Evaluación SEA

Edificio Tarapacá

Rol 5696331
SEA · DIA · Aprobado · 2011-06-07 · Región Metropolitana de Santiago · EMPRESA INMOBILIARIA EUROCORP S.A.

REPÚBLICA DE CHILE COMISION DE EVALUACIÓN AMBIENTAL REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Resolución Exenta N* 411/2011

MAT: Califica Ambientalmente proyecto “Edificio Tarapacé”.

SANTIAGO, 03 DE OCTUBRE DE 2011 Vistos:

1; Lo dispuesto en la Ley N 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994, modificada por la Ley N 20.417, publicada en el Diario Oficial el 26 de Enero de 2010; en el Decreto Supremo N 95/01, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 7 de Diciembre de 2002; en la Resolución N 1600/08 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; en la Resolución N* 71, de fecha 01 de julio de 2011 de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación, y en las demás normas jurídicas que rigen la materia.

  1. La Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Edificio Tarapacá”, localizado en la comuna de Santiago, sometido por su titular, Eurocorp S.A., al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, los cuales se contienen en los siguientes documentos: Oficio N%6894 de la Superintendencia de Electricidad y Combustible SEC, RM, de fecha 01/07/2011; Oficio N“SRM RMS N 099/2011 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, RM, con fecha 28/06/2011; Oficio N580 sobre la DIA, por SEREMI de Medio Ambiente RM, con fecha 30/06/2011; Oficio N3350 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 01/07/2011; Oficio N%769 sobre la DIA, por Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, con fecha 04/07/2011; Oficio N997 sobre la DIA, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, con fecha 28/06/2011; Oficio N2866 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM, con fecha 04/07/2011; Oficio N80 sobre la DIA, por Ilustre Municipalidad de Santiago, con fecha 05/07/2011; Oficio N%5293 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, con fecha 05/07/2011; Oficio N231 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región Metropolitana, con fecha 04/07/2011; Oficio N“%4803 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM, con fecha 05/07/2011; Oficio N3429 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM, con fecha 03/08/2011; Oficio N%703 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Medio Ambiente, RM, con fecha 05/08/2011; Oficio N“%6320 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, con fecha 08/08/2011; Oficio N94 sobre la Adenda 1, por Ilustre Municipalidad de Santiago, con fecha 10/08/2011; Oficio N5925 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM, con fecha 09/08/2011.

  3. El Acta de Evaluación del Comité Técnico de la Región Metropolitana de Santiago, de fecha 29 de agosto del año 2011.

  4. El Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Edificio Tarapacá”.

  5. Los demás antecedentes que constan en el expediente de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Edificio Tarapacá”.

Ro El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, de fecha 09 de septiembre del año 2011.

Considerando

  1. Que, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago debe velar por el

cumplimiento de todas las normas y requisitos ambientales aplicables al proyecto “Edificio Tarapacá”.

Que, el derecho del titular del proyecto “Edificio Tarapacá”, a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y a las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado, cuando corresponda otorgar tales permisos.

Que, según lo señalado en la Declaración de Impacto Ambiental, en sus anexos y Adenda N* 1, los cuales forman parte integrante de la presente resolución, el proyecto “Edificio Tarapacá”, consiste en la construcción y operación de un edificio con 31 pisos y un piso adicional para terraza superior, destinados a 408 viviendas, 2 niveles subterráneos con disponibilidad de 111 estacionamientos y 127 bodegas, y una sala de máquinas ubicada en el piso 32".

El proyecto considera una superficie edificada de 21.009,14 m?, sobre una superficie de terreno de 2.075 m?.

3.1 Ubicación.

El proyecto se emplazará en la calle Tarapacá N* 1349, comuna de Santiago, Provincia de Santiago de la Región Metropolitana.

Las coordenadas geográficas de la ubicación del proyecto son las siguientes:

Coordenadas UTM- Datum WGS 1984

PUNTO ESTE NORTE

1 346.236,03 6.297.879,84 Z 346.297,36 6.297.878,88 3 346.301,79 6.297.853,02 4 346.240,98 6.297.843,58

3.2 Uso de Suelo.

De acuerdo al certificado de informaciones previas emitido por la Ilustre Municipalidad de Santiago, acompañado en el Anexo N' 2 de la DIA, el proyecto se emplaza en el Sector 21, manzana 003, predio 029, sector urbano Zona B, según el Plan Regulador Comunal de Santiago.

3.3 Fases del Proyecto.

a. Fase de Construcción.

Esta fase consiste en la construcción del proyecto, para lo cual la obra se divide en las siguientes etapas:

a.1) Obras preliminares

Considera las actividades de instalación de faenas, habilitaciones de zonas de carga y descarga, señalizaciones al interior y exterior del predio. Además, se habilitarán las oficinas comerciales del proyecto, y se instalará el cierre perimetral en los deslindes de la obra, mediante la instalación de mallas tipo raschell, el cual será mantenido en buen estado para impedir la dispersión de polvo, caída de material al exterior del área de faena, y atenuación de las emisiones sonoras que se puedan generar.

Estas instalaciones consisten básicamente en la instalación de contenedores, los cuales serán

subdivididos y habilitados para ser utilizados como oficinas, bodegas, comedores, vestidores y servicios sanitarios.

Los servicios sanitarios (Baños químicos, duchas, lavatorios) serán implementadas de acuerdo al D.S. N*594 de 1999 del Minsal, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Para el suministro de agua potable, electricidad y el servicio de alcantarillado se solicitará oportunamente la conexión a las redes públicas correspondientes.

a.2) Excavación

El proyecto contempla la excavación de dos niveles subterráneos, esto implica (según los cálculos del proyecto de ingeniería) que la cantidad de material a remover es aproximadamente de 9.784,67 m”. La excavación será realizada mediante una retroexcavadora y el transporte del material extraído a los sitios de disposición final, se realizará con camiones tolva de 12 m* aproximadamente.

Posteriormente, se efectuará la compactación del subsuelo con rodillo vibratorio y se instalará la losa principal encima de un emplantillado, lo que involucra el transporte de hormigón mediante camiones mixer. Para minimizar las emisiones de material particulado el camino interior en dónde transitarán los camiones se encontrará compactado y estabilizado, además, se evitará en todo momento realizar acopios de material, cargando éste inmediatamente en los camiones.

El material extraído corresponderá principalmente a suelo natural, el cual será transportado y dispuesto por la empresa autorizada por la Seremi de Salud para la disposición de escombros y residuos asimilables a la construcción.

a.3) Obra gruesa

Una vez preparadas las pilas de socalzado, la base del edificio, y puesta la losa principal encima del emplantillado, se iniciará la construcción de los subterráneos y de los pisos

sucesivamente. La obra será realizada con hormigón premezclado abastecido por camiones mixer.

a.4) Terminaciones

Las terminaciones y las obras exteriores consisten básicamente en las faenas de habilitación del inmueble y de hermoseamiento de la estructura y los exteriores, entre las cuales se pueden mencionar las siguientes actividades: estucado y pintura de muros, instalación de cerámicas y alfombras, instalaciones de ventanas y puertas, muebles, guardapolvos y cornisas, papel mural, estucos y yesos interiores, radier y tabique en los subterráneos, entro otros.

a.5) Instalaciones

Contempla las distintas instalaciones involucradas en un proyecto inmobiliario, tales como, sanitarias, eléctricas, de climatización e instalación de gas, junto con la disposición de los ascensores y piscina.

a.6) Flujos vehiculares

El acceso al proyecto será por la calle Tarapacá. La llegada de camiones de transporte de material será planificada, así como también su permanencia al interior de la obra, evitando aglomeraciones excesivas de vehículos en la obra o estacionados en la calzada, limitando la cantidad de camiones que ingresan a la obra a un máximo diario de 15 y a un máximo simultáneo de 3 en obra.

a.7) Prevención de riesgos

Para atender a eventuales situaciones de riesgo, el titular se compromete a contar con la presencia de un experto en prevención de riesgos el tiempo que sea necesario durante la fase de la construcción del proyecto. Este profesional estará encargado de realizar las actividades necesarias para salvaguardar la integridad de los trabajadores y la comunidad aledaña,

además de dar cumplimiento de la normativa aplicable y vigente en materia de riesgos laborales, sanitarios y medio ambientales.

b. Fase de Operación. Esta fase consiste en la entrega y habitación de las 408 unidades habitacionales una vez

finalizadas las obras de construcción. El proyecto considera las siguientes instalaciones generales:

b.1) Agua Potable y Alcantarillado

El titular, presentó el certificado de agua potable y servicio de recolección de aguas servidas otorgado por la empresa Aguas Andinas S.A., adjunto en el Anexo N* 2 de la Declaración de Impacto Ambiental.

b.2) Sistema recolector de Aguas Lluvias

Las aguas lluvias provenientes del edificio y terreno serán conducidas a través de canaletas hacia cámaras decantadoras, lo que fue calculado en base a datos hidrológicos en base a la

A

5.1

5.1.

superficie total del terreno, el índice de aguas lluvias del área, el coeficiente de ponderación de la zona, el índice de absorción del terreno. Los cálculos, las consideraciones de diseño de tuberías y zanjas, se presentaron en los planos del Proyecto de Aguas Lluvias contenidos en el Anexo N93 de la DIA, Proyecto de aguas lluvias.

b.3) Grupo Electrógeno

El proyecto contará con un grupo electrógeno para ser usado solo en caso de emergencia, con transferencia automática de capacidad 160 KW equivalente a 200 KVA. Atenderá los circuitos de alumbrado de emergencia, bombas de impulsión de agua potable, ascensores, alarma de

incendio, robo, circuito cerrado TV, citofonía, portero eléctrico, portón de acceso vehicular, entre otros.

b.4) Sala de Basura

El proyecto contempla construir una sala de basura la cual se localizará en el primer piso. Los residuos se almacenarán en contenedores y posteriormente serán tratados en una maquina compactadora que reducirá los volúmenes totales en una razón de 3es a 1.

b.5) Electricidad. El sistema eléctrico se ejecutará según lo indicado en el proyecto eléctrico y sus

especificaciones, bajo la supervisión de la empresa Chilectra S.A. y la autorización de la Superintendencia de Electricidad y Combustible.

b.6) Sistema de ventilación

El proyecto considera dos niveles subterráneos, los cuales contarán con sistema de extracción y renovación natural de aire y gases de combustión, acondicionado con rejillas en ambos niveles de subterráneo y rampas vehiculares que facilitarán la ventilación y desplazamiento de aire entre los niveles inferiores y superiores (1er piso).

b.7) Central de Agua Caliente Sanitaria

La central de agua caliente sanitaria, junto con sus calderas, boilers, chimeneas y ductos de distribución de agua caliente se ubicará en la planta terraza (32%). La sala, cuenta con 2 calderas a gas natural y estanques de acero acumuladores, todos conectados a un sistema de colectores solares, los cuales ayudan en la generación de agua caliente.

Cc. Fase de Abandono.

El proyecto tiene carácter de indefinido, de manera que no se contempla una fase de abandono.

Que, sobre la base de lo señalado por el titular en la Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, en los informes emitidos por los servicios que participaron en el proceso de evaluación, y en el Informe Consolidado de Evaluación, se concluye que el proyecto genera impactos sobre los siguientes componentes ambientales: Aire (emisiones atmosféricas y

ruido), Agua (aguas servidas y aguas lluvias), Suelo, Vialidad Adyacente y Patrimonio Cultural.

Que, el titular del proyecto deberá hacerse cargo de los impactos ambientales anteriormente señalados mediante la implementación de las siguientes medidas, las cuales, junto con las precisiones establecidas por esta Comisión, son adecuadas para acreditar el cumplimiento de la normativa de carácter ambiental que es aplicable al proyecto:

Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidas a las emisiones atmosféricas, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:

Fase de Construcción.

yl Habilitar ductos para el transporte de los residuos generados hacia los niveles inferiores, prohibición de la quema de cualquier material, instalación de mallas de retención de polvo, humectación de áreas de circulación de camiones.

5.1.2 Realizar el transporte de materiales en camiones encarpados mediante carpa de lona

hermética, impermeable y sujeta a la carrocería con el objetivo de evitar durante el traslado la caída de materiales y el desprendimiento de polvo.

5.1.3 Mantener los acopios de tierra y materiales áridos, según corresponda, cubiertos con

lonas herméticas o humedecidos para evitar el levantamiento de polvo.

5.1.4 Inspeccionar diariamente las calles y superficies pavimentadas, interiores y exteriores

aledañas al predio del proyecto, para evitar la re-suspensión de polvo.

5.1.5 Humectar en forma permanente las áreas de circulación vehicular internas, de tal manera

que se impida el levantamiento de polvo.

5.1:6 Controlar al interior de la obra la velocidad de circulación de vehículos, la cual no superará los 30 km/h.

5.1.7 Realizar compactación y estabilización de la zona de tránsito de maquinarias y vehículos.

5.1.8 Humectar en forma permanente las áreas de circulación vehicular no pavimentadas, de tal manera que se impida el levantamiento de polvo, aumentando su frecuencia en los días sin precipitaciones.

5.1.9 Mantener la obra aseada y libre de desperdicios, mediante la colocación de recipientes debidamente localizados e identificados para la disposición de residuos.

5.1.10 Implementar una zona y realizar el lavado de carrocería, ruedas de camiones y vehículos que transiten al interior del recinto.

5.1.11 Mantener las aceras y calzadas que enfrentan a la obra permanentemente limpia, libre de materiales de construcción, barro o polvo y con sus debidas señalizaciones para prevenir a los usuarios, de la realización de trabajos de construcción.

5.1.12 Prohibir la quema de materiales y/o residuos.

5.1.13 Reforzar todas las medidas de mitigación y evitar la realización de actividades que generen emisiones de material particulado y gases durante los períodos en que se decrete Alerta, Pre-Emergencia y Emergencia Ambiental.

5.1.14 Mantener aseadas las calles y superficies pavimentadas, interiores y exteriores aledañas al predio del proyecto, para evitar la re-suspensión de polvo.

5.1.15 Humedecer y cubrir las pilas de tierra y escombros con lona o malla raschell en buen estado de conservación.

5.1.16 Dar cumplimiento a las medidas preventivas para reducir el polvo generado por las actividades de construcción, incluidas en el “Manual de la Construcción Limpia. Control

de Polvo en Obras en Construcción”. (Cámara Chilena de la Construcción. Comisión de Protección del Medio Ambiente, 1998).

5.1.17 El proyecto deberá contar con un sistema de extracción forzada de los gases generados por la combustión de los motores de los vehículos, en los niveles subterráneos del edificio, el cual consistirá en un equipo motorizado de presurización y rejillas de traspaso.

Fase de Operación:

5.1.18 Para el caso de fuentes fijas de emisión atmosférica utilizadas en la fase de operación del proyecto (calderas, grupos electrógenos de emergencias, etc.), el titular debe solicitar el

número de registro de la fuente y cumplir con la normativa vigente relacionada con el tema.

5.2 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidas a las emisiones de ruido, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:

Fase de Construcción

5.2.1 Cumplir en todo momento con los límites máximos permisibles de ruido, de acuerdo a lo establecido en el D.S. N* 146 de 1997 del Minsegpres, es decir, medidos en el lugar donde se encuentra el receptor sensible del ruido.

Fase de Construcción.

5.2.2 Las faenas de construcción deberán ejecutarse sólo en horario diurno.

5.2.3 Implementar un cierre en todo el perímetro del proyecto utilizando madera OSB de al menos 15 mm de espesor o material equivalente, con una densidad superficial igual o superior a 660 kg/m. La altura de dicha barrera será variable entre 3,6 y 6,5 m, de acuerdo al sector a proteger según se muestra en la Figura 12 (Pág. 28) del Estudio Acústico presentado en el Anexo 3 de la Adenda N” 1 del proyecto.

5.2.4 Cubrir los vanos de la fachada con madera OSB de 15 mm. de espesor en los últimos dos pisos del avance de faenas, con el objeto de mitigar los niveles de ruido generados al interior del recinto que se propagan al exterior, como el uso de cortadoras de disco y taladro, esta medida deberá ser desplazada por los pisos a medida que se construya el edificio y la losa avance en altura.

5.2.5 Implementar un área de corte de material a nivel de superficie la cual deberá estar conformada por 4 paneles de madera OSB de 18 mm de espesor (tres laterales más techo), revestidos interiormente con material absorbente por la cara en dirección a la fuente sonora

con una densidad de 80 kg/m? y 50 mm de espesor. La cara abierta del semiencierro no deberá enfrentar a ningún receptor.

5.2.6

5.2.7

5.2.8

Emplear barreras acústicas modulares portátiles y/o semiencierros para las fuentes que componen el “frente a nivel de suelo” señalado en el Estudio Acústico del proyecto y que enfrenten directamente a puntos evaluados, los cuales deberán estar confeccionadas de madera OSB de al menos 15mm de espesor con una altura mínima de 1,8 m con el objeto de rodear a la fuente de ruido. Estas pantallas se deberán montar lo más próximo a la actividad emisora de ruido en dirección a los receptores. Estas pantallas podrán disponerse de dos o más unidades, conformando una sola pantalla de mayor tamaño, encerrando de mejor manera la fuente emisora de ruido y actuando más eficientemente. La cara interna de la pantalla (que da hacia la fuente de ruido) deberá estar cubierta por una capa de espuma de poliuretano o fibra de vidrio de al menos 3 cm de espesor y cubierta por una tela tipo arpillera que impida su deterioro (por ejemplo malla rachel).

Adicionalmente se deberán implementar las siguientes medidas de gestión:

L Utilizar martillos de goma (u otro material o sistema, como paletas de caucho) en vez de martillos de acero para trabajos que lo permitan.

il Minimizar el uso simultáneo de maquinaria ruidosa en las cercanías de los receptores.

iii Prohibir el uso de bocinas en el ingreso de camiones al recinto y se deberá instalar frente al portón una señalética “No tocar bocina”.

iv. Los camiones que se encuentren a la espera de ingresar al recinto deberán esperar con el motor del camión apagado.

v. Realizar periódicamente mantención de los equipos.

vi. Aplicar una correcta utilización de los sistemas de control de ruido en equipos que lo posean, como por ejemplo no abrir compuertas de compresores o cualquier otra maquinaria que tenga cabina de insonorización.

vii. — Limitar el número y duración del equipo que está ocioso en el sitio; especialmente el generado por el motor de los camiones tolva y mixer durante el período de espera; y el uso de herramientas manuales movidas por aire comprimido.

Ejecutar el Plan de Manejo con la Comunidad propuesto, mediante el cual se deberá informar el tipo de obra que se realizará, el horario de trabajo, el horario en el que se producirán las mayores emisiones de ruido y la duración de tales eventos, con el objeto de reducir los impactos y minimizar la molestia que ello pudiera causar en la comunidad. Esta información deberá ser comunicada en forma previa al inicio de cada fase de la etapa de construcción. Se deberá designar además a un encargado en la obra que pueda recoger los reclamos de la comunidad de modo de tomar las acciones correctivas en el momento en que se produzcan las molestias y establecer un teléfono de reclamos para complementar el plan de manejo.

Fase de Operación:

5.2.9

El grupo electrógeno y las bombas que se ubicarán en los niveles subterráneos del edificio y las calderas y motores de ascensores que se ubicarán en la azotea, deberán estar en salas de muros sólidos con densidad superficial superior a 40 Kg/m? y montados en lozas flotantes o provistos de montajes antivibratorios. Para el Grupo electrógeno se deberá incorporar un silenciador para la salida de gases que asegure una reducción de al menos 25 dB. Los ductos y cañerías que estén en contacto con la estructura del edificio deberán ser aislados mecánicamente de dicha estructura a través de un material que amortigúe las vibraciones.

5.3. Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Agua, referidas al

manejo de aguas servidas, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas: Fase de Construcción.

5.3.1. Instalar, mantener y realizar la limpieza de los servicios higiénicos provisorios, a saber, los

baños químicos y duchas con recinto de vestuario para la totalidad de los trabajadores durante la etapa de construcción del proyecto. Lo anterior, debe dar cumplimiento con las disposiciones establecidas en los artículos 23, 24, 25 y 26 del D.S. N* 594/99, del Minsal, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Lo anterior, principalmente en lo que respecta a:

a) Que, el número mínimo de artefactos se calculará en base a la tabla del artículo 23 del citado Decreto Supremo.

b) Que, los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 m del área de trabajo. Cc) Reacondicionar los espacios que ocuparon los baños químicos después de su uso.

Fase de Operación.

5.3.2. Durante la operación, se generarán residuos líquidos domiciliarios, los cuales serán

evacuados por el sistema de alcantarillado de la empresa sanitaria concesionaria del sector.

5.4 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Agua, referidas al manejo de aguas lluvias, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:

Fase de Operación.

5.4.1.

Las aguas lluvias provenientes del edificio y terreno serán conducidas a través de canaletas hacia cámaras decantadoras, lo que fue calculado en base a datos hidrológicos respecto a la superficie total del terreno, el índice de aguas lluvias del área, el coeficiente de ponderación de la zona, el índice de absorción del terreno. Los cálculos, las consideraciones de diseño de tuberías y zanjas, se presentaron en los planos del Proyecto de Aguas Lluvias contenidos en el Anexo N*3 de la DIA, Proyecto de aguas lluvias, los cuales forman parte de la presente resolución.

5.5 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Suelo, referido a la generación de residuos sólidos, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas: Fase de Construcción.

5.5.1

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5.5.3

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5.5.5

5.5.6

Para el manejo y gestión de residuos sólidos generados durante la construcción se tendrá en consideración el “Manual de la Construcción Limpia. Gestión de los Residuos Sólidos de la Construcción”. (Cámara Chilena de la Construcción. Comisión de Protección del Medio Ambiente, 1999).

Los escombros de la construcción serán destinados a sitios de disposición final autorizados por la Autoridad Sanitaria.

Para la fase de construcción y operación del proyecto, los residuos producidos por efecto de algún derrame, ya sea a causa de situaciones en que la maquinaria sufra desperfectos al interior del proyecto originando derrames de aceite hidráulico o lubricante o aquellos generados por el transvase de combustible u otro evento de derrame accidental ya sea de aceite, pintura, barniz, pegamento, grasa y/o lubricante o bien residuos tales como suelo contaminado con derrame y/o materiales como arena utilizados para la contención de derrame o en general cualquier residuo de características peligrosas, incluyendo los envases residuales, deberán ser:

  • Recuperados y almacenados en contenedores con tapa, diferenciados de los residuos sólidos domésticos y asimilables, o no peligrosos, disponiéndolos en un sector techado, con piso impermeabilizado, señalizado y con control de derrame.

  • Eliminados en algún sitio autorizado por esta Autoridad Sanitaria Regional. Para tal efecto, es preciso considerar que la normativa que rige el almacenamiento, el transporte y la disposición final de los residuos industriales no peligrosos, es el D.S. N? 594 de 1999, del Minsal, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, y que la normativa que rige a los residuos peligrosos, es el D.S. N” 148 de 2003, del Minsal, Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Mantener en los lugares de trabajo, buenas condiciones de orden y limpieza, disponiendo en puntos estratégicos recipientes para la disposición temporal de los residuos domiciliarios, adoptando las medidas más efectivas para evitar la entrada o para eliminar la presencia de vectores sanitarios.

Disposición de los excedentes de movimiento de tierra, así como los de materiales empleados en la construcción, en lugares autorizados por la Secretaría Ministerial de Salud. Un listado de los lugares autorizados aparecen en www.asrm.cl. En caso de optar por esta alternativa el titular informará, a través de un oficio dirigido a la Seremi de Salud, Región Metropolitana, previo al inicio de las faenas, específicamente del lugar seleccionado para la disposición de dichos residuos.

Considerar, que en su generalidad, el manejo de estos residuos es de exclusiva responsabilidad del generador de los mismos, debiendo éste implementar una gestión de sus residuos sobre la base de un manejo diferenciado entre los tipos de residuos generados, los que son peligrosos de los que no lo son, privilegiando las alternativas de prevención, reuso y reciclaje por sobre las alternativas de control como el tratamiento y/o la disposición final de los residuos en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria Regional. Un listado de dichos sitios se encuentra a disposición del usuario en la página web: www.asrm.cl.

5.5.7 Instalación de contenedores con tapa hermética, distribuidos uniformemente en los sectores de la obra y en las instalaciones de faena, a fin de que los trabajadores dispongan los residuos domiciliarios en bolsas de basura herméticas. Estos residuos deben ser retirados por el servicio municipal de recolección. Si no está disponible en el sector, deberá contactar a la Municipalidad correspondiente o en su defecto a una empresa de residuos autorizada, con el propósito de que dichos residuos se retiren regularmente, evitando la generación de focos de insalubridad.

5.5.8 Para el caso de residuos industriales no peligrosos y asimilables a domiciliarios, solicitará la autorización sanitaria para disponer estos residuos en un sitio de disposición final, el cual debe estar debidamente autorizado por la Autoridad Sanitaria Regional. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en el D.S. N” 594/99, del Minsal, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Para el caso específico de la eliminación de los residuos peligrosos, el titular deberá dar cumplimiento a lo indicado en el D.S. N” 148/03, del Minsal, Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos, enviando cada uno de estos materiales a lugares autorizados.

Fase de Operación.

5.5.9 El retiro de basuras en el área del proyecto se realizará en forma periódica por el servicio de recolección municipal, sin perjuicio de lo señalado en el numeral 5.5.7.

5.5.10 Los residuos sólidos generados durante esta fase, serán segregados y clasificados, y se incorporarán al Programa de Reciclaje gestionado por la Gerencia de Medio Ambiente, de la Municipalidad de Santiago.

5.6 Respecto del impacto ocasionado sobre la Vialidad Adyacente, el titular se obliga a implementar las siguientes acciones:

Fase de Construcción.

5.6.1 La cantidad máxima de camiones que atenderá el proyecto deberá ser 15 diarios y un máximo simultaneo de 3 en obra.

5.6.2 Habilitar zonas de estacionamientos y áreas de carga y descarga, al interior del terreno del proyecto, de manera tal que no afecte la vialidad pública.

5.6.3 Limitar la velocidad de circulación de los vehículos en las vías interiores del recinto. 5.6.4 Realizar compactación y estabilización de la zona de tránsito de maquinarias y vehículos. 5.6.5 Limitar la velocidad de circulación de los vehículos en las vías interiores del recinto.

5.6.6 Dar cumplimiento al Decreto Supremo N* 75 de 1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.

5.6.7 Para el traslado de materiales, se deberá operar con camiones cuya capacidad respete los límites de peso por ejes establecidos en el Decreto Supremo N” 158/80, del MOP.

5.6.8 Las obras que se realicen en la vía pública, deberán considerar lo dispuesto en Capítulo N* 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía", del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos.

5.6.9 Dar cumplimiento con las restricciones horarias que exigen las municipalidades afectadas por la circulación de los vehículos.

5.6.10 Dar cumplimiento al Decreto Supremo N* 18, de 2001 y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio.

5.6.11 No realizar acopio de materiales en la vía pública. 5.6.12 Disponer de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos estables.

5.6.13 Mientras duren las obras, se mantendrá la carpeta de rodado de todas las vías que se encuentren pavimentadas y serán utilizadas por los camiones que participarán durante la construcción del proyecto inmobiliario.

Fase de Operación.

5.6.14 Habilitar un total de 111 sitios de estacionamientos, siendo 13 sitios para visitas, 98 sitios de estacionamientos destinados a residentes, dentro de los cuales 3 serán para minusválidos.

5.6.15 Materializar las medidas surgidas del Análisis Vial Básico del proyecto Edificio Tarapacá, que se encuentra aprobado mediante Ord. N* 447, de fecha 23 de enero de 2009, a través de la Ventanilla Única de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM, y complementado mediante Ord. 5925 de fecha 09 de agosto 2011 por el mismo Servicio.

5.7 Respecto del impacto ocasionado sobre la Patrimonio Cultural, el titular se obliga a implementar las siguientes acciones:

Fase de Construcción:

5.7.1 Si durante la fase de construcción del proyecto se detectaran a nivel superficial y sub- superficial sitios arqueológicos, se procederá según lo establecido en los artículos 26* y 27% de la Ley 17.288, de Monumentos Nacionales, y en los artículos 20% y 23" de su Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Además se informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, todos los cuales deberán ser implementados por el titular del proyecto.

  1. Que, en la Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda se señalaron los requisitos para el otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar el cumplimiento del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 93, del D.S. N 95 de 2001 del Minsegpres, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, que corresponde al permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basura y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. N 725 de 1967, Código Sanitario. Al respecto, la Seremi de Salud Región Metropolitana, mediante Ordinario N* 6320 de fecha 08 de agosto de 2011, se pronunció conforme con los antecedentes presentados.

  2. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las fases del proyecto, permitiendo el acceso a sus diferentes partes y componentes cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

  3. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para controlarlos y hacerse cargo de ellos.

  4. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito, al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, los cambios de titularidad, domicilio o del representante legal.

  5. Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de

responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas directamente por éste o a través de un tercero.

  1. Que, en atención a todo lo señalado con anterioridad, puede concluirse que los impactos ambientales del proyecto “Edificio Tarapacá”, se ajustan a la normativa de carácter ambiental vigente, y que el proyecto no genera, ni presenta los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N*19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

  2. Que, en razón de lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago.

Resuelve:

  1. Calificar Ambientalmente Favorable el proyecto “Edificio Tarapacá”, presentado por Eurocorp S.A.

pg

Distribución:

Clc:

Declarar que para que el proyecto pueda ejecutarse, deberá darse cabal cumplimiento a todas las medidas y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución.

Certificar que el proyecto “Edificio Tarapacá”, cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable y que requiere y se otorga el permiso ambiental sectorial del artículo 93, consignado en el Título VII, del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (D.S N*

95/01 Minsegpres) y, que no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300.

Se hace presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin

Pro

e ués ey Archivese AR A

e Jorge Sánchez Mena

Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana

Dirección Regional de Obras Hidráulicas

Dirección Regional de Vialidad

Gobierno Regional, Región Metropolitana

Gobierno Regional

llustre Municipalidad de Santiago

Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, RM Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM SEREMI de Medio Ambiente

Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM

Consejo de Monumentos Nacionales

Superintendencia de Electricidad y Combustibles Superintendencia de Servicios Sanitarios

Intendente Región Metropolitana

e... . ........... ..o

..

Expediente del Proyecto "Edificio Tarapacá" Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana