Evaluación SEA

Modificación Mall Plaza Egaña

Rol 5184262
SEA · DIA · Aprobado · 2010-12-29 · Región Metropolitana de Santiago · Nuevos Desarrollos SpA.

REPÚBLICA DE CHILE. _ COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto "Modificación Mall Plaza Egaña "

Resolución Exenta N* 315/2011

Santiago, 29 de Julio de 2011

Califica Ambientalmente el proyecto 'Modificación Mall Plaza Egaña "

Resolución Exenta N* 315/2011

Santiago, 29 de Julio de 2011

VISTOS:

  1. Lo dispuesto en la Ley N” 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley N 20.417, publicada en el Diario Oficial con fecha 26 de enero de 2010; en el artículo 2? del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; en la Ley N” 19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Resolución N” 1600/08, de la Contraloría General de la República; en la Resolución Exenta N 71, de fecha 01 de julio de 2011, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental y las demás normas aplicables al proyecto.

  2. La Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación Mall Plaza Egaña”,

presentada por Desarrollos Urbanos S.A. con fecha con fecha 16 de diciembre de 2010.

  1. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

Ord. N? 89, de la Dirección Regional de Obras Hidráulicas RM, de fecha 12 de enero de 2011; Ord. N SRM RMS N' 010/2011 (sea - seia - dia), de la Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas RM, de fecha 19 de enero de 2011; Ord. N 531, Superintendencia de Electricidad y Combustibles, de fecha 20 de enero de 2011; Ord. N? 059, de la de la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente RM, de fecha 24 de enero de 2011; Ord. N? 79, de la Dirección Regional de Aguas RM, de fecha 25 de enero de 2011; Ord. N 1200/12, de la Ilustre Municipalidad de La Reina, de fecha 25 de enero de 2011; Ord. N 404, de la Secretaría Regional Ministerial de Salud RM, de fecha 24 de enero de 2011; Ord. N 581, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones RM, de fecha 25 de enero de 2011; Ord. N 132, del Gobierno Regional RM, de fecha 27 de enero de 2011; Ord. N” 586, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo RM, de fecha 31 de enero de 2011; Ord. N 387, de la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente RM, de fecha 05 de mayo de 2011; Ord. N 455, de la Dirección Regional de Aguas RM, de fecha 05 de mayo de 2011; Ord, N 3568, de la Secretaría Regional Ministerial de Salud RM, de fecha 05 de mayo de 2011; Ord. N” 1200/42, de la Ilustre Municipalidad de La Reina, de fecha 09 de mayo de 2011; Ord. N 204, del Gobierno Regional RM, de fecha 03 de mayo de 2011; Ord. N? 3094, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones RM, de fecha 05 de mayo de 201 1;

Ord. N'* 2112, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo RM, de fecha 12 de mayo de 2011; Ord. N” 1200/62, de la Ilustre Municipalidad de La Reina, de fecha 24 de junio de 2011.

  1. El Acta de Comité Técnico de Evaluación, de fecha 18 de julio de 2011.

  2. El Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación Mall Plaza Egaña”.

  3. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación Mall Plaza Egaña”.

  4. El acuerdo de la sesión de la Comisión de Evaluación del Medio Ambiente de la Región Metropolitana de Santiago, de fecha 21 de julio de 2011.

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables a la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación Mall Plaza Egaña”.

  2. Que, el derecho de Desarrollos Urbanos S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

  3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental y las Adendas N 1 y N? 2, el proyecto consiste en la modificación del proyecto Mall Plaza Egaña, calificado ambientalmente favorable mediante la Resolución Exenta N 287, de la Comisión Regional del Medio Ambiente RM, de fecha 15 de abril de 2010.

Manteniendo la placa del centro comercial de 4 pisos y los 5 niveles subterráneos originales, las modificaciones se indican en la tabla siguiente:

Tabla N? 1. Proyecto Original y Modificación del Proyecto.

Nivel Proyecto Original Aprobado Modificación del Proyecto Centro Comercial y Torre (ubicados al norte de Avenida Larraín) Incorpora un Adiciona 676 6” Subterráneo No considera sexto nivel estacionamientos en el 6% subterráneo nivel subterráneo 5% Subterráneo Reduce la altura

Aumenta el número de

en metros de los

  • estacionamientos por 4? Subterráneo niveles p

. o nivel Si considera Aumenta la subterráneos

3" Subterráneo superficie Reduce el número de

2* Subterráneo estacionamientos por

1? Subterráneo nivel

Altillo Subterráneo No considera Incorpora un Altillo

1? Piso

22 Piso

3% Piso Si considera Aumenta la superficie

4? Piso

Altillo 4? Piso No considera Incorpora un Altillo

Torre

Piso 5% al 92

Incorpora nueve pisos adicionales

Pisos 10* al 139 No considera (oficinas, centro médico, consultas)

Edifico Acceso desde Larraín (ubicado al sur de Avenida Larraín)

1? Subterráneo

Incorpora una edificación adicional, para instalar los equipamientos

1" Piso No considera de climatización

2 de 27

En resumen, el proyecto considera la construcción de 6 niveles subterráneos de estacionamientos, 4 niveles sobre la cota 0,0 para un centro comercial (tiendas, supermercado) y cultural (biblioteca, centro de eventos, centro de jazz), y una torre a partir del piso 5 hasta el piso 13, para oficinas y un centro médico. Adicionalmente se implementará una edificación al sur de Avenida Larraín, con un nivel subterráneo, un piso y una terraza, para la instalación y operación de los equipos de climatización del proyecto en general,

La carga ocupacional proyectada del proyecto de modificación del Mall Plaza Egaña, será de 25.475,82 personas. El detalle de la carga ocupacional por nivel o piso, se presentó en la Tabla N? 4 del Adenda N? 1.

El proyecto conservará la edificación de la Casa Maroto, establecido como Inmueble de Conservación Histórica de acuerdo a lo indicado en el Plan Regulador Comunal de La Reina. Esta edificación tiene de tres pisos, está ubicada al nor poniente del proyecto, cuenta con una superficie de planta de 353,33 m2 y una superficie construida total de 753,87 m2.

El proyecto contará con acceso directo a nivel del subsuelo, a la estación de la red de Metro Plaza Egaña.

El proyecto cuenta con factibilidad de dotación de conexión a la red de agua potable y de alcantarillado, de la empresa sanitaria de concesión en el sector de emplazamiento del proyecto. Lo anterior se acreditó mediante la presentación del Certificado N* 10.130, emitido por Aguas Andinas S.A., de fecha 27 de octubre de 2010, adjunto al Anexo A de la DIA.

En el Adenda N 1, el titular aclaró que las instalaciones de salud solo contemplan consultas médicas con salas de procedimientos para intervenciones ambulatorias. No contempla camas hospitalarias ni hospitalizaciones.

3.1. Instalaciones y Obras del proyecto:

a. Estacionamientos para Vehículos: el número total de estacionamientos será de 3.020, los que se ubicarán en los 6 niveles subterráneos.

b. Estacionamientos para Bicicletas: el número total de estacionamientos para bicicletas será de 906. Los estacionamientos de bicicletas se encuentran graficados en el Plano de Planta del 1? Nivel, del Anexo A del Adenda N? 2.

c. Electrogeneradores: se instalarán 4 electrogeneradores de 500 kVA cada uno, como equipos de emergencia, para proveer de energía al proyecto en el caso de un eventual corte en el suministro eléctrico. Se instalarán 2 equipos en la azota o techo del piso 4 y dos equipos en el 2? nivel subterráneo.

d. Sistema de Alimentación de Combustible: los 4 electrogeneradores serán abastecidos desde un estanque de 1 nÚ de capacidad, que alimenta la red de ductos o cañerías de alimentación para cada generador, mediante el uso de dos bombas de elevación o impulsión. En el Anexo C del Adenda N” 1, se presenta detalle del sistema de alimentación de combustible.

El Sistema de Alimentación de Combustible será accionado por sensores de nivel que estarán instalados en los estanques de cada grupo electrógeno, los cuales enviarán una señal automática a unas electroválvulas, que se abrirán cuando disminuya el nivel de combustible de los estanques. El carguío del estanque principal se efectuará mediante una línea de llenado conectada en forma directa al

3 de 27

estanque del camión que transportará el combustible, en esta línea se instalará un contenedor para recibir el combustible que pudiese ser descargado de manera accidental, durante el proceso de carga. El contenedor tendrá una capacidad igual o superior a 15 litros, estará provisto de tapa y dispondrá de un dispositivo que permita retirar el contenido de combustible o drenarlo hacia el estanque, de modo tal de no generar derrames de combustibles en el procedimiento de carguío.

e. Red de Gas: el proyecto se abastecerá de gas, desde la red de distribución de gas natural. El detalle de la red de gas se presenta en el Anexo B del Adenda N? 1.

f. Red de Electricidad y Corrientes Débiles (Telecomunicaciones): el detalle de la instalación de alimentación eléctrica y de corrientes débiles (telecomunicaciones), se presenta en el Anexo F del Adenda N” 1. Todas estas instalaciones serán soterradas.

g. Solución de Alcantarillado Domiciliario: la solución de alcantarillado domiciliario se presentó en el Anexo F Especificaciones Técnicas, de la DIA. Dicha solución consideró la descarga a la red de alcantarillado de la empresa sanitaria con concesión en el sector de emplazamiento del proyecto.

h. Solución de Aguas Lluvias: el proyecto de aguas lluvias se presentó en el Anexo F Especificaciones Técnicas, de la DIA. Dicha solución contempla la evacuación de las aguas lluvias de las cubiertas (terrazas y/o techumbres), mediante canaletas y en los pavimentos, mediante rejillas y sumideros, para conducir y descargas las aguas lluvias en zanjas dren ubicadas en el subsuelo del 6 nivel subterráneo.

i. Sistemas de detección y control de incendios. j. Sistemas de Climatización.

k. Paisajismo: el proyecto de paisajismo se presentó en el Anexo D, del Adenda N? 1.

  1. Modificación del Enlace Vial Avenida Américo Vespucio — Avenida Larraín: ol

proyecto requerirá de la modificación del enlace vial de Avenida Américo Vespucio — Avenida Larraín.

3.1.1. La ubicación y planta de los lotes que conforman el terreno donde se ejecutará el proyecto, se presentan en el Plano de Lotes del Anteproyecto, del Adenda N? 1.

3.1.2. Las especificaciones técnicas de las obras a ejecutar por el proyecto, se presentaron en el Anexo F Especificaciones Técnicas, de la DIA.

Los diseños generales de planta, se presentan en los siguientes planos del Adenda N* 1:

  • Plano Superficies Emplazamiento Ubicación, Lámina 001, de fecha febrero 2011.

Plano Planta 6? Subterráneo, Lámina 002, de fecha febrero 2011. Plano Planta 5 Subterráneo, Lámina 003, de fecha febrero 2011. Plano Planta 4? Subterráneo, Lámina 004, de fecha febrero 2011. Plano Planta 3? Subterráneo, Lámina 005, de fecha febrero 2011. Plano Planta 2? Subterráneo, Lámina 006, de fecha febrero 2011. Plano Planta 1? Subterráneo, Lámina 007, de fecha febrero 2011. Planta Altillo -1, Lámina 008, de fecha febrero 2011.

Planta 1? Nivel, Lámina 009, de fecha febrero 2011.

Planta 2? Nivel, Lámina 010, de fecha febrero 2011.

4 de 27

Planta 3? Nivel, Lámina 011, de fecha febrero 2011. Planta 4* Nivel, Lámina 012, de fecha febrero 2011. Planta Cubierta, Lámina 014, de fecha febrero 2011. Planta 59 al 13? Nivel, Lámina 013, de fecha febrero 201 1.

3.2. Superficies del Proyecto, Incluidas Obras y/o Acciones Asociadas.

Las superficies del terreno, superficies afectas a expropiación y superficie útil, se indican en la tabla siguiente, de acuerdo a lo informado en el Adenda N? 1:

Proyecto Original y Modificación del Proyecto

Tabla N? 2. Superficies del Terreno.

¿e e | Proyecto Original Modificación Proyecto Superficie Neta (mó) 31.759,64 31.428,42

Superficie Afecta a Expropiación

(Utilidad Pública) (m?) 742,07 620,82

Superficie Útil (m/) 31.017,57 31.807,60

Las superficies referenciales a construir se indican en la tabla siguiente, según lo indicado en la DIA y en el cuadro de superficie del plano Superficies Emplazamiento

Ubicación, Lámina 001, de fecha febrero 2011, del Adenda N? 1:

Tabla N? 3. Cuadro General de Superficies.

Proyecto Original y Modificación del Proyecto

Proyecto Original Aprobado Modificación del Proyecto Superficie | Altura Ne Superficie | Altura No Nivel (mé) (metros) | Estacionamientos (mé) (metros) | Estacionamientos Centro Comercial No 6% Subterráneo | considera |] == | ==> 25.020,32 2,9 676 5% Subterráneo | 17.632,75 7,25 561 25.302,95 2,9 634 42 Subterráneo | 17.791,00 7,25 599 25.446,76 2,9 635 3% Subterráneo | 17.791,00 7,25 613 25.216,46 2,9 544 22 Subterráneo | 17.791,00 7,25 613 26.418,81 3,5 511 12 Subterráneo | 18.253,85 7,25 614 26.954,77 65 | _ ----- Altillo No Subterráneo considera | === | > 1610,91 AT a 19 Piso 9.420,56 | o | 21.946,23 O 22 Piso 8.157,89 | == | o 21.200,04 5,4 o-- 3" Piso 6.985,90 | e loo 21.150,61 SAC] 4” Piso 6.553,79 | + | o 15.313,33 899 | Torre Piso 5% al 92 O 4394,25 A Pisos 10% al 132] considera | o | _ o-- 3515,4 Y Superficie a Construir en el Proyecto Modificado 243.490,84 Edifico Acceso desde Larraín 1? Subterráneo O E A << 582,2 53 | 19 Piso considera [E o —Á 302491 7 | — —— O A O Superficie a Construir en el Proyecto Modificado 884,69 Superficie Total a Construir en el Proyecto Modificado 244,375,53

5 de 27

3.3.

3.4.

Localización.

El proyecto se localiza en la comuna de La Reina, especificamente en el mismo emplazamiento del proyecto Mall Plaza Egaña, en Avenida Larraín N* 5860, en la manzana ubicada entre Avenida Ossa, calle Hannover, Avenida Larraín y calle Giiemes.

En la tabla siguiente, se presentan las coordenadas UTM de los vértices que definen los polígonos de emplazamiento del proyecto:

Tabla N* 4. Coordenadas UTM de Emplazamiento del Proyecto.

Punto Coordenadas Norte Este A 6.297.527,87 354.011,96 B 6.297.562,05 354.221,61 C 6.297.461,63 354.239,87 D 6.297.454,53 354.209,73 E 6.297,467,21 354.206,02 F 6.297.459,03 354.164,05 G 6.297.358,93 354.178,17 H 6.297.344,84 354.077,07 I 6.297.360,40 354.046,20 J 6.297.387,70 354.037,81

La Figura II-1 Localización del Proyecto, de la DIA, representa el emplazamiento del proyecto en sector de Avenida Ossa con Avenida Larraín.

Uso del Suelo.

En el Adenda N? 1, el titular informó que de acuerdo al Plan Regulador Comunal de La Reina, los terrenos donde se ejecutará el proyecto corresponden a las Zonas B, C- 1, C-2 y C-3, establecidas en el Plano PRCLR-01/2001, que corresponden a Zonas de Equipamiento y Residencial Complementario. En específico, los usos de suelo corresponde a: centros y locales comerciales, restaurantes, fuentes de soda, salones de té, cafeterías, gelaterías, pastelerías, centros de servicios automotor, mercados, grandes tiendas y supermercados, medios de comunicación, capillas, oratorios, salas de concierto y espectáculos, cines o teatros, auditorios, centros de convenciones, centros de difusión, juegos electrónicos o mecánicos, hospitales, clínicas, policlínicos, consultorios, centros de rehabilitación de salud, servicios profesionales en general, centros médicos, centros odontológicos, notarías, administradoras de fondos de pensiones, instituciones de salud previsional, compañías de seguros, correos, centros de pago, bancos y financieras.

Complementariamente, el proyecto se localiza en el Área D del Plano de Protección del Aeródromo Eulogio Sánchez Errázuriz o Tobalaba, plano PRCLR-03/2010, que establece restricciones 'a la altura de las edificaciones. En este aspecto, el titular presentó en el Anexo A del Adenda N? 1, el Ord. N” DGAC N* 09/2/1/0176, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, de fecha 27 de mayo de 2011, donde se informa que la altura máxima de edificación del proyecto (torre), está 29 metros por debajo de la cota de protección en altura del Área D, del Plano de Protección del Aeródromo Eulogio Sánchez Errázuriz.

3.5. Fases del Proyecto.

Las fases del proyecto son las siguientes:

6 de 27

3.5.1. Fase de Construcción.

En la fase de construcción del proyecto, se realizarán las siguientes acciones:

e Instalación de Faenas y Preparación del Terreno: consiste en la habilitación de dependencias provisorias necesarias para la construcción del proyecto, que constan de construcción de oficinas, bodegas de materiales, caseta de vigilancia y baños químicos para el personal. Además se implementará un cierre perimetral, instalando una malla raschel en todo el perímetro de la obra,

+. Construcción: comprende la construcción de un recinto de 19 niveles principales; 6 niveles subterráneos y 13 sobre la cota 0,0 del terreno. Las actividades a realizar corresponderán a: - Excavaciones. - Construcción obra gruesa. - Terminaciones interiores y exteriores.

Las rutas a utilizar por los camiones requeridos para la fase de construcción, se graficaron en la Figura 3 del Adenda N” 1.

El cronograma de la fase de construcción es el siguiente, de acuerdo al cronograma presentado en el Adenda N? 1:

Tabla N? 5. Cronograma Fase de Construcción.

Duración vt,

(Meses) Cronograma de Actividades Actividades Año | Año Año? Año 3

2 3

EJF|MIa|m|T[JTJaA[s[|oO[N[D|E|F|MJA|M|J |) [A|S

Duración Proyecto 12 OE ERES ES EE Instalación de 2 Faenas Excavaciones 10 Obra Gruesa 5 7 Terminaciones 2 10 Interiores de Terminaciones 8 Exteriores Obras Civiles 6 Exteriores Paisajismo 3 É Aseo y Entrega 3

El año 1 no se graficó, pues correspondería a la etapa inicial de la fase de construcción del proyecto “Mall Plaza Egaña”, calificado ambientalmente favorable mediante la Resolución Exenta N*287, de la Comisión Regional del Medio Ambiente RM, de fecha 15 de abril de 2010.

3.5.2. Fase de Operación.

Consiste en la puesta en marcha del centro comercial, torre de oficinas y centro médico, junto con las instalaciones asociadas.

3.5.3. Fase de Abandono.

El proyecto no tiene contemplada una fase de abandono.

7 de 27

3.6. La DIA del proyecto y sus Adendas N 1 y N 2 y sus respectivos Anexos, se consideran en su totalidad, parte integrante de la presente Resolución.

  1. Que, sobre la base de lo señalado por el titular en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, en los informes emitidos por los servicios que participaron en el proceso de evaluación, y en el Informe Consolidado de Evaluación, se concluye que el proyecto genera impactos en los siguientes componentes ambientales: Aire (emisiones atmosféricas y ruido), Agua (aguas servidas, residuos líquidos, cauces y napas, aguas lluvias), Suelo (residuos sólidos), Vialidad Adyacente, Patrimonio Cultural, además de requerir medidas de control de Vectores y de Prevención de Riesgos.

5 Que, el titular del proyecto deberá hacerse cargo de los impactos ambientales anteriormente señalados mediante la implementación de las siguientes medidas, las cuales, junto con las precisiones establecidas por esta Comisión, son adecuadas para acreditar el cumplimiento de la normativa de carácter ambiental que es aplicable al proyecto:

5.1. Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidas a las Emisiones Atmosféricas, el titular presentó la estimación de las emisiones atmosféricas para la fase de construcción, en el Anexo B de la DIA y la estimación corregida, en el Anexo H del Adenda N* 1, las que se transcriben en la tabla

siguiente: Tabla N* 6, Estimación de Emisiones Atmosféricas. Proyecto Modificación Mall Plaza Egaña. Emisiones Emisiones Emisiones Contaminante Año 1 Año 2 Año 3 (ton/año) (ton/año) (ton/año) Emisiones CO 0,0 3,005 0,793 Emisiones HC 0,0 1,483 0,373 Emisiones NO, 0,0 12,365 3,114 Emisiones MP10 0,0 14,720 2,483

Fuente: Página 2/2 del Anexo H del Adenda N? 1.

Sin perjuicio de lo anterior, para el proyecto original las emisiones se estimaron

según se indica en la tabla siguiente:

Tabla N* 7. Estimación de Emisiones Atmosféricas. Proyecto Mall Plaza Egaña.

Emisiones Emisiones Emisiones Contaminante Año 1 Año Año 3 (ton/año) 2(ton/año) (ton/año) Emisiones CO 0,619 3,611 0,783 Emisiones HC 0,509 1,715 0,367 Emisiones NO; 4,620 13,689 3,133 Emisiones MP10 3,511 16,921 1,640

Fuente: Página 1/2 del Anexo H del Adenda N? 1.

Complementariamente, el artículo 98 del D.S. N* 66/09, del Minsegpres, que Revisa, Reformula y Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA)), establece los valores máximos de emisión, a partir de los cuales se debe presentar un Plan de Compensación de Emisiones, los que se indican en la tabla siguiente:

8 de 27

Tabla N 8. Valores Máximos de Emisiones Atmosféricas. D.S. N 66/09, del Minsegpres.

Contaminante ado Emisiones SO, 50 Emisiones NO; 8 Emisiones MP10 2,5

Fuente: artículo 98 del D.S. N* 66/09, del Minsegpres.

Para el año 1 de la fase de construcción, el proyecto “Modificación Mall Plaza Egaña” no implicó un aumento de emisiones respecto de la situación base del proyecto aprobado “Mall Plaza Egaña”. Para el año 2 de la fase citada, se disminuyen las emisiones, aun cuando superan los limites de emisiones establecidos en el PPDA. Para el año 3 de la fase de construcción, la modificación supera las emisiones respecto del proyecto original, pero éstas no superan los límites de emisiones establecidos por el D.S. N* 66/2009, del Minsegpres.

Adicionalmente, en el Adenda N? 1 el titular comprometió lo siguiente: mantener las obligaciones del Plan de Compensación de Emisiones “...incorporado en la Resolución Exenta N* 287/2010 que califica favorablemente al proyecto aprobado”.

Dado lo señalado precedentemente, el titular deberá implementar las medidas que se establezcan en la aprobación del Plan de Compensación de Emisiones del proyecto original o proyecto Mall Plaza Egaña, para los años 1 y 2 de la fase de construcción, por las emisiones de material particulado (MP10) y de NO, de acuerdo a lo establecido en el D.S. N* 66/09, del Minsegpres.

Sin perjuicio de lo anterior, el titular comprometió la implementación de las siguientes medidas de control de emisiones:

a. Dar cumplimiento a lo establecido en el D.S. N” 66/09, del Minsegpres, en todo momento y en todas las fases del proyecto, en los aspectos que correspondan.

b. Dar cumplimiento a lo establecido en el D.S. N* 4/92, del Minsal, que establece la Exigencia de Medición de Material Particulado para Grupos Electrógenos, en los aspectos que correspondan, en todas las fases del proyecto.

c. Dar cumplimiento a lo establecido en el D.S. N* 144/61, del Minsal, que Establece Normas Para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de

Cualquiera Naturaleza, en los aspectos que correspondan, en todas las fases del proyecto.

d. Durante la fase de construcción, debe dar cumplimiento a lo establecido en el D.S. N* 75/1987, del Mintratel, que Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica, en los aspectos que correspondan, es decir, que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. Adicionalmente, en zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire

e. En todas las fases del proyecto, debe dar cumplimiento a lo establecido en el D.S. N* 138/2005, del Minsal, que Establece Obligación de Declarar Emisiones que

9 de 27

Indica, en los aspectos que correspondan, por lo cual dispone que los titulares de equipos electrógenos (entre otras fuentes fijas), estarán afectos a la obligación de proporcionar los antecedentes para la determinación de emisión de contaminantes provenientes de aquéllos

Dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 5.8.3, del D.S. N* 47/92, del Minsal, Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones, en las fases de construcción y de operación, en los aspectos que correspondan.

Debe limitar la velocidad de circulación de los vehículos a 30 km/h, al interior del terreno de la faena durante la fase de construcción.

De no existir caminos interiores asfaltados o con radier de hormigón, en la fase de construcción, el titular debe considerar un sistema de lavado de las ruedas de los camiones, para evitar el arrastre del barro adherido a los neumáticos de los camiones debido a la humectación de caminos interiores y de accesos, pues al secarse el mismo por el tránsito por caminos exteriores, este origina su desprendimiento y la generación de polvo resuspendido.

Deber mejorar y mantener los caminos que se utilizan durante la fase de construcción, al interior de la obra.

Debe barrer las calles pavimentadas de áreas urbanas adyacentes después de cada día de actividades de la fase de construcción, si estas presentan polvo visible.

Esta Comisión precisa al titular que deberá mantener la implementación de las siguientes medidas establecidas en los considerandos 5.1 a 5.1.15 de la Resolución Exenta N* 287, de la Comisión Regional del Medio Ambiente RM, de fecha 15 de abril de 2010, para la fase de construcción:

Usar mallas protectoras en las faenas para evitar la dispersión de polvo. Para este efecto, se instalará doble malla raschel, u otra equivalente, alrededor de las obras

que generen levantamiento de material particulado, para evitar así la propagación del polvo.

Prohibir toda quema al aire libre.

Humectar las vías de acceso, material de relleno y todas las fuentes de emisión de material particulado existentes, con vehículos estanques equipados con ducha de

rocío, durante el período en que se realicen las faenas de excavación y construcción.

Evacuar los escombros desde los pisos altos mediante un sistema que contemple

las precauciones necesarias para evitar las emanaciones de polvo y los ruidos molestos.

Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados.

Instalar tela en la fachada de la obra, total o parcialmente, u otros revestimientos,

para minimizar la dispersión del polvo e impedir la caída de material hacia el exterior.

Mantener adecuadas condiciones de aseo del espacio público que enfrenta la obra, Cuando en dicho espacio existan árboles y jardines, deberá mantenerlos en buenas condiciones y reponerlos si corresponde.

10 de 27

Humeectar los materiales en procesos de mezcla, molienda o en caso de realizar cortes y/o el procesamiento de materiales que pudieran generar polvo. Se utilizarán de preferencia recintos cerrados, para ejecutar estas actividades.

Utilizar camiones aljibes previo al movimiento de tierra, cuya cantidad y capacidad deberían garantizar la humectación de todas las áreas en donde se estén realizando los trabajos.

Realizar compactación y estabilización con gravillado en las áreas de tránsito de maquinarias y vehículos al interior del predio, específicamente en los accesos y salidas del área de trabajo, las que se mantendrán con humectación constante con aplicación de agua por riego con manguera cada 2 horas.

Pavimentar las salidas y accesos externas al predio y en lo posible mejorar las condiciones de las calles por donde transitarán los camiones, para reducir los

movimientos bruscos del camión (se dispondrán a lo menos de 2 accesos y salida).

Realizar lavado de las ruedas de todos los vehículos que salgan del recinto, a

través de agua expulsada a presión (se dispondrán a lo menos de 2 áreas de lavado).

Evitar el corte de material al aire libre, para lo que se destinará un área completamente cerrada para contener las emisiones de polvo y ruido.

Realizar las faenas de limpieza durante cada actividad, como es el caso del barrido y levantamiento de escombros, previa humectación del sector.

5.2. Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidas a ruido, los puntos o receptores sensibles al ruido ubicados en el entorno del proyecto e informados por el titular, son los que se señalan en la tabla siguiente:

Tabla N* 9. Receptores Sensibles,

Receptor Descripción del D.S. N?

Zonificación Homologada

146/97, del Minsegpres.

Edificaciones (comercio) de 1 piso y a casas de 1 y 2

A pisos, ubicadas al sur del proyecto, al sur de Avenida | Zona Il Larraín, corresponde a comercio en

B Departamentos de 4 pisos, ubicados al sur oriente del Zona T proyecto

C Viviendas de 1 piso, ubicados al oriente del proyecto. | Zona I

D Viviendas de 1 piso, ubicados al norte del proyecto. Zona II

E Casa Maroto, ubicada al poniente del proyecto. Zona II

En la Figura 1: Identificación del entorno y puntos sensibles al ruido, del Anexo C de la DIA, se grafica la distribución en el entorno del proyecto, de los receptores.

Sobre la base de los antecedentes presentados en el Anexo C de la DIA y en el

Adenda NO 1, el titular indicó que el proyecto da cumplimiento a lo establecido en el D.S. N* 146/97, del Minsegpres.

11 de 27

Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, el titular comprometió la implementación de las siguientes medidas de control de emisiones de ruido:

a. Dar cumplimiento en todas las fases del proyecto y en todo momento, a lo indicado en el D.S. N* 146/97, del Minsegpres.

b. Dar cumplimiento en todas las fases del proyecto y en todo momento, a lo indicado en el Decreto Alcaldicio N* 457, de fecha 28 de julio de 1982, que establece la Ordenanza Sobre Ruidos Molestos en la Comuna de La Reina, que señala en términos generales, la prohibición de causar todo ruido o sonido, ya sean superfluos o extraordinarios de cualquier índole que por su duración o intensidad perturben la tranquilidad de la población, causen molestias a los habitantes tanto de día como de noche, o que causen cualquier tipo de daño.

e. Implementar un plan de monitoreo de emisión de ruido, para las fases de construcción y de operación, que considere lo siguiente:

i Efectuar mediciones de los niveles de ruidos en los receptores sensibles identificados en el presente informe.

ii. Efectuar las mediciones, con la frecuencia que se indica en la tabla siguiente:

Tabla N? 10. Frecuencia de Medición en los Receptores Sensibles.

Fase Receptores Frecuencia de Medición Construcción (período diurno) AB,C.DE Mensual Operación AB.CD.E Semestral el primer año y (período diurno y nocturno) > anual desde el segundo año

tii.

iv.

vi.

vii.

Elaborar un informe técnico de la implementación de las mediciones en los receptores, basado en el D.S.N? 146/97, del Minsegpres, el que se debe adjuntar a los monitoreos mensuales.

Para la fase de construcción, complementariamente a los informes mensuales de medición, el titular deberá elaborar un informe técnico de medición y de evaluación de acreditación de cumplimiento del D.S. N? 146/97.

Se elaborarán informes trimestrales de los resultados de las mediciones y de evaluación del cumplimiento del D.S. N* 146/97, del Minsegpres, los que se mantendrán en el lugar de la obra. En el caso que los resultados arrojen un nivel de emisión de ruido por sobre la norma, el titular debe las medidas de control de ruido que permitan cumplir la normativa vigente y debe, remitir una copia del informe a la Autoridad Sanitaria con los resultados obtenidos.

El sonómetro o equipo a utilizar para las mediciones, debe cumplir con los requisitos establecidos en el Título IV, artículo 7 del D.S. N* 146/97, del Minsegpres.

Las mediciones deberán ser acompañadas de un informe, el que deberá contener, al menos, lo siguiente:

  • Individualización del titular de la fuente. e Individualización del receptor.

12 de 27

Hora y fecha de la medición.

Identificación del tipo de ruido.

Croquis o fotografía del lugar en donde se realiza la medición. Identificación de otras fuentes emisoras de ruido que influyan en la medición. Deberá especificarse su origen y características.

  • Valores NPC obtenidos para la fuente fija emisora de ruido y los procedimientos de corrección empleados.

e Valores de ruido de fondo obtenidos en la medición, en el evento que sea necesario.

  • Identificación del instrumento utilizado y su calibración. e Identificación de la persona que realizó las mediciones.

.. .. e

viii. En caso de no ser posible realizar las mediciones dentro de las propiedades afectadas, se proyectarán los niveles medidos en los puntos más cercanos a la fuente para obtener el Nivel de Presión Sonora Corregido NPC en los receptores a evaluar, medianto la utilización de un modelo de propagación basado en la norma internacional ISO 9613-2:1996 Acoustics — Attenuation of sound during propagation outdoors — Part 2 General method of calculation.

d. Durante la fase de construcción, se debe implementar un cierre perimetral en todo el predio del proyecto, de altura variable dependiendo del receptor, el cual funcionará como barrera acústica para la atenuación de ruido. Esta medida se mantendrá para todas las etapas de la fase de construcción, hasta la término definitivo de la obra.

El cierre perimetral debe tener una densidad superficial de al menos 11.7 kg/m? (que proporcione la pérdida por transmisión sonora adecuada, como paneles OSB de espesor 18 mm.; o material equivalente). El sector de la barrera que enfrente a los receptores B y E (edificios de 4 pisos y Casa Maroto), debe disponer de una configuración de elementos que asegure una mayor atenuación por transmisión sonora, como doble panel OSB, panel de 28 mm. de espesor, o una barrera de configuración tipo sándwich con material absorbente (fibra de vidrio o lana mineral) entre los paneles.

La altura variable del cierre perimetral o barrera perimetral será la siguiente:

2.4 metros en el sector sur y oreja (Punto A).

4.8 metros en la esquina sur oriente (Punto B).

3.6 metros en el costado oriente y norte del proyecto (Puntos C y D). 6 metros en el deslinde con la Casa Maroto (Punto E).

La altura variable y disposición del cierre perimetral se representa en la Figura 14: Ubicación Cierre Perimetral y Alturas de Barreras, del Anexo C de la DIA.

e. Durante la fase de construcción, se debe prohibir el uso de bocinas en el ingreso de camiones al recinto e instalar frente al portón, una señal que indique “No Tocar Bocina”.

f. Durante la fase de construcción, los camiones que se encuentren a la espera de ingresar al recinto lo efectuarán con el motor del camión apagado.

g. Durante la fase de construcción, se debe destinar un área de corte de material a nivel de superficie que estará conformado por 4 paneles de madera OSB de 15mm

de espesor (tres laterales más techo), revestidos interiormente con material

13 de 27

absorbente por la cara en dirección a la fuente sonora con una densidad de 80 kg/m3 y 50 mm de espesor.

La dimensión del semiencierro será la necesaria que permita realizar adecuadamente las faenas de corte, recomendándose un recinto de 6 metros ancho por 8 metros de largo y 2,4 metros de altura. La cara abierta del semiencierro no debe enfrentar a ningún receptor. En la Figura 15: Semiencierro Para Corte de Material, del Anexo C de la DIA, se representa el diseño del semiencierro para su implementación.

La atenuación de esta medida, con una cara abierta para el semiencierro, es de alrededor de 16 dB(A).

h. Una vez construidos los subterráneos, se podrán utilizar como áreas de corte, prescindiendo en lo posible de efectuarlos en el exterior durante la fase de construcción.

i. Evitar en lo posible realizar el corte de material fuera del semiencierro destinado como área de corte, además de dar prioridad al uso de máquina cortadora de fierro u oxicorte, durante la fase de construcción.

j. Para las faenas de corte de material u otras faenas ruidosas en la losa de avance u otro nivel que enfrente directamente a los puntos evaluados, se deben emplear barreras o pantallas acústicas modulares portátiles, confeccionadas de madera OSB de 15mun de espesor, durante la fase de construcción.

Estas pantallas deben tener una altura mínima de 1.8 metros y deben estar conformadas por tres hojas de 1.5 metros de ancho cada una, con el objeto de rodear a la fuente de ruido. Estas pantallas se montarán lo más próximo a la actividad emisora de ruido en dirección a los receptores.

Estas pantallas podrán disponerse de dos o más unidades, conformando una sola pantalla de mayor tamaño, encerrando de mejor manera la fuente emisora de ruido y actuando más eficientemente.

La cara interna de la pantalla (que da hacia la fuente de ruido) debe estar cubierta por una capa de espuma de poliuretano o fibra de vidrio, de al menos 3 cms espesor y cubierta por una tela tipo arpillera que impida su deterioro (por ejemplo malla raschel). En la Figura 16: Esquema Pantalla Modular, del Anexo C de la DIA, se representa el diseño de la pantalla para su implementación. La atenuación provista para estas pantallas varía entre 10 y 15 dB(A).

k. Durante la fase de construcción, se debe construir un túnel para la descarga de los camiones míxer, el que debe estar conformado por un panel doble de madera OSB de 15mm, separado al menos 80mm y relleno con material absorbente tipo lana mineral o fibra de vidrio de al menos 50mm de espesor y recubierto con malla tipo raschel, para impedir su desprendimiento y deterioro. Éste túnel se debe ubicar en el sector señalado para descarga del camión míxer, pudiendo sólo en este lugar descargar los camiones. Las dimensiones mínimas del recinto son las siguientes: longitud 10 metros, ancho 3 metros y altura 4 metros. La atenuación sonora del túnel es de alrededor de 14 dB(A).

  1. Durante la fase de construcción, el área de operación de camiones míxer deberá

ubicarse en el sector surponiente del predio del proyecto, según lo indicado en la Figura 3 del Anexo C Evaluación Impacto Acústico, página 15, del Adenda N? 1.

14 de 27

m. Una vez construida la obra gruesa en la fase de construcción, se deben cubrir los

e

vanos de la fachada con madera OSB de 15 mm de espesor, en los pisos donde se ejecuten faenas que enfrenten a los receptores B, C, D y E, con el objeto de mitigar los niveles de ruido generados al interior del recinto que se propagan al exterior, como es uso de cortadoras de disco, entre otras actividades. Esta medida se debe ir desplazando por los pisos a medida que se construya la torre. En la Figura 17: Cierre ventanas con Paneles OSB, del Anexo C de la DIA, se grafica como debe implementarse el cierre de vanos.

Complementariamente a los cierres de vanos durante la fase de construcción, se debe implementar un cierre de la losa de avance (reubicándose cada vez que cambie la altura de la faena), que enfrente a los receptores B, C, D y E, en el sector más cercano o deslinde de la obra gruesa, como se observa en la Figura 18: Cierre de Losa de Avance, del Anexo C de la DIA. Esta medida proporcionará una atenuación sonora de al menos 10 dB(A).

El generador ubicado a nivel de suelo a usar en la fase de construcción, debe contar con un encierro o semiencierro evitando, de ser este último caso, que la cara abierta enfrente a receptores. El material debe tener una densidad superficial superior a 11.7 Kg/m2. Por ejemplo, madera tipo OSB "Oriented Strand Boards" de 15mm de espesor. En la Figura 19: Semiencierro Generador, del Anexo C del Adenda N? 1, se presenta como se debe materializar dicha medida.

Para las faenas de pavimentación (compactadora y rompe pavimento) y otras actividades desarrolladas al exterior del proyecto en la fase de construcción, se debe implementar una barrera tipo sándwich, con material para las caras externas de densidad superficial superior a 10 Kg./m2, y al interior de las caras un relleno con material absorbente como lana mineral o fibra de vidrio. En la Figura 20: Panel Tipo Sándwich, del Anexo C de la DIA, se indica cómo se materializa dicha medida. La altura mínima de este panel debe ser de 3.6 metros, proveyendo una atenuación de al menos 26.7 dB(A). Esta pantalla se debe ubicar en la posición donde se presente la faena a no más de 1 metro de la fuente, en todas las inmediaciones del proyecto. Esta medida se debe aplicar existiendo o no traslape de actividades, debido a que son faenas que emiten gran nivel de ruido en las inmediaciones de los receptores sensibles.

Durante la fase de construcción, se debe evitar el paso innecesario de maquinaria

pesada y en general la instalación de cualquier fuente ruidosa próxima a inmuebles aledaños.

Mantener los equipos en condiciones similares a las de un equipo nuevo, durante la fase de construcción.

Durante la fase de construcción, se debe efectuar la correcta utilización de los equipos que tengan por defecto sistemas de control de ruido, como por ejemplo

no abrir compuertas de generador o cualquier otra maquinaria que tenga cabina de insonorización.

Limitar el número y duración del equipo que está ocioso en el sitio; especialmente el generado por el motor de camión míxer durante el período de espera; y el uso de herramientas manuales, durante la fase de construcción.

Configurar la faena de construcción de una manera que mantenga el equipamiento

y las actividades ruidosas tan lejos como sea posible de los receptores ubicados en las calles colindantes.

15 de 27

u. Todos los equipos utilizados en el sitio de la construcción, deben tener los sistemas de escape y silenciadores que hayan sido recomendados por el fabricante para mantener el ruido asociado más bajo.

v. Durante la fase de construcción, se debe implementar un Plan de Manejo con la Comunidad, mediante el cual se esté informando sobre el programa de actividades a desarrollar, como por ejemplo la ocurrencia de eventos ruidosos, como descarga de camiones betoneros, el tiempo que durarán y horas en que se llevaran a cabo, especialmente sobre los receptores ubicados en los edificios residenciales en dirección sur oriente. Dicho plan debe considerar la implementación de una persona encargada y un número de teléfono para recibir la información de la comunidad (reclamos, consultas, sugerencias, etc.).

5.3. Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Agua, por generación de aguas servidas, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas de control:

a. Dar cumplimiento en todas las fases del proyecto a lo establecido en el D.S. N* 594/99, del Minsal, Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

b. Durante la fase de construcción, se deben instalar baños químicos en la cantidad necesaria, según lo dispuesto por la normativa vigente (D.S. 594/99, del Minsal), cuyos residuos serán retirados por empresas autorizadas.

c. Durante la fase de construcción, se debe mantener en la obra una copia de la factura u otro documento que acredite la disposición adecuada de dichos residuos.

d. Durante la fase de operación, se debe efectuar la conexión a la red pública de alcantarillado de las instalaciones sanitarias de todo el proyecto.

e. Durante la fase de operación, el titular propone implementar un sistema de reutilización de las aguas residuales de los lavamanos, mediante su descarga diferenciada a una instalación que se ubicará en el 6 nivel subterráneo, para reutilizar dichas aguas en los excusados del proyecto o en su defecto, para el riego de las áreas verdes. En el caso de no ser utilizadas, se descargarán a la red de alcantarillado. Las aguas resultantes serán almacenadas en un estanque de aguas grises, con una capacidad total de 36 m3, ubicado en el 6? nivel subterráneo, y deberán cumplir con lo establecido en la Norma Chilena NCh N* 1.333.

Sin perjuicio lo anterior, esta Comisión precisa al titular lo siguiente:

Í. Que, todas las descargas a la red de alcantarillado en todas las fases del proyecto, deben cumplir con lo estipulado en el D.S. N* 609/98, del MOP.

5.4. Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Agua, por generación de residuos líquidos, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas de control:

a. Implementar para la fase de construcción, un pozo con infiltración relleno con grava, para recibir los residuos líquidos producto del lavado de las ruedas de los camiones, al momento de abandonar el terreno del proyecto. La disposición de las aguas residuales del lavado de las ruedas, se efectuará solo cuando las condiciones climáticas lo permitan.

16 de 27

b. Durante la fase operación, no se implementará sistema alguno de tratamiento de

residuos líquidos de establecimientos de atención de salud.

5.5, Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Agua, por una eventual afectación de un cauce superficial o napas, durante la fase de construcción, aun cuando el titular informó que en el estudio de mecánica de suelos dicha napas están a más de 35 metros de profundidad, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:

a.

b.

c.

Durante la construcción de los subterráneos y ante la eventualidad de producirse un derrame o descarga accidental de aceites, pinturas, barnices, pegamentos, grasas, lubricantes y/o combustible, se realizará una remediación inmediata, procediendo de acuerdo al siguiente programa de contingencia:

e Bloquear el flujo de materiales derramados con bolsas de arena, trapos u otro elemento absorbente.

e De ser necesario se utilizarán barreras absorbentes para cercar y contener derrames.

e ' Uso de material seco absorbente para atraer y capturar inmediatamente los líquidos derramados.

e Cubrir y cerrar inmediatamente todos los sumideros de aguas de lluvia y las alcantarillas sanitarias.

e Una vez controlado el derrame se debe barrer el material absorbente y disponerlo como desecho peligroso.

En todo evento se debe informar al encargado de Prevención de Riesgos y al Administrador de la obra, para que tomen las medidas administrativas correspondientes, señaladas en los Planes de Emergencia.

En caso de un derrame que amenace descargar o descargue en algún curso de aguas lluvias, alcantarillado o fuente de agua potable se debe informar inmediatamente a carabineros y bomberos.

Los residuos recuperados serán retirados por empresas autorizadas, para su disposición final, en un lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria.

5.6. Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Agua, por el manejo de aguas lluvias, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas en la solución particular de aguas servidas:

a.

b.

Implementar la planta elevadora en el último tramo de las zanjas dren, la que entrará en operación si fuese necesario, impulsando las aguas de rebalse hasta el primer piso para disponer de su evacuación sobre las áreas verdes del proyecto, en distintos puntos ubicados en Av. Larrain y calle Hannover.

Implementar un programa de mantenimiento anual preventivo de la solución particular de aguas lluvias, que incorpore las siguientes actividades:

e Primera semana de mantenimiento previo a la temporada de lluvias (primera

quincena de marzo aproximadamente):

  • Limpieza de canaletas.

  • Limpieza de cubierta para evitar que los finos depositados terminen siendo arrastrados al sistema en la primera lluvia.

  • Verificación de colectores horizontales, bajadas y descargas verticales, eliminando elementos que las obstruyan, para lo cual se dispondrán registros en sus recorridos.

17 de 27

  • Inspección del recorrido de las cafierías para verificar la inexistencia de fisuras, problemas de sellos, etc.

  • Segunda semana, una vez que los sólidos arrastrados por la primera etapa de mantención ya se encuentren decantados.

  • Limpieza de cámaras decantadoras, las que en el anteproyecto se encuentran definidas como cámaras repartidoras, en las que se depositan los sedimentos que más tarde podrían colmatar los sistemas de infiltración.

e Prueba del sistema de elevación de emergencia.

Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, esta Comisión precisa al titular lo siguiente:

ce. La solución a la evacuación y drenaje de las aguas lluvias, debe considerar las características del sitio de emplazamiento, los escurrimientos provenientes de sectores externos, y la solución adoptada debe cumplir con el criterios de no generar mayores caudales de escurrimiento superficial producto de la construcción de superficies impermeables, considerando los parámetros y la tormenta de diseño establecida en el Plan Maestro de Evacuación y Drenaje de

Aguas Lluvia del Gran Santiago, y de acuerdo a indicaciones técnicas del SERVIU Metropolitano.

5.7. Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Suelo, por generación de residuos sólidos, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas de control:

a. Dar cumplimiento a lo establecido en el D.S. N* 594/99, del Minsal, respecto de los residuos domiciliarios y asimilables generados en las fases de construcción y de operación, en los aspectos que correspondan al manejo y disposición final autorizada por la Autoridad Sanitaria Regional.

b. Los residuos de la construcción, residuos inertes y excedentes de movimientos de tierra, generados en la fase de construcción, deben ser dispuestos en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria.

c. Dar cumplimiento a lo establecido en el D.S. N* 148/03, del Minsal, que Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, en las fases de construcción y de operación, en los aspectos que correspondan al manejo y disposición final autorizada de los residuos peligrosos, con operadores, empresas y en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria Regional.

d. Dar cumplimiento a lo establecido en el D.S, N* 06/09, del Minsal, Reglamento Sobre Manejo de Residuos de Establecimientos de Atención de Salud (REAS), en la fase de operación, en los aspectos que correspondan al manejo y disposición final autorizada por la Autoridad Sanitaria Regional, de los REAS que se generen en las instalaciones del centro médico o centro de salud.

Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, esta Comisión precisa al titular lo siguiente para la fase de operación del proyecto:

e. El titular debe considerar que durante la fase de operación, se generarán residuos derivados del funcionamiento y mantenimiento de equipos tales como, compactador, grupo electrógeno, ascensores, bombas de agua, etc., así como de la mantención general del edificio, los que por sus características difieren de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios y que se debe gestionar apropiadamente su disposición, con empresas autorizadas y disponerlos finalmente en lugares autorizados, por la Autoridad Sanitaria.

13 de 27

£. Debe solicitar la autorización ante la Autoridad Sanitaria de la implementación de la sala de basura, para el almacenamiento de residuos especiales u otros residuos de establecimientos de atención de salud (REAS), presentado en dicha

solicitud los siguientes antecedentes, en función de acreditar el cumplimiento del D.S. N? 06/2009, del Minsal:

i. Un plano a escala del sector de acopio de residuos provenientes del centro de salud, especificando las zonas de almacenamiento de cada tipo de residuo (domiciliarios, peligrosos, radiactivos de baja intensidad, especiales, otros), de acuerdo a lo indicado en el D.S. N? 06/2009, del Minsal.

ii. Informar de la distribución y capacidad máxima estimada de los residuos, según peligrosidad y categoría.

iii. Informar de la dotación de contenedores para la reposición, utensilios y equipos, de los lugares de almacenamiento.

iv. Señalar todas las dependencias que serán habilitadas como salas complementarias para el almacenamiento los residuos de establecimientos de atención de salud (REAS), considerando los distintos pisos del centro de salud y los servicios o unidades de apoyo clínico que pudiera contemplarse, tales como laboratorios, banco de sangre, imageneología, clínica dental u otra área de relevancia, desde el punto de vista de generación de este tipo de residuos.

v. Deberá ingresar a la Autoridad Sanitaria los procedimientos de manejo seguro de los residuos generados al interior de la instalación, además de un plan de prevención de riesgos y control de accidentes aplicable al manejo de los residuos de establecimientos de atención de salud,

vi. Deberá verificar que los equipos propuestos para el almacenamiento de las categorías de los residuos de establecimientos de atención de salud, son adecuados en función del riesgo asociado a su manejo; por ejemplo, los desechos corto punzantes no deben ser manejados en equipos compactadores.

5.8. Respecto de la Vialidad Adyacente, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas de control:

a. Dar cumplimiento a lo establecido en el D.S. N* 47/92, del Minvu, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, respecto de haber presentado el Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTU), ante la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones RM y materializar todas las medidas indicadas en el Ord. SM/AGD/N? 3639, de la citada Secretaría Regional, de fecha 30 de abril de 2010, que aprobó sectorialmente dicho EISTU.

b. Dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto N? 158/80, del MOP, que Fija el Peso Máximo de los Vehículos que Pueden Circular por Caminos Públicos.

e. Dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto N* 18/01 y sus modificaciones,

de la Subtel, que prohíbe la circulación de vehículos de carga al interior del Anillo Américo Vespucio.

d. Dar cumplimiento a lo establecido en el D.S. N” 298/95, del Mintratel, que Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos.

19 de 27

e. Obtener ante el Servicio de Vivienda y Urbanización RM, la aprobación de la recepción de la obra de pavimentación de accesos y salidas, antes de la recepción final de la obra por parte de la Dirección de Obra, de la Ilustre Municipalidad de La Reina.

Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, esta Comisión precisa al titular lo siguiente para la fase de operación del proyecto:

f. De establecerse por la Autoridad competente, que el proyecto “Modificación Mall Plaza Egaña”, genera condiciones de demanda vial, distintas a las condiciones evaluadas en el Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTU) aprobado por la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones RM mediante Ord. N 3639, de fecha 30 de abril de 2010, el titular deberá ingresar una complementación de dicho estudio ante la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones RM, previo a que la Dirección de Obras Municipales de la Ilustre Municipalidad de La Reina, apruebe en los aspectos sectoriales que correspondan, el proyecto “Modificación Mall Plaza Egaña”, tal como indica la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y el Oficio Ord. N 17 de la División de Desarrollo Urbano (DDU), del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de fecha 10 de enero de 2006.

5.9. Respecto del Patrimonio Cultural, el titular se obliga a implementar las siguientes

medidas de control para la fase de construcción, dado que el proyecto no considera la intervención de monumentos arqueológicos:

a. Ante cualquier detección superficial o subterránea de un sitio arqueológico, se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y en los artículos 20 y 23 de su Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas, ante lo cual se informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que dicho organismo determine los pasos a seguir, los cuales serán debidamente implementados.

5.10.Respecto de Vectores Sanitarios, el titular se obliga a implementar la siguiente

5.11.

medida de control, en todas las fases del proyecto:

a. Implementar un programa de control de vectores sanitarios, con una empresa autorizada por la Secretaría Regional Ministerial de Salud RM.

Respecto de las medidas de Prevención de Riesgos a implementar en las fases de construcción y de operación del proyecto, el titular comprometió lo siguiente:

a. El almacenamiento de petróleo en tambores durante la fase de construcción, cuya capacidad será igual o inferior a 227 litros, debe cumplir con lo establecido en el D.S. N* 160/09, del Minecon, Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos.

b. Las instalaciones de almacenamiento y abastecimiento de petróleo para abastecer los 4 electrogeneradores de emergencia durante la fase de operación, deben cumplir con lo establecido en el D.S. N* 160/09, del Minecon.

c. El almacenamiento de sustancias peligrosas en todas las fases del proyecto, debe dar cumplimiento a lo establecido en el D.S. N? 78/10, del Minsal, que Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.

20 de 27

d. De implementarse un supermercado durante la fase de operación, en el caso de haber almacenamiento y/o expendio de sustancias peligrosas, se debe dar cumplimiento a lo establecido en el D.S. N? 78/10, del Minsal.

e. Durante la fase de operación, se debe dar cumplimiento a lo indicado en el Decreto N* 133/1984, Reglamento Sobre Autorizaciones para las Instalaciones Radioactivas o Equipos Generados de Radiaciones, Tonizantes, Personal que se Desempeña en Ellos, u opere tales equipos y otras actividades afines, debido a que al interior del centro médico se utilizarán equipos de imageneología que pertenecen a la 2? categoría definida en el artículo 7 del Decreto mencionado.

f. Implementar el Plan de Prevención de Riesgos para la fase de construcción, presentado en el Anexo H de la DIA.

g. Implementar el Plan de Emergencia Mall Plaza Egaña para la fase de operación, presentado en el Anexo G de la DIA.

  1. El Permiso Ambiental Sectorial (PAS) aplicable y exigible al proyecto, es el permiso contenido en el artículo 93 del D.S. N 95/2001, del Minsegpres, Reglamento del SELA, referido a la construcción, modificación y ampliación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. N 725 de 1967, Código Sanitario. Al respecto, el cual el titular presentó los siguientes antecedentes:

a) Aspectos Generales: a.1. Definición del tipo de tratamiento:

Se efectuará la compactación y almacenamiento temporal de residuos, en salas especialmente destinadas para este fin, distribuidas en varios niveles al interior del centro comercial y de la torre del proyecto.

a.2. Localización y características del terreno:

El terreno se ubica en la intersección de Avenida Américo Vespucio (Avenida Ossa) y Avenida Larrain. La infraestructura proyectada corresponde a la construcción de un Centro Comercial, que contará con salas de basura especialmente acondicionadas para el almacenamiento temporal de residuos, salas que estarán localizadas al interior de la torre y del centro comercial.

a.3. Caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos: La operación del proyecto tiene asociada la generación de residuos de distinta tipología:

  • Residuos Comunes: Los residuos asociados a la operación del proyecto son mayoritariamente de tipo inorgánico, tales como papeles, cartones, envases, plásticos, etc., provenientes de locales comerciales y grandes tiendas.

Residuos Orgánicos: Asociados al funcionamiento del restaurantes, patio de comida. Residuos Comunes Oficinas: Correspondientes a los residuos comunes asociados a la operación de la oficinas localizadas en la torre del proyecto.

  • Residuos de Establecimientos de Atención de Salud (REAS): Correspondientes a los

de residuos de tipo médico asociados a la operación del centro médico localizado en la torre del proyecto.

21 de 27

Los residuos tendrán distinto manejo de acuerdo a su tipología. A continuación se

presentan las estimaciones de generación de residuos de acuerdo a la memoria técnica del proyecto de basura:

Residuos comunes centro comercial: 10.000 litros por día. Residuos orgánicos: 11.000 litros por día.

Residuos comunes oficinas: 600 litros por día.

Residuos centro de salud: 140 litros por día.

a.4. Obras civiles proyectadas y existentes: corresponden a una obra nueva en la que se

proyecta la construcción de salas de hormigón para el almacenamiento temporal de residuos.

a.5. Vientos predominantes: los residuos almacenados al interior de las salas de basura no se verán afectados por el viento, ya que como se señaló anteriormente el almacenamiento temporal se efectuará en salas localizadas al interior del proyecto.

a.6. Formas de control y manejo de material particulado, de las emisiones gaseosas, de las partículas de los caminos de acceso e internos que se pretenda implementar, y de olores, ruidos, emisiones líquidas y vectores:

e Material Particulado: No se aplica dadas las características del proyecto, el tratamiento es al interior del recinto.

e Olores: Para controlar olores en las zonas de compactación de basuras orgánico perecibles, y baños (los mayores generadores de olores en todo el sistema de tratamiento), se proyecta la instalación de un Equipo Ozonizador.

e Vectores: La operación del proyecto considerará un plan preventivo a la presencia de vectores sanitarios en las instalaciones del proyecto.

e Emisiones líquidas: Los equipamientos mayores y menores para acumulación serán impermeables y sellados.

a.7. Características hidrológicas e hidrogeológicas: no aplica, dadas las características del proyecto, en cuanto a que no se prevé probabilidad alguna de procesos de infiltración de líquidos percolados producto del manejo de residuos al interior del proyecto.

a.8. Planes de prevención de riesgos y planes de control de accidentes, enfatizando las medidas de seguridad y de control de incendios, derrames y fugas de compuestos y residuos: el proyecto considera Extintores de 10 Kg ABC.

a.9, Manejo de residuos generados dentro de la planta: una vez compactados los residuos, estos serán almacenados temporalmente en contenedores de de distinta capacidad. El retiro se hará efectivo mediante la subcontratación de empresas especializadas.

f) Tratándose de almacenamiento de residuos, además de lo señalado en la letra a):

f.1. Caracteristicas del recinto: el proyecto considera la construcción de salas de basuras principales.

Sala de Transición de Basura Orgánica, en 4” Piso.

Sala de Basura Común, en 1* Subterráneo.

Central de Acumulación de Basura Orgánica, en 1 Subterráneo. Sala de Basura Residuos Oficina, en 2 Subterráneo.

Sala de Basura Residuos del centro médico, en 2? Subterráneo.

22 de 27

A continuación se presentan las principales características de las salas de basura, exceptuando la sala para los REAS del centro de salud:

  • Muros de albañilería en todo su contorno, afinados y empastados. Revestidos en cerámica hasta 1,8 m de altura, sobre ese nivel serán pintados con pintura lavable (óleo blanco brillante). Tendrán una resistencia al fuego de 120 minutos.

  • Los pisos serán de radier y estarán cubiertos con piso de baldosa.

e Las salas contarán con iluminación hermética que permita el lavado del interior del recinto, no debiendo existir conos de sombra.

e Se construirán piletas con rejilla con 1% de pendiente conectada a la red pública de alcantarillado.

e Las salas contarán con enchufes monofásicos de 220 v de 10/16 AMP.

e Las puertas contarán con peinazo metálico a ambos lados, para resistir impactos y la acción de roedores. Contará con burlete de goma de arrastre perfectamente ajustado.

e Las esquinas y vértices serán redondeadas en un radio mínimo de 4 cm.

» Las cañerías y ductos que pasen por la sala de basura se encajonarán o aislarán con cielos falsos y/o vigones.

  • Las salas contaran con extintores de 10 Kg. ABC y con sistema de sprinklers. f.2 Establecimiento de las formas de almacenamiento, como a granel o en contenedores:

Los residuos serán tratados en una máquina compactadora para la reducción de volumen, serán almacenados temporalmente en bolsas selladas dentro de contenedores de distintas capacidades, hasta el retiro por parte del servicio de recolección municipal o en su defecto por empresas especializadas.

El detalle de las salas de basuras o residuos, se presenta en la Memoria Cálculo Matriz

6.1 y en los siguientes planos, todos antecedentes del Anexo F Especificaciones Técnicas de la DIA:

Planos de Emplazamientos, Lámina 01/05, de fecha junio de 2010. Planos de Emplazamientos, Lámina 02/05, de fecha junio de 2010. Planos de Emplazamientos, Lámina 03/05, de fecha junio de 2010. Planos Salas, Lámina 04/05, de fecha junio de 2010.

Planos Salas y Nomenclatura, Lámina 05/05, de fecha junio de 2010.

. . ... .

6.1. En la Adenda N? 1, el titular aclaró que el manejo y disposición final de los REAS, dará cumplimiento a lo establecido en los D.S. N* 148/2003 y D.S. 06/2009, ambos del Minsal y presentó en forma complementaria los siguientes antecedentes de la sala de residuos del centro médico (REAS):

a. Aspectos Generales:

a.1. Definición del tipo de tratamiento: Almacenamiento temporal de residuos provenientes del centro médico.

a.2. Localización y características del terreno: El terreno se ubica en la intersección de Avenida Ossa y Avenida Larrain. La infraestructura proyectada corresponde a la construcción de un Centro Comercial, que contará con salas de basura especialmente acondicionadas para el almacenamiento temporal de residuos, salas que estarán localizadas al interior del Centro Comercial.

a.3. Caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos: La operación del Centro

Médico tiene asociada la generación de residuos de distinta categoría (D.S. 06/2009, del Minsal).

23 de 27

  • Residuos Peligrosos: 100 L/mes.
  • Residuos Especiales: 100 Kg/mes. e Sólidos Asimilables a Domiciliarios: 540 L/mes.

a.4, Obras civiles proyectadas y existentes: No se cuenta con obras preexistentes. Se proyecta la construcción de una sala de hormigón para el almacenamiento temporal de residuos.

a.5. Vientos predominantes: Los residuos almacenados al interior de la sala de basura no se verán afectados por el viento, debido a que la sala se localizará en el 2? Nivel Subterráneo.

a.6. Formas de control y manejo de material particulado, de las emisiones gaseosas, de las partículas de los caminos de acceso e internos que se pretenda implementar, y de olores, ruidos, emisiones líquidas y vectores:

  • Material Particulado: al interior de la sala basura no se generarán emisiones de Material Particulado.

e Olores: Para controlar olores se proyecta la instalación de un Equipo Ozonizador.

  • Vectores: La operación del proyecto considerará un plan preventivo a la presencia de vectores sanitarios en las instalaciones del proyecto.

e Emisiones líquidas: Los elementos para almacenamiento serán impermeables y sellados.

a.7. Características hidrológicas e hidrogeológicas: No aplica. La sala de basura se localizará en el 2” nivel subterráneo (de 6 niveles subterráneos a construir), por lo cual

no se prevén procesos de infiltración de líquidos percolados producto del manejo de residuos al interior de la sala.

a.8. Planes de prevención de riesgos y planes de control de accidentes, enfatizando las medidas de seguridad y de control de incendios, derrames y fugas de compuestos y residuos: El proyecto considera un Extintor de 10 Kg ABC.

a.9. Manejo de residuos generados dentro de la planta: Los residuos serán almacenados temporalmente en contenedores, diferenciados para cada categoría de residuos. El retiro se hará efectivo mediante la subcontratación de empresas especializadas.

£) Tratándose de almacenamiento de residuos, además de lo señalado en la letra a):

f.1. Características del recinto: el proyecto considera la construcción de una sala de basura con las siguientes características:

e La sala contará con un diseño que permita un trabajo seguro, facilitando el acceso

del personal, y, cuando corresponda, la maniobra de los carros de recolección interna.

  • Se separarán y señalizarán los sectores destinados para las diferentes categorías de REAS generados.

e Puertas de cierre ajustado, y provistas de cerrojo que permitan el acceso y retiro de los residuos.

e La sala contará con iluminación hermética que permita el lavado del interior del recinto, no debiendo existir conos de sombra.

e Lasala contarán con enchufes monofásicos de 220 y de 10/16 AMP.

  • Lasala contará con un extintor de 10 Kg. A,B,C, a lo menos.

e Ventilación adecuada a los residuos almacenados.

24 de 27

6.2.

10.

  • Ductos de ventilación, ventanas, pasadas de tuberías y otras aberturas similares, protegidos del ingreso de vectores de interés sanitario.

e Piso y paredes revestidas internamente con material liso, resistente, lavable, impermeable y de color claro. El piso con una pendiente de, al menos, 2% orientada hacia un sumidero conectado al sistema de alcantarillado.

e La sala contará con área de lavado y desinfección de contenedores dotada de los elementos necesarios para realizar esa actividad.

e Lavamanos suficientes para permitir el aseo del personal que allí se desempeña.

f.2. Establecimiento de las formas de almacenamiento, tales como a granel o en

contenedores. Los residuos se almacenarán en contenedores, dando cumplimiento al D.S. 06/2009, del Minsal.

Mediante Ord. N”* 3568 de fecha 05 de mayo de 2011, la Secretaría Regional Ministerial de Salud RM, se pronunció conforme precisando lo siguiente:

“El permiso contenido en los artículo 93 del D.S. N 95 de 2001 del MINSEGPRES, publicado en el Diario Oficial el sábado 7 de diciembre de 2002, sobre el “Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”. Dicho permiso está relacionado con la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basura y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. N 725 de 1967, Código Sanitario. Al respecto el titular del proyecto da respuesta a todos los contenidos del Permiso Ambiental Sectorial 93. Por lo tanto esta Autoridad Sanitaria se pronuncia conforme y otorga el permiso ambiental en cuestión; sin perjuicio de lo anterior deberá cumplir con la Normativa de carácter ambiental aplicable, en este caso, la Resolución N” 7328 “Normas Sobre Eliminación de Basuras en Edificios Elevados”.

Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

Que, el titular del proyecto “Modificación Mall Plaza Egaña” deberá informar inmediatamente al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para controlarlos y hacerse cargo de ellos.

Que, el titular del proyecto “Modificación Mall Plaza Egaña” deberá comunicar inmediatamente y por escrito, al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región

Metropolitana de Santiago, los cambios de titularidad, domicilio o del representante legal.

Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de

responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas directamente por éste o a través de un tercero.

25 de 27

  1. Que, en atención a todo lo señalado con anterioridad, puede concluirse que los impactos ambientales del proyecto “Modificación Mall Plaza Egaña”, se ajustan a la normativa de carácter ambiental vigente, y que el proyecto no genera, ni presenta los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N*19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

  2. Que, en razón de lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago,

RESUELVE:

  1. CALIFICAR ambientalmente favorable el proyecto “Modificación Mall Plaza Egaña”, cuyo titular es Desarrollos Urbanos S.A,

  2. Declarar que para que el proyecto pueda ejecutarse, deberá darse cabal cumplimiento a todas las medidas y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución.

  3. CERTIFICAR que el proyecto “Modificación Mall Plaza Egaña”, cumple con la normativa de carácter ambiental, y requiere del Permiso Ambiental Sectorial señalado en el artículo 93 del Título VII del D.S. N 95/2001, del Minsegpres, el que se otorga, y que no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N 19.300.

  4. Se hace presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime oportuno.

. Nofifíquese y Archívese RN A

Sa

Y Distribución + Alejandro Gonzalez O'Ryan

26 de 27

C/e:

Dirección Regional de Aguas RM

Dirección Regional de Obras Hidráulicas RM

Gobierno Regional RM

Tustre Municipalidad de La Reina

Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas RM Secretaría Regional Ministerial de Salud RM

Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones RM Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo RM SEREMI de Medio Ambiente

Servicio de Vivienda y Urbanización RM

Superintendencia de Electricidad y Combustible SEC Intendencia Región Metropolitana

Expediente del Proyecto "Modificación Mall Plaza Egaña " Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana

27 de 27