Evaluación SEA

ALMAZARA DEL PACIFICO

Rol 5258724
SEA · DIA · Aprobado · 2011-01-21 · Región de Coquimbo · AGRÍCOLA DEL OLIVAR S.A.

Servicio de Evaluación

Ambiental

Región de Coquimbo:

MAT.: Califica Ambientalmente Favorable la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Almazara del Pacífico”.

RESOLUCION EXENTAN" () $ 1

LAsERENA, 3 0 JUN, 2011 VISTOS:

  1. Lo dispuesto en la Ley N19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley N20.417; el Decreto Supremo N95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N*1.600/2008 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y las demás normas aplicables al proyecto.

Le La Declaración de Impacto Ambiental, en adelante la DIA y sus Adenda del proyecto “Almazara del Pacífico”, presentada por el Sr. Andrés Vaccaro Buscaglia, en representación de Almazara del Pacífico S.A., con fecha 21 de Enero de 2011.

  1. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, las cuales se contienen en los siguientes documentos: Oficio N208 sobre la DIA, de la SEREMI de Obras Públicas, Región de Coquimbo, de fecha 02/02/2011; Oficio N"134 sobre la DIA, de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 16/02/2011; Oficio N143 sobre la DIA, de la Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo, de fecha 16/02/2011; Oficio N%006 sobre la DIA, de la CONAF, Región de Coquimbo, de fecha 16/02/2011; Oficio N240 sobre la DIA, de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Coquimbo, de fecha 17/02/2011; Oficio N181 sobre la DIA, de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Coquimbo, de fecha 18/02/2011; Oficio N14 sobre la DIA, de la SEREMI de Salud, Región de Coquimbo, de fecha 18/02/2011; Oficio N186 sobre la DIA, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Coquimbo, de fecha 18/02/2011; Oficio N380 sobre la DIA, del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo, de fecha 18/02/2011; Oficio N1000 sobre la DIA, del Consejo de Monumentos Nacionales, de fecha 18/02/2011; Oficio N61 sobre la DIA, de la SEREMI de Agricultura, Región de Coquimbo, de fecha 18/02/2011; Oficio N768 sobre la DIA, del Gobierno Regional, Región de Coquimbo, de fecha 07/03/2011; Oficio N360 sobre la Adenda N'1, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Coquimbo, de fecha 28/03/2011; Oficio N604 sobre la Adenda N1, del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo, de fecha 30/03/2011; Oficio N101 sobre la Adenda N%1, de la SEREMI de Agricultura, Región de Coquimbo, de fecha 31/03/2011; Oficio N%650 sobre la Adenda N1, de la SEREMI, Región de Coquimbo, de fecha 01/04/2011; Oficio N%323 sobre la Adenda N1, de la Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo, de fecha 06/04/2011; Oficio N%264 sobre la Adenda N91, de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 07/04/2011; Oficio N31 sobre la Adenda N?1, de la SEREMI de Salud, Región de Coquimbo, de fecha 07/04/2011; Oficio N512 sobre la Adenda N%1, de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Coquimbo, de fecha 07/04/2011; Oficio N993 sobre la Adenda N2, de ALA Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Coquimbo, de yfédl > » 20/05/201 1; Oficio N954 sobre la Adenda N2, del Servicio Agrícola y Ganadero, Ri

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de Coquimbo, de fecha 23/05/2011; y Oficio N49 sobre la Adenda N2, de la SEREMI de Salud, Región de Coquimbo, de fecha 23/05/2011.

  1. El Informe Consolidado de Evaluación, en adelante ICE, de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Almazara del Pacífico”, de fecha 09 de Junio de 2011.

  2. El acta de la sesión de fecha 14 de Junio de 2011, de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo.

  3. Los demás antecedentes, que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto ““Almazara del Pacífico”.

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto.

Z Que, el derecho del titular a emprender actividades está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y a las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales.

  1. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva y sus Adenda, el proyecto consiste en la instalación de una planta de aceite de oliva (almazara), de alta calidad. El aceite será vendido a granel en tambores de 22.000 litros. La materia prima (aceitunas), será abastecida por el predio agrícola colindante, perteneciente a Agrícola El Olivar S.A. El proceso generará un subproducto, llamado alperujo, el cual se incorporará al terreno agrícola colindante para aportar nutrientes al terreno.

El proyecto se emplazará en la Región de Coquimbo, Provincia del Limarí, Comuna de Ovalle, específicamente, se ubicará en la localidad de Los Olivos en la intersección de la Ruta 5 Norte, km 389, con el camino rural que conecta a esta ruta con las localidades Los Olivos y Cerrillos de Tamaya, para mayor detalle ver Anexo N?7 de la DIA. El acceso al predio se realizará desde el camino que conecta la Ruta 5 Norte con la localidad Los Olivos, a aproximadamente 100 metros de la intersección con la Ruta 5, para mayor detalle del acceso, ver Anexo N*2 de la DIA.

El área del proyecto, se encuentra en un predio agrícola colindante a la propiedad perteneciente a la empresa Agrícola El Olivar S.A. donde se producen las aceitunas ocupadas como materia prima.

El proyecto se emplazará en un terreno de 1,9429 há. Para mayor detalle, ver Anexo N11 de la DIA. A continuación, en la Tabla N1, se presentan las coordenadas UTM del área del proyecto. Además, en el Anexo N4 del Adenda N1 de la DIA, se adjunta plano general de planta y plano con la infraestructura asociada. Para mayor detalle, ver numeral 2.2 de la DIA.

Tabla N*1: Coordenadas del Predio.

Vértice Este Norte Vértice A 260.937 6.615.842 Vértice B 260.833 6.615.820 Vértice C 260.824 6.615.674 Vértice D 260.982 6.615.741

La inversión estimada para la ejecución del proyecto será de US $ 3.000.000.

El proyecto bajo las condiciones normales de operación, mantención, actualización y reposición, permitirá una vida útil indefinida.

La mano de obra total requerida para la etapa de construcción será de 25 personas aproximadamente. Durante la etapa de operación se contemplarán dos períodos, uno durante la producción, que ocurre aproximadamente entre los meses de Mayo y Junio, y otro en el resto del año, cuando se trabajará en mantención, envasado y despacho. El primer período contemplará un total de 12 personas, el segundo período un total de 2 personas.

3.1. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO Las principales partes del proyecto son:

Área de recepción de materia prima mediante tolva bajo nivel. Maquinarias de limpieza, lavado y pesaje de aceitunas. Tolvas de almacenamiento intermedio.

Equipos de molienda.

Termo batidoras.

Decantadores.

Centrífuga.

Calentador de agua.

Separadora de pulpa y hueso.

Estanques de almacenamiento de aceite.

Sector de envasado.

Área de despacho.

Para mayor detalle, ver numeral 2.1, 2.3 y 2.5.1, todos de la DIA, donde se detallan los equipos, sus componentes y obras físicas principales.

3.1.1. ETAPA DE CONSTRUCCIÓN

A continuación, se resumen las principales actividades que considera la etapa de construcción:

. Instalación de faena y obras preliminares.

. Obras civiles e Instalaciones.

. Montaje de equipos.

. Servicios.

a) Instalación de Faena y Obras Preliminares

Las obras preliminares involucrarán bodega de estructuras, equipos y materiales. Esto corresponderá a un sector que se cerrará con malla a una altura de 1,8 metros en un piso nivelado. Mientras que la instalación de faena consistirá en contenedores de 20 pies, para oficina del personal técnico y administrativo de la obra; además, se considerará un container para ser utilizado como comedor por los trabajadores, que laborarán en las distintas faenas.

Asimismo, se instalarán baños químicos, los cuales se utilizarán solamente en forma transitoria durante los cuatro meses de construcción del proyecto. Para mayor detalle, ver numeral 2.5.1.1.1 de la DIA.

b) Obras Civiles e Instalaciones Se contempla la construcción de:

. Recepción de Aceituna.

. Nave central.

. Área de servicio y oficinas.

.o0 Sector de control de calidad. * Zona calentador de agua.

Sector de insumos.

Sector de tratamiento de aguas servidas. Sector de tratamiento de agua potable. Sector de estacionamientos.

Piscina de almacenamiento.

Vialidades.

.......

Para mayor detalle, ver numeral 2.5.1.1.2 y Anexo N*12, todos de la DIA y numerales 1.1, 1.2 y 3.6.6.4, todos del Adenda N%1 de la DIA.

Nave Central: en esta nave estarán dispuestos todos los equipos del proceso y los estanques de almacenamiento de aceite. El detalle de los equipos y maquinarias dentro de la nave central, se visualizan en el plano de planta y maquinaria del Anexo N7 del Adenda N1 de la DIA.

Piscina de Almacenamiento de Aguas: en dicha piscina se almacenarán los efluentes generados del proceso, para fines de riego de caminos y áreas verdes. El proyecto generará tres tipos de efluente, todos serán utilizados en riego; efluente de la planta de tratamiento de aguas servidas, efluente proveniente del lavado de las aceitunas y efluente de la planta desengrasadora (aguas de la centrífuga, más aguas de lavado de equipos). La capacidad de la piscina será de 80 mí, diseñada para los efluentes de cinco días, considerando la plena operación de la almazara. Para mayor detalle, ver numerales 1.1 y 1.2 del Adenda N%1 de la DIA.

c) Montaje de Equipos

El montaje mecánico y eléctrico de los equipos lo realizará directamente el personal proveedor de los mismos, siendo básicamente modulares instalados sobre radier. Para mayor detalle, ver numeral 2.5.1.1.3 de la DIA.

d) Servicios

. Energía eléctrica: se dispondrá de energía eléctrica aérea en el borde sur- este

de la propiedad con un transformador de 300 KVA. Para mayor detalle, ver numeral 2.5.1.1.4 y Anexo N%4, ambos de la DIA.

. Agua potable: se contará con un sistema de potabilización de una fuente propia autorizada. Para mayor detalle, ver numeral 2.5.1.1.4 y Anexo N*16, ambos de la DIA.

Combustible: el abastecimiento de combustible para máquinas se realizará

fuera del área del proyecto en estaciones de servicios, en el caso eventual de emplear generadores, estos serán abastecidos en terreno directamente de camiones cisternas de empresas distribuidoras autorizadas. Para mayor detalle, ver numeral 2.3.16.1 de la DIA.

3.1.2. ETAPA DE OPERACIÓN

La planta producirá aceite de oliva por medio de un proceso denominado “sistema extractivo de dos fases”, es decir, que se separará en el proceso el aceite del agua vegetal, y se generará un subproducto denominado alperujo, que contiene principalmente la materia sólida de la aceituna compuesta de hueso, pulpa, piel y agua. La producción estimada de la almazara se detalla en el numeral 4.3.3.1 del Adenda N?1 de la DIA.

La operación de la planta se realizará durante 40 a 60 días al año, entre los meses de Mayo y Junio (aproximadamente), período que corresponderá a la cosecha de las aceitunas, siendo los meses restantes, destinados a mantención y distribución del producto.

Las actividades que se consideran como parte de la operación del proyecto incluirán: . Operación de la Nave Principal.

. _ Sistema de Aplicación de Alperujos. . Insumos básicos, materias primas y servicios.

a) Operación de la Nave Principal

La operación de la nave comenzará con el transporte de las aceitunas cosechadas, desde el predio colindante (Agrícola El Olivar S.A.), mediante carros hacia una tolva (servicio que estará a cargo de Agrícola El Olivar S.A.). Luego, mediante cinta transportadora las aceitunas serán transportadas al sistema modular limpiadora/lavadora que sacará las impurezas. A continuación, las aceitunas serán conducidas hacia la estación de pesado, para luego ser transportadas a una tolva de molino de martillos. Estos molinos molerán los frutos, que permitirán que el aceite se libere de las células. La masa molida resultante, será impulsada hacia las termo-batidoras. Posteriormente, la masa será calentada y batida, hasta lograr una masa homogénea, que será bombeada al decanter, el cual separará en dos fases la masa: aceite turbio y alperujo. La fase alperujo (agua y masa desengrasada de aceitunas) caerá por gravedad y será bombeada a la zona de descuescado o repaso. Mientras tanto la fase de aceite turbio, pasará a través de un tamiz vibrátil que permitirá percolar el aceite húmedo y retirará los pocos sólidos finos suspendidos que aún queden en el flujo. Este aceite “tamizado” caerá a un estanque colector, que estará conectado a una bomba que impulsará el aceite a una centrífuga que separará el aceite, que será colectado en un estanque decantador, desde dónde será bombeado hacia los estanques de guarda.

Un calentador de agua, apto para quemar biomasa (cuescos), proveerá de agua caliente al proceso.

El proyecto contempla la comercialización a granel, sin embotellado. Se exportará en contenedores de 22.000 litros.

Para mayor detalle, ver numeral 2.5.2.2 de la DIA. b) Sistema de Aplicación de Alperujos

Los alperujos derivados del procesamiento de la aceituna, serán aplicados en los terrenos pertenecientes a Agrícola El Olivar S.A. En el Anexo N%15 de la DIA y Anexo N*8 del Adenda N%1 de la DIA, se detallan los terrenos dónde serán aplicados los alperujos. Esta aplicación de alperujos, se realizará inmediatamente después de su producción, desde colosos tirados por tractores. No se contempla acopios de alperujos. Para mayor detalle, ver numeral 2.3.13 de la DIA.

Los alperujos, corresponderán a un subproducto del proceso, destinado al mejoramiento de las tierras. La producción anual del subproducto, se detalla en el numeral 4.3.3.1 del Adenda N*1 de la DIA. Para mayor detalle, sobre la composición de los alperujos, además, de los posibles efectos sobre el suelo y agua subterránea, ver numeral 4.3.3.1 del Adenda N%1 de la DIA.

c) Insumos Básicos, Materias Primas y Servicios.

. Abastecimiento de recursos hídricos: durante la operación se captará desde el tranque vecino el recurso hídrico mediante bombas, y se conducirá a dos estanques distintos: uno de 15 m? de agua industrial y otro de 2,5 m* para agua potable. Para mayor detalle, ver numeral 2.5.1.1.4 de la DIA y numeral 1.2 de la Adenda N“2 de la DIA.

. Energía eléctrica: el abastecimiento energético se realizará fundamentalmente por la red pública que pasa directamente por el lado del predio. Adicionalmente, en caso de emergencia, se podrá abastecer de energía mediante un generador de 250 KVA, durante 6 horas diarias. Para mayor detalle, ver numeral 2.5.2.3.1 de la DIA y numeral 1.3 de la Adenda N*1 de la DIA.

. Combustible: se utilizarán los cuescos generados en el proceso como

combustible para el sistema de caldera. En cuanto al consumo de petróleo diesel,

este se utilizará en el grupo generador que está contemplado para posibles

emergencias. Para mayor detalle, ver numerales 1.3 y 2.1, del Adenda N*1

DIA. ESA

Accesos: para la recepción de la materia prima, durante la etapa de prodúcci

se habilitará un paso directo que une al predio del proyecto con el. predió!

productor de aceitunas. Para mayor detalle, ver plano general del Anexo N*2 de la DIA.

Para mayor detalle, ver numeral 2.5.2.3.4 de la DIA.

El proyecto no tendrá medios de transporte propios. Por tal motivo, todos los transportes serán subcontratados a empresas de terceros, que cuenten con las autorizaciones correspondientes.

3.1.3. ETAPA DE CIERRE

Las actividades y obras consideradas en el plan de cierre o abandono en caso eventual, serán:

. Desmantelamiento del sistema mecano, tanto del galpón como de la maquinaria, y todas las instalaciones completamente desmontables. Se considerará la venta de maquinaria y la demolición del radier de la fábrica. Restauración de los suelos.

3.2. EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS 3.2.1. EMISIONES ATMOSFÉRICAS a) Etapa de Construcción

Las principales emisiones generadas corresponderán a material particulado producto del tránsito de vehículos, movimientos de tierra y labores de construcción. Se estima una generación de 1,80 kg/día de material particulado. Para mayor detalle, ver numeral 3.1.1.1 de la DIA y numeral 4.1.1.1 del Adenda N?2 de la DIA.

La emisión de polvo será controlada mediante humectación, tanto de material de excavación como del riego de caminos. El riego de los caminos, se realizará según requerimiento, es decir, en días de invierno con lluvias, no se regarán los caminos, mientras que en días de verano se estima tres riegos diarios con camión aljibe. Se levantará un registro sobre los riegos efectuados.

La emisión de gases de combustión se generará producto de la operación de vehículos y maquinaria pesada. Se contará con los certificados de revisión técnica al día.

b) Etapa de Operación

Las principales fuentes emisoras de material particulado corresponderán al tránsito de camiones por caminos no pavimentados, además de las fuentes emisoras de gases, tales como el calentador de agua, el cual cumplirá con las normas de emisión vigentes. Además, se generarán emisiones del grupo generador de emergencia (de 250 KVA). Para mayor detalle, ver numeral 3.1.2.1.3 de la DIA.

La emisión de material particulado, en esta etapa será de 1,87 kg/día. Para mayor detalle, ver numeral 4.1.1.1 del Adenda N*2 de la DIA.

El control de la emisión de material particulado se realizará mediante el riego de los caminos, de igual forma que para la fase de construcción. Para mayor detalle, ver numeral 3.1.2.1 de la DIA.

3.2.2. RUIDO

a) Etapa de Construcción

Las principales fuentes generadoras de ruido corresponderán a las maquinarias. Los

impactos sonoros característicos de cada una de estas maquinarias, se presenta en el numeral 3.1.1.4 de la DIA y numeral 2.1 de la Adenda N*2 de la DIA. El movimiento de

maquinaria pesada, se realizará exclusivamente en horario diurno, entre la 8.00 horas a.m y las 18.00 horas p.m.

En el numeral 2.1 de la Adenda N2 de la DIA, se adjunta la evaluación de las emisiones proyectadas, en los puntos de inmisión, que corresponderán a los receptores más cercanos al área de proyecto, todos los puntos presentan cumplimiento de la normativa. Adicionalmente, se llevará a cabo un monitoreo de impacto sonoro de acuerdo a lo indicado en la normativa, para mayor detalle, ver numeral 3.1.1.4.2 de la DIA. Los informes sobre los monitoreos y encuestas serán entregados a la Secretaría Regional Ministerial de Salud Región de Coquimbo, a más tardar 15 días después del término de los monitoreos, con copia al Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Coquimbo.

b) Etapa de Operación

Las principales fuentes de emisión de ruido durante esta etapa serán los equipos propios del proceso de operación de la planta, los que en su mayoría se encontrarán dentro del galpón central. Dentro del edificio de máquinas el nivel de inmisión de ruido será de 50 AB(A). Además, el edificio tendrá un fuerte efecto atenuante para la propagación del impacto sonoro, dado que contará con aislantes térmicos, que generarán también un efecto de aislamiento acústico (>20 dB (A)).

Además, se plantará una pantalla de olivos en el área de la almazara, que ayudará adicionalmente a aplacar impactos sonoros.

Adicionalmente, se llevará a cabo un monitoreo de impacto sonoro de acuerdo a lo indicado en la normativa, para mayor detalle ver numeral 3.1.1.4.2 de la DIA. Los informes sobre los monitoreos y encuestas serán entregados a la Secretaría Regional Ministerial de Salud Región de Coquimbo, a más tardar 15 días después del término de los monitoreos, con copia al Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Coquimbo.

Las características típicas de la emisión de ruido de la almazara se describen en el numeral 3.1.2.4 de la DIA y numeral 2.1 de la del Adenda N, de la DIA.

3.2.3. RESIDUOS SÓLIDOS a) Etapa de Construcción

A continuación, se presenta un resumen del tipo y cantidad de residuos sólidos que se generarán durante la etapa de construcción del proyecto:

Tabla N*2: Resumen Generación de Residuos Etapa de Construcción

Tipo de e E E á A Residuo Descripción Cantidad Manejo Disposición Final e contará con se o Eu A cargo de una empresa contenedores se ar Papeles y Criar especializada del rubro Sólidos e distribuidos por A y envolturas de 52 kg/día ] que trasladará los Domésticos alimentos. toda el área de residuos hacia el relleno : construcción, con sanitario municipal cierre hermético. pal. Material de E Retiro de acuerdo | Disposición en los E d 2.660 m a frecuencia de | terrenos agrícolas 5 xcavaciones. E Eco ; Sólidos generación diaria. | colindantes. Industriales Generado por . S empresa Empresa e Peligr: Materiales eligrosos Embalaje de proveedora de | proveedora de ready santiado z las maquinaria. pal. maquinarias.

ZAS A Ei Dye . y a.1) Residuos sólidos domésticos: estos residuos se generarán en las áreas de ÁS

“y comedor. En el Anexo N*22 de la DIA, se adjunta el certificado de recepción df aj

SEN REGIONAL Ao,

NSY

residuos. Para mayor detalle, ver numeral 3.1.1.2.2 de la DIA y numeral 4.2 del Adenda N2 de la DIA.

a.2) Residuos sólidos industriales no peligrosos: el retiro del material de excavación se realizará en la medida en que se genere, es decir, se carga este material directamente desde la excavadora a camiones, que los depositarán en los terrenos declarados. La frecuencia variará por día, según ritmo de los trabajos realizados. En el Anexo N14 de la DIA, se adjunta análisis de suelos del área del proyecto, que corresponderá a la composición del material excavado. Además, en el Anexo N2 del Adenda N*%1 de la DIA, se adjunta autorización para la disposición de los materiales de excavación.

Los proveedores que instalarán las maquinarias, retirarán los materiales de embalaje. Su disposición se realizará por una empresa especializada del rubro hacia el relleno sanitario municipal. Para mayor detalle ver Anexo N22 de la DIA y numeral 4.2 del Adenda N2 de la DIA.

b) Etapa de Operación

A continuación, se presenta un resumen respecto de la cantidad y tipo de residuos sólidos generados por el proyecto durante la etapa de operación:

Tabla N*3: Resumen Generación de Residuos Etapa de Operación

Tipo de NI : 3 A SER ES Residug Descripción | Cantidad Manejo Disposición Final ll

ear" as” . Gantenedores O

e 12 kg/día con cierre | Relleno sanitario municipal. Domésticos | de it

í hermético. alimentos.

Sólidos Cuescos. de 40 día de | Cuescos: reutilizados como combustible en la Industriales aceÍtuna cuescos y 5|caldera de la planta. Las cenizas serán no cenizas y litros/temporada | depositadas en los terrenos agrícolas de forma Peligrosos z de cenizas. inmediata.

b.1) Residuos sólidos domésticos: la frecuencia de retiro será dos veces por semana. Para mayor detalle, ver numeral 4.3.3.1 del Adenda N*1 de la DIA.

b.2) Residuos sólidos industriales: se generarán cuescos de aceitunas. El numeral 4.3.3.1 del Adenda N%1 de la DIA, presenta la cantidad generada por temporada de cuescos. Los cuescos, constituyen un material altamente apreciado por su alto poder calorífico. Para mayor detalle, ver Anexo N6 de la DIA.

3.2.4. RESIDUOS LÍQUIDOS a) Etapa de Construcción

Durante esta etapa se instalarán baños químicos en las cantidades indicadas en los artículos 23 y 24 del Decreto Supremo N*594/1999 del Ministerio de Salud. Los baños químicos se usarán sólo en forma transitoria durante los cuatro meses de construcción del proyecto. Su descarga será encargada a una empresa especializada y autorizada del rubro. Se levantará registro, sobre la disposición de estos. Para mayor detalle, ver numeral 3.1.1.3 de la DIA.

b) Etapa de Operación

Para esta etapa se producirán residuos industriales líquidos, provenientes del lavado de aceituna, consistentes en aguas con componente de polvo y tierra. Estos serán utilizados directamente en el riego de caminos y de los olivos que se plantarán alrededor de la almazara.

Además, se generarán efluentes del proceso de desengrase por lavado de equipos, que contendrán entre un 0,3 y 0,5% de residuos de aceite de oliva. Estos serán tratados en un sistema compacto de separación de aceite y grasas. Para mayor detalle, ver Anexo N*23 de la DIA. Las aguas ya tratadas se utilizarán en el riego de caminos y en las plantaciones de olivos, tanto en el área de la almazara, como en el predio vecino de cultivos de olivos. En el Anexo N98 de la DIA, se presenta la autorización de la empresa relacionada, para la disposición de estos efluentes tratados en sus terrenos. Los lodos generados en el proceso del desengrase de equipos (140 litros/semana), serán entregados a un servicio especializado y autorizado para su disposición final. La frecuencia de retiro será semanal. Se levantará registro sobre las descargas de lodos y su entrega a la empresa especializada.

Por otro lado, se generarán aguas servidas de los servicios higiénicos contemplados en el proyecto (120 m%/año), las cuales se tratarán en una planta de tratamiento de aguas servidas. Para mayor detalle, ver Anexo N10 de la DIA. El efluente de la planta de tratamiento (1.320 litros/día), será utilizado en el riego de los caminos, cumpliendo este efluente con los límites de calidad de aguas establecidos por la Norma Chilena 1.333, para aguas de riego, para mayor detalle, ver Anexo N4 del Adenda N%1 de la DIA. Los lodos provenientes de la planta de tratamiento de aguas servidas, serán tratados con un sistema de digestión y descargados por una empresa especializada y autorizada del rubro. Se levantará registro, en las oficinas del área de instalación de faenas sobre la frecuencia, cantidad y destino de los lodos provenientes de la planta de tratamiento de aguas servidas.

La cantidad de residuos industriales líquidos generados en la etapa de operación se detalla en el numeral 4.2.2.2 del Adenda N?1 de la DIA.

Para mayor detalle en el manejo de efluentes líquidos, ver numeral 3.2.2.1.2 de la DIA, Anexo N*20 de la DIA y numeral 4.2.2.2 de la Adenda N?2 de la DIA.

  1. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Almazara del Pacífico” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable.

  2. Que, para que el proyecto pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables:

5.1. Control de Emisiones a la Atmósfera

. Decreto Supremo N*144/61 del Ministerio de Salud. Norma para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza.

. Decreto Supremo N*138/05 del Ministerio de Salud. Obligación de Declarar

Fuentes de Emisión de Contaminantes Atmosféricos.

Forma de cumplimiento: el proyecto emitirá material particulado durante la etapa de construcción y operación del proyecto, debido principalmente al tránsito de vehículos por los caminos, movimientos de tierra, entre otros. Para mayor detalle de la forma de cumplimiento, ver literales a) y b) del numeral 3.2.1 de la presente resolución y numeral

4.2 de la DIA.

5.2, Ruido

. Decreto Supremo N”146/98 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados Por Fuentes Fijas.

Forma de cumplimiento: las principales fuentes generadoras de ruido serán los equipos propios del proceso de operación de la almazara, los que en su mayoría se po dentro de la nave central. Para mayor detalle, ver literales a) y b) del numeral 3.2. z POS presente resolución, Capítulo VI de la DIA y Anexo N1 del Adenda N2 de la DIA. (5)

O, ON le eos 0 £

DIRECCIÓN REGIONAL

10

53, Residuos Sólidos

. Decreto con Fuerza de Ley N*725/68 del Ministerio de Salud. Código Sanitario. . Decreto Supremo N“594/99 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre

Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Forma de cumplimiento: los residuos sólidos domésticos se manejarán en contenedores herméticos, luego serán retirados por una empresa especializada del rubro, hacia el relleno sanitario municipal. Mientras que los residuos industriales no peligrosos (cuescos y cenizas), serán reutilizados como combustibles sólidos y aportados a las plantaciones de olivos, respectivamente. Para mayor detalle de la forma de cumplimiento, ver numeral 4.3.3.1 del Adenda N%1 de la DIA y literales a) y b) del numeral 3.2.3 de la presente resolución.

5.4. Residuos Líquidos y Aguas Servidas

. Decreto Supremo N*594/99 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los lugares de trabajo.

Forma de cumplimiento: durante la etapa de construcción y operación se generarán aguas servidas. Además, durante la etapa de operación se generarán residuos industriales líquidos, provenientes del lavado de aceituna y efluentes del proceso de desengrase por lavado de equipos. Para mayor detalle de la forma de cumplimiento, ver literales a) y b) del numeral 3.2.4 de la presente resolución y numeral 6.2.1.3 de la DIA.

5.5. Patrimonio Cultural . Ley N*17.288 del Ministerio de Educación. Monumentos Nacionales.

Forma de cumplimiento: no existe presencia de monumentos nacionales, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigúedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenezcan al patrimonio cultural. Se dará cumplimiento a la normativa, instruyendo al personal para detener las obras y dar aviso a la supervisión de la faena, en caso que durante las faenas de excavación para la ejecución de las obras se encontrasen ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico. Se comunicará el hallazgo al Gobernador Provincial, de acuerdo a lo dispuesto en la normativa antes indicada. Para mayor detalle de la forma de cumplimiento, ver Anexo N*18 de la DIA y numeral 3.7 del Adenda N%1 de la DIA.

5.6. Recursos Naturales

. Ley N*19.473/1996 del Ministerio de Agricultura. Ley de Caza y su Reglamento el Decreto Supremo N? 05/1998 y modificaciones posteriores.

Forma de cumplimiento: se contempla dentro del proyecto, la captura para relocalización de ejemplares de Liolaemus nigromaculatus, en terrenos donde se construirá la almazara.

Se realizarán dos capacitaciones para el personal de terreno, una al inicio de la fase de construcción y otra al inicio de la fase de operación. Para mayor detalle, ver numeral 6.6.1.1 de la DIA y numeral 1.4.4.2 del Adenda N*1 de la DIA.

En el numeral 1.4.4.3 del Adenda N?1 de la DIA, se presenta el registro de la capacitación al inicio de la etapa de construcción, considerando que ya se dio inicio a esta etapa, además del contenido de la capacitación (Anexo N* 9 del Adenda N%1 de la DIA).

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  1. Contaminación Lumínica

. Decreto Supremo N”686/99 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica.

Forma de cumplimiento: las luminarias que se instalarán en el proyecto estarán certificadas y su emisión lumínica será menor a los límites máximos establecidos en el presente decreto. Para mayor detalle ver certificado de cumplimiento de luminarias y del instalador en Anexo N*13 del Adenda N%1 de la DIA. Además, se entregará el TE 1 (Trámite Eléctrico), una vez terminado y recepcionado el montaje eléctrico, a la autoridad competente.

  1. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Almazara del Pacífico” requiere los Permisos Ambientales Sectoriales 90, 91, 94 y 99, contemplados en el Decreto Supremo N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Le Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N*19.300 y, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Almazara del Pacífico” no generaría ni presentaría ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

  1. Que, el titular del proyecto deberá informar de inmediato y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo, una vez constatada, ya sea por medios visuales o instrumentales, la ocurrencia de cualquier hecho, circunstancia, accidente y/o contingencia, previstas o no, y sus posibles efectos o impactos ambientales. El titular deberá implementar e informar a esta Comisión las medidas provisorias o definitivas necesarias para controlar, evitar y/o detener estos efectos o impactos. Asimismo, deberá coordinar con los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental, la implementación de las medidas adecuadas para controlar, evitar, detener, restaurar y/o compensar en forma definitiva los efectos o impactos ambientales identificados dentro de un plazo no superior a tres (3) días contados desde la fecha de aviso a la Comisión de Evaluación de los eventos que alude el presente considerando.

  2. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar al Servicio de Evaluación Ambiental Región de Coquimbo, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Organos del Estado con Competencia Ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes cuando éstos lo soliciten, y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

  3. Que, el titular del proyecto deberá informar, inmediatamente, a la Comisión de Evaluación Región de Coquimbo, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

  4. Que, la DIA, sus respectivas Adenda y el Informe Consolidado de Evaluación se consideran oficiales y partes integrantes de la presente Resolución, por lo tanto, todas las medidas y acciones señaladas en dichos documentos se consideran asumidas por el titular, el que se obliga a su cumplimiento, en lo que corresponda y a las modificaciones a que quede sujeto por la presente Resolución.

  5. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a, Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo, la individualización de cambio ¿titularidad o domicilio. S

DIRECCIÓN REGIONAL

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  1. Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

  2. Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo.

RESUELVE:

  1. CALIFICAR AMBIENTALMENTE FAVORABLE la DIA del Proyecto “Almazara del Pacífico”, presentada por el Sr. Andrés Vaccaro Buscaglia, en representación de Almazara del Pacífico S.A.

  2. CERTIFICAR, que el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable y que no generaría, ni presentaría ninguno de los efectos, características O circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N*19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales de los artículos 90, 91, 94 y 99 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  3. Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, contemplado en el artículo 20 de la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente, en el plazo y ante quien corresponda según las disposiciones del citado artículo.

_Notifíquese y Archívese

“SERGIO: GAHONA SALAZAR ndente Región de Coquimbo Presidente Comisión de Evaluación Región de Coquimbo

Director gional

ía Comisión de Evaluación nro E /

Distribución:

Sr. Andrés Vaccaro Buscaglia, Representante legal de Almazara del Pacífico S.A. Sres. Miembros de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo. Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo

Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo.

Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo.

Servicio Nacional de Turismo, Región de Coquimbo.

Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Coquimbo.

Consejo de Monumentos Nacionales.

Superintendencia de Servicios Sanitarios.

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. Ilustre Municipalidad de Ovalle. + Gobierno Regional Región de Coquimbo.

C/e: + Expediente de evaluación del proyecto “Almazara del Pacífico”. + Archivo Comisión de Evaluación Región de Coquimbo.