Evaluación SEA

Modificacion al manejo de mortalidad mediante un sistema de ensilaje en Centro Halcones Chicos

Rol 5260809
SEA · DIA · Rechazado · 2011-01-25 · Región de Los Ríos · Piscicultura Aquasan S.A.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN

REGIÓN DE LOS RÍOS

Califica ambientalmente el proyecto "Modificación al manejo de mortalidad mediante un sistema de ensilaje en Centro Halcones Chicos”

Resolución 1.10 0 5] 7 222% 30 MAY 2011

VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:

1.

2.

3.

La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto "Modificación al manejo de mortalidad mediante un sistema de ensilaje en Centro Halcones Chicos", presentada por el Señor Luis Felipe Díaz Cortés, en representación de Piscicultura Aquasan S.A., con techa 25 de Enero de 2011.

Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

Oficio 580035111 no participación en la evaluación sobre DIA, por Servicio Nacional de Pesca Región de Los Ríos, con techa 10/02/2011; Oficio N394 sobre la DIA, por Subsecretaría de Pesca, con fecha 18/02/2011, Oficio N313 sobre la DIA, por Ilustre Municipalidad de Valdivia, con fecha 22/02/2011; Oficio N"12600/15 sobre la DIA, por Gobernación Marítima de Valdivia, con fecha 22/02/2011; Oficio N%217 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Los Ríos, con fecha 22/02/2011; Oficio N“919 sobre la Adenda 1, por Ilustre Municipalidad de Valdivia, con fecha 09/05/2011; Oficio N584 sobre la Adenda 1, por Gobierno Regional de Los Ríos, con fecha 11/05/2011; Oficio N*%652 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Los Ríos, con fecha 10/05/2011; Oficio N%686 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Los Ríos, con fecha 19/05/2011.

El Informe Consolidado de Evaluación (ICE) Ambiental del Proyecto, "Modificación al manejo de mortalidad mediante un sistema de ensilaje en Centro Halcones Chicos”, del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Los Ríos, de fecha 19 de Mayo de 2011.

Los acuerdos adoptados en la Sesión N* 10/2011 de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos, de fecha 23 de Mayo de 2011.

Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Modificación al manejo de mortalidad mediante un sistema de ensilaje en Centro Halcones Chicos".

Lo dispuesto en la Ley N” 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley N 20.417, el artículo 2” del D.S. N95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Organos de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600, de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N* 55/92, ambas de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.

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CONSIDERANDO:

  1. Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Modificación al manejo de mortalidad mediante un sistema de ensilaje en Centro Halcones Chicos".

  2. Que, el derecho de Piscicultura Aquasan S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satistacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

  3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Modificación al manejo de mortalidad mediante un sistema de ensilaje en Centro Halcones Chicos” tiene las siguientes características:

3.1 Descripción General:

El proyecto se ejecutará en la Región de Los Ríos, en la provincia de Valdivia, comuna de Valdivia, específicamente en:

Nombre del Centro Halcones Chicos

Ubicación Sector Cutipay Km. 10, camino a Niebla, Valdivia

Comuna Valdivia

Región De Los Ríos

Código del centro 103426

Coordenadas geográficas Norte: 5.586.794,85 ; Este: 642,457,77 (Referencia UTM; Datum WGS84; Huso 18 Sur)

El sistema de ensilaje se localiza en el mismo lugar donde antiguamente se encontraba el acopio de mortalidad, básicamente porque este sector ya está habilitado para este tipo de actividad, por lo tanto no será necesario intervenir un nuevo lugar dentro del terreno.

El proyecto consiste en la incorporación de un sistema de ensilaje para el manejo de mortalidades con el objetivo de dar cumplimiento a la normativa vigente.

La piscicultura “Centro Halcones Chicos” cuenta con la Resolución de Calificación Ambiental 5/2008 de fecha 10 de Enero de 2008.

La modificación al sistema de manejo de la mortalidad se basa en la normativa SERNAPESCA relativa al Virus ISA. El Servicio Nacional de Pesca ha establecido el “Programa Sanitario Específico de Vigilancia y Control de la Anemia Intecciosa del Salmón” mediante Resolución N? 2638, el D.S. N” 319/2001 y D.S. N” 416/2008 del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción del 08 de octubre de 2008. En esta normativa se establecen entre otras medidas, procedimientos para el manejo, transporte y disposición de mortalidades.

Con fecha 15 de abril del 2009, se publicó en el Diario Oficial el D.S. N* 416, de la Subsecretaría de Pesca, que modifica el D.S. N” 319 de 2001, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción (Reglamento Sanitario para la Acuicultura). Dicho Decreto introduce el artículo 22 bis, que señala la obligatoriedad del uso del ensilaje para el manejo de la mortalidad y dispone para los centro de cultivo de mar y estuario, un plazo de puesta en marcha del sistema de 12 meses desde la publicación del Decreto Supremo N? 416 en el Diario Oficial, por lo tanto, el 15 de abril de 2010 venció dicho plazo.

El Centro Halcones Chicos tiene un volumen de producción de 975 toneladas de peces vivos a producir por año, con una mortalidad diaria máxima en condiciones normales de 0.03% a 0,05% y una mortalidad producto del proceso de eliminación de cada ciclo que bordea el 5 a 8% dependiendo de la calidad de los peces. Por su parte, el presente proyecto considera una capacidad de acopio de la mortalidad en las instalaciones en tierra de 2,5 ton para lo cual se han instalado cuatro estanques de acopio de 1000 litros cada uno, situación por la cual la frecuencia de retiro de mortalidad acopiada se realizará mensualmente a diferencia del anterior sistema en que se retiraba semanalmente.

La modificación del tratamiento de la mortalidad en el Centro Halcones Chicos considera básicamente la transformación de ésta, a través de la molienda y posterior acidificación, transformándola en una mezcla homogénea con un pH<4 que será inocuo y sin olor, la que posteriormente será almacenada en un estanque acumulador o "Silo" y que finalmente será transportada herméticamente hacia una Planta Reductora de Harina y Aceite.

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Los equipos que componen el sistema son: un estanque de triturador de capacidad de 900 litros, una bomba trituradora y recirculación, tuberías de conexión, cuatro silos de acopio de capacidad de 1000 litros cada uno, un pretil de contención de 2,5 m3, barreras de contención, fuente de energía y sistema eléctrico.

3.2 Etapa de Construcción

El proyecto se desarrollará en el mismo lugar donde se acopiaba la mortalidad del Centro de Cultivo y cuyas características son las siguientes:

  • El proceso de Ensilaje se realizará en una instalación que tendrá una dimensión de 12 mé, un cerco perimetral y pretil de contención.

  • La instalación que alberga el proceso tendrá una base de cemento, contará con reja como cerco perimetral, un pretil de contención con una capacidad para derrame equivalente a 110% del estanque más grande de acopio y condiciones de acceso restringido del personal.

  • La mortalidad que será sometida a ensilaje proviene del centro de cultivo Halcones Chicos, siendo el sistema de ensilaje exclusivo para este Centro.

  • La instalación cerrada que albergará el proceso no se ubicará a menos de 3 metros de los muros medianeros de la propiedad.

  • Los equipos eléctricos, de iluminación y ventilación, que deba tener la instalación, serán resistentes a la corrosión.

  • La bodega donde se emplazarán los equipos de ensilaje deben disponer de agua dulce de emergencias para el lavado de manos.

  • El piso donde se emplazará el sistema de ensilaje tendrá una pendiente 0,5%, que permita el escurrimiento del derrame hacia el centro det pretil de conten .

  • Se contará con agentes de absorción y/o neutralización en lugares debidamente dispuestos y señalizados.

  • Cabe hacer presente que la superficie utilizada para este proceso, será la misma que hasta hoy se usa como lugar de acopio temporal de la mortalidad.

3.2.1 Componentes del sistema de ensilaje.

Los componentes del sistema de ensilaje se presentan en la siguiente Tabla y se describen en el Anexo 10.3 de la DIA:

Estanque de triturador Estanque acero inox. 1, 2 m. alto por 1 m. diámetro. Capacidad 900 1.

Bomba trituradora y recirculación Bomba Grunfus con cuchillo triturador. 1,8 k/w.

Piping Tubería interna de estanque triturador acero inox., tubería exterior al tambor PVC hidráulico.

Silo de acopio Estanque de poliestireno capacidad 900 l.

Pretil de contención 2,5 m.x 2,5 m. x 0,25 m.

Fuente de energía Tablero fuerza 380 volt empalme SAESA

Sistema eléctrico Norma chilena 4/2003 línea baja tensión,

tablero de fuerza individual para el sistema.

3.3 Etapa de Operación.

3.3.1 Extracción de la mortalidad.

El traslado de la mortalidad hacia la bodega de ensilaje se realizará de la misma forma en que actualmente se tiene autorizada, es decir, usando envases plásticos, que cuentan con tapa y son herméticos, los que serán llenados a 3% de su capacidad.

La extracción de la mortalidad se realizará diariamente tal como lo dispone la actual normativa. Los materiales utilizados en el trastado de la mortalidad hacia la bodega de ensilaje serán tratados de acuerdo a lo indicado en el PSGLL (D.S. 319/03).

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En general, los procedimientos de limpieza y desinfección de equipos cumplirán con lo establecido en el Programa Sanitario General de Limpieza y Desinfección (Ver Anexo 10.7 de la DIA).

3.3.2 Características generales del ensilaje.

El proceso de ensilaje en sí mismo, requiere de personal calificado para su adecuada realización, para lo cual serán capacitados. En este proceso participan 5 personas, de las cuales 3 serán los operadores habituales del sistema.

El personal contará con equipos de seguridad consistentes en:

» Protección de manos (guantes de caucho de butilo o neopreno)

» Protección de pies (botas de caucho de butilo o nitrilo)

  • Protección respiratoria de 2,5 a 10 ppm (Full face con cartucho para vapores orgánicos),
  • Protección ocular

  • Traje impermeable de caucho-butilo.

Las características técnicas del equipo de ensilaje son las siguientes:

  • El volumen del triturador, es de 900 litros

  • El tiempo de trituración de la mortalidad es de 10 kilos/minuto

  • La forma de adición del ácido será manual.

  • La medición del pH será a través de papel Ph u o aparato digital, esta se debe realizar antes de realizar la descarga al estanque de acopio, por lo tanto la toma de muestras se realiza en el triturador a la mortalidad ensilada.

Si al triturador llegan objetos extraños, hay dos formas de retirarlos:

  • Válvula de descarga a! fondo del estanque que es convexo.

  • Existe tapa de registro en la parte superior del estanque que permite retirar algún cuerpo extraño.

El tiempo de mantención de la mortalidad ensitada dentro el triturador será según las necesidades de la piscicultura, ya que el ensilaje es materia inerte que no tiene tiempo de expiración, por lo tanto perduraría fácilmente hasta 12 meses, sin necesidad de disponerlo.

El medio de abastecimiento de energía al sistema de ensilaje es a través de sistema eléctrico. Se contará con planes de contingencia ante derrames de mortalidad ensilada. (Ver detalle en Anexo 10.6 de la DIA).

Dentro de la bodega, estará prohibido realizar fraccionamiento, re-envasado y trasvasije del producto y No se emplearan herramientas que puedan producir chispas.

Existirán Procedimientos de Operación del sistema de ensilaje, escrito y disponible para todo el personal de bodega. El personal que opera este sistema será debidamente capacitado (Ver detalle en el Anexo 10.4 de la DIA).

Se realizará una capacitación anual del personal en relación a los temas señalados en el D.S. N*40.

La frecuencia de retiro del producto ensilado será cada mes o cuando se llene los 2 estanques de acopio.

3.3.3 Traslado de la Mortalidad ensilada a Planta Reductora.

El producto generado en el ensilaje, será llevado hacia una Planta Reductora de Harina y Aceite. A modo de mayor información, el detalle de esta operación se indica en el Anexo 10.8 de la DIA, “Procedimiento de retiro y transporte de la mortalidad ensilada.”

En el caso de que el “Ensilado” no fuera retirado de acuerdo a contrato con Planta Reductora o por el proveedor del equipo de ensilaje, se contratará un servicio de transporte de alguna empresa que cuente con las correspondientes autorizaciones.

Cualquiera sea el destino del producto resultante de este proceso, se llevará un registro pormenorizado de él, de modo que pueda ser fácilmente verificable.

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3.4 Situación base del proyecto y su modificación.

A continuación se presenta un resumen de la situación del Proyecto Base y de la modificación evaluada para el sistema de ensilaje:

Situación ITEM Proyecto base Modificación (con RCA) (Sistema de ensilaje) Volumen de producción 975 Ton peces vivos a| No modifica producir año. Mortalidad diaria máxima en | 0.03% a 0,05% diario 0.03% a 0,05% diario condiciones normales Capacidad acopio de la|2,5ton 2,5 ton mortalidad en las instalaciones en tierra Frecuencia de retiro de mortalidad | Diaria Diaria desde las jaulas Frecuencia retiro de mortalidad | Semanal Mensual acopiada en las instalaciones en tierra Tipo vehículo de transporte para | Camión retiro mortalidad Camión retiro mortalidad retiro de mortalidad Frecuencia y tipo de vehículos | Camión (semanal) Camión (mensual) que ingresan y salen de las | Vehículos, personal. Diaria No modifica instalaciones en tierra Vehículos empresas relacionadas, clientes Diaria Mano de obra 30 operarios No modifica

3.5 Manejo del producto ensilador.

El producto ensilador (AMASIL) es mezclado en dosis específicas de acuerdo al peso de la mortalidad, por lo cual el equipo de ensilaje cuenta con una tabla de dosificación, que equilibra producto ensilador.

  • En el manejo del producto ensilador se aplicarán las siguientes medidas de seguridad: utilización de equipo de protección personal, segregación de producto ensilador, control de exposición, etc. (ver detalle Anexo 10.5 de la DIA).

  • Almacenamiento: este se realizará de la siguiente manera: debido a la pequeña cantidad de ácido que se utilizará principalmente por el bajo volumen de mortalidad es que se manejará el ensilaje con un bidón de 20 litros en el lugar del ensilaje y otro de 20 litros en la bodega de químicos del centro de cultivo.

  • Salud y seguridad ocupacional: Se tendrá un “Plan de contingencia y urgencias” ante accidentes laborales por salpicadura o derrame de producto ensilador u otro producto peligroso. Para estos efectos, se tendrá como mínimo: implementos absorbentes, desintectante, guantes para Químicos, antiparras, maniluvio y pediluvio, mascarilla, agua dulce limpia, estos materiales serán de fácil acceso y correctamente señalizados (Ver Anexo 10.6).

3.6 Programa General de Lavado, Limpieza y Desinfección.

El proyecto dará pleno cumplimiento al Programa General de Lavado, Limpieza y Desinfección que ha establecido sectorialmente el Servicio Nacional de Pesca. Para ello se contempla lo siguiente:

  • De acuerdo al requerimiento de la autoridad pesquera, el proyecto contará con un “Plan de Manejo de Sustancias Químicas”, aprobado por la Autoridad Sanitaria Local, el que deberá abordar tanto el traslado como el almacenamiento de las sustancias químicas, especialmente de los ácidos utilizados durante el ensilaje. Sus alcances y contenidos deberán ser abordados conforme la calificación del químico, ácido, utilizado en el sistema (peligrosidad, corrosividad, irritabilidad), (Ver Anexo 10.9 de la DIA).

+» La empresa mantendrá una Bitácora, en la que se registrará la cantidad de producto ensilador utilizado, situaciones de riesgo para las personas o al medio ambiente “sustancias peligrosas” o

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“sustancia corrosiva”. Se mantendrá en la Piscicultura copia de las autorizaciones de traslado, emitida por la Autoridad (Ver Anexo 10.10 de la DIA).

  • La empresa contará con un “Plan de Contingencias” para eventos de emergencia, tanto para estanque de almacenamiento del “Ensilado”, como en el almacenamiento del producto ensilador (Ver Anexo 10.6 de la DIA).

3.7 Etapa de Abandono.

El procedimiento de Ensilaje tiene una vida útil indefinida. Si se requiere reemplazar el sistema por otro que pudiera estar autorizado por la autoridad, se procederá a desmantelar las instalaciones que no presten utilidad. Las estructuras desmanteladas serán, preferentemente reutifizadas en otras instalaciones del titular u otros titulares de proyectos, de lo cual se dejará expresa constancia para efectos del expediente del proyecto. Aquellos materiales que no puedan ser reutilizados, serán dispuestos en algún sitio de disposición final autorizado, de lo cual se dará cuenta a la autoridad ambiental y sanitaria competente.

  1. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Modificación al manejo de mortalidad mediante un sistema de ensilaje en Centro Halcones Chicos” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que:

4.1 Normativa ambiental aplicable al proyecto.

De acuerdo a lo establecido en la Declaración de Impacto Ambiental, lo señalado en los informes sectoriales de los Órganos de la Administración del Estado con competencia ambiental que han participado en el proceso de evaluación, los demás antecedentes agregados al expediente y lo expuesto en el Informe Consolidado de Evaluación, es posible señalar que el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental vigente asociada al proyecto, a excepción del D.S. N* 78/2010 “Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”, toda vez que el proponente no ha señalado la forma de cumplimiento de la citada norma. En este sentido se debe indicar que:

  • Mediante Carta N 49, de fecha 2 de Marzo de 2011, se informó al proponente del Informe Consolidado N 1 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones a la Declaración de Impacto Ambiental, en donde se solicitaba incorporar como parte de la Normativa de Carácter Ambiental Aplicable el D.S. N* 78/2010 (MINSAL), “Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”.

  • Respecto de la aplicación del D.S. N” 78/2010 (MINSAL), con fecha del 20 de Abril de 2011, a través del Adenda NY 1, el proponente indicó que:

“No Acoge, este es un producto NO peligroso, sí debes almacenarlo como un químico, de pH acido irritante por lo tanto su almacenaje será destinado a la bodega de químicos, etiquetado con su respectiva hoja de seguridad y ficha técnica cabe señalar que sus propiedades no lo señalan con características de corrosividad, por ende no es clasificado clase 8”.

De manera complementaria en el marco de las respuestas proporcionadas en el Adenda N? 1, el proponente entregó los siguientes antecedentes respecto del producto ensilador:

“El Amasil NA, es un producto NO peligroso, es solamente considerado irritante, debido a que éste tiene un proceso extra en su elaboración, que permite que mantenga un 75% de acido fórmico con un pH 2 -2,2 y no sea corrosivo, considerado así por el IMDG y OCDE, producto elaborado en Alemania por la BASF"”.

“Como se menciono antes el AMASIL NA es solamente irritante por lo que requiere la precaución y prevención en los elementos protección personal “no es corrosivo” así además lo señala la Dirección de territorio marítimo Armada de Chile, catalogando al producto en su transporte vía marítima como “NO PELIGROSO”.

“En Anexo N* 4 del Adenda 1 se presentaron los datos técnicos, almacenaje y trasporte del Amasil NA”.

  • Mediante ORD. N* 686, de techa 19 de Mayo de 2011, la SEREMI de Salud se pronunció “Inconforme” a la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Modificación al manejo de mortalidad mediante un sistema de ensilaje en Centro Halcones Chicos” en consideración a que:

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El titular debe cumplir con el D.S. 78 "Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas", por cuanto, lo indicado en la Hoja de Seguridad del producto a utilizar, Amasil NA, informa en su Sección 10 Estabilidad y reactividad: "Reacciones peligrosas: Peligro de reacción exotérmica; Condiciones que deben evitarse: Corrosión metal. Tiene efecto corrosivo ante los metales”, por lo que se trataría de una Sustancia Peligrosa.

No cumple con la Normativa Ambiental Vigente

De ésta manera, el proponente de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Modificación al manejo de mortalidad mediante un sistema de ensilaje en Centro Halcones Chicos”, no reconoció la norma indicada anteriormente, no señaló la relación con el proyecto y, por ende, no indicó su forma de cumplimiento.

En el Capítulo 5 de la DIA se establecen en extenso los demás antecedentes para evaluar el cumplimiento de las normativa ambiental aplicable al proyecto “Modificación al manejo de mortalidad mediante un sistema de ensilaje en Centro Halcones Chicos”. Asimismo, el proponente ha complementado dichos antecedentes a través del Adenda N? 1.

Considerando la normativa ambiental presentada, los Órganos de Administración del Estado presentaron su conformidad a los antecedentes presentados por el proponente en el proceso de evaluación, a excepción de la SEREMI de Salud que, a través del Ord. N 686 de fecha 19 de Mayo de 2011, se pronunció “Inconforme” respecto del D.S. N 78/2010 “Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”.

4.2 Permisos Ambientales Sectoriales:

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Modificación al manejo de mortalidad mediante un sistema de ensilaje en Centro Halcones Chicos” requiere del permiso ambiental sectorial contemplado en el artículo 93 del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  1. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Modificación al manejo de mortalidad mediante un sistema de ensilaje en Centro Halcones Chicos” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

  2. Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos.

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RESUELVE:

  1. CALIFICAR DESFAVORABLEMENTE el proyecto "Modificación al manejo de mortalidad mediante un sistema de ensilaje en Centro Halcones Chicos” en consideración a que éste no cumple con la totalidad de la normativa ambiental aplicable.

  2. En consecuencia, el proyecto "Modificación al manejo de mortalidad mediante un sistema de ensilaje en Centro Halcones Chicos”, presentada por el Señor Luis Felipe Díaz Cortés, en representación de Piscicultura Aquasan S.A., no se podrá realizar. Asimismo, se instruye especialmente a los Órganos de la Administración del Estado con competencia Ambiental, en las materias relativas al proyecto en comento, que quedarán obligados a denegar las correspondientes autorizaciones o permisos, en razón de su impacto ambiental, aunque se satisfagan los demás requisitos legales, en tanto no se les notifique un pronunciamiento en contrario.

  3. Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.

Notifíquese y Archívese.

PRESIDENTE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LOS RÍOS

Sr. Luis Felipe Díaz Cortés, Piscicultura Aquasan S.A. llustre Municipalidad de Valdivia

Gobierno Regional de Los Ríos

Interregional) Subsecretaría de Pesca

(XIV) Gobernación Marítima de Valdivia

(XIV) SEREMI de Salud, región de Los Ríos

(XIV) Servicio Nacional de Pesca, región de Los Ríos

  • Expediente del Proyecto "Modificación al manejo de mortalidad mediante un sistema de ensilaje en Centro Halcones Chicos"
  • Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Los Ríos

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