Piscicultura Carileufu de Pucón
REPUBLICA DE CHILE COMISION DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS REGION DE LA ARAUCANIA
MATERIA: Califica Ambientalmente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Piscicultura Carileufu de Pucón".
Temuco, 27 de diciembre de 2011.
Resolución Exenta N* 170/2011
VISTOS:
1
Lo dispuesto en la Ley N” 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2% del D.S. N”95/01 del Ministerio Secretaría General de La Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N”19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N1.600, de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N55/92, ambas de la Contraloría General de La República, y las demás normas aplicables al proyecto.
La Declaración de Impacto Ambiental y Adenda, del Proyecto “Piscicultura Carileufu de Pucón”, presentada por el Señor Enrique Castillo Colinueque, con fecha 30 de
Mayo de 2011.
Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
Oficio N 6-EA/2011. sobre la DIA, publicado por Corporación Nacional Forestal, CONAF, Región de la Araucanía, con fecha 08/06/2011; Oficio N152 M.A sobre la DIA, publicado por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 16/06/2011; Oficio N800 sobre la DIA, publicado por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de la Araucanía, con fecha 17/06/2011; Oficio N1187 sobre la DIA, publicado por Dirección Regional de Aguas, Región de la Araucanía, con fecha 17/06/2011; Oficio N%470076911 sobre la DIA, publicado por Dirección Regional de Pesca, Región de la Araucanía, con fecha 20/06/2011; Oficio N399 sobre la DIA, publicado por SEREMI MOP, Región de la Araucanía, con fecha 20/06/2011; Oficio N%1192 sobre la DIA, publicado por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de la Araucanía, con fecha 20/06/2011; Oficio N%1748 sobre la DIA, publicado por SEREMI Bienes Nacionales, con fecha 20/06/2011; Oficio N%536 sobre la DIA, publicado por Subdirección Nacional Temuco CONADI, con fecha 20/06/2011; Oficio N1503 sobre la DIA, publicado por Dirección Regional de Vialidad, Región de la Araucanía, con fecha 20/06/2011; Oficio N” 944 sobre la DIA, publicado por Dirección Regional del SAG, Región de la Araucanía, con fecha 20/06/2011; Oficio N“%4867 sobre la DIA, publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 20/06/2011; Oficio N134 sobre la DIA, publicado por SEREMI de Medio Ambiente, Región de La Araucanía, con fecha 20/06/2011; Oficio N%4521 sobre la DIA, publicado por SEREMI de Agricultura, Región de la Araucanía, con fecha 21/06/2011; Oficio N3186 sobre la DIA, publicado por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 21/06/2011; Oficio N 0076/0314 sobre la DIA, publicado por Dirección Regional de Turismo, Región de la Araucanía, con fecha 21/06/2011; Oficio N A24-961 sobre la DIA, publicado por SEREMI de Salud, Región de La Araucanía, con fecha 23/06/2011; Oficio N 0153/0330 sobre la Adenda 1, publicado por Dirección Regional de Turismo, Región de la Araucanía, con fecha 27/10/2011; Oficio N%1962 sobre la Adenda 1, publicado por Dirección Regional del SAG, Región de la Araucanía, con fecha 02/11/2011; Oficio N720 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI MOP, Región de la Araucanía, con fecha 08/11/2011; Oficio N“2979 sobre la Adenda 1, publicado por Dirección Regional
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de Vialidad, Región de la Araucanía, con fecha 08/11/2011; Oficio N2821 sobre la Adenda 1, publicado por Dirección Regional de Aguas, Región de la Araucanía, con fecha 08/11/2011; Oficio N%22-EA/2011 sobre la Adenda 1, publicado por Corporación Nacional Forestal, CONAF, Región de la Araucanía, con fecha 08/11/2011; Oficio N2897 sobre la Adenda 1, publicado por Subdirección Nacional Temuco CONADI, con fecha 10/11/2011; Oficio N 875 sobre la Adenda 1, publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 10/11/2011; Oficio N2 A24-1666 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI de Salud, Región de La Araucanía, con fecha 14/11/2011; Oficio N*249 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI de Medio Ambiente, Región de La Araucanía, con fecha 14/11/2011;
-
Carta del Señor Enrique Castillo Colihueque, de fecha 27 de octubre de 2011.
-
El Acta de la Sesión N*31 del Comité Técnico de Evaluación, de la Región de La Araucanía, de fecha 07 de diciembre de 2011.
-
El Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto “Piscicultura Carileufu de Pucón”, de fecha 14 de diciembre de 2011.
-
El Acta de la Sesión N%18 la Comisión Evaluación de Proyectos, de la Región de La Araucanía, de fecha 15 de diciembre de 2011.
-
Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Piscicultura Carileufu de Pucón”, de la comuna de Pucón, que forman parte integrante del
expediente administrativo del proceso de evaluación del proyecto.
CONSIDERANDO:
1.- Que, la Comisión de Evaluación de Proyectos de la Región de La Araucanía debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto “Piscicultura Carileufu de Pucón”, del titular Enrique Castillo Colihueque, ubicado en la comuna de Pucón.
2.- Que, el derecho del señor Enrique Castillo Colinueque a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
3.- Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental, su Adenda y Carta de fecha 27 de octubre de 2011, el proyecto “Piscicultura Carileufu de Pucón” consiste en la construcción y operación de un centro de cultivo del grupo de especies Salmónidos (Art. 21 D.S. 290/03), con una producción proyectada de 7,9 toneladas para el primer año y 25 toneladas anuales como producción en los años siguientes.
El proyecto Piscicultura Carileufu de Pucón se localiza en el kilómetro 17 del camino Pucón a Caburgua, específicamente en el Sector Carileufu, comuna de Pucón. El sitio de emplazamiento se individualiza como predio rústico con rol de avalúo fiscal 133-94, inscrito a Fojas 516 N* 366 del año 2000 del Conservador de Bienes Raíces de Pucón.
El sitio del proyecto queda definido aproximadamente publicado por la coordenada UTM (WGS 84, Huso 19) siguiente, que considera un punto central del predio de emplazamiento:
Punto Norte Este Ubicación 5.652.534 255,343
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La red vial estructurante o principal vía de circulación corresponde a la Ruta Internacional CH199 y la Ruta S-905, esta última conecta la ciudad de Pucón con la Localidad de Caburga y a la altura del kilómetro 16,9 se toma camino vecinal donde a los 300 metros aproximadamente, se encuentra el acceso al emplazamiento del proyecto.
El proyecto considera una inversión ascendente a US$350.000.-, con una vida útil indefinida y se emplazará en una superficie de 1,42 hectáreas.
El ciclo comienza con el ingreso de ovas a la sala de incubación, luego los peces son trasladados a la sala de alevinaje y posteriormente a la sala de smoltificación; en cualquiera de estas etapas se podrán realizar despachos (egresos por ventas o traslado) de peces. También se contempla como actividad productiva a desarrollar, mantención de reproductores con alimentación (alevines alcanzarán etapa de reproductor), desoves y/o fertilización de ovas.
Actualmente, existen instalaciones asociadas a la actividad piscícola presentes en lugar de emplazamiento del proyecto a consecuencia que el predio fue arrendado a la Piscicultura Huililco que operé durante los años 1996 y 2003, cuyo contrato de arrendamiento establecía que las mejoras que se efectúen en la propiedad quedan en beneficio del propietario, ante lo cual existen obras en el lugar tales como, decantador, piletas de cultivo, canal de aducción, zona de incubación y alevinaje, bodegas y oficinas (se adjunta contrato de arriendo.
El titular reemplazará gran parte de las estructuras O instalaciones que hoy existen, a objeto de optimizar la eficiencia operativa del proyecto que se propone.
DEFINICIÓN DE SUS PARTES, ACCIONES Y OBRAS FÍSICAS
Levantamiento de Información
Con el levantamiento de información se generó la información requerida tanto para la ingeniería del proyecto como para el análisis de los componentes ambientales del área de emplazamiento. Esta se llevó a cabo con la inspección del terreno de emplazamiento y sus alrededores, revisión bibliográfica y el desarrollo de estudios específicos.
La actividad se iniciará una vez que se cuente con la Resolución de Calificación Ambiental favorable.
ETAPA DE CONSTRUCCIÓN
El proyecto considera la construcción y operación de un centro de cultivo de salmónidos, el ciclo comienza con el ingreso de ovas a la sala de incubación, luego los peces son trasladados al área de alevinaje y posteriormente a la sala de smoltificación; en cualquiera de estas etapas se podrán realizar despachos (egresos por ventas o traslado) de peces. También se contempla como actividad productiva a desarrollar, mantención de reproductores con alimentación, desoves y/o fertilización de ovas.
Actualmente, existen instalaciones asociadas a la actividad piscicola presentes en lugar de emplazamiento del proyecto a consecuencia que el lugar fue arrendado a la Piscicultura Huililco que operó durante los años 1996 y 2003, cuyo contrato de arrendamiento establecía que las mejoras implementadas en la propiedad quedarían en beneficio del propietario, ante lo cual existen obras en el lugar tales como, decantador, piletas de cultivo, canal de aducción, zona de incubación y alevinaje, bodegas y oficinas.
El titular reemplazará gran parte de las estructuras o instalaciones que hoy existen, a objeto de optimizar la eficiencia operativa del proyecto que se propone.
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Cronograma de Actividades
El proyect: tres años, de acuerdo al desarrollo del mercado y considerando como tiempo cero el momento en Calificación Ambiental favorable. A continuación, se
o se desarrollará de forma paulatina en el tiempo en un periodo estimado de
a las propias capacidades del titular, que se obtenga la Resolución de detalla el cronograma de la etapa de
construcción de las obras físicas del proyecto:
AÑO 2 AÑO 3
2
CONSTRUCCIÓN DE LAS OBRAS
Bocatoma
Sala de incubación
Bodegas
Oficinas e instalaciones anexas
Servicios higiénicos
Comedor
Decantador Planta Tratamiento de RIL (rotofiltro y cámara de lodos)
xix|x]xpx|x|x|x]0
Sistema Ensilaje
Barreras sanitarias x
de las obras civiles y de edificación, dor debidamente autorizado:
En el caso de requerir áridos para la construcción estos serán comprados exclusivamente a un provee
En el caso que los áridos provistos sean extraídos desde cauces naturales (ríos o esteros), se exigirá a la Empresa Productoras de Áridos que cuenten con sus permisos de extracción vigentes (Proyecto de Extracción de Áridos aprobado por la Dirección de Obras Hidráulicas y vigente, y Permiso Municipal Vigente), se le solicitará copia de dichas autorizaciones.
os lastreros, se exigirá al proveedor
En caso que los áridos se extraigan desde poz (Ministerio de Agricultura y
que cuenten con sus permisos de extracción vigentes Municipalidad).
Bocatoma, Aducción y Recolector Aguas de Proceso de la DIA, se encuentran los antecedentes de ingeniería básica y
ma, dispositivo automático para el paso líneas de evacuación de aguas y
En el Anexo 17 especificaciones técnicas de las obras de bocato del caudal ecológico, líneas de aducción de aguas, restitución.
El caudal ecológico de Vertiente Sin Nombre, será de 30 litros por segundo de tal manera de preservar las condiciones de dicho cauce.
El proyecto no contempla realizar obras de defensa en el cauce. ste proyecto, y de acuerdo a lo
plimiento a lo establecido en el implementando un
Respecto a los derechos de aguas involucrados en e estipulado en el Código de Aguas, el titular dará cum artículo 38, en relación a la construcción de la obra de captación, sistema que permita controlar y aforar el agua que se extrae.
Se establece que en un radio de 200 metros, no existen pozos de captaciones de aguas subterráneas.
la bocatoma mientras no se encuentre autorizada su Aguas, según lo establecido en los
No se iniciarán obras en construcción por parte de la Dirección General de artículos 151 al 157 del Código de Aguas
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Unidades de Cultivo
El proyecto considera las siguientes unidades de cultivo que serán en material de fibra de vidrio, para desarrollar las actividades de incubación, alevinaje, smoltificación y reproductores con alimentación, incluido el desove. Para el desove existirá sala de 6 metros cuadrados:
Tipo de Estructura | Largo | Ancho Alto Diámetro No No N? Total (m) (m) (m) (m) Existentes | A instalar
Bateas Incubación 3,6 0,4 0,26 0 57 57
Estanques 2 2 12 0 0 12 12
Estanques 1,0 3,0 (0) 3 3
Estanques 1,5 5,3 0 24 24
Estanques 15 6,0 0 4 4
La superficie que abarcan los estanques de cultivo es de aproximadamente 772 metros cuadrados.
Sistema de Tratamiento
Se implementará un sistema de tratamiento que considera:
- Filtro rotario con cámara de lodos: que ocupa una superficie de 46 metros cuadrados.
- Sedimentador que ocupa una superficie de 420 metros cuadrados
Los antecedentes de detalle del sistema de tratamiento, se encuentran en el ANEXO 5.
Área acopio de Mortalidad
Para el acopio de mortalidad se dispondrá de una superficie de 15 metros cuadrados, que considera piso radier, pretil de contención, cierre perimetral y techumbre.
Inicialmente, la mortalidad será acopiada en bins herméticos para posteriormente ser dispuesta en sitio autorizado sanitariamente.
Con posterioridad, se implementará un sistema de ensilaje que utilizará la misma superficie que inicialmente se ocupará para el acopio de la mortalidad en bins.
Bodega de Químicos
Se habilitará una bodega exclusiva para los productos químicos que se utilicen en el proceso productivo. Las dimensiones serán aproximadamente de 15 metros cuadrados.
Bodega de Alimentos
Se habilitará una bodega exclusiva para el alimento que se utilizará en el proceso productivo. Las dimensiones serán aproximadamente de 15 metros cuadrados.
Bodega de Residuos
Se habilitará una bodega para el acopio de residuos sólidos peligrosos y no peligrosos, existiendo una separación interior y accesos independientes, para evitar su mezcla. Las dimensiones serán aproximadamente de 15 metros cuadrados.
Oficina y vestidores
Se cuenta con Oficina que incluirá vestidores, comedor y dormitorio, que abarca una superficie de 40 metros cuadrados.
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Requerimientos de Agua
Durante la etapa de construcción, el abastecimiento de agua para consumo humano será por compra a una empresa autorizada de agua purificada envasada en botellones u otro
medio. Requerimientos Sanitarios
Las aguas servidas domésticas generadas en las faenas de construcción se manejarán en baños químicos, para lo cual se convendrá los servicios de una empresa que los provea así como el servicio periódico de mantención y limpieza de los mismos.
ETAPA DE OPERACIÓN Producción
El proyecto Piscicultura Carileufu de Pucón, ha sido diseñado para una producción máxima de salmónidos de 25 toneladas anuales de biomasa de peces.
El centro de cultivo desarrollará las siguientes actividades productivas de salmónidos: ingreso de Ovas, incubación, crianza de alevines y smoltificación. También se contempla como actividad productiva a desarrollar, la mantención de reproductores con alimentación, el desove de los mismos y la fertilización de ovas. El despacho de peces (egreso por venta o traslado) puede darse en cualquiera de las fases antes indicadas.
Respecto de las especies de cultivo, el proyecto considera el cultivo del grupo de especies de salmónidos señalados en el artículo 21 del D.S. N* 290/93, que establece Reglamento de Concesiones y Autorizaciones de Acuicultura, en su ciclo completo en fase de agua dulce.
El programa de producción, de acuerdo al Proyecto Técnico presentado al Servicio Nacional de Pesca, la producción máxima proyectada es la siguiente:
Especie Peso Promedio AÑO 1 Máxima cantidad (Gr) (Kg) proyectada (Kg) Salmónidos | Ova verde 0,01 gramos 6 28 Salmónidos | Alevín 15 gramos 6644 21.972 Salmónidos | Juvenil 500 gramos 1250 2.000 Salmónidos | Reproductor 1500 gramos 1.000 TOTAL 7.900 25.000
Etapas de Cultivo
En general, la operación de la piscicultura considera la implementación de cultivo de los peces en las siguientes fases que se ejecutarán en modalidad de flujo abierto de las aguas:
a) Incubación
La producción comenzará con la recepción de las ovas en estado de ova ojo, siendo este estado más resistente al movimiento producto del traslado que en su estado de ovas verdes, cumpliendo con el Reglamento de procedimiento de importación de especies hidrobiológica, D.S. N” 96/96, y Reglamento de certificación sanitaria, D.S. N* 626/01, ambos del MINECON. Se considera el ingreso de 2850000 de ovas por año como nivel máximo de incubación (sin embargo se inicia con el 21% de la máxima capacidad de incubación, esto es para el año 1), con ingresos de ovas de origen nacional.
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Para la desinfección del agua a utilizar en esta fase se utilizará filtro UV. La desinfección de agua por radiación ultravioleta (UV) es un procedimiento físico, que no altera la composición química, ni el sabor ni el olor del agua.
La Incubación es el punto de partida del proceso, que se desarrolla en un Galpón techado, cerrado, piso de concreto, con acceso restringido, con barreras sanitarias y estrictas medidas de bioseguridad. El sistema de cultivo para incubación a usar será del tipo horizontal, a través de bateas de incubación. El ingreso de los individuos será como ovas embrionadas (con ojo), que normalmente ingresan con un rango de 350 a 390 UTA (unidad térmica acumulada), la desinfección de las mismas se hará con un producto yodado previo ingreso al sistema de acuerdo a la normativa sectorial vigente. La eclosión ocurre entre las 430 y las 500 UTA, terminando la incubación con el proceso de absorción del saco vitelino, que ocurre alrededor de las 760 a 800 UTA.
Los efluentes de las bateas de Incubación no recibirán ningún tratamiento especial, ya que en esta etapa de cultivo no hay suministro de alimento
b) Alevinaje
Una vez que los alevines pesan 0,3 gramos aproximadamente son trasladados desde la Unidad de Incubación a los estanques de Alevinaje en donde comienzan a ser alimentados (primera alimentación post absorción del saco vitelino), graduados y seleccionados de acuerdo a procedimientos definidos y a las alternativas de cultivo en sistema de flujo abierto. El área de alevinaje será independiente y aislada sanitariamente de las unidades de incubación. En estas unidades se mantendrían los peces hasta los 10 a 15 gramos promedio aproximadamente.
Se incorporarán una rejilla central dentro de cada estanque, para evitar el escape de peces.
Durante esta etapa se considera manejo del fotoperíodo de los individuos y estrategias de alimentación de acuerdo a la etapa.
c) Smoltificación
La smoltificación es un estado fisiológico en donde el pez comienza a sufrir cambios morfológicos y fisiológicos que le permiten adaptarse al agua salada, ambiente al cual será trasladado para su engorda. Durante esta etapa el pez incrementa su peso hasta el deseado realizándose las mismos manejos que durante la etapa de alevines.
Se incorporarán una rejilla central dentro de cada estanque, para evitar el escape de peces.
Durante esta etapa se considera manejo del fotoperiodo de los individuos y estrategias de alimentación de acuerdo a la etapa.
Durante esta etapa se chequea el grado de smoltificación de los peces, realizándose un seguimiento por medio de test de desafíos, para chequear los niveles de Na y Cl que actúan durante el proceso de osmorregulación, y chequeos del estado sanitario de los peces previo traslado al mar.
d) Manejo de reproductores
Para los reproductores, se manejará como alternativa que sólo parte de las instalaciones se dispongan para el manejo de reproductores, y el resto o esté desocupado o contenga peces en otros estados de desarrollo. Para este último caso, existirá una delimitación física de las áreas y su correspondiente barrera sanitaria.
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No existirá incorporación de reproductores provenientes de otros centros de cultivo, sean éstos de agua dulce o de mar.
A los reproductores se aplicarán los siguientes procedimientos:
Palpajes: tiene por finalidad determinar el grado de madurez, para ello se aplican anestésicos para peces, se palpan los peces uno a uno y se proceden a separarlos según el grado de madurez.
Desove: una vez conocido el número de hembras listas para desovar se extrae semen de los machos proporcional al desove de las hembras, este semen se almacena refrigerado hasta el día de la fecundación de las ovas.
Fecundación: primero se chequea el semen al microscopio, considerando mortalidad y calidad, para la fecundación solo se usa el semen de los machos más aptos el que se aplica directamente sobre las ovas (las que ya han sido seleccionadas, lavadas con alguna solución de lavado según los protocolos de la empresa). Esta mezcla de ovas y semen se homogeniza suavemente y se aplica agua esperando Un minuto aproximadamente, se lava con agua, se mido volumétricamente y se deja en los incubadores.
El estado de ova verde, corresponde al periodo inmediatamente posterior a la fertilización hasta que se desarrollen y asomen los ojos, durante este lapso se aplican productos contra hongos. En el estado de ova ojo, las ovas tienen los ojos completamente desarrollados. De acuerdo a los protocolos de la empresa, en este estado las ovas con ojo se lavan (shoking) con el fin de eliminar las más débiles y se blanquean las ovas infértiles. Después se regresan a los incubadores hasta el día siguiente, se separan las mortalidades para dejar la menor cantidad a las personas que repican; después de esto están listas para su despacho o venta.
Los reproductores podrán ser desovados, las ovas producidas podrán ser fertilizadas con el fin de obtener ovas con ojo.
e) Densidad de cultivo
La densidad de cultivo considerada será de aproximadamente 30 kilos por metro cúbico, con ello se espera mantener un equilibrio en cuanto a cantidad y peso porcentual de cada individuo en los estanques de cultivo,
Abastecimiento de Agua para Consumo Humano
El suministro de agua potable será mediante un sistema particular que incluirá la desinfección del agua antes de su consumo, cumpliendo con los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos establecidos en la NCh 409.0f84 “Requisitos del Agua para Consumo Humano” según lo establecido en los artículos 11, 12, 13 y 14 del DS. N? 594/99, para ello se presentará ante la SEREMI de Salud Región de La Araucanía, el respectivo proyecto de abastecimiento de agua potable particular para Su aprobación y posterior autorización de funcionamiento, previo a su etapa de construcción. La dotación se ha calculado en función del personal laborante contemplado para la etapa de operación y una dotación mínima de 150 L/día por trabajador, de acuerdo a lo definido por el D.S. N* 594/99.
El titular se compromete a llevar registro del cloro libre residual en el agua potable dando cumplimiento a la NCh 409.084.
Para la provisión de agua, el titular cuenta con un derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas superficiales y corrientes, de ejercicio permanente y continuo, por un caudal de 6 litros por segundo desde una Vertiente sin Nombre de la comuna de Pucón, (ANEXO 2de la DIA). La captación del derecho de aprovechamiento de agua será en las
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coordenadas UTM: 5.652,75 Norte, y 255,37 Este, PSAD 1969 Huso 19 de la Vertiente Sin Nombre.
Abastecimiento de Agua de Proceso
En relación al consumo industrial, las instalaciones requerirán de un flujo continuo de agua, que recorrerá las distintas unidades de cultivo, las que tienen requerimientos diferentes dependiendo de la etapa de crecimiento de los peces y de las biomasas que estos contengan.
El titular cuenta con derechos de aprovechamiento no consuntivos de aguas superficiales por un caudal de 266 litros por segundo en una Vertiente sin Nombre de la comuna de Pucón, (ANEXO 2 de la DIA). La captación del derecho de aprovechamiento de agua será gravitacional en las coordenadas UTM: 5.652,67 Norte, y 255,37 Este, PSAD 1969 Huso 19 de la Vertiente Sin Nombre y la restitución se realizará en las coordenadas UTM:
5.652,62 Norte, y 255,36 Este, PSAD 1969 Huso 19.
La forma de evacuación de la descarga será continua, es decir con una frecuencia de 24 horas al día, el titular solicitará RPM (Resolución de Programa de Monitoreo) según establece D.S. N* 90/01.
Alimento de Peces
Se consulta el uso de dietas balanceadas estándar para su uso en salmónidos. La piscicultura considera requisitos esenciales de los alimentos que sean pelletizados, extruidos, altamente energéticos, con bajo contenido de fósforo, alta digestibilidad y enriquecidos con suplementos vitamínicos (vitamina C), minerales. Como referencia de la composición química del alimento, se consideran los siguientes datos:
Parámetro % Proteínas 50,0 Lípidos 20,0 Humedad 10,7 Nitrógeno 80 Fóstoro 1,3 Ceniza 10,0
Manejo Sanitario e Insumos a Utilizar
Se utilizará agua dulce para la limpieza de los estanques al final de cada ciclo de producción (escalonando la desocupación), estimándose ciclos de 1 a 4 meses para cada estanque. Los insumos farmacológicos utilizados en la piscicultura serán autorizados y contarán con registro SAG para uso veterinario ya sean de uso libre o con receta veterinaria; la empresa contará con los servicios de un profesional Médico Veterinario que vigilará y supervisará que todos los tratamientos cuenten con las. dosis correctas de aplicación y otorgará en caso de ser necesario, las prescripciones correspondientes.
La inscripción en el registro SAG de cada sustancia permite establecer según el artículo 6” del Reglamento de Productos Farmacéuticos Exclusivamente Veterinarios (Reglamento N25/05) que el producto utilizado cumple con las siguientes condiciones:
-
Que es eficaz y seguro para los fines a que está destinado
-
— Que cumple las exigencias sanitarias específicas dispuestas por el servicio
-
Que no interfiere con las acciones sanitarias del Servicio
Que no provoca daño al ambiente, a la salud humana, animal o vegetal
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Los insumos utilizados en la piscicultura pueden dividirse en: productos para rutinas preventivas, productos para rutinas correctivas, desinfectantes, detergentes, vacunas y otros. A continuación, se señalan las sustancias a ser utilizadas por el proyecto, tablas que podrán ser modificadas en el transcurso de la operación del proyecto, en atención a las variaciones del mercado y exigencias de carácter normativo. Las sustancias químicas usadas en pediluvios (desinfección), se indica a la autoridad que tratándose de sustancias líquidas, serán descargadas, previa inactivación del compuesto activo, al sistema de
tratamiento de residuos industriales liquidos.
No se hará uso de sal para el tratamiento sanitario de los peces.
Las fichas técnicas y de datos de seguridad de cada sustancia, se adjuntan en el Anexo
16 de la DIA. Desinfectantes de uso en acuicultura Nombre Principio Laboratorio Dosis de uso Registro Comercial Activo Aqua-Yodo Yodo 1,5% Veterquímica 100-500 ppm | SAG N 0035 Antifúngicos de uso en acuicultura. . Nombre Principio Laboratorio Dosis de uso Registro Comercial Activo Cress 50% Bronopol 50% _ | Centrovet 20-40 ppm SAG N? 1751 Productos farmacéuticos a utilizar en el contro! de enfermedades Nombre Principio Laboratorio Dosis de uso Registro Comercial Activo Duflosan Florfenicol 50% | Veterquimica 20 - 25 mg/Kg SAG 1769 Oral Oxitetraciclina Oxitetraciclina Veterquimica 80 - 100 mg/Kg | SAG 0149-B
80%
Producto:
s vaccinales a utilizar en la prevención de enfermedades
Recombinante ISAv
Nombre Principio Laboratorio Dosis de uso Registro Comercial Activo Birnagen Forte | Vacuna Novartis 0.05 cc/pez SAG 1867-BP 3 Inactivada IPN- Vibriosis-SRS IPE-VAC Vacuna Veterquímica 1 L/25 Kg SAG 1853-BP Inactivada IPN Birnagen Forte | Vacuna Novartis 0.05 cc/Pez SAG 1808-BP v Inactivada IPN- Vibrio Alpha Ject 2-3 | - Pharmag S.A. 0.05 cc/Pez SAG 1761-BP Vacuna Vacuna Centrovet 0.1 cc/Pez SAG 2032-BP Subunitaria ISA | Subunitaria
Manejo de Mortalidad
Las muertes producidas determinado, se denomina “mortalidad”. El manejo de la mortalida
base al siguiente protocolo:
a) Extracción de mortalidad
En casos de nivel de mortalidad normal, la extracció junto con la limpieza de las unida sacará la mortalidad dos veces a
des. Cuando la mortalidad es alta ( I día. En este manejo se usará material exclusivo para
en una población de especies hidrobiológicas durante un tiempo d del proyecto será en
n debe ser diaria, en las mañanas mayor a 1 % día) se
esta labor y para cada unidad: paleta o quecha y pocillo de mortalidad.
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Durante los dos primeros años de operación del proyecto, la mortalidad generada se acopiará temporalmente en bins.
El tercer año, se implementará un sistema de ensilaje que considera una losa de cemento o radier, de 15 metros cuadrados de superficie, con pretil perimétrico de contención de derrames de 6 metros cúbicos, sobre la cual se instalarán los equipos para la trituración de mortalidades (0,77 metros cúbicos), dosificación de ácido fórmico, y silo de acopio de 2,5 metros cúbicos. Además, contará con techo liviano y cierre perimetral.
Las quechas o paletas se desinfectarán antes de su USO y posterior a este y se dejarán ya sea junto a cada unidad o en contenedores individuales con solución yodófora (100 ppm). La persona que extrae la mortalidad deberá desinfectar sus manos entre estanques, para lo cual dispondrá de solución yodada para manos a 100 ppm.
b) Clasificación y conteo
Luego de extraer la mortalidad se procederá a clasificarla y contarla, anotando en la libreta o planilla de mortalidad el número de peces muertos según las categorías (peces normales, con hongos, chicos o agujas, etc.). Esta operación se debe realizar en Un lugar apartado de los estanques, de tal manera de evitar la contaminación de áreas de estanques.
Después de la clasificación y conteo se depositará la mortalidad en un contenedor impermeable y cerrado. El contenedor se tapará y será retirado con frecuencia semanal por parte de una empresa externa, para su disposición final en plantas autorizadas.
c) Disposición
La mortalidad se acopia transitoriamente en la Zona de Mortalidad dentro del recinto de la piscicultura, antes de ser retirada y transportada a un sitio de disposición final debidamente autorizado. Este sitio contará con acceso restringido, señalética y un diseño adecuado de acuerdo a las características del residuo. Las características del área sucia son:
Base de la instalación: Presenta base de concreto con una pendiente interna de 2% que permite que el agua de limpieza escurra al contenedor de derrame y con un pretil perimetral de cemento para contener un eventual derrame.
Enrejado: La periferia estará rodeada de malla metálica, con acceso a este, la cual tendrá un ingreso restringido.
Techumbre: El sector de acopio transitorio de mortalidad estará techado, evitando así el ingreso de agua lluvia.
Contenedores de residuos: Los contenedores seleccionados deberán cumplir con las exigencias mínimas de seguridad para el almacenamiento de residuos sólidos de acuerdo a la clasificación de los mimos. Cabe destacar que la empresa de servicio autorizada para el retiro de la mortalidad en la piscicultura, es la propietaria y quién proporciona los contenedores o bins limpios y desinfectados.
Con posterioridad, en la misma superficie, se implementará un sistema de ensilaje.
El titular se ha comprometido a que una vez aprobada la DIA, presentará ante la Autoridad Sanitaria los antecedentes técnicos y formales para la “Autorización Bodega de Residuos Sólidos”, con los antecedentes necesarios para acreditar el adecuado manejo de los residuos.
d) Desinfección de materiales usados
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El lugar de conteo y clasificación, en el caso de mortalidad alta, debe ser desinfectado posterior al manejo, como también los materiales usados (contenedores, paletas), con solución yodada (100 ppm).
Despachos de Peces
Los despachos de peces se realizarán mediante un sistema de bombas de succión directa desde los estanques a los camiones de traslado previo conteo.
Medidas de contingencias
Respecto de las medidas de contingencias a seguir producto de mortalidades de peces, escape de peces, pérdidas accidentales de alimentos y/u otros materiales, se dará cumplimiento a lo contemplado en los artículos 5 y 6% del D.S. N 320/01 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, contando la Piscicultura con los planes de contingencia necesarios.
El proyecto contempla Planes de Contingencias de acuerdo a lo definido por los artículos 50 y 6% del D.S. N” 320/01 del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción. Estos Planes de Contingencias definen medidas preventivas y de emergencias, para las siguientes situaciones: Escape de peces, Mortalidad masiva de peces, y Caída accidental de alimento u otro material al cuerpo de agua (Anexo 4 de la DIA).
Con el fin de evitar contaminación a la matriz ambiental (agua, aire, suelo) y prevenir efectos adversos en la salud de las personas, se ha elaborado un Plan de Contingencia, el cual tiene por objeto realizar un análisis de los riesgos de contaminación asociados a la operación de la Piscicultura Carileufu de Pucón y a las actividades de construcción requeridas. El plan presenta medidas preventivas y procedimientos que el personal de la piscicultura y contratistas, deberán seguir en situaciones de emergencia.
ETAPA DE ABANDONO
La ejecución del proyecto considera una vida útil indefinida, y será el propio titular quien tenga la responsabilidad de mantener las instalaciones en condiciones de operación.
PRINCIPALES EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS DEL PROYECTO
EMISIONES ATMOSFÉRICAS
Las emisiones a la atmosfera del proyecto “Piscicultura Carileufu de Pucón” serán las siguientes:
-
Gases producto de la combustión de vehículos
-
Polvo fugitivo
-
Gases producto del funcionamiento del equipo electrógeno y calderas.
-
Ruido
Emisiones de Gases de Combustión y Polvo Fugitivo
Durante la etapa de construcción la generación de emisiones atmosféricas serán mínimas debido a que las obras serán menores, y constarán principalmente de hidrocarburos, producto de la combustión de vehículos pesados, tales como camiones y excavadoras, durante un tiempo estimado de 8 horas diarias por un periodo aproximado de 8 meses (periodo estimado que comprende la instalación de faenas, movimiento de tierra, trazado
de tuberías e instalación de edificaciones proyectadas para el primer año), sin embargo su utilización será en forma intermitente.
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En cuanto al polvo que se generará producto del movimiento de tierra será mínimo por las características propias del suelo; cabe destacar que el terreno de emplazamiento del proyecto es de superficie bastante regular y pedregoso.
Durante la etapa de operación del proyecto, se generarán gases producto del tránsito de vehículos de carga y livianos, lo cual dependerá de la frecuencia del transporte de carga y de vehículos particulares. Se establecerán exigencias técnicas como medidas de control de emisiones, siendo fundamental la mantención de los vehículos y maquinarias, de modo que el consumo y combustión de combustible sea lo más eficiente posible, y de esta forma se dará cumplimiento a lo señalado en el D.S. N* 55/94, que estable la Norma de emisión para vehículos pesados.
Durante la etapa de operación se generarán gases producto del funcionamiento del equipo electrógeno el cual será usado exclusivamente como sistema de respaldo ante eventuales cortes de energía eléctrica. Las emisiones del equipo electrógeno, serán declaradas según estipula el artículo 3% del D.S. N? 138/05.
Emisiones de Ruido
Durante la etapa de construcción del proyecto se generará ruido producto labores a realizar para nivelar el terreno en las zonas de emplazamiento de las unidades de cultivo, y esto requiere el empleo de retroexcavadora y camión para el movimiento de tierra y traslado de la misma; y del flujo de camiones por entrega de materiales y otros. Estos ruidos se generarán en horario diurno y en días hábiles y festivos de acuerdo a los
requerimientos del proyecto.
Durante la etapa de operación normal de la piscicultura, será caracterizada por la mínima generación de ruidos que es propio de este tipo de actividades, por tanto no se producirá un aumento por sobre el ruido basal de 10 dBA exigido en el D.S. N* 146/97 del Ministerio Secretaría General de La Presidencia de La República, por lo que no se afectará a la población vecina. Las fuentes generadoras de ruido se encontrarán ubicadas en instalaciones que contarán con condiciones acústicas adecuadas, el grupo electrógeno contará con un una instalación con aislamiento acústico.
RESIDUOS LÍQUIDOS
Los residuos líquidos generados por el proyecto corresponden a las siguientes descargas de efluentes: aguas servidas domésticas y residuos industriales líquidos (RIL).
Aguas Servidas Domésticas
Las aguas servidas domésticas generadas durante la etapa de construcción del proyecto se manejarán en baños químicos instalados temporalmente en el área del proyecto. Se convendrá el servicio a empresas de arriendo de estos baños químicos, que efectúen la mantención y limpieza de los mismos, y que acrediten el retiro y disposición de los residuos de acuerdo a las normas vigentes.
En la etapa de operación de la piscicultura las aguas servidas domésticas serán generadas en las instalaciones del personal (oficinas y servicios higiénicos), estas serán conducidas al Sistema de Alcantarillado Particular conformado por una Planta de Tratamiento prefabricada en plástico reforzado con fibra de vidrio y pozo absorbente.
El titular del proyecto presentará de forma sectorial los antecedentes los antecedentes técnicos y formales para obtener la autorización del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Particular ante la Autoridad Sanitaria Regional (antecedentes en Anexo 6 de la DIA).
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Residuos Industriales Líquidos
Durante la etapa de construcción de la Piscicultura Carileufu de Pucón, no se generarán residuos industriales líquidos. El sistema de tratamiento de estos residuos constará con un filtro rotatorio con cámara de lodos cerrada y un decantador.
Los residuos líquidos de proceso provenientes de las unidades de cultivo (incubación, alevinaje, smoltificación, y de la mantención de reproductores) están conformados por productos metabólicos (orinas, fecas), detergentes, desinfectantes y productos terapéuticos; se estima un caudal máximo de 266 litros por segundo, el que será conducido por tuberías de desague hasta el sistema de filtración compuesto por un Filtro Rotatorio con paneles filtrantes de 90 micras y con capacidad de tratar un flujo continuo máximo de 300 litros por segundo lo que supera el caudal máximo proyectado para el proyecto: Una vez que el efluente ha sido tratado por el filtro rotatorio, pasará por un decantador para posteriormente ser evacuado al cuerpo receptor. El contar con Un filtro y un decantador, que en situación normal serán ambos de operación permanente, permite destinar uno de ellos a funcionamiento de respaldo ante fallas o mantención del primero y ante el retiro de lodos desde el segundo.
El filtro será instalado en una estructura de hormigón, al igual que la cámara de lodos, lo que les dará la estabilidad necesaria. El decantador contará con impermeabilización de hormigón.
El lodo fruto de la microfiltración será evacuado hacia la cámara de lodos, la que contará con un sistema de evacuación del líquido sobrenadante producto de la decantación del lodo que produce en la cámara, el que volverá a ser reincorporado a la línea del efluente crudo para ser tratado nuevamente por el filtro rotatorio.
Los filtros rotatorios han sido diseñados y construidos para separar sólidos suspendidos que se encuentran presentes en el agua. Por tanto, el agua proveniente de las unidades de cultivo es ingresada al interior del tambor del filtro rotatorio, donde los sólidos suspendidos presentes en el agua, son atrapados a través de elementos filtrantes y son elevados hacia el sector de retrolavado, la rotación del tambor será continua. El sector de retrolavado está compuesto por un sistema de toberas, las cuales dirigen el agua a alta presión sobre el exterior de los paneles, desprendiendo los sólidos, los que caen al interior de una bandeja. El lodo depositado sobre la bandeja sale junto con el agua del sistema de retrolavado en forma gravitacional a través de la tubería de evacuación de los sólidos (lodos), para ser depositado en una cámara sellada y que cuenta con sistema de aireación a objeto de minimizar la generación de olores molestos.
El lodo será retirado por empresas debidamente acreditada por la autoridad sanitaria para realizar el retiro, transporte y disposición del residuo sólido, a la cual se le solicitará copia de la correspondiente documentación (anterior a la primera prestación del servicio), quedando esta archivada en la piscicultura.
En el Anexo 5 de la DIA, se adjuntan los planos del sistema de tratamiento (filtros y decantadon). En el mismo Anexo, se adjuntan fichas técnicas del tipo de filtros rotatorios utilizados en piscicultura, sin embargo, ésto no implica que el titular opte por otro proveedor de estos equipos, en consideración a factores de mercado y especificaciones técnicas de los equipos.
Procedimiento de retiro de lodos por empresa externa
Respecto de los procedimientos de retiro de lodo, este se hará en el mismo centro de cultivo, donde acudirán camiones debidamente autorizados para la extracción del lodo directamente desde el estanque de lodo o desde el decantador cuando corresponda, el que será succionando por medio de bombas, ante lo cual, se estima que esta actividad no genera problemas de olores, además los camiones cuentan con estanques cerrados y herméticos. La frecuencia de retiro será definida por el titular del proyecto en conjunto
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con el Jefe de Centro. El procedimiento de retiro de lodos y medidas de seguridad adoptados, será el que se detalla a continuación:
Procedimientos: El camión se posiciona junto al estanque contenedor de lodos y/o decantador, posteriormente se procede a instalar las mangueras de succión y mediante la acción de la bomba de vacío, se comienza a realizar el retiro del lodo acumulado. Una vez que se ha finalizado la maniobra y mediante la succión de un poco de agua, se procede a limpiar las mangueras utilizadas. Por último, se guardan los equipos y el camión se retira del centro de cultivo. En caso de producirse algún mínimo derrame, se utilizará cal.
Medidas de seguridad: Se les exigirá a las empresas que presten este servicio, los Planes de Contingencia respectivos y el programa de mantención regular de todos sus equipos. Por otro lado, todo el personal que realiza la maniobra de retiro de lodos está dotado de guantes, lentes de protección, mascarillas, overol, zapatos de seguridad.
Tiempo empleado: los vehículos equipados para el bombeo en la operación de extracción de lodos, requieren aproximadamente 5 minutos por cada metro cúbico de lodo retirado.
Control de caudal: El caudal de bombeo se controla mediante la generación de vacío; además este caudal, se ve afectado por el uso de mangueras de 4 pulgadas y uniones Storz, estos últimos componentes proporcionan diámetros adecuado para la succión.
RESIDUOS SÓLIDOS Residuos de la Construcción
En la etapa de construcción la generación de residuos será considerablemente menor a lo generado por proyectos de similares características, debido a que gran parte de la infraestructura será prefabricada y montada en el sitio del proyecto. En la tabla siguiente, se detallan la identificación y manejo de los posibles residuos a generar en la etapa de construcción del proyecto.
Identificación del Tipo de Manejo de los Residuos Generados
Residuo
Residuos Sólidos | Se dispondrán parcialmente en recipientes adecuados (herméticos y
domiciliarios con tapa) y se llevarán al Vertedero de Pucón. En el Anexo 7. Residuos Sólidos, se adjunta Certificado de Factibilidad.
Aceites y combustibles No se realizará cambio de aceite ni carga de combustible en el sitio
de trabajo, ésto corresponderá al contratista y en caso de producirse derrames accidentales, se usarán paños absorbentes que serán dispuestos en vertedero autorizado; para tal situación, se cuenta con Plan de Contingencias
Otros residuos sólidos | Deberán ser almacenados para su utilización y/o reciclaje por parte inertes como plásticos, | de la empresa contratista; los materiales asimilables a urbanos maderas y fierro en | serán dispuestos en el Vertedero de Pucón y los restos de maderas
general se acopiarán temporalmente para su secado y posteriormente serán donados a los trabajadores. Pinturas y solventes En caso de ser necesario el uso de estos productos, se utilizarán
pinturas en base a agua libre de solventes, los envases resultantes serán dispuestos en el Vertedero industrial autorizado. Se concientizará al personal de la obra a ocupar al máximo la pintura en caso de utilizarse.
Excedentes de tierra, | Serán utilizados como material de relleno en predio de propiedad escombros y materia | del titular.
vegetal
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Residuos Sólidos Urbanos (RSU) Corresponde a los desechos provenientes de las actividades de tipo domésticas.
Para la etapa de construcción se estima una generación de 0,55 Kg/hab/día por persona (de acuerdo a OPS, 1988), con una densidad típica de 250,3 kg/m3 para RSU sin compactación. Considerando una masa laboral de 10 trabajadores para la fase de construcción, se estima la generación global de 5,5 kg/día de RSU, equivalentes 165 kg/mes.
Durante la operación de la piscicultura se estima que se generarán 0,55 Kg diarios de residuos sólidos domésticos por persona (el personal no preparará alimentos, solo consumo), calculándose una producción de 3,3 kg/día de este tipo de residuos, considerando un promedio de 6 trabajadores (equivalentes a 1,2 ton/año o 4,81 m3/año).
Respecto del manejo de los residuos domésticos, tanto aquellos generados en la etapa de construcción como aquellos generados en la etapa de operación, serán acumulados en contenedores herméticos los que contarán con identificación y finalmente serán dispuestos en el Vertedero de Pucón.
De manera complementaria al control de vectores y plagas que realizará una empresa externa acreditada para prestar este servicio, además se establecerán medidas preventivas tales como mantener el orden e higiene en el área general del proyecto, de modo de evitar generación de olores y el ingreso de vectores y personas ajenas al recinto. Una vez aprobada la DIA, la Piscicultura tramitará sectorialmente la Autorización de la bodega de acopio de residuos con su plan de manejo asociado.
Residuos Sólidos Industriales En la etapa de construcción no se generarán Residuos Industriales Sólidos (RISes).
Los tipos de residuos sólidos a generar en la fase de operación, se clasifican en: asimilables a residuos sólidos urbanos (ARSU), residuos industriales sólidos no peligrosos (RISes), residuos industriales sólidos peligrosos (RISP), y residuos sólidos urbanos (RSU) ya descritos en el punto anterior. En la tabla siguiente, se estima la cuantificación de residuos sólidos considerando un escenario de máxima producción con base de cálculo para un año:
Tipo Descripción Origen Generación Anual Volumen Anual Unidad Valor RSU Doméstico Producción Kilogramos 1.205 4,81 m3 ARSU Kit sanitarios” Sanitario Unidad 1.000 0,40 m3 ARSU Bolsas de alimento Producción Unidad 24.000 4,80 m3 ARSU Mascarillas Sanitario Unidad 1.000 0,40 m3 ARSU | Escobillones y coladores | Producción Unidad 44 0,30 m3 RIS Cajas de poliestireno Producción Unidad 40 2,40 m3 RIS Envases plásticos Sanitario Unidad 40 0,80 m3 RIS Mortalidad Producción NS Indef. 0,50 m3 extracciones aprox. RIS Lodo Producción N? Indef. 28 m3 extracciones aprox. RISP Pilas Operación Unidad 20 0,02 m3 RISP Tubos fluorescentes Operación Unidad 6 0,15 m3 RISP Lámparas UV Sanitario Unidad 3 0,05 m3
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El manejo de los residuos industriales sólidos de la etapa de operación se describe a continuación:
Asimilable a Residuo Sólido Urbano (ARSU)
Se priorizará su reciclado preferentemente (bolsas y sacos plásticos), ya que los proveedores de alimento de peces tienen convenios con Plantas de Reciclado, y por tanto como parte de sus procedimientos está contemplado el retiro de las bolsas vacías y pallet de madera. De lo contrario serán dispuestos en el Vertedero de Pucón, dado que se trata de residuos que aun cuando son generados a partir de un proceso productivo, poseen características intrínsecas que los hacen asimilables a los residuos urbanos; la piscicultura conservará registro de reciclaje e ingresos a relleno especificando al menos: fecha, volumen (m3), tipo de residuo y responsable del retiro.
Residuo Industrial Sólido No Peligroso (RIS)
Generado a partir del proceso productivo, estos residuos serán dispuestos según las indicaciones que se plantean a continuación. De proyectarse cambios en los tratamientos y/o destinos finales, la piscicultura informará previo a su modificación.
Mortalidad
Se genera a partir del cultivo de peces y mantención de reproductores con alimentación, en función de las proyecciones de producción (alevines, smolt y reproductores). La estimación se basa en proyecciones de producción.
La mortandad de peces se retirará diariamente desde los estanques de cultivo.
Los primeros dos años, la mortalidad será acopiada en contenedores plásticos isotérmicos que en su interior contienen además una cubierta de poliestireno. Una vez lleno el contenedor, se procede a sellar la tapa par su posterior retiro por empresa autorizada sanitariamente con una frecuencia mínima de una vez cada quince días. Estos contenedores estarán en una superficie de loza de hormigón lavable, donde podrán acceder los camiones que efectuarán el retiro del residuo. El sistema de retiro consiste en su extracción por un camión con brazo mecánico, el cual levanta el contenedor y lo carga en su plataforma, para ser transportado a sitio de disposición autorizado sanitariamente.
El tercer año de operación del proyecto, se implementará un sistema de ensilaje que considera una losa de cemento o radier, 15 metros cuadrados de superficie, con pretil perimétrico de contención de derrames de 6 metros cúbicos, sobre la cual se instalarán los equipos para la trituración de mortalidades (0,77 metros cúbicos), dosificación de ácido fórmico, silo de acopio de 2,5 metros cúbicos, contará con techo liviano y cierre perimetral. El ensilaje se instalará en la misma superficie donde se acopia la mortalidad en contenedores
Hasta ahí podrán acceder los camiones encargados del retiro de este residuo, retirando la mortalidad previamente ensilada. El ensilado será retirado por la empresa externa, que contara con la autorización sanitaria para el retiro de este residuo.
Lodo
Se genera a partir de las fecas de peces y el alimento perdido. El lodo será acopiado temporalmente por un tado en cámara estanca, cerrada y ventilada, y por otro lado, en el decantador. El lodo será retirado por una empresa externa, autorizada sanitariamente para el retiro de este residuo. La estimación de la generación de este residuo en base a la producción proyectada, se detalla en la tabla siguiente:
Periodo Cantidad (m3/año) Año 28
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Cajas de polietileno expandido
Se genera a partir del ingreso de ovas. Una vez han sido desinfectadas según indicaciones de la reglamentación indicada por SERNAPESCA, se acopiarán cerradas y selladas en el área de acopio transitorio de residuos sólidos para ser despachadas a vertedero industrial. Se tomarán precauciones adicionales en este procedimiento de forma de asegurar la correcta desinfección, según consta en Reglamento de medidas de protección, control y erradicación de enfermedades de alto riesgo para las especies hidrobiológicas (D.S. N” 319/01) y el Programa de vigilancia epidemiológica Programas Sanitarios Generales para peces. La generación se estima en 40 unidades anuales aproximadamente (cajas de poliestireno o plumavit).
La desinfección se hará efectiva mediante el contacto con desinfectante de acción bacteriana, fungicida y viricida. La disposición final será en un Vertedero Industrial autorizado y su transporte será por medio de camiones igualmente autorizados por Resolución sanitaria.
Tarros, bidones y bolsas plásticas de sustancias químicas
Se generan a partir del uso de sustancias químicas de uso veterinario. Una vez que han sido utilizadas las sustancias y dado que se usan en tratamientos y/o terapias líquidas. Una vez concluido serán lavados e inhabilitados para asegurar que no serán mal utilizados (por ejemplo para contener productos alimenticios) y despachados a vertedero autorizado. Se priorizará la devolución a los proveedores de la mayor parte de estos envases vacíos, en la medida de lo posible.
El acopio temporal será en el área de acopio transitorio de residuos sólidos, la disposición final en aquellos casos que no se puedan devolver al proveedor para su
reutilización, será en un Vertedero Industrial autorizado y su transporte será por medio de camiones igualmente autorizados por Resolución sanitaria.
Residuo Industrial Sólido Peligroso (RIP)
Es generado a partir del proceso productivo, estos residuos serán dispuestos según las indicaciones que se plantean a continuación:
Residuo Disposición Pilas Es un residuo que se genera en mínimas cantidades, pues solo son requeridos para inspeccionar las unidades de incubación, ya que el resto de las unidades de cultivo contarán con iluminación eléctrica.
Además se contempla el uso de pilas recargables para optimizar su USO y minimizar su requerimiento. En caso de generarse este tipo de residuos, el acopio será en contenedor exclusivo ubicado en el área de acopio transitorio de residuos sólidos y de acceso restringido. La generación se estima en 20 unidades anuales y la disposición final será en un Vertedero de Seguridad Autorizado.
Tubos Se generan a partir de las necesidades de luminosidad en las fluorescente instalaciones. El acopio temporal será en contenedores ubicados en el área de acopio transitorio de residuos sólidos y de acceso restringido. La generación de estos se estima en 6 unidades anuales. Lámparas UV Se generan a partir de necesidades sanitarias para desinfección del agua de ingreso a incubación. La generación de este residuo se estima en 3 unidades anuales, el acopio se hará en contenedores ubicados en un sitio denominado área de acopio transitorio de residuos sólidos con acceso restringido dentro de la piscicultura. La disposición final será en un Vertedero de Seguridad
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OTRAS EMISIONES
El proyecto no generará formas de energía, ni tampoco genera efectos de la combinación y/o interacción de los contaminantes emitidos o generados por éste.
4.- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Piscicultura Carileufu de Pucón” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto cumple con:
4.1. Normativa Ambiental Aplicable 4.1.1. Normativa Ambiental General 4.1.1.1. Constitución Política de La República de Chile
El artículo 19, N* 8 de la Constitución asegura a todas las personas el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
Cumplimiento de la normativa
El cumplimiento de lo señalado, se garantiza a través del cumplimiento de la normativa vigente y el reconocimiento de la institucionalidad del estado, a través de lo declarado en la presente DIA que se somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4.1.1.2. Ley N*19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente del 09 de marzo de 1994, modificada por Ley N"20.417 del Ministerio Secretaría General de L Presidencia, que Crea El Ministerio, El Servicio de Evaluación Ambiental y La Superintendencia del Medio Ambiente (D.O. 26.01.2010).
Crea y desarrolla el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, las Normas de Calidad Ambiental y las Normas de Emisión. Para cumplir esta normativa, el proyecto ingresa al SEIA.
El artículo 8 de la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente establece que los proyectos o actividades señalados en el artículo 10 solo podrán ejecutarse oO modificarse previa evaluación de su impacto ambiental, de acuerdo a lo establecido en la presente ley.
En tanto, el artículo 10 de la Ley señala que los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualquiera de sus fases, que deberán someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental, son los señalados en las letras a) a la r) de este artículo. Los tipos de proyectos listados entre las letras a) a la r) requieren la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental (ElA) o una Declaración de Impacto
Ambiental (DIA). :
Entre los proyectos señalados, se encuentra:
Letra n) “Proyectos de explotación intensiva, cultivo, y plantas procesadoras de recursos hidrobiológicos.
El artículo 11 de la Ley señala los tipos de proyectos o actividades enumeradas en el artículo precedente, que generan o presentan a lo menos uno de los efectos señalados en este artículo, deberán elaborar un ElA. En caso contrario, deberán elaborar una DIA.
Cumplimiento de la norma: Para cumplir esta normativa, el proyecto ingresa al Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental (SEIA), bajo la forma de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA). La elaboración de una DIA se justifica en que el proyecto no produce ninguno de los
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efectos, características o circunstancias señaladas en el artículo 11 de la Ley N19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por Ley N20.417 que Crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente.
4.1.1.3. D.S N* 30, Reglamento del Sistema de Evaluación de impacto Ambiental del 03 de abril de 1997, modificado por el D.S. N%95 del 07 de diciembre de 2002, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Establece las disposiciones por las cuales se regirá el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Asimismo, indica los Requisitos que deben cumplir las Declaraciones de Impacto Ambiental.
El artículo 3 del Reglamento especifica con mayor detalle los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualquiera de sus fases, de deberá someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. En el artículo 3, la letra n) párrafo segundo y letra n.5), señalan que estos proyectos son de dimensiones industriales cuando:
Letra n), segundo párrafo “se entenderá por proyectos de cultivo de recursos hidrobiológicos aquellas actividades de acuicultura, organizadas por el hombre, que tienen por objeto engendrar, procrear, alimentar, cuidar y cebar recursos hidrobiológicos, a través de sistemas de producción extensivos y/o intensivos, que se desarrollen en aguas terrestres, marinas y/o estuarinas o requieran de suministro de agua, y que contemplen:
n.5) “Una producción anual igual o superior a ocho toneladas (8 t), tratándose de engorda de peces; o el cultivo de microalgas y juveniles de otros recursos hidrobiológicos que
requieran el suministro y/o evacuación de aguas de origen terrestre, marina o estuarina, cualquiera sea su producción anual”.
Cumplimiento de la norma:
Para cumplir esta normativa, el proyecto ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), bajo la forma de una Declaración de Impacto Ambiental. La elaboración de una Declaración de Impacto Ambiental se justifica en que el proyecto no produce ninguno de los efectos, características O circunstancias señaladas en el artículo 11 de la Ley N19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por Ley N20.417 que Crea el Ministerio de Medio Ambiente, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente.
4.1.2. Normativa Ambiental Sectorial 4.1.2.1. Recurso Agua
4.1.2.1.1. D.F.L. N*725, Código Sanitario, del Ministerio de Salud, publicado el 31 de Enero de 1968.
El artículo 71 señala que corresponderá al Servicio Nacional de Salud aprobar los proyectos relativos a la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada:
a) la provisión o purificación de agua potable de una población, y b) la evacuación, tratamiento o disposición final de desagúes, aguas servidas de cualquier naturaleza y residuos industriales o mineros.
El artículo 73 señala que se prohíbe descargar las aguas servidas y los residuos industriales o mineros en ríos o lagunas, o en cualquier otra fuente o masa de agua que sirva para proporcionar agua potable a alguna población, para riego o para balneario, sin que antes se proceda a su depuración en la forma que se señale en los reglamentos.
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El organismo encargado de fiscalizar el cumplimiento de estas normas, es la Secretaría Regional Ministerial de Salud correspondiente.
Cumplimiento de la norma:
Durante la etapa de construcción, se utilizarán baños químicos, los cuales contarán con servicio de aseo y mantención periódica, cumplimiento con las disposiciones del D.S. N* 594/00, que contiene el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo..
La principal emisión del proyecto durante la etapa de operación del proyecto, está vinculada a sus residuos líquidos industriales los que se descargan previamente tratados en la Vertiente Sin Nombre.
Para el tratamiento del afluente, el proyecto contempla el uso de un filtro de tambor rotatorio y un sedimentador. El afluente proveniente de las áreas de cultivo, en situaciones normales pasará obligatoriamente por ambos sistemas de tratamiento antes de ser evacuado al cuerpo receptor.
Sistema de filtro rotatorio Comprende dos fases: filtración y decantación. Fase de Filtración
Para el tratamiento del afluente, el proyecto contempla una línea de tratamiento de operación permanente mediante un filtro rotatorio con paneles filtrantes de 90 micras y capacidad para tratar un flujo continuo de 300 litros por segundo.
Fase de Decantación
El lodo fruto de la microfiltración será evacuado hacia la cámara de lodos, la que contará con un sistema de recirculación del líquido sobrenadante producto de la decantación del lodo en el estanque de lodos, ésto a objeto de disminuir la humedad del lodo. El sobrenadante se volverá a incorporar al sistema de filtro rotatorio para su posterior tratamiento antes de ser evacuado al cuerpo receptor.
La cámara de lodos es estanca, sellada y contará con sistema de ventilación.
El lodo será retirado por empresas debidamente acreditadas por la autoridad sanitaria para realizar el retiro, transporte y disposición del residuo sólido, a la cual se le solicitará copia de la correspondiente documentación, quedando esta archivada en la piscicultura.
Sedimentador
Las aguas que han sido previamente tratadas en el sistema de filtro rotatorio, obligatoriamente por el sedimentador con el propósito de optimizar la retención de los sólidos.
El titular presentará ante la Autoridad Sanitaria, los antecedentes técnicos y formales, para autorizar sectorialmente el Sistema de Tratamiento, lo que incluye el correspondiente Plan de Manejo de Lodos.
Respecto de las aguas servidas, durante la operación del proyecto, se contará con un Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Particular, para lo cual el titular cuenta con un derecho de aprovechamiento de agua superficial de tipo consuntivo por 6 L/s (Res.DGA No 761/1999). Las aguas servidas serán tratadas mediante una planta prefabricada de plástico reforzado con fibra de vidrio. El sistema de absorción del efluente entregado por la planta de tratamiento de aguas servidas, consta de pozo absorbente de 3 metros de
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diámetro y 1,53 metros de profundidad. En el Anexo 6 de la DIA, se adjunta Memoria de Cálculo y Especificaciones Técnicas del Sistema de Alcantarillado Particular.
En el Anexo 6 de la DIA se adjuntan los antecedentes para solicitar el permiso ambiental sectorial señalado en el artículo 91 del Reglamento del SEIA. Una vez aprobada la DIA, el titular ingresará ante la Autoridad Sanitaria, los antecedentes técnicos y formales, para autorizar el Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Particular.
4.1.2.1.2. D.S. N*735/69 Reglamento de los Servicios de Agua, destinados al consumo humano
El artículo 1% señala que todo servicio de agua potable deberá proporcionar agua de buena calidad en cantidad suficiente para abastecer satisfactoriamente a la población que le corresponde atender, debiendo además, asegurar la continuidad del suministro contra interrupciones ocasionadas por fallas de sus instalaciones O de su explotación. El artículo 2 señala que la Secretaría Regional Ministerial de Salud respectiva deberá aprobar todo proyecto de construcción, reparación, modificación o ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la provisión o purificación de agua para el consumo humano, que no sea parte o no esté conectado a un servicio público sanitario regido por el DFL N 382 de 1988 del Ministerio de Obras Públicas. Asimismo, una vez construida, reparada, modificada o ampliada y antes de entrar a prestar servicios, la obra debe ser autorizada por el citado organismo.
En tanto que el artículo 7” dispone que todo servicio de agua potable deberá someter el agua que obtenga de su fuente de abastecimiento a alguno de los procesos de tratamiento general que se indican más adelante, para ser considerada apta para el consumo humano. El artículo 10* señala que el agua destinada a consumo humano distribuida por redes debe ser sometida a un proceso de desinfección, debiendo existir una concentración residual de desinfectante activo en la red en forma permanente. En caso de utilizarse como desinfectante cloro O sus derivados, la concentración residual máxima de cloro libre debe ser 2 mg/l en condiciones normales de operación en cualquier punto de la red. La concentración residual mínima de cloro libre debe ser de 0,2 mg/l en
cualquier punto de la red. Cumplimiento de la norma:
Como se ha informado en la DIA (numeral 2.3.3.3), el titular una vez aprobada la DIA ingresará los antecedentes técnicos y formales del Proyecto Sistema de Agua Potable Particular ante la SEREMI de Salud de la Región de La Araucanía, con el objeto de aprobar el proyecto y autorizar su funcionamiento. El agua será extraída desde la Vertiente Sin Nombre, para lo cual se cuenta con un derecho de aprovechamiento de agua de tipo consuntivo, el agua será conducida gravitacionalmente hasta un estanque semienterrado de 1 m3 de fibra de vidrio que se instalará en el recinto de la piscicultura. Antes de ingresar el agua al estanque, se procede a filtrar con un equipo de presión y posteriormente a inyectar cloro para la desinfección y mantener el tiempo necesario de contacto para su desinfección y almacenamiento (los antecedentes asociados al Permiso Ambiental Sectorial 91 se han adjuntado en el Anexo 6 de la DIA). Una vez tratada el agua, será conducida hasta las instalaciones mediante un sistema de hidropack.
La dotación de agua será de 150 Litrabajador/día. Según lo señalado en la DIA (numeral 2.3.3.3), el titular se compromete a llevar registro del cloro libre residual en el agua potable dando cumplimiento a la NCh 409.0f84 en cuanto a que el mínimo de cloro libre residual será de 0,2 ppm.
En situaciones de emergencia, que pueda provocar la interrupción de la operación del sistema de agua potable particular, el suministro de agua para consumo humano será por compra a una empresa autorizada de agua purificada envasada en botellones u otro medio.
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4.1.2.1.3. D.S. N* 594, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, del Ministerio de Salud, publicado el 29 de Abril de 2000.
Este reglamento, establece las condiciones sanitarias y ambientales básicas que debe cumplir todo lugar de trabajo. Los artículos 12 y siguientes establecen que todo lugar de trabajo debe contar con agua potable destinada al consumo humano, la que independiente de su fuente de abastecimiento, debe cumplir con los requisitos físicos, químicos, radioactivos y bacteriológicos establecidos en la reglamentación vigente sobre la materia, los que están definidos en la Norma Oficial Chilena N*409/1 Of. 2005, sobre requisitos del agua potable. Por su parte, los artículos 21 y siguientes establecen que todo lugar de trabajo debe estar previsto de servicios higiénicos. El artículo 24 señala que en aquellas faenas temporales, donde no sea posible que los servicios higiénicos se instalen a una red de alcantarillado, se pueden utilizar baños químicos, siendo, el transporte, habilitación y limpieza de éstos de responsabilidad del empleador.
Cumplimiento de la norma: El titular dará cumplimiento a las disposiciones de este Reglamento.
Durante la etapa de construcción, se utilizarán baños químicos, los cuales contarán con servicio de aseo y mantención periódica, cumplimiento con las disposiciones del D.S. N0594/00, que contiene el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
Respecto del agua potable, el proyecto contará con un Sistema Particular de Agua Potable y Alcantarillado, el que será aprobado por la SEREMI! de Salud de La Araucanía. Para la provisión de agua, el titular cuenta con un derecho de aprovechamiento de agua superficial de tipo consuntivo por 6 litros por segundo, la dotación de agua potable será de 150 Uhabitante/día. El agua potable cumplirá los requisitos definidos por la NCh 409/10f.2005, y durante la operación del sistema se medirá y controlará diariamente el cloro libre residual.
El titular ingresará ante la Autoridad Sanitaria, los antecedentes técnicos y formales, para autorizar sectorialmente el Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Particular.
4.1.2.1.4. D.S. N* 90, Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes
asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales, publicado el 7 de Marzo de 2001.
Establece la concentración máxima de contaminantes permitida para residuos líquidos descargados por las fuentes emisoras, a los cuerpos de agua marinos y continentales superficiales. Además estable que las fuentes emisoras deben realizar monitoreos de sus contaminantes descargados a los cuerpos receptores.
Cumplimiento de la norma:
Durante la etapa de construcción del proyecto no se generarán descargas de residuos líquidos industriales definidos en esta norma.
Durante la etapa de construcción, en cumplimiento a las regulaciones vigentes, se informará previo a la operación del sistema de tratamiento a la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS), solicitándose además una Resolución de Monitoreo, en la frecuencia y los parámetros que esta autoridad determine. —Existirá una única descarga, para el muestreo se considera una cámara de fácil acceso especialmente habilitada para este fin y que no será afectada por el cuerpo receptor. El proyecto dará cumplimiento a la Tabla 1 de la norma de emisión.
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Art. 14. La extracción o restitución de las aguas se hará siempre en forma que no perjudique los derechos de terceros constituidos sobre las mismas aguas, en cuanto a su cantidad, calidad, substancia, oportunidad de uso y demás particularidades.
Cumplimiento de la norma:
El proyecto no contempla entorpecer o perjudicar el aprovechamiento de las aguas como tampoco del ejercicio de las servidumbres constituidas sobre ellas.
4.1.2.2. Recurso Aire
4.1.2.2.1. D.S. N*55, Establece Norma de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados
Pesados, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, publicado el 16 de Abril de 1994.
Esta norma establece los valores máximos de gases que el motor de un vehículo pesado puede emitir bajo condiciones normalizadas, a través del tubo de escape O por evaporación. El organismo encargado de su cumplimiento es el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Cumplimiento de la norma:
Durante la etapa de construcción, se considera el uso de vehículos pesados para el movimiento de tierra, estos vehículos cumplirán con los valores señalados en esta norma de emisión. En la contratación de vehículos pesados para estas actividades, además se señalará expresamente en los contratos que se suscriban, la obligación de cumplir con las disposiciones de esta norma, en particular con:
-
Revisiones técnicas al día, con el fin de asegurar cumplimiento de las normas de emisión señaladas en el artículo 4* de este Decreto.
-
Cumplimiento de emisiones contaminantes de estos vehículos, considerando los gases expresados en el D.S. N* 55 y la medición de particulas en suspensión.
Durante la etapa de operación, se mantendrán las mismas exigencias para vehículos efectos (vehículos de transporte de suministros, de retiro de biomasa, etc.). No obstante, serán principalmente vehículos livianos los que ingresen al centro, para lo cual se tendrá especial atención en la validez de la revisión técnica y análisis de gases (si corresponde).
4.1.2.2.2. D.F.L. N"458, Aprueba Ley General de Urbanismo y Construcciones, del MINVU, publicado el 13 de abril de 1976; y D.S. N%47, Fija Nuevo Texto de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del MINVU,
publicado el 5 de junio de 1992.
El artículo 5.8.3 de la Ordenanza, establece que Con el objeto de mitigar las emisiones de polvo, en toda obra de construcción, reparación, modificación, alteración, reconstrucción o demolición, se deberán implementar una serie de medidas.
Cumplimiento de la norma:
El titular del proyecto señala que la emisión de polvo durante la etapa de construcción se asocia principalmente al movimiento de tierra necesario para instalar las obras físicas. Las faenas serán ejecutadas en un predio rural, también se considera humedecer el suelo, si las condiciones ambientales así lo ameritan, y controlar la velocidad de circulación de vehículos.
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Por lo anterior se estima, que no habrá problemas asociados a las emisiones de polvo durante la etapa de construcción. Durante la etapa de operación del centro de cultivo, no se generará polvo en suspensión, debido a que no se desarrollarán actividades constructivas que involucre movimiento de tierra o emisión de polvo. Los caminos interiores para la circulación de vehículos serán humedecidos de ser necesario, considerando que el proyecto se emplaza en una zona de características lluviosa.
4.1.2.2.3. D.S. N* 146, Estable Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas, del Ministerio Secretaría General de La Presidencia, publicado el 17 de abril de 1998.
Este Decreto Supremo establece los niveles máximos permisibles de presión sonora corregida y los criterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas hacia la comunidad. Su artículo 4", fija los niveles máximos de presión sonora corregidos que se obtengan de la fuente fija emisora de ruido, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor.
Estos niveles se diferencian según la zona en que se encuentre el receptor y el horario en que se emiten los ruidos. En las zonas rurales, los niveles de presión sonora corregidos no pueden superar el ruido de fondo, en 10 dB (A) o más.
Cumplimiento de la norma:
La generación de ruidos se asocia al uso de herramientas eléctricas y actividades de construcción con uso de maquinaria. El sitio de faenas se emplaza en un sector rural, se prevén niveles de ruido bajo la permisibilidad de ruido definida en los estándares establecidos en D.S. N*146/97. No obstante, frente a situaciones que se evaluarán al momento de ejecutar las actividades, no se descarta el uso pantallas acústicas que cubra el área de faena, con el fin de no sobrepasar los estándares de la norma de emisión. Las actividades generadoras de ruido se ejecutarán en horarios diurnos y en días hábiles y festivos, de acuerdo a los requerimientos del proyecto.
Durante la etapa de operación, la generación de ruidos se asocia principalmente al funcionamiento del Equipo Electrógeno el que constituye un sistema de respaldo y funcionará solo en situaciones de emergencia (corte de la energía eléctrica del sistema público) y en periodos de mantención (periodos de tiempo cortos de solo minutos una vez a la semana o al mes). No obstante, la instalación del Grupo Electrógeno contará con el aislamiento acústico necesario, y cumpliendo la norma de emisión respectiva.
4.1.2.2.4. D.S. N* 75, Establece Condiciones para el Transporte de Carga que Indica, del Ministerio de Transporte, publicado el 7 de Julio de 1987.
Establece las condiciones de carga de diversos tipos de materiales, que se deben cumplir para su transporte.
Cumplimiento de la norma:
El titular del proyecto cumplirá las disposiciones de esta norma. El transporte de materiales que produzca polvo será en vehículos con carrocería cubierta, el transporte de residuos será en contenedores con tapa y herméticos para evitar derrames. Se tomarán todas las medidas de saneamiento ambiental necesarias para cumplir con la norma.
En general las mismas disposiciones también serán válidas para la etapa de operación, el transporte de residuos será en contenedores cerrados y herméticos o camión aljibe (en el caso del lodo) y se tomarán todas las medidas de saneamiento ambiental necesarias para cumplir con la norma, cuyos procedimientos serán aprobados por la
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a.9. Manejo de residuos generados dentro de la planta:
Los residuos generados del sistema de ensilaje y de la operación de la piscicultura, serán acopiados temporalmente dentro de la piscicultura y luego transportados y dispuestos en lugares autorizados. Se realizara el retiro y disposición final de cada tipo de residuo en forma separada y con las autorizaciones correspondientes a cada uno.
F. Tratándose del almacenamiento de residuos, además de lo señalado en la letra A):
f.1) Características del recinto:
El proyecto considera como características generales de almacenamiento o acopio temporal de de residuos, que los sitios u bodegas, contarán con techo, cierre perimetral, piso radier y pretil de contención para controlar eventuales derrames.
Artículo 94: la SEREMI de Salud, mediante Ordinario N*A24-1666 publicado con fecha 11 de noviembre de 2011, ha informado favorablemente el permiso ambiental sectorial, en función de que los requisitos que se requieren para su otorgamiento, están contenidos en el Anexo N? 7 de la DIA.
Artículo 96: la SEREMI de Agricultura, mediante Ordinario N*4521 publicado con fecha 21 de junio de 2011, ha informado favorablemente el permiso ambiental sectorial, relativo al cambio de uso de suelo para una superficie de 1,42 hectáreas, en función del informe agrológico que el titular ha entregado donde el suelo se clasifica en clase IV (84%) y clase VI (16%) que presenta limitaciones de uso y restricciones para el cultivo; actualmente el predio no tiene uso agrícola o ganadero. Además, el proyecto no genera un nuevo núcleo urbano al margen de la planificación.
5.- Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Piscicultura Carileufu de Pucón”, no requiere la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental, dado que no generará o presentará los efectos, características O circunstancias descritas en el artículo N41 letras a), b), c), d), e) y f) de la Ley N* 19.300 sobre Bases del Medio Ambiente, desarrollados en los artículos 5, 6%, 8%, 99, 10% y 11? del Título Il del Reglamento del SEIA, motivo por el cual, sólo procede presentar una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), todo ello en conformidad al artículo 4? del mencionado Reglamento.
5.1. Con relación al Art. 11 letra a), Riesgo para la salud de la Población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos, no se presentan tales efectos toda
vez que:
Durante la evaluación se ha establecido que no se producen tales efectos toda vez que las aguas de la Vertiente Sin Nombre, en el tramo evaluado no existen derechos de agua para el consumo humano y la población se abastece de una red comunitaria de agua existente o vertientes aledañas.
La principal emisión del proyecto durante la etapa de operación del proyecto, está vinculada a sus residuos líquidos industriales los que se descargan previamente tratados en Vertiente Sin Nombre.
Los residuos líquidos de proceso provenientes de las unidades de cultivo (incubación, alevinaje, smoltificación, y de la mantención de reproductores) están conformados por productos metabólicos (orinas, fecas), detergentes, desinfectantes y productos terapéuticos; se estima un caudal máximo de 266 litros por segundo, el que será conducido por tuberías de desagúe hasta el sistema de filtración compuesto por un Filtro Rotatorio con paneles filtrantes de 90 micras y con capacidad de tratar un flujo continuo de 300 litros por segundo lo que supera el caudal máximo proyectado para el proyecto: Una vez que el efluente ha sido tratado por el filtro rotatorio, pasará por un decantador para posteriormente ser evacuado al cuerpo receptor. El contar con un filtro y un
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decantador, que en situación normal serán ambos de operación permanente, permite destinar uno de ellos a funcionamiento de respaldo ante fallas o mantención del primero y ante el retiro de lodos desde el segundo.
Adicionalmente y con el propósito de mejorar la calidad del efluente a descargar en el cuerpo receptor, se considera la integración del sistema de oxigenación en la línea de evacuación de las aguas tratadas que será tipo escalera, de modo de compensar el consumo de oxigeno por parte de la biomasa de peces en cultivo, y al mismo tiempo minimizar formas disueltas de Nitrógeno.
Respecto del efluente del sistema de tratamiento particular de aguas servidas, éste será infiltrado al terreno ante lo cual no existirán descargas directas a ningún cuerpo de agua superficial.
Se han implementado sistemas de monitoreo en el efluente y cuerpo receptor, los que se encuentran descritos en la DIA y Adendas del proyecto, a fin de realizar un seguimiento continuo de las condiciones de operación del proyecto. Además, los antecedentes dan cuenta de que no existirían extracciones de agua para ser consumidas por seres humanos, si existiría uso de bebida, vida acuática y recreacional con contacto directo.
Respecto al sistema de ensilaje, cuenta con pretil de contención de eventuales derrames y existen medidas de contingencias que se aplicarán ante Un eventual derrame dentro y fuera del pretil de contención, para la mortalidad cruda, ácido fórmico y mortalidad ensilada. El proceso de ensilaje en un ciclo cerrado y el producto será retirado desde el estanque de acopio mediante bomba que lo traspasará directamente a un camión tipo aljibe para disponerlo en Planta Reductora. Los envases vacíos de ácido fórmico, serán acopiados temporalmente en bodega que se encuentra autorizada sanitariamente y serán retirados directamente por el proveedor del producto.
Durante la etapa de operación, la limpieza de los equipos y circuitos de ensilaje se realizará al final de cada ciclo productivo O cuando se programe el retiro del ensilado y después de haber retirado todo el material ensilado. La actividad de limpieza se efectuará un raspado en seco utilizando una espátula para remover ensilado adherido a las paredes internas de los estanques, y una limpieza Con ácido fórmico (líquido), todo el material removido quedará como base para la siguiente carga de mortalidad que ingrese al sistema de ensilaje. Por tanto no habrá incorporación de residuos líquidos al sistema de tratamiento de riles de la piscicultura o al sistema de alcantarillado particular.
Considerando que, la cantidad de residuos, emisiones y efluentes son adecuadamente manejados a través de los sistemas de tratamiento y/o disposición final, y que se dará cumplimiento con la normativa de emisión y manejo, junto a exigencias adicionales al proyecto, durante la evaluación se concluye que el proyecto no generará riesgos para la salud de la población en relación a la calidad y cantidad de estos residuos y efluentes.
5.2. Con relación al Art. 11, letra b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, no se presentan tales efectos toda vez que:
Suelo: El proyecto se emplaza en 1,42 hectáreas, en el sector Carileufu, de la comuna de Pucón. Las características del suelo son de topografía plana, pendiente simple, con abundante pedregosidad y erosión ligera. Respecto de la capacidad de uso del suelo, el sector se clasifica en clase IV (84%) y clase VI (16%) que presenta limitaciones de uso y restricciones para el cultivo.
El predio actualmente no tiene USO agrícola ni ganadero, respecto del potencial uso cabe destacar que la delgada capa vegetal y abundante pedregosidad dificulta su Uso para cultivos, limitándolo para pastos resistentes y USO forestal con restricciones.
La SEREMI de Agricultura ha dado su aprobación para el cambio de uso de suelo según artículo 55 de la LGUC.
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Flora, y fauna: El predio no tiene uso agrícola ni ganadero, respecto del potencial uso cabe destacar que la delgada capa vegetal y abundante pedregosidad dificulta su uso para cultivos, limitándolo para pastos resistentes y uso forestal con restricciones.
Actualmente el predio se encuentra intervenido, existiendo presencia de instalaciones asociadas a la actividad piscícola, a consecuencia que el lugar fue arrendado a la Piscicultura Huililco que operó durante los años 1996 y 2003, cuyo contrato de arrendamiento establecía que las mejoras que se efectuarán en la propiedad quedarían en beneficio del propietario. Las obras existentes son: decantador, piletas de cultivo, canal de aducción, zona de incubación y alevinaje, bodegas y oficinas. El proyecto no realizará corta de especies nativas para su implementación y operación. La corta que se realizó en su momento, cuenta con su respectivo Plan de Manejo Forestal aprobado.
Respecto a la fauna terrestre, producto de la alta intervención existente en el predio de emplazamiento del proyecto, las especies han emigrado a zonas inalteradas, no evidenciándose ejemplares ni presencia de heces atribuibles a algún vertebrado, solo es posible avistar algunas aves típicas de praderas (Queltehue, Tiuques, Zorzal).
Agua.- Tanto el efluente del proyecto como el cuerpo receptor, serán constantemente controlados y monitoreados.
Efluente.- A fin de limitar el área de influencia del efluente en Vertiente Sin Nombre, el titular ha autocondicionado su descarga a dar cumplimiento a los límites máximos de los siguientes parámetros aludidos en la Tabla 1 del D.S. N 90/2000: Temperatura: 35 C, Sólidos Suspendidos Totales: 80 mg/L, DBO5: 35 mgO?2/L, Cloruros: 400 mg/L, Aceites y Grasas: 20 mg/l, Fósforo: 10 mg/L, Nitrógeno Total Kjeldahl: 50 mg/L, Poder Espumógeno: 7mm. Sin perjuicio de otros parámetros definidos de acuerdo a la Tabla 1 y periodicidad instruida por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, en la respectiva resolución de monitoreo.
Adicionalmente y con el propósito de mejorar la calidad del efluente a descargar en el cuerpo receptor, se considera la integración del sistema de oxigenación en la línea de evacuación de las aguas tratadas que será tipo escalera, de modo de compensar el consumo de oxigeno por parte de la biomasa de peces en cultivo, y al mismo tiempo minimizar formas disueltas de Nitrógeno.
Cuerpo Receptor: el titular ha adoptado como medida de resguardo, realizar los siguientes monitoreos:
Tipo de análisis Monitoreo al cuerpo receptor
En captación de aguas (control) Punto de muestreo | 75 metros aguas abajo de la descarga de RlLes
Tipo de muestra Puntual sincronizada con la aplicación de productos ictiosanitarios
Parámetros Temperatura, pH, Oxígeno disuelto, SST, Nitrógeno, Kjeldahl, Fósforo, Físicos y Químicos | % de Salinidad, Razón RAS.
según NCh 1333 Parámetros Fauna bentónica Biológicos
Frecuencia 1 vez al año en época de máximo estiaje (entre febrero y abril)
Informes anuales, 30 días después de efectuado el monitoreo, dirigidos a SAG y Servicio de Evaluación Ambiental. Este informe incluirá datos, análisis y discusión de resultados de datos obtenidos del monitoreo de Informe la SISS, producción (biomasa-alimentación), aplicación de productos ictiosanitarios y test de toxicidad; Evaluación: En caso de detectar alteraciones en la calidad de agua respecto al punto control se entregará en el informe las medidas correctivas correspondientes
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Tipo de análisis Test de toxicidad (microcrustáceos y algas)
En bocatoma (control) Punto de muestreo | 75 m aguas abajo de la descarga de RlLes
Tipo de muestra Puntual
7 vez al año en época de máximo estiaje (entre febrero y abril). Durante el primer año se harán test sincronizados con la aplicación de productos ictiosanitarios, resguardando que para la toma de muestras, se Frecuencia considere los tiempos en que una molécula alcanza el cuerpo receptor una vez aplicado el producto(retención y circulación dentro del sistema). En caso de no evidenciarse toxicidad, el titular no volverá a realizar el ensayo
No existe, por lo tanto, de evidenciarse toxicidad el titular se
Normativa compromete a ejecutar las medidas tendientes a revertir la situación y asociada a esta H Ln NN a solicitud(”) continuar con el seguimiento; informes anuales dirigidos a SAG y Servicio de evaluación Ambiental. Informes semestrales, 30 días después de efectuado el monitoreo, Informe dirigidos a SAG y Servicio de Evaluación Ambiental
Otras medidas de Control:
-
Durante la etapa de operación del proyecto, se realizará un monitoreo del parámetro triciorometano en coordinación con las aplicaciones de productos químicos y considerando los tiempos de circulación de una molécula en los sistemas de cultivos (estanques más sistemas de tratamiento u otros). El monitoreo se realizará dos veces al año por dos años consecutivos, en época de máximo estiaje y en función de los resultados obtenidos, la institucionalidad ambiental evaluará su periodicidad. Los informes deberán ser entregados en formato papel al SAG, Servicio de Evaluación Ambiental y Superintendencia de Medio Ambiente.
-
El sistema de ensilaje cuenta con pretil de contención de eventuales derrames y existen medidas de contingencias que se aplicarán ante un eventual derrame dentro y fuera del pretil de contención.
-
Durante la etapa de operación, la limpieza de los equipos y circuitos de ensilaje se realizará al final de cada ciclo productivo o cuando se programe el retiro del ensilado y después de haber retirado todo el material ensilado. La actividad de limpieza se efectuará un raspado en seco utilizando una espátula para remover ensilado adherido a las paredes internas de los estanques, y una limpieza con ácido fórmico (líquido), todo el material removido quedará como base para la siguiente carga de mortalidad que ingrese al sistema de ensilaje.
-
En caso de detectarse alteración en el cuerpo receptor, se activará plan de contingencia que considera entre otras medidas, disminuir la alimentación, disminuir la biomasa y hacer limpieza del cauce.
Finalmente, el caudal ecológico del cuerpo receptor que se mantendrá durante toda época del año es de 30 litros por segundo.
Sobre la base de los antecedentes presentados, se considera que el proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
5.3. Con relación al Art. 11, letra c) Reasentamiento de comunidades humanas, 0 alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos:
Revisados los antecedentes del proceso de evaluación se puede concluir que el proyecto no genera tales efectos negativos, toda vez que:
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El proyecto se inserta al interior de la comunidad Cumirrai Ñanco Viuda de Ñanculef, en atención a que el terreno de emplazamiento es tierra indígena y su propietario que pertenece a dicha etnia, es integrante de esta comunidad.
Durante la evaluación, el Informe Antropológico ampliado, elaborado por el profesional Sr. José Saavedra Zapata, antropólogo, da cuenta que la Vertiente Sin Nombre no constituye un recurso natural que sea utilizado por la comunidad Cumirrai Ñanco para su sustento económico y no tiene uso tradicional (uso medicinal, espiritual o cultural), sin embargo, si es utilizado para bebida animal y se extrae agua en baldes para uso en riego y servicios higiénicos (wc), usos que se encuentran fuera del área de influencia directa de la descarga del efluente del proyecto. Durante la evaluación el titular ha identificado los usos aguas abajo de la descarga, para lo cual se han comprometido un sistema de tratamiento de residuos líquidos a base de un filtro rotatorio y una unidad complementaria de decantación, como también los siguientes monitoreos:
-
Norma Chilena 1333 para los usos identificados que corresponden a bebida animal, vida acuática y recreacional con contacto directo.)
-
Fauna bentónica.
-
— Test de toxicidad.
-
Control del parámetro triclorometano.
En caso de detectarse alteración en el cuerpo receptor, se activará plan de contingencia que considera entre otras medidas, disminuir la alimentación, disminuir la biomasa y hacer limpieza del cauce.
Respecto a la Comunidad Mariano Millahual, el proyecto está distante a 900 metros del punto más cercano en línea recta y a 1.576 metros por el cuerpo de agua. El Informe Antropológico da cuenta que esta comunidad no tiene usos de ningún tipo en el trayecto de la Vertiente Sin Nombre que confluye en el río Caburga,
Referente a los sitios de significación cultural para las comunidades identificadas en el sector, la evaluación concluye que hay 11 sitios, todos ellos ubicados fuera del Área de Influencia directa del proyecto por lo que no serán afectados. Antecedentes que han sido ratificados por la CONADI, mediante oficio N*897 publicado con fecha 10 de noviembre de 2011 y el Consejo de Monumentos Nacionales en su oficio N%3186 publicado el 21 de junio de 2011, el detalle de los sitios analizados son los que siguen
Lugar Tradicional Comunidad Distancia aprox. Del proyecto (metros) Conjunto Montículos Cumirrai Ñanco Viuda de Ñanculef 434 Cementerio Cumirrai Ñanco Viuda de Ñanculef 1563 Fortín Cumirrai Ñanco Viuda de Ñanculef 1.606 Conjunto de Montículos Cumirrai Ñanco Viuda de Ñanculef 2.050 Primera Casa Lonko Mariano Millahual de Quetroleufu 3.111 Antiguo Guillatúe Mariano Millahual de Quetroleufu 3.225 Guillatúe Mariano Millahual de Quetroleufu 3.332 Rewe Mariano Millahual de Quetroleufu 3.332 Paliwe Mariano Millahual de Quetroleufu 4.196 Eltún Mariano Millahual de Quetroleufu 4,399 Guillatúe Manuel Huaiquivir de Quelhue
Durante la evaluación se ha establecido que el proyecto no entorpece o menoscaba el acceso de las comunidades a los servicios de bienestar social básico que se encuentran presentes en la ciudad de Pucón o la localidad de Caburga, y que se realiza a través del camino Pucón a Caburga, dado que no se ejecutará ninguna intervención que obstaculice dicha ruta de conexión entre Caburga con Pucón. Además, por las características del
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proyecto, se generará un tráfico vehicular bajo y poco significativo a consecuencia de la llegada de insumos necesarios para el proceso productivo, la salida de los residuos generados a sus sitios de disposición final y el transporte de peces, que corresponden a viajes que no son periódicos y que se realizan en vehículos pequeños o medianos, no entorpecerá el libre tránsito de la comunidad y tampoco, aumentará significativamente los tiempos de desplazamiento de sus miembros, quienes se desplazan en vehículos particulares, bicicletas o transporte público.
Referente a los efectos del efluente del proyecto, se establece que no presentará alteraciones significativas debido a que sus residuos líquidos serán siempre previamente tratados y ajustado a parámetros que están dentro de los límites permisibles de la Tabla N?* 4 del D.S. N” 90/2000. Además se han establecido monitoreos durante la fase de operación del proyecto asociados al cumplimiento de la Norma Chilena 1333 (usos de bebida animal, vida acuática y recreacional con contacto directo), fauna bentónica, test de toxicidad y del parámetro triclorometano: En caso de detectarse alteración en el cuerpo receptor, se activará plan de contingencia que considera ajustar la alimentación, la biomasa y hacer limpieza del cauce.
Referente a la generación y manejo de los residuos sólidos por parte del proyecto, se establece que esta actividad se encuentra confinada exclusivamente dentro del sitio de emplazamiento del proyecto, y dada las características de acopio de lodos y mortalidad que se consideran, no se generarán emisiones significativas que puedan afectar la calidad del aire de las viviendas y sus habitantes cercanos (108 metros aproximadamente a vivienda más cercana), complementario a lo aludido el titular implementará una cortina forestal perimetral que fortalecerá el control de las eventuales emisiones fugitivas.
El proyecto no producirá reducción de la mano de obra local del sector, dado que la gran mayoría de los integrantes de las comunidades de los sectores Carileufu y Quetroleufu, trabajan principalmente en la ciudad de Pucón y en otras localidades aledañas. Por otro lado, el proyecto podrá ser una potencial fuente laboral para algunos habitantes del sector. Asimismo, el proyecto no produce efectos negativos sobre las actividades productivas del sector y no afectará otros usos productivos del sector.
El proyecto no entorpece la ejecución de actividades sociales y religiosas del sector, las que se concentran principalmente dentro de la Comunidad Indígena Mariano Millahual del sector Quetroleufu, donde existe una sede social, un campo deportivo, una parroquia, colegio y sitios ceremoniales propios de la cultura indígena, en atención al distanciamiento existente entre el proyecto y tales lugares ya identificados en el punto anterior de este informe.
Sobre la base del análisis anterior, los pronunciamientos de los servicios técnicos involucrados y el expediente de evaluación ambiental se puede concluir que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupo humanos toda vez que no se afecta directamente a viviendas, sitios de significación cultural, accesos O servicios establecidos en o hacia las comunidades vinculadas al proyecto. Lo anterior ha sido corroborado por los organismos competentes, tales como: CONADI, quien ha manifestado conformidad a través de su Ord. N 897 publicado con fecha 10 de noviembre de 2011; y Consejo de Monumentos Nacionales, quien ha manifestado conformidad a través de su Ord. N 3186 publicado el 21 de junio de 2011.
5.4. Con relación al Art. 11, letra d) Localización próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, susceptibles de ser afectadas, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, el proyecto no genera efectos negativos y significativos toda vez que:
Si bien, el proyecto se emplaza en una Zona de Interés Turístico Nacional (ZOIT) en virtud del DL 1224/75 del Ministerio de Economía, mediante Resolución de SERNATUR N* 547 del 10 de abril de 2003 que declara a las comunas de Villarrica y Pucón como una Zona
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de Interés Turístico Nacional, se han adoptado las medidas necesarias para no producir afección significativa sobre este componente ambiental ya que:
-
La Vertiente Sin Nombre no tiene uso turístico en el tramo entre la captación y la restitución del proyecto, como tampoco en el trayecto hasta su confluencia con el río Caburga.
-
La Vertiente Sin Nombre, no tiene uso turístico en el tramo entre la captación y la restitución del proyecto, como tampoco en el trayecto hasta su confluencia con el río Caburga.
-
El proyecto no afecta significativamente el valor ambiental del territorio, ya que no realizará intervención al paisaje, no obstaculizará el acceso al turismo del sector y se adoptarán medidas complementarias asociadas a una cortina forestal perimetral.
-
Elárea de emplazamiento se encuentra en una zona baja que tiene una cota inferior respecto del camino Pucón a Caburga.
Respecto a población especial protegida, se ha analizado en literales anteriores la relación del proyecto y las comunidades Cumirrai Ñanco Viuda de Ñanculef y Mariano Millahual de Quetroleufu, estableciéndose que las instalaciones del proyecto se encuentran insertas dentro de la primera comunidad y la segunda, se encuentra a una distancia de 900 metros en línea recta, pero a una distancia de 1.576 metros del lugar en que el proyecto descarga su efluente.
El análisis del literal 5.1, 5.2 y 5.3 de este informe complementado con el Informe Antropológico ampliado, elaborado por el profesional Sr. José Saavedra Zapata da cuenta que la Vertiente Sin Nombre no constituye un recurso natural que sea utilizado por la comunidad para su sustento económico y no tiene uso tradicional (uso medicinal, espiritual o cultural), sin embargo, sí es utilizado para bebida animal y para uso en riego y servicios higiénicos (wc), por lo que con las medidas adoptadas en el diseño del sistema de tratamiento de residuos líquidos, sólidos y monitoreos complementarios se podría establecer que el proyecto no alterará significativamente el cuerpo receptor y en caso de producirse tal efecto se adoptarán medidas de contingencia como ajustar la alimentación o la cantidad de biomasa, como también realizar limpieza del cauce.
Además se ha adjuntado informe arqueológico el que ha sido visado sectorialmente por el Consejo de Monumentos Nacionales según Of. N* 3186 publicado el 21 de junio de 2011.
Sobre la base del análisis anterior y el expediente de evaluación ambiental se puede concluir que el proyecto, incluyendo sus obras y acciones asociadas al proyecto, en cualquiera de sus fases, no afecta significativamente el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.
5.5. Con relación al Art. 11, letra e) Alteración significativa, en términos de magnitud O duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.
De acuerdo a los antecedentes de la evaluación no se producen tales efectos, atendido a que el lugar de emplazamiento del proyecto se ubica a unos 17 kilómetros de la ciudad de Pucón, que es el principal centro turístico de la zona, y a 5 kilómetros de la localidad de Caburga. Además, durante la evaluación se establece que el proyecto no entorpece el paisaje y el turismo del sector, además se contará con cortina forestal perimetral mediante la plantación de especies nativas presentes en el lugar, lo que se complementa con una ubicación en una terraza con una cota inferior respecto del camino Pucón a Caburga, lo que lo hace no visible desde dicha ruta turística.
Tampoco existirá afectación al valor paisajístico de la Vertiente Sin Nombre, toda vez que la bocatoma y la descarga del efluente tratado, no serán visibles desde la ruta más próxima, que es el camino Pucón a Caburga, no afectando actividades turísticas o
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paisajísticas locales. Antecedentes que han sido visados y aprobados por el Servicio Nacional de Turismo, mediante oficio N*01 53/0330 publicado con fecha 27 de octubre de 2011.
5.6. Con relación al Art. 11, letra f, alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general los pertenecientes al patrimonio cultural.
De acuerdo a los antecedentes de la evaluación no se producen tales efectos, atendido lo siguiente:
Mediante Anexo N*11 de la DIA, el titular acompañó un estudio arqueológico realizado durante el mes de diciembre de 2010, por la profesional Sra. Andrea Ponce Laval, Licenciada en Arqueología, cuyas conclusiones generales son:
a) Se concluye que de acuerdo a las labores realizadas en terreno y en conformidad con las disposiciones de las Leyes No 17.288 y N* 19.300, es posible afirmar que no se registraron sitios arqueológicos en el área inspeccionada.
b) Es indispensable señalar que ante la posibilidad de que se registren hallazgos arqueológicos al momento de realizar faenas de remoción de terreno, las cuales podrían dar a conocer depósitos culturales no visibles en superficie, se deberá dar aviso al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), de manera de proceder a evaluar su importancia y cumplir con la normativa vigente (Ley de Monumentos Nacionales N*17.288).
Revisado el informe por el CMN, éste se pronunció conforme con el proyecto ya que cumple con la normativa de carácter ambiental y no se generan los efectos aludidos en el Art. 11 de la Ley 19.300. (Oficio Consejo de Monumentos Nacionales N* 3186/2011).
En caso de producirse algún hallazgo, se procederá de acuerdo a lo estipulado en ley N? 17.288.
Referente a los sitios de significación cultural para las comunidades identificadas en el sector, la evaluación concluye que hay 11 sitios, todos ellos ubicados fuera del Área de Influencia del proyecto por lo que no serán afectados. Antecedentes que han sido ratificados por la CONADI, mediante oficio N897 publicado con fecha 10 de noviembre de 2011 y el Consejo de Monumentos Nacionales en su oficio N 3188 publicado el 21 de junio de 2011, Detalle de los sitios analizados son los que siguen:
Lugar Tradicional Comunidad Distancia aprox. Del proyecto (metros) Conjunto Montículos Cumirrai Ñanco Viuda de Ñanculef 434 Cementerio Cumirral Nanco Viuda de Nanculef 1563 Fortín Cumirrai Ñanco Viuda de Ñanculef 1.606 Conjunto de Montículos Cumirral Ñanco Viuda de Ñanculef 2.050 Primera Casa Lonko Mariano Millahual de Quetrole ufu 3.111 Antiguo Guillatúe Mariano Millahual de Quetroleufu 3.225 Guillatúe Mariano Millahual de Quetroleufu 3.332 Rewe Mariano Millahual de Quetroleufu 3.332 Paliwe Mariano Millahual de Quetroleufu 4.196 Eltán Mariano Millahual de Quetroleufu 4.399 Guillatúe Manuel Huaiquivir de Quelhue
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6.- Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente:
6.1.- Con el fin de mitigar el impacto visual, se adquiere el compromiso de mantener e incorporar cortinas forestales alrededor del predio de emplazamiento del proyecto, usando de preferencia especies nativas. Esta acción, también permitirá prevenir la emanación de olores molestos hacia los alrededores.
6.2.- Mantener la cobertura vegetal existente en la ribera del cauce en una distancia perpendicular al eje del río de 15 metros.
6.3.- Realizar monitoreo de parámetros críticos asociados a la calidad de aguas del
cuerpo receptor, bajo
las siguientes condiciones:
Tipo de análisis
Monitoreo al cuerpo receptor
Punto de muestreo
En captación de aguas (control) 75 metros aguas abajo de la descarga de RlLes
Tipo de muestra
Puntual sincronizada con la aplicación de productos ictiosanitarios
Parámetros Físicos y Químicos según NCh 1333
Temperatura, pH, Oxígeno disuelto, SST, Nitrógeno, Kjeldahl, Fósforo, % de Salinidad, Razón RAS.
Parámetros Fauna bentónica
Biológicos
Frecuencia 1 vez al año en época de máximo estiaje (entre febrero y abril) Informes anuales, 30 días después de efectuado el monitoreo, dirigidos a SAG y Servicio de Evaluación Ambiental. Este informe incluirá datos, análisis y discusión de resultados de datos obtenidos del monitoreo de
Informe la SISS, producción (biomasa-alimentación), aplicación de productos
ictiosanitarios y test de toxicidad; Evaluación: En caso de detectar alteraciones en la calidad de agua respecto al punto control se entregará en el informe las medidas correctivas correspondientes.
6.4.- Realizar análisis
o test de toxicidad, bajo las siguientes condiciones:
Tipo de análisis
Test de toxicidad (microcrustáceos y algas)
Punto de muestreo
En bocatoma (control) 75 m aguas abajo de la descarga de RlLes
Tipo de muestra
Puntual
1 vez al año en época de máximo estiaje (entre febrero y abril). Durante el primer año se harán test sincronizados con la aplicación de productos ictiosanitarios, resguardando que para la toma de muestras, se
Frecuencia considere los tiempos en que una molécula alcanza el cuerpo receptor una vez aplicado el producto(retención y circulación dentro del sistema). En caso de no evidenciarse toxicidad, el titular no volverá a realizar el ensayo " No existe, por lo tanto, de evidenciarse toxicidad el titular se Normativa : . Ñ - : a asociada a esta compromete a ejecutar las medidas tendientes a revertir la situación y solicitud(*) continuar con el seguimiento, informes anuales dirigidos a SAG y Servicio de evaluación Ambiental. Informes semestrales, 30 días después de efectuado el monitoreo, Informe dirigidos a SAG y Servicio de Evaluación Ambiental
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6.5.
6.6.
6.7.
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Se realizará medición de triclorometano en coordinación con la aplicación de productos químicos. El monitoreo se ejecutará una vez al año y en época de máximo estiaje por dos años consecutivos, en el evento de no detectarse la sustancia, no se volverá a realizar, en caso de detectarse, se seguirá realizando anualmente.
Se hará entrega a los presidentes de cada comunidad (Cumirray Ñanco y Mariano Millahual), de los resultados de los monitores realizados al cuerpo receptor.
Una vez obtenida la resolución de calificación ambiental favorable del proyecto, se procederá a abastecer de agua a la señora Zunilda Ceballos en cantidad suficiente para su consumo diario y será el titular quien determine la forma de abastecimiento y el volumen a entregar. Además, se establece que este compromiso cesará una vez que entre en operación el sistema de agua potable rural que se implementará en la localidad de Carileufu, el cual se espera que este habilitado en el transcurso del año 2012.
Que respecto del efluente y el cuerpo receptor, se tiene la siguiente tabla resumen:
Detalle Medidas Entidad Fiscalizador a
Efluent | Sistemas Fasede | Para el tratamiento del afluente, el | Sernapesca,
e del proyect | tratamiento tratamiento mediante filtro rotatorio, con Salud y SISS
o
de filtración | proyecto contempla Una línea de | SEREMI de
de riles paneles filtrantes de 90 micras y con capacidad de tratar un flujo continuo máximo de 300 litros por segundo, el que supera el caudal máximo a utilizar por la piscicultura que es de 266 litros por segundo.
El filtto estará en permanente operación, salvo cuando sea necesario realizar mantenciones preventivas 0 correctivas, situaciones en que el afluente al sistema de tratamiento riles será tratado en el sedimentador previo a su descarga al cuerpo receptor. Por tanto, en ningún evento se realizará descarga de aguas sin tratamiento al cauce de la Vertiente Sin Nombre.
La mantención del filtro rotatorio se efectuará de acuerdo a lo indicado dentro del PAS 90.
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Fase de decantaci ón
Los filtros rotatorios son diseñados y construidos para separar sólidos suspendidos (fecas y alimento no consumido) que se encuentran presentes en el agua. El agua que será filtrada ingresa al interior del tambor, donde los sólidos suspendidos son atrapados sobre los elementos filtrantes, los cuales son posteriormente elevados hacia el sector de retrolavado, con lo que la rotación del tambor es continua. El sector de retrolavado está compuesto por un sistema de toberas, las cuales dirigen el agua a alta presión sobre el exterior de los paneles, desprendiendo los sólidos, los que caen al interior de una bandeja. El material depositado sobre la bandeja sale junto con el agua del sistema de retrolavado en forma presurizada a través de la tubería de evacuación de lodos.
El lodo producto de la filtración y el agua de retrolavado serán depositados en una cámara de estanca y cerrada, que cuenta con un sistema de ventilación, en este sitio el lodo decanta y el sobrenadante por rebalse es conducido nuevamente al filtro de tambor. Posteriormente cuando la cámara de lodos ha acumulado el nivel de diseño, éste es extraído por un sistema hidroneumático por una empresa debidamente acreditada por la SEREMI de Salud, para luego cargarlo en camiones con estanques y depositado en rellenos industriales debidamente autorizados por la autoridad sanitaria.
SEREMI de Salud y SISS
Sediment ación
Las aguas que han sido previamente tratadas en el sistema de filtros rotatorios, serán sometidas a sedimentación para posteriormente ser evacuadas a la Vertiente Sin Nombre. Ello con el propósito de optimizar la retención de los sólidos.
El sedimentador estará en permanente operación, salvo cuando sea necesario realizar retiro de lodos o mantenciones necesarias para su adecuado funcionamiento, situaciones en que el afluente al sistema de tratamiento riles será tratado en el filtro rotatorio previo a su descarga al cuerpo receptor. Por tanto, en ningún evento se realizará descarga de aguas sin tratamiento al cauce de la Vertiente Sin Nombre.
Sernapesca, SEREMI de Salud y SISS
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Cumplimien to del D.S. N” 90/2000
Tabla 1
Se realizará monitoreo al efluente tratado mediante muestra del tipo compuesta a excepción del caudal, para determinar el cumplimiento de los siguientes límites máximos: Caudal: l/s, Ph: 6,0 — 8,5, Temperatura: 35 *C, Sólidos Suspendidos Totales: 80 mg/L, DBO5: 35 mgO2/L, Cloruros: 400 mg/L, Aceites y Grasas: 20 mgll, Fósforo: 10 mg/L, Nitrógeno Total Kjeldaht. 50 mg/L, Poder Espumógeno: 7mm. Sin perjuicio de otros parámetros definidos de acuerdo a la Tabla 1 y periodicidad instruida por la Superintendencia de Servicios Sanitarios. El caudal se medirá en forma diaria, debiendo contar con caudalímetro.
SISS
Cumplimien to Plan de monitoreo siss
Resoluci ón Program ade Monitore o
Se informará previo a la operación del sistema de tratamiento a la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS), solicitándose además una Resolución de Monitoreo, en la frecuencia y los parámetros que esta autoridad determine. Existirá una única descarga, para el muestreo se considera una cámara de fácil acceso especialmente habilitada para este fin y que no será afectada por el cuerpo receptor.
SISS
Cuerpo recepto r
Bioindicado res
(macro y microinvert ebrados)
Frecuenc ia anual en época de máximo estiaje (entre febrero y abril)
Se realizará un monitoreo anual de bioindicadores (fauna bentónica) que se ejecutará en un sitio contro! (captación de las aguas), y otro en el cuerpo receptor post descarga del efluente (75 metros). Los resultados de este monitoreo deberán ser analizados en conformidad a la información obtenida desde el monitoreo de calidad de aguas según Norma Chilena 1333 (requisito para vida acuática, bebida animal y recreativo con contacto directo), datos de monitoreo según D. S. N* 90/2000, antecedentes de producción y manejo ictiosanitario. En caso de detectarse alteraciones, se deberá activar plan de contingencia que considera entre otras medidas, disminuir la alimentación, disminuir la biomasa y ejecutar limpieza del cauce. El informe integral, deberá ser entregado en formato papel al SAG, Servicio de Evaluación Ambiental y Superintendencia de Medio Ambiente, dentro de los 30 días siguientes de realizado el monitoreo.
SAG
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Parámetros | Frecuenc | Se realizará un monitoreo según Norma | SAG, Físicos y ia anual Chilena 1333 de los. siguientes | SEREMI de Químicos en época | parámetros: Temperatura, pH, Oxígeno | Salud y DGA según NCh | de disuelto, SST, Nitrógeno, Kjeldahl, 1333 máximo Fósforo, % de Salinidad, Razón RAS.. estiaje El monitoreo se realizará en dos (entre puntos, captación de las aguas del febrero y | proyecto y 75 metros aguas abajo de la abril) descarga de riles. Las muestras serán del tipo puntual y se realizarán sincronizadamente con la aplicación de productos ictiosanitarios. Los resultados serán informados en formato papel al SAG, Servicio de Evaluación Ambiental y Superintendencia de Medio Ambiente, dentro de los 30 días siguientes de realizado el monitoreo. Test de Frecuenc | Durante el primer año se harán test | SAG, toxicidad ia anual sincronizados con la aplicación de | SEREMI de (microcrust | en época | productos ictiosanitarios, resguardando | Salud y DGA áceos y de que para la toma de muestras, se algas) máximo considere los tiempos en que una estiaje molécula alcanza el cuerpo receptor (entre una vez aplicado el producto(retención febrero y | y circulación dentro del sistema). En abril) caso de no evidenciarse toxicidad, el titular no volverá a realizar el ensayo. Los resultados serán informados en formato papel al SAG, Servicio de Evaluación Ambiental y Superintendencia de Medio Ambiente, dentro de los 30 días siguientes de realizado el monitoreo. Parámetro | Frecuenc | Se realizará medición de triclorometano | SERNATUR, triclorometa | ia anual en coordinación con la aplicación de | SAG, no enépoca | productos químicos. El monitoreo se | SEREMI de de ejecutará por dos años consecutivos, | Salud y DGA máximo en el evento de no detectarse la estiaje sustancia, no se volverá a realizar; en (entre caso de detectarse, se seguirá febrero y | realizando anualmente. Los resultados abril) serán informados en formato papel a SERNATUR, Servicio de Evaluación Ambiental y Superintendencia de Medio Ambiente, dentro de los 30 días siguientes de realizado el monitoreo.
8.- Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión Evaluadora de
Proyectos, de la Región de La Araucanía
RESUELVE:
4% CALIFICAR FAVORABLEMENTE la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Piscicultura Carileufu de Pucón”, ubicado en la comuna de Pucón,
presentada por el señor Enrique Castillo Colihueque.
2%, CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto “Piscicultura Carileufu de Pucón” cumple con la normativa de carácter
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3%
4.
5".
6%
7.
8
9,
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ÚLUA ? REPUBLICA DE CHILE k So E A
T
MENA
ES ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los per AS ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 74, 90, 91, 93, 94 y 9YEH,> - AS D.S. N*95/2001 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. DEAR
Que, atendiendo a lo indicado en el artículo 24” de la Ley 19.300 sobre Bases del Medio Ambiente, y en mérito de lo resuelto, ningún organismo del Estado podrá negar las autorizaciones, ni solicitar nueva información al proyecto, aduciendo razones de carácter ambiental.
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Comisión de Evaluación de Proyectos, Región de La Araucanía, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas O fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
Que atendiendo a lo indicado en el artículo 8% de la Ley N*19.300, sobre Bases del Medio Ambiente "Los proyectos o actividades señalados en el artículo 10 sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental, de acuerdo a lo establecido en la presente Ley", si su proyecto se pretende modificar, deberá evaluar si dicha modificación amerita su ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación de Proyectos, Región de La Araucanía, la ocurrencia de impactos ambientales No Previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de Proyectos, Región de La Araucanía, la individualización de cambios de titularidad.
Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.
Contra la presente resolución procede por parte del titular el recurso de reclamación contemplado en el artículo 25 de la Ley 19.300 de Bases del Medio Ambiente.
Anótese, Notifíquese y Archívese,
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