Evaluación SEA

DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL "EXTRACCIÓN Y PROCESAMIENTO DE ÁRIDOS, CANTERA EL LITRE, PARA LA MATERIALIZACIÓN DE LA RUTA CONCESIONADA AUTOPISTA CONCEPCIÓN-CABRERO" Cantera el Litre

Rol 6132952
SEA · DIA · Aprobado · 2011-10-11 · Región del Biobío · Sacyr Chile S.A.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN. DE EVALUACIÓN REGIÓN DEL BIOBÍO

Califica Ambientalmente el proyecto “Extracción y Procesamiento de Áridos, Cantera el Litre, para la Materialización de la Ruta Concesionada Autopista Concepción-Cabrera”

Resolución Exenta NO j 08 6

Concepción, 0 2 ABR 2012

VISTOS:

l. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto “Extracción y Procesamiento de Áridos, Cantera el Litre, para la Materialización de la Ruta Concesionada Autopista Concepción-Cabrero”, presentada [por el Señor Guillermo García Cano, en representación de Sacyr Chile 5.A., con fecha 11 de Octubre de 2011. .

  1. Las observaciones y pronunciamientos de los Organos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

e Oficio N%290 MA sobre la DIA, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 04/11/2011;

a Oficiol N057-EA/2011 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región del Biobío, con fecha 09/11/2011;

  • Oficio N%6933 sobre la DIA, por Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío, con fecha 11/11/2011;

Oficio N0023 sobre la DIA, por Dirección Regional del SAG, Región del Biobío, con fecha 14/11/2011;

e Oficio N9532 sobre la DIA, por SEREMI de Medio Ambiente, Región del Biobío, con fecha 15/11/2011;

» Oficio NO03747 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 17/11/2011;

o Oficio N04233 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 29/12/2011;

a Oficio N074-EA/2011 sobre la Adenda 1, por Corporación Nacional Forestal, Región del Biobío, con fecha 29/12/2011;

o Oficio N0001 MA sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 04/01/2012;

  • Oficio N0027 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional del SAG, Región del Biobío, con fecha 04/01/2012;

o Oficio NOS sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío, con fecha 06/01/2012;

o Oficio N9006 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Medio Ambiente, Región del Biobío, con fecha 10/01/2012;

o Oficio N93 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío, con fecha 13/01/2012;

o Oficio N*04 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional del SAG, Región del Biobío, con fecha 14/02/2012;

e Oficio N0105 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío, con fecha 22/02/2012;

  1. El Acta de la Sesión N04 de la Comisión de Evaluación de la Región del

de,

Ss.

Biobío, de fecha 26 de marzo del 2012.

El Acta de Evaluación N*14 del Comité Técnico de fecha 09 de marzo del 2012.

Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Extracción y Procesamiento de Áridos, Cantera el Litre, para la Materialización de la Ruta Concesionada Autopista Concepción-Cabrero”., Lo dispuesto en la Ley NO 19,300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2% del D.S. N%95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N 19,880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Organos de la Administración del Estado; la Resolución N% 1.600, de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución NO 55/92, ambas de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.

CONSIDERANDO:

L

Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto " Extracción y Procesamiento de Áridos, Cantera el Litre, para la Materialización de la Ruta Concesionada Autopista Concepción-Cabrero".

Que, el derecho de Sacyr Chile S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Organos de la Administración del Estado.

. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto

Ambiental respectiva, el proyecto "Extracción y Procesamiento de Áridos, Cantera el Litre, para la Materialización de la Ruta Concesionada Autopista Concepción-Cabrero " consiste en:

El presente proyecto “Extracción y Procesamiento de áridos Cantera El Litre, para la materialización de la Ruta Concesionada Autopista Concepción-Cabrero”, consiste en la extracción de material pétreo en un volumen de 636,663 m* desde una cantera para ser procesado y utilizados como material base en la ejecución del proyecto “Concesión Autopista Concepción-Cabrero”.

En términos generales, el proyecto considera la instalación, operación y cierre de una planta de chancado, el que abastecerá de áridos al Proyecto autopista Concepción- Cabrero.

El proyecto considera las siguientes actividades:

o Extracción del material de la cantera, a través de excavación y precorte con tronaduras dependiendo de la dureza de la roca, y carguío al sector de la planta de chancado.

e Trituración y selección por tamaño (granulometría), desarrollados en la planta de chancado.

El detalle de cada una de las etapas y obras asociadas a la operación del proyecto se detalla a continuación:

« Etapa de pre-operación

e Etapa de operación

« Etapa de abandono

3.1 Etapa de pre-operación. Esta etapa corresponde a la disposición del equipamiento e infraestructura necesaria en el terreno, para iniciar las distintas actividades de operación. Dentro de las principales instalaciones se encuentran la planta de producción de materiales (chancado) y los elementos e instalaciones complementarias, tales como, taller, bodega, oficinas, comedor, espacios destinados a acopio de material, entre otros. El plano general de las instalaciones con la disposición de los elementos y el área de explotación, se presenta en el Anexo 4 de la DIA, y las actividades consideradas son: Preparación del Terreno: En esta etapa, se procederá a realizar el despeje de los elementos necesarios para la extracción de material desde la cantera y las demás instalaciones previstas. Entre las principales actividades contempladas en la preparación se encuentran: Demarcación del terreno: Topografía efectuará el estacado del área de extracción, como asimismo, las áreas destinadas para la instalación de las plantas y elementos asociados. Eliminación de vegetación: Principalmente como faenas de escarpe. No se intervendrán superficies de plantaciones, matorrales y especies nativas. Sólo se procederá a la corta de Pinus radiata, en una superficie de 0,54 há, el cual se encuentra en la cuña de extracción Nivelación: Esta actividad consiste en el retiro de escarpes, la nivelación y compactación del sitio (movimientos de tierra hasta alcanzar la superficie plana o rasante, por medio de motoniveladora o bulidozer). En el área de la planta, es probable que se deba efectuar un relleno para conformar un terraplén, posiblemente de maicillo proveniente de la misma cantera. Cierre de las instalaciones: Instalación de cercos en los perímetros de las instalaciones.

Montaje e Instalación de faenas

En el lugar donde se emplazará el proyecto, se montarán las instalaciones necesarias para producir los áridos, cumpliendo con lo establecido con la normativa de seguridad y condiciones ambientales en los lugares de trabajo.

Las principales instalaciones y actividades asociadas a la planta se detallan a continuación:

Oficinas de administración de la planta.

Taller destinado a reparación de piezas y equipos de la planta de chancado. Este comprende 1 contenedor al interior del espacio delimitado para estos fines.

.« Bodega de almacenamiento de residuos peligrosos. Se habilitará en esta etapa una bodega de almacenamiento de residuos peligrosos, con la finalidad de almacenar lubricantes utilizados, huaipes, pilas, baterías, entre otros. Dichos residuos serán dispuestos en contenedores cerrados y rotulado como residuos peligrosos, para luego ser trasladados al sitio de disposición final autorizado, en cumplimiento del DS 148/03. (Ver Anexo 5 de la DIA. Procedimiento gestión de residuos).

  • Comedor. Se prevé la instalación de un comedor que cumpla con las condiciones del DS 594. Este comedor no considera la preparación y manipulación de los alimentos.

e Servicios higiénicos. Se dispondrá de baños químicos será de acuerdo al número de trabajadores que opere en la etapa de operación del proyecto y según lo establecidos en el D.S, 594,

(Artículo 23). Se contempla en esta etapa, dar inicio a la construcción del proyecto de sistema particular de agua potable y alcantarillado que se presentará con antelación a la Seremi de Salud Región del Biobío (Ver Anexo 6 de la DIA).

  • Casetas de comando. Se habilitará la caseta en la planta de chancado, la que se utilizará para operar, mediante un computador, los equipos y controlar el proceso productivo.

Todos los contenedores serán instalados sobre bases firmes, y se considerará la construcción de radieres. Se contempla uso de camión pluma y grúas para montar los contenedores y la provisión de hormigón por una empresa del rubro para las fundaciones de la planta.

» Patios de acopio de residuos. Se considera un patio de acopios de residuos no peligrosos, el cual será señalizado y demarcado.

  • Acceso al predio. La salida del recinto cumplirá con fos estándares de seguridad necesarios para el desarrollo de la actividad, además de contar con la señalización prevista en la Ley de Tránsito, consistente en el signo PARE reglamentario y caseta de control de entrada y salida del recinto.

e Planta de chancado. Corresponde a una planta con una capacidad máxima de producción de 350 Tn/hr. Está compuesta básicamente por un buzón de entrada, molinos, harneros y cintas transportadoras.

  • Vehículos y Maquinaria. En las instalaciones operará la siguiente maquinaria en forma permanente: dos cargadores frontales, un camión pluma, un camión aljibe para riego interior del predio y los camiones tolva correspondientes. Para la nivelación y preparación del terreno se contemplan excavadoras, motoniveladoras, bulidozer y retroexcavadoras, además de grúas y plumas para montaje de las instalaciones.

Los vehículos menores que se utilizan son camionetas de apoyo logístico.

insumos

  • Abastecimiento de agua. El agua utilizada en la etapa de habilitación, será suministrada en bidones, por una empresa autorizada, cumpliendo así con los requisitos físicos, químicos, radioactivos y bacteriológicos establecidos en la NCh NO 409 Of. 19834 sobre “Requisitos del Agua para Consumo Humano”.

e Abastecimiento de energía. La energía utilizada en la etapa de habilitación, será mediante un generador eléctrico de 400 KVA, capacidad suficiente al no existir actividades industriales en dicha etapas.

3.2. Etapa de operación

Extracción de áridos desde la cantera:

Las excavaciones se efectuarán según proyecto de extracción (adjunto en Anexo 3 de la DIA), la superficie de explotación de acuerdo al proyecto, corresponde a 1,8 há. El volumen total de extracción será de 646.416 rm”, de los cuales 9.753 m* corresponden a escarpe y un total de 636.663 m? de material pétreo utilizable,

Se contempla el uso de excavadoras y en aquellos casos que la dureza de la roca no permita la remoción por medios mecánicos, se efectuará precorte a través del uso de explosivos con tronaduras controladas. Se contempla utilizar 2 excavadoras y 6 camiones tolva para el trastado a la planta de chancado

Perfil. | Área Promedio] Distancia Volumen Parcial Volumen Acumulado

(m?) (mm) (m) (m)

Km 04040 3.624 o O o

Km 0+060 3.903 2 76. 76.7

Km 0+080 3.768 2 98. 175.672

Ka O+100 6.128 2 116.659 292.331

Km 0+120 5.537 2 113.291 405.621

Krn 0+140 5.792 2 118.876 524.497

Km 0+160 6.096 2 121.919 646.416

La cuña de extracción considera una franja de protección de la ribera de 25 metros desde el borde de los cursos de aguas detectadas en los sectores oeste y norte del área de extracción. En dicha franja, no se cortará ni alterará la vegetación ribereña, de forma de asegurar que no existirá alteración a dichos cauces, estableciendo una zona de amortiguación que impida el arrastre de sólidos que pudieran alterar la calidad del agua

En caso de ser necesario la utilización de explosivos, el titular contará con una empresa especializada para tales fines (se adjunta en Anexo 7 de la DIA, el procedimiento de tronaduras).

Las personas que manipulen explosivos, cualquiera sea su naturaleza, deberán contar con licencia vigente, otorgada por la autoridad fiscalizadora respectiva de acuerdo a reglamentación vigente.

Cuando se requiera la utilización de explosivos, el titular verificará que la empresa contratista encargada de las tronaduras posea el equipo técnico adecuado, con el fin de cumplir con la normativa asociada a estas prácticas y se implementará e instalará señalética para advertir las tronaduras que puedan requerirse en el lugar.

Es importante señalar que, se avisará con anticipación a los receptores aledaños al sector de tronaduras (Ver Anexo 8 de la DIA, estudio de ruido). Además existirán los “Loros vivos” correspondiente al personal instruido para efectuar la evacuación del disparo y controlar el acceso a las áreas de seguridad. El área de seguridad corresponderá aproximadamente a un radio de seguridad de 500 metros el cual será determinado por el programador calculista de la tronaduras.

Las operaciones de tronaduras se efectuarán con una periodicidad de 1 tronadura cada 3 días, las que se efectuarán exclusivamente en horario diurno de Lunes a Viernes, no ejecutándose dichas faenas los días de fines de semana y días festivos

Planta de Chancado:

La planta tendrá una capacidad máxima de producción de 350 Ton/h, compuesta básicamente, por un buzón de entrada, molinos, harneros y cintas transportadoras.

El material proveniente de la cantera, será trasladado por camiones tolva hasta el buzón de alimentación; posteriormente desde el alimentador el material pasa a un primer chancador o chancador primario para posteriormente, ser transportado en dos cintas, hasta las

cribas que seleccionan el material en tres granulometrías.

Estas granulometrías a su vez son transportadas por tres cintas hacia los molinos o chancadores secundarios que realizan el procesamiento que deriva en la obtención de base chancada, gravas y gravillas. Las gravas y gravillas caen de las cintas a las pilas de acopio, donde son trasladadas al área de acopio definida en el Proyecto con cargadores frontales. Acopio de Material: La cinta final recoge el material seleccionando desde el carro secundario por las diferentes mallas y lo van dejando separado en sectores distintos de acopio de acuerdo a su tamaño.Se contempla un área de acopio de 8.500 m?. Despacho: Para completar el proceso de la planta, una vez acopiados los materiales en las zonas de acopios se procede el carguío del material en camiones para transportarlos posteriormente a los frentes de trabajo de la “Autopista Concepción-Cabrero”. Mantención rutinaria de maquinaria: La mantención rutinaria de maquinaria consiste en cambios de aceite de las diversas partes de ellas, cada 375 horas en promedio (15 días) y engrasado diario de los engranajes. Por las características de las maquinarias, estas actividades se deben realizar en el área de faenas.

Para ello se contará con un área que contará con un sistema de impermeabilización del suelo a fin de evitar su contaminación. Los residuos que se generen de dicha actividad serán retirados del área de trabajo para su acopio temporal en los contenedores y bodegas de residuos autorizados de la obra.

Las faenas de mantenimiento de mayor relevancia son aquellas que se realizan a la planta de chancado, motivo por el cual entre sus instalaciones asociadas se encuentra un taller, bodega de residuos peligros y patio de residuos no peligrosos.

Manejo de Residuos:. + Patios de acopio de cesiduos. Se habilitará un patio de

acoplos de residuos industriales no peligrosos, en el cual se acoplaran residuos, tales como, fierros, chatarras, despuntes de madera, neumáticos, etc.

  • Bodega. de. residuos peligrosos, Se habilitará una bodega de almacenamiento de residuos peligrosos según lo que indica el DS 148/03, con la finalidad de almacenar lubricantes utilizados, huaipes, pilas, baterías, entre otros.(Ver Anexo 5 de la DIA. Procedimiento Gestión de Residuos).

La mayor cantidad de residuos peligrosos provendrá del mantenimiento de las maquinarias, consistente en cambios de aceite de las diversas partes de cada equipo y los vehículos de la obra. Además se contempla engrasado diario de los engranajes. Por las características de las maquinarias, estas actividades se realizarán en el taller mecánico.

+» Servicios Higiénicos. Se habilitarán contenedores para tales fines, uno contiene los servicios higiénicos y lavamanos y otro con duchas y vestidores; todos estos conectados al sistema de alcantarillado particular, se adjunta en el Anexo 6 de la DIA los antecedentes necesarios para dar cumplimiento al Permiso Ambiental N*91.

  • Mantención de caminos de acceso y vías interiores: La mantención del camino de acceso y vías interiores se realizará de acuerdo a las necesidades, mediante retroexcavadora y/o moto-niveladora. Ésta mantención se efectuará según los requerimientos de la empresa durante la ejecución del proyecto.

Insumos

a) Abastecimiento de combustible: El combustible será provisto por un camién distribuidor perteneciente a la empresa Sacyr Chile S.A., cuya inscripción se adjunta en el Anexo 9 de la DIA.

b) Provisión de agua potable: El agua para los trabajadores será provista a través de bidones de 30 Lt, que serán adquiridos a una empresa del rubro que cuente con autorización sanitaria.

c) Energía Eléctrica: La energía eléctrica requerida por el proyecto será suministrada a través de dos grupos electrógenos: uno de 650 KVA destinado al funcionamiento de la planta e iluminación de la misma, y otro de 100 KVA destinado a contenedores de instalación de faenas.

Manejo de Aguas Lluvias

Para el manejo de las aguas lluvias de la cuña de extracción, estas serán evacuadas del sector de extracción, para ello se implementará un sistema permanente de agotamiento del nivel de aguas lluvias que se generará debido a la baja permeabilidad del material que conforma la zona de extracción. Este sistema de agotamiento consta de un sistema de bombeo que será instalado en el borde de la zona de extracción, y será bombeado hasta una piscina excavada en tierra donde se depositarán las aguas lluvias provenientes también de la zona de acopio. Esta piscina deberá tener la cápacidad volumétrica suficiente para recibir las aguas lluvias provenientes desde los dos sectores. Se proyecta en tierra, para aprovechar la capacidad de infiltración del suelo natural presente en el sector.

En cuanto al sistema de evacuación de aguas lluvias desde el sector donde serán emplazadas las zonas de acopio de material, se proyecta un canal perimetral que bordeará por el sector Sur-Qeste este sector, este canal será excavado en tierra con geometría trapezoidal y pendiente del 1%.

Existirá una franja de protección de 25 metros desde el borde del estero en la cual no se cortará ni alterará la vegetación ribereña lo cual cumplirá como un sistema de amortiguamiento del posible arrastre de sólidos de suspendidos que puedan alterar la calidad de agua del estero,

Etapa de abandono

La fase de abandono tiene que ver con las distintas acciones y actividades asociadas al levantamiento de las instalaciones y al término de la actividad productiva. En esta fase se debe considerar el desmantelamiento de los equipos, instalaciones y la restauración del entorno.

A continuación, se listan las actividades que se realizarán en el momento de finalizar la extracción y chancado:

Desmantelamiento y retiro de instalaciones

Una vez terminada la operación del proyecto se procederá al desmantelamiento de ta planta de chancado y retiro de la instalación de faena correspondiente a oficinas y talleres.

Se efectuará demolición y retiro de las estructuras, galpones, radieres y todos aquellos elementos que constituyan vestigios de ocupación.

Se contempla el retiro de todo tipo de elementos que sean vestigios de la actividad, tales corno basuras, chatarras, acopios de material, etc.

Posteriormente, se contempla escarificar el terreno para aminorar la compactación del suelo,

Abandono de la Cantera

Para el periodo de abandono del proyecto, se contempla el relleno del pozo utilizado durante la extracción con material de rechazo, ya sea cobertura vegetal u otro, con el fin de entregar al paisaje la reestructuración del sitio lo más similar posible al estado inicial del proyecto tal como lo indican las restricciones ambientales, por lo que se considerará el relleno del pozo desde la cota rasante del proyecto hasta la cota 164.4 y desde ahí se procederá a rellenar hasta alcanzar una pendiente aproximada del 1% según lo indica el Manual de carreteras con la finalidad de crear pendientes naturales que permitan el libre escurrimiento de las aguas lluvias de manera de evitar la generación de lagunas artificiales en el sitio de la extracción.

De acuerdo a los perfiles que se presentan en el proyecto de extracción (Anexo 3 de la DIA), se dejarán los taludes con las pendientes que aseguren la estabilidad de éstos, y las condiciones necesarias para mitigar la erosión posterior.

Para el periodo de abandono del proyecto, se contempla el relleno del pozo utilizado con material de rechazo, y el maicillo disponible, además de crear una cobertura vegetal de fácil crecimiento, con el fin de entregar al paisaje la restauración del sitio lo más similar posible al estado inicial del proyecto. Se considerará el relleno del pozo desde la cota rasante del proyecto hasta la cota 154.4 y desde ahí se procederá a rellenar hasta alcanzar una pendiente aproximada del 1% según lo indica el Manual de Carreteras con la finalidad de crear pendientes naturales que permitan el libre escurrimiento de las aguas lluvias de manera de evitar la generación de lagunas artificiales en el sítio de la extracción. Además, debido a la revegetación que existirá en el sector, parte de las aguas lluvias se infiltrarán otorgando al sitio características similares a las existentes actualmente.

Finalmente, en el caso de constatarse formación de lagunas o pozos se tomarán todas las medidas necesarias para entregar pleno cumplimiento a las normativas vigentes.

En cuanto a la evacuación de las aguas lluvias durante la etapa de operación, se contempla la instalación de un sistema permanente de agotamiento que será implementado mediante un sistema de bombeo definido para un caudal de 0,244 [m3/seg] y altura de etevación de 40.9 metros. Estas aguas serán bombeadas hasta una balsa excavada en tierra dónde se depositarán también las aguas lluvias provenientes desde el saneamiento de las instalaciones. Para mayores antecedentes

ver en Anexo 3 de la Adenda 1, el proyecto de extracción la cual se detalla el diseño de la piscina.

Esta piscina tiene una capacidad volumétrica de 209,68 m3, suficiente para recolectar y contener las aguas lluvias provenientes del sector de instalaciones en conjunto a las aguas procedentes de la zona de extracción. El agua almacenada en la balsa parte de ella será infiltrará debido al tipo de suelo del sector y lo restante se utilizará para humectar los caminos interiores a través de camiones aljibes.

Principales Emisiones y descargas

Emisiones a la atmósfera.

a)

b)

Etapa de Pre-Operación: Durante esta etapa del proyecto las emisiones atmosféricas serán menores y corresponderán, básicamente, al material particulado generado por el despeje de áreas, tránsito de camiones y maquinarias. En el Anexo 10 de la DIA se adjunta la estimación de emisiones atmosféricas.

Etapa de Operación: las fuentes de emisión durante la etapa de

operación son las siguientes:

  • Extracción de Áridos: Los puntos de emisión corresponderán a las tronaduras, excavación y transporte de materiales (movimiento de las maquinarias).

e Planta Chancadora: Los puntos de emisión de la planta son el alimentador, los chancadores o molinos y las cintas que traspasan el material desde un molino a otro, hasta la salida del material,

e Grupos Electrógenos: Los grupos electrógenos utilizados para alimentar de energía a las plantas, emiten gases producto de la combustión del petróleo. Estos grupos están sujetos a la declaración anual de emisiones ante la Seremi de Salud.

  • Camiones y maquinarias: Los camiones transportan el material a la planta de chancado, generando emisiones de polvo resuspendido y emisiones de gases producto de la combustión generada por los motores. Se contará con 10 camiones tolva de 14 m3, 1 excavadora de 30 toneladas, 2 cargadores frontales, operando al interior de las instalaciones.

Residuos Líquidos.

a)

b)

Etapa de Pre-operación: Durante la fase de habilitación de las instalaciones y preparación del área de extracción se contará con baños químicos al interior de la instalación, para abastecer las necesidades de los puntos más alejados de los servicios higiénicos de la obra y para personal transitorio que accede a las instalaciones, tales como choferes de camiones. Las descargas de los baños químicos serán dispuestas por la empresa autorizada para efectuar estos servicios que será contratada para tal fin.

Etapa de Operación: El proyecto no genera descargas de efluentes líquidos de ninguna índole que constituyan impactos ambientales negativos en el medio ambiente. Los únicos residuos a generar corresponderán a los residuos líquidos domésticos por cuanto estos serán tratados a fin de dar cumplimiento a la normativa ambiental, a través de un sistema particular de alcantarillado.

Residuos sólidos.

a) Etapa de Pre-Operación:

» Residuos No Peligrosos: Correspondientes a los residuos asimilables a domiciliarios. Estos, serán dispuestos en contenedores cerrados para ser posteriormente retirados por la empresa del rubro contratada para ese fin, dicho retiro será aproximadamente 2 veces por semana y serán llevado al relleno sanitario más cercano.

La cantidad de residuos domiciliarios que se generan por día durante la etapa de construcción será de 0.5 kg por persona, por lo que en se generará un total 14 kg de residuos domiciliarios diarios.

Otros residuos no peligrosos serán fierros, chatarras, y una cantidad no estimada en volumen de materia orgánica producto del despeje del área para extracción de áridos e instalación de faenas.

  • Residuos Peligrosos: En esta etapa se generarán residuos relacionados a engrasar los engranajes de la planta al momento de instalarla, por lo cual se habilitará una bodega de almacenamiento de residuos peligrosos, con la finalidad de almacenar lubricantes utilizados, huaipes, pilas, baterías, entre otros. Dichos residuos serán dispuestos en contenedores cerrados y rotulado como residuos peligrosos, para luego ser trasladados al sitio de disposición final autorizado, en cumplimiento del DS 148/03. (Ver Anexo 5 de la DIA. Procedimiento gestión de residuos).

b) Etapa de Operación: Las actividades que se desarrollan al interior de las instalaciones generan residuos sólidos urbanos o asimilables a domésticos, industriales e inertes, los que son detallados a continuación:

  • Residuos No Peligrosos: correspondientes a los desechos asimilables a domésticos, definidos como: colaciones, envases de productos alimenticios, bebidas, cartones, plásticos, etc.

  • Residuos Peligrosos: Correspondientes a los desechos provenientes de las mantenciones asociadas a la planta de chancado, como trapos con grasa y tambores de grasa industrial; aceites de recambio de los generadores, entre otros.

« Residuos inertes: Corresponden a material de rechazo de la planta de producción de áridos y rechazo del pozo de extracción.

En el Anexo 5 se adjunta el procedimiento técnico gestión de residuos y en el Capítulo IV de la DÍA se entregan los antecedentes para dar cumplimiento al Permiso Ambiental Sectorial 93 que dice relación “a la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase”.

Ruidos

El estudio de los niveles acústicos se centró en todos los sectores donde existían viviendas habitadas o algún tipo de infraestructura de Uso público, estableciéndose 4 puntos como los más sensibles (Ver Anexo 8 de la DIA). Es importante señalar que los puntos a medir no necesariamente representan una sola vivienda o un receptor en particular, sino más bien un conjunto de receptores que se encuentran percibiendo un nivel de ruido ambiente similar, es decir, igual nivel de ruido de fondo.

a) Etapa de pre-operación: En la presente etapa las principales fuentes emisoras corresponden a la retro- excavadora, cargador frontal, tránsito de camiones y motoniveladora. Cabe señalar que en esta etapa solo se evaluó el horario diurno (Ver Anexo 3 de la DIA).

b) Etapa de operación: En la presente etapa las principales fuentes emisoras corresponden a; Tronaduras del material, Línea de Chancado, Excavadora, Cargador Frontal, Tráfico de Camiones Tolva y Generadores Eléctricos (ver Anexo 8 de DIA).

La Etapa de Operación contempla además el uso de explosivos (tronadura mineral). Dicha actividad será de carácter esporádico con un periodo máximo de 1 tronadura cada 3 días compuesta entre la 2 detonaciones en horario diurno (Ver Anexo 8 de la DIA).

Cabe señalar que, se avisará con anticipación a los receptores aledaños al sector de tronaduras. Además existirán los "Loros vivos” correspondiente al personal instruido para efectuar la evacuación del disparo, y controlar el acceso a las áreas de seguridad. El área de seguridad corresponderá aproximadamente a un radio de seguridad de 500 metros el cual será determinado por el programador calculista de la tronaduras.

Asirnismo, la faenas de tronaduras deberán efectuarse en horario diurno, de lunes a viernes.

  1. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Extracción y Procesamiento de Áridos, Cantera el Litre, para la Materialización de la Ruta Concesionada Autopista Concepción-Cabrero" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Extracción y Procesamiento de Áridos, Cantera el Litre, para la Materialización de la Ruta Concesionada Autopista Concepción-Cabrero" cumple con:

4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales: Aire

Decreto Supremo N? Establece norma | Por efecto de la operación | Las emisiones a generar

144/1961 del Ministerio | Para evitar del Proyecto, se generarán por efecto de la de Salud. emanaciones o emisiones de material operación del proyecto contaminantes particulado (polvo), serán puntuales y de atmosféricos de | emisiones de gases de baja magnitud (ver cualquier combustión, asociados al | Anexo 10 de la DIA). naturaleza. tránsito vehicular y a la Se controlará las operación de la emisiones fugitivas

chancadora, maquinaria y | producidas por el equipos de extracción de | tránsito de las fuentes áridos, carga y transporte | móviles y faenas en

de material. general. Se aplicará humectación de caminos (en temporadas estivales principalmente), disminuyendo de esta forma la emisión de material particulado,. Además, todos los vehiculos y maquinaria a utilizar por el proyecto contarán con su revisión técnica al día para asegurar el buen funcionamiento de motores.

Decreto Supremo NO 75/1987 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

Emisiones de Polvo

El Proyecto requiere Del transporte en camiones del material.

El transporte de materiales se realizará en camiones tolvas cubiertos.

Decreto Supremo No 4/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones,

Establece Normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos Motorizados y flia tos procedimientos para su control.

El Proyecto considerará ta utilización de vehículos motorizados pesados y tivianos.

Como medida de Control de las emisiones de gases de combustión, se exigirá que todos los vehículos motorizados pesados y livianos sean sometidos a mantenclones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, fiscalizadas a través del Certificado de Revisión Técnica.

Decreto Supremo N055/ 1994 del Ministerio de Transporte y Tetecomunicaciones.

Emisiones de Vehículos motorizados pesados.

El Proyecto contempla La utilización de vehículos motorizados pesados para el transporte de áridos.

Todos los vehículos Que serán utilizados contarán con su revisión técnica al día. Como medida adicional para asegurar el cumplimiento de la normativa legal, no se utilizarán vehículos con más de 5 años de antigUedad.

Decreto Supremo No

Emisiones de

Articulo 5.8.3 Establece

Durante el proceso de

47 y sus modificaciones | Material medias a implementar pre-operación y durante

del Ministerio de Particulado. para minimizar emisiones | toda la operación

Vivienda y Urbanismo. en todo proyecto de mantendrá la obra

Ordenanza General de construcción, reparación, | aseada y sin

Urbanismo y modificación, alteración, | desperdicios, para ello se

Construcciones reconstrucción o dispondrán recipientes

demolición. identificados

yconvenientemente ubicados. Además durante la pre- operación se minimizará las emisiones trasladando el material en camiones encarpados

D.S 138/2008 Gbliga la Se emplearán 2 Se realizará la

Ministerio de Salud

declaración de emislones de fuentes fijas de forma añual.

Generadores a combustión para el suministro de Energía.

declaración de emisiones correspondiente anualmente ante la autoridad.

Decreto Supremo No 146/1997 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

Establece los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos y los criterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas en áreas rurales adyacentes. Otorga al Servicio de Salud la facultad de velar par el control y fiscalización de ruidos.

La principal fuente de

emisión a la que

estarán expuestos los receptores de la zona

de influencia del proyecto, corresponderá a la utilización de tronaduras y

operación de la planta

chancadora.

Considerando la Distancia al receptor más cercano, el proyecto cumplirá con el D.S. 146 en relación a la extracción y procesamiento (Ver Anexo 8 de la DIA, Estudio de Ruido).

Decreto Supremo NO 594/1999 del Ministerio de Salud.

Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los Lugares de Trabajo.

La principal fuente de

emisión a las que estará expuesto el personal, corresponderá a la circulación de maquinaria,

funcionamiento de la

chancadora y la utilización de tronaduras.

Los trabajadores contarán con los elementos de protección auditivos adecuados al nivel de ruido al que estarán expuestos.

Agua

Decreto Supremo NO 594/1999 del Ministerio de Salud.

Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo

abastecer de

potable a los trabajadores.

El proyecto requiere

suministro de agua

El suministro de agua

para los trabajadores será provisto mediante bidones en la instalación de faena y en tos lugares en tos

que se realicen tos trabajos, ésta contará con los requisitos

definidos en la Norma Chilena 409/89

Decreto Supremo NO 594/1999 del Ministerio de Salud.

Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en tos Lugares de Trabajo

El Proyecto requiere proveer de servicios higiénico a los trabajadores.

El suministro de agua

para los trabajadores será provisto mediante bidones en la instalación de faena y en los lugares en los que se realicen tos trabajos, ésta contará con los requisitos definidos en la Norma Chilena 409/89. El proyecto cuenta con un proyecta de Agua Potable Alcantarillado en cuál será sometido a ta calificación de la autoridad sanitaria, se adjunta el documento en el Anexo 6 de la DIA.

Decreto con Fuerza de Ley No 725/68 del Ministerio de Salud.

Código Sanitario.

El Proyecto requiere proveer de servicios higiénico a los trabajadores.

El proyecto cuenta con un proyecto de Agua Potabte y Alcantarillado en cuál será

sometido a la Calificación de la autoridad sanitaria, se adjunta el documento en el Anexo 6 de la DIA.

Residuos Industriales Líguidos y Sólidos

Decreto Supremo no 594/1999 del Ministerio de Salud.

Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo

Por efecto de la operación del Proyecto se producirán residuos sólidos, los que principalmente corresponderán a residuos domésticos. Por otra parte las actividades de mantenimiento de maquinaria, también generarán residuos.

Los residuos generados enlas instalaciones del Proyecto, serán almacenados en el patio de residuos (residuos no peligros) y en ta bodega de residuos (residuos peligrosos). Para posteriormente ser gestionados a través de empresas que cuentan con autorización de ta Seremi de Salud Región del Biobío, tanto para el transporte como para la disposición final de los residuos.

Decreto con Fuerza de Ley N9 725/68 del Ministerio de Salud. Código Sanitario.

Código Sanitario

Por efecto de la operación del Proyecto se producirán residuos sólidos, los que principalmente corresponderán a residuos domésticos. Por otra parte las actividades de mantenimiento de maguinaria, también generarán residuos.

Los residuos sólidos Generados en las instalaciones del Proyecto, serán gestionados a través del procedimiento gestión de residuos (Ver Anexa 5 del la DIA).

D.S NO 148/2003 Ministerio de Salud

Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos

Producto de actividades de mantención de maquinaria y equipos se generarán residuos peligrosos como aceites y grasas.

Los residuos serán gestionados de acuerdo al procedimiento técnico gestión de residuos (Ver Anexo 5 de la DIA).

El destino de estos residuos peligrosos serán destinados a un gestor autorizado.

Vialidad y Transporte y otros

Decreto Supremo N975/1987 det Ministerio de Transporte y Telecomunicacio nes

Establece Condiciones para el Transporte de Cargas.

El Proyecto requiere del transporte de materiales en camiones.

El transporte de materiales del Proyecto hacia la Ruta O-50, se realizará en camiones tolva y se exigirá que todos los vehículos de carga desde la zona de emplazamiento hasta la ruta en construcción cumplan con la presente normativa, tendiendo en consideración el correcto cubrimiento y aseguramiento de la carga.

Decreto Supremo NO 158/1980 del Ministerio de Obras Públicas.

Fija el Peso Máximo de los Vehículos que pueden Circular por Caminos Públicos.

El Proyecto requiere del transporte de materiales en camiones.

El Proyecto contempla el pesaje de camiones en el área de salida del predio

Decreto con Fuerza de Ley NO 850/97 del Ministerio de Obras Publicas y sus normativas asociadas, particularmente lo referido a los artículos N? 41 y N9 1 (Resolución No

232/02 de ta Dirección de Vialidad)

Establece la prohibición de

circulación por caminos públicos de vehículos de cualquier especie que

sobrepasen los límites de peso

máximo

Transporte de materiales en caminos públicos

Se realizará inspección para la revisión de peso de los camiones con la finalidad de verificar que éste se encuentra acorde a la normativa. Si estos se encuentran con sobrepeso, no podrán circular.

La verificación del peso se realiza mediante la instalación de una Báscula.

Combustibles

Decreto Supremo NO 160/09 det Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

de producción, refinación,

transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento

de combustibles líquidos.

RIO d

Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones

El Proyecto requerirá combustible para el funcionamiento, tanto de los grupos electrógenos, como de los camiones de extracción, transporte! de áridos y maquinarias.

El combustible, será abastecido in situ

mediante camiones cisterna la inscripción se adjunta en el Anexo 9, de la DIA.

El Titular del Proyecto cumplirá las medidas de seguridad establecidas en la normativa asociada a la carga y manipulación de combustibles.

Ley NO 17.288/70 del Ministerio de Educación. Monumentos Nacionales.

Patrimonio Cultural

Monumentos Nacionales

Las actividades de Extracción de áridos que tendrán lugar durante la operación del proyecto, podrían dar lugar a hallazgos de elementos patrimoniales bajo el subsuelo.

Se instruirá al personal para detener de inmediato las obras en curso y dar aviso a la supervisión de la faena, en caso que durante las excavaciones se encontrasen ruinas, yacimientos, piezas U objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico.

Se comunicará el hallazgo al Gobernador Provincial, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley sobre Monumentos Nacionales y el artículo 23 del Reglamento de la citada Ley

Flora, Fauna y Suelo

Ley No 19.473 Servicio Agrícola

Prohíbe en todo el territorio nacional, la caza o captura de

La ejecución del proyecto contempla

En el Anexo 11 de la Presente declaración se

y Ganadero ejemplares de la fauna de intervención del adjunta el Catastro (SAG) silvestre, catalogados como predio. Biológico realizado por especies en peligros de profesionales del área. extinción, vulnerables, raros y escasamente conocidas asi como la de las especies catalogadas como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria. DL 701/74 Establece que toda La ejecución del El titular en Anexo 12, Ministerio de intervención en plantaciones | proyecto, contempla | de la DIA, adjunta el PAS] Agricultura ubicadas en terrenos de | la intervención del regulado en el artículo aptitud preferentemente | predio, por cual 102 del Reglamento del forestal debe efectuarse | requiere de la corta | SEIA, sobre Corta o previa aprobación a través de | de arboles presente | Explotación de bosque un plan de manejo aprobado | ¿rea que están sujeto| nativo. por CONAF. a un plan de manejo forestal Ley NO Recuperación de Bosque Nativo | Para lazona de | En el Capítulo IV de 20.283/08 y Fomento Forestal. emplazamiento, Sel Permisos Ambientales de

realizará el correcto despeje, desbroce y nivelación del terreno. Para ello se

realizará cortas O intervenciones menores a las plantaciones presentes en el lugar.

ta presente DIA se presentan los antecedentes técnicos del PAS regulado en el artículo 102 del Reglamento del SELA, sobre Corta o Explotación de bosque nativo para las obras de mejoramiento por ensanche del camino.

Decreto con Fuerza de Ley N0458/ 1975 Ley General de Urbanismo y Construcciones Ministerio de Vivienda y Urbanismo.Art. 57 y Art.116.

Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico; o para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones, fuera de los límites urbanos, a que se refieren los incisos 30 y 49 del artículo 55.

El Proyecto se localiza fuera del límite urbano de la comuna de Yumbel.

El Proyecto se emplaza en Zona Rural, no obstante, las instalaciones consisten en contenedores y planta de chancado, que no constituyen edificaciones propiamente tal.

Manejo de explosivos

Ley 17.798 Está a cargo de la súper Se emplearán Para este procedimiento, Sobre Control vigilancia y control de las elementos explosivos | se contará con una de Armas armas, explosivos, fuegos durante la operación | Empresa especializada Dirección artificiales y artículos del proyecto para la | para tales fines, la cual General de pirotécnicos y otros elementos | obtención del se hará responsable de la Movilización similares de que trata esta Ley.| material. evaluación y control de Nacional los riesgos de cada una de las etapas de trabajo, chequear el

cumplimiento del procedimiento a todo el personal, mantener registros y determinar ta detención de los trabajos, si considera que no existen las condiciones necesarias para la realización de esta etapa. Asimismo, previo a la realización de tas faenas de tronaduras) el titular deberá dar oportuno aviso a la autoridad militar que corresponda.

4.2 Permisos ambientales sectoriales:

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Extracción y Procesamiento de Áridos Pozo Cruz de Piedra Para la Materialización de la Ruta Concesionada, Autopista Concepción - Cabrero Pozo Cruz de Piedra" requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 91, 93, 96 y 102 del D.S. N995/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Los antecedentes técnicos y formales que acreditan el cumplimiento de cada uno de los permisos ambientales sectoriales señalados precedentemente fueron presentados por el titular en ta DIA y complementados en las respectivas Adendas NI y Ne2

Los requisitos técnicos y formales presentados para cada uno de los permisos fueron informados favorablemente por los órganos del estado con competencia en la materia

  1. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley NO 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el "Extracción y Procesamiento de Áridos Cantera El Litre para la Materialización de la Ruta Concesionada, Autopista Concepción —

Cabrero" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

Lo anterior debido a que:

5.1.

5.2

5.3

5.4

5.5.

5.6.

  • Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra a) del artículo 11, de la Ley N* 19.300, riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que el proyecto genera o produce, es posible indicar que atendiendo a los antecedentes presentados por el titular, particularmente referido al tipo de proyecto que se refiere a la extracción de áridos en una cantera y procesamiento del material a través de una planta chancadora, todas las emisiones declaradas se ajustan a los límites permisibles por las respectivas normas de emisión. Asimismo, el titular dispuso medidas específicas para el abatimiento de material particulado, sistema de tratamiento de residuos líquidos y manejos autorizados de residuos sólidos que acreditan el cumplimiento de la normativa.

o Con relación a los efectos, características o circunstancias

señalados en la letra b) del artículo 11, de la Ley 19.300: Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y alre, es posible indicar que atendiendo a las características y antecedentes proporcionados por el titular del proyecto, en lo relativo al sistema de extracción de áridos, procesamiento del material, esta Comisión estima que el proyecta no generará o presentará dichos efectos, características o circunstancias, por lo que no le resultan aplicables las letras “a” a la *q” del Art. 6% del RSEIA.

.- En relación a los efectos, características o circunstancias señalados

en la letra c) del artículo 11, de la Ley 19.300, reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, es posible señalar que, atendiendo a la naturaleza y características propias del proyecto, no implicará cambios en las dimensiones geográfica, demográfica, antropológica, socio-económica y de bienestar social básico, por lo que esta Comisión estima que el proyecto no generará o presentará dichos efectos, características o circunstancias, por lo que no le resultan aplicables las letras “a” a la "e” del Art. 8% del RSEIA.

  • En relación a los efectos, características o circunstancias señalados

en la letra d) del artículo 11 de la Ley 19.300, localización próxima a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, es posible señalar que el proyecto no se emplaza en un área de dichas características, por lo que esta Comisión estima que no se generarán efectos sobre dichos elementos.

  • En relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra e) del artículo 11, de la Ley 19.300, debe indicarse que por las características del lugar de localización y por la naturaleza y características propias del proyecto, el cual consiste en la extracción y procesamiento de áridos, esta Comisión estima que el proyecto no generará O presentará dichos efectos, características 0 circunstancias, por lo que no le resultan aplicables las letras “a” a la “ad” del Art. 10% del RSEIA.

  • En relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra f) del artículo 11, de la Ley 19.300, debe indicarse que el proyecto no generará o presentará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, el titular ha señalado que en el área de influencia det proyecto no existen monumentos nacionales

5.

conforme a lo señalado en la ley 17.288. No obstante, ante el hallazgo de materiales arqueológicos con ocasión de cualquier excavación o movimiento de tierra del proyecto el titular procederá de acuerdo a lo dispuesto en el Art. N 26 de la Ley N 17.288, dando aviso al Consejo de Monumentos Nacionales, por lo que esta Comisión estima que el proyecto no generará o presentará dichos efectos, características o circunstancias, por lo que no le resultan aplicables las letras "a" ala'“d” del Art. 119 del RSEIA. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la VIIT Región del Biobío, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecta, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Organos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones. ) Que, para que el proyecto "Extracción y Procesamiento de Áridos Cantera El Litre para la Materialización de fa Ruta Concesionada, Autopista Concepción - Cabrero" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos, Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío, la individualización de cambios de titularidad.

  1. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente

Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

  1. Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión

de Evaluación de la Región del Biobío

RESUELVE:

1.

2.

CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto “Extracción y Procesamiento de Áridos Cantera El Litre para la Materialización de la Ruta Concesionada, Autopista Concepción — Cabrero".

CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Extracción y Procesamiento de Áridos Cantera El Litre para la Materialización de la Ruta Concesionada, Autopista Concepción - Cabrero” cumple con la normativa de carácter ambiental, (mantener lo siguiente sólo si le son aplicables PAS) incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 91, 93, 96 y 102 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Dejar constancia que una vez emitida esta Resolución, ningún organismo competente en materia de permisos ambientales podrá negar las autorizaciones de su competencia aduciendo razones ambientales, como tampoco incluir exigencias adicionales de carácter ambiental a lo ya resuelto por esta Comisión como requisito de aprobación ambiental. Hacer presente que la presente Resolución no exime a la Empresa SACYR S.A., de la obligación de solicitar las autorizaciones o permisos

AS a pe

ambientales que, de acuerdo con la legislación vigente, deben emitir los organismos del Estado competentes, previo a la ejecución del proyecto, debiendo una vez obtenidas dichas autorizaciones, remitir las copias respectivas al Servicio de Evaluación Ambiental, región del Biobío. Disponer que las normas, condiciones o exigencias en base a las cuales se dicta la presenta resolución serán fiscalizadas por la Dirección Regional del SAG, Dirección Regional de Aguas, Corporación Nacional Forestal, Región del Biobío, SEREMI de Salud, SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Servicio Agrícola Ganadero, Región del Biobío, SEREMI de Agricultura, sin perjuicio de fas atribuciones que le corresponden, en esta materia, a la propia TI. Municipalidad de Yumbel.

Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.

Notifíg upse y Archívese

ó BLICA DE 9 2Ú ya Región q, E2y, E ES

S or Lobos Del Fierro

Intendente Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío

; A lo var Ruiz adaro: Z ici Evaluación Ambiental

VLDF/BRA/N

Distribución y

46.06 0 2 2006008008868

Cfe:

Guillermo García Cano, Representante Legal empresa SACYR Chile S.A. Corporación Nacional Forestal, Región del Biobía

Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío

Dirección Regional del SAG, Región del Biobío

Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío

Dirección Regional SEC, Región del Biobío

Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur

Gobierno Regional, Región de Biobio

lustre Municipalidad de Yumbel

Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Biobío SEREMI de Agricultura, Región del Bioblo

SEREMI de Salud, Región del Biobío

SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región del Biobío SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío

SEREMI MOP, Región del Biobío

Consejo de Monumentos Nacionales

Superintendencia de Medio Ambiente

Expediente del Proyecto "Extracción y Procesamiento de Áridos Cantera El Litre para la Materialización de la Ruta Concesionada, Autopista Concepción - Cabrero" Archivo Servicio Evaluación Ambiental, VIII Región del Biobío

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