Evaluación SEA

Viviendas Sociales Compañia Real - Etapas 1 a 5

Rol 5838031
SEA · DIA · Aprobado · 2011-07-29 · Región del Libertador General Bernardo O'Higgins · Constructora e Inmobiliaria CVP SpA

REPÚBLICA DE CHILE | : COMISIÓN DE EVALUACIÓN VI REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS

Califica Ambientalmente el proyecto “Viviendas Sociales Compañía Real - Etapas 1 a 5”

Resolución Exenta N* 173/2011

Rancagua, 11 de noviembre de 2011

VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda del proyecto “Viviendas Sociales Compañía Real — Etapas 1 a 5, presentada por e! Señor Luis Vargas Correa, en representación de Constructora e Inmobiliaria CVP S.A. con fecha 29 de julio de 201H

  2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de lal Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos

a) Referente a la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto

Oficio N 746/2011 de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones. Región del Libertador General Bernardo O'Higgins: Oficio N 834/2011 de la Dirección de Obras Hidráulicas, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N 673/2011 della SEREMI de Planificación y Cooperación. Región del Libertador General Bernardo O'Higgins: Oficio N 1736/2011 de la SEREMI de Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N 259/2011 de la SEREMI MOP, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N 379/2011 de la Dirección General de Aguas Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N 1954/2011 del SAG, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, Oficio N% 382/2011 de la Dirección General de Aguas, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins. Oficio NO 1307/2011 de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins: Oficio N 654/2011 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios; Oficio N* 291 de la SEREMI de Medio Ambiente. Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; Oficio N% 3390/2011 de la lustre Municipalidad de Rancagua; y Oficio N% 4738/2011 del Consejo de Monumentos Nacionales

b) Referente a la Adenda N? 1 de la DIA del Proyecto

Oficio N% 2337/2011 de! SAG, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins: Oficio N? 4298/2011 de la Ilustre Municipalidad de Rancagua; Oficio N 375/2011 de la SEREMI de Medio Ambiente, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins: y Oficio N 6005/2011 del Consejo de Monumentos Nacionales

  1. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental cel proyecto “Viviendas Sociales Compañía Real — Etapas 1 a 5

  2. Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2 del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento de! Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental: la Ley 19.880 establece Bases de los Proced mientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración de! Estado: la Resolución N* 1 600 de 2008, que fija texto Refundido Coordinado y Sistematizado de ¡a Resolución N% 55/92, ambas de la Contraloría General de la República; y las demás normas aplicables a' proyecto

  3. El Oficio Ordinario N 976 de fecha 7 de noviembre de 2011, que Cita a la Sesión N 15 de 2011 del Comité Técnico de! “Viviendas Sociales Compañía Real — Etapas 1 a 5”

  4. La Sesión N? 15 del Comité Técnico de Evaluación Ambiental. de fecha 9 de noviembre de 2011.

  5. El Acta N? 19 de la Sesión N' 15 de 2011, del Comité Técnico de Evaluación Ambiental me ves

  6. Acuerdo sesión Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, de fecha 11 de noviembre de 2011.

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O'Higgins debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto “Viviendas Sociales Compañía Real - Etapas 1 a 5”, presentado por el señor Luis Vargas Correa, en representación de Constructora e Inmobiliaria CVP S.A., con fecha 29 de julio de 2011

2 Que, el derecho del señor Luis Vargas Correa en representación de Constructora € Inmobiliaria CVP SA. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Admin stración del Estado.

  1. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva y SU Adenda, el proyecto "Viviendas Sociales Compañía Real — Etapas 1 a 5” consiste en

3.1 Ubicación

El proyecto se emplaza en el sector nororiental de la ciudad de Rancagua, específicamente en la calle Edmundo Cabezas N* 1807, Lote B1 Rol 1408-214 y Lote B2 Rol 1408-215, y Av. la Compañía s/n, Lote A-1 Rol 1408-216, Lote A-2 Rol 1408-217 y Lote A-3 Rol 1408-218 en la comuna de Rancagua, Región del Libertador Bernardo O'Higgins. Corresponde a un loteo y construcción simultánea de 686 casas que se construyen en 2 años y en 5 etapas, ubicadas en un sector compatible desde el punto de vista urbano, ya que se emplaza en una zona de extensión urbana EX2 establecida por el Plan Regulador Comunal vigente de la comuna de Rancagua, permitiendo usos de suelo como viviendas, equipamiento a escala interurbana, comunal y vecinal (comunitario, áreas verdes, entre otros)

Las coordenadas UTM Datum WGS 84 Huso 19 sur para el polígono del proyecto de loteo son las siguientes

Vértice loo Coordenadas UTM a Y Este [Note | Noroeste 342.981 6.219.579 | Noreste 1343342 6.219.301. | Suroeste _ [342867 6219426 | Sureste 1 343.205 _6.219:107

3.2 Antecedentes y Justificación del Proyecto

El proyecto está compuesto por un total de 686 soluciones habitacionales de un valor aproximado de 586 UF. orientado al subsidio en línea Reconstrucción, Fondo Solidario de Vivienda, título |. Un 80 % del grupo corresponde a damnificados del terremoto que azotó la zona central del país el 27 de febrero del 2010, y el restante 20 % lo constituyen postulantes en línea regular al subsidio Solidario del mismo título

El proyecto se emplaza a unos 800 m de la Villa Cordillera, lugar donde se concentra un gran número de damnificados por el terremoto, entregando una oferta habitacional a las familias damnificadas que aún no tienen una solución a su problemática.

Las viviendas al pertenecer al fondo solidario de vivienda título | en la temática Construcción en Nuevos terrenos; permite que los habitantes damnificados accedan a esta modalidad, dado que no poseen la capacidad de adquirir alguna deuda hipotecaria por no ser sujetos de créditos. Además las familias beneficiarias pertenecen a los quintiles más desfavorecidos y poseen un puntaje en la ficha de protección social. menor a ocho mil quinientos puntos.

El porcentaje mayoritario de postulantes proviene de Villa Cordillera, la cual es considerada una de las más afectadas por el terremoto en la Comuna de Rancagua; dejando el 100 % de las viviendas en condiciones inhabitables y a miles de familias sin viviendas, por riesgos de derrumbes.

En búsqueda de solucionar sus problemas habitacionales, aproximadamente 300 vecinos se agruparon y constituyeron los Comités de Vivienda Compañía de Jesús 1, ll y Il con sus respectivos dirigentes, los cuales en búsqueda de soluciones y las posibilidades de mejoras en su

calidad de vida. tuvieron conocimiento del Proyecto Compañía Real, con Subsidio Solidario Título | dr A Y A,

El diagnóstico actua' de los damnificados de Villa Cordillera corresponde a personas en calidad de arrendatarios o de alegados en casa de familiares, familias que están haciendo uso de viviendas de emergencias en las cercanías de la Villa Cordillera, y en un! porcentaje menor se encuentran aquellos que estár haciendo uso de la vivienda declarada inhabitable, lo que involucra un riesgo a la integridad física de las familias

El proyecto tiene un período de construcción de 2 años, divididos en 5 etapas, las que se señalan a

continuación: |

T = T V l ttapa | N” Viviendas | ' Entrega

142 |Noviembre2011 IA E _ | Noviembre 2011 1 M 9 ¡Jumozor2] Y 150 Septiembre 2012 | vo | 145 | Septiembre 2012 A

El proyecto habitacional tiene dos tipos de casas, ¡as cuales fueron señaladas en Anexo N' 1 de la DIA, que indica detalles arquitectónicos de los distintos tipos y Ubicaciones de estas. En el Anexo N? 2 de la DIA se agjunta planimetria con anteproyecto inmobiliario completo para las 5 etapas.

El proyecto tipifica de acuerdo al artículo 10 letra h) de la Ley 19 300, el que indica que deben someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) los: “planes regionales de desarrollo urbano, planes intercomunales, pianes seccionales, proyectos industriales O inmobiliarios que los modifiquen O que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas”. Adicionalmente, las características indicadas en el Reglamento! del Sistema de Evaluación de Impacto Ambienta! (SEIA), en su artículo 3 letra h), define lo! que se entiende por proyecto inmobiliario

3.3 Etapas del Proyecto 3.3.1 Etapa de Construcción

El proyecto se construye en 5 etapas, con una duración de 9 meses para la construcción de cada etapa del proyecto, siendo las etapas 1 y 2 en construcción simultánea y posteriormente de la misma forma las etapas 3 a 5. El programa de construcción tipo es el siguiente:

_ Programa de Construcción por Etapas |

Lo Meses IAE Sua Instalación de faenas — AT XXX

Obra gruesa PEA: Xx

x 7

¡ Fundaciones ] MEJEIÉA 17 17]

| Rellenos - L xx] xt EE Xx

E gruesa piso 1

Obra gruesa piso 2. Instalaciones domiciliarias ¿ Techumbre___ o | Terminaciones | o Obras exteriores Urbanización

Alcantarillado A Les ip] _Empalme de colector

[ Agua potable | JE EIIA

| Conexión red agua potable - 0 - - | Pavimentación - aguas liuv as XIX]

Alumbrado público empalmes - Meas Verdes - Señalizacion

La etapa de construcción está integrada por las siguientes actividades

Instalación de Faenas |

Antes de comenzar los trabajos de construcción, se limita el loteo con un cierre provisorio Se realiza una nivelación total del terreno, retirando por completo la capa vegetal con maquinaria adecuada aprovechando la tierra apta en jardines, patios y áreas Verdes Luego. se levanta una instalación de faenas con el fin de proveer a la obra de bodegas, baños, talleres y comedores para los trabajadores, y oficinas para profesionales y administrativos. Las oficinas corresponden a

contener, |

Movimientos de Tierra

Para el mejoramiento de terreno se procede a rellenar con 1,3 m de material integral y 0.6 m de material bajo tamiz. luego se coloca material estabilizado bajo tamiz 11/12 - 2, en capas compactadas de un espesor de 30 cm, llegando al nivel de terreno.

Para la colocación de las tuberías de aguas servidas se ejecuta una excavación de 3 m. La excavación es de 80 — 100 cm de profundidad. Para el agua potable, la excavación es de 1,4 m de profundidad por 70 cm de ancho. En el caso de las instalaciones de gas, la excavación corresponde a 90 cm de profundidad por 30 - 40 cm de ancho. Para la instalación eléctrica. las excavaciones son de 80 cm de profundidad.

En todas las instalaciones de tuberias se considera una base de arena compactada de 10 cm, revestimiento de toda la tubería y 15 cm compactados sobre la clave de la tubería. En las áreas donde las napas se encuentren superficiales o donde el porcentaje de humedad sea excesivo, se instala geotextil y gravilla, previo a la colocación de los ductos de instalaciones

Trazado de Loteo El trazado se ejecuta respetando las indicaciones de planimetría y cotas de nivel, de acuerdo a los planos

instalaciones Sanitarias, Gasfiteria y Eléctrica Domiciliarias

Con los planos de instalaciones sanitarias, gas y electricidad aprobados por la Superintendencia de Servicios Sanitarios y por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, respectivamente, se determinan los tabiques que se replantean para la instalación de ductos. Junto con lo anterior, se ejecuta el trazado de instalaciones y se procede a la excavación para la colocación de tuberías. A continuación se recubre con material estabilizado hasta nivelar nuevamente la terraza, y Se compacta la planta completamente

Excavaciones Profundas

Una vez que se han trazado las vigas de fundación se realiza la excavación, procurando obtener en esta etapa el ancho correspondiente de las vigas. Los sellos de fundación son horizontales y las profundidades tal como se detallan en pianos.

Moldajes de Fundaciones

Para la colocación de moldajes se prepara el material, determinando las alturas necesarias y la aplicación de desmoldante. Una vez revisados los moldajes, se coloca polietileno 0,2 mm traslapado para evitar el contacto del hormigón con el terreno de fundación

Armadura de Fundaciones

La colocación de las armaduras en las fundaciones se efectúa de acuerdo a lo estipulado en los planos de cálculo respetando diámetros, dimensiones y resistencia especificada. Se colocan las vigas de fundación y la malla inferior del radier, considerando sus respectivas distribuciones de ductos, ya sea gas, agua potable, alcantarillado y eléctrico. Efectuadas las instalaciones se colocan las armaduras, los separadores de malla y la malla superior.

Hormigón de Fundaciones

Para la faena de hormigonado se chequea y aprueba la armadura y las instalaciones de las losas de hormigón. Para la nivelación de la losa de fundación se trabaja con pollos chequeados con nivel topográfico. La consolidación del hormigón en los moldajes se ejecuta mediante vibración mecánica para impedir la formación de nidos. El vaciado del hormigón se realiza según la normativa vigente para evitar segregación del material. Para el curado del hormigón se utilizan diques de arena por todo el perímetro, formando una piscina y posteriormente abundante agua

Albañilería Primer Nivel Para efectuar las albañilerias, se efectúa el trazado de muros. Antes de colocar la primera hilada

se impermeabiliza la losa de fundación para impedir que el muro absorba humedad por capilaridad

En las albañilerías armadas, el emplazamiento de los tensores es fundamental para cumplir con las especificaciones de cálculo, en cuanto su ubicación y diámetro del fierro. Durante esta actividad se respetan las indicaciones de los planos de cálculo, para los vanos se utilizan marcos metálicos calibrados, de este modo se facilita la obtención de cotas de terminación

Finalizada esta actividad se mantienen los muros húmedos durante al menos tres días, para permitir un correcto curado del mortero.

Losas Una vez terminada la albañileria del primer nivel se confeccionan las vigas y losas, siguiendo en q Er A as e jes la altura de las albañilerías y se

vigas de apoyo primarias y secundarias, y alzaprimas que sostienen las placas premium a las cuales se les aplica previamente desmoldante. Luego se coloca lá armadura inferior de la losa y los respectivos separadores, para otorgar el recubrimiento necesario de la enfierradura. Posteriormente, se efectúa la distribución de Instalaciones eléctricas. agua potable, alcantarillado y gas que se proyectan en la losa; también se instalan tensores para albañilerías de segundo nive: y arranques de espárragos donde corresponda. Para finalizar, se colocan los rebalses y de este modo. la losa queda preparada para recibir el hormigón, previo chequeo y aprobación de la inspección |

Hormigonado de Losas

Se usa una cinta o correa trasportadora para el vaciado del hormigón. El procedimiento es similar al utilizado en las fundaciones, se trabaja con pollos chequeados con nivel topográfico. La consolidación del hormigón en los moldajes se ejecuta mediante vibración mecánica. para impedir la formación de nidos. La terminación es platachada para recibir posterior revestimiento cerámico o alfombra. Para el curado del hormigón se utilizan cordones de arena por todo el perimetro y posteriormente abundante agua

Albañilería Segundo Nivel

Esta actividad es similar a la albañileria del primer nivel, difiere en la necesidad de instalar andamios para permitir el tránsito de los trabajadores al segundo nivel. Durante la actividad se da cabida a las instalaciones que se proyectan en los muros de albañilería del segundo nivel.

Coronación

Para la coronación se coloca la enfierradura que se indica en los planos de cálculo, previa nivelación y determinación de la altura del hormigón y se colocan separadores. A continuación, se colocan los moldajes de rebalse, previa aplicación de desmoldante y los arranques para 'as cerchas (espárragos) que se trazan en el moldaje. En la faena de hormigonado de las vigas de coronación se utiliza una correa o cinta trasportadora para lel vaciado del hormigón. La consolidación del hormigón en los moldajes se efectúa mediante vibración mecánica para impedir la formación de nidos

Cerchas y Frontones

La confección de cerchas se rige por las dimensiones y escuadras indicadas en los planos de cálculo, en caso de ser prefabricadas son aprobadas por el calculista, cumpliendo con la normativa vigente, en lo que a contenido de humedad se refiere

3 3.2 Etapa de Operación

La etapa de operación para este tipo de proyecto contempla la habitación de las distintas viviendas desarrolladas por el conjunto residencial. las Cuales tienen conexión con la Av. Uruguay y calle Venus a través de calle Edmundo Cabezas, permitiendo que los flujos vehiculares puedan dirigirse hacia el sur o al norte

La normativa existente aplicable en la etapa de operación está constituida por el impacto vial que provoca el proyecto, cuyo estudio se adjuntó en el Anexo N* 6 de la DIA, especificando el estudio de impacto sobre el transporte urbano (EISTU). el que tiene por objetivo analizar y evaluar la magnitud de los posibles impactos que pudieran producirse en la red vial circundante al futuro proyecto habitacional. A continuación se señala una síntesis del EISTU.

  • Vías de Acceso: El área de influencia del proyecto corresponde a las vías de ingreso y egreso al proyecto, siendo la más importante calle Edmundo Cabezas. Ay. Uruguay, calle Ursa Mayor y calle Venus, las cuales absorben los mayores flujos vehiculares que permiten los Ingresos y egresos de! conjunto habitaciona! |

La calle Edmundo Cabezas corresponde a una vía del tipo “Servicio”, cuya principal función es permitir los desplazamientos vehiculares tanto de locomoción colectiva como particulares. Esta via posee 2 pistas de 3,5 metros cada una con sentido de tránsito bidireccional de oriente a poniente, y viceversa.

La Av. Uruguay es una vía del tipo "Colectora”, posee sentidos de tránsito bidireccionales de norte a sur y viceversa, cuenta con 2 pistas con un ancho irregular. El proyecto habitacional consolida la calzada poniente, separada por un bandejón central

La calle Venus es una vía del tipo “Servicio”. la cual permite que los flujos vehiculares de locomoción colectiva y particulares se desplacer de sur a norte y viceversa. Esta vía posee 2 pistas de 3,5 metros cada una

La calle Ursa Mayor es una vía del tipo “Servicio”, la cual permite que los flujos vehiculares de locomoción colectiva y particulares se desplacen de oriente a poniente y viceversa. Posee 2 pistas de 3,5 metros cada una.

El proyecto inmobiliario contempla su acceso vehicular por calle Edmundo Cabezas y por Av Uruguay. El diseño de dichos accesos se basa en las disposiciones que indica el Manual de Recomendaciones para el Diseño del Espacio Vial Urbano (REDEVU), el cual recomienda que la distancia de un acceso con respecto a su esquina más próxima depende del flujo vehicular por pista (Veq/Hr-Pista). que se desplaza por la vía aledaña al acceso proyectado.

Los flujos medidos en calle Edmundo Cabezas y Av. Uruguay quedan en el rango de 0 a 100 Veq./Hr.-Pista y 201 a 300 Veq./Hr -Pista, para los cuales el REDEVU recomienda una distancia entre 6 m y 10 m; y entre 16 m y 10 m, distancias que son superadas por los 86 y 309 metros, que distan de los accesos proyectados a la intersección de calle Edmundo Cabezas con Av. Uruguay por lo tanto, el diseño del acceso cumple con las exigencias del REDEVU

  • Flujos vehiculares en horario punta críticos en la mañana 7:30 a 8:30 horas: Ingreso = 57 vehículos/hora; egreso = 252 vehícuios/hora.

  • Flujos vehiculares en horario punta críticos en la tarde 18:00 a 19:00 horas: Ingreso = 294 vehículos/hora: egreso = 75 vehículos/hora.

Los grados de saturación de la intersección Avenida Uruguay y calle Edmundo Cabezas son:

o Grado de Saturación 2% Situación Actual (%) | Situación con Proyecto (%) 13 60. 56 >]

[Periodo de Medición

17:30 a 8:30 horas (18

00 a 19:00 horas

6 id

De acuerdo a los resultados obtenidos por la modelación, el proyecto no provoca conflictos vehiculares. en relación a la variación en el grado de saturación, ya que estos grados son menores al 90% (porcentaje donde se produce congestión), señalando que el proyecto no causa problemas de congestión

Como se obtuvo un bajo nivel de interferencia sobre las vías que forman parte del área de influencia del proyecto. las acciones de minimización están enfocadas a los aspectos de seguridad de tránsito, en lo que dice relación con una adecuada señalización de tránsito vertical y horizontal.

Las calles Edmundo Cabezas, Venus y Ursa Mayor, además de la Av. Uruguay son las vías que absorben los flujos vehiculares que ingresan y salen del proyecto, por lo que es necesario implementar señalizaciones de tránsito, de acuerdo a lo que establece el Manual de Señalización de Tránsito del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en las que se consideran los siguientes trabajos

  • Se realiza la demarcación de paso cebra. lineas de detención, leyenda pare y flechas direccionales en las intersecciones de calle Edmundo Cabezas con Av. Uruguay y calle Venus, con el propósito de mejorar la seguridad de tránsito de los usuarios de las vías que forman parte del área de influencia del proyecto.

  • Se realiza la demarcación de líneas de eje, paso cebra, flechas direccionales e instalación de señales verticales pare, ceda el paso, aproximación paso cebra, parada de buses, no estacionar toda la vía, en las vias que formarán parte del área de influencia del proyecto calle Edmundo Cabezas, calle Venus, Av Uruguay y en el acceso vehicular proyectado.

  • Con el propósito de mejorar la accesibilidad del transporte público, se proyecta una parada de transporte público por calle Edmundo Cabezas, costado norte, 35 metros al oriente de Av. Uruguay

  • Una vez que la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de la región defina los trazados que tiene la locomoción colectiva al interior de las vías que forman parte del conjunto habitacional, se habilitarán las paradas de transporte público correspondiente.

  • El proyecto debe estar señalizado al igual que la ciclovía que se proyecta por la Av Circunvalación Norte, de acuerdo a lo que establece el Manual de Señalización de Tránsito del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

3.3.3 Etapa de Abandono

3.4 Servicios

Agua Potable y Alcantarillado

Durante la etapa de construcción, en los lugares más alejados hacia el interior del proyecto, se instalan baños químicos que cumplen con lo establecido en el D.S. N” 594/09 del Ministerio de Salud

Para el agua potable, el titular solicita un arranque y medidor provisorio para la construcción de las viviendas |

En el Anexo 4 de la DIA se adjunta el certificado de factibilidad N*8 de fecha 19 de enero de 2011 que emite la empresa de servicios sanitarios. para desarrollar las soluciones sanitarias para el proyecto. Mediante dicho certificado, el titular ejecuta las instalaciones sanitarias con sus obras de alimentación y recolección, incluyendo los correspondientes arranques de agua potable y uniones domiciltarias de aguas servidas. En este tenor los arranques domiciliarios se ejecutan de acuerdo a los planos tipos ESBBIO S.A. En caso de atravieso bajo calzada, se considera encamisado de diámetro dos veces e! diámetro del arranque.

Para el punto de conexión del agua potable se considera matriz de PVC de 200 mm de diámetro, por el costado norte de calle Edmundo Cabezas Junto con lo anterior, se verifica la presión de la cañería mencionada para proponer la solución de conexión y abastecimiento adecuado a las viviendas

Para el punto de conexión del alcantarillado se considera el emisario Machalí de 500 mm de diámetro, con una profundidad media de 3.1 metros y que posee escurrimiento hacia el poniente, e! Cual se ubica a un costado del deslinde norte del predio en la que se proyecta la prolongación de la futura Av. Circunvalación.

En cuanto al sistema de recolección de aguas servidas, hace pocos años se puso en funcionamiento la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Rancagua — Machalí — Graneros que tiene una vida útil de al menos 20 años. lo que implica que estén contabilizadas aguas residuales generadas por nuevos proyectos de acuerdo a la proyección de desarrollo de las comunas. Por lo tanto, el sector en estudio posee factibilidad sanitaria considerando que las obras atingentes al proyecto son efectuadas al momento de materializarse el proyecto de loteo

Electricidad

La energía eléctrica y alumbrado es suministrada por la empresa distribuidora. mediante empalme y medidor previamente autorizados por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles de la Región del Libertador Genera! Bernardo O Higgins.

Gas

En cuanto al gas, el sistema de distrbución se efectúa mediante balón de diferentes tamaños, distribuidos por empresas privadas existentes en este territorio de la región. las cuales poseen control de calidad del servicio

3.5 Evacuación de Aguas Lluvias

El lugar de emplazamiento del proyecto no posee red unitaria ni separada de aguas lluvias Dada la anterior condición, el proyecto de solución de aguas lluvias del proyecto incluye sumideros, colector de aguas lluvias, cámara de Inspección conduciendo sus aguas a zanjas de absorción. En el Arexo 1 de la Adenda N* 1 se adjunta la memoria técnica y la planimetria del proyecto de solución de conducción de aguas 'luvias |

Los sumideros se distribuyen de modo de repartir adecuadamente las áreas aportantes, quedando definidos por las rasantes de pavimentación de las calles y pasajes del proyecto habitacional.

Los colectores son tubos de 40 cm cuyo diámetro se adoptó una lluvia de diseño para un período de retorno de 2 años y una duración igual al tiempo de concentración a partir de la precipitación estimada para 1 hora de duración. la cual es de 27,55 mm/hora. |

Para cada tramo de los colectores se verifica que e: caudal de escurrimiento sea menor que la capacidad para una altura normal del 80% del diámetro; es decir, 212.7 l/s. Este valor se adopta por razones de seguridad, aun cuando la capacidad máxima de un colector corresponde a la altura del 94% del diámetro del tubo

La conducción de las aguas lluvias se deriva a zanjas de absorción ubicadas en el límite norte del proyecto, que incluyen suministro y colocación dei relleno con bolones, capa de grava, geotextil, la tubería de drenaje. y las cámaras decantadoras y de limpieza. Las zanjas de infiltración se rellenan sobre el geotextil con bolones limpios, tamaño medio 20 cm, sin material fino. Sobre el filtro geotextil de la cubierta superior, se coloca una capa de material de filtro granular de grava tamaño medio 1 cm, de 10 cm de espesor, compactado en seco con placa

El perfil de suelo en que se emplazan las zanjas de absorción tiene un horizonte de infiltración constituido por grava areno arcillosa, gradada a grava arcillo arenosa, con humedad media compacidad alta y estructura homogénea

La ejecución del proyecto de aguas lluvias revisado y aprobado por SERVIU es de responsabilidad del titular durante la etapa de construcción. Con respecto a las obras de mantención de redes secundarias, la Ley N* 19.525/1997 del MOP que “regula los sistemas de evacuación y drenaje de aguas lluvias”; señala que estas recaen sobre el SERVIU de la Región

3.6 Principales Emisiones, Efluentes y Desechos Emisiones Atmosféricas

Las principales emisiones atmosféricas corresponden a emisiones de polvo en suspensión por movimiento de tierra y circulación de vehículos, asociadas a la etapa de construcción.

Considerando que el proyecto se encuentra al interior de la zona declarada por el D.S. 07/2009 de MINSEGPRES como zona saturada por material particulado respirable mp10, como concentración anual y de 24 horas el valle central de la VI región, se efectúan las siguientes acciones de manejo ambiental asociadas a la etapa de construcción:

  • La mezcla de concreto en el sitio de obra debe realizarse sobre una superficie metálica y confinada. de tal forma que el lugar permanezca en óptimas condiciones y se evite cualquier tipo de contaminación y vertimiento.
  • En caso de derrame de mezcla de concreto, ésta se debe recoger y disponer de manera inmediata en un sitio adecuado. La zona donde se presentó el derrame se debe limpiar de tal forma que no exista evidencia del vertimiento presentado y si fuera necesario, se restauran o mejoran los suelos, cuerpos de agua y vegetación afectada
  • Se debe prohibir el lavado de camiones mezcladores de concreto en el frente de obra, si no se cuenta con las estructuras y el sistema de tratamiento necesarios para realizar esta labor. No realizar descargas y lavados en los alrededores. ya sea en espacio público o privado.
  • Para la ubicación diaria de materiales en el frente de obra se debe cumplir con las disposiciones del programa de señalización

Los materiales de construcción no pueden ser dispuestos, bajo ninguna circunstancia en espacio público - Se debe acondicionar un área dentro de la obra para su recepción y ubicación - Todo material de construcción debe ser depositado a cielo abierto en los frentes de obra, para luego permanecer cubierto, preferiblemente con lona mientras no esté siendo utilizado en el desarrollo de las actividades de obra del momento. - Se debe adecuar un sitio de almacenamiento de residuos metálicos, con su respectiva señalización informativa y preventiva, que cuente con capacidad adecuada para los volúmenes a manejar - En todo el proceso de manejo y disposición de los residuos metálicos, se debe tomar las medidas de seguridad para la manipulación de residuos especiales, para prevención de la contaminación y para la protección de los operarios, los cuales deben contar con los Elementos de Protección Personal EPP adecuados. - La disposición y manejo de volúmenes de residuos metálicos que puedan generar altos Niveles de Presión Sonora (NPS) en su área de influencia, deben realizarse en horas que no intervengan con las horas de descanso de la comunidad aledaña al área de la obra. - Con el propósito de evitar la contaminación de suelos y Cuerpos de agua, se debe dejar los residuos metálicos bajo techo con protección ¡ateral y aislamiento del piso. - El sitio de almacenamiento de los materiales se ubica lo más alejado posible de los cursos de agua - Las aguas del sitio de almacenamiento de los residuos metálicos no pueden drenar al alcantarillado público. Para tal efecto se puede utilizar un aislamiento como lona impermeable, ubicada de tal forma que impida el acceso del agua a los residuos metálicos; y que a la vez, evite el apozamiento del agua sobre la misma lona. - Para la disposición temporal de los residuos metálicos sobre suelo durante el horario de ejecución de las faenas de construcción, se debe ubicar una lona O material impermeable que impida el deterioro de la cobertura, y los derrames de grasas y aceites que puedan contener las piezas

  • Los residuos metálicos cuya longitud impida su ubicación dentro del contenedor deben cortarse a Un tamaño adecuado que permita su manejo en el transporte y disposición

  • Las baterías y demás implementos con mater'ales o residuos peligrosos, se deben ubicar en un cuarto sobre piso de concreto, con canales perimetrales y trampa de recolección de vertimientos, de tal manera que se evite al máximo la nfiltración de liquidos de las baterías hacia el suelo y subsuelo |

  • Todos los equipos. vehículos y Maquinaria al servicio della obra deben permanecer en condiciones adecuadas de operación y mantenimiento, cuyos registros deben permanecer en la instalación de faenas |

  • El constructor mantiene un listado con todos los equipos, maquinaria y vehículos al servicio de la Obra, sin excluir los de propiedad de subcontratistas |

  • Se implementa un sistema de lavado de ¡lantas, para el ingreso y salida de los vehículos, con el fin de reducir la emisión de partículas al aire.

  • La velocidad de los vehículos dentro del área del proyecto debe ser inferior a los 20 Km/hr

  • Durante el tiempo seco o época estival, se realiza humedecimiento del suelo por lo menos 2 veces al día, sobre las áreas desprovistas de acabados, andenes y vías

  • Se cubren con lona los materiales de construcción susceptibles de generar material particulado, siempre que no se esté haciendo cargue o descargue del mismo.

  • En obras realizadas sobre terrenos con pendiente pronunciada. llos sitios de almacenamiento de materiales de construcción y disposición de escombros están ubicados en un área protegida de la acción del viento

  • Se debe humedecer previamente las superficies a limpiar. para disminuir las emisiones de material particulado

  • Se realiza limpieza general en todos los frentes de obra al final de la Jornada laboral

  • Los vehículos al servicio de la obra no deben usar bocinas al interior de la misma. como condición habitual

  • Se evita el aporte de aguas procedentes de las actividades propias de la construcción a canales o cuerpos de agua, ubicados en zonas aledañas

  • Se garantiza que todos los sistemas de conducción de agua (tanto para aguas residuales resultantes del proceso constructivo, como las aguas residuales domésticas). permanezcan libres de fugas durante la etapa constructiva. lo cual evita encharcamientos y desperdicios del recurso hidrico

  • Se implementa un sistema de bombeo permanente para evitar los apozamientos de agua, los cuales constituyen riesgos de accidentes de trabajo y generan lá proliferación de vectores con riesgos para la salud.

  • La obra se encierra totalmente, con el fin de evitar riesgos para la obra, accidentes y molestias a los transeúntes y vecinos

  • Los accesos y el perímetro de la obra deben señalizarse y destacarse, de Manera que sean claramente visibles e identificables y permitan la orientación clara a los peatones.

  • Cuando se adelanten labores de excavación en el frente de obra, el área excavada se aísla totalmente con malla sintética o cinta de demarcación reflectiva. y se fijan señales preventivas e informativas para indicar la labor que se está realizando |

  • Todos los elementos de señalización permanecen limpios y bien instalados

Ruido

El Plan Regulador Comunal de Rancagua norma a! sector del proyecto como Zona de extensión urbana 2 (ZX2). Dado lo anterior para efectos de la Identificación de las Zonas potencialmente sensibles al ruido en la etapa de urbanización, considerada la de mayor sensibilidad, se ha tomado en consideración la zonificación establecida en la Ordenanza del Plan Regulador Comunal de Rancagua con respecto al uso de suelos y la distancia a las viviendas habitadas más cercanas a las etapas del proyecto. Al respecto, al efectuar una homologación con la zonificación respecto a lo indicado en el D.S. 146. la Zona de extensión urbana 2 (ZX2) Corresponde a una zona lll.

Las viviendas más cercanas son cuatro. cuya localización se muestran en el Anexo 5 de la DIA. A continuación se detallan los niveles máximos permisibles de presión sonora de acuerdo a la zona lll del D.S. 146, y para los proyectados durante la etapa de construcción del proyecto.

Lugar | Punto | TipodeZonaD.S. ] Lime Diurno | Proyectado ] po] 146/1997 | DS 148/19974B (A) | | | Vivienda Zonal o 0 0).$65 7d Ca | Vivienda | P2_2 1 Zonmam_ | — 65. — _Vivienda | _P3 | Zona lll 65 a] | Vivienda | P4 | Zonalil AI] PESE

La tabla anterior muestra que los va!ores de nivel de presión sonora proyectados cumplen con la normativa vigente, y en el Anexo 5 de la DIA se adjunta el informe acústico pertinente

Durante la construcción, la etapa que genera el mayor nivel de presión sonora es la urbanización del proyecto, porque se utiliza maquinaria pesada (retroexcavadoras y camión tolva). Para efecto de la construcción, se efectúa en horario diurno (08:00 horas a 18:00 horas) de lunes a sábado. No obstante lo anterior, se adoptan las siguientes acciones preventivas para el control de ruido:

  • Las faenas se ejecutan dentro del horario diurno comprendido entre las 08:00 y las 18:00 horas.

  • Instruir al jefe de obra en orden a estar dispuesto a recibir eventuales reclamos causados por ruidos accidentales e imprevistos

  • Mantener accesos y áreas de circulación vehicular sin baches, para evitar saltos y ruidos accidentales de la carga.

  • Prohibir a los camiones estacionados mantener el motor en marcha. los bocinazos y las aceleraciones en vacio

  • Revisar los silenciadores de los motores de combustión interna.

  • Evitar efectuar actividades ruidosas en forma simultánea.

  • Se utiliza betonera de bajo nivel de ruido (“trompo”). Se ubica en un área distante de las viviendas existentes, con el objeto de causar el menor ruido posible.

  • Prohibición de aplicar vibradores sobre las enfierraduras.

  • Se evita el uso simultáneo de aquellos equipos con mayor nivel de presión sonora.

  • No se ejecuta carpinteria metálica porque las puertas y ventanas llegan confeccionados desde fábrica, listos para ser instalados en obra.

  • Se cumplen las disposiciones del D.S. N” 594/99 del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Efluentes Líquidos Durante la etapa de construcción no se generan descargas de residuos liquidos. Las necesidades

de servicios higiénicos para el personal son satisfechas con baños químicos portátiles, contratados a empresas autorizadas por la Autoridad Sanitaria.

No existe generación de residuos del tipo aceites y resinas, ya que para el caso de los aceites y los equipos involucrados en la faena, efectúan sus mantenciones en servicios técnicos autorizados Para el caso de las resinas, el proyecto no contempla el desarrollo de este tipo de residuo

Residuos Sólidos

Los restos de carpintería y albañilería son retirados por el contratista para su utilización posterior por parte de este los residuos asimilables a domiciliarios son dispuestos en contenedores especialmente habilitados para este fin, y retirados por la empresa recolectora que opera actualmente en la comuna de Rancagua.

Se genera basura del tipo doméstica, proveniente de las tareas de alimentación del personal que labora en el proyecto (aproximadamente 20 kg. día). Esta se dispone en contenedores a la salida de la obra, de modo que se facilite la recolección por parte del servicio de aseo municipal

No se contempla la generación de residuos peligrosos según lo establecido por el D.S. 148/2003 Para el caso de los aceites, los equipos involucrados en la faena ejecutan sus mantenciones en servicios técnicos autorizados. Los residuos más asimilables a las características establecidas en el DS. 148/03 son los restos de pintura que quedan en los envases y restos de pegamentos, los que se disponen segregados dentro de la obra (sector aledaño a bodega de materiales) identificados y dispuestos en sitio autorizado.

A continuación se detallan los tipos de residuos sólidos derivados de la etapa de construcción, sus cantidades y solución de disposición.

| Htem | Tipo Residuo. | Descripción | nidad | Cantidad —Disposici no . -] 1 [Pinturas [Envase Pintura, | Kg 50 | Sitio autorizado

q pegamento | o | Po To o E . | icl mi | | 2 | Pinturas Tinetas plásticas c/u | - | A lan y venden como Exccócnia FAS OS Voesp untes malla e o Se reutilizan como elementos de refuerzo | 3 |Fierro ON m? 2 y faenas de estucos de fachadas de casas

[_ ¡A EA. E o del proyecto. a] | | | | e | Se reutiliza en zonas de tránsito peatonal |

4 |[pedrilo i m | j dentro de la obra.

No se contempla generar este tipo de

5 |Hormigón Hormiaón m? Ñ residuo. El material remanente del lavado | LE, | 9 ide camiones mixer se reutiliza como

| | insumo en faenas de pavimentación

Piel aa Az nintoas da al E le ronalada para consumo ¡rarticular.

Durante la utilización de las viviendas (etapa de operación), es responsabilidad municipal el retiro y disposición de los residuos sólidos asimilables a domiciliarios, los cuales se disponen en el Relleno Sanitario La Yesca |

  1. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Viviendas Sociales Compañía Rea! — Etapas 1 a 5” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Viviendas Sociales Compañía Real — Etapas 1 a 5” cumple con

4.1. Normas de Emisión y Otras Normas Ambientales 4.1.1. Legislación Ambiental de Carácter General Aplicable al Proyecto. - Constitución Política de la República de Chile de 1980

Materia

El Artículo 8% de la Constitución Po'ítica de la República de Chile establece: "El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contamiración. Es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar ¡a preservación de la naturaleza La ley podrá establecer restricciones específicas al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger el medio ambiente'

Formas de Cumplimiento

El proyecto se ajusta a todas las disposiciones establecidas en la Constitución. El sometimiento del Proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental asegura el cumplimiento de las garantias constitucionales.

  • Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley N 20.417 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia

Materia Establece el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).|

Formas de Cumplimiento

El proyecto se somete a! SEIA. mediante una Declaración de Impacto Ambiental, conforme a lo establecido en el Titulo Il Artículo 4 del Reglamento del Sistema de Evaluación ce Impacto Ambiental

  • Decreto Supremo N* 95/2001, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental del Ministerio Secretaría Genera! de la Presidencia.

Materia

Establece los proyectos que deben someterse al SEIA, los criterios para determinar la pertinencia de un ElA o de una DIA y establece los requisitos asociados a su presentación, tramitación y aprobación

Formas de Cumplimiento

El Proyecto se somete a! SEIA mediante una Declaración de Impacto Ambiental, conforme a los requisitos establecidos en el Artículo 15 del Reglamento del SEIA! Los permisos ambientales son obtenidos dentro del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental

El proyecto se ajusta a lo señalado en esta resolución de calificación ambiental, incluida la Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda las cuales pueden ser sancionadas por la Comisión de Evaluación. o en su defecto por la Superintendencia del Medio Ambiente, a solicitud de los órganos de Administración del Estado con competencias fiscalizadoras en el marco de ¡as leyes competentes.

4.1.2 Legislación Específica Aplicable ai Proyecto

Flora, Vegetación, Fauna y Recursos Naturales Renovables

  • Ley 20.283/2008 del Ministerio de Agricultura

Materia Regulada

Establece normas, procedimientos y recursos monetarios para la protección. la recuperación y e! mejoramiento de los bosques nativos, con el fin de asegurar la sustentabilidad forestal y la política ambiental |

Cumplimiento

En el terreno donde se emplaza el proyecto no existen especies forestales nativas y en estado de conservación, ya que el terreno anteriormente era agrícola, zonificado como zona de extensión urbana por el Plan Regulador Comunal de Rancagua.

  • DS N? 259/1980 del Ministerio de Agricultura

Materia Regulada Reglamenta la apiicación del DL 701/1974 sobre fomento de la actividad forestal.

Cumplimiento El proyecto no es vinculable a las materias establecidas en el DL 701/1974, puesto que se trata de un proyecto inmobiliario, y porque no existen especies vegetales en el terreno.

  • DS N? 276/ 1980 del Ministerio de Agricultura

Materia Regulada Reglamenta, establece requisitos y la época para el uso del roce a fuego como método para la destrucción de vegetación

Cumplimiento No existe vegetación y cultivos de frutales que requieran ser eliminados mediante roce a fuego, con el objetivo de dejar el terreno desprovisto de materia orgánica para dar cabida a las viviendas.

  • Ley N 19.473/1996 y Decreto Supremo N 5 de 1998 (Reglamento de la Ley de Caza) del Ministerio de Agricultura

Materia Regulada

Sustituye el texto de la Ley N* 4.601 sobre caza, estableciendo y regulando la crianza, conservación y utilización sustentable de animales de la fauna silvestre terrestre y de mamíferos anfibios. También establece la prohibición de la caza o captura de ejemplares de la fauna silvestre catalogados como especies en peligro de extinción, vulnerable, raro y escasamente conocido, así como también, las especies catalogadas como beneficiosas para la actividad silvoagropecuara, para la mantención del equilibrio de los ecosistemas naturales o que presenten densidades poblacionales reducidas

Cumplimiento

El terreno donde se emplaza el proyecto ha sido explotado agricolamente, por lo tanto, en el predio no se detecta fauna silvestre en estado de conservación, ni mucho menos especies en peligro de extinción. vulnerable O insuficientemente conocidas.

  • Ley N* 18.378 de 1984 que regula la protección de las áreas erosionadas o en peligro de erosión.

Materia regulad:

Esta ley prohíbe la corta de árboles situados hasta 100 metros de las carreteras públicas y de las orillas de los ríos y lagos que sean bienes nacionales de uso público, como también en quebradas u otras áreas no susceptibles de aprovechamiento agrícola o ganadero, cuando así lo requiera la conservación del patrimonio forestal.

Cumplimiento Por la naturaleza del proyecto, no se infringen las disposiciones contenidas en esta normativa.

  • Ley N 18.755 de 1989 que establece normas sobre el Servicio Agrícola y Ganadero modificada por la Ley N 19 283 /94

Materia regulada

Se regula el funcionamiento atribuciones. funciones y objetivos del Servicio Agrícola y Ganadero Dentro de sus funciones se establece la protección y conservación de los recursos naturales renovables que incide en el ámbito de la producción agropecuaria del país y el contro! de insumos y productos agropecuarios sujetos a regulación en normas legales y reglamentarias

Cumplimiento El desarrollo del proyecto contempla el cuidado y protección de los recursos naturales en todo sentido

Emisiones a la Atmósfera y Calidad del Aire

a A y

e oa la rasidancia

Materia Regulada

El art. único de este decreto declara como zona saturada por material particulado respirable PM 10 como concentración anual y de 24 horas, el valle central de la VI región, que incluye totalmente las comunas de Graneros, Rancagua, Doñihue, Olivar, Coltauco, Coinco, Quinta de Tilcoco, San Vicente de Tagua Tagua y Placilia y parcialmente, comunas de Mostazal. Codegua. Machalí. Malloa, Rengo, Requínoa, San Fernando y Chimbarongo

Cumplimiento

El proyecto cumple esta norma al someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental mediante la presente Declaración. Además. dentro del loteo habitacional se incluyen áreas verdes en cuyas superficies se planta vegetación que contribuya a mejorar la calidad de vida de los habitantes. Además, en el acápite 3.6 Principales Emisiones, Efluentes y Desechos, “Emisiones Atmosféricas” de esta resolución de calificación ambiental, se detallan las acciones de manejo ambiental para emisiones atmosféricas asociadas a la etapa de construcción que se ejecutan

  • Decreto Ley N* 3557 de 1981 que establece Normas sobre Protección Agrícola.

Materia regulada

Se regulan las actividades y empresas artesanales, industriales. fabriles y Mineras evitando que lancen al aire humos, polvos o gases, cuando se comprobare que con ello se perjudica la salud de los habitantes, se alteran las condiciones agrícolas de los suelos o se causa daño a la salud, vida, integridad o desarrollo de los vegetales o animales

Cumplimiento

No existe vegetación y cultivos de frutales que requieran ser eliminados mediante roce a fuego, con el objetivo de dejar el terreno desprovisto de materia orgánica para dar cabida a las viviendas: por lo tanto. no se contempla quema agricola en el proceso productivo.

  • Decreto Supremo N' 144/1961 del Ministerio de Salud

Materia Regulada

Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Se regulan las emisiones de gases, vapores, humos polvo, emanaciones o contaminantes de Cualquiera naturaleza, de cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, en forma que deban Captarse o eliminarse de manera de no causar peligro, daño o molestias al vecindario

Artículo 1%.- Los gases vapores. humos, polvo, emanaciones b contaminantes de cualquiera naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar[de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen, daños O molestias al vecindario

Artículo 2”.- Los equipos de combustión de los servicios de calefacción o agua caliente de Cualquier tipo de edificio. que utilicen combustibles sólidos o líquidos, deberán contar con la aprobación del Servicio Nacional de Salud, organismo que la otorgará cuando estime que la combustión puede efectuarse sin producción de humos, gases ño quemados, gases tóxicos o malos olores y sin que escapen al aire cenizas o residuos sólidos.

Artículo 3” - Los sistemas destinados a la incineración de basuras len actual funcionamiento. o los que se instalen en el futuro, deberán contar con la aprobación del Servicio Nacional de Salud, autoridad que la otorgará cuando estime que pueden funcionar sin producir humos. gases tóxicos o malos olores y siempre que no liberen a 'a atmósfera cenizas o residuos sólidos

Cumplimiento

En el acápite 3.6 Principales Emisiones, Efluentes y Desechos, “Emisiones Atmosféricas” de esta resolución de calificación ambiental, se detallan las acciones de manejo ambiental para emisiones atmosféricas asociadas a la etapa de construcción que se ejecutan

  • Resolución N* 1.215/1978 del Ministerio de Salud.

Materia Regulada

Fija las concentraciones máximas permisibles de los contaminantes atmosféricos Prohibe la quema de residuos sólidos, líquidos o de cualquier material combustible a cielo abierto en áreas rurales, radio urbano, vía pública y recintos privados, excepto cuando se efectúen con permiso de Servicio de Salud de! Ambiente

Cumplimiento Durante la construcción de las obras no se queman a cielo abierto residuos o materiales combustibles de ninguna esperia. Persia o aaa 0 e O

Principales Emisiones, Efluentes y Desechos, "Emisiones Atmosféricas” de esta resolución de calificación ambiental, se detallan las acciones de manejo ambiental para emisiones atmosféricas asociadas a la etapa de construcción que se ejecutan

Decreto Supremo N? 75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones

Materia Regulada

Artículo 2” - Los vehículos que transporten los desperdicios, arena, ripio, tierra u otros materiales, ya sean sólidos, O líquidos, que puedan escurrirse y caer al suelo, estarán construidos en forma que ello no ocurra por causa alguna. En las zonas urbanas. el transporte de materiales que produzcan polvo, ta:es como escombros, cemento, yeso, etc, deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire

Cumplimiento

Para evitar el derrame de sustancias en las vías y que posteriormente sean suspendidas a la atmósfera por el tráfico de los vehículos, los camiones que transportan los excedentes de construcción desde la obra al lugar de disposición final, cumplen con lo dispuesto en la norma. El material a transportar es humedecido previamente, con el objeto de minimizar su dispersión en el aire durante su carguio. Antes que los camiones abandonen la obra, se realiza el lavado de sus neumáticos para remover restos de lodo, con el mismo propósito de evitar que al secarse el lodo sobre las vías sea resuspendido por el tráfico vehicular.

  • Decretos Supremos N 4/94, N 211/91, NS 54/94 y N* 55/94 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones

Materia Regulada Establecen normas de emisiones máximas de gases en vehículos livianos, medianos y pesados. y sus procedimientos de control

Cumplimiento

Durante la construcción, todos los vehículos que presten servicio a la ejecución del proyecto cumplen con las normas máximas de emisión de gases, y tienen sus certificados de emisión de contaminantes ai día. Durante la etapa de operación, el cumplimiento de esta norma es responsabilidad de los ocupantes de las viviendas.

  • Decreto Supremo N 45/2001 Modifica DS N 59/1998 del MINSEGPRES

Materia Regulada Establece Norma de Calidad Primaria para Material Particulado Respirable MP10, en especia: de los valores que definen situaciones de emergencia

Cumplimiento

Las emisiones de MP10 durante la construcción del proyecto están por debajo de las emisiones anuales máximas permitidas. El proyecto detiene sus actividades durante los días que se decrete situación de emergencia. En el acápite 3.6 Principales Emisiones, Efluentes y Desechos, “Emisiones Atmosféricas” de esta resolución de calificación ambiental, se detallan las acciones de manejo ambiental para emisiones atmosféricas asociadas a la etapa de construcción que se ejecutan

  • DS N* 47/92 Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones

Materia Regulada Con el objeto de minimizar el impacto de las emisiones de polvo y material durante la construcción, el Artículo 5.8.3 de la OGUC, establece las siguientes acciones preventivas:

  • Regar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el periodo en que se realicen las faenas de demolición. relleno y excavaciones.

  • Disponer de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos estables, pudiendo optar por algunas de las alternativas contempladas en el artículo 3.2.6.

  • Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.

  • Lavado del lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen la faena

  • Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados.

  • Evacuar los escombros desde los pisos altos, mediante un sistema que contemple las precauciones necesarias para evitar las emanaciones de polvo y los ruidos molestos.

  • La instalación de tela en la fachada de la obra, total O parcialmente. u otros revestimientos. para

OP A A AA A A A

Cumplimiento Se instruye al personal profesional, técnico y operarios participantes en las faenas, para facilitar y hacer cumplir estas disposiciones

Ruido - Decreto Supremo N* 146/1997 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

Materia Regulada

Establece normas sobre Niveles Máximos Permisibles de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas. Establece los niveles máximos permisibles de presión sonora continua equivalentes y los criterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos generados hacia la comunidad por fuentes fijas, tales como las actividades industriales, comerciales. recreacionales artísticas u otras

Cumplimiento

El Plan Regulador Comunal de Rancagua norma al sector del proyecto como Zona de extensión urbana 2 (ZX2). Dado lo anterior para efectos de la identificación de las zonas potencialmente sensibles al ruido en la etapa de urbanización considerada la de mayor sensibilidad, se ha tomado en consideración la zonificación establecida en la Ordenanza del Plan Regulador Comunal de Rancagua con respecto al uso de suelos y la distancia a las viviendas habitadas más cercanas a las etapas del proyecto. Al respecto, a. efectuar una homologación con la zonificación respecto a lo indicado en el D.S. 146, la Zona de extensión urbana 2 (ZX2) corresponde a una zona I1!

Las viviendas más cercanas son cuatro, cuya localización se muestra en el Anexo 5 de la DIA. A continuación se detallan los niveles máximos permisibles de presión sonora de acuerdo a la zona lll del D.S. 146, y para los proyectados durante la etapa de construcción del proyecto

Lugar Punto | Tipo de Zona D.S Límite Diurno | 7 Proyectado | ! | _—_146/199 |. DS 146/1997 dB (A) | 57777]

A 97 |

, Vivienda | PY Zonal 1 A

| Vivienda | P2]— £onaM 42 65 "| | ss6 A] Vivienda | _P3 Zona Ml 222 65 E E E | Vivienda | P4 Zona mM | > ll 50.

Durante la construcción la etapa que genera el mayor nivel de presión sonora es la urbanización del proyecto, porque se utiliza maquinaria pesada (retroexcavadoras y camión tolva). Para efecto de la construcción, se efectúa en horario diurno (08:00 horas a 18:00 horas) de lunes a sábado. No obstante lo anterior. se adoptan las siguientes acciones preventivas para el control de ruido:

  • Las faenas se ejecutan dentro del horario diurno comprendido entre las 08:00 y las 18:00 horas.

  • Instruir al jefe de obra en orden a estar dispuesto a recibir eventuales reclamos causados por ruidos accidentales e imprevistos

  • Mantener accesos y áreas de circulación vehicular sin baches, para evitar saltos y ruidos accidentales de la carga. |

  • Prohibir a los camiones estacionados mantener el motor en| marcha, los bocinazos y las aceleraciones en vacio

  • Revisar los silenciadores de los motores de combustión interna

  • Evitar efectuar actividades ruidosas en forma simultánea.

  • Se utiliza betonera de bajo nivel de ruido (“trompo”). Se ubica en un área distante de las viviendas existentes, con el objeto de causar el menor ruido posible. |

  • Prohibición de aplicar vibradores sobre as enfierraduras |

  • Se evita el uso simultáneo de aquellos equipos con mayor nivel de presión sonora

  • No se ejecuta carpintería metálica porque las puertas y ventanas llegan confeccionados desde fábrica. listos para ser instalados en obra. |

  • Se cumplen las disposiciones del D.S. N* 594/99 del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo

Residuos Líquidos y Efluentes

  • Ley N* 3.133 sobre Neutralización y Depuración de Residuos industriales y su Reglamento contenido en el Decreto Supremo N% 351 de 1992 del Ministerio de Obras Públicas, complementado por la norma técnica propuesta por la Superintendencia de Servicios Sanitarios.

Materia Regulada

Se establece la prohibición de vaciar en los acueductos, cauces artificiales o naturales que conduzcan aguas o vertientes lagos, lagunas, o depósitos de aguas. los residuos licuidos y las A A A O A A O A

procedimiento aprobado por el Presidente de la República.

Cumplimiento

El proyecto no contempla la disposición de RiLes de ningún tipo, y en ningún caso se vierten en curso de agua. Las necesidades de servicios higiénicos para el personal son satisfechas con baños químicos portátiles, contratados a empresas autorizadas por la Autoridad Sanitaria (D.S. N” 594/99 del Ministerio de Salud)

  • Decreto Ley N* 3.557/1980 del Ministerio de Agricultura

Materia Regulada

Artículo 11- Los establecimientos industriales, fabriles, mineros y cualquier otra entidad que manipule productos susceptibles de contaminar la agricultura, deberán adoptar oportunamente las medidas técnicas y prácticas que sean procedentes a fin de evitar o impedir la contaminación. Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso anterior, dichas empresas estarán obligadas a tomar las medidas tendientes a evitar o impedir la contaminación que fije el Presidente de la República por intermedio del Ministerio de Agricultura O del Ministerio de Salud Pública, según sea el caso, el cual deberá fijar un plazo prudencial para la ejecución de las obras. En casos calificados, el Presidente de la República podrá ordenar la paralización total o parcial de las actividades y empresas artesanales, industriales, fabrijes y mineras que lancen al aire humos, polvos o gases, que vacíien productos y residuos en las aguas, cuando se comprobare que con ello se perjudica la salud de los habitantes, se alteran las condiciones agrícolas de los suelos o se causa daño a la salud, vida, integridad o desarrollo de los vegetales o animales.

Cumplimiento

El proyecto no produce ni desecha sustancias susceptibles de contaminar la agricultura. Los excedentes de pinturas, barnices y lubricantes son mantenidos en envases cerrados hasta que ellos sean retirados por empresa especializada y autorizada por el Ministerio de Salud, para procesar y disponer estas sustancias de acuerdo a la normativa vigente.

Residuos Sólidos - Decreto con Fuerza de Ley N? 725/67 del Ministerio de Salud

Materia Regulada

Artículo 80.- Corresponde al Servicio Nacional de Salud autorizar la instalación y vigilar el funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización. comercio O disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase

Al otorgar esta autorización, el Servicio Nacional de Salud determinará las condiciones sanitarias y de seguridad que deben cumplirse para evitar molestia o peligro para la salud de la comunidad O del personal que trabaje en estas faenas.

Cumplimiento

Los restos de carpintería y albañilería son retirados por el contratista para su utilización posterior por parte de este, los residuos asimilables a domiciliarios son dispuestos en contenedores especialmente habilitados para este fin y retirados por la empresa recolectora que opera actualmente en la comuna de Rancagua.

Se genera basura del tipo doméstica proveniente de las tareas de alimentación del personal que labora en el proyecto (aproximadamente 20 kg. día), la que se dispone en contenedores a la salida de la obra de modo que se facilite la recolección por parte del servicio de aseo municipal

No se contempla la generación de residuos peligrosos según lo establecido por el D.S. 148/2003. Para el caso de los aceites, los equipos involucrados en la faena realizan sus mantenciones en servicios técnicos autorizados. Los residuos más asimilables a las características establecidas en el D.S. 148/03, son los restos de pintura que quedan en los envases y restos de pegamentos, los que se disponen segregados dentro de la obra (sector aledaño a bodega de materiales) identificados y dispuestos en sitio autorizado.

Durante la utilización de las viviendas (etapa de operación), es responsabilidad municipal el retiro y disposición de los residuos sólidos asimilables a domiciliarios, los cuales se disponen en el Relleno Sanitario La Yesca

  • Decreto Supremo N? 594/99 del Ministerio de Salud

Materia Regulada e eiepasición final de sus residuos

contar con autorización sanitaria, previo al inicio de tales actividades Para obtener dicha autorización la empresa que produce los residuos industriales deberá presentar los antecedentes que acrediten que tanto el transporte, como la disposición final es realizada por personas o empresas debidamente autorizadas por el Servicio de Salud correspondiente

Cumplimiento en el proyecto

Las instalaciones para los trabajadores están emplazadas en el límite sur del predio, contemplando dependencias de comedores, sector de baños con duchas y casilleros. Todas estas dependencias cumplen en cuanto a la cantidad y calidad establecidos por el D.S. 594/99. sobre las condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los lugares de trabajo. En Particular, respecto de lo señalado en el artículo 23 en lo que se refiere a! número o cantidad total de excusados, lavatorios y duchas para el total de trabajadores del proyecto

  • Decreto Supremo N* 75/1985 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones

Materia Regulada

Artículo 2*.- Los vehículos que transporten los desperdicios, arena, ripio, tierra u otros materiales, ya sean sólidos, o líquidos, que puedan escurrirse y Caer al suelo, estarán construidos en forma que ello no ocurra por causa algura.

Cumplimiento La disposición de la carga de los excedentes de construcción a bordo de los camiones es realizada como se indica en la norma

  • Decreto con Fuerza de Ley N* 1.122/1981 del Ministerio de Justicia.

Materia Regulada Art 92. Prohíbase botar a los canales substancias, basuras, desperdicios y otros objetos simi'ares, que alteren la calidad de las aguas.

Es responsabilidad de las municipalidades respectivas, establecer! las sanciones a las infracciones de este articulo y obtener su aplicación. Además, dentro del territorio urbano de la comuna, las municipalidades deben concurrir a la limpieza de los canales obstruidos por basuras, desperdicios u otros objetos botados en ellos

Cumplimiento

El proyecto no produce sustancias o basuras que alteren la calidad de cursos de agua, porque los excedentes de construcción son transportados a lugar autorizado para su disposiciór final. Los excedentes de pinturas, barnices y Otras sustancias químicas son retirados por una empresa contratada y autorizada por la Autoridad Sanitaria, para tal efecto

Patrimonio Cultural - Ley N 17.288/1970 y Reglamento DS N 484/1 990 del Ministerio de Educación

Materia Regulada

Artículo 9” de la Ley: Son Monumentos Históricos los lugares, ruinas, construcciones y objetos de propiedad fiscal, municipal o particular que por su calidad e interés histórico o artístico o por su antiguedad, sean declarados tales por decreto supremo, dictado a solicitud y previo acuerdo del Consejo

Artículo 20% del Reglamento: Se entenderá por operaciones de salvataje, para los efectos de este reglamento, la recuperación urgente de datos o especies arqueológicas, antropológicas o paleontológicas amenazados de pérdida inminente.

Artículo 23" del Reglamento: Las personas naturales o jurídicas que al hacer prospecciones y/o excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquiera finalidad encontraren ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico, están obligadas a denunciar de inmediato el de[s]Jcubrimiento al | Gobernador Provincial. quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo de él |

Cumplimiento

Considerando que el proyecto actualmente tiene construida las etapas 1 y 2, y en cumplimiento a la Ley N 17.288/1970 y el Reglamento D.S. N 484/1990 del Ministerio de Educación, el titular en beneficio del cumplimiento de la normativa de carácter ambiental debe efectuar la implementación de una inspección visual arqueológica, a realizar por un arqueslbao: fitilada a liñampiana a

Consejo de Monumentos Nacionales para su visación. En caso que se detectaran dentro del área del proyecto elementos O sitios de aquellos protegidos por la ley de Monumentos Nacional, se deben proteger modificando las obras del proyecto si fuese necesario, e implementar un monitoreo arqueológico permanente durante la fase de Impieza. escarpe y excavación del proyecto.

Además de tener presente que en caso que durante las faenas de excavación para la ejecución de las obras del presente proyecto se encontrasen ruinas, yacimientos, piezas U objetos de carácter histórico, arqueológico O paleontológico, se informará el descubrimiento al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, y se procederá según ¡o dispuesto en los artículos 26 y 27 de la Ley N” 17.288 sobre Monumentos Nacionales, y los artículos 20 y 23 de! Reglamento de la Ley No 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. El proyecto contempla una estricta observancia a la citada norma.

Ordenamiento Territorial - Plan Regulador Intercomunal de Rancagua

Materia Norma los usos de suelos permitidos y no permitidos de las áreas urbanas y de extensión urbana de las comunas de Mostazal, Graneros, Codegua, Machali y Rancagua.

Cumplimiento

El proyecto se localiza en la Zona Urbana Consolidad (ZUC), cuyos USOS permitidos son: residencial y equipamiento complementario, áreas verdes y espacio público. Además de los usos de suelo permitidos, el proyecto cumple con las condiciones de edificación y la intensidad de ocupación que la Ordenanza del Plan Regulador Intercomunal de Rancagua define para la zona donde se emplaza el proyecto.

  • Plan Regulador Comunal de Rancagua

Materia Norma los usos de suelos permitidos y no permitidos de las áreas urbanas y de extensión urbana de la comuna de Rancagua.

Cumplimiento

El Plan Regulador Comunal de Rancagua expresa la configuración física del desarrollo urbano de la ciudad, es esencialmente la norma que determina con carácter regulatorio los elementos que el proyecto debe materializar para articularse con la comunidad urbana de Rancagua

Desde el punto de vista de la normativa urbanística, el terreno se emplaza en la Zona de Extensión Urbana 2 (ZX2). definida en el Plan Regulador Comunal de Rancagua. Corresponde a urbanizaciones residenciales, con equipamiento de escala regional e interurbana, comunal y vecinal de: salud. educación, culto, cultura, organización comunitaria, áreas verdes, deportes, esparcimiento y turismo, comercio minorista. servicios públicos, servicios profesionales y servicios artesanales. con excepción de lo indicado como prohibido; equipamiento de escala comuna: y vecinal de: seguridad. con excepción de lo indicado como prohibido; transporte de escala regional y comunal. salvo lo indicado como prohibido almacenamiento inofensivo; talleres industriales inofensivos

Para el caso de la Superficie Predial Mínima, por tratarse de un loteo para la implementación de vivienda social, el loteo se acoge al artículo 6.2.5. de la O.G.U.C., ya que es un loteo de más de 1 hectárea de superficie, este artículo establece el mínimo predial en 60 m? para viviendas de 20 más pisos. En cuanto a la Densidad Máxima, se acoge al Artículo 6.1.8. de la O.G.U.C., el que permite aumentar ¡a densidad en un 25% pudiendo llegar a una densidad máxima de 312,5 hab/há

3.1.3 Otra Legislación Aplicable al Proyecto

  • Artículos 67 y 83 del Decreto con Fuerza de Ley 725 de 1967, Código Sanitario. relacionado con el Decreto Supremo N* 745 del Ministerio de Salud de 1992 que establece el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Materia Regulada

Estos artículos del Código Sanitario regulan la higiene y seguridad del ambiente en los lugares de

trabajo, velando por la conservación y pureza del aire en esto lugares, dejando al reglamento la

regulación especifica de estas materias. Por su parte, el reglamento contiene provisiones sobre

concentraciones ambientales máximas permisibles en los lugares de trabajo de ciertas sustancias tm dare riidos máximos.

Cumplimiento | El proyecto no contempla la generación de agentes que pudiesén ser dañinos para la salud de los trabajadores.

4.2. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del “Viviendas Sociales Compañía Real — Etapas 1 a 5” no requiere de alguno de los permisos ambientales sectoriales contemplados en el Título VII, artículos 68 al 106 del D.S. N* 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental

  1. Que, en lo relativo a los efectos, caracteristicas y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N” 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación debe indicarse que el proyecto "Viviendas Sociales Compañia Real — Etapas 1 a 5” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

Literal a) del artículo 11 de la Ley 19.300

'Se deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si el proyecto o actividad genera o presenta nesgo para la salud de la población, debido a !a cantidad y calidad de los efluentes. emisiones o residuos que genera o produce". (Artículo 5 de! Reglamento del SEIA).

El proyecto cumple con las normas de calidad y emisión vigentes que le son aplicables, de acuerdo a los siguientes fundamentos:

Emisiones Atmosféricas Emisiones Atmosféricas

Las principales emisiones atmosféricas corresponden a emisiones de polvo en suspensión por movimiento de tierra y circulación de vehículos asociadas a la etapa de construcción.

Considerando que el proyecto se encuentra al interior de la zona declarada por el D.S. 07/2009 de MINSEGPRES como zona saturada por material particulado respifable mp10, como concentración anual y de 24 horas el valle central de la VI región, se efectúan las siguientes acciones de manejo ambiental asociadas a la etapa de construcción:

  • La mezcla de concreto en el sitio de obra debe realizarse sobre una superficie metá!ica y confinada, de tal forma que el lugar permanezca en óptimas condiciones y se evite cualquier tipo de contaminación y vertimiento

suelos, cuerpos de agua y vegetación afectada.

  • Se debe prohibir el lavado de camiones mezcladores de concreto en el frente de obra, si no se Cuenta con las estructuras y el sistema de tratamiento necesarios para realizar esta labor. No realizar descargas y lavados en los alrededores, ya sea en espacio público o privado

del programa de señalización. - Los materiales de construcción no puecen ser dispuestos, bajo ninguna circunstancia en espacio público

  • Se debe acondicionar un área dentro de la obra para su recepción py ubicación.

  • Todo material de construcción debe ser depositado a cielo abierto en los frentes de obra, para luego permanecer cubierto, preferiblemente con lona mientras no esté siendo utilizado en el desarrollo de las actividades de obra del momento.

  • Se debe adecuar un sito de almacenamiento de residuos metálicos, con su respectiva señalización informativa y preventiva, que cuente con Capacidad adecuada para los volúmenes a manejar |

  • En todo el proceso de manejo y disposición de los residuos metálicos, se debe tomar las medidas de seguridad para la manipulación de residuos especiales, para prevención de la contaminación y para la protección de los Operarios, los cuales deben contar con los Elementos de Protección Personal EPP adecuados.

  • La disposición y manejo de volúmenes de residuos metálicos que|puedan generar altos Niveles de Presión Sonora (NPS) en su área de influencia, deben realizarse en horas que no intervengan con las horas de descanso de la comunidad aledaña al área de la obra

  • Con el propósito de evitar ¡a contaminación de suelos y cuerpos de agua, se debe dejar los residuos metálicos bajo techo con protección lateral y aislamiento del ¡piso.

  • El sitio de almacenamiento de los materiales se ubica lo más alejado posible de los cursos de agua

  • Las aguas del sitio de almacenamiento de 128 residuos meters ma mg

ubicada de tal forma que impida el acceso del agua a los residuos metálicos; y que a la vez, evite el apozamiento del agua sobre la misma lona. - Para la disposición temporal de los residuos metálicos sobre suelo durante el horario de ejecución de las faenas de construcción, se debe ubicar una lona o material impermeable que impida el deterioro de la cobertura, y los derrames de grasas y aceites que puedan contener las piezas depositadas

Los residuos metálicos, cuya longitud impida su ubicación dentro del contenedor deben cortarse a un tamaño adecuado, que permita su manejo en el transporte y disposición. - Las baterías y demás implementos con. materiales o residuos peligrosos, se deben ubicar en un cuarto sobre piso de concreto, con canales perimetrales y trampa de recolección de vertimientos, de tal manera que se evite al máximo la infiltración de liquidos de las baterías hacia el suelo y subsuelo - Todos los equipos. vehiculos y maquinaria al servicio de la obra deben permanecer en condiciones adecuadas de operación y mantenimiento, cuyos registros deben permanecer en la instalación de faenas - El constructor mantiene un listado con todos los equipos, maquinaria y vehículos al servicio de la obra. sin excluir los de propiedad de subcontratistas. - Se implementa un sistema de lavado de llantas, para el ingreso y salida de los vehículos, con el fin de reducir la emisión de particulas al aire. - La velocidad de los vehículos dentro del área del proyecto debe ser inferior a los 20 Km/hr. - Durante el tiempo seco o época estival. se realiza humedecimiento del suelo por lo menos 2 veces al día, sobre las áreas desprovistas de acabados, andenes y vías. - Se cubren con lona los materiales de construcción susceptibles de generar material particulado, siempre que no se esté haciendo cargue o descargue del mismo. - En obras realizadas sobre terrenos con pendiente pronunciada, los sitios de almacenamiento de materiales de construcción y disposición de escombros están ubicados en un área protegida de la acción del viento - Se debe humedecer previamente las superficies a limpiar, para disminuir las emisiones de material particulado - Se realiza limpieza general en todos los frentes de obra al final de la jornada laboral. - Los vehículos al servicio de la obra no deben usar bocinas al interior de la misma, como condición habitual - Se evita el aporte de aguas procedentes de las actividades propias de la construcción a canales O cuerpos de agua. ubicados en zonas aledañas. - Se garantiza que todos los sistemas de conducción de agua (tanto para aguas residuales resultantes del proceso constructivo, como las aguas residuales domésticas), permanezcan libres de fugas durante la etapa constructiva, lo cual evita encharcamientos y desperdicios del recurso hídrico - Se implementa un sistema de bombeo permanente para evitar los apozamientos de agua, los cuales constituyen riesgos de accidentes de trabajo y generan la proliferación de vectores Con riesgos para la salud - La obra se encierra totalmente, con el fin de evitar riesgos para la obra, accidentes y molestias a los transeúntes y Vecinos - Los accesos y el perímetro de la obra deben señalizarse y destacarse, de manera que sean claramente visibles e identificables y permitan la orientación clara a los peatones. - Cuando se adelanten labores de excavación en el frente de obra, el área excavada se aísla totalmente con malla sintética O cinta de demarcación reflectiva, y se fijan señales preventivas e informativas para indicar la labor que se está realizando. - Todos los elementos de señalización permanecen limpios y bien instalados

Ruido

El Plan Regulador Comunal de Rancagua norma al sector del proyecto como Zona de extensión urbana 2 (ZX2). Dado lo anterior, para efectos de la identificación de las zonas potencialmente sensibles al ruido en la etapa de urbanización, considerada la de mayor sensibilidad, se ha tomado en consideración la zonificación establecida en la Ordenanza del Plan Regulador Comunal de Rancagua con respecto al uso de suelos y la distancia a las viviendas habitadas más cercanas a las etapas del proyecto. Al respecto, a! efectuar una homologación con la zonificación respecto a lo indicado en el D.S. 146, la Zona de extensión urbana 2 (2X2) corresponde a una zona nm

Las viviendas más cercanas son cuatro, cuya localización se muestran en el Anexo 5 de la DIA. A continuación se detallan los niveles máximos permisibles de presión sonora de acuerdo a la zona lil del D.S. 146, y para los proyectados durante la etapa de construcción del proyecto.

|. Lugar T Punto | Tipo de Zona D.S. | Límite Diurno Proyectado al | o 146/1997 D.S. 146/1997 d8 (A) dB (A) | [Vivienda | P! | — Zonal 65 57,7 | | Vivienda | P2 | Zona 1! 65 | 55,6

A L- Y ona li 65 4

La tabla anterior muestra que los valores de nivel de presión sonora proyectados cumplen con la normativa vigente. y en el Anexo 5 de la DIA se adjunta el informe acústico pertinente.

Durante la construcción, la etapa que genera el mayor nivel de presión sonora es la urbanización del proyecto, porque se utiliza maquinaria pesada (retroexcavadoras y camión tolva). Para efecto de la construcción. se efectúa en horario aiurno (08:00 horas a 18:00 horas) de lunes a sábado. No obstante lo anterior, se adoptan las siguientes acciones preventivas para el control de ruido:

  • Las faenas se ejecutan dentro del horario diurno comprendido entre las 08:00 y las 18:00 horas.

  • Instruir al jefe de obra en orden a estar dispuesto a recibir eventuales reclamos causados por ruidos accidentales e imprevistos.

  • Mantener accesos y áreas de circulación vehicular sin baches. para evitar saltos y ruidos accidentales de la carga

  • Prohibir a los camiones estacionados mantener el motor en marcha, los bocinazos y las aceleraciones en vacío

  • Revisar los silenciadores de los motores de combustión interna.

  • Evitar efectuar actividades ruidosas en forma simultánea.

  • Se utiliza betonera de bajo nivel de ruido trompo”). Se ubica en un área distante de las viviendas existentes, con el objeto de causar el menor ruido posible.

  • Prohibición de aplicar vibradores sobre las enfierraduras

  • Se evita el uso simultáneo de aquellos equipos con mayor nivel de presión sonora

  • No se ejecuta carpintería metálica porque las puertas y ventanas llegan confeccionados desde fábrica, listos para ser instalados en obra

  • Se cumplen las disposiciones del D.S. N” 594/99 del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo

Efluentes Líquidos

Durante la etapa de construcción no se generan descargas de residuos líquidos. Las necesidades de servicios higiénicos para el personal son satisfechas con baños químicos portátiles, contratados a empresas autorizadas por la Autoridad Sanitaria

No existe generación de residuos de! tipo aceites y resinas, ya que para el caso de los aceites y los equipos involucrados en la faena. efectúan sus mantenciones en servicios técnicos autor. zados Para el caso de las resinas. e! proyecto no contempla el desarrollo de este tipo de residuo

Residuos Sólidos

Los restos de carpintería y albañileria son retirados por el contratista para su utilización posterior por parte de este. los residuos asimilables a domiciliarios son dispuestos en contenedores especialmente habilitados para este fin. y retirados por la empresa recolectora que opera actualmente en la comuna de Rancagua.

Se genera basura del tipo doméstica, proveniente de las tareas de alimentación del personal que labora en el proyecto (aproximadamente 20 kg. día). Esta se dispone en contenedores a la salida de la obra, de modo que se facilite la recolección por parte del servicio de aseo municipal

No se contempla la generación de residuos peligrosos según lo establecido por el DS. 148/2003 Para el caso de los aceites, los equipos involucrados en la faena ejecutan sus mantenciones en servicios técnicos autorizados. Los residuos más asimilables a las características establecidas en el D.S. 148/03 son los restos de pintura que quedan en los envases y restos de pegamentos. los que se disponen segregados dentro de la obra (sector aledaño a bodega de materiales) identificados y dispuestos en sitio autorizado. A continuación se detallan los tipos de residuos sólidos derivados de la etapa de construcción, sus cantidades y solución de disposición

isposición 1]

[lem | Tio Residwo | Desorpaón | Unidas | Camidad |

1 r | Envase Pintura,

| Las . pl POS y pegamento E A Pmpauizado | 2 | Pinturas ¡ Tinetas plásticas | cu! - [Se sciclan y venden como MS AS o o 0 ==> Se reutilizan como elementos de refuerzo 3 |Fierro | ES MEE mol 2 | y faenas|de estucos de fachadas de casas —— E e — el proyecto. | | ¿li 2nsi | 4 ILadrilo | Ladrillo | m | Poda 1 nas de tránsito poo | a o + CS Io ss dmieiia e generar este tipo de. ¡AA Ñ - a a residuo. El material remanente del lavado E | Hormigón ¡ Hormigón m ¡de camiones mixer se reutiliza como

insumo en faenas de pavimentación |

Durante la utilización de las viviendas (etapa de operación), es responsabilidad municipal el retiro y disposición de los residuos sólidos asimilables a domiciliarios, los cuales se disponen en el Relleno Sanitario La Yesca

En consecuencia, no es necesario presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto Viviendas Sociales Compañía Real — Etapas 1 a 5”, ya que este no generará o presentará riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que generará O producirá, bastando la presentación de una Declaración de Impacto Ambiental

Literal b) del artículo 11 de la Ley 19.300

'Se debe realizar estudio si el proyecto 0 actividad genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire". (Artículo 6 del Reglamento del SEIA).

Respecto a las emisiones, residuos y efluentes que hace referencia el artículo 6% del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, son los mismos que se presentan en el literal a) señalado anteriormente

Respecto de los efectos adversos del proyecto en los recursos naturales no renovables así como en la flora y fauna enunciados desde la letra ¡) a la p), se señala que el proyecto está emplazado en una área urbanizable normada por el Plan Regulador Intercomunal de Rancagua y el Plan Regulador Comunal de Rancagua: por lo tanto, la inexistencia de estos efectos adversos fue

declarada, reconocida y aprobada al entrar en vigencia legal dichos instrumentos de planificación territorial

En el terreno donde se emplaza el proyecto no existen especies forestales nativas y en estado de conservación. ya que el terreno anteriormente era agrícola, zonificado como zona de extensión urbana por el Plan Regulador Comunal de Rancagua.

Puesto que el proyecto de loteo de viviendas sociales implica la implementación de un uso de suelo residencial. zona ya definida como urbana, donde la vegetación y fauna existente no presenta relevancia tanto en su cantidad como en su condición, por ende producto de la edificación y urbanización no se genera perdida de biodiversidad.

Con el objeto de disminuir potenciales efectos adversos sobre la capacidad de infiltración de suelos, el proyecto respeta las normas de ocupación de suelos, porcentajes de constructibilidad, creación de áreas verdes y asegura un adecuado manejo de las aguas lluvias, todos elementos establecidos en la Ordenanza del Plan Regulador Comunal de Rancagua para la Zona de extensión urbana 2 (ZX2). donde se localiza el proyecto de loteo. Para el caso de la Superficie Predial Minima, por tratarse de un loteo para la implementación de vivienda social, el loteo se acoge al artículo 6.2.5 de la O.G.U.C., ya que es un loteo de más de 1 hectárea de superficie, este artículo establece el mínimo predial en 60 m” para viviendas de 2 o más pisos. En cuanto a la Densidad Máxima, se acoge al Artículo 6.1.8. de la O.G.U.C., el que permite aumentar la densidad en un 25 % pudiendo llegar a una densidad máxima de 312,5 hab/há

En el sector donde se implementa el proyecto, se realizan las obras de conexión al sistema de aguas servidas existente, por ende no se genera contaminación del suelo por este tipo de aguas

El sector donde se emplaza el proyecto es una amplio valle, donde los terrenos agrícolas están dando paso a nuevos proyectos inmobiliarios en la ciudad de Rancagua. El sector en los últimos años ha tenido un poblamiento creciente con tendencia a la baja densidad de habitantes por hectáreas. las parcelas que fueron agricolas pasan a ser urbanizadas, acogiendo el crecimiento de la población tan marcada para la capital regional.

No existe vegetación y cultivos de frutales que requieran ser eliminados mediante roce a fuego, con el objetivo de dejar el terreno desprovisto de materia orgánica para dar cabida a las viviendas

El terreno donde se ubica el proyecto ha sido explotado agricolamente. Al respecto, cabe destacar que el proyecto no considera la extracción. explotación, alteración o manejo de especies de flora y fauna que se encuentren en peligro de extinción, vulnerable e insuficientemente conocido, y tampoco intervendrá recursos hídricos naturales.

En consecuencia, no es pertinente presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Viviendas Sociales Compañía Real - Etapas 1 a 5”, ya que este no generará O presentará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua, aire

Literal c) del artículo 11 de la Ley 19.300

“Se debe realizar un estudio de Impacto ambiental si el proyecto O actividad genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos” (Artículo 8 del Reglamento del SE/A)

El proyecto se ubica en una zona de residencial normada por el Plan Regulador Intercomunal de Rancagua y el Plan Regulador Comunal de Rancagua; por lo tanto, los posibles efectos en el reasentamiento de comunidades o en la alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, fueron consignados con la entrada en vigencia de los Instrumentos de planificación urbana que regulan el lugar de emplazamiento del proyecto.

Las áreas aledañas hacia el norte del proyecto se están consolidando como sectores de uso residencial y de equipamiento, en tanto los sectores ubicados al poniente, sur y oriente corresponden a usos urbanos: por lo tanto. la implementación del proyecto de viviendas sociales da respuesta a la constante demanda de estos usos de suelo en el sector.

El Plan Regulador Intercomunal de Rancagua no identifica la presencia de población, comunidades O grupos humanos protegidos por leyes especiales. (Ley N* 19.253 o Ley Indígena). Tampoco se identifican lugares específicos donde se realicen ceremonias religiosas; por lo tanto, el proyecto no produce efectos negativos a los sistemas de vidas y costumbres de grupos humanos o comunidades indígenas.

No existe alteración a la accesibilidad de servicios y equipamientos básicos, sino todo lo contrario, la implementación del proyecto incorpora equipamientos y servicios para la comunidad residente, y además por su localización no altera la accesibilidad de otras zonas residenciales.

En consecuencia, al cumplir con las normas establecidas en lós instrumentos de planificación urbanos vigentes no es pertinente presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Viviendas Sociales Compañía Real - Etapas 1 a 5”. ya que estelno generará reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

Literal d) del artículo 11 de la Ley 19.300

Se debe realizar un estudio de impacto ambiental si el proyecto olactividad. se localiza próximo a

población, recursos y áreas protegidas. sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados. así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar” (Artículo 9 del Reglamento del SE/A)

El proyecto se emplaza en área urbana y edificable, autorizada y regulada mediante los instrumentos de planificación territorial vigentes; por lo tanto, no sellocaliza en la proximidad de un área protegida, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares.

En consecuencia, no es pertinente presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Viviendas Sociales Compañía Real — Etapas 1 a 5', ya que éste no se localiza próximo a población. recursos o áreas protegidas susceptibles de ser afectados

Literal e) del artículo 11 de la Ley 19.300

¡Se debe realizar un estudio de impacto ambienta! si el proyecto lo actividad genera o presenta alteraciones significativas, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico O turístico de una zona”. (Artículo 10 del Reglamento del SEA).

El proyecto no está emplazado en un área declarada con valor paisajístico o de interés turístico. según lo dispone el DL N* 1.224 de 1975, así como tampoco existe en el área de influencia, un sector cuya visibilidad pudiese ser obstruida por el proyecto. Cabe mencionar que las viviendas tienen solamente 2 pisos de altura por lo que no son elementos de obstrucción visual a escala urbana o paisajística

En conclusión, no es pertinente presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Viviendas Sociales Compañía Real - Etapas 1 a 5', ya que leste no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico.

Literal f) del artículo 11 de la Ley 19.300

¡Se debe presentar un Estudio de Impacto Ambiental si el proyecto 0 actividad «enera o resenta A AA O 7 Aa

El proyecto no considera la remoción, destrucción, excavación, traslado, deterioro o modificación de algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley 17.288; o la modificación O deterioro en construcciones, lugares O sitios que por sus características constructivas, por su antiguedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenece al patrimonio nacional

En caso que durante las faenas de excavación para la ejecución de las obras del proyecto se encontrasen ruinas. yacimientos, piezas U objetos de carácter histórico, arqueológico O paleontológico, se informará el descubrimiento al! Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, y se procederá según lo dispuesto en los artículos 26 y 27 de la Ley N” 17.288 sobre Monumentos Nacionales, y los artículos 20 y 23 del Reglamento de la Ley N? 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas antropológicas y paleontológicas. El proyecto contempla una estricta observancia a la citada norma

En consecuencia. no es pertinente presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Viviendas Sociales Compañía Real — Etapas 1 a 5”, ya que este no generará O presentará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural

  1. Que, en cuanto a las instalaciones del proyecto “Viviendas Sociales Compañía Real — Etapas 1 a 5” que se efectúen tanto eléctricas como de gas y/o combustibles líquidos, deben ser ejecutadas y declaradas ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, a través del instalador autorizado correspondiente, el cual una vez inscritas, quedará responsable legal por su buena ejecución, teniendo la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, la facultad de su fiscalización

  2. Que, con el objeto de dar adecuado segu'miento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas O fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando ¡a información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones

Que, en la sesión de la Comisión de Evaluación que calificó favorablemente el proyecto “Viviendas Sociales Compañía Real - Etapas 1 a 5". se solicita presentar al titular lo siguiente:

Para el beneficio del cumplimiento de la Ley N? 17.288, debe efectuar la implementación de una inspección visual arqueológica e informe de dicha inspección, por un arqueólogo titulado O Licenciado en arqueología del área que involucra las etapas 3, 4 y 5 antes del comienzo de las obras (limpieza, escarpe, movimiento de tierra y excavaciones) inscrito remitiendo dicho informe de patrimonio cultural al Consejo de Monumentos Nacionales para su visación con copia al SEA

y/o a la Superintendencia del Medio Ambiente, previo a la ejecución de las nuevas etapas (3,4 y 5)

En caso que se detectaran dentro del área del proyecto elementos O sitios de aquellos protegidos por la ley de Monumentos Nacional, se deberán proteger, modificando las obras del proyecto SI fuese necesario. e implementar un monitoreo arqueológico permanente durante la fase de limpieza, escarpe y excavación del proyecto

Además de tener presente que en caso que durante las faenas de excavación para la ejecución de las obras del presente proyecto se encontrasen ruinas, yacimientos, piezas U objetos de carácter histórico, arqueológico O paleontológico, se informará el descubrimiento al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, y se procederá según lo dispuesto en los artículos 26 y 27 de la Ley N? 17.288 sobre Monumentos Nacionales, y los artículos 20 y 23 del Reglamento de la Ley N” 17.288. sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas.

  1. Que, para que el proyecto “Viviendas Sociales Compañía Real - Etapas 1 a 5" pueda ejecutarse necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  2. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O Higgins, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos

  3. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, la individualización de cambios de titularidad

  4. Que todas las medidas y Gisposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero

  5. Que en razón de todo ¡o indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

RESUELVE:

  1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Viviendas Sociales Compañía Real — Etavas 1 a pe

  2. CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto “Viviendas Sociales Compañía Real — Etapas 1 a 5 cumple con la normativa de carácter ambiental

lo Rey Sommer $

Á / Intendente-— ET Presiderte-Comisidn de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

/

Lidia Salazar Pérez Directora Regional! (S) del Servicio de Evaluación Ambiental A y Secretaria Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

ME LSP/FASF/LGMIGAR

Distribución:

  • Luis Rodrigo Vargas Correa

  • CONAF, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

  • Dirección de Obras Hidráulicas. Región del Libertador General Berhardo O'Higgins

  • Dirección de Vialidad, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

  • Dirección General de Aguas, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

  • Gobierno Regional, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

  • llustre Municipalidad de Rancagua

  • SAG. Región del Libertador Genera! Bernardo O'Higgins

  • SEC, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

  • SEREMI Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

  • SEREMI de Medio Ambiente. Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

  • SEREMI de Planificación y Cooperación, Región de' Libertador General Bernardo O'Higgins

  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

  • SEREMI MOP. Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

  • SEREMI Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

  • SERNATUR, Región del Libertador Genera¡ Bernardo O'Higgins

PA E AP E Y Ter

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1 7

  • Superintendencia de Servicios Sanitarios

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