REGULARIZACIÓN DEL SISTEMA DE ENSILAJE "Centro de Engorda de Salmones Isla Harry, Pert Nº 201112081, Código de Centro Nº 110691"
- REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN XI REGIÓN DE AYSÉN Califica Ambientalmente el proyecto "REGULARIZACIÓN DEL SISTEMA DE ENSILAJE "Centro de Engorda de Salmones Isla Harry, Pert N° 201112081, Código de Centro N° 110691"" Resolución Exenta N° 539 Coyhaique, 30 de Noviembre de 2011 1. La Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Regularización del Sistema de Ensilaje, Centro de Engorda de Salmones Isla Harry, Pert N° 201112081, Código de Centro N° 110691", presentada por Exportadora Los Fiordos Limitada, representada por el Sr. Sady Delgado Barrientos, con fecha 06/10/2011 2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos: 2.1. Con relación a la DÍA del Proyecto Institución Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén. Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén SEREMI del Medio Ambiente, Región de Aysén Servicio Nacional de Pesca, Región de Aysén Servicio Nacional de Turismo, Región de Aysén Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén Subsecretaría de Pesca Servicio Nacional de Turismo, Región de Aysén ORD. N° 163-EA/2011 1861 433 480644711 691 12600/671 2843 718 Fecha 24/10/2011 03/11/2011 04/11/2011 04/11/2011 04/11/2011 07/11/2011 09/11/2011 24/11/2011 Informes de Compatibilidad Territorial; políticas, planes y programas; instrumentos de planificación territorial. Institución Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén Gobierno Regional, Región de Aysén ORD. N° 12600/647 1951 Fecha 25/10/2011 04/11/2011 3. El Acta de Evaluación N° 199/2011, del Comité Técnico de fecha 24 de Noviembre de 2011. 4. El Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental del Proyecto ''Regularización del Sistema de Ensilaje, Centro de Engorda de Salmones Isla Harry, Pert N° 201112081, Código de Centro N° 110691", de fecha 25 de Noviembre de 2011. 5. El Acta Comisión de Evaluación Región de Aysén, Sesión Ordinaria N° 03-11/2011, de fecha 29 de Noviembre de 2011. 6. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Regularización del Sistema de Ensilaje, Centro de Engorda de Salmones Isla Harry. Pert N° 201112081. Código de Centro N° 110691". 7. Lo dispuesto en la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el articulo 2° del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley 19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; Ley N1 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N° 1600 de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N° 55/92. ambas de la Contraloría General de la República; y las demás normas aplicables al proyecto. CONSIDERANDO: 1- Que, la Comisión de Evaluación de la Región Aysén debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Reguíarización del Sistema de Ensilaje, Centro de Engorda de Salmones Isla Harry, Pert N° 201112081, Código de Centro N° 110691". 2.- Que, el derecho de Exportadora Los Fiordos Limitada, a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado, 3.- Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Reguíarización del Sistema de Ensilaje, Centro de Engorda de Salmones Isia Harry, Pert N° 201112081, Código de Centro N° 110691", consiste en; 3.1. Tipología de Proyecto: 08- Sistema de tratamiento y/o disposición de residuos industriales sólidos. En cuanto el titular presenta como parte integrante de su proyecto un sistema de ensilaje para el tratamiento de la mortalidad. 3.2. Cronograma de Actividades Actividad Levantamiento de información Construcción Operación Etapa de abandono Duración 1 mes 2 meses Indefinida Indefinida Fecha de inicio Septiembre 2011 Diciembre 2011 Enero 2012 - Fecha de término Septiembre 2011 Enero 2012 . - 3.3. Monto de lnversión:USD $ 55.000.- 3.4. Vida útil:La vida útil de! proyecto que se regulariza es indefinida, no obstante se considera mantenciones y mejoras. 3.5. Mano de Obra: Etapa Construcción Operación Cierre o Abandono Mano de Obra Promedio 2 3 1 Mano de Obra Máximo _, 2 3 1 3.6. La superficie de la concesión de acuicultura es de 10.2 hectáreas. La superficie involucrada para la plataforma de mortalidad es de 48 rn2. 3.7. Localización: El centro de engorda de saimones se emplaza en la provincia y Región de Aysén. comuna de Cisnes, en el lado Este de Isla Harry, Sector de Islas Galas, Canal Jacaf, dentro de un área considerada por los Decretos N° 359/94 y N° 350/96, como un Área Apropiada para el Ejercicio para la Acuicultura (AAA), en una zona preferencia! para el Turismo según el D.S. 153/2004. Ministerio de Defensa Nacional, del 20-05-2004. Respecto a la compatibilidad territorial del Proyecto: De acuerdo a la información presentada por el titular en la DÍA y la información que consta en el expediente, es posible señalar que el proyecto en evaluación es compatible con los instrumentos de ordenamiento territorial vigentes en la región. 3.8. Justificación de la Localización: La incorporación de un sistema de ensilaje para este centro de engorda de peces en particular, justifica su localización considerando que se debe implementar donde se encuentra operando el centro de cultivo, el cual se encuentra otorgado por la autoridad competente mediante Resolución. 3.9.Coordenadas Geográficas: Coordenadas geográficas de los vértices de la concesión de acuicuitura, referencia Carta SHOA N° 802 Punto A B C D Latitud (S) 44° 13' 50, 35" 44° 13' 50, 35" 44° 14' 00,00" 44° 14' 00,00" Longitud (W) 73° 12' 15,20" 73° 12' 00,00" 73° 12' 00,00" 73° 12' 15,20" 3.10. Descripción del Proyecto El proyecto que se regulariza consiste en la modificación de sistema de manejo y almacenamiento de la mortalidad del centro de engorda al uso de ensilaje, el cual quedo establecido en el D.S. N° 319 y sus modificaciones. El proyecto solo modificará ei sistema de manejo y almacenamiento de mortalidad y sus variables asociadas, manteniendo los demás aspectos sin alteración. El historial del proyecto es el siguiente: De acuerdo con la información recopilada del centro de engorda de salmones Isla Harry, Pert N° 201112081. el proyecto en evaluación cuenta con los siguientes antecedentes: Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N° 0317 del 26 de abril de 2004, de la Comisión Regional del Medio Ambiente Región del General Carlos Ibáñez del Campos, que califica ambientalmente favorable la DÍA del Proyecto "Centro de Cultivo de Salmones Isla Harry, XI Región N° de Pert 201112081". Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N° 0724 del 19 de Agosto de 2009, de la Comisión Regional del Medio Ambiente Región del General Carlos Ibáñez del Campos, que califica ambientalmente favorable la DÍA del Proyecto ''Modificación Centro de Engorda de Salmones, Isla Harry. XI Región N° de Pert 201112081" Proyecto Técnico original sometido a evaluación, el cual corresponde al Pert. N° 201112081. Modificación de Proyecto Técnico. Resolución de Subsecretaria de Pesca N° 363 del 31 de enero de 2006, que aprueba el Proyecto Técnico de Acuicuitura y Cronograma de Actividades. Resolución de Subsecretaría de Marina N° 650 del 09 de mayo de 2006, que otorga concesión de acuicuitura de porción de agua y fondo de mar. Resolución de Subsecretaría de Marina N° 1707 del 31 de diciembre de 2008, que transfiere concesión de acuicuitura a Pesquera Los Fiordos Ltda. • El Código de Centro es el N° 110691. 3.10.1. Etapa de Construcción. Considerando la información incluida en la modificación del D.S. N° 319/01, la mortalidad diaria del centro de cultivo será sometida a ensilaje, definida en tal regulación como "Procedimiento de transformación de la mortalidad mediante una molienda y adición de ácido fórmico hasta alcanzar y mantener un pH 4, en una mezcla homogénea", dentro de las 24 horas. El depósito temporal de la mortalidad se efectuará en envases especialmente destinados para este fin, debidamente identificados y con tapa, paredes y fondo herméticos que impidan posibles derrames. Además, el sistema de ensilaje se ubicará en forma independiente de las demás instalaciones del centro, según lo establecido el Ord./FIA N° 630013111 del 01 de septiembre de 2011, de SERNAPESCA. Finalmente, se llevará un registro diario de la mortalidad. 3.10.1.1. Partes de la construcción El sistema de ensilaje a implementar es una plataforma sobre la cual se instalará el sistema de molienda y dosificación de ácido del sistema de ensilaje. El sistema de trituración y acidificación con ácido fórmico consiste en un estanque de acero inoxidable con motobomba sumergible. Su flotabilidad está pensada para poder contener el ensilaje producido de forma segura, tanto para los trabajadores como para el medio ambiente. Esta plataforma es de uso exclusivo del centro y no será utilizado con mortalidad de otros centros de cultivo. a) Estanque de acopio El sistema considera estanques de acopio de polietileno compuesto de alta densidad, atóxico y sanitario; horizontal de manera de cumplir con los requisitos de estabilidad para instalaciones sobre plataformas flotantes, Para soporte y el traslado de la unidad vacía, el estanque cuenta con estructura de acero al carbono y galvanizado en caliente; además lleva una tapa de registro, salida del producto instalada en la parte inferior del estanque y la entrada en la parte superior. Adicionalmente, se considera un venteo instalado en la parte superior del estanque y que debe salir fuera del caserío de la plataforma, de forma de minimizar la posibilidad de que gases queden en el área de operación. La capacidad del estanque de acopio será de 15 m3 y sus dimensiones serán 4,5 x 3,2 x 1,745 metros. Las dimensiones de la estructura que contiene el estanque serán de 8 m de largo, 6 m de ancho y 2.1 m de alto aproximadamente. Con el propósito de evitar decantación y separación de fases al interior del estanque de acopio, con el consiguiente riesao de descomposición de ensilado, se consideran procesos de recirciilación del contenido del estanque de acopio utilizando bomba centrífuga autocebante. Instalado en piping de recirculación se considera válvula para toma de muestras. El sistema considera dos métodos para trasvasijar el ensilado desde el estanque de acopio a contenedor de transporte instalado en embarcación, el primero considera conexión a la salida del estanque de acopio y succión desde embarcación; y el segundo considera impulsar utilizando la bomba de recirculación. Todo el pining: válvulas y fittings consideran material resistente, preferentemente polietileno, y soportados por estructura metálica galvanizada. b) Sistema de trituración y acidificación El sistema de trituración y acidificación con ácido fórmico consiste en un estanque de acero inoxidable con motobomba sumergible. El estanque cuenta con direccionamiento de flujo para descargar hacia estanque de acopio utilizando la bomba trituradora, y está diseñado para ser operado por una sola persona; por lo que, la altura del estanque permite una adecuada alimentación del triturador con mortalidad, evitando derrames; la escotilla de ingreso de mortalidad lleva una compuerta de cierre de material liviano. c) Dosificación de ácido fórmico La dosificación de ácido fórmico es semiautomática con bomba y temporizador. El ácido fórmico se almacena en estanque IBC de capacidad 1.000 kg y la descarga se realiza por la parte superior del contenedor. Posee adaptador para conectar al IBC la manguera que alimenta con ácido la bomba semiautomática. El estanque IBC se ubica dentro de un pretil de paredes y fondo plástico, de dimensiones que permitan contener el 110% de volumen máximo de un IBC. d) Otras especificaciones E! tablero eléctrico considera entre otros, luces de presencia de fases, luz piloto de funcionamiento, luz piloto de falla, pulsador parar, botón de paro de emergencia, automático general, sistema de partida suave, La energía se generará a través de un generador de 15 Kva, el cual se dispone en un sector totalmente aislado del sistema de ensilaje. Todo el sistema de ensilaje se instala al interior de un pretil con capacidad para derrame equivalente al 110% del volumen máximo del estanque de acopio. Características de construcción de la plataforma de acopio de mortalidad Características plataforma Dimensiones de la plataforma de mortalidad Capacidad máxima de la plataforma de mortalidad 8 x 6 metros 20 Toneladas. La "capacidad máxima" de la plataforma de mortalidad se refiere a la capacidad limite que soporta dicha estructura, la cual está diseñada para soportar 20 toneladas y evitar el hundimiento del sistema. Materiales de elaboración Catamarán: planchas de fierro galvanizado. Piso de cubierta: fierro diamantado antideslizante. Todas las planchas en espesor de 5 mm Sistema de fondeo o amarre 2 muertos de 5.000 kilos con perlón de 24 rnm (valor referencial} Será de uso exclusivo de este centro Si Medidas de protección con las que contará la plataforma Entre las medidas de protección se incluye piso antideslizante, barandas, argollas salvavidas y para evitar cualquier vertimiento al agua en el caso de un derrame, todo el sistema de ensilaje se instala al interior de un pretil con capacidad para derrame equivalente al 110% del volumen máximo del estanque. Asimismo, la principal medida será la disposición de mortalidad en contenedores con tapa hermética, con bolsas de plástico en su interior claramente identificadas. Lo anterior, como medidas de contingencia, ante la eventualidad que el sistema de ensilaje se descomponga. Plano en el cual se Mientras no se realice la memoria de cálculo del sistema de fondeo no se puede indicar la ubicación exacta en la que estará de la plataforma con las demás estructuras existentes en el centro compromete a instalar las estructuras dentro de los deslindes del área de concesión y en ei lugar con las mejores condiciones oceanógraficas, plano que estará disponible a la autoridad cuando esta lo solicite. El tiempo máximo de retiro de la mortalidad La frecuencia de retiro de los peces se relaciona exclusivamente a la generación de ensilado y la capacidad de acopio del centro, pero se estima que será de dos veces al mes, o hasta que la capacidad del estanque lo requiera. Ellos permitirán programar adecuadamente el servicio. En el caso que esta no pudiese ser retirada en el tiempo estimado, se daré aviso al jefe de medio ambiente, el cual coordinará la entrada de una embarcación a retirar la mortalidad. Detallar bajo qué condiciones se utilizará ácido fórmico Es importante destacar que se utiliza ácido fórmico para desnaturalizar la mortalidad u otro autorizado por la autoridad (con el objetivo de asegurar la no comercialización de la mortalidad de salmones para consumo humano), en una dosis de 50 mi por kilogramo de pescado. El plan de contingencia en caso que esta no pudiese ser retirada en el tiempo estimado. Considerando que como primera opción la mortalidad se manejará a través de ensilaje y que sólo ante emergencias será almacenada en bins herméticos, se indica que la única eventualidad por la que la mortalidad pudiera no ser retirada desde el centro es por condiciones climáticas y puerto cerrado. El plan de contingencia incluye mantener la mortalidad en contenedores con tapa hermética y con bolsas de plástico en su interior claramente identificados, para luego ser derivadas a plantas de producción de aceite y harina de pescado. 3.10.1.2. Plataforma de mortalidad Respecto del artefacto naval destinado a soportar el sistema de ensilaje, se contempla ingresar y presentar los planos y especificaciones técnicas del artefacto naval destinado a soportar el sistema de ensilaje, a la Comisión de Inspección Local de Naves (CLIN) para su verificación y aprobación, previo a la construcción y operación del proyecto. El proyecto considerará lo establecido en el documento "Orientación para las Actividades de Ensilaje en ios Centros de Cultivo de Salmónidos", emitido por DIRECTEMAR, en lo que respecta a la plataforma de mortalidad. 3.10.1.3. Transporte del ensilaje Esta actividad será subcontratada a terceros, para lo cual el titular se compromete a subcontratar este servicio a empresas que cuenten con embarcaciones que cumplan la legislación, que cuenten con un protocolo de desinfección así como con certificados de las desinfecciones previas, para asi corroborar que cumplan con la normativa de tipo sanitaria, ambienta! y marítima. Asimismo, el servicio de retiro se ha diseñado para cumplir con todas las nuevas normativas de barrios y zonas de bíoseguridad. 3.10.2. Etapa o Fase de Operación La etapa de operación del proyecto que se regulariza consiste en el manejo y almacenamiento de mortalidad usando el sistema de ensilaje. 3.10.2.1. Antecedentes generales del proyecto con la modificación del sistema de ensilaje Variables Regularización del Sistema de Ensilaje Biomasa de Producción 4.000 ton/año Mortalidad Almacenamiento de mortalidad o ensilaje Disposición de la mortalidad o ensilaje Dimensiones de plataforma de mortalidad o ensilaje Frecuencia de retiro de mortalidad o ensilaje 400 ton/año Almacenamiento en estanque de ensilado de 15 m3 pasando previamente por un sistema de trituración y adición de solución de ácido fórmico tamponado. Reducción en planta reductora de aceite. harina y 6 x 8 metros 2 veces al mes 3.10.2.2. Manejo de Mortalidad a través del sistema La mortalidad se manejará a través de ensilaje y la operación de este sistema se desarrolla de la siguiente manera: Se carga el estanque de proceso con peso conocido de pescado. Para ello, se usarán baldes plásticos de 20 L. Se debe impedir el ingreso de impurezas (piedras, cordeles, plásticos, etc.). Los desechos o impurezas serán desinfectados y acopiados en otros contenedores herméticos, sin que se incorporen al sistema de ensilaje; Con la tapa cerrada, se inicia la molienda por un tiempo de 10 minutos y se efectúa el trasvasije; se continua con los ciclos de molienda y trasvasije hasta que todo el pescado haya sido transformado a silo; El control del pH se debe efectuar después de cada período de molienda y previo a cada trasvasije, y deberá estar en 4. Este rango asegura que el ensilado quedó bien hecho y que, por lo tanto, eliminará la mayoría de las enfermedades (ISAv incluido) e impedirá también que haya procesos de descomposición posteriores, El proceso termina, en el estanque de molienda, cuando se ha obtenido un producto de pH en 4, de aspecto cremoso (color café rojizo) y en el que ya no se observen trozos de tamaño mayor a 1 centímetro. El tiempo de molienda varía en relación directa con la potencia del equipo y con la consistencia de la materia prima (tamaño del pescado a procesar); A fin de mantener el producto estable, bien mezclado y fluido, es necesario recircularlo en el estanque de acopio mediante bomba destinada a ello, al menos por 1 hora al día, y verificar el valor de pH a través de llave de muestreo ubicada en el piping. Con el transcurso de los días, el pH subirá levemente pero siempre deberá mantenerse bajo 4,0 considerando que el proceso se hizo como se describe. Si el pH ha subido de 4,0, será necesario agregar más ácido gradualmente y recircular sucesivas veces hasta verificar llegar al rango correcto; Para la adición del ácido fórmico, se considera como vía dosificación semiautomática, en que e! operador programa los litros a aplicar mediante bomba dosificadora según los kilos cargados al equipo de acuerdo a Tabla de dosificación recomendada; Para la adición de la Eíoxiquina, dados los bajos volúmenes a aplicar, se recomienda hacerlo con jarros graduados, en las dosis recomendadas. 3.10.2.3. Tabla de Dosificación Dosificación de ácido fórmico y etoxiquina según kilos de pescado a ensilar. Pescado (kg) 50 100 150 200 250 300 350 400 450 500 Ácido Fórmico (L) 1.5 2:9 4,4 5,8 7,3 8,8 10,2 11,7 13,1 14,6 Etoxiquina (ce) 25 50 75 100 125 150 175 200 225 250 550 600 650 700 750 800 850 900 950 1000 16 17,5 19 20,4 21,9 23,3 24,8 26,3 27,7 29,2 275 300 325 350 375 400 425 450 475 500 3.10.2.4. Aplicación del Ácido Fórmico Antes de comenzar a usar el equipo de ensilaje de mortalidad de peces, el personal debe estar capacitado e informado de los riesgos y medidas de seguridad recomendadas por el fabricante del sistema de ensilaje. y capacitar a contratistas o cualquier persona que pudiese manipular ácido fórmico. Periódicamente hay que medir el nivel de pH y ajustar la dosificación. Normalmente, el pH debe ser menor a 4. Para lograr lo anterior, la correcta aplicación de dosis de ácido fórmico incorporado a la molienda homogéneamente es imprescindible. Para el instructivo siguiente se considera ácido fórmico de 85% de concentración. Considerando una biomasa máxima total aprobada de 4,000 ton/año, los volúmenes de solución tamponada de ácido fórmico serán los siguientes' Total Mortalidad Anual Aproximada: 400.000 kilos. Consumo: 2.9 L por 100 kilos mortalidad = 11.600 litros. Presentación: Envases de 1.000 L = 11,6 envases por año. El titular tendrá presente que el ácido fórmico es clasificado como mercancía peligrosa según el Código Marítimo Intencional de Mercancías Peligrosas, Resolución MSC.205 (81) del 18 de Mayo de 2006, vigente a contar del 1 de enero de 2008. Por otra parte, cabe indicar que el personal que operará el sistema de ensilaje tendrá un curso de capacitación en manipulación y manejo de sustancias peligrosas, dispuestos por el "Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo" (D.S. N° 594 Servicios de Salud) y el "Reglamento sobre prevención de riesgos profesionales" (D.S. N° 40 Art. N° 21, Servicio de Salud), que describe las obligaciones de informar los riesgos laborales y certificado otorgado mediante Mutualidad correspondiente. 3.10.2.5. Retiro de mortalidad La mortalidad que se generará durante la etapa de engorda, será retirada diariamente de forma manual por los buzos, actividad que será seguida de una desinfección para evitar trasmitir enfermedades a las otras jaulas. Se dará cumplimiento al Artículo 4, letra b), del Reglamento Ambiental para la Acuiculíura (RAMA) y sus modificaciones, en cuanto a que se disponga de dicho residuo en depósitos y condiciones que no resulten perjudiciales para el medio circundante. 3.10.2.6. Frecuencia de retiro de ensilado La operación de retiro de producto consiste, básicamente, en coordinar el retiro del ensilado lo que implica bombear el producto desde el estanque de acopio hacia estanques de barcaza de traslado como Pesquera La Portada ó Pacific Star. Esta operación se podrá efectuar, alternativamente, con bomba instalada en la barcaza o bomba del estanque de acopio. La frecuencia de retiro se relaciona exclusivamente a la generación de ensilado y la capacidad de acopio del centro. pero se estima que será dos veces al mes, o hasta que la capacidad del estanque lo requiera. Ello permitirá programar adecuadamente el servicio. Adicionalmente. el titular implementará un sistema de doble guía con motivo de tener un adecuado control de los residuos generados y que éstos sean derivados a un lugar de disposición autorizado En la siguiente tabla se muestran las cantidades estimadas de generación de mortalidad (toneladas) para los primeros cinco años del proyecto (a partir del sexto año se espera que la generación sea igual a la del quinto año). Toneladas Biomasa de producción Mortalidad 1 4.000 400 2 4.000 400 3 4.000 400 4 4,000 400 5 4.QOO 400 3.10.2.7. Limpieza del sistema de ensilaje La limpieza de los equipos se realizará cada vez que sea retirado el contenido ensilado desde el estanque. El proceso considera un raspado seco en los puntos en que pueda quedar silo adosado a las paredes del estanque, y luego un aseo líquido, para lo cual se utilizará e! mismo ácido fórmico, quedando éste como base para recibir la nueva mortalidad que se incorpore al sistema. 3.10.2.8. Requerimientos energéticos Se requerirá de energía para e! funcionamiento de las bombas del sistema de ensilaje. El requerimiento para hacer funcionar este sistema está calculado en 5,9 kw/hr para la bomba trituradora y 4 kw/hr para la bomba de recirculación. Estos requerimientos serán cubiertos por el generador ya existente y en operación que utiliza el centro de cultivo y su estructura flotante (pontón) y el cual fue evaluado en su declaración de impacto ambiental anterior. El generador utiliza combustible Diesel el cual es almacenado en un estanque de acero de 10.000 litros. El centro Isla Harry (lado Este), Canal Jacaf, cuenta con su Plan de Contingencia para el Control de Derrames de Hidrocarburos aprobado por parte de la Autoridad Marítima. 3.10.2.9. Manejo de olores El sistema de ensilaje no emite olores, debido a que la mortalidad extraída se ingresa al sistema antes de 24 horas, además al adicionarle ácido fórmico, actúa como bactericida. El sistema al ser hermético, impide la producción de malos olores Se disminuye la generación de olores, ya que prácticamente no hay degradación de materia orgánica producto del ácido fórmico, por lo que no se generara olor. 3.10.2.10. Medidas de Contingencia, Referente a las medidas preventivas y correctivas a tomar producto de las contingencias más recurrentes en el marco de la ejecución de actividades de acuicultura, se dará cumplimiento a lo contemplado en los Artículos 5 y 6 del D.S. 320/01 - RAMA {y sus modificaciones), contando en el centro de cultivo con un acabado Plan de Acción ante Contingencias Ambientales, en las materias que a continuación se exponen y con los siguientes alcances: • Mortalidades masivas • Brotes de Enfermedades de Riesgo • Control de sustancias y derrame de hidrocarburos • Florecimientos algales nocivos • Manejo de Químicos, Productos y Residuos de las Operaciones de Ensilaje de Mortalidad de Peces en Centros de Cultivo • No Factibilidad de Ensilaje de Mortalidad Diaria • Vertimiento de Productos de Ensüaje o Químicos asociados al Tratamiento • Condiciones Climáticas Adversas • Derrames, Volcamientos u otros Análogos, de Productos de Lavado, Limpieza y Desinfección Además el Titular en Anexos adjunta Manual del Sistema de Ensilaje Plano del Sistema de Ensilaje Hoja de Seguridad de Aceite para Motores Instructivo Trabajo de Buceo y el Manejo de Mortalidad Instructivo Trabajo Protocolo de Higiene y Desinfección en Centros de Cultivo 3.10.3. Etapa de abandono El proyecto que se regulariza no considera etapa de cierre o abandono, ya que se consideran todos los trabajos necesarios de mantención y mejoras en infraestructura. No obstante, en la eventualidad de que esto ocurriese, las balsas jaulas y demás infraestructuras se trasladarán al centro más cercano donde puedan ser reutüizados los materiales de cultivo. El titular está en conocimiento de que, en caso hipotético de abandono, deberá dejar el entorno del proyecto en las mismas condiciones en las que lo recibió, ya sea en lo referente a estructuras o materiales flotantes en el mar, como materiales que puedan quedar en la orilla de playa adyacente. 3.10.4. Descargas, Emisiones y Residuos 3.10.4.1. Emisiones atmosféricas El proyecto que se regulariza generará dos clases de emisiones a la atmósfera: Generación de gases producto de la combustión del generador que tiene el sistema de ensilaje durante la etapa de operación Generación de ruido, fundamentalmente durante la etapa de operación del sistema, el cual será intermitente. a) Generación de gases Principalmente, durante la etapa de operación del centro de cultivo se generarán gases producto de la operación del generador de electricidad. El sistema contará con un generador, de 175 Kva, el que será una fuente fija de emisión intermitente. El generador de 175 Kva tendrá un consumo de combustible de 20 L/hora, el combustible a utilizar será Petróleo Diesel. Cabe indicar que se tendrá especial cuidado en la mantención de estos equipos, con la finalidad de mantener la eficiencia de consumo y permitir una combustión óptima en los motores para producir la mínima cantidad de gases y residuos. b) Emisión de ruido Las fuentes de emisión de ruido durante la etapa de operación corresponderán al generador La emisión de ruido se generará durante la actividad diurna, en forma intermitente. De acuerdo con el fabricante, la bomba genera un nivel de ruido máximo del orden de los 70 dbA. No obstante, la bomba trabajará de manera intermitente durante la actividad diurna y aproximadamente un tiempo máximo de 60 minutos ai día. No obstante, las unidades generadoras de ruido se encontrarán ubicadas en zonas aisladas Por lo demás, los trabajadores contarán con protectores auditivos en la plataforma donde se ubica el sistema. 3.10.4.2. Efluentes líquidos El titular aclara que en el centro de engorda de salmones donde se efectuará el proceso productivo, NO se generarán RILes. Los únicos efluentes líquidos que se podría considerar es el proveniente de la limpieza y desinfección de equipos, materiales y contenedores de mortalidad. a) Pediluvio e higienización de manos Es necesario indicar que los desinfectantes para las manos no generarán residuos, ya que se optará por alcohol gel, e! que se evapora al momento de utilizarlo y se encuentran envasados en bolsas que se disponen dentro de un dispensador. Los desinfectantes utilizados, contarán con las respectivas autorizaciones de la autoridad marítima. Se usarán desinfectantes que cumplan con el Ord. N° 12600/349 VRS de fecha 23/05/08, o aquella norma que lo reemplace, según el tipo de desinfectante y condiciones de empleo que sea autorizado. Respecto del pediluvio, cabe señalar que la solución del producto es utilizada o consumida por el tráfico normal del personal del centro y por la gente que ingresa y sale del centro. Esto, debido al paso de las botas por los pediluvios. Por esta razón, el volumen residual de esta mezcla será nulo. Situación que se encuentra avalada por los registros de otros centros de engorda en operación. Cabe indicar que el proyecto considerará lo establecido en el documento "Orientación para las Actividades de Ensilaje en los Centros de Cultivo de Salmónidos", emitido por DIRECTEMAR, en lo que respecta a medidas medioambientales, específicamente a ios desinfectantes. Es importante señalar que los líquidos provenientes de pediluvios utilizados no serán dispuestos en medio marino y se mantendrá en el centro un registro de retiro a lugares autorizados. 3.10.4.3. Residuos sólidos Los residuos sólidos que se originan en el proyecto son dispuestos adecuadamente y en condiciones que no resultan perjudiciales para el medio circundante, y su acumulación, transporte y disposición final se realizan conforme a los procedimientos establecidos por la Autoridad Sanitaria. Básicamente, estos residuos están constituidos por: Mortalidades ensiladas (se considera un residuo reutilizable), Envases vacíos de ácido fórmico y desinfectantes. Envases de aceites para motores a) Mortalidad ensilada De acuerdo a las proyecciones realizadas, se puede inferir una producción de mortalidad de 400 toneladas anuales, que representa un 10% de la producción anual. La mortalidad generada se almacenará en el sistema de ensilaje descrito en esta DÍA y será retirada dos veces al mes para ser destinadas a empresas reductores autorizadas, por vía marítima o terrestre. En casos de contingencia, se dispondrá en receptáculos con tapa proporcionados por la misma empresa que realizará su retiro. b) Envases vacíos de ácido fórmico y Virkon's Los envases vacíos de Virkon's y Ácido Fórmico se almacenarán en la bodega del pontón del centro de cultivo y posteriormente se trasladarán y dispondrán en lugares de disposición final autorizados para almacenamiento de residuos peligrosos, que cuenten con todas sus autorizaciones sanitarias correspondientes. En algunas ocasiones, los envases del ácido fórmico se devolverán al proveedor para reutilización. El titular se compromete a buscar algún método de reutilización, para evitar enviarlos a lugar de disposición. c) Envases Vacíos de Aceites para Motores Serán almacenados en recipientes cerrados y debidamente etiquetados e identificados y se tomarán todas las precauciones necesarias para prevenir su inflamación o reacción, entre ellas su separación y protección frente a cualquier fuente de riesgo capaz de provocar tales efectos. Estos residuos serán trasladados en embarcaciones de la logística del centro y derivados a centros de almacenamiento provisorio, para ser trasladados y posteriormente tratados por empresas autorizadas, como por ejemplo Bravo Energy o Hidronor. Además, la empresa cuenta con la Resolución N° 0295 de fecha 07 de Mayo de 2007 otorgada por el Secretario Regional Ministerial de Salud que autoriza el almacenamiento transitorio de sustancias peligrosas. 3.10.4.4. Residuos peligrosos en la etapa de operación del sistema de ensilaje. Tipo de Residuo Ácido Fórmico (AMASIL) Envases Ácido Fórmico Aceites para Motores Características del Residuo Véase Anexo VI Hoja de Seguridad Envases de 1000 i \j\j\j litros HP IIM 1h-Q VJ^ capacidad Envases de 20 Litros de capacidad Cuantificación del Residuo 0 (no quedará residuo, se utilizará en su totalidad) 11,6 envases por año. 2,5 envases por año Manejo Se encontrará en estanques de 1000 litros, y su almacenamiento temporal será dentro de un pretil con capacidad para contener todo el químico, en raen HP LO O U U c escurrimiento. Su almacenamiento será en forma temporal en bodega de pontón Se almacenaran en Recipientes debidamente cerrados y debidamente etiquetados e identificados Disposición Final El ácido fórmico es mezclado con mortalidad para generar ensilaje, él que será llevado hacia plantas reductoras para producción de harina y aceite de pescado. Devueltos al proveedor para reutilización, o en caso contrario dispuestos en lugares autorizados para almacenamiento de residuos peligrosos. Los aceites serán trasladados en embarcaciones de la logística del centro y derivados a centros de almacenamiento provisorio, para posteriormente ser tratados por empresas autorizadas, tales como Bravo Energy o Hidronor. 3.10.4.5. Otras emisiones El proyecto en evaluación no generará formas de energía, ni tampoco generará efectos de la combinación y/o interacción de los contaminantes emitidos o generados por éste. 4.- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable y sobre la base de los antecedentes que constan en eí expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Regularización del Sistema de Ensilaje, Centro de Engorda de Salmones Isla Harry, Pert N° 201112081, Código de Centro N° 110691" cumple con; Normas de emisión y otras normas ambientales. Componente y/o Aspecto Ambiental Regulado Medio Ambiente Libre de Contaminación Texto Normativo Art 1 9 N° 8 Constitución Política de la República Ley N° 19 300 Materia Regulada y Cumplimiento integra Sienta las bases de la protección ambiental. Cumplimiento Cumplimiento de normativa y respeto de institucionalidad. Integra Crea y desarrolla los siguientes instrumentos de gestión ambiental aplicables a! Etapa Etapa de Construcción y Operación Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental Mantención de limpieza y equilibrio ecológico sobre Bases Generales del Medio Ambiente Ministerio Secretaria General de la Presidencia Ley N°20417 que modifica la Ley 19.300/1994 y que rediseña la Institucionalidad Ambiental Ministerio Secretaria General de la Presidencia Art. 2°delD.S. N° 95/2001, Reglamento del SEIA Ministerio Secretaria General de la Presidencia D.S. N° 430/1991, Ley General de Pesca y Acuicultura Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. proyecto: Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, normas de calidad ambiental y normas de emisión, entre otros. Qjjn^ljm.ierito Se presenta a tramitación al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) Región de Aysén la presente Declaración de Impacto Ambiental (DÍA), para obtener una Calificación Ambiental. Integro Establece normas y procedimientos a que debe sujetarse el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Asimismo, indica los requisitos de las Declaraciones de Impacto Ambiental. Cumplimiento Se presenta a tramitación al SEA Región de Aysén la presente Declaración de Impacto Ambiental para su Calificación Ambiental favorable, y obtener permisos ambientales necesarios. Artículos 74, 86 y 87, 118, 158 La mantención de la limpieza y equilibrio ecológico de las zonas concedidas es de responsabilidad del concesionario. Las medidas de protección del medio ambiente serán reglamentadas por Decreto Supremo. Se establecen sanciones para el caso de incumplimiento de las obligaciones anteriores. Por último, las áreas marítimas que forman parte de áreas silvestres protegidas no pueden ser concesionadas, a menos que se trate de Reservas Nacionales y Forestales Cumplí miento El proyecto contempla el desarrollo de sus actividades con el uso de tecnologías amigables ambientalmente y manejando adecuadamente los residuos que genere, lo que le permitirá mantener el equilibrio ecológico sin afectar las especies hidrobiológicas en el área de influencia. íntegra Etapa de Construcción y Operación Etapa de Construcción y Operación Etapa de Operación Mantención de limpieza y equilibrio ecológico Requerimientos ambientales para las actividades de acuicultura Reglamento Sanitario Ley N° 20, 091 que modifica el D.S. N° 430/1991 Ley General de Pesca y Acuicultura, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. D.S. N° 320/2001, Reglamento Ambienta] para la Acuicultura Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. D.S. N° 319/2001 Reglamento de Medidas de Protección, Control y Erradicación de enfermedades de Alto Riesgo Para las Especies Hidrobiológicas. Posee modificaciones en sus artículos 2, 67, 68, 69, 77, 78, 80,84,90, 113, 118, 142, que regulan las concesiones acuícolas y perfeccionan el marco jurídico aplicable a la actividad de Pesca y Acuiculíura. Cumplimiento Se dará cumplimiento a la ley, la cual apunta a promover el máximo crecimiento económico de la acuicultura en un marco de sustentabilidad ambiental e igualdad en el acceso a la actividad. integro Establece estándares ambientales mínimos para la instalación y operación de centros de cultivo, que aseguren su sustentabilidad. Cumplimiento Se mantendrá la limpieza del área y terrenos aledaños al centro de cultivo de todo residuo. Se dispondrán los desechos sólidos o líquidos en depósitos y condiciones que no resulten perjudiciales al medio circundante. integro El reglamento establece las medidas de protección y control para evitar la introducción de enfermedades de alto riesgo que afectan a las especies hidrobiológicas, sea que provengan de la actividad de cultivo con cualquier finalidad o en su estado silvestre, aislar su presencia en caso de que estas ocurran, evitar su propagación y propender a su erradicación. Las disposiciones del presente reglamento se aplicarán a las actividades de cultivo, transporte, repoblamiento y transformación de especies hidrobiológicas que se realicen en el territorio de la República Cumplimiento Se dará cumplimiento al presente decreto y sus modificaciones, incorporando el uso de ensilaje de mortalidad del centro. Además, en el Anexo V de la DÍA se adjuntan planes de contingencias ante ciertos Etapa de Operación Etapa de Operación Etapa de Operación Sanitario Resolución Nc 66/2003 (SERNAPESCA) Programa Sanitario General de Manejo de Mortalidades eventos. Integra Aprueba Programa Sanitario General de Manejo de Mortalidades (PSGM), el cual establece las condiciones ambientales aplicables en la recolección, manejo y disposición final de las mortalidades generadas en los centros de cultivo de peces. tendientes a prevenir la diseminación de agentes patógenos. Cumplimiento El titular dará cumplimiento a lo establecido en dicha Resolución. Etapa de Operación Sanitario Resolución hT 64/2003 (SERNAPESCA) Programa Sanitario General de Manejo de Transporte Integra Aprueba Programa Sanitario General de Manejo de Transporte, en el cuál establece los requisitos y procedimientos sanitarios aplicables al transporte, tendientes a prevenir la diseminación de agentes patógenos, CumpjimientQ El titular dará cumplimiento a lo establecido en dicha Resolución. Etapa de Operación Resolución N= 72/2003 íntegra Aprueba Programa Sanitario General de Limpieza y Desinfección, aplicable a la Producción de Peces (PSGL), el cual establece las condiciones de organización y Sanitario Sanitario Ley de Navegación Transporte de u;^J-.— .--U, ,„„ -^ (SERNAPESCA) Programa Sanitario General de Limpieza y Desinfección Resolución N° 2638/2008 (SERNAPESCA) Programa Sanitario Específico de Vigilancia y Control de la Anemia Infecciosa del f- i j. Sflimnn V-ICJ II 1 1 Wl 1 D,LN° 2. 222/1978 Regula todas las actividades concernientes a la navegación o relacionada con ella, tanto para las naves como los artefactos navales Ministerio de Defensa /-; .! FL J íi! aplicación de los procedimientos de limpieza y desinfección en los centros de cultivo. Cumplimiento El titular dará cumplimiento a lo establecido en dicha Resolución. Integra Aprueba Programa Sanitario Específico de Vigilancia y Control de la Anemia Infecciosa de! Salmón (PSEC- ISA), el cual tiene por objetivo disminuir la incidencia y prevalencia de la enfermedad Anemia Infecciosa del Saimón (ISA), su aislamiento geográfico o la eliminación de la misma y de su agente causal, protegiendo el patrimonio sanitario del país a través de instrumentos específicos, obligatorios para los particulares, así como también obtener información sobre el estado sanitario de las especies hidrobiológicas susceptibles a la enfermedad y su agente causal en el territorio nacional. Cumplimiento El titular dará cumplimiento a lo establecido en dicha Resolución. Artículos 142 al 162 No se arrojará lastre, escombros o basuras y no se derramará petróleo o sus derivados o residuos, aguas de relaves de minerales u otras materias nocivas o peligrosas, de cualquier especie, que ocasionen daños o perjuicios en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional, y en puertos, ríos y lagos. Cumplimiento El proyecto no contempla descargar sustancias peligrosas al medio marino. Los residuos de hidrocarburos serán manejados por empresa autorizada. íntegra Los estanques, envases y recipientes utilizados en el transporte de hidrocarburos, Etapa de Operación Etapa de Operación Etapa de Operación sustancias químicas a bordo de embarcaciones Requisitos sistema de ensilaje DGTM y MM O- 31/015 certificación de la Autoridad Marítima Cumplimiento Todo envase y/o recipiente utilizado a bordo de embarcaciones, naves y artefactos navales contaran con aprobación y certificación exigida por la autoridad. Circular Marítima DGTM y MM O- 12.600/327/2010 Integra Establece los requisitos mínimos asociados a la implementación de sistemas de ensilaje Cumplimiento El titular dará cumplimiento a lo establecido en dicha circular. Etapa de Operación Etapa de Operación Control de la contaminación acuática D.S. N° 1/1992 Reglamento para el control de la contaminación acuática Ministerio de Defensa Integro. Establece el régimen de prevención, vigilancia y combate de la contaminación en las aguas de mar, puertos, ríos y lagos sometidos a la jurisdicción nacional. Cumplimiento Se cumplirá las disposiciones de la Armada referente al no vertimiento de hidrocarburos y mezclas oleosas, aguas sucias y basura en aguas bajo la jurisdicción de la Armada. Etapa de Construcción y Operación Retiro de hidrocarburos y mezclas oleosas DGTM y MM. ORD. N° 12600/49 Íntegra Establece procedimientos para la confección y presentación de Planes de Emergencia y Contingencia de lucha contra la contaminación de las aguas por hidrocarburos y sustancias nocivas liquidas contaminantes o que sean susceptibles de contaminar. Cumplimiento El proyecto no contempla descargar sustancias peligrosas al medio marino. Pero se dará cumplimiento al Ordinario N° 12600/49 déla Directiva de la DGTM y MM; en cuanto a presentar un plan de contingencia para el control Etapa de y Operación. y mezclas oleosas aprobado por la DGTM y MM. Manejo de Residuos Peligrosos D.S. N° 148/2004 Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos Ministerio de Salud íntegro La aplicabilidad esta relacionada con el manejo de lubricantes y aceites para motores. Cumplimiento Serán almacenados en recipientes cerrados y debidamente etiquetados e identificados y se tomarán todas tas precauciones necesarias para prevenir su inflamación o reacción, entre ellas su separación y protección frente a cualquier fuente de riesgo capaz de provocar tales efectos, Estos residuos serán trasladados en embarcaciones de la logística del centro y derivados a centros de almacenamiento provisorio, para ser trasladados y posteriormente tratados por empresas autorizadas, como por ejemplo Bravo Energy o Hidronor. Además, ía empresa cuenta con la Res. N° 0295 de fecha 07 de Mayo de 2007 otorgada por el Secretario Regional Ministerial de Salud que autoriza el almacenamiento transitorio de sustancias peligrosas. Etapa de construcción y operación Integro Establece las condiciones de seguridad de las instalaciones de almacenamiento de sustancias peligrosas, tales como materiales de construcción de las bodegas, sistemas de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas Salud ocupacional, condiciones ambientales y sanitarias en los lugares de trabajo Prevención de Riesgos Profesionales y sobre seguro social Seguridad de las naves y artefactos navales Transporte marítimo D.S. N° 78/2009 Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas D.S. N° 594/1999 Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales de los lugares de trabajo Ministerio de Salud D.S N" 40 Reglamento sobre prevención de riesgos laborales Ministerio de Salud Circular Marítima DGTM y MM 0-71/010 D.S. N° 777/1978 Reglamento de la República Internacional de Mercaderías Peligrosas y sus A np YnQ /Al IC AUD. Ministerio de Defensa Nacional (IMDG) extinción de incendio, distancias entra la bodega y otras construcciones. Cumplimiento Se deberá cumplir con las condiciones de almacenaje establecidas en el presente decreto, tales como sistema de extinción de incendio, distancias entra la bodega y otras construcciones y mantención de Hojas de Datos de Seguridad a disposición de los trabajadores. Integro Establece normas sobre condiciones ambientales y sanitarias básicas en los lugares de trabajo y de salud ocupacional. Cumplimiento En la etapa de construcción y operación se dará estricto cumplimiento a dicha normativa. Integro Establece las normas sobre Prevención de Riesgos Profesionales y sobre seguro social contra riesgos de accidentes de! trabajo y de enfermedades profesionales. Cumplimiento En la etapa de construcción y operación se dará estricto cumplimiento a dicha normativa. Integro Establece Normas sobre construcción, equipamiento, inspecciones y otras exigencias de seguridad que deben cumplir las naves y artefactos navales menores Gmiipl i miento El titular dará cumplimiento a lo establecido en dicha Circular. integro Transporte marítimo de ácido fórmico Cumplimiento Se realizará el trasporte de la sustancia por una empresa autorizada para realizar dicho transporte. Etapa de operación Etapa de construcción y operación Etapa de construcción y operación Etapa de construcción y operación Etapa de Operación Transporte terrestre D.S. N° 298/1994 Reglamento de Transporte de Carga Peligrosa por Calles y Caminos Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones integro Transporte terrestre de ácido fórmico Cumplimiento Se realizará el trasporte de la sustancia por una empresa autorizada para realizar dicho transporte. Etapa de Operación 4.2 Permisos ambientales sectoriales: Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Regularización del Sistema de Ensilaje, Centro de Engorda de Salmones Isla Harry, Pert N° 201112081, Código de Centro N° 110691", no requiere de permisos ambientales sectoriales. 5. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en los literales "a", "b", "c", "d", "e" y T, del artículo 11 de la Ley 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de la evaluación, debe indicarse que el proyecto " Regularizaron del Sistema de Ensifaje, Centro de Engorda de Salmones Isla Harry, Pert N° 201112081, Código de Centro N° 110691" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias. 6.- Que, en el proceso de evaluación del proyecto " Regularización del Sistema de Ensilaje, Centro de Engorda de Saimones Isia Harry, Pert N° 201112081, Código de Centro N° 110691", el titular ha adquirido los siguientes compromisos ambientales voluntarios: Se mantendrán las condiciones adecuadas en relación al manejo y almacenamiento de los residuos generados por el proceso de ensilaje. El titular se compromete a utilizar un sistema de doble guía, principalmente, en lo referido al traslado de la mortalidad ensilada, el traslado de insumos y el traslado de desechos sólidos. El titular se compromete a buscar algún método de reutiíización o reciclaje de los envases de productos químicos, para evitar enviarlos a relleno sanitario. El titular se compromete a subcontratar el servicio de traslado de la mortalidad ensilada a empresas que cuenten con embarcaciones que cumplan la legislación vigente, que cuenten con un protocolo de desinfección asi como certificados de desinfección previos al minuto de prestar el servicio, para así corroborar que cumplan con la normativa de tipo sanitaria, ambiental y marítima. El titular se compromete a no intervenir el tránsito de embarcaciones ni actividades que eventualmente pudiesen realizarse en tas cercanías del proyecto. El titular se compromete a no intervenir en sitios costeros y centrar sus actividades en la estructura flotante, con el fin de no contaminar ni destruir potenciales habitat El titular se compromete a dar libre acceso a lugares de resguardo o campamentos de pescadores artesanales que se llegasen a instalar en el sector o si así lo requirieran. Siempre y cuando dichos campamentos no impliquen daños o perjuicios para la empresa de manera directa y/o hacia el medio ambiente, para lo cual se dará aviso a las autoridades pertinentes. El titular se compromete a que las estructuras instaladas serán de colores y texturas acordes con el medio circundante. El titular se compromete a utilizar jabones y detergentes biodegradables y tamices, con el fin de minimizar el impacto de la descarga de aguas residuales al entorno. Cabe indicar que el proyecto considerará lo establecido en el documento "Orientación para las Actividades de Ensíiaje en los Centros de Cultivo de Salmónidos", emitido por DIRECTEMAR, en lo que respecta a medidas medioambientales, específicamente a los detergentes. 7.- Que, con objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución de! proyecto " Regularización del Sistema de Ensilaje. Centro de Engorda de Salmones Isla Harry, Pert N° 201112081, Código de Centro N° 110691", el titular deberá informar al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones. 8.- Que, para que el proyecto "Regularización del Sistema de Ensilaje. Centro de Engorda de Salmones Isla Harry, Pert N° 201112081, Código de Centro N° 110691" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos. 10.- Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén, la individualización de cambios de titularidad, de su representante legal y de domicilio. 11.- Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero, 12.- Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén. RESUELVE: 1.- CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Regularización del Sistema de Ensilaje, Centro de Engorda de Salmones Isia Harry, Pert N° 201112081, Código de Centro N° 110691" 2.- CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Regularización del Sistema de Ensilaje, Centro de Engorda de Salmones Isla Harry, Pert N° 201112081. Código de Centro N° 110691", cumple con la normativa de carácter ambiental y no genera los efectos, características o circunstancias aludidas en el Art. 11 de la Ley 19.300. 3.-Hacer presente que de conformidad al Articulo N° 20 de la Ley N° 19,300 proceden en contra de la presente Resolución, los recursos de reclamación, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno. Notifíquese y Archívese tor Javier Mera N unoz Intendente (S)/ isión de Evaluación Ambiental dfe la Región de Aysafn n Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Aysén RRF/CGT/JDL Distribución: Sady Delgado Barrientes Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén Dirección Regional de SERNATUR, Región de Aysén Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén Gobierno Regional, Región de Aysén Ilustre Municipalidad de Cisnes, Región de Aysén. Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén SEREMI de Medio Ambiente. Región de Aysén Servicio Nacional de Pesca, Región de Aysén Subsecretaría de Pesca C/c: Expediente del Proyecto "REGULARIZACIÓN DEL SISTEMA DE ENSILAJE "Centro de Engorda de Salmones Isla Harry, Pprt N° 7(11117081 Códiao de Centro N° 110691""