PROSPECCION MINERA CACHIYUYO
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN III REGIÓN DE ATACAMA Califica Ambientalmente el proyecto "PROSPECCION MINERA CACHIYUYO" Resolución Exenta Nº 35 Copiapó, 13 de Febrero de 2012 VISTOS: 1. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "PROSPECCION MINERA CACHIYUYO", presentada por el Señor DOUGAL MACDONALD MACEACHERN, en representación de SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA ROCK EXPLORATION, con fecha 29 de Agosto de 2011. 2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos: 2.1. Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental. Declaración
de
impacto
ambiental
(DIA)
S/N Por SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA ROCK EXPLORATION, con fecha 29/08/2011 Test
de
admisión
S/N Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 06/09/2011 Oficio
solicitud
de
evaluación
DIA
Nº430 Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 07/09/2011 Solicitud
especial
de
pronunciamiento
Nº446 Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 14/09/2011 Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la DIA (ICSARA)
Nº266 Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 12/10/2011 Adenda
S/N Por SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA ROCK EXPLORATION, con fecha 29/11/2011 Solicitud
de
evaluación
de
adenda
Nº585 Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 29/11/2011 Adenda
S/N Por SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA ROCK EXPLORATION, con fecha 20/01/2012 Solicitud
de
evaluación
de
adenda
Nº044 Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 23/01/2012 Resolución
de
ampliación
de
plazo
Nº025 Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 27/01/2012 2.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto. Oficio Nº12.600/130 sobre la DIA, por Gobernación Marítima de Caldera, con fecha 20/09/2011; Oficio Nº648 sobre la DIA, por DGA,Región de Atacama, con fecha 23/09/2011; Oficio Nº033 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región de Atacama, con fecha 26/09/2011; Oficio Nº661 sobre la DIA, por SEREMI SERPLAC, Región de Atacama, con fecha 27/09/2011; Oficio Nº556 sobre la DIA, por SEREMI Minería, Región de Atacama, con fecha 28/09/2011; Oficio Nº100-EA/2011 sobre la DIA, por CONAF, Región de Atacama, con fecha 28/09/2011; Oficio Nº280 sobre la DIA, por SERNATUR, Región de Atacama, con fecha 29/09/2011; Oficio Nº3737 sobre la DIA, por SERNAGEOMIN, Región de Atacama, con fecha 29/09/2011; Oficio Nº800 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 29/09/2011; Oficio Nº751 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 29/09/2011; Oficio Nº810 sobre la DIA, por SAG, Región de Atacama, con fecha 29/09/2011; Oficio Nº586 sobre la DIA, por SEREMI MEDIO AMBIENTE, con fecha 29/09/2011; Oficio Nº5388 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 30/09/2011; Oficio Nº1770 sobre la DIA, por SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 03/10/2011; Oficio Nº470 sobre la DIA, por SEREMI Agricultura, Región de Atacama, con fecha 05/10/2011; Oficio Nº928 sobre la DIA, por SEREMI Minvu, Región de Atacama, con fecha 05/10/2011; Oficio Nº2038/2011 sobre la DIA, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 11/10/2011; Oficio Nº6460 sobre la Adenda 1, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 01/12/2011; Oficio Nº1421 sobre la Adenda 1, por Gobierno Regional, Región de Atacama, con fecha 02/12/2011; Oficio Nº390 sobre la Adenda 1, por SERNATUR, Región de Atacama, con fecha 14/12/2011; Oficio Nº983 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 14/12/2011; Oficio Nº132-EA/2011 sobre la Adenda 1, por CONAF, Región de Atacama, con fecha 14/12/2011; Oficio Nº5531 sobre la Adenda 1, por SERNAGEOMIN, Región de Atacama, con fecha 14/12/2011; Oficio Nº844 sobre la Adenda 1, por SEREMI SERPLAC, Región de Atacama, con fecha 14/12/2011; Oficio Nº796 sobre la Adenda 1, por SEREMI MEDIO AMBIENTE, con fecha 14/12/2011; Oficio Nº585 sobre la Adenda 1, por SEREMI Agricultura, Región de Atacama, con fecha 15/12/2011; Oficio Nº2215 sobre la Adenda 1, por SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 16/12/2011; Oficio Nº2627/2011 sobre la Adenda 1, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 23/12/2011; Oficio Nº70 sobre la Adenda 2, por SEREMI MEDIO AMBIENTE, con fecha 31/01/2012; Oficio Nº073 sobre la Adenda 2, por SEREMI SERPLAC, Región de Atacama, con fecha 02/02/2012; Oficio Nº200/2012 sobre la Adenda 2, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 03/02/2012; 2.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor. En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto 'PROSPECCION MINERA CACHIYUYO', han sido invitados a participar, coordinados por la Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental: CONADI, Región de Atacama CONAF, Región de Atacama DGA, Región de Atacama DOH, Región de Atacama Gobernación Marítima de Caldera Gobierno Regional, Región de Atacama Ilustre Municipalidad de Freirina SAG, Región de Atacama SEC, Región de Atacama SEREMI Agricultura, Región de Atacama SEREMI Bienes Nacionales, Región de Atacama SEREMI MEDIO AMBIENTE SEREMI MOP, Región de Atacama SEREMI Minería, Región de Atacama SEREMI Minvu, Región de Atacama SEREMI SERPLAC, Región de Atacama SEREMI Salud, Región de Atacama SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama SEREMI de Energía, Región de Atacama SERNAGEOMIN, Región de Atacama SERNAPESCA, Región de Atacama SERNATUR, Región de Atacama Consejo de Monumentos Nacionales Superintendencia de Servicios Sanitarios Se excluyeron de participar en la evaluación del proyecto 'PROSPECCION MINERA CACHIYUYO' realizando un oficio de no participación en la evaluación, los siguientes servicios: Oficio
no
participación
en
la
evaluación
Nº1430 Por SEREMI de Energía, Región de Atacama, con fecha 21/09/2011 Oficio
no
participación
en
la
evaluación
Nº500145311 Por SERNAPESCA, Región de Atacama, con fecha 04/10/2011 3. El Acta de Evaluación N° 12/2012, del Comité Técnico de la III Región de Atacama, de fecha 03/02/2012. 4. La Sesión de la Comisión de Evaluación de la III Región de Atacama, de fecha 13/02/2012. 5. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "PROSPECCION MINERA CACHIYUYO". 6. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2º del D.S. N°95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución Nº 55/92, ambas de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto. CONSIDERANDO: 1. Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "PROSPECCION MINERA CACHIYUYO". 2. Que, el derecho de SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA ROCK EXPLORATION a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado. 3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "PROSPECCION MINERA CACHIYUYO" consiste en: 3.1 Descripción del proyecto 3.1.1 Objetivo General del Proyecto La prospección tiene como objetivo, minimizar las incertidumbres geológicas asociadas a las concentraciones de sustancias minerales presentes en el área. Para lo anterior, el proyecto contempla la ejecución de 3 pozos de sondajes del tipo aire reverso. El programa de sondajes tiene contemplado ejecutar sus acciones en un período de 30 días aproximadamente. El proyecto no contempla el manejo ni almacenamiento de sustancias peligrosas en ninguna de sus fases. 3.1.2 Etapa de construcción El proyecto considera sólo la actividad de instalación de faenas como parte de la etapa de construcción, la cual tendrá una duración de tres días. El área en exploración minera y los sectores de intervención directa, presentan a la fecha sondajes efectuados por otras compañías que han prospectado el área. El área se presenta fuertemente intervenida por actividades mineras en operación. El área presenta caminos de intercomunicación con todas las quebradas y llanos del sector. Para prospectar los sectores sometidos a evaluación, se utilizarán los caminos y plataformas pre-existentes. El proyecto no considera habilitación de campamento. El alojamiento y la pensión completa serán prestados al proyecto por Hotel Restaurant ubicado en la cercanía del proyecto, en la Ruta 5. 3.1.3 Etapa de Operación El sondaje es una acción de carácter invasivo, que en un prospecto minero, tiene por finalidad reducir la incertidumbre económica de un supuesto depósito mineral. Se estiman efectuar 3 pozos de sondaje, del tipo aire reverso, de 400 m de profundidad promedio cada uno. Lo que da un total de 1.200 m de sondaje. Los sondajes se realizarán con sólo una máquina de sondaje de manera que la perforación de los pozos será de uno en uno. El área de impacto de los sondajes o perforaciones estará limitada a las plataformas de sondaje, estas tendrán una superficie aproximada de 16 m por 16 m. En los pozos tendremos perforaciones con un diámetro de unos 20 cm. Se pretende minimizar el área de impacto suscribiéndolo sólo a las plataformas de sondaje pre existentes. El programa de sondaje contempla los siguientes equipos; • Perforadora Schramm T685 DHH modelo 1999, para perforar a través del sistema “Reverse
Circulation
Hammer
Drilling”. • Un camión de transporte de barras de 6 metros de largo y 4,5” de diámetro. • Un camión con estanque para transporte y almacenamiento de combustible diesel (con una capacidad de 5 m3 o 5.000 litros). El Titular indicó que, durante todas las etapas del proyecto, pero especialmente en la de operación, se darán instrucciones respecto de no botar basuras, ni desperdicios en el área (envases, papeles, plásticos, etc.). Se dispondrán contenedores de basura plástico con tapas. En el momento de abandono al concluirse las actividades de exploración, se procederá a la desmovilización de equipos y personal, a fin de dejar el área de trabajo en las condiciones más cercanas al estado en que ésta se encontraba al inicio de las actividades de exploración. 3.1.4 Etapa de Cierre Al término de la ejecución de sondajes de aire reverso, los desechos de cuttings serán mezclados con material de la superficie y serán esparcidos con el objeto de nivelar el área de la plataforma de sondajes. Se retirarán todos los desechos plásticos, maderas, desechos de la perforación, y cualquier elemento extraño en general. Se removerán los sectores contaminados con aceites. La plataforma de sondajes como los accesos a ella serán limpiados y preservados con el objeto de permitir perforaciones adicionales, si el desarrollo del proyecto lo exigiera. El Titular indicó que restituirá, en lo posible, las condiciones iniciales de la cubierta (suelo) y topografía del área de intervención directa. Para ello se taparán las zanjas, hoyos y perforaciones realizadas cuando se abandone el área. 3.2 Principales Aspectos de la Evaluación 3.2.1 Medio Ambiente Humano El Titular presentó en Adenda N° 1, en Anexos plano (Datum WGS 84 y coordenadas UTM huso 19 S), el acceso al proyecto y sondajes, indicando que los lugares de pastoreo están a más de 2 Km del área de influencia del proyecto. El proyecto utilizará 2 camiones donde van montados los equipos de perforación, que entrarán una sola vez y saldrán del área cuando terminen los sondaje. Se utilizarán dos camionetas para el traslado de los geólogos y personal de perforación, entrarán y saldrán del área 2 veces al día. La ruta de acceso está indicada en plano georrefereciado de anexos. En Adenda N° 2, el Titular indicó que el pastoreo de cabras está asociado, a la presencia de corrales que se avistaron, a unos 2000 metros de distancia, en dirección sur‐ poniente, quebrada abajo. (Plano Anexo N° 1 del mencionado Adenda). El tránsito de animales está orientado en dirección sur, hacia la Quebrada los Choros. No fue posible identificar cabras u otros animales domesticados y si los corrales estaban siendo usados o no. En las visitas de prospección al área del proyecto, no se avistaron cabras ni otros animales domésticos. El área está fuertemente intervenida por pequeña y mediana minería, en operaciones, de manera que el pastoreo ya fue desplazado del sector. Por lo tanto el proyecto Cachiyuyo, no afectará el pastoreo, además, que el acceso al proyecto, está en el sentido contrario a los corrales avistados. 3.2.2 Flora El Titular indicó que implementará las siguientes acciones a fin de no producir impactos significativos: •
No
dañar,
ni
intervenir
la
flora
y
fauna
existente. •
No
introducir
fauna
doméstica. • Se dará instrucciones al personal y contratistas respecto del compromiso ambiental del Titular. En en el siguiente listado se detallan las especies de flora que se observaron en el área de intervención, donde se han proyectado los puntos de sondaje, considerando además los caminos de acceso al lugar. • Gutierrezia resinosa (Hook et Arn.) S.F.Blake. Pichanilla. • Flourensia thurifera (Molina) DC. Maravilla del Campo, Incienso • Heliotropium stenophyllum Hook. et Arn. Palito negro • Eriosyce aurata (Pffeif.) Backeb. Sandillón • Cumulopuntia sphaerica (C.F. Först.) E.F. Anderson Gatito, Perrito • Echinopsis chiloensis (Colla) Friedrich et G.D.Rowley Quisco • Eriosyce crispa (F. Ritter) Don. et Rowl. - Caesalpinia angulata (Hook & Arn.) Baill. Retamilla • Krameria cistoidea Hook et Arn. Pacul • Tristerix aphyllus (Miers ex DC.)Tiegh. Ex Barlow et Wiens. Quintral del Quisco • Oxalis gigantea Barnéoud. Churco El área de intervención del Proyecto, se observa muy intervenida por actividades mineras actuales y pasadas. Sin embargo, a pesar de esta situación, el Titular demostró durante el proceso de evaluación el lugar posee una vegetación con un alto porcentaje de endemismo, y las especies se encuentran bien representadas. Los resultados respecto a la flora del lugar de estudio, reflejan que existe un alto índice de endemismo en el área de intervención. Sin embargo, sólo 2 especies se encuentran con categoría Vulnerable, E. aurata (297.266 E, 6.757.311 N; 297.332 E, 6.757.350 N) y E. crispa (sin georreferencia). En Adenda N° 1 el Titular indicó que en los puntos de ubicación de las 3 plataformas de sondajes, el informe de Biodiversidad no identificó la presencia de las especies Flourensia thurifera y Oxalis gigantea, de manera que no está contemplado la corta o eliminación de individuos de esta especie. Tampoco se encuentran en este sector las especies Eriosyce aurata y Eriosyce crispa, en los puntos de sondajes, de manera que no serán afectadas por las labores. La ubicación de estas últimas especies es mayor a 400 metros de las plataformas de sondaje. Respecto a las especies de flora del género Eriosyce sp., cabe mencionar que éstas no se encuentran próximas a los puntos donde se han propuesto los sondajes, por lo tanto no debiera ser un riesgo para estos ejemplares. El Titular indicó que estos ejemplares, serán marcados, con el fin de que pueda ser distinguido por los trabajadores al comenzar las faenas de sondaje. Mediante Ord N° 070 del 31 de enero del 2012, la SEREMI de Medio Ambiente indicó lo siguiente: “Revisada la información del proceso de evaluación se observa que el titular ha entregado estados de conservación de las especies que difieren entre la presentación del proyecto y lo que se contiene en la Adenda 2. Como ya se señaló, el estado de conservación oficial de las especies de flora y vegetación depende de la aplicación del orden de prelación establecido en el Memorando N°387/2008 y de que la especie en cuestión haya sido o no clasificada en alguno de los instrumentos, lo que se considera válido para efectos del SEIA, debiendo asociar las medidas que corresponda en caso de que estas sean afectadas. Dado el marco señalado, el titular deberá asumir para su proyecto la siguiente clasificación: Eriosyce aurata, Vulnerable (Bol. 47); Cumulopuntia sphaerica, Fuera de Peligro (Bol. 47), Echinopsis chiloensis, Fuera de Peligro (Bol.47); Eriosyce crispa, Vulnerable, Endémica de Atacama (Bol.47) y Krameria cistoidea, Fuera de Peligro (RCE). Por lo tanto, en el caso de que alguna de las actividades desarrolladas por el proyecto afecte a una de las especies señaladas en el párrafo anterior, el titular deberá proceder con el rescate y relocalización. Además, previo a la intervención, el titular deberá realizar un microrruteo y elaborar un informe que deberá remitir con copia a la SEREMI de Medio Ambiente. 3.2.3 Fauna Se observó la presencia de un ejemplar de fauna, además de algunas huellas y fecas en el lugar de emplazamiento del proyecto de prospección. La especie que se identificó es el Guanaco, cuyo nombre científico es Lama guanicoe. Esta especie está catalogada “en Peligro”, para la zona norte. Se debe considerar la presencia de guanacos en el sector, que a pesar del grado de intervención del sector y de presentar un Índice de Riesgo de casi un 50%, aún se encuentran en el lugar, por lo tanto, las actividades mineras no representan una situación de riesgo o amenaza para estos animales, siempre y cuando se comunique a los trabajadores no interferir, en caso de observar algún ejemplar. El Titular indicó en Adenda N°1 que, una vez finalizados los sondajes las perforaciones serán selladas inmediatamente terminada la actividad. La forma de taponamiento de los pozos de sondajes una vez finalizado el proyecto, será mediante un tapón de hormigón, según se muestra en figura de respuesta I.8 de Adenda N° 1. Esto es, poner dentro del sondaje un tapón de madera a una profundidad estimada de un metro, para luego inyectarle una mezcla de hormigón de manera que ninguna especie caiga dentro de la perforación. 3.2.4 Riesgos Según lo indicado en Adenda N°1, los trabajos asociados a los 3 sondajes, se realizan en superficie, en una zona de llanos que recorren los cordones del cerro Cachiyuyo. Los puntos donde se ubican las plataformas de sondajes, son áreas planas o de pendientes mínimas, no hay riesgo de derrumbe o desprendimiento de taludes, ni caída de rodados en altura. Por lo tanto, el riesgo geológico es mínimo. Lo anteriormente expuesto se observa en foto de Google Earth georeferenciada de anexos de Adenda N°1. 3.2.5 Emisiones a la Atmósfera Dentro de las características que tiene un sondaje aire reverso está la de contar con dispositivos que captan el polvo, toda vez que éste, constituye la muestra de interés para los análisis. La perforación por aire reverso genera alrededor de 30Kg. de roca astillada, los que se reducen a una muestra de aproximadamente 3Kg., y el material de rechazo se conserva en bolsas, para la posterior validación y rechequeo de las muestras. Por lo anterior, el material particulado corresponderá a polvo fugitivo que, por su naturaleza y cantidad, no constituye un emisor contaminante que ponga en riesgo o afecte gravemente las condiciones ambientales del área. En caso que el resultado de los análisis recomienden abandonar el área en estudio, los rechazos serán devueltos al área de sondaje y enterrados dentro de la zona sin elementos ajeno a su naturaleza (bolsas de plásticos, maderas, etc.). Durante la etapa de instalación, las emisiones de MP serán mínimas y de carácter temporal, generadas por el rozamiento del terreno sobre el que se instalarán las máquinas de sondaje. En la etapa de operación, se producirán emisiones de material particulado producto de las siguientes
actividades: •
Polvo
fugitivo
de
la
acción
de
perforar
la
roca. •
Manejo
de
testigos
y
muestras. •
Motores
de
combustión
diesel. Al respecto, se debe considerar que dentro de las características que tiene el sondaje por aire reverso; la máquina cuenta con un dispositivo que captura el polvo, toda vez que éste material, constituye la muestra de interés para los análisis geológicos. Con respecto a las emisiones gaseosas provenientes del tubo de escape de los camiones base perforadora, éstas son consideradas mínimas dado que se trata de dos vehículos y no provocarán efectos adversos significativos sobre el medio ambiente. Al respecto, debe considerarse que en la zona no existen centros poblados cercanos, los más próximos se ubican a 4 kilómetros. Tampoco existen en las inmediaciones zonas con recursos naturales renovables que pudieran verse afectadas. Debido a esto, no se provocarán efectos ambientales negativos producto de estas emisiones en el entorno de la plataforma. El Titular aclaró en Adenda N° 1 que no considera aplicar humectación de caminos, toda vez que el proyecto no conlleva tránsito de camiones u otros vehículos, en frecuencia y cantidad, que se constituyan en fuente de emisión de contaminantes atmosféricos. El camión de sondaje ingresará un día, y saldrá el día en que los sondajes terminen. El geólogo supervisor utilizará una camioneta para movilizar el personal, 2 veces al día. A mayor abundamiento la humectación la realiza alguna de las minas que se encuentra adyacente al proyecto. Con todo, se instruirá al personal y constará en el contrato de trabajo, la prohibición de circular a exceso de velocidad, botar desperdicios durante el trayecto y tomar todas las precauciones de seguridad en la conducción de vehículos. 3.2.6 Residuos 3.2.6.1 Residuos Domésticos El Titular indicó en Adenda N°1 que los residuos domésticos serán almacenados dentro de bolsas plásticas y colocadas dentro de tambores plásticos con tapa. Se estima una frecuencia de retiro 1 vez a la semana. La tasa de generación de residuos sólidos domésticos será de aproximadamente 6 Kg. /día. Por lo tanto, a la semana serán 42 Kilos y durante la campaña de 3 semanas, 126 Kg. (V=50 Lt). Los residuos serán dispuestos en contenedores de basura municipales, que se ubican en la vía pública, del poblado de Incahuasi. El Titular indicó que los residuos corresponderán a papeles, envoltorios, envases desechables y restos de alimentos preparados, los cuales se dispondrán en tambores tapados y debidamente identificados con carteles que indiquen el tipo de residuo que contienen; es decir, plásticos, papeles, latas, u otra clasificación. Estos serán sacados y dispuestos en forma temporal en tambores. El Titular indicó en Adenda N° 1 que llevará un registro de retiro, por parte de una empresa autorizada, de residuos líquidos generados por la limpieza de los baños químicos. Respecto de las Aguas Residuales domésticas, la empresa contempla la utilización de baños químicos los que son trasladados periódicamente del Proyecto y tratados. El aseo personal y estadía pensión completa en Posada Restaurante Las Vegas, km 565, Ruta 5 Norte. 3.2.6.2 Residuos Sólidos Industriales El Titular indicó que su proyecto no generará residuos industriales no peligrosos, dado que éste es, en lo principal, suelo y roca existente en el área. 3.2.6.3 Residuos peligrosos El Titular aclaró en Adenda N° 1 que el proyecto no contempla la generación o almacenamiento de residuos peligrosos. En el evento de que así fuera, el manejo de estos residuos se gestionará, con empresas transportistas y de disposición final autorizadas para tal efecto, en el caso de ser así, se realizará declaración como generador de residuos peligrosos en sidrep electrónico en la página http://sidrep.minsal.gov.cl Para la campaña de sondaje, 1 mes, No se estiman recambios de lubricantes. Si por alguna circunstancia extraordinaria, hubiera que hacer recambio de aceites y/o lubricantes, a las camionetas y/o máquina de sondaje, se realizarán en talleres de localidades cercanas, los que deberán encontrarse debidamente autorizadas en el manejo de residuos y condiciones laborales. Los residuos líquidos se almacenarán en bidones plásticos con tapa y sello de teflón de 10 litros cada uno. Los residuos sólidos, se almacenarán en un recipiente plástico (50 lts) con tapa. Los bidones y recipientes con estos residuos (sólidos y líquidos) se almacenarán temporalmente en un área destinada para tales efectos. Durante el manejo de los residuos peligrosos se tomarán todas las precauciones necesarias para prevenir su inflamación o reacción, entre ellas su separación y protección frente a cualquier fuente de riesgo capaz de provocar tales efectos. Además, durante las diferentes etapas del manejo de tales residuos, se tomarán todas las medidas necesarias para evitar derrames, descargas o emanaciones de sustancias peligrosas al medio ambiente. Los contenedores de residuos peligrosos cumplirán con los siguientes requisitos: a) tendrán un espesor adecuado y estarán construidos con materiales que sean resistentes al residuo
almacenado
y
a
prueba
de
filtraciones. b) Estarán diseñados para ser capaces de resistir los esfuerzos producidos durante su manipulación, así como durante la carga y descarga y el traslado de los residuos, garantizando
en
todo
momento
que
no
serán
derramados. c) Estarán en todo momento en buenas condiciones, se reemplazarán aquellos contenedores que
muestren
deterioro
en
su
capacidad
de
contención. d) Estarán rotulados indicando, en forma claramente visible, las características de peligrosidad del residuo contenido de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 93, el proceso en que se origina el residuo, el código de identificación y la fecha de su ubicación en
el
sitio
de
almacenamiento. Los contenedores sólo serán movidos manualmente si su peso total, incluido el contenido, no excede de 30 kilos. Si el peso fuere superior, se moverá con equipamiento mecánico. Sólo se reutilizarán contenedores cuando no se trata de residuos incompatibles, a menos que hayan sido previamente descontaminados. El área de almacenamiento temporal para los bidones y recipientes, que contienen los residuos, tendrá las siguientes características: a) Tendrá una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos. b) Contará con un cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso
de
personas
y
animales. c) Estará techado y protegido de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y
radiación
solar. d) Garantizará que se minimizará la volatilidad, el arrastre y la lixivización y en general cualquier otro mecanismo de contaminación del medio ambiente que pueda afectar a la población. e) Tendrá una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. f) Contará con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 93. Todos los aceites y fluidos hidráulicos serán retirados del frente de trabajo en recipientes sellados y enviados a Vallenar para su disposición final, en los lugares establecidos y autorizados por la autoridad sanitaria, para la recepción y neutralización de este tipo de líquidos residuales. El despacho de estos recipientes se registrará en guías foliadas, con indicación del tipo de lubricante y cantidad. La guía indicará identificación del transportista y firma de recepción en lugar autorizado por la autoridad sanitaria. 3.2.6.4 RILES Aguas residuales, como parte del proceso de perforación, son inexistentes, ya que los sondajes serán realizados mediante el método de aire reverso, que es un sondaje en seco, con la utilización de martillo y tricono para realizar la perforación hasta una profundidad máxima de 400 metros Con este método se obtendrá una muestra de polvo, con un peso promedio de 40 kilos por metro perforado. La muestra, roca molida, asciende por un tubo interior a presión, sin contaminarse con las paredes, hasta la superficie. Las muestras son recepcionadas en un ciclón o depósito, de donde son traspasadas a un cuarteador y luego puestas en bolsas plásticas donde son etiquetadas y selladas. Dependiendo de la dureza del sustrato interceptado por la perforación, podría eventualmente, utilizarse agua para inyectar en el sondaje, como refrigerante y/o lubricante pero en muy baja cantidad, 3m3 durante un turno de 24 horas. Esta agua se pierde en la perforación, por evaporación. El agua se le agrega a veces, dependiendo de la dureza de la roca, aditivos de carácter natural, no tóxicos, tales como arcillas o baritina. El sondaje del tipo aire reverso es esencialmente un sondaje seco. En el caso de que se utilice agua, las mezclas acuosas y lodos que se generan en la operación de sondaje o perforación de roca, serán capturados en piletas con mantas de geomembranas del tipo HDP y encerrados a fin de evitar su escurrimiento. El contratista de los sondajes usará aditivos y acondicionadores de acuerdo a los requerimientos del suelo y del tipo de roca a perforar. Se utilizarán G-Stop u otros aditivos sintéticos en la perforación. A fin de controlar efectos de erosión por escurrimiento de líquidos, está contemplado construir piletas o pozas de contención de terreno que recibirán y almacenarán líquidos y lodos generados por las acciones del sondaje. Desde estas pozas adyacentes a la plataforma de sondaje, los líquidos serán reinsertados en los pozos y/o decantarán (evaporación), incorporándose al terreno, sin causar erosión ni contaminación 3.2.7 Patrimonio Cultural El área a prospectar es un sector de aproximadamente 6 há (Fig.1 del Anexo N° 1 de la DIA) en el que se observan las tres plataformas ya construidas donde se realizarán los sondajes con el método de “aire reverso”. Estas plataformas están separadas por algunos metros en un rango de unos 70 a 120m entre cada una. Ellas están comunicadas entre sí por un camino que a su vez empalma con el camino de acceso que se desprende de la carretera 5 Norte. (Fig.2 y 3 del Anexo N° 1 de la DIA). Se determinó como área de influencia directa las plataformas (ya construidas) en que se realizarán los sondajes y los caminos existentes, se consideró como área de influencia indirecta 10 m perimetrales de los sectores de las plataformas ya construidas, además de los caminos de acceso a estas plataformas. El área que rodea las plataformas de sondaje está dominada por lomajes de poca y mediana pendiente, junto a cerros de alta pendiente como el Cordón de Cachiyuyo y el Cerro Cachiyuyo (1433m) con algunas quebradas secas y abundantes afloramientos rocosos de diferentes magnitudes y algunos cortes (fig.5 y 6 del Anexo N° 1 de la DIA). Las intervenciones que pueden alterar la evidencia arqueológica, pueden ser físicas, en forma de rocas fragmentadas y cantos sueltos de diferentes tamaños, los que están presentes en forma regular y muy abundante en toda el área (fig.4 del Anexo N° 1 de la DIA), esto debido, al continuo proceso de erosión que se está llevando a cabo en la región del Norte Semiárido, esta característica impide una buena visibilidad de posibles restos culturales como cerámica monocroma y líticos. Entre los agentes antrópicos se deben mencionar las huellas, los senderos y los caminos que cruzan en diferentes sentidos el área prospectada, lo que, agregado a las plataformas de sondaje ya realizadas, a un socavón pirquinero con desmonte abandonado (fig.8 Anexo N° 1 de la DIA) con su respectivo hito de mensura (fig.7 del Anexo N° 1 de la DIA) y las frecuentes huellas de diversos animales, principalmente cabras, demuestran que el lugar es usado frecuentemente tanto para labores pastoriles como para trabajos mineros, lo que lo convierte en una zona bastante disturbada. Aunque la inspección fue realizada cuidadosamente, dado los antecedentes arqueológicos y bibliográficos del sector en donde está insertada el área del Proyecto de Prospección Minera Cachiyuyo, los resultados fueron negativos no hallándose presencia de restos arqueológicos en la superficie del suelo, en los cortes expuestos subsuperficiales, ni en los numerosos afloramientos rocosos que se encontraron dentro del Área del Proyecto. Es preciso aclarar que, si bien la inspección arqueológica realizada en superficie en el área de cobertura del Proyecto de Prospección Minera Cachiyuyo, la que cubrió áreas de impacto directo e indirecto, en el que se consideró además el camino de acceso, no arrojó resultados positivos en cuanto a presencia de restos culturales arqueológicos, no debe descartarse su posible aparición, especialmente al momento de realizarse los trabajos de sondaje, más aún si existen sitios del Complejo El Molle reportados al sureste de Vallenar, y en los tributarios formativos de las quebradas preandinas de Chañaral de Aceitunas y de Los Choros. En ese caso, debe comunicarse de los hallazgos para tomar las medidas de conservación pertinentes de acuerdo a lo establecido en la ley No 17288 de Monumentos Nacionales. 3.2.8 Insumos 3.2.8.1 Combustibles El proyecto contempla en su fase de operación el almacenamiento de Petróleo Diesel para los equipos de sondaje, para lo cual cuenta con 5 Tambores de 200 Lt. Los Tambores de almacenamiento de petróleo cumplirán con las condiciones de almacenamiento reglamentarias. Esto quiere decir que los tambores estarán en buen estado, sin roturas ni golpeados. Los aceites y combustible serán almacenados, guardando la norma de seguridad establecidas en el DL Nº 557; Ley Nº 18059; ley Nº 18298 y Decreto Nº 298 de transporte. Guardando especial cuidado de que no se produzcan derrames durante las operaciones de carga, transporte, descarga, transbordo y limpieza. El área de almacenamiento se cubrirá con geomembrana impermeable, para evitar la contaminación del suelo. Sin perjuicio de lo anterior, se construirá un pretil o dique de contención de derrames, equivalentes al 110 por ciento del envase de mayor capacidad. Los tambores de petróleo, serán ubicados a nivel de piso, en un área especialmente acondicionada y cercada. El acceso al área de almacenamiento de hidrocarburos, será restringido y se instalará señalética de "peligro y acceso restringido". El acceso al área será sólo a personal autorizado, con un sistema de registro que indique entradas y salidas. El combustible requerido será principalmente petróleo (D-2). Todo el combustible y los tambores estarán a cargo del proveedor, cuyas instalaciones están en Vallenar, el cual cuenta con las medidas de seguridad exigidas por las autoridades competentes del sector. El proveedor retirará los tambores vacíos y repondrá el stock en el frente de trabajo. Los tambores estarán identificados claramente con el combustible que éstos contienen, a través de letreros visibles a 15m. La carga de combustible en terreno, se realiza con bombas manuales, desde el tambor de petróleo al depósito de la máquina de perforación, (Camión), con lo cual se controlan fugas o derrames. Para estos efectos el personal a cargo de la máquina será instruido mediante cartilla de procedimiento de carga y descarga de combustible. Las medidas para controlar derrames y fugas accidentales serán las siguientes: Aislar el lugar, Evitar que el combustible fluya, Evitar encendido de motores u otras fuentes de ignición, Acercar extintor y aplicar material absorbente como mezcla de tierra y arena. Para estos efectos en la plataforma de sondaje, se manejarán dos baldes con material absorbente. Con respecto al transporte de petróleo y lubricantes, todo vehículo que transporte estas sustancias estará debidamente rotulado según las normas chilenas oficiales, situación que será exigida por contrato a las empresas que realicen el transporte de este tipo de insumo. 3.2.8.2 Agua El agua que se utilice para beber, en los frentes de trabajo, se proveerá a través de dispensadores de agua potable de empresa distribuidora autorizada para comercializar este tipo de productos, los cuales permitirán la distribución del recurso sin manipulación del mismo, por lo que la calidad del agua no será alterada. De esta manera, es posible señalar que la calidad del agua potable que estará disponible en el frente de trabajo cumple con los requisitos físicos, químicos, radioactivos y bacteriológicos establecidos en la reglamentación vigente sobre la materia. NCh 409/1 Of. No se requerirá de agua industrial, en caso de usarse, se administrará de empresas autorizadas y esta será de magnitud despreciable. 4. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "PROSPECCION MINERA CACHIYUYO" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "PROSPECCION MINERA CACHIYUYO" cumple con: 4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales: 4.1.1 D.S. Nº 144/61 del Ministerio de Salud. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Relación con el Proyecto: El Proyecto generará emisión de material particulado (polvo) en las fases de construcción y operación. Además, de las emisiones de gases provenientes de la combustión de los vehículos y maquinarias utilizadas en la operación de sondajes. Cumplimiento: Según lo expuesto en el proceso de evaluación las emisiones de Material Particulado no serán significativas. Para controlar las emisiones de material particulado por tránsito de vehículos, se controlarán las velocidades vehiculares. Los vehículos utilizados tendrán su revisión técnica al día y a la maquinaria pesada se le hará la mantención requerida, según las indicaciones del fabricante. Además, el Proyecto se ubica muy distante de centros poblados, por lo que se estima que las emisiones de material particulado y gases de la combustión de los motores, teniendo incorporadas las medidas de mitigación anteriormente señaladas, evitarán que haya impacto en estos lugares. 4.1.2 D.S. Nº 110 del 6 de marzo del 2003 que deja sin efecto la resolución 1215/78 del Ministerio de Salud. Establece normas sanitarias mínimas destinadas a prevenir y controlar la contaminación atmosférica. Relación con el Proyecto: El Proyecto generará emisión de material particulado (polvo) en las fases de construcción y operación. Además, de las emisiones de gases provenientes de la combustión de los vehículos y maquinarias utilizadas en la operación de sondajes. Cumplimiento: Según lo expuesto en el proceso de evaluación las emisiones de Material Particulado no serán significativas. Para controlar las emisiones de material particulado por tránsito de vehículos, se controlarán las velocidades vehiculares. Los vehículos utilizados tendrán su revisión técnica al día y a la maquinaria pesada se le hará la mantención requerida, según las indicaciones del fabricante. Además, el Proyecto se ubica muy distante de centros poblados, por lo que se estima que las emisiones de material particulado y gases de la combustión de los motores, teniendo incorporadas las medidas de mitigación anteriormente señaladas, evitarán que haya impacto en estos lugares. 3.1.3 D.S. Nº 45/01 que modifica al D.S. Nº 59/98 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Establece normas de calidad primaria para material particulado respirable PM- 10. Relación con el Proyecto: El Proyecto generará emisión de material particulado (polvo) en las fases de construcción y operación. Además, de las emisiones de gases provenientes de la combustión de los vehículos y maquinarias utilizadas en la operación de sondajes. Cumplimiento: Según lo expuesto en el proceso de evaluación las emisiones de Material Particulado no serán significativas. Para controlar las emisiones de material particulado por tránsito de vehículos, se controlarán las velocidades vehiculares. Los vehículos utilizados tendrán su revisión técnica al día y a la maquinaria pesada se le hará la mantención requerida, según las indicaciones del fabricante. Además, el Proyecto se ubica muy distante de centros poblados, por lo que se estima que las emisiones de material particulado y gases de la combustión de los motores, teniendo incorporadas las medidas de mitigación anteriormente señaladas, evitarán que haya impacto en estos lugares. 4.1.4 D.S. Nº 594/99 del Ministerio de Salud. Regula las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Relación con el Proyecto. El proyecto contará con trabajadores. Cumplimiento. El Titular tomará las medidas adecuadas para el control de la salud y bienestar de los trabajadores que operen en sus dependencias, incluyendo las medidas de seguridad. De acuerdo a la política de la Compañía, es obligación el uso de elementos de protección personal (mascarillas para evitar inhalación de polvo y gases), la prohibición de ingresar a sitios no permitidos sin la autorización necesaria y de cumplir con la normativa de seguridad. Los trabajadores contarán con todos los equipos de prevención y seguridad personal. Se exigirá el uso de protectores auditivos para el personal que labore en zonas de las plataformas de sondaje. 4.1.5 D.S. Nº 146/98 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y Ministerio de Salud. Establece normas de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas (documento elaborado a partir de la revisión de la norma de emisión contenida en el D.S. Nº 286/84 del Ministerio de Salud). Establece los niveles máximos permisibles de presión, sonora equivalentes y los criterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos generados a la comunidad por las fuentes fijas. Señala que, en las áreas rurales, los niveles de presión sonora corregidos que se obtengan de la emisión de una fuente fija emisora de ruido, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor, no podrán superar el ruido de fondo de 10 dB(A) o más. Cumplimiento: el Titular indicó que el uso de vehículos y maquinaria será con sus silenciadores en buen estado. 4.1.6 Decreto con Fuerza de Ley Nº 725 de 1968, Código Sanitario. Artículos 80 y 81 Regulan la instalación y el funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. Artículo 71, letra b) Regula la disposición final de residuos industriales o mineros. Relación con el Proyecto: El proyecto generará residuos sólidos de carácter doméstico y no doméstico. Cumplimiento. Los residuos sólidos no doméstico, serán colocados en el mismo lugar y reinsertados si se abandona el área. 4.1.7 D.S. Nº 379/85. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Manejo de Combustibles Líquidos Derivados del petróleo. Relación con el Proyecto: El proyecto contempla en su fase de operación el almacenamiento de Petróleo Diesel para los equipos de sondaje. Cumplimiento. Los tambores cumplirán con las condiciones de almacenamiento reglamentarias. 4.1.8 D.S. Nº 90/96. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Reglamento de seguridad para el almacenamiento, refinación, transporte y expendio al público de combustibles líquidos derivados del petróleo. Relación con el Proyecto: El proyecto contempla en su fase de operación el almacenamiento de Petróleo Diesel para los equipos de sondaje. Cumplimiento. El acceso al área de almacenamiento de hidrocarburos, será restringido y se instalará señalética de "peligro y acceso restringido". El acceso al área será sólo a personal autorizado, con un sistema de registro que indique entradas y salidas. 4.1.9 D.S. Nº 298/95. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos. Relación con el Proyecto: El proyecto contempla en su fase de operación el almacenamiento de Petróleo Diesel para los equipos de sondaje. Cumplimiento. Todo vehículo que transporte estas sustancias estará debidamente rotulado según las normas chilenas oficiales, situación que será exigida por contrato a las empresas que realicen el transporte de este tipo de insumo. 4.1.10 DS N° 148/03 MINSAL. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Relación con el Proyecto: Todo lo correspondiente a recambio de aceites y lubricantes, son realizados en los talleres de la empresa contratista, ubicados en la ciudad de La Serena. Sin perjuicio de ello, el equipo de perforación será revisado permanentemente para detectar desperfectos que pudieran afectar la seguridad o el ambiente, como filtraciones o emisiones, que de ser detectados, se repararán inmediatamente. Igualmente, se realizará un mantenimiento permanente a la máquina perforadora para minimizar el consumo de combustible, las emisiones gaseosas y los ruidos. Por lo anterior, el proyecto podría requerir recambiar aceite y lubricante en el lugar de emplazamiento de las obras. Cumplimiento: Para el caso de recambio de lubricantes en terreno, el Titular presentó un protocolo de manejo. Los aceites, lubricantes y líquidos hidráulicos se almacenarán en bidones plásticos con tapa y sello de teflón de 10 litros cada uno. Los residuos sólidos, se almacenarán en un recipiente plástico (50 lts) con tapa. Los bidones y recipientes con estos residuos (sólidos y líquidos) se almacenarán temporalmente en un área destinada para tales efectos. Los residuos se identificarán y etiquetarán de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la norma chilena NCh 2190 Of. 933. Durante el manejo de los residuos peligrosos se tomarán todas las precauciones necesarias para prevenir su inflamación o reacción, entre ellas su separación y protección frente a cualquier fuente de riesgo capaz de provocar tales efectos. 4.1.11 D.S. N° 46 Establece Norma de Emisión de Residuos Líquidos a Aguas Subterráneas. 2002. Relación con el Proyecto: Las actividades del Proyecto y como consecuencia del personal contratista de sondajes, generará aguas servidas, negras y grises. Cumplimiento. Se habilitará en el frente de trabajo, baños químicos. Se consignará contrato, con empresa especialista en el rubro de baños químicos, y se exigirá, que cuente con las autorizaciones y resoluciones de la autoridad sanitaria, para prestar este tipo de servicio. 4.1.12 Ley Nº 17.288/70, del Ministerio de Educación y su Reglamento D.S. 484/92. Consejo de Monumentos Nacionales y su Reglamento (D.S. Nº 484/90). Relación con el Proyecto. Se refiere a la probabilidad que producto de las actividades del proyecto, se pudiera encontrar piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico. El proyecto no contempla excavaciones o intervenciones de sitios nuevos a los ya alterados por operaciones antiguas. CUMPLIMIENTO: En caso de un hallazgo de restos arqueológicos detectado producto de alguna actividad del Proyecto, se suspenderá la actividad en cuestión y a dar aviso al Gobernador Provincial, a Carabineros de Chile y al Consejo de Monumentos Nacionales, el cual establecerá las condiciones, reglamentaciones y el procedimiento para la realización de una prospección del sitio y su eventual salvataje y/o rescate. Sin perjuicio de lo anterior, se encargó a un profesional arqueólogo, una prospección de los sectores de intervención directa, que contempla el Proyecto. el Titular adjuntó en Anexo Nº 1 de la DIA un informe de prospección arqueológica, para el Proyecto. 4.1.13 D.S. N° 55/94, Normas de Emisión para Vehículos Pesados, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Relación con el Proyecto. El Titular utilizará vehículos para el desarrollo de su proyecto. Cumplimiento. El contratista de sondaje debe, por contrato, traer sus máquinas y equipos en perfecto estado de mantención y operación. Por lo tanto, todo lo correspondiente a recambio de aceites y lubricantes, son realizados en los talleres de la empresa contratista, ubicados en la ciudad de La Serena. Sin perjuicio de ello, el equipo de perforación será revisado permanentemente para detectar desperfectos que pudieran afectar la seguridad o el ambiente, como filtraciones o emisiones, que de ser detectados, se repararán inmediatamente. Igualmente, se realizará un mantenimiento permanente a la máquina perforadora para minimizar el consumo de combustible, las emisiones gaseosas y los ruidos. Las herramientas u otros accesorios de perforación, deberán estar ordenados y limpios, cumpliendo las Normas de Seguridad e Higiene Minera. 4.1.14 D.S. N° 4/94, Normas de Emisión para Vehículos en Uso, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Relación con el Proyecto. El Titular utilizará vehículos para el desarrollo de su proyecto. Cumplimiento. El contratista de sondaje debe, por contrato, traer sus máquinas y equipos en perfecto estado de mantención y operación. Por lo tanto, todo lo correspondiente a recambio de aceites y lubricantes, son realizados en los talleres de la empresa contratista, ubicados en la ciudad de La Serena. 4.2 Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "PROSPECCION MINERA CACHIYUYO" no requiere de alguno de los permisos ambientales sectoriales contemplados en el Título VII, artículos 68 al 106 del D.S. Nº95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 5. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "PROSPECCION MINERA CACHIYUYO" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias. 5.1. Conclusiones respecto a los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 de la ley 19.300. 5.1.1 En relación a lo señalado en la letra a) del artículo 11 de la Ley general de Medio Ambiente, riesgo para la salud de la población, es posible determinar que el Proyecto no generará efluentes líquidos industriales, ya que los sondajes serán realizados mediante el método de aire reverso, que es un sondaje en seco, con la utilización de martillo y tricono para realizar la perforación hasta una profundidad máxima de 400 metros. Respecto de las emisiones, éstas serán acotadas en el tiempo y de baja magnitud. Por lo tanto, el titular del proyecto considera que, por la naturaleza de las acciones que se han descrito, ninguna de las actividades de prospección, generará o presentará, efluentes, emisiones o residuos de carácter contaminante, en cantidad y calidad tal que sean un riesgo para la salud de la población. Lo anterior se señala teniendo en consideración: • La composición, cantidad y concentración de los efluentes líquidos y de las emisiones a la atmósfera; • La frecuencia, duración y lugar de las descargas de efluentes líquidos y de emisiones a la atmósfera; • La frecuencia, cantidad y naturaleza de los residuos sólidos, y • Que en el área de prospección inmediata, 4 Km a la redonda, no existen centros o asentamientos humanos poblados. 5.1.2 En relación a lo señalado en la letra b) del artículo 11 de la Ley general de Medio Ambiente, efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Al respecto se puede señalar que el Proyecto no contempla en ninguna de sus fases, incluidas sus obras asociadas, la generación de efectos adversos significativos sobre la calidad del aire, lo anterior sobre la base de la composición, cantidad y carácter temporal de las emisiones a la atmósfera, que generarán las acciones del proyecto y que fueron señaladas en el capitulo anterior. De igual manera no se contempla en ninguna de sus fases, alterar la capacidad de dilución, dispersión y autodepuración de los recursos hídricos del área, puesto que el proyecto no contempla emisiones líquidas considerables. De igual manera, el proyecto no contempla alterar la calidad del suelo, toda vez que los efluentes, no contienen sustancias contaminantes que afecten de manera significativa la cantidad o calidad del suelo del área. El Proyecto no contempla en ninguna de sus fases, la intervención o explotación de vegetación nativa; la introducción al área de alguna especie de flora o de fauna, u organismos modificados genéticamente o mediante otras técnicas similares; ni afectar en tal cantidad y superficie, la vegetación nativa del lugar, que ponga en peligro su capacidad de conservación y regeneración. Se realizó una prospección de la Biodiversidad existente en el área de prospección del proyecto. Ver informe de anexos. Como conclusión general, las actividades del Proyecto de Prospección Minera Cachiyuyo, no ponen en peligro la regeneración y conservación de las especies, ya que éstas se encuentran debidamente representadas. 5.1.3 En relación a lo señalado en la letra c) del artículo 11 de la Ley General de Medio Ambiente, reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, es posible indicar que el Proyecto no considera la reubicación de comunidades, ni contempla la alteración en los asentamientos humanos del área que signifique algún grado de desplazamiento y reubicación de personas que habitan en el lugar. Tampoco se contempla afectar la realización de ceremonias religiosas u otras manifestaciones propias de la cultura o del folclore de la comunidad o grupo humano existente en el distrito comuna, ni afectar negativamente la presencia de formas asociativas en el sistema productivo, o el acceso de la población, comunidades o grupos humanos a los recursos naturales; ni afectar negativamente el acceso de la población, comunidades o grupos humanos a los servicios y equipamientos básicos. En el área de prospección, a más 4 Km a la redonda, no existen centros o asentamientos humanos poblados. 5.1.4. En relación a lo señalado en la letra d) del artículo 11 de la Ley general de Medio Ambiente, localización próxima a población, recurso y área protegida susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que pretende emplazar. Respecto de este punto, es posible determinar que el Proyecto no considera intervenir o explotar recursos hídricos en el áreas o zonas de humedales que pudieren ser afectados por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales; glaciares o cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas milenarias y/o fósiles; y/o lagos o lagunas en que se generen fluctuaciones de niveles. Revisado el catastro del sistema nacional y áreas protegidas (SNASPE) y lo observado en el levantamiento de campo, el Proyecto no se localiza próximo a población, recursos y áreas protegidas, por lo tanto, sus acciones no afectarán el valor ambiental del territorio en que se emplazará el proyecto. 5.1.5. En relación a lo señalado en la letra e) del artículo 11 de la Ley general de Medio Ambiente, alteración significativa en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona, es posible indicar el Proyecto no contempla en ninguna de sus fases, incluidas sus obras asociadas, la intervención de zonas con valor paisajístico y/o turístico, y/o área declarada zona o centro de interés turístico nacional, según lo dispuesto en el decreto Ley Nº 1.224 de 1975. No se considera la generación de obstrucciones viales a zonas con valor paisajístico ni la alteración de algún recurso o elemento del medio ambiente con valor paisajístico o turístico. Además, el Titular indicó en Adenda N° 1 que se compromete a cortar y manejar taludes, Sólo cuando sea necesario y de manera tal, que sigan la topografía dominante, y que el material removido durante las actividades de preparación del terreno, prospección y cierre, se dispongan de manera uniforme sobre la superficie del terreno, con el fin de evitar la modificación de las geoformas predominantes. 5.1.6. En relación a lo señalado en la letra f) del artículo 11 de la Ley general de Medio Ambiente, alteración de monumentos, sitios con valor antropológicos, arqueológico, históricos y, en general los pertenecientes al patrimonio cultural, es posible indicar que el Proyecto no contempla en ninguna de sus fases, la remoción, destrucción, excavación, traslado, deterioro o modificación de algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley Nº 17.288; o la modificación o deterioro en construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por singularidad, pertenezcan al patrimonio cultural. Para señalar lo anterior se tuvo en consideración que: • No se considera la modificación, deterioro o localización en construcción, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, pertenecen al patrimonio cultural. • No se considera la remoción, destrucción, traslado de algún monumento Nacional de aquellos
definidos
por
la
Ley
17.288. • Lo observado e informado en el levantamiento de campo del área, efectuado por profesional
arqueólogo, • De igual manera se revisó: “La Guía de Arte Rupestre de Chile” Hans Niemeyer F.; el catastro de Monumentos Históricos del Ministerio de Obras Públicas. 1977; las listas del Consejo de Monumentos Nacionales. Ministerio de Educación. Biblioteca Nacional y “Lugares Arqueológicos de Chile” de Horacio Larraín B. En el informe de prospección arqueológica se señala la inexistencia de lugares o sitios de aquellos definidos por la Ley Nº 17288. Ver informe adjunto de Prospección Arqueológica. 6. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la III Región de Atacama, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones. 7. Que, para que el proyecto "PROSPECCION MINERA CACHIYUYO" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 8. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Direccion Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la III Región de Atacama, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos. 9. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Direccion Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la III Región de Atacama, la individualización de cambios de titularidad. 10. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero. 11. Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la III Región de Atacama RESUELVE: 1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "PROSPECCION MINERA CACHIYUYO". 2. CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "PROSPECCION MINERA CACHIYUYO" cumple con la normativa de carácter ambiental. 3. Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno. Notifíquese y Archívese Distribución: • DOUGAL MACDONALD MACEACHERN • CONADI, Región de Atacama • CONAF, Región de Atacama • DGA, Región de Atacama • DOH, Región de Atacama • Gobierno Regional, Región de Atacama • Ilustre Municipalidad de Freirina • SAG, Región de Atacama • SEC, Región de Atacama • SEREMI Agricultura, Región de Atacama • SEREMI Bienes Nacionales, Región de Atacama • SEREMI de Energía, Región de Atacama • SEREMI MEDIO AMBIENTE • SEREMI Minería, Región de Atacama • SEREMI MINVU, Región de Atacama • SEREMI MOP, Región de Atacama • SEREMI Salud, Región de Atacama • SEREMI SERPLAC, Región de Atacama • SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama • SERNAGEOMIN, Región de Atacama • SERNAPESCA, Región de Atacama • SERNATUR, Región de Atacama • Consejo de Monumentos Nacionales • Superintendencia de Servicios Sanitarios C/c: • Expediente del Proyecto "PROSPECCION MINERA CACHIYUYO" • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama