Evaluación SEA

Modificacion al Manejo de Mortalidad Mediante Sistema de Ensilaje en Piscicultura San Patricio

Rol 5475244
SEA · DIA · Aprobado · 2011-03-25 · Región de La Araucanía · COMPAÑIA SALMONIFERA DALCAHUE LIMITADA

REPÚBLICA DE CHILE. COMISIÓN DE EVALUACIÓN ¡X REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

Califica Ambientalmente el proyecto "Modificacion al Manejo de Mortalidad Mediante Sistema de Ensilaje en Piscicultura San Patricio "

Resolución Exenta N* 105

Temuco, 12 de Julio de 2011

VISTOS:

  1. Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley N 20.417, el D.S. N 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, la Ley 19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N 1600 de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N* 55/92, ambas de la Contraloría General de la República; y las demás normas aplicables al proyecto.

  2. Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto “Piscicultura San Patricio”, presentada por el Sr. Patricio Eduardo Pérez Kramer y calificada favorablemente por Resolución Exenta N* 221/2005.

  3. Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Aumento Producción Piscicultura de San Patricio, Vilcún, IX Región”, presentada por el Sr. Patricio Eduardo Pérez Kramer y calificada favorablemente por Resolución Exenta N* 158/2008.

  4. La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto "Modificación a! Manejo de Mortalidad mediante Sistema de Ensilaje Piscicultura San Patricio”, presentada por el Señor Mauricio Navarro Prats, en representación de Compañía Salmonífera Dalcahue Limitada, con fecha 25 de Marzo de 2011.

  5. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

5.1. Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental.

Declaración de impacto ambiental (DIA) Por COMPAÑIA SALMONIFERA DALCAHUE LIMITADA, con fecha 25/03/2011

Test de admisión Por Servicio Evaluación Ambiental, Región de La Araucanía, con fecha 25/03/2011

Oficio solicitud de evaluación DIA N* 99 Por Servicio Evaluación Ambiental, Región de La Araucanía, con fecha 25/03/2011

Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la DIA (ICSARA) N* 20 Por Servicio Evaluación Ambiental, Región de La Araucanía, con fecha 25/04/2011

Adenda N' 1 Por COMPAÑIA SALMONIFERA DALCAHUE LIMITADA, con fecha 19/05/2011

Solicitud de evaluación de adenda N* 162 Por Servicio Evaluación Ambiental, Región de La Araucanía, con fecha 20/05/2011

5.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.

Oficio N 286 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 15/04/2011; Oficio N 470050511 sobre la DIA, por Dirección Regional de Pesca, Región de La Araucanía, con fecha 18/04/2011; Oficio N” 369 sobre la DÍA, por Subdirección Nacional Temuco CONADI, con fecha 18/04/2011; Oficio N 863 sobre la DIA, por Subsecretaría de Pesca, con fecha 18/04/2011; Oficio N A24-653 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Novena Región de La Araucanía, con fecha 19/04/2011: Oficio N 955 sobre la DIA, por Gobiemo Regional, Región de La Araucanía, con fecha 25/04/2011; Oficio N 416 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 31/05/2011; Oficio N 470072311 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Pesca, Región de La Araucanía, con fecha 02/06/2011.

5.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor.

En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Modificación al Manejo de Mortalidad Mediante Sistema de Ensilaje en Piscicultura San Patricio", han sido invitados a participar, coordinados por la Servicio Evaluación Ambiental,

,

Región de La Araucanía, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental:

Dirección Regional de Pesca, Región de La Araucanía Gobierno Regional, Reglón de La Araucanía

Ilustre Municipalidad de Vilcún

SEREMI de Salud, Novena Región de La Araucanía Subdirección Nacional Temuco CONADI Subsecretaría de Pesca

Superintendencia de Servicios Sanitarios

5.4. Reunión de Comité Técnico de Evaluación

2.4.1. La Circular N” 19 de fecha 9 de junio de 2011 de la Secretaria Regional del Medio Ambiente en su calidad de Presidenta de dicho Comité Técnico que convoca a reunión de trabajo.

2.4.2. El Acta de fecha 14 de junio de 2011 que reúne el Comité Técnico de la Región de La Araucanía, en su Sesión N” 8, con el objeto de revisar los antecedentes técnicos de la evaluación del proyecto "Modificación al Manejo de Mortalidad Mediante Sistema de Ensilaje en Piscicultura San Patricio".

  1. El Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto "Modificación al Manejo de Mortalidad Mediante Sistema de Ensilaje en Piscicultura San Patricio", de fecha 15 de junio de 2011.

  2. La sesión de la Comisión de Evaluación de Proyectos, Región de La Araucanía, de fecha 12 de julio de 2011.

  3. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto

Ambiental del proyecto "Modificación al Manejo de Mortalidad Mediante Sistema de Ensilaje en Piscicultura San Patricio", en especial el correspondiente I¡CSARA, Adenda e Informe Consolidado de la Evaluación.

CONSIDERANDO:

  1. Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al

proyecto “Modificación al Manejo de Mortalidad Mediante Sistema de Ensilaje en Piscicultura San Patricio".

  1. Que, el derecho de la Compañía Salmonífera Dalcahue Limitada a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración

del Estado.

  1. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Modificación al Manejo de Mortalidad Mediante Sistema de Ensilaje en Piscicultura San Patricio”, consiste en:

3.1. Descripción del proyecto

El proyecto corresponde a la implementación de un sistema de ensilaje de la mortalidad, que consiste básicamente en el triturado de ésta y posterior aplicación de ácido fórmico, para generar una pasta estable y luego ser almacenada en un estanque acumulador o “Silo”, reemplazando, de esta forma, el actual manejo realizado a la mortalidad, la cual se acopia en bins de 1.000 litros de capacidad para su posterior traslado a lugares autorizados.

El proyecto de ensilaje se enmarca dentro de los nuevos requerimientos legales y técnicos que SERNAPESCA ha incorporado a las pisciculturas para evitar la propagación de patógenos y virus que puedan afectar a otros centros de cultivo.

Se plantea una vida útil indefinida, acorde con la operación del centro de cultivo.

3.2. Localización

El proyecto se ejecutará en la Región de La Araucanía, provincia de Cautín, en la localidad de 21 de Mayo, San Patricio de la comuna de Vilcún, específicamente al interior del predio donde actualmente se encuentra operando la Piscicultura San Patricio, proyecto calificado favorablemente por la COREMA Región de La Araucanía, mediante Resolución Exenta N” 158/2008.

En relación con el acceso al proyecto, se accede por el camino La Trinchera, que une la localidad de San Patricio con el Sector 21 de Mayo. La distancia al predio es de 4,5 km. desde San Patricio hacia dicho sector, en dirección Norte.

La instalación del sistema de ensilaje se ubicará dentro de la propiedad de la piscicultura, en el sitio donde actualmente se almacena la mortalidad mediante bins y cuyas coordenadas geográficas son:

Latitud Longitud 38% 38'07” 72% 05'28”

Carta ¡GM Vilcún 3830-7200. DPS 1958

3.3. Proyección mensual de mortalidad, aditivo y antioxidante

La cantidad de mortalidad mensual estimada, así como la cantidad de ácido fórmico ha adicionar, se indica en la siguiente tabla:

Mes Biomasa (kg) Acido Fórmico (L) Enero 56,81 1,57 Febrero 106,13 29 Marzo 178,67 4,9 Abril 267,22 7,4 Mayo 357,22 9,9 Junio 445,06 12,3 Julio 537,56 14,9 Agosto 637,61 17,7 Septiembre 761,73 21,1 Octubre 877,5 24,3 Noviembre 11,47 0,3 Diciembre 23.16 0,6 Total 4.260 118

3.4. Etapas de! sistema de ensilaje 3.4.1. Extracción y transporte de la mortalidad a la unidad de ensilaje

La extracción de la mortalidad se hará en forma diaria. Los procedimientos de extracción desarrollados en la piscicultura establecen que, en el sector de estanques, se conectarán los coladores a tubos de PVC hidráulico de modo de poder acceder hasta el centro del estanque. Posteriormente, se acopiarán temporalmente en baldes impermeables y cerrados de 20 litros. Cada estanque posee un set de extracción de mortalidad y desinfección de modo de no mezclar los utensilios ni la mortalidad en

el sector.

Una vez extraídos los peces muertos, éstos deben ser examinados por el médico veterinario del recinto y en un lugar habilitado, con el objeto de minimizar el riesgo de transmisión de enfermedades y de diseminación de agentes patógenos al medio. Esto se

realizará en una sala habilitada para ello.

3.4.2. Proceso de triturado

La mortalidad extraída de los estanques es ingresada al triturador por medio de una escotilla de carga, que la conducirá hasta un picador rotatorio eléctrico el que molerá la materia prima y generará una pulpa. Este equipo contará con un sistema para la inyección de ácidos preservantes, en este caso, ácido fórmico.

3.4.3. Aplicación de ácido fórmico

Se incorporará ácido fórmico al 75% u 80% a través de una bomba manual, correspondiendo a 3,6 6 2,5 litros de ácido por cada 100 kilos de mortalidad, el cual tiene por objeto acidificar la mezcla hasta que ésta alcance un pH inferior a 4, de tal forma de neutralizar virus, bacterias y otros elementos figurados, prolongando la vida útil del producto.

3.4.4. Homogenización de la mezcla

Una vez que el producto ha sido triturado y se le ha incorporado el ácido fórmico, se procederá a homogenizar la mezcla vía la rotación de ésta por intermedio de unas paletas agitadoras que posee el estanque en el cual se encuentra montado el triturador.

3.4.5. Estanque de almacenamiento

Cunado sea necesario, se procederá a bombear la mezcla desde el triturador al estanque de almacenamiento o silo de 2 m? de capacidad.

Para evitar la decantación y estratificación del ensilado dentro del estanque de almacenamiento, ésta contará con un sistema de agitación, mantenido de esta forma una pasta homogénea y con un pH inferior a 4.

3.4.6. Control de pH

Para neutralizar virus y bacterias, y mantener en un estado de conservación del producto, se requiere la incorporación de ácido fórmico para disminuir el pH a niveles menores a 4, el que se debe mantener durante la permanencia del producto en el estanque de almacenamiento y durante su transporte hasta la planta reductora. Como una forma de asegurar que el pH se mantiene en los niveles requeridos, diariamente se medirá con un instrumento automático y se registrará en planillas de control.

3.4.7. Retiro y transporte del ensilaje desde el estanque de almacenamiento

El retiro del ensilaje se realizará por una empresa externa especializada en el manejo, gestión y disposición final de este tipo de sustancias, tales como RILESUR, u otra empresa afín, las que luego de efectuar la faena emitirán un certificado que acredite tal acción a través del formulario S-18 Transporte y Disposición Fuera del Predio Industrial, de la SEREM! de Salud.

De acuerdo a la biomasa de mortalidad producida y considerando que el estanque triturador tiene una capacidad de 700 1, se puede establecer que la frecuencia de retiro podrá ser como mínimo una vez al mes y como máximo dos veces al mes de

acuerdo programa de producción. Esta frecuencia podría variar en el caso eventual que se produjeran mortalidades inesperadas donde jugará un papel predominante el estanque de respaldo de 2000 litros, el cual será evacuado en el mismo instante que se complete su capacidad.

En relación a la extracción del residuo propiamente tal, se llevará a cabo a través del “ducto de drenaje” del triturador de la Planta de Ensilaje o por succión desde el interior del estanque de almacenamiento, en caso que corresponda. En cualquier situación, el ensilado se retirará mediante un sistema de bombeo hermético de tal forma de evitar derrames del producto y eliminación de olores molestos.

Respecto al transporte, y en caso de períodos de baja producción, se utilizará el vehículo de la empresa Kia Frontier, el cual se encuentra enrolado para tal efecto, mediante Certificado de Enrolamiento de fecha 16 de octubre de 2010 de la SEREMI de Salud. El residuo de ensilaje será llevado en el vehículo directamente a la planta de reconversión de RILESUR el cual emitirá su certificado de disposición respectivo individualizando al vehículo de transporte.

Los envases utilizados para el transporte de ensilaje en el KIA Frontier son BINS isotérmicos y de estructura monoblock fabricados 100% de polietileno linean de alto impacto y densidad media a baja. Sus dimensiones son: 1,2 m de largo; 1,050 m de ancho y 1,150 m de alto. Su peso es de 100 kg con tapa. Los BINS son 100% sanitizados, impermeables y reciclables. La

capacidad de carga del BINS son 700 kg. El procedimiento de carga del ensilaje hacia el Bins es el siguiente:

  • Estacionamiento del vehículo en el sector de carga

  • Ubicación del BIN en la parte delantera de la carrocería.

  • Fijación del BIN con perlón de 8 mm

  • instalación de sello de seguridad

  • instalación de cubierta de polietileno de 0,45 mm en la superficie interna del BIN

  • Introducir la manguera de impulsión del ensilaje dentro del bin manteniéndola sujeta hasta que termine la expulsión de la pasta.

  • Poner cubierta del BIN

  • Fijación de la cubierta del BIN con alambre de 6 mm

Los envases (BINS) serán lavados y desinfectados en la misma planta de RILESUR, la cual posee instalaciones especialmente habilitados para tal efecto.

3.5. Instalaciones del sistema de ensilaje

La Planta de Ensilaje se instalará en una losa de cemento de 20 cm de espesor y 13 m? útiles de superficie (3,6 x 3,6 m), con pretil perimetral de 30 cm de alto y un volumen útil de contención de derrames de 3,8 m?. Contará cierre perimetral y techumbre en toda su área y con conexión al sistema de agua potable para su limpieza y desinfección.

Las características principales de la infraestructura a utilizar en el sistema, se indican en el siguiente cuadro:

Descripción Especificación Estanque de trituración Capacidad 700 L, de acero inoxidable y bomba 5,5 KW Estanque de acopio Capacidad 2.000 litros. Material de HDPE de 10 mm de espesor Estanque ácido fórmico Bidón 60 litros de capacidad

El sitio donde se emplazará el Sistema de Ensilaje cuenta con las siguientes características:

  • Piso sólido, lavable e impermeable, no poroso, estanco

  • Acceso restringido del personal

  • Pediluvio para desinfección en la entrada del sitio

  • Maniluvios con alcohol gel para los operadores de la planta

  • Las vías de ingreso, tránsito y evacuación estarán siempre despejadas, sin obstrucciones

  • Posee un sistema de evacuación hacia el sistema de tratamiento de RiLes

  • Se encuentra lejos de las unidades de cultivo.

  • Los equipos eléctricos, de iluminación y ventilación, que deba tener la instalación, serán resistentes a la corrosión.

  • Se dispondrá de agua potable para lavado.

  • Existirán procedimientos de operación en el interior del sitio del sistema de ensilaje, escrito y disponible para todo el personal

de operación. - El personal que opera este sistema será debidamente capacitado.

3.6. Limpieza y desinfección del sistema,

La limpieza de los equipos y circuitos de ensilaje se realizará al final de cada ciclo productivo o cuando se programe el retiro del ensilado y después de haber retirado todo el material ensilado.

Para la actividad de limpieza se efectuará un raspado en seco utilizando una espátula para remover ensilado adherido a las paredes internas de los estanques, y una limpieza con ácido fórmico (líquido). Todo el material removido quedará como base para la siguiente carga de mortalidad que ingrese al sistema por lo cual no se producirán RlLes por esta actividad.

Los desinfectantes usados en la Planta de Ensilaje se muestran en la siguiente tabla:

Nombre comercial Duplalim Alchol Gel Laboratorio Veterquímica Veterquímica Principio activo Amonio cuaternario aldehído glutárico

Espectro de acción Amplio Amplio Concentración 22% 2,8%

Dosis 1:300 1:100 Tiempo de uso 20 minutos 20 minutos Administración Pediluvio Maniluvios Cantidad Anual 66 litros 60 litros

Para garantizar una adecuada higiene interna dentro de la piscicultura, se utiliza maniluvios y pediluvios para ingresar y salir de cada una de las áreas delimitadas. El producto utilizado en los maniluvios es alcohol gel el cual se utiliza en dosificadores que se instalarán en distintas posiciones dentro de la piscicultura. Este producto no deja residuos y para el caso puntual de nuestra empresa, es adquirido en la empresa ECOLAB S.A. teniendo como nombre comercia! “ENDURE 300”.

Para los pediluvios se utiliza un producto cuyo nombre cómercial es DUPLALIM (mezcla de amonios cuaternarios y aldehído glutámico), el cual después de ser utilizado es neutralizado con un producto inactivador, el cual no deja residuo alguno,

Mensualmente se utilizan 5 litros de alcohol Gel y 5,5 litros de Duplalim. Se destaca el hecho de que la cantidad de productos utilizados en maniluvios y pediluvios se mantiene constante en el tiempo sin verse afectado por las variaciones en los volúmenes de biomasa presentes en Un determinado momento.

Los residuos líquidos generados en los procesos de limpieza externa y desinfección de los equipos, así como los residuos de los pediluvios inactivados, serán trasportados mediante una tubería de PVC de 32 mm de diámetro y aproximadamente 81 m de longitud, al sistema de tratamiento de RiLes de la piscicultura, en Un punto previo al ingreso por el filtro rotatorio.

3.7. Almacenamiento de Acido Fórmico

Dada la pequeña cantidad anual de ácido fórmico que se utilizara (118 litros anuales), se mantendrá un bidón de 60 litros en el interior de la planta de ensilaje y otro bidón de 60 litros en la bodega de químicos de la piscicultura.

3.8. Instalaciones para el suministro eléctrico

La piscicultura cuenta con un Grupo Electrógeno Marca LUREYE, Modelo J130K, de 120 KVA, destinado para respaldo del sistema eléctrico, el que será utilizado solo en situaciones de emergencia dadas por cortes de energía del sistema público. La infraestructura del grupo electrógeno corresponde a una instalación ya existente y operativa, que fue evaluada en la DIA con RCA N* 158/2008.

Las declaraciones de emisiones del grupo electrógeno serán declaradas anualmente conforme lo estipula el D.S. N* 138/2005 del MINSAL.

3.9. Agua potable y alcantarillado

Para la dotación de agua potable y alcantarillando, se utilizarán los sistemas existentes en el centro, lo cuales se encuentran en etapa de aprobación de la SEREMI de Salud.

3.10. Medidas seguridad personal

El personal que operará el sistema de ensilaje contará con equipos de seguridad consistente en:

  • Antiparras

  • Mascarilla con filtro para gases ácidos y vapores orgánicos

  • Guantes de nitrilo o PVC

  • Pecheras de PVC

3.11. Control de Vectores

El Proyecto de Ensilaje en Piscicultura San Patricio mejorará notablemente la generación de vectores puesto que la pasta de ensilado es prácticamente inolora. No obstante, Piscicultura San Patricio cuenta con un contrato de desratización con una empresa externa los cuales acuden mensualmente a controlar este tipo de vectores.

3.12. Plan de Contingencia El Plan de Contingencias detalla las acciones a seguir en caso de:

  • Superación de! límite máximo de PH Ensilado

  • Derrame accidental de ácido fórmico

  • Derrame de Ensilado dentro y fuera de la loza

  • Falla del equipo

  • Condiciones climáticas adversas

  • Brote de enfermedades

  • No recepción del producto en la Planta de Proceso

3.13. Documentación

Los documentos archivados en la Piscicultura referente a este tipo de residuos serán los siguientes:

  • Planilla de ingreso de mortalidad a la planta de ensitaje.

  • Registro de ácido fórmico utilizado

  • Formulario S-18 de disposición fuera del predio Industrial

  • Guía visada por SERNAPESCA de la mortalidad que sale del sitio de almacenamiento.

  • Certificado de disposición final emitido por la empresa encargada del transporte y disposición final.

3.14. Principales emisiones, descargas y residuos del proyecto 3.14.1. Emisiones a la Atmósfera

Durante la etapa de construcción del Sistema de Ensilaje no se generan emisiones atmosféricas, debido a que corresponden a estructuras prefabricadas y ensambladas.

Respecto a los olores, el sistema permite mejorar la situación existente cambiando la disposición de mortalidad en bins isotérmicos a sistema ensilaje hermético.

Las emisiones de ruidos del sistema de ensilaje se generan en la operación de la bomba trituradora ubicada en el interior del estanque triturador de acero inoxidable, se caracterizan por ser puntual, de corto periodo de duración (1 hora al día aproximadamente) y de bajos niveles de emisión de ruido por ser una bomba eléctrica.

3.14.2, Residuos Líquidos

Durante la etapa de construcción y operación del sistema de ensilaje, los trabajadores utilizarán el sistema particular de aguas servidas existentes en el centro y que se encuentran en etapa de aprobación por la SEREMI de Salud.

En la etapa de operación, la limpieza de los equipos y circuitos de ensilaje se realizará al final de cada ciclo productivo o cuando se programe el retiro del ensilado y después de haber retirado todo el material ensilado.

Para la limpieza interna de los equipos, se efectuará un raspado en seco utilizando una espátula para remover el ensilado adherido a las paredes de los estanques, y una limpieza con ácido fórmico (líquido). Todo el material removido, quedará como base para la siguiente carga de mortalidad que ingrese al sistema de ensilaje.

Los residuos liquidos generados en los procesos de limpieza extema y desinfección de los equipos, así como los residuos de los pediluvios inactivados, serán trasportados mediante una tubería de PVC de 32 mm de diámetro y 81 m de longitud, hacia el sistema de tratamiento de RiLes de la piscicultura, en un punto previo al ingreso por el filtro rotatorio.

3.14,3. Residuos Sólidos

Se estima generar un volumen aproximado de 4,3 m? de ensilado al año, el cual será retirado, trasportado y dispuesto en lugares autorizados.

Respecto de los envases vacíos de ácido fórmico, estos serán enjuagados y almacenados temporalmente en el sitio de acopio debidamente autorizado para ello. Paralelamente se buscará establecer un convenio con los proveedores de este producto para su devolución, de lo contrario serán dispuestos en sitios debidamente autorizados para su disposición final.

  1. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Modificación al Manejo de Mortalidad Mediante Sistema de Ensilaje Piscicultura San Patricio", y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que:

4.1. La ejecución del proyecto, cumple con la siguiente normativa ambiental:

Normativa

Forma de cumplimiento

Ley 19.300 del MINSEGPRES, Ley de Bases del Medio Ambiente, modificada por la Ley 20.417

Para cumplir esta normativa, el proyecto ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), bajo la forma de una Declaración de Impacto Ambiental.

DS. N* 95/2001 de MINSEGPRES, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental

Se ha ingresado este proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental para su evaluación, de acuerdo a la letra 0.8) Sistemas de tratamiento y/o disposición de residuos industriales sólidos.

Ley 18.892 de MINECOM, Ley General de Pesca y Acuicultura y sus modificaciones

Se cuenta con la inscripción del proyecto en el Registro Nacional de Acuicultura.

D.S. N” 290/1993 de MINECON, Reglamento de concesiones y autorización de acuicultura

La piscicultura mantendrá tos documentos de autorización de acuicultura,

D.S. N” 319/2001 de MINECON, Reglamento de medidas de protección, control y erradicación de enfermedades de alto riesgo para las especies hidrobiológicas

Se modifica el actual manejo de la mortalidad de acopio en Bins, reemplazándolo por un sistema de tratamiento de mortalidad mediante ensilaje.

D.S. N* 320/2001 de MINECOM, Reglamento ambiental para la acuicultura

Se informarán los escapes de biomasa, registrando la fecha en que se entregó ta información del accidente, el responsable y el conducto interno de la información hasta llegar a la autoridad.

Resolución N” 2638/2008 de SERNAPESCA Resolución N” 3612/2003, SUBPESCA

El centro de cultivo contempla un manejo de la biomasa y sus residuos contemplando todas las normativas sanitarias y ambientales.

D.F.L. N” 725/1968 del MINSAL, Código Sanitario

Una vez aprobada la DIA el titular tramitará ante la SEREMI de Salud de La Araucanía, la autorización del Sistema de Ensilaje y el Plan de Manejo asociado.

D.S. N? 594/1999 del MINSAL, Reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

La piscicultura cuenta con sistema de agua potable y alcantarillado particular en trámite de aprobación por la SEREMI de Salud.

DS N” 90/2000 del MINSEGPRES, Establece norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas superficiales.

Los Riles generados por la Piscicultura serán evacuados en el sistema de tratamiento de Riles que se encuentra aprobado por la SEREMI de Salud. Por otro. lado, la piscicultura cuenta con un programa de monitoreo claramente establecido por la RCA N” 158 del año 2008, el cual permite establecer rápida y claramente la influencia generada por los RILes sobre el río Vilcún,

D.S. N* 146/1997 del MINSEGPRES, Nora de emisión de ruidos molestos generadas por fuentes fijas

Los niveles de ruido estarán dentro de los niveles permitidos. No hay viviendas particulares cercanas. En caso que se supere la normativa, sé adoptarán las medidas necesarias para cumplir con ésta.

D.S. N* 55/1994 del MINTRATEL, Norma de emisión de vehículos motorizados pesados.

Se asocia al servicio de retiro del producto ensilado. El personal responsable de la piscicultura exigirá que los vehículos que acudan al centro a prestar estos servicios, cumplan con los valores señalados en esta norma de emisión.

Ley 17.288/1970, sobre Monumentos Nacionales

La instalación del sistema de ensilaje no requiere de movimiento de tierra ya que considera la utilización de un radier ya construido,

Ley 19.253/1993, Establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los Indígenas.

En el área de emplazamiento de la piscicultura no se detectaron existencia de eventos culturales, elementos arquitectónicos relevantes o sitios de significancia cultural que puedan ser afectados por el proyecto.

Ley N” 3.557/1981 del MINAGRI, Establece disposiciones sobre protección agrícola

Los residuos líquidos o sólidos generados durante las distintas fases del proyecto, serán dispuestos en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria,

4.2. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Modificación al Manejo de Mortalidad Mediante Sistema de Ensilaje Piscicultura San Patricio” requiere del permiso ambiental sectorial contemplado en el artículo 93 del D.S. N* 95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el cual ha sido informado favorablemente por la SEREMI de Salud y otorgado por la Comisión de Evaluación de Proyectos, Región de La Araucanía.

Sin perjuicio de lo anterior, el titular deberá autorizar sectorialmente el funcionamiento del sistema de tratamiento de mortalidad mediante ensilaje ante la SEREMI de Salud.

  1. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señaladas en el artículo 11 de la Ley N” 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Modificación al Manejo de Mortalidad Mediante Sistema de Ensilaje Piscicultura San Patricio”, no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

5.1, Con relación al Art. 11 letra a), Riesgo para la salud de la Población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos.

La Piscicultura San Patricio cuenta con sistema particular de agua potable y alcantarillado en etapa de aprobación por parte de la SEREMI de Salud.

Las emisiones de ruido del sistema de ensilaje estarán dadas por el funcionamiento de la bomba trituradora ubicada en el interior del estanque de acero inoxidable, estableciéndose que no existirá superación de los límites establecidos en la normativa vigente.

Las emisiones de ruido del grupo electrógeno serán frente a eventuales en situaciones de emergencia. Cabe destacar que el equipo es sometido a mantenciones periódicas y su ubicación es al interior de caseta habilitada para este fin. Las emisiones del grupo electrógeno serán declaradas anualmente conforme lo estipula el D.S. N* 138/2005.

Con respecto a la emisión de olores asociados tradicionalmente a la descomposición de la mortalidad, el sistema de ensilaje disminuye la generación de éstos, ya que, manteniendo el pH en 4 o menor, se detiene el proceso natural de descomposición de la mortalidad. Además el proceso se lleva a cabo en un sistema hermético,

El sistema de ensilaje será sometido a un procedimiento de limpieza cada vez que se efectué retiro mortalidad ensilada. El proceso considera un raspado en seco en los puntos donde pueda quedar ensilado en las paredes y luego aseo líquido, para lo cual se utilizará el mismo ácido fórmico, quedando éste como una base para la nueva mortalidad que se incorpore.

Los residuos líquidos generados en los procesos de limpieza externa y desinfección de los equipos, así como los residuos de los pediluvios inactivados, serán trasportados mediante una tubería de PVC de 32 mm de diámetro y 81 m de longitud, hacia el sistema de tratamiento de RiLes de la piscicultura, en un punto previo al ingreso por el filtro rotatorio.

Del proceso de ensilaje se genera ensilado y envases vacíos de ácido fórmico. La mortalidad ensilada será retirada y trasportada por vehiculo propio de la empresa y eliminadas en RILESUR,

Respecto de los envases vacíos de ácido fórmico, estos serán enjuagados y almacenados temporalmente en el sitio de acopio debidamente autorizado para ello. Paralelamente se buscará establecer un convenio con los proveedores de este producto para su devolución, de lo contrario serán dispuestos en sitios debidamente autorizados para su disposición final.

Considerando que, la cantidad de residuos, emisiones y efluentes son adecuadamente manejados a través de los sistemas de tratamiento y/o disposición final, y que se dará cumplimiento con la normativa de emisión y manejo, el proyecto no generará riesgos para la salud de la población en relación a la calidad y cantidad de estos residuos y efluentes.

5.2. Con relación al Art. 11, letra b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

La Piscicultura San Patricio cuenta con sistema particular de agua potable y alcantarillado en etapa de aprobación por parte de la SEREMI de Salud.

Las emisiones de ruido del sistema de ensilaje estarán dadas por el funcionamiento de la bomba trituradora ubicada en el interior del estanque de acero inoxidable, estableciéndose que no existirá superación de los límites establecidos en la normativa vigente.

Las emisiones de ruido del grupo electrógeno serán frente a eventuales en situaciones de emergencia. Cabe destacar que el

equipo es sometido a mantenciones periódicas y su ubicación es al interior de caseta habilitada para este fin. Las emisiones del grupo electrógeno serán declaradas anualmente conforme lo estipula el D.S. N* 138/2005.

Con respecto a la emisión de olores asociados tradicionalmente a la descomposición de la mortalidad, el sistema de ensilaje disminuye la generación de éstos, ya que, manteniendo el pH en 4 o menor, se detiene el proceso natural de descomposición de la mortalidad. Además el proceso se lleva a cabo en un sistema hermético.

El sistema de ensilaje será sometido a un procedimiento de limpieza cada vez que se efectué retiro mortalidad ensilada. El proceso considera un raspado en seco en los puntos donde pueda quedar ensilado en las paredes y luego aseo líquido, para lo cual se utilizará el mismo ácido fórmico, quedando éste como una base para la nueva mortalidad que se incorpore.

Los residuos líquidos generados en los procesos de limpieza externa y desinfección de los equipos, así como los residuos de los pediluvios inactivados, serán trasportados mediante una tubería de PVC de 32 mm de diámetro y 81 m de longitud, hacia el sistema de tratamiento de RiLes de la piscicultura, en un punto previo al ingreso por el filtro rotatorio.

Del proceso de ensilaje se genera ensilado y envases vacios de ácido fórmico. La mortalidad ensilada será retirada y trasportada por vehiculo propio de la empresa y eliminadas en RILESUR.

Respecto de los envases vacios de ácido fórmico, estos serán enjuagados y almacenados temporalmente en el sitio de acopio debidamente autorizado para ello. Paralelamente se buscará establecer un convenio con los proveedores de este producto para su devolución, de lo contrario serán dispuestos en sitios debidamente autorizados para su disposición final.

El presente proyecto no interviene o explota la vegetación nativa del sector, dado que se emplaza al interior del recinto de la Piscicultura San Patricio, que cuenta con Resolución de Calificación Ambiental aprobada, y la superficie a utilizar es de 40 m.

El proyecto no alterará la calidad ambiental de los recursos renovables y fauna nativa dado que no se intervendrán y tampoco considera la extracción, explotación, alteración éstos.

Sobre la base de los antecedentes presentados, se considera que el proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

5.3. Con relación al Art. 11, letra c) Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Entendiendo que el reasentamiento de comunidades humanas significa la pérdida del territorio común que condiciona la

interacción de los miembros de un determinado grupo, se puede concluir que esta especie de proyecto no tiene la aptitud para generar este tipo de efectos, ya que se emplaza en un área ya intervenida.

En cuanto al componente territorio, el proyecto no se emplaza en tierra indígena proveniente de aquellos títulos señalados en el artículo 12 de la ley 19.253.

Sobre la base del análisis anterior, el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida, toda vez que el proyecto es una mejora ambiental respecto del manejo de la mortalidad, lo que permitirá reducir ostensiblemente la generación de olores molestos sobre las áreas adyacente, existiendo además, cortina perimetral arbórea.

5.4. Con relación al Art. 11, letra d) Localización próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, susceptibles de ser afectadas, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

En el área de emplazamiento del proyecto no habitan poblaciones protegidas por leyes especiales. El centro poblado más próximo a la Piscicultura es la localidad de San Patricio, distante 4,5 km al suroeste. A lo menos, en un radio de 500 metros, no

existen viviendas cercanas.

Por otra parte, el proyecto no contempla la intervención o emplazamiento en o alrededor de áreas donde existen recursos protegidos en forma oficial.

Sobre la base del análisis preliminar el área donde se emplazará el proyecto, incluyendo sus obras y acciones asociadas a él, en cualquiera de sus fases, no producirá efectos adversos sobre la población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectadas, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

5.5. Con relación al Art. 11, letra e) Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.

Sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, es posible señalar que el proyecto no entorpece el paisaje y el turismo del sector por cuanto se ubica en un lugar dentro de la piscicultura San Patricio que no es visible desde el camino público.

a proyecto no generará o presentará alteración significativa, en términos de magnitud o duración el valor paisajístico o turístico e la zona.

5.6. Con relación al Art. 11, letra f, alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general los pertenecientes al patrimonio cultural,

El proyecto no alterará monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a que el lugar de emplazamiento del proyecto en evaluación, se encuentra previamente intervenido por la operación de la Piscicultura San Patricio y el sistema de ensilaje se instalará en el sector donde actualmente está el acopio temporal de la mortalidad mediante el uso de contenedores o bins.

  1. Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el titular ha contemplado el siguiente compromiso ambiental voluntario: 6.1. El titular se compromete a realizar las correcciones o mejoras necesarias para un óptimo funcionamiento del proyecto.

  2. Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de La Araucanía,

RESUELVE:

  1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Modificación al Manejo de Mortalidad Mediante Sistema de Ensilaje Piscicultura San Patricio”, presentada por el Señor Mauricio Navarro Prats, en representación de Compañía Salmonífera Dalcahue Limitada.

  2. MODIFICAR la Resolución Exenta N* 158/2008 sólo en el aspecto contenido en el Considerando 3, ítem Sistema de Tratamiento de Efluentes, párrafo 7 (siete).

  3. CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Modificación al Manejo de Mortalidad Mediante Sistema de Ensilaje Piscicultura San Patricio", cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en el permiso ambiental sectorial que se señala en el artículo 93 del Reglamento del

Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  1. Que, atendiendo a lo indicado en el artículo 24* de la Ley 19.300 sobre Bases del Medio Ambiente, y en mérito de lo resuelto, ningún organismo del Estado podrá negar las autorizaciones, ni solicitar nueva información al proyecto, aduciendo razones de carácter ambiental.

  2. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Comisión de Evaluación de Proyectos, Región de La Araucania, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

  3. Que atendiendo a lo indicado en el artículo 8% de la Ley N” 19.300, sobre Bases del Medio Ambiente "Los proyectos o actividades señalados en el artículo 10 sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental, de acuerdo a lo establecido en la presente Ley", si su proyecto se pretende modificar, deberá evaluar si dicha modificación amerita su ingreso al Sistema de Evaluación Ambiental.

  4. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación de Proyectos, Región de La Araucanía, la ocurrencia de impactos ambientales No Previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

  5. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de Proyectos, Región de La Araucanía, la individualización de cambios de titularidad.

  6. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

  7. Contra la presente resolución procede por parte del titular el recurso de reclamación contemplado en el artículo 25 de la Ley 19,300 de Bases del Medio Ambiente. Í

[vese

DENIA y Arc]

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Eduardo Rodfgugz/Sepúlveda ) Regional del Sera ¡9 de Evaluación Ambiental Secretario Comisión/de Evaluación Región 9 la Araucanía

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MAURICIO ALBERTO NAVARRO PRATS

Dirección Regional de Pesca, Región de la Araucanía Gobierno Regional, Región de la Araucanía

Ilustre Municipalidad de Vilcún

Seremi de Salud, Novena Región de La Araucanía Subdirección Nacional Temuco CONADI Subsecretaría de Pesca

Superintendencia de Servicios Sanitarios

eo... .....

Patricia Espinoza Del Pozo Ing. Cristian Andrés Lineros Luengo Expediente del Proyecto "Modificacion al Manejo de Mortalidad Mediante Sistema de Ensilaje en Piscicultura San Patricio *

Archivo Servicio Evaluación Ambiental, IX Región de la Araucania