Evaluación SEA

Mejoramiento Tecnológico Planta Stericycle

Rol 5225046
SEA · DIA · Aprobado · 2011-01-10 · Región Metropolitana de Santiago · Procesos Sanitarios SpA

REPÚBLICA DE CHILE _ COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto "Mejoramiento Tecnológico Planta Stericycle "

Resolución Exenta N* 351

Santiago, 24 de Agosto de 2011 VISTOS:

Lo dispuesto en la Ley N” 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994, modificada por la Ley N 20.417, publicada en el Diario Oficial el 26 de Enero de 2010 y en el Decreto Supremo N 95/01, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 7 de Diciembre de 2002; en la Resolución N 1600/08 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; en la Resolución Exenta N 71, de fecha 1 de Julio de 2011 de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación, y en las demás normas jurídicas que rigen la materia.

La Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Mejoramiento Tecnológico Planta Stericycle”, localizado en la comuna de Quilicura, sometido por su titular Procesos Sanitarios S.A, al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, los cuales se contienen en los siguientes documentos: Oficio N 139 del Gobierno Regional, Región Metropolitana, de fecha 27/01/2011; Oficio N 69 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 31/01/2011; Oficio N% 951 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, de fecha 03/02/2011; Oficio N 093 de la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente, Región Metropolitana, de fecha 03/02/2011; Oficio N 991 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, de fecha 01/02/2011; Oficio N 3943 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, de fecha 19/05/2011; Oficio N 454 de la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente, Región Metropolitana, de fecha 20/05/2011; Oficio N 391 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 20/05/2011; Oficio N 558 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 20/07/2011; Oficio N* 5910 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, de fecha 22/07/2011.

El Acta de Evaluación del Comité Técnico de la Región Metropolitana de Santiago, de fecha 1 de agosto del año 2011.

El Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Mejoramiento Tecnológico Planta Stericycle”.

Los demás antecedentes que constan en el expediente de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Mejoramiento Tecnológico Planta Stericycle”.

El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, de fecha 11 de agosto del año 2011.

CONSIDERANDO:

Que, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago debe velar por el

cumplimiento de todas las normas y requisitos ambientales aplicables al proyecto “Mejoramiento Tecnológico Planta Stericycle”.

Que, el derecho del titular del proyecto “Mejoramiento Tecnológico Planta Stericycle”, a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y a las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado, cuando corresponda otorgar tales permisos.

Que, según lo señalado en la Declaración de Impacto Ambiental, en sus anexos, Adenda N' 1 y Adenda N“2, los cuales forman parte integrante de la presente resolución, el proyecto “Mejoramiento Tecnológico Planta Stericycle”, consiste en el mejoramiento tecnológico de la planta de Stericycle de Quilicura, actualmente se dedica a la recepción, traslado desde el punto de generación, clasificación, almacenamiento, tratamiento y eliminación de residuos, mediante los procesos de autoclavado, incineración y trituración. Específicamente el proyecto considera las siguientes mejoras: generar un proceso de autoclavado controlado y más eficiente para cumplir con el punto 3 del Art. 28 del D.S 06/2009 del MINSAL que aprueba “Reglamento Sobre Manejo de Residuos de Establecimientos de Atención de Salud (REAS)”. Para ello se reemplazarán los actuales autoclaves (2) por uno de mayor capacidad, con un sistema de control automático y

registros de los procesos. Adicionalmente, y para suplir los requerimientos de vapor del nuevo autoclave, se considera una nueva caldera de vapor de media presión que producirá 1,5 ton/h de vapor con gas licuado de petróleo que reemplazará a la existente. Para el proceso de incineración de diversos residuos, se mejorará el actual Sistema de Control de Emisiones para cumplir con Art. 3* del D.S. 45/2007. El proyecto contará con un sistema de monitoreo continuo directo que permita cumplir con la normativa vigente, Art. 5” del D.S. 45/2007, del Minsegpres, que establece “Norma de Emisión de Incineración y Coincineración”. Las modificaciones corresponden a la eliminación de varios equipos que están en el actual sistema de abatimiento en seco (Ciclón, Filtro de mangas, Filtro de carbón activado y lavador de gases) siendo reemplazados por un sistema de abatimiento húmedo, el que contará con un enfriador de gases, torre de absorción, filtro Venturi, scrubber y demister, que permitirán cumplir con la normativa.

3.1 Ubicación.

El proyecto se emplaza en Cerro El Roble 9661, Parque Industrial El Portezuelo, comuna de Quilicura, Santiago, Región Metropolitana.

Según certificado de informaciones previas entregado por la Ilustre Municipalidad de Quilicira, el sitio del proyecto se define como Zona Industrial Exclusiva, de acuerdo al Plan Regulador Comunal de Quilicura.

Las coordenadas UTM (WGS-84) referenciales en las que se desarrollará el proyecto son:

¡Coordenada Norte (m) ¡Coordenada Este (m) 6.309.914 (839.928

3.2 Fases del Proyecto.

a. Fase de Construcción:

La fase de construcción incluye: desmantelamiento de equipos existentes, obras civiles y estructuras, el montaje de equipos y sistemas auxiliares, comisionamiento y puesta en marcha de los diversos equipos, limpieza del área de trabajo e instalaciones de contratistas. La duración aproximada de esta etapa será de 6 meses.

Previo a lo indicado, la empresa de construcción y montaje seleccionada debe ejecutar las instalaciones provisorias de faena que requerirá para la ejecución de las obras contratadas, personal y los equipos para la construcción.

Las actividades contempladas en esta fase son las siguientes: Instalación de Faenas: Contempla la instalación de faenas en terrenos propios de la Planta

Stericycle, para lo cual se habilitará un sector para guardar los equipos, y se dispondrán oficinas provisorias en containers y taller de mantención.

Las áreas de almacenamiento de las faenas de construcción estarán localizadas en terrenos del proyecto, y darán cumplimiento a las exigencias establecidas en el D.S. N*594/99, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Los servicios higiénicos a utilizar por el personal de construcción serán los baños de las instalaciones existentes en Stericycle.

Los baños de la planta industrial están conectados al sistema de red de alcantarillado del sector de Quilicura.

Desmantelamiento de equipos: Serán sacados desde sus fundaciones y soportaciones los actuales equipos a reemplazar, entre los cuales se cuentan:

Antigua caldera Antiguos autoclave Ciclón

Filtro de mangas

Filtro de carbón activado Lavador de gases Extractor de tiro forzado

Obras civiles y estructuras: Las obras civiles a ejecutar son de mínima intervención y se refieren principalmente al reforzamiento con hormigón de los sectores desde donde fueron retirados los equipos existentes y siempre y cuando sea necesario. No se contempla tampoco la construcción de nuevos galpones ni edificios, utilizándose las instalaciones existentes para albergar a los nuevos equipos.

Montaje electromecánico: Consiste en la instalación de los distintos equipos eléctricos y mecánicos en sus ubicaciones definitivas, la colocación de líneas de interconexión de equipos, instalación de líneas de electricidad para circuitos de fuerza, alumbrado y control.

Comisionamiento y Puesta en Marcha: Previamente a la entrada a Operación normal de la planta, los distintos equipos, sistemas y subsistemas del proceso serán probados en forma individual y colectiva de modo de asegurar el correcto funcionamiento de cada uno de ellos durante la operación normal de la planta. Cabe señalar que esta etapa será ejecutada y supervisada por personal de Stericycle USA y por personal de Vapor Industrial, los cuales serán contratados para la instalación de equipos en la planta de Quilicura.

Pruebas de Calibración: Después de lograr una operación estable en el Proceso de Incineración y Sistema de Control de Emisiones, se procederá a realizar muestreos de gases e información de

condiciones operativas necesarias para la base de datos del Sistema de Adquisición de Datos (DAS) que tendrá la planta.

b. Fase de Operación.

La operación de la planta comprende en su primera etapa la recepción de los residuos, clasificación y almacenamiento a la espera del tratamiento a recibir. Los tratamientos a realizar dentro de la planta son los siguientes:

  • Proceso de Incineración
  • Proceso de Autoclavado
  • Proceso de Trituración

5.1

En la siguiente tabla se describen los residuos que se recepcionan, clasifican y su tratamiento correspondiente, realizado en la planta:

Clasificación Sub-Clasificación Tipo de bolsa o | Lugar de | Tipo de REAS contenedor Almacenamiento tratamiento Residuos Residuos genotóxicos Roja inserta en caja de | Zona de residuos | Incineración Peligrosos cartón citotóxicos, almacenados en bins a temperatura ambiente. Residuos farmacológicos | Roja Bodega de fármacos | Incineración área 1. Residuos Residuos patológicos y | Bolsa Amarilla con | Cámara de frío de O a | Incineración Especiales Restos de animales. letras Rojas 2 2 Cc. Son

almacenado en carros con tapas de 700 a 1.000 litros de capacidad con el logo

de bio-peligro. Cultivos y muestras | Amarilla Transparente | Zona de residuos | Autoclavado almacenadas contaminados, almacenados en bins Sangre y productos cm temperatura b ambiente. derivados Cortopunzantes Contenedores en | Zona de residuos | Autoclavado Bolsa Amarilla | contaminados, Transparente almacenados en bins a temperatura ambiente. Residuos Residuos con riesgo | El cliente embala este | Bodega de fármacos | Trituración asimilables a | comercial tipo de residuos en | área 2. domiciliarios bolsas de polietileno y

paletizados

Cc. Fase de Abandono.

La vida útil se estima en 30 años, sin embargo, no está contemplada una fase de abandono,

puesto que se pueden implementar mejoras a los sistemas lo que se determinará en un tiempo de operación indefinido.

Que, sobre la base de lo señalado por el titular en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, en los informes emitidos por los servicios que participaron en el proceso de evaluación, y en el Informe Consolidado de Evaluación, se concluye que el proyecto genera impactos sobre los siguientes componentes ambientales: Aire (emisiones atmosféricas, ruido y olores), Agua (manejo de residuos industriales líquidos), Suelo, y Vialidad Adyacente.

Que, el titular del proyecto deberá hacerse cargo de los impactos ambientales anteriormente señalados mediante la implementación de las siguientes medidas, las cuales, junto con las precisiones establecidas por esta Comisión, son adecuadas para acreditar el cumplimiento de la normativa de carácter ambiental que es aplicable al proyecto:

Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidas a las emisiones atmosféricas, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas: Fase de Construcción.

Previo a la fase de construcción el titular deberá presentar a la Autoridad Sanitaria para su Hi"

aprobación, el proyecto de ingeniería del proyecto, considerando lo siguiente:

Descripción y especificación técnica detallada de todas las modificaciones realizadas al horno de incineración.

Descripción y especificaciones técnicas de los equipos de control de emisiones a considerar, indicando parámetros de operación de los mismos.

Especificación de parámetros de operación como: temperaturas de cámara primaria y secundaria del incinerador, temperatura de trabajo de los demás equipos, caudales de gases a considerar en cada equipo, consumos de combustibles, rangos de presión y temperatura para la apertura del dumper, entre otros.

Incorporar en las especificaciones balances de consumo de combustible.

Planos de construcción y especificaciones técnicas de los equipos y de componentes anexos como sopladores, indicando flujo de aire y presión de trabajo; medidores de temperatura, medidores continuos de flujo de gases (dumper y chimenea), entre otros.

Especificaciones técnicas de los sistemas de control automáticos y de seguridad a considerar, forma de operar y enclavamientos.

Descripción y especificaciones técnicas de los equipos de monitoreo continuo de emisiones para NOx, indicar forma de cumplimiento del Protocolo para Sistemas de Monitoreo Continuo de Emisiones de la Seremi de salud, comprometido en la evaluación del proyecto como referencia, en lo que respecta a calibraciones de los equipos y del sistema completo de medición, consideraciones de calidad, validación de los equipos (Capítulo 5 del protocolo), sistema de cálculo y reemplazo de datos perdidos. En el sistema de cálculo deberá incluir la forma como se realizará la determinación de las concentraciones y emisiones para verificar el cumplimiento de la norma de incineración.

5.1.2 Realizar el transporte de materiales en camiones encarpados mediante carpa de lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería con el objetivo de evitar durante el traslado la caída de materiales y el desprendimiento de polvo.

5.1.3 Humectar todos los materiales que estén en proceso de mezcla y molienda o en caso de realizar cortes y/o procesamientote materiales que pudiesen generar polvo.

5.1.4 Controlar al interior de la obra la velocidad de circulación de vehículos.

5.1.5 Mantener la obra aseada y libre de desperdicios, mediante la colocación de recipientes debidamente localizados e identificados para la disposición de residuos.

5.1.6 Prohibir la quema de materiales y/o residuos.

5.1.7 Mantener aseadas las calles y superficies pavimentadas, interiores y exteriores aledañas al predio del proyecto, para evitar la re-suspensión de polvo.

5.1.8 Dar cumplimiento de medidas preventivas para reducir el polvo generado por las actividades de construcción, incluidas en el “Manual de la Construcción Limpia. Control de Polvo en Obras en

Construcción”. (Cámara Chilena de la Construcción. Comisión de Protección del Medio Ambiente, 1998).

Fase de Operación:

5.1.9 De acuerdo a los días y horas en que el incinerador no se encuentre en operación no deberán ser considerados como mediciones con valores de concentración y/o emisión cero. Es decir, que en la verificación del cumplimiento de normativas se deberán considerar los días y horas en que efectivamente opere y/o genere emisiones el incinerador.

5.1.10 Mantener un registro de la apertura del dumper y de las emisiones directas a la atmósfera, considerando variables como flujo de gases evacuados, duración de las descargas, fecha y hora en que ocurrieron e informar a la Autoridad Sanitaria cuando sucedan. La estimación de estas emisiones se realizarán a través de factores de emisión del AP42 Capítulo 2.3 de la EPA en la condición sin control de emisiones. En las estimaciones deben incluirse, además de las señaladas en la respuesta, todas las emisiones exigidas en la norma de incineración como los metales pesados.

5.1.11 Con respecto a la determinación de la concentración de las emisiones, la ecuación indicada para QE debe ser usada exclusivamente para la estimación de la concentración de las emisiones evacuadas por el dumper, ya que para el caso del monitoreo continuo la concentración se mide directamente por los equipos de medición o monitoreo (generalmente en ppm). Los valores a considerar para el cumplimiento de la norma de incineración (D.S. N*45/2007) son horarios y medios horarios.

5.1.12 Realizar Test de Quema o “Stack Test”, señalado a la carga máxima del horno de incineración y en la peor condición de emisiones, considerando un análisis de las emisiones de acuerdo a los parámetros exigidos en la tabla N1 del D.S.N45/2007 (con métodos discretos de medición señalados en la misma norma) y un análisis de las cenizas generadas en el cual se determinen contenido de metales pesados y compuestos halogenados, COT, y las características de peligrosidad de acuerdo al D.S.148/2004 del MINSAL.

5.1.13 Realizar el muestreo anual con metodología discreta, de todos los contaminantes exigidos en la tabla N*1 del D.S. N” 45/2007 del MINSEGPRES. Estos monitoreos se realizarán en forma anual a plena carga y después de varias mediciones se considerará un análisis al respecto.

5.1.14 Realizar de la prueba de quema, para la incineración, una vez terminada la etapa puesta en marcha de la misma, la cual deberá contemplar la medición discreta de todos los contaminantes exigidos en la tabla N 1 del D.S. N45/2007 del MINSEGPRES. Esta prueba de quema deberá realizarse a plena carga y considerando la utilización de distintos residuos, de forma que represente la peor condición de operación. La prueba de quema debe ir aparejada con un muestreo de metales pesados, compuestos halogenados, compuestos orgánicos, HC aromáticos, cenizas, poder calorífico, entre otros, de los residuos.

5.2 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidas a las emisiones de ruido, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas: Fase de Construcción y Operación.

5.2.1 Cumplir en todo momento con los límites máximos permisibles de ruido, de acuerdo a lo establecido en el D.S. N* 146 de 1997 del Minsegpres; es decir, medidos en el lugar donde se encuentra el receptor del ruido.

Fase de Construcción:

5.2.2 Emplear para las faenas de corte de material que enfrenten a los receptores identificados como A (Empresa Adarcom S.A., ubicada en calle Cerro Blanco N* 9681) y B (Bodega ubicada en calle Cerro San Cristóbal N” 9660) en la evaluación acústica, barreras acústicas modulares portátiles confeccionadas con un elemento constructivo que presente una densidad igual o superior a 660 kg/m', como por ejemplo placas de madera tipo OSB de 15 mm de espesor. Estas pantallas deberán tener una altura mínima de 1,8 m y deberán estar conformadas por 3 hojas de 1,5 m de ancho cada una, y se deberán montar lo más próximo a la actividad emisora en dirección a los receptores. Podrán disponerse de 2 o más unidades conformando una sola pantalla de mayor tamaño. La cara interna de la pantalla (que da hacia la fuente de ruido) deberá estar cubierta por una capa de espuma de poliuretano o fibra de vidrio de al menos 3 cm de espesor y cubierta por una tela tipo arpillera que impida su deterioro, como por ejemplo malla tipo rachel.

5.3.Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidas a las emisiones de olores, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:

Fase de Operación.

5.3.1. Dar cumplimiento al D.S N* 144/61, del Minsal que establece “Norma para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza”.

5.3.2. Implementar un sistema de extracción de gases en el proceso de autoclavado para el control de olores, con los siguientes equipos:

5.3.1. Una campana de extracción que abarque el área del nuevo autoclave. Esta campana será de acero (A34 275), e incluirá filtros retenedores de humedad, tapa cortafuego con conexión a ductos de extracción, de marca Gedesic o similar.

5.3.2. Un extractor de gases del tipo Helicoidal de una capacidad de 10.000 m3/h de marca Gedesic o similar.

5.3.3. Ductos de extracción y singularidades, fabricados de acero galvanizado o zinc-aluminio con sus respectivas soportaciones.

5.3.4. Malla antipájaros.

5.3.5. Generador de ozono, modelo OZONOGEN-2000, de marca Gedesic o similar. Este equipo tendrá una máxima generación de 2.250 [mg/h], con un ventilador de una capacidad de 200 a 300 [m3/h].

5.4 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Agua, referidas al manejo

de residuos industriales líquidos, el titular se obliga a implementar las siguientes acciones: Fase de Construcción.

5.4.1.Durante la operación, se generarán residuos líquidos domiciliarios, los cuales serán evacuados por el sistema de alcantarillado de la empresa sanitaria concesionaria del sector.

5.4.2.Incorporar un intercambiador de calor para que los efluentes de la torre de enfriamiento cumplan con la norma.

5.4.3.Instalar un sistema de enfriamiento de calor para que los efluentes de la torre de enfriamiento, para dar cumplimiento al DS 609/98 del MOP, que “Establece Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Industriales Líquidos a Sistemas de Alcantarillado”.

5.4.4.Dar cumplimiento a la tabla N“4 del D.S. N*609/98, del MOP, modificada por el D.S. N%501/2004, del MOP.

5.4.5.Implementar un sistema de control en línea de temperatura y pH.

5.4.6.Dar aviso a la Superintendencia de Servicios Sanitarios con 90 días de anticipación, el inicio de la operación de su descarga de RlLes, de acuerdo al formato de aviso que se encuentra en la página web www.siss.cl, para que la SISS pueda dictar la Resolución de Monitoreo que aprueba el programa de autocontrol.

5.4.7.Dar cumplimiento a lo establecido en D.S. N* 609 de 21998 del MOP, que “Establece Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Industriales Líquidos a Sistemas de Alcantarillado”.

5.5 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Suelo, referido a la generación de residuos sólidos, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas: Fase de Construcción.

5.5.1 Enviar todos los equipos que no serán reutilizados en el nuevo sistema de control de emisiones a un sitio autorizado (Hidronor) para su disposición final, incluyendo la recepción de los componentes del actual sistema de control de emisiones.

5.5.2 Los excedentes de materiales empleados en la construcción (restos de hormigón, enfierraduras, materiales sintéticos, maderas, etc.), serán dispuestos en sitios autorizados por la Secretaría Ministerial de Salud RM.

5.5.3

5.5.4

5.5.5

5.5.6

5.5.7

5.5.8

5.5.9

Informar a la Autoridad Sanitaria, previo al inicio de las faenas, específicamente el lugar seleccionado para la disposición de dichos residuos. Esta condición formará parte del contrato de obras que se establezca con la empresa que ejecute la construcción del proyecto.

En caso de que existan acopios temporales de áridos, cubrir con materiales impermeables como lonas o polietilenos y humectarlos, a fin de reducir polvo en suspensión, para no afectar la salud de los trabajadores. Además se evitará mantener acopios temporales de áridos o excedentes de la construcción, disponiendo en lugares autorizados.

Fase de Operación.

Con respecto a los residuos “lodos” originados en las distintas descargas (purgas) de los equipos de control de emisiones del proceso de incineración, en especial del equipo “Demister”, dar cumplimiento con el D.S. N” 148/03 del Minsal, que aprueba Reglamento Sanitario sobre el Manejo de Residuos Peligrosos.

Entregar un informe trimestral de las “purgas” de los equipos de control de emisiones a la Autoridad Sanitaria, que muestre las variables de T” en cada equipo de manera de poder demostrar la eficiencia de los equipos de tratamiento de gases considerados.

No compactar los residuos cortopunzantes en conjunto con otros de tipo especial después de su tratamiento en el autoclave, para evitar la posible rotura de los contenedores y la dispersión de su contenido, por lo que serán enviados de manera directa a rellenos sanitarios autorizados, evitando su paso por la estación de transferencia.

Al momento de tramitar la Autorización Sanitaria correspondiente, se deberá remitir a la Secretaría Regional Ministerial Salud RM, una nueva caracterización de las cenizas del proceso de incineración realizada por un laboratorio autorizado, considerando las metodologías establecidas en la Resolución Exenta N* 292/05 del Ministerio de Salud.

En caso que las cenizas posterior a su análisis sean catalogadas como no peligrosas y puedan disponerse en una instalación autorizada para el manejo de residuos asimilables a domiciliarios, se caracterizarán anualmente a través de un Test de Lixiviación por Toxicidad según método EPA- 1311, a objeto de acreditar la compatibilidad de este residuo con el destinatario elegido, información que se remitirá a la Autoridad Sanitaria una vez al año, en el informe trimestral que coincida, relativo a la tasa de eliminación de desechos especiales, en el marco del cumplimiento del Art. 27 punto N 7 del D.S. N 06/09 del MINSAL, Reglamento Sobre Manejo de Residuos de Establecimientos de Atención de Salud.

5.5.10El manejo de los residuos provenientes de establecimientos de atención de salud al interior de la

instalación, se deberá ajustar en todo momento a las exigencias establecidas en el D.S N* 06/09 Reglamento Sobre Manejo de Residuos de Establecimientos de Atención de Salud del MINSAL, publicado en el Diario Oficial con fecha 04 de diciembre de 2009.

5.5.11Para el caso de residuos industriales no peligrosos y asimilables a domiciliarios, entre otros, los

desechos especiales autoclavados y las cenizas del proceso de incineración si se acredita a través análisis de laboratorio su no peligrosidad, se deberá solicitar la autorización sanitaria para disponer estos residuos en un sitio de disposición final, el cual debe estar debidamente autorizado por la Autoridad Sanitaria Regional. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en el D.S. N* 594, de 1999, del MINSAL, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Para el caso específico de la eliminación de los residuos peligrosos, el titular deberá dar cumplimiento a lo indicado en el D.S. N” 148, de 2003 del MINSAL, que aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, enviando cada uno de estos materiales a lugares autorizados.

5.5.12Dar cumplimiento a lo establecido en D.S. N” 148, de 2003 del Minsal, que Reglamento Sanitario

Sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

5.5.13Dar cumplimiento el D.S N* 78/09, del Minsal, que aprueba Reglamento de Almacenamiento de

Sustancias Peligrosas.

Que, en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas se señalaron los requisitos para el otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar el cumplimiento del Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 93, del D.S. N” 95 de 2001, del Minsegpres, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, que corresponde al permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basura y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. N 725 de 1967, Código Sanitario.Al respecto, la Seremi de Salud RM, mediante Ordinario N* 5910 de fecha 22 de Julio de 2011, se

pronunció conforme con los antecedentes presentados, otorgado el referido permiso ambiental sectorial.

Que, en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, se señalaron los requisitos para el otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar el cumplimiento del Permiso Ambiental Sectorial Artículo 94del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N 95 de 2001, del Minsegpres, que corresponde al permiso para la calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2 del D.S. N 47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y Construcciones. Al respecto, la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, mediante Ord. N* 5910 de fecha 22 de Julio de 2011, se pronunció conforme, calificando la actividad de “Molesta”, de acuerdo a las siguientes condiciones establecidas para la fase de operación del proyecto.

Los antecedentes presentados en el proceso de evaluación son los siguientes:

Operación: El proyecto consiste en el mejoramiento tecnológico de la Planta de Stericycle de Quilicura, que se dedica a la recepción, traslado desde el punto de generación, clasificación, almacenamiento, tratamiento y eliminación de residuos, mediante los procesos de autoclavado, incineración y trituración. Al respecto, específicamente el nuevo proyecto considera las siguientes mejoras: busca generar un proceso de autoclavado controlado y más eficiente para cumplir con el punto 3 del Art. 28 del REAS del 2009. Para ello se reemplazarán los actuales autoclaves (2) por uno de mayor capacidad, con un sistema de control automático y registros de los procesos. Adicional a esto y para suplir los requerimientos de vapor del nuevo autoclave, se considera una nueva caldera de vapor de media presión que producirá 1,5 ton/h de vapor con gas licuado de petróleo que reemplazará a la existente. Para el proceso de incineración de diversos residuos, es necesario mejorar el actual Sistema de Control de Emisiones para cumplir con Art. 3? del D.S. 45/2007. El proyecto apunta a contar con equipos dimensionados, con una lógica de control adecuada, e insertar un sistema de monitoreo continuo directo que permita cumplir con la normativa vigente (Art. 5” del D.S. 45/2007). Las modificaciones corresponden a la eliminación de varios equipos que están en el actual sistema de abatimiento en seco (Ciclón, Filtro de mangas, Filtro de carbón activado y lavador de gases) siendo reemplazados por un sistema de abatimiento húmedo, el que contará con un enfriador de gases, torre de absorción, filtro Venturi, scrubber y demister, que permitirán cumplir con la normativa.

La Planta de Stericycle cuenta y contará con servicio de transporte para los residuos procesados en su actividad y otros que tienen otros destinos autorizados.

La mantención habitual de los camiones se realiza cada 5.000 km, en las instalaciones de la empresa autorizada Díaz 8 Díaz.

Mano de obra: 30 personas máximo.

Horarios de la jornada laboral y turnos:

En la planta se realizan 3 turnos de Lunes a Viernes: Turno 1: de 07:00 a 15:00 hrs., Turno 2: de 15:00 a 23:00 hrs. y Turno 3: de 23:00 a 07:00 hrs.

El personal de transporte trabaja en sistema de 2 turnos, siendo estos: Turno 1: de 07:30 a 16:30 hrs. de Lunes a Viernes y el Sábado de 07:30 a 13:30 hrs. y el Turno 2: de 08:30 a 18:30 Hrs., de Lunes a Viernes.

El personal de administración trabaja de lunes a viernes, de 08:30 a 18:30 hrs,

Superficies: terreno: 3759 mí, construida: 1598,48 m?, galpón 1: 432 mí, galpón 2: 838 m?, bodegas: 461,3 m?, oficinas: 328, 48 m* y áreas verdes: 654, 7m?.

Características de la construcción: La Planta de Stericycle cuenta con un cierre perimetral diseñado con una pandereta de hormigón de 228 m.

La portería de control de albañilería de ladrillo confinada con pilares y cadenas de hormigón armado y techumbre de losa de concreto y portón con corredora.

Planta de estacionamiento de vehículos livianos de hormigón armado.

Área de recepción de camiones.

Edificio Administrativo y oficinas: Construído de albañilería de ladrillo y hormigón armado, con pilares, cadenas, vigas y lozas de concreto armado, constituido de dos pisos. Este edificio posee área de recepción, sala de reuniones, una cocina, casino, baños y duchas.

Edificio Planta: Constituido por un galpón de acero, con pilares compuestos reticulados de perfiles de acero y cerchas de techumbre de igual material. El edificio posee muros de 2,4 m de alto de ladrillo fiscal, dejándolos al exterior al descubierto y al interior, estucados y afinados para facilitar la limpieza, la altura restante hasta alcanzar los 7 m, se cierra con plancha galvanizadas fijas a la estructura mediante costaneras y montantes. La cubierta del galpón es de planchas de acero galvanizada onda estándar, alternadas con plancha translúcida, y recubiertas interiormente con una barrera de vapor, tipo Tyvek o similar, las planchas se apoyan en costaneras de perfiles de acero fijas a las cerchas. Los pisos son de hormigón armado. El edificio esta constituido por una sala de control ubicada en un altillo, un pañol de materiales, un área de proceso del incinerador y un área de autoclavado.

Zona de Bodegas: Diseño idéntico al Edificio Planta. Esta área está subdividida en: bodega de fármacos, bodega de materiales, bodega de residuos citotóxicos, bodega de residuos contaminados, bodega de cartones, bodega de cenizas, bodega de bolsas, bodega de EPP, bodega de pinturas y solventes, área de trituración, área de transito para preparar bolsas de autoclavado y área de cámara de frío. La altura de los muros es de 6 m y la altura máxima es de 8 m. Zonificación de la actividad y del entorno: Zona IV, según D.S. N* 146/97 de MINSEGPRES. Vecinos Colindantes: al Norte: Industria, al Sur: Industria, al Oriente: Bodega y al Poniente: Calle. Maquinarias: 1 incinerador rotatorio, 1 autoclave, 1 generador de vapor, 1 triturador y grúas horquillas.

Capacidad de equipos: El proceso de incineración trata hoy 46 ton/mes (2011) y proyecta tratar 51,8 ton/mes en el año 2015. El proceso de autoclave trata hoy 82 ton/mes (2011) y proyecta tratar 92,3 ton/mes en el año 2015 y el nuevo triturador espera tratar 2 ton/hr de residuos. Almacenamiento: El almacenamiento de los envases sucios o ya utilizados y los envases limpios o

huevos es y será separado, teniendo cada uno de ellos un lugar específico y señalizado en la actividad.

Medidas de control:

Riesgos: La actividad cuenta con un Manual de Prevención de Riesgos cuyo objetivo general es prevenir los accidentes y enfermedades laborales. Además, el Manual señalado contiene un Programa de Prevención de Riesgos Profesionales, un Plan de Contingencias para el Transporte de Residuos y un Plan de Emergencias, donde se describen los responsables y medidas de acción ante un incidente.

Incendios:

a) Extintores Portátiles: contará con 12 extintores PQS distribuidos de acuerdo a la superficie a construir y riesgos. Los extintores se ubicarán en sitios de fácil acceso y clara identificación, libres de cualquier obstáculo, y estarán en condiciones de funcionamiento máximo. Se colocarán a una altura máxima de 1,30 metros, medidos desde el suelo hasta la base del extintor y estarán debidamente señalizados. La actividad cuenta con trabajadores capacitados en el uso y manejo de extintores; b) Red Húmeda: La planta cuenta con una red húmeda compuesta por un Estanque de 15.000 litros, con una bomba de 10 HP. Está compuesta por tres gabinetes AR-600 y contará con un carrete de ataque rápido mayor que el actual de 30 m de alcance. c) Sistema de Detección de Incendios: La Planta de Stericycle cuenta con un sistema detección de incendio, con 12 sensores de humo distribuidos en lugares estratégicos de almacenamiento de productos y una central de monitoreo marca KILSEN. Olores molestos: El titular informa que el nuevo autoclave para el control de olores molestos contará con una campana con extracción de tiro forzado de 200 a 300 m3/h y sistema de inyección de ozono con una generación máxima de 2250 mg/h. Residuos orgánicos y otros que generan malos olores:

  • Se almacenarán en la cámara frigorífica.
  • No serán expuestos a condiciones ambientales como altas temperaturas, lluvias, entre otros.
  • Los residuos serán manipulados en bolsas y recipientes resistentes y debidamente señalizados y diferenciados, evitando así emanaciones de posibles olores.
  • Las camionetas, maquinaria y trituradora, serán lavadas periódicamente evitando generación de olores.
  • Luego de ser tratados los residuos serán dispuestos en un Relleno Sanitario Autorizado.
  • No existen viviendas en las inmediaciones del terreno, evitando así posibles molestias. Ruidos: Los niveles de presión sonora no deberán exceder los 70 dB (A) lento, de acuerdo al D.S. N? 146/97 del MINSEGPRES. Material Particulado y Emanaciones: La Planta de Stericycle contará con un sistema de control de emisiones renovado que considera las siguientes partes: Torre de Pre-Enfriamiento, Torre de Enfriamiento, Lavador de gases, Venturi y Demister y Ventilador de Tiro Forzado. Se realizará monitoreo continuo de Material Particulado, Monóxido de Carbono, Óxidos de Nitrógeno y Dióxido de Azufre. Se realizará monitoreo discreto de Material Particulado, Dióxido de Azufre, Óxidos de Nitrógeno, Carbono Orgánico Total, Monóxido de Carbono, Cadmio y sus compuestos, Mercurio y sus compuestos, Berilio y sus compuestos, Plomo + Zinc y sus compuestos, Dioxinas y Furanos, entre otros. Efluentes Líquidos: El sistema de descargas de efluentes líquidos considera un flujo de 2,5 m3/hr y contará con una nueva torre de enfriamiento, la cual permitirá cumplir con el D.S. N 609/98 del MOP. Transporte: La actividad cuenta Plan de Contingencia para el Transporte de Residuos siendo esta una guía de los procedimientos a seguir por los conductores en el caso de producirse una emergencia durante el transporte de residuos desde y hacia la planta con el fin de evitar impactos que afecten a la comunidad. La gerencia coordina este plan y el personal debe estar capacitado sobre el mismo. Entre otros aspectos, el plan considera las acciones a seguir en el caso de la producirse lesiones, choque o colisión de camionetas, volcamiento de camionetas con derrame de líquidos, incendio de camionetas, pérdida y/o derrame de desechos biopeligrosos y farmacológicos, entre otros. Vectores Sanitarios: El control es realizado por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud R.M. Instalación Eléctrica: Certificado de Inscripción de Instalación Eléctrica TE 1 N 368778/10 de la SEC. Instalaciones de GLP: Certificado de Central de Gas Licuado de Petróleo y Red de Distribución de GLP en Media Presión TC 2 N 512505/11 y Certificado de Instalaciones Interiores Industriales de Gas TC 7 N 518493/1, ambos del SEC. Flujo vehicular: Cada día salen cinco camiones de Stericycle que cumplen con las rutas dentro y fuera de Santiago, realizando dos viajes diarios como máximo, los recorridos son para proveer de materiales a los generadores y retirar los residuos. Para el traslado de los tambores con ceniza proveniente del incinerador, Stericycle posee un camión que cuenta con el respectivo permiso para trasladar este tipo de residuos hacia la planta de disposición, como se ha mencionado.

Insumos: Agua potable y Alcantarillado: Factibilidad positiva otorgada por la empresa Explotaciones Sanitarias S.A.

Electricidad: El proyecto no contempla la generación de energía, ya que ésta es obtenida de la empresa distribuidora local.

Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas del proyecto. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo el acceso a sus diferentes partes y componentes cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la

Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para controlarlos y hacerse cargo de ellos.

  1. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito, al Servicio de

Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, los cambios de titularidad, domicilio o del representante legal.

  1. Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de

responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas directamente por éste o a través de un tercero.

  1. Que, en atención a todo lo señalado con anterioridad, puede concluirse que los impactos

ambientales del proyecto “Mejoramiento Tecnológico Planta Stericycle”, se ajustan a la normativa de carácter ambiental vigente, y que el proyecto no genera, ni presenta los efectos, características

o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N”19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

13, Que, en razón de lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región

pS

N

Metropolitana de Santiago.

RESUELVE:

Calificar Ambientalmente Favorable el proyecto “Mejoramiento Tecnológico Planta Stericycle”, presentado por Procesos Sanitarios S.A.

Declarar que para que el proyecto pueda ejecutarse, deberá darse cabal cumplimiento a todas las medidas y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución.

Certificar que el proyecto “Mejoramiento Tecnológico Planta Stericycle”, cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable y requiere de los permisos ambientales sectoriales N 93 y 94 consignados en el Título VII, del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (D.S N 95/01 Minsegpres) los que se otorgan, y que no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300.

Se hace presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime oportuno.

Notifíquese y Archívese

$

Distribución:

Clc:

.. ........ .. .. .

Jaime Rodrigo Montero Jaramillo

Gobierno Regional, Región Metropolitana

Gobierno Regional

llustre Municipalidad de Quilicura

Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana SEREMI de Medio Ambiente

Superintendencia de Electricidad y Combustibles

Superintendencia de Servicios Sanitarios

Intendente Región Metropolitana

Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas

Secretaría Regional Ministerial de Agricultura

Secretaría Regional Ministerial de Minería

Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo

Secretaría Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones Secretaría Regional Ministerial de Planificación, Coordinación y Economía RM

Expediente del Proyecto "Mejoramiento Tecnológico Planta Stericycle " Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana