Evaluación SEA

Modificación fuente emisora sistema de tratamiento de riles. Bodega Maipo-Viñedos Emiliana S.A

Rol 5340569
SEA · DIA · Aprobado · 2011-02-14 · Región Metropolitana de Santiago · Frutícola Viconto S.A.

REPÚBLICA DE CHILE

COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

VISTOS:

1.

4.

5.

Califica Ambientalmente el proyecto " Modificación fuente emisora sistema de tratamiento de riles. Bodega Maipo-Viñedos Emiliana S.A."

Resolución Exenta N2 369/2011

Santiago, 1 de Septiembre de 2011

Lo dispuesto en la Ley N219.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 9 de Marzo de 1994, modificada por la ley N”20.417 publicada en el Diario Oficial el 26 de Enero de 2010; en el Decreto Supremo N295/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 07 de Diciembre de 2002; en la Resolución N21600/2008 de la Contraloría General de la República que fija Normas Sobre el Tramite de Toma de Razón; en la Resolución N 71, de fecha 01 de julio de 2011, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental y en las demás normas jurídicas aplicables al proyecto.

La Declaración de impacto Ambiental del Proyecto “Modificación fuente emisora sistema de tratamiento de riles. Bodega Maipo-Viñedos Emiliana S.A”, localizado en la comuna de Paine,

sometido por su titular, Viñedos Emiliana S.A., al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, los cuales se contienen en los siguientes documentos:

Oficio N2SRM RMS N 049/2011 (sea - seia - dia) de la Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, RM, de fecha 25/02/2011; Oficio N2241 del Servicio Agrícola y Ganadero, RM, de fecha 24/02/2011; Oficio N2349 de la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, de fecha 04/03/2011; Oficio N2210 de la Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, de fecha 07/03/2011; Oficio N200 de la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente RM, de fecha 07/03/2011; Oficio N2175/2011 de la Ilustre Municipalidad de Buin, de fecha 07/03/2011; Oficio N21023 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM, de fecha 07/03/2011; Oficio N2121 de la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura RM, de fecha 08/03/2011, Oficio N2184 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 08/03/2011; Oficio N21817 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana , de fecha 07/03/2011; Oficio N2169 del Gobierno Regional, Región Metropolitana, de fecha 04/03/2011; Oficio N2347 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 09/05/2011; Oficio N2466 de la Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, de fecha 09/05/2011; Oficio N2410 de la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente RM, de fecha 10/05/2011; Oficio N2690 del Servicio Agrícola y Ganadero, RM, de fecha 09/05/2011; Oficio N23657 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana , de fecha 10/05/2011; Oficio N2387/2011 de la Ilustre Municipalidad de Buin, de fecha 12/05/2011; Oficio N2276 de la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura RM, de fecha 11/05/2011; Oficio N2524 de ta Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 11/07/2011; Oficio N25474 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, de fecha 12/07/2011; Oficio N2524 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 19/07/2011.

El acta del Comité Técnico de fecha 1 de Agosto de 2011.

El Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Modificación fuente emisora sistema de tratamiento de riles. Bodega Maipo- Viñedos Emiliana S.A.”.

6.

Los demás antecedentes que constan en el expediente de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Modificación fuente emisora sistema de tratamiento de riles. Bodega Maipo-Viñedos Emiliana S.A.”

  1. La Resolución de Calificación Ambiental N*403/2008 de fecha 23 de mayo de 2008, que califica

8.

el proyecto “Regularización Ampliación Declaración de Impacto Ambiental proyecto “Sistema de Tratamiento de Riles, Bodega Maipo, Viñedos Emiliana S.A.”.

El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, de fecha 22 de agosto de 2011.

CONSIDERANDO:

1.

Que, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago debe velar por el cumplimiento de todas las normas y requisitos ambientales aplicables al Proyecto “Modificación fuente emisora sistema de tratamiento de riles. Bodega Maipo-Viñedos Emiliana S.A”.

Que, el derecho del titular del Proyecto “Modificación fuente emisora sistema de tratamiento de riles. Bodega Maipo-Viñedos Emiliana S.A”, a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y a las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado, cuando corresponda otorgar tales permisos.

Que, según lo señalado en la Declaración de Impacto Ambiental, en sus anexos y adenda, todos los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, el Proyecto “Modificación fuente emisora sistema de tratamiento de riles. Bodega Maipo-Viñedos Emiliana S.A”, consiste en la incorporación de una nueva fuente emisora que alimentará el sistema de tratamiento de Residuos Industriales Líquidos (RlLes) y la adición de aguas servidas al sistema. Este cambio se asocia a la prestación de servicio de tratamiento por parte de Viñedos Emiliana S.A. a un tercero, según declara el titular este podría ser Viña Baron Philippe de Rothschild (BPR) con el objetivo de que ambas empresas den cumplimiento a los parámetros exigidos en la normativa ambiental vigente para realizar riego con riles vitivinícolas. Esta modificación no implica cambios en el funcionamiento del sistema de tratamiento aprobado a través de la Resolución 403/2008, ni involucra incremento en la superficie a regar aprobada por la citada RCA. Se hace presente que la PTR de Viñedos Emiliana cuenta con una RCA del año 2006 (RCA 442/2006, que aprueba el proyecto “Sistema de Tratamiento de Riles, Bodega Maipo, Viñedos Emiliana S.A.”), la cual fue modificada y da origen a la RCA 403/2008 En el capítulo 3.3 de la Declaración de Impactó Ambiental (DIA), se presentan los antecedentes del proceso productivo de ambas fuentes, los cuales se resumen a continuación.

Viñedos Emiliana mantiene la dotación de personal en 4 trabajadores los cuales cumplen con jornadas de 8 horas. Por 5 días a la semana.

En el caso de un tercero como BPR, ellos cuentan con una dotación de 50 personas permanentes las cuales trabajan en jornadas de 8 horas, los 5 días de la semana. Durante el período de vendimia, en los meses de abril y mayo, este número se duplica llegando a 100 trabajadores en jornadas que se extienden hasta el día sábado. Este dato es relevante, ya que las aguas servidas generadas por esta bodega, serán dispuestas a través del sistema de tratamiento de Riles, debido a la necesidad de mejorar el sistema que actualmente poseen para realizar su disposición.

A. Calidad exigida del Efluente Viñedos Emiliana S.A. para realizar la descarga de los efluentes tratados en riego, dentro de los límites establecidos por la Norma Chilena NCh 1.333 “Requisitos de calidad del agua para diferentes usos” (Concentraciones máximas de parámetros en agua para riego), y se basará

en los criterios estipulados en la guía “Condiciones básicas para la aplicación de riles vitivinícolas en riego”.

Concentración máxima de parámetros recomendada para riles tratados a disponer vía Riego no

considerados por la NCh 1.333

Parámetro Unidad Concentración

Máx.

DBOS mg/L 600 Detergentes mg/L 0,5 Fenoles mg/L 41 Nitrógeno total mg/L 30

Sólidos Suspendidos

Biodegradables mg/L 80

B.

Descripción General de partes y Obras Físicas del Proyecto Original

El proyecto construido y los equipos instalados, mantienen el diseño original, basado en los siguientes componentes:

Cc.

Separación de Sólidos

Almacenamiento aireado (oxigenación forzada) Decantación-mineralización

Purificación sobre lecho de gravas Mineralización de lodos

Bases De Diseño: Volumen Y Calidad Aproximada De Los Residuos Industriales Líquidos.

En general, la propuesta para tratar lo Riles generados comprende un pretratamiento para eliminar los sólidos, un tratamiento biológico tipo aireación extendida o almacenamiento aireado y finalmente un sistema de purificación.

D.

Bases de Diseño (Temporada de Vendimia)

Parámetro Unidad Valor DBO5 mg/L 3000-3500 Sólidos Suspendidos mg/L 300-400

Bases de Diseño (Temporada Baja)

Parámetro Unidad Valor DBO5 mg/L 2000-2700 Sólidos Suspendidos mg/L 150-250

Descripción de las Unidades del Sistema de Tratamiento de Residuos Industriales Líquidos Implementado.

Adicional al sistema de tratamiento unificado, las bodegas que conducirán sus residuos líquidos cuentan con sistemas complementarios, ya sea para la separación de sólidos mayores en el caso de Emiliana, como para el tratamiento de parte de sus residuos líquidos como en el caso de BPR. A continuación se presenta el detalle del equipamiento de ambas bodegas para este propósito.

D.1 Viñedos Emiliana

D.1.1 Tratamiento Primario: Separación de Sólidos

El efluente unificado es sometido a algunos procesos unitarios, de manera de eliminar ciertos elementos que trae consigo y que son perjudiciales para la depuración posterior. Uno de los aspectos más importantes de esta etapa es mejorar la calidad del efluente, lo que permite un mejor control, operación y a su vez se entrega un caudal constante y homogenizado al sisterna de tratamiento.

Para la eliminación de sólidos se cuenta con un Filtro parabólico, debido a su comprobada eficiencia, bajo consumo energético, fácil operación y limpieza.

D.2 BPR

El caudal de diseño de la planta de pretratamiento será de 30 m3/día. El caudal horario se estima 1,5 veces el caudal medio diario, lo que equivale a 1,9 m*/hr, capacidad que la planta de tratamiento estará apta de procesar. El tratamiento consiste en un proceso inicial de separación de sólidos para posteriormente pasar a un decantador y finalmente descargar en la planta de tratamiento de riles de Viñedos Emiliana.

D.2.1 Tratamiento Primario

Tratamiento preliminar. Pozo de bombeo y Separador de Sólidos: Los Riles proveniente de la red de colectores son descargados en un pozo de bombeo de 1,68 m?, desde donde son elevados para pasar por un filtro parabólico capaz de absorber el total del caudal de diseño. Mediante este filtro se separarán los sólidos iguales o superiores a 1 mm. Estos sólidos serán recogidos por una tolva para ser llevados a una cancha de secado intermedio, ya que en períodos de vendimia, dos veces al día serán llevados al predio para ser utilizados como acondicionador de suelos. La conducción de Riles desde las bodegas a la planta de tratamiento: Los RlLes generados en las zonas de trabajo, ya sea en prensa, cubas, barriles, y envasados de botella son recibidos en canaletas proyectadas en las bajadas de los radieres de las cubas. Estas canaletas evacúan los residuos líquidos a colectores de PVC, de diámetro D = 160 mm. Los Riles son conducidos hacia cámaras especialmente diseñadas que retendrán las partículas sólidas más gruesas (escobajos, uvas, etc.) ubicada antes del sistema primario.

Posteriormente a través de un sistema de canalización de aproximadamente de 1,3 Km. (se adjuntan planos y especificaciones técnicas) se transportan los residuos líquidos de manera gravitacional hacia el sistema de tratamiento final.

A continuación se describirá cada uno de los procesos y unidades del sistema de tratamiento de Residuos Industriales líquidos de Viñedos Emiliana.

D.2.2 Almacenamiento aireado

El RIL pasará a la laguna de almacenamiento aireado, donde será oxigenado de manera forzada y tratado biológicamente para abatir los parámetros contaminantes. Esta laguna cuenta con una capacidad de 5000 m', con una holgura del 20%, destinada a cubrir posibles contingencias.

Desde el punto de vista biológico, en la primera etapa de este tipo de tratamiento, se inicia la degradación de la materia orgánica con las mismas levaduras presentes en el RIL vínico, generándose posteriormente diferentes poblaciones bacterianas, tas cuales debido a su muy baja densidad de población generan muy poco lodo. Las características más sobresalientes de este sistema, son las de no requerir ni adición de nutrientes, ni de químicos, debido a la escasa población microbiana que sustenta, ni ajuste de pH puesto que éste se produce de forma natural.

El RIL permanecerá por un período de 100 a 120 días en la laguna de aireación.

D.2.3 Decantación

Pasado aproximadamente 120 días y analizado el DQO de los RILES, éstos se liberarán hacia un decantador, operación que se realiza en ciclos de 3 horas. Luego de una pre- decantación en el estanque de almacenamiento, el efluente se bombea hacia este decantador, donde se vuelve a decantar por 1,5 hrs. Tras la inyección sobre el lecho de gravas, el decantado restante se devuelve al estanque de almacenamiento. (Los tiempos son variables según requerimientos del sistema) Una bomba de inyección ubicada al interior del decantador envía en secuencias de algunos minutos por hora el efluente decantado sobre el lecho de gravas.

D.2.4 Mineralización/Purificación

El lecho de gravas, que recepciona el RIL clarificado que se origina en la etapa de decantación, posee una granulometría que permite la fijación de biomasa natural. Debido a que la deficiencia de carbono restringe el desarrollo bacteriano, las bacterias aeróbicas realizan su mineralización mediante su conversión a gas carbónico o carbonato disuelto, originando la purificación requerida.

D.2.5 Disposición

Posteriormente, el efluente ya tratado se dispondrá en el riego por surco de 18,85 Há. de carozos pertenecientes a Frutícola Viconto. Si se realiza la comparación respecto a la superficie disponible y la requerida, se puede indicar que considerando que el volumen de Ril disponible es de aprox. 13.500 m/año, lo que dividido por la demanda unitaria de 8.560 m/año/há), determina una necesidad promedio de superficie, equivalente a 1,6 há. El terreno definido para realizar el riego, se encuentra colindante a la planta de riles, por lo que su conducción requerirá de una pequeña canalización a la zona regadío. Los meses asignados para realizar la disposición de los efluentes en riego, corresponden al período de Septiembre a Febrero, con el objetivo de almacenar los efluentes y detener la descarga, en conjunto con el inicio de la vendimia.

Características del terreno

El terreno asignado para riego, cumple con las siguientes características:

a. Profundidad napa: 8 m.

b. Índice de Absorción: 130 L/m*/día

c. Textura: 30% Arcilla, 42% Limo y 28% Arena, lo que indica una clase de textura Franco-Arcillosa.

d. Fertilidad: Nitrógeno disponible: 30 ppm; Fósforo disponible: 19 ppm; Potasio

Disponible: 178 ppm; pH: 8,2; Conductividad eléctrica: 1,2 mmhos/cm., 2,2% de mat. Orgánica; Potasio Soluble: 73 ppm.

D.2.6 Eficiencia del Sistema de Riego

Para contar con una mayor eficiencia de riego, se adoptarán las siguientes medidas:

a. Regular el flujo constante del caudal de entrada en la cabecera para uniformar su distribución, generando un equilibro entre las pérdidas por escurrimiento, aumenta la eficiencia del sistema hasta en un 70%, por otra parte. También se adoptarán medidas complementarias para la regulación de flujo y mejorar la eficiencia del riego.

b. Regulación del flujo mediante la utilización de 2 caudales diferentes, en primera instancia un caudal de entrada alto, durante el avance del agua hacia el final del surco, siempre evitando originar erosión del suelo o arrastre de terrones o partículas en el fondo y un caudal menor durante la infiltración, Una vez que el agua llega al final del surco se reducirá el caudal a la mitad. Esto origina un avance rápido, por lo tanto, bajas pérdidas por escurrimiento, lo que mejora la uniformidad y eficiencia, la cual puede superar el 80 %

Cc. Al contar con un terreno de características franco-arcillosa, lo surcos poseen dimensiones más pequeñas para evitar pérdidas excesivas por percolación profunda y erosión.

o La pendiente del terreno no supera valores de 2 a 3%, lo que minimiza el riesgo de erosión de los suelos,

o Se cuenta con terreno parejo, sin desniveles, lo que evita el apozamiento del agua o reventado de los surcos En anexo a la Adenda N*1, el titular presenta una propuesta de Plan de Aplicación de Riego.

E. Equipamiento Adicional: Definición De Sus Partes, Acciones Y Obras Físicas

Mediante una tubería de aproximadamente 1,3 km. se realizará la conexión para conducir

los residuos líquidos provenientes de la bodega Escudo Rojo de BPR. La conexión de las

aguas servidas será en un punto posterior al paso de los Riles a través del filtro parabólico

y neutralización

Al final de la canalización, se realizará la construcción de un pozo de bombeo o estanque

de elevación de 15 m*/min, que dosificará el ingreso de los residuos líquidos a la laguna

de aireación.

Se adjunta a la DÍA como anexo, las especificaciones técnicas del proyecto de conducción

y el plano general de la obra.

F Características y Dimensionamiento de Equipos instalados

Viñedos Emiliana. La separación de sólidos se efectuará mediante un Filtro parabólico de una capacidad de filtración de 50 m*/d

-BPR La separación de sólidos se efectuará mediante un Filtro parabólico de una capacidad de filtración de 55 m*/d.

Almacenamiento Aireado

La laguna de almacenamiento tendrá un volumen útil de 5.000 m'. Los equipos que se

utilizarán en esta etapa serán:

Ítem/Equipo

Cantidad/Valor

Especificación de Mantención y funcionamiento

Estanque pulmón y Bombeo Viñedos Emiliana

13,5 y 4m* respectivamente

El estanque de bombeo debe revisarse y limpiarse periódicamente para eliminar sólidos flotantes. Se deberá revisar cada seis meses la hermeticidad del estanque de bombeo. Debe revisarse cada año y durante su utilización debe mantenerse limpio.

Estanque Neutralizador y

Bombeo BPR

1,5 y 15 m?

El estanque neutralizador debe revisarse y limpiarse

periódicamente para calibrar los sensores de pH y eliminar los sedimentos. Debe revisarse cada año y durante su utilización debe mantenerse limpio.

Bombas Viñedos Emiliana

2 de 5,5 Hp

Están cuentan con las recomendaciones de mantención entregadas por el fabricante.

Bombas BPR

2 de 2 HP

Están cuentan con las recomendaciones de mantención entregadas por el fabricante. Se pondrán en funcionamiento de manera alternada por un período de 6 meses c/u.

Separador de sólidos Viñedos Emiliana

50 m'/d 2 mm.

Se debe realizar una mantención periódica de las rejillas filtrante utilizando manguera, para eliminar los residuos que puedan quedar obstruyendo las perforaciones de la malla.

Separador de sólidos BPR

55 m*/día 1 mm

Se debe realizar una mantención periódica de las rejillas filtrante utilizando manguera, para eliminar los residuos que puedan quedar obstruyendo las perforaciones de la malla.

La mantención de estos equipos debe ser según recomendaciones del fabricante o por lo menos

Hidroeyectores 2X 13.5 Kw una vez por año. El estanque debe ser revisado cada año, especificamente sus geomembranas, los que 5.000 m'* + deben

Piscina Aireación

20% de holgura

estar sin roturas ni daños visibles. Los equipos electrónicos deben mantenerse periódicamente según especificaciones del fabricante.

Debe revisarse cada año, para que se encuentre

Lecho de Grava 650 m? operativo, limpio y se debe extraer los vegetales que puedan crecer durante el uso. Control automático + Se debe revisar periódicamente el estado de los Equipo de control y registro 1 unidad controles y realizar calibraciones, de acuerdo a de H, Temperatura y pH especificaciones del fabricante. Los controles a distancia son monitoreados durante Equipo de telemetría 1 unidad . : quip las 24 hrs. del día y son manejados por una empresa externa, proveedora del servicio. Se debe revisar periódicamente erificar | Decantador 20m? eb periód para verificar las

condiciones de limpieza del estanque.

X

Eficiencia

Las eficiencias a lograr con el sistema de tratamiento son tales que el efluente del sistema se encontrará dentro de los rangos permitidos por la normativa. En general, las eficiencias están relacionadas con los porcentajes de reducción de sólidos suspendidos y carga orgánica. La metodología CASCADE posee la ventaja de tener resultados comprobados en el tratamiento de efluentes de la industria vitivinícola, alcanzando valores de DBO5 inferiores a 600 mg/L. La eficiencia que puede ser alcanzada a través de este sistema de tratamiento, es superior al 95% de remoción de carga orgánica y entre un 90 a 95% de sólidos suspendidos. La planta se encuentra diseñada para cumplir con el DS 90/00 Minsegpres, en todos sus parámetros.

En general, todos los parámetros normados, con el tratamiento a aplicar, quedarán dentro de los rangos permitidos por la normativa.

G. Cargas Resultantes Las cargas resultantes estarán directamente relacionadas con la eficiencia del tratamiento en la

reducción de las concentraciones de los parámetros observados, los cuales se resumen en la siguiente tabla:

Concentración resultante a la salida del sistema de tratamiento

Parámetro Salida Final (mg/L) DBO;s 600 Sólidos suspendidos <80

El sistema de tratamiento permitirá almacenar el RIL entre 100 a 120 días. Con este período se logrará abatir la carga orgánica en el porcentaje deseado, logrando cumplir con lo exigido en la normativa.

3.2. Localización.

El Proyecto se desarrollará en la Región Metropolitana de Santiago, en la Provincia de Maipo, Comuna de Buin, específicamente fundo Quinta de Maipo Norte.

La justificación de la localización, según lo planteado por el titular del proyecto es el hecho que el sistema de tratamiento es un proyecto preexistente que trata los residuos líquidos provenientes del proceso desarrollado por Viñedos Emiliana S.A. y se ubica colindante a su bodega productiva.

Las coordenadas de su localización, son las siguientes:

Coordenadas U.T.M. Punto Norte (X) Este (Y) Viñedos Emiliana 6.264.523 334.402 Bodega Escudo Rojo de 6.261.100 334.900 BPR

3.3. — Superficie asociada al proyecto.

La superficie que considera el proyecto de Tratamiento de Residuos Industriales Líquidos de la Bodega, es de aproximadamente 0,3 Há. La canalización de los residuos líquidos provenientes de un tercero como podría ser la bodega Escudo Rojo de BPR tendrá una extensión aproximada de 1,3 Km. los cuales irán bajo tierra en toda su extensión.

3.4. Vida útil del proyecto. La vida útil del proyecto es indefinida, en virtud del reemplazo de equipos. 3.5. Fase de construcción.

La construcción de la obra deberá iniciarse en el punto de desagúe y continuar aguas arriba, con el objeto de conseguir una mayor seguridad en la ejecución de la obra.

0

A fin de evitar que durante un tiempo mayor al normal haya excavaciones abiertas, el titular deberá asegurarse de disponer oportunamente de los tubos y materiales necesarios. Al iniciar la obra, se verificará que las canalizaciones subterráneas existentes no interfieran con las labores que forman parte del Proyecto.

Estas tuberías, postaciones y otras obras cercanas a las instalaciones en ejecución se mantendrán sin que sufran daño.

Se harán los trabajos necesarios para el correcto funcionamiento de la red y la completa habilitación de la vía, la que deberá quedar, a menos, en las mismas condiciones en que se encontraba al momento de comenzar los trabajos.

El titular deberá arbitrar los medios para que las tuberías existentes, postes, árboles y otras obras que interfieren con las instalaciones, se mantengan normalmente y no sufran daño. Cualquier daño a las obras existentes será de cargo del Contratista.

El titular de las obras será responsable de la reposición de las áreas verdes, prados o veredones destruidos con ocasión de los trabajos.

El titular deberá señalizar convenientemente sus faenas en la vía de tránsito público y será de su cargo el trámite y vigilancia de las interrupciones o desvíos de circulación que se producen, siendo de su responsabilidad cualquier inconveniente por una falta de atención a lo expuesto.

Las obras que se desarrollaran constan del movimiento de tierras para la colocación de las tuberías y sus cámaras de inspección.

La excavación de zanjas, encamado de la tubería y colocación del relleno se regirán, en cuanto no se opongan con las presentes especificaciones, por la norma chilena NCh 2282/2.0f96 "Tubos de policloruro de vinilo (PVC) rígido - Parte 2: Instalación subterránea de tubos y accesorios”.

La colocación de la tubería se hará en zanjas abiertas.

Para los efectos de la cubicación se ha clasificado el terreno como "material común".

En el punto 1.9 del Adenda N*1, el titular presenta una descripción detallada de las características constructivas del colector, que permiten resguarda posibles infiltraciones durante el transporte de líquidos desde BPR al sistema de tratamiento de viñedos Emiliana.

3.5.1 Medidas de Seguridad En la ejecución de las excavaciones el titular deberá adoptar las medidas de seguridad que estipulen las Especificaciones Técnicas Generales, las normas INN correspondientes o el Inspector Jefe, teniendo especial consideración en lo siguiente:

(a) Instalación de señalización de advertencia para el tránsito de vehículos.

(b) Colocación de elementos de iluminación en las zonas donde existen excavaciones abiertas u obstáculos que interfieran con el tránsito de vehículos o personas.

(c) Instalación de puentes para vehículos o sectores en que los trabajos impidan el acceso a las áreas habilitadas o no existan otras alternativas para la mantención del tránsito.

(d) Colocación de cunetas o barreras de protección en las vías en que exista tránsito de vehículos O peatonal.

(e) Ejecución de las obras de protección necesarias para evitar la inundación de las zanjas o excavaciones.

El titular deberá tener instalados en obra los elementos de seguridad necesarios antes de

iniciar los trabajos de excavación y la mantención permanente de las medidas de seguridad.

3.6. Fase de operación.

El titular declara que la operación del proyecto no varía respecto de lo aprobado por la RCA 403/2008.

  1. Que, sobre la base de lo señalado por el titular en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, en los informes emitidos por los servicios que participaron en el proceso de evaluación y en el Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, se concluye que el proyecto genera impactos sobre los siguientes componentes ambientales: Aire (emisiones atmosféricas y ruido), Agua (aguas servidas y RlLes) y Suelo (residuos sólidos).

  2. Que, el titular del proyecto deberá hacerse cargo de los impactos ambientales anteriormente señalados mediante la implementación de las siguientes medidas, las cuales, junto con las precisiones establecidas por esta Comisión, son adecuadas para acreditar el cumplimiento de la normativa de carácter ambiental que es aplicable al proyecto:

5.1. Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidas a las emisiones atmosféricas, el titular se obliga a:

Fase de construcción

5.1,1 Regar el terreno en forma oportuna y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de excavación, así como los sitios de desplazamiento y vías con flujo vehicular y de maquinarias que no se encuentren pavimentados.

5.1.2 Mantener húmedos los materiales que puedan desprender polvo.

5.1.3 Transportar los materiales de la construcción en camiones con carga cubierta.

5.1,4 Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados

Fase de Operación

5.1.5 Cumplir en todo momento con el D.S. N2144/61 del Ministerio de Salud (MINSAL) que establece "Normas para evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier naturaleza”.

5.1.6 En caso de emergencia, se realizará el arriendo de un equipo electrógeno que cubra las necesidades de aireación para asegurar el control de olores en el sistema de tratamiento

5.2. Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidas a las emisiones de ruido, el titular se obliga a:

5.2.1 Dar cumplimiento a los límites máximos permisibles, establecidos en el DS 146/97 del MINSEGPRES o el cuerpo legal que lo reemplace, en todas las fases del proyecto.

5.3. Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Agua, referidas a aguas servidas, el titular se obliga a:

Fase de Operación

5.3.1. Que durante la operación del proyecto se prevé la emisión de residuos líquidos de tipo domiciliario, desde BPR los cuales serán evacuados por el sistema de tratamiento de RlLes

5.3.2. Que la conexión de las aguas servidas será en un punto posterior al paso de los Riles a través del filtro parabólico y neutralización

Sin perjuicio de lo anterior, esta Comisión precisa que el titular deberá:

5.3.3. En la construcción, en caso de ser necesario la contratación de servicios de baños químicos por alguna emergencia o cualquier contratiempo durante el desarrollo del proyecto, el titular deberá informar ante esta autoridad sanitaria el tratamiento y disposición final de estas aguas definiendo y detallando la solución.

5.3.4. Es responsabilidad del titular del proyecto, la instalación, mantención y limpieza de los servicios higiénicos provisorios, a saber, los baños químicos y duchas con recinto de vestuario para la totalidad de los trabajadores, durante la etapa de construcción del proyecto. Lo anterior, debe dar cumplimiento con las disposiciones establecidas en los artículos 24, 25 y 26 del D.S. N2 594 de 1999 modificado por D.S. N2 201 de 2001 ambos del MINSAL, sobre las “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”. Lo anterior, principalmente en lo que respecta a:

  • Que el número mínimo de artefactos se calculará en base a la tabla del artículo 23 del citado Decreto.

  • Que los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 m del área de trabajo.

  • Que el punto de la descarga de las aguas servidas debe ser acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que acredite la disposición adecuada de los mismos y/o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga, estableciéndose que el transporte, habilitación y limpieza de los baños químicos será responsabilidad del titular del proyecto.

5.4. Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Agua, referidas a RlLes, el titular se obliga a:

Fase de Construcción

5.4.1. No generar RiLes

Fase de Operación

5.4.2 Tratar todos los residuos industriales líquidos originados en el proceso productivo.

5.4.3 Disponer el RIL tratado en el riego de 18,85 Há. de carozos, para esto se deberá cumplir con los parámetros establecidos en la NCh 1.333 y de manera complementaria en guía “Condiciones básicas para la aplicación de riles vitivinícolas en riego”. Por lo tanto, la empresa se compromete a cumplir con todos los parámetros que la norma consigna, de acuerdo con las siguientes tablas:

Parámetro Unidad Concentración Máxima pH - 5,5-9,0 Aluminio mg/L 5 Arsénico mg/L 0,1 Bario mg/L 4 Berilio mg/L 0,1 Boro mg/L 0,75 Cadmio mg/L 0,01 Cianuro mg/L 0,2 Cloruro mg/L 200 Cobalto mg/L 0,05 Cobre mg/L 0,2 Cromo mg/L 0,1 Fluoruro mg/L 1 Hierro mg/L 5 Litio mg/L 2,55 Litio (cítricos) mg/L 0,075 Manganeso mg/L 0,2 Mercurio mg/L 0,001 Molibdeno mg/L 0,01 Níquel mg/L 0,2 Plata mg/L 0,2 Plomo mg/L 5 Selenio mg/L 0,02 Sodio Porcentual % 35 Sulfato mg/L 250 Vanadio mg/L 0,1 Zinc mg/L 2 DBO5 mg/L 600 Detergentes (SAAM) mg/L 0,5 Fenoles mg/L 41 Nitrógeno Total | mg/L 30 (orgánico + inorgánico)

Sólidos Suspendidos | mg/L 80 Biodegradables

5.4.4

54.5

5.4.6

5.4.7

5.4.8

5.4.9

Efectuar un programa de monitoreo de los efluentes tratados. Esto con el fin asegurar que los componentes, variables, y parámetros ambientales relevantes asociados al proyecto en cuestión se mantengan dentro de los límites estimados, sin presentar efectos adversos en la población o en el medioambiente. Debido a que el sistema será monitoreado y mantenido por una empresa externa que mantiene la licencia del sistema de tratamiento escogido, la operación quedará sujeta a profesionales con experiencia en el área y con conocimientos comprobados en el tratamiento de Riles. Por lo que la planta será monitoreada en terreno, online y a distancia, las 24 hrs. del día, a partir de lo cual se obtendrán datos de Nivel, pH y temperatura.

Con el objetivo de verificar si el efluente se encuentra apto para realizar su disposición y si las distintas etapas del sistema de tratamiento abaten la carga orgánica del Ril, se realizarán tanto monitoreos internos, como externos por parte de un laboratorio acreditado por el INN. De manera interna, se analizaran muestras del efluente para verificar DQO y pH y gestionar los ciclos de tratamiento y necesidades de inicio de descarga. Antes del inicio de la temporada de riego, se contratará a un laboratorio externo para que tome una muestra con el objetivo de verificar si cumple con la normativa ambiental vigente en la materia. Los parámetros que serán monitoreados son: DBO5, Sólidos Suspendidos, Nitrógeno Kjeldahl, Fósforo Total y pH. Debido a que el tipo de tratamiento entrega un efluente de características homogéneas durante todo el período de riego, se estima que con ese muestreo se puede definir los parámetros medios con que el efluente será dispuesto durante toda la temporada de riego y para asegurar esta aseveración, durante el período de riego se realizará un segundo monitoreo de la descarga. En caso de que el monitoreo detecte superación de los límites máximos establecidos en la NCh1.333 y la Guía de aplicación de RlLes, el titular deberá suprimir la descarga de RiLes y remitir los resultados de los monitoreos a la autoridad competente, junto con adoptar las medidas necesarias para recuperar la estabilidad del sistema y volver a los límites de los parámetros exigidos.

Contar con un plan de medidas de prevención de riesgos y ante contingencias con el objetivo de prevenir e intervenir durante sucesos que puedan afectar el normal desarrollo de actividades del proyecto y que puedan causar daños a la vida, salud humana, o al medioambiente.

Dar cumplimiento a la Ley N? 3557, sobre protección agrícola, durante todas las fases del proyecto, se adoptarán las medidas necesarias para evitar que el proyecto se transforme en un foco de contaminación. Para ello, se realizará el monitoreo permanente de aspecto ambientales involucrados en el proceso.

En el caso, de detectarse una situación de infiltración (una contingencia), las medidas inmediatas serían suprimir la descarga de Riles, dar aviso a las autoridades ambientales y a la comunidad afectada para que se tomen las medidas de contingencias necesarias, realizar un análisis completo de las aguas residuales para determinar si son estas las responsables de dicha contaminación, determinar las causas y activar los tratamientos correspondientes al tipo de contaminación detectada. (Adenda N*1, punto 1.6)

En el caso de presentarse lluvias torrentosas, la evacuación se realizará en función de la evaluación preliminar de la problemática, se estima que ante esta situación es probable que nos encontremos frente a un RIL completamente diluido por acción del agua ingresada, cumpliendo con los requerimientos para descargar a riego. No obstante, la evacuación de las aguas se hará de manera controlada, mediante la activación del sistema de decantación y ciclos largos de riego en la zona asignada, en caso de que se determine que la emergencia es tal que todo el sistema se ha saturado, se solicitará permiso especial, previa evaluación, a la SISS para descargar los riles al canal de regadío más cercano. Debido a que las descargas de residuos líquidos a cursos de agua superficial están sujetos al cumplimiento de la norma de emisión respectiva, MINSEGPRES N? 90/00, una vez iniciada la operación del proyecto, la SISS dictará un Programa de Monitoreo, con el objetivo de que cada vez que ocurra una contingencia que signifique descartar residuos líquidos a curso superficial, el titular deberá analizar la calidad de éstos a través de un laboratorio acreditado, y lo informe a este Organismo, en el marco del cumplimiento de la norma mencionada.

No realizar modificaciones a cauces naturales o artificiales de agua.

5.4.10 Prevención de Riesgos

a)

En el sistema de Tratamiento.

$

En el diseño se considerará un margen de seguridad de alrededor del 20% para el caso de situaciones eventuales como períodos lluviosos.

o El sistema contempla la instalación de hidroeyectores que proporcionarán oxigeno al RIL para evitar una condición anaeróbica al interior de la laguna de almacenamiento.

o Se mantendrá y revisará periódicamente los elementos que permiten la salida del agua (sistema de bombeo).

o La laguna cuenta con un sistema de drenaje de agua y gas, el cual se encuentra dispuesto bajo la geomembrana. Estos drenajes se encuentran conectados a una cámara de inspección visual y con evacuación por gravedad, la cual será monitoreada regularmente para verificar el estado de mantención de la laguna.

b) En la Zona de Riego

. Se cercará los límites del predio para evitar la entrada de extraños y de animales que puedan afectar las instalaciones de riego.

. Se evitará la acumulación de sedimentos en el sistema de riego, para lo cual se realizará una revisión y limpieza del sistema de filtros

. Se procurará mantener el sistema de riego en óptimas condiciones

c) Funcionamiento.

La adecuada mantención de las unidades será una medida preventiva permanente para evitar sus eventuales fallas de funcionamiento. En caso de cortes en el suministro eléctrico la viña no contará con descargas de efluentes ya que la planta detendrá su proceso productivo. El diseño del sistema de tratamiento propicia que pueda mantenerse el RIL en buenas condiciones, sin proliferación de vectores y malos olores, por aproximadamente 7 días sin necesidad de ser aireado,

Sin perjuicio de lo anterior, esta Comisión precisa que el titular deberá:

5.4,11. No realizar descargas de aguas residuales a cursos o cuerpos de agua superficiales y/o subterráneos, por derrames o contingencias, y en caso de efectuarse, estas deberán cumplir con la normativa de emisión vigente, según sea el cuerpo receptor de los mismos.

5.4.12. Informar a la SISS, con 90 días de anticipación a la entrada en operación de sistema de tratamiento y/o disposición de Riles, de acuerdo a formato aviso disponible en sitio web www.siss.cl.

5.4,13. Ante cualquier eventualidad que implique una descarga de Riles en curso superficial y/o que se genere algún grado de infiltración hacia la napa subterránea, el titular del establecimiento emisor deberá informar por escrito a la SISS, en un plazo no superior a 24 hrs. de ocurrido el evento, la razón por la cual se realizó dicha descarga, el tiempo de duración de la misma y el plazo en que se estima se dará solución definitiva al problema.

54,14 En caso de ser denunciadas irregularidades en el manejo de efluentes, entendiéndose como irregularidad cualquier situación distinta a la presentada en el proyecto sometido a evaluación y que pudiera afectar un curso o masa de agua superficial y/o subterráneo, la autoridad competente podrá tomar las acciones y/o aplicar las sanciones de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.

5.5. Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Suelo, referido a la generación de residuos sólidos, el titular se obliga a:

Fase de Construcción

5.5.1 Que todos los residuos serán acopiados en lugares apropiados, de manera de minimizar el riesgo de accidentes y la interferencia con las demás actividades. Serán dispuestos regularmente en un vertedero autorizado por la autoridad sanitaria y transportados al sitio por una empresa autorizada, de acuerdo a establecido por el DS 594/99 del Minsal.

5.5.2 Respecto al manejo de residuos sólidos no peligrosos generados durante la construcción, se habilitará un sector de acopio provisorio o patio de rescate, para la selección de la fracción valorizable (acero, madera, aluminio, vidrio, embalajes de cartón, entre otros) y posterior reúso o reciclaje a través de la entrega a empresas debidamente autorizadas por la autoridad sanitaria.

Fase de Operación

5.5.3 Retirar los residuos provenientes del filtro parabólico diariamente y dispuestos en los contenedores de residuos generales.

5.5.4

5.5.5

realizar el retiro de los lodos desde la laguna de aireación (año 5), la forma de retiro no está definida, como primera instancia se considera la contratación de una retroexcavadora mediante la cual se realizará la extracción de los lodos y con la asistencia de personal de la empresa, equipados con sus respectivos elementos de protección personal, se realizará el barrido general de la laguna. Según destino, definidos a través de una evaluación de los resultados de los análisis de laboratorio, se dispondrán los lodos en camiones habilitados para su traslado a las zonas de aplicación o para su disposición a través de empresas autorizadas. Si el lodo presenta características de humedad adecuadas para su disposición como enmendante de suelos, su aplicación se hará de manera inmediata en el transcurso de las jornadas de extracción, en caso contrario se deberá evaluar la habilitación de canchas de secado debidamente impermeabilizadas y la habilitación de un sistema de volteo orientado a contar con un sistema de secado controlado del lodo.

En virtud de la necesidad de realizar la aplicación de lodos, se enviará una propuesta al SAG para esta labor. La aplicación del lodo en los suelos se realizará una vez que este cumpla con todos los parámetros requeridos para este propósito y este se encuentre acorde con tas recomendaciones del agrónomo a cargo, mediante un programa y tasa de aplicación determinadas. Se realizará un seguimiento continuo de la calidad de los lodos, desde su generación hasta la aplicación, se determinará la tasa de aplicación según el requerimiento de los cultivos en ese momento y se realizará un seguimiento agronómico al sistema lodo-suelo.

Sin perjuicio de lo anterior, esta Comisión precisa que el titular deberá: Fase de Construcción

5.5.6.

5.5.7.

Los residuos sólidos asimilables a domiciliarios derivados de la etapa de construcción y de la operación de la modificación de planta de riles, deberán ser dispuestos en rellenos sanitarios autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud.

El titular deberá instalar contenedores con tapa hermética, distribuidos uniformemente en los sectores de la obra y en las instalaciones de faena, a fin de que los trabajadores dispongan los residuos domiciliarios en bolsas de basura herméticas. Estos residuos deben ser retirados por el servicio municipal de recolección. Si no está disponible en el sector, deberá contactar a la Municipalidad correspondiente o en su defecto a una empresa de residuos autorizada, con el propósito de que dichos residuos se retiren regularmente, evitando la generación de focos de insalubridad.

Fase de Operación

5.5.8.

5.5.9.

Mantener orden y limpieza en su instalación de faenas (bodegas y vestidores, entre otros recintos).

Considerar que en su generalidad, el manejo de residuos es de exclusiva responsabilidad del generador de los mismos, debiendo éste implementar una gestión de sus residuos sobre la base de un manejo diferenciado entre los tipos de residuos generados, los que son peligrosos de los que no lo son, privilegiando las alternativas de prevención, reuso y reciclaje por sobre las alternativas de control como el tratamiento y/o la disposición final de los residuos en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria Regional. Un listado de dichos sitios se encuentra a disposición del usuario en la página web: www.asrm.cl

5.5.10. Respecto al análisis de la composición del lodo generado en el sistema de tratamiento, en

5.6. 5.6.1

5.6.2.

el caso que los resultados generen una modificación de la tipología de los lodos generados, de no peligrosos a peligrosos, deberá informar a la Autoridad Sanitaria y dar cumplimiento a la normativa correspondiente para dichos residuos.

Respecto a Prevención de Riesgos, el titular se obliga a: - No utilizar sustancias peligrosas durante la etapa de operación, ya que el sistema no requiere del uso de productos químicos para ajustar pH o de la adición de nutrientes. Ante Ocurrencia de Temblores de Gran Magnitud o terremotos. El proyecto y sus componentes no presentan riesgos para este tipo de eventos. El diseño de los elementos estructurales se realizará de acuerdo a las normas chilenas que consideran el efecto de los sismos. No obstante, con el objetivo de minimizar los riesgos, se adoptarán las siguientes medidas preventivas:

5.6.3.

5.6.4,

5.6.5.

5.6.6.

5.6.7.

  • Se reforzará la supervisión y monitoreo con el objetivo de verificar el comportamiento de la laguna y la acumulación de Riles.

  • Ante inevitables derrames de agua producidos por efecto del sismo, se dará aviso inmediato a las autoridades correspondientes.

  • Se verificará y hará una revisión de las tuberías de conexión para los Riles de ambas bodegas.

  • Se realizará la revisión inmediata al sistema de riego y del estado de sus componentes.

Ocurrencia de Lluvias Torrentosas

  • Mantener observación permanente de la laguna, para verificar la evolución del caudal acumulado.

  • Evaluar la condición de la infraestructura de almacenamiento, si es necesario, evacuar el RIL del tranque para evitar un rebalse con los consiguientes daños a la estructura de este. Antes de proceder se dará aviso a la autoridad pertinente.

Filtraciones o Roturas en el Estanque de Acumulación.

  • Supervisión periódica de la cámara de inspección de los drenajes de la laguna.

  • En el caso de detectar una filtración, se realizará una investigación para definir las zonas afectadas y un análisis de causas. Se realizará un análisis de DQO para saber si el agua corresponde a un derrame, infiltración por lluvia u otra situación anexa.

  • — Se tomarán las medidas necesarias para la reparación del daño.

Se considerarán medidas de revisión y mejoramiento para la mantención del estanque.

  • La laguna cuenta con un sistema de drenaje de agua y gas, el cual se encuentra dispuesto bajo la geomembrana. Estos drenajes se encuentran conectados a una cámara de inspección visual y con evacuación por gravedad, la cual será monitoreada regularmente para verificar el estado de mantención de la laguna.

Ante Fallas de funcionamiento. La adecuada mantención de las unidades será una medida preventiva permanente para evitar sus eventuales fallas de funcionamiento. Ante fallas en el suministro eléctrico la viña no contará con un grupo electrógeno, sino que variará el periodo de funcionamiento de la planta de tratamiento. La planta puede estar sin energía eléctrica por períodos de hasta 7 días, sin presentar problemas asociados, la única medida de contingencia que se deberá adoptar es la de intensificar las aireaciones una vez reposicionado el servicio.

Manejo de contingencias y medidas de respuesta. El titular del proyecto mantendrá personal de administración y operación permanentemente alerta con visitas periódicas a las instalaciones con el objetivo de contar con rápidas medidas de respuesta en caso de presentarse eventos que puedan significar riesgos para la población o el medio ambiente. Además, existe un telemonitoreo constante desde las oficinas centrales.

Mantenciones periódicas de los equipos. Se procederá a registrar en una bitácora las mantenciones preventivas y correctivas de todos y cada uno de los equipos. Este registro se llevará en un libro de mantenciones, el cual indicará también la próxima mantención a

realizar. Así se asegurará el buen estado de los equipos, especialmente las bombas y eyectores.

Sin perjuicio de lo anterior, esta Comisión precisa que el titular deberá:

5.6.8.

5.6.9.

Incorporar un sistema de control de vectores de interés sanitario (insectos, roedores y otras plagas de interés sanitario), a través de la implementación de un cordón sanitario alrededor de la planta, que incluya tanto la desratización, sanitización y desinsectación de todas las instalaciones, estableciendo un plan periódico de trabajo (programa de control de vectores sanitarios) efectuado por una empresa debidamente autorizada por la SEREMI de Salud. Mantener un registro de las aplicaciones efectuadas para el control de vectores sanitarios, incluyendo los sitios de aplicación, productos utilizados, dosis y fecha de aplicación. Dicho registro debe estar siempre disponible, en el lugar de las oficinas dentro de la Planta, para la fiscalización de los organismos competentes.

5.6.10. Mantener operativo el “Plan de medidas de prevención de riesgos y ante contingencias”

señalado en la RCA.403/2008 con el objetivo de prevenir e intervenir durante sucesos que puedan afectar el normal desarrollo de actividades del proyecto.

10.

11.

12.

13.

RESUELVE:

1.

Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las fases del proyecto, permitiendo el acceso a sus diferentes partes y componentes cuando éstos lo soliciten y facilitando la

información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para controlarlos y hacerse cargo de ellos.

Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito, al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, los de cambios de titularidad, de domicilio o de representante legal.

Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas directamente por éste o a través de un tercero.

Que en todo lo no modificado por la presente resolución, continúa plenamente vigente lo establecido en la RCA 403/2008.

En caso que el tercero que trate sus RlLes en la PTR de Viñedos Emiliana cuente con RCA, deberá realizar las consultas pertinentes respecto de la modificación del sistema de disposición de RlLes.

Que, en atención a todo lo señalado con anterioridad, puede concluirse que los impactos ambientales del proyecto “Modificación fuente emisora sistema de tratamiento de riles. Bodega Maipo-Viñedos Emiliana S.A.”, se ajustan a la normativa de carácter ambiental vigente y el proyecto no genera, ni presenta los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N”19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

Que, en razón de lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago,

Calificar ambientalmente favorable el Proyecto “Modificación fuente emisora sistema de

tratamiento de riles. Bodega Maipo-Viñedos Emiliana S.A”, presentado por Viñedos Emiliana S.A.

  1. Declarar que para que el proyecto pueda ejecutarse, deberá darse cabal cumplimiento a todas

3.

las medidas y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución.

Certificar que el proyecto “Modificación fuente emisora sistema de tratamiento de riles. Bodega Maipo-Viñedos Emiliana S.A”, cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable, que no requiere de Permisos Ambientales Sectoriales del Título VII del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, los que se otorgan y que no genera ni

presenta dos efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N*19.300,

4, Se hace presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime oportuno.

Presidenta Comisió n ¡de valuación Ambienté Región Metrapolitana de Santiago

aaa A

LA ALA LO

A

  • Representante legal

e Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana

e lustre Municipalidad de Paine

  • Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente, RM

  • Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, RM

» Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana

  • Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM
  • Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM

  • Superintendencia de Electricidad y Combustibles

+. Superintendencia de Servicios Sanitarios

  • Intendente Región Metropolitana

  • Secretaría Regional Ministerial de Agricultura

e Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales

  • Secretaría Regional Ministerial de Minería

  • Secretaría Regional Ministerial de Planificación, Coordinación y Economía RM

  • Secretaría Regional Ministerial de Educación

C/c: + Expediente del Proyecto " Modificación fuente emisora sistema de tratamiento de riles. Bodega Maipo-Viñedos Emiliana S.A ” + Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana