Evaluación SEA

BANCO AUTOTRANSFORMADOR S/E CHARRÚA 500/220 KV, 750 MVA .

Rol 5510347
SEA · DIA · Aprobado · 2011-04-12 · Región del Biobío · TRANSELEC S.A

REPÚBLICA DE CHILE COMISION DE EVALUACIÓN AMBIENTAL REGIÓN DEL BIOBÍO

Califica ambientalmente el proyecto "BANCO AUTOTRANSFORMADOR S/E CHARRÚA 500/220 KV, 750 MV.

mo -

Resolución Exenta N*” o 1 8 3

Concepción,

83 AGO 208

VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:

1

La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "Banco Autotransformador S/E Charrúa 500/220 KV, 750 MVA", presentada por el Señor Alexandros Semertzakis Pandolfi, en representación de Transelec S.A., con fecha 12 de abril del 2011.

Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

En el caso de oficios que han sido firmados con firma electrónica a través del sistema e- sela, la fecha corresponde al día en que han sido publicadas en este sistema. En el caso de documentos que no están con firma electrónica en el sistema e-seia, las fechas a continuación corresponden al día en que el documento ingresó a la oficina de partes del

Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío.

Oficio N5- EA/2011 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región del Biobío, con fecha 29/04/2011; Oficio N%39 sobre la DÍA, por SEREMI! de Energía, Región del Biobío, con fecha 02/05/2011; ORD. N 1595 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región del Biobío, con fecha 03/05/2011; Oficio N3604 sobre la DIA, por Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío, publicado en el e-seia con fecha 05/05/2011; N1296 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío, con fecha 05/05/2011; Oficio N1522 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 09/05/2011; Oficio N%1027 sobre la DIA, por la Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío, publicado en el e-seía con fecha 06/05/2011; Oficio N1308 sobre la DIA, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Biobío, con fecha 31/05/2011; Oficio N5339 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío, con fecha 21/06/2011; Oficio N*2015 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 24/06/2011;

El Acta N*32 de la Sesión del Comité Técnico de la Región del Biobío, de fecha 13 de julio del 2011.

El Acta N* 10 de la Sesión de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío, de fecha 25 de julio del 2011. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Banco Autotransformador S/E Charrúa 500/220 KV, 750 MVA ".

Lo dispuesto en la Ley N” 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y sus modificaciones, el artículo 2% del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N”19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N* 1600 de 2008, de la Contraloría General de la República; y las demás normas aplicables al proyecto.

CONSIDERANDO:

3,1.

3.2.

3.3,

3.4

3.5.

Que, la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío debe velar por el cumplimiento de; todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto “Banco Autotranstormador S/E Charrúa 500/220 KV, 750 MVA".

Que, el derecho de TRANSELEC S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración

del Estado.

Que, según los respectiva, el pra

antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental yecto "Banco Autotranstormador S/E Charrúa 500/220 KV, 750 MVA"

consiste en realizar la ampliación del patio de 500 kV de la S/E Charrúa, lo anterior según

la siguiente descri Localización

La localización d cuya subdivisión

pción del proyecto:

| proyecto es al interior del predio denominado “Subestación Charrúa”, con cambio de uso de suelo fue aprobada mediante Res. N” 4 del

30/05/2005 de la Dirección de Obras Municipales de la llustre Municipalidad de Cabrero, y se justifica puestp que el proyecto consiste en una ampliación de dicha subestación a través de la construcción y puesta en marcha de una ampliación del patio de 500 kV, una posición de 220 kV (ex-Ralco 2) y el cable de interconexión de 220 kV entre ambos patios, de acuerdo a lo indicado en los Decretos Supremos N? 243 y N* 177, publicados el 03 de febrero y 09 de agosto de 2010 respectivamente por el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción que fija el “Plan de Expansión del Sistema de Transmisión Troncal del Sistema Interconectado Central para los 12 meses siguientes”.

| Tabla N?1.

Coordenadas de Ubicación del Proyecto (UTM WGS 84) Vértice N9 Este Norte 1 738.260 5.892.310 2 738.543 5.892.284 3 738.535 5.892.199 4 738.253 5.892.224

Inversión

El monto estimado de la inversión asciende a US$35.400.000.- (treinta y cinco millones cuatrocientos mil dólares americanos) l

Vida útil del proyecto

La vida Útil del proyecto se estima en al menos 60 años, sin embargo esta puede aumentar al considerar trabajos de actualización tecnológica de los equipos.

Mano de Obra

El proyecto comprende para su etapa de construcción contar con una mano de obra promedio de 80 personas, con un peak de 150.

Por su parte, durante la etapa de operación del proyecto se estima que se utilizará una mano de obra correspondiente a 4 personas, adicionales a las que actualmente se desempeñan en la S/E Charrúa, que realizarán las actividades de mantención de los equipos.

Superficie

La superficie total involucrada en el proyecto es de aproximadamente 2,35 ha de las 64,84 ha que corresponden al predio denominado “Subestación Charrúa”.

3.6.

3.6.1

Descripción del proyecto

El proyecto consiste en la ampliación del patio de 500 kV de la S/E Charrúa, en relación a

la extensión de incorporar el pañ seccionador de b: transferencia en autotransformado

las barras principales y transferencia en el espacio suficiente para

al nuevo banco de autotransformadores de 750 MVA y el futuro paño arras de 500 kV. en relación a la extensión de las barras principales y el espacio suficiente para incorporar el paño al nuevo banco de res de 750 MVA y el futuro paño seccionador de barras de 500 kV. Esta

ampliación incluye además el suministro, montaje y puesta en servicio del banco de autotransformadores, el sistema de transferencia automática de la unidad de reserva para el caso de falla de una de las unidades base, los paños de transformación de 500 kV, 220

kV, 66 kV y su int 2) del patio de 22

erconexión mediante cables de 220 kV a la posición de 220 kV (ex-Ralco kv.

Partes, Acciones y Obras Físicas del Proyecto

A continuación, se detalla las partes del proyecto y las obras involucradas para realizar los

trabajos de ampliación de la subestación.

a)

Patio de 500/220 KV: La ampliación del patio de 500 kV estará conformado por un

esquema de doble barra principal y barra de transferencia. Lo anterior considera cuatro (4) autotransformadofes, el equipamiento necesario para cada uno de estos, tales como

interruptores, sec supresores de so casa de mufas, vigilancia, equipa

i¡onadores, transformadores de corriente, transformadores de potencial y retensión, paneles de protección y control para los autotransformadores, sistema de captación de agua e extinción de incendios, sistema de miento de telecomunicaciones para comunicar entre los sistemas de 500

kV y 220 kV. Además, en el patio de 220 kV se construirá una posición de 220 kV (ex-

Ralco 2), la cual patios.

b) Caminos: ingresará toda la Mientras que al

efectuará la interconexión a través de un cable de 220 kV entre ambos

El ingreso al predio se realizará a través de la vía O-555, desde donde maquinaria y equipos asociados a la etapa de construcción del proyecto. interior del predio se habilitará un camino temporal que permitirá el

movimiento de maquinaria pesada y equipos desde el área de instalación de faenas hacia el área de ampliación en donde se instalará el patio de 500 kV, este camino se utilizará solamente durante la etapa de construcción;

c) Edificacio equipos del tercia 66 kV, instalación patios de 500 kV 220 kV;

d) Foso de separación agua - muy baja probabil

e)

| hes: Se considera la construcción de casa de mufas para albergar rio del banco de autotransformadores monofásicos de nivel de tensión de

de paneles de protección y control; panel de telecomunicaciones en y 220 kV en las casas de servicios generales de los patios de 500 kV y

separación agua — aceite: Se implementará un sistema de foso de - aceite en caso de derrame de aceite de los transtormadores (eventos de dad de ocurrencia);

Sistema de extinción de incendio: Se implementará un sistema, el cual consiste en

emisión de alarmas y extinción de incendio para el banco de autotransformadores. Para aquello, se construirá un sistema de extracción o captación subterránea de agua a través

de un sondaje para ser almacenada en un estanque de agua que también es parte del sistema. Este estanque podrá ser enterrado o sobre superficie.

y) Obras eléctricas: Se realizarán todas las conexiones en alta tensión y demás obras

eléctricas para po casa de mutas de

9)

ner en servicio los trabajos a efectuar en los patios de 500 kV, 220 kV y 66 kV;

Traslado Bodega: En el lugar donde se construirá la ampliación del patio de 500 kV

se encuentra actualmente una bodega de almacenaje de equipos primarios. Dicha bodega será trasladada a otro sector al interior del predio de la S/E Charrúa, manteniendo sus características actuales. El lugar donde se trasladará la bodega corresponde a un sector que se encuentra al sur del patio de 220 kV de la S/E Charrúa (Ver Figura N* 4).

3.6.1.1

h)

Malla de t;

erra: Construcción de una ampliación de la malla de puesta a tierra en la

zona de ampliación, la cual se unirá a la actualmente existente en el patio de 500 kV.

D) Cable de 220 kV de interco el patio de transf será a través de

Poder 220 kV: Se realizará el montaje y puesta en servicio del cable de nexión entre la ampliación del patio de 500 kV y la posición ex-Ralco 2 en rmación de 220 kV, con puesta a tierra en ambos extremos. El diseño una canalización para la instalación del cable de 220 kV y considera el

cruce de un canal existente en el trayecto entre ambos patios, en caso que no sea factible este tipo de interconexión a través de canalización se implementara una solución a través de estructuras para conectar ambos patios.

Etapa de construcción

Instalación de Faéenas

| Esta actividad comprende la instalación de la infraestructura necesaria para dar inicio a las obras, la instalación de faenas estará ubicada al costado poniente del actual patio de 500 KV de la S/E Charrúa. Todas las instalaciones serán de tipo contenedor. Para la instalación de faena se contempla construir oficina, comedor, casa de cambio, patio de acopio de materiales e instalación de baños químicos.

El personal que se desempeñará durante la etapa de construcción del proyecto se alojara en localidades aledañas a la S/E Charrúa, siendo trasladados diariamente. |

La instalación se utilizará solamente durante la etapa de construcción del proyecto, una vez terminada se retirarán los contenedores. l

Los alimentos para los trabajadores serán adquiridos a empresas que tengan autorización de la autoridad sanitaria para tales efectos. Además, se contará con un comedor en un recinto cerrado que contará con mesas y sillas con cubierta de material lavable y piso de material sólido y de fácil limpieza. Por último, contará con sistemas de protección que impidan el ingreso de vectores y estará dotado con agua potable para el aseo de manos y cara, según se señala en el artículo 28 del D.S. 594/99.

i Movimiento de Tierra y Compactación de Materiales

Las obras de construcción se iniciarán con movimientos de tierra y las obras civiles asociadas. Los movimientos de tierra estimados serán de 22.424 m' de relleno y 7.305 m? producto del escarpe, habilitándose el terreno para el montaje de los equipos, así como también, las actividades de preparación del terreno para la construcción de las fundaciones, entre otros. El material de excavación, que no sea utilizado como relleno, será dispuesto en sitios autorizados.

|

Construcción de sistema de puesta a tierra

Luego del movimiento de tierra y compactación de materiales se realizarán los movimientos de tierra requeridos para la instalación de la malla. Esta malla puesta a tierra cubrirá el área total de la plataforma y hasta un metro después del cerco metálico que delimita la plataforma. El área que cubrirá esta malla será de aproximadamente 25.000 m?.

El material excavado volverá a cubrir la malla de puesta a tierra, por lo que no se prevé material sobrante,

En general esta actividad se realizará en paralelo con la construcción de las fundaciones y terminará después de estas.

La . a Construcción de las fundaciones y otras obras civiles,

Previa recepción de la ampliación de la plataforma y el correspondiente trazado topográfico, se procederá a efectuar las excavaciones necesarias para la construcción de

las fundaciones fundaciones de | cortafuego, foso extinción de inc

de los equipos primarios, marcós de barras y marcos de líneas, s autotransformadores y otras obras como canaletas de cables, muros recolector de aceite, cámaras eléctricas, bancos de ductos, sistema de endios, casa de mufas y alumbrados. El material sobrante de las

excavaciones se utilizará en relleno de caminos interiores u otras obras menores al interior de la subestación, en caso de que resulten excedentes de material de excavación se trasladarán a botaderos autorizados.

Construcción de caminos interiores en la subestación.

Se procederá a construir el camino que rodeará la zona de los autotransformadores más el camino de unión Icon el patio existente de 500 kV, mediante la instalación de solerillas, drenajes y el establecimiento de una capa de asfalto como superficie de rodadura. El largo de dicho camino se estima en 500 m.

Montaje de Equipos |

En esta etapa sé contempla el montaje, conexión y prueba de funcionamiento de los equipos eléctricos, Las principales actividades se señalan a continuación: |

-Construcción de la malla aérea (cable de guardia y accesorios) y todas sus conexiones a las estructuras. |

-Montaje de los autotransformadores monofásicos.

-Montaje de equipos primarios.

-Montaje de las barras aéreas principales.

-Conexionado de alta tensión, incluyendo conductores, aisladores, ferretería y conectores. -Conexiones a la malla puesta a tierra de los equipos, estructuras metálicas postes y Cercos. |

-Instalación de gravilla en S/E.

-Pruebas de mediciones de resistencias de puesta a tierra y condiciones de seguridad en la nueva malla, previo a su interconexión con la malla preexistente.

-Instalación de tableros y paneles eléctricos en casa de Servicios Generales Existente. Instalación de bahco y cargadores de baterías en casa de Servicios Generales Existente. «Tendido de cables de fuerza y control y comunicaciones en canaletas de cables y la instalación del sistema completo de canalizaciones eléctricas en la ampliación del patio de 500 kV, posición de 220 kV (Ex-Ralco 2) y Cable de Poder de 220 kV.

-Montaje del sistema de alumbrado completo para la ampliación del patio de 500 kV. -Instalación de sistema de vigilancia en ampliación del patio de 500 kV.

-Montaje de sistema de extinción de incendio para autotransformadores.

En la Tabla N*2 se indican los equipos y cantidad requeridos para los trabajos de construcción.

Tabla N*2 Equipo para construcción

Equipo Cantidad Camión Aljibe 2 Camión (20 ton) Camión Tolva Vibrocompactador Rodillo Compactador Cargador Frontal Retroexcavadora Vehículos Livianos Camión Grúa

Grúa 80t

Vibropison

Martillos Neumáticos Generador Eléctrico

Bbjo js || [|Nn|=[=]2/| ON

Transporte de Equipos

Para la construcción de la ampliación del patio de 500 kV, posición de 220 kV (Ex-Ralco 2) y Cable de Poder de 220 kV, los suministros corresponden básicamente a estructuras metálicas altas y bajas, cables, aisladores, ferreteria, equipos primarios, aceites dieléctricos y equipos eléctricos. Serán transportados hacia la instalación de faenas por vía terrestre en tracto camiones con rampla y camiones planos. Cuando corresponda se

solicitarán los pe

cargas especiales.

Las cuatro (4) un reserva) en la am que requieren un como peso efecti Dirección de Viali

Cada unidad a tr

misos a la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Publicas por

dades que conforman el nuevo banco de autotransformadores (una de pliación de la subestación Charrúa, corresponden a los únicos equipos transporte del tipo especial debido a su envergadura, tanto en volumen vo, por tal motivo se solicitarán los permisos correspondientes ante la ad del MOP.

ansportar está compuesta por: Cuba Principal o Núcleo, Radiadores de

Ventilación, Aisladores (AT, MT, BT), Tanque y Accesorios y Aceite dieléctrico.

El elemento de m aproximado de 12

El traslado se rea Charrúa y será re empresa se encal para el traslado € una distribución q vigente.

Aceite dieléctrico

| | ¡ayor peso a transportar corresponde a la cuba o núcleo y tiene un peso 9 toneladas (cada unidad, sin aceite).

lizará desde el puerto de Valparaíso o San Antonio hasta la subestación alizado por la empresa especialista adjudicada para este servicio. Esta gará de obtener todos los permisos y autorizaciones que correspondan n carretera, y hará uso de camiones del tipo “Cama Baja” que permitan e carga sobre los pavimentos de carretera, de acuerdo a la normativa

El aceite dieléctrico es utilizado como aislante y posee una alta resistencia a la oxidación,

lo que permite fun

cionar por largos períodos en los transformadores de potencia.

En este proyecto se estima que utilizarán aproximadamente 64.000 litros de aceite

dieléctrico (no autotransftormado seguridad del mis

El aceite se lleva

contiene bifenilos policlorados “PCBs") en cada uno de los 4 es, 256.000 litros en total. En el Anexo N* 5 de la DÍA se adjunta hoja de mo.

rá a la obra en tambores de 200 litros, lo que implica que se deberán

acopiar 1.280 tambores en la subestación Charrúa. Para tal efecto se definirá un sector

dentro de

la z

ona de instalación de faenas dedicado exclusivamente para el

almacenamiento de los tambores llenos con aceite.

Los tambores de pallets de madera

aceite dieléctrico llenos, serán almacenados de forma horizontal sobre , dejando pasillos de seguridad y tránsito entre ellos.

Se tendrá especial cuidado de no producir derrames y se aplicarán las siguientes medidas

para evitar un acc

¡dente por derrame de aceites dieléctricos en su carga y descarga son:

  • Cubrir el suelo con un plástico impermeable (área de descarga de aceites dieléctricos); y

  • Cubrir con un recogido y enviad

La disposición fin, sanitaria.

Todo material q disposiciones del “Reglamenta tran

TRANSELEC ada

sorbente el plástico impermeable. Este sorbente será posteriormente o a un sitio de disposición final de residuos peligroso autorizado.

al de los tambores vacios se hará en sitio autorizado por la autoridad Je se especifique en la NCh N* 382, será transportado según las

D.S. N* 298/94, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones porte de cargas peligrosas por calles y caminos”.

ptará las medidas adecuadas de seguridad para el transporte de los

equipos eléctricos y materiales desde la fuente de abastecimiento hasta su lugar de destino. Sin perjuicio de lo anterior, para el traslado de los equipos eléctricos que contienen aceites, se tomarán las siguientes medidas para evitar accidentes:

  • Capacitación de ¡los conductores sobre manejo defensivo.

  • Capacitación a los conductores de los camiones transportadores sobre el riesgo asociado al transporte de estas sustancias.

  • Contar con la hoja de seguridad, la cual debe cumplir con los contenidos establecidos por la normativa vigente.

  • Entrega de todos los elementos de protección personal necesarios para ejecutar el traslados de los equipos eléctricos y los aceites dieléctricos.

  • Inspección mecánica y visual de los camiones transportadores por parte del Contratista.

  • Facilitación de escoltas en todo trayecto de traslado de los equipos eléctricos y aceites dieléctricos, en caso de ser necesario.

Por otra parte, TRANSELEC controlará que el peso de los camiones no supere el límite máximo establecido, mediante la contratación de los servicios de una romana pública o privada. En el caso que se requiera transportar una carga que supere los límites de peso máximo establecidos en la normativa aplicable, tanto en caminos públicos como urbanos, se solicitará los permisos correspondientes.

A continuación se presenta una tabla con los Insumos necesarios para la Etapa de construcción:

Tabla N*3 Insumos, Servicios y Suministros

insumo Cantidad Unidad |Observaciones Energía 500 kw El suministro de energía eléctrica se realizará a Eléctrica partir de una conexión a la red eléctrica de la

empresa distribuidora del sector, en caso de no ser posible esto, se suministrará energía a partir de equipos generadores para alimentar las tareas que se ejecutaran durante la etapa de construcción.

Agua industrial (40 m'/día Se requerirá agua para el control de emisiones atmosféricas de frentes de trabajo (humectación de caminos, de áreas de escarpe y compactación, etc.) durante la preparación del terreno para la habilitación del área de ampliación del patio de 500 kV, la cual no superará los 40 mdia, y será suministrada por un tercero a través de camiones aljibes, el cual deberá contar con la autorización de la autoridad pertinente para dicha labor.

Agua Potable 115 m/dia Corresponde al consumo de agua para labores de consumo y aseo de los trabajadores, la cual será suministrada, para el primer caso, por camión aljibe autorizado o a través de bidones, y a través de bidones de agua potable para consumo de la mano de obra,

Combustible 500 lidia El combustible para los vehículos livianos y maquinaria de construcción, será suministrado por empresa autorizada.

Lo mismo el combustible que alimentara los equipos generadores de energía eléctrica. Hormigón 5.000 m El hormigón será proporcionado por una empresa especializada en el rubro, la que será utilizada para la fijación de las estructuras. Este será utilizado para construir las fundaciones, radieres, muros corta fuegos, estanque de aguas, canalizaciones eléctricas.

Material 22.424 mi Necesario para la construcción de la

de Relleno ampliación de la plataforma de 500 kV de la S/E Charrúa.

Estructuras 150.000 kg Necesarias en la construcción de las

estructuras altas y bajas de la ampliación del patio de 500 kV, posición de 220 kV (ex-Ralco 2) y Casa de Mufas de 66 kV

3.6.1.2

3.6.1.3

3.7

3.7.1

Etapa de Operación |

Durante la etapa de operación del proyecto se considera sólo la realización de la puesta en marcha y visitas de inspección y mantenimiento.

Previo a la puesta en servicio de la ampliación del patio de 500 kV, la posición de 220 kV (ex-Ralco 2) y el cable de interconexión de 220 kV entre ambos patios en la S/E Charrúa, se realizarán las pruebas de recepción, que corresponden a las actividades de inspección,

medición y aceptación de cada etapa de la obra, según se vayan finalizando los trabajos.

Finalmente, previc de 220 kV (ex-R

a la puesta en marcha de la ampliación del patio de 500 kV, la posición alco 2) y el cable de interconexión de 220 kV entre ambos patios, se procederá al retiro de todos los portales que se hubieren instalado para la faena y de los residuos generados en los trabajos, y la restitución de las condiciones básicas del terreno, en los sitios donde éste hubiere sufrido modificaciones.

Las actividades de mantenimiento, según la naturaleza de la acción que se desarrolla, pueden dividirse en los siguientes tipos:

  • Mantenim
  • Mantenim

ento Preventivo (MP); ento Correctivo Programado (MCP); y

  • Mantenim

Estas actividades; forman parte integ

ento Correctivo no Programado (MCNP).

de mantenimiento fueron descritos en detalle en la DIA del proyecto y rante de la resolución de calificación ambiental de este proyecto.

Etapa de Abandono del proyecto

Por la naturaleza de este proyecto como componente estratégico y fundamental del SIC, y por tener una vida útil superior a 60 años, no se considera etapa de abandono, por cuanto,

durante ese período,

tecnológicamente Sin perjuicio de lo

Desconexión de |

los equipos del nuevo patio pueden ser actualizados para así prolongar su vida útil, ocupando la misma superficie construida.

anterior, y en caso de abandono, se procederá de la siguiente manera:

neas y equipos: Se procederá a desenergizar las líneas conectadas a la

subestación y todos los equipos, tomándose todos los resguardos necesarios para la protección de las personas que participen en la actividad.

Desmantelamiento de los equipos y estructuras: Se desmontarán equipos y estructuras. Los equipos que puedan ser reutilizados serán embalados y guardados en almacenes de TRANSELEC S.A. y los que no, se dispondrán en un sitio autorizado para ello.

Eliminación de c demolidas en su restaurando las ci

bras civiles y restitución del terreno: Las obras civiles podrán ser totalidad o parcialmente, dejando en su lugar fundaciones profundas y ondiciones del terreno de forma similar a las originales.

Transporte y disposición de residuos: Se considerará la disposición final de los aceites dieléctricos provenientes de los equipos de medida y maniobra, de los residuos inertes y peligrosos, incluida la tierra contaminada por eventuales derrames a un sitio autorizado para cada tipo de residuo.

Aspectos Ambientales Aspectos Ambientales en Etapa de Construcción

A continuación se describen las principales emisiones y descargas producidas por el proyecto en etapa de Construcción:

Los es Emisiones atmosféricas

Las principales emisiones a la atmósfera del proyecto son de carácter temporal y corresponden al material particulado producto del movimiento de tierra producido por las obras de excavación y circulación de vehículos en el área de desarrollo del proyecto al interior -del predio de la S/E Charrúa. A lo anterior, se debe agregar los gases que se

generan en los motores de combustión de los camiones, maquinaria pesada y vehículos menores que serán usados durante la construcción.

La Tabla N*"4 muestra el resumen de las emisiones de material particulado respirable (MP10), monóxido de carbono (CO) óxidos de nitrógeno (NOx) e hidrocarburos/compuestos orgánicos volátiles (HC/COV), respectivamente, estimadas para la etapa de construcción del Proyecto.

Tabla N*4 Resumen de Emisiones - Etapa de Construcción. Emision

Actividad co NOx MP10 ¡HC/COV Escarpe - - 11 - Excavación - - 977 - Compactación - - 234 - Carga y Descarga de Material - - 105 - Tránsito de Vehículos por Caminos - - 2.302 - No Pavimentados Emisión por Combustión de| 4.968 | 14.031 | 679 1.142 Emisión por Combustión de 22 100 7 11 TOTAL (kg) 4.990 | 14.131 | 4.318 1.153 TOTAL (kg/día)* 10,8 30,7 9,3 2,5

*Considera una duración de la etapa de construcción de 23 meses.

De acuerdo con lo anterior, las emisiones de material particulado a la atmósfera producto de la construcción del Proyecto se estiman en aproximadamente 4,3 ton para toda esta etapa, con valores máximos diarios estimados en 9,3 kg/dia. Los antecedentes del cálculo de emisiones del proyecto se presentan en detalle en el Anexo N*1 de la DIA.

De modo de controlar las emisiones atmosféricas se adoptarán una serie de medidas operacionales, entre las que se destacan:

  • Humectación de los caminos de acceso no pavimentados a los frentes de trabajo, según las condiciones climáticas, por medio del uso de camiones aljibe a través de terceros (volumen indicado en Tabla N*3).

  • Control de la velocidad de desplazamiento vehicular, estableciendo un máximo de 50 km/h para los camiones cargados y camionetas, en los caminos no pavimentados.

  • El titular se compromete a exigir a sus contratistas el uso de maquinaria en buen estado. Además, todos los vehículos involucrados en el Proyecto tendrán su revisión técnica al día.

  • Los contratos de servicios durante la etapa de construcción especificarán un estándar de calidad de los equipos, de ese modo, se asegurará que los motores de los equipos de construcción serán inspeccionados regularmente y mantenidos de forma que se minimicen las emisiones de gases.

Efluentes Líquidos

En la instalación de faenas en la S/E Charrúa, se dispondrá de baños químicos en número de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente (DS 594/99 MINSAL).

Para la mantenci Autoridad Sanita autorización para

El abastecimient realizará a través de la SEREMI de de despacho del

consultadas por lá

Las aguas provel por una empresa

n de los baños químicos, se contratará a una empresa autorizada por la ia Regional, se exigirá la entrega de la resolución que acredite la funcionar y el contrato vigente del contratista con la empresa sanitaria.

o de agua potable, tanto para consumo, como para las duchas, se de dispensadores adquiridos a una empresa que cuente con autorización Salud para tales efectos. En terreno existirá un control a través de guías

abastecimiento de agua potable, las cuales estarán disponibles para ser autoridad para verificar el origen y retiro de las aguas.

ientes de las duchas serán acumuladas en estanques y luego retiradas que cuente con permiso de la Autoridad Sanitaria.

10

|

El retiro de los residuos generados por los baños químicos será realizado por una empresa que cuente con lautorización del SEREMI de Salud para realizar tal labor, quienes dispondrán los residuos retirados en la planta de tratamiento de aguas servidas de la ciudad de Los Ángeles o en otro lugar que esté debidamente autorizado por la autoridad sanitaria. Además, el titular informa que contará con un registro de las guías de despacho, las cuales estarán disponibles para ser consultadas por la autoridad para verificar el retiro adecuado de los mencionados residuos.

Residuos Sólidos

Excedentes de excavación |

El material proveniente del movimiento de tierra, será reutilizado en el relleno de las fundaciones, según se ajuste a los requerimientos técnicos, el material de excavación, que no sea utilizado como relleno, será dispuesto en sitios autorizados. Los excedentes de excavación provenientes de las fundaciones de las estructuras serán reutilizados en el mejoramiento del camino de acceso al área de desarrollo del proyecto y los provenientes de las excavaciones del nuevo patio 500kV de la S/E Charrúa serán dispuestos en sitios autorizados.

Residuos No Pe a E

Los residuos sólidos industriales no peligrosos, generados durante la etapa de construcción (cartones, maderas, escombros, pallets, puntas de fierros, gomas, etc.) serán acopiados temporalmente en la instalación de faena, en el patio de salvataje, para su comercialización o reciclaje, el remanente será transportado por una empresa autorizada y dispuesto de manera definitiva en sitio con permiso de la Autoridad Sanitaria.

]

Como parte de las estrategias de manejo de residuos que serán implementadas durante la construcción, se priorizará la reutilización de aquellos materiales que tengan algún valor comercial o puedan ser aprovechados por contratistas o subcontratistas (maderas, cartones, despuntes o excedentes metálicos, chatarra, etc.) Además, en los contratos de provisión al proyecto de bienes, partes o piezas, se privilegiará la devolución de los envases al proveedor.

La madera de empalaje cumplirá con las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N? 133/05 y N* 2. 859/07 del Servicio Agrícola y Ganadero, por lo que estarán libres de riesgo de Internación de plagas.

Se dispondrá de un sitio adecuado para el lavado de canoas de camiones mixer. Para ello se habilitará una piscina o foso de no más de 1 metro de profundidad, recubierta con un material impermeable donde se realizará el lavado de las canoas, concluidos los trabajos de hormigonado, los restos de hormigón, una vez evaporada el agua, serán picados y enviados a sitios autorizados por la autoridad sanitaria para su disposición final.

Residuos Sólidos Asimilables a Domiciliarios

Durante la construcción se generarán residuos domésticos consistentes en restos de comida, envases| y envoltorios, papeles, desechos de alimentos y artículos de aseo personal, etc. Estos residuos, serán retirados y acopiados de manera temporal en la instalación de faena en recipientes cerrados para posteriormente ser enviados a rellenos sanitarios autorizados. Todos los residuos domiciliarios generados en esta etapa serán dispuestos finalmente en sitio autorizado.

La cantidad de residuos sólidos domésticos generados durante la construcción será variable y dependerá principalmente del número de trabajadores presentes en la faena. Considerando que se proyecta una dotación máxima de 150 trabajadores día, durante ese período se generará aproximadamente 180 Kg/día (0,18 ton/día) de residuos domésticos (1,2 kg/trabajador/dfa).

Residuos Peligrosos | . , ¡ a , Los residuos industriales peligrosos que pueden ser generados durante la etapa de construcción del proyecto, corresponden principalmente a aceites y lubricantes usados, provenientes de lá limpieza y mantención de maquinaria y equipos de construcción.

En términos gene

11

rales el manejo de estos residuos considera la segregación en origen

entre los residuos peligrosos y los otros tipos de residuos. En esta etapa se considera el traslado de los residuos sólidos peligrosos a la Bodega de Almacenamiento Temporal

(BAT) ubicada en receptáculos por y

la instalación de faena de la S/E Charrúa, donde serán dispuestos en n tiempo máximo de almacenamiento temporal estimado en 6 meses.

La Tabla N*5 presenta una estimación del volumen de residuos sólidos que generará el Proyecto durante su fase de construcción.

Tabla N*5. Estimación del volumen de residuos sólidos generados por el Proyecto en la etapa de construcción.

Item

Cantidad

Mantención de maquinaria

Aceites y gr

asas

20 litros/mes

Filtros de aceites

5 unidades/mes

Huaipes 0,01 ton/mes Envases de aceites, grasas y lubricantes 4 unidades/mes Envases de repuestos 6 unidades/mes

Mantención de generadores

Aceites y filtros

7 litros/mes

Residuos domésticos

3,6 ton/mes

Residuos de construcción

Tambores v

acíos de aceite dieléctrico

680 unidades totales

Excedentes¡de excavación 1.500 m' totales Escombro, | despuntes de fierros, restos|0,2 ton/mes

de Maderas y embalajes

Latas y envases 0,3 ton totales Envases de pintura vacios 2 unidades/mes

Impermeabilizante y desmoldante

Envases plásticos vacios

6 unidades/mes

Elementos de protección personal Guantes en ¡desuso 200 unidades/mes Lentes en desuso 25 unidades/mes

Se generarán tambores vacíos de aceite dieléctrico los que serán almacenados en filas de

10 tambores de bi

ase y 4 en dirección vertical, la que tendrá como freno, placas de madera

enterradas al suelo. Este sector se impermeabilizará con polietileno de alta densidad y contará con pretiles de contención. Esta zona se encontrará delimitada por malla Dorman y

además estará de proyecto dispond disposición final s

'bidamente señalizada, de acuerdo a la Norma Chilena Nch 2190 of 93, El

rá de hoja de seguridad de este aceite en el lugar de trabajo. La erá encargada a una empresa autorizada.

El retiro de los residuos, hacia un sitio de disposición final autorizado, será realizado por una empresa que cuente con autorización del SEREMI de Salud para realizar tal labor. Además, se contará con un registro de las guías de despacho, las cuales estarán disponibles para ser consultadas por la autoridad para verificar el retiro adecuado de los mencionados residuos.

12

| Emisiones de Ruido

Durante la etapaide construcción, el ruido se producirá fundamentalmente debido a la maquinaria que se utilizará para las excavaciones y movimiento de tierra, que son típicas de estas faenas. De acuerdo con esto, y según la modelación de ruido presentada en el Anexo N*3 de la DIA, el proyecto cumple con la normativa vigente. El resumen de le evaluación en el teceptor sensible se presenta en la siguiente tabla, en donde el punto A corresponde al sector de viviendas más cercanas al proyecto y que se ubican aproximadamente, a 570 m al sur del área de desarrollo del proyecto, el cual es homologable a Zona !l del D.S. 146/97.

Tabla N*6 Evaluación Ruido Etapa de Construcción.

Punto | NPSeq (4BA) | Limite D.S.146/97 | Exceso de nivel ¿Cumple Diurno / Nocturno (dBA) norma? (dBA) A 41 60/50 0 si

Fuente: Anexo N? 3 de la DIA. — Estudio Acústico

El personal que eventualmente se encuentre trabajando en dicha área dispondrá de los

elementos de pro ocupacional al rui Reglamento sobre

Flora, Fauna y Si

Con el fin de ambiente, y en ba:

tección auditivo adecuados y se cumplirá con los límites de exposición do según lo indicado en el D.S. 594/99 del Ministerio de Salud (MINSAL), condiciones sanitarias y ambientales en los lugares de trabajo.

tios de Valor Cultural

evaluar el efecto del Proyecto sobre otros componentes del medio se a ello descartar la generación de efectos ambientales significativos, se

realizaron estudios específicos sobre los siguientes componentes: ¡

  • Flora y Vegetaci
  • Fauna
  • Patrimonio Cultu

A nivel general, € Esclerófilo, Sub-R formación vegetal

ón ral y Arqueología 2| área de estudio se localiza en la Región del Matorral y del Bosque

egión del Matorral y del Bosque Esclerófilo, especificamente en la del Bosque Esclerófilo de los Arenales (Gajardo, 1994).

El área de estudio corresponde a un sector altamente intervenido, donde se detectó una formación vegetacional muy baja a baja (10 — 50 cm) con una cobertura entre 1 y 10%, con las especies dominantes introducidas Vulpia bromoides y Trifolium arvense. l

En el área de estudio se registró un total de 19 especies, divididas en 13 familias y 16 géneros. Del total de especies registradas, 15 corresponden a entidades alóctonas (introducidas) mientras que 5 son entidades autóctonas. No se detectaron especies en categoría de conservación.

l

En el Anexo N%2 de la DIA se presenta el estudio biológico del área. Este concluye que, en el caso de la flora, la mayoría de las especies detectadas (15) corresponden a entidades exóticas, mientras que sólo 5 son entidades autóctonas. Ninguna de las especies autóctonas registradas se encuentra en categoría de conservación considerando la pequeña superficie que utilizará el proyecto producto de la ampliación de la S/E existente, lo intervenido del área y que no se detectaron especies de flora y fauna con problemas de conservación, se'|concluye el proyecto no generará impactos ambientales significativos sobre estos componentes.

En relación a la Fauna En relación a la Fauna

En relación a la fauna, se detectaron dos especies de las cuales una es nativa, la que corresponde a Liolaemus lemniscatus y no se encuentra en categoría de conservación.

3.7.2

Para el levantam señalado, donde

de ejemplares y m Para la evaluación de clasificación de

No se detectaron

13

iento de información de fauna, se realizó un descarte en el sector e registró la presencia de fauna terrestre. Se utilizó observación directa

étodos indirectos de detección, como presencia de madrigueras y fecas. del estado de conservación de la fauna se consultó los listados oficiales especies2 y el reglamento de la Ley de Caza 19.473/98.

especies de aves en el área de estudio, la cual correspondió al área

directa donde se ampliará la S/E. Respecto a los reptiles, se detectó una especie la cual corresponde a Liolaemus lemniscatus (lagartija lemniscata) la cual se encuentra clasificada como Fuera de Peligro según Reglamento de la Ley de Caza N” 19.473/98. Sólo de detectaron ejemplares juveniles. Para el caso de los mamiferos, se detectaron madrigueras de Oryctolagus cuniculus (conejo), la cual es un especie exótica. Por último no se

detectaron especies de anfibios debido a la falta de hábitat propicio para este taxa.

En relación al Patcmerio Cultural y Arqueología

El sector prospectado, ubicado dentro de las dependencias de la S/E Charrúa, en la comuna de Cabrero, presenta un alto grado de alteración antrópica, la que incluye usos forestales (como| plantaciones) e industriales (estacionamiento, taller, etc.) que han removido y extraido gran cantidad de suelo.

!

Se implementó uha prospección sistemática, intensiva, no aleatoria, de cobertura total, mediante transectos orientados de poniente a oriente, con intensidad de 15 m, cuyo resultado permitió descartar la existencia de algún sitio arqueológico o monumentos nacionales de los [señalados en la Ley de Monumentos. Sin embargo, de producirse algún

hallazgo arqueoló Consejo de Monu

gico durante el desarrollo de las obras del proyecto, debe darse aviso al mentos Nacionales dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 26

de la Ley de Monúmentos.

Aspectos Ambie.

ntales en Etapa de Operación

A continuación, se detallan las emisiones y descargas al medio ambiente, generadas en esta etapa del proyecto.

| Emisiones a la Atmósfera

Durante la etapa de Operación del proyecto se considera que las emisiones de contaminantes a la atmósfera son poco significativas, ya que sólo se producen producto del tránsito de vehículos y funcionamiento de maquinaria durante las actividades de mantención, las ¡cuales además se realizan con periodicidad (semestral, trimestral,

mensual).

Efluentes Líquid os

Durante las faen ls de inspección y mantención de la subestación se producirán residuos líquidos domésticos en la Sala de Control, del orden de 0,05 mé/mes. Estos residuos serán tratados adecuadamente mediante el sistema particular con que cuenta la S/E Charrúa aprobado mediante Resolución N” 1.980 del MINSAL, emitida el 30 de Diciembre de 2004. Respecto a los residuos líquidos provenientes del lavado y limpieza del aislamiento, estos

serán poco significativos, y serán tratados siguiendo los procedimientos actuales en la S/E

Charrúa para este

En el caso de los de aceite de los residuos genera correspondiente p,

tipo de efluentes.

fosos de separación agua-aceite, en caso de que se produzca derrame transformadores (eventos de muy baja probabilidad de ocurrencia) los os serán retirados por una empresa autorizada por la autoridad ara su disposición final.

Residuos sólidos

Durante la etapa de operación se generarán residuos domésticos y asimilables en una tasa máxima aproximada de 4,8 kg/día, por cuanto no se aumentara la mano de obra en forma significativa (4 personas) en relación a la que actualmente ejecuta sus labores en la S/E Charrúa, La generación de residuos sólidos industriales será puntual y en una cantidad poco significativa y estarán asociados a los trabajos de mantención realizados en la ampliación del patio de 500 kV, cuyo manejo se realizará de acuerdo a los estándares actuales de operación de la S/E Charrúa. l

14

Emisiones de Ruido

Durante esta etapa, el ruido se producirá fundamentalmente debido al funcionamiento del Banco de Autotransformadores del patio 500 kV, Respecto a las emisiones acústicas, la operación de los autotransformadores de la subestación producirá un nivel de ruido estimado sobre la| comunidad menor a 15 dBA, el que cumple con el límite establecido por la normativa vigente (los detalles se encuentran en el Anexo N93 de la DIA). El resumen de le evaluación en el receptor sensible se presenta en la siguiente tabla, en donde el punto A corresponde al sector de viviendas más cercanas al proyecto y que se ubican aproximadamente a 570 m al sur del área de desarrollo del proyecto, el cual es homologable a Zona Il del D.S. 146/97.

Tabla N*7 Evaluación etapa de operación.

Límite D.S.146/97 Diurno / Nocturno (dBA)

Exceso de nivel (ABA)

Punto | NPSeq (dBA) ¿Cumple norma?

A 27.6 60/50 0 Si

3.7.3

Fuente: Anexo N” 3 de la DIA— Estudio Acústico

Otros Aspectos Ambientales

En particular se requirió una Adenda con el titular para aclarar dos aspectos ambientales a saber:

Riesgos por posibles derrames e impacto sobre los cuerpos de agua subterráneos

Ante las inquietudes del comité técnico, el titular precisa que el único insumo que, eventualmente, pudiese generar algún riesgo sobre el componente hídrico es el almacenamiento del aceite dieléctrico, En efecto, el proyecto requiere aproximadamente 64.000 litros de aceite dieléctrico por cada transformador, es decir, un total de 256.000 litros para los 4| transformadores considerados en el proyecto. Durante la etapa de construcción del proyecto el aceite se acopiará temporalmente en tambores al interior de la Subestación, durante 6 meses en promedio, en un sitio especialmente habilitado para tales efectos. Se aclara que estos aceites no contienen bifenilos policlorados “PCBs”. Por su parte durante la etapa de operación del proyecto los aceites se ubicarán en el sector de los transformadores.

En el area del proyecto, de acuerdo a estudios de mecánica de suelos realizados para la elaboración de lal ingeniería básica del mismo, se indica que la profundidad de la napa freática varía a lo largo del año entre 1,0 y 2,0 metros de profundidad. En los suelos presentes en el área del proyecto se distingue un estrato del orden de los 30 cm de espesor formado por arenas limosas con abundante materia orgánica. Dada esta situación, el proyecto considera medidas de contención para evitar que los posibles derrames entren en contacto con dicha napa. Cabe destacar, que en el predio de la subestación eléctrica Charrúa no existen cuerpos de agua superficiales. Sólo es observable un canal de regadío que atraviesa el predio, el cual se encuentra en promedio a 300 metros de distancia del área de acopio temporal de aceites dieléctricos y el sector de los transformadores. Para

prevenir cualquier riesgo sobre el componente hídrico (napa freática por un eventual

derrame de acei

e de tipo dieléctrico) el titular adoptará las siguientes medidas: Los

tambores de aceite dieléctrico, durante la etapa de construcción, se acopiarán temporalmente sobre una base impermeabilizada, en una superficie estimada en 150 x 70 metros, con pretiles de contención ante potenciales derrames de material (Figura 1 de la

Adenda N*1), la acopiar dichos ac

cual se ubicará al costado poniente del nuevo patio de 500 kV. Para eites, se procederá de la siguiente manera:

  • Primeramente, se nivelará el terreno para prepararlo para los siguientes pasos.

  • Se dispondrá de una capa de arena de aproximadamente 10 centimetros de espesor.

  • Sobre la primera capa de arena se colocará un polietileno de alta densidad para impermeabilizar el sector.

  • Sobre dicho polietileno se pondrá otra capa de arena la que protegerá el polietileno de

posibles roturas y

a la vez absorberá un potencial derrame.

15

  • Para mayor seguridad ante un derrame, se pondrán pretiles de contención con una altura aproximada de 60|centímetros.

  • Sobre esta segunda capa de arena se dispondrán los tambores sobre pallets de madera. Éstos se utilizarán para permitir un correcto movimiento de los tambores y no dañar los pretiles de contención.

  • Los tambores se apilarán en dos (2) pisos sobre pallets de madera, en líneas de 2 pallets de ancho por 35 pallets de largo, con pasillos intermedios de 3,5 metros de ancho para la circulación de la grúa | horquilla.

  • Se contará con; ¡extintores multipropósito y con un equipo para contención de posibles derrames de aceite (carretilla, pala, balde, rastrillo, etc.).

  • El área de acopio temporal estará delimitada, con acceso restringido, con señalética para evitar que se realicen actividades que no tengan relación con el acopio de aceite dieléctrico.

Durante la operación del proyecto, este aceite estará en los transformadores, para lo cual se cuenta con un sistema de separación de agua-aceite en caso de derrame (eventos de baja probabilidad de ocurrencia). Dicho sistema se encargará de evitar que los posibles derrames no se iinfiltren ni entren en contacto con cuerpos de agua superficiales y/o subterráneos. El sistema consiste de una piscina de contención en las fundaciones de los transformadores y un foso recolector y separador de agua-aceite. El detalle de estos sistemas se encuentra en la Adenda N*%1 de la DIA. |

Además, en el área de transformadores se contará con muros cortafuegos para evitar que en caso de incendio, éste se propague a los transformadores adyacentes y una red húmeda para operar en caso de siniestro.

Se aclara que los derrames de aceite dieléctrico, tanto durante la etapa de construcción como durante la operación del Proyecto, son eventos de muy baja probabilidad. En todo caso, ante un eventual derrame, los residuos resultantes serán retirados por una empresa

debidamente autorizada por la Autoridad Sanitaria para tales efectos.

Con respecto a los campos electromagnéticos :

El proyecto de ampliación de la S/E Charrúa para habilitar la ampliación del patio de 500 kv, la posición de 220 kV (ex-Ralco 2) y el cable de interconexión de 220 kV entre ambos patios, considerando que se trata de un diseño convencional, el titular indica que se espera que todos los efectos electromagnéticos de baja frecuencia, de frecuencias audibles y de frecuencias de radio, estén dentro de los márgenes tolerables para el ser humano y calidad de recepción, de acuerdo a las recomendaciones internacionales. Lo anterior se presenta

detallado en el Anexo N? 7 de la DIA.

| El comité técnico recomendó al titular que proponga un plan de monitoreo, para la fase de operación del proyecto, para evaluar esta condición.

i

|

El titular acoge la solicitud de la autoridad e indica que realizará dos mediciones de los campos electromagnéticos; una medición en la puesta en servicio del presente proyecto y otra un año despliés de efectuada ésta o previo a la instalación de futuras ampliaciones. Los informes serán enviados a la autoridad sanitaria y al SEA de la VIII Región del Biobío.

La metodología específica de medición, los puntos de medición y las normas que servirán para comprar los resultados fueron presentados por el titular en un documento denominado “Metodología de, medición de campos electromagnéticos para el “Proyecto banco Autortransformador S/E charrúa 500/220 kV, 750 MVA”, ingresado en oficina de partes del SEA el día 24 de Junio. Este documento será parte integrante de esta resolución.

Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto " Banco Autotransformador S/E Charrúa 500/220 KV, 750 MVA" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto cumple con:

4.1

16

Normas de emisión y otras normas ambientales:

| 4.1.1. Normativa Ambiental de Carácter General Aplicable al Proyecto

Constitución Política de la República de 1980

El artículo 19 N*8

de la Constitución Política de la República de 1980, asegura a todas las

personas “el derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación” y consagra el deber

del Estado de vé

naturaleza,

elar para que éste no sea afectado y tutelar la preservación de la

Mediante la presentación de la DIA el Titular acredita el cumplimiento de normativa ambiental vigente en el país y, con ello, su consistencia con la garantía contenida en el

precepto constitu

cional. Por su parte, en el marco del procedimiento de calificación,

corresponde a los organismos del Estado con competencia ambiental evaluar y certificar tal

cumplimiento.

Ley N*19.300 sob

El artículo 8 de artículo 10 sólo | ambiental”. El art susceptibles de

re Bases Generales del Medio Ambiente

la LBGMA dispone que “Los proyectos o actividades señaladas en el podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto Ículo 10, por su parte, sanciona cuales son los proyectos o actividades ausar impacto ambiental, en cualquiera de sus fases, y que deben

someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental, entre ellos se encuentra el

siguiente tipo:

b) “Líneas de transmisión eléctrica de alío voltaje y sus subestaciones. Se entenderá por

líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23 kV)”.”.

El titular da cumplimiento a la normativa citada, mediante la presentación del Proyecto

individualizado a evaluación ambiental mediante una DIA.

Reglamento del Si

El Reglamento d coordinado y sist

stema de Evaluación de Impacto Ambiental

el Sistema de Evaluación Ambiental o "RSEIA”, cuyo texto refundido, ematizado fue fijado por el artículo 2% del Decreto Supremo 95/01 del

Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece las disposiciones por las

cuales se rige el que, al respecto, 32 especifican la

Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, precisando la normativa ontiene la LGBMA. Particularmente, los artículos 14, 15, 16, 29, 30, 31 y manera en que debe presentarse la DIA; su contenido obligatorio; los

documentos que deben ser acompañados y los principales aspectos relacionados con su

tramitación.

El titular da cum individualizado al

plimiento a la normativa citada, mediante la presentación del Proyecto |SEIA mediante una DIA que contiene las menciones y acompaña los

documentos necesarios para su evaluación.

4.1.2, Normativa Ambien

Emisiones a la a

tal de Carácter Específico Aplicable al Proyecto

mósfera

Decreto Supremo N* 144/61, Ministerio de Salud, Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier Naturaleza |

Materia Regulada: El Decreto Supremo N* 144/61 contiene un mandato general al señalar en su artículo 1 que “los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse|o eliminarse en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al vecindario”.

Fiscalización: Autoridad Sanitaria.

Forma de Cumplimiento: Durante la etapa de construcción del proyecto se generarán emisiones de material particulado respirable (MP10) con una magnitud máxima estimada de 9,3 kg/día. Estas tendrán su origen en los trabajos de movimiento de tierra para las fundaciones y en¡el tránsito de vehículos y camiones por caminos no pavimentados. Las

17

emisiones estimadas son temporales y poco significativas, tal cual se demuestra en el Anexo N*1 de la DIA.

En la etapa de operación no existirán emisiones, salvo el tránsito de vehículos para la inspección y mantención de la ampliación del patio de 500 kV, la posición de 220 kV (ex- Ralco 2) y el cable de interconexión de 220 kV entre ambos patios.

El titular cumple con señalar las medidas operacionales que implementará, entre otras, para el control de las emisiones:

  • Hurnectación de los caminos de acceso no pavimentados a los frentes de trabajo, según las condiciones climáticas, por medio del uso de camiones aljibe.

  • Control de la velocidad de desplazamiento vehicular, estableciendo un máximo de 50 km/h para los camiones cargados y camionetas, en los caminos no pavimentados.

  • El titular se compromete a exigir a sus contratistas el uso de maquinaria en buen estado. Además todos los vehículos involucrados en el proyecto tendrán su revisión técnica al día.

  • Los contratos de servicios durante la etapa de construcción especificarán un estándar de calidad de los equipos, de ese modo, se asegurará que los motores de los equipos de construcción serán inspeccionados regularmente y mantenidos de forma que se minimicen las emisiones de gases.

Decreto Supremo N*75/87, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece Condiciones para el Transporte de Cargas.

Materia Regulada: Este cuerpo legal señala que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. Además agrega que, en las zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire. :

Fiscalización: Carabineros de Chile, Inspectores Fiscales y Municipalidades.

Relación con el Proyecto: Durante la etapa de construcción será necesario transportar materiales de construcción y materiales inertes provenientes de excavaciones.

Forma de Cumplihiento; La carga de los materiales a que se refiere la norma se efectuará en camiones especialmente acondicionados y la carga será humedecida y la tolva debidamente cubierta.

1

Decreto Supremo N*594/99, Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Materia Regutada.: El reglamento citado, establece las condiciones sanitarias y ambientales básicas aplicables a los lugares de trabajo. En lo que se refiere a emisiones y calidad del aire los artículos 32 a 35 disponen que en los lugares de trabajo deban proporcionarse condiciones ambientales y de ventilación confortables, que no causen molestias o perjudiquen la salud de los trabajadores.

Fiscalización: Autoridad Sanitaria

Relación con el Proyecto: Durante la etapa de construcción del Proyecto se generarán emisiones de matgrial particulado respirable (MP10) con una magnitud de 9,3 kg/día. Estas tendrán su origen en los trabajos de movimiento de tierra para las fundaciones y en el tránsito de vehículos y camiones por caminos no pavimentados. Las emisiones estimadas son temporales y poco significativas tal cual se demuestra en el Anexo N? 1 de la DIA.

En la etapa de operación no existirán emisiones, salvo el tránsito de vehículos para la inspección y mantención de la línea.

Forma de Cumplimiento: En las etapas de construcción y de operación del proyecto, se cumplirá con las disposiciones indicadas, proporcionando a los trabajadores los implementos de seguridad necesarios y controlando las emisiones a la atmósfera de material particulado por medio de humectación y una adecuada ventilación.

Ruido

Decreto Suprem

Molestos Genera

Materia Regulada,

corregidos y los generados por ful

comerciales, recre

El artículo 4% del obtengan de la e

encuentre el rece

diferencian según ruidos.

En las áreas indu emisión de una f

18

o N* 146/97, MINSEGPRES, Establece Norma de Emisión de Ruidos dos por Fuentes Fijas.

La norma establece los niveles máximos permisibles de presión sonora riterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos entes fijas hacia la comunidad, tales como las actividades industriales, acionales, artísticas u otras.

decreto, fija los niveles máximos de presión sonora corregidos que se misión de la fuente fija emisora de ruido, medidos en el lugar donde se ptor. Los niveles de emisión sonora establecidos en este decreto, se la zona en que se encuentre el receptor y el horario en que se emitan los

striales, los niveles de presión sonora corregidos que se obtengan de la ente fija emisora de ruido, medidos en el lugar donde se encuentre el

receptor, no podrán exceder 70 dB (A) en horario diurno y nocturno.

Fiscalización: Autoridad Sanitaria

Forma de Cumplimiento: En la etapa de construcción no existirán fuentes fijas emisoras, sólo habrá emisiones puntuales en los frentes de trabajo, por la maquinaria que se utilizará para las excavaciones y movimiento de tierra, no obstante, el proyecto cumple con la normativa vigente, conforme la modelación de ruido presentada en el Anexo N*3 de la DIA.

En la etapa de operación, la ampliación del patio de 500 kV, la posición de 220 kV (ex- Ralco 2) y el cable de interconexión de 220 kV entre ambos patios de la S/E Charrúa generará emisiones de ruido las que alcanzan a los. 15 dBA para la comunidad vecina, cumpliendo con los límites establecidos por la normativa vigente en período diurno y nocturno. Los antecedentes de la estimación de emisión de ruido del proyecto se presentan en el Anexo N*3 de la DIA.

No se incluyen ottas normas relacionadas con ruido por carecer de alcance ambiental, en concepto de la A itoridad (Of. Ord. 91.885 de 29 de mayo de 2009 del Director Ejecutivo de CONAMA, “Aplicación en el SEÍA del Reglamento de Condiciones Sanitarias y Ambientales en Lugares de Trabajo”, numeral 3.12.2.)

Residuos Sólidos DFL. 725/67, Ministerio de Salud, Código Sanitario Materia Regulada: El artículo 80 establece que el Servicio de Salud debe autorizar la

instalación y funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.

Fiscalización: Aut:

Relación con el p

oridad Sanitaria

oyecto: Durante la construcción se generarán excedentes de excavación,

residuos sólidos i

de fierros, gomas, etc.),

ndustriales no peligrosos (cartones, maderas, escombros, pallets, puntas residuos sólidos peligrosos (aceites y lubricantes usados,

provenientes de la limpieza y mantención de maquinaria y equipos de construcción) en los montos indicados en la tabla N*5 de esta resolución, Del mismo modo, se generarán

residuos doméstit kg/día, considera

Durante la etapa máxima aproxima como se ha descr

Forma de Cumoli

cos que, en el período de máxima dotación, se han estimado en 180 do una tasa de generación de residuos de 1,2 kg/persona/dia.

de operación se generarán residuos domésticos y asimilables en una tasa da de 4,8 kg/día y residuos sólidos industriales de manera puntual, tal ito en numeral 3.2.4 de la DIA.

miento: Los excedentes de excavación provenientes de las fundaciones

de las estructuras serán reutilizados en el mejoramiento del camino de acceso al área de desarrollo del proyecto y los provenientes de las excavaciones de la ampliación del patio de 500 kV, la posición de 220 kV (ex-Ralco 2) y el cable de interconexión de 220 kV entre ambos patios de la S/E Charrúa serán dispuestos en sitios autorizados.

19

En ambas etapas, los residuos sólidos domésticos y sólidos industriales no peligrosos serán acopiados temporalmente para ser retirados, transportados y dispuestos en un sitio con autorización sanitaria por una empresa autorizada.

Los residuos peligrosos serán almacenados temporalmente en una Bodega de Almacenamiento Transitorio , dando cumplimiento a la normativa especifica establecida en el D.S. 148/03, Mipsal, Reglamento Sanitario de Residuos Peligrosos.

El aceite dieléctrico presenta una vida útil similar a la estimada para la subestación, por lo tanto, la etapa de | operación no considera la necesidad de disponer de estas sustancias en forma adicional a las ya consideradas en la construcción de la subestación. Asimismo, salvo un evento de falla en los transformadores, no se requerirá recargar o manipular los aceites dieléctricos durante la operación del proyecto, pues en una situación de operación

normal no habrá mermas o pérdidas.

Por otra parte se considera que durante los trabajos de mantención realizados en la ampliación del patio de 500 kV se realizará el manejo de acuerdo a los estándares actuales de operación de la S/E Charrúa.

l Decreto Supremo N* 594/99, Ministerio de Salud. Reglamento sobre Condiciones

Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo y sus Modificaciones.

Materia Regulada

Conforme al Artic residuos industria terceros, deberán Para obtener dich

alo 19, las empresas que realicen el tratamiento o disposición final de sus es fuera del predio, sea directamente o a través de la contratación de contar con autorización sanitaria, previo al inicio de tales actividades. a autorización, la empresa que produce los residuos industriales deberá

presentar los antecedentes que acrediten que tanto el transporte, el tratamiento, como la disposición final És realizada por personas o empresas debidamente autorizadas por el Servicio de Salud correspondiente.

Por su parte, el artículo 20 señala que en todos los casos, sea que el tratamiento y/o disposición final de los residuos industriales se realice fuera o dentro del predio industrial, la empresa, previó al inicio de tales actividades, deberá presentar a la autoridad sanitaria una declaración en que conste la cantidad y calidad de los residuos industriales que

genere, diferencia Fiscalización: Aut:

Relación con_el

ndo claramente los residuos industriales peligrosos. ridad Sanitaria.

Proyecto: Se generarán residuos industriales durante la etapa de

construcción, a U etapa de operació

na tasa aproximada de 0,18 ton/mes y, en casos puntuales, durante la

ES

Forma de Cumplimiento: El titular solicitará la autorización sanitaria a la que se refiere la

norma en análisis en su Anexo N'6, una Bodega de Al

Decreto Suprem Peligrosos.

Materia regulada: mínimas a que

tratamiento, reuso,

y efectuará la declaración que la norma exige. Además, adjunta a la DIA, la información relacionada con el Permiso Ambiental Sectorial N” 93 para macenamiento Temporal.

N* 148/03, Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario de Residuos Este Reglamento establece las condiciones sanitarias y de seguridad

ebe someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos

peligrosos.

Su artículo 4 dispone que los residuos peligrosos, deberán identificarse y etiquetarse de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la Norma Chilena Oficial NCh

2.190 of.93. Esta obligación será exigible desde que tales residuos se almacenen y hasta su eliminación.

De acuerdo al artículo 6, durante el manejo de los residuos peligrosos se deberán tomar todas las precauciones necesarias para prevenir su inflamación o reacción, entre ellas su separación y protección frente a cualquier fuente de riesgo capaz de provocar tales efectos, Además, durante las diferentes etapas del manejo de tales residuos, se deberán tomar todas las medidas necesarias para evitar derrames, descargas o emanaciones de sustancias peligrosas al medio ambiente.

20

Í Por su parte, el artículo 8 establece que los contenedores de residuos peligrosos deberán cumplir con los siguientes requisitos: - Tener un espesor adecuado y estar construidos con materiales que sean resistentes al residuo almacenado y a prueba de filtraciones, - Estar diseñados para ser capaces de resistir los esfuerzos producidos durante su manipulación, asl como durante la carga y descarga y el traslado de los residuos, garantizando en tedo momento que no serán derramados, - Estar en todo momento en buenas condiciones, debiéndose reemplazar todos aquellos contenedores que muestren deterioro de su capacidad de contención, - Estar rotulados indicando, en forma claramente visible, las características de peligrosidad del residuo contenido de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 93, el proceso en que se originó el residuo, el código de identificación y la fecha de su ubicación en el sitio de almacenamiento, | - Los contenedores sólo podrán ser movidos manualmente si su peso total incluido el contenido, no excede de 30 kilogramos. Si dicho peso fuere superior, se deberán mover con equipamiento mecánico, Sólo se podrán reutilizar contenedores cuando no se trate de residuos incompatibles, a menos que hayan sido previamente descontaminados.

Conforme al artículo 25, las instalaciones, establecimientos o actividades que anualmente den origen a más de 12 kilogramos de residuos tóxicos agudos o a más de 12 toneladas de residuos peligroses que presenten cualquier otra característica de peligrosidad deberán contar con un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos presentado ante la Autoridad Sanitaria. El Plan deberá ser diseñado por un profesional e incluirá todos los procedimientos técnicos y administrativos ¡necesarios para lograr que el manejo interno y la eliminación de los residuos se realice con el menor riesgo posible. Toda modificación del Plan deberá ser previamente presentada ante la Autoridad Sanitaria.

Eiscalización.: Autoridad Sanitaria

Relación con el proyecto : En la etapa de construcción se generarán residuos peligrosos, tales como aceites usados, filtros de aceites, guaipes y telas con restos de aceites y grasas, elementos de protección personal en desuso, envases de grasas y aceites, de acuerdo con los montos presentados en la tabla N*5 de esta resolución. Durante la etapa de operación, el proyecto generará residuos peligrosos de forma puntual.

Además, se generarán tambores vacios de aceite dieléctrico los que serán almacenados en filas de 10 tambores de base y 4 en dirección vertical, la que tendrá como freno, placas de madera enterradas al suelo. Este sector se impermeabilizará con polietileno de alta

densidad y contará con pretiles de contención. Esta zona se encontrará delimitada por malla Dorman y además estará debidamente señalizada, de acuerdo a la Norma Chilena Nch 2190 of 93. El Proyecto dispondrá de hoja de seguridad de este aceite en el lugar de

trabajo. La disposición final será encargada a una empresa debidamente autorizada.

Forma de Cumplimiento: Todos los residuos peligrosos serán manejados en conformidad a lo dispuesto por el D.S. N*148/03 MINSAL Sobre Manejo de Residuos Peligrosos. El Titular adoptará las siguientes medidas:

  • Identificará y etiquetará los residuos peligrosos de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la Norma Chilena Oficial NCh 2.190.
  • Adoptará todas las precauciones necesarias para prevenir su inflamación o reacción, así como cualquier derrame, descarga o emanación de sustancias peligrosas al medio ambiente, |
  • Los acopiará temporalmente en tambores identificados y señalizados para su retiro y disposición final por una empresa contratista con autorización sanitaria.

Durante la operación, cuando sea necesario el cambio del aceite dieléctrico, la labor será encargada a terceros contratistas que manejarán el aceite, lo almacenarán y dispondrán dando cumplimiento a las normas que rigen la materia.

D.S. N*78/09, Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas

Materia regulada: El reglamento establece las normas de seguridad del almacenamiento de sustancias peligrosas. Sus disposiciones rigen preferentemente sobre lo establecido en materia de almacenamiento en el D.S. 157/05 y en el D.S. 594/99 ambos del MINSAL.

21

Su art. 5 dispone que toda instalación de almacenamiento de sustancias peligrosas sobre 10 t de sustancias inflamables o 12 t de otras clases de sustancias peligrosas, deberán contar con autorización con Autorización Sanitaria de funcionamiento.

El artículo 10 dispone que pueden almacenarse sustancias peligrosas en instalaciones no destinadas al almacenamiento o que no constituyan bodega, cuando su cantidad total no sea superior a 600 Kg o L.

Fiscalización: Autoridad Sanitaria Relación con el proyecto: El proyecto utilizará aceite dieléctrico como aislante en los

autotranstormadores de la ampliación de! patio de 500 kV, la posición de 220 kV (ex-Ralco 2) y el cable de interconexión de 220 kV entre ambos patios de la S/E Charrúa.

Forma de Cumplimiento: Se utilizarán aproximadamente 64,000 litros de aceite dieléctrico (no contiene bifehilos policlorados “PCBs”) en cada uno de los 4 autotransformadores, 256.000 litros en total, En el Anexo N? 5 de la DIA se adjunta hoja de seguridad del mismo. El aceite se llevará a la obra en tambores de 200 litros, lo que implica que se deberán acopiar 1.280 tambores en la subestación Charrúa. Para tal efecto se definirá un sector dentro de la zona de instalación de faenas dedicado exclusivamente para el almacenamiento de los tambores llenos con aceite.

Los tambores de ¡aceite dieléctrico llenos, serán almacenados de forma horizontal sobre pallets de madera, dejando pasillos de seguridad y tránsito entre ellos. La sección VI del Informe Consolidado de la Evaluación Ambiental (ICE) describe este almacenamiento y medidas de control asociadas, todas detalladas y refrendadas por el titular en Adenda N*1 de la DIA.

Residuos Líquidos

DFL725/67, Ministerio de Salud, Código Sanitario

Materia regulada: El artículo 71 letra b) del Código Sanitario, establece que corresponde a la Autoridad Sanitaria aprobar los proyectos relativos a la construcción de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagúes, aguas servidas de cualquier naturaleza.

El artículo 73, por¡su parte, prohíbe la descarga de las aguas servidas a ríos o lagunas, en cualquier otra fuente o masa de agua que sirva para proporcionar agua potable a alguna población, para riego o balneario, sin que antes se proceda a su depuración en la forma que se señale en los reglamentos.

l

Fiscalización: Autoridad sanitaria

Relación con el proyecto: El proyecto deberá proveer de agua a los trabajadores durante las fases de constfucción y operación y de servicios higiénicos adecuados.

Forma de Cumplimiento: Durante la etapa de construcción, se instalarán baños químicos cuyos efluentes serán retirados por la empresa contratista autorizada y dispuestos finalmente por ella en lugares autorizados. Durante la etapa de operación los efluentes se utilizarán las instalaciones del Sistema de Alcantarillado particular autorizado para la S/E Charrúa. |

El retiro de los residuos generados por los baños químicos será realizado por una empresa que cuente con ¡autorización del SEREMI de Salud para realizar tal labor, quienes dispondrán los residuos retirados en la planta de tratamiento de aguas servidas de la ciudad de Los Ángeles o en otro lugar que esté debidamente autorizado por la autoridad sanitaria. Además, el titular informa que contará con un registro de las guías de despacho, las cuales estarán disponibles para ser consultadas por la autoridad para verificar el retiro adecuado de los mencionados residuos.

Decreto Supremo N*594/99, Ministerio de Salud, Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Materia Regulada: El artículo 12 establece que todo lugar de trabajo deberá contar, individual O colectivamente, con agua potable destinada al consumo humano y necesidades básicas de higiene y aseo personal. El artículo 13 establece la obligación de que cualesquiera sea el sistema de abastecimiento de agua potable, éste deberá cumplir

con los requisito:

22

s físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos establecidos en la

reglamentación vigente sobre la materia.

Por otra parte, el naturaleza no sea de alcantarillado, químico, cuyo n empleados en la f:

El transporte, hab finalizada sanitariamente el vectores, los mal

la fas

¡reglamento dispone que en aquellas faenas temporales en que por su | materialmente posible instalar servicios higiénicos conectados a una red el empleador deberá proveer como mínimo una letrina sanitaria o baño mero total se calculará como una proporción de los trabajadores aena.

litación y limpieza de éstos será responsabilidad del empleador. Una vez na temporal, el empleador será responsable de reacondicionar lugar que ocupaba la letrina o baño químico, evitando la proliferación de los olores, la contaminación ambiental y la ocurrencia de accidentes

causados por la instalación.

Fiscalización: Aut

Relación con el P;

ridad Sanitaria

royecto: Durante las etapas de construcción y operación será necesario

surtir las necesic empleados.

ades de agua potable y servicios higiénicos para los trabajadores

Forma de Cumplimiento: Durante la fase de construcción de la ampliación del patio de 500

kV, la posición de; patios de la S/E bidones sellados

El abastecimiento realizará a través de la SEREMI de

220 kV (ex-Ralco 2) y el cable de interconexión de 220 kV entre ambos Charrúa, el agua potable para los trabajadores se proporcionará en on dispensador los que serán ubicados cercanos a las áreas de trabajo.

de agua potable, tanto para consumo, como para las duchas, se de dispensadores adquiridos a una empresa que cuente con autorización Salud para tales efectos.

En terreno existirá un control a través de guías de despacho del abastecimiento de agua

potable, las cuale: el origen y retiro

El número de 150 permanente en la

Durante la operac a 4 personas, adi

por lo tanto, que mantener sus nive

Flora y Fauna

Decreto Suprem

s estarán disponibles para ser consultadas por la autoridad para verificar e las aguas.

trabajadores corresponde a un peak temporal y que no es una condición etapa de construcción del Proyecto.

ión, sólo será necesario atender las necesidades de las correspondiente ionales a las que actualmente trabajan en la “S/E Charrúa, estimándose, las instalaciones actuales podrán acoger la mano de obra adicional y les de funcionamiento actuales.

o N* 4,.363/1931 Ley de Bosques y D. L N” 701/1974, Ley sobre

Fomento Forestal, Ministerio de Agricultura.

Materia Regulada: El artículo 2% de la Ley de Bosques establece que los terrenos calificados de aptitud preferentemente forestal y los bosques naturales y artificiales,

quedan sujetos a

R.E. N” 133/2005 para el Ingreso d

os planes.

, Ministerio de Agricultura, Establece Regulaciones Cuarentenarias e Embalajes de Madera y sus modificaciones

Materia Regulada: El numeral 1) señala que los embalajes de madera utilizados para el transporte de cuglquier envío, procedentes del extranjero o en tránsito por el territorio nacional, incluida la madera de estiba de carga, deberán ser fabricados con madera descortezada y tratada en el país de origen de la madera con alguno de los tratamientos que se individualizan en la citada norma y señala la rotulación o “marcas” que deben exhibir,

El numeral 4) sanciona que, si el embalaje de madera no exhibe la marca exigida, o si en cualquier pieza de embalaje se detectan insectos vivos, signos de insectos vivos o de corteza, los inspectores del Servicio Agrícola y Ganadero deberán disponer su eliminación o tratamiento mediante una Orden de Tratamiento Cuarentenario, lo que será aplicado a la totalidad del envío.

23

Fiscalización: Servicio Agrícola y Ganadero

Relación con_el

Proyecto: Durante la etapa de construcción y operación el Proyecto

contempla la importación de maquinarias y suministros cuyo embalaje debe cumplir con las

normas citadas.

Forma de Cumpli

miento: El titular deberá dar cumplimiento a la normativa reglamentaria y

requerirá su cump se utilicen, extend del embalaje de 1 descrito en la norn

Patrimonio

Ley 17.288/192 modificada por L

Materia Regulada los denominados

Históricos, Públic

limiento por parte de las empresas importadoras de partes o piezas que iendo su cumplimiento a cualquier contratista, Se exigirá la certificación madera, haya sido sometido a alguno de los tratamientos fitosanitarios, nativa identificada.

, Ministerio de Educación, sobre Monumentos Nacionales, ey N” 20.021/2004 y el Reglamento DS 484/90, MINEDUC.

Define y entrega la tuición al Consejo de Monumentos Nacionales, de Monumentos Nacionales, y dentro de estos distingue los Monumentos os y Arqueológicos, zonas típicas o pintorescas y Santuarios de la

Naturaleza declarados como tales a proposición del Consejo.

En tanto, el artíqulo 21 señala que por el sólo ministerio de la ley son Monumentos Arqueológicos de propiedad del Estado, los lugares, ruinas, yacimientos y piezas antropoarqueológicas que existan sobre o bajo la superficie del territorio nacional, incluidas

las piezas paleont

El artículo 26 de | persona que en antropológico o a: de la Provincia, q hasta que el Cons

Por su parte, el objetos O espec antropológicas o p

Fiscalización: Con'

Relación con el E

ológicas.

a ley señala que, independientemente del objeto de la excavación, toda uentre ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, queológico, está obligada a denunciarlo inmediatamente al Gobernador vien ordenará que Carabineros se haga responsable de su vigilancia ejo se haga cargo de los hallazgos.

Reglamento de la Ley de Monumentos Nacionales, establece que los es procedentes de excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, aleontológicas, pertenecen al Estado.

sejo de Monumentos Nacionales.

royecto: El Titular realizará intervenciones en terreno y excavaciones,

propias de la construcción de la obra. |

Forma de Cumplimiento: En la prospección superficial realizada en el marco de este Proyecto, no se detectó la presencia de hallazgos arqueológicos, tal como lo señala el informe de caracterización adjunto en el Anexo N? 4 de la DIA.

Ante la eventualidad de un hallazgo durante la etapa de construcción se seguirá con el

procedimiento que

Transporte

Decreto Suprem pesos de Eje y Lí

Materia Regulada caminos, la Direc Decreto Supremo) carga podrán ciro carga indivisible a

, al efecto, establecen la ley y el Reglamento.

o N*158/ 81 del Ministerio de Obras Públicas, Establece límite de mites de Peso Bruto Total.

Con el objeto de evitar el deterioro prematuro del pavimento de calles y ión de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas por medio del presente , estableció los límites de peso máximo por ejes con que los vehículos de ular por los caminos del país. Asimismo, establece que para transportar on peso bruto superior a 45 toneladas debe solicitar permiso especial en

la Dirección de Vialidad.

Fiscalización; Car: del MOP.

abineros de Chile y los Inspectores Fiscales de la Dirección de Vialidad

Relación con el Pl

24

royecto: Durante su etapa de construcción, el Titular deberá efectuar el

transporte de part kV, la posición del patios.

Forma _de Cumpl

es y piezas necesarias para el armado de la ampliación del patio de 500 220 kV (ex-Ralco 2) y el cable de interconexión de 220 kV entre ambos

norma, se solicitar

miento; En caso que deban superarse los máximos admitidos por la á autorización a la Dirección de Vialidad.

Resolución N*1/95, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece

dimensiones Máx

Materia Regulada:

exceder de las d Dirección de Viali excedan las dim comunicada a Cal

a) Ancho máximo ; a.1) Buses 2,60 m

imas a Vehículos que indica.

Establece que los vehículos que circulen en la vía pública no podrán imensiones que indica, en cuanto al ancho, largo y alto máximo. La dad podrá autorizar, en casos calificados, la circulación de vehículos que ensiones establecidas como máximas, autorización que deberá ser abineros de Chile.

exterior, con o sin carga:

a.2) Todos los demás 2,50 m b) Alto máximo, cón o sin carga, desde el nivel del suelo 4,12 m c) Largo máximo considerado entre los extremos anterior y posterior del vehículo, según lo

Fiscalización: Car; del MOP.

indicado en la misma resolución.

abineros de Chile y los Inspectores Fiscales de la Dirección de Vialidad

Relación con el Proyecto: Durante su etapa de construcción, el Titular deberá efectuar el

transporte de parte

kV, la posición del patios.

Forma _de Cumpli

s y piezas necesarias para el armado de la ampliación del patio de 500 1220 kV (ex-Ralco 2) y el cable de interconexión de 220 kV entre ambos

miento: Los camiones a utilizar se ajustarán a las dimensiones límite

establecidas en 8 etapa de construc; se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad Regional.

| Decreto Suprem

sta Resolución. En el eventual caso de transporte de equipos para la ción, que por su tamaño, impliquen el exceso de las medidas señaladas,

o N*%298/84 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones,

Reglamenta Transporte de cargas peligrosas por calles y caminos (Modificado por Decreto 198/2000 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones)

Materia Regulada! Se regulan las normas y condiciones, así como los procedimientos para

el transporte de

carga, por calles y caminos, de sustancias o productos que por sus

características sean peligrosos o representen riesgos para la salud de las personas, para la

seguridad pública

utilicen en esta cla:

4? que los vehícul que los vehículos

lo el medio ambiente. En su artículo 3” dispone que los vehículos que se se de transporte deberán tener una antigúedad máxima de 15 años; el os deben portar los rótulos a que se refiere la NCH2190 Of. 93; su art. 5? lutilizados deberán estar dotados de tacógrafos y otro dispositivo eléctrico

análogo, entre otros y el art. 7* y siguiente establecen disposiciones sobre, carga, descarga y manipulación, entre otras normas de importancia.

Fiscalización: Min]

sterio de Transporte y Telecomunicaciones.

Relación con el Proyecto: El Titular deberá efectuar el transporte de residuos peligrosos,

como el aceite diel

Forma _de Cumpli

léctrico, para el desarrollo del proyecto.

miento: En el caso del transporte de residuos peligrosos, el Titular se

compromete a cu cargas peligrosas

implir las condiciones indicadas en el D.S. N” 298/98 de transporte de ¡por calles y caminos.

Decreto Fuerza de Ley N*850/97 del Ministerio de Obras Públicas, Refunde, coordina

Materia Regulada: públicos, como as

escombros y basu |

y sistematiza el texto de la Ley N? 15.840, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas.

En su artículo N* 36, prohíbe ocupar, cerrar, obstruir, ocupar caminos imismo extraer tierras, derramar aguas, depositar materiales, desmontes, ras en ellos y hasta una distancia de 20 metros.

25

Fiscalización: Dirección de Vialidad, Ministerio de Obras Públicas.

Relación con el Proyecto: Durante su etapa de construcción, el titular deberá efectuar el transporte de partes y piezas necesarias para el armado de la ampliación del patio de 500 kv, la posición de 220 kV (ex-Ralco 2) y el cable de interconexión de 220 kV entre ambos patios. |

Forma de Cumplimiento: No se obstruirán caminos, ni se depositarán materiales en ellos. Se adoptarán las medidas para que cualquier material que pueda escurrir y derramarse de los camiones esté debidamente asegurado.

| D.S. N” 75 de 1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece Condiciones para el Transporte de Carga.

Materia Regulada: El texto reglamentario señala en su artículo 2 que “Los vehículos que transporten desperdicios, arena, ripio, tierra u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse y caer al suelo, estarán construidos en forma que ello no ocurra por causa alguna”. Continúa señalando que “En las zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos de dimensiones adecuada u otro sistema que impida su dispersión al aire”. | Fiscalización: Carabineros de Chile, Inspectores Municipales e Inspectores fiscales.

Relación con el Proyecto: Durante su etapa de construcción, el Titular deberá efectuar el transporte de materiales de construcción necesarios para el armado de la ampliación del patio de 500 kV, la posición de 220 kV (ex-Ralco 2) y el cable de interconexión de 220 kV entre ambos patios.

Forma de Cumplimiento: El transporte de materiales de construcción o escombros se realizará en camiones con la carga cubierta por plásticos o lonas y debidamente

humedecidos. |

Ordenamiento territorial

Decreto Supremo N"47/92, Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).

Materia Regulada El inciso 1%, del artículo 2.1.29, de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, establece que el tipo de uso “infraestructura” se refiere a las edificaciones o instalaciones y a las redes o trazados destinados a, entre otros, a la “infraestructura energética”.

Los incisos 2” y 3” de dicha norma establecen que “Las redes de distribución, redes de comunicaciones y de servicios domiciliarios y en general los trazados de infraestructura se entenderán siempre admitidos y se sujetarán a las disposiciones que establezcan los organismos competentes.

El instrumento de planificación territorial deberá reconocer las fajas o zonas de protección determinadas por la normativa vigente y destinarlas a áreas verdes, vialidad o a los usos determinados por dicha normativa”. Para estos efectos se entiende por redes y trazados, “todos los componentes de conducción, distribución, traslado o evacuación, asociados a los elementos de infraestructura”, señala la citada norma.

Al respecto, la División de Desarrollo Urbano del MINVU, en su DDU N* 218, de 29.04.2009, ha señalado que tanto las subestaciones como los tendidos, torres y postes de una línea eléctrica constituyen parte de la red o trazado, motivo por el cual se entienden siempre admitidos y no requieren de la autorización de cambio de uso de suelo.

Fiscalización: SEREMI MINVU e Ilustre Municipalidad. Relación con el Proyecto: El Proyecto consiste en la S/E Charrúa de la ampliación del

patio de 500 kV, la posición de 220 kV (ex-Ralco 2) y el cable de interconexión de 220 kV entre ambos patios.

Forma de Cumplimiento: Por Resolución N? 04 de fecha 30 de Mayo de 2005, la Dirección de Obras Municipales de la llustre Municipalidad de Cabrero, ha aprobado la subdivisión

26

con cambio de uso de suelo del predio denominado “Subestación Charrúa”, rol comunal 1305-1 de la comuna de Cabrero.

Resolución N*%148/2009, Gobierno Regional de la Región del Biobío, Promulga Plan Regulador Comunal de Cabrero.

Materia Regulada: El Plan Regulador Comunal de Cabrero contiene las normas referentes al límite urbano, zonificación y usos de suelo, condiciones urbanísticas de subdivisión predial, urbanización y edificación y vialidad estructurante, que rigen dentro del área territorial urbana del Plan Regulador.

Fiscalización: SEREMI MINVU e ilustre Municipalidad.

Relación con el Proyecto: El Proyecto consiste en la S/E Charrúa de la ampliación del patio de 500 kV, la posición de 220 kV (ex-Ralco 2) y el cable de interconexión de 220 kV entre ambos patios y se desarrolla integramente al interior de los límites de la comuna de Cabrero y en áreas regidas por su Plan Regulador.

Forma de Cumplimiento: El proyecto se desarrolla en una zona definida como ZIE en el Plan Regulador Comunal y que se define como Zona de Infraestructura Energética, por tanto, el proyecto cumple con emplazarse en una zona apta para su naturaleza y cumplirá con las normar urbanísticas y de edificación para el uso de suelo ZIE según indica el artículo N 32 de la Resolución N 148/2009.

Combustible Líquidos

Decreto Supremo N” 160 de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte y Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos.

Materia Regulada: La norma citada establece los requisitos mínimos de seguridad que deben cumplir las instalaciones de combustibles líquidos derivados del petróleo y biocombustibles y las operaciones asociadas a la producción, refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento, así como las obligaciones de las personas naturales y jurídicas que intervengan en ellas. Señala la norma que los propietarios de esta clase de instalaciones son responsables de dar cumplimiento a la normativa manteniendo las instalaciones en buen estado y en condiciones de impedir o reducir cualquier filtración, emanación o residuo que pueda causar peligro, daños o molestias a las personas y/o cosas, cursos de ¡agua superficiales, subterráneas, lagos o mares; son responsables de que su diseño se ajuste a normas legales, reglamentarias y técnicas; deben velar por su correcto operación y mantenimiento; deben disponer de manuales que contengan procedimientos para efectuar la operación, mantenimiento e inspección de las instalaciones que deben formar parte del Programa o Manual de Seguridad de Combustibles Líquidos (MSCL) e informaf accidentes según establece su artículo 32, entro otros de importancia, Los artículos 298 y 299 establecen obligación de informar a la Superintendencia de Electricidad y Combustible previamente al inicio de la construcción de cualquier instalación de combustibles líquidos (CL), así como la de inscribir en el Registro de Inspección a cargo de ésta las instalaciones cuyo volumen total de almacenamiento sea igual o superior a 1.100 litros.

Fiscalización: Superintendencia de Electricidad y Combustibles

Relación con el proyecto: Durante la etapa de construcción del Proyecto se mantendrán en la instalación de faenas un máximo de 500 litros de combustible para alimentar la maquinaria asociada a los trabajos de construcción en caso de que sea necesario, ya que el abastecimiento principal será a través de terceros debidamente autorizados.

Forma de Cumplimiento: El titular velará por el cumplimiento de las normas técnicas y de seguridad en el abastecimiento de maquinaria en la etapa de construcción. El titular dará cumplimiento a las normas de diseño y operación de la instalación.

Resolución N* 610/1986, SEC (Ministerio de Economía) Materia Regulada; Prohíbe el uso de aceites con PCBs en transformadores.

Fiscalización: Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

4.2

27

Relación con el proyecto: El Proyecto contempla la utilización de transformadores.

Forma de Cumplimiento: El Proyecto solo utilizará aceitas minerales, dando cumplimiento a lo exigido por la normativa vigente.

Normativa sector eléctrico

D.F.L. Núm. 4/20. 018 /2007, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; Subsecretaria de Economía, Fomento y Construcción, Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Decreto con Fuerza de Ley N 1, Ley General de Servicios Eléctricos, y su Reglamento, el Decreto Supremo N 327 de 1997, publicado el Diario Oficial el 10 de Septiembre de 1998.

Materia Regulada; Establece el régimen de concesiones eléctricas, las servidumbres a que tienen derechos los concesionarios, entre otras materias de relevancia. Establece, asimismo, la obligación de informar a la autoridad con anticipación sobre la puesta en marcha del proyecto eléctrico.

Fiscalización: Superintendencia de Electricidad y Combustibles

Eorma de Cumplimiento: El titular acatará lo establecido en el texto legal y su reglamento. Resolución N* 610/1985, SEC (Ministerio de Economía)

Materia Regulada: Prohíbe el uso de aceites con PCBs en transformadores. Fiscalización: Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

Relación con el proyecto: El proyecto contempla la utilización de transformadores.

Forma de Cumplimiento: El proyecto solo utilizará aceitas minerales, dando cumplimiento a

lo exigido por la ni Permisos ambien

El Artículo N* 65

impacto Ambiental,

ambiental, que de del Estado, respe otorgados a travé

Efectuada la revi;

rmativa vigente. tales sectoriales:

Título VII, Párrafo 1, del Reglamento del Sistema de Evaluación de indica que “Todos los permisos o pronunciamientos de carácter acuerdo con la legislación vigente deban o puedan emitir los organismos cto de proyectos o actividades sometidos al sistema de evaluación, serán de dicho sistema, de acuerdo a las normas de la Ley y de este Título”.

sión de los permisos ambientales sectoriales (PAS) indicados en el

Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental RSEIA (artículos 68 a 106)

se concluye que

el proyecto “Banco Autotransformador S/E Charrúa 500/220 KV, 750

MVA" requiere obtener el PAS descrito en el Artículo N*93 del Reglamento del SEA. Permiso para | la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta — de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase a que se refieren los artículos 79 y 80 gel D.F.L. 725/67, Código Sanitario.

El proyecto contempla la habilitación de un patio de salvataje para el almacenamiento temporal de los residuos industriales no peligrosos y una bodega de almacenamiento transitoria (BAT) para el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos, ambos en las instalaciones de faena de la S/E Charrúa. Por lo anterior, se consideró la presentación de los antecedentes para solicitar y obtener el Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 93. Los antecedentes fueron presentados en el Anexo N6 de la DIA. La Autoridad Sanitaria, según ORD. N 2015 del 21 de Junio de 2011, otorga pronunciamiento conforme al proyecto.

Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N” 19.300, atendidas las características, naturaleza y localización del proyecto y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Banco Autotransformador S/E Charrúa 500/220 KV, 750 MVA" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

10.

11.

12.

13.

28

Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

Que, para que el proyecto "Banco Autotransformador S/E Charrúa 500/220 KV, 750 MVA" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

Que, el titular del ¡proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío, la individualización de cambios de titularidad, representación legal y/o domicilio.

Que el titular del proyecto deberá informar por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío, de manera oportuna y previo a su ejecución, el inicio de las obras y/o actividades ¡de cada una de las etapas asociadas al proyecto "Banco Autotransformador S/E Charrúa 500/220 KV, 750 MVA".

Que el titular del proyecto deberá remitir al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío, en un plazo no mayor a diez días hábiles contados desde su emisión, una copia de los permisos, autorizaciones o pronunciamientos sectoriales otorgados o emitidos por los órganos de la Administración del Estado competentes, relativos al proyecto “Banco Autotransformador S/E Charrúa 500/220 KV, 750 MVA".

Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío ;

RESUELVE:

1.

CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto “Banco Autotransformador S/E Charrúa 500/220 KV, 750:MVA", presentado por el Señor Alexandros Semertzakis Pandolfi, en representación deiTRANSELEC S.A. R.U.T. 76.555.400-4.

CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Banco Autotransformador S/E Charrúa 500/220 KV, 750 MVA" cumple con la normativa de carácter ambiental y que no requiere de un ElA.

Hacer presente que la presente Resolución no exime a TRANSELEC S,.A., o quien le suceda legalmente en sus derechos, de la obligación de solicitar las autorizaciones o permisos ambientales que, de acuerdo con la legislación vigente, deben emitir los organismos del Estado competentes, previo a la ejecución del proyecto, debiendo remitir copia de ellos al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío una vez obtenidos.

Hacer presente que una vez emitida esta Resolución, ningún organismo podrá negar las autorizaciones de su competencia aduciendo razones ambientales, como tampoco incluir exigencias adicionales de carácter ambiental a lo ya resuelto por esta Comisión, como requisito de aprobación.

  1. Hacer presente reclamación ante

29

que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para

interponer este recurso es de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo

anterior, sin perju oportuna.

* 2) VLOF/BRA; 2

Distribución:

  • Gobierno Regional, Región del
  • Corporación Nacional Forestal,

icio de que el titular pueda ejercer cualquier otra acción legal que estime

'obos del Fierro Intendente

ón de Evaluación Ambiental ¡ón del Biobío

AJA olivar Ruiz Adaros ignal' del Service ¡ón Ambiental

Comisión de Evaluación Ambiental Región del Biobío

  • Titular del proyecto " Banco Autotransformador S/E Charrúa 500/220 KV, 750 MVA "
  • lustre Municipalidad de Cabrero

Biobío ¡Región del Biobío

  • Dirección Regional SEC, Región det Biobío
  • Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío

  • Dirección Regional de Vialidad

  • Dirección Regional del SAG, Re

| Región del Biobío

egión del Biobío

  • SEREMI de Agricultura, Región del Biobío
  • SEREMI de Energía, Región del Biobío

  • SEREMI de Salud, Región del

Biobío

  • SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región del Biobío
  • SEREMI de Vivienda y Urbanisino, Región del Biobío
  • Consejo de Monumentos Nacionales

Cie:

  • Expediente del Proyecto " Banco Autotranstormador S/E Charrúa 500/220 KV, 750 MVA "

  • Archivo Servicio de Evaluación

¡Ambiental, Región del Biobío.

  • Miembros Comisión de Evaluación Ambiental, Región del Biobío