Evaluación SEA

Modificación Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas Sector San Luis y Brisa Norte, comuna de Colina

Rol 5836677
SEA · DIA · Aprobado · 2011-07-22 · Región Metropolitana de Santiago · Tratamientos Chicureo S.A.

ado.

REPÚBLICA DE CHILE COMISION DE EVALUACIÓN AMBIENTAL REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Resolución Exenta N* 053/2012

MAT: Califica Ambientalmente proyecto “Modificación Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas Sector San Luis y Brisa Norte, comuna de Colina”.

SANTIAGO, 03 DE FEBRERO DE 2012

Vistos:

1.

Lo dispuesto en la Ley N 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994, modificada por la Ley N 20.417 que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 26 de Enero de 2010; en el Decreto Supremo N 95/01, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 7 de Diciembre de 2002; en la Resolución N 1600/08 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; en la Resolución N 71, de fecha 01 de julio de 2011 de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, el Decreto Supremo N 591, publicado en el Diario Oficial el 06 de septiembre de 2011 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y en las demás normas jurídicas que rigen la materia.

La Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas Sector San Luis y Brisa Norte, comuna de Colina”, localizado en la comuna

de Colina, sometido por su titular, Aguas San Pedro S.A., al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, los cuales se contienen en los siguientes documentos:

Respecto a la DIA:

  • Oficio N*3858 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 01/08/2011;

  • Oficio N*347 sobre la DIA, por Ilustre Municipalidad de Colina, con fecha 08/08/2011;

  • — Oficio N"SRM RMS N? 110/2011 (sea - seia - dia) sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas RM, con fecha 12/08/2011;

  • Oficio N*%6302 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones RM, con fecha 19/08/2011;

  • — Oficio N*1244 sobre la DIA, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, con fecha 19/08/2011;

  • — Oficio N%459 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Agricultura RM, con fecha 22/08/2011;

  • Oficio N%1269 sobre la DIA, por Servicio Agrícola y Ganadero RM, con fecha 22/08/2011;

  • Oficio N*635 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 22/08/2011;

  • — Oficio N*921 sobre la DIA, por Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, con fecha 22/08/2011;

  • Oficio N*2647 sobre la DIA, por Servicio Nacional de Geología y Minería Dirección Regional Zona Central, con fecha 22/08/2011;

  • Oficio N*756 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región Metropolitana, con fecha 22/08/2011;

  • Oficio N“%6518 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, con fecha 18/08/2011;

  • Oficio N*"3937 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana, con fecha 31/08/2011;

Respecto a la Adenda N?* 1:

  • — Oficio N*1625 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, con fecha 21/10/2011;

  • Oficio N*1022 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región Metropolitana, con fecha 24/10/2011;

  • Oficio N*461 sobre la Adenda 1, por Ilustre Municipalidad de Colina, con fecha 25/10/2011;

  • Oficio N%1217 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, con fecha 27/10/2011;

  • Oficio N*3433 sobre la Adenda 1, por Servicio Nacional de Geología y Minería Dirección Regional Zona Central, con fecha 27/10/2011;

  • Oficio N*836 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 28/10/2011;

  • Oficio N“8061 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, con fecha 27/10/2011;

  • Oficio N*8210 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones RM, con fecha 28/10/2011;

  • Oficio N*%1217 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, con fecha 03/11/2011;

Respecto a la Adenda N? 2;

  • — Oficio N*18 sobre la Adenda 2, por Servicio Nacional de Geología y Minería Dirección Regional Zona Central, con fecha 05/01/2012;

  • Oficio N*05 sobre la Adenda 2, por llustre Municipalidad de Colina, con fecha 04/01/2012;

  • Oficio N*102 sobre la Adenda 2, por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, con fecha 05/01/2012;

4, El Acta de Evaluación del Comité Técnico de la Región Metropolitana de Santiago, de fecha 16 de enero del año 2012.

  1. El Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas Sector San Luis y Brisa Norte, comuna de Colina”.

  2. La Resolución de Calificación Ambiental, Resolución Exenta N* 398 de fecha 01 de junio del 2010 que aprueba el proyecto "Sistema de Producción de Agua Potable y Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas, Sector San Luis y Brisa Norte, Comuna de Colina"

  3. Los demás antecedentes que constan en el expediente de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas Sector San Luis y Brisa Norte, comuna de Colina”.

  4. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, de fecha 19 de enero del año 2012.

Considerando

  1. Que, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago debe velar por el cumplimiento de todas las normas y requisitos ambientales aplicables al proyecto "Modificación Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas Sector San Luis y Brisa Norte, comuna de Colina”.

  2. Que, el derecho del titular del proyecto “Modificación Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas Sector San Luis y Brisa Norte, comuna de Colina”, a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y a las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado, cuando corresponda otorgar tales permisos.

  3. Que, según lo señalado en la Declaración de Impacto Ambiental, en sus anexos y Adendas N%1 y N*2, los cuales forman parte integrante de la presente resolución, el proyecto "Modificación Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas Sector San Luis y Brisa Norte, comuna de Colina”, (PTAS) consiste en la construcción y operación de un sistema de Tratamiento de Aguas Servidas para entregar servicios sanitarios a los sectores de San Luis y Brisa Norte, comuna de Colina, Región Metropolitana, correspondiente a una población de 17.956 habitantes aproximadamente, a construirse en un período de 28 años. El proyecto implica la construcción de las siguientes obras:

0

2

Planta de tratamiento de aguas servidas y la descarga de las aguas tratadas al Estero Colina.

Las aguas servidas llegan a las PTAS a través de una impulsión proveniente de una Planta Elevadora de Aguas Servidas (PEAS) ubicada en el sector Lo Arcaya de Colina e ingresan al sistema de tratamiento desde donde se conducirán a la planta de tratamiento de aguas servidas del tipo lodos activados con pretratamiento y desinfección. La planta estará ubicada al interior del área concesionada y se encuentra diseñada para la totalidad de la demanda.

La primera etapa corresponderá para el año 2020 con un caudal medio de 21,1 ls, para atender una población de 8.312 habitantes y la segunda etapa corresponderá al año 2039 con un caudal medio de 43,1 l/s para atender a una población de 17.958 habitantes.

De acuerdo a lo señalado por el titular en la DIA del proyecto, Aguas San Pedro S.A. ha decidido modificar la construcción de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de los sectores de San Luis y Brisa Norte, de la comuna de Colina, a objeto de tratar las aguas servidas domésticas generadas en el sector. El proyecto anterior cuenta con Resolución de Calificación Ambiental Favorable, Resolución Exenta N” 398 con fecha 01 de junio del 2010. Sin embargo, se modifica la actual posición de la planta y por ende su punto de descarga.

En relación a la Concesión Sanitaria, Aguas San Pedro S.A., en su calidad de concesionario de servicios públicos sanitarios, está facultada a prestar servicios de agua potable y alcantarillado de aguas servidas en áreas rurales, todo ello de conformidad a lo previsto en el artículo 52 bis del DFL N” 382 MOP de 1988, Ley General de Servicios Sanitarios, y a lo previsto en el artículo 24 del DFL MOP N” 70 de 1988, Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios. Al respecto, en el Anexo N*5 de la DIA del proyecto, el titular presentó Carta Solicitud Concesión Sanitaria otorgada por la Superintendencia de Servicio Sanitario (SISS), documento que forma parte de

la presente resolución. El proyecto comprende las siguientes superficies:

La superficie total dei proyecto es de 10.834 m?. Sin embargo, la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas dentro del predio utilizará 1.520,6 m?, lo que equivale a un 14% del total del área.

En la siguiente tabla, se presenta el área total a utilizar distribuida en las distintas instalaciones ya sea de estanques como de edificaciones.

Tabla N*1: Superficie a utilizar

Detalle de superficies Unidades de Tratamiento y Edificaciones

Ítem Clasificación Unidad Valor Baño y vestidores Oficina me

Bodega Oficina > 53,4 Oficina Oficina 7

Sala de Tablero Oficina ”

Sala de deshidratado Galpón ” 40 Galpón lodo deshidratado 1 Galpón n 160,16 Galpón lodo deshidratado 2 futuro Galpón m 220,5 Sala Generador Otros m 27,5 Sala Sopladores Otros nr 51,8 Sala de cloración y Sala de cloruro férrico Otros m 15 Sala de Agua de Servicio Otros m 2,3 Cámara de contacto 1 Unidad de Tto. mi 35,46 Cámara de contacto 2 futura Unidad de Tto. |" 26,9 Estanque de aireación 1 Unidad de Tto. m 183,9 Estanque de aireación 2 futuro Unidad de Tto. m 183,9

Cámara de recirculación 1 Unidad de Tto. m 6,6 Cámara de recirculación 2 Unidad de Tto. m 6,6 Sedimentador 1 Unidad de Tto. mi 158,4 Sedimentador 2 futuro Unidad de Tio. |" 158,4 Tratamiento preliminar Unidad de Tto. m? 85,2 Digestor aeróbico Unidad de Tio. m 88,8 Planta elevadora retornos Unidad de Tto. m 3,8 Filtro de Olores Unidad de Tto. |" 11,9 Área total má 10.834 Área ocupada por unidades y edificaciones mé 1.520,6 Fracción ocupada por unidades y edificaciones % 14

En el Anexo 9 de la DIA del proyecto, se adjuntó Plano de Planta, documento que forma parte de la presente resolución.

3.1 Ubicación,

La Planta se emplaza a 25 kilómetros al norte de Santiago sobre el margen derecho de la Ruta 57, Comuna de Colina, en la provincia de Chacabuco, Región Metropolitana.

A continuación se indican las coordenadas UTM del sector de emplazamiento de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas:

Tabla N*2: Coordenadas UTM Datum WGS 84, Huso 18

Puntos Coordenadas UTM Este Norte 1 343856 6323421 2 343843 6323609 3 343943 6323564 Punto de descarga 343825 6323593

Las coordenadas UTM de localización de las instalaciones de la planta de tratamiento de aguas servidas, son las siguiente:

Tabla N*3: Coordenadas UTM Datum WGS 84, Huso 18

Puntos Coordenadas UTM Este Norte

1 6323609,98 343852,24 2 6323607,86 343855,64 3 6323597,29 343853,03 4 6323586,07 343871,07 5 6323590,61 343873,85 6 6323567,38 343911,10 7 6323511,76 343876,42 E 6323529,47 343848,01

3.2 Uso de Suelo.

De acuerdo a lo presentado por el titular en el Certificado de Informaciones Previas, Adjunto en el Anexo N? 1 de la Adenda N” 1, el cual forma parte de la presente resolución, el proyecto se localiza en el área de extensión urbana, específicamente en el Parque Intercomunal Estero Colina del PRMS, y en la zona E2 destinada al Parque Intercomunal del PRC de Colina. La identificación de la propiedad corresponde a Carretera General San Martin, Loteo Las Brisas Etapa — D, Lote C—9/C-10/C- 11, Rol S.I.I. N* 915—9/915-10/915-— 11, comuna de Colina.

Y

Al respecto, la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo RM, mediante Oficio 3937 de fecha 31 de agosto de 2011, concluyó informar favorablemente la evaluación ambiental del proyecto, toda vez que el Certificado de Informaciones Previas señala como uso permitido las plantas de tratamiento de aguas servidas en ese terreno, por tanto solamente se condiciona el proyecto a la obtención del Informe Favorable de la SEREMI de V. y U. estipulado en el artículo 7.2.2.1. del PRMS.

3.3 Fases del Proyecto. a. Fase de Construcción.

1) Planta de Tratamiento de Aguas Servidas: La Planta de Tratamiento de aguas servidas se construirá dentro del predio emplazado al interior del área concesionada, vértice sur- poniente. La planta de tratamiento tendrá una superficie de 1520,6 m?.

2) Instalación de Faena: Corresponde a la instalación y operación transitoria de infraestructura de apoyo a la labor constructiva, como instalaciones para obreros, pañoles de herramientas, talleres de mantenimiento, bodegas, taller de enfierradura, administración de la obra, estacionamiento de maquinaria pesada y camiones. Respecto a las características del suelo donde se emplaza el proyecto, el titular adjuntó en el Anexo N*6 de la DIA, Mecánica del suelo, (8777 IMS PTAS Brisagua Colina), documento que forma parte de la presente resolución.

3) Preparación del Sitio: Se considera la limpieza y despeje del terreno en donde se ejecutarán las obras. Además contempla la remoción de vegetales, escombros y basuras.

4) Movimiento de Tierras: Comprende todas las partidas del movimiento de tierras necesario para la construcción de todas las obras civiles, colocación de cafierías y accesorios correspondientes para la planta de tratamiento.

La construcción de las unidades requeridas contempla la ejecución de cortes, excavaciones y rellenos, con el fin de adecuar la topografía del terreno a las especificaciones técnicas y constructivas de las obras proyectadas. Estos movimientos de tierra involucran el uso de maquinaria pesada, tal como retroexcavadoras, cargadores frontales, rodillos compactadores y camiones tolva.

5) Obras Civiles: Las obras civiles asociadas al Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas serán las siguientes:

Cercos y portones de acceso

Edificaciones para la oficina Administrativa

Abastecimiento de agua potable

Servicios y disposición de las aguas servidas de la oficina administrativa Red de incendio

VW VVvVv

6) Retiro y Transporte de Excedentes: Dentro de los excedentes de la construcción se cuentan: el material extraído en los cortes y excavaciones que no puede ser utilizado para el relleno; los restos de vegetación removidos durante el despeje del terreno y los escombros generados en la obra, los que serán transportados y dispuestos en un relleno debidamente autorizado, siendo el contratista responsable de obtener la autorización municipal correspondiente.

7) Vialidad en Recinto y Camino de Acceso: Se considerará la construcción de caminos de acceso al recinto de la PTAS, caminos interiores y estacionamientos. Los caminos interiores y estacionamientos serán los estrictamente necesarios para la operación de la PTAS, con pendientes que permitan el adecuado drenaje de aguas lluvia u otras. La limpieza de la faja incluirá la extracción total fuera de la faja del camino y del recinto de la planta, de los materiales provenientes de estos trabajos.

8) Sistema de Seguridad: Se incluye en el diseño y montaje de las instalaciones, todos los elementos de seguridad e higiene necesarios para una correcta explotación. En especial se tendrá en cuenta:

instalación de extintores según norma vigente

Señalización de zonas de peligro

Pisos antideslizantes en las pasarelas

Barandas metálicas en las pasarelas y protecciones en escaleras

Dotación de un botiquín de emergencia

Duchas de emergencia y lavaojos en el sector de dosificación de hipoclorito de sodio

/

VVVvVvov

9) Áreas Verdes: Esta actividad, consiste en la preparación de áreas verdes existentes y las proyectadas, según Plano de paisaje, adjunto en el Anexo N*7 de la DIA del proyecto, documento que forma parte integrante de la presente resolución.

10) Abandono de Faenas: Se realizará al término del período de construcción, y contempla el desarme de las instalaciones de faenas. Los excedentes, serán transportados y dispuestos en un relleno sanitario autorizado.

11) Instalaciones Auxiliares: El diseño y construcción de la planta considera, como mínimo, las siguientes instalaciones auxiliares:

a) Red de riego: Estará formada por un sistema de tuberías y válvulas.

b) Aguas lluvia: Una vez implementado el proyecto, las aguas lluvias serán infiltradas de forma natural en las zonas no cubiertas por unidades o edificaciones (más del 86% del terreno). El agua lluvia que caiga en los estanque no escurrirá ya que será conducida a través del efluente de la PTAS.

c) Red de agua potable: La planta considerará un sistema de agua potable que satisfaga las necesidades de la planta de tratamiento, tanto desde el punto de vista sanitario como de proceso, contemplando para ello los arranques y/o extensiones de redes de agua potable que sean necesarias. Se proyecta una red perimetral de agua a presión, destinada al riego y lavado de componentes unitarias, y tendrá el minimo dimensionamiento para satisfacer los usos descritos.

d) Red de alcantarillado interior: Comprende el diseño de las instalaciones de recolección y conducción de las aguas servidas y las aguas de drenajes generadas en el proceso de tratamiento. La disposición final se realizará aguas abajo del dispositivo de medición del caudal afluente, a excepción de las aguas servidas propiamente tal, que serán dispuestas aguas arriba del pre-tratamiento.

El titular, Aguas San Pedro S.A., señaló que durante la fase de construcción del proyecto cumplirá con toda la normativa aplicable a las condiciones de salud de los trabajadores, tomando las siguientes medidas:

Suprimir cualquier factor de peligro que pueda afectar la salud o integridad física de los trabajadores.

Mantener en los lugares de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y la salud de los trabajadores que en ellos se desempeñan; sean estos trabajadores dependientes directos del titular o sean trabajadores de terceros contratistas que realizan actividades para el titular.

Mantención y limpieza de los servicios higiénicos provisorios.

En el Anexo N'8, de la DIA se adjuntó el Plan de Contingencia de Aguas San Pedro S.A., documento que forma parte de la presente resolución.

b. Fase de Operación. b.1) Descripción fase operación

1) Características del Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas: La Planta de tratamiento fue diseñada para recibir un afluente con características de aguas servidas domésticas, cuyos componentes corresponden a los propios de estas aguas residuales; no conteniendo elementos tóxicos, residuos industriales líquidos u otro elemento que pueda dañar el sistema biológico de tratamiento.

El titular señaló que las aguas servidas que se originan en las áreas solicitadas en esta concesión son de carácter doméstico, y según la experiencia, son esperables las siguientes cargas contaminantes:

+. —DBO5:45 gr/hab/día. * Coliformes Fecales: 1,3 x 10” por 100 ml.

La planta estará ubicada al interior del área concesionada y deberá diseñarse para la totalidad de la demanda, la construcción será por etapas, siendo la primera para un caudal medio de 21,1 lUsg y atender una población aproximada de 8.312 habitantes y la segunda etapa

corresponde a un caudal medio de 43,1 It/sg y atender finalmente a una población aproximada de 17.956 habitantes.

El sistema propuesto está compuesto por:

Una Estación elevadora. Dos módulos compactos de tratamiento biológico.

./

Un módulo de digestión y desaguado de lodos.

Un módulo de desinfección.

El predio donde se instalará la PTAS contará con cierre perimetral en la que existirán panderetas para evitar el tránsito de animales. Para el acceso de las personas existirá una

puerta de fierro y para el acceso vehicular existirá portones metálicos.

El efluente tratado dará cumplimiento a lo establecido en la Tabla N1 “Límites máximos permitidos para la descarga de residuos líquidos a cuerpos de agua fluviales sin capacidad de dilución”, del D.S. N90/00, Norma de Emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales del

Minsegpres.

2) Criterios de Diseño: Los criterios de diseño para determinar las dimensiones de las

cámaras y equipos del sistema de tratamiento son los siguientes:

Tabla N”4: Base de Cálculo.

Población 17.956 hab Habitantes por vivienda 4 habíviv Número de viviendas 4.489 viviendas Dotación 190 hab/día Coeficiente de recuperación 0,8

Caudal medio 43,1 l/s

Caudal máximo horario 116,4 l/s

Carga DBO5 45 g/hab/día Temperatura aguas servidas mínima | 14 ”C Temperatura aguas servidas máxima j 20 *C

Cabe señalar que los datos utilizados corresponden al proyecto final (Año 2039).

3) Calidad del Efluente: La PTAS cumplirá con los límites establecidos en la Tabla N1 del D.S. N 90/2000 Minsegpres, “Límites máximos permitidos para la descarga de residuos líquidos a cuerpos de aguas fluviales sin capacidad de dilución”, para los siguientes

parámetros:

Tabla N5: Requisitos de calidad de aguas tratadas según D.S. N 90/2000, Minsegpres.

Parámetros Unidades Límite Máx. DBOs mg/l 35 Sólidos Suspendidos Totales mg/l 80 Nitrógeno Total Kjeldadl mg/l 50 Fósforo Total mg/l 10 Aceites y Grasas mgíl 20 Coliformes Fecales NMP/100ml 1000 Poder Espumógeno mm 7 Triclorometano (CHCl;) mg 0,2 Tetracloroeteno (C,Cly) mg 0,04 Unidad 6,0-8,5

Temperatura ”“C 35 Cloruros mg/l 400

4) Dimensionamiento del Sistema de Tratamiento: El diseño se proyecta para el año 2039, considerando dos módulos para el tratamiento secundario (reactor y sedimentador secundario). El segundo módulo mencionado debe estar implementado para el año 2021.

El esquema de la PTAS se presenta en la Figura N'4 de la DIA, Etapas del proceso productivo y en los puntos siguientes se detallan las distintas etapas del proceso productivo. La localización espacial de cada sistema unitario de la planta se presenta en el Anexo N9 de la DIA del proyecto, documento que forma parte de la presente resolución.

5) Tratamiento Preliminar: Las aguas servidas llegan a la PTAS a través de una impulsión proveniente de una planta elevadora de aguas servidas (PEAS) ubicada en el sector Lo Arcaya de Colina, e ingresan al tratamiento preliminar, el que consta de un sistema

6)

7)

mecánico (tambor rotatorio) y una reja manual de By Pass, además de un desarenador aireado. El sector Lo Arcaya se encuentra ubicado a 3,8 km de la planta. En la figura 2 de la DIA, se presenta la ubicación de la planta elevadora. Asimismo, en el Anexo 5 de la Adenda N*1 del proyecto, se adjuntó plano del trazado del colector, desde la planta elevadora, hasta la conexión de la descarga en la planta de tratamiento de aguas servidas. En dicho plano se detalla la ubicación específica, (coordenadas) de la planta elevadora.

En el Anexo 5 de la Adenda N*1, Plano de planta colector, se adjunta el Informe de Mecánica de Suelos, documento que forma parte integrante de la presente resolución.

El sistema de tratamiento preliminar se encuentra en una sala cerrada con sistema de tratamiento de olores. Con respecto a la cantidad de materia y basura que se genere durante el tratamiento preliminar, estas se depositarán en contenedores cerrados para conducirios hasta el relleno sanitario para su disposición final.

Las características de dimensionamiento de los distintos sistemas pertenecientes al sistema de tratamiento preliminar se presentan en Anexo 10 de la DIA, “Diseño Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Brisagua Colina”, documento que forma parte de la presente resolución.

Planta elevadora de aguas servidas: fue diseñada para dos etapas; la primera etapa opera en un formato 1+1, es decir, una bomba operando y otra de reserva. En la segunda etapa la operación cambia a 2+1, es decir, dos bombas en operación y una de reserva. Los únicos equipos de la planta de tratamiento que se proyectan con unidades de reserva son los siguientes:

i. Sopladores lobulares (2+1) ii Bombas dosificadoras de cloruro férrico (1+1) lil Bombas dosificadoras de hipoclorito (1+1) iv. Bomba de Cavidad Progresiva para Lodos Espesados (1+1 en bodega) v. Bombas Sumergibles de retornos a cabeza de PTAS (1+1) vi. Bomba dosificadora de Polímero (1+1 en bodega).

El titular del proyecto, señaló que contará con un Plan de emergencia, complementado con un plano a escala de la instalación y su entorno, considerando un radio de 50 m a la redonda, plano de cada bodega y/o zona de almacenamiento de sustancias peligrosas desde los deslindes del sitio, listado de sustancias peligrosas, cadena de mando, procedimientos de emergencia, listado de equipos e instrumental disponibles en la instalación para detectar y analizar sustancias peligrosas y señalizar su ubicación, listado de sistemas y equipos disponibles en la instalación para enfrentar emergencias, listado de equipos de protección personal disponibles en la instalación, mantenimiento de la operatividad del plan, todo de acuerdo al D.S. 78/09 del Minsal, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.

Tratamiento biológico:

a. Estanque(s) de Aireación: La variable de diseño de los reactores o estanques de aireación es la carga orgánica afluente al sistema.

Los resultados del dimensionamiento determina la necesidad (al año 2039) de dos (2) estanques de aireación de volumen total igual a 2.064 mé (1.032 m* por unidad). Los principales criterios de diseño son: edad de lodos (SRT) igual a 7 días y SSLM de orden de 2.500 mg.

Las características de las agua servidas a tratar, las características de los caudales de retorno del deshidratado y caudales de retorno espesado se adjuntaron en el Anexo 10 de la DIA, documentos que forman parte del presente informe.

b. Requerimientos de Oxígeno y Aireación: La ingeniería en detalle del sistema de aireación del tratamiento secundario se adjuntó en el Anexo 10 de la DIA, Diseño Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Brisagua, Colina, y el lugar de emplazamiento del sistema de aireación se presentó en el plano de la planta, Anexo 9 de la DIA, documentos que forman parte del presente informe.

c. Sedimentación Secundaria: Desde los reactores, el flujo será dirigido gravitacionalmente hacia 1 sedimentador secundario de base circular en primera etapa, en segunda etapa son 2 sedimentadores, donde se separará la biomasa (destinada a la recirculación y purga) de las aguas clarificadas.

El sedimentador estará equipado con puente barredor de lodos, ei cual arrastrará los lodos del fondo hacia el colector central. Este puente contará con raspador de superficie que recolectará los flotantes y los conducirá hasta la caja de espumas, retornando a la cabeza de la planta.

Las características técnicas de la sedimentación secundaria se presentaron en el Anexo 10 de la DIA, Memoria de proceso, el cual forma parte integrante de la presente resolución.

Desinfección: El sistema contempla 1 cámara de contacto rectangular de volumen útil total (al año 2039) igual a 101 m (hasta el año 2020 el volumen será 53,7 m por unidad) que asegure un periodo de retención mínimo de 30 minutos a caudal medio. Las características técnicas de la cámara de contacto se presentaron en el Anexo 10 de la DIA, tabla 7-10, Dimensionamiento cámara de contacto y tabla 7-11, Sistema de dosificación de hipoclorito.

La desinfección se realizará aplicando hipoclorito de sodio al inicio de la cámara de contacto. El dimensionamiento del sistema de dosificación de hipoclorito de sodio se consigna a continuación:

Tabla N*6: Sistema de dosificación de hipoclorito

Colina 2020 Colina 2039 DESCRIPCION UNIDAD MEDIA ANUAL | MEDIA ANUAL T” Media T Media Hipoclorito de Hipoclorito de Agente Desinfectante Sodio Sodio Caudal Medio Us 21,10 43,10 Caudal Máximo Horario Vs 63,90 116,40 Dosis media de cloro activo mg/l 5 5 Dosis máxima de cloro activo mg/l 10 10 Porcentaje de cloro activo % 10 10 Dosis media de producto comercial mg/l 50 50 Dosis máxima de producto comercial mg/l 100 100 cantidad de dosificar (dosis media (Caudal kg/h 3,80 7.76 edio)

kgld 91,2 186,20 A a dosificar (dosis máxima (2) Caudal kgld 182,3 372,40 AN o (dosis máxima (MCaudal Kgld 23,00 41,90 Hipoclorito de sodio Cantidad de estanques de hipoclorito Cant 1 1 Volumen c/ estanque de hipoclorito mi 3 3 Frecuencia de recarga de estanques d 32,9 16,1 Capacidad mínima de bomba dosificadora kg/h 23,0 41,90 Capacidad adoptada bomba dosificadora kgíh 46,0 83,8

En Anexo 8 de la DIA del proyecto, se presentó el Plan de contingencia, donde se señalan las medidas a tomar frente a la contingencia en el manejo del hipoclorito, documento que forma parte de la presente resolución.

e.

Digestión aeróbico/espesador: Se proyecta un digestor/espesador que representa una solución mejorada a un digestor/espesador convencional que presenta problemas de flotación de lodos. La unidad requiere que sólo una fracción (1/3 a 1/4) del volumen del reactor es destinado al proceso de digestión/espesamiento alternado y en la restante se realiza la digestión en forma continua. El hecho que sólo una fracción menor del reactor se use para la digestión/espesamiento permite que la capacidad de aireación requerida no se vea tan influenciada por los periodos sin aireación como en el caso tradicional. Esto permite que en la zona de digestión/espesamiento se pueda considerar una proporción de tiempo total sin aireación mayor al caso tradicional, con lo que se puede proveer varios ciclos al día de aireación/espesamiento/extracción del

sobrenadante, precaviendo que el tiempo de espesamiento sea lo suficientemente bajo de forma que no se produzca flotación del lodo.

Para este caso se proyectó un digestor/espesador de volumen igual a 471 m'. El detalle de diseño del digestor se presentó en el Anexo 10, Memoria de Proceso de la DIA, el que forma parte del presente informe.

Deshidratado mecánico de lodos: La deshidratación mecánica, será efectuada por un filtro de banda con capacidad para procesar los sólidos generados en el proceso conforme al programa de operación de la fase sólida. Las características del sistema de deshidratación se presentaron en la Memoria de cálculo, Anexo 10, Diseño de PTAS, de la DIA.

En el Anexo 11 de la DIA, se presentó el Estudio de vientos del proyecto, y en el Anexo 9 de la DIA, se presentó Plano de Planta general, documentos que forman parte de la presente resolución.

Zona de acopio de lodos deshidratados: Los lodos deshidratados son enviados a un galpón de 150 m? en primera etapa y 360 m? en segunda etapa, en el que los lodos estabilizados y deshidratados son esparcidos para permitir un secado adicional y dar cumplimiento al requerimiento para clase B, además de permitir obtener una humedad de un 70%, inferior a la mínima necesaria para disposición en relleno sanitario de 75%. En el Anexo 10 de la DIA, se presentó las características de la zona de acopio.

Las características de la construcción de los galpones de secado son: estructura metálica, piso tipo radier, muros cubiertos con Plancha de Zinc-Alum, el techo también es de zinc-aluminio. En la eventualidad que los lodos generen líquidos percolados se tendrá murete de aproximadamente 50 cm. y luego estos serán reingresados al sistema de tratamiento mediante la línea de retornos.

El titular del proyecto, Aguas San Pedro S.A, en el Anexo 12 de la DIA, documento que forma parte del presente informe, presentó el Plan de Gestión para el Manejo de Lodos generados en la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Colina. En dicho plan se identifican los principales tipos de residuos generados y se describe el tratamiento utilizado para disponerlos de una manera adecuada.

Cargas Proyectadas y eficiencia de Remoción del Sistema de Tratamiento: La Planta de Tratamiento fue diseñada para recibir un afluente con características de aguas servidas domésticas, cuyos componentes corresponden a los propios de estas aguas residuales; no conteniendo elementos tóxicos, residuos industriales líquidos u otro elemento que pueda dañar el sistema biológico del tratamiento.

El titular señaló en la DIA, que la PTAS cumplirá con lo indicado en la Tabla N1 del D.S, N 90/00 "Límites máximos permitidos para la descarga de residuos líquidos a cuerpos de agua sin considerar la capacidad de dilución”.

De esta manera la PTAS fue diseñada para obtener una eficiencia de remoción de aguas servidas del siguiente orden:

Tabla N? 7. Porcentaje de Remoción

Parámetro % de Remoción DBOs 95 SsT 90 Aceites y Grasas 90 P total 30 N total 30 Coliformes Fecales 99,99

Formas de Registro: Se llevará un registro en papel y en archivos electrónicos de los siguientes parámetros y frecuencias:

Caudal Efluente, registro del volumen diario (m*).

Consumo de energía eléctrica, registro del consumo diario (KWh)

Consumo de hipoclorito de sodio, registro diario de dosis (mg/l) y consumo (Kg/dia).

Y

b.2)

b.3)

Lodo Purgado, registro diario de tiempo de purga (minutos), concentración (mg/)) y lodo retirado (m*).

Residuos sólidos, registro diario de sólidos (m') y arenas (m.

Polímero, registro diario de dosis (mg/l) y consumo (Kg/día).

Grupo Electrógeno, registro diario de horas de funcionamiento (h) y consumo de combustible (1).

VVvV Y

Capacidad de Dilución del Cuerpo Receptor: La descarga del agua tratada al Estero Colina se realizará cumpliendo con la Tabla N1 del D.S. N90/00 "Norma de Emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales”, la cual indica los límites máximos permitidos para la descarga de residuos líquidos a cuerpos de agua sin considerar capacidad de dilución del cuerpo receptor.

Respecto al tranque y canal de regadío existente en el lado sur, a más de 65 metros de las instalaciones de la planta de tratamiento de aguas servidas, según se indica en la Figura 3 de la Adenda N2 del proyecto, el titular señaló que éstos no se intervendrán en ninguna circunstancia, cumpliéndose con el D.S. N90/00 y la NCh 1333. En el Anexo 13 de la DIA, se adjuntó el Plan según Norma Chilena de Calidad de Agua, los parámetros seleccionados tienen directamente relación a los riles que serán generados por la planta de tratamiento, en dicho plan se adjunta el monitoreo de la calidad de agua del estero Colina según la NCh 1333.

El titular declaró que el agua en el estanque de acumulación de regadío no se afectará debido a que el agua a tratar, tal como se indica en la DIA y en la Adenda 1, provendrá de los Sectores San Luis y Brisa Norte, la cual será impulsada en la PEAS localizada aproximadamente a 4 km del emplazamiento de la PTAS, y una vez ingresada a la planta, esta se dispondrá inmediatamente al tratamiento preliminar (Sistema mecánico, una reja manual de By Pass y un desarenador aireado).

En el caso de algún imprevisto de gran magnitud (poco probable), el agua sin tratar será retenida en los estanques de aireación o en la zona de instalaciones. Además, se detendrá de forma inmediata la operación de la PTAS y se avisará a los servicios competentes, para tomar las medidas correspondientes al caso.

En la Figura 3, Localización planta y estanque de regadío de la Adenda N2, se detalla el estanque de acumulación de regadío, planta de tratamiento e ingreso de las aguas a tratar. En dicha figura se puede visualizar que el ingreso de las aguas servidas es por el lado este de la planta (el estanque se encuentra en el lado sur oeste) por lo cual no existirá posibilidad de mezcla de las aguas sin tratar con el agua almacenada en dicho estanque.

Programa de control y monitoreo ambiental: El titular declaró en la DIA, que llevará un control permanente de los resultados relativos al funcionamiento de la planta de tratamiento, tales como análisis de las aguas servidas a la entrada y salida de la planta, y análisis de los lodos, según lo siguiente:

1. 2.

Se realizará una evaluación de la operación del sistema de tratamiento con monitoreos al efluente de la planta de tratamiento y a los lodos.

El monitoreo al efluente se efectuará a través de campañas de monitoreo de 24 horas. En dicha campaña se hará el aforo y caracterización de las aguas servidas tratadas con los parámetros y frecuencia que se detallará a continuación. Las campañas consistirán en extraer muestras compuestas en 24 horas cada 2 horas por parte de un laboratorio acreditado por el Instituto Nacional de Normalización (INN).

El monitoreo de los lodos consistirá en extraer muestras de la cancha de secado de lodos siguiendo con el procedimiento establecido en el Proyecto Detinitivo de Reglamento sobre el Manejo de Lodos No Peligrosos.

Con los resultados obtenidos se procederá a evaluar el sistema de tratamiento en términos de eficiencia en lo que respecta a la calidad final del efluente y del lodo para los diversos parámetros propuestos.

En cualquier circunstancia, los parámetros deberán cumplir con los límites establecidos en la Tabla 1 D.S. N* 90/2000 Minsegpres, Límites máximos permitidos para la descarga de residuos líquidos a cuerpos de aguas fluviales sin capacidad de dilución.

Parámetros a medir y Frecuencia: El punto de muestreo corresponderá al agua tratada, la que será muestreada después de la desinfección.

11

Las muestras serán tomadas en forma proporcional al caudal de descarga de la planta de tratamiento y los parámetros a medir, así como la frecuencia de muestreo se señalan en la

siguiente tabla:

Tabla N” 8: Parámetros a medir y Frecuencia de muestreo del efluente

Punto de Muestreo Parámetros Unidad |Frecuencia DBO5 mg/l Mensual Sólidos Suspendidos Totales | mg/l Mensual Nitrógeno Total Kjeldahl mg/l Mensual

Efuente Fósforo Total mgll Mensual Aceites y Grasas mg/l Mensual Poder Espumógeno mm Mensual Triclorometano mg/l Mensual Tetracloroeteno mg/l Mensual pH Unidad Mensual Temperatura Ol Mensual Coliformes Fecales NMP/100 ml | Mensual Cloruros mg/l Mensual Caudal Ys Diario

b.4) Programa de Vigilancia Ambiental: Los puntos de monitoreo para el programa de control

son los siguientes:

Tabla N” 9: Puntos de monitoreo

Punto de Muestreo N* 1

Agua servida cruda a su entrada a la cámara de rejas de la planta

Punto de Muestreo N* 2

Agua a la salida de la cámara de contacto (efluente final)

b.5) Insumos y servicios requeridos

Fase de construcción: Los

principales insumos a utilizar en la fase de construcción son los

indicados en la siguiente tabla.

Tabla N*10: Insumos requeridos en la etapa de construcción

Fase de Construcción

Insumos

Especificaciones

Insumos para maquinaria

Combustibles Lubricantes

Elementos y estructuras de constru:

cción Estructuras metálicas, hormigón, fierro, moldajes

Materiales para fundaciones

Hormigón, moldajes, fierro, etc.

Materiales para pavimentación

Hormigón/asfalto

Cañerías y tubos

PVC o HDPE

Elementos instalación eléctrica

Varios

Pintura

Para marquesina y edificaciones

Otros

Grifería, quincallería, cubiertas, cerámica, etc.

Insumos fase de operación

: Los principales insumos a utilizar en la fase de operación son

los indicados en la siguiente tabla.

Tabla N*11: Insumos requeridos en la etapa de operación

Fase de Operación

Insumos

| Especificaciones

Operación Planta de Tratamiento de Aguas Servidas

Agua Agua servida Energía Ejéctrica Sustancias químicas Hipoclorito de sodio

Sustancias químicas Polímero Sustancias químicas Cloruro férrico

12

Provisión de Agua Potable: El abastecimiento del agua potable durante la fase de construcción se realizará a través de abastecimiento provisorio a los trabajadores, en la que se proveerá envasada en bidones plásticos, suministada por proveedores autorizados. La calidad y cantidad del agua estará acorde a lo que estipula el D.S N*594/99 del MINSAL “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”, y sus modificaciones.

Suministro de Energía: Aguas San Pedro S.A, abastecerá su sistema de tratamiento a través de energía eléctrica suministrada por la red. Cabe señalar que la planta contará con un sistema autónomo de reserva (grupo electrógeno), con tablero de transferencia automática y estanque de petróleo incorporado (el combustible será abastecido por estaciones de servicio cercana a la ubicación del proyecto, no existiendo almacenamiento en la PTAS), el cual respaldará el 100% de las unidades contempladas en la planta y por último ta capacidad quedará determinada una vez que se tenga definidos los equipos, lo cual es parte de la ingeniería y del desarrollo del proyecto eléctrico. El titular señaló en la DIA que el generador será registrado ante la Seremi de Salud, RM.

La capacidad del grupo generador que se instalará se indica a continuación:

Tabla N”12: Capacidad del grupo generador.

Marca F.G. Wiison Modelo P 150E Potencia Real 135 KVA Potencia Nominal | 150 KVA Combustible Diesel

Cc. Fase de Abandono.

El titular señaló en la DIA que el plazo de utilización de la PTAS es de carácter indefinido y, por

consiguiente, no está previsto su abandono, ya que el servicio se mantendrá mientras exista la población a atender.

En el caso de no seguir con el funcionamiento de la pianta de tratamiento de aguas servidas,

por el traslado de ésta, se considerará una etapa de abandono la cual incluirá las siguientes acciones:

Desmantelamiento y reutilización, en la nueva planta de tratamiento, del equipamiento que aún conserva su vida útil. En este aspecto se considera reutilizar el actual filtro de banda, los equipos sopladores y equipamiento tales como válvulas de gran diámetro y medidores eléctricos de caudal. Las obras civiles, tales como estanques de hormigón y resto de instalaciones técnicas, deberán abandonarse sin utilidad posterior. Estas instalaciones deberán ser sometidas a limpieza y desinfección y posiblemente los estanques sean techados o tapados para impedir el ingreso de aguas lluvias. Deberá mantenerse además una permanente desratización y desinsectación por parte de la empresa especializada que actualmente presta dicha servicio.

El recinto de la planta es de una superficie de 1520,6 m? de la cual un 14% estará ocupada por las unidades y las edificaciones, este sector se mantendrá cercado y a él sólo tendrá acceso el personal encargado de la limpieza.

Se estima que el período de abandono, incluyendo desmantelamiento y retiro de las instalaciones que se pueda reutilizar, limpieza y desinfección, construcción de Cercos, etc., tomará un período de cuatro meses.

El titular indicó en la DIA que realizará una reforestación en el área, plantando vegetación nativa para controlar los efectos adversos que pueda generar el proyecto en cuanto a impacto paisajístico.

Que, sobre la base de lo señalado por el titular en la Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, en los informes emitidos por los servicios que participaron en el proceso de evaluación, y en el Informe Consolidado de Evaluación, se concluye que el proyecto genera impactos sobre los siguientes componentes ambientales: Aire (emisiones atmosféricas, olores y ruido), Agua (aguas servidas, agua potable y aguas servidas tratadas), Suelo (residuos sólidos y lodos), Vialidad Adyacente y Patrimonio Cultural.

13

5.1

Fase

Que, el titular del proyecto deberá hacerse cargo de los impactos ambientales anteriormente señalados mediante la implementación de las siguientes medidas, las cuates, junto con las precisiones establecidas por esta Comisión, son adecuadas para acreditar el cumplimiento de la normativa de carácter ambiental que es aplicable al proyecto:

Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidas a las emisiones atmosféricas, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:

de Construcción.

Dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en el D.S. N* 66 de 2009 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que “Revisa, Reformula y actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana, PPDA”. Limitar la velocidad de circulación de los vehículos a 15 km/h en las vías interiores del recinto,

Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados.

Mantener en óptimas condiciones y con sus revisiones al día toda la maquinaria utilizada. Prohibir la quema de materiales y/o desechos para calentar alimentos, otro tipo de calefacción, etc.

Humectar los caminos internos 2 o 3 veces al día o cuando las condiciones climáticas así lo requieran, por donde circutarán camiones y maquinaria en el área de construcción. Humectar periódicamente el área de trabajo.

Realizar mantenciones periódicas a los camiones y vehículos en general, con el objetivo de verificar sus procesos de combustión.

Realizar el transporte de materiales en camiones encarpados mediante carpa de lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería con el objetivo de evitar durante el traslado la caída de materiales y el desprendimiento de polvo. Esto, evitando la caída de materiales y el desprendimiento de polvo en el trayecto del vehículo.

5.1.10 Reforzar todas las medidas de mitigación y se evitará la realización de actividades que

generen emisiones de material particulado y gases durante los períodos en que se decrete Alerta, Pre-Emergencia y Emergencia Ambiental.

Fase de Operación:

5.1.11 Dar cumplimiento a lo establecido en el D.S. N* 66/09 del Ministerio Secretaría General

de la Presidencia, que Revisa, Reformula y actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana, PPDA.

5.112 Dar cumplimiento a lo establecido en el D.S. N* 4/94, establece norma de emisión de

5.2

material particulado a fuentes estacionarias puntuales y grupales.

Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidas a las emisiones de olores, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:

Fase de Operación

5.2.1

5.2.2

5.2.3

5.2.4

5.2.5

5.2.6

5.3

Dar cumplimiento a lo establecido en el D.S. N*144/61 del Minsal, establece Normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

En el tratamiento preliminar se proyecta un sistema encapsulado, con un sistema de extracción y conducción de las emanaciones hacia un biofiltro de olores. Las características de este sistema se presentan en el Anexo 1 de la Adenda N*2 del proyecto, Sistema de Captación de Olores, documento que forma parte de la presente resolución.

Para la línea de lodos se proyecta un digestor aeróbico de lodos, que permite estabilizar los lodos y por tanto no generar olores en los procesos posteriores. En caso de contingencias en la línea de lodos, se utilizará cal para el control de olores.

En caso que se produzca una situación de contingencia en el manejo de lodos (cancha de secado), se procederá a efectuar aplicación de cal al lodo, para eliminar la eventual actividad bacteriana anaeróbica, no superando pH 12.

Implementar una pantalla arbórea en todo el perímetro de la planta, franja que se observa en el Anexo 7 de la DIA, Plano Paisaje, contribuyéndose a evitar la dispersión de olores. Al respecto, esta Comisión establece que el titular deberá presentar para su aprobación por parte de los organismos competentes la implementación de dicho plan.

El titular del proyecto en la Declaración de Impacto Ambiental Anexo 11, presentó el Estudio de vientos con el respectivo Plan de manejo de olores, documentos que forman parte de la presente resolución.

Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidas a las emisiones de ruido, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:

14

Fase de Construcción

5.3.1. 5.3.2.

Realizar las faenas de construcción exclusivamente en horario diurno.

Para la fase de construcción de la modificación de la Planta Elevadora de Aguas Servidas, PEAS, se instalarán barreras acústicas temporales en todo el perímetro oriente y poniente del predio de la planta, de acuerdo a los esquemas presentados en las figuras N 9 y No 10, y en la tabla N 6 de la Adenda N? 2 de la DIA, los cuales forman parte de la presente resolución. Las barreras acústicas serán construidas de tableros de OSB, que posean una configuración de densidad volumétrica y espesor que permitan obtener al menos 10 kgim? de densidad superficial para cada barrera. La cara de la barrera que da hacia la faena de construcción será revestida de lana mineral con una densidad volumétrica de al menos 30 kg/m? y 50 mm de espesor. Las barreras tendrán una altura de 5 m cada una.

Fase de Operación:

5.3.3.

5.3.4.

5.3.5.

5.4

Fase

Cumplir en todo momento y en cada una de las fases del proyecto con los limites máximos permisibles de ruido, de acuerdo a lo establecido en el D.S. N* 146 de 1997 del Minsegpres, es decir, medidos en el lugar donde se encuentra el receptor sensible del ruido,

Para la fase de operación de la PEAS, se implementará un muro de hormigón tipo bulldog de 2 m de altura, ubicado en todo el perímetro del predio de la PEAS. Este muro permanecerá fijo durante toda la etapa de operación de la PEAS.

En el Anexo 5 de la Adenda N?1, se adjuntó Plano del trazado del colector, desde la planta elevadora, hasta la conexión de la descarga en la planta de tratamiento de aguas servidas, en dicho plano se detalla la ubicación específica de la planta elevadora, documento que forma parte de ta presente resolución.

Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Agua, referidas al

manejo de aguas servidas y agua potable, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:

de Construcción.

5.4.1

Instalar, mantener y realizar la limpieza de los servicios higiénicos provisorios, a saber, los baños químicos y duchas con recinto de vestuario para la totalidad de los trabajadores durante la etapa de construcción del proyecto. Lo anterior, debe dar cumplimiento con las disposiciones establecidas en los artículos 23, 24, 25 y 26 del D.S. N” 594/99, del Minsal, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Lo anterior, principalmente en lo que respecta a:

a) Que, el número mínimo de artefactos se calculará en base a la tabla del artículo 23 del

citado Decreto Supremo.

b) Que, los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 m del área de trabajo. c) Reacondicionar los espacios que ocuparon los baños químicos después de su uso.

Agua Potable

5.4.2

5.5

Mantener en el lugar de trabajo y durante toda la fase de construcción y operación, un suministro de agua potable destinada al consumo humano y necesidades básicas de higiene y aseo personal, de uso individual o colectivo, la que deberá cumplir los requisitos físicos, químicos, radioactivos y bacteriotógicos establecidos en el D.S. N 735 de 1969 “Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Consumo Humano” del Ministerio de Salud Pública, según lo establecido en los artículos 12, 13, 14 y 15 del D.S. N 594 de 1999 del MINSAL, sobre las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Agua, referidas al Efluentes, aguas servidas tratadas, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:

Fase de Operación.

5.5.1

5.5.2

El titular señaló que durante la fase de operación del proyecto se generarán las aguas servidas tratadas del Loteo. Éstas se descargarán directamente al Estero Colina.

El efluente tratado cumplirá con la Tabla N%1 de la Norma de Emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales, D.S. N*90/2000 del Minsegpres, y con la Norma Chilena de Calidad de agua de Riego, Nch. 1333. Para evaluar el cumplimiento de esta última norma de emisión se realizará un monitoreo del efluente, según se indica en el Anexo 13 de la

15

5.5.3

5.5.4

5.5.5

5.5.6

5.5.7

5.5.8

5.5.9

5.5.10

5.5.11

5.5.12

5.5.13

5.5.14

5.5.15

DIA, Programa de Monitoreo Nch 1333, documento que forma parte integrante de la presente resolución.

La descarga corresponderá solamente al tratamiento de las aguas servidas, dando cumplimiento la Tabla N*1 del D.S. N90/2000 del Minsegpres.

El titular señaló que según el Estudio de Mecánica de suelos, adjunto en el Anexo 6 de la DIA, no se detectó napa freática a profundidades menores que los niveles de enterramiento de las unidades proyectadas. Estas unidades fueron diseñadas para ser vaciadas, sólo si el nivel de la napa freática está por debajo de las costas indicadas en los planos del proyecto.

El titular señaló que en el caso de encontrar napa, el agua será controlada a través del tiempo y se enviará los monitoreos respectivos a las autoridades competentes. Los parámetros a monitorear será lo establecido en el D.S. N” 46/02 del Minsegpres, Establece Norma de Emisión de Residuos Líquidos a Aguas Subterráneas, especificamente lo relacionado con las aguas servidas.

El titular se compromete a realizar un pozo de monitoreo de 60 metros, si se encuentra napa antes, el pozo se construirá a una profundidad tal que permita hacer seguimiento a la napa encontrada.

En caso de no verificar napa a los 60 metros, el titular señaló el compromiso de controlar posibles infiltraciones de aguas servidas. De constatar filtración, se dará aviso de forma inmediata a las autoridades competentes y se tomará las medidas pertinentes para controlar la infiltración y de ser necesario parar la operación de la planta.

En relación a la descarga de la planta de tratamiento, el titular señaló el compromiso de controlar en todo momento la descarga hacia el estero Colina, controtando las condiciones de la descarga del efluente de la planta de tratamiento, tal que, las aguas allí dispuestas escurran libremente sin estancamientos ni acumulación de sedimentos que puedan generar problemas sanitarios tales como olores, atracción de vectores, etc. En relación a lo anterior, en consideración a lo establecido en el D.S. 90/2000 Minsegpres, punto 3.4, donde se indica que los cuerpos receptores deben cumplir con las condiciones de escurrimiento normal, requeridas para un régimen de descarga continuo del efluente tratado.

El titular señaló el compromiso de implementar las siguientes medidas en la limpieza del estero:

a) Asignar las funciones de inspección del Estero, a uno de los trabajadores de mantenimiento de la planta.

b) Antes de comenzar a descargar el efluente tratado de la planta al estero, se hará una inspección de este, para garantizar que no existan elementos ajenos al cauce, que puedan interferir con el libre correr de las aguas.

c) La inspección y encausamiento de las aguas del cauce, cuando se requiera, se realizará desde el punto de descarga 100 m aguas abajo y se vigilara 1 vez a la semana.

d) Para los meses de febrero a julio, la inspección del estero se hará 2 veces a la semana, puesto que son los meses de menor caudal de éste.

e) Se vigilará que no existan estancamiento de aguas en el cauce, que puedan causar daños al medio ambiente y a la salud pública.

El agua servida proveniente de los laboratorios y baños, serán incorporados a la planta para su posterior tratamiento.

Respecto a los cálculos de la demanda hídrica, el titular señaló en la DIA y Adenda N1, que el agua tratada se descargará al estero Colina, cumpliendo con la Tabla N1 del D.S. N”90/2000 del Minsegpres. La descarga seguirá su curso en el estero mezclándose con el agua que lleva el cauce.

Para la estimación de la demanda hídrica, ésta se realizó de acuerdo a la Guía “Condiciones Básicas para la Aplicación de RlLes de Agroindustrias en Riego”. Esta se basa en la caracterización agroclimática, el cálculo de la demanda hídrica. Según lo anterior, se obtuvo que la demanda hídrica anual es de 27,3 m*/ha/año en los cultivos cercanos a la Planta de Tratamiento.

En el Anexo 3 de la Adenda N*1, el titular especifica los usos y extracciones de aguas superficiales y subterráneas en la zona de influencia del proyecto, especificamente 100 metros aguas arriba y 3 kilómetros aguas abajo del Estero Colina.

En el Anexo 3 de la Adenda N%1, se adjuntó Catastro de usuarios Estero Colina, el cual forma parte de la presente resolución.

Respecto a los caudales mensuales que posee el estero Colina en el punto de descarga de la PTAS, en el Anexo 2 de la Adenda N*1, se adjuntó el Informe de modificación de cauce, en el cual se presenta el Estudio Hidrológico de crecidas “Diseño de obras fluviales para el mejoramiento del estero colina, provincia de Chacabuco, RM”. En dicho informe se presenta la proyección de caudales del estero Colina.

16

5.6 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Suelo, referido a la generación de residuos sólidos, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:

Fase de Construcción.

5.6.1 Los residuos sólidos asimilables a domiciliarios derivados de la construcción del proyecto, deberán ser dispuestos en rellenos sanitarios autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud.

5.6.2 Para la fase de construcción y operación del proyecto, los residuos producidos por efecto de algún derrame, ya sea a causa de situaciones en que la maquinaria sufra desperfectos al interior del proyecto originando derrames de aceite hidráulico o lubricante o aquellos generados por el transvase de combustible u otro evento de derrame accidental ya sea de aceite, pintura, barniz, pegamento, grasa y/o lubricante o bien residuos tales como suelo contaminado con derrame y/o materiales como arena utilizados para la contención de derrame o en general cualquier residuo de caracteristicas peligrosas, incluyendo los envases residuales, deberán ser:

  • Recuperados y almacenados en contenedores con tapa, diferenciados de los residuos sólidos domésticos y asimilables, o no peligrosos, disponiéndolos en un sector techado, con piso impermeabilizado, señalizado y con control de derrame.

  • Eliminados en algún sitio autorizado por esta Autoridad Sanitaria Regional. Para tal efecto, es preciso considerar que la normativa que rige el almacenamiento, el transporte y la disposición final de los residuos industriales no peligrosos, continúa siendo el D.S. N* 594 de 1999, del MINSAL, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, y que la normativa que rige actualmente a los residuos caracterizados como peligrosos, es el D.S. N” 148 de 2003, del MINSAL, Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

5.6.3 Mantener en los lugares de trabajo, buenas condiciones de orden y limpieza, disponiendo en puntos estratégicos recipientes para la disposición temporal de los residuos domiciliarios, adoptando las medidas más efectivas para evitar la entrada o para eliminar la presencia de vectores sanitarios.

5.6.4 Disposición de los excedentes de movimiento de tierra, así como los de materiales empleados en la construcción, en lugares autorizados por la Secretaría Ministerial de Salud. Un listado de los lugares autorizados aparecen en www.asrm.cl. En caso de optar por esta alternativa el titular informará, a través de un oficio dirigido a la Seremi de Salud, Región Metropolitana, previo al inicio de las faenas, específicamente del lugar seleccionado para ta disposición de dichos residuos.

5.6.5 Considerar, que en su generalidad, el manejo de estos residuos es de exclusiva responsabilidad del generador de los mismos, debiendo éste implementar una gestión de sus residuos sobre la base de un manejo diferenciado entre los tipos de residuos generados, tos que son peligrosos de los que no lo son, privilegiando las alternativas de prevención, reuso y reciclaje por sobre las alternativas de control como el tratamiento y/o la disposición final de Jos residuos en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria Regional. Un listado de dichos sitios se encuentra a disposición del usuario en la página web: www.asrm.cl.

5.6.6 Instalación de contenedores con tapa hermética, distribuidos uniformemente en los sectores de la obra y en las instalaciones de faena, a fin de que los trabajadores dispongan los residuos domiciliarios en bolsas de basura herméticas. Estos residuos deben ser retirados por el servicio municipal de recolección. Si no está disponible en el sector, deberá contactar a la Municipalidad correspondiente o en su defecto a una empresa de residuos autorizada, con el propósito de que dichos residuos se retiren regularmente, evitando la generación de focos de insalubridad.

5.6.7 Mantener orden y limpieza en su instalación de faenas (bodegas y vestidores, entre otros recintos).

5.6.8 Para el caso de residuos industriales no peligrosos y asimilables a domiciliarios, solicitará la autorización sanitaria para disponer estos residuos en un sitio de disposición final, el cual debe estar debidamente autorizado por la Autoridad Sanitaria Regional. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en el D.S. N 594/99 del Minsal, sobre las “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo". Para el caso específico de la eliminación de los residuos peligrosos, el titular deberá dar cumplimiento a lo indicado en el D.S. N 148/03 del Minsal, que "Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”, enviando cada uno de estos materiales a lugares autorizados.

5.6.9 La normativa que rige el almacenamiento, el transporte y la disposición final de los residuos industriales, continúa siendo el D.S. N* 594/99 del Minsal, “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo” y la normativa que rige actualmente a tos residuos caracterizados como peligrosos es el D.S. N” 148/03 del Minsal, que “Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”.

5.6,10 Durante la fase de construcción se generarán residuos sólidos provenientes de posibles escombros, envolturas de materiales utilizados en la construcción, etc. En caso de generarse este tipo de residuos, éstos serán acopiados de manera transitoria en los lugares

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ya habilitados del establecimiento, de manera de minimizar el riesgo de posibles accidentes y la interferencia de las otras actividades, siendo dispuestos finalmente en sitios autorizados.

5.6.11 Respecto a los residuos peligrosos, el titular señaló que no se espera generación de éstos en la fase de construcción del proyecto.

Fase de Operación.

5.6.12 Los residuos sólidos domiciliarios, serán dispuestos en contenedores con tapa hermética y serán enviados a lugares de disposición autorizados y serán claramente identificados (basureros). Los contenedores poseerán tapa hermética y estarán uniformemente distribuidos en distintas zonas. Los volúmenes de basura domiciliaria generada corresponderá a 2,8 kg/día.

5.6.13 Los envases vacios de reactivos químicos, serán devueltos a la empresa proveedora de estos productos químicos.

5.6.14 El material retenido en tratamiento preliminar, se depositará en contenedores cerrados, para conducirlos hasta el relleno sanitario para su disposición final.

5.6.15 Cumplir con lo establecido en D.S. N* 594 de 1999 del Minsal, que aprueba Reglamento Sobre "Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”.

5.6.16 Cumplir con lo establecido en los artículos del Título 1 “De la Higiene y Seguridad del Ambiente”, Párrafo 1Il "De los Desperdicios y Basuras”, del D.F.L. N% 725 de 1967, “Código Sanitario”, respecto a los residuos sólidos.

5.6.17 Cumplir con lo establecido en el D.S. N* 148/03 del Minsal, que “Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”.

5.7 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Suelo, referido a la generación de lodos, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:

Fase de Operación:

La estimación de lodos generados de la planta que irán al relleno sanitario al año 2039, en promedio, serán de 10,1 m'/semana de lodos. Los volúmenes especificados para el año 2039, se basan en los mismos criterios de proyección de población. Los lodos serán transportados por empresas autorizadas por la Autoridad Sanitaria y serán dispuestos en un relleno sanitario.

5.7.1 Dar cumplimiento al D.S. N” 004/2009 del Minsegpres, Reglamento para el Manejo de lodos generados en Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas.

5.7.2 De acuerdo a lo indicado en la DIA y Adendas del proyecto y a la Memoria de proceso del proyecto, los lodos generados se dispondrán en un relleno sanitario, por lo que se requiere un lodo clase B con una humedad menor al 75% (para poblaciones menores a 30.000 hab). Como requisito previo, al lodo clase B, debe tenerse un lodo estabilizado, para lo cual, se considera digestión aeróbica de lodos, proceso en el cual se debe obtener un 38% de remoción de sólidos volátiles o bien una Tasa específica de oxígeno SOUR < 1,5 mgO2/h/gST O 20*C.

5.7.3 El lodo estabilizado será sometido a Secado al aire durante 3 meses, lo que colateralmente permite obtener una humedad de un 70%, inferior a la mínima necesaria para disposición en relleno sanitario de 75%. En caso de generación de olores (contingencia), durante el secado se adicionará cal.

5.7.4 El titular señaló en la Adenda N*1 del proyecto, que el uso de la cal será solamente en caso de emergencia para estabilizar el lodo, ya que el manejo del lodo biológico producido en el tratamiento secundario se compone de las siguientes unidades: Digestor aeróbicolespesador con espesamiento mejorado, lo cual garantiza un manejo adecuado de lodos. En la DIA, Anexo 9, plano N” 104 A-ID-G-01 se encuentran identificados en el número 20 y 21 los galpones de deshidratado de acopio de lodos y galpón de lodos futuros, anexo que forma parte de la presente resolución.

5.7.5 Una vez estabilizado los lodos, estos serán cargados a contenedores cerrados de capacidad de 15 m'. El proceso de carga se efectuará de forma mecánica por medio de un mini-cargador frontal.

5.7.6 En todo el proceso el operador contará con todos los elementos de protección personal, entre ellos, mascarilla, antiparrass, overol, guantes entre otros.

5.7.7 Los lodos deshidratados son enviados a un galpón de 150 m? en primera etapa y 360 m?* en segunda etapa. En estos compartimientos, los lodos estabilizados y deshidratados son esparcidos, para permitir un secado adicional y dar cumplimiento al requerimiento para clase B, además de permitir obtener una humedad de un 70%, inferior a la mínima necesaria para disposición en relleno sanitario de 75%.

5.7.8 El galpón de acopio de lodo consiste en un galpón de estructura de perfiles de acero según se indica en los planos del proyecto.

El

5.7.9

5.7.10

5.7.11

5.7.12

5.7.13

5.7.14

El acero estructural del galpón será calidad A37-24ES. Las soldaduras se efectuarán según NCh203 Of68. Calidad E6010 o E6011 (AWS) punto azul. El filete mínimo será igual al menor espesor de la plancha a unir, salvo indicación en contrario en el plano de detalle. Los soldadores serán calificados según Nch308. La fabricación de la estructura se hará según Nch428 Of57. La estructura deberá ser fabricada y prearmada en su totalidad en maestranza y chequeada por la 1.T.O. antes de su traslado. Se contempla un arenado comercial para toda la estructura metálica. Antes de proceder al arenado se deberá eliminar toda escoria de las soldaduras mediante medios mecánicos adecuados (escobilla, arpilleras, cincel, picador, etc.), procediéndose también a eliminar de los perfiles toda salpicadura de soldadura. Las grasas y polvos se eliminarán con detergentes tipo industrial diluibles en agua. La estructura será pintada con 2 manos de anticorrosivo epóxico y 2 manos de esmalte epóxico,

El galpón se estructurará sobre un radier de hormigón, utilizándose hormigón grado H15 con un 90% de nivel de confianza. El espesor proyectado es de 20 cm, con malia ACMA C- 257, sobre lámina de polietileno y base granular compactada de 25 cm.

El galpón contará con un desagúe central que llevará los potenciales líquidos hacia la planta elevadora de aguas de retorno, donde se junta con los líquidos filtrados del resto de la línea de lodos.

Se considera un circuito cerrado que no tiene posibilidades de derrames hacia cursos superficiales. Los detalles de las conducciones se indican en el plano Planta Piping del proyecto, adjunto en el Anexo 4, "104A-ID-G-18-RevA-PlantaPiping”, el cual forma parte del presente informe.

El diagrama de flujo, se presente en la Figura 1, Diagrama de Lodos, de la Adenda N*1 del proyecto, en la que se detalla la trayectoria de los lodos. Luego de pasar por el proceso de digestión de los lodos, una parte de estos, que no cumplen con las características de humedad, son enviados al reactor; la otra es enviada al filtro de bandas, que tiene como función el deshidratado de los lodos, en la cual el lodo que cumpla con las características de deshidratado es enviado a los galpones y los otros enviados al reactor para su posterior envió al proceso de digestión.

El procedimiento de aplicación de cal al lodo consistirá en lo siguiente:

a. Ellodo deshidratado será descargado a una tolva y trasladado hacia la zona de mezcla ya sea manualmente o mecánicamente.

b. Posteriormente se aplicará la cal manualmente sobre el lodo y se procederá a mezclarlo ya sea en forma manual o mecánicamente. La dosis de cal será del orden de 200 kg de cal por tonelada de sólido en base seca.

c. Una vez terminada la mezcla se tomará una muestra de lodo para realizar las

mediciones de pH a tiempo cero y a las 2 horas verificando que el pH se conserve en

12 como mínimo a tiempo cero y a las dos horas. Cumpliendo así el requisito de

acuerdo al D.S 004 /2009 del Minsegpres, para asegurar lodo clase B. En caso de

observar que no se ha logrado lo exigido en el decreto se procederá reencalar el lodo.

El citado decreto indica que al agregar material alcalino los lodos deberán presentar un

pH mayor a 12 por 2 horas y posteriormente pH 11,5 o más por 22 horas adicionales.

El control del pH se realizará con un pHmetro para control de pH en suelos.

e. El contenedor utilizado para la acumulación de lodos deshidratados, será impermeable, estanco y cerrado, a la espera del retiro y posterior traslado a disposición final en relleno sanitario.

a

5.8 Respecto del impacto ocasionado sobre la Vialidad Adyacente, el titular se obliga a implementar las siguientes acciones:

Fase de Construcción.

5.8.1 Los viajes proyectados en promedio, producto de la construcción del proyecto y las rutas a utilizar, serán las que se indican a continuación: TIPO DE ; FLUJO CAMIÓN MOTIVO DEL VIAJE VÍAS A UTILIZAR GENERADO! Autopista Los Libertadores (camino ¡Camión o pavimentado) — Camino Vecinal sin| Fon: 18 ón ara dr ombre (camino adyacente a Autopista viaje / día IN? Ejes: 2-3 Los Libertadores y no pavimentado) - Proyecto ¡Autopista Los Libertadores (camino Camión pavimentado) — Camino Vecinal sin e Ton: 10 - 20 Transporte de partes Ynombre (camino adyacente a Autopista. MAleS N* Ejes: 2-3 P Los Libertadores y no pavimentado) -|

Proyecto

a —-l

Autopista Los Libertadores (caminol ¡Camión pavimentado) — Camino Vecinal sin|, a Ton: 13 ¡Combustible hombre (camino adyacente a Autopistal viaje IN? Ejes: 3 Los Libertadores y no pavimentado) ¿emana

Proyecto

Autopista Los Libertadores (caminol Camión . pavimentado) — Camino Vecinal sin as Ton: 35 Mn=porte de inertes a io nombre (camino adyacente a Autopista[,> viajes IN? Ejes: 2-3 P Los Libertadores y no pavimentado) ?

Proyecto

5.8.2 5.8.3 5.8.4 5.8.5 5.8.6 5.8.7 5.8.8 5.8.9 5.8.10 5.8.11 5.8.12

5.8.13

5.8.14

5.8.15

5.8.16

Dar cumplimiento a las restricciones horarias que exigen las municipalidades afectadas por la circulación de los vehículos.

Considerar al interior del proyecto la instalación de señalizaciones transitorias y medidas de seguridad, destinadas tanto a los obreros, como a personas ajenas a las obras que circulen por ese lugar.

No realizar acopio de materiales en la vía pública.

Los camiones que intervendrán en la fase de construcción deberán utilizar los estacionamientos establecidos dentro del predio.

Todos los vehículos que transportan insumos o trasladan material del proyecto contarán con revisión técnica vigente.

Disponer de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos estables.

Limitar la velocidad de circulación de los vehículos en las vías interiores del recinto. Realizar compactación y estabilización de la zona de tránsito de maquinarias y vehículos. Implementar una zona para realizar el lavado de carrocería y ruedas de camiones y vehículos que transiten al interior del recinto, asegurando que no se arrastren materiales y/o tierra hacia el exterior del recinto; es decir, veredas, platabandas, calles aledañas, etc. Habilitar zonas de estacionamiento y áreas de carga y descarga.

Para el traslado de materiales, se deberá operar con camiones cuya capacidad respete los límites de peso por ejes establecidos en el Decreto Supremo N* 158/80 del MOP.

Dar cumplimiento al Art. 2 del Decreto Supremo N? 75 de 1987 Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, es decir, la carga deberá estar cubierta con una lona o plásticos de dimensiones adecuadas, de manera que evite la emisión de material particulado al aire. Dar cumplimiento al Decreto Supremo N* 298/95, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones el cual regula los procedimientos para el transporte de cargas, por calles y caminos, de sustancias que por sus características sean peligrosas o representen riesgos para la salud, la seguridad y el medio ambiente.

Dar cumplimiento al Decreto Supremo N* 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio.

Las obras que se realicen en la vía pública, se deberá considerar lo dispuesto en Capítulo N* 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos.

Fase de Operación.

5.8.17

5.8.18

5.8.19

5.8.20

5.8.21 5.8.22 5.8.23

Implementar todas las medidas de gestión vial, asociadas al proyecto, aprobado según Ord. 8210 de fecha 28 de octubre 2011 de la Secretaria Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana.

La producción máxima de lodo se estima en 1,5 médía, la cual necesitará para su transporte de 1 container a la semana con una capacidad de a lo menos 11 m? (dependerá del contratista que transporte los lodos). Los residuos serán llevados a un relleno sanitario autorizado.

En el Anexo 7 de la Adenda N*1, se adjuntó el plano de las rutas a utilizar tanto en la fase de construcción como de operación. Siendo la vía principal la Autopista Los Libertadores cuyo camino es Pavimentado y el Camino Adyacente a la Planta es no Pavimentado, luego por la ruta Nororiente y después por la Ruta 5, hasta la disposición final.

En el Anexo 8 de la Adenda N”1 se adjuntó Plano de planta (104A-1D-G-21-RevA- PlantaUrb), en la cual se indica el acceso de los camiones y vehículos y los estacionamientos.

El titular señaló que contempla el mantenimiento permanente del camino de acceso.

Se restringirá la velocidad de circulación a 20km/h en el camino indicado.

Para el acceso peatonal se contará con puerta de fierro, para el acceso de vehículos portones metálicos y para el encerramiento general del perimetro de esta, tendrá panderetas para evitar el tránsito de posibles animales y personas a la planta.

  1. Que, en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas se señalaron los requisitos para el otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar el cumplimiento

2

del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 93, del D.S. N” 95 de 2001 del Minsegpres, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, relacionado con la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basura y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. N” 725 de 1967, Código Sanitario. Lo anterior es aplicable al proyecto dado que este cuenta con una cancha de secado de lodos. Al respecto, el titular presentó en el Anexo 15 de la DIA y en la Adenda N%1, y según se indica en el punto 4.1 del Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto, los antecedentes para acreditar el citado permiso, los cuales forman parte de la presente resolución. La Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, se manifestó conforme a través del Oficio N*102 del 5 de enero de 2012.

Que, en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas se señalaron los requisitos para el otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar el cumplimiento del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 94, del D.S. N” 95 de 2001 del Minsegpres, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, en la calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2 del D.S. N 47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Al respecto, el titular en la DIA Anexo 19 y Adendas, y según se indica en el punto 4.2 del Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambienta! del proyecto, los antecedentes para acreditar el citado permiso, los cuales forman parte de la presente resolución. La Seremi de Salud Región Metropolitana, mediante Ordinario N N*102 del 5 de enero de 2012, se pronunció conforme con los antecedentes presentados, calificando la actividad de INOFENSIVA, en atención a los siguientes antecedentes:

1) Operación: Aguas San Pedro S.A. ha proyectado un sistema de tratamiento de aguas servidas para entregar servicios sanitarios a los sectores de San Luis y Brisa Norte correspondiente a un total de 17.956 habitantes para el año de previsión 2039. Este proyecto implica ia construcción de las siguientes obras; Planta de tratamiento de aguas servidas y la descarga de las aguas tratadas al Estero Colina.

  • Mano de obra: Trabajarán por turno aproximadamente 4 personas, distribuidos de la siguiente manera: 1 operario por turno y 1 vigilante. De esta manera, existirá personal en planta las 24 horas del día.

  • La Jornada de trabajo será de 8:00 a 13:00 y 14:00 a 18:00.

2 Superficie: La superficie total del proyecto de loteo es 10.834 m?, Sin embargo, la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas dentro del predio utilizará 1.520,6 m?, Sala de cloración y Sala de cloruro férrico 15 m?, galpón de acopio de lodo 360 m?,

3) Características de construcción:

  • Las características de la construcción de los galpones de secado son: estructura metálica, piso tipo radier, muros cubiertos con Plancha de Zinc-Alum, el techo también es de zinc-aluminio. En la eventualidad que los lodos generen liquidos percolados se tendrá murete de aproximadamente 50 cm. y luego estos serán reingresados al sistema de tratamiento mediante la línea de retornos.

  • Bodegas de sustancias peligrosas: Muros y techumbre metálicos, piso radier, puerta metálica, las bodegas serán utilizadas para almacenamiento exclusivo y en cantidades menores a 12 ton y según el D.S 78/09 son consideradas como bodegas comunes. Las bodegas serán claramente, señalizada y demarcada, contando con rótulos que indique las clases, de acuerdo ala Norma Chilena Oficial N* 2190 del 2003. Debe contar con distanciamiento mínimo de 3 m a sus muros medianeros o deslindes o bien muro cortafuego de RF 180 en caso de adosamiento.

4) Almacenamiento:

  • Hipoclorito de sodio: El hipoclorito se almacenará en un estanque de FRP de 3 m', el que se encontrará en una bodega ventilada, dispuesta sólo para almacenar el hipoclorito de sodio y para los equipos de dosificación de éste. En caso de derrames, cuenta con pretil de control de derrames, que conduce a un estanque enterrado (3 m') Ubicado al exterior de la sala, el que cuenta con un sistema de ventilación elevado.

  • Cloruro férrico: El cloruro férrico se almacenará en un estanque de FRP de 1 mf, el que se encontrará en una bodega ventilada, dispuesta sólo para almacenar el cloruro férrico y para los equipos de dosificación de éste. En caso de derrames, cuenta con pretil de control de derrames que permite almacenar 1 m' del producto.

e Cal: Se contará sólo con la cal suficiente para la operación normal de la PTAS. La cal se almacenará en un lugar seco, dentro del galpón de acopio de lodos (techado), a lo menos 10 cm de altura del piso. Conservándose en sacos sellados (no a granel). La cantidad de cal a almacenar será del orden de 100 kg. Es importante mencionar que, la cal sólo se utilizará en caso de contingencias.

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e Polímeros: Se almacenará en el galpón de deshidratado. El almacenamiento de polímeros será en- recipientes no corrosivos (PVC, Poliuretano, o similar).La cantidad a almacenar de polímero será del orden de 0,5 kg conservándose en los recipientes entregados por el proveedor.

  • Lodos: La estimación de lodos generados de la planta al año 2039 en promedio, son de 1,5 m'/d de lodos en la zona de secado con un contenido de humedad de 70%.

Maquinaria:

e 1 línea de tratamiento preliminar, 1 línea de tratamiento secundario, 1 línea de

desinfección, 1 línea de lodos, instrumentos de laboratorio. Medidas de control de riesgos:

  • Incendios: Sala grupo generador PEAS: Extintor CO, (Clase BCA), 5 kg, a ubicar en la parte exterior del recinto. Edificio principal PTAS: Extintor CO, (Clase BCA), 5 kg Extintor Polvo químico (Clase ABC), 6 kg, a ubicar en la parte exterior del recinto; Extintor CO,(BCA), 5 kg, a ubicar en muro divisorio Oficina Laboratorio; Extintor CO, (Clase BCA), 5 kg, a ubicar en el interior de Sala de Tableros. Edificio de deshidratado PTAS: Extintor CO, (Clase BCA), 5 kg, a ubicar en la parte exterior del recinto. Sala grupo generador PTAS: Extintor CO, (Clase BCA), 5 kg, a ubicar en la parte exterior del recinto. Sala sopladores PTAS: Extintor CO,(Clase BCA), 5 kg, a ubicar en la parte exterior del recinto Sala de pretratamiento PTAS: Extintor CO, (Clase BCA), 5 kg, a ubicar en la parte exterior del recinto.

e Olores: En caso que se produzca una situación de contingencia en el manejo de lodos (cancha de secado), se procederá a efectuar aplicación de cal al lodo, para eliminar la eventual actividad bacteriana anaeróbica, no superando pH 12. En el tratamiento preliminar se proyecta un sistema encapsulado, con un sistema de extracción y conducción de las emanaciones hacia un biofiltro de olores, e implementación de una pantalla arbórea contribuyéndose a evitar la dispersión de olores.

Respaldo: La Planta elevadora de aguas servidas fue diseñada para dos etapas; la primera etapa opera en un formato 1+1, es decir, una bomba operando y otra de reserva. En la segunda etapa la operación cambia a 2+1, es decir, dos bombas en operación y una de reserva. Los únicos equipos de la planta de tratamiento que se proyectan con Unidades de reserva son los siguientes:

  • Sopladores lobulares (2+1) Bombas dosificadoras de cloruro férrico (1+1) Bombas dosificadoras de hipoclorito (1+1) Bomba de Cavidad Progresiva para Lodos Espesados (1+1 en bodega) Bombas Sumergibles de retornos a cabeza de PTAS (1+1)

  • Bomba dosificadora de Polímero (+1 en bodega).

Contará con Plan de emergencia, complementado con un plano a escala de la instalación y su entorno, considerando un radio de 50 ma la redonda, plano de cada bodega y/o zona de almacenamiento de sustancias peligrosas desde los deslindes del sitio, , listado de sustancias peligrosas, cadena de mando, procedimientos de emergencia, listado de equipos e instrumental disponibles en la instalación para detectar y analizar sustancias peligrosas y señalizar su ubicación, listado de sistemas y equipos disponibles en la instalación para enfrentar emergencias, listado de equipos de protección personal disponibles en la instalación, mantenimiento de la operatividad del plan, todo de acuerdo al D.S. 78/09 del Minsal.

Flujo vehicular: Para la etapa de operación el tipo de camión va a depender de la producción de lodo que en este caso es de 1,5 m'/día, en base a esta información se necesitan 1 container a la semana con una capacidad de a lo menos 11 m?* (dependerá del contratista que transporte los lodos).

Insumos:

  • Provisión de agua potable: El abastecimiento del agua potable durante la etapa de construcción se realizará a través de abastecimiento provisorio a los trabajadores, en la que se proveerá envasada en bidones plásticos en la que será suministrada por proveedores autorizados. Cuya calidad y cantidad del agua estará acorde a lo que estipula el D.S 594/99 del MINSAL “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”, y sus modificaciones.

  • Suministro de energía: Aguas San Pedro S.A, abastecerá su sistema de tratamiento a través de energía eléctrica suministrada por la red. Cabe señalar que la planta contará con un sistema autónomo de reserva (grupo electrógeno), con tablero de transferencia automática y estanque de petróleo incorporado (el combustible será abastecido por estaciones de servicio cercana a la ubicación del proyecto, no existiendo almacenamiento en la PTAS), el cual respaldará el 100% de las unidades contempladas en la planta y por último la capacidad quedará determinada una vez que se tenga definidos los equipos, lo cual es parte de la

.....

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ingenieria y del desarrollo del proyecto eléctrico. La Capacidad del grupo generador que se instalará se menciona a continuación: Marca: F.G. Wilson. Modelo: P 150E Potencia Real: 135 KVA. Potencia Nominal: 150 KVA Combustible: Diesel.

Que, en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas se señalaron los requisitos para el otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar el cumplimiento del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 106, del D.S. N 95 de 2001 del Minsegpres, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, en el permiso para las obras de regularización y defensa de cauces naturales, a que se refiere el segundo inciso del artículo 171 del D.F.L. N” 1.122 de 1981, del Ministerio de Justicia, Código de Aguas, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el citado artículo. Al respecto, y en relación a las obras de descarga y modificación de cauce del estero Colina, el titular presentó los antecedentes del PAS 106 en la DIA, Anexo 20 y Adenda N1 del proyecto, los cuales forman parte de la presente resolución, según lo siguiente:

a) La presentación de un croquis de ubicación general a escala adecuada: En el Anexo 2, de la Adenda N*1, se adjuntó planos de la ubicación. El proyecto se materializará en el Estero Colina en el Km. 19, especificamente en la propiedad de Aguas San Pedro S.A., comuna de Colina, Región Metropolitana.

b) La presentación de un plano de planta del sector modificado que comprenda, a lo menos, cien metros (100 m) antes y cien metros (100 m) después del sector modificado. En el Anexo 2 de la Adenda N*1, se adjuntó plano de la planta (AYRLO111_1002_PLT_REV3) del sector modificado en el cual se detalla los 100 metros antes y 100 metros después del sector modificado.

c) La presentación de un perfil longitudinal de todo el tramo modificado: En el Anexo 2 de la Adenda N*4, se presenta plano con perfil longitudinal (AYRL0111_1002_PLPT_REV3).

d) La presentación de un perfil transversal de la sección típica y de la sección crítica del cauce a modificar: En el informe “Proyecto de Modificación de Cauce, estero Colina”, Anexo 2 de la Adenda N*1 del proyecto, se adjuntó el perfil transversal de la sección típica y de la sección crítica del cauce a modificar, específicamente en la Figura 6.6 y Figura 6.7.

e) La presentación de un perfil transversal de la sección típica y de la sección crítica del cauce proyectado: En el informe “Proyecto de Modificación de Cauce, estero Colina”, Anexo 2 de la Adenda N*41, se adjuntó el perfil transversal de la sección típica y de la sección critica del cauce proyectado, específicamente en la Figura 6.10 y Figura 6.11.

f) La indicación de las obras de arte en el tramo a modificar: En el Anexo 2 de la Adenda N%, se adjuntó plano con perfiles trasversales y longitudinal (AYRL0111_1002_PLPT_REV3) y plano de ubicación (AYRLO0111_1002_PLT_REV3).

9) La descripción de las obras proyectadas: En el informe “Proyecto de Modificación de Cauce, estero Colina”, Anexo 2 de la Adenda N*1 del proyecto, se presenta la descripción típica de las obras proyectadas. La obra tiene como objetivo principal descargar el efluente proveniente de la planta de tratamiento de aguas servidas proyectada. Los antecedentes como los caudales para los diferentes períodos de retorno solicitados provienen del Estudio "Diseño de Obras Fluviales para el Mejoramiento del Estero Colina, Provincia de Chacabuco, RM”.

h) Descarga proyectada: La ubicación de descarga sobre el estero se ha realizado considerando los siguientes aspectos:

e El caudal final de descarga es de 116,4 l/s

e El caudal que transporta el estero es menor en relación a la capacidad real del lecho, en ningún caso inundará las riveras aledañas al punto de descarga.

» La Asociación de Canalistas del río Colina, tienen la jurisdicción del estero, por lo anterior, éste se encuentra monitoreado todo el tiempo.

  • El caudal que descargará la planta de tratamiento es menor de lo que el estero transporta en temporadas normales.

  • Las coordenadas de la descarga proyectada son: coordenadas UTM en metros, Datum WGS 84 huso 19 H:

Norte: 6.323.593 — Este: 343.825

i) La presentación de la memoria técnica que contenga los cálculos hidráulicos necesarios, incluyendo, a lo menos, el cálculo de la capacidad máxima que posee el cauce sin la modificación y el cálculo de la capacidad máxima del cauce modificado. En el Anexo 2 de la Adenda N”, se presenta la memoria técnica con la memoria técnica y cálculo hidráulicos. El Anexo 2 de la Adenda N?1, forma parte integrante de la presente resolución.

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Al respecto, el titular presentó los antecedentes técnicos y formales en la DIA y sus Adendas, para acreditar el cumplimiento del PAS 106, pronunciándose conforme la Dirección de Obras Hidráulicas, RM, a través del Oficio N*1625 del 21 de octubre de 2011, informando lo siguiente:

a) Con respecto al Permiso Ambiental Sectorial Artículo 106, referido a la obra de descarga y obras anexas que considera el proyecto en el estero Colina, se informa que se cumple con los requisitos y contenidos de este Permiso.

b) Para la construcción de las obras planteadas, se deberá cumplir con ta tramitación sectorial previa, de acuerdo a lo dispuesto por los Artículos 41 y 171 del Código de Aguas.

La Dirección General de Aguas, RM, se pronunció conforme, a través del Oficio 1217 del 03 de noviembre de 2011, informando lo siguiente:

a) En relación con los Antecedentes Técnicos y Formales presentados por el Titular para la Obra de “Modificación de cauce del Estero Colina, Comuna de Colina”, este Servicio se pronuncia conforme respecto de los antecedentes presentados por el Titular en relación al PAS del Art 106 del RSEIA.

Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, a la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente RM y la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las fases del proyecto, permitiendo el acceso a sus diferentes partes y componentes cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para controlarlos y hacerse cargo de ellos.

Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito, al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, los cambios de titularidad, domicilio o del representante legal.

Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de

responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas directamente por éste o a través de un tercero.

Que, el titular del proyecto deberá dar cumplimiento de toda la normativa legal ambiental vigente y aplicable al proyecto y de aquella que la modifique, reemplace y/o derogue.

Que, en atención a todo lo señalado con anterioridad, puede concluirse que los impactos ambientales del proyecto "Modificación Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas Sector San Luis y Brisa Norte, comuna de Colina”, se ajustan a la normativa de carácter ambiental vigente, y que el proyecto no genera, ni presenta los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N”19,300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

Que, en razón de lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago.

Resuelve:

ES

Calificar Ambientalmente Favorable el proyecto “Modificación Sistema de Tratamiento de

Aguas Servidas Sector San Luis y Brisa Norte, comuna de Colina”, presentado por Aguas San Pedro S.A.

Declarar que para que el proyecto pueda ejecutarse, deberá darse cabal cumplimiento a todas las medidas y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución.

Certificar que el proyecto “Modificación Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas Sector San Luis y Brisa Norte, comuna de Colina”, cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable y que requiere y se otorgan los permisos ambientales sectoriales de los artículos 93, 94 y 106, consignados en el Título VII, del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (D.S N 95/01 Minsegpres) y, que no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N 19.300.

Ls

Cie:

WA aro

Distribución:

Se hace presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación

ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este

recurso es de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin

perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime oportuno.

Notifíquese y Archívese

ara ación Ambiental ' valuación

etropolitana de Santiago

  • Sr. Juáh José Inzunza Palma

Intendenta Región Metropolitana

Gobierno Regional, RM

llustre Municipalidad de Colina

Dirección Regional de Aguas, RM

Servicio Nacional de Geología y Minería Dirección Regional Zona Central Dirección Regional de Obras Hidráulicas, RM

Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, RM

Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, RM

Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, RM

Secretaría Regional Ministerial de Salud, RM

Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM

Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, RM

Servicio Agrícola y Ganadero, RM

Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM

Consejo de Monumentos Nacionales

Superintendencia de Servicios Sanitarios

  • Expediente del Proyecto " Modificación Sistema de Tratamiento de Aguas Servidas Sector

San Luis y Brisa Norte, comuna de Colina" + Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana

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