Proyecto MOL
Servicio de Evaluación Ambiental
MAT.: Califica Ambientalmente Favorable la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Proyecto Mol”.
RESOLUCION EXENTAN? y 5 4
La Serena, 2.3 MAYO 2012
VISTOS:
E Lo dispuesto en la Ley N19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley N20.417; el Decreto Supremo N95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N%1.600/2008 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y las demás normas aplicables al proyecto.
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La Declaración de Impacto Ambiental, en adelante DIA y sus Adenda del proyecto “Proyecto Mol”, presentada por el Señor Jorge Cárdenas Narváez, en representación de Jorge Cárdenas Inversiones de Capital E.I.R.L, con fecha 06 de septiembre de 2011.
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Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
3.1. Pronunciamientos a la DIA:
. Oficio N%5.395 del Consejo de Monumentos Nacionales, de fecha 30/09/2011;
. Oficio N*1.758 del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo, de fecha 30/09/2011; 7
. Oficio N*83 de la SEREMI de Salud, Región de Coquimbo, de fecha 03/10/2011;
. Oficio N%1.573 de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Coquimbo, de fecha 03/10/2011;
. Oficio N*174 de la SEREMI del Medio Ambiente, Región de Coquimbo, de fecha 03/10/2011;
. Oficio N%719 de la Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo, de fecha 03/10/2011;
. Oficio N*1.858 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Coquimbo, de fecha 03/10/2011;
. Oficio N*%331 de la SEREMI de Agricultura, Región de Coquimbo, de fecha 03/10/2011;
Oficio N*%27-EA de la Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo, de fecha 03/10/2011; j
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. Oficio N*3.735 del Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Coquimbo, de fecha 03/10/2011;
. Oficio N%1.287 de la SEREMI de Desarrollo Social, Región de Coquimbo, de fecha 05/10/2011;
. Oficio N*3.917 del Gobierno Regional, Región de Coquimbo, de fecha 26/10/2011.
3.2. Pronunciamientos al Adenda N% de la DIA:
. Oficio N*%98 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Coquimbo, de fecha 02/02/2012;
. Oficio N%0456 del Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Coquimbo, de fecha 09/02/2012;
. Oficio N*%178 de la Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo, de fecha 10/02/2012;
. Oficio N“249 del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo, de fecha 10/02/2012;
. Oficio N%13 de la SEREMI de Salud, Región de Coquimbo, de fecha 10/02/2012;
. Oficio N%047 de la SEREMI de Agricultura, Región de Coquimbo, de fecha 13/02/2012;
. Oficio N%76 de la SEREMI del Medio Ambiente, Región de Coquimbo, de fecha 14/02/2012.
3.3. Pronunciamientos al Adenda N“2 de la DIA:
Oficio N%28 de la SEREMI de Salud, Región de Coquimbo, de fecha 10/04/2012; Oficio N*582 del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo, de fecha
11/04/2012;
. Oficio N*133 de la SEREMI del Medio Ambiente, Región de Coquimbo, de fecha 11/04/2012;
. Oficio N*302 de la Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo, de fecha 11/04/2012.
3.4. Pronunciamientos al Adenda N93 de la DIA:
. Oficio N%36 de la SEREMI de Salud, Región de Coquimbo, de fecha 23/04/2012.
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El acta de la sesión del Comité Técnico de la Región de Coquimbo, de fecha 26 de abril de 2012.
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El Informe Consolidado de Evaluación, en adelante ICE, de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Proyecto Mol”, de fecha 02 de mayo de 2012.
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El acuerdo de la Sesión Ordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo, de fecha 14 de mayo de 2012.
Las Los demás antecedentes, que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Proyecto Mol”.
CONSIDERANDO:
- Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto.
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Que, el derecho del titular del proyecto a emprender actividades está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y a las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales.
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Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva y sus Adenda, el proyecto consiste en recuperar mineral de hierro desde un antiguo tranque de relaves ubicado en el área del predio, a través de un proceso físico. Para lo anterior, se instalará una planta de separación magnética que clasificará las arenas “ferrosas” de las arenas “cuarciferas”, siendo las primeras el producto y las segundas el material de rechazo.
La planta a construir tendrá una capacidad nominal de 200 toneladas/hora, procesando diariamente alrededor de 4.000.- toneladas. El volumen de relaves a procesar será de aproximadamente 900.000.- toneladas.
El proceso productivo no utiliza ningún reactivo químico, ni genera algún tipo de RIL.
El proyecto se ubicará al Norte de la ciudad de La Serena aproximadamente a 45 kilómetros de dicha ciudad, específicamente entre la salida Norte de la cuesta Buenos Aires y el cruce de La Higuera, Comuna de La Higuera, Provincia de Elqui. La superficie total del predio es de 12 hectáreas, de las cuales 5.000 m? serán utilizados por el proyecto.
La inversión estimada del proyecto será de US$8.000.000.- y considera una vida útil de 9 meses.
La mano de obra total requerida para el desarrollo de las actividades y obras físicas asociadas a la etapa de construcción del proyecto, se estima en 10 personas. Durante la etapa de operación, se estima que trabajarán en el proyecto alrededor de 15 personas. Para la etapa de cierre se estiman 5 trabajadores.
3 Etapa de Construcción Durante la etapa de construcción, cuya duración estimada será de 30 días, trabajarán 10
personas. Las principales actividades y obras asociadas a la etapa de construcción del proyecto serán:
. Preparación del terreno: corresponde a la nivelación del área e inicio de fundaciones para la planta de separación magnética. . Instalación de faenas: se utilizarán contenedores habilitados especialmente
para la faena, contemplándose la construcción de oficinas, bodegas, sala de cambio, baños y comedor.
. Montaje de la planta magnética: una vez realizadas las fundaciones se procederá al montaje de la planta. Esta estará compuesta por un buzón con alimentación vibratoria de 30 m* de capacidad, correas transportadoras y 4 tambores magnéticos de un largo de 1,8 m con un diámetro de 0,9 m, con una intensidad de campo magnético de 1.400 Gauss cada uno.
Además, en la etapa de construcción del proyecto se realizarán dos pruebas de absorción certificadas, la primera contigua al depósito de rechazo y la segunda en el sector donde se depositará el rechazo. Dichas pruebas serán entregadas mediante informe al Servicio de Evaluación Ambiental Región de Coquimbo.
Ñ a mayor detalle de la etapa de construcción ver numeral 3.1 de la DIA.
3.2. Etapa de Operación
Durante la etapa de operación, cuya duración estimada será de 9 meses, trabajarán 15 personas. Las principales actividades y acciones asociadas a esta fase del proyecto serán:
a) Extracción y Obtención de Material
La etapa de extracción y obtención de material se realizará por medio de un bulldozer, el cual retirará una franja de relave de 3 m de ancho por 12 a 15 m de largo y 1 m de altura. Para mayor detalle, ver Etapa N*1 del numeral 3.1.4 de la DIA.
b) Planta Pre Concentración y Concentración
El relave será dispuesto en el alimentador vibratorio a través de un cargador frontal o directamente por camiones. El material se distribuirá homogéneamente sobre las correas transportadoras aprovechando toda la superficie de los tambores de separación magnética, logrando separar las arenas cuarcíferas de las ferrosas, evacuando por una correa el material cuarcifero y por otra el material ferrífero, alcanzando un 35% de recuperación de mineral. Para mayor detalle, ver Etapa N*2 del numeral 3.1.4 de la DIA.
c) Planta Concentrado - Reproceso
El material rechazado obtenido en el proceso anterior, será nuevamente reprocesado, optimizando la concentración del producto y obteniendo un segundo concentrado final. Para mayor detalle, ver Etapa N*3 del numeral 3.1.4 de la DIA.
d) Acopio del Concentrado y Rechazo
Se habilitará un sector de acopio temporal para el stock de rechazo y para el stock del concentrado, estas zonas estarán cubiertas con geomembrana. El material de rechazo se trasladará a través de un cargador frontal y camiones hacia la disposición final en el depósito de rechazo. Por otro lado, el concentrado se acopiará en un sector cercano a los estacionamientos del proyecto hasta su venta. Para mayor detalle, ver Etapa N%3 del numeral 3.1.4 de la DIA y numeral 1.2 y Anexo N2 del Adenda N1 de la DIA.
3.3. Etapa de Cierre y Abandono
Las actividades y obras consideradas en el plan de cierre son las siguientes:
a) Desarme de Instalaciones
Se desarmarán y desmantelarán todas las estructuras del proyecto, específicamente, los conteiner de administración y sala de cambio, los cuales serán dispuestos sobre un camión que los retirará del sitio del proyecto.
Se retirará el cableado eléctrico de alimentación de los conteiner.
La planta de proceso será desmantelada y retirada por partes del sitio del proyecto. Cada componente será montado con una grúa pluma y trasladado en camiones.
Todos los residuos generados en esta etapa serán llevados a un lugar autorizado. b) Acopio del Concentrado y Rechazo
Los acopios temporales serán desmontados y se retirará la geomembrana. El suelo de cada una de estas zonas será limpiado para retirar restos de relaves.
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La disposición final del rechazo será realizado en horarios sin presencia de viento, el traslado será en camiones que tendrán su tolva tapada. El proceso de carga del camión se hará dentro de la zona de acopio temporal del rechazo, la cual estará rodeada con malla tipo Raschel. Todo el proceso de descarga y disposición final del rechazo se efectuará con la aplicación de aspersión de agua. Además, sobre los muros del depósito final se utilizará un estabilizador, el cual podrá ser aglomerante Aglosil 21, vinaza u otro elemento. Previo a la utilización de algún estabilizador, se dará aviso a la Autoridad Ambiental respectiva. Para mayor detalle, ver numeral 1.4 del Adenda N*1 de la DIA.
c) Fitoestabilización
Se implementará un programa de fitoestabilización en el depósito de rechazo, basado en la metodología de la “Guía Metodológica para la fitoestabilización de Depósitos de Relaves en la Región de Coquimbo”, desarrollada por el Centro de Investigación Minero y Metalúrgico e Instituto de Investigaciones Agropecuarias-Intihuasi. Para mayor detalle sobre las etapas del programa, especies a plantar, monitoreos y plazos ver numeral 1.1 del Adenda N*2 de la DIA. Semestralmente se entregará al Servicio de Evaluación Ambiental Región de Coquimbo un informe del estado de avance y resultados del programa de fitoestabilización.
d) Canal de Contorno
Para el manejo de aguas de escorrentías generadas por aguas lluvias, se implementará un canal perimetral excavado en el suelo natural y en los puntos de descarga se construirá un empedrado para reducir la energía del agua que sale del sistema de canalización. Para mayor detalle sobre la ubicación y características del sistema, ver Anexo N1 y numeral 1.1 ambos del Adenda N1 de la DIA.
e) Otros Aspectos
Se realizará una limpieza total y saneamiento del área destinada a la disposición de residuos domésticos, asegurando condiciones adecuadas de higiene en dicho lugar.
Se dejarán las señalizaciones necesarias que permitan evitar futuros accidentes a personas que transiten en el área del depósito de relaves.
Se dejará transitable sólo el camino para el control de la etapa de cierre, con acceso restringido utilizando barreras. Los caminos secundarios serán eliminados o bloqueados.
3.4. Insumos
a) Combustible
Se utilizará petróleo diesel en una cantidad estimada de 250 litros/día. El abastecimiento se realizará a través de un proveedor autorizado. No se almacenará combustible en la faena.
b) Energía Eléctrica
Durante la operación del proyecto, éste será abastecido por un grupo generador que posee una capacidad de 150 KVA.
3.5. Plan de Contingencia
Durante la ejecución del proyecto se aplicará un plan de contingencia, en caso de mergencia. Los tipos de emergencias corresponderán entre otros a: emergencias hatúfales; incendios; derrame de sustancias químicas; y emergencias laborales. mayor detalle, ver Anexo N?3 de la DIA y numeral 1.10 del Adenda N*1 de la DIA.
3.6. Emisiones, Descargas y Residuos del Proyecto 3.6.1. Etapa de Construcción a) Emisiones Atmosféricas
Las principales fuentes emisoras de material particulado corresponderán al movimiento de tierra y tránsito de vehículos por caminos no pavimentados. Se estima 0,6882 kg/hora de material particulado. Para mayor detalle, ver Anexo N?7 de la DIA, donde se presentan los niveles de emisión de material particulado asociados a esta etapa del proyecto.
Medidas de control:
. Encarpado de todo camión que transporte materiales.
. Se humectará dos veces al día el camino interior del área del proyecto, utilizando un camión aljibe. Además, se llevará un registro diario de humectación. Para mayor detalle, ver numeral 5.5.2 del Adenda N1 de la DIA y numeral 2.1 del Adenda N2 de la DIA.
. Se instalarán pantallas contraviento con malla tipo Raschel. Para mayor detalle sobre características y ubicación, ver numerales 2.5.2, 2.5.3 y Anexo N”10, todos del Adenda N*1 de la DIA.
b) Ruido
La principal fuente de emisión de ruido corresponderá al funcionamiento de maquinaría y al tránsito de los vehículos. No obstante lo anterior, el proyecto dará cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo N146/1998 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. En el Anexo N4 del Adenda N*1 de la DIA, se presentan los niveles de emisión de ruido asociados al proyecto.
c) Residuos Líquidos
Se generarán aguas servidas las que serán dispuestas en baños químicos. Se estima una generación de 1 m”/día. Se llevará un registro con frecuencia de mantención y disposición final de estos residuos.
d) Residuos Sólidos d.1) Residuos Sólidos Domésticos
Corresponderán a residuos del tipo restos de envases, envoltorios, papelería, entre otros. Se estima una cantidad de 5 kg/día. Estos se dispondrán en contenedores plásticos herméticos y serán dispuestos en un lugar especialmente habilitado para tal efecto. Posteriormente, serán retirados con una frecuencia de tres veces por semana por un transporte autorizado y dispuestos en un lugar autorizado.
d.2) Residuos Peligrosos
Corresponderán principalmente a guaipes contaminados con hidrocarburos, aceites usados, lubricantes, entre otros. Se estima una generación de 100 kg/mes, los que se dispondrán en contenedores y serán dispuestos en una bodega especialmente habilitada para tal efecto. La frecuencia de retiro mínima será cada tres meses por una empresa autorizada y dispuestos en un lugar autorizado.
El proyecto no considera la mantención de equipos y maquinarias dentro del área del proyecto.
d.3) Residuos No Peligrosos
Corresponderán principalmente a restos de fierros, madera, plásticos, entre otros. Se estima una generación de 10 m'“/mes. Los residuos serán dispuestos en tambores metálicos y llevados al patio de salvataje habilitado. Posteriormente, serán retirados con una frecuencia de una vez por semana por una empresa autorizada y dispuestos en un lugar autorizado.
3.6.2. Etapa de Operación a) Emisiones Atmosféricas
Las principales fuentes emisoras de material particulado corresponderán al movimiento de relaves y tránsito de vehículos por caminos no pavimentados. Se estima una generación de 6,9 kg/día de material particulado. Para mayor detalle, ver Anexo N2 del Adenda N2 de la DIA, donde se presentan los niveles de emisión de material particulado asociados a esta etapa del proyecto.
Medidas de control:
. Encarpado de todo camión que transporte materiales.
. Se humectará dos veces al día el camino interior del área del proyecto, utilizando un camión aljibe. Además, se llevará un registro diario de humectación. Para mayor detalle, ver numeral 5.5.2 del Adenda N1 de la DIA y numeral 2.1 del Adenda N2 de la DIA.
. Se instalarán pantallas contraviento con malla tipo Raschel. Para mayor detalle sobre características y ubicación, ver numerales 2.5.2, 2.5.3 y Anexo N10 todos del Adenda N1 de la DIA.
. Las correas transportadoras de la planta de separación magnética estarán cubiertas. Para mayor detalle, ver numeral 2.5.3 del Adenda N*1 de la DIA.
b) Ruido
La principal fuente de emisión de ruido corresponderá al funcionamiento de maquinaría y al tránsito de los vehículos. No obstante lo anterior, el proyecto dará cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo N146/1998 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. En el Anexo N4 del Adenda N1 de la DIA y en el numeral 2.3 del Adenda N?2 de la DIA, se presentan los niveles de emisión de ruido asociados a esta etapa del proyecto.
c) Residuos Líquidos
Se generarán aguas servidas, las que serán dispuestas en una planta de tratamiento del tipo lodos activados. Se estima una generación de 2 m/día. Para mayor detalle ver Anexo N6 del Adenda N*1 de la DIA.
d) Residuos Sólidos
d.1) Residuos Sólidos Domésticos
Corresponderán a residuos del tipo restos de envases, envoltorios, papelería, entre otros.
Se estima una cantidad de 7,5 kg/día. Estos se dispondrán en contenedores plásticos herméticos y serán dispuestos en un lugar especialmente habilitado para tal efecto. El
retiro tendrá una frecuencia de tres veces por semana por un transporte autorizado y.
- dispuestos en un lugar autorizado.
d.2) Residuos Peligrosos
Corresponderán principalmente a guaipes contaminados con hidrocarburos, aceites Usados, lubricantes, entre otros. Se estima una generación de 100 kg/mes. Estos se dispondrán en contenedores y serán dispuestos en una bodega especialmente habilitada para tal efecto. La frecuencia de retiro mínima será cada tres meses por una empresa autorizada y dispuestos en un lugar autorizado. .
El proyecto no considera la mantención de equipos y maquinarias dentro del área del proyecto.
d.3) Residuos No Peligrosos
Corresponderán principalmente a restos de fierros, madera, plásticos, entre otros. Se estima una generación de 10 m*/mes, los que serán dispuestos en tambores metálicos y llevados al patio de salvataje habilitado. Posteriormente, serán retirados una vez por semana por una empresa autorizada y dispuestos en un lugar autorizado.
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Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Proyecto Mol” y, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable.
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Que, para que el proyecto pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables:
5, Control de Emisiones a la Atmósfera
. Decreto Supremo N*144/1961 del Ministerio de Salud. Norma para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza.
. Decreto Supremo N*138/2005 del Ministerio de Salud. Establece Obligación
de Declarar Fuentes de Emisión de Contaminantes Atmosféricos.
Forma de cumplimiento: el proyecto emitirá material particulado debido al movimiento de tierra, tránsito de vehículos por caminos no pavimentados; y carga y descarga de relaves. Para mayor detalle de la forma de cumplimiento, ver literal a) de los numerales 3.6.1 y 3.6.2 de la presente Resolución.
El titular declarará a la Autoridad Sanitaria en forma anual, la estimación de las emisiones generadas por los grupos electrógenos utilizados por el proyecto.
5.2. Ruido
. Decreto Supremo N%146/1998 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas.
Forma de cumplimiento: la principal fuente generadora de ruido será el funcionamiento de maquinaría y el tránsito de los vehículos. La localidad más próxima al área del proyecto es la localidad de La Higuera que se ubica a 3 km del área del proyecto. Para mayor detalle de la forma de cumplimiento, ver literal b) de los numerales 3.6.1 y 3.6.2 de la presente Resolución.
Además, se realizará una medición de ruido durante la etapa de construcción y una medición en el mes cuarto y octavo de la etapa de operación, en régimen normal de operación. Dicho monitoreo será entregado al Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Coquimbo, y la entrega del informe no excederá los 10 días hábiles, a contar de | realización de la medición.
5.3. Residuos Líquidos
. Decreto Supremo N*594/1999 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
. Decreto con Fuerza de Ley N*725/1968 del Ministerio de Salud. Código Sanitario.
Forma de cumplimiento: las aguas servidas serán dispuestas en baños químicos durante la etapa de construcción y durante la etapa de operación en una planta de tratamiento de aguas servidas. Para mayor detalle de la forma de cumplimiento, ver literal c) de los numerales 3.6.1 y 3.6.2 de la presente Resolución.
5.4. Residuos Sólidos
. Decreto con Fuerza de Ley N*725/1968 del Ministerio de Salud. Código Sanitario.
. Decreto Supremo N*594/1999 del Ministerio de Salud. Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
. Decreto Supremo N*148/2003 del Ministerio de Salud. Reglamento Sanitario
sobre Manejo de Residuos Peligrosos.
Forma de cumplimiento: los residuos domésticos serán almacenados en contenedores, para luego ser dispuestos en un área habilitada para este efecto y posteriormente ser retirados y transportados, por una empresa autorizada a un sitio de disposición final autorizado. Por otro lado, los residuos industriales no peligrosos se acopiarán transitoriamente en el patio de salvataje habilitado, para posteriormente ser trasladados a un lugar autorizado. Respecto, a los residuos peligrosos se acopiarán transitoriamente en la bodega especialmente habilitada, para posteriormente ser trasladados a un lugar autorizado. Para mayor detalle de la forma de cumplimiento, ver literal d) de los numerales 3.6.1 y 3.6.2 de la presente Resolución.
5.5. Patrimonio Cultural . Ley N%17.288 del Ministerio de Educación. Ley de Monumentos Nacionales. . Decreto Supremo N*484/1990 del Ministerio de Educación. Reglamento de la
Ley N”17.288, sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.
Forma de cumplimiento: de acuerdo a la prospección arqueológica presentada, no se registraron elementos patrimoniales en el área del proyecto. Para mayor detalle de la forma de cumplimiento, ver Anexo N*9 de la DIA.
5.6. Contaminación Lumínica
. Decreto Supremo N*686/1999 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica.
Forma de cumplimiento: se instalarán luminarias de sodio que limitarán el brillo global, con eficacia no inferior a 80 lúmenes/watt y cuyo flujo hemisférico no excederá el 1,8% de su flujo luminoso nominal. Las instalaciones contarán con la autorización de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
10 5.7. Seguridad Minera
. Decreto Supremo N*%132/2003 del Ministerio de Minería. Reglamento de Seguridad Minera.
Forma de cumplimiento: se presentarán todos los antecedentes del Plan de Cierre del proyecto al Servicio Nacional de Geología y Minería para la evaluación sectorial correspondiente.
5.8. Recursos Naturales, Suelo y Fauna
. Ley N*19.473/1996 del Ministerio de Agricultura. Ley de Caza.
. Decreto Supremo N*5/1998 del Ministerio de Agricultura. Reglamento de la Ley de Caza.
Forma de cumplimiento: se aislará la zona de nidificación de la golondrina chilena, de modo de evitar todo tipo de afectación física a la nidificación, y sólo después de constatado que no existen ejemplares nidificando se procederá a trabajar en esta zona. Las madrigueras de iguana chilena y de otros micromamíferos serán marcadas, además, se realizará un plan rescate y relocalización. Para mayor detalle, ver Anexo N*5 del Adenda N?1 de la DIA.
Además, en el área no intervenida del proyecto se identificó la presencia de 9 individuos de Guayacán (Porlieria chilensis). Los individuos serán marcados para así poder ser identificados por cualquier persona. Para mayor detalle, ver Anexo N*%4 de la DIA.
- Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Proyecto Mol” requiere los Permisos Ambientales Sectoriales de los artículos 88, 91, 93, 94, 96 y 99 contemplados en el Decreto Supremo N*95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, permisos que han sido informados favorablemente por el Servicio Nacional de Geología y Minería, la Secretaría Regional Ministerial de Salud, la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura y el Servicio Agrícola y Ganadero, todos de la Región de Coquimbo, respectivamente durante el proceso de Evaluación.
T. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N*%19.300 y, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Proyecto Mol” no generaría ni presentaría ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
- Que, el titular del proyecto deberá informar dentro de 24 horas y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo, una vez constatada, ya sea por medios visuales o instrumentales, la ocurrencia de cualquier hecho, circunstancia, accidente y/o contingencia, previstas o no, y sus posibles efectos o impactos ambientales. El titular deberá implementar e informar a esta Comisión las medidas provisorias o definitivas necesarias para controlar, evitar y/o detener estos efectos o impactos. Asimismo, deberá coordinar con los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental, la implementación de las medidas adecuadas para controlar, evitar, detener, restaurar y/o compensar en forma definitiva los efectos o impactos ambientales identificados dentro de un plazo no superior a tres (3) días contados desde la fecha de aviso a la Comisión de Evaluación de los eventos a que alude el presente considerando.
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-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar al Servicio de Evaluación Ambiental Región de Coquimbo, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con Competencia Ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes cuando éstos lo soliciten, facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
-
Que, el titular del proyecto deberá informar, inmediatamente, a la Comisión de Evaluación Región de Coquimbo, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que, la DIA, sus respectivas Adenda y el Informe Consolidado de Evaluación se consideran oficiales y partes integrantes de la presente Resolución, por lo tanto, todas las medidas y acciones señaladas en dichos documentos se consideran asumidas por el titular, el que se obliga a su cumplimiento, en lo que corresponda y a las modificaciones a que quede sujeto por la presente Resolución.
12 Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo, la individualización de cambios de titularidad o domicilio.
-
Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o através de un tercero.
-
Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo.
RESUELVE:
- CALIFICAR AMBIENTALMENTE FAVORABLE la DIA del Proyecto “Proyecto Mol”, presentada por el Señor Jorge Cárdenas Narváez, en representación de Jorge Cárdenas Inversiones de Capital E.!I.R.L.
Ze. CERTIFICAR, que el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable y que no generaría, ni presentaría ninguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N*19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales de los artículos 88, 91, 93, 94, 96 y 99 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
- Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, contemplado en el artículo 20 de la Ley de Bases Generales del Medio
Ambiente, en el plazo y ante quien corresponda según las disposiciones del citado artículo.
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Notifíquese y Archívese.
a a
SERGIO GAHONA SALAZAR Intendente Región de Coquimbo Presidente Comisión de Evaluación Región de Coquimbo
Bars Cárdenas Narváez, representante legal de Jorge Cárdenas Inversiones de Capital ocELR.L.
Sres. Miembros de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo. Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo.
Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo.
Gobierno Regional, Región de Coquimbo.
llustre Municipalidad de La Higuera.
Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo.
Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Coquimbo.
Servicio Nacional de Turismo, Región de Coquimbo.
Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Coquimbo. Consejo de Monumentos Nacionales.
. Expediente de evaluación del proyecto “Proyecto Mol”. . Archivo Comisión de Evaluación Región de Coquimbo.