Evaluación SEA

AMPLIACIÓN BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMÓNIDEOS, ESTERO POCA ESPERANZA, SECTOR ISLA WAGNER, COMUNA DE NATALES, XII REGIÓN N° PERT. 210122015.

Rol 5350133
SEA · DIA · Aprobado · 2011-02-16 · Región de Magallanes y de la Antártica Chilena · AquaChile Magallanes SpA.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN XII REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

Califica Ambientalmente el proyecto "AMPLIACIÓN BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMONIDEOS, ESTERO POCA ESPERANZA, SECTOR ISLA WAGNER, COMUNA DE NATALES, XII REGIÓN N* PERT. 210122015. "

Resolución Exenta N* 075/2011 Punta Arenas, 1 de Junio de 2011 VISTOS:

Li La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto “AMPLIACIÓN BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMÓNIDEOS, ESTERO POCA ESPERANZA, SECTOR ISLA WAGNER, COMUNA DE NATALES, XII REGION N PERT. 210122015”, presentada por el Señor Juan Manuel Gálmez Goñi en representación de Acuimag S.A. con fecha 16 de febrero de 2011; 2.- — Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos: 2.1.- Con Relación a la Declaración de Impacto Ambiental Oficio N 279 sobre la DIA, del Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 03/03/2011; Oficio N 42-490091311 sobre la DIA, del Servicio Nacional de Pesca, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 08/03/2011; Oficio N 220 sobre la DIA, de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 10/03/2011; Oficio N 12.600/72 sobre la DIA, de la Gobernación Marítima de Punta Arenas, con fecha 11/03/2011; Oficio N 070 sobre la DIA, del Servicio Nacional de Turismo, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 14/03/2011; Oficio N 569 sobre la DIA, de la Subsecretaria de Pesca, con fecha 14/03/2011; Oficio N 073 sobre la DIA, del Servicio Nacional de Turismo, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 15/03/2011; Oficio N* 1297 sobre la DIA, de Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 15/03/2011

2.2.- Con Relación al Adenda N 1 Oficio N 327 sobre la Adenda l, de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 18/04/2011; Oficio N 67-490173811 sobre la Adenda 1, del Servicio Nacional de Pesca, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 18/04/2011; Oficio N” 097 sobre la Adenda 1, del Servicio Nacional de Turismo, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 18/04/2011; Oficio N” 12.600/134 sobre la Adenda 1, de la Gobernación Marítima de Punta Arenas, con fecha 19/04/2011.

2.3.2 Con Relación al Adenda N 2 Oficio N” 77-490196811 sobre la Adenda 2, del Servicio Nacional de Pesca, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 03/05/2011; Oficio N 12.600 sobre la Adenda 2, de la Gobernación Marítima de Punta Arenas, con fecha 10/05/2011; Oficio N* 393 sobre la Adenda 2, de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 13/05/2011.

3.- El Acta de la Sesión N” 11 de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, de fecha 31 de mayo de 2011 ; 4- Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la

Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “AMPLIACIÓN BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMÓNIDEOS, ESTERO POCA ESPERANZA, SECTOR ISLA WAGNER, COMUNA DE NATALES, XII REGIÓN N? PERT. 210122015”.

5.- Lo dispuesto en la Ley N” 19.300 y sus modificaciones sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2% del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N* 19,880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos

delos Organos de la Administración del Estado; la Resolución N* 1600/2008, de la Contraloría General

e vale ública; y las demás normas aplicables al proyecto.

Comisión de Evaluación de Magallanes y Antártica Chilena debe velar por el cumplimiento de

vequisitos ambientales aplicables al Proyecto “AMPLIACIÓN BIOMASA CENTRO DE

Y DE SALMONIDEOS, ESTERO POCA ESPERANZA, SECTOR ISLA WAGNER,

A NA DE NATALES, XII REGION N* PERT. 210122015”;

2.- “Que, el derecho de Acuimag S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones

bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar

3.

los Órganos de la Administración del Estado.

Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto “AMPLIACIÓN BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMÓNIDEOS, ESTERO POCA ESPERANZA, SECTOR ISLA WAGNER, COMUNA DE NATALES, XIl REGIÓN N PERT. 210122015” corresponde a la ampliación de biomasa de 44 toneladas a 4500 toneladas, cambios en las estructuras de cultivo de 6 balsas circulares a 8 balsas jaulas cuadradas, del centro de cultivo que cuenta con Resolución Exenta N 032/2008 (Centro de Cultivo de salmonídeos, Estero Poca Esperanza, sector islas Wagner, comuna de Natales, XII región N* Pert 201122032) de la COREMA de la Región de Magallanes y Antártica Chilena. Siendo el código del centro N? 120117. Además de cambio en la planta de tratamiento del pontón y en el tratamiento de las mortalidades masivas. La siguiente tabla resumen las modificaciones introducidas, en el presente proyecto:

Proyecto Técnico Original Modificación Proyecto Técnico

Número PERT Especie a cultivar Área autorizada (Hc)

201122032 Salmónidos TS

210122015 Salmónidos 3,5

3.1.-

44 Toneladas 06 balsas Jaulas circulares Vertedero autorizado

4.500 Ton 08 balsas jaulas cuadradas Ensilaje en Pesquera Edén y ensilaje en concesión Hamann super mini plus

Producción Máx. autorizada

Estructuras técnicas

Mortalidades masivas

Planta de Tratamiento MSD, Tipe MI modelo 1200 Ubicación

El proyecto se ubicará en la concesión de acuicultura ubicada en la provincia de Ultima Esperanza,

comuna de Puerto Natales, especificamente en el Estero Poca Esperanza, al noroeste de la Isla Wagner. Las coordenadas geográficas, según la carta SHOA 10600, fue otorgada por Resolución (M) N* 073 del

10/03/2010 y están dadas por:

Coordenadas Geográficas (Datum SAD-69)

Punto de Referencia

Latitud Sur

Longitud Weste

52%13"47.02”

72955"54.00”

52% 13" 47,01”

729 55" 43,99"

52% 13 53,01”

7255 43,97”

pl a [0] jo

52% 13 53,02”

72.55 53,99”

3.2.- Definición de sus partes, acciones y obras físicas 3.2.1.- Etapa de Construcción 3.2.1.1.- Pontón El pontón será fabricado por un concesionario autorizado, que estará diseñado y construido cumpliendo con la normativa legal y bajo estrictas normas de seguridad. Estará habilitado para el almacenamiento y distribución de alimento y habitabilidad para el personal. Contará con una planta de tratamiento de aguas servidas y una planta de osmosis inversa. Las características generales del artefacto naval son: Eslora total - 20 metros; Manga moldeada - 12 metros; Capacidad de carga - 230 toneladas; Capacidad de almacenamiento de combustible - 6.000 litros; Capacidad de agua dulce - 4.000 litros: Habitabilidad - 07 personas. 3.2,1.1,1.- Abastecimiento de agua potable Para el circuito de agua potable, se contempla la planta de osmosis inversa que permitirá desalinizar el agua. Con posterioridad, y con objeto de lograr la desinfección del agua una vez que sea desalinizada, se utilizará hipoclorito de sodio que será adicionado mediante un clorador automático con el cual se garantice una concentración residual máxima de 0,2 me CLL peca REL Planta de Tratamiento de aguas servidas El Proyecto contempla la instalación de una planta de tratamiento de aguas servidas de tipo físico- química Hamman, la cual cuenta con certificado de homologación y aprobación DGTM y MM. Dicha planta está equipada con un sistema de control y monitoreo a base de un microprocesador de estado sólido, el cual controla automáticamente el tralamiento del efluente de aguas de desecho. El microprocesador de control activa el sistema solamente cuando es necesario, por lo tanto, el sistema asume energía solamente cuando se requiere la aplicación del tratamiento, a diferencia de los émpás:de tratamiento biológico, los que requieren oxigenar los lodos siempre y en forma constante i do para ello un sistema de respaldo de energía, que mantenga operativo el sistema durante los engreía del pontón. ta) de tratamiento requiere de un estanque de acumulación, que se ubicará en forma previa a la [de tratamiento Hamann super mini plus y que deberá tener la capacidad de acumular las aguas y qye se producen en el peak de generación en el pontón. En anexo a la DIA mayores ecedéntés, en cuanto a especificaciones técnicas y descripción del proceso. BLTÓN ár se compromete a capacitar a todo el personal en cuanto a los procedimientos de operación, mantención y planes de contingencia asociados al funcionamiento de la planta de tratamiento.

O AO Balsas Jaulas El proyecto contempla la instalación de 8 balsas jaulas cuadradas de 40 x 40 x 20 metros. Las balsas jaulas y demás estructuras serán prefabricadas y pre-armadas por el proveedor en sus propias instalaciones, de tal manera que no habrá trabajos en la playa, salvo el eventual ensamble final de algunas estructuras. Por la misma razón, tampoco habrá producción de desechos en tierra. La orientación de los conjuntos será de tal manera que asegurará un espacio de circulación adecuado entre el límite inferior de las balsas jaulas y el lecho marino. El sistema será diseñado para permitir el acceso seguro y sin obstrucciones de embarcaciones de apoyo y abastecimiento de hasta 3 m de calado maximo. Las balsas jaulas propuestas se ubicaran en profundidades entre los 30 m y 35 m. La profundidad de las balsas jaulas es de 20 m, lo que debe ser entendido como la profundidad máxima de la jaula, es decir profundidad máxima, incluye el seno que forma la red pecera, Las balsas jaulas contarán con elementos de seguridad exigidos por la autoridad competente, tales como picarones de salvataje, balizas de señalización, escala de acceso y la mantención de las balsas será realizada por la propia Empresa. 3213 Redes Se utilizará redes de distinta abertura dependiendo del estado de desarrollo y talla de los peces. a) Redes de cultivo para engorda: Estas redes, de nylon, tendrán 20 m de profundidad por 40 m de ancho por 40 m de largo, las que en el caso de las balsas jaulas corresponderán a mallas con una apertura de 1” a 1,5” y una titulación de 210/48 y 210/72. La construcción de estas redes garantiza una buena resistencia y evita el escape de peces. b) Redes de protección ante depredadores: Para la protección de los peces ante depredadores, se utilizarán redes loberas de una apertura de 10” y una titulación de 210/180, que cubrirán el 100% del perímetro de las balsas jaulas. Esta red cumple la función de evitar que la red de cultivo sea rota por depredadores. El tamaño de la apertura de la malla evitará que el depredador se enmalle y muera por asfixia, e) Redes de protección contra aves y escape de peces: Consistirá en redes pajareras de apertura de 2”, que evitará la depredación por parte de aves y el escape de los peces por acción mecánica. Además el tamaño debiera evitar que las aves se enmallen y mueran. El Titular aclara que las redes serán confeccionadas, reparadas, lavadas y transformadas por un servicio autorizado. Las redes serán impregnadas con antifouling, utilizando pinturas que cumplan con la normativa vigente. El cambio de las redes será realizado por buzos comerciales debidamente capacitados, con el apoyo de barcazas especialmente equipadas. 3.2.1.3.1.- Cambio de Redes Una actividad normal y rutinaria del centro será el cambio de mallas. Este se realizará con frecuencia semestral en los períodos de baja productividad, lo cual podrá variar de acuerdo a una inspección mensual, que determinará si es preciso realizar un cambio de redes antes o después del periodo establecido. Las redes removidas serán depositadas de manera inmediata en contenedores los que serán herméticos, sin vias de evacuación abiertas, sellados y etiquetados. Bajo estas condiciones, las redes serán mantenidas por un plazo máximo de una semana en el centro de cultivo, previo a su retiro definitivo, dando pleno cumplimiento a lo señalado en el D,S. 320 de 2001.El despacho de las redes y la recepción de mallas limpias se hará principalmente por vía marítima. Las redes serán impregnadas con antifouling. Su limpieza, reparación e impregnación se realizará en empresas con sus autorizaciones vigentes. 3.2.1.4.- Fondeos En relación a la construcción de los fondeos y muertos, esta corresponderá a una empresa debidamente autorizada. Los fondeos estarán compuestos por bloques de hormigón de 4 m3, cadenas de 19 mm, grilletes de acero galvanizado de 7/8* y cabo polietileno de 1,1/4”” de diámetro. No obstante, el titular señala que los datos técnicos definitivos de dimensiones y masas de artefactos de fondeo para todas las estructura flotantes del sector, se entregaran a la autoridad competente en el momento en que sean efectuados los estudios oceanográficos y memorias de cálculo correspondientes al proyecto en particular, debido a variaciones que puedan existir, tomando en cuenta las corrientes del sector, Dado que las balsas jaulas y demás estructuras serán prefabricadas y preensambladas por los proveedores en sus propias instalaciones, los materiales serán usados con máxima eficiencia y no habrá producción de desechos en tierra. En la eventualidad que se produjera algún tipo de recorte, retazo o despunte durante el armado y ensamble final, dichos materiales serán retirados por los propios proveedores, para su reutilización o disposición final en vertederos autorizado. 3,.2.1.5.- Equipamiento tratamiento de Mortalidades 3,2,1.5,1.- Infraestructura Incinerador para tratamiento mortalidad diaria Las mortalidades diarias serán tratadas a través de incineración. El equipo Incinerador ha utilizar es un sistema hermético, que cuenta con dispositivos que garantizan la t mínima requerida para asegurar la oa estrucción de patógenos causantes de enfermedades de alto riesgo. Su función eliminar la mortalidad —á salmones y/o desechos orgánicos, en forma eficiente, sin humo ni olores, cumpliendo con la rativa de incineración y coincineración. Su capacidad nominal de incineración equivalente a 150 ay “dé mortalidad. Le Estructura incinerador esta conformado por un conjunto monoblock construido en chapa de acero, 3 mm espesor. itegido interiormente con materiales aislantes y refractarios resistentes, tanto a la temperatura de jaJ0, como a choques térmicos, ataque químico y abrasión. Presenta un peso de 3.000 kg. En cuanto 1448 dimensiones del Incinerador, el Titular indica lo siguiente: Dimensión exterior aproximada (mt):

32.1:

3.2.1.5

ue o

3.2.1.

3.2.1.

3.2.1

Ancho 1,7 (con el tablero y quemadores) / Fondo 2 (con la puerta) / Alto 1,8.

5.1,2.- Una Cámara Termopirolitica (Primaria)

Rectangular de 0,80 x 1,1 x 0,9 m. con una puerta frontal tipo batiente, girable, en la que se introducen los residuos y se retiran, las cenizas generadas, con un visor para observar el avance de la incineración. Además lleva un switch para apagar la llama al abrir la puerta. Las cenizas generadas en el proceso de combustión de la mortalidad se arrastran a un cenicero ubicado bajo el piso que tiene una puerta batiente para retirarlas y en el fondo una tapa tipo compuerta, con gancho, para la limpieza interior del recorrido de los gases. El volumen aproximado de esta cámara es de 0,8 m3 y la temperatura recomendada de operación es de 750 a 860 "C.

5.1.3.- Una Cámara Reactora (Secundaria)

Situada a continuación de la cámara anterior, separada por un muro tipo ventanilla a la que incide el segundo quemador en forma semi vertical, en el que se provoca turbulencia de mezcla para el requemado a alta temperatura de los gases producidos en la combustión, purificando los humos, dejándolos incoloros e inodoros. La temperatura de operación de 900 a 1000*C,

.3.1.4.- Ducto de Gases, Chimenea

El ducto de gases tiene un recorrido por debajo de la losa de carga, lo que la calienta por arriba y abajo, mejorando de este modo ostensiblemente la eficiencia térmica. Los gases empalman con un shaft vertical, conduciéndolos a la chimenea. La Chimenea en chapa de acero, 3 mm espesor, protegida interiormente con refractario aislante. Con entrada de aire fresco en la parte inferior, efecto venturi, para enfriamiento de los gases. Altura de 2 m., con tirantes para soportar la ventisca,

53.1.5.- Sistema Combustión

Formado por los dos quemadores mencionados certificados. Uno en la cámara primaria y otro en la secundaria, con GLP como combustible. Quemadores, de potencia aproximada a 150.000 a 200,000 kcal/hr. Tienen incorporado el sistema electrónico para la secuencia de partida'seguridad de quemadores, esto es: prebarrido, encendido y partida de la llama según la programación establecida y control de fallas. Además contempla dos bujías de ignición y detección de la llama. El consumo aproximado es 15 kg hr GLP, a plena capacidad, dependiendo del tipo de carga.

5.2.- Plataforma de Habilitación para el equipo de incineración.

El incinerador se instalará sobre una plataforma flotante de 12,5 m de largo por 6 m de ancho, que contará con todos los permisos de la autoridad marítima para estructura Motante. Estará dividida en tres sectores, un extremo para la instalación de los estanques de gas licuado (2 unidades de 4 m3 cada una) que alimentan en forma independiente cada quemador del incinerador, el que se ubicara dentro de una caseta que lo protegerá de la lluvia. La plataforma tendrá otro sector, donde se ubicarán los bins de las mortalidades, los que serán trasladados desde las unidades de cultivo. Los bins empleados en el depósito temporal de la mortalidad cumplirán con lo establecido en el párrafo segundo de la letra d, del artículo 22 bis, del D.S. N” 319 de 2001 y sus modificaciones.

5,3.- Ensilaje Tratamiento Mortalidades Masivas

Las mortalidades masivas serán tratadas mediante el sistema de ensilaje que implementará Pesquera Edén. Dicho sistema de ensilaje se encuentra en evaluación ambiental. Esta planta posee la capacidad de procesar hasta 30,000 unidades diarias de salmonídeos

Complementado el sistema de ensilaje de Pesquera Edén anterior descrito, se instalará un sistema de ensilaje en la concesión, la cual posee una capacidad de trituración equivalente a 650 kg de mortalidad por hora, si consideramos 12 horas por día de trabajo, ante un evento de mortalidades se tiene una capacidad de 7.800 kg/diía.

El sistema de ensilaje estará dispuesto en una plataforma flotante, al interior de la concesión de acuicultura, en un área limitada y acceso a ella sólo el personal directamente involucrado en la operación. La plataforma contará con una superficie lavable y pretil de seguridad.

El producto ensilado será almacenado temporalmente en silo metálico bajo cubierta, para su posterior trasvasijado a contenedor de transporte dispuesto en embarcación para ser retirado del centro de cultivo y finalmente dispuesto en planta de reducción autorizada. Para ello, se considerarán dos alternativas para realizar el trasvasije del ensilado. El primero de ellos considerará una conexión a la salida del estanque de acopio y succión desde embarcación: el segundo considerará impulsar el ensilado utilizando bomba de recirculación.

El equipamiento estará compuesto por un silo de acopio, estanque triturador, bomba de ácido fórmico, Pretil IBC, Bomba de recirculación e instalaciones de pippine. Para mas detalles revisar Adenda l a la DIA y sus anexos.

.- Etapa de Operación

El objetivo del centro es lograr el crecimiento y engorda a tamaño comercial de especies salmonideas, en sistemas confinados de balsas-jaula en el mar, con una producción anual al quinto año de funcionamiento de 4.500 toneladas.

  • os, disminuyendo su estrés y con ello la tasa de mortalidad y de enfermedades. Se

¡Plementará un programa de control sanitario para la calidad del agua y el estado de los peces, Todos

los ingresos de smolts al centro de cultivo serán respaldados por registros internos del centro, quedando registrados sus movimientos y guías visadas por SERNAPESCA.

3.2.2.2.- Sistema de Alimentación El centro de cultivo, contará con un sistema de alimentación semiautomática, cuyas ventajas asociadas son un eficiente control de la dispersión de tallas; excelente factor de condición y acortamiento del período de engorda, En términos operacionales, la alimentación semiautomática, si bien requiere de la implementación de equipos, éstos son de menor consumo individual, lo que unido a la posibilidad de acortar en varias horas diarias su funcionamiento, genera importantes ahorros en gastos de mantención. El abastecimiento de alimento se hará principalmente por vía marítima en pallets de bolsas de 25 Kg. Las labores de descarga se harán sólo en horario diurno, en condiciones climáticas apropiadas y no se recibirán envases en mal estado, El suministro de alimento se hará a razón de 1,25 kg de alimento por kg de pez a alimentar, por lo tanto el abastecimiento será variable según la época o estado del cultivo.

3.2.2.2.1.- Tipo de Alimento Será del tipo seco extruido, de alta digestibilidad (alrededor del 92%) y valor nutricional. Durante el cultivo, los peces serán alimentados con una dieta altamente energética (26 a 30% lípidos, 40 a 43% proteínas, 10% carbohidratos, 7% humedad, 7% nitrógeno y 1% fósforo), con suplementos vitamínicos, minerales y pigmentos carotenoideos. Los ingredientes seleccionados más usados en la formulación son: Harina de pescado, aceite de pescado, harina de soya, gluten de trigo, trigo, sub-productos de molinería de trigo y maíz, premezcla de vitaminas y sales minerales, ácido ascórbico, antioxidantes, astaxantina y/o cantaxantina.

3.2.2.2,2.- Factor de Conversión Se estima que el factor de conversión biológica dentro de un ciclo será aproximadamente entre 1,0 y 1,3 dependiendo del estado de crecimiento de los peces. Se espera que con la utilización de un sistema de alimentación semiautomático y cámaras submarinas, se pueda alcanzar un factor de conversión de 1,0.

3,2,2,3.- Tratamientos Terapéuticos La empresa tomará las medidas necesarias para evitar enfermedades en los peces y evitar por lo tanto la utilización de antibióticos. Diariamente se observará la mortalidad y morbilidad de las balsas jaulas. Cada semana un veterinario visitará el centro. Cuando se observen peces mórbidos o un aumento en la mortalidad se enviará una muestra al laboratorio para ser analizada. Todo tratamiento será prescrito por veterinario. Se realizarán muestreos periódicos los que permitirán detectar enfermedades antes que ataquen a una mayor población de peces. Sólo en casos de un brote sorpresivo y general se suministrará alimento medicado, cuyos componentes y dosis se administrarán de acuerdo a lo que establezca el médico veterinario.

3.2.2,.4.- Manejo de las Mortalidades y cosechas anticipadas

3.2.2.4.1.- Mortalidades diarias La mortalidad diaria es depositada al interior del incinerador, la operación de éste es automática, Las temperaturas de operación del incinerador garantizan la reducción de los desechos a cenizas y en el caso de tener que abrir la compuerta del incinerador en plena operación, cuenta con un dispositivo que inhibe el sistema de incineración, lo cual impide la ocurrencia de accidentes. En cuanto a la limpieza del Incinerador, la superficie externa, se limpia en seco con paños absorbentes con espuma. La limpieza interna del Incinerador, se realiza con escobilla de acero, sólo en el caso de acumularse cenizas en las paredes del equipo. El destino de las cenizas, serán dispuestas en vertedero autorizado. Requerimientos de Gas Licuado, el incinerador requiere 15 kg/hora para su funcionamiento, y los tanques de almacenamiento serían de 4 m3, De esta forma, la tasa de suministro de gas licuado se realizará de acuerdo al siguiente cálculo (asumiendo una densidad de 540 kg/m3 del Gas licuado en estado liquido), donde: - Tasa consumo m3/hora = suministro ke/hora / densidad kg/m3 - Tasa consumo m3/hora = 15 Kg/hora / 540 Kg/m3 = 0,0278 m3/hora - Horas funcionamiento = Volumen Tanque Gas Licuado m3 / Tasa Consumo m3/hora - Horas funcionamiento = 4 m3 /0,0278 m3/hora = 143 horas Si el incinerador funciona $ horas por día tendriamos 18 dias para el recambio de Gas licuado. La tasa de incineración de diseño es de 150 kg/hora de mortalidad, como máxima capacidad de funcionamiento por hora del incinerador. La mortalidad diaria del centro será sometida a incineración dentro de las 24 horas y se transportarán desde la balsa jaula a un bins con doble bolsa hermético, el depósito temporal de mortalidades se efectuará en envases debidamente identificados, con tapa, paredes y fondo herméticos que impidan posibles derrames, de modo de dar cumplimiento al D.S. N” 319 de 2001, que se ubicarán en la plataforma del incinerador. El sistema de incineración no contempla el uso de químicos, salvo los que serán empleados en labores de desinfección de la superficie externa del incinerador,

Mortalidades masivas

en la concesión. El material ensilado será transportado a planta reductora autorizada en la dido la región, 4 cargo es el responsable de trasladar la mortalidad que será llevada en bolsas cerradas ases de mortalidad con tapa acondicionados para evitar derrame hasta el sistema de á dispuesta sólo la mortalidad en el estanque triturador, tomándose todas las medidas de ñ personal pertinente y se cerrará la escotilla del estanque.

Las bolsas que se utilizan para el transporte de mortalidad, serán acopiadas, desinfectadas y almacenadas en bins o contenedor para despachar como residuo sólidos. Se dejará registro de este despacho señalando desinfección de las bolsas, El operador a cargo será el responsable de lavar, desinfectar y devolver los tachos de mortalidad al área limpia, en la zona de encuentro determinada. El sistema de ensilaje al ser automatizado se aplica el siguiente esquema de trabajo: El proceso completo de ensilado se compone de la repetición de uno o varios subprocesos iguales. Este número de repeticiones depende de la cantidad de materia a procesar o talla, El estanque triturador funcionara con un nivel de ensilado mínimo que se denomina nivel base, este coincide con la posición de la voluta de acero inoxidable que contiene el rodete de la bomba (carcaza del estanque triturador) o dependiendo de la talla de la mortalidad esta puede ser mayor. Al descargar la mortalidad al estanque este nivel aumentara. Al completar cada Subproceso de Molienda se procede a cumplir el procedimiento del Subproceso de Recireulación, en el cual se realiza un movimiento interno del ensilado con el objetivo de licuar y acomodar restos sólidos para ser molidos en el siguiente subproceso. Al terminar el subproceso de recirculación comienza el subproceso de trasvasije del ensilado al silo, volviendo el nivel de ensilado al Nivel Base. La descarga al silo es efectuada por medio de la bomba Chopper o molienda que se detendrá manualmente una vez alcanzado el nivel mínimo. El proceso termina en el estanque de molienda cuando se ha obtenido un producto líquido pastoso en el que ya no se observen trozos de mayor tamaño. Por la caracteristica intensiva de la molienda, el producto es similar a una crema. Antes de la descarga al silo, el pH debe estar cercano a 3.0, Con el transcurso de los días, el pH subirá pero manteniéndose bajo 4.0, 3,2.3.- Cosechas Anticipadas, por eventos de contingencias En caso de producirse cosechas anticipadas, utilizarán las instalaciones de Pesquera Edén, el cual posee un nivel de procesamiento equivalente a 60 toneladas/día. Dicha planta Pesquera cuenta con tratamiento de residuos líquidos (Res. Ex N 156/2010). Pesquera Edén contará con un sistema de ensilaje de residuos sólidos derivados del procesamiento de salmónidos y que permitirá eliminar agentes infecciosos de la especie de salmonidos, Por otro lado se hace notar que la planta Pesquera Edén se encuentra localizada dentro del polígono o zona de vigilancia N 2 de Resolución N 2256 de 2010 y además se encuentra aprobada por el Servicio Nacional de Pesca conforme a la Resolución N 1882 de 2008 como planta autorizada para recibir peces desde centros cuarentenados por virus ISA. El transporte de los ejemplares desde el centro de cultivo a la planta de proceso se realizará en el menor tiempo posible, en contenedores herméticos, anti derrame. En tanto, cada envío será acompañado de un documento que acredite procedencia de los ejemplares conforme a la normativa vigente. Todos los elementos empleados en el transporte serán desinfectados, de modo de dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en el D,S, N 319 de 2001 y a los programas sanitarios correspondientes. 3.2.4.- Cosecha Cuando los peces alcancen el peso de cosecha, entrarán en la ctapa final de producción; en ésta se detendrá la alimentación de los peces y se procederá a la faena de cosecha, La cosecha se realizará de manera tradicional, lo que implica el confinamiento del pescado dentro de una bolsa del bins para evitar derrame de agua sangre en el centro. El destino final de las aguas sangre, será la planta de proceso donde se faenarán los pescados. Dicha planta de proceso contará con una planta de tratamiento de Riles autorizada y con Resolución de Calificación Ambiental Vigente y que cumple con las exigencias y requerimientos de Sernapesca. El Titular se compromete a mantener registros de la cosecha, traslado y entrega de cosecha, 3.2.5.- Caracterización Preliminar de Sitio El Titular ha realizado una Caracterización Preliminar de Sitio, el cual se encuentra detallado en la DIA del proyecto, En conformidad a lo señalado en el Numeral 5 de la Resolución (SUBPESCA) N 3612 de 2009 y a las caracteristicas de este proyecto, éste se clasifica en Categoría 3. 3.2.6.- Etapa de Abandono El proyecto no considera abandono de la concesión. Sin embargo, en caso de que se condicione esta situación, se establecerá el retiro de las estructuras instaladas en el lugar, el traslado de dichas estructuras lo efectuará personal perteneciente a empresas contratistas y el destino de dicho material será una bodega perteneciente al Titular o bien, se considera el desmantelamiento, traslado y reinstalación de las estructuras y equipos en otra concesión de acuicultura. 3.3. Principales Emisiones, Descargas y Residuos del Proyecto 3.3,1.- Emisiones a la Atmósfera Sólo se generaran los gases producto de la combustión de motores fuera de borda y en los generadores ¡deelectricidad, durante la etapa de operación. Cabe señalar que hasta hace un tiempo los motores fuera sor a funcionaban con bencina, sin embargo, en la búsqueda de una opción de energía más limpia, el a considerado el uso de Gas Licuado de Petróleo (GLP), combustible que genera ente vapor de agua y reduce en un 90% las emisiones de CO2, en comparación con la 1ci lla emisión de los motores fuera de borda se extenderá por 8 horas, pero de uso intermitente. dr especial cuidado en la mantención de motores y generadores, para optimizar su uso y reducir Mones, produciendo la mínima cantidad de gases y/o residuos. Incineración 245 emisiones a la atmósfera se generarán en la etapa de operación, a través del proceso de combustión, que se realiza en el incinerador, dichas emisiones no serán significativas, se limitarán al tiempo real de operación, serán de pequeña escala, baja extensión y se dispersarán rápidamente considerando la

existencia de una buena ventilación en el área. Cabe destacar, que en el área del proyecto no existen asentamientos humanos, Sin embargo, el Titular presenta un plan de monitoreo y se compromete, transcurrido 1 año de uso del incinerador, a presentar ante la Autoridad Ambiental los resultados del monitoreo de emisión de gases, de modo de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo N 12 del D.S. N 45 de 2007, que establece Norma de Emisión para Incineración y Coincineración. 2.- Efluentes Líquidos 2.1.- Residuos Lubricantes. En el centro producto de la utilización de lubricantes para motores, se generarán residuos en bajas cantidades, los que serán almacenados en recipientes cerrados, debidamente identificados y etiquetados. Tomándose todas las medidas necesarias para prevenir la inflamación o reacción de estos, entre ellas, su separación y protección frente a cualquier fuente de riesgo capaz de provocar tales efectos, según lo establece artículo 4 a 9 del D. S. de MINSAL N” 148/03. Los residuos generados serán manejados según normativa vigente (D. S. MINSAL 148/03). 3.3.2.2.- Desinfectantes Se utilizará 80 ml de amonio cuaternario mensualmente, el cual será almacenado en un bidón herméticamente cerrado. Podrá haber un máximo de 30 L de residuos provenientes de maniluvios y pediluvios. Todos los residuos liquidos generados en el proceso serán dispuestos en un vertedero industrial autorizado, siendo retirado del centro de cultivo por empresas dedicadas a esta labor y que cuenten con todos los permisos correspondientes que la autoridad exige. 3.3.2.3.- Descargas de Aguas servidas Las aguas servidas serán tratadas en planta de tratamiento. La empresa acreditará el correcto funcionamiento de este sistema de tratamiento, con monitoreos puntuales, semestrales del efluente generado. Los análisis incluirán, a lo menos, los siguientes parámetros: Grasas y Aceites, Sólidos Sedimentables, Sólidos Suspendidos Totales, pH, Coliformes Fecales, DBO5 y DOO. Los efluentes a verter sobre la columna de agua no superarán los valores establecidos por la Res. DGTM y MM. ORD N* 12600/931 del 13 de diciembre del 2007 la cual establece las exigencias para dar cumplimiento a la resolución OMT MEPC.2 (VD de 1977. 3.3.- Residuos Sólidos 3,3.1.- Escombros Corresponde a restos de polietileno y otros escombros generados en la etapa de construcción e instalación, en una cantidad de 0,5 m3 aproximadamente. 3.3,3,2.- Residuos Domésticos Su almacenamiento será en bolsas plásticas, las que a su vez serán dispuestas en una embarcación la que será trasladada a tierra a un vertedero autorizado. El volumen será de 15,4 kg/dia aproximadamente en su etapa de operación. 3.3.3.3.- Mortalidad Respecto de las mortalidades generadas en el centro, el Titular del Proyecto contempla la instalación de un sistema de incineración para la disposición de las mortalidades generadas en el centro de cultivo. De esta forma, la mortalidad generada en cada una de las unidades de cultivo será retirada diariamente y transportada a la plataforma en la que se ubica el incinerador, al interior de contenedores cerrados y con bolsa interna desechable. En la plataforma, el incinerador será cargado de acuerdo a su capacidad, hasta incinerar la mortalidad extraída del día. Las cenizas generadas en el proceso (31,5 ke/semana) serán trasladadas a vertedero autorizado. Se mantendrá registro que considere, la cantidad de mortalidad incinerada, frecuencia de retiro del producto de incineración.

da 3,

3 3;

3,5.3,4.- Resumen de Residuos Sólidos Generados Identificación Volumen Manejo Destino Residuos sólidos domésticos 15.4 Kg/día Recipientes cerrados Vertedero autorizado E 3 . : s 5 Vertedero Mortalidad diaria 150 kg/hora nominal Incineración autorizado. Mortalidad masivas 650 kg/hr ensilaje Planta reductora Cenizas 31,5 kg'semana Envases cerrados Vertedero autorizado 3.3,.4.- Ruido

Las emisiones de ruido provienen fundamentalmente de los motores fuera de borda, los generadores y el sistema de alimentación de peces. Con el suministro implementado (GLP), los motores combustionan

ES ¡Ánual de Ensilaje, limpieza y desinfección 1 oyecto deberá contar con un manual de ensilaje, en que se detalla forma, lugar y equipos,

además de las sustancias químicas a utilizar, según corresponda, deberán estar disponible en el pontón, para efectos de fiscalización y ser de conocimiento del personal que allí labora. Lo anterior con el objeto de dar cumplimiento al artículo 22 Bis del D.S. (MINECON) N? 319 de 2001 y sus modificaciones, Reglamento de medidas de protección, control y erradicación de enfermedades de alto riesgo para las especies hidrobiológicas. 3,4,2.- Patrimonio Cultural Subacuático

En caso de efectuarse hallazgo arqueológico, se deberá proceder según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley 17288 de Monumentos Nacionales y los artículos 20 y 23 del Reglamento de la Ley 17288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Además deberá informar de inmediato por escrito al Consejo de Monumentos

Nacionales para que dicho organismo determine los procedimientos a seguir.

3.4,3.- D.Ex. (MINECON) N* 319/2001 y sus Modificaciones — Reglamento de Medidas de Protección, Control y Erradicación de Enfermedades de Alto Riesgo para las especies hidrobiológicas Para la aplicación de los planes de contingencias, previo a la aplicación de los mismos, deberá notificar a la autoridad competente. 3.4.4.- Uso desinfectante y detergente

Todos los productos para la desinfección y detergentes a utilizar en el manejo de las mortalidades,

deben estar autorizados por la Autoridad Marítima y deberán contar con un sistema de registros de

doble guía de tal manera de mantener claridad del destino final de estos productos.

3,4,5.- Transporte de mercancías peligrosas Deberá solicitar a la Autoridad Marítima local, el permiso para el transporte de mercancías peligrosas con 24 horas de anticipación.

3.4.6.- Reglamento Ambiental de la Acuicultura

z El titular deberá dar cumplimiento al Reglamento Ambiental para la Acuicultura, D.S. (MINECON) N* 320 de 2001.

  • El titular deberá cumplir con el cronograma de actividades y programa de producción señalado en el respectivo Proyecto Técnico, asociado a la solicitud de concesión en comento.

  • El titular deberá entregar al SERNAPESCA, oficina local, información ambiental según lo establecido en el Art. 19? del Reglamento Ambiental para la Acuicultura, en conformidad a la Resolución (SUBPESCA) N* 3612 de 2009.

  • En caso que el titular decida modificar su proyecto, deberá determinarse si dicha modificación genera cambios de consideración a objeto de evaluar la pertinencia de que dicha modificación deba someterse nuevamente al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

5 En conformidad a lo señalado en el numeral 5 de la Resolución (SUBPESCA) N* 3612 de 2009 y a las características del proyecto, éste se clasifica en la Categoría 3.

3.4.7.- Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Deberá presentar realizar monitoreos semestrales de los residuos líquidos, el que deberá ajustarse a la Directiva DGTM y MM Ord. N* 12600/931 de fecha 13/12/2007.

3,.4.8.- Lavado de redes, mortalidades masivas El titular deberá coordinarse con el Servicio Nacional de Pesca, protocolo para la disposición de mortalidades masivas y lavado de redes, ante contingencias ISAy,

3.4.9.- Análisis de Residuos Peligrosos

Deberá remitir los análisis de peligrosidad del material ensilado, según el D.S. N* 148 del

MINSAL, una vez en ejecución el proyecto y previo al traslado y disposición final en planta

reductora. Además deberá remitir la Autorización Sanitaria correspondiente a la planta reductora

autorizada y el documento de autorización de la autoridad pesquera, para trasladar el material ensilado fuera de la región. 3.4,10.- Mortalidades Masivas El Tratamiento de las mortalidades masivas en Pesquera Edén, podrá sólo ser realizada, cuándo ésta cuente con todas sus autorizaciones vigentes . 4.- — Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “AMPLIACIÓN BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMONIDEOS, ESTERO POCA ESPERANZA, SECTOR ISLA WAGNER, COMUNA DE NATALES, XII REGIÓN N PERT. 210122015” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “AMPLIACIÓN BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMÓNIDEOS, ESTERO POCA ESPERANZA, SECTOR ISLA WAGNER, COMUNA DE NATALES, XII REGION N PERT. 210122015” cumple con: 41.- De la Normativa Pesquera 4.1.1.- Ley 18,892 - Ley General de Pesca y Acuicultura La mantención de la limpieza y equilibrio ecológico de la zona concedida es de responsabilidad del concesionario. 5, N* 320/2001 - Reglamento ambiental de la Acuicultura “¿Iantener la limpieza del área y terrenos aledaños al, centro de cultivo de todo residuo enerado por éste. Disponer los desechos sólidos o liquidos en depósitos y condiciones que “ht resulten perjudiciales al medio circundante, Retirar todo tipo de soporte no degradable o Jegradable como sistema de fijación al fondo, al término de la vida útil del centro. Impedir ue redes tengan contacto con el fondo. En cada centro deberá existir un plan de contingencia, para casos de escapes, mortalidades y pérdidas de alimento. Para pérdida o escape de peces, se deberá avisar a Sernapesca y Capitanía de Puerto y presentar informe.

Solo se podrán liberar ejemplares con la expresa autorización de la Subsecretaría de Pesca. No se podrán realizar cultivos de organismos vivos modificados sin la expresa autorización de la Subsecretaria de Pesca. Sólo se podrán realizar limpieza de y lavado de redes con y sin anti-fouling en instalaciones que permitan el tratamiento de los efluentes. 4.1,3.- Resolución (Subpesca) N” 3612/2009 - Que establece los contenidos y metodologías para elaborar la Caracterización Preliminar de Sitios (CPS) y la Información Ambiental (INFA). La Caracterización Preliminar de Sitio (CPS) y la Información Ambiental (INFA) que se elaboren en el centro se realizarán de acuerdo a lo señalado en esta resolución acompañante del RAMA. 4.1,4.- D.Ex, (MINECON) N 319/2001 y sus Modificaciones — Reglamento de Medidas de Protección, Control y Erradicación de Enfermedades de Alto Riesgo para las especies hidrobiológicas. Se establecerán medidas de protección y control para evitar el ingreso de enfermedades de alto riesgo para las especies hidrobiológicas, en actividades como cultivo, trasporte, ete. 4.1.5.- D.Ex, (MINECON) N 1892 de 2009 — Establece veda extractiva para el recurso lobo marino común en área y período que indica. Dando cumplimiento a lo establecido en dicho cuerpo legal, 4.1.6.- D.Ex (MINECON) N 765/2006 - Que establece protección del lobo marino común Para evitar el enmallamiento de mamíferos marinos, especialmente de lobos, el centro contará con redes loberas de 10”. En caso que quedase un lobo atrapado, el personal del centro procederá a liberarlo cortando la red, y en caso de muerte del lobo se avisará a la autoridad, 4.1.7.- D.Ex. (MINECON) N 225/1995 y sus Modificaciones - Que establece la protección de los mamiferos marinos, aves y reptiles marinos. No se realizarán actividades de caza y captura de especies protegidas por la normativa

4.1.8.- Ley 20.293/2008. Protege a los Cetáceos e Introduce Modificaciones a la Ley 18892 General de Pesca y Acuicultura. . 4.1.9.- Resolución Exenta (SUBPESCA) N* 177 del 15/01/2009, se ha declarado Área de Florecimiento

Algal Nocivo, en particular de la especie (4lexandrin catanella). El traslado de organismo hidrobiológicos y estructuras debe hacerse cumpliendo las indicaciones establecidas en el D.S. (MINECON) N 345/2005 y las medidas establecidas al efecto por el Servicio Nacional de Pesca. 4.1.10.- D.S. (MINECON) N 345/2005. Traslado de organismos hidrobiológicos y estructuras. Dando cumplimiento a la normativa señalada y a las medidas establecidas en dicho instrumento. 4.1.11.- Resolución (Sernapesca) N 66/2003, Programa Sanitario General de manejo de Mortalidades Dando cumplimiento a la normativa señalada y a las medidas establecidas por el Servicio Nacional de Pesca, 4.1.12.- Resolución (Sernapesca) N 64/2003 Programa Sanitario General Procedimientos de Transporte. Dando cumplimiento a la normativa señalada y a las medidas establecidas por el Servicio Nacional de Pesca. 4,1.13.- Resolución (Sernapesca) N” 72/2003 Programa Sanitario General de Limpieza y Desinfección Dando cumplimiento a la normativa señalada y a las medidas establecidas por el Servicio Nacional de Pesca. 4.1.14.- Resolución (Sernapesca) N 2638/2008 Programa Sanitario Especifico de Vigilancia y Control de Anemia Infecciosa del Salmón. Se realizará diagnóstico, clasificación, y control de acuerdo a las especificaciones de la norma 4.1.15.- Resolución (Sernapesca) N” 22562010. Modifica Res. N 450 (Sernapesca). Establece la zonificación entre las regiones X y XII en función del estado sanitario respecto de la enfermedad Anemia Infecciosa del Salmón (ISA). Dando estricto cumplimiento a las medidas establecidas en dicho resolución 42. Normativa Ambiental

4.2.1.- Ley 19300 - Ley de Bases del Medio Ambiente y sus modificaciones Presentando a tramitación a CONAMA la DIA para obtener la calificación ambiental. 4.2.2.- D.S5. N* 95/01 MINSEGPRES - Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Se realiza la DIA que incorpora los antecedentes necesarios para acreditar el cumplimiento de la Normativa vigente y los requisitos para el otorgamiento de los Permisos Ambientales requeridos.

Contaminación Acuática

astablece el régimen de prevención, vigilancia y combate de la contaminación en las aguas

; mar, puertos, ríos y lagos sometidos a la jurisdicción nacional.

GTM y MM Ord. N* 12600/931 del 13/12/2007

¿bs efluentes a verter sobre la columna de agua, no sobrepasarán los límites establecidos en

/Sglicha resolución.

o 7 Utilización de una planta de tratamiento autorizada y homologada por la Autoridad

ATA marítima

4.3.3.- Decreto Ley N* 2222/78 — Regula las actividades concernientes a la navegación, tanto para las naves como artefactos navales.

Se prohibe absolutamente arrojar lastre, escombros o basuras y derramar petróleo o sus derivados o residuos, aguas de relaves de minerales u otras materias nocivas o peligrosas, de cualquier especie, que ocasionen daños o perjuicios en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional.

4.3.4- Directiva DGTM y MM A-53/002

Establece procedimiento para la confección y presentación de Planes de Emergencia y Contingencia de lucha contra la contaminación de las aguas por hidrocarburos y sustancias nocivas líquidas contaminantes o que sean susceptibles de contaminar y sus Anexos A, B y C. Presentando ante la Autoridad Marítima dicho Plan.

4,3.5.- Directiva DGTM y MM 12600/2545 (1992). Estanques de Combustibles

44.- 44.1

Establece el diseño de estanques y disponibilidad de combustible de acuerdo a dicha normativa. El acopio de combustible se realizará de acuerdo a dichas instrucciones. Normativa Sanitaria

  • D.S N* 201/2001 MINSAL - Reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales básicas

en lugares de trabajo. Establece normas sobre condiciones ambientales y sanitarias básicas en los lugares de trabajo y de salud ocupacional; especialmente provisión de agua potable y servicios higiénicos en el lugar de trabajo. Cumplimiento En la etapa de construcción y operación se dará estricto cumplimiento a dicha normativa.

4.4.2.- D.F.L. N* 725/1967 - Código Sanitario

5-

Eliminación de residuos sólidos en vertedero autorizado.

Patrimonio Cultural Subacuático En caso de efectuarse hallazgo arqueológico, se deberá proceder según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley 17288 de Monumentos Nacionales y los artículos 20 y 23 del Reglamento de la Ley 17288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, Además deberá informar de inmediato por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que dicho organismo determine los procedimientos a seguir.

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “AMPLIACIÓN BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMÓNIDEOS, ESTERO POCA ESPERANZA, SECTOR ISLA WAGNER, COMUNA DE NATALES, XII REGIÓN N* PERT. 210122015” requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en el Título VII, artículos 68, 74 y 93 del D.S. N%95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N 19,300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “AMPLIACIÓN BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMÓNIDEOS, ESTERO POCA ESPERANZA, SECTOR ISLA WAGNER, COMUNA DE NATALES, XII REGIÓN N? PERT. 210122015” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias. Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente:

Capacitación El titular establece como compromiso ambiental voluntario el dotar de capacitación al personal del centro de cultivo, tanto en aspectos relacionados con el manejo de peces, como en temas vinculados a la protección del medio ambiente y en análisis y monitoreos rutinarios del centro de cultivo,

Utilización de colores armónicos en sus estructuras El Titular se compromete a utilizar colores armónicos con el paisaje en las instalaciones de sus estructuras.

Limpieza borde costero De la misma forma, se evitará en todo momento la presencia de plásticos u otros residuos en el borde costero y ante la eventual presencia de residuos, especialmente plásticos, estos serán colectados y enviados a vertedero autorizado,

Que en todo lo no modificado por la presente resolución, se mantiene vigente lo establecido en la Resolución Exenta N* 032/2008, que calificó ambientalmente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto denominado Centro de Cultivo de salmonideos, Estero Poca Esperanza, sector islas Wagner, comuna de Natales, XII región N? Pert 201122032.

Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada

na de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además,

11.-

1petencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes 5 y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos ieranpara el buen desempeño de sus funciones. laj Comisión de Evaluación sólo está facultada para pronunciarse respecto de la factibilidad Í del proyecto “AMPLIACIÓN BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMÓNIDEOS, POCA ESPERANZA, SECTOR ISLA WAGNER, COMUNA DE NAT [ALES, XI REGIÓN Ñ PERT. 210122015”, por lo cual, para que este proyecto pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio

Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales previstos y no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

12.- Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, la individualización de cambios de titularidad.

13.- Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

14.- Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y Antártica Chilena,

RESUELVE:

l.- CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto “AMPLIACIÓN BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMÓNIDEOS, ESTERO POCA ESPERANZA, SECTOR ISLA WAGNER, COMUNA DE NATALES, XIT REGIÓN N* PERT. 210122015”,

2.- CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto “AMPLIACIÓN BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMÓNIDEOS, ESTERO POCA ESPERANZA, SECTOR ISLA WAGNER, COMUNA DE NATALES, XII REGIÓN N* PERT. 210122015” cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 68, 74 y 93 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental,

3.- Hacer presente que proceden en contra de la presente Resolución, los recursos de reposición, ante esta Comisión de Evaluación, y jerárquico, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer estos recursos es de 5 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno,

Notifíquese y Archívese

DIRECCION” REGIONAL 2

uación Ambiental

ón de Magallanes y Antártica Chilena

istribución: -e Juan Manuel Gálmez Goñi * Gobernación Maritima de Punta Arenas * Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena lustre Municipalidad de Natales Secretaría Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena Servicio Nacional de Pesca, Magallanes y Antártica Chilena Servicio Nacional de Turismo, Magallanes y Antártica Chilena Consejo de Monumentos Nacionales Subsecretaría de Pesca

...o.o . e

» Expediente del Proyecto "AMPLIACIÓN BIOMASA CENTRO DE CULTIVO DE SALMÓNIDEOS, ESTERO POCA ESPERANZA, SECTOR ISLA WAGNER, COMUNA DE NATALES, XII REGIÓN N* PERT. 210122015."

e Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Magallanes y Antártica Chilena

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