"CONSTRUCCION CON SUBDIVISION DE PLANTA DE REVISION TECNICA BAJO MOLLE - IQUIQUE "
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN I REGIÓN DE TARAPACÁ
Califica - ambientalmente el proyecto "CONSTRUCCION CON SUBDIVISION DE PLANTA DE REVISION TECNICA BAJO MOLLE - IQUIQUE"
Resolución Exenta y? DODi4
Iquique, o FEB. 2012
VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:
L
La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto "Construcción con Subdivisión de Planta de Revisión Técnica Bajo Molle - Iquique", presentada por la Señora Rosa Fabiola Melo Betancur, en representación de M Y M Servicios y Construcciones Ltda., con fecha 29 de Septiembre de 2011.
Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
Oficio N%495 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región de Tarapacá, con fecha 20/10/2011; Oficio N%638 sobre la DIA, por Dirección Regional SAG, Región de Tarapacá, con fecha 27/10/2011; Oficio N%106 sobre la DIA, por SEREMI del Medio Ambiente, Región de Tarapacá, con fecha 28/10/2011; Oficio N“3082 sobre la DIA, por SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Tarapacá, con fecha 02/11/2011; Oficio N053/2011 sobre la DIA, por Dirección Regional de Vialidad, Región de Tarapacá, con fecha 03/11/2011; Oficio N“860 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Tarapacá, con fecha 03/11/2011; Oficio N%1214 sobre la DIA, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Tarapacá, con fecha 03/11/2011; Oficio N2006 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Tarapacá, con fecha 03/11/2011; Oficio N1448 sobre la DIA, por Ilustre Municipalidad de Iquique, con fecha 04/11/2011; Oficio N%0419 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región de Tarapacá, con fecha 09/11/2011; Oficio N%1002 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región de Tarapacá, con fecha 23/11/2011; Oficio N%7 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Tarapacá, con fecha 13/01/2012; Oficio N%59 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Tarapacá, con fecha 18/01/2012;
El Acta de la Sesión N* 02 de la Comisión de Evaluación de la Región de Tarapacá, de fecha 03 de febrero de 2012.
Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Construcción con Subdivisión de Planta de Revisión Técnica Bajo Molle - Iquique".
Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el artículo 2% del D.S. N95/01, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; en la Ley N” 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; y en la Resolución N* 1.600/2008, de la Contraloría General de la República, que fijó normas sobre exención al trámite de toma de razón.
CONSIDERANDO:
1.
Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Construcción con Subdivisión de Planta de Revisión Técnica Bajo Molle - Iquique".
Que, el derecho de M Y M Servicios y Construcciones Ltda. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto " Construcción con Subdivisión de Planta de Revisión Técnica Bajo Molle - Iquique" consiste en:
3.1. Descripción del proyecto
El proyecto corresponde a la construcción de una Planta de Revisión Técnica Vehicular, la ampliación de la planta que se encuentra actualmente en operación en el sector de Bajo Molle, comuna de Iquique, y la subdivisión predial del terreno de 29.260 m2, ubicado en calle Enrique Brenner (vía 4), manzana M, sitio 68. Sus coordenadas UTM son:
Vértice Norte Este A 7.755.989,406 382.769,280 B 7.755.949,330 382.913,828 Cc 7.755.756,741 382.859,883 D 7.755.796,817 382.715,335
El predio quedará conformado en dos lotes: uno de 21.472,57 m2 y otro de 7.787,43 m?. En éste último predio, se emplazará la nueva Planta de Revisión Técnica y se ampliará la planta de revisión técnica actualmente en operación, la cual se enmarca dentro del periodo de concesión anterior, vigente desde 1999 y cuyo contrato concluirá con la puesta en marcha de las plantas revisoras concesionadas el año 2011, Resolución Exenta N” 63/2011 de la Subsecretaría de Transportes, SEREMITT Región de Tarapacá, de fecha 28 de enero de 2011, que adjudica la concesión para operar una Planta Revisora Clase AB y una Planta Revisora BA, ambas en la Comuna de Iquique.
3.2. Descripción de etapas, acciones y obras físicas del proyecto El proyecto considera la construcción de:
a) Áreas (234,28 m?) destinadas a oficinas, servicios y atención de publico, consistente en recepción, baños publico y personal, archivo, atención al público (ingreso y caja), oficina administrativa, oficina de impresión certificados, oficina jefe técnico (jefe de planta), sala de espera, bodega de certificados, oficina jefe de mantención, oficina jefe de patio, comedor personal, bodega de aseo, sala de máquinas (bodega), taller, baños y duchas (mecánicos).
b) Un galpón (169,68 m?) que albergará las instalaciones para la realización de las revisiones técnicas vehiculares, construido en estructura metálica y que albergará los equipos con que se efectuarán las revisiones técnicas de los vehículos.
3.2.1. Etapa de Construcción
La fase de construcción comprende el desarrollo de:
o Permisos y Obras Preliminares
y” Despeje de Terreno Y Instalaciones Provisorias, Servicios y Cierros Provisorios
o Obra Gruesa
Excavaciones y Obras Civiles
Fundaciones, Moldajes y Enfierraduras
Hormigón de Fundaciones
Estructura Resistente Vertical, de Techumbre, Soportante Zona Revisión, Cerchas y Cubierta
SSKNSKNS
o Terminaciones y Revestimientos Interiores y Exteriores, Pisos Oficinas, Junquillos, Cornizas y Guardapolvos Y Empastes y Pinturas
o Instalaciones y Arranque y Conexión Agua Potable y Alcantarillado, Instalación Artefactos Sanitarios. yv Empalme y Conexión Eléctrica, Instalación Interior y Tableros, Artefactos Eléctricos. Y Corrientes Débiles. Y” Conectividad y Prueba de Comunicaciones o Pavimentación y Obras Exteriores Y” Obras Civiles y Anclajes de Equipos Y” Pavimento Interior Zona de Revisión, Estacionamientos, Vías Internas de Acceso y Conexión Vial Terminaciones Pozos, Impermeabilizaciones Cierros Definitivos, Áreas Verdes Pintura de Demarcación Término de las Obras Montaje de Equipos
SES
o Marcha Blanca 3.2.2. Etapa de Operación.
Esta etapa comprende otorgar servicio a los usuarios que demandan Revisión Técnica, cuyo objetivo es verificar si el vehículo reúne las condiciones técnicas necesarias que garantizan la seguridad de circulación y la protección del medio ambiente. Lo anterior en conformidad al contrato de concesión celebrado entre el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones a través de Secretaría Regional de Tarapacá y el titular del proyecto.
3.2.3. Etapa de Cierre
El proyecto considera una vida útil de ocho años, periodo de duración del contrato de concesión de la Planta de Revisión Técnica, el cual podría ser prorrogable al obtener un nuevo contrato de concesión.
3.3. Residuos, efluentes y emisiones 3.3.1. Fase de Construcción
En esta etapa se generarán residuos sólidos inertes producto del proceso de construcción, los que serán dispuestos en sitios autorizados, en conformidad a la normativa vigente.
Para la instalación de faenas se dispondrá de baños químicos, los que serán mantenidos por empresas autorizadas. Se generarán además residuos sólidos domésticos, los cuales serán dispuestos en el servicio de recolección municipal.
Los residuos peligrosos tales como envases vacíos de pinturas, lacas y otros que pudieran generarse se gestionarán de acuerdo a reglamento sanitario de residuos peligrosos D.S. 148/03 del Ministerio de Salud.
Las emisiones atmosféricas en esta etapa serán transitorias y de corta duración, provenientes de material particulado y gases de combustión de los vehículos y maquinaria. No obstante, se adoptarán las siguientes medidas para dar cumplimiento a los requerimientos de la normativa:
o Las maquinarias como cualquier tipo de vehículo motorizado deberán circular en óptimas condiciones mecánicas y con su revisión técnica al día.
o Los equipos y maquinarias usadas en el proceso, serán manejadas con precaución y con velocidad moderada con el objeto de minimizar la emisión del material particulado.
o Enel interior de la obra se deberá humectar y/o estabilizar las zonas de tránsito de la maquinaria pesada.
o El horario de trabajo de las empresas contratistas que ejecuten faenas u obras será entre las 8:00 y las 16:00 horas, el que podrá extenderse de acuerdo a la disponibilidad de luz natural.
o Se humectarán las zonas de remoción y acumulación de tierra en forma permanente, junto con utilizar mallas protectoras en los frentes de trabajo a medida que avance la construcción, evitando así la migración de polvo.
o El carguío de escombros y tierra en camiones tolva o batea será debidamente encarpados.
o Minimizar la circulación de camiones tolva en la zona expuesta, optimizando las distancias entre cargador y camión.
o Se humectarán todas las zonas de circulación de vehículos. Para ello se humectarán con aljibe o equivalente, equipados con ducha de rocío o aspersión.
o Se deberán mantener limpias, calles y aceras circundantes a la obra, previa humectación. No se usará barrido en seco.
1.3.2. Fase de Operación
En esta fase se generarán residuos sólidos domésticos los cuales serán dispuestos en el sistema de recolección municipal.
Las emisiones de material particulado en esta etapa no sobrepasarán la normativa vigente. Sin embargo, se establecerá como medida de control recomendar apagar el motor de los vehículos, ante una situación de aglomeración, en la espera de realizar la revisión técnica de los vehículos.
Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Construcción con Subdivisión de Planta de Revisión Técnica Bajo Molle - Iquique" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Construcción con Subdivisión de Planta de Revisión Técnica Bajo Molle - Iquique" cumple con:
4.1. Normas de emisión y otras normas ambientales: . Decreto Supremo N*144/61 del Ministerio de Salud. Establece Normas para Evitar
Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier Naturaleza, Incluyendo Gases, Vapores, Humos y Polvo.
. Decreto Supremo N*146/98 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Establece Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas.
. Decreto Supremo N” 148/03 del Ministerio de Salud. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.
. Decreto Supremo N* 594/99 del Ministerio de Salud y sus modificaciones. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
. Decreto Supremo N59/98 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, modificado por el D.S. N 45/01 del mismo Ministerio. Establece norma primaria de calidad del aire para material particulado respirable.
. Decreto Supremo N47/92 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y sus modificaciones D.S. N217/02, D.S. N75/01, D.S. N112/93.
. Decreto Supremo N*75/87 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de cargas que Indica.
. Decreto Ley N3.063/79 del Ministerio del Interior. Establece normas sobre Rentas Municipales y la Ordenanza Municipal N392/05 de la Ilustre Municipalidad de Iquique.
4.2. Permisos ambientales sectoriales:
Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Construcción con Subdivisión de Planta de Revisión Técnica Bajo Molle - Iquique" requiere del permiso ambiental sectorial contemplado en el artículo 96 del D.S. N%95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Construcción con Subdivisión de Planta de Revisión Técnica Bajo Molle - Iquique" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente:
6.1. Apoyar y contribuir a una cultura de mantenimiento vehicular permanente mediante la difusión, tendiente a educar a la ciudadanía respecto de la importancia que tiene mantener los vehículos en buenas condiciones técnicas, con el fin de:
e Contribuir al correspondiente cuidado del medio ambiente mediante el control efectivo de las emisiones contaminantes.
- Contribuir a la optimización del consumo energético al mejorar el estado de la flota vehicular.
6.2. Implementar procedimientos claros y expeditos que aseguren la transparencia, el profesionalismo en una buena atención, de modo que atraiga y comprometa al público usuario. Al respecto, se establecen los siguientes compromisos:
-
Mejoramiento continuo de los procesos de la Planta de Revisión técnica y su compatibilidad con el medio ambiente, a través de la mantención y optimización en el uso de la maquinaria, contribuyendo así a la disminución de los tiempos de espera.
-
Educar a la población en el proceso técnico de revisión y el uso de los recursos.
-
Difusión de los deberes de un conductor responsable con el medio ambiente.
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Tarapacá, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
8.
Que, para que el proyecto "Construcción con Subdivisión de Planta de Revisión Técnica Bajo Molle - Iquique" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Tarapacá, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
- Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la
11.
Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Tarapacá, la individualización de cambios de titularidad.
Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.
- Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la
Región de Tarapacá
RESUELVE:
Y:
LEO/XC
CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Construcción con Subdivisión de Planta de Revisión Técnica Bajo Molle - Iquique".
CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Construcción con Subdivisión de Planta de Revisión Técnica Bajo Molle - Iquique" cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en el permiso ambiental sectorial que se señala en el artículo 96 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
ANÓTESE, NOTIFÍQUES)
AA “Región de Tarapacá
C S) Distribución
-
Titular del proyecto
-
Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental
- Expediente de Evaluación
*e Archivo