MODIFICACIÓN RCA Nº 76/08 MUELLE MECANIZADO DE DESEMBARQUE DE GRANELES SÓLIDOS
E Servicio 234 de Evaluación eso Ambiental
uy43
RESOLUCIÓN EXENTA N?* 12012 ANTOFAGASTA, 2.2 FEB 208
VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:
-
Lo dispuesto en la Ley N” 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994; modificada por la Ley N 20.417 de fecha 26 de enero de 2010; el Decreto Supremo N 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 7 de diciembre de 2002; la Ley N 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y en las demás normas jurídicas que rigen sobre la materia.
-
La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adenda del proyecto “Modificación RCA N” 76/08 Muelle Mecanizado de Desembarque de Graneles Sólidos”, presentado por el Señor Álvaro Cesar Arroyo Albala, en representación de Complejo Portuario Mejillones S.A., con fecha 29 de Agosto de 2011.
-
Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
Oficio N 760 sobre la DIA, por Dirección Regional DGA, Región de Antofagasta, con fecha 05/09/2011; Oficio N 12.600/243 sobre la DIA, por Gobernación Marítima de Antofagasta, con fecha 15/09/2011; Oficio N 589 sobre la DIA, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 15/09/2011; Oficio N 5191 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 15/09/2011; Oficio N 330161211 sobre la DIA, por Dirección Regional de Pesca, Región de Antofagasta, con fecha 15/09/2011; Oficio N 9712/2011 sobre la DIA, por Dirección Regional SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta, con fecha 21/09/2011; Oficio N 242/2011 sobre la DIA, por Dirección Regional SERNATUR, Región de Antofagasta, con fecha 21/09/2011; Oficio N 1622 sobre la DIA, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta, con fecha 21/09/2011; Oficio N 965 sobre la DIA, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 22/09/2011; Oficio N 965 sobre la DIA, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 22/09/2011; Oficio N 721 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 23/09/2011; Oficio N%SE02 3650/2011 sobre la DIA, por SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta, con fecha 23/09/2011; Oficio N” 999 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 23/09/2011; Oficio N 0439 sobre la DIA, por SEREMI de Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 23/09/2011; Oficio N 2408 sobre la DIA, por Subsecretaría de Pesca, con fecha 23/09/2011; Oficio N 419 sobre la DIA, por SEREMI de Planificación y Coordinación, Región de Antofagasta, con fecha 23/09/2011; Oficio N 257/2011 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta, con fecha 25/09/2011; Oficio N 141 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 26/09/2011; Oficio N% 2417 sobre la DIA, por Subsecretaría de Pesca, con fecha 26/09/2011; Oficio N 17.366/2011 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta, con fecha 23/11/2011; Oficio N 12.600/310 sobre la Adenda 1, por Gobernación Marítima de Antofagasta, con fecha 30/11/2011; Oficio N* 741 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 30/11/2011; Oficio N% 330211011
REGIÓN DE ANTOFAGASTA
1/12
Servicio de Evaluación Ambiental
sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Pesca, Región de Antofagasta, con fecha 30/11/2011; Oficio N 938 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 30/11/2011; Oficio N186 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 05/12/2011; Oficio N 3125 sobre la Adenda 1, por Subsecretaría de Pesca, con fecha 05/12/2011; Oficio N 0641 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 07/12/2011; Oficio N 6642 sobre la Adenda 1, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 12/12/2011; Oficio N%086 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 08/02/2012; Oficio N 320/2012 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta, con fecha 09/02/2012; Oficio N 93 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 10/02/2012; Oficio N 484 sobre la Adenda 2, por Subsecretaría de Pesca, con fecha 13/02/2012; Oficio N 0154 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional de Pesca, Región de Antofagasta, con fecha 15/02/2012.
-
El Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación RCA N” 76/08 Muelle Mecanizado de Desembarque de Graneles Sólidos”.
-
Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación RCA N* 76/08 Muelle Mecanizado de Desembarque de Graneles Sólidos”.
-
El acuerdo de la Sesión Extraordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 21 de Febrero de 2012.
CONSIDERANDO:
-
Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto “Modificación RCA N? 76/08 Muelle Mecanizado de Desembarque de Graneles Sólidos”
-
Que, el derecho del titular del proyecto “Modificación RCA N* 76/08 Muelle Mecanizado de Desembarque de Graneles Sólidos” está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza, a la conservación del patrimonio ambiental, y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado, cuando corresponda otorgar tales permisos.
-
Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva y sus Adenda, el proyecto “Modificación RCA N” 76/08 Muelle Mecanizado de Desembarque de Graneles Sólidos” consistirá en lo siguiente:
3.1. Descripción del proyecto
El proyecto consistirá en la modificación de la RCA N* 76/2008 mediante la adecuación de las instalaciones existentes y construcción de nuevas instalaciones que pretenden extender la funcionalidad del Terminal de Graneles del Norte (TGN), mediante el embarque de concentrado de cobre y la incorporación de azufre y carbonato de sodio (ceniza de soda) a las actividades de descarga.
Para esto se habilitará el Sitio de atraque N” 2 por medio de la instalación de un cargador de buques y obras menores, se realizará el montaje de una nueva correa tubular entre el sitio de atraque N? 2 y torre de transferencia TT5, el montaje de nueva correa de transferencia entre torre de transferencia TT5 y sector de acopio, y la construcción de nuevos galpones de acopio y recepción.
REGIÓN DE ANTOFAGASTA
2/12
E? Servicio ZN de Evaluación GEES Ambiental
3.1.1. Ubicación y mano de obra
El proyecto se emplazará en la comuna de Mejillones, Región de Antofagasta, en el Terminal de Graneles Sólidos (Terminal de Graneles del Norte), el cual se encuentra dentro de las instalaciones del Complejo Portuario Mejillones. Las coordenadas del proyecto se detallan en el numeral 8 de la Sección | del Adenda N* 1 de la DIA.
La superficie del predio dentro del cual se llevará a cabo el proyecto comprende un área de 26.500 m?. En lo que respecta a la superficie marítima requerida por el proyecto, Complejo Portuario Mejillones S.A., cuenta con la concesión de uso de fondo de mar de 38.948 m? y una porción de agua de 400 m? concedida por el D.S. N* 384 del 25 de Noviembre de 2008, de la Subsecretaria de Marina.
El proyecto considerará para la etapa de construcción 200 personas, con un máximo de 350 personas. Para la etapa de operación se contempla la contratación de 80 personas, con un máximo de 90 personas.
3.1.2. Monto de la inversión El monto de inversión para la ejecución del proyecto es de US$ 98.990.000.
3.1.3. Vida útil
El proyecto contempla una vida útil indefinida. El cronograma de actividades se describe en las Tablas 8, 9 y 10 de la DIA.
3.1.4. Definición de partes, acciones y obras físicas del proyecto
El proyecto contemplará las siguientes etapas:
3.1.4.1. Etapa de construcción
Las actividades que se realizarán en la etapa de construcción corresponderán a:
a) Instalación de faena: Consistirá en la habilitación de infraestructura temporal y la habilitación de talleres para la realización de algunas faenas específicas. Mayores antecedentes se presentan en el numeral 7.1.1 de la DIA.
b) Montaje: Se realizará el hincando de pilotes y los montajes estructurales asociados principalmente a las correas transportadoras y montaje de cargador de buques. En el caso de que aparezca roca de fundación que no esté suficientemente fragmentada para el hincado directo de los pilotes, se utilizará equipo de perforación submarina. Mayores antecedentes se presentan en los numerales 7.1.5.1 y 7.5.1.2 de la DIA y numeral 9 del Adenda N” 1 de la DIA.
c) Instalaciones marítimas: Considera las instalaciones e infraestructura necesaria para la construcción y montaje del Sitio de atraque N” 2, que es por donde se realizarán las actividades de embarque de concentrado de cobre. Las actividades de descarga de productos se continuarán realizando por el Sitio de atraque N” 1 existente. Los principales componentes y equipos son los siguientes:
c.1) Correa transportadora para embarque a través del puente de acceso: Para cubrir el tramo marítimo se utilizará una correa del tipo tubular de 770 metros de longitud y 1.500 toneladas por hora para el transporte de productos desde la torre de transferencia 5 (TT5) hasta el Sitio N” 2. Los tramos extremos de la correa se cubrirán con cobertores o similares, de modo de confinar la correa y evitar una posible dispersión del producto. Mayores detalles se presentan en el numeral 6.1.1 de la DIA.
REGIÓN DE ANTOFAGASTA
3/12
Servicio de Evaluación Z Ambiental
c.2) Sitio de atraque N” 2, plataforma de soporte cargador de buques: Se contempla la construcción de una plataforma que se ubicará al suroeste del Sitio de atraque N 1 para soportar y apoyar el cargador de buques y una segunda plataforma para la motorización de la correa y salas de operaciones. El Sitio N 2 contará con 4 duques de alba, 2 postes de amarre, 1 boya, defensas del tipo cilíndricas y bitas de 100 toneladas de capacidad. El diseño del Sitio de Atraque N* 2 permitirá la atención de naves con las características señaladas en la Tabla 5 de la DIA. Mayores detalles se presentan en el numeral 6.1.2 de la DIA.
c.3) Equipamiento mecánico del sistema de embarque y descarga: El Sitio N* 2 será equipado con un cargador de buques tipo FAM o similar con capacidad de embarque de diseño de 1.500 toneladas por hora, con una pluma retráctil cerrada cuyo alcance permita cargar bodegas de un buque tipo Panamax, además de poseer la capacidad de girar en planta y con una pluma móvil que permita repartir la carga en la bodega del buque sin que sea necesario trimar o emparejar con apoyo de otro equipo y que permita movilizar el cargador hacia arriba o hacia el lado, de modo de poder cambiar la pluma de bodega, en caso que existan obstáculos entre bodega y cargador.
Cabe señalar que en las estructuras marítimas se aplicará pintura anticorrosiva, para lo cual se considerará un mantenimiento cada 7 a 10 años. En el Anexo 4 del Adenda N* 1 de la DIA se presenta un plano general de las instalaciones marítimas.
d) Instalaciones terrestres: Se contempla la construcción de galpones para acopio sistema de transferencia de graneles, obras de urbanización, galpón de mantención y galpones para acopio de graneles. Mayores detalles ver numeral 6.2 de la DIA. Los principales equipos son:
d.1) Torres de transferencia: Permitirán la alimentación de material de una correa a otra a las alturas correspondientes y estarán equipadas con sistemas de captación de polvo para evitar la dispersión de material fino. Se contempla la construcción de 2 torres de transferencia (TT3 y TT5) y una tercera (TT4) en una segunda etapa, las que serán adicionales a las ya existentes (TT1 y TT2). Mayores detalles se presentan en el numeral 6.2.1 de la DIA.
d.2) Sistema de correas transportadoras: Consistirá en correas transportadoras convencionales y tubulares que transferirán el material desde los puntos de recepción de graneles a los galpones de almacenaje, y desde allí al sitio de embarque y desde el sitio de descarga a los galpones de almacenaje y desde aquí a los sistemas de despacho de graneles. El trazado de las correas transportadoras y su uso general se presentan en los planos 3023-G-04_1 y 3023-FS-01 Anexo 3 de la DIA. Mayores detalles se presentan en el numeral 5 de la Sección | y Anexo 6 del Adenda N' 1 de la DIA.
d.3) Edificio de mantención de vehículo tractor: Anexo al edificio para recepción y descarga de trenes se construirá un área de mantención para el vehículo tractor del convoy de carros de ferrocarril. El galpón será de 72 m? y contará con pozo de inspección y una explanada asfaltada. Mayores detalles se presentan en el numeral 3 de la Sección | del Adenda N” 1 de la DIA.
d.4) Edificio de descarga de trenes: Consistirá en un edificio de 1.400 m? especialmente acondicionado para la recepción y descarga de trenes. Por esta vía sólo se recibirá concentrado de cobre. El recinto será confinado para evitar la dispersión de material particulado con un sistema recolector de polvo. Mayores detalles se presentan en el numeral 6.2.4 de la DIA.
d.5) Romana: se instalará una romana para el pesaje de la carga de camiones.
En el Anexo 4 del Adenda N* 1 de la DIA se presenta un plano general de las instalaciones terrestres.
REGIÓN DE ANTOFAGASTA
4112
Servicio de Evaluación Ambiental
e) Equipamiento general: consistirá en un sistema de lavado y una planta de filtrado de aguas.
e.1) Sistema de lavado: Este sistema cumplirá la función de lavar las correas transportadoras utilizadas en la descarga de azufre y ceniza de soda de modo de evitar la contaminación cruzada de los productos. Ante un potencial derrame de residuos líquidos al mar, se informará a la Autoridad Marítima, se detendrá la actividad de ser necesario y el personal del operador portuario tomará una serie de acciones para posteriormente realizar una investigación de los hechos que causaron el derrame. Mayores detalles se presentan en el numeral 6.3.1 de la DIA y numerales 6 y 18, Sección | del Adenda N” 1 de la DIA.
e.2) Planta de filtrado de aguas: Estará ubicada a un costado de la TT1, donde se recibirán las aguas producto del lavado de las correas transportadoras y del lavado de las tolvas. El agua será reutilizada en el sistema de lavado de correas de transferencia y tolvas. Mayores detalles se presentan en el numeral 6.3.2 de la DIA.
e.3) Sistema de captación de polvo: Se incorporarán sistemas de captación de polvo en las tolvas ubicadas en la plataforma principal y en los traspasos de material, para lo cual se utilizarán campanas de extracción. Las torres de transferencia estarán equipadas con chutes cerrados. Se instalarán campanas de succión en los chutes de descarga y cerca de las áreas de carga a la correa. Además se instalará un filtro de mangas autolimpiante. El polvo recolectado será devuelto a la correa transportadora. Se complementará el sistema con la instalación de un sensor de nivel de carga en el chute o manga retráctil que permitirá que este se retraiga conforme se vaya llenando la bodega del buque. Se contempla un sistema de mantenimiento del sistema colector de polvo el cual se presenta en el Anexo 2 de la DIA. Además, previo a cada embarque, se realizará un chequeo completo de todas las instalaciones del terminal en caso de detectarse fallas en los equipos antes o durante el transporte de material, el sistema será detenido hasta que se supere la falla.
Mayores detalles se presentan en el numeral 6.3.3 de la DIA, Plano 3007-M-11 del Anexo 3 de la DIA, numeral 2 de la Sección | del Adenda N? 1 de la DIA y Figuras 3 y 4 del Adenda N” 1 de la DIA.
f) Insumos:
e Agua potable: Se obtendrá de la red del sistema particular aprobado mediante Resolución N* 2213 de 18 de Julio de 2011 de la SEREMI de Salud. Adicionalmente se dispondrá de bidones de agua potable, los que serán provistos por empresas autorizadas. -
e Electricidad: Provendrá de la red eléctrica interna y de 2 grupos electrógenos con capacidad de 400 kVA, para el consumo de máquinas y equipos de construcción y montaje. Un grupo electrógeno se ubicará en el cabezo del muelle y el otro en tierra.
- Combustible: Se requerirá 300 l/día para abastecer a las maquinarias y equipos, el cual será suministrado por un proveedor autorizado.
9) Equipos y maquinarias: Los principales equipos y maquinarias que se utilizarán durante las obras de ampliación del muelle se presentan en el numeral 8 de la DIA.
h) Desarme y retiro de las instalaciones temporales: Se realizará el desmantelamiento de las instalaciones de faena, realizando una limpieza general y exhaustiva de todas las áreas de trabajo, con la adecuada segregación de residuos y traslado a sitios de disposición final autorizados.
REGIÓN DE ANTOFAGASTA
5/12
Servicio de Evaluación Ambiental
3.1.4.2. Etapa de Operación
Durante la etapa de operación se realizarán las siguientes actividades:
a) Descarga de productos: La operación de descarga se realizará en el Sitio N*1 existente y considera las siguientes actividades:
a.1) Descarga en Sitio N* 1: la descarga de las naves utilizará el mismo equipamiento y procedimientos existentes. Sólo se considera la incorporación de un sistema de captación y recuperación de polvo en las tolvas para la ceniza de soda y la incorporación de un sistema de lavado de correas con el fin de evitar la contaminación cruzada de los graneles y la modificación de la TT1 mediante un chute bifurcador permitiendo derivar los nuevos productos a las distintas zonas de almacenamiento. Mayores detalles se presentan en el numeral 7.2.1.1 de la DIA.
a.2) Recepción de graneles: El concentrado de cobre será recepcionado en el edificio de descarga de trenes por medio de palas mecánicas, que dispondrán el granel en las correas transportadoras para finalmente ingresar a la bodega de almacenamiento de concentrado de cobre. Mayores detalles se presentan en el numeral 7.2.1.2 de la DIA y numeral 9, punto 7 de la Sección | del Adenda N? 1 de la DIA.
a.3) Embarque por Sitio N 2: Se extraerá el concentrado de cobre desde la bodega de almacenamiento mediante correas del tipo convencional, hasta la TT5. Desde la TT5, el concentrado se transferirá a una correa tubular hasta el sitio de embarque N 2
para transferir al cargador de buques. Mayores detalles se presentan en el numeral 7.2.1.3 de la DIA.
Los volúmenes de producto que serán manejados anualmente al interior de las instalaciones, así como las capacidades máximas de almacenamiento se presentan en la Tabla 6 de la DIA. Las tasas de transferencia serán variables según las propiedades de cada granel.
Las características del azufre, ceniza de soda y concentrado de cobre se presentan en las Tablas 4, 5 y 6 del Adenda N” 1 de la DIA, mientras que las Hojas de Seguridad de azufre y carbonato de sodio se presentan en el Anexo 7 del Adenda N? 1 de la DIA.
b) Plan de Contingencia: Se contempla actualizar el Plan de Contingencia de Graneles Sólidos ante la incorporación de nuevos graneles. Además se contempla un Plan de Respuesta para enfrentar posibles episodios de derrames o encandilamiento que pudiera afectar a la fauna. El Plan de Contingencia se presenta en el Anexo 3 del Adenda N 1 de la DIA y el numeral N? 4 de la Adenda N? 2 de la DIA.
c) Plan de Vigilancia Ambiental: el programa considerará la incorporación de 6 estaciones en torno a los sitios de transferencia N 1 y 2, la ubicación de dichas estaciones se presentan en la tabla N 1 de la Adenda N*2.
Los parámetros a evaluar, que tendrán una frecuencia de medición anual tanto en las matrices de agua y sedimento, serán los siguientes:
e Sulfuros e Cobre total e Carbonatos
Para la matriz biota, en las estaciones señaladas el parámetro a evaluar será Cobre total (Cu), lo que dependerá de la presencia de algún organismo filtrador.
La información obtenida será remitida a través de un informe anual al Servicio de Evaluación Ambiental, durante toda la vida útil del proyecto.
REGIÓN DE ANTOFAGASTA
6/12
E? Servicio E] de Evaluación
Ambiental
d) Plan de seguimiento del medio ambiente marino: El proyecto considera un Plan de Seguimiento del medio ambiente marino, necesario para el seguimiento de la condición de poblaciones de especies hidrobiológicas. La ubicación de las estaciones para la recolección de fauna se presenta en las Tablas 1 y 5, y los Anexos 2 y 4 de la Adenda N* 2 de la DIA.
Para mayores detalles, ver Capitulo Il Permisos Ambientales Sectoriales, Adenda N* 2 de la DIA.
3.1.4.3. Etapa de Cierre
El proyecto no considera etapa de abandono, sin embargo, en caso que sea necesario dar término al proyecto, se realizará el desmantelamiento total y se retirarán todas las estructuras. Mayores detalles se presentan en el numeral 9, punto 5 de la Sección | del Adenda N? 1 de la DIA.
3.2. Emisiones, descargas y residuos del proyecto 3.2.1. Emisiones a la atmósfera 3.2.1.1. Etapa de construcción
Durante la construcción se producirá emisiones de MP-10 y gases de combustión. Las emisiones se generarán producto de:
Excavaciones en frentes de trabajo.
Carga y descarga de camiones para traslado de material al interior del proyecto. Tránsito de camiones por caminos interiores no pavimentados del proyecto. Acopios transitorios de material.
Uso de maquinarias.
Las emisiones de MP-10 se estimaron en 8,6783 ton/año. Las emisiones de gases de combustión se estimaron en 0,6829 ton/año de CO; 0,233 ton/año de COV y 3,027 ton/año de NOx. Mayores detalles de cálculo de emisiones se encuentran en Anexo 5 del Adenda N” 1 de la DIA.
Para el control de las emisiones, se implementarán las siguientes medidas:
e Se restringirá la velocidad máxima de circulación a 20 km/hr para camiones que circulen en el interior de la obra.
e Se humectará las vías de circulación de camiones y maquinarias al interior de la obra 1 vez al día, con una eficiencia de 45%.
e Todo el material que se transportará será humectado previamente con el objeto de disminuir su dispersión.
e Los camiones con carga de material de excavaciones y escarpe circularán con la tolva cubierta con una lona impermeable en buenas condiciones, sujetas firmemente y cubriendo la totalidad de la carga.
3.2.1.2. Etapa de operación
Durante la etapa de operación se producirán emisiones de material particulado producto de la transferencia de material.
Se incorporarán sistemas de captación de polvo en las tolvas ubicados en la plataforma principal y en los traspasos de material, para ello se utilizarán campanas de extracción para controlar el material particulado, capturando el aire en cada tolva de recepción y traspasos. Estas campanas de extracción serán conectadas a un sistema de ductos,
REGIÓN DE ANTOFAGASTA
7112
Servicio de Evaluación
Ambiental
pasando por filtros de mangas y posteriormente recolectando el material depositado en la manga, el cual será devuelto al stockpile o acopio de minerales.
Las torres de transferencia, estarán equipadas con chutes cerrados para evitar las emisiones de polvo. Se instalarán campanas de succión en los chutes de descarga y cerca de las áreas de carga a la correa. Además, se instalará un filtro de mangas autolimpiante. El polvo recolectado será devuelto a la correa transportadora. La eficiencia mínima de los filtros mangas será de 80%.
La concentración de salida en los filtros de mangas será de 50 mg/m?, según lo informado en numeral N* 13 de la Adenda N” 1 de la DIA, para verificar que la concentración de salida sea igual o inferior al valor señalado, se realizará la medición de emisiones de material particulado (isocinético), utilizando metodología CH-5, autorizada por el Ministerio de Salud en la Resolución Exenta 1349/97 de dicho Ministerio, con una frecuencia anual durante toda la vida útil del proyecto. Para mayores detalles, ver numeral N? 2 de la Adenda N? 2 de la DIA.
Los resultados de dichas mediciones deberán ser informados al Servicio de Evaluación Ambiental con una frecuencia anual.
3.2.2. Emisión de ruido 3.2.2.1. Etapa de construcción
Durante la etapa de construcción se generarán emisiones de ruido producto del funcionamiento de equipos y maquinarias, además se consideraron 4 frentes de trabajo simultáneos y el uso del martinete. Los resultados de la evaluación acústica durante la etapa de construcción se presentan en la Tabla 14 de la DIA. Mayores antecedentes se presentan en el Anexo 6 de la DIA.
3.2.2.2. Etapa de operación
Durante la etapa de operación, se generarán emisiones producto de la utilización de cargadores, camiones tolva y correas transportadoras. Los resultados de la evaluación acústica durante la etapa de operación se presentan en las Tablas 15 y 16 de la DIA. Mayores antecedentes se presentan en el Anexo 6 de la DIA.
3.2.3. Residuos Líquidos
3.2.3.1. Etapa de construcción
Durante la etapa de construcción se generarán aguas servidas. Para el desarrollo de estas actividades, se contará con baños químicos. El efluente será retirado periódicamente por una empresa autorizada.
3.2.3.2. Etapa de operación
Durante la etapa de operación se generarán aguas servidas, para lo cual se utilizará las instalaciones sanitarias existentes. Mediante Resolución Exenta N* 2212/2011 de la SEREMI de Salud fue autorizado el funcionamiento de un sistema particular de disposición final de aguas servidas de propiedad del Complejo Portuario de Mejillones. 3.2.4. Residuos Sólidos
3.2.4.1. Etapa de construcción
Durante la etapa de construcción se generarán los siguientes residuos:
REGIÓN DE ANTOFAGASTA
8/12
Servicio de Evaluación Ambiental
2%
Tabla N%1. Generación de residuos sólidos en etapa de construcción.
Tipo de residuo Características Cantidad Forma de manejo generada Residuos Restos de | 10 m/mes Serán recolectados y domésticos alimentos, botellas dispuestos en receptáculos plásticas, papeles, con tapa e identificados con etc. la leyenda “Residuo Doméstico”. El retiro, transporte y disposición final lo realizará una empresa autorizada. Residuos no | Restos de metales | 5 m“/mes Serán dispuestos peligrosos de estructuras, temporalmente en un área escombros. habilitada y en contenedores con la leyenda “Residuo Industrial”, para luego ser dispuestos en un sitio autorizado. Residuos Grasas y aceites | 3,5 m“/mes Serán depositados en peligrosos usados, paños, contenedores con tapa y guaipe, tierra y leyenda “Residuo aserrín Peligroso”. Se almacenarán impregnados con temporalmente en una hidrocarburos, bodega autorizada pinturas [o] mediante Resolución solventes, Exenta N* 1854/2011 de la
envases de aceite, pintura, aerosoles, etc.
SEREMI de Salud. Su disposición final se realizará a través de una empresa autorizada.
3.2.4.2. Etapa de operación
Durante la etapa de operación se generarán los siguientes residuos:
Tabla N“2. Generación de residuos sólidos en etapa de operación.
Tipo de residuo
Características
Cantidad generada
Forma de manejo
Residuos domésticos.
Restos de alimentos, plásticos, papeles y cartones, etc.
8 m/mes
Serán recolectados y dispuestos en receptáculos con tapa e identificados con la leyenda “Residuo Doméstico”. El retiro, transporte y disposición final lo realizará una empresa autorizada
Residuo no peligrosos
Residuos generados por labores de mantenimiento de las instalaciones
1 m/mes
Serán dispuestos temporalmente en un área habilitada y en contenedores con la leyenda “Residuo Industrial”, para luego ser dispuestos en un sitio autorizado.
REGIÓN DE ANTOFAGASTA
9/12
, Servicio de Evaluación Ambiental
Residuos Restos de grasas, | Las cantidades | Serán depositados en
peligrosos aceites Usados, | estimadas se | contenedores con tapa y envases de pinturas | presentan en | leyenda “Residuo y solventes, paños y | la Tabla 19 de | Peligroso”. Se guaipes la DIA. almacenarán contaminados, filtros temporalmente en una de mangas usados, bodega autorizada etc. mediante Resolución
Exenta N* 1854/2011 de la SEREMI de Salud. Su disposición final se realizará a través de una empresa autorizada.
Lodos de planta de | 0,5 m/año El retiro será realizado filtrado por una empresa autorizada hacia un sitio de disposición final autorizado, estimándose una periodicidad anual para esta actividad.
-
Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Modificación RCA N* 76/08 Muelle Mecanizado de Desembarque de Graneles Sólidos” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable.
-
Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Modificación RCA N 76/08 Muelle Mecanizado de Desembarque de Graneles Sólidos” requiere el Permiso Ambiental Sectorial contemplado en los artículo N 85 del Decreto Supremo N* 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, informado favorablemente por la Subsecretaría de Pesca, durante el proceso de evaluación.
-
Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N 19.300 y, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Modificación RCA N 76/08 Muelle Mecanizado de Desembarque de Graneles Sólidos” no generará ni presentará ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes cuando éstos lo soliciten, y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
-
Que, para que el proyecto “Modificación RCA N* 76/08 Muelle Mecanizado de Desembarque de Graneles Sólidos” pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
-
Que, el titular del proyecto deberá informar, inmediatamente, a la Comisión de
Evaluación de la Región de Antofagasta y al organismo coordinador de la fiscalización que corresponda, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración
REGIÓN DE ANTOFAGASTA
10/12
y Servicio d de Evaluación
+eERS> Ambiental
de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito, a la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de los cambios de titularidad y/o representación legal, así como los cambios de domicilio.
-
Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del titular del proyecto y deberán ser implementadas por éste, directamente o a través de un tercero.
-
Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.
RESUELVE:
-
CALIFICAR AMBIENTALMENTE FAVORABLE el proyecto “Modificación RCA N* 76/08 Muelle Mecanizado de Desembarque de Graneles Sólidos”, presentado por Complejo Portuario Mejillones S.A.
-
DECLARAR que, para que el proyecto pueda ejecutarse, el titular deberá dar cabal cumplimiento a todas las medidas y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución, así como también a cada una de las exigencias y obligaciones ambientales contempladas en su DIA, en sus Adenda, y en el Informe Consolidado de Evaluación, documentos que forman parte integrante de la presente Resolución. Dichas exigencias ambientales deberán ser ingresadas por el titular al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente (www.compromisos-ambientales.cl), en un plazo no superior a seis meses contados desde la fecha de notificación de la Resolución de Calificación Ambiental; de la notificación de la resolución que resuelve la reclamación administrativa o, en su caso, desde que quede firme y ejecutoriada la sentencia judicial, según corresponda.
-
CERTIFICAR, que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables y que el proyecto “Modificación RCA N 76/08 Muelle Mecanizado de Desembarque de Graneles Sólidos” cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en el Permiso Ambiental Sectorial contemplado en los artículos N 95 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y que no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300.
REGIÓN DE ANTOFAGASTA
14/12
Servicio de Evaluación Ambiental
Anótese, Notifíquese a
Región de Atolagasta.
Director Regiona Secretario Jlisión de Evaluación Ambiental Región de Antofagasta.
có€ 1 CA Distribución*
Proponente.
Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental. Expediente proyecto.
Archivo Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta.
1 RRD/pfd
REGIÓN DE ANTOFAGASTA
12/12