fase 7 Ñ Faena de | Tierra y piedras de | 73 m'-124 toneladas; excavaciones cimientos y radieres (densidad media 1,7 toneladas/m Relleno Sanitario De naturaleza pétrea | Arenas, gravas, Santa Marta restos de hormigones 12,7 toneladas De naturaleza no | Restos de aceros, Construcción nuevas pétrea planchas metálicas, 25,44 toneladas : Ñ plásticos y yesos instalaciones - - Potencialmente Envases de pintura, peligrosos os iria 3 toneladas Hidronor S.A.
contaminados
Pérdidas generales
Restos de envase, papel, plásticos, piezas menores, etc.
1,27 toneladas
Relleno Sanitario
3.2.9.2 Fase de Operación.
Para la fase de operación, la superficie total construida corresponderá a varias edificaciones distribuidas por el terreno, las cuales se clasifican en 4 grupos según el uso o destino que tendrán dentro de la planta, estos son:
- Zona de servicios y administrativas:
Y Portería Y Y Y Y Archivo Y Casino Y Y
- Zonas de almacenamiento:
Oficinas de administración y ventas Laboratorios y oficinas de gerencia Oficinas de recursos humanos
Servicios higiénicos generales Servicios higiénicos de resinas
Bodega de materias primas Oriente
Bodega de materias primas SUSPEL (peligrosos varios) Bodega de materias primas Principal Bodega de envases
Pañol de mantención
Cobertizo de consolidación
Bodega de sólidos inflamables
Bodega de líquidos inflamables Contramuestras
Bodega de RIS no peligrosos
Cobertizo de RESPEL
Cobertizo — corral de productos base agua
SS
- Zonas productivas
Planta de producción N*1
Planta de producción N*2
Torre de reactores
Planta de resinas
Planta recuperadora de solventes Planta de aerosoles.
Zonas de mezclado y reenvasado. Planta de texturado
Planta de pastas, con laboratorios. Cobertizo de envasado diluyentes. Planta de tintometría
SGYNSSSSSRSASASKS
4, Recintos anexos a producción
Sala de caldera
Laboratorio de producción
Lavado de tachos.
Nuevo taller de mantención.
Brigada de incendio y bombas Red húmeda. Subestación eléctrica
SOS
a) Características constructivas. a.1 Especificaciones Técnicas generales. Planta de Producción N*1:
Y” Muros exteriores de albañilería reforzada, RF-120 Y Pilares metálicos revestidos con fibrosilicato, RF-120 Y” Cerchas metálica con aplicación de pintura intumescente, RF-60
Planta de Producción N*2 (Construcciones originales de la planta, anteriores a 1955)
Y” Muros y pilares de albañilería y hormigón armado, RF-120 Y” Entrepisos en losa de hormigón armado e:15mm, RF-120 Y” Cerchas metálica con aplicación de pintura intumescente, RF-60
Torre de reactores:
Y Pilares tubulares metálicos rellenos de hormigón, RF-120 Y” Entrepisos de vigas metálicas y losa de hormigón armado, RF-120 Y” Cerchas metálicas con aplicación de intumescente, RF-30
Planta resinas:
Y Pilares metálicos revestidos con fibrosilicato, RF-120 Y Cerchas metálica con aplicación de pintura intumescente, RF-60
Planta de aerosoles:
Y Pilares metálicos revestidos con fibrosilicato, RF-120 Y Cerchas metálica con aplicación de pintura intumescente, RF-60
Envasado de diluyentes:
Y Pilares metálicos revestidos con fibrosilicato, RF-120 Y Cerchas metálica con aplicación de pintura intumescente, RF-60
Zona de fraccionamiento, líquidos inflamables:
Y Pilares metálicos revestidos con fibrosilicato, RF-120 Y Cerchas metálica con aplicación de pintura intumescente, RF-60
Instalación eléctrica: Todos los recintos, excepto las bodegas de sustancias peligrosas, cuentan con instalación eléctrica corriente entubada, de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente.
a.2 Especificaciones para bodegas de sustancias peligrosas.
a.2.1 Bodega N*%1 de sólidos inflamables.
Muros: Ejecutados en planchas de Bepolita H.L, 70 mm de espesor estucada por ambas caras, cuya resistencia al fuego corresponde a RF-150. Confinadas por perfiles metálicos tipo C 100/50/3, en los encuentros de planchas, y como solera inferior y coronación de muro.
Portones: Contará con 3 portones, de los cuales 2 son de corredera y 1 de doble hoja de abatir, revestidos al interior con plancha de fibrosilicato de 10 mm de espesor para cumplir un RF de 90 minutos. Por tener una superficie menor a 40 m?, los portones de carga serán las puertas de emergencia.
Ventilación: Contará con 2 aberturas de 30 x 40 cm c/u, protegidas con malla metálica, en parte baja del muro poniente. El muro poniente tiene una superficie total de 41,76 m? (4,8m x 8,7m), por lo que las aberturas propuestas corresponden al 0,6% de este muro. Adicionalmente, el muro sur cuenta con 2 aberturas de 50 x 50 cm cubiertas con celosía que reduce su capacidad de ventilación al 50%. La superficie total del muro sur es de 17,76 m? (4,8m x 3,7m), por lo que las aberturas propuestas sin celosía, corresponden al 2,8% de este muro.
Instalación eléctrica: sin instalación eléctrica. Instalaciones especiales: Contará con sistema de detección automático de incendios.
a.2.2 Bodega N2 de líquidos inflamables.
Muros: Ejecutados en hormigón armado, de espesor 150 mm con refuerzos transversales ataludados. Su resistencia al fuego es RF-150.
Canaleta y cámara contenedora de derrames: Canaleta en todo el perímetro interno, de 10 cm de profundidad, cubierta en zonas donde enfrenta a portones con plancha metálica diamantada. Descargan a cámaras contenedoras exteriores a la bodega, 2 en total, de 1,1 mí cada una.
Ventilación: Cuenta con aberturas existentes. El reticulado superior existente, se convirtió en 28 vanos de 0,4 x 0,5 m cada uno, distribuidos uniformemente por todo el perímetro de la bodega. Se consideró un 85% de su superficie útil para efectos de ventilación. El perímetro de la bodega es de 385,86 m? (5,45 m x 70,8 m), las aberturas propuestas corresponden al 1,45% del perímetro total.
Portones: Contará con 2 portones de corredera, de bastidor metálico revestidos al exterior con plancha metálica de 2 mm de espesor, y al interior con plancha de fibrocemento para cumplir con RF-90.
Puertas de escape: Cuenta con 2 puertas ubicadas en los mismos portones de carga/descarga. Las puertas de emergencia serán revestidas con fibrosilicato para cumplir con resistencia al fuego RF-90. Con pulsor antipánico.
Instalación eléctrica: sin instalación eléctrica.
Instalaciones especiales: La bodega cuenta con sistema de detección y de extinción automática de incendios.
a.2.3 Bodega Centro (futura bodega de peligrosos varios).
Muros: Muros de albañilería reforzada, de 20 cms, RF-180.
Canaleta y cámara contenedora de derrames: Canaleta en parte del perímetro interno, de 10 cm de profundidad, en zona donde se almacenarán líquidos. Descarga a cámara contenedora exterior de 11m
Ventilación: Las aberturas propuestas corresponden a dejar un rasgo bajo en portón muros norte y sur de 10 cm por todo el largo de 3 metros c/u. Además, contará con 4 aberturas en la parte baja de cada portón, de 55 x 50 cm c/una, protegidas con malla para aprovechar el 100% para ventilación. Los muros norte y sur tienen una superficie de 30,8 m? c/u (3,85m x 8m), por lo que las aberturas propuestas en cada muro corresponden al 4,5% de su superficie.
Portones: Serán 2 portones de corredera, de bastidor metálico revestidos al exterior con plancha metálica de 2 mm de espesor, y al interior con plancha de fibrocemento para cumplir RF-60.
Puertas de escape: Cuenta con 2 puertas ubicadas en los mismos portones de carga/descarga. Las puertas de emergencia serán revestidas con fibrosilicato para cumplir con resistencia al fuego RF-90. Con pulsor antipánico.
Instalación eléctrica: sin instalación eléctrica. Instalaciones especiales: La bodega contará con sistema de detección automático de incendios.
a.2.4 Bodega Residuos peligrosos.
De acuerdo a lo indicado por el titular en la respuesta 9.3 de la adenda 1, la bodega de residuos peligrosos se emplaza a 38,73 metros del deslinde más cercano (pandereta de cierro hacia calle Pedro Antonio González), y adosado al cobertizo de almacenamiento de productos terminados al agua.
Dimensiones
Largo: 10,14 m
Ancho: 7,65 m
Alto promedio: 5,04 m Superficie total: 77,57 m?
Piso: Radier de hormigón de 15 cm de espesor, con tratamiento superficial impermeabilizante.
Contención de derrames: Pretil de hormigón de 0,25 m de altura, excepto en portón de acceso donde cuenta con canaleta de contención que descarga a una cámara de control de derrames, exterior y enterrada de 1,1 m'.
Estructura principal: Marcos metálicos reticulados, a dos aguas, revestidos integramente con planchas de fibrosilicato de 10 mm, RF-120.
Cerramientos: de plancha metálica preformada, dejando aberturas inferior y superior para posibilitar la ventilación cruzada.
Techumbre: Cubierta ce aluminio zincado para proteger de precipitaciones, y radiación solar.
Portón y puerta de escape: Ambos de bastidor y plancha metálica, el primero de corredera y con acceso restringido sóla a personal autorizado; la segunda se ubica en un costado de la bodega, de ancho 90 cm, con manilla antipánico.
Sistema contra incendios: Con sistema de detección automática en base a 4 detectores de humo, conectados a alarma sonora y luminosa, y a panel de control ubicado en portería. Adicionalmente cuenta con un pitón monitor (conectado a la red húmeda de la planta) ubicado a menos de 25 m, detrás de la bodega.
Otras características: La bodega cuenta con señalización de acuerdo a NCh 2190/93, extintor portátil PQS de 10kg ubicado al interior y plaza de arena para control de derrames a menos de 10 m del acceso.
a.2.5 Estanque de solvente sucio.
De acuerdo a lo indicado en la respuesta 9.3 de la adenda 1, el estanque se ubica a 45,3 metros del deslinde más cercano (pandereta de cierro hacia calle Pedro Antonio González), y estará separado 1,5 metros de la construcción más cercana (planta de texturas).
Características: Ubicado bajo-nivel, cilíndrico, metálico, con un radio de 3,08 m, y altura 4,48 m.
Capacidad 30 m y un volumen útil 27 m
Contención de derrames: se ubica dentro de una piscina de contención de hormigón armado, con capacidad de contención equivalente a 66,15 mí de contención efectiva.
Estructura de cubierta: El sector del estanque cuenta con cubierta de aluminio zincado sostenida por 4 pilares metálicos que soportan vigas igualmente metálicas.
Cierros: La piscina se encuentra cercada con reja de malla acma, de 1,80 m de altura, con acceso restringido sólo a personal autorizado.
Otras características: Cuenta con señalización de acuerdo a la NCh 2190/93 y extintores portátiles PQS de 10 kilos y boca de salida de Red Húmeda a 4,3 m.
a.3 Instalaciones especiales contra incendio.
a.3.1 Componentes existentes.
Estanques de agua: Un estanque enterrado, separado en 4 compartimentos comunicados entre sí, con capacidad total de 400 m'. Abastece a toda la red y los componentes que se describen a continuación.
Bombas: Bomba existente de 1.500 gpm + Bomba jockey centrífuga
Red Perimetral:
Y cañerías de 6”, válvulas de corte seccionadoras igual g que la red, monitoreadas.
Y Grifos con vertical en 4” y dos bocas de salida con válvulas en ángulo de 2,5” (conexión Storz de 2”) cada 40 m.
Y” Mangueras de 2” para los grifos, dos por grifo.
Y” Dos conexiones siamesas de entrada para Bomberos, de 6” c/u con dos bocas de 3”.
Y” Dos reductores portátiles para manguera de 2” de diámetro.
Y” 70 galones de concentrado de espuma AFFF universal al 3%. (Consideración de cálculo: grifo/monitor + monitor de piso / 20 minutos de operación).
Y” dos monitores fijos.
Sistema de Espuma Bodega de Inflamables: Y Bombona de 1.000 | con concentrado AFFF universal o Proporcionador de 4” para
diluvio.
Y” Panel de control de extinción local, para apertura de la válvula que entrega el concentrado.
Y Maanifold típico en 6” con una vertical (risers).
Y” Rociadores abiertos pendent, 48 rociadores.
Y” Detector de llama Infrarrojo del tipo IR3, 2 unidades.
Y Pulsador de descarga manual del sistema de espuma.
Y Sirena de alarma.
Y” Panel local de control de extinción.
Sistema de planta de resinas:
cañerías distribuidoras de 4” y 2 Y”
rociadores ESFR - K14
válvula de mariposa de 6” monitoreada
sensor de flujo y manómetros
válvula de sobrepresión Y”
campanilla de alarma y válvula de prueba y drenaje. 2 gabinetes c/manguera 2”
SUNSNSKSKSS
Detección automática en bodegas:
Rayo detector de llama, tipo 40/40 UV/IR dual sensor (zona fracccionamiento) 10 detectores de humo fotoeléctrico, modelo SIGA-PS (zona fracccionamiento) Pulsadores manuales en cada acceso de fraccionamiento (2)
4 Detectores lineales de humo, tipo EC 50/100r (actual bodega pp.tt.)
Módulo de monitoreo
Conexión a unidad de control remota
UNSNSSKS
a.3.2 Componentes proyectados. Espuma Torre de Reactores:
Bladder tank de 200 [gal] con concentrado AFFF universal.
Trim y accesorios para el bladder tank.
Proporcionador de 3” de amplio rango de caudal (Ultrawide). Manifold típico en 4” con cuatro verticales (risers), una por piso. Rociadores de respuesta rápida pendent, 16 rociadores por nivel. Detector de llama Infrarrojo del tipo IR3.
UNSKSKSS
Sistema de Rociadores ESFR para Bodegas Envases.
y Manifold típico sistemas de rociadores ESFR: Debe incluir, para cada sistema, válvula de mariposa de 6” monitoreada, sensor de flujo monitoreado, manómetros, válvula de sobrepresión %”, campanilla de alarma y válvula de prueba y drenaje.
Y Rociadores ESFR
Sistema de Co: de Doble Dispositivo de Seguridad Sala Eléctrica y del Grupo Generador. Sistema de Detección.
Batería de cilindros.
Pulsador de descarga.
Abortador.
Señalización.
SS
La planta contará con sistema de detección automática en instalaciones donde se manejan sustancias peligrosas, de acuerdo a lo señalado por el titular en respuesta 3.1, a.3 de la adenda 2.
10
Tabla 9: Detalle del sistena de detección automático de incendio en instalaciones de manejo de sustancias peligrosas:
Recinto productivo Tipo de detector Cantidad Estado Otras características Llama UV 2 unidades proyectado Planta producción N*1 Temperatura 10 unidades Llama UV 2 unidades proyectado Planta producción N?2 Temperatura 10 unidades . Llama UV 2 unidades : Cuenta con extinción Planta resinas Temperatura 10 unidades operativo automática Son 4 niveles, Torre reactores Humo: haz óptico 1 par por nivel proyectado considerará también extinción automática . Humo: haz lineal 1 par operativo Zona fraccionamiento Temperatura 10 unidades operativo Planta de trasvasije Humo: haz lineal 2 pares operativo Envasado solventes - - - Es un cobertizo abierto Planta concentrados Temperatura 6 unidades proyectado Planta aerosol Temperatura 4 unidades proyectado
La planta contará con sistema de detección automática en bodegas de sustancias peligrosas, de acuerdo a lo señalado por el titular en la respuesta 3.1, c.1 de la adenda 2.
Tabla 10: Detalle del sistema de detección automático de incendio en bodega de sustancias peligrosas:
Bodega Tipo de detector Cantidad observaciones De sólidos inflamables Humo fotoeléctrico 2 unidades Una en cada sector Llama UV 2 unidades Una en cada sector a . . También cuenta con De líquidos inflamables Llama UV 2 unidades extinción automática De sustancias peligrosas Fototérmicos 5 unidades - RESPEL Humo fotoeléctrico 4 unidades -
Tabla 11: Detalle del sistema de extinción de incendios al interior de la planta, de acuerdo a lo indicado en la respuesta 3, c.3 de la adenda 1:
Tipo de extintor, capacidad y potencia PQS 10 kg CO, 5 kg R. Light Water 50 kg
Recintos Clase D
(10A-40BC) (5 BC) (20A-60BC)
Portería RR.HH y finanzas Casino Administración y ventas Laboratorio y Gerencia Bodegas PP.TT (futura texturas) Bodegas MM.PP y baños Plantas producción 1 y 2 Laboratorio, zona lavado, caldera Resinas y estanques solvente Taller mantención Tintometría y envases Aerosoles, estanques de gas y recuperación solvente Texturas, y reenvasado Subestación y solvente sucio Envasado, estanques y RESPEL Bodegas inflamables 1 y 2 TOTALES
SES
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La planta cuenta con plan de emergencia, el cual estará actualizado.
a.4 Descripción de los pracesos desarrollados y sus etapas.
Los productos a fabricar por la planta son pinturas en base agua y base solvente, texturas, pastas y aerosoles; y el semielaborado corresponde a resinas.
i) Almacenamiento de materias primas.
Las materias primas se almacenarán en la planta, de acuerdo a la siguiente tabla:
11
Tabla N* 12: Materias primas peligrosas
Instalación Tipo sustancia Cantidad máxima Cantidad promedio almacenada almacenada Bodega N” 1 Sólidos y A inflamables Clase 4 NCh. 382 28.500 kilos 21.800 kilos Bodega N” 2 Líquidos . , inflamables Clase 3 NCh. 382 193.834 kilos 83.580 kilos Bodega mas materias | Clase 6, 8 y 9 NCh. 382 233.170 kilos 100.100 kilos
Estanques enterrados
Clase 3 NCh. 382 (Aguarrás
200 m' (5 estanques 40 m* cada uno)
existentes mineral)
Estanque enterrado
. Clase 3 NCh. 382 (Xilol) existente
40 m*
Estanques enterrados
nuevos Clase 3 NCh. 382
40 m' (8 estanques de 5 m' cada uno)
Estanque enterrado nuevo Clase 3 NCh. 382 (Tolueno) 10m?
Las materias primas no peligrosas se almacenarán en la planta, de acuerdo a la siguiente tabla:
Tabla N* 13: Materias primas no peligrosas
Tipo de producto Almacenamiento máximo Almacenamiento medio (kilos) (kilos) Primer nivel Concentrados 300 100 Resinas 8.500 4.025 Aditivos 19.250 8.990 Pigmentos 76.700 32.100 Cargas 148.400 56.043 En segundo nivel Pigmentos ] 7.820 [ 3.340
Estanques antiguos de aceites (no peligrosos): La planta cuenta con estanques de hormigón, enterrados y construidos in situ, que se ubican frente al sector de bombas de la Red Húmeda; estos fueron reacondicionados y sellados para almacenar en la actualidad las siguientes materias primas:
Tabla N*_14: Materias primas no peligrosas en estanques
Almacenamiento en estanques de aceites Cantidad y tipo de Almacenamiento Almacenamiento no peligrosos estanques Máximo (toneladas) medio (toneladas) Materias Aceite de pescado 2 de 100 ton; 4 de refinado 25 ton 300 160 Aceite de soya refinado aceite de 3 de 32 ton 96 50 maravilla TOTAL [ 396 [ 210
a.5 Descripción bodegas
Bodega Oriente: En esta zona se almacenan los talcos o cargas inofensivas, en formato sacos o big-bags a piso o en pallets, en pilas contiguas a los muros longitudinales con un pasillo central, y un apilamiento de 2 unidades en altura.
Las cantidades máximas a almacenar serán 1.159 ton, con un almacenamiento promedio estimado en 726,2 toneladas, de acuerdo a lo indicado en la tabla 8 de la DIA.
Bodega Centro: Se divide en tres sectores, en el primero actualmente se efectúa el control de calidad de las materias que entrarán a proceso; en el segundo sector se almacenan polvos no peligrosos, también en maxisacos o en sacos de 50 kg., en pilas que no superan los 4 m de altura y en el tercer sector de esta zona será el área de almacenamiento de sustancias corrosivas, con un máximo de 12 toneladas, el cual contará con acceso independiente y salida de emergencia.
Bodega principal o bodega común: Es la de mayor superficie, dos tercios de la misma cuentan con un altillo como segundo nivel; en el primer nivel se almacenan distintos tipos de materias no peligrosas, tanto sólidas como líquidas; las primeras en sacos de 50 kg., en maxisacos o en cajas, y las segundas en tambores de 200 1, tinetas o galones. Las cantidades máximas a almacenar serán 156,2 ton, con un almacenamiento promedio estimado en 59,3 toneladas, de acuerdo a lo indicado en la tabla 12 de la DIA.
Bodega N%1 de sólidos inflamables: Esta bodega alberga específicamente las materias de tipo sólido inflamable, con un máximo de 28,5 toneladas.
12
Bodega N%2 de líquidos inflamables: Esta bodega alberga específicamente las materias de tipo líquido inflamable, con un máximo de 193,8 toneladas.
Estanques enterrados de solventes (inflamables, clase 3): Se ubican entre la planta de resinas y las plantas de producción, en el sector surponiente de la industria, señalizados y demarcados. Nuevos silos para cargas inofensivas: Corresponden a 4 estanques metálicos superficiales, que han sido trasladados desde la planta de Pinturas SIPA en Cerrillos, y se ubicarán a un costado de la actual planta de pastas, pues almacenarán las cargas empleadas en esta actividad. Cada uno con capacidad para 30 toneladas; almacenarán únicamente carbonatos de calcio (tiza T-3 y T-4) y su distribución hacia las maquinarias se efectuará a través de un sistema neumático cerrado.
Fraccionamiento: Las materias primas que entran a proceso son fraccionadas de acuerdo a lo solicitado por la ficha y programa de producción correspondiente. En el caso de los aditivos y materias en polvo, estas se fraccionan en área destinada a fraccionamiento dentro de la bodega de materias primas; se traspasa el producto hacia bandejas plásticas donde el operador puede retirar lo solicitado para pesarlo, rotularlo y depositarlo en un pallets para el despacho hacia Planta. El fraccionamiento de materias líquidas inflamables y no inflamables por su parte, se realiza de 2 maneras distintas según la forma de recepcionar el producto:
-
Enel caso de líquidos recibidos a granel existe sistema de piping conectado directamente a los estanques de solventes y aceites, por lo que en este caso no hay fraccionamiento sino traslado directo.
-
Los líquidos recibidos en envases (inflamables, corrosivos, etc.) son fraccionados en zona especialmente habilitada para este fin, denominada “Zona de Fraccionamiento” que se ubica en la bodega principal: es un espacio de 20 x 20 m, cercado por pretil perimetral y donde existe un sistema de 20 estanques tipo tambores. Se fracciona directamente al abrir una llave hacia un recipiente más pequeño; mediante una receta de producción se separan y pesan las cantidades solicitadas, se identifica el producto fraccionado con una etiqueta donde aparece el código correspondiente y se deposita sobre pallets para su traslado hacia la planta. El sector cuenta con sistema de contención de derrames mediante canaletas receptoras que descargan a cámara estanca exterior, cuenta también con ventilación a través de 3 extractores eólicos de techo de 24” y los portones de acceso abiertos en forma permanente. Cuenta con un sistema de detección automático de incendio.
a.7 Etapas correspondientes a elaboración de productos terminados.
Mezclado y Dispersión: Esta etapa se realiza en la planta que corresponda, según el producto a elaborar, ya sea pintura, textura o pasta. En esta etapa se mezclan las materias sólidas y líquidas que correspondan, y en los dispersores donde la mezcla es completamente homogeneizada (excepto en pastas).
Terminación y Ajuste de Color: Este proceso se ejecuta en una máquina revolvedora y consiste en ajustar la viscosidad y dar la tonalidad de color exigida mediante concentrados de color. Este control se realiza en el laboratorio de control de calidad. Se ejecutan las pruebas de secado, molienda, viscosidad, color, etc, de acuerdo a lo que necesita cada producto.
Dilución y dosificación (etapa exclusiva de aerosoles): La pintura ya fabricada debe diluirse en un solvente para convertirla en una pintura apta para ser utilizada en aerosoles, esto se realiza mediante un agitador neumático (estanque especialmente diseñado para ello) desde el cual se alimenta la máquina envasadora de aerosoles. Ésta máquina realiza la dosificación automáticamente calibrando el volumen deseado.
Envasado (con presurizado para aerosoles) y etiquetado: Luego de las operaciones de terminación de las pinturas, y una vez aprobado el producto por control de calidad, se procede a la filtración y posteriormente al envasado. Este último proceso es automático para envases pequeños (hasta 1 galón) y manual para envases mayores a 1 galón. Cada producto terminado lleva en la etiqueta o el envase un número de producción, lo que permite identificarlo si existe alguna disconformidad de los clientes. Los productos son envasados en envases de %, 1 y 5 galones de capacidad. En el caso de los aerosoles, estos son llenados con la pintura, luego se coloca la válvula para finalmente presurizarlos con una mezcla de gas propano-butano.
a.8 Descripción de emisiones, descargas y residuos del proyecto.
a.8.1 Emisiones atmosféricas fase operación. A continuación se presenta un cuadro resumen con la estimación de emisiones de MP y gases,
expresada en ton/año, con los valores presentados en la tabla respuesta 1.2 de la Adenda 3, estimación de emisiones atmosféricas.
13
Tabla N*15: Resumen de estimación de emisiones.
Contaminante Operación MP10 1,1638 co 0,3028 NOx 1,8108 SOx 4,6906 HC 0,2101
a.8.2 Residuos sólidos fase de operación.
A continuación se presenta un cuadro resumen con la estimación de los residuos a generar en ton/año, para fase de operación, con los valores presentados en las tablas 21 y 22 de la DIA, Generación de Residuos Sólidos.
Tabla N*16: Resumen de generación de residuos sólidos.
Residuo Tipo residuos Cantidad (ton/mes) Papeles y cartones 5,6 Plásticos 6,2 . . Madera 4,8 Industrial No Peligrosos Polvo 54 Envases plásticos 7,6 Total 29,6 Residuos de procesos (solventes sucios, borras, pinturas de descarte, 88 cuarzo contaminado) Estanque solvente sucio 30m Elementos contaminados (huaipes, 15 Peligrosos arenas, aceites, grasas, entre otros) :
Envases residuales (bidones, sacos de papel, baldes plásticos, entre otros)
Residuos de mantención (baterías, pilas, tubos fluorescentes, reactivos, 0,018 mangueras, diafragmas de bombas)
15,9
a.8.3 Residuos líquidos fase de operación
En la fase de operación del proyecto se generan aguas servidas de origen doméstico, provenientes de las instalaciones sanitarias habilitadas en el establecimiento y que descargan al sistema de alcantarillado público. En cuanto al proceso productivo, este genera residuos líquidos sólo en el lavado de las maquinarias del proceso de pastas y texturas, donde no se utilizan solventes. Para este residuo existe un sistema de tratamiento que consta de las siguientes etapas:
-
Canalización de los Riles hacia cámaras decantadoras Una vez terminado el proceso productivo las maquinarias se lavan con agua a presión y paletas para sacar los restos adheridos a la superficie de los equipos. Esta agua es vertida en una canaleta colectora (común) que la conduce a una cámara de decantación de sólidos donde se busca detener la mayor cantidad de sólidos asociados a la fabricación de la pasta o textura y que en general corresponde a restos de carbonatos de calcio, talco y cuarzo mezclado con agua.
-
Decantación Existen dos cámaras decantadoras en secuencia que buscan, como su nombre lo indica, generar un flujo que obligue a los sólidos suspendidos a bajar hasta el fondo de la cámara y permitir que el agua limpia salga por la parte superior. Estas cámaras se limpian frecuentemente de acuerdo a su tasa de saturación.
-
Descarga a alcantarillado Una vez que las aguas han decantado, el sistema descarga a una cámara de inspección del sistema de alcantarillado liberando el agua resultante directamente. Aguas Andinas evalúa periódicamente las aguas descargadas al alcantarillado.
a.9 Maquinarias y Equipos a Utilizar durante la Fase de Operación del Proyecto.
Las principales maquinarias y equipos a utilizar en la fase de operación del Proyecto son las siguientes:
Planta pinturas: 2 diluidores, 2 compresores de tornillo, 57 estanques de 900-4.500 galones, 1 máquina dispensadora, 1 estanque, 5 balanzas digitales, 6 máquinas envasadora neumática, 3 máquinas etiquetadoras, 3 envolvedoras, 14 revolvedoras, 6 dispersadoras, 1 extractor de aire, 2 molinos de bolas, 2 molinos de perlas, 3 maquinas túnel termocontraibles, 28 bombas neumáticas, 2 bombas de tornillo, 5 medidores de flujo, 4 estanques de 72 m' semielaborados, 1 tecle eléctrico, 1 grúa horquilla, 5 extractores de polvos.
14
Planta texturas: 2 bombas de tornillo, 1 máquina de pasta 900 kilos, 1 máquina para textura de 500 kilos, 1 máquina para textura de 2.000 kilos, 2 máquinas para textura de 2.500 kilos, 2 máquinas para textura de 5.000 kilos, 1 máquina para textura de 7.000 kilos, 1 máquina para textura de 3.600 kilos, 1 máquina para textura de 400 kilos, 2 máquinas tapadoras de baldes, 1 estanque bases textura, 2 sistemas levante, 1 extractor de polvo.
Planta resinas: 4 reactores de 9.000, 7.000, 3.000 y 1.500 litros de capacidad útil, 1 montacargas, 1 caldera de 1.500 Kcal/hr, 2 bombas de fluido térmico, 4 válvulas modulares 2”, 3 válvulas modulares de 3”, 5 válvulas de pistón, 3 torres de enfriamiento con bomba centrifuga, 6 estanques diluidores con motoreductor 26-17-8-3 m3, 2 filtros, 3 bombas de engranajes 2”, 2 bombas de vacío, 1 bomba de lavado de gases, 2 medidores de flujo, 1 compresor pistón.
Taller de mantención: 1 torno mecánico, 1 taladro vertical, 1 esmeril, 1 sierra mecánica
Fraccionamiento: 3 balanzas digitales de 30 y 10 kilos, 3 grúas horquilla de 3.000 y 1.500 kilos.
Laboratorio: 1 máquina dispensadora, 2 hornos eléctricos, 2 viscosímetros, 1 cromatógrafo de gases y 1 balanza.
Sector derivados: 2 revolvedoras eléctricas, 3 estanques agitadores.
a.10 Combustibles.
Respecto de las instalaciones y estanques de gas, la empresa cuenta con las siguientes
instalaciones:
Tabla 17: Instalaciones energéticas existentes
a.11 Manejo de Aguas lluvia:
La evacuación de aguas lluvias se encuentra resuelta dentro del predio, por medio de dos formas:
Estanques, recintos y/o equipos considerados
Potencia instalada
Gas natural con medidor (para Caldera)
1.744 Kw
Central GLP industrial 2 estanques aéreos de 4m' c/u
154,68 Kw
Central GLP comercial 2 estanques aéreos de 1 m? c/u
261,96 Kw
1 estanque aéreo de 4m' para Estación surtidora de GLP,
para 11 grúas horquillas
n/c
Y” Las aguas lluvias que escurren por las calles interiores de la empresa cuentan con sumideros que canalizan estas aguas hacia el sistema público de captación de aguas servidas, el cual se encuentra aprobado en los proyectos originales de alcantarillado y que no han sido modificados.
y” El resto de las aguas lluvias se absorben dentro del terreno a través de 2 sistemas de drenaje particular, ubicados uno en la zona de antejardín hacia Avenida Padre Hurtado (cerca de torre de Resinas) y el otro en antejardín del terreno donde se
ubica la Sala de Ventas, propiedad de Industrias Ceresita S.A.
a.12 Aguas Industriales.
La planta cuenta con abastecimiento de agua a través de un pozo profundo existente, que cuenta con derechos de agua constituidos e inscritos en el Conservador de Bienes Raíces, de acuerdo resolución de constitución del derecho de agua y copia del registro de propiedad de aguas adjuntada en el anexo 2 de la DIA. El agua se emplea para abastecer la producción y a los estanques de red húmeda.
15
a.13 Servicios sanitarios.
Las aguas servidas generadas serán enviadas mediante un sistema de alcantarillado hacia la conexión de la empresa Aguas Andinas, se adjunta en Anexo de la Adenda 2, el Certificado de Factibilidad de Aguas Andinas N* 003589 de fecha 03 de junio de 2013.
a.14 Calderas.
Para la operación de la planta se considera el uso de 1 caldera de calefacción, la cual tiene N? Registro CA 2281, de la SEREMI de Salud RM. La caldera utiliza gas natural para su funcionamiento, se estima que el consumo de combustible será entre 16 y 20,88 kg/hora y que operará durante 8 horas/día y 288 días al año. En Anexo de la Adenda 2, se adjuntan antecedentes de las características y mediciones de emisiones de la caldera.
a.15 Grupos Electrógenos.
Durante la fase de operación del proyecto se considera la utilización de un grupo electrógeno de emergencia.
a.15 Requerimientos viales.
De acuerdo al punto 2.4.1 de la DIA, el horario de recepción y despacho es continuado de 8:00 a 16:30 horas. Las materias primas son trasladadas hasta la planta por los distintos proveedores, en distintos tipos de vehículos de acuerdo al tipo de material transportado y a la siguiente tabla.
Tabla N” 18: Movimiento de vehículos estimado
Tipo de materia a . : Frecuencia Temporada Frecuencia Temporada trasladar Tipo de vehículo alta (septiembre-marzo) baja (abril-agosto) Solventes Camión cisterna 25 ton 1 diario 3 semanales Camión cisterna 8 ton 2 semanales 1 semanal Aceite de soya o o pescado Camión cisterna 25 ton 2 semanales 1 semanal resinas Camión 10 ton 1 diario Camión remolque 20 3 diarios ton Camión remolque 12 a Materias primas sólidas ton 3 diarios 5 3 Camión cerrado Y% 2 2 diarios ton Camioneta pick up 2 diarios Envases Camión cerrado % 2 ton 1__ diarios
La planta contará con 62 estacionamientos para vehículos, de los cuales 22 estarán al interior de la planta y 40 al exterior del proyecto, en el predio del frente por calle P.A. González. Los estacionamiento para camiones estarán al interior de la planta y serán un total 6 estacionamientos.
a.16 Plan de emergencia.
El proyecto contempla un plan de emergencia, dicho plan, fue recepcionado por bomberos de la comuna de Santiago, donde el documento presentado en el Anexo N*06 de la Adenda 1 presenta firma y timbre de recibido.
3.2.9.3 Fase de abandono del proyecto.
De acuerdo con la naturaleza del proyecto, no se contempla una fase de abandono.
4 Que, sobre la base de lo señalado por el titular en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, en los informes emitidos por los servicios que participaron en el proceso de evaluación, y en el Informe Consolidado de Evaluación, se concluye que el proyecto genera impactos sobre los siguientes componentes ambientales: Aire (emisiones atmosféricas y ruido), Agua (aguas servidas y aguas lluvias), Suelo y Vialidad Adyacente.
5 Que, el titular del proyecto deberá hacerse cargo de los impactos ambientales anteriormente señalados mediante la implementación de las siguientes medidas, las cuales, junto con las precisiones establecidas por esta Comisión, son adecuadas para acreditar el cumplimiento de la normativa de carácter ambiental que es aplicable al proyecto:
5.1 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidas a las emisiones atmosféricas, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:
En el anexo 10 de la Adenda 1 y complementado en un anexo de la Adenda N*2 y en el anexo 1 de la Adenda 3, se presenta la estimación de emisiones atmosféricas del proyecto.
16
En todo momento, el titular se obliga a lo siguiente:
5.1.1 Dar cumplimiento al Decreto Supremo N*66/2009 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que Reformula y Actualiza el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) de la Región Metropolitana, o el que lo reemplace.
5.1.2 Dar cumplimiento al Decreto Supremo N*144/1961 Ministerio de Salud que “Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza”, o aquel que lo reemplace.
En la fase de construcción, el titular se obliga a lo siguiente:
5.1.3 Dar cumplimiento al Decreto Supremo N*47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, sobre la “Ordenanza General de Urbanismo y Construcción”, especificamente a lo indicado en el artículo 5.8.3.1 sobre las medidas para controlar el impacto de las emisiones de polvo y material, en lo referente a las siguientes medidas:
i Regar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de demolición, relleno y excavaciones.
ii. Disponer de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos estables, pudiendo optar por alguna de las alternativas contempladas en el artículo 3.2.6 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
iii Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.
iv. — Lavar el lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen la faena.
v. — Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados.
vi. Cuando corresponda, evacuar los escombros desde los pisos altos mediante un sistema que contemple las precauciones necesarias para evitar las emanaciones de polvo y los ruidos molestos.
vii. Instalar una tela en la fachada de la obra, de manera total o parcial, u otros revestimientos, para minimizar la dispersión del polvo e impedir la caída de material hacia el exterior.
vil. Hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla.
5.1.4 Dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo N* 75/1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que “Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica”, o aquel que lo reemplace, en lo referido a que los vehículos que transporten desperdicios, arenas, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caerse al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc., deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas u otro sistema que impida su dispersión al aire.
5.1.5 Dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo N*18/2001 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Prohíbe la Circulación de Vehículos de Carga en Vías que Indica”.
5.1.6 Dar cumplimiento al D.S. N 59, de 1998, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República, Norma de Calidad Primaria para Material Particulado Respirable MP10 y su modificación por el D.S. N 45, de 2001,
5.1.7 Dar cumplimiento al D.S. N* 12, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, que Establece norma primaria de calidad ambiental para material particulado fino respirable MP 2,5.
En la fase de operación, el titular se obliga a lo siguiente:
5.1.8 Dar cumplimiento al Decreto Supremo N” 4/1992, Ministerio de Salud, Norma de Emisión de Material Particulado a Fuentes Estacionarias Puntuales y Grupales.
5.1.9 Dar cumplimiento al Decreto Supremo N* 138/2005, Ministerio de Salud, establece Obligaciones de Declarar Emisiones que Indica.
5.1.10Dar cumplimiento al Decreto Supremo N* 48/1984, Ministerio de Salud, Reglamento de Calderas y Generadores de Vapor, o el que lo reemplace.
5.2 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidas a las emisiones de ruido, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:
En todo momento, el titular se obliga a lo siguiente:
5.2.1 Dar cumplimiento en todas las fases del proyecto, a los límites máximos permisibles de ruido, de acuerdo a lo establecido en el D.S. N* 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente, Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que indica, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor sensible al ruido (Comunidad vecina).
No obstante, el titular deberá dar cumplimiento a lo siguiente: a) Las faenas constructivas sólo se podrán efectuar dentro del horario diurno de la normativa,
es decir, entre 07:00 y 21:00 horas.
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b) Se deberá mantener el muro perimetral existente integramente y en toda su extensión durante toda la operación del proyecto.
5.3. Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Agua, referidas al manejo de aguas servidas y manejo de aguas lluvias, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:
En todo momento, el titular se obliga a lo siguiente:
5.3.1. Dar cumplimiento del Decreto Supremo N*594/1999 del Ministerio de Salud, sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
5.3.2. Dar cumplimiento a lo establecido en Decreto Fuerza de Ley N”725/68, Código Sanitario, del Ministerio de Salud.
5.3.3. Dar cumplimiento a la Ley N*19.525 de 1997 del Ministerio De Obras Públicas, que Regula el Sistema de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvias.
5.3.4. Los proyectos de Pavimentación y de Soluciones de Aguas Lluvias de vías públicas que sean de tuición del SERVIU Metropolitano, deben cumplir con la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y la Ordenanza del Plan Regulador Metropolitano de Santiago y Manual REDEVU 84.
En la fase de construcción, el titular se obliga a lo siguiente:
5.3.5. La provisión de servicios higiénicos para los trabajadores deberá ajustarse en todo momento a las exigencias establecidas en el D.S. 594/99 del MINSAL "Reglamento sobre condiciones sanitarias ambientales básicas en los lugares de trabajo” y sus modificaciones, en lo que se refiere a cantidad, ubicación, transporte y limpieza de estas instalaciones.
a. Que el número mínimo de artefactos se calculará en base a la tabla del artículo 23 del citado D.S.
b. Que los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 m del área de trabajo.
Cc. Que el punto de la descarga de las aguas servidas debe ser acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que acredite la disposición adecuada de los mismos y/o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga, estableciéndose que el transporte, habilitación y limpieza de los baños químicos será responsabilidad del titular del proyecto.
5.4 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Suelo, referido a la generación de sustancias peligrosas, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:
En todo momento el titular se obliga a lo siguiente:
5.4.1 El titular deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Supremo N*78/2009, del Ministerio de Salud, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.
5.4.2 El titular deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Supremo N? 298/1995, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos.
5.5 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Suelo, referido a la generación de residuos sólidos, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:
En todo momento, el titular se obliga a lo siguiente:
5.6.1 Dar cumplimiento al Decreto Supremo N*594/1999 del Ministerio de Salud, sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, obligándose a eliminar los residuos sólidos en lugares autorizados.
5.6.2 Dar cumplimiento al Decreto Supremo N*148/2003 del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos.
5.6.3 Dar cumplimiento a las autorizaciones a las que hace referencia el Decreto Fuerza Ley N725/67, Código Sanitario y el Decreto con Fuerza de Ley N1 del Ministerio de Salud, que Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa.
5.6.4 Para el caso de residuos industriales no peligrosos y asimilables a domiciliarios, solicitará la autorización sanitaria para disponer estos residuos en un sitio de disposición final, el cual debe estar debidamente autorizado por la Autoridad Sanitaria Regional. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en el D.S. N 594/99 del Minsal, sobre las “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”. Para el caso específico de la eliminación de los residuos peligrosos, el titular deberá dar cumplimiento a lo indicado en el D.S. N 148/03 del Minsal, que “Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”, enviando cada uno de estos materiales a lugares autorizados.
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En la fase de construcción, el titular se obliga a lo siguiente:
5.6.5 Dar cumplimiento a lo establecido en Decreto Supremo N” 594 de 1999 del MINSAL, que aprueba Reglamento Sobre "Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de Trabajo", o el que lo reemplace.
En particular, en lo referido a la responsabilidad del titular respecto de la instalación, mantenimiento y limpieza de los servicios higiénicos provisorios (baños químicos) y abastecimiento de agua potable para la totalidad de los trabajadores durante la fase de construcción del proyecto. Lo anterior, principalmente relacionado a: a) Que el número mínimo de artefactos se calculará en base a la tabla del artículo 23 del citado D.S. b) Que los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 m del área de trabajo. Cc) Que el punto de la descarga de las aguas servidas debe ser acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que acredite la disposición adecuada de los mismos y/o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga, estableciéndose que el transporte, habilitación y limpieza de los baños químicos será responsabilidad del Titular del proyecto. d) Que el Titular del proyecto debe cumplir con los artículos del Párrafo IV, “De los Servicios Higiénicos y Evacuación de Aguas Servidas”, contenidos en el D.S. N* 594 de 1999 del MINSAL, sobre las "Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”.
5.6.6 Dar cumplimiento al Decreto con Fuerza de Ley N” 725 de 1967 Código Sanitario del Ministerio de Salud, respecto a Disposición Residuos Sólidos.
5.6.7 Dar cumplimiento al Decreto Supremo N” 148 del 2003 “Reglamento Sanitario para el Manejo de Residuos Peligrosos”, en lo relativo a su almacenamiento, transporte y su eliminación en sitios autorizados por el organismo competente.
5.6.8 Los residuos sólidos asimilables a domiciliarios derivados de la construcción del proyecto, deberán ser dispuestos en rellenos sanitarios autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud. Además, el titular deberá instalar contenedores con tapa hermética, distribuidos uniformemente en los sectores de la obra y en las instalaciones de faena, a fin de que los trabajadores dispongan los residuos domiciliarios en bolsas de basura herméticas. Estos residuos deben ser retirados por el servicio municipal de recolección.
5.6.9 Disponer los excedentes de movimiento de tierra, así como los de materiales empleados en la construcción, en sitios o en pozos con planes de recuperación de suelos, autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana.
5.6.10 Mantener un registro en obra de la documentación (guías de despacho) que acredite que los residuos generados durante la fase de construcción del proyecto fueron dispuestos en destinatarios autorizados por el organismo competente y que estarán a disposición de la autoridad en caso de requerirlo.
5.6.11 Mantener en los lugares de trabajo, buenas condiciones de orden y limpieza, disponiendo en puntos estratégicos recipientes para la disposición temporal de los residuos domiciliarios, adoptando las medidas más efectivas para evitar la entrada o para eliminar la presencia de vectores sanitarios.
5.6.12 Considerar, que en su generalidad, el manejo de los residuos es de exclusiva responsabilidad del generador de los mismos, debiendo éste implementar una gestión de sus residuos sobre la base de un manejo diferenciado entre los tipos de residuos generados, los que son peligrosos de los que no lo son, privilegiando las alternativas de prevención, reúso y reciclaje por sobre las alternativas de control como el tratamiento y/o la disposición final de los residuos en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria Regional.
En la fase de operación, el titular se obliga a:
5.6.13 Dar cumplimiento al Decreto Supremo N*594/1999 del Ministerio de Salud, sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, obligándose a eliminar los residuos sólidos en lugares autorizados.
5.6.14 Durante la fase de operación del proyecto, se generarán principalmente residuos asimilables a domésticos, los cuales serán dispuestos en recipientes destinados para estos fines y retirados por los camiones del servicio de aseo de la Ilustre Municipalidad de Estación Central y serán dispuestos en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria.
5.6.15 Dar cumplimiento al Decreto Supremo N*148/2003 del Ministerio de Salud, sobre Manejo de Residuos Peligrosos.
5.6 Respecto del impacto ocasionado sobre la Vialidad Adyacente, el titular se obliga a implementar las siguientes acciones:
En la fase de construcción, el titular se obliga a lo siguiente:
5.7.1 Ejecutar el lavado de ruedas de camiones y vehículos, dentro del recinto. 5.7.2 Disponer al interior de la faena, estacionamientos suficientes para los vehículos del personal y camiones.
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5.7.3 Las obras que se realicen en la vía pública, deben considerar lo dispuesto en Capítulo N 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos, de acuerdo al Decreto Supremo N 90/2002 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado el 20 de enero de 2003 en el Diario Oficial. Además deberá tener presente, un plan de humectación para cada etapa del proyecto. Este plan debe considerar las vías de acceso, calles y aceras circundantes a la obra, material de relleno, remoción de tierra y todas las fuentes de emisión de material particulado existentes, entre otras. Y determinar uso de camión aljibe u otro medio de humectación, como aditivos u otros, además de indicar claramente la frecuencia diaria, realizando un registro diario durante el periodo en que se realicen las faenas de excavación y construcción. Con ese plan, se solicitará un registro, para fiscalizar su cumplimiento.
5.7.4 Dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo N*158/1980 del Ministerio de Obras Públicas, utilizando vehículos propios o de terceros que cumplan con el límite de pesos por eje y límites de peso bruto total de la norma citadas.
5.7.5 Dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo N*18/2001 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, en el sentido de que los camiones y vehículos de carga que trasladen residuos e insumos desde y hacia el proyecto, no circularán por las vías ubicadas al interior del Anillo Américo Vespucio.
5.7.6 Cumplir con las restricciones horarias que exigen las Municipalidades afectadas por la circulación de los vehículos.
5.7.7 Instalar en el interior del proyecto, señalizaciones transitorias y medidas de seguridad, destinadas tanto a los obreros, como a personas ajenas a las obras que circulen por ese lugar.
5.7.8 No se deberá realizar acopio de materiales en la vía pública.
5.7.9 Disponer de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos estables.
5.7.10Hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla.
5.7.11Realizar el transporte de materiales en camiones encarpados mediante carpa de lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería con el objetivo de evitar durante el traslado la caida de materiales y el desprendimiento de polvo.
5.7.12Limitar la velocidad de circulación de los vehículos en las vías interiores del recinto.
5.7.13Prohibir el estacionamiento de todo tipo de vehículos (relacionado con las obras) en las calzadas de las calles afectadas por el proyecto. Junto con lo anterior, se deberá prohibir el acopio de materiales en estas calzadas.
En la fase de operación, el titular se obliga a lo siguiente:
5.7.14Dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo N” 66/2009 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica.
5.7.15El titular deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo N*158/1980 del Ministerio de Obras Públicas, utilizando vehículos propios o de terceros que cumplan con el límite de pesos por eje y límites de peso bruto total de la norma citadas.
5.7.16El titular deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo N*18/2001 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, en el sentido de que los camiones y vehículos de carga que trasladen residuos e insumos desde y hacia el proyecto, no circularán por las vías ubicadas al interior del Anillo Américo Vespucio.
5.7.17Señalizar (Horizontal y Vertical) los accesos al proyecto, al igual que las intersecciones de Pedro Antonio González con Caletera de Autopista Central Padre Alberto Hurtado, Pedro Antonio González con Ruiz Tagle y Pedro Antonio González con Obispo Manuel Umaña Salinas.
5.7.18La planta contará con 62 estacionamientos para vehículos, de los cuales 22 estarán al interior de la planta y 40 al exterior del proyecto, en el predio del frente por calle P.A. González. Los estacionamiento para camiones estarán al interior de la planta y serán un total 6 estacionamientos.
5.7.19Mantener en el proyecto un registro de carácter permanente sobre los camiones que entran y salen del proyecto, en el que se indique la actividad y las frecuencias de dichos camiones.
5.7.20Evitar el paso de camiones que transporten sustancias peligrosas por rutas de zonas residenciales.
5.7 Respecto del impacto ocasionado sobre la Patrimonio Cultural, el titular se obliga a implementar las siguientes acciones:
En la fase de construcción, el titular se obliga a lo siguiente:
5.7.1 En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico deberá proceder según lo establecido en los artículos N 26 y 27 de la Ley N” 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N 20 y 23 del Reglamento de la Ley N” 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto.
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5.7.2 Dar cumplimiento al D.S. N” 484 del Ministerio de Educación, Reglamento de la Ley N* 17.288, sobre Monumentos Nacionales.
-
El proyecto requiere del Permiso Ambiental Sectorial señalado en el artículo 93 del Reglamento del SEIA, que se relaciona con la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basura y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. N” 725 de 1967, Código Sanitario. Al respecto, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, por medio de su Ord. N* 1480, de fecha 13 de febrero de 2014, se pronunció conforme con los antecedentes presentados.
-
El proyecto requiere del Permiso Ambiental Sectorial señalado en el artículo 94 del Reglamento del SEIA, que corresponde a la calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2 del D.S. N* 47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Al respecto, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, por medio de su Ord. N” 1480, de fecha 13 de febrero de 2014, se pronunció conforme con los antecedentes presentados, calificando la actividad de Molesta.
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización en cada una de las fases del proyecto, permitiendo el acceso a sus diferentes partes y componentes, cuando se lo soliciten y facilitando la información y documentación que se requiera para el buen desempeño de dichas actividades.
Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Resolución Exenta N*844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2013, o aquella que la reemplace.
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Exenta N” 233, de la Superintendencia del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 21 de marzo de 2013, que instruye normas de carácter general sobre deberes de remisión de información establecidos en planes de prevención y/o descontaminación respecto de fuentes emisoras estacionarias, o aquella que la reemplace.
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Exenta N” 234, de la Superintendencia del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 21 de marzo de 2013, que instruye normas de carácter general sobre deberes de remisión de información establecidos en normas de emisión de contaminantes a la atmósfera que indica”, o aquella que la reemplace.
- Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente al Servicio de Evaluación
11.
Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para controlarlos y hacerse cargo de ellos.
Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito, al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, los cambios de titularidad, domicilio o del representante legal.
- Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de
responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas directamente por éste o a través de un tercero.
- Que, en atención a todo lo señalado con anterioridad, puede concluirse que los impactos
ambientales del proyecto “Reingeniería y regularización de instalaciones, fábrica de pinturas, Estación Central (ex - SOQUINA)”, se ajustan a la normativa de carácter ambiental vigente, y que el proyecto no genera, ni presenta los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N*19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
21
- Que, en razón de lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región
Metropolitana de Santiago.
Resuelve: 1.
Calificar Ambientalmente Favorable el proyecto “Reingeniería y regularización de instalaciones, fábrica de pinturas, Estación Central (ex - SOQUINA)”, presentado por Industrias Ceresita S.A.
Declarar que para que el proyecto pueda ejecutarse, deberá darse cabal cumplimiento a todas las medidas, compromisos y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución.
Certificar que el proyecto “Reingeniería y regularización de instalaciones, fábrica de pinturas, Estación Central (ex - SOQUINA)”, cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable y requiere de los permisos ambientales sectoriales del artículo 93 y 94 consignados en el Título VII, del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (D.S N 95/01 MINSEGPRES), los que se otorgan, y que no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N 19.300.
Se hace presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime oportuno.
Notifíquese y Archívese
, Cratídio Bañijamín O Larraín SS e D ente
ma e Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago
ds Zegión Metropolitana de Santiago
NO llaga
Distribución:
Rodrigo de la Cuadra Garretón y Edgardo Zamora Barros Superintendencia del Medio Ambiente
Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana
Dirección Regional de Obras Hidráulicas
Gobierno Regional, Región Metropolitana
llustre Municipalidad de Estación Central
Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente Región Metropolitana Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM Superintendencia de Electricidad y Combustible SEC, RM Superintendencia de Servicios Sanitarios
22