Evaluación SEA

TRANSPORTE POR CARRETERA DESDE CRUCE ROMERAL HASTA PUERTO DE COQUIMBO, ALMACENAMIENTO EN PUERTO Y EMBARQUE DE CONCENTRADOS DE MAGNETITA

Rol 5077336
SEA · DIA · Aprobado · 2010-11-16 · Región de Coquimbo · COMPAÑÍA MINERA LLANOS DE EL TOFO

Servicio de Evaluación

Ambiental

MAT.: Califica Ambientalmente Favorable la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Transporte Por carretera desde cruce Romeral hasta Puerto de Coquimbo,

almacenamiento en Puerto y embarque de concentrados de magnetita”.

RESOLUCION EXENTA No (7 2

LA SERENA, 31 Maro 2011 VISTOS:

ministración del Estado; La Resolución N*1 .600/2008 de pública, que fija normas sobre exención del trámite de

  1. La Declaración de Impacto Ambiental, en adelante la DIA y sus Adenda del proyecto “Transporte Por carretera desde cruce Romeral hasta Puerto de Coquimbo, almacenamiento en puerto y embarque de concentrados de magnetita”, presentada

por el Sr. Gerardo Paetz Arana, en representación de Compañía Minera Llanos del Tofo, con fecha 16 de Noviembre 2010.

  1. Las observaciones y pronunciamientos de los Órga ue, sobre la base de sus facultades legales y atri

14/12/2010 sobre la DIA, de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Coquimbo; Oficio N2036 de fecha 07/12/2010 sobre la DIA, de la SEREMI de Obras Públicas, Región de Coquimbo; Oficio N 2264/2010 de fecha 03/12/2010 sobre la DIA, del Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Coquimbo; Oficio N“83 de fecha 10/12/2010

sobre la DIA, de la SEREMI de Salud, Región de Coquimbo; Oficio N*12600/25/179 de fecha 14/12/2010 sobre la DIA, de la Gobernación Maríti

ma, Región de Coquimbo; Oficio N84 de fecha 06/01/2011 sobre la DIA, del Gobierno Regional Región de Coquimbo; Oficio N440077411 de fecha 24/03/2011 sobre el Adenda N1, del Servicio Nacional de Pesca, Región de Coquimbo; Oficio N327 de fecha 23/03/2011 sobre el Adenda N*1, de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Regi

ón de Coquimbo; Oficio N541 de fecha 18/03/2011 sobre el Adenda N1, de la SEREMI de Obras Públicas, Región de

sobre el Adenda N*1, del Servicio

sobre el Adenda N1, de la SEREMI de Salud, Región de Coquimbo; Oficio N12600/25/29 de fecha 23/03/2011 sobre el Adenda N1, de la Gobernación Marítima Región de Coquimbo; Oficio N767 de fecha 28/03/2011 sobre el Adenda N*1, de la

¿no 44/2011 sobre el Adenda N2, de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Regióñ. 3 Coquimbo; Oficio N'34 de fecha 18/04/2011 sobre el Adenda N2, de la SERE di 3 — oePtRalud; Región de Coquimbo. gls

Vía, JURIDICO E

mE 0r*

  1. El informe Consolidado de Evaluación, en adelante ICE, de la Declaración de impacto Ambiental del proyecto “Transporte por carretera desde cruce Romeral hasta Puerto de Coquimbo, almacenamiento en puerto y embarque de concentrados de magnetita”, de fecha 18 de Mayo de 2011.

5 El acta de la sesión de fe:

de la Región de Coquimbo.

  1. Los demás antecedentes, que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Transporte por carretera desde cruce Romeral hasta Puerto de Coquimbo, almacenamiento en puerto y embarque de concentrados de magnetita”.

cha 23 de Mayo de 201 1, de la Comisión de Evaluación

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Comisión de Evaluaci

ón de la Región de Coquimbo debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos a

mbientales aplicables al proyecto.

  1. Que, el derecho del titular a em estricto de todas aquellas normas ambiente y a las condiciones baj permisos ambientales sectoriales

prender actividades está sujeto al cumplimiento jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio o las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los

  1. Que, según los antecedentes señ respectiva y sus Adenda, el proy concentrada, particularmente magnetita, desde el cruce de serán almacenados al aire libre

alados en la Declaración de Impacto Ambiental ecto consiste en el transporte de materiales de magnetita concentrados de granzas y concentrados de finos de la mina el Romeral hasta el Puerto de Coquimbo, donde para luego ser embarcados.

El proyecto corresponde a una modifi Marzo de 2002 de la COREMA Re: proyecto denominado “Explotación

cación de la Resolución Exenta N*68 de fecha 26 de gión de Coquimbo, que calificó ambientalmente el de magnetita desde depósitos aluviales”.

El proyecto se emplazará entre el cruce de la Ruta 5 Norte con el camino a Mina el Romeral (sector Juan Soldado)

hasta el interior del Puerto de Coquimbo. Las coordenadas UTM del sector de acopio en el Puerto son: 6.684.991 N y 274.557 E (Datum WGS84).

El monto de inversión del proyecto será de US$100.000. La vida útil será de 8 años. La mano de obra requerida será la siguiente:

Actividad de transporte: máximo de 30 choferes.

Manejo de acopio: máximo de seis trabajadores por turno.

Embarque: 60 trabajadores por embarque, los cuales se realizarán temporalmente por dos a tres días.

3.1. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO 3.1.1. ETAPA DE CONSTRUCCIÓN

La etapa de construcción corresponderá a las actividades de acondicionamiento del sector de acopio de mineral en el Puerto de Coquimbo, esto es, emparejado del terreno y colocación de carpeta impermeable sobre el suelo. Además, se construirá un pretil de contención que bordeará el área de contención y se asfaltará el acceso al acopio. El cierre perimetral se realizará con malla raschel de 8,5 m de alto.

Para mayores antecedentes, ver literal B.2 del Ca

pítulo 2 de la DIA, literal A.1 del Anexo N?2 del Adenda N*1 de la DIA y numeral 1.2 del A

denda N?2 de la DIA.

3.1.2. ETAPADE OPERACIÓN 3.1.2.1. Transporte de Magnetita

El transporte se realizará por un tramo total de

con el camino de tierra a la mina Romeral (sector Juan Soldado) y el recinto interior del Puerto de Coquimbo. De esta distancia, 20 km corresponderán a tránsito por la Ruta 5 Norte, y 3 km al ingreso desde la carretera hasta el recinto del puerto. El transporte se efectuará de lunes a domingo, las 24 horas del día durante todos los días del año, realizando como máximo 60 viajes por día, lo cual representa 2,5 viajes por hora.

23 km, entre el cruce de la Ruta 5 Norte

El transporte de concentrados de ma:

gnetita al Puerto de Coquimbo será realizado mediante camiones con tolva de tipo bat:

ea con capacidad para 30 toneladas.

La tolva de los camiones será cubierta por lonas protectoras, a fin de evitar la dispersión de polvo o eventual caída de material particulado.

Durante la época estival, se realizará un máximo de por hora. Además, se reducirán en un 50% los viaje: vehicular (días hábiles, entre 08.00 a 9.30 hora

40 viajes diarios, esto es 1,7 viajes s durante las horas peak de tráfico s y de 18.00 a 19:30 horas).

Para mayores antecedentes, ver literal A del numeral 2 de la DIA y numeral 5 del Adenda N%4 de la DIA.

3.1.2.2. Acopio de Magnetita en Puerto

El acopio de mineral de magnetit:

a se realizará en el extremo norte del recinto portuario (ver Plano “Ubicación acopio c:

Oncentrados de magnetita” en Anexo N*2 del Adenda N?1 de la DIA). El llenado del acopio se realizará en dos niveles: uno inferior de 3,5 m de

altura y posteriormente un nivel superior de la misma altura, completando una altura total

de 7 m. El procedimiento de llenado y vaciado del acopio, se encuentra descrito en el literal B.3 de la DIA y literal C del Anexo N2 del Adenda N*1 de la DIA.

3.1.2.3. Embarque de Magnetita

El embarque del concentrado se realizará en naves 35 mil y 60 mil toneladas. Sin embargo, los em barqu

toneladas de concentrado. El proceso completo de tres días.

tipo Handymax con capacidad entre es individuales serán de hasta 25 mil

Durante cada embarque se considerará la utilización de los siguientes equipos y

maquinarias:

. 3 a 6 camiones tolva.

. 3 a 6 bateas metálicas. . 1 cargador frontal.

. 1 0 2 grúas del buque. .

Equipos complementarios y de apoyo al proceso.

Las principales actividades de la operación de embarque corresponderán a las siguientes:

. Carga de concentrados desde el acopio al camión. . Transporte de concentrados hacia el muelle.

. Carguío de la nave. .

Regreso de los camiones hacia la cancha de acopio.

Para mayores antecedentes, ver literal C de la DIA.

A objeto de evitar eventuales derrames de concentrado al mar, se instalará en el co NOR del barco que enfrenta el muelle, manteletas entre éste y la nave. Al término de la: ¿A

RS carguío, se aspirará el área utilizada. Para Mayores antecedentes, ver num 3 -———_détiAdenda N*1 de la DIA. ¿9 r

3.1.3. ETAPA DE CIERRE

En la etapa de cierre se retirará la car se realizará un aseo general del área magnetita que pudiera haber.

peta impermeable ubicada bajo la zona del acopio y , Tetirando cualquier remanente de concentrados de

3.2. EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS

3.2.1. EMISIONES ATMOSFÉRICAS

Las emisiones de material particulado asociadas al proyecto serán las siguientes:

Transporte por caminos pavimentados: 19 t/año. Descarga de material: 0,7 t/año. . Erosión eólica: 0,3 Vaño.

Para mayores antecedentes, ver numeral 2.3

“Impacto sobre la calidad del aire” de la DIA y Anexo N1 del Adenda N

1 de la DIA “Modelo de material particulado”. Medidas de control:

. El transporte de concentrado de magnetita en camiones se realizará con la carga cubierta.

Los vehículos y maquinarias contarán

con las revisiones técnicas al día. Se mantendrán registros de control de mantenciones y revisiones técnicas. . Cierre perimetral de 8,5 m de altura con

malla raschel. Posterior al proceso de embarque, se realizará una limpieza del área con aspiradoras.

. El concentrado de finos de magnetita, previo al transporte a puerto, será humedecido.

Para mayor detalle, ver numeral 1.2 del Adenda N1 de la DIA y literal D del Anexo N1

del Adenda N*1 de la DIA.

3.2.2, DESCARGAS LÍQUIDAS

El proyecto no generará descarg; aguas domésticas, el person: instalaciones del puerto.

as líquidas de ningún tipo. Respecto a las descargas de al utilizará los baños y redes de alcantarillado de las

Para mayores antecedentes, ver numeral 2.4, 2.5 y 3, todos de la DIA, y numeral 1.11 del Adenda N?1 de la DIA.

3.2.3. RESIDUOS SÓLIDOS

a) Residuos Sólidos Domésticos y Asimilables: restos de alimentos, artículos de oficina, papeles, portuario, serán colectados y depositados en co puerto. Se estima una generación de 70 kg/mes.

este tipo de residuos corresponderá a etc. Se generarán sólo en el recinto ntenedores de las instalaciones del

por una empresa contratista encargará de la disposición final en

residuos peligrosos de 50 kg/mes.

, Quien retirará estos residuos y se lugar autorizado. Se estima una generación de

Para mayores antecedentes, ver numeral 2.5 de la DIA.

3.2.4. RUIDO

En Anexo N*3 “Declaración de impacto acústico” del Adenda N?

1 de la DIA, se describe los niveles de inmisión de ruido del proyecto, t

anto para el transporte de mineral

hasta el puerto, como para las actividades de acopio

en puerto, para cada una de etapas del proyecto y considerando turnos diarios y nocturno:

S.

El acopio de mineral se realizará de forma tal que el mismo acústica. Para mayor detalle, ver Anexo N?2, literal C “Eta “Etapa de vaciado del acopio” del Adenda N*1 de la DIA.

mineral generará una pantalla pa de llenado del acopio” y

  1. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al

mbarque de concentrados de magnetita” y sobre la

nstan en el expediente de evaluación, debe ind el proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable.

  1. Que, para que el proyecto pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables:

5.1. Control de Emisiones a la Atmósfera:

. Decreto Supremo N*144/61 del Ministerio de Salud. Norma para Evitar

Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos d

le Cualquier Naturaleza.

. Decreto Supremo N*4/94 del Ministerio de Transporte Telecomunicaciones. Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a Vehículos Motorizados.

. Decreto Supremo N*55/1994 del Ministerio de Transportes y

Telecomunicaciones. Norma de

Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados.

Para mayor detalle sobre las medidas de control

, Ver numeral 3.2.1 de la Presente Resolución y capítulo N%4 de la DIA.

5.2. Residuos Sólidos:

. Decreto con Fuerza de Ley N*725/67 del Ministerio de Salud. Código Sanitario.

. Decreto Supremo N"594/99 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básica

s en los Lugares de Trabajo.

. Decreto Supremo N*148/2003 del Ministerio de Salud. Reglamento Sanitario

sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Forma de cumplimiento: durante las distintas etapas del proyecto se generarán residuos sólidos domésticos y asimilables y residuos peligrosos. Los residuos domésticos y asimilables serán almacenados en contenedores del puerto dispuestos para ello.

Los residuos peligrosos serán genera: cargador frontal. El retiro de esto realizará las mantenciones.

dos producto de las actividades de mantención del s residuos estará a cargo de la empresa contratista que

Para mayores antecedentes, ver numeral 3.2.3 de la presente Resolución y numeral 2.1 del Adenda N*2 de la DIA.

5.3, Residuos Líquidos:

. Decreto Supremo N*594/99 del Ministerio de Salud.

Reglamento sobre” A Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajé. - “e

. Decreto Supremo N'4/4992 del Ministerio de Defensa Nacional. Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática.

Forma de cumplimiento: el personal del proyecto utilizará los baños y redes de

alcantarillado de las instalaciones del puerto, por lo que los residuos líquidos domésticos serán dispuestos en la red de alcantarillado público.

Se utilizarán lonas entre el muelle y el barco

realizará un monitoreo, con una frecuencia se:

período, según los resultados obtenidos, se evaluará la posible disminución de la frecuencia de monitoreo a uno anual.

Para mayor detalle, ver numeral 1.14 del Adenda N1 de la DIA y Anexo N5 del Adenda N?1 de la DIA.

5.4, Contaminación Lumínica:

. Decreto Supremo N%686/99 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Establece Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica.

Forma de cumplimiento:

las luminarias que se instalarán en el proyecto estarán certificadas y su emisión lumíni

mínica será menor a los límites máximos

itado ante la autoridad, en forma sectorial y en forma previa al inicio de funcionamiento del sistema de iluminación.

5.5. Ruido:

. Decreto Supremo N* Presidencia. Norma d Fijas.

146/1997 del Ministerio Secretaría General de la le Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes

  1. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Transporte por carretera desde cruce Romeral hasta Puerto de Coquimbo, almacenamiento en puerto y embarque de concentrados de magnetita” requiere el Permiso Ambiental Sectorial

la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental que ha sido informado favorablemente durante

  1. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N*19.300 y, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Transporte por carretera desde cruce Romeral hasta Puerto de Coquimbo, almacenamiento en puerto y

embarque de concentrados de magnetita” no generaría ni presentaría ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

Que, el titular del proyecto deberá informar de Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo, una medios visuales o instrumentales, la ocurrencia de cualquier hecho, circunstancia, accidente y/o contingencia, previstas o RO, y sus posibles efectos o impactos ambientales. El titular deberá implementar e informar a esta Comisión las medidas provisorias o definitivas necesarias para controlar, evitar y/o detener estos efectos o impactos.

inmediato y por escrito a la vez constatada, ya sea por

Asimismo, deberá coordinar con los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental, la implementación de las medidas adecuadas para controlar, evitar, detener, restaurar y/o compensar en forma definitiva los efectos o impactos ambientales identificados dentro de un plazo no superior a tres (3) días contados desde la

fecha de aviso a la Comisión de Evaluación de los eventos que alude el presente considerando.

  1. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar al Servicio de Evaluación Ambiental Región de Coquimbo, al anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del

proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la

e la Región de Coquimbo, la individualización de cambios de titularidad o domicilio.

Que, todas las medidas y disposiciones estableci son de responsabilidad del titular del proyecto, sean imple: o a través de un tercero.

das en la presente Resolución, mentadas por éste directamente

  1. Que, en razón de

todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo.

RESUELVE:

  1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE la DIA del carretera desde cruce Romeral hasta Pu puerto y embarque de concentrados d Evaluación de Impacto Ambiental por el Se: de Compañía Minera Llanos del Tofo.

Proyecto “Transporte por erto de Coquimbo, almacenamiento en 'e magnetita”, presentada al Sistema de ñor Gerardo Paetz Arana, en representación

ía, ni presentaría ninguno de los efectos, características o

Medio Ambiente, incluidos los requisitos de c;

Ambiental Sectorial del artículo 94 del Regla: Ambiental.

arácter ambiental contenidos en el Permiso mento del Sistema de Evaluación de Impacto

Hacer presente que procede en contra reclamación, contemplado en el artículo 20 de Ambiente, en el plazo y ante quien correspon

de la presente Resolución, el recurso de la Ley de Bases Generales del Medio . da según las disposiciones del ado:

Notifíquese y Archívese

O

SERGIO GAHONA SALAZAR Intendente Región de Coquimbo Presidente Comisión de Evaluación Región de Coquimbo

CLAUDIA RIVERA ROJAS Directora Regional Servicio de Evaluación Ambiental

Secretaria Comisión de Evaluación o Región de Coquimbo ¿no Re G.

ho 3 ro, | rá. JURIDICO clórf

Sr. Gerardo Paetz Arana, Representante Legal Compañia Minera Llanos del Tofo. Sres. Miembros de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo. Gobernación Marítima, Región de Coquimbo.

Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Coquimbo.

Servicio Nacional de Pesca, Región de Coquimbo.

Gobierno Regional Región de Coquimbo.

llustre Municipalidad de La Serena.

lustre Municipalidad de Coquimbo.

S

a" 60%,

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$ 8 %,

Expediente de evaluación del proyecto “Transporte por carretera desde cruce Romeral hasta Puerto de Coquimbo, almacenamiento en puerto y embarque de concentrados de magnetita”.

Archivo Comisión de Evaluación Región de Coquimbo.