Evaluación SEA

"Extracción y Procesamiento de Áridos en Pozo Lastrero, Sector Rinconada Pal-Pal, Abratec S.A."

Rol 5859628
SEA · DIA · Aprobado · 2011-07-28 · Región de Ñuble · ABRATEC S.A.

Califica Ambientalmente el proyecto "Extracción y Procesamiento de Áridos en Pozo Lastrero, Sector Rinconada Pal-Pal, Abratec S.A."

an Resolución Exenta NO. L 20

Concepción,

17 ENE 202

VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "Extracción y Procesamiento de Áridos en Pozo Lastrero, Sector Rinconada Pal-Pal, Abratec S.A.", presentada por el Señor Siegfried Hoffmann Rahn, en representación de ABRATEC S.A., con fecha 28 de Julio de 2011. .

  2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legates y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

a Oficio NO227 M.A. sobre la DIA, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 23/08/2011;

o Oficio N02614 sobre la DIA, por SEREMI de Transporte y Telecemunicaciones, Región del Biobío, con fecha 29/08/2011;

e Oficio N045-EA/2011 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región del Biobío, con fecha 30/08/2011;

« Oficio N05590 sobre la DIA, por Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío, con fecha 30/08/2011;

  • Oficio NO2121 sobre la DIA, por Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío, con fecha 30/08/2011;

  • Oficio N01797 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región de Biobío, con fecha

31/08/2011;

e Oficio N0%441 sobre la DIA, por Ilustre Municipalidad de Bulnes, con fecha 31/08/2011;

o Oficio NO2887 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 31/08/2011;

e Oficio N0863 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío, con fecha 01/09/2011;

  • Oficio N904 sobre la DIA, por Dirección Regional del SAG, Región del Biobío, con fecha 02/09/2011;

  • Oficio NO1544 sobre la DIA, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Biobío, con fecha 02/09/2011;

. Oficio N0420867111 sobre la DIA, por Dirección Regional de Pesca, Región del Biobío, con fecha 07/09/2011;

  • Oficio NO359 sobre la DIA, por SEREMI de Medio Ambiente, Región del Biobío, con fecha 07/09/2011;

  • Oficio NO0326 M.A. sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 18/11/2011;

e Oficio N03350 sobre la Adenda 1, por SEREMI- de Transporte y Telecomunicaciones, Región del Biobío, con fecha 23/11/2011;

  • Oficio N067-EA/2011 sobre la Adenda 1, por Corporación Nacional Forestal, Región del Biobío, con fecha 25/11/2011;

  • Oficio N0421084611 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Pesca, Región del Biobío, con fecha 28/11/2011;

  • Oficio NO11 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional del SAG, Región del Biobío, con fecha 29/11/2011;

e Oficio NO2866 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío, con fecha 29/11/2011;

» Oficio N01099 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío, con fecha 30/11/2011;

s Oficio NO7448 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío, con fecha 30/11/2011;

o Oficio N0578 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Medio Ambiente, Región del Biobío, con fecha 01/12/2011;

e Oficio N03913 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 02/12/2011;

  • Oficio N“602 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Medio Ambiente, Región del Biobío, con fecha 12/12/2011;

e Oficio NO1138 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío, con fecha 17/12/2011;

  1. El Acta de la Sesión NO 01 de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, de fecha 06 de enero de 2012

  2. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Extracción y Procesamiento de Áridos en Pozo Lastrero, Sector Rinconada Pal-Pal, Abratec S.A,",

  3. Lo dispuesto en la Ley N9 19,300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 20 del D.S. N95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución NO 1.600, de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución NO 55/92, ambas de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.

CONSIDERANDO:

í. Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto “Extracción y Procesamiento de Áridos en Pozo Lastrero, Sector Rinconada Pal-Pal, Abratec S.A.".

  1. Que, el derecho de ABRATEC S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Organos de la Administración del Estado.

  2. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Extracción y Procesamiento de Áridos en Pozo Lastrero, Sector Rinconada Pal-Pal, Abratec S.A." consiste en:

La extracción y procesamiento de áridos desde un pozo tastrero, en la comuna de Bulnes, Región del Biobío. El material a extraer corresponde a producto integral que es utilizado como materia prima en empresas hormigoneras y de asfalto, además de ser utilizado para estabilizado de caminos. El material extraído será procesado en una planta chancadora de áridos, la cual se encontrará en el mismo predio que comprende la realización del proyecto,

La superficie estimada para la extracción y procesamiento de áridos corresponde a un total de 44,58 hectáreas efectivas para la extracción, comprendidas entre los predios cuyos rol de avalúo corresponden a N%956-51 y N*956-69,

La cuña de extracción es de una superficie de 44,58 hectáreas, que en total abarca un volumen de 6.732.614 mY de material pétreo. El material de escarpe o también denominado de rechazo, se utilizará para realizar abandonos parciales de la zona de extracción.

El proyecto se desarrolla a través de cuatro etapas a analizar, las que corresponden a:

  • Levantamiento de información e Etapa de construcción

  • Etapa de operación

» Etapa de abandono

3.1 Etapa de Levantamiento de nformación.

Esta etapa es fundamental para determinar el sector más adecuado para la extracción del material y las medidas que se tomarán para resguardar el correcto cumplimiento de la normativa ambiental.

Definido el sector, se iniciaron los levantamientos técnicos consistentes en recopilar información general y particular, la cual permitió caracterizar la zona de extracción, identificando los volúmenes factibles de extraer. Dentro de la información recopilada se destaca:

se Estudio de Inundabilidad (Anexo 3 de la DIA)

  • Informe Proyecto de Extracción, con su respectivo levantamiento topográfico que entrega las curvas de nivel y perfiles longitudinales y transversales (Anexa 5 de la DIA)

Estudio Acústico (Ánexo 6 de la DIA)

  • Catastro Biológico (Anexo 7 de la DIA)

Todos los antecedentes recopilados permiten a los organismos evaluadores establecer ta dimensión del proyecto, destacándose aquellos elementos que puedan condicionar el desarrollo de la actividad.

Por último, los estudios de emisiones acústicas y catastro de flora y fauna son antecedentes que se incorporaron al proyecto para evaluar los posibles impactos en la zona de influencia del proyecto.

3.2 Definición del proyecto según Etapa de Construcción

Durante ta etapa de construcción se contempla las instalaciones de la planta de procesamiento de áridos, instafaciones correspondientes a las oficinas administrativas. Además la infraestructura necesaria para el sistema particular de alcantarillado y agua potable y por último, la implementación del sistema de tratamiento de riles (para tratar el agua provenientes del lavado de los áridos).

En esta etapa además se considera la instalación de toda la maguinaria a utilizar en la etapa de operación. Esta etapa comprende las siguientes acciones:

a. Traslado de maquinarias: Esta actividad consiste en el traslado de la maquinaria a utilizar hasta el frente de extracción y procesamiento de áridos.

b. Habilitación de las vías de acceso y control de acceso: Para el traslado del material desde la zona de extracción a las zonas de acopio dentro de los mismos terrenos se utilizaran caminos internos y para el traslado de material procesado al cliente final se utilizará un camino interior de propiedad de Abratec S.A. Sobre el estero Pal-Pal se proyecta un puente de 40 m de longitud sobre el cauce de forma tal que les distancias y recorridos sean minimizados, sin intervenir otras rutas. Por último, las características constructivas y los planos de planta y emplazamiento, se presentan en el Anexo 5 de la Adenda N“2,

3.3 Definición del proyecto según Etapa de Operación.

Las actividades a desarrollar durante la etapa de operación, son principalmente la extracción y procesamiento de áridos desde el pozo lastrero y su posterior trastado hacia cliente final.

El proceso productivo de extracción y procesamiento se describe a continyación:

As Preparación del Terreno

El proceso productivo comenzará a través de una limpieza o “despeje y desbroce” del área de extracción en forma gradual, lo cual está determinado por el diseño de la extracción, que consiste en dividir la superficie a explotar.

b. Remoción y Carguío de Áridos hacia la Zona de Proceso.

El árido se extraerá desde el pozo utilizando maquinaria pesada (retroexcavadora), luego es cargado en camiones tolva para ser transportado hasta la cancha de

a

acopio de materias primas y/o directamente a la zona de descarga, que coincide con la. zona de abastecimiento del buzón de alimentación. El proceso de carguío y transporte del material se realizará con maquinarias y camiones que cumplan los estándares de calidad exigidos por Abratec S.A.

La empresa dispondrá de un profesianal a cargo de la faena, que vigila y controla que tanto la maquinaria como los camiones estén en perfectas condiciones.

Proceso y Selección

Al llegar los camiones con el material granular a la zona de proceso, serán colocados en la zona de descarga, que coincide con la zona de abastecimiento del buzón de alimentación. Luego el material será chancado en un chancador mandíbula, chancador primario, y dejados del tamaño requerido para que sean dispuestos al proceso secundario.

Mediante cintas transportadoras se transportará el material donde se realiza la primera selección en un harnero vibratorio, en el cual tamiza el material provocando la separación de este en tres productos: La más fina (bajo 3/85), después de un lavado industrial con el tornillo lavador se transporta en un cinta al lugar de acopio este producto se denomina “Arena gruesa natural”.

La parte más gruesa del tamizado es transportada a un chancador secundario en un segundo chancador de cono, el cual tiene por objetivo reducir el tamaño de esta fracción a un máximo de 1", para ser devuelto al harnero para volver ser procesado. La parte intermedia (sobre los 3/8" y bajo 1 Ya") es transportada por una cinta hacia el segundo harnero, en el cual se selecciona por tamaño obteniendo 1 Va” y % de segunda calidad.

El producto que pasa por el tamiz 1%" alimenta a un tercer chancador gravillero de cono, el cual rebaja el tamafio máximo del producto sobre 14" a %", producto que finalmente se volverá a seleccionar, mediante un harnero vibratorio, separando lo que sea gravilla fina industrial bajo los 3/8" y gravilla media chancada la cual tiene un tamaño entre 34" y 3/8".

Por último, en el proceso de chancado terciario y tamizado para la obtención de gravillas finas menores a 3/8", necesitan un lavado de estas gravillas mediante un tornillo sinfín para eliminar toda partícula de arenillas y finos, El agua producto de este lavado fluye por un canal trapezoidal hacia piscinas de decantación, donde sedimenta el material fino y se obtiene los subproductos finos. El agua de lavado luego del proceso de sedimentación en estas piscinas es devuelta al cauce del Río Itata.

Acopio de cada Tipo de Áridos

La cinta final recoge el material seleccionando desde el carro secundario por las diferentes mallas y lo van dejando separado en sectores distintos de acopio de acuerdo a su tamaño. Como se indica anteriormente, esta selección se logra a través de las diferentes cintas secundarias. Los productos finales son: Grava chancado de 1 y 1/2, gravilla (3/8 y 3/4), arena gruesa y arena fina, polvo de roca, polvos finos especiales.

Despacho

Para completar el proceso de la planta, una vez acopiados los materiales en las diferentes zonas se procede al carguío del material en camiones de hasta 45 toneladas utilizando un cargador frontal.

En el camión se realizará un favado de los áridos con agua a presión con el fin de eliminar toda partícula de arena, limo o arcilla hasta que el agua del lavado salga completamente transparente. En este momento los camiones se encuentran listos para ser despachados.

Además se contempla la instalación de una báscula electrónica de pesaje, cuyas especificaciones técnicas se presentan en el Anexo 9 de la DIA. La implementación de la báscula es para controlar los volúmenes y peso, y así dar cumplimiento al DFL N*850/1997, y no sobrepasar los límites de peso máximo en la circulación por caminos públicos,

f.

E

Productos

Los productos que se obtendrán en la planta de procesamiento de áridos desde el pozo lastrero corresponden, entre otros, a los siguientes:

Chancado de Y.” Gravilla 347 Gravilla de 3/8" Arena

Gravilla fina Polvo roca

Mantención de maquinarias y equipos:

En relación a la mantención de los camiones, maquinarias y equipos se realizarán en los talleres que se encuentran en la planta de extracción de áridos de Abratec S.A en el sector Los Pinos, cuyo proyecto cuenta con RCA Favorable N%52 del 12 de febrero del 2010. Es importante recalcar que estos talleres se encuentran completamente equipados para tales fines. En caso de realizar mantenciones de emergencia, éstas se llevaran a cabo en planta por profesional especializado, al finalizar la mantención se retiraran y dispondrán todos los residuos resultantes (envases de lubricantes, huaipes, entre otros) en tambores claramente identificados y se trasladaran los residuos de manera inmediata a las oficinas centrales de Abratec S.A, quien cuenta con una bodega de RESPEL autorizada por la Autoridad Sanitaria.

Mantención de caminos de acceso y vías interiores:

La mantención de los caminos interiores se realizará periódicamente de acuerdo a las necesidades, mediante una motoniveladora con el fin de nivelar el terreno. Esta mantención se realizará según las necesidades de la empresa durante la ejecución del proyecto.

Manejo de Residuos

En la zona de emplazamiento del proyecto no se contempla una bodega para insumos ni tampoco para residuos No Peligros y Peligrosos. Se contempla utilizar las instalaciones con que cuenta Abratec S.A., que ya se encuentran autorizadas (sector Los Pinos). Se adjunta en Anexo 10 la Resolución para el Almacenamiento temporal de residuos peligrosos.

Equipos utilizados en el proceso

Para el desarrollo de las faenas de explotación mediante extracción mecanizada, se utilizarán los equipos y maquinarias siguientes:

  • lexcavadoras

o Camiones Tolva, de capacidad de 8 a 20 m* + 2 Cargador Frontal

  • Cintas transportadoras Primarias

  • 1 Chancador Primario

  • 2 Chancador Secundarios

o Harneros

e Cintas Transportadoras Finales

  • Camiones de hasta 45 toneladas (Bateas)

Volumen de Producción procedimientos de explotación

La cuña de extracción es de una superficie de 44,58 hectáreas, que en total abarca un volumen de 6.732.614 m' de material pétreo. El material de escarpe 0 también denominado de rechazo, se utilizará para realizar abandonos parciales de la zona de extracción. El detalle del proyecto de Extracción se presenta en el Anexo 5 de fa DIA.

Las extracciones se desarrollarán en forma continua, se trabajará siempre sobre la

cota de la napa, situación que incorpora el proyecto de extracción en base a los resultados de estudio de inundación para el río Itata. Se plantea entonces como hipótesis que la napa en cercanías con el río Itata (lugar del proyecto) varía en igual proporción que la altura de escurrimiento para caudales medios, por tanto la altura de la napa en estiaje dependerá de altura de escurrimiento para caudal medio mensual, por tanto se define como cota máxima de excavación la asociada a la altura de escurrimiento para un caudal de medio mensual de diciembre asociado a un periodo de retorno de 5 años.

Para el caso de extracción en invierno se respetará la cota de rasante que entrega el informe de inundación para caudal medio mensual de invierno utilizando el caudal del mes de julio asociado a un periodo de retorno de 5 años, permitiendo que el sello de la excavación no alcance el nivel de la napa de agua. Esta última rasante representa la cota de abandono del proyecto con el objeto de no mantener en el tiempo sectores anegados.

El volumen total de extracción solicitado, de acuerdo a los compromisos y

expectativas de Abratec S.A. a lo largo del período de explotación, es de 6.732.614 3

má,

Todos los antecedentes antes presentados se pueden reforzar mediante un estudio de inundabilidad, el cual se encuentra adjunto en el Anexo 3 de la DIA, el cual detalla el área total para la extracción desde el pozo lastrero.

Los planos de planta de perfil con escala 1:500, se adjuntan en el Anexo 2 de la Adenda 1, para facilitar la interpretación del proyecto. En esto se muestran coordenadas de polígono, cotas de explotación y ancho de franja de explotación.

Para asegurar la estabilidad de la franja de seguridad se establecerá un ancho mínimo de 50 tm, además al talud interior, de este se restringirá a una pendiente máxima de abandono de 1:2=V:H el cual resulta estable dada la naturaleza del suelo analizado (Suelo tipo GP según los antecedentes presentados en el Anexo 1 de la DIA) que corresponde a grava, para la cual es esperable que desarrolle ángulos de fricción interna (*) de al menos 35% para densidad natural en estado suelto (Terzaghi y Peck, 1967). Para dicho ángulo de fricción interna el talud planteado resulta (27%) estable, inclusive si este talud se conformase por derrame (ángulo estable al derrame de 0,75%).

La geometría propuesta para el talud será de altura promedio de Sm y anchos de terrazas de 3m, se indica además que para controlar en estos posibles efectos de erosión por aguas lluvias se favorecerá el crecimiento vegetal disponiendo en cara externa de terrazas y taludes (estratos superiores) suelo con un mayor contenido de fino el cual no será sobre-compactado.

Por último indicar además que el titular efectuará obras de mantención para las laderas en estudio que registren o presente evidencias erosión por arrastre de aguas lluvias (generación de cárcavas y pedida de suelo), las cuales consisten principalmente en la plantación de especies arbóreas en sectores erosionados y la construcción de obras de disipación de energía para sectores que se detecten el desarrollo avanzado de cárcavas.

Como medidas adicionales se plantean que frente a la posible acumulación de agua sobre. la base del proyecto, se efectuarán obras de movimiento de tierra para facilitar el escurrimiento hacia zonas de infiltración, además en caso de presentarse sectores con depresiones producto de asentamientos o bien por diferencias durante la etapa de abandono, Abratec S.A., realizará relleno para sectores bajos con objeto de reducir y controlar posibles sectores anegados.

3,4 Definición del proyecto según Etapa de Abandona

Esta etapa corresponde especificamente al reacondicionamiento del terreno al finalizar cada etapa de extracción, A continuación, se describen a las actividades que se realizarán al momento de concluir el proyecto: » Abandono de la zona de Instalación de Faenas: En este punto se procederá al retiro de toda la maquinaria y a la remoción de todos los escombros y desechos, junto con las instalaciones, la planta chancadora y las maquinarias. 6 Y Y i

o Se realizará un reacondicionamiento del terreno en el sector de las instalaciones retirando todo el material acopiado de la zona de procesos.

  • En las zonas de extracciones los abandonos se realizan durante la etapa de operación en el cual se alcanzaran las cotas indicadas en el proyecto de extracción, mediante la disposición del escarpe en el fondo del pozo hasta alcanzar la cota de abandono.

La cota de abandono queda definida según el pelo de agua modelada para condición de invierno y corresponde a 77,5 m asociada a caudal medio de invierno (ver Anexo 2 de la Adenda 1), de esta forma se asegura el saneamiento del pozo en condición de abandono.

El material de abandono se obtendrá desde el escarpe y desde el rechazo obtenido del proceso de chancado. El rechazo corresponde a material que no cumple la banda granulométrica según preparados por Abratec S.A. En base a ensayo de granulometría entregado por el Titular, se estima un rechazo promedio del 20%, este material se obtendrá desde el proceso de chancado, el rechazo está compuesto por suelo (Grava limosa según ensayo adjunto en Anexo 1 de la DIA) que no cumple con la barda granulométrica de los productos a procesar.

3.5 Principales Emisiones, Descargas y Residuos del Proyecto

EMISIONES A LA ATMÓSFERA.

a. Etapa de construcción: Se generarán emisiones a la atmósfera de carácter temporal, no peligrosa y de impacto focal. Dichas emisiones corresponderán principalmente al polvo en suspensión generado durante el despeje y desbroce del terreno para la instalación asociadas al proyecto.

Otra actividad que es fuente de emisión atmosférica son los motores de combustión interna de la maquinaria y equipos que utilizan petróleo diesel, sin embargo, la cantidad producida es baja. En este caso, existe una ventaja de disolución debido a que esta actividad se realizará al aire libre.

b. Etapa de operación: Durante el proceso de extracción y procesamiento se generarán emisiones de material particulado proveniente del movimiento de tierra. Durante el procesamiento se generarán emisiones por la operación de la chancador, harnero.

Además se generarán emisiones por el movimiento de los camiones en el camino entre la extracción y la cancha de acopio y también en el camino público.

En este sentido, como medida para abatir el impacto de polvo fugitivo generado por el movimiento de los camiones se humectará el terreno y las vías de acceso, la cual se realizará a través de camiones aljibes cuando corresponda (es decir en periodos estivales).

Otra actividad que es fuente de contaminación son los motores de combustión interna de la maquinaria y equipos que utilizan petróleo diesel. En este caso, existe una ventaja de disolución debido a que esta actividad se realizará al aire libre.

Toda la maquinaria, y de acuerdo a los procedimientos internos, cumplirá con estándares de calidad que garantizan emisiones mínimas y dentro de los rangos permitidos por la normativa. Por otro lado, el tipo de proyecto asegura que no existirán emisiones a la atmósfera, que puedan afectar la calidad del aire y por tanto, ta salud de la población vinculada al proyecto.

No obstante lo anterior, se adjunta en el Anexo 12 de la DIA una estimación del material particulado en la fase de construcción y operación del proyecto.

RESIDUOS LÍQUIDOS.

a.

b.

Etapa de construcción: No se generarán riles en la etapa de construcción.

Las aguas servidas generadas por los baños químicos serán retiradas por la empresa proveedora que se hará cargo de éstos, la cual deberá contar con la respectiva resolución sanitaria.

Etapa de operación: Los únicos riles que se generarán son los provenientes del lavado de los áridos, para lo cual se contará con piscinas de decantación. Los riles tratados serán descargados al río Itata cumpliendo con el D.S. 90, especificamente la Tabla N“2. Los antecedentes técnicos de la planta de tratamiento se presentan en el Anexo 13 de la DIA. Durante la tramitación de obtención del caudal de dilución del Río Itata, para obtener la autorización de regirse por el D.S. 90 Tabla N“2, el sistema de tratamiento cumplirá con D.S, 90 Tabla N*1 “Límites máximos permitidos para la descarga de residuos líquidos a cuerpos de agua fluviales”.

Las aguas servidas generadas por los servicios higiénicos utilizados par los trabajadores serán tratadas mediante el sistema de' alcantarillado particular, cuyo proyecto se adjunta en el Anexo 11 de la DIA.

RESIDUOS SOLIDOS.

a.

Etapa de. construcción: Los residuos sólidos asimilables a domiciliarios generados por los trabajadores durante la etapa de construcción del proyecto serán dispuestos en contenedores claramente identificados (basureros). Los cuales serán trasladados por operarios de la planta a las oficinas centrales de Abratec S.A (sector Los Pinos), siendo éstos retirados por el Servicio de Recolección de Basura Municipal de la Tlustre Municipalidad de Bulnes.

Con Respecto a los Residuos sólidos Industriales No: Peligrosos durante esta etapa, serán acopiados en un punto delimitado de la zona de emplazamiento del proyecto, para luego ser trasladados a las instalaciones principales de Abratec S.A, para su posterior manejo (reciclaje, reutilización o venta)y/o disposición final en lugares autorizados.

Etapa de operación: Los residuos sólidos domiciliarios generados por los trabajadores durante la etapa de operación del proyecto serán dispuestos en contenedores claramente identificados (basureros). Se estima que la cantidad de residuos generados de a acuerdo al número de trabajadores en planta serán de 14 Kg/dia (28 trabajadores), éstos serán trasladados por operarios de la planta a las oficinas centrales de Abratec S.A. (sector Los Pinos), siendo éstos retirados por el Servicio de Recolección de Basura Municipal de la Ilustre Municipalidad de Bulnes.

Para el caso de los residuos sólidos peligrosos, estos se generarán al momento de realizar mantenciones de emergencia, las que se llevaran a cabo en planta por personal especializado. Al finalizar la mantención se retiraran y dispondrán todos los residuos resultantes (envases de lubricantes, huaipes, entre otros) en tambores claramente identificados y se trasladaran tos residuos de manera inmediata a las oficinas centrales de Abratec SA, quien cuenta con una bodega de residuos peligrosos autorizada por la Autoridad Sanitaria.

Cabe destacar que los residuos líquidos peligros proveniente de las mantenciones, también serán dispuestos en tambores claramente identificados, para luego ser trasladados a oficinas centrales quien cuenta con una bodega autorizada por la Autoridad Sanitaria, para su posterior disposición final.

EMISIONES DE RUIDO.

Los niveles de ruido que aparecen en la siguiente Tabla, muestran que los niveles proyectados para las faenas de extracción y procesamiento de áridos durante el horario diurno estarán en cumplimiento con los niveles máximos permisibles de acuerdo al D.S. NO 146/97

MINSEGPRES.

Tabla. Evaluación de los niveles proyectados en la línea base durante el horario diurno.

1 45 40 50 Cumple 2 46 43 53 Cumple 3 44 41 51 Cumple 4 43 39 49 Cumple 5 42 44 54 Cumple

Al realizar una proyección de tos niveles de ruido generados por el proyecto de extracción y procesamiento de áridos durante el horario diurno, se pudo observar en la tabla anterior que los niveles máximos permisibles para una zona rural, según lo establecido en el D.S. N% 146/97, no se ven superados en ninguno de los puntos de las líneas base de ruido establecidas para este proyecto.

Además se señala que los trabajadores se verán afectados por los ruidos generados por la maquinaria y equipos a utilizar, los cuales estarán expuestos diariamente a trabajar con emisiones de ruidos molestos, por lo que el titular dispondrá del equipamiento necesario para la seguridad de la capacidad auditiva de los trabajadores que se encuentren cerca de cualquier maquinaria y/o equipo que sea fuente de emisión de ruido. Los elementos de protección personal serán otorgados por la empresa a cada uno de los trabajadores, la cual quedará registrado en las oficinas del proyecto.

Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Extracción y Procesamiento de Áridos en Pozo Lastrero, Sector Rinconada Pal-Pal, Abratec S.A." y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Extracción y Procesamiento de Áridos en Pozo Lastrero, Sector Rinconada Pal-Pal, Abratec S.A." cumple con:

4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales:

NORMATIVA MATERIA QUE INSTITUCIÓN FORMA DE CUMPLIMIENTO REGULA FISCALIZADORA

D.S. N0144/61. SEREMI de Salud Durante la etapa de construcción, se

Establece las normas para generarán emisiones que corresponden

evitar emanaciones o contaminación atmosférica de cualquier naturaleza.

Art. 1

principalmente al polvo en suspensión generado durante el despeje y desbroce del terreno. para las instalaciones asociadas al proyecto y durante la operación de la extracción (remoción y chancado del material).

El titular

medidas: e Se realizará la compactación y estabilizado de caminos internos y accesos, cuando su deterioro por uso to amerite, mejorando las condiciones del mismo. * Se encarparán los camiones de la empresa que salgan con áridos del área del proyecto.

ejecutará las — siguientes

e Se exigirá respetar la velocidad máxima de circulación por los caminos. . Se humectará el camino durante el periodo. estival y en horario de operación de la planta, realizando al menos 4 pasadas diarias con camión

aljibe, para lo cual se llevará un registro horario de cada pasada. * Se realizarán gestiones con la

Municipalidad de Bulnes y las empresas usuarias de las vías de acceso, buscando el compromiso de mejorar las medidas mencionadas anteriormente.

Además toda maquinaria y vehículo contará con las revisiones técnicas correspondientes, por último, todo camión que circule con material fuera del área del proyecto irán encarpados, así evitar la suspensión de material particulado, debiendo quedar en las oficinas de despacho el registro de esta medida (verificación efectiva y eficiente del encarpado de carga).

D.S. N075/87

Establece condiciones mínimas para el transporte de cargas que puedan causar molestias a la comunidad.

Art. 2 y 3

Inspectores municipales Carabineros Chile

y de

Se exigirá que todos los vehículos de que se retiren del área de emplazamiento de proyecto cumplan con las siguientesdisposiciones:

e Cubrimiento de la carga.

  • Aseguramiento de la carga. El despachador de la carga instruirá a los camiones respecto al uso de carpa, se instalaran letreros indicando la hecesidad de cubrir la carga con carpas.

D.S. N% 146/98 Establece niveles máximos permisibles de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas

SEREMI de Salud

La generación de ruido del proyecto se evaluó mediante un Estudio de Impacto Acústico realizado por un profesional del área. Dicho informe se presenta en el Anexo 6 de la presente DIA, el que concluye que los niveles de emisión asociados al proyecto se encuentran en conformidad con los niveles máximos permisibles de acuerdo a lo referidos en el DS. 146/97 MINSEGPRES. La empresa proveerá al personal con equipamiento antiruido adecuado, además de operar en condiciones diurnas.

D.S. No 594/99

Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Título TI “Del saneamiento básico de los lugares detrabajo”, Párrafos 2 y 4.

SEREMI de Salud

El agua potable será a través de un sistema particular el cual será presentado para su aprobación a la autoridad sanitaria,

Con respecto a los servicios sanitarios, se construirá un sistema particular de alcantarillado que cuente con las caracteristicas adecuadas para el número de trabajadores que se estima trabajen en el proyecto (Anexo 11 de la DIA).

D.S. 148/04, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos

SEREMI de Salud

Respecto de los residuos peligrosos, estos se generarán al realizar mantenciones de emergencia, éstas se llevaran a cabo en planta por personal especializado, al finalizar la mantención se retiraran y dispondrán «todos los residuos resultantes (envases de lubricantes, huaipes, entre otros) en tambores claramente identificados y se trastadaran de manera inmediata a las oficinas centrales de Abratec S.A, quien cuenta con una bodega de RESPEL autorizada por la Autoridad Sanitaria.

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Ley NO 19,473

Prohíbe en todo el territorio nacional, la caza o captura de ejemplares de la fauna silvestre, catalogados como especies en peligros de extinción, vulnerables, raros y escasamente conocidas así como la de las especies catalogadas como beneficiosas para la actividad Silvcagropecuaria.

Servicio Agrícola y Ganadero (SAG)

El ecosistema del lugar presenta una alta diversidad de aves asociadas a terrenos agrícolas y cuerpos de agua, las cuales no presentan problemas de conservación, excepto por la herpetofauna la cual es poco abundante con algunas especies con problemas de conservación,

Para el cumplimiento de estas disposiciones el titular dispondrá de capacitación a sus trabajadores y mantendrá letreros visibles a todo el personal alusivos a las disposiciones de esta Ley que prohíbe la caza y captura de especies con alguna categoría de conservación,

D.S. 430/2001 del MINECOM, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley NO 18,892 de 1989 y sus modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura

SERNAPESCA SUBPESCA

El Titular cuenta con piscinas de decantación y sedimentación para el tratamiento de las aguas de lavado para su posterior descarga, por lo cual durante la tramitación de obtención del caudal de dilución del Río Itata, para obtener la autorización de regirse por el D.S. 90 Tabla N%2, el sistema de tratamiento cumplirá con D.S. 90 Tabla Noí “Límites máximos permitidos para la descarga de residuos líquidos a cuerpos de agua fluviales”, por lo cual la descarga no afectará la columna de agua y los recursos hidrobiológico.

Ley 17.288

Define la entrega a la tuición del Consejo de Monumentos Nacionales, los Monumentos Nacionales, Históricos, Públicos y Arqueológicos; y Santuarios de la Naturaleza declarados como tales a proposición del Consejo.

Carabineros de Chile

Consejo de Monumentos Nacionales

En caso de hallazgos de restos definidos en la ley de Monumentos Nacionales, se paralizarán las faenas y se procederá a denunciar el hecho a la autoridad competente, en - la persona del Gabernador Provincial, el que ordenará a Carabineros que vigile el lugar hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo de él, como se establece en elo artículo 23 del Reglamento de arqueología de la Ley 17.288.

DL 701/74

Establece que toda intervención en plantaciones ubicadas en terrenos de aptitud preferentemente forestal debe efectuarse previa aprobación a través de un plan de manejo aprobado por Corporación Nacional Forestal.

Corporación Nacional Forestal

En el Anexo 4 de la DIA se adjunta la resolución de aprobación al Permiso Ambiental 102, dando cumplimiento al DL 701.

Ley 20.283, Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal de 2008.

Corporación Nactonal Forestal

El titular no considera ta corta, tala o intervención de bosques nativos acogidos a la Ley N*20.283. Asimismo, durante el proceso de evaluación el titular disminuyó en 10 hectáreas efectivas de intervención con el objeto de tener que efectuar tala de formaciones boscosas presentes en dicha área

En caso de requerirse alguna intervención de este tipo, presentará previamente los respectivos Planes de Conservación e informes de expertos establecidos en el artículo 19 de la citada Ley,

D.S. N* 82 Reglamento de Suelo, Aguas y Humedales de 2011.

Corporación Nacional Forestal

El titular presentará toda la información requerida por dicho reglamento en caso de intervenir algunas de tas disposiciones ahí señaladas.

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ES

D.S.N069/89, Establece | Servicio Regional | Existirá una revisión por parte de normas de emisión del de Salud | encargado de despacho generando un contaminantes aplicables a| Carabineros registro de todos los vehículos los vehículos motorizados y | Municipalidad motorizados, y así exigir que estos fija los procedimientos para | correspondiente cuenten con sus revisiones técnicas al su control, día. D.S. NO 55/1994, Norma de | Inspectores Abratec implementará un sistema de emisión para vehículos | Municipales, Y | seguimiento: para la mantención de motorizados pesados | Carabineros. sus equipos la que se desarrollará con el Ministerio de Transporte y objeto de mantenerlo en buenas Comunicaciones. condiciones mecánicas y se cumplan lo establecido en la Norma. Establece los estándares de El registro de las mantenciones estará a emisión que deberán cumplir disposición en las instalaciones los vehículos motorizados administrativas del proyecto. pesados

4.2 Permisos ambientales sectoriales:

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Extracción y Procesamiento de Áridos en Pozo Lastrero, Sector Rinconada Pal-Pal, Abratec S.A." requiere de fos permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 90, 91, 94, 96, 102 y 106 del D.S. N“95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Los antecedentes técnicos y formales que acreditan el cumplimiento de cada uno de los permisos ambientales sectoriales sefalados precedentemente fueron presentados por el titular en la DIA y complementados en las respectivas Adendas N01 y N*2

Los requisitos técnicos y formales presentados para cada uno de los permisos fueron informados favorablemente por los órganos del estado con competencia en la materia.

  1. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo

11 de la Ley NO 19,300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Extracción y Procesamiento de Áridos en Pozo Lastrero, Sector Rinconada Pal-Pal, Abratec S.A." no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias, dadas las siguientes consideraciones:

5.1.- Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra a) del artículo 11, de la Ley N* 19,300, riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que el proyecto genera o produce, es posible indicar que atendiendo a los antecedentes presentados por el titular, particularmente referido al tipo de proyecto que se refiere a ta extracción de áridos en un pozo lastrero y procesamiento del material a través de una planta chancadora, todas las emisiones declaradas se ajustan alos límites permisibles por las respectivas normas de emisión. Asimismo, el titular dispuso medidas específicas para el abatimiento de material particulado, sistema de tratamiento de residuos líquidos y manejos autorizados de residuos sólidos que acreditan el cumplimiento de la normativa.

5.2.- Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra b) del artículo 11, de la Ley 19.300: Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y alre, es posible indicar que atendiendo a las características y antecedentes proporcionados por el titular del proyecto, en lo relativo al sistema de extracción de áridos, procesamiento del material y construcción del puente sobre el estero Pal Pal, esta Comisión estima que el proyecto no generará o presentará, dichos efectos, características o circunstancias, por lo que no le resultan aplicables las letras “a” a lag” del Art. 6% del RSEIA.

5.3.- En relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra (3) del artículo 11, de la Ley 19.300, reasentamiento de comunidades humanas, O

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alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, es posible señalar que, atendiendo a la naturaleza y características propias del proyecto, no implicará cambios en fas dimensiones geográfica, demográfica, antropológica, socio-económica y de bienestar social básico, por lo que esta Comisión estima que el proyecto no generará o presentará dichos efectos, características o circunstancias, por lo que no le resultan aplicables las letras “a” a la Ye” del Art. 89 del RSEIA.

5.4.- En relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra d) del artículo 11 de la Ley 19.300, localización próxima a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, es posible señalar que el proyecto ño se emplaza en un área de dichas características, por lo que esta Comisión estima que no se generarán efectos sobre dichos elementos.

5.5.- En relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra e) del artículo 11, de la Ley 19.300, debe indicarse que por las características del lugar de localización y por la naturaleza y características propias del proyecto, el cual consiste en la extracción y procesamiento de áridos y construcción de un puente sobre el estero Pal Pal, esta Comisión estima que el proyecto ho generará o presentará dichos efectos, características o circunstancias, por lo que no le resultan aplicables las letras “a” a la “d” del Art. 109 del RSETA.

5.6.- En relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra 3) del artículo 11, de la Ley 19.300, debe indicarse que el proyecto no generará o presentará alteración de monumentos, — sitios con valor antropológica, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, el titular ha señalado que en el área de influencia del proyecto ho existen monumentos nacionales conforme a lo señalado en la ley 17.288. No obstante, ante el hallazgo de materiales arqueológicos con ocasión de cualquier excavación o movimiento de tierra del proyecto el titular procederá de acuerdo a lo dispuesto en el Art. N* 26 de la Ley N“ 17.288, dando aviso al Consejo de Monumentos Nacionales, por lo que esta Comisión estima que el proyecto no generará o presentará dichos efectos, características o circunstancias, por lo que no le resultan aplicables las letras “a” a la “d” del Art. 11% del RSEIA.

  1. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de fas actividades de fiscalización de los Organos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecta, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones. .

  2. Que, para que el proyecto "Extracción y Procesamiento de Áridos en Pozo Lastrero, Sector Rinconada Pal-Pal, Abratec S.A," pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables,

  3. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la VIII Región del Biobío, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

%. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la VIN Región del Biobío, la individualización de cambios de titularidad.

10.Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implernentadas por éste directamente o, a través de un tercero.

11.Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío

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RESUELVE:

l.

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CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Extracción y Procesamiento de Áridos en Pozo Lastrero, Sector Rinconada Pal-Pal, Abratec S.A.".

CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Extracción y Procesamiento de Áridos en Pozo Lastrero, Sector Rinconada Pal-Pal, Abratec S.A." cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en tos artículos 90, 91, 94, 96, 102 y 106 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Dejar constancia que una vez emitida esta Resolución, ningún organismo competente en materia de permisos ambientales podrá negar las autorizaciones de su competencia aduciendo razones ambientales, como tampoco incluir exigencias adicionales de carácter ambiental a lo ya resuelto por esta Comisión como requisito de aprobación ambiental,

Hacer presente que la presente Resolución no exime a la Empresa ABRATEC S.A., de la obligación de solicitar las autorizáciones o permisos ambientales que, de acuerdo con la legislación vigente, deben emitir los organismos del Estado competentes, previo a la ejecución del proyecto, debiendo una vez obtenidas dichas autorizaciones, remitir las copias respectivas al Servicio de Evaluación Ambiental, región del Biobío.

Disponer que las normas, condiciones o exigencias en base a las cuales se dicta la presenta resolución serán fiscalizadas por la Dirección Regional del SAG, Dirección Regional de Aguas, Corporación Nacional Forestal, Región del Biobío, SEREMI de Salud, SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Servicio Agrícola Ganádero, Región del Biobío, SEREMI de Agricultura, sin perjuicio de las atribuciones que le corresponden, en esta materia, a la propia l. Municipalidad de Bulnes.

Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.

Notifíquese y Archívese

ZALICA DE AS Región ye SA:

Lobos Del Fierro

Intendente

ón de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío

VLDF/BRA/ARS/

Distribución:

Siegfried Hoffmann Rahn, Representante Legal ABRATEC S.A. Corporación Nacional Forestal, Región del Biobío Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío

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Dirección Regional del SAG, Región del Biobío

Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Biobío Dirección Regional de Pesca, Región del Biobío

Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío Dirección Regional SEC, Región del Biobío

Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur

Gobierno Regional, Región de Biobío

lustre Municipalidad de Bulnes

SEREMI de Agricultura, Región del Biobío

SEREMI de Medio Ambiente, Región del Biobío

SEREMI de Salud, Región del Biobío

SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región del Biobío SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío Consejo de Monumentos Nacionales

609)0060%6005s0sec9806.R0«£q../.

Ela; + Expediente del Proyecto "Extracción y Procesamiento de Áridos en Pozo Lastrera, Sector

Rinconada Pal-Pal, Abratec S.A." « Árchivo Servicio Evaluación Ambiental, VIII Región del Biobío

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