Evaluación SEA

DIA Estero Arnoldo (Est. Sangra) PERT 211110004

Rol 6323575
SEA · DIA · Aprobado · 2011-11-29 · Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo · Salmones ICE VAL Ltda.

s “

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN XI REGIÓN DE AYSÉN

VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto “DIA Estero Arnoldo (Est. Sangra) PERT 211110004”, presentada por Salmones ICE — VAL Ltda..,

Fernández, con fecha 29 de Noviembre de 2011.

  1. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las

cuales se contienen en los siguientes documentos:

2.1. Con relación a la DIA del Proyecto

Califica Ambientalmente el proyecto "DIA Estero Arnoldo (Est. Sangra) PERT 211110004"

Resolución Exenta N* 259

Coyhaique, 30 de Julio de 2012

representada legalmente por el Sr. Ronny Mansilla

Institución JORD. N? Fecha Servicio Nacional de Turismo, Región de Aysén 742 16/12/2011 Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén. 191-EA/2011 120/12/2011 Dirección Regional de Dirección General de Aguas, Región dej801 21/12/2011 Aysén

Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600/790 26/12/2011 Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén 2147 27/12/2011 Subsecretaría de Pesca 3381 27/12/2011 ¡SEREMI del Medio Ambiente, Región de Aysén 547 27/12/2011 Servicio Nacional de Pesca, Región de Aysén 480829411 29/12/2011

Informes de Compatibilidad Territorial; políticas, planes y programas; instrumentos de planificación territorial.

Institución JORD. N* [Fecha

¡Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600/746 06/12/2011

Gobierno Regional, Región de Aysén 2293 21/12/2011

lustre Municipalidad de Aysén, Región de Aysén 2500 22/12/2011

2.2. Con relación a la Adenda N* 1 del Proyecto

Institución ORD. N* Fecha

¡Subsecretaría de Pesca 1750 28/06/2012

Secretaria Ministerial de Satud, Región de Aysén 823 29/06/2012

  1. El Acta de Evaluación N” 82/2012, del Comité Técnico de fecha 12 de julio de 2012,

  2. El Informe Consolidado de la Evaluación de impacto Ambiental del Proyecto “DIA Estero Arnoldo (Est. Sangra) PERT 211110004”, de fecha 24 de Julio de 2012.

  3. El Acta Comisión de Evaluación Región de Aysén, Sesión Ordinaria N* 03-07/2012, de fecha 24 de Julio de 2012.

  4. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la

Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “DIA Estero Amoldo (Est. Sangra) PERT 211110004".

  1. La Ley N? 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 09 de marzo de 1994, modificada por ta Ley N* 20.417, publicada en el Diario Oficial el 26 de enero de 2010, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente; el D.S. N” 95, del

1

Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 07 de diciembre de 2002; la Ley N” 19.880, publicada en el Diario Oficial el 29 de mayo de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Exenta N 30, de fecha 22 de octubre de 2010, que ejecuta y formaliza acuerdo que aprueba Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén; la Resolución Exenta N 282, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 27 de febrero de 2012, que nombra como Director Regional Subrogante del Servicio de Evaluación Ambiental de la región de Aysén a don Christian Betancourt Guerra; y, la Resolución Exenta N* 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Tramite de Toma Razón.

CONSIDERANDO:

1.- Que, la Comisión de Evaluación de la Región Aysén debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto “DIA Estero Arnoldo (Est. Sangra) PERT 211110004",

2- Que, el derecho de Salmones ICE — VAL Ltda., a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

3.- Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto “DIA Estero Arnoldo (Est. Sangra) PERT 211110004", consiste en:

3.1. Tipología de Proyecto:

n.3. - Producción anual igual o mayor a (35ton) tratándose de equinodermos, crustáceos y moluscos no filtradores, peces y otras especies, a través de un sistema de producción intensivo.

0.8. - Sistema de tratamiento y/o disposición de residuos industriales sólidos. En cuanto el titular presenta como parte integrante de su proyecto un sistema de ensilaje para el tratamiento de la mortalidad.

3.2. Cronograma de Actividades

[Etapa Fecha Inicio Fecha Término Levantamiento de información Julio 2011 Julio 2011 ¡Construcción Enero 2012 Febrero 2012 Operación Julio 2012 Julio 2012 ¡Abandono ¡Agosto 2037 ¡Agosto 2037

Las fechas en este cronograma están supeditadas a la obtención y la correspondiente aprobación de la Resolución de Calificación Ambiental.

3.3. Monto de Inversión: USD $ 1.500.000.- 3.4. Vida útil: Indefinida

3.5. Mano de Obra:

ETAPA Mano de Obra Proyectada Levantamiento de información B Etapa de Construcción Etapa de Operación 3 Etapa de Cierre o Abandono P---

3.6. Superficie: El proyecto se ubicara dentro ia superficie aprobada de 5 Há. La distancia existente entre la base en tierra del proyecto y la concesión otorgada, corresponde a 160.6 m. por el tramo más corto.

3.7. Producción: La producción máxima es de 750 toneladas de salmónidos

3.8. Localización: Estero Arnoldo, Comuna de Aisén, Provincia de Aisén, XI? Región Aysén del General Carlos Ibañez del Campo. El proyecto se emplaza en una zona preferencial para la Acuicultura de acuerdo al D.S. N? 153/2004.

Respecto a la compatibilidad territorial del Proyecto:

De acuerdo a la información presentada por el titular en la DIA y la información que consta en el expediente, es posible señalar que el proyecto en evaluación es compatible con los instrumentos de ordenamiento territorial vigentes en la región.

3.9. Justificación de la Localización:

El proyecto se ubica en un Área Apropiada para el Ejercicio de la Acuicultura (AAA) definida como tal por la Subsecretaría de Marina, según D.S. N” 201/2010, del Ministerio de Defensa Nacional.

La base ubicada en tierra “Sangra”, sí considera instalaciones de apoyo al Centro de engorda Arnoldo, esta base de operaciones cumple el rol de servir como centro logístico, en donde se realizan actividades propias de apoyo a la operación del centro de cultivo.

Las principales instalaciones que posee la base son:

Albergue de Personal

Casino

Taller, bodega, sala de motores

Baños

Área desinfección.

Casa jefe de centro y casa de huéspedes.

3.10. Coordenadas Geográficas

Las coordenadas geográficas de los vértices de la concesión, según to indicado en la DIA:

[COORDENADAS GEOGRÁFICAS DE LOS VÉRTICES DE LA CONCESIÓN

Punto [Referidas a la Carta SHOA N* 8610 (Dátum WGS 84)

Latitud S Longitud W___ Este E [Norte N Lado [Distancia 45% 22' 15,55" [73% 18' 56,96" [631879.46 14974456,93 A-B 100

45% 22' 15,92” [73% 18' 52,39" 531978.52 14974443.23 B-C 500

45 22 32,01” [73% 18'55,06"_ 531910.00 14973947 94 C-D 100

145% 22 31,63” [73 18' 5963" [531810.94 14973961.65 D-A 1500 [Superficie de ta concesión 50.000 m2

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3.11. Descripción del Proyecto

El proyecto consiste en la modificación del centro de cultivo, número de solicitud 211111004 (centro 110128) y que se encuentra autorizado originalmente a través de la Resolución (SUBPESCA) N” 513 de 1995. El proyecto contempla un aumento de producción a 750 toneladas de salmónidos y la instalación de un sistema de tratamiento de las mortalidades generadas al interior del centro de cultivo, considerando ciclos productivos de una duración aproximada de 3 a 4 meses.

El acceso al centro de cultivo se realizará exclusivamente por vía marítima desde el Puerto Chacabuco, tanto para las actividades de carga y descarga de peces, así como para el traslado de las estructuras flotantes y sistemas de fondeos con las que contará el centro durante su etapa de construcción. Por la misma vía se realizará todo movimiento del personal y el abastecimiento de insumos durante su etapa de operación.

Otros Antecedentes:

RCA N? 115, 26 de Febrero de 2010, del proyecto “AMPLIACIÓN DE PRODUCCIÓN DE CENTRO DE ENGORDA DE SALMONIDOS ISLA ELENA, AL NORTE DE ISLA COLORADA, SALMONES ICE VAL LIMITADA”, en donde se evaluó ambientalmente la base en tierra Sangra, y se le otorgaron los Permisos Ambientales Sectoriales PAS, contemplados en los Artículos 91 y 96 del RSEIA..

3.12. Fase o Etapa de Construcción.

Las embarcaciones, naves y artefactos navales, incluidos aquellos donde se instalarán los sistemas de ensilaje, estarán inscritos ante la Autoridad Marítima y cumplirán con todas las exigencias técnicas y de seguridad pertinentes.

Durante la etapa de construcción se materializará la instalación de las estructuras Flotantes en la Concesión.

3.12.1. Balsas Jaulas

El centro de cultivo contempla la instalación y el equipamiento de 62 balsas jaulas rectangulares, a partir del quinto año, con sus respectivos fondeos. Este centro operará sobre una extensión de 5 Hectáreas, sólo contemplando instalaciones en el mar. El número de balsas jaulas a instalar cada año se detalla a continuación:

Número de jaulas a instalar

¡AÑO [TOTAL ACUMULADO IPO DE ESTRUCTURA 4 Pb E lk- 5 [Volumen Total Balsa jaula 52 f2 b2 Jó2 2 [147.500 m Total 62 147.500 m Dimensiones estructuras (m)(15X15X12);(10X10X10)147.500 m Área de mar total a ocupar [10.700 m2 147.500 m Volumen máximo a ocupar [147500 147.500 m?

Fuente: Proyecto Técnico

Las balsas estarán conformadas por estructuras de metal de alta resistencia de 15 x 15 x 12 m y 10 x 10 x 10 m. Se utilizará como sistema de flotación, bloques de poliestireno expandido con una densidad de 20 Kg./m?, recubiertos con plástico moldeado. La estructura se fondeará con cables tensores unidos a un sistema de anclaje (muertos).

Las balsas serán armadas en Puerto Aysén, previa autorización de la Capitanía de Puerto, y posteriormente remolcadas por una embarcación hacia el sitio de emplazamiento.

La instalación de los fondeos y jaulas será realizada por terceros dedicados a esta actividad. Los fondeos serán adquiridos de proveedores autorizados y estarán compuestos por bloques de hormigón, cadenas, grilletes de acero galvanizado y cabo de polipropileno, según las indicaciones del fabricante de jaulas.

3.12.2. Redes.

En este centro se utilizarán tres tipos de redes de cultivo para la engorda de peces (redes peceras), de protección ante depredadores (redes loberas) y de protección contra aves y escape de peces (redes pajareras).

Redes de Cultivo: Las dimensiones de las redes de cultivo serán: 15 x 15 x 12m y 10 x 10 x 10, con una titulación de 210/48 y 210/72 y una apertura de 1, 2" y 2%”, dependiendo de la talla de los salmónidos. .

Redes Loberas: Para evitar los ataques por lobos marinos, cada una de las unidades de cultivo será envuelta por una red lobera que protegerá las estructuras flotantes. Esta red tendrá una apertura de malla igual a 10' y una titulación de 210/180, lo que evitará que el depredador se enmalle, enrede y muera asfixiado, además de evitar que

rompa la red de cultivo y penetre a las balsas.

Redes Pajareras: corresponderán a mallas que cubrirán la totalidad de la superficie de las balsas, con una apertura de 2”. Su función será evitar la predación por aves y el escape de peces por acción del oleaje.

Conjuntamente se implementará un plan de Contingencia para proteger y conservar la fauna silvestre.

Se dispondrá impregnar las redes en talleres de autorizados por las autoridades competentes y que posean todos sus permisos ambientales vigentes.

3.12.3. Plataforma Flotante

Se utilizará una plataforma flotante que cumplirá funciones de bodega y acopio de alimento, cuyas dimensiones son 18 m. de eslora y 14 m. de manga.

3.12.4. Puntos para fondeo

Las balsas jaulas utilizarán un sistema de fondeo que está compuesto por bloques dobles de hormigón armado de 12 toneladas en sus cabeceras y bloques de hormigón armado de 8 toneladas por pasillos laterales a ambos lados del sistema, cadenas de 32 mm, grilletes de acero galvanizado de 7/8, cabo de polipropileno de 1,1/4 de diámetro y cable de acero de una pulgada. En las cabeceras irán boyas de 2000 L y en los pasillos laterales de 1500 L.

La plataforma flotante utilizará puntos de fondeo confeccionados por cáncamos con barras de fierro de 2” de diámetro, dispuestos en un plano vertical. Cuatro de ellos van soldados a vigas de acero que forman parte de la armadura de cubierta, los dos restantes forman parte de la viga de hormigón armado central, los que se distribuyen inmediatamente por debajo de la cubierta. El fondeo consiste en utilizar principalmente “muertos” (estructuras de Hormigón), y anclajes, para fijar la infraestructura del centro al fondo marino, utilizando un cubo de hormigón de un peso de 15.000 Kg a 30.000 Kg. Estas estructuras serán armadas en Puerto Chacabuco, siendo posteriormente -. remolcadas al lugar de operación del proyecto previa autorización de la Capitanía de Puerto correspondiente. Si ] fuese necesaria la utilización de áridos, los servicios contratados estarán debidamente autorizados y se velará que en ningún caso se utilice arena de la playa para la construcción de anclaje. Además, se asumirá la responsabilidad ambiental derivada de actuaciones de empresas subcontratadas para realizar dichas faenas.

Además, el anclaje es la unión estructural que consiste en la inserción de un elemento metálico en el hormigón para luego fijar otros elementos. Las principales caracteristicas de esta estructura de anclaje son:

e Alta Capacidad de Agarre e Alta penetración

e Estabilidad de Ancla

  • Optima resistencia mecánica

  • Capacidad de soportar incremento en su capacidad máxima.

Estas estructuras serán compradas e instaladas por empresas del rubro que se encuentren debidamente autorizadas.

3.12.5. Sistema de detección de alimento

Antes de iniciar la operación del centro, serán instalados sistemas de detección de alimento. Por lo mismo, se activará durante el proceso de alimentación, un sistema de detección de alimento no ingerido.

Se utilizarán sistemas centralizados automáticos de alimentación, el cual se basa en el suministro de pellet a las * jaulas, a través de tuberías, impulsado por aire desde un lugar centralizado, donde se ubican los silos de pellet, controlados de forma automática desde un computador por un potente software.

El sistema es utilizado en conjunto con cámaras, sensores de corriente, de temperatura y de oxígeno, dicho sistema proporciona la correcta cantidad de alimento, a la tasa de alimentación óptima, en el momento preciso, todo el tiempo.

Con las cámaras submarinas se monitoreará el comportamiento de los peces y las condiciones de las redes. El porcentaje de pérdida que presenta este sistema no debiera superar el 1%.

3.12.6. Plataforma de Ensilaje

El centro contempla la utilización de una plataforma de ensilaje, que consiste fundamentalmente en el uso de un estanque triturador y otro agitador, en los cuales se tritura, mezcla, homogeniza y acidifica con ácido fórmico al 85% ta mortalidad generada en el centro de cultivo de salmónidos. Esto en cumplimiento del Reglamento de Medidas de Protección, Control y Erradicación de Enfermedades de Alto Riesgo para las Especies Hidrobiológicas, el D.S. N* 319/01 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

La plataforma estará diseñada para soportar las condiciones hidrodinámicas del sector y para protección por ingreso de personas no autorizadas y o presencia de mamiferos y aves marina y será de uso exclusivo del centro.

La ubicación aproximada del artefacto naval será 631856,33 E — 4974229,01 N.

La plataforma de ensilaje deberá cumplir con los requisitos mínimos establecidos por esta Autoridad Marítima a través de la Circular N* 12.600/598 del 10 de Noviembre de 2010, disponible en la web: www.directemar.cl, sección

Marco Normativo — Nacional - Resoluciones - Resoluciones Locales - Gobernación Marítima de Aysén.

3.12.7. Agua potable y Servicios Higiénicos Abastecimiento de agua potable

La fuente de abastecimiento de agua potable provendrá de la red pública desde el centro urbano más próximo, Puerto Chacabuco o Puerto Aysén, la que será suministrada en una cantidad necesaria para cumplir con el requerimiento de la normativa. El agua potable será cargada en recipientes especialmente destinados para estos fines y transportada por embarcaciones de logística de la empresa a la base Sangra. Además se proveerá de agua para beber mediante bidones de agua mineral envasados, adquiridos en el comercio y transportados de la misma forma.

El titular se compromete a abastecer el centro con la cantidad necesaria para cumplir con el requerimiento de 100 litros/persona/día, según lo indicado en el Art. 14 del D.S. N” 594/99 sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. En caso de obtener el agua potable de una red rural, el titular se compromete a presentar un informe técnico favorable de que el agua es realmente potable, un certificado de autorización otorgado por el Ministerio de Obras Públicas y establecer un convenio con el comité de agua potable de la localidad. Una vez operando el centro de cultivo, no se descarta la opción de utilizar agua dulce cercana al emplazamiento del proyecto, en tal caso se solicitarán los permisos de aprovechamiento correspondientes a la Dirección General de Aguas para cumplir con la normativa correspondiente.

En caso de utilizar como fuente de agua dulce una red de agua potable rural o alguna fuente natural, el titular presentará todas las autorizaciones y permisos correspondientes y/o derechos comprometidos antes de utilizar dicha fuente de abastecimiento de agua.

Transporte de agua potable

Se transportará el agua potable en una embarcación o barcaza según requerimiento. La norma vigente, exige que se dispongan de 100 L por persona en el lugar de trabajo, por lo que se necesitarán 500 L diarios para todo el personal en periodo de máxima operación.

Desinfección de agua potable

Durante el funcionamiento del centro se realizará un muestreo constante del agua, y el resultado será registrado en Una bitácora.

En el caso de usar cloro o compuestos clorados como desinfectantes, la concentración residual mínima de cloro libre debe ser de 0.20 mg/l, determinada en forma colorimétrica.

En el caso de realizar los análisis correspondientes se utilizaran Kits que están en el mercado los cuales miden cloro residual en el agua, de aplicación universal y constituye la base de todos los kits para análisis de terreno, no requiere de ningún aparato adicional y es de especial importancia cuando se requiere realizar análisis rápidos y económicos. Este sistema puede ser usado por personal no entrenado obteniendo resultados confiables, reproducibles en pocos minutos.

Baños

Las condiciones sanitarias del personal serán habilitadas en la base de operaciones “Sangra, la que fue calificada ambientalmente mediante RCA N? 115, de fecha 26 de Febrero de 2010”, en donde el circuito de aguas negras contempla el uso de una planta aeróbica de tratamiento de aguas servidas a la que se descargarán los puntos de consumo.

De acuerdo a las especificaciones técnicas de la planta de tratamiento aeróbica, que se implementará para el circuito de aguas negras, ésta operará dividiendo el tratamiento en los procesos de aireación, clarificación, desinfección y descarga.

La planta actuará por un proceso de oxidación aeróbica (bacteria y aire).

Los líquidos y sólidos de desperdicio son removidos del agua por bacterias naturalmente contenidas en el lodo.

Cámara de aireación y clarificación: en esta cámara las bacterias crecen y se multiplican usando los lodos como su

'

principal alimento. Esta acción reduce la cantidad y tamaño de los sólidos contenidos. En la Cámara de clarificación, el grupo bacterial es separado de las materias sólidas tratados. El agua procesada es clarificada y libre de sólidos.

La planta de tratamiento de aguas servidas que se implementará está aprobada para su uso por el Servicio de Guardacostas Norteamericano; cumple con la Organización Marítima Internacional (OMI) resolución MEPC.2; cumple con la normativa de la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante Nacional (DIRECTEMAR). Se adjunta también el certificado de homologación OMI.

La capacidad de la planta de tratamiento es la siguiente:

. Flujo : 12.000 litros/día . N? Personas: 70 personas/día.

En cuanto a la limpieza del estanque y la mantención, se realizará una vez al año por parte de la empresa fabricante u otra debidamente calificada y que cumpla la normativa nacional, considerando que el proceso de depuración genera una cantidad muy reducida de lodo. Los lodos generados se depositarán en bidones herméticos y se dispondrán en el vertedero industrial autorizado. En caso de ser necesario se dispondrá de un camión limpia fosas el que será trasladado mediante barcaza al sitio de la concesión con el objeto de retirar y posteriormente disponer los lodos generados por el centro.

El centro de cultivo se instalará y operarán 2 baños químicos, los cuales serán comprados a empresas de rubro, las cuales se encargarán de su instalación y mantención. Se trabajara sólo con empresas que cuenten con todos los permisos y autorizaciones vigentes.

Se realizara anualmente (como minimo), muestreos puntuales al efluente generado por la planta de tratamiento de aguas. Estos muestreos deberán ser llevados a cabo por profesionales-técnicos o persona jurídica que acrediten especialización en el tema. Sin perjuicio de lo anterior, los análisis de las muestras deberán ser realizados por laboratorios acreditados por el Instituto Nacional de Normalización. Los parámetros a evaluar en los análisis, son - aquellos establecidos en la Circular A-52/004, de la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante, disponible en la Web: www.directemar.cl, sección Marco Normativo — Nacional - Circulares. Los resultados de cada uno de los muestreos y análisis, deberán ser informados a la Gobernación Marítima de Aysén.

Los residuos resultantes de la mantención y limpieza del sistema de tratamiento de aguas sucias, deberán ser trasladados a vertederos u otro dispositivo autorizado por la autoridad sanitaria correspondiente. Esto deberá ser demostrado por respectivos documentos de despacho y recepción.

3.13, Etapa o Fase de Operación.

La frecuencia de abastecimiento, retiro de mortalidad y retiro de basura domiciliaria se resume a continuación:

ACTIVIDAD [FRECUENCIA ABASTECIMIENTO Cada 7 días RETIRO DE Diario MORTALIDAD

[RETIRO DE BASURA _ [Cada 7 días

El retiro desde las balsas jaulas será diariamente, tal como lo exige el Art. 22A, del DS 319/2001.

3.13.1. Ingreso de smolts

El número de smolts (salmónidos) a ingresar variará según los requerimientos de producción de acuerdo a lo establecido en el proyecto técnico. Los smolts ingresarán con un peso inicial promedio de 90 gramos, esta actividad se efectuará mediante el traslado de los peces desde pisciculturas que cuenten con las acreditaciones sanitarias correspondientes, ubicadas principalmente en la XI región, en sectores como Seno Aysén, Lago Riesco y Lago Los Palos, así como también, podrán provenir desde Lago Huillinco, Lago Chapo, Lago Pucheguín y Lago San Antonio, en la Décima Región.

El traslado de los peces se realizará por vía marítima, mediante embarcaciones o contenedores especialmente diseñados para este fin. El arribo de los smolts será registrado por el jefe del centro, quien revisará el estado de los peces y los requerimientos legales para su ingreso, posteriormente en el caso de mortalidad se procederá a retirar los peces que se encuentren muertos desde las balsas jaulas, actividad que se realizará mediante buceo en forma

permanente.

Con el objeto de prevenir enfermedades, previo a cada traslado de peces se realizará una desinfección rutinaria de los estanques. El transportista deberá entregar un certificado que acredite la desinfección de los estanques.

El servicio de traslado de peces para ingreso podrá ser encargado a terceros. En caso de ser así, se subcontratara este servicio a empresas que cuenten con embarcaciones que cumplan la legislación vigente, que cuenten con un protocolo de desinfección así como certificados de desinfección previos al minuto de prestar el servicio, para asl corroborar que cumplan con la normativa de tipo sanitaria, ambiental y marítima.

Cada movimiento de smolts desde la piscicultura hasta el centro de cultivo será respaldado por registros internos del centro (bitácora) y guías visadas de Sernapesca.

Número y Biomasa de Smolt ingresados por ciclo productivo.

[PRODUCCIÓN

CICLO [nonesa DESMOLTS JBIOMASA DE SMOLTS [BIOMASA DE SMOLTS INGRESADOS POR CICLO|INGRESADOS POR |INGRESADOS POR U) CICLO (KG.) CICLO (TON.)

1 2.472.727 223 544

7 13.409.091 1307 1750

3 13.409.091 307 1750

n 3.409.091 307 1750

5 13.409.091 307 1750

Fuente: Proyecto Técnico

3.13.2, Engorda

En esta etapa se busca que los peces incrementen su peso en forma homogénea en el menor tiempo posible hasta alcanzar un tamaño de cosecha de 250 g. promedio. Durante esta etapa los peces serán mantenidos a una densidad máxima en torno a 3,69 Kg/m3, densidad de cultivo que se encuentra bajo la recomendada para reducir los riesgos de brotes de enfermedad.

Se realizarán monitoreos frecuentes de los peces registrando talla y peso, permitiendo proporcionar el alimento de acuerdo a la talla y peso de los peces, utilizando la tecnología disponible en el mercado, los cuales no provocan estrés a los peces, y los resultados son muy precisos, con una desviación entre un 2 a un 3%.

Los peces se alimentarán en forma intensiva utilizando alimento especialmente preparado para cubrir las necesidades nutricionales específicas de éstos. También se utilizarán alimentadores automáticos y cámaras submarinas con las cuales se entregará el alimento según apetito. En ningún caso de alimentará para sobrepasar el consumo normal de los peces.

Número y Biomasa de Salmónidos a producir.

CICLO [PRODUCCIÓN IN* de Salmónidos Biomasa de producido por ciclo almónidos producido or ciclo (Kg) 1 2.176,00 544.000 2 3.000.000 1750.000 3 3.000.000 1750.000 4 3.000.000 1750.000 5 13.000.000 750.000

Alimento, Biomasa y Mortalidad acumulada al 5to ciclo con producción máxima.

[Producción Porcicio Acumulado bcmula máxima Mortalidad máxima por ciclo (Ton) 'cumulada por ciclo cumulada por ciclo (Ton) Ton) 1 687 544 119 2 947 1750 164

9 947 50 164 4 947 1750 164 El 947 [750 164

3.13.3. Monitoreo

Se realizará un monitoreo mensual para constatar calidad, peso y talla en los peces, abarcando el 100% del total de las balsas-jaulas.

Este muestreo se realizará por medio de un sistema llamado: estimador de biomasa, el cual es simple en uso, no le provoca estrés a los peces, y los resultados son muy precisos, con una desviación entre un 2 a un 3%.

3.13.4, Cosecha de peces

Se realizará de acuerdo a normativa vigente.

3.13.5. Alimentación

Métodos de alimentación:

Se utilizarán sistemas centralizados automáticos de alimentación, el cual se basa en el suministro de pellet a las jaulas a través de tuberías, impulsado por aire desde un lugar centralizado, donde se ubican los silos de pellet, controlados de forma automática desde un computador por un potente software.

El alimento será almacenado en la plataforma flotante la que cuenta con silos con capacidad para un buen suministro la cual estará controlado por cámaras de video,

El sistema es utilizado en conjunto con cámaras, sensores de corriente, de temperatura y de oxígeno, dicho sistema proporciona la correcta cantidad de alimento, a la tasa de alimentación óptima, en el momento preciso, todo el tiempo, cuenta con dispersores, y con un Software que controla diariamente los regímenes de alimentación y que entre sus principales ventajas se encuentran:

e Poseer los sensores ambientales totalmente integrados (temperatura, oxigeno y correntómetro). e Sensor de pellet Doppler e infrarrojo IR completamente integrados.

e Función de alarmas

Integración total en una base de datos

Los distintos componentes del sistema (sopladores, válvulas dosificadoras y revólveres selectores, entre otros), están diseñados y fabricados para ofrecer la máxima fiabilidad y cuidado del alimento.

Con la implementación de este sistema, los peces no serán alimentados en exceso, por lo que el alimento que se pierde y termina en el fondo marino será menor que con el sistema manual. Además, con las cámaras submarinas se monitoreará el comportamiento de los peces y las condiciones de las redes y anclajes. El porcentaje de pérdida que presenta este sistema no debiera superar el 1%.

Composición y atributos del alimento

El alimento utilizado será extruido, con una digestibilidad de 92%, elaborado por empresas debidamente certificadas y que cumplan con la normativa, que asegure la calidad y tecnologia de fabricación de alimento extruido para salmónidos.

Factor de conversión estimado

Se estima que el factor de conversión dentro de un ciclo será de 1.0 a 1.25. Se espera que con la utilización de alimentadores automáticos y cámaras submarinas se pueda alcanzar un factor de conversión lo más cercano a 1.0. 3.13.6. Manejo Sanitario

Existirá un trabajo preventivo y de control de enfermedades, de manera de minimizar al máximo el empleo de

antibióticos en el centro. Entendiendo que los brotes de enfermedades están fuertemente ligados al estrés del confinamiento, a las condiciones biológicas de los peces, a las condiciones oceanográficas y a la presencia de depredadores.

En virtud de lo establecido en el D.S. 319 del Ministerio de Economía, Reglamento Sanitario de la Acuicultura (RESA), en el Título V, el titular informará, en la forma que establezcan los programas sanitarios, los resultados de los tratamientos aplicados.

A) Medidas preventivas

Se tratará que los peces lleguen a la etapa de mar en las mejores condiciones sanitarias posibles para lo cual se tomarán ciertas precauciones:

e Se vacunarán contra las enfermedades más recurrentes en fase de mar como: la Necrosis Pancreática (IPN), Piscirickettsiosis (SRS) y Aeromona.

  • Se ingresarán peces por jaula en densidades no mayores a los 3,69 Kg./m3

e Se tratará que los smolts lleguen con un peso homogéneo y óptimo.

«e La composición del alimento estará calculada con los requerimientos ideales para el pez. Se han incluido vitaminas en la dieta, la cual confiere resistencia contra enfermedades.

e Se mantendrá al mínimo la manipulación de los peces, para evitar el estrés y los riesgos de una alteración en el sistema inmunológico.

e Se contará con la visita de un médico veterinario para evaluar el estado sanitario del centro. Esta visita es la base del programa de prevención ya que permite una interacción directa entre el encargado del centro y el médico veterinario. Para este efecto el Departamento Veterinario confeccionará un calendario de visitas para el centro, que dependerá de las necesidades específicas del centro. Una vez determinadas las necesidades el médico veterinario notificará por escrito a la gerencia y al centro el calendario de visitas.

  • Con el fin de llevar a cabo una vigilancia epidemiológica se enviarán muestras de peces durante el proceso de engorda de acuerdo a sospecha de enfermedades o recepción de peces en el centro de cultivo. Estos muestreos serán de carácter rutinario y el análisis de las muestras será llevado a cabo por un laboratorio externo.

e El encargado de centro muestreará de forma rutinaria, peces que sean sospechosos de enfermedad o mortalidad fresca. El número, la frecuencia y el tipo de examen serán determinados por el médico veterinario.

  • Después de cada manipulación con mortalidad o con peces mórbidos se procederá a desinfectar la quecha, botas y manos, con desinfectantes autorizados por la D.G.T.M y M.M., así como también los pediluvios y maniluvios. El desinfectante utilizado para los maniluvios es alcohol gel, el cual no necesita enjuague posterior. Para el pediluvio se utiliza el desinfectante Trento de Diphen Pharma, el que se encuentra aprobado para su uso por la D.G.T.M y M.M. a través del ordinario N” 12.600/349/VRS.

e El centro se tomará un período de descanso de 3 meses para limpieza, desinfección, y seguridad, para reducir la transmisión de enfermedades posterior a la cosecha de los peces.

B) Tratamientos terapéuticos y uso de antibióticos.

El titular declara que cumplirá lo indicado en la D.S. 319 del Ministerio de Economía, Reglamento Sanitario de la Acuicultura (RESA). La administración y dosificación de los medicamentos la realizarán profesionales calificados y se encontrará sujeta a las condiciones ictiosanitarias, que dependerán de factores como el tipo de patógeno, peso de los peces, densidad de cultivo y temperatura del agua. Se llevará un registro de los medicamentos aplicados.

En la eventualidad que se haga necesaria la administración de antibióticos en casos de tratamientos terapéuticos, se optará en primer término por la aplicación de un tratamiento inyectable, en la medida que la talla de los peces, al momento de presentarse la patología, lo permita, (dado que resulta recomendable vacunar hasta un peso no mayor de 1,5 kilos), bajo la exclusiva supervisión del médico veterinario de la empresa. El tratamiento inyectable asegura que el 100% de los peces reciba tratamiento y por otro lado, tiene la ventaja que el antibiótico es absorbido en la mayoría de los casos en un 100% también por los peces, metabolizando gran parte del medicamento.

El Jefe de Centro notificará inmediatamente al departamento Veterinario de cualquier cambio en el comportamiento de los peces que podrá o no acompañarse de un alza en la mortalidad y/o presencia de peces enfermos (aorillados o con alteración de la natación y lesiones visibles). Esta notificación podrá ser verbal o por escrito (correo

electrónico).

Se tomarán muestras de peces enfermos, que serán sacrificados y enviados en bolsa plástica doble, dentro de cajas de aislapol (para evitar escurrimiento de liquidos) a un laboratorio. Las bolsas irán rotuladas indicando especie, grupo y jaula. Estas muestras no deben ser desangradas y las bandejas usadas en la recolección serán desinfectadas.

Frente a un brote de enfermedad la primera medida será en lo posible aislar la jaula con el problema. El aislamiento

puede ser físico (alejar la jaula de las otras) o puede ser solamente mediante el uso de utensilios exclusivos para la jaula (ejemplo quechas, redes, pesos).

El retiro de mortalidad se incrementará para así disminuir el negativo impacto que los peces muertos tienen sobre la población sana. Se suspenderán los manejos como conteos, muestreos, graduaciones, etc., excepto los cambios de redes para evitar que el problema se agrave. Se retiraran además los peces esquinados, ya que estos mantienen la enfermedad en el tiempo.

Cuando el veterinario determine que es necesario aplicar algún fármaco para controlar un problema sanitario, se realizará el tratamiento terapéutico, el que podrá ser por vía oral o inyectable.

En caso de suministrar algún tratamiento terapéutico, los componentes y dosis se administrarán son los siguientes (siempre con la prescripción de un médico veterinario):

Componentes y dosis de medicamentos probables de suministrar.

DROGA UTILIZACIÓN [DOSIS | [PRESENTACIONES PERIODO DE ¡TERAPÉUTICA CARENCIA Oxitetraciclina [SRS, BKD 1100 mg/kg x 21 días ¡el — 80% 900 UTA 135 mg/kg inyectable [Inyectable 20% Flumequina SRS 20 mg/kg x 14 días Oral — 80% y liquida 10|900 UTA 20% Ac. Oxolínico__ |SRS '5 mg/kg x 14 días [Oral - 80% 900 UTA Eritromicina BKD 100 mg/kg x 21 días _ JOral — 50% 600 UTA Benzoato de Caligus 50 g/kg x 7-14 días [ea -0,2% 600 — 900 UTA Emamectina [Porfenico! Flavobacterias; [12 — 20 mg/kg x 14 [ea - 50% 300 UTA SRS días

Si en los tratamientos para combatir patologías se utilizara en definitiva alimento medicado, es importante indicar que al producirse un brote de enfermedad en los peces, uno de los principales síntomas es la pérdida del apetito de los mismos, donde la disminución del consumo de alimento llega a niveles importantes (30% ó 40% en promedio), llegando algunos incluso a disminuir su apetito hasta en un 100%. Esto significa que se reduce la cantidad de alimento que se suministra a los peces en condiciones normales por lo que las jaulas enfermas son tratadas entregando alimento medicado en aquella cantidad que los peces están efectivamente consumiendo o de otro modo se genera una pérdida innecesaria de alimento y pérdida de eficiencia en el tratamiento.

Hay que señalar además que el problema sanitario más recurrente en la región es la presencia de Piscirikettsia salmonis, por ser esta bacteria endémica. Sin embargo, estos eventos normalmente se presentan 1 Ó 2 veces en un ciclo de engorda (en otoño y la etapa intermedia de primavera-verano) y su tratamiento dura entre 10 y 21 días dependiendo del tipo de antibiótico que se utilice, por lo que el uso de antibióticos en el centro de ninguna forma puede ser considerado como permanente o que la cantidad que se utilice sea demasiada. La posible carga a que sea sometido el sitio de la concesión queda minimizado por el sólo hecho que la cantidad de alimento que se suministra a los peces estando éstos enfermos, se reduce en un porcentaje considerable, asegurando de paso, que los peces consumirán también un alto porcentaje del alimento que se les suministra con los medicamentos, metabolizando gran parte del antibiótico.

B.1) Tratamiento Oral

Consiste en incorporar un medicamento al alimento a consumir por una población a tratar en la dosis recomendada por el veterinario. Cuidados con el alimento medicado:

e Se procurará que el consumo de alimento medicado sea lo más normal posible. e Por ningún motivo se interrumpirá un tratamiento. e Debe controlarse la identificación de bolsas con alimento medicado con el fin de evitar:

  • Control de las bolsas de alimento para que no se mezclen de diferentes tratamientos,
  • Control e identificación de las jaulas en tratamiento para no aplicar tratamiento a peces que no lo necesiten.

Cuando un grupo de peces entra en tratamiento, recibirá una "Prescripción Veterinaria”.

Este documento tiene por objetivo indicar los días de tratamiento, especie a tratar, jaulas involucradas, tipo de alimento que llevará el medicamento y marca distintiva que tendrán las bolsas de alimento, término de carencia estimada, entre otros, esto para dar cumplimiento a la normativa de Sernapesca.

B.2) Tratamiento inyectable Esta alternativa se desarrollará ante los siguientes factores:

e Grupo de peces que han sido tratados mediante alimento medicado, no responde en forma satisfactoria, continuando la patología presente.

e La mortalidad aumenta sobre el 1% semanal.

Selección de peces para reproducción

e Los medicamentos inyectables serán prescritos por el Médico Veterinario. El periodo de carencia o resguardo comenzará una vez terminada la inyección del último de los peces involucrados en el tratamiento y las unidades térmicas estarán determinadas por el tipo de antibiótico a utilizar. El encargado del centro dejará un registro diario en bitácora del número de peces inyectados por día. El veterinario revisará la información y firmará la bitácora.

B.3) Terapias coordinadas para tratamiento contra Caligus

e Semanalmente se realizarán muestreos de Caligus en 3 jaulas por módulo, considerando 10 unidades por jaula, lo que será enviado al Veterinario responsable para despacho de información consolidada de centros a

Sernapesca y Salmon Chile. e Las terapias coordinadas serán de acuerdo a Norma Técnica de Salmon Chile aprobada por Sernapesca.

e Estos tratamientos deben ser primero autorizados por Sernapesca para posterior implementación. B.4) Control para evitar la diseminación frente a brotes ISAv

En caso de producirse brote de ISA, se aplicarán las disposiciones establecidas en el programa a las actividades de cultivo de peces susceptibles a la enfermedad, medios de transporte, actividades de transformación (Res. 72 PSGLD - Res 66 PSMM) y demás actividades reguladas en el D.S.(E) N* 319 de 2001.

B.5) Otras

En caso de aplicar cualquier tratamiento ya sea este inyectable o vía administración oral de medicamentos cercanos a la cosecha, se respetará rigurosamente los periodos de carencia según sea el caso para el uso de antibióticos, asegurándose mediante muestreo certificados por laboratorios acreditados que no existan trazas del medicamento en la musculatura del pez antes de iniciar cualquier proceso de cosecha.

Para el tratamiento de patologías comunes, sólo serán utilizados productos terapéuticos permitidos por el SAG y SERNAPESCA. La administración y dosificación de los medicamentos se encuentra sujeta a las condiciones ictiosanitarias, las cuales dependerán de factores como calidad genética, densidad máxima de cultivo, calidad y método de alimentación y temperatura de la columna de agua.

Finalmente, la aplicación del proceder es de la siguiente forma:

Aparición de síntomas clínicos, detectados por el jefe de centro y certificado por el veterinario de la empresa.

Envío de muestras y contra muestras al laboratorio autorizado para confirmar dicho diagnóstico.

Una vez confirmado, el médico veterinario efectúa la prescripción del tipo de medicamento a usar y su dosis.

Se comprará el medicamento (vía receta médica).

Se realizará un programa de suministro del medicamento, en el que se especifica el tipo de antibiótico, la (s)

jaula (s) a entregar, los kilos por jaula, etc.

Se lleva a cabo dicho programa con la supervisión dei Jefe de Centro y el veterinario.

e Una vez entregada la totalidad de la dosis se efectúa un seguimiento a tas jaulas tratadas con el objeto de constatar el resultado del tratamiento.

e En el caso que los peces se encuentren próximos a su cosecha se llevará a efecto un periodo de carencia

(apropiado para el medicamento suministrado) en el que se asegure que no quedarán trazas del

medicamento en la musculatura del pez.

El personal será entrenado y capacitado para la correcta recepción del alimento medicado desde el embarque y distribución en la estructura flotante. Este alimento, será ubicado en un sector especial del pontón, claramente delimitado y separado del alimento normal. De existir alimento sobrante, este será devuelto al proveedor,

Finalmente, y con el fin de minimizar la ocurrencia de errores en el suministro se tomarán medidas como la

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señalización destacada (con un banderín de color u otro método) de las jaulas tratadas, capacitación a los operarios en cuanto a observar e informar casos de un comportamiento anormal de los peces tratados, alimentación diferenciada, etc., en el marco de las disposiciones del Reglamento Sanitario para la Acuicultura.

Además, el proyecto considera la instalación de barreras sanitarias (pediluvios) para la desinfección de personas,

tanto al ingreso y salida de cada módulo de engorda. Estas barreras estarán claramente señaladas y se mantendrá constante su calidad de desinfección.

C) Uso de Desintectantes

Se utilizará alcohol ge! para la sanitización de las manos del personal. El resumen de los desinfectantes que se utilizarán en el centro de engorda, su principio activo y su dosis, se detallan en la siguiente tabla:

DESINFECTANTE [PRINCIPIO [DOSIS ANTIDAD IEMPO DE ¡ACTIVO STIMADA EXPOSICIÓN

[TRENTO Orto - Ftalaldehido 1:20 Litros 1720 llaño 55-105

ALCOHOL GEL jalcohol 2-4 ml/aplicación 124 l/año 5105.

El centro contará con 5 sectores de desinfección obligatoria. Estos estarán ubicados en el acceso de cada módulo de cultivo, y en el acceso de visitantes de la casa flotante. Cada pediluvio consistirá en una bandeja de plástico duro, de 10 L, de volumen. La solución desinfectante será de 5 L, y estará compuesta por agua y TRENTO, en una proporción de 1:20. Este desinfectante, compuesto mayoritariamente por amonios cuaternarios, es usado en todos los centros de la empresa para esta función. La frecuencia de cambio de la solución es de 3 veces por semana. Cabe destacar que este desinfectante es consumido por el transito del personal en el centro de cultivo.

El Alcohol Gel, se ubicará en las mismas 5 posiciones

D) Otros Manejos Sanitarios

El centro de engorda cumplirá con el principio “All in, all out”, luego de finalizado el ciclo de producción, se sacan todos los ejemplares que se ingresaron para un período de descanso y desinfección de 3 meses. En ese periodo todas las estructuras flotantes, la bodega de alimentos y estancos son limpiadas y desinfectadas, la plataforma de mortalidad es aseada con un proceso profundo de limpieza, las estructuras habitables son limpiadas, desinfectadas, desratizadas. Los equipos y accesorios en general, también son desinfectados. El aseo y desinfección estará a cargo de empresas prestadoras de servicios debidamente calificadas y certificadas, no se descarta la posibilidad de realizarlo con personal del mismo centro que cuente con la capacitación necesaria. Además durante el período de producción, el centro de cultivo será limpiado y desinfectado en forma bimensual con detergente TRENTO. Este :

proceso incluye:

limpieza profunda y desinfección de la plataforma de mortalidad, limpieza profunda y desinfección de la bodega de alimentos. limpieza y desinfección de los baños.

desinsectación en espacios habitables.

desratización (aproximadamente 10 bases de cebos por centro).

En el caso de empresas externas que cuenten con sus propios procedimientos de trabajo, deben ser visados y revisados por nuestra empresa, así como también deben cumplir con la normativa y utilizar productos debidamente aprobados por D.G.T.M y M.M.

3.13.7. Servicios en Etapa de Cultivo.

a) Cambio de redes.

En este caso las redes se cambiarán para limpiarlas, lavarlas, repararlas e impregnarlas con pintura anti-incrustante cada 6 meses.

El centro contará con un “protocolo de extracción de redes”, el cual incluye todos los procedimientos referidos a la extracción misma de ellas como a su traslado desde el centro de cultivo al lugar de destino. Lo anterior considerando las recientes modificaciones realizadas al D.S. N* 320 del 14 de Diciembre de 2001 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción (MINECON), Reglamento Ambiental para la Acuicultura, que incorporó nuevos deberes y/o obligaciones a las empresas productoras y de servicios, en especial en lo referente al transporte de redes de cultivo, señalando que "El transporte marítimo, fluvial y lacustre de las artes de cultivo deberán realizarse en contenedores que impidan el escurrimiento de líquidos o desprendimiento de material”. El

procedimiento de extracción de redes será el siguiente:

e El Jefe de operaciones contratará una barcaza, que tenga todas las autorizaciones para efectuar movimientos de contenedores.

e Al llegar al centro la barcaza, se posicionará en un contenedor metálico con tapa.

e El contenedor en su interior posee un plástico a modo de recubrimiento.

e La barcaza se posicionará a! costado de los módulos y mediante una grúa se elevarán las redes sucias para ser introducidas al contenedor.

e Una vez dentro del contenedor, con el plástico se recubrirá la totalidad de la red y se cerrará el plástico.

e Terminado el carguío del contenedor se cerrará su tapa y se enviará al taller de redes para su limpieza.

e Al recalar en el puerto la barcaza se procederá a descargar desde ella el contenedor para posicionarlo sobre un camión, el cual llevará el contenedor cerrado hasta el taller de redes.

B) Manejo de Mortalidad

Mortalidad

Se estima una mortalidad inicial del 1,5 %, los 3 primeros meses para luego establecerse en alrededor de un 0,9 % mensual. Esta estimación se realiza en base a que la mortalidad en los 2 primeros ciclo es de alrededor del 12 % y que la mortalidad es más alta en la fase en que ingresan los peces al centro.

En el siguiente cuadro, se presenta una estimación de la mortalidad por ciclo productivo hasta el 5to año.

Estimación de la mortalidad por ciclo.

Ciclo [Producción h 7 3 A E [pro ectada [individuos [296727 09091 Jw09091 fo9091 [409091 y Toneladas — [119 164 164 164 164

Peso promedio individuo muerto 0.259.

El centro de cultivo contempla la implementación de un sistema de ensilaje silobox de 1 m3 de capacidad, el cual tiene como objetico principal detener tempranamente la actividad biológica y posterior descomposición de la mortalidad.

Esto se realiza mediante la molienda y acidificación in situ con Acido Fórmico, el cual preserva la mortalidad producto de la inactivación de la desnaturalización de esta, impidiendo así la proliferación de patógenos y deteniendo con esto el proceso de descomposición de la mortalidad.

El equipo de ensilaje contemplará el uso de ácido fórmico al 85 %, por lo cual el personal del centro de cultivo estará capacitado para el uso y manejo de este químico, informando los riesgos y medidas de seguridad recomendadas por el proveedor para un correcto uso de este químico.

Las mortalidades de peces serán retiradas desde las jaulas de cultivo todos los días para posteriormente ser depositadas en el sistema de ensilaje implementado, y luego serán retiradas una vez por semana, esto mediante un sistema automático desde el proceso de ensilaje por algunas empresas externas contratadas para ese servicio, además se informará semanalmente al Servicio el número de mortalidades clasificadas según su causa.

El centro de cultivo “Arnoldo”, contará con una plataforma flotante para el almacenamiento de la mortalidad, esta plataforma según especificaciones técnicas presenta la siguiente información:

Dimensiones: Plataforma 6m x 5.7 m

Capacidad Máxima de la Plataforma: La capacidad máxima de carga es de 5.600 Kg.

Materiales de Elaboración: Plataforma de estructura metálica con flotadores plásticos.

Sistema de Amarre o Fondeo: Sistema de 2 muertos de 1.000 Kg c/u y dos amarras en fondo de mar todo con cabos de 16 mm.

Medidas de Protección contra accidentes: El piso será cubierto con malla antideslizante y cerco perimetral. Uso: La plataforma será de uso exclusivo del este centro.

e La frecuencia de retiro del producto ensilado desde el centro Arnoldo (No irá al Centro Elena Norte), será de máximo 5 días, o cuando sea necesario desde el punto de vista de la capacidad del Silo. (La mortalidad

desde las balsas jaulas será retirada diariamente). Los procedimientos de transporte del producto ensilado y las medidas preventivas asociadas se describen en el Procedimiento de Retiro y Transporte de Mortalidad Ensilada.

3.13.8. Manejo de Insumos Combustibles

Debido al volumen de combustible a mantener en los estanques de acopio, se dará cumplimiento a lo dispuesto en el decreto 379/86, de la Superintendencia de Electricidad y combustibles (SEC), que establece los requisitos mínimos para el almacenamiento y manipulación de combustibles líquidos derivados del petróleo, destinados a consumos propios.

Se cumplirá con los siguientes requisitos mínimos de seguridad:

El sector de almacenamiento del combustible será en una sección de la bodega especialmente habilitado, rotulado con: “producto inflamable”, “área restringida” y señales de “prohibido fumar”. El sector de carga de combustible contará con bandejas anti-derrame bajo todas las válvulas y niveles del circuito.

El ingreso estará permitido solo a personal capacitado.

Se cumplirá con la normativa vigente referida volumen de acopio.

La persona responsable del material combustible se encargara de suministrar las cantidades requeridas por las distintas operaciones diarias del centro.

Los estanques de acopio estarán provistos con válvulas de desnivel para el llenado de los estanques de los motores fuera de borda; operación que será realizada solo por personal capacitado. Además, los estanques de acopio, serán certificados por empresas autorizada y registradas en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles SEC (www.sec.cl).

Se contará en cada centro con un extintor de 10 L., de dióxido de carbono, rejas de seguridad y los estanques se trincaran con cabos para evitar su volcamiento en caso de temporales.

Se indica además, que en caso de ocurrir un derrame, todos los elementos usados en la contención y limpieza, ya sea paños, arena, u otros elementos, serán dispuestos en bins herméticos, y trasladados al vertedero de seguridad para residuos peligrosos autorizados.

Se estima que los volúmenes semanales de petróleo diesel y gasolina a usar por el proyecto serán:

[COMBUSTIBLE 'ANTIDAD ¡ALMACENAMIENTO! ESTIMADA PETRÓLEO 1000 L/semana Estancos del artefacto naval ¡GASOLINA 200 L/semana ¡Contenedores y lugar| designado

Frecuencia: Se abastecerán los estanques de acopio según la demanda.

Sistema de Abastecimiento: La barcaza de abastecimiento de los centros transportará los estanques desde Puerto Chacabuco.

Proveedores: Bombas de servicio autorizadas.

Se indica además que una vez iniciada la operación del centro se presentará a la autoridad correspondiente el Plan de Emergencia y Contingencias contra derrames de hidrocarburos y sustancias nocivas líquidas, según lo establecido en la circular DGTM. Y MM. A53/002 del 05 de febrero de 2003.

3.13.9. Medidas de Contingencia.

Planes de Contingencia y Programas de Manejo

Especificaciones técnicas Bodega Flotante.

Manual de Uso Sistema de Ensilaje

Ficha Técnica y de Seguridad Desinfectante

Manual de Limpieza y Desinfección.

Plan de Contingencia Salmones ICE VAL Ltda.

Plan de Contingencia Frente a Escape de Salmones.

Plan de Contingencia para Perdidas Masivas de Alimento en Centros de Cultivo de Mar, Plan de Contingencia por Derrame de Hidrocarburos.

Plan de Contingencia por Choque de Embarcaciones contra Módulos. Plan de Contingencia por Enmalle de Mamíferos Marinos.

Plan de Contingencia por Actividad Sísmica.

Plan de Contingencia por Florecimiento Algal Nocivo.

Manual General de Manejo de Mortalidad.

Procedimiento de Retiro y Transporte de la Mortalidad Ensilada

Procedimiento ante Imposibilidad de Ensilar.

Plan de Contingencia Especifico ante Derrame de Acido Fórmico.

Plan de Contingencia Derrames de Acido Fórmico y Ensilaje de Mortalidad. Plan de Contingencia por No Retiro de Mortalidad a Tiempo.

Plan de Manejo y Contro! de Sustancias Químicas

Plan de Contingencia por Mortalidades Masivas de Peces.

Plan de Contingencia ante Vertimientos en Faenas de Limpieza y Desinfección. Procedimiento de Limpieza y Desinfección de Módulos de Cultivo.

Plan de Limpieza de Playa.

3.14. Etapa de Abandono

Se consideran trabajos de mantención de las instalaciones, trabajos asociados a mejoras en la infraestructura y remodelación de instalaciones, con el propósito de incorporar nuevas tecnologías que signifiquen una mejora desde el punto de vista ambiental y de producción.

La actividad tiene una vida útil indefinida, pero en el caso de que se encuentre pertinente el cierre del centro se procederá a retirar los peces, desarmar las balsas-jaulas y trasladarlas al centro más cercano donde puedan ser reutilizadas.

El titular se compromete a cumplir con él artículo 4” letra c) del D.S. 320/01 Reglamento Ambiental para la Acuicultura en cuanto a que: se retirará al término de su vida útil o a la cesación de las actividades del centro, todo tipo de soportes no degradables, o de degradación lenta que hubieren sido utilizados como sistemas de anclaje al fondo, con excepción de las estructuras de concreto utilizadas para el anclaje.

Si llegase a producirse alguna eventualidad que conlleve a realizar el abandono o cierre del centro, se realizará la venta de todos los materiales que posean un valor económico (balsas jaula, Redes, Pontón, Muertos, entre otros) y todo lo que no posea un valor económico, será derivado a un relleno sanitario autorizado. El procedimiento de abandono se detalla a continuación:

e Todos los peces serán retirados de las jaulas de cuttivo.

e Las jaulas serán desarmadas y trasladadas, vía marítima a una bodega de almacenaje en Puerto Chacabuco. Existe la alternativa de trasladar las jaulas a otra concesión para seguir siendo usadas, situación que deberá ser evaluada.

e Las redes serán retiradas y enviadas a mantención.

e Todas las estructuras flotantes serán trasladadas a Puerto Chacabuco y se evaluará su reutilización.

e Todos los cabos de anclaje, cadenas, y boyas serán retiradas y trasladadas vía marítima a una bodega de almacenaje en Puerto Chacabuco, donde se evaluará su reutilización.

e Finalmente, solo los muertos de anclaje quedarán ubicados en el fondo de la concesión.

e Cualquier tipo de traslado de estructura se realizará según el Programa Sanitario general de Procedimiento

de Trasporte (PSGT64) del Servicio Nacional de Pesca.

3.15. PRINCIPALES EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS DEL PROYECTO

3.15.1. Emisiones atmosféricas El proyecto generará 2 clases de emisiones a la atmósfera:

Generación de Ruido La fuente de emisión corresponderá a los motores fuera de borda, los generadores y los blower de alimentación.

Los motores fuera de borda de 50 HP generarán un nivel de ruido del orden de los 85 dbA, los que se generarán durante la actividad diurna, en forma intermitente. Además éstos se suministran con (GPL) lo que hace que combustionen en forma más silenciosa, reduciendo significativamente el ruido, lo que no intervendría ni impactaría el componente paisaje y turismo.

Los generadores de 80 Kva y 45 Kva, producirán un nivel de emisión del orden de los 100 dbA y 92 dbA respectivamente. Estos niveles de ruido se generarán en horario diurno y en forma constante, no obstante estas unidades se encontrarán ubicadas dentro de cámaras, con lo que se logrará reducir la emisión de ruido que se percibirá.

Además es importante destacar que dichas emisiones de ruidos no pueden ser consideradas significativas dado que un generador y motor de las embarcaciones de traslado y del centro de cultivo se encuentran aislados para reducir el impacto sonoro. Los valores de emisión de ruido corresponden a mediciones realizadas a 3 m de distancia de la fuente emisora, distancia a la cual los operarios no se ubicarán en forma habitual, por lo que se dará . cumplimiento a los Artículos 74 y 77 del D.S. N” 594/99. En todo caso, los trabajadores dispondrán de protectores auditivos en la sala donde se ubican.

Gases

Producto de la combustión en los generadores y en los motores fuera de borda. La emisión de motores fuera de borda tendrá una duración de 8 hrs. diarias, pero de forma intermitente. En cambio la de los generadores será una fuente fija, pero en pequeñas dosis. Se tendrá especial cuidado en la mantención de estos equipos para mantener la eficiencia de consumo y así permitir una combustión optima (minimizando la cantidad de gases emitidos)

Se utilizarán motores bencineros (sin plomo) y diesel, el fabricante Honda indica que un motor HNX-MSI-02-05 tiene una emisión de 41.78 g/kWhr y un motor HNX-MSI-02-06 es de 39.28 g/kWhr de HC + NOx, ambos cumplen con la norma de la Enviromental Protection Agency (EPA, 2006) para motores fuera de borda.

Es importante destacar que dichas emisiones no pueden ser consideradas significativas dado que un generador emite una mínima cantidad de gases y no en las cantidades considerados tóxicos, debiendo agregar otros factores como el clima reinante en la zona, cuya característica principal son las intensas precipitaciones que ocurren todo el año, alcanzando los 4.000 mm y sin ningún mes con humedad relativa inferior a 80% y vientos sobre los 20 kmíh. la

mayor parte del año. 3.15.2. Residuos líquidos

Resumen de los residuos líquidos en la etapa de operación. Estimación al 5to ciclo productivo.

Residuos . Identificación Lor LO im ASPARO. lbestino de Residuos Fipo de Manejo de Residuos Neutralización en líquidos Planta de tratamiento domiciliarios residuos líquidos lanta de

1.260 [105 1.260 ta miento Base en tierra fen tierra (L) en tierra Residuos de Almacenamiento en pediluvios lo o nvases herméticos y Inactivación y maniluvios [sados para su de los residuos (1) isposición.

3.15.3. Residuos sólidos

Se empleará una doble guía de despacho y recepción, las que se encontrarán en el centro y las cuales darán cuenta del movimiento de todos los residuos generados por el centro de cultivo.

La limpieza del borde costero se realizará de acuerdo al plan diseñado para ello.

Etapa de construcción:

En la fase de construcción, se contratará los servicios de terceros, quienes se ocuparán de entregar las balsas armadas para su posterior traslado al centro. Las balsas y las estructuras flotantes contempladas en este proyecto arribarán a la concesión pre-fabricadas y pre-armadas, y serán remolcadas por una embarcación que ejecutará el fondeo en el área solicitada en concesión. Por lo tanto, producto de esta actividad no se generarán residuos sólidos en el área de concesión. No obstante, cualquier material sobrante en la faena será retirado por la misma empresa que desarrolle el fondeo para cuyos efectos el Titular se hace responsable de exigir el cumplimiento de la normativa ambiental no eximiéndose por ello de su correspondiente responsabilidad.

Etapa de Operación:

Resumen de los residuos sólidos en la etapa de operación. Estimación 5to ciclo productivo.

RESIDUOS [CANTIDAD DEJDESTINO DE LOS IPO DE MANEJO [RESIDUOS RESIDUOS

Deposición en el fondo ¡Alimento no marino bajo las balsas y Disminución de la pérdida consumido 9,5 alrededores por de alimento utilizando (Ton) sedimentación y dispersión — [alimentadores

por corrientes automáticos y cámaras on 175 [Degradación por bentos submarinas. Bolsas de alimento 758 Retiradas por empresa Reciclaje por empresa (N* de bolsas) autorizada autorizada Residuos domiciliarios 1.260 [Retiro de la basura por Depósito en vertedero (Ton) Ñ lempresa autorizada autorizado [Mortalidad 164 Vertedero Autorizado Ensilaje

La cantidad de residuos que se estiman serán generados con la producción proyectada, la cual corresponde a un ciclo de 3 a 4 meses.

Lodos

Los lodos generados en la planta de tratamiento serán bombeados y retirados por alguna de las empresas que realizan este tipo de trabajo y que cuenten con todos los permisos ambientales vigentes, trasladando estos residuos

a un vertedero autorizado.

El volumen de lodos que producirá la planta de tratamiento con la situación proyectada corresponde a 0,857 my, el cual será retirado por una empresa autorizada a través de un camión limpia fosas, cada 6 meses, siendo trasladados en contenedores cerrados a un relleno sanitario o lugar autorizado, que cumpla con la normativa ambiental vigente. Se adjunta Ficha Técnica y Resolución Aprobatoria de la Planta de Tratamiento que será

utilizada.

Estimación del volumen de lodos, al! 5to ciclo productivo.

pesinuos ¡CANTIDAD DE DESTINO DE LOS TIPO DE MANEJO RESIDUOS RESIDUOS Lodos de Planta de 0,857 Retiradas por empresa [Retiro cada 6 meses, a ratamiento (m3) utorizada. través de un camión limpia fosas

Residuos domiciliarios

El residuo domiciliario o Basura (definida en el Art. 27” del “Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática” como toda clase de restos de comida, así como residuos resultantes de las faenas domésticas y trabajos rutinarios del artefacto naval, en condiciones normales de servicio) que se produzca será almacenado en tachos herméticos debidamente rotulado, con bolsas de plástico en su interior y retirado por una de las empresas autorizadas que compiten en este rubro y que cuenten con todos sus permisos ambientales vigentes, la cual llevará estos residuos para su disposición final a un establecimiento y/o vertedero previamente autorizado. Asimismo el titular se compromete a llevar un control, mediante el sistema de doble guía, de estas disposiciones. El Titular se compromete a retirar los residuos domiciliarios cada 7 días con el fin de evitar la formación de focos de insalubridad. De igual modo, los desechos generados por la operación de los equipos electrógenos serán mantenidos en recipientes cerrados para su posterior disposición en un vertedero industrial autorizado.

Los residuos domiciliarios serán almacenados en tachos herméticos debidamente rotulados, con bolsa de plástico en su interior, este tipo de residuos serán almacenados en la bodega perteneciente al centro de cultivo, el titular se compromete a retirar estos residuos por medio de una empresa autorizada que compite en el rubro y que cuente con todos sus permisos ambientales vigentes, para su posterior disposición en un vertedero autorizado.

3.15.4.Residuos peligrosos proceso de ensilaje:

RESIDUOS ANTIDAD DEJDESTINO DE LOS TIPO DE MANEJO RESIDUOS _ ¡RESIDUOS Ú T T

(Ton.) mpresa autorizada Instalación autorizada de

Residuos Peligrosos po E de los residuos por los de Reciclaje o liminación

Manejo de Residuos Peligrosos

Durante la operación se generarán residuos considerados peligrosos, tales como, pilas, cartridges, tonners, tubos fluorescentes, lubricantes, entre otros, en general artículos que se utilizan en la oficina. Dichos residuos serán dispuestos en contenedores habilitados para ello, debidamente rotulados, para posteriormente ser retirados por una empresa autorizada, la cual se encargará de que los residuos lleguen a una planta de reciclaje.

Se incluye además dentro de los residuos peligrosos a los lubricantes usados, éstos se almacenarán en recipientes herméticamente sellados en un área especialmente destinada para esta función, debidamente identificados según lo indica la Nch 2.190 of 93. Es importante destacar que el área en donde almacenen dichos residuos se encontrará debidamente señalizada y tendrá acceso restringido. El retiro de dichos residuos se realizará de forma periódica por una empresa que cuente con las autorizaciones y procedimientos para su manejo y disposición final.

Serán almacenados en recipientes herméticamente sellados en un área destinada para esta función. Estos se almacenarán en la bodega perteneciente al centro de cultivo que contempla el proyecto, desde donde se procederá a su retiro en forma semanal (cada 7 días) o dependiendo de su necesidad, por una empresa autorizada que compite en el rubro y que cuente con todos sus permisos ambientales vigentes, para su posterior disposición en un . vertedero industrial autorizado. :

[Tipo de Residuo [Manejo [Disposición Final

Material absorbente ¡Almacenamiento temporal en mpresa externa autorizada.

producto de contingencias [contenedores plásticos cerrados

| proceso de ensilaje herméticamente y debidamente rotulados.

[Mortatidad ensilada Silo de acopio. Retiro por empresa externa utorizada (La Portada), destino lantas reductoras para roducción de harina y aceite de escado.

Envases de plástico acido [Envases almacenados evueltos al proveedor o

fórmico (Se consideran temporalmente en bodega del isposición autorizada

ienvases de 1000 L.) entro Hidronor, Bravo Energy, entre

(Clase 8 — corrosivo) tras). Ácido fórmico Envases herméticos contenidos |La mezcla con la mortalidad (Amasil o Formicid) entro de pretil de contención, nsilada, será retirada por n caso de derrame mpresa autorizada se derivará plantas reductoras de harina y ceite de pescado.

No se contempla el manejo de residuos peligrosos en la Base Sangra, y que todos los residuos de estas características serán manejados y acopiados en el pontón bodega del centro de cultivo Arnoldo para su posterior retiro por una empresa autorizada para estos fines.

La empresa gestionará el fiel cumplimiento de lo estipulado en el D.S. 148/03 que establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reutilización, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación.

4.- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “DIA Estero Arnoldo (Est. Sangra) PERT 211110004" cumple con:

4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales.

[NORMATIVA [ETAPA [FORMA DE CUMPLIMIENTO Jerenio Política de Pons de La realización de esta DIA y su sometimiento al SEIA; |

la República de Chile onstrucción y [para su evaluación y aprobación, tienen por objeto

"Ley General de Pesca y ¡Acuicultura y sus modificaciones”.

operación

operación. actuar acorde al cumplimiento de la garantía constitucional: El Derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación. Ley N? 18.892 Etapa de ¡Cumplimiento con las normas ambientales indicadas MINECON construcción y [en la ley, con la implementación de técnicas de

manejo del centro y tecnologías para reducir y eliminar efectos negativos sobre el medio ambiente,

Ley N* 19.300 MINSEGPRES

"Ley de Bases del Medio ¡Ambiente y sus modificaciones”.

Etapa de construcción y operación

¡Cumplimiento con las normas ambientales indicadas en la ley, con la implementación de técnicas de manejo del centro y tecnologías para reducir y eliminar efectos negativos sobre el medio ambiente.

Ley N* 20.417 MINSEGPRES

"Crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación ¡Ambiental y la Superintendencia del Medioambiente”.

Etapa de construcción y operación

¡Cumplimiento con los procesos de evaluación y fiscalización indicados en la ley.

D.S. N* 290-93 MINECON “Reglamento de Concesiones de Acuicultura y sus modificaciones”

Etapa de construcción y operación

Las actividades de acuicultura están obligadas a actuar dentro de la esfera que les permite la ley, la cual se manifiesta tangible en su reglamento respectivo. La circunstancia de haberse sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental se acreditará mediante copia de la solicitud de ingreso, timbrada o certificada por la Comisión Regional del Medio Ambiente que corresponda.

D.S. N* 320/01 MINECON

“Reglamento Ambiental para la Acuicultura y sus modificaciones”.

Etapa de operación.

Mantener la limpieza del área y terrenos aledaños al centro de cultivo de todo residuo generado por éste.

Disponer los desechos sólidos o liquidos en depósitos y condiciones que no resulten perjudiciales lal medio circundante.

Retirar todo tipo de soporte no degradable o degradable como sistema de fijación al fondo, al término de la vida útil del centro.

Impedir que las redes tengan contacto con el fondo. En cada centro deberá existir un plan de contingencia, para casos de escapes, mortalidades y pérdidas de alimento.

Para pérdida o escape de peces, se deberá avisar al

Sernapesca y capitanía de Puerto correspondiente, y presentar un informe.

Sólo se podrán liberar ejemplares con la expresa autorización de la Subsecretaría de Pesca.

No se podrán realizar cultivos de organismos vivos modificados sin la expresa autorización de la ¡Subsecretaría de Pesca.

Sólo se podrá realizar limpieza y lavado de redes con y sin anti-fouting en instalaciones que permitan el tratamiento de los efluentes.

Res. 3612/09 MINECON

“Aprueba resolución que [fija las metodologías para elaborar Caracterización Preliminar de Sitio (CPS) y la información tambiental (INFA)”

Etapa de toperación

Cumplimiento con los contenidos y metodologías de análisis para la elaboración de la Caracterización Preliminar del Sitio (CPS) y la información ambiental (INFA) a que se refieren los artículos 2 letra p) y 15 del D.S. N? 320 de 2001.

D.S. N* 95/01 MINSEGPRES

"Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y sus modificaciones”.

Etapa de construcción y operación de Evaluación de Impacto ¡Ambiental.

Se ha ingresado este proyecto al sistema de

evaluación de impacto ambiental para la evaluación de las etapas del proyecto, donde se demuestra cumplimiento en diversos aspectos, tales como, manejos de residuos producidos, medidas para reducir los impactos sobre el ambiente tales como implementación de tecnologías de alimentación, planes de contingencia en caso de emergencia, etc. lAdemás CPS y se considera el emplazamiento del sitio respecto a grupos humanos, flora, fauna, etc.

D.S. N? 1/92 Ministerio de Defensa Nacional, ¡Subsecretaria de Marina,

"Reglamento para el

Control de la

Contaminación Acuática sus modificaciones”.

[Todo el Proyecto

Dentro del desarrollo del proyecto se prohibirá arrojar] lastre, escombros o basuras y derramar petróleo o sus derivados o residuos u otras aguas nocivas o peligrosas, de cualquier especie, que puedan ocasionar daños a las aguas sometidas a la jurisdicción nacional.

Ley N” 18.902 “Crea la Superintendencia de Servicios Sanitarios y sus modificaciones”.

[Todo el Proyecto

La evacuación, tratamiento o disposición final de idesagúes, aguas servidas de cualquier naturaleza y lo residuos industriales.

Eliminación de residuos sólidos en vertedero jautorizado.

DGTM y MM 12600/931 del 13 de Diciembre de 2007

[Todo el Proyecto

Las aguas para consumo diario serán vertidas en las laguas sometidas a jurisdicción nacional desde la base de operaciones, previo paso por la planta de tratamiento, cumpliendo la norma y se tendrá especial cuidado que el efluente no contendrá

sólidos flotantes visibles y no ocasionara la decoloración de las aguas circundantes.

Ley N? 20.096/06 "Ministerio Secretaría ¡General de la Presidencia”, establece los Mecanismos de Control Aplicables a las Sustancias Agotadoras de ta Capa de Ozono

Todo el Proyecto

En la presente ley se establecen y regulan los mecanismos de control aplicables a las sustancias lagotadoras de la capa de ozono estratosférico y a los productos cuyo funcionamiento requiera del uso de dichas sustancias (productos controlados), las medidas destinadas a la prevención, protección y evaluación de los efectos producidos por el deterioro de la capa de ozono, por la exposición a la radiación ultra violeta y las sanciones aplicables a quienes infrinjan dichas normas.

Las sustancias controladas son los iclorofluorocarburos, clorofluorocarburos halogenados, halones, tetracloruro de carbono, 1,1,1-tricloroetano, bromuro de metilo, hidrobromofluorocarburos y los hidroclorofluorocarburos, ya sea solos o en mezcla (Anexo A,B, C, D y E protocolo de Montreal).

De acuerdo a lo anterior, el titular estará al tanto de los productos controlados y sustancias controladas que eventualmente se pudiesen utilizar,

D.S. N* 146/97

Ministerio Secretaria General de la Presidencia. Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas

Todo el Proyecto

Los generadores de 80 Kva y 45 Kva, producirán un nivel de emisión del orden de los 100 dbA y 92 dbA respectivamente. Estos niveles de ruido se ¡generarán en horario diurno y en forma constante, no] obstante estas unidades se encontrarán ubicadas dentro de cámaras, con lo que se logrará reducir la lemisión de ruido que se percibirá.

lAdemás es importante destacar que dichas emisiones de ruidos no pueden ser consideradas significativas dado que un generador y motor de las lembarcaciones de traslado y del centro de cultivo se iencuentran aislados para reducir el impacto sonoro. Los valores de emisión de ruido corresponden a mediciones realizadas a 3 m de distancia de la fuente emisora, distancia a la cual los operarios no se ubicarán en forma habitual, por lo que se dará ¡cumplimiento a los Artículos 74 y 77 del D.S. N* 1594/99. En todo caso, los trabajadores dispondrán de protectores auditivos en la sala donde se ubican.

Proyecto

DFL 725/1967 MINSAL [Todo el La evacuación, tratamiento o disposición final de "Código Sanitario y sus [Proyecto idesagúes, aguas servidas de cualquier naturaleza y modificaciones”. o residuos industriales. Eliminación de residuos sólidos en vertedero autorizado. D.S. 201/01 MINSAL [Todo el Etiminación de residuos sólidos en vertedero

autorizado.

4

"Reglamento sobre Condiciones Ambientales y Sanitarias Básicas en los Lugares de Trabajo”

nes de ruidos compatibles con la salud de los rabajadores.

Provisión de agua potable y servicios higiénicos en el lugar de trabajo según lo exigido por la autoridad Icompetente.

D.S N* 594/1999, MINSAL “Reglamento sobre condiciones ¡Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo y sus modificaciones”

¡Todo el Proyecto

Los lugares de trabajo, durante la instalación y construcción del proyecto, contarán con suministro de agua potable destinada, tanto para el consumo personal, como para las necesidades básicas de higiene y aseo.

DS N* 148/03 MINSAL [Todo el lAlmacenaje diferenciado de residuos peligrosos, Proyecto debidamente rotulados, en envases herméticos y

“Reglamento Sanitario retirados por empresa autorizada.

isobre manejo de

Residuos Peligrosos”*

DS N* 138/05 MINSAL [Todo el Estimación de emisión de contaminantes Proyecto provenientes de fuentes fijas.

"Establece Obligación

de declarar Emisiones

que Indica y sus

modificaciones”

D.S. N*225/95 ¡Todo el Medidas para prevenir enmalles y capacitación de

"Veda para los recursos [proyecto trabajadores en preservación de animales.

hidrobiológicos que

indica”

D. Ex. N*765/2004

MINECON

“Establece Veda

Extractiva para el Lobo

Marino Común”.

D.S 319/01 MINECON, [Operación Se implementarán los programas sanitarios

"Reglamento de necesarios, siguiendo las medidas de protección y

Medidas de Protección, control del presente reglamento.

Control y Erradicación

de Enfermedades de

Alto Riesgo para las

Especies

Hidrobiológicas y sus

modificaciones”

Res. N* 2.352/08 Operación Se tendrá en cuenta las enfermedades de alto

(MINECON), Establece riesgo, establecidas en esta resolución.

la Clasificación de

Enfermedades de Alto

Riesgo.

NCh 409 [Todo el Implementación de un sistema que cumpla con la

“Norma Chilena de Aguajproyecto calidad de agua descrita en la norma. Monitoreo de

Potable” la calidad en forma diaria.

Res. 60/03 MINECON [Operación Se realizarán vacunaciones siguiendo los

(SERNAPESCA), procedimientos establecidos en el manual. Se

Programa Sanitario utilizarán servicios autorizados, y solo aquellas

¡General de vacunas que se encuentren registradas por el SAG.

Vacunaciones (PSGV)

El uso de vacunas en especies hidrobiológicas, se realizará bajo prescripción médico veterinaria, extendida en conformidad a la ley.

Las vacunaciones efectuadas en el centro de cultivo serán anotadas en los registros sanitarios del centro, los cuales deberán señalar, al menos, la enfermedad para la cual se vacunó, fecha de vacunación, lotes inmunizados, número de individuos vacunados, producto utilizado, el laboratorio que comercializa o ensaya el producto, peso promedio de los peces a los cuales se inmunizó y la empresa de vacunaciones que efectuó el manejo, si ésta fuera externa.

Res. N* 62/03 MINECON (SERNAPESCA) Programa Sanitario ¡General de Investigación Oficial de Enfermedades

Operación

Se cumplirá el procedimiento descrito en el presente programa, en caso que ocurra alguna enfermedad o se produzca un hallazgo de agente causante de enfermedad.

(PSGI) Res. N 64/03 Operación Mantener un registro de los medios de transporte MINECON utilizados para el traslado de peces vivos, cosechas, (SERNAPESCA), mortalidades, equipos, alimentos, etc., sean estos Programa Sanitario propios o de terceros. General de procedimientos de Transporte. Registro o bitácora de todos los traslados de insumos que se realicen. ¡Transporte en embarcaciones previamente desinfectadas. Res. N” 66/03 Operación Resolución exige la confección de manuales para el MINECON manejo de mortalidad en un centro de cultivo de (SERNAPESCA), peces. Se adjunta a esta DIA el Manual General de Programa Sanitario Manejo de Mortalidad incluyendo el sistema de [Genera de Manejo de ensilaje que se implementará en el centro de cultivo Mortalidades luna vez aprobado el proyecto. Res. N 67/03 Operación El centro contará con los procedimientos necesarios MINECON para el manejo de enfermedades, tales como, un lequipo de salud, manual de procedimientos, (SERNAPESCA), registros de tratamiento y los demás requerimientos Programa Sanitario del presente programa. General de Manejo de Enfermedades (PSGE) Res. N* 69/03 Operación Centro de cultivo contará con los procedimientos que MINECON describan los métodos de cosecha y anestesia. Asi (SERNAPESCA), Icomo, de desinfección asociados, manejo y Programa Sanitario disposición final de las mortalidades. General de Procedimiento de ¡Cosecha (PSGC)

Res. N* 1.789/07

Operación

El centro implementará un sistema de monitoreo de

y

MINECON (SERNAPESCA) Programa Sanitario Específico de Vigilancia

le Caligidosis

detección de Caligidosis.

Res. N* 1.925/03 MINECON, (SERNAPESCA) Programa Sanitario eneral de Control de Residuos (PSGRES)

Operación

¡Se implementarán los procedimientos de control en los tratamientos terapéuticos y profilácticos.

Resolución N* 72 de 003, (SERNAPESCA)

Programa Sanitario eneral de Limpieza y

Desinfección.

Operación

La Resolución establece las bases para la ¡generación de manuales de limpieza, lavado y desinfección en centros de cultivos. Se adjunta a esta DIA el Manual General de Limpieza y Desinfección incluyendo el sistema de ensilaje que se implementará en el centro de cultivo una vez aprobado el proyecto.

Resolución (SERNAPESCA) N* 638 de 2008, Programa Sanitario Específico de igilancia y Control de la nemia Infecciosa del almón.

Operación

En caso de producirse brote de ISA, se aplicarán las disposiciones establecidas en el programa a las actividades de cultivo de peces susceptibles a la enfermedad, medios de transporte, actividades de transformación y demás actividades reguladas en el D.S.(E) N* 319 de 2001.

Ley de Navegación y

us modificaciones, D.L IN? 2.222 de 1978. Título IX. De la Contaminación Nacional.

Operación

En caso de transporte de ácido fórmico por vía marítima, el titular del proyecto presentará los lantecedentes establecidos en Circular O-31/015, para obtener la aprobación de la Autoridad. Si el transporte lo efectuara un tercero autorizado, el itular lo informará.

Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas, Decreto Supremo (M) N* 777 de 1978

Todo el Proyecto

El titular se regirá de acuerdo al código Marítimo internacional de mercancías peligrosas, ante cualquier traslado o uso de este tipo de sustancias de acuerdo al decreto estipulado.

D.S (MINECON) N* 1345/2005, Reglamento sobre Plagas hidrobiológicas y sus modificaciones”.

¡Todo el proyecto

El Titular notificará a la Autoridad competente ante cualquier brote epidemiológico.

D.Ex. (MINECON) N? 1892/2009, Establece eda extractiva para recurso lobo marino

'omún en área y período que indica.

[Todo el proyecto

El Titular instruirá a su personal técnico y profesional respecto del cumplimiento de la normativa y de las medidas a aplicar en caso de enmalle o muerte de un ejemplar,

Circular O-32/011, del 114 de Enero de 2000. DIRECTEMAR. "Establece procedimientos de ontrol de mercancias peligrosas en los recintos portuarios”.

[Todo e! proyecto

El titular establecerá los procedimientos necesarios para el control de mercancias peligrosas en los recintos portuarios que posea, así como también en sus artefactos navales,

ircular O-31/015, del O de Mayo de 1992. DIRECTEMAR.

[Todo el proyecto

El titular establecerá los procedimientos para obtener la aprobación y certificación de embalajes/envases y recipientes intermedios para graneles que se utilicen

“Establece procedimientos para

btener la aprobación y

ertificación de

mbalajes/envases y recipientes intermedios para graneles que se utilicen en el transporte marítimo de mercancias peligrosas”

en el transporte marítimo de mercancias peligrosas.

para la construcción, reparaciones y onservación de las Naves Mercantes y Especiales Mayores y le artefactos navales, sus inspecciones y su

D.S. N* 146 de 1987 (MINDEF). “Reglamento reconocimiento”.

Todo el proyecto

El Titular instruirá a su personal técnico y profesional respecto del cumplimiento del Reglamento para la construcción, reparaciones y conservación de las naves mercantes y especiales mayores y de artefactos navales, sus inspecciones y reconocimiento.

DIRECTEMAR. obre construcción, quipamiento, inspecciones y otras xigencias de seguridad ue deben cumplir las

naves y artefactos

Circular O-71/010, del 5 e Diciembre de 2006. “Establece normas navales menores”

Todo el proyecto

El titular establecerá los procedimientos que establece normas sobre construcción, equipamiento, inspecciones y otras exigencias de seguridad que deben cumplir las naves y artefactos navales menores.

D.S. N* 153/04 odo el El titular indica que el área solicitada se encuentra en Subsecretaría de Proyecto una zona apta para la acuicultura según la Marina. Declara áreas información contenida en la carta OTAISEN-001. e usos preferentes speciíficos del borde ostero del litoral de la L región. D.S N”163/81 MINDEF. [Operación lAplica a todas las embarcaciones del centro de

Subsecretaría de Marina. "Reglamento del Registro de Naves y

cultivo, como de servicios externos. Todas las naves o artefactos naves contarán con un Registro y con Matrícula.

rtefactos Navales y sus modificaciones”

4.2 Permisos ambientales sectoriales:

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto " DIA Estero Arnoldo (Est. Sangra) PERT 211110004”, requiere del permiso ambiental sectorial contemplado en el artículo 74 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4.2.1 PAS establecido en el artículo 74 del RSEIA

Permiso para realizar actividades de cultivo y producción de recursos hidrobiológicos, a que se refiere el Título VI de la Ley N*18.892, Ley general de Pesca y Acuicultura y sus modificaciones.

Se otorga el permiso ambiental sectorial en consideración a que la Subsecretaria de Pesca, mediante Of. Ordinario N? 1750 de fecha 28 de Junio de 2012 informó favorablemente, condicionado a:

e Producción máxima autorizada de 750 toneladas de salmónidos.

e El titular deberá dar cumplimiento al Reglamento Ambiental para la Acuicultura, D.S. (MINECON) N* 320 de 2001.

e El titular deberá cumplir con el cronograma de actividades y programa de producción señalado en el respectivo Proyecto Técnico, asociado a la solicitud de concesión en comento.

  • En conformidad a lo señalado en el numeral 5 de la Resolución (SUBPESCA) N* 3.612 de 2009 y a las

características del proyecto, éste se clasifica en Categoría 5.

e En caso que el titular decida modificar su proyecto, deberá determinarse si dicha modificación genera cambios de consideración a objeto de evaluar la pertinencia de que dicha modificación deba someterse nuevamente al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  1. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en los literales “a”, “b”, “e”, "q", “e” y “P', del artículo 11 de la Ley 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de la evaluación, debe indicarse que el proyecto “DIA Estero Arnoldo (Est. Sangra) PERT 211110004” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

6.- Que, en el proceso de evolución de proyecto " DIA Estero Arnoldo (Est. Sangra) PERT 211110004”, el titular ha adquirido los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

  • Capacitación e instrucción de todo el personal que trabajará en el centro en materia de manejo sanitario de los peces, prevención de riesgos y prevención de impacto ambiental, tales como evitar la sobrealimentación, la caída de alimento al mar, el derrame de combustibles, pérdida de bolsas plásticas, etc.

e El Titular se compromete a utilizar colores corporativos de bajo impacto con el entorno para minimizar el impacto visual que sus instalaciones pudiesen provocar, esto con la finalidad de dar cumplimiento con lo establecido en el decreto ley N” 1.224 de 1975. Para ello el Titular establece que las únicas estructuras visibles en el centro de cultivo serán las balsas, el pontón y la plataforma de ensitaje, por lo que se estima que, por efecto del oleaje y por la cercanía del centro a la línea de costa, permitirá reducir la visibilidad desde el nivel del mar. Por tanto, y como una manera de puntualizar lo descrito con anterioridad, se establecen los siguientes compromisos por parte de el Titular:

a) El diseño empleado en el pontón flotante será atractivo y hermoseado con la finalidad de mantener una armonía con el entorno natural.

b) Utilización de colores armónicos con el paisaje (verde, marrón, café o negro) en sus instalaciones, permitiendo la mimetización de las estructuras con el entorno.

e Descanso o cese de la actividad del centro para permitir la recuperación del sustrato.

e Reducción en el uso de fármacos, especialmente antibióticos y utilización de sustancias terapéuticas que hayan demostrado tener menor efecto negativo sobre el ambiente.

e Prácticas tendientes a eliminar el uso de antibióticos en el cultivo intensivo de salmónidos.

a) Detección temprana de enfermedades.

b) Mejorar la respuesta inmune de los peces.

c) Disminución de los factores de estrés.

d) Calidad de alevín y smolts.

e) Cumplimiento de rutinas sanitarias.

f) All in - All out (descanso de los lugares donde se ha realizado prácticas intensivas de cultivo, un tiempo tal que permita disminuir la carga de agentes infecciosos en el ambiente).

e Con el objeto de extremar las medidas higiénicas para prevenir enfermedades vírales como |.P.N., se aplicará un Plan de Profilaxis, que incluye aspectos generales de higiene para visitas y equipos; incluye desinfectantes y cloro, prácticas de cosecha, limpieza y profilaxis de buzo, flota, muelle y centro de cultivo; y un programa diario de fumigación.

e El titular, compromete el uso de cámaras submarinas en cada jauta, a fin de optimizar el proceso de alimentación.

  • Apoyo a embarcaciones de cualquier tipo que esta sea que tengan alguna emergencia o estén en peligro. No se prohibirá la actividad extractiva artesanal dentro de los límites de la concesión que no estén siendo utilizados para el cultivo de peces.

e Utilización de doble guía de despacho en los siguientes servicios:

a) Residuos sólidos domésticos y recepción en vertedero, b) Mortalidad c) Lodos y recepción de estos en vertedero autorizado.

e Por otra parte el titular deja abierta la posibilidad de realizar una mejora continua, incorporando nuevas tecnologías que involucren mejoras operacionales y/o ambientales.

7.- Que, con objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto " DIA Estero Arnoldo (Est.

Sangra) PERT 211110004”, el titular deberá informar al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

8.- Que, para que el proyecto “DIA Estero Arnoldo (Est. Sangra) PERT 211110004" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

9.- Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

10.- Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén, la individualización de cambios de titularidad, de su representante legal y de domicilio.

11.- Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

12.- Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén.

RESUELVE: 1.- CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto “DIA Estero Arnoldo (Est. Sangra) PERT 211110004”

2.- CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto “DIA Estero Arnoldo (Est. Sangra) PERT 211110004", cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en el Permiso Ambiental Sectorial que se señala en el artículo 74 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, de conformidad lo dispuesto en los Considerandos de esta Resolución

3.- Hacer presente que de conformidad al Artículo N* 20 de la Ley N” 19.300 proceden en contra de la presente Resolución, los recursos de reclamación, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.

Director (S) Regional SecretarioGen Región de Aysén

ES CBG/JDL

Distribución: «e Ronny Mansilla Fernádez

oa

Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén

Dirección Regional de Dirección General de Aguas, Región de Aysén. Dirección Regional de SERNATUR, Región de Aysén.

Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén

Gobierno Regional, Región de Aysén

llustre Municipalidad de Aysén, Región de Aysén

Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén

Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Aysén Servicio Nacional de Pesca, Región de Aysén

Subsecretaría de Pesca

Cie:

Encargada Participación Ciudadana

Superintendencia del Medio Ambiente

Expediente del Proyecto "DIA Estero Arnoldo (Est. Sangra) PERT 211110004" Archivo Servicio Evaluación Ambiental, XI Región de Aysén