Planta Las Vacas
Servicio de Evaluación Ambiental
MAT.: Califica Ambientalmente Favorable la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Planta Las Vacas”.
RESOLUCION EXENTA N? () () 1 3 * 3
LA SERENA, 02 FEB, 2012
VISTOS:
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Lo dispuesto en la Ley N19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley N”20.417; el Decreto Supremo N95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N*1.600/2008 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y las demás normas aplicables al proyecto.
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La Declaración de Impacto Ambiental, en adelante DIA y sus Adenda del proyecto “Planta Las Vacas”, presentada por el Señor Ramón Zuleta Vitali, en representación de Compañía Minera Don Alberto, con fecha 15 de junio de 2011.
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Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
3.1. Pronunciamientos a la DIA:
. Oficio N*3389 del Consejo de Monumentos Nacionales, de fecha 06/07/2011;
. Oficio N*135 de la SEREMI de Obras Públicas, Región de Coquimbo, de fecha 11/07/2011;
. Oficio N*1784/2011 del Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Coquimbo, de fecha 11/07/2011;
. Oficio N*242 de la SEREMI de Agricultura, Región de Coquimbo, de fecha 12/07/2011;
. Oficio N*1329 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Coquimbo, de fecha 13/07/2011;
. Oficio N*12-EA/2011 de la Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo, de fecha 13/07/2011;
. Oficio N*1247 del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo, de fecha 13/07/2011;
. Oficio N*575 de la Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo, de fecha 13/07/2011;
. Oficio N*278 del Servicio Nacional de Turismo, Región de Coquimbo, de fecha 14/07/2011;
. Oficio N*894 de la SEREMI de Desarrollo Social, Región de Coquimbo, de fecha 14/07/2011;
e) Oficio N*1074 de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Coquimbo fecha 14/07/2011; r E) € NS
. Oficio N*92 de la SEREMI de Medio Ambiente, Región de Coquimbo, de fecha 14/07/2011;
. Oficio N*517 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 14/07/2011;
. Oficio N*821 de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de
Coquimbo, de fecha 15/07/2011; Oficio N60 de la SEREMI de Salud, Región de Coquimbo, de fecha 15/07/2011; Oficio N242 de la SEREMI de Agricultura, Región de Coquimbo, de fecha
20/07/2011;
. Oficio N*2643 del Gobierno Regional, Región de Coquimbo, de fecha 21/07/2011.
3.2. Pronunciamientos al Adenda N%1 de la DIA:
. Oficio N“2165 de la SEREMI de Obras Públicas, Región de Coquimbo, de fecha 04/11/2011; Oficio N95 de la SEREMI de Salud, Región de Coquimbo, de fecha 08/11/2011;
. Oficio N*1974 del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo, de fecha 08/11/2011;
. Oficio N*4450/2011 del Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Coquimbo, de fecha 08/11/2011;
. Oficio N*773 de la Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo, de fecha 08/11/2011;
. Oficio N*861 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 08/11/2011;
. Oficio N*2038 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Coquimbo, de fecha 09/11/2011;
. Oficio N*217 de la SEREMI de Medio Ambiente, Región de Coquimbo, de fecha 10/11/2011.
3.3. Pronunciamientos al Adenda N“2 de la DIA:
. Oficio N*5739/2011 del Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Coquimbo, de fecha 23/12/2011;
. Oficio N%1 del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo, de fecha 02/01/2012;
. Oficio N2 de la Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo, de fecha 03/01/2012; Oficio N1 de la SEREMI de Salud, Región de Coquimbo, de fecha 04/01/2012;
. Oficio N*2 de la Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo, de fecha 05/01/2012.
4 El acta de la sesión del Comité Técnico de la Región de Coquimbo, de fecha 24
de enero de 2012.
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El Informe Consolidado de Evaluación, en adelante ICE, de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Planta Las Vacas”, de fecha 25 de enero de 2012.
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El acuerdo de la Sesión Ordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo, de fecha 30 de enero de 2012.
Te Los demás antecedentes, que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Planta Las Vacas”.
CONSIDERANDO:
de Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto.
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Que, el derecho del titular del proyecto a emprender actividades está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y a las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales.
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Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva y sus Adenda, el proyecto consiste en la regularización ambiental de la faena minera existente.
La Planta Las Vacas, es productora de concentrado de cobre beneficiando 24.000 ton de mineral por mes. El mineral proviene de la mina Termas de propiedad de la Sociedad Minera Termas (que cuenta con Resolución Exenta de Calificación Ambiental favorable N*10 del 12 de Enero de 2009 de la COREMA Región de Coquimbo). Se estima una producción de 1.782 toneladas de concentrado de cobre de una ley entre 22% y 30% Cu total.
El proyecto se localiza en el sector del estero Pupío, a 20 km al Este de la Comuna de Los Vilos, Provincia de Choapa, Región de Coquimbo. Para mayor detalle de las coordenadas geográficas, ver numeral 2.4 de la DIA. La superficie total del predio es de 52 hectáreas, de las cuales 12 hectáreas son utilizadas en el proyecto.
El monto de inversión del proyecto es de $2.000.000 de dólares, y considera una vida útil de 10 años.
La mano de obra actualmente requerida para el desarrollo de las actividades de la Planta es de 100 personas, y para la etapa de cierre se estima un total de 20 personas.
3.1. DEFINICIÓN DE PARTES, ACCIONES Y OBRAS FÍSICAS DEL PROYECTO A continuación, se definen y describen las instalaciones que el proyecto considera: 3.1.1. Edificios de Administración y Edificios de Servicios Generales
a) Planta de Proceso: la planta de concentración está formada por chancador primario, chancador secundario y terciario, clasificación, molienda, flotación, clasificación gravitacional, filtrado, espesador de concentrado, espesador de relaves y cancha de acopio de concentrado. La superficie total donde se emplazan estas instalaciones considera un área aproximada de 1 hectárea.
b) Embalse Las Vacas y Embalse Las Vacas lll: actualmente existen estos dos embalses de relaves, cuyos muros de contención están construidos de material de empréstito y su talud interno se encuentra impermeabilizado por las arenas de relaves. La superficie total donde se emplazan es de 9 hectáreas.
c) Botadero de Estéril: área destinada al depósito de colpas residuales de la explotación, y que son utilizados para labores de refuerzo del embalse de relaves mediante su utilización como material de empréstito. Actualmente esta zona se encuentra prácticamente sin residuos mineros. La superficie utilizada es de 0,7 hectáreas.
d) Laboratorio Químico: instalación formada por un patio de recepción de muestras, una sala de ensayo y preparación de muestras, y una sala de análisis. La superficie utilizada es de 240 m?.
e) Bodega de Materiales: instalación destinada para guardar repuestos de equipos, piezas de maquinaria, neumáticos, herramientas, insumos de operación mina y planta, etc. La superficie utilizada es de 200 m?.
f Polvorines: los almacenes de explosivos están edificados con paredes de
- "de acero y techos con cerchas y costaneras de madera con cubierta de pizarréñd. _superficie utilizada es de 28 m?.
9) Campamento, Sala de Juego y Casino: instalaciones construidas sobre un radier de hormigón y muros de tabiquería, cuentan con suministro de luz, agua, alcantarillado y gas. Estas instalaciones tienen una superficie de 1.400 m?.
h) Estanques de acumulación: existen dos estanques de acumulación de aguas. El primero denominado el “Australiano” que corresponde a un estanque de concreto con capacidad para almacenar 110 m?, y el segundo acumulador construido sobre una base de maicillo compactado y revestido (pisos y taludes) en geomembrana de HDPE de 1 mm de espesor, con capacidad para 5.600 m?.
i) Pique Las Vacas y Pique Don Alberto: el primer pique está formado por una estructura metálica de 12 m de altura, a la cual se encuentra conectada un huinche de capacidad de 5 ton. El segundo pique está formado por una estructura metálica de 18 m de altura y cuenta con un huinche de capacidad de 4,5 ton.
1) Piscina de Emergencia: se construirá una piscina de hormigón para la contención de posibles derrames de relaves, la que tendrá una capacidad de 15 m. Para mayor detalle de sus características y ubicación ver numeral 1.1 del Adenda N2 de la DIA.
Para mayor detalle sobre las diferentes partes e instalaciones del proyecto, ver numerales 3.2 y 3.3 de la DIA, y numeral 1.1 del Adenda N?1 de la DIA.
3.1.2. Insumos
a) Suministro Eléctrico: la planta tiene suministro eléctrico mediante contrato con la Compañía Nacional de Fuerza Eléctrica S.A. Además, el proyecto cuenta con un grupo electrógeno de respaldo de 300 KW de potencia.
b) Combustibles: la planta cuenta con un estanque de petróleo de una capacidad 10.000 litros, el cual da cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo N*160/08 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Este estanque es cargado cada 15 días aproximadamente por una empresa autorizada.
c) Agua industrial: esta agua es obtenida del interior del pique Don Alberto, existiendo una capacidad aproximada de 500.000 m* de agua. El consumo de agua fresca en la planta es del orden de 840 m?/día. La recuperación de agua de proceso en la etapa de filtración del concentrado es del 74%, retornando al proceso.
Todas las obras eléctricas, combustibles y gas, cuentan con autorizaciones sectoriales. Para mayor detalle, ver Anexo N15 de la DIA y Anexo N6 del Adenda N*1 de la DIA.
3.1.3. ETAPA DE CONSTRUCCIÓN
El proyecto no contempla etapa de construcción, ya que se trata de la regularización ambiental de la faena minera existente.
3.1.4. ETAPA DE OPERACIÓN a) Recepción y Chancado de Mineral
El mineral proveniente de la Mina Termas es pesado y descargado en la cancha de acopio, para posteriormente ser llevado al chancador primario. El producto obtenido es clasificado en un harnero, donde el sobre tamaño mayor a 2” es llevado al chancador de mandíbula secundario y el sobre tamaño mayor a %” es transportado hacia dos chancadores de cono.
La operación de chancado reduce el tamaño del mineral a %”, producto que posteriormente ingresa a la molienda.
b) Molienda Húmeda
El producto chancado es dispuesto en las tres unidades de molienda (molino N1 y N2 de 7x7 pies, y molino N*3 de 9x12 pies). El producto de los molinos, es dispuestos en tres hidrociclones de 10”, donde el producto grueso es recirculado como carga circulante al molino, mientras que el producto fino es enviado al estanque acondicionador, donde se adicionan reactivos, espumante y colector secundarios, que favorecen la recuperación de mineral.
c) Flotación
La pulpa del estanque acondicionador es bombeada hacia el proceso de concentración por flotación, el cual permite recuperar las partículas de cobre mediante el uso de reactivos. En éste proceso se utilizarán seis celdas Wemco de 300 pie? c/u, donde se obtendrá el concentrado primario. Además, existen doce celdas Agitiar de 60 pie* c/u, cuyo fin es obtener un concentrado con ley comercial de 25% CuT.
d) Filtración del Concentrado
El concentrado producido como pulpa es espesado hasta un 64% de sólidos en peso, se aplica floculante para realizar la separación sólido-líquido, la pulpa más densa será luego filtrada en una prensa filtro que entrega un producto de 7% a 10% de humedad listo para ser embarcado.
e) Depósitos de Relaves
El relave es bombeado a un espesador cilíndrico, donde se aplica un floculante para la separación sólido-líquido, por la parte superior rebalsa el agua que retorna al proceso, mientras el relave es espesado hasta un 64% de sólidos en peso, luego se bombea y deposita en un depósito de relaves.
f Manejo de las aguas de proceso
El ciclo comienza con la extracción de agua fresca desde el interior del pique Don Alberto, a través de una bomba sumergible y una bomba centrifuga, la cual es conducida por tuberías de 110 mm hasta la piscina HDPE para su acumulación. Desde acá el agua se traslada hacia el estanque Australiano donde se mezclan las aguas frescas con las aguas recuperadas del espesador de relaves, donde es utilizada en el proceso de molienda y flotación.
Para mayor detalle del proceso del proyecto ver páginas 10 a la 13 de la DIA.
3.1.5. ETAPA DE CIERRE Y ABANDONO Las actividades y obras consideradas en el plan de cierre serán las siguientes:
a) Desmantelamiento de Instalaciones: consiste en el desmantelamiento y retiro de todas las instalaciones superficiales, equipos y materiales utilizados en el período de Operación.
b) Desenergización de Instalaciones: se cortará el suministro eléctrico desde la postación central mediante el retiro de cables conductores.
c) Cierre de Embalses: se construirán dos canales perimetrales para captar las aguas lluvia. En el embalse Las Vacas, el canal se extenderá hasta el sector Poniente,
dado que el flujo de aguas podría afectar el pie del talud del muro en esa zona, y en el embalse Las Vacas lll el canal perimetral sólo abarcará el sector Sur y evacuará las aguas hacia la quebrada adyacente a éste. Los canales tendrán una pendiente de 1% COÉE VALS , un ancho de 0,6 m y un alto de 0,6 m. Para mayor detalle de las características +, ca constructivas de los canales y su ubicación ver páginas 53 y 54 de la DIA. o)
Adicionalmente, se contempla la instalación de un muro de gaviones al pie de los embalses Las Vacas y Las Vacas lll, para evitar posibles deslizamientos de material. La fecha de construcción de esta obra de protección se estima en 3 meses contados desde la obtención de la Resolución de Calificación Ambiental favorable. Para mayor detalle sobre las características y ubicaciones de los gaviones, ver numeral 1.2 del Adenda N*2 de la DIA.
Asimismo, se considera la construcción de un vertedero de seguridad para cada embalse. Este se construirá en una cota inferior a 3,4 metros del coronamiento final del muro. Su función será mantener en su totalidad la revancha definida por el diseño, evitando una elevación del nivel de las aguas en la cubeta. El mantenimiento de estas obras consiste en la limpieza trimestral de los canales o sectores de flujo de aguas, con el objetivo de evitar cualquier obstáculo para el normal flujo de aguas en una eventual lluvia.
Para la estabilización de la superficie de la cubeta se colocará una cubierta de maicillo con un espesor de 30 cm, éste se dispondrá previo a la plantación de las especies arbóreas o a la adición de un estabilizador que reduzca e impida la erosión eólica inicial como consecuencia del trasporte de finos.
Los taludes serán estabilizados con la construcción de una terraza de carga otorgándole mayor rigidez y estabilidad al muro. La construcción de la terraza se realizará mediante la depositación de material de empréstito en el espaldón del muro de arenas existente, con un espesor variable de 2 y 4 m.
La berma del coronamiento del muro será cubierta con a lo menos 2 m de maicillo compactado, formando una zona rígida que soporte las eventuales deformaciones provocadas por un sismo, además, disminuirá la erosión eólica de las arenas que se encuentren expuestas al viento.
Para mayor detalle ver numeral 3.6 de la DIA. 3.2. MEDIDAS DE CONTROL a) Aguas Subterráneas
Se monitoreará la calidad de las aguas subterráneas aguas abajo de los embalses de relave. El pozo de monitoreo denominado “Noria Casa Rosada” se ubica a 85 m de distancia del talud norte del embalse Las Vacas. Se realizarán monitoreos mensuales por el período de un año, con los que se establecerán los valores de línea base, para luego monitorear con una frecuencia trimestral durante la vida útil del proyecto (etapa de operación, de cierre y abandono). Los informes de monitoreos serán enviados trimestralmente al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Coquimbo. Los parámetros a medir estarán de acuerdo de la Norma Chilena de Riego N1.333/78. Para mayor detalle ver numeral 2.2 del Adenda N?2 de la DIA y numeral 1.1 del Adenda N3 de la DIA.
b) Flora
En el área del proyecto existe sólo una especie de flora nativa en categoría de conservación vulnerable, el Quisco (Echinopsis litoralis), disperso al Sur del área de emplazamiento del proyecto.
Al respecto, el titular implementará las siguientes medidas:
. Se marcarán todos los ejemplares registrados con banderola de color rojo, además se instalará un cartel indicando la especie, características y estado de conservación.
. Se imprimirán afiches y trípticos sobre las especies en categoría de conservación, que serán colocados en lugares de uso frecuente por el personal de la Compañía Minera Don Alberto (CMDA).
Para mayor detalle ver Anexo N%4 de la DIA y numeral 4.2 del Adenda N*1 de la DIA.
c) Fauna
En el área del proyecto existe sólo una especie de fauna en categoría de conservación en peligro, el Cururo (Spalacopus cyanus). Para mayor detalle ver Anexo N3 de la DIA y numeral 4.2 del Adenda N1 de la DIA.
Al respecto, el titular implementará las siguientes medidas:
Demarcación de todo el perímetro de la colonia del sector Sur.
Ubicación de señalética en la zona para fomentar el cuidado, la colonia y la especie. Carteles informativos en zonas de uso frecuente del personal de la CMDA, además de trípticos para el personal.
Para mayor detalle de las medidas ver numeral 3.5 de la DIA. 3.3. PLAN DE EMERGENCIA
Durante la operación y cierre se aplicará un plan de emergencia, el cual contempla procedimientos a llevar a cabo ante situaciones de accidentes de tránsito, contaminación con residuos, derrame de relaves, accidentes laborales, emergencias naturales, entre otros. El plan describe las acciones que permitan a los trabajadores del proyecto protegerse de desastres o amenazas colectivas que pueden poner en peligro su integridad, mediante acciones rápidas y coordinadas. Para mayor detalle ver Anexo N*13 de la DIA y numeral 1.7 del Adenda N?1 de la DIA.
3.4. EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS DEL PROYECTO 3.4.1. Etapa de Construcción
El proyecto no contempla etapa de construcción, ya que se trata de una regularización ambiental de la faena minera existente.
3.4.2. Etapa de Operación a) Emisiones Atmosféricas
Las principales fuentes emisoras de material particulado corresponderán al movimiento de mineral, planta de chancado y correas transportadoras. Se estima una tasa de emisión de 244,93 kg/día. Para mayor detalle ver Anexo N%9 de la DIA “Inventario de Emisiones”.
Medidas de control
Encapsulamiento de correas transportadoras y descarga del mineral en stock pile. . Aspersión de agua industrial en las correas transportadoras de mineral, lo que generará una neblina de agua que capturará y precipitará el material particulado en suspensión. Para mayor detalle sobre el tipo y localización de esta medida ver Anexo N98 de la DIA. Encarpado de todo camión que transporte material. Restricción de velocidad a máximo 30 km/hora. Humectación y compactación de caminos internos. Barreras anti-polvo con mallas tipo Raschel.
Los caminos interiores se mantendrán compactados y humectados. El agua de humectación de caminos es agua de interior mina y se calcula no más de 10 m%/día. Para mayores antecedentes sobre la ubicación total de caminos a humectar y programa de humectación ver páginas 43 y 44 de la DIA y numeral 2.1 del Adenda N*1 de la DIA.
i A : o ES Las barreras anti-polvo estarán ubicadas en la zona de recepción y acopit> LL "concentrado, sus medidas serán de 2,5 m de alto y 20 m de largo. Para mayor detállg y
numeral 1.3 del Adenda N*2 de la DIA.
sa El IS e NOA ) WA
b) Ruido
Las principales fuentes de emisión de ruido corresponderán a las actividades de las plantas chancadoras y al tránsito de camiones. No obstante lo anterior, el proyecto dará cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo N146/1998 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. En el Anexo N1 del Adenda N*1 se presenta los niveles de emisión de ruido asociados a esta etapa del proyecto.
Además, se contempla un programa de monitoreo de ruido, para mayor detalle ver literal a) del numeral 5.2 de la DIA.
Los informes de monitoreos serán entregados dentro de los 10 días hábiles de realizadas las mediciones al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Coquimbo.
c) Residuos Líquidos
Se generarán aguas servidas, las que serán dispuestas en un sistema de alcantarillado particular, y cuya disposición final será a través de drenes de infiltración. Se estima una generación de 7,5 m%/día. La planta trabaja en circuito cerrado, de modo que toda el agua de la planta se recircula al proceso.
Para mayor detalle, respecto a las características físico-químicas de las aguas servidas, y las características del sistema de tratamiento ver numeral 6.2 de la DIA.
d) Residuos Sólidos d.1) Residuos Sólidos Domésticos
Corresponderán a residuos que se generarán en las oficinas y en los comedores, generándose una cantidad de 825 kg/mes, los que serán retirados dos veces a la semana y se dispondrán en lugar autorizado.
d.2) Residuos Peligrosos
Corresponderán a aceites usados, filtros, envases y materiales contaminados con aceites producto de la mantención de los vehículos y equipos. Se generará una cantidad de 255 kg/mes. Estos residuos se dispondrán en tambores con tapa y serán almacenados temporalmente en un lugar habilitado, para posteriormente ser retirados una vez al mes y ser dispuestos en un lugar autorizado por empresa especializada. El manejo de estos residuos se realizará de acuerdo a lo indicado en el Decreto Supremo N*148/03 del Ministerio de Salud “Reglamento Sanitario para Manejo de Residuos Peligrosos”.
d.3) Residuos No Peligrosos
Corresponderán principalmente a filtros de aire, cajas de cartón, neumáticos y repuestos, entre otros. Se generará una cantidad de 4 kg/mensual, los que serán dispuestos en contenedores de 200 litros y trasladados al patio de salvataje. Posteriormente, serán retirados con una frecuencia de una vez por semana y trasladados para su disposición final a un lugar autorizado.
Para mayor detalle, respecto a la composición, cantidades y manejo de los residuos sólidos ver numeral 3.4 y Anexo N3 ambos del Adenda N1 de la DIA.
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Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Planta Las Vacas” y, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable.
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Que, para que el proyecto pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables:
5.1. Control de Emisiones a la Atmósfera
. Decreto Supremo N*144/61 del Ministerio de Salud. Norma para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza.
. Decreto Supremo N*138/05 del Ministerio de Salud. Establece Obligación de
Declarar Fuentes de Emisión de Contaminantes Atmosféricos.
Forma de cumplimiento: el proyecto emitirá material particulado durante la etapa de operación, debido al movimiento de mineral, tránsito de los vehículos y a la operación de la planta chancadora. Para mayor detalle de la forma de cumplimiento ver literal a) del numeral 3.4.2 de la presente Resolución.
El titular declarará en forma anual, la estimación de las emisiones generadas por los grupos electrógenos utilizados por el proyecto.
5.2. Ruido
. Decreto Supremo N”146/98 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas.
Forma de cumplimiento: las principales fuentes generadoras de ruido serán el tránsito de camiones y la operación de la planta chancadora. Para mayor detalle de la forma de cumplimiento ver literal b) del numeral 3.4.2 de la presente Resolución.
5.3. Agua Servidas
. Decreto Supremo N*594/99 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
. Decreto con Fuerza de Ley N*725/68 del Ministerio de Salud. Código Sanitario.
Forma de cumplimiento: durante la etapa de operación se generarán aguas servidas, las que serán dispuestas en el sistema de alcantarillado particular existente en la planta. Para mayor detalle de la forma de cumplimiento ver literal c) del numeral 3.4.2 de la presente Resolución.
5.4. Residuos Sólidos
. Decreto con Fuerza de Ley N”725/68 del Ministerio de Salud. Código Sanitario.
. Decreto Supremo N*594/99 del Ministerio de Salud. Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
. Decreto Supremo N*148/03 del Ministerio de Salud. Reglamento Sanitario
sobre Manejo de Residuos Peligrosos.
Forma de cumplimiento: los residuos domésticos serán almacenados en contenedores especiales, para luego ser retirados y transportados por empresa autorizada para esos fines, a un sitio de disposición final. Por otro lado, los residuos sólidos industriales no peligrosos se acopiarán transitoriamente en un patio de salvataje especialmente habilitado, y serán trasladados a un lugar autorizado. En cuanto a los residuos peligrosos, éstos se almacenarán en un recinto cerrado y luego se transportarán a un sitio de disposición final autorizado. Para mayor detalle de la forma de cumplimiento ver literal d) del numeral 3.4.2 de la presente Resolución.
5.5. Combustibles
. Decreto Supremo N*160/09 del Ministerio de Economía, Fomento IE EVA
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- Reconstrucción. Reglamento de Seguridad para las Instalacione;
- Operaciones de Producción, Refinación, Transporte, Almacenami Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos.
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Forma de cumplimiento: se dará cumplimiento a las medidas de seguridad establecidas en la normativa asociada al almacenamiento y manipulación de combustibles. Las instalaciones de almacenamiento de combustibles estarán de acuerdo a la normativa de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
5.6. Patrimonio Cultural . Ley N17.288 del Ministerio de Educación. Ley de Monumentos Nacionales. . Decreto Supremo N484/90 del Ministerio de Educación. Reglamento sobre
Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.
Forma de cumplimiento: de acuerdo a la prospección arqueológica presentada, no se registraron elementos patrimoniales en el área del proyecto. Para mayor detalle de la forma de cumplimiento ver Anexo N*5 de la DIA.
En caso de cualquier hallazgo arqueológico o paleontológico que se pudiera realizar con ocasión de la ejecución de las obras del proyecto, se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley N*17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos 20 y 23 del Reglamento de la Ley N”17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Asimismo, se informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir.
5.7. Contaminación Lumínica
. Decreto Supremo N”686/99 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica.
Forma de cumplimiento: el proyecto implementará luminaria cuyo flujo luminoso nominal será igual o menor a 15.000 lúmenes, los que una vez instalados no emitirán un flujo hemisférico superior mayor al 0,8% de su flujo luminoso nominal. Por otro lado, para dar cumplimiento a los requerimientos respecto a la emisión de certificados de control luminométrico y trámite eléctrico, se contará con un instalador autorizado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
5.8. Seguridad Minera
. Decreto Supremo N*132/02 del Ministerio de Minería. Reglamento de Seguridad Minera.
Forma de cumplimiento: se proporcionará a los trabajadores de la planta los elementos de protección personal adecuados a la función que desempeñen, protegiendo la vida e integridad física del personal. Además, se presentarán todos los antecedentes del Plan de Cierre del proyecto al Servicio Nacional de Geología y Minería para la evaluación sectorial correspondiente.
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Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Planta Las Vacas” requiere los Permisos Ambientales Sectoriales de los artículos 84, 91, 93, 94, 96 y 101 contemplados en el Decreto Supremo N*95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, permisos que han sido informados favorablemente por el Servicio Nacional de Geología y Minería, la Secretaría Regional Ministerial de Salud Región de Coquimbo, la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura Región de Coquimbo, y la Dirección General de Aguas Región de Coquimbo, respectivamente durante el proceso de Evaluación.
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Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N*19.300 y, sobre la base de los antecedentes que constan en el
11
expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Planta Las Vacas” no generaría ni presentaría ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
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Que, el titular del proyecto deberá informar dentro de 24 horas y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo, una vez constatada, ya sea por medios visuales o instrumentales, la ocurrencia de cualquier hecho, circunstancia, accidente y/o contingencia, previstas o no, y sus posibles efectos o impactos ambientales. El titular deberá implementar e informar a esta Comisión las medidas provisorias o definitivas necesarias para controlar, evitar y/o detener estos efectos o impactos. Asimismo, deberá coordinar con los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental, la implementación de las medidas adecuadas para controlar, evitar, detener, restaurar y/o compensar en forma definitiva los efectos o impactos ambientales identificados dentro de un plazo no superior a tres (3) días contados desde la fecha de aviso a la Comisión de Evaluación de los eventos a que alude el presente considerando.
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Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar al Servicio de Evaluación Ambiental Región de Coquimbo, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con Competencia Ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes cuando éstos lo soliciten, facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
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Que, el titular del proyecto deberá informar, inmediatamente, a la Comisión de Evaluación Región de Coquimbo, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
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Que, la DIA, sus respectivas Adenda y el Informe Consolidado de Evaluación se consideran oficiales y partes integrantes de la presente Resolución, por lo tanto, todas las medidas y acciones señaladas en dichos documentos se consideran asumidas por el titular, el que se obliga a su cumplimiento, en lo que corresponda y a las modificaciones a que quede sujeto por la presente Resolución.
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Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo, la individualización de cambios de titularidad o domicilio.
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Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
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Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo.
RESUELVE:
- CALIFICAR AMBIENTALMENTE FAVORABLE la DIA del Proyecto “Planta Las Vacas”, presentada por el Señor Ramón Zuleta Vitali, en representación de Compañía Minera Don Alberto.
Le CERTIFICAR, que el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable y que no generaría, ni presentaría ninguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N*19.300 sobre Bases Generales del bite Medio Ambiente, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en 1089 DE Eva Permisos Ambientales Sectoriales de los artículos 84, 91, 93, 94, 96 y 101,4
Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. e lo 7 (El
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- Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, contemplado en el artículo 20 de la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente, en el plazo y ante quien corresponda según las disposiciones del citado artículo.
Notifíquese y Archívese.
SERGIO GAHONA SALAZAR Intendente Región de Coquimbo Presidente Comisión de Evaluación Región de Coquimbo
Ss 4 N ¿E UDIA RIVERA ROJAS al gos 'onal Servicio de Evaluación Ambiental E Secretaria Comisión de Evaluación Región de Coquimbo
ora.
Distribución:
Sr. Ramón Zuleta Vitali, representante legal de Compañía Minera Don Alberto. Sres. Miembros de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo. Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo.
Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo.
Gobierno Regional, Región de Coquimbo.
Ilustre Municipalidad de Los Vilos.
Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo.
Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Coquimbo.
Servicio Nacional de Turismo, Región de Coquimbo.
Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Coquimbo. Consejo de Monumentos Nacionales.
Superintendencia de Servicios Sanitarios.
C/e: + Expediente de evaluación del proyecto “Planta Las Vacas”. + Archivo Comisión de Evaluación Región de Coquimbo.