Cementerio Municipal de La Unión y proyecto de ampliación
REPÚBLICA DE CHILE. COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LOS RÍOS
Califica ambientalmente el proyecto "Cementerio Municipal de La Unión y "0 y.
Resolución Exenta N? a
vatdvis, 15 NOV 2011
VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:
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La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "Cementerio Municipal de La Unión y proyecto de ampliación”, presentada por la Señorita Hilda Carvallo Gómez, en representación de Ilustre Municipalidad de La Unión, con fecha 19 de Mayo de 2011.
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Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
Oficio N1437 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región de Los Ríos, con fecha 09/06/2011; Oficio N538 sobre la DIA, por Servicio Agrícola Ganadero, Región de Los Ríos, con fecha 14/06/2011: Oficio N%856 sobre la DIA, por Dirección General de Aguas, Región de Los Rios, con fecha 15/06/2011; Oficio N%142 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región de Los Ríos, con fecha 16/06/2011; Oficio N552 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda, Región de Los Rios, con fecha 17/06/2011; Oficio N838 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Los Ríos, con fecha 17/06/2011; Oficio N04134 sobre la DIA, por Dirección Regional de Vialidad, Región de Los Rios, con fecha 17/06/2011: Oficio N3188 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 21/06/2011; Oficio N1036 sobre la Adenda 1, por Dirección General de Aguas, Región de Los Ríos, con fecha 12/09/2011; Oficio N1305 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Los Rios, con fecha 13/09/2011; Oficio N1864 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Vialidad, Región de Los Rios, con fecha 13/09/2011; Oficio N5260 sobre la Adenda 1, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 20/09/2011; Oficio N%1167 sobre la Adenda 2, por Dirección General de Aguas, Región de Los Rios, con fecha 26/10/2011; Oficio N334 sobre la Adenda 2, por SEREMI Medio Ambiente, Región de Los Ríos, con fecha 28/10/2011; Oficio N*2184 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional de Vialidad, Región de Los Ríos, con fecha 02/11/2011;
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El Acta del Comité Técnico del proyecto "Cementerio Municipal de La Unión y proyecto de ampliación", de fecha 10 de Noviembre de 2011
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El Informe Consolidado de Evaluación (ICE) Ambiental del proyecto, "Cementerio Municipal de La Unión y proyecto de ampliación", elaborado por el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Rios, de fecha 10 de Noviembre de 2011.
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El acuerdo N* 02/21/2011, contenido en el Acta de la Sesión N? 21/2011 de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos, de fecha 14 de Noviembre de 2011.
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Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Cementerio Municipal de La Unión y proyecto de ampliación".
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Lo dispuesto en la Ley N” 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2? del D.S. N95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. la Ley N” 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600, de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N* 55/92, ambas de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.
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CONSIDERANDO:
4 Que, la Comisión de Evaluación debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Cementerio Municipal de La Unión y proyecto de
ampliación”.
2 Que, el derecho de la llustre Municipalidad de La Unión a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar las Órganos de la Administración del Estado.
3 Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Cementerio Municipal de La Unión y proyecto de ampliación" consiste en:
3.1 Laregularización del actual Cementerio Municipal de La Unión y la habilitación de una nueva superficie de inhumación.
3.2 Las actuales obras de edificación del cementerio, las o'icinas administrativas, los servicios para el personal y los baños para público, cuentan con la capacidad para absorber la demanda de servicios una vez que entre en operación la superficie ampliada del cementerio.
3.3 Se somete al SEIA en virtud a lo dispuesto en el artículo 3, letra 9.2.1) del D.S. N* 95/2001, Reglamento del SEIA, por corresponder a “Proyectos de equipamiento que correspondan a predios y/o edificios destinados en forma permanente a salud, educación, seguridad, culto, deporte, esparcimiento, cultura, transporte, comercio o servicios, y que contempla una superficie construida igual o mayor a cinco mit metros cuadrados (5.000 m?)”.
3.4 La superficie total involucrada en el proyecto corresponde a 5 (ha), de las cuales 4 (ha) corresponden al actual cementerio y 1 (ha) a la superficie propuesta en ampliación del mismo.
3.5 El proyecto se emplaza fuera de los límites del Plán Regulador Comunal, por tanto corresponde a una zona rural de la comuna, cuyo recinto que ha estado destinado al uso de cementerio tradicional desde comienzos del siglo XX.
3.6 El proyecto se emplaza en la Comuna de La Unión, Provincia del Ranco, Región de Los Rios, ubicado al sur poniente de la ciudad de La Unión, al cual se accede a través de la ruta 7-80 que conecta a dicha ciudad con el sector de Trumao y cuyas coordenadas son las siguientes: N 5.556.890; E 662.225 en base al DATUM WGS 84 y en HUSO 18 Sur.
3.7 El proyecto contempla las siguientes partes, acciones y obras físicas del proyecto.
Las instalaciones administrativas del Cementerio Municipal han sido renovadas recientemente y cuentan con las autorizaciones legales para su funcionamiento, especificamente, con la recepción municipal de las obras de edificación, con la recepción del servicio de alcantarillado particular y certificado de dotación de agua potable.
3.7.1 Etapa de Construcción.
Los trabajos para ta construcción de las instalaciones y equipos serán efectuados de la siguiente forma: :
a. Cierre Perimetral. Se contempla un cierre perimetral de acuerdo a lo establecido en el artículo N* 7 del Reglamento de Cementerios, es decir, cumplirá con los requisitos de altura minima de 2.0 m, con el objetivo de restringir el acceso a la zona de acondicioniamiento del terreno en la etapa de construcción y en la etapa de operación al recinto de inhumación.
b. Preparación del Terreno. La preparación del terreno se inicia con la limpieza del predio, labor que implica el retiro de la cobertura vegetal existente, la que será apartada y reutilizada como relleno en otras áreas o sectores dentro del proyecto que requieran nivelación de superficie, siempre que cumpla con las características técnicas necesarias, de lo contrario el material será trasladado a relleno sanitario local. Posteriormente se realizará la nivelación de la superficie y movimientos de tierra, con el objetivo de alcanzar el nivel para la adecuación y mejoramiento de la calidad del terreno, previo a la distribución de patios y ejecución de pasillos de circulación del proyecto.
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Durante la etapa de acondicionamiento del terreno en ampliación, se realizarán obras destinadas a mejorar las condiciones de drenaje existentes en temporada de invierno y que consiste en un sistema de Drenes Interceptores en el perímetro superior y lateral de la zona de expansión del Cementerio, Las condiciones de diseño del Sistema de Drenaje se detallan en el Anexo N 5 del Adenda N 2 (Complemento Informe Suelos Cementerio de La Unión).
Cc. Instalación de Faenas. La construcción de la ampliación del cementerio es un proyecto que la Municipalidad de La Unión licitará a una empresa externa, por tanto, en las bases de licitación se exigirá que la empresa que se adjudique las obras deba cumplir con lo requerido en la legislación para instalaciones de faena y sus trabajadores en la etapa de construcción.
La generación de efluentes líquidos se limita al volumen de aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos, que serán tratados mediante servicio de instalación de baños quimicos para el personal en la etapa de construcción
d. Equipos y Maquinarias. Para el desarrollo del proyecto se utilizaran las siguientes maquinarias, 1 Retroexcavadora, 1 Motoniveladora, 2 Placas compactadoras, 2 Betoneras.
e. Movilización del personal. Debido a que la ejecución del proyecto de ampliación se externalizará mediante proceso de licitación, la responsabilidad del acercamiento de los trabajadores dependerá de la política y metodología empleada por la empresa constructora.
f. Inicio de proyecto. Se dará inicio a la ejecución del proyecto una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental.
3.7.2 Etapa de operación.
La etapa de operación del proyecto continuará con la misma rutina desarrollada por el cementerio que actualmente se encuentra en funcionamiento, es decir, con las actividades de preparación de fosas de inhumación, de mantención del recinto, asi como también se consideran las actividades administrativas, de atención de clientes y finalmente la realización de ceremonias de sepultación.
Para descartar la posible afectación sobre las aguas subterráneas o posibles anegamientos durante la etapa de operación del proyecto, la Municipalidad de La Unión ha introducido cambios en el Reglamento interno del cementerio, de modo que a contar de agosto de 2011 se modifican las características de los fosas destinadas a sepultura, debiendo construirse sarcófagos o nichos, que corresponden a estructuras de hormigón armado con el objetivo de aislar las sepulturas y protegerlas de la infiltración de aguas lluvia. Las respectivas especificaciones técnicas de las estructuras de hormigón armado están detalladas en el Anexo N* 5 del Adenda N' 2,
3.7.3 Etapa de cierre y abandono
Dadas las características propias de éste proyecto, su vida útil es indefinida. 3.8. Principales Emisiones, Descargas y Residuos del Proyecto.
3.8.1. Respecto de Residuos Líquidos.
En las etapas de construcción y operación del proyecto, la generación de efluentes liquidos se limita al volumen de aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos.
Al respecto, el proponente señala que ya cuenta con un sistema de tratamiento de aguas servidas con capacidad de 1200 litros, cuyas instalaciones están autorizadas Resolución Sanitaria N* LU - 155 de fecha 24 de marzo de 2011 de la SEREMI de Salud.
3.8.2. Respecto de los Residuos Sólidos
Durante la etapa de operación, los residuos sólidos se caracterizan como residuos vegetales provenientes de las labores de limpieza del recinto y basura domiciliaria proveniente de las oficinas de administración que se estiman en 120 k por semana, que serán depositados transitoriamente en los siguientes de contenedores; 3 contenedores plásticos con una capacidad de 3 m' distribuidos al interior del recinto, 1 contenedor metálico de capacidad de 20 mí con tapa dispuesto al exterior del cementerio. Finalmente, su disposición final se realizará a través del servicio de recolección con que cuenta la comuna para ser depositados en el relleno sanitario municipal con una frecuencia mínima de retiro de una vez por semana.
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3.8.3. Respecto de la generación de Emisiones Atmosféricas
La generación de emisiones atmosféricas están asociadas a emisión de material particulado durante la etapa de construcción y se generan a partir de actividades como: movimiento de tierra, tránsito de camiones y escarpe del terreno.
Al respecto, se adoptarán las medidas para humectar las superficies de trabajo y de circulación de camiones.
4 Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Cementerio Municipal de La Unión y proyecto de ampliación" cumple con:
4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales:
De acuerdo a lo establecido en la Declaración de Impacto Ambiental, lo señalado en los informes sectoriales de los Órganos de la Administración del Estado con competencia ambienta! que han participado en el proceso de evaluación, los demás antecedentes agregados al expediente y lo expuesto en el Informe Consolidado de la Evaluación, es posible señalar que el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental vigente asociada al proyecto.
En particular, respecto de la tipología del presente proyecto, la siguiente es la principal normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto:
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D.F.L. (MINSAL) N* 725/67, Código Sanitario.
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D.S. N” 357/70 Reglamento Genera! de Cementerios
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Ley N* 17.288 / 70 Ley Sobre Monumentos Nacionales.
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D.F.L N” 382/89 “General de Servicios Sanitarios y sus modificaciones”.
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DS. N* 146 / 97 "Establece Norma de Emisión de Ruidos Molestos generados por Fuentes Fijas”.
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D.S. (MINSAL) N* 594/1999. Reglamento sobre condiciones ambientales y sanitarias básicas en lugares de trabajo.
Respeto de los antecedentes entregados por el proponente para acreditar el cumplimiento de esta normativa ambiental aplicable al proyecto, los Órganos de la Administración del Estado con competencia ambiental se han pronunciado conforme.
De igual modo, respecto de la recomendación del Consejo de Monumentos Nacionales de que el proponente cuente con un arqueólogo durante la etapa de preparación de terreno (especificamente en la limpieza del predio), esta Comisión ha estimado que existiendo un protocolo fijado por la Ley 17.288/70 que obliga a avisar de posibles hallazgos y define los responsables de su vigilancia y cargo, es éste el protocolo que el proponente debe dar cumplimiento, por lo que no estará obligado a seguir dicha recomendación. Esto, sin perjuicio de la implementación de charias de inducción arqueológica a todos los trabajadores del proyecto, situación acogida por el proponente en el proceso de evaluación ambiental.
4.2 Permisos ambientales sectoriales:
Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Cementerio Municipal de La Unión y proyecto de ampliación" requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 91 y 97 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Esto, en consideración a que el proyecto contempla la instalación de un sistema de alcantarillado particular consistente en fosa séptica de fibra de plástico reforzado, y a que requiere del permiso para la instalación de un cementerio y cuyos antecedentes son entregados en la DIA, en su Adenda N* 1, Adenda N” 2 y resumidos en la presente Resolución.
A través de Oficio N* 1305, de fecha 13 de Septiembre de 2011, la SEREMI de Salud, se ha pronunciado conforme a la DIA, los Adenda y a los antecedentes asociados a los requisitos de ambos permisos ambientales sectoriales.
De igual modo, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Cementerio Municipal de La Unión y proyecto de ampliación" no requiere del permiso ambiental sectorial contemplado en el artículo 96 del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Lo anterior, debido a que el proyecto no considera la construcción de nueva infraestructura.
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Que, en lo relativo a tos efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación (en particular, de lo expuesto en el Capítulo 3.2 del ICE), debe indicarse que el proyecto "Cementerio Municipal de La Unión y proyecto de ampliación" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, caracteristicas y circunstancias.
Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular no consideró la implementación de compromisos ambientales voluntarios por sobre los exigidos por las normas respectivas.
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Ríos, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
Que, para que el proyecto "Cementerio Municipal de La Unión y proyecto de ampliación" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Ríos, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
Que, si durante las actividades de limpieza o movimiento de tierra, en las etapas de habilitación y operación del proyecto, se encontrasen ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, el proponente del proyecto deberá a dar cumplimiento con el protocolo indicado en la Ley N” 17.288/70, Ley Sobre Monumentos Nacionales.
Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Rios, la individualización de cambios de titularidad.
Que el proponente del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito, a la Secretaria de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos, todo cambio que pretenda realizar a éste y que difiera del proyecto autorizado ambientalmente, con el objeto de analizar si dicho cambio es de consideración según lo estable el Reglamento del Sistema de Evaluación de impacto Ambiental.
Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.
Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos:
RESUELVE:
CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Cementerio Municipal de La Unión y proyecto de ampliación".
CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto “Cementerio Municipal de La Unión y proyecto de ampliación" cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 91 y 97 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
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- Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.
Notifiquese y Archivese
INTENDENTE SIDENTE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LOS RÍOS
Árcon
Distribución:
- Sra. Hilda Carvallo Gómez, Representante Legal Ilustre Municipa! de La Unión
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Gobierno Regional, Región de Los Rios
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Consejo de Monumentos Nacionales
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Dirección General de Aguas, Región de Los Rios
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Dirección Regional de Vialidad, Región de Los Rios
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Gobierno Regional, Región de Los Rios
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SEREMI Medio Ambiente, Región de Los Rios
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SEREMI de Agricultura, Región de Los Rios
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SEREMI de Salud, Región de Los Ríos
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SEREMI de Vivienda, Región de Los Ríos
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Servicio Agrícola Ganadero, Región de Los Rios
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Servicio Nacional de Turismo, Región de Los Rios
Cc:
- Expediente del Proyecto "Cementerio Municipal de La Unión y proyecto de ampliación”.
- Archivo Servicio Evaluación Ambientat, Región de Los Ríos.
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