Mejoramiento y Ampliación de Servicio de Agua Potable Rural Los Rulos
REPÚBLICA DE CHILE ] COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO
Califica Ambientalmente el Proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua Potable Rural Los Rulos”
Resolución Exenta N* 51/2012
Santiago, 03 de febrero de 2012
VISTOS:
1.
¡95
Lo dispuesto en la Ley N” 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994, modificada por la Ley N .417, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 26 de Enero de 2010 y en el Decreto Supremo N 95/01, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 7 de Diciembre de 2002; en la Resolución N 1600/08 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; en la Resolución Exenta N 71, de fecha 01 de julio de 2011, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, en el Decreto Supremo N” 591, publicado en el Diario Oficial el 6 de septiembre de 2011 del
Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y en las demás normas jurídicas que rigen la materia.
La Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua Potable Rural Los Rulos”, presentada al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental por Comité Agua Potable Rural Los Rulos, representada por Sergio Carrasco Avalos, con fecha 18 de abril de 2011.
Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
Respecto a la DIA
Oficio N* 686 del Servicio Agrícola y Ganadero, Región Metropolitana, de fecha 06/05/2011;
Oficio N* 2100 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana, de fecha 12/05/2011;
Oficio N* 3713 de la Secretaria Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, de fecha 12/05/2011;
Oficio N* 280 del Secretaria Regional Ministerial de Agricultura, Región Metropolitana , de fecha 13/05/2011;
Oficio N* 728 de la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región Metropolitana, de fecha 13/05/2011;
Oficio N”* SRM RMS 079/2011 de la Secretaría Regional de Obras Públicas, Región Metropolitana, de fecha 16/05/2011;
Oficio N*214 del Gobierno Regional, Región Metropolitana, de fecha 16/05/2011
e
-
Oficio N” 502 de la Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, de fecha 16/05/2011
-
Oficio N” 439 de la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente, Región Metropolitana, de fecha 16/05/2011 Oficio N 372 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 17/05/2011 Oficio N 3372 de la Secretaria Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones, de fecha 16/05/2011
Respecto a la Adenda N* 1
e Oficio N” 503 de la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Región Metropolitana, de fecha 08/09/2011;
e Oficio N*7071 de la secretaria Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, de fecha 08/09/2011;
Oficio N* 1359 de Servicio Agrícola Ganadero, de fecha 09/09/2011;
Oficio N* 1001 de la Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, de fecha 12/09/2011;
- Oficio N* 700 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, Región Metropolitana, de fecha 12/09/2011;
e Oficio N” 831 de la Secretaria Regional Ministerial de Medio Ambiente, Región Metropolitana, de fecha 12/09/2011;
e Oficio N* 6998 de la Secretaria Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones, Región Metropolitana, de fecha 12/09/2011
Respecto a la Adenda N* 2
e Oficio N” 1215 de la Secretaria Regional Ministerial de Medio Ambiente, Región Metropolitana, de fecha 28/12/2011;
e Oficio N* 9614 de la secretaria Regional ministerial de Salud, Región Metropolitana, de fecha 28/12/2011
-
Oficio N” 1060 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, Región Metropolitana, de fecha 29/12/2011, se excluye.
-
El Acta de Comité Técnico de Evaluación, de fecha 16 de enero de 2012.
-
El Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua Potable Rural Los Rulos”.
-
Los demás antecedentes que constan en el expediente de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua Potable Rural Los Rulos".
-
El acuerdo de la sesión extraordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, de fecha 19 de enero de 2012.
CONSIDERANDO:
-
Que, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables a la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua Potable Rural Los Rulos”.
-
Que, el derecho de Comité Agua Potable Rural Los Rulos a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los
2
da mo
pas
requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Organos de la Administración del Estado.
Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental sus Anexos, la Adenda N*1, la Adenda N“2 y en el respectivo Informe Consolidado de Evaluación, documentos que forman parte integrante de esta resolución, el proyecto consiste en la ampliación y mejoramiento de un servicio existente de agua potable para la Localidad de Los Rulos que, actualmente, cuenta con 5.200 habitantes y que se encuentra ubicada al costado de la Ruta G-730 que une la Ruta 68 con María Pinto.
El servicio actual se compone de 2 sistemas El Redil y El Lirano. El Redil cuenta con un pozo de 13 l/s cuyas aguas se elevan a un estanque de 200 mé y El Lirano, cuenta con un pozo de 9,5 V/s cuyas aguas se elevan a un estanque de 75 m?. Desde este último estanque, una planta elevadora impulsa las aguas hasta otro estanque de 75 mé, ubicado a mayor cota, para abastecer el sector Santa Luisa.
Las obras de ampliación y mejoramiento consisten en:
Habilitación de un pozo en El Redil: Q=13 1/s; H=82 mca.
. Reemplazo de la Impulsión El Redil: D=140 mm; L=1.114 m.
Perforación de un nuevo pozo en el Sistema Lirano: Profundidad=100 m:; Diámetro=14".
Habilitación del nuevo pozo (La Galea): Q=30 l/s; H=80 mca. Este pozo reemplazará la operación del Pozo Lirano. Aunque este último se mantendrá operativo para ser utilizado en situaciones de emergencia.
Impulsión Pozo La Galea a Estanque Lirano: D=200 mm; L=1.323 m.
Nuevo Estanque Lirano: V=200 m'.
Planta Presurizadora para abastecer 27 viviendas ubicadas en el sector alto de Santa Luisa: Q=3 1/s; H=25 mca.
Refuerzos Red de Distriobución: Diámetros entre 63 y 160 mm; L=5.026 m.
Planta Desnitrificadora de Intercambio lónico: Q=4 l/s; Disminución de la concentración de Nitratos a: 37 mg/l. La construcción de esta planta dependerá de la concentración de nitratos que tengan las aguas del nuevo pozo.
El proyecto considera las siguientes superficies, según sus obras o acciones asociadas:
Tabla N%1: Superficies del Proyecto
Fase Superficie Requerida (Has) Construcción 0.2 Operación 379 Abandono -
3.1. Localización.
El proyecto se encuentra emplazado en la Región Metropolitana de Santiago, en la
- provincia de Melipilla, comuna de María Pinto, específicamente al norponiente de la
localidad de María Pinto, en la ruta G-730 que une la Ruta 68 con la localidad de María Pinto. Sus coordenadas geográficas aproximadas son 33%47' latitud sur y 71%10' longitud oeste. Su elevación media es de 179 msnm.
3.2. Fases del proyecto
El titular declara que el proyecto se construirá en un solo proceso, de acuerdo a la tabla
cronológica del punto 3.8.4 de la DIA del capítulo Descripción del Proyecto o Actividad.
Fase Construcción
En el capítulo 3.5 de la DIA se indica que durante la fase de construcción del sistema proyectado, se desarrollarán una serie de actividades. A continuación se describen aquellas con mayor significancia:
1.2.1 Instalación de Faenas
Previo a la construcción de las obras civiles se requiere de la instalación de las faenas, correspondiente al establecimiento de las oficinas, bodega de almacenamiento de herramientas y materiales, y patio para acopio y preparación de estos últimos. Durante la instalación de faenas, se dispondrá de baños químicos para los operadores, cumpliendo con lo dispuesto en el D.S. N 594 que reglamenta las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo y su modificación D.S. N201, en los artículos referidos a faenas temporales de carácter transitorio.
Se considera la limpieza y despeje del terreno, que contempla la remoción de vegetales, escombros, basuras, etc., de los distintos recintos, donde se ejecutarán las siguientes obras nuevas:
. Recinto El Redil: habilitación nuevo sondaje. Se estima una superficie de 93 m?.
Recinto La Galea: sondaje, planta desnitrificadora, caseta de cloración. Se estima una superficie de 458 m?.
. Recinto Estanque Lirano: estanque de 200 m'* y cámara para reubicación de Planta Elevadora. Se estima una superficie de 910 m?.
. Recinto Estanque Santa Luisa: sala de bombas. Se estima una superficie de 405 m?. 3.2.2 Excavaciones, Rellenos y Retiro y Transporte de Excedentes. Corresponde a todos los movimientos de tierra necesarios para llevar a cabo la construcción de obras nuevas, como son el sondaje, la planta desnitrificadora, la caseta
de cloración, el estanque de 200 m3 y sala de bombas.
El material sobrante de la excavación que no pueda ser utilizado en rellenos dentro de la misma planta, será dispuesto en el lugar autorizado por la autoridad sanitaria.
En la siguiente tabla se presentan los volúmenes de excavaciones, rellenos y retiro de excedentes correspondientes a cada recinto.
Tabla N* 2: Volumen de Movimiento de Tierra por Recinto
ITEM CANTIDAD (mi) Recinto La Galea:
Excavaciones 48 Rellenos con material de la excavación 10 Retiro y Transporte de Excedentes 43 Recinto Estanque Lirano:
Excavaciones 1.060 Rellenos con material de la excavación 688 Retiro y Transporte de Excedentes 75 Impulsiones y Redes de Distribución:
Excavaciones 8.672 Rellenos con material de la excavación 7.946 Retiro y Transporte de Excedentes 2.100
Se estima el volumen de excedentes en un 20% del volumen excavado, más el 110% del volumen desplazado por las cañerías e instalaciones.
3.2.3 Hormigones
Para la fabricación y colocación del hormigón en las obras nuevas se deberán adoptar las indicaciones de las normas INN referente a esta materia. En la Tabla N? 3, se
presenta la cantidad de hormigón que se utilizará en el recinto Lirano donde se construirá el estanque.
Tabla N“3: Hormigón en Recinto Lirano
ITEM CANTIDAD (m') Recinto Estanque Lirano:
Hormigón Grado H30 46
Hormigón Grado H15 6,5
3.2.4 Curado y protección
El hormigón colocado en las obras nuevas, deberá ser protegido de agentes químicos o mecánicos, como también correctamente curado. Para tal efecto se considerará lo establecido en la norma NCh 172.
3.2.5 Vialidad
b)
El titular del proyecto en la Declaración de Impacto Ambiental, indica que en la fase de construcción, se realizarán transportes de insumos y excedentes por un periodo de 9 meses. Estos transportes se efectuarán de la siguiente forma:
La faena de hormigonado es una faena continua que tendrá una duración de 2 días y que se realizará con 11 camiones mixer de 6 m” de capacidad.
La faena de transporte de Piezas Especiales y de Cañerías se realizará durante 2
meses (2? y 3” de la fase de construcción). Los 8 viajes se realizarán con una frecuencia semanal.
La faena de retiro de excedentes se realizará en 7 meses (entre el segundo y el octavo mes de la fase de construcción), por lo que los185 viajes se realizarán con una frecuencia máxima de 2 viajes diarios
La distancia que deberán recorrer estos vehículos es la siguiente:
Transporte de Excedentes: 160 km por caminos pavimentados, que corresponde al recorrido Los Rulos, Estación de Transferencia Quilicura — Los Rulos. Además deberán recorrer 2 km por caminos no pavimentados al salir de los recintos donde se realizan las faenas
Transporte de Insumos: 80 km por caminos pavimentados, que corresponde a la distancia al recorrido Melipilla — Los Rulos — Melipilla Además deberán recorrer 2 km por caminos no pavimentados al salir de los recintos donde se realizan las faenas.
Fase Operación
De acuerdo a lo informado por el titular en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, esta fase consiste en garantizar la calidad del agua potable consumida por la población y la continuidad del servicio, por lo que el mayor impacto es positivo.
Sin perjuicio de lo anterior, el titular describe el sistema, analizando los flujos de entrada y de salida de cada componente como son Sondajes, Desinfección, Desnitrificación, Estanques de Regulación y Red de Distribución.
3.2.6 Pozos.
3.2.6.1. Flujos de Entrada
El agua cruda corresponde al agua proveniente del acuífero correspondiente a cada 5
pozo, a saber:
El Redil IL El Redil II. Lirano Il. La Galea.
Los pozos El Redil I y Lirano 1 cuentan con derechos de aprovechamiento constituidos. Para el pozo El Redil L, se enviaron los antecedentes a la DGA para regularizar sus derechos. En cuanto al Pozo La Galea, los antecedentes se enviarán a la DGA una vez perforado el sondaje.
La calidad del agua de los 3 primeros pozos sólo requiere de desinfección para cumplir con la Norma Chilena 409 (ver los Análisis Químicos en Anexo 3 de la DIA).
El pozo La Galea aún no ha sido perforado, pero existen antecedentes de que pudiera tener un exceso de nitrato por lo que se incluye el diseño de una planta desnitrificadora para tratar agua con una concentración de nitrato de 50,8 mg/l, similar a la del Pozo Lirano II. El dimensionamiento final de la planta deberá ajustarse cuando se conozca la calidad del real del agua del pozo.
3.2.6.2. Flujos de salida
a.
Agua Extraída del Sondaje: corresponde al agua de cada pozo que ha sido extraída del sondaje para ser tratada, normalmente sólo con desinfección, y luego elevada hasta la cota del estanque de almacenamiento. Los caudales a extraer al año 10 y 20 del proyecto son los siguientes:
El Redil I (sondaje existente y operativo): 12.9 y 12.9 L/s.
El Redil II (sondaje existente que se habilita con el proyecto): 13 y 13 L/s. Lirao 1 (sondaje existente y operativo ): 9.5 y O L/s.
La Galea (sondaje a perforar y a habilitar con el proyecto): 30 y 40 L/s.
Desagiie Sondaje: corresponde al agua de desagúe del pozo durante el lavado de éste. Esta operación se realiza luego de que el pozo ha estado varios días detenido, aproximadamente 1 ó 2 veces en el año.
El agua de desagúe tiene una calidad similar a la del agua extraída del pozo durante la operación normal; sólo aumenta la turbiedad durante los primeros minutos del desagúe, producto del arrastre de arenas finas del acuífero y del desprendimiento de óxidos de hierro de la entubación del sondaje.
Generalmente, el agua se aclara al extraer todo el volumen de la columna del sondaje. En este caso, se extraerá 3 veces el volumen del sondaje. El tiempo de descarga será
menor a una hora. En la siguiente tabla, se presentan los caudales de desagie para los distintos sondajes:
Tabla N? 4: Caudales de Desagiie
Pozo Diámetro Profundidad Volumen a| Q Desagiie Extraer (pulg) (m) (m>) (Ys) El Redil I 8 67,5 7 2 El Redil II 12 70 15 4 Lirano 1 8 45 4 1 La Galea 14 100 30 8
Actualmente, el desagúe del Pozo El Redil 1 descarga a un canal de riego, aledaño al recinto. El Pozo El Redil II descargará al mismo punto con un régimen similar al actual.
6
7
La capacidad de porteo del canal de riego es adecuada para el caudal de desagúe de cada pozo.
El Pozo Lirano 1 descarga a un pozo de absorción, ubicado en el recinto, situación que se mantendrá sin alteraciones en este proyecto. Durante las faenas de desagiie se inunda la zona aledaña al recinto, pero no tiene impacto en los sitios vecinos.
El nuevo Pozo La Galea descargará en forma controlada hacia un canal recolector de derrames de riego, que tiene una capacidad de evacuación aproximada, de 20 1/s.
3.2.7 Planta Desnitrificadora (sólo pozo la Galea)
3.2.7.1. Flujos de Entrada:
a) Agua a Tratar: corresponde al caudal extraído del Pozo La Galea. El caudal de diseño para la desnitrificación será del 10% del caudal total del pozo. Hasta el año 10 del proyecto, el pozo tendrá un caudal de 30 1/'s y la planta tratará 3 1/s. Posteriormente, el pozo tendrá un caudal de 40 ls y la planta tratará 4 1/s. Esta condición, que es la más desfavorable, se considerará en la evaluación de su impacto al ambiente. En cada ciclo de tratamiento que dura 12 horas, se tratará un volumen de 173 mé.
b) Agua para Regeneración: es el agua que se utiliza para el lavado, enjuague y regeneración de las resinas de intercambio iónico. El volumen total de agua que se utiliza para estos efectos es de 19,6 m?, durante un periodo de 160 minutos. El agua utilizada es agua potable proveniente de la red de distribución.
c) Agua para Dilución: es el agua que se utiliza para la dilución del efluente de la regeneración, de manera que las concentraciones finales cumplan con el D.S. 609 sobre Descargas a Alcantarillados con Plantas de Tratamiento. El caudal de dilución será inferior a 2 1/s y también proviene de la red de distribución.
3.2.7.2. Flujos de Salida:
3.2.7.2.1. Agua Tratada
Corresponde al agua de salida hacia los estanques de almacenamiento, es decir, luego de la mezcla del agua tratada en la planta desnitrificadora y del agua cruda proveniente del pozo en una razón 1:9.
Para estimar las concentraciones finales de los distintos elementos y compuestos en el agua que va a consumo, primero se determinará la concentración a la salida de la planta desnitrificadora y luego se considerará la dilución con el agua cruda del pozo.
Las concentraciones a la salida de la planta desnitrificadora se calcularán mediante la realización de los balances másicos respectivos, considerando un funcionamiento simplificado de los procesos de intercambio iónico, en particular en la etapa de desnitrificación que es la más compleja.
Se considerará que el proceso de ablandamiento de agua mediante intercambio iónico consiste en el reemplazo de los iones Calcio y Magnesio del agua por iones Sodio que se encuentran “adheridos” a la resina catiónica. Para el ablandamiento se considerará:
a.l. Dureza: la capacidad de retención de la resina permite que toda la dureza quede retenida en ella. Por lo tanto, la dureza retenida son: 2.249 equivalentes de CaCO3 ó 112.450 g CaCO3.
a.2. Sodio: durante el proceso de ablandamiento, se produce el intercambio de ¡ones Calcio y Magnesio presentes en el agua cruda por iones Sodio de la resina, por lo que se incrementa la concentración de iones sodio en el agua tratada.
Por su parte, se considerará que el proceso de desnitrificación del agua mediante intercambio iónico consiste en el reemplazo del ión Nitrato del agua por el ión Cloruro que se encuentra “adherido” a la resina aniónica. En este caso, además de Nitrato, se retienen los iones Sulfato porque tienen mayor afinidad con la resina que los Nitratos. Para la desnitrificación se considerará:
b.1. Sulfato: en general las resinas aniónicas tienen mayor afinidad por el sulfato que por el nitrato por lo que todo el sulfato es removido antes de la remoción de los nitratos.
b.2. Nitrato: de acuerdo con información del fabricante, una vez retenidos los sulfatos, la concentración de nitratos disminuye de 50,8 a 14,0 mg/l.
b.3. Cloruro: Durante el proceso de desnitrificación, se produce el intercambio de todos los iones Sulfato y parte de los iones Nitrato presentes en el agua cruda por iones Cloruros de la resina, por lo que se incrementa la concentración de iones Cloruro en el agua tratada.
Finalmente, los 4 Vs de agua tratada se mezclan con 36 1/s de agua cruda, proveniente del pozo. En la tabla siguiente se presentan las concentraciones de esos parámetros en el agua cruda, en el agua tratada a la salida de la planta y en el agua potable que va al estanque y que finalmente, se destinará al consumo. El agua potable se compone de 36 Vs de agua y de 4 1/s de agua tratada.
Tabla N* 5: Concentraciones Parámetros
Parámetro Conc. Agua Conc. Agua Conc. Agua Límite Norma
Cruda Salida Planta Potable NCh 409 (mg/l) (mg/l) (mg/l) (mg/l)
Dureza 650 0 585 sin limite
(CaCO»)
Sodio - 299 29,9 sin limite
(Na”)
Sulfato 400 0 360 500
(SO?)
Nitrato 50,8 14,0 47,1 50
(NO;)
Cloruro 202 519 233,7 400
(CD)
En esta etapa el agua cumplirá con la Norma Chilena NCh 409 Of. 2005, la cual establece los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos que debe cumplir el agua potable.
3.2.7.2.2. Descarga Final
Corresponde al agua utilizada en la regeneración y en el lavado de las resinas, llamada
agua de descarte, diluida con agua potable en la proporción 1:4,6, para cumplir con los estándares fijados por el D.S. 609, que regula las descargas a sistemas de alcantarillado.
En primer lugar se describirán las aguas de descarte, es decir aquellas utilizadas en la regeneración y lavado de las resinas, antes de la dilución.
La regeneración consiste en la eliminación de los iones retenidos en cada resina mediante el paso de una solución de cloruro de sodio.
En el caso de la resina catiónica, los iones sodio reemplazan a los iones calcio y magnesio retenidos durante el ciclo de tratamiento. En el caso de la resina aniónica, son los iones cloruro los que reemplazan a los iones sulfato y nitrato, previamente atrapados en la resina.
a.
b.1.
Previo al proceso de regeneración de cada resina, se realiza un retrolavado de 10 minutos de duración. La regeneración misma tiene una duración de 60 minutos. Finalmente, se realiza un enjuague para botar residuos de salmuera, que tiene una duración de 10 minutos. Así, el ciclo completo de regeneración del sistema tiene una duración de 160 minutos.
El ciclo de regeneración se realiza cuando se ha completado un ciclo de 12 horas de tratamiento, continuas o no. En periodos de alto consumo, el ciclo de regeneración se
realizará una vez al día. En periodos de menor demanda, se realizará con una frecuencia menor.
Volumen del Agua de Descarte
Para las fases de lavado y de enjuague de las resinas, se utiliza un caudal de 4 1/s de agua potable, proveniente de la red de distribución. Considerando ambos procesos de regeneración, habría dos lavados y dos enjuagues, cada uno con una duración de 10 minutos. Por lo tanto, el volumen de agua de descarte por este concepto es de 4 1/s por 40 minutos, es decir, 9,6 m'.
La regeneración de la resina catiónica se realiza con 5 m' de una solución de cloruro de sodio al 9% y la de la resina aniónica con 5 m de una solución al 6%. Vale la pena aclarar que para evitar grandes volúmenes de almacenamiento de cloruro de sodio, se dispone de 2 estanques de 1,5 m donde se prepara y almacena una solución saturada de Cloruro de Sodio, la que se diluye en línea con agua de servicio en la proporción necesaria para alcanzar la dilución requerida para la regeneración de cada resina
Finalmente, sumando al volumen utilizado en el lavado y enjuague de las resinas los 10 m? utilizados en la regeneración, el volumen total de agua de descarte es de 19,6 m', que será almacenada en un estanque de 20 mí de capacidad. Desde este estanque, dl agua de descarte se inyectará, mediante una bomba de diafragma, a la cañería que conduce el agua de dilución. La bomba es marca Prominent, modelo S3CaH070410PVTS170WA110C, con capacidad para inyectar 492 1/h a una presión de 7 bar.
De esta forma, el agua de descarte se descarga en forma controlada y diluida al sistema de alcantarillado.
Calidad del Agua de Descarte
Por la naturaleza del proceso, la etapa más crítica desde el punto de vista de los contaminantes, es la etapa de regeneración de la resina. En el proceso de regeneración de la resina catiónica, se desprenden los iones calcio y magnesio retenidos durante el tratamiento. Además, el efluente contendrá el exceso de sodio que no se utilizó en la regeneración, y los cloruros.
En el proceso de regeneración de la resina aniónica, se desprenden los iones sulfato y nitrato, retenidos durante el tratamiento. Además, el efluente contendrá el exceso de cloruro que no se utilizó en la regeneración, y sodio.
Las cantidades Je los iones involucrados en el proceso de regeneración catiónica, luego de tratar 173 mí? de agua cruda, son las siguientes:
Dureza: todos los iones calcio y magnesio, retenidos durante el tratamiento, se desprenderán durante la etapa de regeneración y serán reemplazados por iones sodio.
b.2. Como se calculó anteriormente, los equivalentes de CaCOz retenidos durante el
ablandamiento, son 2.249 equivalentes, ó 112.450 g, expresados en CaCO3. Todos ellos se desprenderán en la etapa de regeneración.
b.3. Sodio: en el proceso de regeneración de la resina catiónica, se incorporan al efluente,
los iones sodio en exceso. Estos se calculan como la diferencia entre el sodio presente en la solución regeneradora y el sodio retenido en la resina, en reemplazo de los iones calcio y magnesio.
b.4. Cloruros: en el proceso de regeneración catiónica no hay modificación de la cantidad
Cc.
de cloruros, por lo que, los cloruros que ingresaron en la solución de cloruro de sodio se mantendrán en el flujo de salida del agua de regeneración de la resina catiónica.
Los equivalentes de cloruro en la salmuera son iguales a los equivalentes de sodio, es decir, 7.877, 6 279.634 g.
Las cantidades de los iones involucrados en el proceso de regeneración aniónica, luego de tratar 173 m” de agua cruda, son las siguientes:
Sulfato y Nitratos: al igual que en el caso de la dureza, se desprenderán todos los iones sulfato y nitrato retenidos durante el tratamiento, es decir, 1.442 equivalentes o 69.200 g de sulfato y 103 equivalentes o 6.366 g de nitrato.
Cloruros: en el proceso de regeneración de la resina aniónica, se incorporan al efluente, los iones cloruro en exceso. Estos se calculan como la diferencia entre el cloruro presente en la solución regeneradora y el cloruro retenido en la resina, en reemplazo de los iones sulfato y nitrato.
Sodio: durante la regeneración de la resina aniónica, no se modifica la cantidad de sodio, por lo tanto, la cantidad de sodio en el efluente, corresponde a la que ingresó en la solución de salmuera.
Los equivalentes de sodio en la salmuera son iguales a los equivalentes de cloruro, es decir, 5.137. Como los equivalentes por mol de sodio es igual a 1 y el peso atómico del sodio es 28,9 g/mol, se obtienen, 148.459 g de sodio.
Las aguas de descarte se almacenarán transitoriamente en un estanque de 20 m? de capacidad, por lo que para el cálculo de las concentraciones de estas sustancias en el agua de descarte, se considerará que éstas están mezcladas homogéneamente en el estanque y que el volumen total del agua de descarte asciende a 19,6 m?. También se deben agregar los compuestos presentes naturalmente en el agua utilizada.
A continuación, se presenta una tabla resumen con la cantidad de las distintas sustancias que componen el residuo y la concentración del efluente del proceso de regeneración.
Tabla N*6: Resumen con la cantidad de las distintas sustancias que componen el residuo y la concentración del efluente del proceso de regeneración.
Sustancia Cantidad Desprendida | Cantidad Desprendida en la | Conc. Efluente en la Regeneración | Regeneración Aniónica Regeneración Catiónica (g/regeneración) (mg/l) (g/regeneración)
Dureza (como CaCO3) 112.450 (2.249 eq) - 6.322
Sulfato - 69.200 (1.442 eq) 3.891
Nitrato - 6.366 (103 eq) 32
Sodio 128.881 (5.628 eq) 148.459 (5.137 eq) 14.180
Cloruro 279.634 (7.877 eq) 127.516 (3.592 eq) 21.007
Calidad de la Descarga Final
Normalmente, los efluentes de sistema de ablandamiento, se disponen a los sistemas de alcantarillado, pero en forma controlada ya que la salinidad de este residuo puede afectar la biota de la planta de tratamiento.
10
Los efluentes de plantas desnitrificadoras, por su alto contenido de nitratos, tienen un alto potencial eutroficador por lo que no se permite su descarga a cursos naturales. Tampoco se puede utilizar como fertilizante debido a su alto contenido de sodio.
Por lo tanto, la descarga final se hará a la red de alcantarillado municipal que cuenta con tratamiento.
De acuerdo al D.S. 609 del año 1998, que regula las descargas a sistemas de alcantarillado, esta planta desnitrificadora correspondería a un “Establecimiento Industrial” y, como tal, debe cumplir con lo establecido en la Tabla 4 de dicha norma que establece los límites máximos permitidos para descargas de efluentes que se efectúen a redes de alcantarillado que cuenten con plantas de tratamiento de aguas servidas, como es el caso en este sistema.
De los componentes de la descarga de la Planta Desnitrificadora, el único que está normado es el sulfato, cuyo límite máximo es de 1.000 mg/l.
Para cumplir con esta normativa, el efluente del proceso de regeneración que contiene sulfatos en una concentración de 3.891 mg/l, se requiere diluir 4,6 veces con agua potable que, a su vez, contienen 360 mg/l de sulfato.
d. Caudal de la Descarga Final
La descarga al alcantarillado se realizará en forma controlada, para lo cual se contará con un estanque de almacenamiento de las aguas de descarte. Desde este estanque se inyectará un flujo controlado a la cañería de agua de dilución. El flujo de descarga final será constante durante las horas en que la planta no está en proceso de regeneración.
Durante los 10 primeros años, el proceso de regeneración se realizará cada a días, generando 19,6 m' de efluente que se almacenarán en un estanque de 20 m'. Este volumen se descargará durante 44 horas, a razón de 0,13 V/s. Para que este efluente cumpla con la Normativa para descargas a Sistemas de Alcantarillado con Planta de Tratamiento, deberá diluirse 4,6 veces, es decir con un caudal de 0,58 l/s. De esta manera, durante los primeros 10 años, el caudal final de descarga será de 0,71 Ys, durante 44 horas y 0 1/s durante las 4 horas que dura el proceso de regeneración.
Durante los siguientes 10 años, el proceso de regeneración se realizará diariamente, generando 19,6 m' de efluente que se almacenarán en el estanque de 20 mi. Este volumen se descargará durante 20 horas diarias, a razón de 0,28 1/s. Para que este efluente cumpla con la Normativa para descargas a Sistemas de Alcantarillado con Planta de Tratamiento, deberá diluirse 4,6 veces, es decir con un caudal de 1,28 1/s. De esta manera, durante los siguientes 10 años, el caudal final de descarga será de 1,56 1/s durante 20 horas y 0 1/s durante las 4 horas que dura el proceso de regeneración.
Para efectos de control de caudales, el proyecto contempla un sistema de medición de la razón de dilución y de la descarga final al alcantarillado.
El efluente de la regeneración, almacenado en el estanque de 20 m', se inyectará mediante una bomba dosificadora, similar a las utilizadas en la cloración, al flujo de agua de lavado proveniente de la red de distribución.
Se cuenta con autorización de la I. Municipalidad de María Pinto, Operadora de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Los Rulos, para descargar el efluente al Sistema de Alcantarillado.
3.2.8 Desinfección
3.2.8.1. Flujos de Entrada
11
En el caso de La Galea, el proceso de desinfección se realiza después de la
desnitrificación por lo que el flujo de entrada corresponde al agua tratada en dicha planta.
En los demás recintos, el flujo de entrada al proceso de desinfección corresponde al agua extraída del pozo.
3.2.8.2. Flujos de Salida
" Agua Clorada: En todos los casos, el flujo de salida corresponde a agua a la cual se le
ha agregado alrededor de 1 ppm de cloro mediante la inyección de una solución de Hipoclorito de Calcio.
. Aguas de Lavado Sistema de Cloración: el Hipoclorito de Calcio se prepara disolviendo la sustancia granulada en agua para lo cual se disponen dos estanques de 200 1 en cada recinto de pozo. Estos estanques se lavarán con una periodicidad mensual de manera de eliminar depósitos que corresponden a material insoluble de la materia prima y a hipoclorito de calcio que no se disolvió.
Para su disposición, en cada recinto existe un pozo absorbedor que permite la infiltración del agua de lavado.
3.2.9 Estanque de Almacenamiento El proyecto considera 4 estanques de almacenamiento:
e El Redil, estanque semienterrado, existente, de 200 m' de capacidad.
e El Lirano 1: estanque semienterrado, existente, de 75 m* de capacidad.
- El Lirano II: estanque semienterrado, proyectado, de 200 m* de capacidad. e Santa Luisa: estanque semienterrado, existente, de 75 m? de capacidad.
3.2.9.1. Flujos de Entrada:
El agua clorada corresponde a agua clorada proveniente del recinto donde se ubica cada sondaje.
3.2.9.2. Flujos de Salida:
Agua Potable: corresponde al agua que será enviada a consumo. En el estanque se ha producido la desinfección gracias al tiempo de contacto del agua con el cloro agregado en la etapa de cloración.
" Agua de Lavado: corresponde al agua utilizada en el lavado de los estanques, el que se realiza una vez al año. El agua que se elimina sólo contiene material fino, proveniente de los sondajes en concentraciones muy bajas, pero que decantan en el estanque y se acumulan en el fondo.
Estas aguas son inocuas y se descargan al desagiie de cada recinto de estanque. En el Recinto El Redil, el desagie está conectado al Canal Las Mercedes. En el recinto Lirano, actualmente el desagúe descarga al Canal Las Mercedes que se encuentra a 1.000 m de distancia, por lo que el agua inunda el camino hasta llegar al canal.
El proyecto mejora esta situación, conectando el desagiie con el colector de aguas lluvias existente, de 800 mm de diámetro, el cual descarga al Canal Las Mercedes.
Finalmente, el desagiie del Estanque Santa Luisa, descarga a una quebrada, por donde el flujo avanza 300 m para luego ser recogidas por el colector de agua lluvias que descarga al Canal Las Mercedes.
12
3.2.10 Red de distribución 3.2.10.1 Flujo de Entrada
El agua potable corresponde al agua almacenada en los estanques.
3.2.10.2 Flujo de salida
. Agua Potable: corresponde al agua conducida por la red de distribución a cada uno de los usuarios del sistema.
" Agua de Lavado: corresponde al agua utilizada en el lavado de la red de distribución, el que se realiza en caso de alguna reparación o reclamo por alta turbiedad. El agua que se elimina sólo contiene material fino que se ha introducido a la red durante las reparaciones de tramos de la red. En este caso, el agua se elimina por válvulas de desagúe, ubicadas en diversos puntos bajos de la red. La descarga se conduce al canal o acequia más cercana a través del camino.
32.11 Evaluación de la Eficiencia del Tratamiento
La evaluación del sistema de tratamiento es una labor constante durante el período de vida útil del proyecto. Además del control de calidad del agua suministrado que se realiza hoy en día, se incorporará el control de Nitratos con una frecuencia de 4
muestras al mes, de acuerdo con lo señalado, para los parámetros críticos, en la Norma NCh 409-2 of. 2005, Tabla 5.
3.2.12 Fase de Abandono
La vida útil del proyecto según lo declarado por el titular es indefinida y, por consiguiente, no está previsto su abandono.
-
Que, sobre la base de lo señalado por el titular en la Declaración de Impacto Ambiental, en su Adenda N? 1 y en su Adenda N? 2, en los informes emitidos por los servicios que participaron en el proceso de evaluación, y en el Informe Consolidado de Evaluación, se concluye que el proyecto genera impactos en los siguientes componentes ambientales: Aire (emisiones atmosféricas y ruido), Suelo (residuos sólidos), Agua (Manejo de Aguas Servidas, Descarga de Efluentes líquidos, Agua Potable), Patrimonio Arqueológico y Vialidad Adyacente.
-
Que, el titular del proyecto deberá hacerse cargo de los impactos ambientales anteriormente señalados mediante la implementación de las siguientes medidas, las cuales, junto con las precisiones establecidas por esta Comisión, son adecuadas para acreditar el cumplimiento de la normativa de carácter ambiental que es aplicable al proyecto:
5.1 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidos a las Emisiones Atmosféricas, el titular no requiere presentar un Plan de Compensación de Emisiones y se obliga a lo siguiente:
5.1.1 Dar cumplimiento a lo normado por el D.S. N* 66/2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Reformula y Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA).
5.1.2 El titular se compromete a dar cumplimiento a las siguientes medidas durante fase de construcción:
5.1.3 Se humedecerán periódicamente el área de trabajo. 5.1.4 Usar carpeta cobertoras en tolvas que transporten material.
13
5.1.5 Mantener continuamente húmedos los caminos de tierra por donde transiten vehículos y maquinaria pesada.
Fase Operación:
5.1.6 El titular indica que durante la fase de operación, la modificación propuesta no involucra la generación de emisiones significativas a la atmósfera.
5.2 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidas a emisiones de ruido, el titular se obliga a:
5.2.1 Dar cumplimiento a los límites máximos permisibles de ruido, de acuerdo a lo establecido en el D.S. N* 146 de 1997 del Minsegpres; es decir, los medidos en el lugar donde se encuentra el receptor sensible del ruido (comunidad vecina), durante todo el período que comprenda cada una de las fases del proyecto.
Además el titular deberá cumplir lo indicado por la SEREMI de SALUD en el Ord N* 9614 de fecha 28 de diciembre de 2011, a saber:
Fase de Construcción:
5.2.2 Las faenas sólo se podrán efectuar en horario diurno, es decir, entre las 7:00 y 21:00 horas.
5.2.3 En el Estanque Lirano se deberán implementar 2 barreras acústicas de madera OSB de 15 mm de espesor, 2,5 m de altura y 20 m de longitud total, ubicada según lo mostrado en la Figura 10 del Anexo 1 Informe Acústico de la Adenda N? 2 de la DIA (página 22).
5.2.4 En el Pozo La Galea se deberá implementar una barrera acústica de madera OSB de 15 mm de espesor, 2,5 m de altura y 25 m de longitud total, ubicada según lo mostrado en la Figura 11 del Anexo 1 Informe Acústico de la Adenda N? 2 de la DIA (página 25).
Fase Operación:
5.2.5 El titular indica que en la fase de operación, no habrá emisiones de ruido.
5.3 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Suelo, por generación de residuos sólidos, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:
Fase Construcción:
5.3.1 El titular deberá dar cumplimiento del Decreto Supremo N*594/1999 del Ministerio de Salud, sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, obligándose a eliminar los residuos sólidos en lugares autorizados.
5.3.2 Dar cumplimiento a lo establecido en los artículos del Título 11 “De la Higiene y Seguridad del Ambiente”, Párrafo III “De los Desperdicios y Basuras”, del D.F.L. N* 725 de 1967, “Código Sanitario”, respecto a los residuos sólidos.
5.3.3 El titular se compromete en Adenda N*1, dar cumplimiento a las siguientes medidas:
- Los escombros resultantes de las faenas de movimiento de tierra, se acopiarán temporalmente en la faena cuidando que siempre se mantengan húmedos y finalmente, se dispondrán en un vertedero.
14
li. Las obras más relevantes son la construcción de un estanque de hormigón armado, la perforación y encamisado de un pozo y la construcción de un galpón metálico. De este tipo de obras, el desecho valorizable es el hierro. Por lo tanto, se incluye en las Especificaciones que el Contratista deberá considerar la selección de estos materiales y su reciclaje en empresas autorizadas por la SEREMI de Salud.
iii. Para la disposición de residuos sólidos, conformados básicamente por excedentes de las excavaciones, se utilizará la estación de Transferencia de Quilicura, ubicada en el nudo vial de Américo Vespucio con la Ruta 5 Norte. En caso de que la estación de Transferencia de Quilicura esté inhabilitada, los residuos sólidos se dispondrán en Idea Corp, ubicado en Camino Catemito Parcela N*%6, San Bernardo.
Fase Operación:
5.3.4 Dar cumplimiento a la Resolución N*5081/1993 del servicio de salud del Ambiente de la RM, que establece el Sistema de declaración y seguimiento de Desechos Sólidos Industriales.
5.3.5 El titular declara en el capítulo 4 de la DIA y en la Adenda N*1, que las resinas, tanto la catiónica como la aniónica no son residuos peligrosos, tienen una vida útil de 12 años, al cabo del cual se deben desechar y cambiar por resinas nuevas. Estas resinas cuya matriz está constituida por polímeros, serán declaradas y llevadas a un vertedero autorizado para su disposición final, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 5081 del Ministerio de Salud que establece el Sistema de Declaración y Seguimiento de Desechos Sólidos Industriales.
5.4 Respecto de los impactos ocasionados sobre el Agua, Manejo de Aguas Servidas, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:
Fase de Construcción:
5.4.1 Exigir al Contratista disponer un baño químico en el recinto Galea y uno en el recinto
Lirano para los 30 trabajadores, lugares donde se concentrarán las obras más importantes.
5.4.2 Respecto a la utilización de baños químicos, el titular dará cumplimiento a las disposiciones establecidas en los artículos 24, 25 y 26 del D.S. N 594 de 1999 sobre las “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”, modificado por el D.S. N201 del 2001, ambos del MINSAL.
5.5 Respecto de los impactos ocasionados sobre el Agua, Descarga de Efluentes líquidos, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:
5.5.1. Dar cumplimiento en todas las fases del proyecto a lo establecido en el D.S. N*90 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Establece Norma de Emisión Para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales.
5.5.2. Dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 11 del DL 3.557 de 1981, modificado por Ley 20.161 de 2007, que establece disposiciones sobre Protección Agrícola.
El titular se compromete a dar cumplimiento a las siguientes medidas durante la fase construcción:
5.5.3. Las aguas de Prueba para Estanque, se verterán a canales o cursos de agua colindantes, de manera tal de no provocar molestias a los pobladores del sector. Ello sucede sólo una vez durante la fase de construcción.
15
5.5.4. Las aguas de Prueba de Cañería, que se realiza por tramos, se conducirán a acequias cercanas o a la calle, previa información a la población para disminuir las molestias ocasionadas por esta faena que también se realiza una vez.
Fase Operación:
5.5.5. Dar cumplimiento al D.S. N*609 de 1998, del Ministerio de Obras Públicas, que regula las descarga de efluentes al alcantarillado.
5.5.6. El titular declara en el punto 3.6 de la DIA “Definición del Proyecto según Fase de Operación” que las agua proveniente del lavado y regeneración de las resinas de intercambio iónico y serán descargadas al alcantarillado, previa dilución para cumplir con las concentraciones máximas establecidas en el D.S. 609/98, que regula las descargas al alcantarillado.
5.5.7. Los caudales a extraer al año 10 y 20 del proyecto son los siguientes:
33.1, El Redil 1 (sondaje existente y operativo): 12.9 y 12.9 L/s.
STD El Redil II (sondaje existente que se habilita con el proyecto): 13 y 13 L/s. 3.0.7.3 Lirano 1 (sondaje existente y operativo): 9.5 y 0 L/s.
5.5.7.4. La Galea (sondaje a perforar y a habilitar con el proyecto): 30 y 40 L/s. 5.5.7.5. Se considera dejar el Pozo Lirano 1 para operación de emergencia.
5.5.8. El tiempo de descarga será menor a una hora. En la siguiente tabla, se presentan los caudales de desagie para los distintos sondajes:
Tabla N? 4: Caudales de Desagiie
Pozo Diámetro Profundidad Volumen a| Q Desagiie Extraer (pulg) (m) (ar) (Us) El Redil I 8 67,5 7 2 El Redil HI 12 70 15 4 Lirano 1 8 45 4 1 La Galea 14 100 30 8
5.5.9. Actualmente, el desagúe del Pozo El Redil I descarga a un canal de riego, aledaño al recinto. El Pozo El Redil II descargará al mismo punto con un régimen similar al actual.
La capacidad de porteo del canal de riego es adecuada para el caudal de desagúe de cada pozo.
5.5.10. El Pozo Lirano 1 descarga a un pozo de absorción, ubicado en el recinto, situación que se mantendrá sin alteraciones en este proyecto. Durante las faenas de desagíie se inunda la zona aledaña al recinto, pero no tiene impacto en los sitios vecinos.
5.5.11. El nuevo Pozo La Galea descargará en forma controlada hacia un canal recolector de derrames de riego, que tiene una capacidad de evacuación aproximada, de 20 1/s.
5.5.12, Durante los primeros 10 años de operación del proyecto, se realizará un proceso de regeneración cada 2 días, con lo cual se descargarán 0,69 1/s durante 44 horas y 0 Vs durante las 4 horas que duran las actividades de regeneración.
5.5.13. Durante los siguientes 10 años de operación del proyecto, se realizará un proceso de regeneración diariamente, por lo que se descargarán 1,53 l/s durante 20 horas y 0 l/s durante las 4 horas que duran las actividades de regeneración
5.5.14. Estas descargas serán conducidas al alcantarillado mediante una cañería de PVC Clase 10, de 430 m de longitud y 110 mm de diámetro.
16
5.5.15, El titular señala en el punto 4.2.2 de la DIA que las aguas de descarte generadas una vez al mes, provenientes del lavado de los estanques de preparación de la solución hipoclorito de calcio, se dispondrán un pozo de absorción ubicado en el mismo recinto.
5.5.16. El titular señala en el punto 4.2.2 de la DIA que las aguas provenientes del lavado de los estanques, que tiene una frecuencia anual y de la red de distribución, que se realiza según requerimientos del sistema. Los primeros descargan a colectores de
alcantarillado y a canales de riego, mientras que los desagiies de la red se descargan hacia la calle.
5.6 Respecto de los impactos ocasionados sobre el Agua, Agua Potable, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:
5.6.1. Dar cumplimiento en todas las fases del proyecto a la Nch N%409 del Ministerio de Salud, sobre “Requisitos de Agua Potable”.
5.7 Respecto de los impactos ocasionados sobre el Patrimonio Arqueológico, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:
5.7.1. No se destruirá, excavará, trasladará, deteriorará ni modificará ningún Monumento Nacional definido por la citada Ley. No obstante, ante la eventual aparición de restos arqueológicos durante el desarrollo de excavaciones, se tomarán todas las medidas preventivas que dicta la Ley N” 17.288 de Monumentos Nacionales.
5.7.2. El proyecto no se emplazará cercano a ninguna construcción, lugar o sitio que por sus características constructivas, por su antigiedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenezcan al patrimonio cultural.
5.7.3. El proyecto no está próximo a ningún sitio donde se desarrollen manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano.
5.8 Respecto de los impactos ocasionados sobre la Vialidad Adyacente, el titular deberá implementar las siguientes medidas, incorporadas en la Adenda N*1:
Fase Construcción:
5.8.1. Las medidas de seguridad viales que se tomarán durante la fase de construcción están incluidas en las Especificaciones Técnicas Especiales que forman parte del Proyecto de Vialidad presentado a la Dirección de Vialidad Metropolitana, cuya aprobación se incluye en el Anexo N11 de la Adenda N1. Se incluye el Capítulo 3: Señalizaciones y Desvíos que indica que en “las presentes obras las señalizaciones de faenas se regirán por lo establecido en la sección 5.004 del Manual de Carreteras — Volumen 5”. Se incluye aprobación de Vialidad en el Anexo N*11 de la Adenda.
5.8.2. Cumplir con las restricciones horarias que exigen las Municipalidades afectadas por la circulación de los vehículos.
5.8.3. Cumplir con la disposición de la carga en los camiones utilizados para el transporte, estipulado en el Art. N 2 del Decreto N 75 de 1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, es decir, la carga deberá estar cubierta con una lona o plásticos de dimensiones adecuadas, impermeable y sujeta a la carrocería de manera que evite la emisión de material particulado al aire. Se recomienda mantener una distancia mínima de 10 centímetros entre la superficie de la carga y el nivel de la cubierta.
5.8.4. Tomando en cuenta que el proyecto se emplaza en el área de la ruta G-730 que une María Pinto y la ruta 68, el titular deberá comunicar con la debida anticipación tanto a la Dirección Regional de Vialidad de la Región Metropolitana de Santiago del MOP como a la Dirección de Tránsito y transporte Público de la 1. Municipalidad
17
de María Pinto, cualquier actividad o acción que eventualmente pudiera afectar dicha ruta es decir cierres, cortes parciales, etc. Especialmente en intersecciones que
unan la ruta G-730 con El Bosque, El Redil, San Enrique, Santa Emilia, Santa Luisa y Los Rulos.
5.8.5. La periodicidad de los controles será semanal y se exigirá que los camiones tengan una mantención semestral.
5.8.6. El transporte de materiales se realizará en camiones de eje doble y rodado simple que permite una carga total de 28 toneladas, es decir, 21 toneladas de carga neta, cumpliendo así con el D.S. N” 158/80 del MOP.
5.8.7. A fin de evitar la larga permanencia de excavaciones abiertas, caminos a calles reducidas e interrumpidas y obras inconclusas, el titular deberá suministrar los medios para contar con la debida anticipación, de la totalidad o parte de los materiales que correspondan. Por lo cual se exigirá al Transportista contratado para el transporte de la resina hacia la estación de Transferencia de Quilicura, la entrega del ticket de descarga en el que deberá venir consignado el peso del material. Con esto, se dará cumplimiento al DFL N*850/97 del MOP, en su Artículo 36, "que prohíbe el vertido o escurrimiento de materiales, productos o desechos generados a causa de las actividades del proyecto, hacia rutas o caminos de tuición MOP.
5.8.8. Será de responsabilidad del titular realizar todos los trabajos necesarios para dejar completamente habilitadas las calles y caminos, las que deberán quedar en las mismas condiciones que tenían antes de comenzar los trabajos, como así también los que correspondan para el correcto funcionamiento de la red.
- Que en la Declaración de Impacto Ambiental y sus adendas se señalaron los requisitos para el otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar el cumplimiento del Permiso Sectoriales del Articulo 94, del D.S. N 95 de 2001 del Minsegpres, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, sobre calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2 del D.S. N” 47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Al respecto, la Seremi de Salud Región Metropolitana, mediante Ordinario N 9614 del 28 de diciembre de 2011, se pronunció conforme con los antecedentes presentados, calificando la actividad de INOFENSIVA, en atención a los siguientes antecedentes:
6.1. N” de trabajadores: 5 personas.
6.2. Superficie: Superficie total proyecto 379 Ha, Planta desnitrificadora 20 m?, Zona de
almacenamiento de sal 25 m?, Bodegas para almacenamiento de hipoclorito de calcio 25m.
6.3. Características de construcción:
6.3.1. Recinto El Redil: Caseta de 8,7 m? de albañilería reforzada con techumbre metálica y radier de hormigón que alberga el punto de inyección de cloro, la bomba dosificadora y el tablero eléctrico. Sala de Almacenamiento de Hipoclorito de Calcio, de 2,3 m?, de muros de albañilería reforzada, techumbre metálica y radier de hormigón revestido con cerámicos.
6.3.2. Recinto El Lirano: Caseta de Planta Elevadora existente, de 9 m?, de muros de albañilería reforzada, techumbre metálica y radier de hormigón.
6.3.3. Recinto La Galea: Caseta de 9,7 m?, de albañilería reforzada con techumbre metálica y radier de hormigón que alberga el punto de inyección de cloro, la bomba dosificadora y el tablero eléctrico. Sala de Almacenamiento de Hipoclorito de Calcio,
18
de 2,3 m?, de muros de albañilería reforzada, techumbre metálica y radier de hormigón revestido con cerámicos. Galpón de estructura y techumbres metálicas y radier de hormigón de 100 m? que alberga la planta desnitrificadora y una bodega de sal.
6.3.4. Oficinas del Comité: Secretaría, construcción de 12 m?, de muros de albañilería reforzada, techumbre metálica y radier de hormigón. Taller, de 15 m?, de muros de albañilería reforzada, techumbre metálica y radier de hormigón. Galpón de 60 m?, de estructura metálica, piso de radier afinado y techumbre metálica.
Bodegas para almacenamiento de hipoclorito de calcio: En los Recintos Pozo El Redil y Pozo La Galea, ambas bodegas serán de albañilería reforzada, con techo de zinc, construidas sobre un radier de hormigón, revestido en cerámica, ventilación forzada y puertas metálicas de 2 hojas. En ambos recintos se instalarán ducha y lavaojos. Tanto en El Redil como en La Galea, en las respectivas salas de almacenamiento de Hipoclorito de Calcio en solución, se considera una piscina de derrames de 40 cm de altura que tendrá un volumen útil (descontado el volumen que ocupan los dos estanques) de 227 litros. El volumen de los estanques de almacenamiento es de 200 litros.
En el Recinto Pozo El Redil, la Sala de Almacenamiento para Hipoclorito de Calcio es una bodega del tipo adyacente con un muro divisorio en común. Su distancia al muro medianero más cercano es de 3,20 m. En el Recinto Pozo La Galea, la Sala de Almacenamiento de Hipoclorito de Calcio es del tipo separada. Su distancia al muro medianera más cercando es de 4,20 m.
Recinto El Lirano: Caseta de Planta Elevadora existente, de 9 m?, de muros de albañilería reforzada, techumbre metálica y radier de hormigón.
6.4. Almacenamiento:
La Galea: La planta desnitrificadora está compuesta por 2 cilindros de 5 m', 2 estanques de preparación de salmuera, de 1,5 m' cada uno y un estanque de almacenamiento de aguas de lavado de 20 m.
Se disponen de dos estanques de capacidad de 200 lt para la solución preparada (preparación de solución de cloro al 1% P/V). El Hipoclorito de Calcio, se almacenará en las bodegas que se construirán exclusivamente para este propósito, en cada punto de dosificación, Pozo El Redil y Pozo La Galea. Este producto se mantendrá, en la misma forma en que el proveedor suministra el producto, es decir, en tambores sellados que contienen 36 Kg. de Hipoclorito de Calcio, envasado en 90 bolsas, también selladas, de 400 gramos de Hipoclorito de Calcio cada una. El proveedor dejará los tambores directamente en las bodegas de consumo, con un máximo de 2 tambores, es decir, en cada bodega se almacenará un máximo de 72 Kg. de Hipoclorito de Calcio.
El titular deberá tener en cuenta que los estanques fijos superficiales o enterrados para el almacenamiento de sólidos, líquidos y gases de sustancias peligrosas, deben ser diseñados por un profesional idóneo y contar con un proyecto o memoria de cálculo, donde se especifique claramente el nombre, RUT y firma del profesional responsable. Serán diseñados y construidos de acuerdo a normas internacionales sobre la materia o basados en prácticas de ingeniería reconocidas nacional o internacionalmente, listadas en el artículo 60. En el diseño del estanque, se incluirá al menos un margen para la eventual corrosión interior y/o exterior del estanque fijo. Además, se deben considerar los cálculos de flujo para el llenado y vaciado de ellos, de manera de evitar el colapso por sobrepresión o vacío.
6.5. Maquinaria:
El Redil:
2 estanques de preparación de solución de hipoclorito de sodio de 200 lts c/u, bombas dosificadoras, 1 estanque semienterrado de 200 m* para agua.
19
6.6.
6.7.
Galea:
1 equipo desnitrificador, 1 equipo ablandador, estanques de preparación de salmuera de
1.5 m', 2 estanques de preparación de solución de hipoclorito de sodio de 300 lts c/u, bombas dosificadoras.
Lirano 1: 1 estanque semienterrado de 75 m' para agua.
Lirano 2: 1 estanque semienterrado de 200 m! para agua.
Santa Luisa: 1 sistema de bombeo, 1 estanque semienterrado de 75 m' para agua.
Servicios:
Los servicios higiénicos están ubicados en las oficinas centrales del Comité. Los sistemas de operación de los pozos, tales como desinfección y desnitrificación, son procesos automáticos, por lo que no requieren la presencia permanente de los operadores, sólo acuden a los recintos para realizar operaciones de mantenimiento del sistema e inspecciones periódicas.
El sistema de alcantarillado es del tipo público:
Este sistema, administrado por la 1. Municipalidad de María Pinto, atiende al 50% de la
población abastecida por el Servicio de Agua Potable Rural de la Localidad de Los Rulos.
Medidas de control de riesgos:
Preparación de hipoclorito de sodio: La preparación de la solución de Hipoclorito de Calcio consiste en la dilución del contenido de una bolsa de 400 gr en 200 litros de agua, para lo cual contará con procedimientos específicos.
Asbesto: la cañería de asbesto-cemento del sector San Enrique, no se retirará. Se instalará una nueva cañería que se desarrolla por la vereda opuesta y los arranques domiciliarios son reconectados a esta nueva cañería sin necesidad de intervenir la cañería de asbesto cemento existente.
Sistemas de control de Incendios:
El Redil Sala de Dosificación: 1 extintor portátil de PQS. Lirano Caseta Planta Elevadora: 1 extintor portátil de PQS. La Galea Galpón: 1 extintor portátil de PQS.
Oficina Galpón: 1 extintor portátil de PQS.
Contará con un Plan de Prevención de Riesgos, el cual señalará la totalidad de los riesgos a los que se encuentran expuestos los trabajadores durante la fase de operación del proyecto, las medidas específicas que se implementan para evitar accidentes laborales y enfermedades profesionales (capacitaciones, procedimientos de trabajo seguro, uso y manejo de extintores, programa de evaluación de puestos de trabajo, plan de vigilancia ocupacional, los elementos de protección personal utilizados por los
trabajadores), procedimientos de trabajo seguro (manejo de sustancias peligrosas, maquinarias, u otros).
20
-
Que, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua Potable Rural Los Rulos”.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, a la SEREMI de Medio Ambiente Región Metropolitana y a la Superintendencia del Medio Ambiente al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las fases del proyecto, permitiendo el acceso a sus diferentes partes y componentes cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
-
Que, el titular del Proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua Potable Rural Los Rulos” deberá informar inmediatamente al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para controlarlos y hacerse cargo de ellos.
-
Que, el titular del Proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua Potable Rural Los Rulos” deberá comunicar inmediatamente y por escrito, al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, los cambios de titularidad, domicilio o del representante legal.
-
Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas directamente por éste o a través de un tercero.
-
Que, en atención a todo lo señalado con anterioridad, puede concluirse que los impactos ambientales del Proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua Potable Rural Los Rulos”, se ajustan a la normativa de carácter ambiental vigente, y que el proyecto no genera, ni presenta los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
-
Que, en razón de lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago.
RESUELVE:
-
Calificar ambientalmente favorable el Proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua Potable Rural Los Rulos”, cuyo titular es Comité Agua Potable Rural Los Rulos.
-
Declarar que para que el proyecto pueda ejecutarse, deberá darse cabal cumplimiento a todas las medidas y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución.
-
Certificar que el Proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua Potable Rural Los Rulos”, cumple con la normativa de carácter ambiental; que requiere del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículos 94 del Título VII del D.S. N 95/2001, del Minsegpres, el que se otorga; y que no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N 19.300.
21
- Se hace presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de 30 días contados desde la notificación del presente
acto. Lo anterior, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime oportuno.
Notifíquese y Archívese
Distribución:
+. Sergio Carrasco Avalos
-
Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana
-
Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región Metropolitana
-
Gobierno Regional, Región Metropolitana
-
Ilustre Municipalidad de María Pinto
» Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, Región Metropolitana
» Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana
+» Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana
» Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana
Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región Metropolitana
Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Región Metropolitana
Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, Región Metropolitana
Servicio Agrícola y Ganadero, Región Metropolitana
Servicio de Vivienda y Urbanización, Región Metropolitana
Superintendencia de
- Servicios Sanitarios
Cle:
- Expediente del Proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua Potable Rural Los Rulos”.
» Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana.
22