Piscicultura Caleta Los Hornos
Servicio de Evaluación Ambiental
Región de Coquimbo
MAT.: Califica Ambientalmente Desfavorable el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto “Piscicultura
Caleta Los Hornos”.
RESOLUCION EXENTA N?
Pd *
mm] [eo] fla
LA SERENA, 27 AG60. 2013
VISTOS:
-
Lo dispuesto en la Ley N%19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley N20.417; el Decreto Supremo N95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N”19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N%1.600/2008 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y las demás normas aplicables al proyecto.
-
El Estudio de Impacto Ambiental, en adelante ElA, del proyecto “Piscicultura Caleta Los Hornos”, presentado por el Señor Roberto Alejandro Vargas Guzmán, en representación de Sociedad de Inversiones Acuícolas Ltda., de fecha 08 de junio de 2011.
-
Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, los cuales se contienen en los siguientes documentos:
3.1. En relación con el ElA:
. Oficio N*“82 de la SEREMI de Medio Ambiente, Región de Coquimbo, de fecha
24/06/2011;
. Oficio N*%1353 de la SEREMI de Obras Públicas, Región de Coquimbo, de fecha 11/07/2011;
. Oficio N%440110811 del Servicio Nacional de Pesca, Región de Coquimbo, de fecha 12/07/2011;
. Oficio N%561 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 21/07/2011;
. Oficio N*%594 -de la Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo, de fecha 21/07/2011;
. Oficio N*%12600/25/346 de la Gobernación Marítima, Región de Coquimbo, de fecha 22/07/2011;
. ga REG, fecha 22/07/2011;
o — oficio N*%257 de la SEREMI de Agricultura, Región de Coquimbo, . a 25/07/2011; :
Lao
3.2.
4.
Oficio N%61 de la SEREMI de Salud, Región de Coquimbo, de fecha 26/07/2011; Oficio N“1383 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Coquimbo, de fecha 27/07/2011;
Oficio N%1339 del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo, de fecha 28/07/2011;
Oficio N*3353 de la Ilustre Municipalidad de La Serena, de fecha 28/07/2011;
Oficio N%3794 del Consejo de Monumentos Nacionales, de fecha 28/07/2011;
Oficio N1678 de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, de fecha 28/07/2011; Oficio N%293/1 del Servicio Nacional de Turismo, Región de Coquimbo, de fecha 29/07/2011;
Oficio N*3153 del Gobierno Regional, Región de Coquimbo, de fecha 22/08/2011; Oficio N%983 de la SEREMI de Desarrollo Social, Región de Coquimbo, de fecha 02/08/2011;
Oficio N%211 de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Coquimbo, de fecha 10/08/2011.
En relación a la visación del Informe Consolidado de Evaluación del ElA:
Oficio N%002636 del Servicio Nacional de Pesca, Región de Coquimbo, de fecha 26/07/2013;
Oficio N*12600/25/388 de la Gobernación Marítima, Región de Coquimbo, de fecha 29/07/2013;
Oficio N%480 del Servicio Nacional de Turismo, Región de Coquimbo, de fecha 29/07/2013;
Oficio N*552 de la Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo, de fecha 29/07/2013;
Oficio N%1291 de la SEREMI de Obras Públicas, Región de Coquimbo, de fecha 30/07/2013;
Oficio N%244 de la SEREMI de Medio Ambiente, Región de Coquimbo, de fecha 30/07/2013;
Oficio N*1226 del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo, de fecha 29/07/2013;
Oficio N*57 de la SEREMI de Salud, Región de Coquimbo, de fecha 30/07/2013; Oficio N%30-EA/2013 de la Corporación Nacional Forestal Región de Coquimbo, de fecha 30/07/2013;
Oficio N*1754 de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, de fecha 30/07/2013; Oficio N%579 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 30/07/2013; Oficio N%1229 de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Coquimbo, de fecha 31/07/2013;
Oficio N*%347 de la SEREMI de Agricultura, Región de Coquimbo, de fecha 31/07/2013;
Oficio N*731/ACC.867816 de la Superintendencia de Electricidad y Combustible, de fecha 31/07/2013;
Oficio N*%712 de la SEREMI de Desarrollo Social, Región de Coquimbo, de fecha 01/08/2013;
Oficio N”2888 del Gobierno Regional, Región de Coquimbo, de fecha 01/08/2013.
Las observaciones formuladas al Estudio de Impacto Ambiental por parte del Sr.
Francisco Azócar Mieres, Sr. Mauro Cornejo, Sr. Jorge Klappenbach, Sra. Munaycha Klappenbach Cornejo, Sr. Jorge Martín Cornejo Wiedermann, Sra. Ximena Hernández, Sra. Nathaly Warnier, Sra. Imma Cornejo, Sra. Sissa Cornejo, Sr. Nahuel Cornejo, Sra. María Helena Cornejo Barrios, Sr. Sacsahuaman Klappenbach, Sr. Pascal Warnier, Sr.
GEÉANO Repiscicultura tales como pozo de succión de agua de mar, sala de bombas, ( E de RlLes, etc. Para mayor detalle, ver numeral 2.2.2.3.2 del ElA. [+ _ DEPTO
ta JURÍDICO *'
Daniel Warner Muñoz, Sra. Dominique Warnier, Sr. Aukan Cornejo, Sr. Daniel Warner García, Sr. Mikael Warnier, Sr. Jean Louis Warnier, Sr. Pakari Sumak Klappenbach Cornejo, Sra. Cesira Figari Rojas, Sr. Manque Cornejo, Sra. Vivian García Michelini, Sr. lan Warner García, Sr. Nehuen Cornejo, Sr. Jeremy Warner García, Sra. Yara Cornejo, Sr. Jorge Luis Cornejo Barrios, Sr. Cristian Warnier, Sr. Juan Marcelo Gómez Cáceres, Sr. Claudio Villarino Vera, Sr. Sergio Arriagada Cousin, Sr. Guillermo Villarino Vera, Sr. Jorge Arriagada Cousin, Sra. Julia Vera Giannini, Sr. Richard Pierre Pérez, Sr. José Pablo Ruidíaz Villarino, Sr. Clemente Ruidíaz Villarino, Sra. Soledad Ovalle Letelier, Sra. Marie Christine Poisot, Sr. Francisco Villarino Inda, Sra. Sara Wing, Sra. Mónica Villarino Vera, Sr. Matías De Ferrari Bohme, Sra. Pascale Szmul, Sr. Pablo Antonio De Ferrari Duke, Sra. Margarita del Carmen Ramírez Flores, Sr. Carlos Humberto Collao Marín, Sr. Héctor Adrián Álvarez Véliz, Sra. María Isabel Godoy González, Sr. Rafael León Llanos y Sr. Juan Arnoldo Cifuentes Sánchez, dentro del plazo de sesenta días contemplado en la Ley N919.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
-
Elacta de la sesión del Comité Técnico de la Región de Coquimbo, de fecha 25 de Julio de 2013.
-
El Informe Consolidado de Evaluación, en adelante ICE, del Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Piscicultura Caleta Los Hornos”, de fecha 25 de Julio de 2013.
-
El acuerdo de la Sesión Ordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo, de fecha 05 de Agosto de 2013.
-
Los demás antecedentes, que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental del ElA del proyecto “Piscicultura Caleta Los Hornos”.
CONSIDERANDO:
-
Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto.
-
Que, el derecho del titular del proyecto a emprender actividades está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y a las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales.
-
Que, según los antecedentes señalados en el Estudio de Impacto Ambiental, respectivo, el proyecto comprendería la construcción de un centro en tierra o Piscicultura para la producción de juveniles en cultivo intensivo de las siguientes especies de peces nativos: atún de ojos grandes, atún de aleta azul del Sur, Palometa o Dorado, Bacalao de Profundidad, Corvina, Congrio Colorado y Congrio Dorado, todas especies presentes de forma permanente o estacionalmente en las costas de Chile. La producción estimada sería al tercer año de operación de 600.000 juveniles por especie en función a la demanda del mercado.
Se instalarían estanques para el cultivo de peces juveniles y estanques para la mantención de peces reproductores, empleando para ello agua de mar circulante permanentemente (24 hrs/día).
Las obras civiles a construir se dividen en dos zonas dentro del área del proyecto: Zona 1 que contemplaría las instalaciones destinadas para la producción de peces juveniles en sistema de cultivo intensivo en tierra; y una Zona 2 que consideraría el área de servicios, como por ejemplo comedor, baños y vestidores, bodega de materiales, oficinas, sala de máquinas, etc. Además, tendría obras complementarias para la operación de
Es importante destacar que a pesar de la información entregada en el ElA, respecto a la descripción del proyecto, se generaron observaciones por parte de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental, los cuales solicitaron precisar dicha información. Sin embargo, el titular no subsanó las observaciones formuladas en el Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones
(ICSARA) N*1, de fecha 11 de Agosto de 2011 en el plazo otorgado para ello, a saber, 14
de Junio de 2013, no presentando la correspondiente Adenda.
3.1. Definición de Partes, Acciones y Obras Físicas del Proyecto
A continuación, se definen y describen los principales componentes que el proyecto consideraría.
3.1.1. Fase de Construcción.
La fase de construcción, que duraría un período de un año comprendería actividades de instalación de faenas, habilitación de instalaciones de cultivo y obras complementarias. A continuación, el detalle de las actividades y obras:
a) Instalación de Faenas
Se habilitaría una zona delimitada con malla Rachel. Se contemplaria la instalación de un
recinto temporal o conteiner destinado a vestidor, el cual contaría con casilleros
independientes para cada trabajador. El área considerada para estos vestidores era de 18 2
m.
Se dispondría de un comedor temporal, provisto de mesas y sillas necesarias para el número de trabajadores considerados en esta etapa. Además, se contaría con agua potable en un estanque móvil. Para los servicios higiénicos se consideraría la utilización de 2 baños químicos con un lavamanos y 2 duchas. La limpieza y mantención de estos estaría a cargo de servicios externos autorizados. Para mayor detalle de la instalación de faena, ver numeral 2.2.2.2 del ElA.
b) Construcción de Terraza de cultivo
La terraza de cultivo, correspondería a una plataforma donde se dispondrían instalaciones de cultivos a orillas del mar, en una superficie de 3,4 ha. Los áridos (tierra y rocas) generados producto de la remoción de terreno en los caminos y en el sitio de emplazamiento del proyecto, serían utilizados directamente como material de relleno y compactación para caminos y terraza. Para mayor detalle, ver numeral 2.2.2.3 del ElA.
c) Construcción de camino de acceso
Para la conexión con la plataforma de terrazas de cultivo donde se ubicaría la piscicultura se debería construir un camino de acceso. La construcción del camino desde el portón de acceso del Lote 1-1 hacia la plataforma ubicada en el borde costero, consistía en el mejoramiento de un tramo ya existente (450 mts) y en la construcción de un nuevo tramo de 800 mts. Para lo anterior, se consideraba remover un volumen de 2.880 m? de tierra y rocas. Los áridos generados producto de la remoción del terreno, serían utilizados directamente como material de relleno y compactación para el camino y de material de relleno en la terraza a remover. Para mayor detalle de la construcción de camino de acceso, ver numeral 2.2.2.3 del ElA.
d) Construcción de las instalaciones de cultivo
Las obras que contemplaría el proyecto para la operación de la piscicultura se habilitarian en zonas específicas dentro del área del proyecto. Las construcciones y las zonas que lo contemplan se detallan a continuación:
. Piscicultura (Zona 1): infraestructura destinada para la producción de peces juveniles en sistemas de cultivo intensivo en tierra. Consideraba una superficie total 5.000
m?. Al interior de esta área se encontrarían los estanques para huevos, larvas y post larvas de peces (Hatchery), los estanques para peces juveniles (Nursery) y los estanques de acondicionamiento de reproductores. Para la evacuación de los efluentes de los estanques, se construirían canaletas en hormigón armado, con el fin de conducir los efluentes del cultivo hacia el sistema de tratamiento de RlLes. Para mayor detalle, ver numeral 2.2.2.3.2 del ElA.
. Servicios (Zona 2): consideraba la habilitación y/o construcción de todo tipo de obra para uso de los trabajadores durante la ejecución del proyecto. De acuerdo a lo anterior se consideraba la habilitación de área de comedor (52 m?), con capacidad para 15 personas; baños y vestidores, la construcción de una bodega de materiales y herramientas (100 m?), la cual aseguraría un adecuado almacenaje de los insumos, habilitación de oficinas, sala de generador que tendría un área aproximada de 18 m?,
De igual forma contemplaba la habilitación de una sala para almacenamiento del alimento ocupado para la alimentación de los peces (pellet) de 52 m?. La construcción de esta sala aseguraría condiciones de almacenamiento a temperatura inferior a 35%C y con porcentaje de humedad ambiental inferior al 90%. Además, contemplaba una sala de maquinaria (52 m?) que albergaría los equipos eléctricos para el funcionamiento de la piscicultura. Se contaría además con un equipo de osmosis inversa que abastecería de agua potable a las instalaciones de la piscicultura.
Para mayor detalle, ver numeral 2.2.2.3.2 del ElA.
. Obras complementarias: correspondientes a obras necesarias para el funcionamiento de la piscicultura. Dentro de las obras complementarias se encontraba la construcción de un pozo de succión, el que sería profundizado a un nivel de 2 m bajo la marea más baja, para captar el agua requerida para la operación de la piscicultura y la planta de osmosis inversa con una capacidad de 100 m. También consideraba la habilitación de una sala de bombas centrífugas (24 m?) de acero inoxidable, las cuales tendrían como objetivo proveer de agua de mar a todo el centro de cultivo, una planta de carga de 180 m de superficie, que contendría un sistema de filtración (filtros tambor rotatorio). Para los efluentes del proceso se habilitaría una planta de tratamiento de RlLes que tendría como objetivo la eliminación de sólidos (restos de pellets y fecas de los peces). Se canalizarían todos los efluentes del cultivo a través de una red de canaletas de hormigón, hacia esta planta. Para mayor detalle, ver numeral 2.2.2.3.2 del ElA.
Es importante destacar que a pesar de la información entregada en el ElA, respecto a la etapa de construcción del proyecto, se generaron observaciones solicitando precisar dicha información.
3.1.2. Fase de Operación
La fase de operación correspondería a la producción de peces juveniles. A continuación se presentan las actividades asociadas a esta etapa.
a) Producción de Peces Juveniles
La producción en la piscicultura se dividiría en etapas dependiendo del estado evolutivo en que se encontraran los ejemplares de las diferentes especies. Así se diferencian distintas fases, las que se describen a continuación:
. Fase de acondicionamiento de reproductores: la producción de juveniles (30- 150 grs), se produciría a partir de los gametos obtenidos de ejemplares adultos. Acá É ES,
p > : E E o GERNO R oductores serían mantenidos en estanques con aireación y flujo constantes de aquA. $ SÓ stimaba tener desoves a lo menos dos veces al año para cada especjé” 9 DEPTCalimientación de los reproductores sería con pellet (alimento extruido). a JURÍDICO 0 q AA 2)
. Fase de Hatchery o larval: luego que los reproductores hubiesen logrado su madurez sexual, estarían listos para ser desovados. En la sala de incubación serían seleccionados los huevos fecundados viables. Luego en el área de larvas continuaría el crecimiento de las larvas de peces. En esta fase es necesario mantener las larvas acondicionadas con microalgas (agua verde) y suspendidas en la columna de agua por medio de sistemas de aireación para prevenir deformidades y mortalidades. Con relación a la alimentación durante esta fase, luego de la absorción del saco vitelino, se inicia la primera alimentación con alimento vivo, primero rotíferos y posteriormente artemias enriquecidas. Para finalizar las larvas son graduadas y seleccionadas.
Para la producción de rotíferos y artemias se dispondria de salas acondicionadas para estos fines al igual que para la producción de microalgas.
. Fase de Nursery o de peces juveniles: en esta etapa los juveniles de peces pasarían de un alimento vivo a un alimento inerte (pellet). En esta etapa los juveniles son cultivados en estanques. Los peces serían alimentados con alimento inerte, graduado y seleccionado y una vez obtenido un batch de producción con un peso medio de 30-150 g, dependiendo de la especie, serían transferidos al mar. Para mayor detalle del proceso productivo, ver numeral 2.2.3.1 del ElA.
b) Captación de Agua desde Pozo de Succión
El caudal de agua de mar requerido para la operación de la piscicultura y la planta de osmosis inversa sería de 1.000 m'/hr, el cual sería bombeado desde un pozo de succión. El caudal succionado correspondería a un sistema de recirculación abierta con un recambio de agua del 20% del volumen total (5.000 m3) por hora de los estanques de cultivo. El pozo se llenaría por infiltración (diferencia de altura). Luego, a través de un proceso de bombeo, que consiste en elevar el agua desde una cota más baja e impulsarla por medio de tuberías hacia una mayor altura, se dirigiría el agua en dirección al sistema de filtración (filtros tambor rotatorio). A continuación, el agua filtrada se dirigiría a los estanques de carga (4 unidades), cuyo objetivo es mantener un volumen de agua de mar constante a Una altura determinada, con el fin de abastecer a los estanques de cultivo con una presión constante en cualquier punto de la red. Para mayor detalle, ver numeral 2.2.2.3,2 del ElA.
c) Tratamiento de Efluentes
Previo a la planta de tratamiento de RiLes, se dispondría de canastos de retención de macro sólidos, estos canastos se instalarían en la salida de cada estanque a la canaleta de evacuación de aguas de efluente, reteniendo los residuos de alimento o el eventual escape de peces, además de una rejilla de retención de macro sólidos (en la Zona 1, centro de peces). Luego, se canalizarían todos los efluentes del cultivo a través de una red de canaletas de hormigón, hacia la planta de tratamiento de RlLes.
La sedimentación de cualquier residuo sólido, se llevaría a cabo en dos decantadores de placas inclinadas, a fin de aumentar la eficiencia del proceso, que funcionarían en paralelo. Esto permitiría realizar mantenciones sin necesidad de detener el sistema completamente, lo cual aseguraría un funcionamiento continuo de ta planta de tratamiento. Luego, en la planta de tratamiento, en un canal abierto de flujo gravitacional, equipado con una serie de módulos de lámparas UV de altas intensidades, se llevaría a cabo el tratamiento y desinfección UV, solución efectiva para tratar posibles residuos biológicos.
d) Infiltración de Efluentes Tratados
Después de que el efluente fuese tratado en la planta de tratamiento de RiLes, este ingresaría a una cancha de infiltración, por el cual a través de una tubería perforada recogería el efluente y lo distribuiría al medio permeable y de allí a un terraplén construido especialmente para la descarga de éste.
De forma diaria los lodos húmedos serían depositados en una de las canchas de secado, lugar en el cual ocurriría la deshidratación de ellos. El proceso de deshidratación ocurriría por dos procesos. Los lodos se pueden extraer de la cancha después de que se haya secado y drenado suficientemente para ser paleable. Los lodos deshidratados serían dispuestos en contenedor hermético de 1.000 L y retirados por empresa autorizada 2 veces/semana.
e) Transporte de insumos de productos y personal.
Es importante destacar que a pesar de la información entregada en el ElA, respecto a la actividad de transporte, se generaron observaciones solicitando precisar dicha información, la que finalmente no se entregó.
3.1.3. Fase de Abandono.
De acuerdo a los antecedentes entregados por el titular, que establece que aun cuando no se considera una vida útil determinada para el proyecto, de ocurrir un evento inesperado que conlleve al cierre de las actividades productivas, este involucraría las siguientes medidas:
. Desmantelamiento de la infraestructura.
. Retiro de residuos por parte de la empresa que se adjudique el trabajo de desmantelamiento de infraestructura.
. Acondicionamiento del terreno.
Al respecto, se generaron observaciones respecto a esta etapa del proyecto, solicitando ampliar dicha información, la que no fue entregada.
3.1.4. Insumos.
. Energía: en la etapa temprana de construcción del centro de cultivo (3 meses), la generación de energía eléctrica estaría a cargo de un generador móvil arrendado (25 KVA). En etapa de operación se contemplaría la conexión a la red eléctrica pública. Para mayor detalle, ver Anexo VI del ElA.
. Combustible: se consideraba un estanque de 1.000 L de petróleo para el uso del generador. Se contemplaba el abastecimiento por empresas certificadas del rubro.
. Gas licuado: se instalaría un estanque de 2 m* de volumen, a partir del cual se redistribuiría el gas necesario para las dependencias de la etapa de construcción y en etapa de operación, siendo este servicio prestado por una empresa autorizada del rubro (ver Anexo VII del ElA).
. Agua potable: el abastecimiento de agua potable durante la etapa de construcción sería realizado mediante un estanque provisional de 10 mí, abastecido por una empresa autorizada del rubro. El estanque móvil sería llenado mediante camión aljibe de transporte de agua para consumo humano (ver Anexo lll del ElA). Posteriormente, una vez habilitada la planta de osmosis inversa, el suministro de agua potable se realizaría a través de este sistema.
A pesar de la información entregada en el ElA, respecto los insumos requeridos durante la etapa de construcción y operación, se generaron observaciones por parte de los Órganos del Estado con Competencia Ambiental, las que no fueron subsanadas por el titular.
3.2. Emisiones, descargas y residuos del proyecto 3.2.1. Emisiones atmosféricas
Las principales emisiones atmosféricas que se generarían en el proyecto corresponderían a material particulado y a gases de combustión, originados durante la etapa de construcción. Ambas emisiones, asociadas principalmente a la circulación de camiones y al trabajo de maquinaria pesada para el despeje de caminos y plataforma.
El proyecto consideraba medidas de control para las emisiones de material particulado y gases de combustión generados durante la etapa de construcción y operación.
Para mayor detalle, ver literales b) y c) del numeral 4.2 del ElA. 3.2.2. Ruido
Las emisiones de ruido asociadas al proyecto, principalmente se generarían producto del uso de maquinarias y tránsito de vehículos, durante la etapa de construcción y por las actividades propias de la Piscicultura durante la etapa de operación. Alrededor dei área del proyecto no existe población cercana susceptible de ser afectada por las emisiones de ruido.
3.2.3. Residuos líquidos
Durante la etapa de construcción y operación del proyecto se generarían aguas servidas. De igual forma durante etapa de operación, se generarían residuos industriales líquidos por las actividades propias de la Piscicuitura.
Aguas servidas: en etapa de construcción las aguas servidas se evacuarian a través de los baños químicos y baños permanentes durante la etapa de operación del proyecto. Los baños químicos serían retirados por una empresa sanitaria autorizada del rubro. De igual forma se contemplaba una planta de tratamiento de aguas servidas durante la etapa de operación del proyecto.
Residuos industriales líquidos: Estos provendrían principalmente del agua residual salina de la planta de osmosis inversa y aguas residuales producto de las actividades de cultivo,
Las aguas residuales producto de las actividades de cultivo serían tratadas mediante un sistema de tratamiento de efluentes de cultivo consistente en macro filtración, sistema de decantación y sistema de desinfección a través de UV. Posteriormente, se realizaría una mezcla con el agua residual salina de la planta de osmosis inversa, obteniendo un agua con 35 ppm de sal, correspondiente a las características de salinidad marina. Luego se infiltrarían los RlLes en la cancha de infiltración por sobre la línea de la más alta marea.
Para mayor detalle, ver literales b) y c) del numeral 4.2 del ElA. 3.2.4. Residuos sólidos
En las distintas etapas del proyecto se generarían residuos sólidos domésticos (RSD), residuos sólidos no peligrosos (RSNP) y residuos sólidos peligrosos (RSP).
Los RSD, provendrían de comedores y oficinas, los RSNP provendrían de excedentes de tierra y rocas provenientes de los movimientos de tierra durante la etapa de construcción del proyecto, también restos de madera, PVC y generación de residuos producidos por mortalidades de peces. Por último los RSP se generarían producto de las actividades de mantención de maquinarias y equipos principalmente.
Para mayor detalle, ver literales d) y e) del numeral 4.2 del ElA.
De la información entregada en el ElA, respecto a las emisiones atmosféricas, ruido, residuos líquidos y residuos sólidos, durante la evaluación del proyecto, se presentaron observaciones solicitando precisar dicha información. Sin embargo, el titular no subsanó las observaciones en el plazo otorgado para ello.
-
Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Piscicultura Caleta los Hornos” y, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que durante la evaluación no fue posible determinar si el proyecto cumple o no la normativa ambiental que le es aplicable, considerando que el titular no subsanó las observaciones formuladas a través del Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones ya indicado.
-
Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Piscicultura Caleta Los Hornos” requiere los Permisos Ambientales Sectoriales de los artículos 73, 74, 90, 91, 94, 96 y 99 contemplados en el Decreto Supremo N*95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Los permisos de los artículos 73 y 96 fueron informados favorablemente por la Gobernación Marítima, Región de Coquimbo y la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura Región de Coquimbo, respectivamente. Por su parte, los demás permisos ambientales sectoriales señalados en el párrafo precedente fueron informados con observaciones por la Secretaría Regional Ministerial de Salud Región de Coquimbo, la Subsecretaría de Pesca y el Servicio Agrícola y Ganadero Región de Coquimbo, según corresponda, durante el proceso de evaluación.
No obstante lo anterior, durante el proceso de evaluación no fue posible identificar, aclarar, rectificar y/o ampliar todos los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, considerando que el titular no subsanó las observaciones formuladas a través del Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones ya indicado.
-
Que, respecto a las medidas de mitigación, compensación y reparación; no fue posible determinar si las medidas que constan en el ElA se hacen cargo de los impactos significativos que generaría el proyecto.
-
Que, respecto al Plan de Seguimiento Ambiental, Plan de Prevención de Riesgos y Control de Accidentes y al Plan de Contingencias Ambientales, debe indicarse que durante el proceso de evaluación no fue posible determinarlos, considerando que el titular no subsanó las observaciones formuladas a través del Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones ya indicado.
-
Que, no se formularon condiciones o exigencias al proyecto, por parte de los Órganos de la Administración del Estado con Competencias Ambiental.
-
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental se recibieron 54 observaciones ciudadanas al Estudio de Impacto Ambiental. Las Observaciones formuladas cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de las Ley N*19.300 y en el artículo 53 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, las cuales se sistematizan y evalúan técnicamente a continuación.
9.1. Las siguientes personas naturales: Sr. Francisco Azócar Mieres, Sr. Mauro Cornejo,
Sr. Jorge Klappenbach, Sra. Munaycha Klappenbach Cornejo, Sr. Jorge Martín Cornejo
Wiedermann, Sra. Ximena Hernández, Sra. Nathaly Warnier; Sra. Imma Cornejo; Sra.
Sissa Cornejo, Sr. Nahuel Cornejo, Sra. María Helena Cornejo Barrios, Sr. Sacsahuaman
Klappenbach, Sr. Pascal Warnier, Sr. Daniel Warner Muñoz, Sra. Dominique Warnier, Sr. _.
Aukan Cornejo, Sr. Daniel Warner García, Sr. Mikael Warnier, Sr. Jean Louis Warnier, SEMRN
kari Sumak Klappenbach Cornejo, Sra. Cesira Figari Rojas, Sr. Manque Cornejo, 4 Si
SENS García Michelini, Sr. lan Warner García, Sr. Nehuen Cornejo, Sr. Jeremy Wafder S” ——García, Sra. Yara Cornejo, Sr. Jorge Luis Cornejo Barrios, Sr. Cristian Warnier y sriJ a
10
Marcelo Gómez Cáceres, realizaron la misma observación que se transcribe a continuación:
Observación:
El proyecto acuícola afecta nuestro proyecto de recuperación de la flora nativa descrita en el "Libro Rojo Flora Nativa y Sitios prioritarios para su conservación Región de Coquimbo” de CONAF, sector Juan Soldado, para lo cual adquirimos en grupo los lotes 1 -F-G-H-— J-K-L-M-N-0-P y Q, con una superficie aproximada de 290 hectáreas, que luego de 5 años de haber cercado es notable su recuperación, tanto de flora, fauna y vida marina, al no tener acceso cabreros ni huireros. Por lo que sería lamentable insertar en medio de nuestro proyecto esta actividad industrial con todos los desechos, ruidos, pestes, olores, destrucción del paisaje natural y tránsito intensivo. Luego también se insinúa la engorda en balsas, lo que implicaría un muelle y la contaminación del fondo marino con los desechos de alimentos y fecas depositadas en pudrición. Por lo expuesto nos oponemos a este proyecto, nos indigna no haber sido informados toda vez que los Sres. Inversiones Acuícolas los hemos participado y efectuado el cerco en conjunto como buenos vecinos. Por lo que de ser aprobado este proyecto se deberán tomar todas las medidas para evitar la contaminación y considerar tas mitigaciones correspondientes para los vecinos y mantener sin contaminación el fondo marino y terrestre.
Evaluación técnica de la observación:
La observación es pertinente, ya que aborda impactos y efectos ambientales que generaría o presentaría el proyecto. Respecto de los impactos por ruido y emisión de material particulado, generados por el tránsito de vehículos y camiones, utilización de maquinaria y uso de explosivos, el titular señaló en el Estudio de Impacto Ambiental (ElA) que no existe influencia sobre la población porque es un área desolada y que durante la etapa de construcción y operación del proyecto se daría cumplimiento al Decreto Supremo N*146/1997 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Establece Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas. Además, indica que para mitigar los olores productos de peces cultivados muertos se realizaría un manejo adecuado de éstos, sin embargo, el titular no presentó los antecedentes para acreditar este manejo. Por otra parte, sobre el componente paisajístico, el titular informó que las instalaciones serían pintadas con tonalidades terracota. En relación al valor arqueológico, el titular presentó tos resultados de una prospección del terreno destinado al proyecto, donde se detectó un sitio arqueológico de tipo conchal sobre la línea de la alta marea. Es necesario señalar que el objetivo del proyecto sería construir y operar a orillas del borde costero una Piscicultura para generar una producción de peces juveniles en cultivo intensivo en tierra, no considerando la engorda en balsas.
No obstante lo señalado anteriormente, no se pudo determinar el impacto que se generaría producto de la ejecución del proyecto, ya que durante el proceso de evaluación se solicitó al titular aclarar, rectificar y ampliar la información entregada en el ElA respecto a: descripción de proyecto; principales emisiones, efluentes y residuos; normativa ambiental aplicable; permisos ambientales sectoriales; descripción de aquellos efectos, caracteristicas o circunstancias del artículo 11 de la Ley que dan origen a la necesidad de efectuar un estudio de impacto ambiental; línea de base; predicción y evaluación de los impactos ambientales incluidas las eventuales situaciones de riesgo; plan de medidas de mitigación, reparación y compensación; medidas de prevención de riesgos y control de accidentes; plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes que dan origen al estudio de impacto ambiental, entre otros. Sin embargo, el titular no subsanó las observaciones formuladas a través del Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones al ElA (ICSARA) N*CE/144 de fecha 09.08.2011, en el plazo indicado (14.06.2013), por lo tanto, la consideración de ta presente observación ciudadana está referida sólo a información parcial, ya que es la contenida en el ElA, de la cual se solicitó aclaraciones, rectificaciones y ampliaciones, las cuales no fueron entregadas por el titular tal como se señaló anteriormente.
9.2. Las siguientes personas naturales: Sr. Claudio Villarino Vera, Sr. Sergio Arriagada Cousin, Sr. Guillermo Villarino Vera, Sr. Jorge Arriagada Cousin, Sra. Julia Vera Giamnini,