Evaluación SEA

Optimización Productiva Planta Maule

Rol 5285835
SEA · DIA · Aprobado · 2011-01-31 · Región del Maule · Cartulinas CMPC SpA

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN VI REGIÓN DEL MAULE

VISTOS:

1.

Califica Ambientalmente el proyecto "Optimización Productiva Planta Maule "

Resolución Exenta N* 87

Talca, 15 de Junio de 2011

La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto "Optimización Productiva Planta Maule ", presentada por el Señor Christian Lueg Thiers, en representación de Cartulinas CMPC S.A., con fecha 31 de Enero de 2011.

Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

Oficio N213 sobre la DIA, publicado por Corporación Nacional Forestal CONAF, Región del Maule, con fecha 09/02/2011 Oficio N2132 sobre la DIA, publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 21/02/2011

Oficio N2494 sobre la DIA, publicado por Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule, con fecha 23/02/2011 Oficio N2734 sobre la DIA, publicado por Dirección General de Aguas, Región del Maule, con fecha 28/02/2011

Oficio N2029 sobre la DIA, publicado por Servicio Nacional de Turismo, SERNATUR, Región del Maule, con fecha 28/02/2011

Oficio N2000 sobre la DIA, publicado por SEREMI MOP, Región del Maule, con fecha 01/03/2011

Oficio N218 sobre la DIA, publicado por Dirección Regional de Vialidad, Región del Maule, con fecha 01/03/2011

Oficio N211 sobre la DIA, publicado por SEREMI de Agricultura, Región del Maule, con fecha 01/03/2011

Oficio N*13 sobre la DIA, publicado por SEREMI de Medio Ambiente, Región del Maule, con fecha 02/03/2011

Oficio N2455 sobre la DIA, publicado por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule, con fecha 02/03/2011 Oficio N2472 sobre la DIA, publicado por Gobierno Regional, Región del Maule, con fecha 04/03/2011

Oficio N2687 sobre la DIA, publicado por SEREMI de Salud, Región del Maule, con fecha 11/03/2011

Oficio N21005 sobre la Adenda 1, publicado por Dirección General de Aguas, Región del Maule, con fecha 03/05/2011 Oficio N*1128 sobre la Adenda 1, publicado por Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule, con fecha 09/05/2011

e Oficio N*343 sobre la Adenda 1, publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 09/05/2011

e Oficio N*1197 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI de Salud, Región del Maule, con fecha 10/05/2011

e Oficio N*000 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI MOP, Región del Maule, con fecha 16/05/2011;

El Acta de la Sesión Ordinaria N*6 de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, de fecha 13 de Junio del 2011. El Informe Consolidado de Evaluación del proyecto "Optimización Productiva Planta Maule"

Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Optimización Productiva Planta Maule".

Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 22 del D.S. N95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N* 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N2 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.

CONSIDERANDO:

1.

Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Optimización Productiva Planta Maule".

Que, el derecho de Cartulinas CMPC S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Optimización Productiva Planta Maule ” consiste en el aumento de la capacidad de producción de la actual planta de Cartulinas CMPC S.A. de 380.000 ton/año a 450.000 ton/año, a través de: optimización del proceso productivo, incorporación de nuevos equipos y modificación de algunos ya existentes.

El proyecto pretende alcanzar una mayor capacidad de producción vía una eficiente operación de la instalación existente así como también por modificaciones, reformas y/o cambios de equipos tales como: caja de entrada, mayor cantidad de cilindros secadores, enrolladora (pope), cambio de bombas, motores eléctricos, coladores, refinadores, válvulas de control, todos ellos tendientes a resolver cuellos de botella identificados en el proceso.

Objetivo

El proyecto tiene por objetivo suplir las crecientes demandas del mercado nacional e internacional por cartulinas estucadas de alta calidad a través de la optimización del proceso productivo que permitirá el incremento de la producción total a 450.000 ton/año de cartulinas estucadas.

3.1.- Descripción general del proyecto

El proyecto consiste en el aumento de la capacidad de producción de la actual planta de Cartulinas CMPC S.A. de 380.000 ton/año a 450.000 ton/año, a través de una optimización del proceso productivo al incorporar nuevos equipos y modificar algunos existentes en distintas etapas del proceso de producción, tales como: Máquina Papelera, de la Pulpa Termomecánica Blanqueada (BTMP), del proceso de Conversión, de las Bodegas de productos Semi Elaborados y de Producto Terminado.

El proyecto pretende eliminar los “cuellos de botella” en la producción mediante una eficiente operación de la instalación así como también por modificaciones, reformas y/o cambios de equipos tales como caja de entrada, mayor cantidad de cilindros secadores, enrolladora (pope), cambio de bombas, motores eléctricos, coladores, refinadores, válvulas de control, todos ellos tendientes a resolver cuellos de botella, como producto del conocimiento del comportamiento de la instalación, lo que se denomina curva de aprendizaje y mejoras tecnológicas.

Específicamente en la instalación los cuellos de botella se encuentran actualmente en la Máquina Papelera, Línea de BTMP, Proceso de Conversión y capacidad de bodegas. e Vida util: La vida Indefinida señalada por el titular es de 30 años

  • Mano de Obra

El titular ha señalado la siguiente mano de obra involucrada en el proyecto

Etapa Número de Personas| Tiempo (meses, años) Construcción 250 8 meses Operación 16 ida útil del proyecto] Total 266

  • Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas

El titular ha señalado la siguiente superficie del proyecto

Etapa Superficie requerida Has Construcción 1,03 ha Operación 1,03 ha Abandono 1,03 ha

e Localización:

El proyecto se ejecutará en la Región del Maule, en la provincia de Linares, comuna de Yerbas Buenas, específicamente en Planta Maule de Cartulinas CMPC S.A. la cual se encuentra ubicada en el kilómetro 1,5 de la ruta L-25 que une la localidad de Puente Pando con Yerbas Buenas, Comuna de Yerbas Buenas, Provincia de Linares, Región del Maule.

e Justificación de su localización: La localización del Proyecto se debe a la ubicación actual de la Planta Maule, ya que éste corresponde a una

optimización del proceso productivo a desarrollarse en la misma instalación.

e Coordenadas:

El proyecto se desarrollará en las siguientes coordenadas (Datum WGS84 Huso19):

Vertice Norte Este Sur-Oeste: 6.055.889 264.067 Nor Oeste: 6.056.241 264.886

Sur Este: 6.055.441 265.934 Nor Este: 6.055.690 266.048

3.2.- Instalaciones y obras físicas del proyecto

3.2.1.- Modificaciones al proceso productivo

Como parte del proyecto se incrementará la velocidad de operación de la máquina papelera de 650 m/min a 850 m/min, este cambio implicará una relocalización y cambios de algunos motores eléctricos correspondiente al accionamiento de la máquina papelera a la cual se le aumentará la capacidad hidráulica de las cajas de entrada.

En las mesas de formación se incorporarán nuevos elementos de drenaje, de manera de poder satisfacer las necesidades de evacuación del agua producto del aumento de las capacidades hidráulicas.

En la etapa de prensado, se considera la instalación de nuevos equipos tendientes a aumentar la eficiencia en el proceso de enhebrado de la cartulina.

En la etapa de secado, en el primer grupo de secado se considera la relocalización de 3 cilindros secadores. En la parte final del pre secado se considera la incorporación de 10 cilindros secadores, similares a los cilindros actualmente instalados. Para la ubicación de estos 10 cilindros secadores se realizará un desplazamiento de los equipos actualmente instalados en el espacio actualmente disponible.

En el proceso de estucado, se incorporan equipos para el secado de igual tecnología a los existentes, Infrarrojo e intercambiadores de calor. En la preparación de la pintura de estucado se incorporan cambios en instrumentación, piping y bombas.

En el proceso de bobinado, se considera realizar una reforma al equipo enrollador de la cartulina que permita alcanzar los futuros niveles de producción. Las partes a modificar son el frame, y control de la máquina existente.

En los circuitos auxiliares relacionados a la máquina papelera, circuitos de celulosas, circuitos de aproximación, aguas, vacío, recorte máquina, aditivos, vapor y condensado, aerotermia, se realizarán modificaciones tendientes a soportar el aumento de producción que alimentará la máquina papelera.

3.2.1.1.- Modificaciones en la Línea BTMP

  • Las modificaciones que se llevarán a cabo en la línea de pulpa termo mecánica blanqueada (BTMP), separadas por subprocesos son las siguientes:

  • Lavado de Chips: Se incorporará un nuevo estanque sedimentador de 15 m? y un harnero estático. Por otra parte se cambiarán los tornillos de alimentación hacia los lavadores de chips. Lo anterior tiene el objetivo de manejar el aumento de producción de 18 ton/h a 22 ton/h por línea (línea 1 y línea 2).

  • Refinación: Se realizarán mejoras en los tornillos de alimentación al refinador L1, y se reemplazará el sistema de recuperación de calor. Este último cambio permitirá una disminución en la temperatura del proceso.

  • Clasificación: Se incorporará un nuevo colador primario, aumentando la capacidad de procesamiento de 36 a 44 ton/h. También se incorporará un nuevo estanque de latencia de 600 m?, capaz de manejar el aumento de producción de 44 ton/h.

  • Espesamiento: Se incorporará un nuevo filtro de discos con capacidad de 5 ton/h, lo que sumado a la prensa de doble tela, de capacidad 12 ton/h y un filtro de discos de 27 ton/h, podrá manejar en óptimas condiciones la producción total de 44 ton/h.

  • Refinación rechazos: Se reemplazarán los equipos de refinación de rechazos en alta consistencia por refinadores de baja consistencia, capaz de manejar 18 ton/h, incorporando cambios de bombas y motores.

  • Sistema de almacenamiento de agua: Se incorporará una torre de almacenamiento de agua de 600 m?, Capaz de manejar el excedente de agua durante el período de restricción de energía. Junto con esto también se incorporarán intercambiadores de calor con sus respectivas bombas de alimentación y motores asociados.

  • Blanqueo: Se reutilizará la prensa de rechazos existente, de modo que operará en forma paralela con la prensa 1. Por otra parte se realizarán reparaciones y modificaciones de partes a los equipos principales de modo de operar a producciones estables de 36 ton/h.

  • Unidades auxiliares: Se realizará reemplazo de la unidad hidráulica del refinador L1, con la finalidad de manejar el aumento de producción de 18 ton/h a 22 ton/h.

  • Modificaciones en la Conversión: El otro cuello de botella será el proceso de Conversión, donde los rollos son convertidos a pliegos. En esta sección se incorporarán dos cortadoras, para lo cual no se requiere de aumento en

edificios.

  • Modificaciones adicionales: Para permitir las modificaciones anteriores, el proyecto contempla la habilitación de las siguientes superficies:

Superficie detallada de las modificaciones involucradas en el proyecto

Área Superficie

Estacionamientos de camiones en la entrada de la planta hacia el costado sur del predio 5.190 m? Crecimiento en Bodegas de productos terminado 2.958 m? Crecimiento anden de carga 1.044 m? Acceso norte sala de conversión 120 m? Dos módulos salas eléctricas 260 m? Crecimiento mesanina nivel 110 m2

3.3

3.4.

Crecimiento edificio wet lap 300 m?

Estructuras metálicas para equipos de procesos 270t Fundaciones de estanques, torrres y equipos mecánicos 3.500 m3

Las actividades restantes necesarios para la implementación del Proyecto consisten en el montaje mecánico, eléctrico, instrumentación y piping.

Fase de Construcción

El proyecto considera el montaje de equipos y las modificaciones que permitirán la optimización del proceso productivo y de las líneas de conversión. Se considera además la ampliación de bodegas de producto terminado y la habilitación de estacionamientos para camiones.

Se estima que para las obras civiles del proyecto tendrá una duración aproximada de 8 meses, para el pre montaje, montaje, comisionamiento y puesta en marcha se estima un periodo de 3 meses, esperándose que la planta esté funcionando el primer semestre de 2012, una vez terminada la etapa de puesta en marcha.

Para la ampliación de bodega de productos terminados y fundaciones se realizará micronivelación y preparación de terreno, lo cual implicará el movimiento de 2.500 mi de tierra.

La tierra removida se utilizará para nivelar el terreno o se dispondrá al interior del mismo predio con cambio de uso de suelo, de propiedad de Cartulinas CMPC.

Para la realización de dichas modificaciones se utilizará aproximadamente 3.500 m de hormigón, 315 toneladas de acero reforzado para hormigón y 270 toneladas de estructura metálica.

Durante la fase de construcción será exigencia de primer orden, tanto para el contratista general como para las empresas subcontratistas, el cabal cumplimiento de toda la normativa relativa a la Seguridad e Higiene en el Trabajo (D.S. 594/99).

Fase de Operación

El proyecto de aumento de capacidad de la planta de Maule de Cartulinas CMPC S.A. tiene como propósito incrementar la capacidad de producción de 380.000 ton/año a 450.000 ton/año. Las modificaciones mencionadas en la sección anterior no alteran de manera significativa el proceso de producción sino que eliminan ciertos cuellos de botella, permitiendo aumentar la capacidad de producción. Es por ello que durante la fase de operación, el proceso de producción es prácticamente el mismo que el actual.

Las modificaciones con respecto a la situación actual, una vez que el Proyecto se encuentre implementado, consisten en variaciones de los requerimientos de materias primas, insumos y servicios, así como las emisiones y descargas al ambiente y el flujo vial asociado a la planta.

3.4.1.- Flujo vial asociado a la fase de operación

Se espera un aumento en el flujo de camiones cercano al 18%, proporcional al incremento en la producción de cartulinas y papel en la Planta Maule. En la tabla siguiente se entregan las estimaciones de los flujos viales actuales, adicionales y totales con proyecto asociados a la operación de la Planta.

Entrada y salidas de vehículos de la Planta. Situación con Proyecto

o Frecuencia (vehículos/semana) Flujo Vial Ítem Actual | Total con Proyecto | Adicional Celulosa 93 111 18 Entradas Madera pulpable 355 421 66 Otros 221 262 41 Producto terminado (BTMP + Cartulina) 371 440 69 Salidas Residuos sólidos industriales 12 14 2 Basuras domésticas 3 4 1

Supuestos: Se considera cuatro semanas en un mes Todos los ítems son transportados en camiones de 27 toneladas de carga, con excepción de los residuos sólidos industriales (camiones de 1,5 ton de carga) y las basuras domésticas (camiones de 5 ton de carga).

Dado que el personal de la Planta Maule no aumentará de manera significativa con la implementación del proyecto (máximo 12 personas adicionales sobre un total de 384), no habrán cambios en el flujo vial de buses y mini-vans asociados al transporte de personas, manteniéndose en 16 viajes/día de vehículos livianos y 46 viajes/día, siete días a la semana, incluyendo buses, mini-vans y taxibuses.

Todos los vehículos que ingresan a la Planta Maule lo hacen por la portería única existente y deben considerar los siguientes aspectos:

  • Existen procesos de control relacionados con los camiones que ingresan y salen de la planta. Dependiendo de la carga, los camiones son pesados y cubicados, como en el caso de la madera, por ejemplo. Para otros, simplemente se verifica su documentación de carga (equipos por ejemplo). Estos controles son efectuados en la portería por personal de CMPC, apoyados por medios computacionales.

  • El pesaje se realiza en una romana de largo total, a la vista de la portería.

  • Seevitarán los atochamientos.

  • Los camiones ingresan a una zona de estacionamientos, previa a la portería y dentro del límite de la propiedad, la cual tiene una capacidad para 26 camiones. En ella, los camiones esperan su turno de ingreso a la Planta. Esta zona cuenta con servicios higiénicos y estar para choferes.

  • Los buses con el personal de la empresa ingresan a una zona lateral a la portería, dentro de la propiedad.

  • Los vehículos menores del personal de la planta y visitantes ingresan a la misma zona de llegada de los buses, donde se estacionan en un área adecuada diseñada para 47 automóviles.

  • Los camiones son descargados mediante medios mecánicos, usando grúas del tipo horquilla, puentes grúas y grúas de mordaza para la madera. No se ejecutan descargas manuales.

  • Planta Maule cuenta actualmente con 112 estacionamientos, a los cuales se agregarán 16 estacionamientos para camiones en 5.190 m?, por lo cual no se alcanza el umbral mínimo de estacionamientos señalado en la O.G.U.C. para requerir un Estudio de Impacto al Sistema de Transporte.

3.4.2.- Servicios básicos e insumos

Los requerimientos básicos de insumos y combustibles para la etapa de operación final del proyecto se presentan en la siguiente tabla.

Principales Insumos y Materias Primas Planta Maule. Situación actual y con proyecto

Consumo promedio mensual Ítem Situación con | Fuente/Origen Situación sin proyecto proyecto

Agua Industrial 750.000 m* 1.000.000 m? | Pozos profundos Agua — consumo humano 11.000 m3 12.000 m? | Pozos profundos Petróleo 46 800 ton 800 ton | Concepción Gas (para máquina papelera) 150 m? 170 m? | Suministro por camiones

Subestación eléctrica conectada al Sistema Energía Eléctrica 41.200 MWH 48.500 MWH

Interconectado Central

Calderas de petróleo, recuperador de calor y Vapor (16 bar) 64.600 ton 76.500

terceros Celulosa Blanca Fibra Larga 1.380 ton 1.600 ton | Suministro nacional Celulosa Blanca Fibra Corta 7.200 ton 8.500 ton | Suministro nacional Celulosa Cruda Fibra Larga 1.520 ton 1.800 ton | Suministro nacional Madera pulpable 49.400 m*ssc 56.200 m3ssc | Vil y VIII Región Látex 712 ton 840 ton | Importación Caolín 302 ton 358 ton | Santiago + Importación Carbonatos 2.500 ton 2.962 ton | Terceros (Planta Carbonato OMYA) Almidón 880 ton 1.060 ton | Suministro Nacional No existirá aumento en el consumo de petróleo $6, toda vez que el vapor adicional requerido por el Proyecto provendrá de las instalaciones de Energías Industriales S.A. (EISA)

En cuanto al suministro de agua, debe señalarse que Planta Maule para su operación tiene derechos de aprovisionamiento de aguas subterráneas aprobados para un caudal de 319 l/s, provenientes de 3 pozos profundos, mediante Resolución DGA N? 742 del 10 de Agosto de 1998.

Para asegurar el aumento de productividad, se habilitará un cuarto pozo ubicado en las coordenadas UTM 6.056.826 N; 265.327 E, huso 19, referidas al Datum WGS84. El pozo tendrá un caudal máximo de agotamiento de 100 l/s, y sus derechos de aprovisionamiento se encuentran en trámite ante la Dirección General de Aguas, según consta en el oficio ORD. N21034 de la Gobernación Provincial de Linares.

El vapor utilizado actualmente por Cartulinas CMPC es suministrado en un 75% por un proveedor externo , siendo la fracción restante generada por sus calderas que operan con petróleo N%6, utilizando para ello un 15% de su capacidad de producción de vapor aprobada en la Resolución Exenta N20586/1995. El 10% final es aportado por sistema de recuperación de calor en planta de pulpa mecánica BTMP. Una vez que el presente Proyecto se encuentre implementado, el vapor adicional requerido será suministrado por un proveedor externo.

Con respecto a los insumos requeridos por el proyecto, no habrá variación en el tipo de sustancias químicas que se utilizarán una vez implementado el Proyecto, debido a que no se modificará la naturaleza del proceso productivo, así como los productos a elaborar.

3.5.- Principales Emisiones, Descargas y Residuos Del Proyecto o Actividad

3.5.1.- Emisiones atmosféricas

3.5.1.1.- Emisiones atmosféricas en la Fase de Construcción

Las emisiones en la etapa de construcción corresponden a aquellas habituales en obras de este tipo, con emisiones principalmente de particulado proveniente del desmontaje de estructuras, transporte de materiales, movimiento de

tierra, limpieza y despeje, además de emisiones menores de gases (CO, NOx y HC), provenientes de los tubos de escape de la maquinaria utilizada. Cabe resaltar, que la construcción del proyecto corresponde principalmente al montaje mecánico y eléctrico de equipos con sus respectivas fundaciones y su correspondiente puesta en marcha.

Durante la etapa de construcción se adoptarán una serie de medidas tendientes a disminuir las emisiones que afecten la calidad del aire, entre las que se destacan:

  • Sellado de tolva de camiones que transportan materiales

  • Uso de mallas protectoras en las faenas para evitar la dispersión de polvo

  • Uso de contenedores para recibir y acopiar los escombros, el reciclado de materiales de construcción

Los movimientos de tierra se realizarán humedeciendo previamente la superficie del suelo cuando sea necesario

No se permitirán las quemas de ningún tipo salvo las exigidas por la legislación (envases de madera importados)

  • Las emisiones de la maquinaria utilizada estarán conforme a la normativa existente, para esto la empresa se compromete a exigir a sus contratistas el uso de maquinaria en buen estado.

  • Se estima que las actividades de la construcción generarán una emisión total durante toda esta etapa de 0,12 ton de MP10, la cual cesará una vez terminadas las actividades de construcción aquí descritas.

3.5.1.2.- Emisiones atmosféricas en la Fase de Operación

En la actualidad las emisiones atmosféricas de Cartulinas CMPC provienen de sus calderas generadoras de vapor, las cuales utilizan petróleo N26. Éstas operan generalmente a una capacidad aproximada de 15% aprobada en la Resolución Exenta N20586/1995, debido a que el vapor utilizado por la Planta es suministrado principalmente por la empresa externa ElSA.

El presente Proyecto no incorporará emisiones adicionales provenientes de fuentes fijas en su fase de operación, toda vez que los requerimientos adicionales de vapor serán provistos por terceros con autorización ambiental.

Las emisiones atmosféricas asociadas a la operación del Proyecto provienen del flujo vial asociado a la recepción de celulosa y madera pulpable, entre otros, en conjunto con el despacho del producto terminado y la disposición de residuos sólidos.

Emisiones Flujo Vial de Etapa de Operación por Polvo Resuspendido y Combustión de Motores

Emisiones Emisiones 5 Emisiones Incrementales del

Incrementales de | Incrementales de Lo 56 Contaminante z a Flujo Vial Operación

Combustión Resuspensión (ton/año)

(ton/año) (ton/año) o co 0,01 - 0,01 NOx 0,03 - 0,03 cov 0,01 0,01 SOx 0,08 - 0,08 MP10 0,00 0,15 0,15

Fuente: Elaboración por parte del titular a partir de Factores de Emisión del AP-42, Capítulo 13.2.1 y 13.2.2, y Factores de Emisión de “Actualización del Inventario de Emisiones de Contaminantes Atmosféricos de la RM 2005”.

3.5.2.- Residuos Líquidos

3.5.2.1.- Residuos Líquidos en la Fase de Construcción

Durante la etapa de construcción se producirán aguas servidas adicionales a la operación normal de la planta por el incremento temporal de trabajadores, quienes ocuparán las instalaciones sanitarias de Planta Maule. La empresa encargada de la construcción deberá disponer de baños químicos para sus trabajadores. Sin perjuicio de ello, las aguas servidas generadas durante la fase de construcción podrán alternativamente ser dispuestas de la misma manera que las aguas servidas actuales a través del sistema de alcantarillado particular.

3.5.2.2.- Residuos Líquidos en la Fase de Operación

En la fase de operación del proyecto se generará un efluente tratado, el cual será descargado al cauce del río Maule cumpliendo con la normativa chilena D.S.90/2001 MINSEGPRES Norma de Descarga de Residuos Líquidos a Cuerpos de Aguas Superficiales. Para estos efectos se cumplirán los límites establecidos en la Tabla 2 de dicha normativa, para descarga a cauces con capacidad de dilución.

Para lograr el cumplimiento pleno de las normas, la planta cuenta con un sistema de tratamiento secundario que consiste en un tratamiento en base a Lodos Activados. Este sistema fue aprobado ambientalmente mediante Resolución Exenta No. 116/2004 de la Comisión Regional del Medio Ambiente Región del Maule, que aprueba la DIA “Sistema de Tratamiento Secundario de Riles”.

La composición y concentración de los parámetros fisicoquímicos y microbiológicos del efluente tratado proveniente de la planta de tratamiento secundarios de RlLes no sufrirá cambios debido a que no se modificarán los procesos ni las materias primas e insumos utilizados en la fabricación de cartulinas. El tipo de tratamiento se encuentra descrito en Resolución Exenta N116/2004. Sin perjuicio de lo anterior, con la operación del presente Proyecto se incrementará el caudal de efluente en 300 m3/h por sobre el caudal de 1.000 m/h, autorizado en la RCA N2116/2004. Con ello, una vez implementado el Proyecto se alcanzará un caudal total de 1.300 m?/h.

Para garantizar el cumplimiento permanente de las normas, Planta Maule cuenta con un programa de automonitoreo de la calidad del efluente, autorizado por la Resolución Exenta N24125/2010 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, que revoca la Resolución SISS N23207/2006, y establece nuevo programa de monitoreo de la calidad del efluente generado por Cartulinas CMPC.

Adicionalmente, Planta Maule de Cartulinas CMPC S.A. cuenta con Autorización de Sistema particular de agua potable y

alcantarillado. Para la operación del presente Proyecto será necesario aumentar la capacidad de este sistema, alcanzando una capacidad total de tratamiento de 200 m/día una vez que el proyecto se encuentre implementado. El Titular ha encargado la caracterización del RIL crudo, cuyos resultados no se encuentran disponibles a la fecha de ingreso de la Adenda N1 del proyecto. CMPC remitirá copia de los resultados a la Superintendencia de Servicios Sanitarios dentro de 15 días posteriores a la recepción del informe de análisis por parte del laboratorio, acompañados del cálculo de la carga contaminante media diaria.

3.5.2.3.- producción de lodos, caracterización y tratamiento.

Con la implementación del Proyecto, se generarán aproximadamente 1.463 ton/mes de lodos provenientes del Sistema de Tratamiento de RlLes de CMPC, lo que corresponde a un incremento de 18% por sobre la situación actual.

Los lodos se componen de sólidos en suspensión, consistentes en fibra de madera (lodos generados en el tratamiento primario), y los lodos generados en plantas de tratamiento secundario de lignina disuelta en el tratamiento de efluentes.

Cabe mencionar que los lodos provienen de sustancias o materiales derivados de la madera que no han sido sometidos a tratamiento con productos químicos (plaguicidas), después de la cosecha de la plantación forestal.

La composición de los lodos no presenta características de peligrosidad, de acuerdo con los parámetros del D.S. N2148/2008. Luego de ser prensados, los lodos serán enviados mediante correa transportadora a EISA, empresa que los utilizará como

combustible en sus calderas.

3.5.3.- Residuos Sólidos

3.5.3.1.- Residuos Sólidos en la Etapa de construcción Se generarán restos de materiales de construcción típicos que serán retirados por los contratistas para luego ser reciclados o dispuestos en un sitio con autorización sanitaria y ambiental. El titular exigirá contractualmente a las empresas contratistas la disposición en sitio con autorización sanitaria y ambiental.

3.5.3.2.- Etapa de Operación

La siguiente tabla muestra un resumen de los distintos tipos de residuos sólidos generados en la Planta Maule y su forma de tratamiento y disposición final.

Residuos Sólidos de Cartulinas CMPC. Situación actual y con proyecto

Situación con

Tipo de Residuo Situación actual Fuentes Medidas de control proyecto . A Alambres y caños

Residuos Sólidos Los alambres y caños se provenientes de los

Industriales no | 85ton/mes 100 ton/mes envían a empresas que los fardos de materias

peligrosos reutilizan primas

Lodos

provenientes del o Sistema de Tratamiento | Utilización como combustible

Sistema de | 1.240 ton/mes 1.463 ton/mes i de RiLes en calderas de EISA Tratamiento de RlLes . Utilización como combustible Corteza 4.125 ton/mes 4.867 ton/mes Astillador en calderas de EISA. Recolección y envío a sitio de Basuras Personal disposición final autorizado o 56 ton/mes 56 ton/mes Ñ domiciliarias Procesos varios por la SEREMI de Salud (EcoMaule). Aceite usado proveniente de los equipos Recolección y transporte por Residuos Tubos de ampolletas de | empresa autorizada y quo 10 ton/mes 12 ton/mes . Ñ Ñ . Peligrosos las instalaciones de la | disposición final en sitios planta autorizados como Hidronor

Agua y tierras

contaminadas

Fuente: Planta Maule de Cartulinas CMPC S.A.

Con respecto a los residuos peligrosos, el titular presentó una Plan de Manejo de Residuos Sólidos Peligrosos a la SEREMI de Salud VII Región. El titular cuenta con la Resolución N* 854 del 20 de marzo de 2008, que autoriza sitio de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos para Cartulinas CMPC.

La instalación tiene capacidad suficiente para el almacenamiento temporal de los residuos sólidos que se generarán con la implementación del Proyecto, en espera de su retiro por las empresas autorizadas. Con ello, no será necesario

modificar las instalaciones existentes para estos fines.

Tanto las cortezas y finos de madera del astillador de madera como los lodos de las plantas de tratamiento de aguas industriales corresponden a materia prima secundaria, de calidad homogénea y certificada por la Universidad de Concepción, que es utilizada como combustibles en las calderas de biomasa de ElSA.

3.5.4.- Ruido

3.5.4.1.- Ruido en la Etapa de construcción

Se realizaron modelaciones de Nivel de Presión Sonora para determinar el impacto acústico del proyecto en su entorno, utilizando barreras acústicas a fin de mitigar los niveles emitidos por las faenas propias del proyecto. Estos puntos fueron seleccionados para representar de manera completa la operación total de la planta.

La evaluación de impacto acústico incluyó la condición actual de funcionamiento de la planta de cartulinas CMPC. Los resultados muestran que con las medidas de mitigación implementadas, se dará cumplimiento a la normativa vigente en todos los puntos sensibles evaluados durante la fase de construcción. En la tabla siguiente se presentan los resultados

de la evaluación.

Evaluación de cumplimiento D.S. N2146/97 de niveles proyectados según los máximos permitidos. Niveles expresados en dB(A)-Lento. Período Diurno.

Punto Proyección NPC Diurno Total Máximo Permitido Evaluación 1 40.4 47.8 48.5 55.2 Cumple 2 45.8 44.8 48.3 53.5 Cumple 3 51.2 48.8 53.2 56.3 Cumple 4 48.9 47.5 51.2 53.7 Cumple 5 38.5 47.1 477 51.9 Cumple 6 35.6 52.6 52.7 54.8 Cumple

3.5.4.2.- Ruido en la Etapa de Operación

4.

Se realizaron modelaciones de Nivel de Presión Sonora para determinar el impacto acústico del proyecto en su entorno, utilizando barreras acústicas a fin de mitigar los niveles emitidos por las faenas propias del proyecto.

La evaluación de impacto acústico incluyó la condición actual de funcionamiento de la planta de cartulinas CMPC. Los resultados muestran que con las medidas de mitigación implementadas, se dará cumplimiento a la normativa vigente en todos los puntos sensibles evaluados durante la operación del Proyecto. En las siguientes tablas se muestran las evaluaciones para el periodo diurno y nocturno.

Evaluación de cumplimiento D.S. N2146/97 de niveles proyectados según los máximos permitidos. Niveles expresados en dB(A)-Lento. Período diurno.

Punto Proyección NPC Diurno Total Máximo Permitido Evaluación 1 34 47.8 48.0 55.2 Cumple 2 39 44.8 45.8 53.5 Cumple 3 45.9 48.8 50.6 56.3 Cumple 4 47.9 47.5 50.7 53.7 Cumple 5 32.1 47.1 47.2 51.9 Cumple 6 29.7 52.6 52.6 54.8 Cumple

Evaluación de cumplimiento D.S. N2146/97 de niveles proyectados según los máximos permitidos. Niveles expresados en dB(A)-Lento. Período nocturno.

Punto Proyección NPC Nocturno Total Máximo Permitido Evaluación 1 34 48.1 48.3 52.0 Cumple 2 39 46.7 47.4 52.7 Cumple 3 45.9 47.5 49.8 51.1 Cumple 4 47.9 47.5 50.7 51.0 Cumple 5 32.1 47.2 47.3 51.3 Cumple 6 29.7 52.8 52.8 53.8 Cumple

Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Optimización Productiva Planta Maule " y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Optimización Productiva Planta Maule " deberá cumplir con:

4.1.- Normas de aplicación general

Constitución Política de la República Materia regulada: Medio Ambiente

Acción de Cumplimiento: Observar la legislación ambiental

Etapa del proyecto en que se implementa la acción de cumplimiento:: Durante todo el proyecto

Ley de Bases Generales del Medio Ambiente (Ley 19.300/1994)

Materia Regulada:

Medio Ambiente

Acción de Cumplimiento: Ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto ambiental, mediante la presentación de una Declaración de Impacto Ambiental.

Etapa del proyecto en que se implementa la acción de cumplimiento: Levantamiento de la información del proyecto.

Reglamento del S.E.1.A. (DS 95/2001) Título Il, Art. 14, 15 y 16. Materia regulada: Medio Ambiente

Acción de Cumplimiento: Con el mérito de esta presentación se acredita el cumplimiento.

Etapa del proyecto en que se implementa la acción de cumplimiento:: Levantamiento de la información del proyecto

Ley General de Urbanismo y Construcciones (D.S. N2 458/1976) MINVU Materia Regulada: Uso del suelo. Define y establece la estructura de planificación urbana.

Acción de Cumplimiento: La ejecución del proyecto está condicionada a los permisos de edificación otorgados por los organismos correspondientes.

Etapa del proyecto en que se implementa la acción de cumplimiento: Levantamiento de la información del proyecto

Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (D.S. N2 47/1992). Art. 4.14. del MINVU Materia Regulada: Calificación de Establecimientos Industriales y de bodegaje.

Acción de Cumplimiento: El Proyecto corresponde a la optimización del proceso productivo de una fábrica de cartulinas existente, debiendo calificarse según establece el 4.14.2. del D.S. N247/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

Etapa del proyecto en que se implementa la acción de cumplimiento: Levantamiento de la información del proyecto.

Resolución Exenta N*133 del 26/01/2005 del servicio Agrícola y Ganadero (SAG), “Establece Regulaciones Cuarentenarias para el ingreso de Embalajes de Madera”

Materia Regulada:

Establece los requisitos en relación a los embalajes de madera de un espesor superior a los 5 mm, utilizados para el transporte de cualquier envío procedente del extranjero o en tránsito por el territorio nacional, incluida la madera de estiba de carga, deberán ser fabricados con madera descortezada y tratada en el país de origen de la madera.

Acción de Cumplimiento: En general el Proyecto no considera la importación de equipos u otros accesorios que podrían ser transportados en embalaje de madera.

Sin perjuicio de lo anterior, en caso que fuera requerido, el Titular se compromete a cumplir con todos los requisitos de embalajes de madera establecidos en esta normativa, especialmente en lo relativo al tratamiento de la madera y las marcas de certificación de los tratamientos fitosanitarios. Para ello, se exigirá contractualmente al contratista, que la internación de equipos o maquinarias en embalajes de madera sea realizada bajo medidas de tratamiento fitosanitario en origen. Asimismo, en caso de sospecha de transmisión de plagas (según procedencia), el contratista solicitará inspección del SAG, o bien aplicará tratamientos fitosanitarios complementarios.

Etapa del proyecto en que se implementa la acción de cumplimiento: Etapa de Construcción y Operación del proyecto.

4.1.1.- Normativa ambiental aplicable al proyecto, Emisiones a la atmósfera, calidad del aire D.S. N2 138/05, Ministerio de Salud,

Materia Regulada: Emisiones atmosféricas. Fija obligación de Declaración de Emisiones para fuentes fijas en todo el país.

Acción de Cumplimiento: El Titular presenta anualmente a la SEREMI de Salud de la Región del Maule la declaración de emisiones de sus calderas. Cabe indicar que el Proyecto no considera la incorporación de nuevos equipos a los cuales aplique esta normativa

Etapa del proyecto en que se implementa la acción de cumplimiento: Operación.

D.S. 144/61, del Ministerio de Salud. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

Materia Regulada: Material Particulado, gases y olores.

Establece norma para emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza, que fin de evitar que causen peligros, daños o molestias al vecindario.

Acción de Cumplimiento:

Durante la construcción se producirán emisiones menores características de actividades de construcción.

Durante la fase de construcción no se espera un incremento en las emisiones atmosféricas provenientes de Cartulinas CmPc.

Etapa del proyecto en que se implementa la acción de cumplimiento: Construcción y Operación.

D.S. 146/98 Ministerio Secretaría General de la Presidencia

Materia Regulada:

Ruido. Establece los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos generados por fuentes fijas. Adicionalmente, establece los criterios técnicos que permitirán la evaluación y calificación de los ruidos generados por fuentes fijas.

Acción de Cumplimiento: Los niveles de inmisión de ruido no sobrepasarán los límites establecidos en este Decreto.

Etapa del proyecto en que se implementa la acción de cumplimiento: Construcción y Operación

D.S. 185/92 Ministerio de Minería

Materia Regulada: Emisiones atmosféricas. Se encuentra vigente esencialmente en lo que dice relación con la norma primaria y secundaria de SO,

Acción de Cumplimiento: El proyecto no implica aumento de emisiones de SO,, por lo que se cumplirá con lo estipulado en este Decreto

Etapa del proyecto en que se implementa la acción de cumplimiento: Operación

4.1.2.- Normativa ambiental aplicable al proyecto. Residuos líquidos y sólidos

Código Sanitario DFL No. 725

Materia Regulada: Residuos Líquidos y Sólidos. Regula la disposición adecuada de los residuos, desperdicios y basuras generadas por el proyecto.

Acción de Cumplimiento:

Los residuos sólidos generados durante la operación del proyecto tendrán la misma composición que los actuales y recibirán el mismo tratamiento que los residuos generados en la actualidad.

Los residuos sólidos generados durante las etapas de construcción y operación del proyecto, serán dispuestos en contenedores especiales y dispuestos en rellenos sanitarios autorizados. Los residuos líquidos generados serán tratados y dispuestos de igual forma que en la actualidad cumpliendo plenamente con toda la normativa vigente.

Etapa del proyecto en que se implementa la acción de cumplimiento: Construcción y Operación.

D.S.90/2001 MINSEGPRES Norma de Descarga de Residuos Líquidos a Cuerpos de Aguas Superficiales. Materia Regulada: Descarga de Residuos Líquidos tratados a Cuerpos de Aguas Superficiales

Acción de Cumplimiento:

El titular cumplirá los límites establecidos en la Tabla 2 de dicha normativa, para descarga a cauces con capacidad de dilución, habiéndose establecido caudal de dilución en Río Maule por Resolución Exenta D.G.A.T. N20335. El titular cuenta con un sistema de tratamiento de RlLes aprobado por Resolución Exenta No. 116/2004 de la Comisión Regional del Medio Ambiente Región del Maule, que aprueba la DIA “Sistema de Tratamiento Secundario de Riles”.

DFL N21/89, Ministerio de Salud

Materia Regulada: Residuos Líquidos y Sólidos. Regula las instalaciones, obras y lugares destinados a la acumulación, tratamiento y disposición final de residuos.

Acción de Cumplimiento:

El Proyecto considera el tratamiento y disposición final de aguas servidas, residuos líquidos y sólidos industriales, encontrándose listado entre las actividades que requieren autorización sanitaria expresa. El Titular se compromete a solicitar las autorizaciones para los lugares destinados a la acumulación, tratamiento y disposición final de residuos, a los cuales les es aplicable esta normativa, antes del comienzo de la Operación del proyecto.

Etapa del proyecto en que se implementa la acción de cumplimiento: Operación

Decreto Ley N?3.557 del 09/02/1981 del Ministerio de Agricultura “Establece Disposiciones sobre Protección Agrícola”. Materia Regulada: Los establecimientos industriales, fabriles, mineros y cualquier otra entidad que manipule productos susceptibles de

contaminar la agricultura, deberán adoptar oportunamente las medidas técnicas y prácticas que sean procedentes a fin de evitar e impedir la contaminación.

Acción de Cumplimiento:

El Proyecto considera medidas de diseño necesarias para evitar la contaminación o perjuicios a la agricultura de la zona. Por su parte, las aguas residuales serán tratadas de acuerdo con lo descrito en la sección O.

Por otra parte, el Proyecto no generará emisiones atmosféricas debidas a sus fuentes fijas durante la etapa de operación. Sólo se generarán emisiones asociadas al flujo vial del transporte de insumos y despacho de productos terminados.

Etapa del proyecto en que se implementa la acción de cumplimiento: Durante todo el proyecto.

Normativa ambiental aplicable al proyecto. Sustancias peligrosas

D.S. N2 78/2009, Ministerio de Salud; Subsecretaría de Salud Pública

Materia Regulada:

Sustancias peligrosas. Establece las condiciones de seguridad de las instalaciones de almacenamiento de sustancias peligrosas.

Acción de Cumplimiento:

Las instalaciones de Planta Maule están diseñadas para el adecuado manejo de las sustancias químicas, minimizando así el riesgo de la población.

Aquellas instalaciones actuales que requieran adecuarse para dar cumplimiento a esta normativa serán modificadas en los plazos que este Decreto indica.

Etapa del proyecto en que se implementa la acción de cumplimiento: Operación.

D.S. N2 160/2008, Ministerio de Economía

Materia Regulada:

Sustancias peligrosas. Establece los requisitos mínimos de seguridad que deben cumplir las instalaciones de combustibles líquidos derivados del petróleo y biocombustibles.

Acción de Cumplimiento:

Los estanques de combustible que utiliza Planta Maule para la operación de sus calderas se encuentran debidamente inscritos ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles y cumplen con la normativa citada. El proyecto no contempla la modificación ni la incorporación de estanques de combustible adicionales a los existentes.

Etapa del proyecto en que se implementa la acción de cumplimiento: Operación.

NCh 2190/93, Instituto Nacional de Normalización Materia Regulada: Sustancias peligrosas. Marcas para información de riesgos

Acción de Cumplimiento: Las zonas de almacenaje de sustancias peligrosas se encuentran debidamente rotuladas, con lo cual se da cumplimiento a lo establecido en esta norma.

Etapa del proyecto en que se implementa la acción de cumplimiento: Operación.

D.S. 148/03 MINSAL. Reglamento Sobre Manejo Sanitario De Residuos Peligrosos

Materia Regulada:

Sustancias peligrosas. Establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la acumulación, recolección, selección, transporte, comercialización, reutilización, tratamiento y disposición final de los residuos peligrosos. Además, establece un Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos.

Acción de Cumplimiento:

El sitio destinado al almacenamiento de Residuos Sólidos Peligrosos de Cartulinas CMPC fue autorizado por Resolución N* 854 del 20 de marzo de 2008. Los residuos de este tipo generados por el Proyecto serán enviados a una empresa autorizada para estos fines, dando cumplimiento a esta normativa.

Etapa del proyecto en que se implementa la acción de cumplimiento: Operación.

4.1.3.- Normativa ambiental aplicable al proyecto. Procesos Industriales D.S. 48/84 Aprueba reglamento de calderas y generadores de vapor MINSAL Materia Regulada: Aire. Calderas

Acción de Cumplimiento: Las calderas de propiedad de Cartulinas CMPC S.A se encuentran debidamente registradas según indica esta normativa. El Proyecto no contempla la incorporación de nuevos equipos a los cuales aplique esta normativa.

Etapa del proyecto en que se implementa la acción de cumplimiento: Construcción y Operación

4.1.4.- Normativa ambiental aplicable al proyecto. Condiciones laborales

Ley 16.744/68 Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Norma sobre accidentes del trabajo y condiciones laborales

Materia Regulada: Seguridad y ambiente laboral. Regula lo relacionado con accidente de trabajo y condiciones laborales.

Acción de Cumplimiento:

Los trabajadores contratados por Cartulinas CMPC se encuentran afiliados al Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales en las condiciones que establece esta normativa. En todo momento se mantendrán las condiciones laborales de modo de minimizar los riesgos de accidentes laborales.

Etapa del proyecto en que se implementa la acción de cumplimiento: Construcción y Operación.

D.S. 133/1984 Ministerio de Salud. Reglamento sobre Autorizaciones para Instalaciones Radiactivas o Equipos Generadores de Radiaciones lonizantes

Materia Regulada:

Sustancias Radioactivas.

Acción de Cumplimiento:

En principio no se prevé la necesidad de utilizar instalaciones o equipos que generen radiaciones ionizantes. Sin perjuicio de ello, y en el caso que en la fase de construcción se requiera la utilización de equipos radiactivos/ionizantes, tales como equipos de gammagrafía para la revisión de soldaduras, o densímetros nucleares para la toma de densidades de suelos, el Titular se compromete a dar cumplimiento cabal de lo estipulado en el presente decreto.

Para dar cumplimiento a esta normativa, se exigirá contractualmente que el contratista encargado de la construcción del proyecto realice los trámites para la obtención de la autorización de importación, instalación o uso, según sea el caso, de los equipos generadores de radiaciones ionizantes ante la Autoridad Sanitaria, y que los equipos y el personal que los maneja cumpla con las condiciones establecidas en este decreto,

Etapa del proyecto en que se implementa la acción de cumplimiento: Construcción.

D.S. 3/1985 Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento de Protección Radiológica de Instalaciones Radiactivas Materia Regulada: Sustancias Radioactivas.

Acción de Cumplimiento:

En principio no se prevé la necesidad de utilizar instalaciones o equipos que generen radiaciones ionizantes. Sin perjuicio de ello, y en el caso que en la fase de construcción se requiera la utilización de equipos radiactivos/ionizantes, tales como equipos de gammagrafía para la revisión de soldaduras, o densímetros nucleares para la toma de densidades de suelos, el Titular se compromete a dar cumplimiento cabal de lo estipulado en el presente decreto.

Para dar cumplimiento a esta normativa, se exigirá contractualmente que el contratista encargado de la construcción del proyecto realice los trámites para la obtención de la autorización de importación, instalación o uso, según sea el caso, de los equipos generadores de radiaciones ionizantes ante la Autoridad Sanitaria, y que los equipos y el personal que los maneja cumpla con las condiciones establecidas en este decreto,

Además, se exigirá que las personas que operen este tipo de equipos cuenten con las autorizaciones y acreditaciones correspondientes de parte de la Autoridad Sanitaria.

Etapa del proyecto en que se implementa la acción de cumplimiento: Construcción.

D.S. 12/1985 Ministerio de Minería. Aprueba Reglamento para el Transporte Seguro de Materiales Radiactivos Materia Regulada: Transporte de Sustancias Radioactivas.

Acción de Cumplimiento:

En principio no se prevé la necesidad de utilizar instalaciones o equipos que generen radiaciones ionizantes. Sin perjuicio de ello, y en el caso que en la fase de construcción se requiera la utilización de equipos radiactivos/ionizantes, tales como equipos de gammagrafía para la revisión de soldaduras, o densímetros nucleares para la toma de densidades de suelos, el Titular se compromete a dar cumplimiento cabal de lo estipulado en el presente decreto.

Para dar cumplimiento a esta normativa, se exigirá que en el transporte de estos equipos, eventualmente necesitados, se considere el uso de contenedores sellados en vehículos especialmente dispuestos para ello. Se exigirá al transportista el cumplimiento de las disposiciones establecidas en presente decreto, incluyendo la autorización de la Comisión Chilena de Energía Nuclear.

Etapa del proyecto en que se implementa la acción de cumplimiento: Construcción.

D.S. 75/1987 Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica

Materia Regulada:

Transporte de Carga.

Acción de Cumplimiento:

El proyecto en su fase de construcción y operación, requerirá el transporte de materiales a los cuales les es aplicado este decreto. Para dar cumplimiento a esta normativa, se exi por contrato que el transporte de todo tipo de materiales sea realizado en sistemas de transporte adecuados, que cumplan la legislación vigente. Adicionalmente, en caso de usar camiones con carga que pueda escurrirse o caer al suelo, éstos serán cubiertos con lonas para impedir la dispersión de materiales.

4.2.-

Etapa del proyecto en que se implementa la acción de cumplimiento: Construcción y Operación.

D.S. 158/1980 Ministerio de Obras Públicas. Fija el Peso Máximo de los Vehículos que pueden Circular por Caminos Públicos. Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica.

Materia Regulada:

Vialidad y Transporte.

Acción de Cumplimiento:

En principio no se prevé la necesidad de transportar carga cuyo peso supere las 45 toneladas. Sin perjuicio de ello, en el caso que para la etapa de construcción se necesite transportar maquinarias o equipos cuyo peso supere las 45 toneladas, este transporte se realizará en completo cumplimiento de este Decreto, solicitándose el permiso especial a la Dirección de Vialidad.

Etapa del proyecto en que se implementa la acción de cumplimiento: Construcción.

D.S. N2 594/99 (y posteriores modificaciones), Ministerio de Salud Materia Regulada: Establece las condiciones sanitarias y ambientales básicas que deberá cumplir todo lugar de trabajo.

Acción de Cumplimiento:

Art 16: El Proyecto no considera la descarga de desagies de ningún tipo al alcantarillado público.

Art 17: Los residuos líquidos industriales generados por el Proyecto serán tratados en una Planta de tratamiento con cámara separadora agua/aceite.

Art 18: El proyecto no requerirá modificar las actuales instalaciones para el almacenamiento temporal de residuos, cuya actual capacidad autorizada es suficiente para los requerimientos del presente proyecto. Por otra parte, la naturaleza de los residuos generados en Planta Maule continuará siendo la misma que en la actualidad, sólo se producirá un incremento en la cantidad almacenada. El Titular ha entregado los antecedentes necesarios para acreditar el cumplimiento del PAS N*93 para el sitio de almacenamiento temporal de residuos.

Art 19: El Titular se compromete a realizar el transporte y disposición final de los residuos generados por el Proyecto a través de empresas que cuenten con Autorización Sanitaria, tal como se hace en la actualidad.

Art 20: El Titular del Proyecto se compromete a presentar a la autoridad sanitaria una declaración en que conste la cantidad y calidad de los residuos industriales que genere, diferenciando claramente los residuos industriales peligrosos previo al inicio de tales actividades, tal como se hace en la actualidad.

Art 24: Durante la fase de construcción, se exigirá por medio de contrato que la empresa encargada de las obras de construcción disponga de servicios higiénicos conforme lo establece esta normativa, instalando letrinas sanitarias o baños químicos en cantidad suficiente para el personal. Se exigirá una vez finalizada la faena temporal, el reacondicionamiento sanitario del lugar que ocupaba la letrina o baño químico para evitar la proliferación de vectores, malos olores, la contaminación ambiental y la ocurrencia de accidentes causados por la instalación. Sin perjuicio de lo anterior, las aguas servidas generadas durante la construcción podrán ser conducidas al Sistema de Alcantarillado Particular de la Planta para ser tratadas en este Sistema.

Art 26: Durante la etapa de construcción se producirán aguas servidas adicionales a la operación normal de la planta por el incremento temporal de trabajadores, quienes ocuparán las instalaciones sanitarias de Planta Maule. La empresa encargada de la construcción deberá disponer de baños químicos para sus trabajadores. Sin perjuicio de ello, las aguas servidas generadas durante la fase de construcción podrán alternativamente ser dispuestas de la misma manera que las aguas servidas actuales a través del sistema de alcantarillado particular, no obstante en todo momento el titular deberá velar que la capacidad del sistema de alcantarillado particular no sea sobrepasada y dará estricto cumplimiento a lo dispuesto en la resolución de la autoridad competente que autorizó su construcción y operación.

Durante la fase de operación el proyecto involucra un máximo de 16 trabajadores adicionales, etapa en la cual el caudal de aguas servidas generado será tratado en el actual sistema de alcantarillado de Planta Maule, no obstante en todo momento el titular deberá velar que la capacidad del sistema de alcantarillado particular no sea sobrepasada y dará estricto cumplimiento a lo dispuesto en la resolución de la autoridad competente que autorizó su construcción y Operación.

No obstante lo anterior el titular deberá contar con la autorización sectorial de la autoridad competente para ampliar y Operar el sistema de alcantarillado particular el que alcanzara una capacidad total de tratamiento de 200 m3/día una vez que el proyecto se encuentre implementado.

Art 42: Se presentan los antecedentes que acreditan el cumplimiento de esta normativa.

Etapa del proyecto en que se implementa la acción de cumplimiento: Construcción y Operación.

Permisos ambientales sectoriales:

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Optimización Productiva Planta Maule" requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos N90, N91, N93 y N94 del D.S. N295/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N? 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Optimización Productiva Planta Maule” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Maule, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en Cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo

soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

7.

10.

11.

12.

13.

14.

15.

Que, para que el proyecto "Optimización Productiva Planta Maule" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Maule, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

Que el proponente deberá mantener especial cuidado cuando realice las obras de excavación que son parte del proyecto, dando cuenta de cualquier hallazgo arqueológico a las autoridades competentes, cumpliendo así con lo establecido en los artículos 26” y 272 de la Ley 17.288 y en los artículos 20* y 232 de su Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Además deberá informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir.

Que el titular deberá tener presente que la tramitación de un derecho de aprovechamiento de aguas puede ser aceptada, total o parcialmente, así como denegada. Sólo la existencia de una Resolución que constituya el derecho de aprovechamiento por parte de la Dirección General de Aguas, lo faculta para su aprovechamiento, no la evaluación ambiental del proyecto. Al respecto se solicita aclarar como se ve dificultado el proyecto teniendo en cuenta que, existe la posibilidad que el derechos de aguas subterráneas no sea otorgado. Lo anterior, en relación con la existencia de un pozo profundo asociado al proyecto ubicado en punto de coordenadas UTM N: 6.056.826 y E: 265.327, datum WGS 1984. Por tanto solo hará uso de agua proveniente de fuentes autorizadas.

Que el titular deberá dar aviso, por medios escritos, a la Oficina SAG Linares, ubicada en Curapalihue N? 459 fono/fax 73- 210094, 214240, 220879, al momento del ingreso de equipos y materiales embalados en madera extranjera para su inspección y mantener registro en planta de las notificaciones enviadas SAG y de los ingresos y destino final de los

embalajes.

Que el Titular deberá dar aviso a la Superintendencia de Servicios Sanitarios con 90 días de anticipación, a la entrada en operación de las nuevas instalaciones y/o equipos, de acuerdo al formato de aviso disponible en sitio web www.siss.cl.

Que la Autoridad Sanitaria ha establecido la calificación industrial del proyecto como inofensiva.

Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Maule, la individualización de cambios de titularidad.

Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la VII Región del Maule.

E:

CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Optimización Productiva Planta Maule".

CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Optimización Productiva Planta Maule" cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos N90, N91, N93 y N94 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

, MA

  • Silvaría Alejandra Suánes Araneda Directora (S) Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria Comisión de Evaluación Región del Maule

SASA/PCT/MFA

Distribución:

C/c:

Christian Lueg Thiers

Corporación Nacional Forestal CONAF, Región del Maule Dirección de Obras Hidráulicas DOH, Región del Maule Dirección General de Aguas, Región del Maule

Dirección Regional de Vialidad, Región del Maule

Gobierno Regional, Región del Maule

Tustre Municipalidad de Yerbas Buenas

SEREMI de Agricultura, Región del Maule

SEREMI de Energía, Región del Maule

SEREMI de Medio Ambiente, Región del Maule

SEREMI de Salud, Región del Maule

SEREMI de Transporte y Telecomunicación, Región del Maule SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule SEREMI MOP, Región del Maule

Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule

Servicio Nacional de Turismo, SERNATUR, Región del Maule Superintendencia de Electricidad y Combustible, Región del Maule Superintendencia de Servicios Sanitarios

Expediente del Proyecto "Optimización Productiva Planta Maule " Archivo Servicio Evaluación Ambiental, VII Región del Maule

El documento original está disponible en la siguiente dirección url:http://firma.e- seia.cl/f7/c9/e4309c50e601a48e78842ecb15c925056230