Evaluación SEA

Planta de Generación Eléctrica Minera Florida EXP N° 171/2011

Rol 6313274
SEA · DIA · Aprobado · 2011-11-25 · Región Metropolitana de Santiago · Minera Florida Ltda.

REPÚBLICA DECHILE — COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Resolución Exenta N* 104/2012

MAT: Califica Ambientalmente “Planta de generación eléctrica Minera Florida”.

Santiago, 01 de marzo de 2012.

Vistos:

1.

uy

Lo dispuesto en la Ley N19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 9 de Marzo de 1994, modificada por la ley N20.417 que crea el Ministerio, El Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 26 de Enero de 2010; en el Decreto Supremo N95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 07 de Diciembre de 2002; en la Resolución N1600/2008 de la Contraloría General de la República que fija Normas Sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; en la Resolución N 71, de fecha 01 de julio de 2011, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; en el Decreto Supremo N591, publicado en el diario oficial el 06 de septiembre de 2011, del

Ministerio del Interior y Seguridad Pública y en las demás normas jurídicas aplicables al proyecto.

La Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Planta de generación eléctrica Minera Florida”, localizada en la comuna de Alhué, sometido por su titular, Minera Florida Ltda., al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, los cuales se contienen en los siguientes documentos: Oficio N63-EA/2011 sobre la DIA, por Corporación Nacional RM, con fecha 15/12/2011; Oficio N“2023 sobre la DIA, por Servicio Agrícola y Ganadero RM, con fecha 16/12/2011; Oficio N”741 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Agricultura RM, con fecha 16/12/2011; Oficio N%077 sobre la DIA, por Servicio Nacional de Geología y Minería Dirección Regional Zona Central, con fecha 17/12/2011; Oficio N? 1995 sobre la DIA, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas RM, con fecha 22/12/2011; Oficio N 13830 sobre la DIA, por Superintendencia de Electricidad y Combustibles RM, con fecha 22/12/2011; Oficio N%2121 sobre la DIA, por Seremi de Energía RM, con fecha 22/12/2011; Oficio N1183 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente RM, con fecha 23/12/2011; Oficio N'SRM RMS N 188/2011 (sea - seia - dia) sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas RM, con fecha 26/12/2011; Oficio N%9980 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones RM, con fecha 26/12/2011; Oficio N1389 sobre la DIA, por Dirección Regional de Aguas RM, con fecha 26/12/2011; Oficio N1042 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 26/12/2011; Oficio N9578 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Salud RM, con fecha 26/12/2011; Oficio N%6880 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 27/12/2011; Oficio N5986 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo RM, con fecha 30/12/2011; Oficio N 80 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 23/01/2012; Oficio N152 sobre la Adenda 1, por Servicio Agrícola y Ganadero RM, con fecha 25/01/2012; Oficio N107 sobre la Adenda 1, por

Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente RM, con fecha 31/01/2012; Oficio N128 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Aguas RM, con fecha 06/02/2012; Oficio N819 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones RM, con fecha 06/02/2012; Oficio N%332 sobre la Adenda 1, por Servicio Nacional de Geología y Minería Dirección Regional Zona Central, con fecha 06/02/2012; Oficio N1078 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial de Salud RM, con fecha 07/02/2012; Oficio N0712 sobre la Adenda 1, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 15/02/2012.

  1. La Resolución Exenta N? 099 de fecha 24 de marzo de 2011 de la COREMA RM, que califica ambientalmente favorable el proyecto “Planta de Procesamiento de Relaves”.

  2. El acta del Comité Técnico de fecha 27 de febrero de 2012.

  3. El Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Planta de generación eléctrica Minera Florida”.

  4. Los demás antecedentes que constan en el expediente de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Planta de generación eléctrica Minera Florida”.

  5. El acuerdo de la Sesión ordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, de fecha 01 de marzo de 2012.

Considerando:

  1. Que, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago debe velar por el cumplimiento de todas las normas y requisitos ambientales aplicables al proyecto “Planta de generación eléctrica Minera Florida”, ubicado en la comuna de Alhué.

  2. Que el derecho del titular del proyecto “Planta de generación eléctrica Minera Florida”, a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y a las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado, cuando corresponda otorgar tales permisos.

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Que, según lo señalado en la Declaración de Impacto Ambiental, en sus anexos y adenda N? 1, todos los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, el proyecto “Planta de generación eléctrica Minera Florida”, ubicado en la comuna de

Alhué, corresponde a la construcción y operación de una Planta de Generación Eléctrica de 7,5 MW.

3.1 Descripción de Proyecto:

El proyecto “Planta de generación eléctrica Minera Florida”, consiste en la construcción, instalación y operación de una planta generadora de electricidad cuyo funcionamiento será permanente, y estará compuesta por 5 grupos generadores diesel, con capacidad nominal de 7,5 MW y 6,0 MW Prime, con el objeto de proporcionar seguridad, continuidad operacional de la planta de procesamiento de relave e independencia del Sistema Interconectado Central (SIC). Este proyecto no contará con una sala de carga de baterías, ya

que cada contenedor alberga en su interior las baterías para cada grupo junto a su sistema mantenedor.

El Proyecto contempla la instalación de 5 grupos electrógenos de 1.500 kW cada uno, de

los cuales 4 operarán 8.235 horas al año, quedando 1 equipo como respaldo en caso de emergencia.

El proyecto original denominado “Planta de Procesamiento de Relaves” (calificado ambientalmente favorable mediante RCA N 099/2011) consideraba para el abastecimiento de energía eléctrica un empalme a la actual subestación eléctrica, ubicada al interior de la faena, además de dos unidades autogeneradores de respaldo de energía de 1.500 KVA (diesel). Sin embargo, Minera Florida con el objeto de proporcionar seguridad, continuidad operacional y una alternativa al Sistema Interconectado Central (SIC) al proyecto original, considera la construcción de una planta generadora eléctrica que pueda funcionar en continuo durante todo el año, emplazándose al interior de la actual zona industrial que posee, en la zona en donde en la actualidad se desarrollan las obras y actividades del proyecto “Planta de Procesamiento de Relaves” aprobada mediante RCA N 099/2011.

3.1.1.- Descripción del Proceso:

El motor del generador eléctrico es el encargado de producir la potencia necesaria para mover el alternador que generará la energía eléctrica. Por su parte, el alternador se encarga de transformar esta energía mecánica del motor en energía eléctrica.

Desde el alternador la potencia eléctrica entregada será de 400 volts y elevado a 23.000 volts a través del transformador elevador, este último alimentará las barras de distribución de la sala eléctrica. El grupo de generadores producirá 7,5 Mw como potencia continua el que se entregará a un nivel de tensión de 23 KV. El proceso de generación de electricidad se auto-controla durante su operación.

El combustible diesel necesario, será cargado en los estanques de almacenamiento mediante camiones de proveedores autorizados y se distribuirá a los estanques de cada grupo generador (estanque diario de cada motor) mediante un sistema de pipping en forma gravitacional.

3.1.2.- Instalaciones:

Se dispondrá de contenedores de 40 pies que albergarán en su interior cada grupo generador diesel (5), la subestación eléctrica elevadora correspondiente, 2 estanques de combustible diesel (50 m' c/u), todo el sistema eléctrico y control propio, más los servicios auxiliares correspondientes. Además, se considera un sistema contra incendios basado en las normas vigentes y recomendaciones de la NFPA para este tipo de instalaciones. El diseño de cada contenedor considera un régimen continuo de funcionamiento de los grupos generadores.

La zona de carga y descarga de combustibles contará con base continua, impermeable, y resistente estructural y químicamente a los productos y a las labores de carga y descarga,

disponiendo de marcas para información de riesgo conforme a la NCh 2190 Of 93.

Se proyecta la pavimentación con hormigón de los caminos interiores de la Planta de Procesamiento de Relaves, incluido el acceso a los grupos generadores.

3.1.3.- Insumos, Suministros y Maquinaria del Proyecto

3.1.3.1.- Combustibles: El abastecimiento de combustible para maquinarias y equipos en la etapa de construcción será proporcionado a través de las instalaciones que Minera Florida posee y que se encuentran debidamente autorizadas por la SEC. El abastecimiento de combustible (petróleo diesel principalmente) para los generadores en la fase de Operación será encargado a una empresa autorizada por la autoridad competente, cumpliendo con lo establecido en el D.S N” 160/2008 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Tabla 1: Consumo de Combustible por Fase del proyecto

Etapa Cantidad (m*/mes) Construcción 20 Operación 888 Cierre 18

En la fase de operación del grupo de generación eléctrica, el petróleo será almacenado en dos (2) estanques de 50 m” cada uno, Se estima que el consumo de combustible para todo el grupo generador (4 generadores full prime) y a un 85% de carga será de 888 m*/mes. Dado el consumo de combustible se espera que dos Q) camiones de recarga realicen alrededor de ocho (8) viajes a la semana (camiones de 30 m? de capacidad).

3.1.3.2.- Filtros y Lubricantes: Durante todas las fases del Proyecto se requerirá desarrollar actividades de mantención preventiva de los equipos y maquinarias utilizados. Los insumos que se utilizarán para equipos y maquinaria propias, tales como filtros y lubricantes, serán obtenidos desde las actuales instalaciones que Minera Florida posee en la faena. En el caso

de maquinarias y equipos operados por contratistas, los insumos serán obtenidos directamente desde el comercio de Santiago.

Para la fase de construcción se estima que los vehículos y maquinarias tendrán un consumo de aceite de 800 l/mes. En la fase de operación, el mayor consumo estará a cargo de las mantenciones de los equipos generadores, considerando la generación de 6,0 Mw full prime por 8.234 horas (cuatro generadores operando y uno standby). Se estima que anualmente se consumirán 52.404 litros de aceite bajo esta condición, 528 filtros de aceite, 396 filtros de combustible, 264 filtros de refrigerante y 256 filtros de aire.

3.1.3.3.- Agua: Durante la fase de construcción el suministro de agua para consumo humano se realizará a través de dispensadores. Considerando que el máximo de mano de obra será de 21 personas y que de acuerdo a lo exigido por el artículo. 15 del D.S N* 594 del MINSAL, (consumo no inferior a 30 litros por persona por día), el suministro de agua potable para consumo humano será de 630 L/día. En la fase de construcción se estima que el agua de consumo humano será de 990 L/día (21 personas); en la fase de operación 60 litros (2 personas); mientras que en la fase de cierre será de 300 L/día. El agua para consumo humano cumplirá con todo lo establecido en el Párrafo II del D.S N? 594 del MINSAL. Finalmente, para labores de construcción, se requerirá agua para humedecimiento del terreno durante las excavaciones y movimientos de tierra, se espera utilizar un volumen de 5 m' por día.

3.1.3.4.- Hormigón: En la fase de construcción se requerirá de hormigón, este será comprado preparado y trasladado en camiones mixer hasta el área del proyecto Así, el consumo de hormigón será de 50 m”, lo que implica dos viajes diarios durante cinco días.

3.1.3.5.- Refrigerantes: En la fase de operación de los generadores se requerirá de refrigerante (Glicol), este se adiciona al agua que utilizan los equipos y será cambiado una vez al año. Dicha sustancia será llevada por el proveedor al momento de realizar dicha labor. Una reserva de este refrigerante será almacenada en la bodega de lubricantes, que posee el área de abastecimiento de Minera Florida.

3.1.3.6.- Equipos y Maquinaria: Se contemplan 5 grupos electrógenos de 1500 kW/2063 KkVA, 6 transformadores elevadores de tensión de capacidad de 2000 KVA, 1 sala eléctrica de 120 m? de superficie, 1 paño de media tensión, 1 sistema de control de emisiones (filtro catalítico atrapa partículas y sistema reducción de emisiones de NOx), 2 estanques de petróleo superficiales de 50 m' c/u.

El Proyecto contempla la instalación de 5 grupos electrógenos de 1.500 kW cada uno, de

los cuales 4 operarán 8.235 horas al año, quedando 1 equipo como respaldo en caso de emergencia.

Tabla 2. Principal maquinaria a utilizar Fase de Construcción | Equipo Cantidad Retroexcavadora Rodillo Compactador Vibradores Neumáticos Camión Aljibe Camión Mixer Camiones Tolva

Camioneta 4x4 Doble Cabina Grúas

alnNjaja] a | ea [o [o

Tabla 3. Principal maquinaria a utilizar Fase de Operación

Equipo Cantidad Camionetas Doble Cabina 4x4 1

Camión suministro combustible i

Tabla 4. Principal maquinaria a utilizar Fase de Cierre

Equipo Cantidad Camiones Tolva 1 Retroexcavadora 1

Camionetas Doble Cabina 4x4 1

Grúas 1

La velocidad máxima para camiones con carga será de 30 km/h. Por otro lado, para vehículos livianos la velocidad máxima permitida será de 50 km/h. En general la maquinaria utilizada en la etapa de construcción del proyecto estará en funcionamiento un máximo de 12 horas diarias de lunes a viernes y 6 horas el día sábado. Se realizará la pavimentación con hormigón de los caminos interiores de la Planta de generación de energía, incluido el acceso a los grupos generadores.

3.1.4.- Medidas de control de riesgos:

Se instalarán sobre superficie (aéreo) dos estanques de combustible de 50 m? cada uno, los

cuales contarán con tina antiderrame, sensor de nivel y bombas de trasvasije y recarga remota.

Además se proyecta un sistema de tuberías o Piping, las cuales conectan los estanques diarios con los estanques principales. Dichas tuberías estarán construidas en base a cañerías de fierro, de esta forma su diseño garantizará el suministro óptimo hacia los estanques y la seguridad de las instalaciones, de acuerdo a la normativa de referencia.

Dicho sistema estará encamisado en un ducto de mayor diámetro que servirá de contención de derrames. Así, los posibles derrames descargarán en una cámara de servicio para recolección. En el sector de combustibles se construirá un radier tipo piscina (para contención de posibles derrames), para la instalación de los estanques de combustible, cuyas dimensiones serán de 14 m de largo por 9 m de ancho y con una altura de 0,5 m. Contará además con área de descarga de combustible (para camiones), con una loza adosada al radier de los estanques, bien delimitada. Además, se considerará mantención Preventiva y correctiva, de acuerdo a lo indicado por las pautas definidas por los

fabricantes y en función a las horas de operación y/o por valores medidos en el equipo y/o síntomas característicos detectados con instrumentación especializada.

Finalmente, el proyecto considera planes y programas referidos al control de riesgos de accidentes y control de enfermedades ocupacionales, contando con un Plan de emergencias

para la planta e instalaciones anexas.

3.1.5.- Manejo de incendios:

El proyecto contempla la instalación de 3 extintores. Uno de ellos, extintor de CO» de 4 kg, estará ubicado en la sala de control y los otros dos extintores (PQS de 10 kg c/u), estarán instalados en el lugar donde se ubiquen los estanques de combustible, tal como lo establece el DS 90 de la SEREMI de Electricidad y Combustible. Está contemplado implementar además, al interior del contenedor de los grupos generadores, un sistema de inundación de ambiente con nitrógeno diseñado para abarcar 120m”. En términos de sistemas de detección de incendios, tanto los grupos generadores como la sala de control poseen sistemas de detección de incendios. Finalmente, se contempla la instalación de puntos de red seca de acuerdo al proyecto de implementación del sistema de control de incendio para toda la

Planta de Procesamiento de Relaves (calificada ambientalmente favorable de acuerdo a la RCA 099/2011).

L Principales obras del proyecto

El proyecto considera la instalación de 5 grupos generadores que operarán para la producción de energía permanente y 2 estanques de almacenamiento de combustible. Las principales actividades y obras se concentrarán en dos áreas:

a) Área de Generación: Corresponde al área donde se ubicará los generadores con su contenedor o cubierta protectora, transformadores de elevación de tensión, sala eléctrica, malla de tierra y paño de

media tensión. El Módulo de generación eléctrica está compuesto por los siguientes componentes principales:

a.1.- Grupos Generadores: Se consideran cinco grupos generadores diesel marca Cummins, modelo DQKC 1650 de 1500 kW/2063 kVA netos en Prime ilimitado (de acuerdo a la definición ISO 8528 es la potencia nominal que un motor es capaz de entregar bajo condiciones de carga variable por un número ilimitado de horas al año, observando los períodos normales de mantenimiento). Contiene un motor de 4 tiempos y 62,2 L de cilindrada, inyección directa acoplado directamente a un alternador tetrapolar de campo rotante, de baja reactancia, paso 2/3 y aislación clase H. El grupo generador posee, además, un sistema de post-enfriamiento, precalentador de block, regulador eléctrico de velocidad y turboaspirador. Cada generador cuenta en su interior con un estanque diario de combustible de aproximadamente 3 m'. Estos poseen ventilación, tina de derrame, sensor de nivel y control para bombeo desde el estanque primario. Todos los grupos generadores estarán instalados dentro de un contenedor insonorizado.

4.2.- Transformadores elevadores de tensión: Se contemplan cinco unidades, estas permitirán que el voltaje proveniente del generador se conecte a la línea eléctrica existente de 23 kV, elevando la tensión de 400 V a 23.000 V. Cada unidad generadora cuenta con un transformador con capacidad de 2.000 kVA, cuya relación de transformación es 0,4/23 kV, con barras de cobre y aisladores de igual capacidad. El transformador elevador de tensión es de tipo inmerso, hermético con relleno total conforme a las normativas NFC 52100 y 52113. Además se contempla una unidad extra de 200 kVA que cumplirá servicios auxiliares. El sistema de refrigeración de todos los transformadores será de aceite vegetal (FR3). Todos los transformadores elevadores estarán instalados dentro del contenedor insonorizado del grupo

generador; mientras que las unidades de 200 kVA se encontrarán a la intemperie, cercados, con señalización apropiada de acuerdo a la legislación vigente.

a.3.- Contenedor o Cubierta Protectora de los Grupos Generadores: Se dispondrá de contenedores de 40 pies que albergarán en su interior cada grupo generador, la subestación eléctrica elevadora correspondiente, estanque diario de combustible, todo el sistema eléctrico y control propio, más los servicios auxiliares correspondientes. Además, consideran un sistema contra incendios basado en las normas vigentes y recomendaciones de la NFPA para este tipo de instalaciones. El diseño de cada contenedor considera un régimen continuo de funcionamiento de los grupos generadores, contempla un nivel de insonorización de 85 dB a 1 metro.

a.4.- Sala Eléctrica: El proyecto contempla una sala eléctrica de tipo metálica especialmente diseñada para albergar los equipos eléctricos en su interior. En su interior irán montados e integrados el sistema centralizado de control, los servicios auxiliares (SSAA) de la Planta y el punto de salida para conexión.

a.5.- Malla de Tierra: El sistema de puesta a tierra estará diseñado para asegurar que, durante una falla, los potenciales, tanto en el terreno como en los conductores conectados al electrodo de tierra o en los conductores expuestos en la vecindad, estén bajo los límites apropiados. Al respecto, se contempla el diseño e implementación de una malla de tierra equipotencial que cubrirá toda la plataforma de los generadores. Esta se compondrá de conductores de cobre desnudo 4/0 AWG, uniones por termofusión y barras de 5/8” de espesor y 3 m de largo. El diseño estará basado en las condiciones de resistividad del terreno.

a.6.- Paño de Media Tensión: El Paño de Media Tensión corresponde a una barra eléctrica aérea de 23 KV construida en base a postes de hormigón tipo ENDESA de 11,5 m de altura, con canalización central para puesta a tierra y crucetas de acero galvanizado rectas de 2,0 m con accesorios para conexión. Posee además, conductores de cobre desnudo 2/0 AWG más la ferretería y aislación eléctrica correspondiente. Tiene como objetivo colectar la energía eléctrica entregada por los 5 grupos generadores y dirigirla al parrón de transferencia en media tensión.

a.7.- Sistema de Control de Emisiones: Este sistema consta de dos unidades destinadas a la reducir y por lo tanto controlar emisiones del proyecto y se conectará en serie a continuación de los equipos de generación de energía eléctrica que se encuentren en operación. La primera unidad es un filtro catalítico atrapa partículas (Regulador - DPF) que es capaz de reducir emisiones de Material Particulado (75- 98%), Monóxido de Carbono —CO- (50 al 95%) e Hidrocarburos (50 al 90%). La segunda unidad esta compuesta por un sistema reducción de emisiones de NOx (que puede ser la unidad SCR -Selective Catalytic Reduction- u otra) capaz de reducir estos gases con un 99 % de rendimiento. Para el caso del sistema SCR, éste consta de un reactor que contiene el catalizador, un sistema de inyección de Urea con bomba, control computarizado con monitor y un estanque de urea mas accesorios

b) Área de Almacenamiento de Combustible: Corresponde al área en donde se ubicarán los estanques de combustible, zona de descarga y tuberías o piping. El proyecto considera un sistema de almacenamiento de combustible en base a estanques principales, estanques diarios, red de tuberías (piping) y obras civiles. El diseño y construcción del sistema de almacenamiento, estará basado en las recomendaciones de instalación del motor generador, el consumo de combustible y la normativa legal vigente (D.S. N” 160/2008, “Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos”, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción). El sistema estará diseñado para un consumo de combustible total de 1.900 l/h, garantizando la alimentación de combustible a cada generador a plena carga, es decir 355 l/h. Asimismo y además del sistema manual de alimentación, tendrá una serie de válvulas motorizadas que conectadas con los sensores de

nivel de los estanques diarios y principales, permitirán el funcionamiento automático de los generadores. Los detalles de las partes de cada área se presentan a continuación.

b.1.- Estanques Principales: Se instalarán sobre superficie (aéreo) dos estanques de combustible de 50 m” cada uno. De acuerdo con las especificaciones del proveedor (CUMMINS INC.), estos son de construcción soldada, fabricada en plancha de acero ASTM A 36, bajo normas BS 2594 (British Standard) u otras Prácticas de ingeniería basadas en Normativa Internacional (ej: API 6 ASMB), protocolo S.E.C. PC/103, cabezales cónicos, bombeados y pestañados. Contarán con tina antiderrame, sensor de nivel y bombas de trasvasije y recarga remota.

b.2.- Tuberías o Piping: El sistema de tuberías que conectan los estanques diarios con los estanques principales estará construido en base a cañerías de fierro negro, niples, válvulas, uniones, codos, flexibles y fitting en general. Su diseño garantizará el suministro óptimo hacia los estanques y la seguridad de las instalaciones, de acuerdo a la normativa señalada anteriormente.

b.3.- Zona de Descarga: Esta área se encontrará localizada próxima a los estanques de combustible (no menor a 4 m) y se encontrará diseñada de acuerdo a lo indicado en el D.S N? 160/2008 del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción.

b.4.- Sistema de Conducción de Combustible: El sistema de tuberías o piping estará encamisado en un ducto de mayor diámetro que servirá de contención de derrames. Los posibles derrames descargarán en una cámara de servicio para recolección.

ii. Localización:

El proyecto se encuentra localizado en la comuna de Alhué, provincia de Melipilla, Región Metropolitana. Todas las obras, partes y acciones del proyecto se realizarán al interior de la propiedad de Minera Florida, dentro del área física donde se desarrollan las obras y actividades del proyecto original denominado “Planta de Procesamiento de Relaves”, calificado ambientalmente favorable mediante RCA N* 099/2011.

li. Uso de Suelo:

El área del proyecto está circunscrita al cambio de uso de suelo que obtuvo la compañía mediante el Oficio N* 127 del 16 de abril de 1987 de la SEREMI de Agricultura RM. En dicho informe se otorgó el cambio de uso de suelo del total del polígono correspondiente al Lote A del Fundo “Aguas Frías”, lugar de emplazamiento de las instalaciones industriales actuales de Minera Florida, del Proyecto “Planta de Procesamientos de Relaves” y del proyecto “Planta de generación eléctrica Minera Florida.

iv. Coordenadas: Las coordenadas U.T.M. de la superficie de emplazamiento del proyecto son las siguientes:

Tabla 5: Coordenadas UTM

Coordenadas UTM (m) Instalación Vértice Este Norte

313.071 6.232.346

313.022 6.232.344

Grupo 313.025 | 6.232.322 Generador 313.011 6.232.320

313.013 6.232.303 312.999 6.232.301 313.071 6.232.346 313.085 6.232.348 313.086 6.232.339 313.072 6.232.337

Datum PSAD 56, Huso 195.

Estanque Diesel

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v. Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas:

El proyecto se ubicará dentro del área física donde se desarrollan las actividades del proyecto “Planta de Procesamiento de Relaves” (calificado ambientalmente favorable mediante RCA N* 099/2011). El polígono que encierra todas las instalaciones del proyecto

“Planta de generación eléctrica Minera Florida” ocupa un área total aproximada de 1.190 m? (0,19 ha).

Tabla 6: Superficies del proyecto

Obras y/o instalaciones del Proyecto Superficie (m?) Patio Generadores 630 Sala Eléctrica 120 Paño de Media Tensión 350 Estanque de Combustible 40 Piping Conducción de Estanques de Combustible 50 Área Total 1.190

vi. Vida útil:

El proyecto considera una vida útil de 6 años, pudiendo extenderse conforme a los requerimientos operacionales de la planta.

vii. Mano de Obra: La fase de construcción ocupará a 21 personas. En la fase de operación trabajarán 2 personas, distribuidas en dos turnos, en tanto que en la etapa de cierre se emplearán 10

trabajadores

Tabla 7: Mano de Obra

Etapa | Mano de Obra Turnos Construcción 21 1 Operación 2 2 Cierre 10 1

En la fase de construcción se trabajará de lunes a viernes en un turno de 12 horas y sábado de 6 horas; mientras que en la fase de operación se utilizará el mismo sistema de turnos

autorizado por Minera Florida, es decir, 7x7 (7 días en faena y 7 días de descanso) con dos turnos de 12 horas de trabajo.

3.2 Fases del Proyecto. 3.2.1. Fase de Construcción. En esta fase se describen las actividades que forman parte de la construcción, montaje y disposición de los equipos y materiales: Instalación de faena, construcción de obras civiles, construcción y montaje de malla puesta a tierra, montaje de grupos electrógenos y estanque

de combustible.

Las actividades contempladas durante la fase de construcción son:

3.2.1.1.- Instalación de faena: Para la instalación de faenas se considera lo siguiente: - Contenedor de Oficina de 20” con mobiliario adecuado;

  • Contenedor de Bodega de 20”;
  • Contenedor para Casa de Cambio de 20”;

  • Baños Químicos proporcionados y mantenidos por una empresa autorizada;

Cabe señalar que el montaje y construcción será realizado por personal contratista, y que las instalaciones permanecerán sólo durante la etapa de construcción (22 semanas).

Asimismo, no se considerará comedor y duchas, dado que el personal utilizará las instalaciones de Minera Florida para tales efectos.

Respecto de los materiales y equipos mayores, estos serán almacenados en las bodegas de abastecimiento de Minera Florida. Los residuos domésticos o asimilables serán manejados en conformidad a los procedimientos actuales, depositándose en contenedores con tapa y posteriormente llevados a sitio Autorizado por la autoridad sanitaria.

3.2.1.2.- Construcción de obras civiles: Las actividades que forman parte de las obras civiles del proyecto corresponden a:

  • Excavación, relleno, compactación y emplantillado zona de malla de tierra y para tuberías o piping;

  • Excavación de fosas para la colocación de dados de hormigón prefabricados donde se montarán los grupos generadores y sala de control eléctrica;

  • Construcción de radier con tina antiderrame (pretil) para los estanques de combustible;

  • Fundaciones para postes de alumbrado y pilares para cerco perimetral;

  • Terminación de pisos con capa de gravilla de 5 cm de espesor en todo el perímetro de la planta;

  • Construcción de veredas, pavimentos O accesos necesarios para el desarrollo del proyecto.

Para la instalación de estanques de combustible se construirá un radier tipo piscina (diseño que contempla la contención de posibles derrames), cuyas dimensiones serán de 14 m de largo por 9 m de ancho y con una altura de 0,5 m. Se contará además de un área de descarga de combustible (para camión) que consta de una loza adosada al radier de los estanques y bien delimitada.

3.2.1.3.- Construcción y Montaje de malla puesta a tierra: Malla Puesta a Tierra Área Generación: La malla puesta a tierra será construida en cable de cobre desnudo de 120 mm? y enterrada a una profundidad de 0,60 m. La malla será de 20 x 30 m con rotulado cada 2 m en ambos sentidos, con soldadura termofusionada y con derivaciones para cada grupo electrógeno, conjunto de celdas y estructura del recinto. La superficie que Ss utilizará para la instalación de esta malla corresponde a 600 m?, y se removerán 360 m? dentro de los cuales se ha incorporado el material a excavar de las fundaciones para los grupos, los que serán dispuestos en el mismo lugar y serán compactados y nivelados. Esta malla será ejecutada para una resistencia no mayor de 15 Ohms.

3.2.1.4.- Malla puesta a tierra área combustibles: La malla puesta a tierra de esta área será de similares características que la instalada en el área de generación. Estará enterrada a una profundidad de 0,60 m, tendrá un área de 20 x 12 m con rotulado cada 2 m en ambos sentidos, con soldadura termofusionada y con derivaciones para la estructura del recinto y estanques de combustibles. La superficie que se utilizará para la instalación de esta malla corresponde a 240 m?, y se removerán 144 m3 de material, los que serán dispuestos en el mismo lugar y serán compactados y nivelados. Esta malla será ejecutada para una resistencia no mayor de 15 Ohms.

3.2.1.5.- Montaje de grupos electrógenos: El montaje del grupo de generación eléctrica consiste en la fijación de los generadores, conexión de transformadores e instalación de alimentadores. Al respecto, los equipos generadores serán entregados a Minera Florida por parte del proveedor en el lugar donde se ubicarán definitivamente (área de generadores). Estos se trasportarán sobre camión, se descargarán y moverán por medio de grúa hidráulica de 200 toneladas y posteriormente se anclarán al piso (previamente preparado), en el lugar

definitivo, mediante fijaciones metálicas galvanizadas. Posteriormente se instalará la sala eléctrica contiendo el sistema centralizado de control y los servicios auxiliares (SSAA). Seguidamente, se realizará la interconexión en media tensión de cada transformador por medio del paño de media tensión. Por su parte, los sistemas de reducción de emisiones serán montados inmediatamente a continuación de la chimenea de los generadores que se encuentren en operación. El sistema DPF se posará sobre la estructura del conteiner y se acoplará a la salida de la chimenea del generador en operación; mientras que para el sistema de reducción de NOx (SCR u otro) se construirá una estructura metálica simple, del tipo torre, anclada en un radier de hormigón. El estanque para urea estará protegido por una

estructura metálica y se fijará sobre el mismo radier de la estructura que soporta la unidad SCR (u otra).

3.2.1.6.- Montaje de estanque de combustible: Previo al montaje de los estanques, se realizará el trazado del terreno, donde se fijarán las distancias límites de acuerdo con el perímetro del estanque, contra puntos de fuego, ignición, eléctrico, etc., conforme a la normativa vigente (D.S N* 160/2008 del Ministerio de Economía Fomento y Construcción).

Posteriormente y al igual que los equipos generadores, los estanques serán entregados a Minera Florida por parte del proveedor en el lugar donde se ubicarán definitivamente (área de estanques de combustible). Estos se trasportarán sobre camión, se descargarán y moverán por medio de grúa hidráulica de 45 toneladas y posteriormente se anclarán al piso (previamente preparado), en el lugar definitivo, mediante fijaciones metálicas galvanizadas. Finalmente, se procederá a conectar el sistema de tuberías o piping ya instalado.

3.2.2. Fase de operación.

Previo a las operaciones del sistema de generación eléctrica se requiere el desarrollo de una serie de actividades conforme a calibrar y optimizar el funcionamiento de todos sus componentes. Una de ellas corresponde a las actividades de puesta en marcha. Estas

corresponden a pruebas de funcionamiento con y sin carga, y ajustes técnicos de la especialidad.

3.2.2.1.- Operación del Grupo Generador: Una vez terminada la puesta en marcha, se procederá a la operación de la Planta. Desde el alternador la potencia eléctrica entregada será de 400 volts y elevado a 23.000 volts a través del transformador elevador, y este último alimentará el paño de media tensión. El grupo de generadores producirá 6,0 MW Prime como potencia continua el que se entregará a un nivel de tensión de 23 KV.

El combustible diesel necesario, será cargado en los estanques de almacenamiento mediante camiones de proveedores autorizados y se distribuirá a los estanques de cada grupo generador mediante sistema gravitacional.

3.2.2.2.- Actividades de Mantenimiento de las Instalaciones: Durante la fase de Operación, se consideran realizar las siguientes actividades de mantención:

4).- Mantención Preventiva: El mantenimiento Preventivo se realizará de acuerdo a lo indicado por las pautas definidas por los fabricantes y en función a las horas de

operación y/o por valores medidos en el equipo y/o síntomas característicos detectados con instrumentación especializada.

b).- Mantenimiento Correctivo: El mantenimiento correctivo corresponde a aquel que se realiza luego que ocurre una falla o anomalía en operación normal. Dependiendo de la falla la mantención será realizada por personal de Minera Florida o por los fabricantes del equipo.

c).- Mantenimiento No Programado: Es el mantenimiento que se debe ejecutar después de detectar anomalías durante la operación normal de los equipos. Es una

situación que escapa al mantenimiento normal de los equipos generadores. Dependiendo de la complejidad de las anomalías, la mantención será atendida por personal especialista.

3.2.3. Fase de Abandono

Minera Florida actualizará el plan de cierre existente incluyendo las nuevas instalaciones y lo presentará a la autoridad competente para su aprobación. El Plan de Cierre incluye todas las instalaciones que se encuentran dentro de la faena Minera de Minera Florida.

Las actividades estarán destinadas a otorgar seguridad operativa para las personas y el entorno, en su período post operación o abandono. Además, las obras del plan de cierre servirán para prevenir y/o mitigar los posibles impactos sobre el medio ambiente.

Las actividades que se realizarán en esta fase se refieren al retiro de equipos, despeje y perfilado del terreno. Se realizará la clasificación de los materiales retirados, para su reutilización, reciclaje o disposición final. Los materiales que podrán ser reutilizados o reciclados, serán ingresados en bodegas de Minera Florida, mientras que los restantes serán vendidos o dispuestos en vertederos autorizados por la autoridad sanitaria. Las obras que por su instalación o construcción no puedan retirarse del área o del lugar se protegerán, conforme a no presentar peligro para terceros. Las acciones que se desarrollarán para cada instalación durante la fase de operación son las siguientes:

3.2.3.1. Fundaciones para contenedor de grupo generador: Se demolerán las fundaciones que sobresalgan del nivel del terreno y se perfilará el área que ocupan las instalaciones, conforme de mantener la continuidad del paisaje.

3.2.3.2. Malla puesta a Tierra: Se desmantelarán las partes que tengan valor comercial o que puedan usarse en otras dependencias y que estén sobre el terreno. Las partes de las instalaciones visibles que se encuentren bajo el terreno se cubrirán con material similar al existente en el área.

3.2.3.3. Sala Eléctrica y Transformadores: La sala eléctrica será desmantelada íntegramente. Los transformadores y todos los componentes de la sala eléctrica serán evaluados para su reutilización. Los componentes que no puedas ser reutilizado serán entregados a terceros para su disposición final en sitios autorizados por la autoridad sanitaria.

3.2.3.4. Estanques de Combustible: En el caso de que el término del proyecto coincida con el cierre de la faena minera de Minera Florida, se procederá a desmantelar el estanque de combustible. Sus partes se entregarán a terceros para su disposición final en sitios autorizados por la autoridad sanitaria. Al contrario, considerando que la faena se prolonga en el tiempo, se utilizará como apoyo del estanque de combustible para maquinarias y transporte. El terreno será perfilado y compactado, conforme a mantener la continuidad del paisaje.

3.2.3.5. Sistema de Conducción de Combustible: Al igual que el estanque de combustible, en el caso de que el término del proyecto coincida con el cierre de la faena minera de Minera Florida, el sistema de conducción, tuberías o piping, será desmantelado para reutilización, venta o disposición en sitios autorizados y el terreno perfilado. Al contrario, considerando que la faena se prolonga en el tiempo, se utilizará como apoyo de abastecimiento de combustible para maquinarias y transporte.

3.2.3.6. Paño de Media Tensión: El paño de media tensión será desmantelado íntegramente, sus partes serán dispuestas para reutilización, venta oO

disposición final en sitios autorizados por la autoridad sanitaria. El terreno será perfilado y compactado, conforme de asemejar el entorno.

3.2.3.7. Manejo de Residuos: Los residuos domésticos o asimilables serán manejados en conformidad a los procedimientos actuales, depositándose en tambores o contenedores con tapa y posteriormente llevados a un sitio autorizado por la autoridad sanitaria. En esta fase se estima que los residuos domésticos generados por el personal serán de 10 kg/día. Los residuos industriales no peligrosos serán clasificados en su origen y, posteriormente, enviados a su disposición final en un lugar autorizado por la autoridad sanitaria, de acuerdo a los procedimientos actuales de Minera Florida. Los residuos no peligrosos que se producirán durante esta fase corresponden a aquellos productos del desmontaje y demolición de las estructuras y equipos. Se estima que en esta etapa se generarán 300 kilogramos al día de residuos del tipo no peligrosos.

Los residuos peligrosos se generaran principalmente como producto de la mantención de vehículos y motores de combustión, estos se generarán en todas las etapas del proyecto. La disposición transitoria de estos residuos se hará en las bodega Respel autorizadas por la autoridad sanitaria, (Resolución N*074877/2011, de la SEREMI de Salud RM), mientras que su disposición final se encargará a contratistas autorizados por la autoridad sanitaria en el ámbito de residuos peligrosos. Durante esta fase el proyecto generará proporciones bajas de residuos peligrosos como aceites usados, grasa usada, solventes usados, baterías, guaipes, paños contaminados, etc., en una cantidad total no superior a 50 kg/mes.

Como parte del fin de las operaciones se elaborará un Informe Final de las condiciones de cierre del Proyecto, conteniendo los aspectos técnicos fundamentales que se presentan a la fecha del cierre y fotografías del sector

que ocupaba el proyecto. Este informe se tendrá a disposición de la Autoridad ambiental y sectorial.

3.2.4. Cronograma. El desarrollo del proyecto se llevará a cabo en tres fases: a).- Fase de construcción: Contempla una duración total de 21 semanas. b).- Fase de Operación: Contempla una duración de 6 años.

c).- Fase de cierre: Contempla una duración de 4 semanas.

  1. Que, sobre la base de lo señalado por el titular en la Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, en los informes emitidos por los servicios que participaron en el proceso de evaluación, en el Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental y de lo considerado por esta Comisión, se concluye que el proyecto genera impactos sobre los siguientes componentes ambientales: aire (emisiones atmosféricas, ruido), suelo (residuos sólidos no peligrosos, residuos peligrosos), agua, vialidad adyacente y patrimonio arqueológico.

  2. Que, el titular del proyecto deberá hacerse cargo de los impactos ambientales anteriormente señalados mediante la implementación de las siguientes medidas, las cuales, junto con las precisiones establecidas por esta Comisión, son adecuadas para acreditar el cumplimiento de la normativa de carácter ambiental que es aplicable al proyecto:

5.1.- Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidos a las Emisiones Atmosféricas, el titular deberá implementar las siguientes medidas:

5.1.1.- El titular acreditó, para la fase de construcción y operación, el cumplimiento del Decreto Supremo N*66/2009 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que Reformula y Actualiza el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) de la Región Metropolitana. Al respecto, se hace presente que el proyecto no requiere compensar sus emisiones atmosféricas debido a que no supera los límites establecidos en el artículo 98 de la misma normativa.

Tabla N? 8: Emisiones durante la fase de construcción. EMISIONES | CANTIDAD (TON/AÑO)

So2 0,0132 Nox 5,4301 co 1,3164 MP10 0,6479

Tabla N? 9: Emisiones durante la fase de operación. EMISIONES | CANTIDAD (TON/AÑO)

SO2 33,8065 Nox 5,0435 co 3,3909 MP10 1,8625

5.1.2.- El titular deberá cumplir en todas las fases del proyecto con lo establecido en el Artículo 97 del D.S. N” 66/2009 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que Reformula y Actualiza el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) de la Región Metropolitana. En relación a las fuentes estacionarias denominadas "grupos electrógenos" que funcionen en la Región Metropolitana y que tengan que cumplir con exigencias de medición de emisiones, deberán contar con un horómetro digital, sellado e inviolable, sin vuelta a cero, mediante el cual se medirán sus horas de funcionamiento, las que deberán ser registradas e informadas anualmente, mediante la Declaración de Emisiones, a la Seremi de Salud RM.

5.1.3.- El titular deberá cumplir en todas las fases del proyecto con lo establecido en el Artículo 98 del D.S. N” 66/2009 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que Reformula y Actualiza el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) de la Región Metropolitana.

5.1.4.- Las emisiones previstas corresponden a material particulado y gases de combustión, principalmente durante la fase de construcción/cierre, debido al movimiento de tierra, carga (y descarga) y funcionamiento de vehículos y maquinarias. En la fase de operación, las emisiones estarán asociadas principalmente a la emisión de gases de combustión asociadas a los motores generadores.

5.1.5.- El titular deberá cumplir en todas las fases del proyecto con lo establecido en el D.S. N? 66/2009 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que Reformula y Actualiza

el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) de la Región Metropolitana.

5.1.6.- El titular deberá dar cumplimiento en todas las fases del proyecto a lo señalado en el Decreto Supremo N*144/1961 Ministerio de Salud que “Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza”.

5.1.7.- Durante todas las fases del proyecto los caminos serán mantenidos mediante

humectación periódica.

5.1.8.- Los vehículos y maquinarias contarán con sus revisiones técnicas y mantención adecuada para operar en óptimas condiciones.

5.1.9.- La velocidad de los vehículos será controlada y restringida.

5.1.10.- Los motores a combustión, tanto de los generadores como de los vehículos, serán sometidos a un estricto control periódico de emisión de gases.

5.1.11.- El titular deberá dar cumplimiento en todas las fases del proyecto a lo señalado en el Decreto Supremo N*4/87 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control.

5.1.12.- Se contará con vehículos motorizados que tengan la revisión técnica al día, los

cuales no podrán exceder las concentraciones máximas de CO y HC que se establecen en la norma.

5.1.13.- El titular deberá dar cumplimiento en todo momento a lo establecido en el Decreto

Supremo N* 138 de 2005 del Ministerio de Salud, que Establece obligación de declarar emisiones que indica.

5.1.14.- Se cumplirá con la normativa legal vigente presentando anualmente, ante la

autoridad competente, un informe de emisiones provenientes de las actividades del proyecto.

5.1.15.- El titular deberá dar cumplimiento en todas las fases del proyecto a lo señalado en el Decreto Supremo N? 185/92 del Ministerio de Minería, Reglamenta Funcionamiento de Establecimiento Emisores de Anhidrido Sulfuroso, Material Particulado y Arsénico en todo el Territorio de la República.

5.1.16.- El titular deberá dar cumplimiento en todas las fases del proyecto a lo señalado en el Decreto Supremo N*55/94 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece norma de emisión aplicable a vehículos motorizados pesados.

5.1.17.- El titular deberá dar cumplimiento en todas las fases del proyecto a lo señalado en el D.F.L.N* 458/76 y D.S. N? 47/92 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones y Ordenanza General de Urbanismo Y Construcciones, respectivamente.

5.1.18.- Los camiones transportarán su carga en camiones con la carga cubierta.

5.1.19.- Dar cabal cumplimiento a lo que observe la Secretaría Regional Ministerial de Salud RM respecto de las fuentes fijas.

5.2.- Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidos a las emisiones de ruido, el titular deberá implementar las siguientes medidas:

5.2.1.- Se deberán cumplir en todas las fases del proyecto los límites máximos permisibles establecidos por el D.S. N” 146/97 del MINSEGPRES, “Norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas”, o el que lo reemplace, medidos en el lugar en donde se encuentre el receptor sensible al ruido.

5.2.2.- El Proyecto generará ruido durante todas sus fases. Sin embargo en las fases de construcción y cierre serán ruidos puntuales de corta duración, mientras que en la fase de operación corresponderán mayoritariamente al funcionamiento de los motores de generación eléctrica.

5.2.3.- Los niveles de ruido estimados en la etapa de construcción fluctúan entre 30 y 492 dBA, los que sumados a los actuales niveles de ruido (actualmente los niveles de ruido en el área del proyecto fluctúan entre 37 y 46 dBA) proporcionará un incremento de aproximadamente 1 dBA. Los niveles de ruido estimados por la operación simultánea de los cinco (5) grupos electrógenos oscilan entre 39 y 50 dBA, los que sumandos a los actuales niveles de ruido proporcionarán un incremento entre 2 y 4 dBA.

5.2.4.- Los equipos generadores estarán dispuestos en contendores cerrados e insonorizados.

5.3- Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Suelo, por generación de residuos sólidos, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:

5.3.1.- El titular deberá dar cumplimiento en todas las fases del proyecto a lo establecido en el D.F.L. N* 725/67 del Ministerio de Salud, Código Sanitario.

5.3.2.- El Proyecto generará residuos sólidos domésticos durante todas sus fases, debido a la actividad del personal operativo. Además, se generarán residuos industriales sólidos no

peligrosos tales como restos de maderas, cartones, escombros, chatarra, fierros, tuberías, alambre, gomas, etc.

Tabla N*10: Residuos generados durante las etapas del proyecto

Etapa A Cantidad Almacenamiento Forma de disposición final Los . Tambores o contenedores Sos Alorizados, como El Domésticos | 21 kg/día Wertedero Popeta de la llustre pon tapa Municipalidad de Melipilla Sitios Autorizados por el servicio de Salud 4 SER É SE metropolitano del Ambiente, Construcción Industriales | 100 kgrdía Patio Existente bajo E Resoluciones NS 02564, 027392 ambas del año 2002). Bodega Respel Peligrosos | 50 kgimes pe pep IE Sitios Autorizados de Salud Metropolitana; es - Tambores o contenedores Sitios Autorizados, como el Domésticos | 5 kg*día Eon tapa “Yertedero Popeta de la lustre Municipalidad de Melipilla Sitios Autorizados por el servicio de Salud metropolitano del Ambiente, on Industriales | 50 kgímes Patio Existente bajo las Resoluciones NM" Operación 02564, 027392 ambas del año 2002. Sitios teles como Proacer y KDM

a Bodega Respel Peligrosos | (resolución Ur del Sitios Autorizados Ps año2011, de la SEREMI e Metropolitana) Ñ . Tambores o contenedores SiBos ¡Alñolizados, “coino: el Domésticos | 10 kgfdia con tapa Wertedero Popeta de la llustre Municipalidad de Melipilla Sitios Autorizados por el servicio de Salud “ 1000 E - metropolitano del Ambiente, Abandono | Mdusitiales | oía Paño listente bajo tas Resoluciones N* 02564, 027392 ambas del año 2002 Bodega Respel 5 Peligrosos | 50 kg/mes ue q mii Sitios Autorizados de Salud Metropolitana)

5.3.3.- Los residuos serán clasificados en su punto de origen según las características físicas e índice de peligrosidad, siendo transportados para su disposición final o transitoria a los

sitios habilitados por la compañía para dicho fin, los cuales deberán estar autorizados por la autoridad sanitaria.

5.3.4.- El titular deberá dar cumplimiento en todas las fases del proyecto a lo establecido en el D.S. N? 594 de 2000 del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo (modifica el D.S. N* 745/92).

5.4.- Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Suelo, por

generación de residuos peligrosos, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:

5.4.1.- El titular dará cumplimiento en todas las fases del proyecto a lo establecido en el

D.S. N” 148/03 del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Fase de Operación:

5.4.2.- Durante las etapas de construcción y cierre del proyecto se generará proporciones bajas de residuos peligrosos como aceites usados, grasa usada, solventes usados, baterías, guaipes, paños contaminados, etc., en una cantidad total no superior a 50 kg/mes, por etapa. Mientras que, en la etapa de operación del proyecto se generarán residuos peligrosos correspondientes a la mantención de los equipos. Estos provendrán mayoritariamente de la mantención programada de los generadores (cada 250, 500, 1.500 y 6.000 horas) y

corresponderán a aceites de motor, líquido refrigerante, filtros, solventes usados, guaipes, paños contaminados.

5.4.3.- Los residuos industriales peligrosos serán manejados de acuerdo a los procedimientos actuales de Minera Florida y transportados a la bodega de Respel (autorizada por Resolución N*074877/2011 de la SEREMI de Salud RM), para su

almacenamiento temporal y posterior disposición final en sitios autorizados por la autoridad sanitaria.

5.4.4.- Se mantendrá en obra la documentación (certificados, facturas, etc.), entregada por el operador, donde se acredite que los Residuos Peligrosos están siendo dispuestos en sitios autorizados por la autoridad competente de acuerdo a los dispuesto en el D.S. N* 148.

5.5.- Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Agua, por agua

y generación de residuos líquidos, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:

5.5.1.- El titular deberá dar cumplimiento en todas las fases del proyecto a lo establecido en

el D.S. N* 735/69 del Ministerio de Salud, aprueba “Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Consumo Humano”.

5.5.2.- El abastecimiento y calidad del agua potable para sus trabajadores deberá cumplir en todo momento con lo establecido en el D.S. 735/69 y sus modificaciones según D.S. N 131/06 y D.S. N 76/09 y el D.S. 594/99.

5.5.3.- El titular deberá dar cumplimiento en todo momento a lo establecido en el D.S. N 594 de 2000 del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo (modifica el D.S. N 745/92).

5.5.4.- El proyecto no considera la descarga de efluentes líquidos al ambiente. El único efluente líquido se refiere a las aguas servidas generadas por los trabajadores. Dada la cantidad máxima de personas en faena y de acuerdo a lo indicado en el art. 23 y 24 del D.S 594 del MINSAL, se instalarán dos baños químicos en faena. La limpieza será encargada a

una empresa especialista y autorizada para el manejo y retiro de este tipo de residuos. Asimismo, para efecto de higiene de los trabajadores, estos usarán las instalaciones sanitarias existentes en la planta de beneficio (proyecto aprobado por Resolución N*6735/2005 de la Secretaría Regional Ministerial d e Salud, Región Metropolitana).

Fase de Construcción:

5.5.5.- Dado que en la construcción del proyecto se contempla la utilización de baños químicos, se hace deberá realizar la instalación, mantención y limpieza de estos servicios higiénicos provisorios, debiendo considerar que:

a) El número mínimo de artefactos se calculará en base a la tabla del artículo 23 del citado DS

b) Los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 m del área de trabajo. c) El punto de la descarga de las aguas servidas debe ser acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que acredite la disposición adecuada de los mismos y/o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga.

d) El transporte, habilitación y limpieza de los baños químicos será responsabilidad del titular del proyecto.

5.6.- Respecto de los impactos ocasionados sobre la Vialidad Adyacente, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:

5.6.1.- Dar cumplimiento en todas las fases del proyecto al Decreto Supremo N? 18/01 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que establece restricciones al transporte de cargas en el anillo Américo Vespucio.

5.6.2.- Dar cumplimiento en todas las fases del proyecto al Decreto Supremo N' 75 de 1987 del Ministerio de Transportes que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.

5.6.3.- Dar cumplimiento en todas las fases del proyecto a lo establecido en el D.S. N* 298 de 1995 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que regula los procedimientos para el transporte de cargas de sustancias que por sus características sean peligrosas o representen riesgos para la salud, la seguridad y el medio ambiente.

5.6.4.- El transporte de sustancias peligrosas se realizará con empresas debidamente autorizadas por la autoridad sanitaria.

5.6.5.- Los camiones que transportarán las sustancias peligrosas cuentan con tacógrafo para registrar la velocidad y distancia recorrida, cuyos registros quedarán en poder del transportista, a disposición del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, de Carabineros de Chile, del expedidor y del destinatario, por un período de 30 días.

5.6.6.- Durante las operaciones de carga, transporte, descarga, transbordo y limpieza, los vehículos portarán los rótulos a que se refiere la Norma Chilena Oficial NCh 2190/0f.

2003, los que son fácilmente visibles por personas situadas al frente, atrás o a los costados de los vehículos.

5.6.7.- En el trayecto para acceder al proyecto existen paso por túneles, para lo cual se utilizarán las vías alternativas existentes, de modo de dar cabal cumplimiento a esta normativa. No se contempla descanso, pero en caso de ser necesario, el estacionamiento para descanso se hará en áreas previamente determinadas por la autoridad y, en ausencia de

éstas, se evitará el estacionamiento en zonas residenciales, lugares públicos o de fácil

acceso al igual que zonas densamente pobladas o de gran concentración de personas o vehículos.

5.6.8.- El transportista no recibirá las mercaderías sin que el expedidor de la carga le haga entrega de:

a) La guía de Despacho o Factura con el detalle de los productos peligrosos a transportar, con su respectiva clasificación y número de Naciones Unidas.

b) La Hoja de Datos de Seguridad según NCh 2245. Of. 93;

c) Los productos peligrosos identificados con sus respectivas etiquetas y marcas.

5.6.9.- Se verificará que se cumpla con las exigencias contenidas en la NCh. 2245 que detalla, entre otras, la forma de proceder ante la ocurrencia de emergencias tales como incendios, rotura o deterioro de los envases.

5.7.- Respecto de los impactos ocasionados sobre el Patrimonio Arqueológico, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:

Fase de Construcción

5.7.1.- En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico deberá proceder según lo establecido en los artículos N 26 y 27 de la Ley N” 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N 20 y 23 del Reglamento de la Ley N* 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector afectado e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto.

5.8.- Respecto a los impactos ocasionados por el Uso y Manejo de Combustibles, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:

5.8.1.- Contemplar un Plan de contingencia que considere las fases de construcción y operación por posibles derrames de combustible en la zona de emplazamiento del proyecto, considerando la protección de las aguas subterráneas presentes en el lugar. El Plan de contingencia debe ser presentado a la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente de la Región Metropolitana con una antelación mínima de 30 días a la fecha de inicio de las obras y estar aprobado con anterioridad al inicio de las obras. Lo anterior se establece en ejercicio de las competencias del artículos 70 letra g) y 75 letra a) de la Ley 19.300. La solicitud deberá hacer mención explícita a la presente condición.

5.8.2.- Dar cumplimiento en todas las fases del proyecto a lo establecido en el D.S. N*90/09 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Reglamento de Seguridad para el Almacenamiento, Refinación, Transporte y Expendio al Publico de Combustibles Líquidos Derivados del Petróleo.

5.8.3.- Tanto para los estanques como su piping cumplirán con las disposiciones del reglamento y se solicitarán las autorizaciones respectivas en las Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC).

5.8.4.- Dar cumplimiento en todas las fases del proyecto a lo establecido en el D.S. N* 160/09 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos.

5.8.5.- El proyecto contará con dos estanques de almacenamiento de combustibles de 50 m* cada uno, con su respectivo pipping hacia los equipos generadores.

5.9.- Respecto a los impactos ocasionados al Medio Construido, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:

5.9.1.- Dar cumplimiento en todo momento a lo establecido en el Plan Regulador

Metropolitano de Santiago y sus respectivas Ordenanzas, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

5.9.2.- El proyecto se ubicará en la Comuna de Alhué; sin embargo esta comuna no cuenta con un plano regulador comunal, por lo tanto el instrumento de planificación territorial aplicable al área de emplazamiento del Proyecto corresponde al Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) y sus respectivas Ordenanzas.

5.9.3.- el proyecto se emplaza dentro de la propiedad minera de Minera Florida y ocuparán un sitio dentro del terreno que en la actualidad forma parte del área de la “Planta de Procesamiento de Relaves” aprobada con RCA N* 099/2011 por la Comisión de Evaluación Región Metropolitana. Por otra parte y de acuerdo al PRMS, el lugar donde se emplazará el proyecto corresponde a un Área de Protección Ecológica con Desarrollo Controlado y que para este tipo de proyectos, señala claramente, el mecanismo es el establecido en el artículo 6.2.2 “Explotaciones Mineras” de la Ordenanza en cuestión

6 Enla DIA y sus Adendas se señalaron los antecedentes necesarios para el otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 94 del D.S. N95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, relacionado con la calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2. del D.S. N%47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Al respecto, la Seremi de Salud RM, mediante el Oficio N 1078, de fecha 07 de febrero de 2011, se ha manifestado conforme y ha indicado como precisión lo siguiente:

6.1.- Según los antecedentes presentados a la fecha por el titular, el Permiso Ambiental sectorial relacionado con el proyecto y de competencia de esta Autoridad Sanitaria Regional, es el contenido en el artículo 94 del DS N 95/01 del MINSEGPRES, que corresponde a la calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere al artículo 4.14.2 del DS N 47/92, del MINVU. En este sentido, el titular del proyecto ha entregado la documentación necesaria para otorgar dicho permiso ambiental, por lo tanto, la Autoridad Sanitaria Regional se pronunció conforme y otorgó el citado permiso, calificando la actividad del proyecto “Planta de Generación Eléctrica Minera

Florida” como MOLESTA. Las principales condiciones consideradas en esta calificación son las siguientes:

6.1.1 Operación: Minera Florida ha considerado la instalación y operación de una planta generadora de electricidad cuyo funcionamiento será permanente y estará compuesta por 5 grupos generadores diesel, con capacidad nominal de 7,5 MW y 6,0 MW Prime, con el objeto de proporcionar seguridad, continuidad operacional de la planta de procesamiento de relave e independencia del SIC. Este proyecto no contará con una sala de carga de baterías,

ya que cada contenedor alberga en su interior las baterías para cada grupo junto a su sistema mantenedor.

6.1.2 Mano de obra: En la etapa de operación trabajarán 2 personas distribuidas en dos turnos (7 días en faena y 7 días de descanso), con dos turnos de 12 horas de trabajo.

6.1.3 Superficie: Patio Generadores 630 m?, Sala Eléctrica 120 m?, Paño de Media Tensión 350 m?, Estanque de Combustible 40 mi, Piping Conducción de Estanques de Combustible 50 m?, Área Total 1.190 m?.

6.1.4 Características de construcción:

6.1.4.1.- Contenedor o Cubierta Protectora de los Grupos Generadores: Se dispondrá de contenedores de 40 pies que albergarán en su interior cada grupo generador, la subestación

eléctrica elevadora correspondiente, estanque diario de combustible, todo el sistema eléctrico y control propio, más los servicios auxiliares correspondientes. Además, consideran un sistema contra incendios basado en las normas vigentes y recomendaciones de la NFPA para este tipo de instalaciones. El diseño de cada contenedor considera un régimen continuo de funcionamiento de los grupos generadores.

6.1.4.2.- Caminos interiores: Se proyecta la pavimentación con hormigón de los caminos interiores de la Planta de Procesamiento de Relaves, incluido el acceso a los grupos generadores.

6.1.4.3.- Zona de la planta de generación eléctrica: Se proyecta la pavimentación con hormigón de los caminos interiores de la Planta de Procesamiento de Relaves, incluido el acceso a los grupos generadores.

6.1.4.4.- Zona de carga y descarga de combustibles: Contará con base continua, impermeable, y resistente estructural y químicamente a los productos y a las labores de carga y descarga, se dispondrá de marcas para información de riesgo conforme a la NCh 2190 Of 93. Dispondrá de todos los medios necesarios para atender las contingencias que puedan ocurrir durante las labores de carga y descarga.

6.1.5.- Maquinaria: 5 grupos electrógenos de 1500 kW/2063 kVA, 6 transformadores elevadores de tensión de capacidad de 2000 KVA, 1 sala eléctrica, 1 paño de media tensión, 1 sistema de control de emisiones (un filtro catalítico atrapa partículas, un sistema reducción de emisiones de NOx), 2 estanques de petróleo superficiales de 50 mi c/u.

6.1.6 Almacenamiento: Glicol: Refrigerante que será parte de los insumos utilizados en el mantenimiento de los equipos, será llevado por el proveedor al momento de realizar dicha labor. Una reserva de este refrigerante será almacenada en la bodega de lubricantes, que

posee el área de abastecimiento de Minera Florida, apta para almacenar este tipo de sustancias. Urea: 1 estanque.

6.1.7 Flujo vehicular: 0,0237 vehículos/hora.

6.1.8 Servicios:

6.1.8.1.- Agua potable: En la etapa de operación se estima que el agua de consumo humano

será 60 l/día (2 personas); la que cumplirá con todo lo establecido en el Párrafo II del DS N? 594 del MINSAL.

6.1.8.2.- Aguas servidas: El personal de 1 central utilizará las instalaciones sanitarias existentes en la planta de beneficio (proyecto aprobado por Resolución N* 6735/2005 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana).

6.1.9 Incendios: El proyecto contempla la instalación de 3 extintores. Uno de ellos, extintor de CO2 de 4 kg, estará ubicado en la sala de control y los otros dos, extintores PQS de 10 kg c/u, estarán instalados en el lugar donde se ubiquen los estanques de combustible, tal como lo establece el DS 90 de la SEREMI de Electricidad y Combustible. Está contemplado implementar, al interior del contenedor de los grupos generadores, un sistema de inundación de ambiente con nitrógeno diseñado para abarcar 120m.

Sistemas de Detección de Incendios: Tanto los grupos generadores como la sala de control poseen sistemas de detección de incendios. Red Seca: Se contempla la instalación de puntos de red seca de acuerdo al proyecto de implementación del sistema de control de incendio para toda la Planta de Procesamiento de Relaves (RCA 099/2011).

6.1.10 Medidas de control de riesgos:

6.1.10.1.- Estanques Principales: Se instalarán sobre superficie (aéreo) dos estanques de combustible de 50 m? cada uno. Contarán con tina antiderrame, sensor de nivel y bombas de trasvasije y recarga remota.

6.1.10.2.- Tuberías o Piping: El sistema de tuberías que conectan los estanques diarios con los estanques principales estará construido en base a cañerías de fierro, su diseño

garantizará el suministro óptimo hacia los estanques y la seguridad de las instalaciones, de acuerdo a la normativa de referencia.

6.1.10.3.- Zona de Descarga: Esta área se encontrará localizada próxima a los estanques de

combustible (no menor a 4 m) y se encontrará diseñada de acuerdo a lo indicado en el DS N? 160/2008 del MINECON.

6.1.10.4.- Sistema de Conducción de Combustible: El sistema de tuberías o piping estará encamisado en un ducto de mayor diámetro que servirá de contención de derrames. Los posibles derrames descargarán en una cámara de servicio para recolección. En el sector de combustibles se construirá un radier tipo piscina (para contención de posibles derrames), para la instalación de los estanques de combustible, cuyas dimensiones serán de 14 m de largo por 9 m de ancho y con una altura de 0,5 m. Contará además con área de descarga de combustible (para camiones), con una loza adosada al radier de los estanques, bien delimitada. Considerará mantención Preventiva y correctiva, de acuerdo a lo indicado por las pautas definidas por los fabricantes y en función a las horas de operación y/o por valores medidos en el equipo y/o síntomas característicos detectados con instrumentación especializada. Minera Florida para todos sus procesos mineros considera planes y programas referidos al control de riesgos de accidentes y control de enfermedades ocupacionales. Cuenta con Plan de emergencias para la planta e instalaciones anexas.

7 Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, a la Seremi de Medio Ambiente RM y a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las fases del proyecto, permitiendo el acceso a sus diferentes partes y componentes cuando éstos lo soliciten y

facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

8 Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para controlarlos y hacerse cargo de ellos.

9 Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito, al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, los cambios de titularidad, domicilio o de representante legal.

10 Que el titular deberá dar cumplimiento a toda la normativa legal ambiental aplicable vigente, y a aquella que la derogue, reemplace o modifique, en caso que corresponda.

11 Que, todas las medidas establecidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas directamente por éste o a través de un tercero.

12 Que, en atención a todo lo señalado con anterioridad, puede concluirse que los impactos ambientales del proyecto “Planta de generación eléctrica Minera Florida”, ubicada en la comuna de Alhué, se ajustan a la normativa de carácter ambiental vigente y que éstos no generan, ni presentan ninguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N”19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

13 Que, en razón de lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago,

1.

Resuelve:

Calificar ambientalmente favorable el proyecto “Planta de generación eléctrica Minera Florida” presentado por Minera Florida Ltda.

  1. Declarar que para que el proyecto pueda ejecutarse, deberá darse cabal cumplimiento a

todas las medidas y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución.

Certificar que el proyecto “Planta de generación eléctrica Minera Florida”, cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable, que requiere y se le otorga el permiso ambiental sectorial consignado en el Artículo 94 del Título VII, del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y, que no genera ni presenta ninguno de

los efectos, características o circunstancias señalados en el Artículo 11 de la Ley N*19.300.

  1. Se hace presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de

reclamación ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime oportuno.

ANÓTESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE

DE LA REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

NJ

DIRECTOR RE NALE OD EVALUACIÓN AMBIENTAL SECRETARIO COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE LA REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

dal LP IER

Distribución:

  • Representante Legal

» Servicio Nacional de Geología y Minería Dirección Regional Zona Central + Corporación Nacional Forestal, CONAF RM

» Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana

» Dirección Regional de Obras Hidráulicas

  • Gobierno Regional

» Gobierno Regional, Región Metropolitana

  • Tustre Municipalidad de Alhué

» Secretaría Regional Ministerial de Agricultura RM

  • Secretaría Regional Ministerial de Minería, RM

» Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, RM

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» Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM » Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM

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» Servicio Agrícola y Ganadero, RM

  • Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM

» Superintendencia de Electricidad y Combustible SEC, RM

» Consejo de Monumentos Nacionales

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