Modificación al Sistema de Tratamiento de Mortalidad mediante un Sistema de Ensilaje en el Centro de engorda de salmónidos May, Canal Chaffers, Sureste Isla May
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN XI REGIÓN DEAYSÉN Califica Ambientalmente el proyecto "Modificación al Sistema de Tratamiento de Mortalidad mediante un Sistema de Ensilaje en el Centro de engorda de salmónidos May, Canal Chaffers, Sureste Isla May" Resolución Exenta N° 146 Coyhaique, 3 de Abril de 2012 VISTOS: 1. 2 La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "MODIFICACIÓN AL SISTEMA DE TRATAMIENTO DE MORTALIDAD MEDIANTE UN SISTEMA DE ENSILAJE EN EL CENTRO DE ENGORDA DE SALMÓNIDOS MAY, CANAL CHAFFERS, SURESTE ISLA MAY", presentada por Salmones Multiexport S.A., representada por el Sr. Francisco Lobos Fuentes, con fecha 20/09/2011 Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos: 2.1. Con relación a la DÍA del Proyecto Institución Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén. Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén Servicio Nacional de Turismo. Región de Aysén SEREMI del Medio Ambiente, Región de Aysén Servicio Nacional de Pesca, Región de Aysén Subsecretaría de Pesca Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén ORD. N° 131-EA/2011 1734 651 382 480596611 2658 12600/632 Fecha 11/10/2011 12/10/2011 14/10/2011 14/10/2011 14/10/2011 18/10/2011 21/10/2011 Informes de compatibilidad territorial; políticas, planes y programas, Regional y Comunal Institución Gobierno Regional, Región de Aysén Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén ORD. N° 1761 12600/594 Fecha 05/10/2011 11/10/2011 2.2. Con relación a la Adenda N° 1 del Proyecto Institución Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén. Subsecretaría de Pesca Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén ORD. N° 12600/106 29-EA/2012 759 362 Fecha 12/03/2012 13/03/2012 22/03/2012 21/03/2012 3. El Acta de Evaluación N° 41/2012, del Comité Técnico de fecha 29 de Marzo de 2012. 4. El Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental del Proyecto "MODIFICACIÓN AL SISTEMA DE TRATAMIENTO DE MORTALIDAD MEDIANTE UN SISTEMA DE ENSILAJE EN EL CENTRO DE ENGORDA DE SALMÓNIDOS MAY, CANAL CHAFFERS, SURESTE ISLA MAY", de fecha 29 de Marzo de 2012. 5. El Acta Comisión de Evaluación Región de Aysén, Sesión Ordinaria N° 01-04/2012, de fecha 03 de Abril de 2012. 6. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "MODIFICACIÓN AL SISTEMA DE TRATAMIENTO DE MORTALIDAD MEDIANTE UN SISTEMA DE ENSILAJE EN EL CENTRO DE ENGORDA DE SALMÓNIDOS MAY, CANAL CHAFFERS, SURESTE ISLA MAY ". 7. Lo dispuesto en la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2° del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley 19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N° 1600 de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N° 55/92, ambas de la Contraloría General de la República; y las demás normas aplicables al proyecto. CONSIDERANDO: 1.- Que, la Comisión de Evaluación de la Región Aysén debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "MODIFICACIÓN AL SISTEMA DE TRATAMIENTO DE MORTALIDAD MEDIANTE UN SISTEMA DE ENSILAJE EN EL CENTRO DE ENGORDA DE SALMÓNIDOS MAY, CANAL CHAFFERS, SURESTE ISLA MAY ". 2.- Que, el derecho de Salmones Multiexport S.A., a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado. 3.- Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "MODIFICACIÓN AL SISTEMA DE TRATAMIENTO DE MORTALIDAD MEDIANTE UN SISTEMA DE ENSILAJE EN EL CENTRO DE ENGORDA DE SALMÓNIDOS MAY, CANAL CHAFFERS, SURESTE ISLA MAY", consiste en: 3.1. Tipología de Proyecto: o.8. - Sistema de tratamiento y/o disposición de residuos industriales sólidos. En cuanto el titular presenta como parte integrante de su proyecto un sistema de ensilaje para el tratamiento de la mortalidad. p. - Ejecución de obras en áreas bajo protección oficial, en cuanto el proyecto se ubica dentro de los límites de la Reserva Nacional las Guaitecas. 3.2. Cronograma de Actividades ETAPA Levantamiento de información Etapa de Construcción Etapa de Operación Fecha Inicio Septiembre 2011 Octubre 20 11 Diciembre 2011 Fecha Termino Octubre 20 11 Noviembre 2011 — 3.3. Monto de Inversión: US$ 90.000. 3.4. Vida útil: El proyecto tiene una vida útil Indefinida ya que está asociado a la actividad del cultivo, y se considera una permanente mantención y recambio de estructuras. 3.5. Mano de Obra: ETAPA Etapa de Construcción Etapa de Operación Etapa de Cierre o Abandono Mano de obra promedio - 2 - Mano de Obra Máxima - 2 - 3.6. El proyecto se ubicara dentro la superficie aprobada de la concesión de acuicultura de agua y fondo de mar correspondiente a 2,97 Ha. 3.7. Localización: El proyecto y la plataforma flotante que lo sustentará, se encuentran emplazados en la concesión de acuicultura de porción de agua y fondo, perteneciente a Salmones Multiexport S.A.., ubicada en la Región de Aysén, Provincia de Aysén, Comuna de Cisnes, Canal Chaffers, Sureste Isla May. 3.8. Coordenadas Geográficas: Lugar de emplazamiento del proyecto en el centro de cultivo May y sus coordenadas UTM (carta SHOA 8720) Punto 1 2 3 4 Coordenadas Geográficas Latitud S 44°14"18,599"" 44°14"28,984"" 44°14"33,673"" 44°14"23,287"" Longitud W 74°14"25,732"" 74°13"55,161"" 74°13"58,24311<< 74°14"28,814"" 3.9. Descripción del Proyecto El proyecto postula la instalación y operación de un sistema de ensilaje para el centro de cultivo May, código de centro 110513. El centro de cultivo se encuentra autorizado originalmente a través de la Resolución (SUBPESCA) N° 2942 de 2003, aprobada ambientalmente mediante Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable, N° 850 con fecha 06 de ^Octubre del 2009. 3.9.1. Etapa de Construcción. Se hará uso de una plataforma diseñada y construida por la empresa proveedora del servicio de ensilaje. El sistema de ensilaje se ubicara sobre la plataforma la cual posee área suficiente para la instalación de todos los componentes del sistema. La estructura y características de la plataforma se detallan en la siguiente tabla: Estructura y características de la Plataforma Dimensiones Capacidad de carga Materiales de Elaboración Sistema de Fondeo/amarre Protección Elementos de seguridad Distancia de la plataforma con otras estructuras flotante 48 m2 (eslora: 8 m; manga: 6m; puntal: 1,2 m) 20 T Cubierta metálica + flotadores Por una cabecera: 1 muerto de 20 ton. unido con grillete de 1 Yz"a cadenas de 32 mm, cabo de 2" y boya de 2 m3. Por otra cabecera: grilletes de 1 1/£" unidos a cadenas de pontón de 32 mm, mediante cabo de 2" Cerco perimetral + barandas metálicas y pretil asegurar estanque triturador e IBC de ac. fórmico para Piso antideslizante, argollas salvavidas, balizas. 30 m En la plataforma se instalara además un pretil de contención (batea) antiderrames que contendrá el estanque triturador y contenedor de ácido fórmico evitando posibles derrames. El pretil de HDPE será fijado a la plataforma, pud/endo almacenar hasta 2 m3 de líquidos; dadas las condiciones de manejo y las medidas de contención que se implementan en el proyecto hacen poco probable que pudiera generarse fugas o derrame directo sobre el medio marino. Instalaciones del Sistema de Ensilaje A continuación se señalan las características de la instalación en donde se emplazará el sistema de ensilaje: • Contará con resistencia estructural suficiente para soportar los esfuerzos a los que será sometido, entiéndase carga, condiciones de viento, mar, etc. • La cubierta mantendrá todos los elementos de protección y emergencia para la operación en la plataforma, (barandas, aro salvavidas, señales de fondeo, etc). • Se dispondrá de un pretil de contención de HDPE para el adecuado mantenimiento del IBC de ácido fórmico. Esta batea posee dimensiones que permitan contener hasta el 120% de volumen máximo de un IBC. • Las instalaciones serán de estructura sólida, resistente a la acción del agua, incombustible. • El silo de acopio posee una estructura externa de acero al carbono y galvanizado en caliente que asegura su firmeza en la plataforma. • Es muy importante destacar que en la Plataforma de Ensilaje no habrá almacenamiento de ácido fórmico. El abastecimiento de ácido fórmico, se hará en la medida que se requiera. • Contar con los cálculos de fondeo. • La plataforma, tendrá la boyantes suficiente con un francobordo con carga y personal a bordo, que evite el embarque de agua en distintas condiciones de tiempo. • Acceso restringido del personal. • Las vías de ingreso, tránsito y evacuación estarán siempre despejadas, sin nada que las obstruya. • Los productos estarán segregados de acuerdo a sus compatibilidades. • Los equipos eléctricos, de iluminación y ventilación, que deba tener la instalación, serán resistentes a la corrosión. • La plataforma donde se emplazarán los equipos de ensilaje deben disponer de agua dulce de emergencia y una estación Lavaojos a no más de 20 metros, esta debe ubicarse en un lugar libre de obstáculos y debidamente señalizado. • La cubierta principal puede ser aligerada (con orificios), excepto en las zonas en que pueda caer "ácido fórmico" u otra sustancia nociva al agua, donde ésta debe ser corrida (continua) y no porosa, además de contar con un pretil de contención de un material resistente al ácido fórmico, con el objetivo de poder contener la totalidad del producto o sustancia derramada. • Se contará con agentes de absorción y/o neutralización en lugares debidamente dispuestos y señalizados. Componentes del sistema de ensilaie Los componentes del Sistema de Ensilaje se describen en la siguiente tabla: COMPONENTES SISTEMA DE ENSILAJE Estanque Triturador Piping Dosificador de ácido electrónico IBC o estanque de acopio de la mortalidad Pretil de contención Fuente de energía Sistema Eléctrico Estructura de acero inoxidable, completamente hermético y cerrada con capacidad de 1,5 m3, con alta resistencia a bajos pH; actúa como triturador de la mortalidad. Para transferencia de carga desde estanque picador al estanque de acopio. Compuesto de HDPE 4", que ofrece durabilidad especialmente ante la acción del bajo pH presente en los estanques. Uniones en electrofusión. Bomba eléctrica Finish-Thompson Modelo MP-54, caudal: 15 l/min Contenedor de 15 m compuesto de HDPE de alta densidad, atóxico y que resiste el almacenamiento de mortalidades a pH entre 3 y 4. Estructura de HDPE hermética, preparada para soportar el estanque picador y contenedor de acido fórmico. Impide escurrimientos de líquidos (ácidos y/o molienda de mortalidad), sin correr el riesgo de contaminar el ambiente circundante. Generador eléctrico de energía trifásica, capaz de alimentar el sistema de ensilaje. A base de petróleo (diesel) y que se encuentra en el Pontón de Alimentación del Centro de Cultivo. Tablero de fuerza para bomba Flygí, y Tablero PLC para control automático de la adición de ácido, 3.9.2. Etapa de Operación. Una vez que la mortalidad ha llegado a la zona de ensilado, se deben seguir los siguientes pasos: • Se carga el estanque de triturador con peso conocido de pescado. Se debe impedir el ingreso de impurezas (piedras, cordeles, plásticos, etc.) y de caída de peces o fluidos fuera del estanque. Los desechos o impurezas serán desinfectados por aspersión y acopiados en otros contenedores herméticos, sin que se incorporen al sistema de ensilaje, • El ácido fórmico tamponeado se utilizará de acuerdo a los kilos de mortalidad a ensilar según procedimiento a una concentración del 3% peso/volumen. La adición del ácido fórmico, se realiza en forma automática, en que el operador programa los litros a aplicar mediante bomba dosificadora según los kilos de mortalidad. • Luego de agregada la mortalidad y el acido fórmico {u otro producto), se cierra la tapa y se inicia la molienda por un tiempo de 15 a 45 minutos. El tiempo de molienda varía en relación directa con el potencial del equipo y la consistencia de la materia prima (tamaño del pescado a procesar). Se continúa con la molienda hasta que toda la mortalidad es tratada. • El proceso termina, en el estanque de molienda, cuando se ha obtenido un producto de pH entre 3 y 3,8, de aspecto cremoso (color café rojizo) y en el que ya no se observan trozos de tamaño mayor a 1 cm. Este rango asegura que el ensilado quedó bien hecho y que, por lo tanto, eliminará todo tipo de patógenos (ISAv incluido) e impedirá también que haya procesos de descomposición posteriores. Finalmente, mediante bombeo se evacúa desde el triturador hasta un IBC o Silo de acopio. • La operación de retiro de producto desde el centro de cultivo, consiste básicamente en coordinar el retiro del ensilado cuando se disponga del Silo de acopio. El procedimiento implica trasladar el ensilado por medio de embarcaciones exclusivas de la empresa prestadora de servicios hasta la planta reductora en Calbuco. • La frecuencia de retiro se relaciona exclusivamente a la generación de ensilado y la cantidad de contenedores de acopio, pero se estima que será mensualmente, o cuando se rellenen los IBC mantenidos en la plataforma. Ello permitirá programar adecuadamente el servicio. Mortalidad generada v frecuencia de retiro. • Se proyecta el sistema de ensilaje para tratar una mortalidad esperada máxima de 688 toneladas por ciclo. • La frecuencia de retiro del producto ensilado será mensualmente, o cuando el silo este %. Limpieza v desinfección: Una vez concluido el ciclo productivo y estando el centro en descanso, se procederá a realizar la Limpieza y desinfección de la plataforma de ensilaje, como de sus partes (silo y triturador), en los tiempos y condiciones que señala la normativa sectorial de la autoridad. Esta actividad será desarrollada, con previa autorización, por una empresa externa de limpieza y desinfección que cumplirá con un riguroso procedimiento para el tratamiento y disposición final de los residuos líquidos provenientes de esta actividad, los que deberán ser dispuestos de acuerdo a la normativa ambiental vigente. Para facilitar la verificación de la autoridad sobre los volúmenes generados y su destino, se llevará un registro de ello. I Se estima que los residuos líquidos que se generaran son volúmenes cercanos a los 260 L, por lo que serán inactivados y trasladados por el proveedor del servicio, para ser dispuesto en Planta de Tratamiento Autorizada. La Empresa de limpieza y desinfección debe entregar un certificado de desinfección el que se debe mantener en el centro de cultivo.Si se optare por realizar esta actividad con nuestro propio personal, se solicitará la autorización de la autoridad. Se generarán aguas de lavado (por aspersión) de tachos y materiales utilizados para el manejo de mortalidad, los cuales serán acopiados en bins debidamente identificados. Todo detergente o desinfectante que sea utilizado para lavar y desinfectar los bins de mortal/dad si aplica, deberá ser inactivado previo a su eliminación. El retiro de los residuos líquidos será efectuado mensualmente por una empresa debidamente autorizada, la que dejará un registro de este despacho y se dispondrán en vertederos autorizados. Limpieza y desinfección de implementos del sistema de ensilaje Equipo de Ensilaje Triturador Silo o IBC Producto utilizado Yodigen Plus (u otro) Yodigen Plus (u otro) Volumen utilizado 50 L 200 L Frecuencia Termino de ciclo productivo Termino de ciclo productivo Responsable Jefe de Centro Jefe de Centro Disposición Final Planta de tratamiento o vertedero autorizado Planta de tratamiento o vertedero autorizado Envases de acopio de mortalidad Implementos utilizados Yodigen Plus (u otro) Yodigen Plus (u otro) 5L 5L Termino de ciclo productivo Termino de ciclo productivo Jefe de Centro Jefe de Centro Planta de tratamiento o vertedero autorizado Planta de tratamiento o vertedero autorizado Traslado de la Mortalidad ensilada a Planta Reductora: Aún cuando el traslado del producto ensilado no forma parte de esta modificación, el titular declara que la empresa prestadora de este servicio deberá contar con las autorizaciones correspondientes y de lo cual se llevará un registro que facilite la fiscalización de la autoridad. Como se ha señalado precedentemente, el producto generado en el ensilaje, será llevado hacia una Planta reductora de Harina y Aceite. En el caso de que el "Ensilado" no fuera retirado de acuerdo a contrato con Planta Reductora o por el proveedor del equipo de ensilaje, se contratará un servicio de transporte de alguna empresa que cuente con las correspondientes autorizaciones. Cualquiera sea el destino del producto resultante de este proceso, se llevará un registro pormenorizado de él, de modo que pueda ser fácilmente verificable. Manejo del Acido fórmico Para calcular el volumen de acido a aplicar debe realizarse el siguiente cálculo: ACIDO FÓRMICO (kg) = MORTALIDAD (kg) x DOSIS ACIDO (%) DOSIS ACIDO (%) = 3 Dosificación de Acido fórmico v/s volumen mortalidad Mortalidad (kg) 10 20 30 40 50 60 70 80 90 100 110 120 130 140 150 160 170 180 190 200 210 220 230 240 250 Acido (L) 0,3 0,6 0,9 1,2 1,5 1,8 2,1 2,4 2,7 3,0 3,3 3,6 3,9 4,2 4,5 4,8 5,1 5,4 5,7 6.0 6,3 6,6 6,9 7,2 7,5 Mortalidad (kg) 260 270 280 290 300 310 320 330 340 350 360 370 380 390 400 410 420 430 440 450 460 470 480 490 500 Acido (L) 7,8 8,1 8,4 8,7 9,0 9,3 9,6 9,9 10.2 10,5 10,8 11,1 11,4 11,7 12,0 12,3 12,6 12,9 13,2 13,5 13,8 14,1 14,4 14,7 15,0 Se adjunta la ficha técnica del producto utilizado. En el manejo del Acido Fórmico se aplicarán las siguientes medidas de seguridad: utilización de equipo de protección personal, segregación de acido fórmico, control de exposición, etc. El acido fórmico se dispondrá en un contenedor IBC de 1 m3. Este estará conectado al estanque triturador, y se dispondrá dentro del prefJJ de contención. Cabe hacer presente que en el centro no habrá almacenamiento de ácido fórmico. El abastecimiento de ácido fórmico, se hará en la medida que se requiera. Procedimientos, Instructivos y Planes de Contingencia El titular presenta los siguientes procedimientos, instructivos y planes de contingencia: • Diagrama ensilaje mortalidad • Procedimiento de manejo de mortalidad • Procedimiento de contingencia ante derrame de hidrocarburos • Manual de operación sistema de inyección de ácido para sistema de ensilaje Salmonoil • Instructivo ensilaje mortalidad centros de cultivo • Manual de transporte, manejo y almacenamiento de ácido fórmico en el centro de cultivo de mar. • Plan de contingencia ante derrame de ácido fórmico • Manual de limpieza y desinfección • Plan de contingencia ante derrame de mortalidad ensilada • Procedimiento de retiro y transporte de la mortalidad ensilada • Plan de manejo y control de sustancias químicas • Procedimiento de manejo y almacenamiento de sustancias peligrosas • Procedimiento de contingencia ante mortalidad masiva • Plan de contingencia frente a no factibilidad de ensilaje de mortalidad. 3.9.3. Etapa de abandono El Titular señala que este proyecto no tiene considerado etapa de abandono, pero si esto llegara a ocurrir, se retirarán al término de su vida útil o a la cesación definitiva de las actividades del ensilaje, todo tipo de soportes no degradables o de degradación lenta que hubieren sido utilizados como sistema de fijación al fondo, con excepción de las estructuras de concreto, pernos y anclas, de acuerdo a lo indicado en el D.S. 320/2001. ^3.9.4. Descargas, Emisiones y Residuos 3.9.4.1. Emisiones atmosféricas Etapa Construcción Operación Cierre o Abandono Tipo de emisión No se consideran emisiones No se consideran emisiones No se consideran emisiones. 3.9.4.2. Descargas de efluentes líquidos Etapa Construcción Operación Abandono/Termino de ciclo Tipo de residuo No Aplica Efluentes líquidos producto de lavado y desinfección de materiales de manejo de mortalidad Aguas residuales de lavado de componentes del ensilaje Lugar de descarga Acopio en bíns Acopio en bins Volumen descarga 1 m3/Mes 260 L Frecuencia descarga Diaria Fin de ciclo productivo Manejo del residuo Inactivación con productos autorizados Inactivación con productos autorizados Destino Final Planta de tratamiento o vertedero autorizado Planta de tratamiento o vertedero autorizado 3.9.4.3. Residuos sólidos Residuos peligrosos operación ensilaie. El sistema de ensilaje no genera Residuos Líquidos (RIL), como tampoco residuos peligrosos (RESPEL), ya que se trata de un sistema cerrado que genera una pasta homogeneizada a un pH < 4. Sin embargo, la operación del ensilaje de la mortalidad implica el lavado, limpieza y desinfección de equipos y materiales que generarán residuos líquidos, los que deberán ser tratados y/o almacenados, transportados y dispuestos en lugares autorizados. El almacenamiento del acido fórmico y ensilado será según las disposiciones del D.S. 78/2010 que aprueba el "Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas". El ensilado se acopiara en silos de aprox. 15 m3 dentro de la plataforma de ensilaje En tanto el acido fórmico se dispondrá dentro de estanques IBC de 1 m3. La rotulación de los estanques están efectuados de acuerdo a lo establecido en el D.S. 78/2010, NCh. N° 2190 Of. 03 y NCh. 1411/4 Of. 78. Cabe señalar que los sistemas de tuberías, válvulas y bombas dosificadoras de ácido, asociadas a los estanques, cuentan con estándares internacionales. En cuanto a los estanques IBC vacíos de acido fórmico, serán retirados por empresa calificada y devueltos al proveedor. Etapa Operación Tipo de residuo IBC de acido fórmico. Lugar de acopio Bodega/ plataforma flotante Volumen máximo 2 m3/mes Frecuencia retiro Mensual Manejo del residuo Devolver al Proveedor Destino final Los residuos industriales se dispondrán en sitios autorizados según la clasificación que estos tengan. Residuos peligrosos operación normal del centro, La operación productiva de este centro acuícola generará diversos residuos, entre los cuales identificamos mayoritariamente, residuos asimilables a domiciliarios y residuos industriales. Sin embargo, en determinadas etapas o actividades puntuales, podremos encontrar la generación de residuos peligrosos; tales como los que se describen y cuantifican a continuación por año. RESPEL centro de engorda por año. Industrial Peligroso Lubricantes Usados (Generadores + Bote) Pilas Baterías Tubos Fluorescentes Residuos cortopunzantes Envases de químicos (Desinfectantes, Anestésicos, otros). Quimioterapéuticos vencidos Paños de usos por mecánicos Lodos de Fosas sépticas Combustible Contaminado con Agua. Cantidad /Año 480 L 72 unidades 6 unidades 3 unidades 1 kg 100 unidades 10L 24 Kg 600 L 1000L Todos los RESPEL identificados, serán almacenados segregadamente según el D.S. 148/03 y la Nch 382/04. Es importante destacar que el área en donde se almacenen dichos residuos se encontrará debidamente señalizada y tendrá acceso restringido. 3.9.4.4. Otras emisiones Esta modificación de proyecto que se somete al SEIA no generará otras formas de energía como emisión. 4.- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "MODIFICACIÓN AL SISTEMA DE TRATAMIENTO DE MORTALIDAD MEDIANTE UN SISTEMA DE ENSILAJE EN EL CENTRO DE ENGORDA DE SALMÓNIDOS MAY, CANAL CHAFFERS, SURESTE ISLA MAY" cumple con: 4.1. Normas de emisión y otras normas ambientales. Componente Ambiental Regulada Texto Normativo Materia Regulada y Cumplimiento íntegro Sienta las Bases de la Protección Ambiental. Cumplimiento Cumplimiento de la normativa y respeto de institucionalidad. Responsable de Implementación y Etapa Medio Ambiente Libre de Contaminación Art. 19 N° 8 Constitución Política de la República Gerencia y Operación Instrumentos de Gestión Ambiental Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente D.O. 09.03.94 Crea y desarrolla los siguientes instrumentos de gestión ambiental aplicables al proyecto: Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, Normas de Calidad Ambiental y Normas de Emisión, etc. Cumplimiento Se presenta el Proyecto a tramitación al SEA Región de Aysén para someterlo al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, bajo la forma de la presente Declaración de Impacto Ambiental (DÍA) Gerencia y Operación Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental D.S. N° 95/01 Ministerio Secretaría General de la República Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental D.O. 07.12.02 Establecen normas y procedimientos a que debe sujetarse el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Asimismo, indica los requisitos de las Declaraciones de Impacto Ambiental. Cumplimiento Se presenta a tramitación al SEA Región de Aysén la presente Declaración de Impacto Ambiental para su Calificación Ambiental. La DÍA incorpora los antecedentes que acreditan el cumplimiento de la normativa ambiental vigente. Gerencia y Operación Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática D.S. N°1/92 Ministerio de Defensa Nacional D.O. 18.12.92. Título IV Integro. El reglamento establece el régimen de prevención, vigilancia y combate de la contaminación en las aguas de mar, puertos, ríos y lagos sometidos a la jurisdicción nacional. Prohibe la descarga de contaminantes a las aguas sometidas a la Jurisdicción Nacional sin tratamiento previo. Gerencia y Operación Cumplimiento El titular se compromete a cumplir con lo establecido en el Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática. Identificación de la norma: Reglamento Ambiental para la Acuicultura, Decreto Supremo N° 320/01 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción y sus modificaciones. Ámbito de aplicación: Nacional, aplicable en la fase de operación Servicio competente: Servicio Nacional de Pesca Justifica su aplicación: El manejo de mortalidades en el cultivo de peces Identificación de la norma: Reglamento de Medidas de Protección, Control y Erradicación de Enfermedades de Alto Riesgo para las Especies Hidrobiológicas, Decreto Supremo N° 319/01 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción y sus modificaciones Ámbito de aplicación: Nacional, aplicable en la fase operación Servicio competente: Servicio Nacional de Pesca Justifica su aplicación: El manejo de mortalidades en el cultivo de peces Identificación de la norma: Programa Sanitario General de Manejo de Mortalidades, del Servicio Nacional de Pesca Ámbito de aplicación: Nacional, aplicable en la fase operación Servicio competente: Servicio Nacional de Pesca Justifica su aplicación: El manejo de mortalidades en el cultivo de peces Identificación de la norma: Programa Sanitario General de Limpieza y Desinfección, Aplicable a la Producción de Peces, del Servicio Nacional De Pesca Ámbito de aplicación: Nacional, aplicable en la fase operación Servicio competente: Servicio Nacional de Pesca Justifica su aplicación: El manejo de mortalidades en el cultivo de peces Identificación de la norma: Ley de Navegación, D.L. N° 2.222 de 1978, Título IX, "de la Contaminación" y el D.S. (M) N° 1 de 1992, Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática. Ámbito de aplicación: Nacional, aplicable en todas las fases del proyecto y/o actividades. Servicio competente: Autoridad Marítima. Justifica su aplicación: Actividades de Ensilaje en jurisdicción de la Autoridad Marítima Nacional. Identificación de la norma: Aprueba como Reglamento de la República el Código Marítimo Internacional de Mercaderías Peligrosas y sus Anexos, D.S. N° 777/1978 del Ministerio de Defensa Nacional. (IMDG) Ámbito de aplicación: Nacional, aplicable en la fase de operación: Servicio competente: Autoridad Marítima. Justifica su aplicación: Transporte marítimo del ácido fórmico Identificación de la norma: Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo Decreto Supremo N°594/99 del Ministerio de Salud. Párrafo III De la Disposición de Residuos Industriales Líquidos y Sólidos Ámbito de aplicación: Nacional, aplicable en la fase de operación y abandono/cierre Servicio competente: Secretaría Regional Ministerial de Salud Justifica su aplicación: Generación de residuos industriales, especialmente aceites usados de maquinarias, neumáticos y baterías, entre otros. En este caso, residuos generados en las actividades de manejo y ensilaje de mortalidades Identificación de la norma: Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Decreto Supremo N° 148/2003 del Ministerio de Salud. Ámbito de aplicación: Nacional, aplicable en la fase de operación y abandono/cierre Servicio competente: Secretaría Regional Ministerial de Salud Justifica su aplicación: Generación de residuos de lubricantes, combustibles para motores y otros, derivados de las actividades de manejo y ensilaje de mortalidades Identificación de la norma: Reglamento de Transporte de Carga Peligrosa por Calles y Caminos, D.S. 298/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. mbito de aplicación: Nacional, aplicable en la fase de operación Servicio competente: Secretaría Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones, Carabineros de Chile e Inspectores Municipales Justifica su aplicación: Transporte terrestre del ácido fórmico 4.2. Permisos ambientales sectoriales: Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "MODIFICACIÓN AL SISTEMA DE TRATAMIENTO DE MORTALIDAD MEDIANTE UN SISTEMA DE ENSILAJE EN EL CENTRO DE ENGORDA DE SALMÓNIDOS MAY, CANAL CHAFFERS, SURESTE ISLA MAY", no requiere de permisos ambientales sectoriales. 5. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en los literales "a", "b", "c", "d", "e" y "f", del artículo 11 de la Ley 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de la evaluación, debe indicarse que el proyecto "MODIFICACIÓN AL SISTEMA DE TRATAMIENTO DE MORTALIDAD MEDIANTE UN SISTEMA DE ENSILAJE EN EL CENTRO DE ENGORDA DE SALMÓNIDOS MAY, CANAL CHAFFERS, SURESTE ISLA MAY" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias. 6.- Que, en el proceso de evolución de proyecto " MODIFICACIÓN AL SISTEMA DE TRATAMIENTO DE MORTALIDAD MEDIANTE UN SISTEMA DE ENSILAJE EN EL CENTRO DE ENGORDA DE SALMÓNIDOS MAY, CANAL CHAFFERS, SURESTE ISLA MAY", el titular se compromete a seguir adoptando y seleccionando procesos y tecnologías productivas que contribuyan a la política de producción limpia adoptada por el país, para alcanzar estándares internacionales de desempeño ambiental. Dado que el proyecto se ubica dentro de la Reserva Nacional Las Guaitecas, el titular velará por una adecuada operación del centro de cultivo, a través de la implementación de un sistema de ensilaje, el que ofrece mejores condiciones de bioseguridad y de cuidado ambiental. Además el proyecto de ensilaje presentará un mínimo impacto visual ya que esta se ubicará detrás del Pontón (artefacto naval). El titular se compromete a capacitar a sus trabajadores en aspectos como cuidado ambiental del centro, identificación y protección de especies amenazadas o en peligro, y de evitar cualquier tipo de contaminación 7.- Que, con objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto " MODIFICACIÓN AL SISTEMA DE TRATAMIENTO DE MORTALIDAD MEDIANTE UN SISTEMA DE ENSILAJE EN EL CENTRO DE ENGORDA DE SALMÓNIDOS MAY, CANAL CHAFFERS, SURESTE ISLA MAY", el titular deberá informar al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones. 8 - Que para que el proyecto "MODIFICACIÓN AL SISTEMA DE TRATAMIENTO DE MORTALIDAD MEDIANTE UN SISTEMA DE ENSILAJE EN EL CENTRO DE ENGORDA DE SALMÓNIDOS MAY, CANAL CHAFFERS, SURESTE ISLA MAY" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 9.- Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos. 10.- Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén, la individualización de cambios de titularidad, de su representante legal y de domicilio. 11.- Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero. 12.- Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén. RESUELVE: 1.- CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "MODIFICACIÓN AL SISTEMA DE TRATAMIENTO DE MORTALIDAD MEDIANTE UN SISTEMA DE ENSILAJE EN EL CENTRO DE ENGORDA DE SALMÓNIDOS MAY, CANAL CHAFFERS, SURESTE ISLA MAY" 2.- CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "MODIFICACIÓN AL SISTEMA DE TRATAMIENTO DE MORTALIDAD MEDIANTE UN SISTEMA DE ENSILAJE EN EL CENTRO DE ENGORDA DE SALMÓNIDOS MAY, CANAL CHAFFERS, SURESTE ISLA MAY" cumple con la normativa de carácter ambiental y no requiere de los permisos ambientales sectoriales que se señalan en el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 3.- Hacer presente que de conformidad al Artículo N° 20 de la Ley N° 19.300 proceden en contra de la presente Resolución, los recursos de reclamación, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de 30 días contadosjtesde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso qOe"est¡me oportuno. Notifíquese y Archívese t-Pre.sidenie Comisión de Evaluación Ambiental de la ';. / Región da Aysén Director R iveroFernánd Servicio/de Evalu ién Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Aysén IM RRF/CM/RMR Distribución: • Francisco Lobos Fuentes • Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén • Dirección Regional de SERNATUR, Región de Aysén. • Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén • Gobierno Regional, Región de Aysén • Ilustre Municipalidad de Aysén, Región de Aysén • Ilustre Municipalidad de Cisnes, Región de Aysén. • Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén • Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Aysén • Servicio Nacional de Pesca, Región de Aysén • Subsecretaría de Pesca C/c: • Superintendencia del Medio Ambiente . • Expediente del Proyecto "Modificación al Sistema de Tratamiento de Mortalidad mediante un Sistema de Ensilaje en el Centro de engorda de salmónidos May, Canal Chaffers, Sureste Isla May" • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, XI Región de Aysén