Construcción de Líneas de Flujo para los Pozos Tropilla M, N y H
REPÚBLICA DE CHILE COMISION DE EVALUACIÓN XII REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA
Califica Ambientalmente el proyecto "Construcción de Líneas de Flujo para los Pozos Tropilla M, N y H ”"
Resolución Exenta N* 063/2010 Punta Arenas, 14 de Diciembre de 2010 VISTOS:
l.- — La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto “Construcción de Líneas de Flujo para los Pozos Tropilla M, N y H”, presentada por el Señor Victor Briano Peralta en representación de la Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes, con fecha 27 de septiembre de 2010;
2.- — Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
2,1- Con Relación a la Declaración de Impacto Ambiental
Oficio N%259 M.A., publicado por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 06/10/2010; Oficio N570, publicado por Dirección de Obras Hidráulicas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 14/10/2010; Oficio N1520, publicado por Servicio Agricola y Ganadero, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 15/10/2010; Oficio N799, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 15/10/2010; Oficio N372, publicado por Corporación Nacional Forestal, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 18/10/2010; Oficio N"480, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 18/10/2010; Oficio N757, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 19/10/2010; Oficio N435, publicado por Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 19/10/2010; Oficio N006, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Energía, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 20/10/2010; Oficio N5212, publicado por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 20/102010; 2.2.- Con Relación al Adenda Nl
Oficio N1822, publicado por Servicio Agricola y Ganadero, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 23/11/2010; Oficio N432, publicado por Corporación Nacional Forestal, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 26/11/2010: Oficio N*%490, publicado por Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 01/12/2010;
3.- El Acta de la Sesión N"06 la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, de fecha 14 de diciembre de 2010; 4- Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Construcción de Lineas de Flujo para los Pozos Tropilla M, N y H”.
5.- — Lo dispuesto en la Ley N19,300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2? del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N*1600/2008, de la Contraloría General de la República; y las demás normas aplicables al proyecto.
CONSIDERANDO:
1.- — Que, la Comisión de Evaluación de Magallanes y Antártica Chilena debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto “Construcción de Lineas de Flujo para los Pozos Tropilla M, N y H”;
2.- Que, el derecho de la Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
3.- Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto “Construcción de Lineas de Flujo para los Pozos Tropilla M, N y H” consiste en la construcción de una línea de flujo de 6” a 12” de diámetro nominal y de 4.190 m de longitud total, divididos desde el Pozo Tropilla M al Colector Palenque, de 3.240 metros, desde el Pozo Tropilla N hasta el Colector Palenque N de 110 metros y desde el Pozo Tropilla H hasta el Colector Palenque de 840 metros, los cuales transportarán los hidrocarburos provenientes de los futuros pozos tropilla M,
N, y H, hacia el Colector Palenque, que se encuentra actualmente en operación, el cual fue aprobado por la RCA N*034/2008. 3.1.- Localización El Proyecto se localiza en la Región de Magallanes y Antártica Chilena, Provincia de Magallanes, Comuna de San Gregorio, especificamente en el predio Estancia don Alejandro. 3.1.1.- Coordenadas Las coordenadas geográficas son:
Coordenadas UTM WGS584 Linea Longitud Punto Norte Este Inicio 4176463 415492 Pozo Tropilla M 3.240m Término 4176108 418471 , : Inicio 4175985 55 Pozo Troplllaay Lt Término 4176070 ds BA Ea Inicio 4175948 414963 Pozo TropillaH Sato Término 4176116 415785 3.2.- Superficies Descripción [ Superficie (ha) Etapa de Construcción Línea de Flujo Tropilla M (3.240 mx 12 m) 3,88 Linea de Flujo Tropilla N (110 mx 12m) 0,13 Linea de Flujo Tropilla H (340 mx 12m) 1,00 Total Etapa de Construcción 3,01 Etapa de Operación Linea de Flujo tropilla M (3.240 mx 6 m) 1,94 Linea de Flujo tropilla N (110 mx 6 m) 0,06 Linea de Flujo tropilla H (840 m x 6 m) 0,5 Total Etapa de Operación 2,50 3.3.- Definición de sus partes, acciones y obras físicas 3,3.1.- Descripción de las Fases y Componentes del Proyecto 3.3.1.1.- Trazado del Ducto El Proyecto busca conectar la producción de los pozos Tropilla M, N y H al Colector Palenque, De acuerdo a la longitud del trazado, 4.190 metros, se puede asegurar que este ducto, tanto para la etapa de construcción como en la de posterior operación, sólo ocuparán una fracción menor de la estepa magallánica (5,01 ha). Así mismo, la capa vegetal intervenida, será tratada según lo establecido en el Plan de Intervención de Cubierta Vegetal. Dentro de las características del ducto se presentan: 3.3.1.1.1.- Linea de Flujo
-
— Cañería de acero enterrada con revestimiento tricapa el cual asegurará una adecuada protección contra la corrosión externa del ducto en la etapa de operación, adicionalmente en caso de ser necesario, en una etapa posterior, se instalarán ánodos de sacrificio para la protección catódica.
-
— Diámetro nominal 6” a 12”.
-
— Longitud 4.190 m.
-
— Profundidad de enterramiento | metro en todo el trazado.
Junto a lo anterior es importante señalar que el Proyecto no considera la instalación de
equipos calentadores en el trazado
3.3.1.1.2.- Equipos de Mantención
Se utilizará la misma infraestructura y personal especializado existente en Posesión y San
Gregorio, destinado al mismo propósito, para efectuar los mantenimientos programados y
preventivos del sistema de ductos e instalaciones ENAP - Magallanes en actual
operación. 3.3.1.2.- Campamentos de Faena Para la etapa de construcción no se consideran campamentos de Faena. 3.3,1.3.- Topografía de Detalle
La construcción del ducto proyectado exige topografía de detalle, de esta manera se logra optimizar el trazado para la etapa de construcción y operación, lo que permite minimizar la superficie intervenida. Esta topografía se genera durante la etapa de Ingeniería de Detalle, que corresponde a una etapa de desarrollo posterior a esta Declaración. 3.3.1.4.- Ingeniería y Diseño
Al igual que en todos los proyectos presentados por ENAP - Magallanes que tienen relación con la conectividad de pozos o yacimientos con las plantas de procesos o Centrales de flujo, la Ingeniería del Proyecto comprende principalmente tres fases:
3.3.2.- 3.3.2.1.-
3.3.2.2.-
3.3.2.2.1.-
3.3.2.2.2.-
3.3,2.2.4.-
-
Ingeniería Conceptual para efectos de definición de estudio de factibilidad técnicoeconómica y definición de trazados tentativos.
-
Ingeniería Básica para definición del trazado preliminar y dimensión de los ductos y de sus principales equipos asociados.
-
— Ingeniería de Detalle para definición del trazado definitivo y confección de los planos de ingeniería, en todas sus disciplinas, los que finalmente permitirán la construcción del Proyecto.
Como una medida conservadora el diseño y construcción de la línea de flujo se hará
conforme a la reglamentación vigente contenida en el Decreto Supremo N* 280/2010 del
Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, referido al Reglamento de Seguridad para el
Transporte y Distribución de Gas Natural, utilizando como base las normas americanas
contenidas en ANSI/ASME B31.8 para el transporte de gases, de manera de maximizar la
seguridad del ducto. Etapa de Construcción Construcción del ducto
La etapa de construcción estará conformada por una secuencia de actividades relacionadas
entre sí y que deben ser correlativas, tanto para minimizar el efecto en el ambiente. De esta
manera la construcción de la línea de flujo se inicia con la:
1) Demarcación topográfica: de la franja de derechos de paso y eje del ducto.
li) Movimiento de tierra: que involucra la preparación de la pista, excavación y relleno de la zanja que contendrá el ducto. Cabe destacar que el movimiento de tierra efectuado para abrir la zanja se planificará a fin de que este espacio sea el mínimo necesario, con el objeto de mitigar el impacto a la menor superficie de suelo posible, además en el área de trabajo no se dispondrán materiales sobrantes de excavaciones.
li) Transporte y montaje: de las cañerías a lo largo del trazado, preparación de singularidades y curvado de cañerías(obras de arte), soldadura e inspección de ellas, parcheo de las uniones soldadas e instalación de las cañerías en zanja.
Terminada la construcción del ducto comienzan las fases de pruebas de éstos, limpieza
interior y puesta en marcha del Proyecto.
Etapa de Pruebas Terminada la construcción comienza la fase de prueba del ducto, dentro de la cual se tienen las siguientes tareas:
Prueba de Uniones Soldadas Se efectuará la inspección de un porcentaje establecido según norma ASME B31.8 de las uniones soldadas en el ducto realizadas por soldadores previamente calificados, lo anterior mediante técnicas de radiografías las cuales permitirán obtener una interpretación mediante una imagen fotográfica producida al incidir rayos X sobre una placa sensible, después de haber atravesado una unión soldada. Esto permitirá obtener información de las discontinuidades superficiales o internos presentes en las uniones, Lo anterior con el objetivo de reparar los defectos encontrados en las soldaduras.
Prueba de porosidad Una vez efectuadas las inspecciones de las uniones soldadas se efectuarán las pruebas de porosidad. Estas se realizarán antes de aplicar la protección anticorrosiva en las soldaduras circunferenciales. La prueba de porosidad consiste en la aplicación de presión en la tubería (100 psi con aire). Una vez que se ha realizado esto, se precede a inspeccionar cada soldadura realizada con una solución de agua jabonosa en muy bajas cantidades (Jabón común biodegradable). La presión especificada deberá mantenerse durante el tiempo que sea necesario para inspeccionar el 100 % de las uniones soldadas. En el caso de encontrarse defectos en las soldaduras durante esta prueba, se procede a la reparación de estas. A tal efecto, para fácil localización de las soldaduras defectuosas, se marcarán, en el momento de ser detectadas, con pintura indeleble, Si el número de las mismas fuese mayor de 3 (tres), el tramo deberá ser probado nuevamente, una vez efectuadas las reparaciones. Finalizada la prueba, los extremos de la línea deberán quedar cerrados con tapas herméticas (hasta el empalme con el resto de la obra).
Prueba de Revestimiento Una vez efectuada las pruebas de radiografías y porosidad a todas las uniones soldadas, los ductos son recubiertos con un revestimiento el cual tiene como función aislar la superficie externa de los ductos enterrados con el entorno para evitar la corrosión. Para ver que el revestimiento presenta una continuidad en todo el trazado del ducto se utiliza un detector Holyday.
Prueba de resistencia Finalizadas todas las pruebas anteriores se realiza la prueba de resistencia, la cual consiste en aplicar presión según lo indique cada proyecto. Los instrumentos exigidos para el control de la prueba son los siguientes:
1) Manómetro registrador con carta para registro de 24 ó 48 horas.
2) Manómetro con grado de resolución de 50 psi, lectura en psi y kg/cm2. 3) Manómetro con grado de resolución de 10 psi, lectura en psi y kg/cm. 4) Termómetro registrador con su elemento sensor colocado en contacto directo con la línea. 5) Termómetro de lectura directa para la determinación de la temperatura ambiente. Una vez terminadas la etapa de prucbas del ducto se realizarán las siguientes actividades: - — Instalación de la cinta de advertencia - — Relleno y Tapado de la zanja que contendrá los ductos - — Restitución de la capa vegetal en los lugares que fue retirada - Retiro de los elementos y materiales sobrantes de la construcción Una vez concluidas las acciones de construcción del ducto, se instalarán letreros donde se indique el diámetro de la línea, la presión y la empresa a la cual pertenece. Dichos letreros se ubicarán a distancias prudentes considerando además como en todos los proyectos, su instalación en los sectores de pozos y límites prediales, entre otros. Junto a lo anterior es importante señalar que la construcción se realizará de acuerdo al proyecto de Ingeniería de Detalle desarrollado por ENAP conteniendo todas las exigencias legales y normativas técnicas vigentes en nuestro país. Además, se utilizarán normas internas de ENAP contenidas en el documento “Especificaciones Técnicas Generales para la Construcción de Gasoductos, Oleoductos y Líneas de Producto”, las que se anexan en cada contrato y cuyo cumplimiento será supervisado por la Unidad de Logística e Inspección de Proyectos de ENAP. Adicionalmente el Proyecto no contempla el atravieso de caminos de tuición de la Dirección de Vialidad. - Sistema contra Incendio y Condiciones de Seguridad 2.3.1.- Sistema Contra Incendio En el periodo de construcción, la metodología de trabajo para el proceso de unión de los ductos es mediante soldadura e incluye una carpa protectora donde va el soldador para impedir que las chispas se dispersen al campo abierto, no obstante lo anterior se cuenta con un equipo de extinción de incendio de forma permanente acompañando el tren de soldadura conforme avanza el track. 3.3,2,3,2.- Condiciones de Seguridad A lo largo de toda la fase de construcción, y también durante la operación del Proyecto, ENAP - Magallanes cumplirá estrictamente con su normativa interna la cual contiene la legislación vigente en materia laboral y de seguridad. El personal que participe en cualquier fase de la construcción, además de la legislación vigente, deberá cumplir con los estándares estipulados por ENAP - Magallanes en seguridad, contenidos en el documento “Reglamento de Seguridad y Salud para Empresas Contratistas de ENAP en Magallanes”. El Reglamento de Control de Riesgos Operacionales para Empresas Contratistas de ENAP - Magallanes, tiene como objetivo regular los procedimientos y obligaciones sobre el control de riesgos que rigen en los Contratos ENAP-Magallanes. Principalmente, cubre aspectos referentes a la legislación vigente sobre accidentes de trabajo, la seguridad minera, la prevención de riesgos profesionales, además de las condiciones ambientales básicas en los lugares de trabajo. También, como condición de seguridad vigente a través de toda la vida útil de operación de los ductos, cabe mencionar la instalación de una “cinta de advertencia” de material plástico, ubicada 30 centímetros, bajo terreno, a lo largo de todo el trazado de las cañerías, con la leyenda de “NO EXCAVAR NI ANCLAR ALTA PRESION GASODUCTO”. Este elemento tiene el objetivo de advertir a los operadores de “maquinaria pesada” que accidentalmente pudieran intervenir sobre la franja de los ductos en operación. Durante la construcción como se ha señalado se usará como base el campamento de ENAP-Magallanes en San Gregorio. Etapa de Operación Descripción del Proceso El ducto interconectará el Manifold del pozo Tropilla M por medio de 3.240 m de línea al Colector de 8” de Palenque, en el trayecto se empalmara con la linea de flujo proveniente del pozo Tropilla H (840m) y otra proveniente del Pozo Tropilla N (110 m). Dentro de los componentes de las instalaciones se tiene: 3303 Colector de Pozo Toda la linea de flujo se hará mediante la utilización de cañería de acero enterrada con revestimiento tricapa, que asegura una adecuada protección externa contra la corrosión y cuyos datos principales son: diámetro nominal 6” a 12”, longitud aproximada de 4.190 m; y una profundidad de enterramiento minimo de 1 m en todo el trazado, La linea de flujo conectará finalmente al Colector de 8” de Palenque existente. 333 iZ Instalaciones en Plataforma del Pozo En los pozos Tropilla M, N y H se encontrará el manifold tradicional para cada pozo, con conexiones para instalación de Unidades de prueba y empalmes a la línea de flujo
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proyectada, 3.3.5,1.3.- Centralización del Flujo La línea de flujo llevará la producción de los pozos Tropilla M, N y H a la red gasifera existente en el área (Colector Palenque, aprobado RCA N*34/2008). IL Tiempo de Operación de las Instalaciones Como todos los procesos relacionados con los hidrocarburos, el Proyecto en análisis requiere de operación continua, vale decir, 365 días del año durante las 24 horas del día. La operación, control y labores de mantención, se harán con la misma infraestructura operacional existente para el manejo de las instalaciones ENAP - Magallanes. Adicionalmente como se ha señalado la línea va desde el pozo Tropilla M empalmando con los ductos provenientes de los pozos Tropilla N y H al Colector de 8” existente, no considera válvulas de corte o drenaje en su trazado. 3.3.4.- Etapa de Abandono El ducto permanecerá enterrado ya que por sus características metálicas revestidas con polietileno tricapa son inertes y resulta ambientalmente inconveniente su retiro al tener que intervenir nuevamente la capa de suelo vegetal recuperada. Junto a lo anterior es importante señalar que las cañerías metálicas que conforman los ductos, como se ha señalado, están protegidas externamente con polietileno tricapa permitiendo un comportamiento inerte frente a la agresividad del subsuelo en que se encuentran instaladas. De esta forma, el conjunto “cañería - revestimiento plástico exterior” superará largamente la vida útil de cualquier proyecto gasifero especifico, permitiendo la reutilización de la infraestructura industrial en otros proyectos dispuestos en la misma área geográfica, o bien en el peor de los casos, el abandono de las tuberias como conjunto inerte al interior del subsuelo.
3.4.- Principales Emisiones, Descargas y Residuos del Proyecto
341.- Residuos Líquidos Industriales El Proyecto no contempla en cualquiera de sus fases la generación de residuos industriales líquidos.
3,4,2,- Residuos Líquidos Domésticos
3.4.2.1.- Construcción
En la faena se utilizarán baños químicos, cuyos desechos (aguas servidas) serán retirados por una empresa especializada en la materia y contratada especialmente para dicho propósito, la cual se encargará además realizar la disposición final en un lugar donde le esté habilitado con autorización. Es importante señalar que la empresa prestadora del servicio, deberá contar con la autorización correspondiente emanada de la Autoridad Sanitaria para realizar dichas funciones. 3,4.2,2.- Operación No habrá generación de residuos líquidos domésticos
3,143.- Residuos Sólidos, Domésticos e Industriales (No Peligrosos)
3,4.3.1.- Construcción Los residuos sólidos de origen domiciliario e industrial generados en el Proyecto, serán almacenados momentáneamente en tambores correctamente rotulados e identificados de acuerdo a su clasificación y/o composición. Se estima que en la etapa de construcción se generarán restos de soldadura y despuntes metálicos, los cuales tendrán un volumen aproximado de 2 mb, Posteriormente, serán conducidos al vertedero municipal de Punta Arenas.
3,4,3,2,- Operación No se generan residuos sólidos en esta Etapa.
3.4.4.- Residuos Peligrosos
3.4.4.1.- Construcción El Proyecto no contempla la generación de residuos peligrosos en ninguna de sus etapas. La mantención programada de equipos y maquinarias se realizará en las instalaciones de San Gregorio (Cambio de aceites y otros), se deja en claro que estas mantenciones no corresponden a etapas del Proyecto.
3,4,4,2.- Operación No habrá generación de residuos peligrosos.
3.4.5.- Emisiones Atmosféricas
3.4.5.1.- Construcción
Las emisiones atmosféricas están relacionadas con la generación de polvo en suspensión, debido al movimiento de tierra en la etapa de construcción. Las emisiones serán mínimas, y de corta duración no superiores a 2 meses debido principalmente a las dimensiones de la obra. Respecto a las emisiones asociadas a la maquinaria es importante señalar que todos los vehículos utilizados durante la construcción, perforación y operación se encuentran con las respectivas revisiones técnicas al día.
3.4.5.2.- Operación No habrá emisiones atmosféricas de ningún tipo.
3.4,6.- Emisiones de Ruido
3.4.6.1.-
3.4,6.2.-
3.5.-
3.6.- 3.6.1.-
3.6.2.-
3.6.3.-
3.0.4.-
Construcción Se generará ruido debido a los motores de la maquinaria a utilizar, sin embargo estas serán puntuales y de baja magnitud debido a las dimensiones del Proyecto y al tipo de maquinas a utilizar en esta etapa. Por otra parte el lugar donde está localizado el Proyecto es un área de viento frecuente, lo cual facilita que las emisiones acústicas se disipen rápidamente, junto a lo anterior es importante destacar que las emisiones tendrán un efecto puntual y transitorio por cuanto se contempla un periodo no superior a 2 meses para la fase de construcción. Operación No habrá emisiones de ruido Plan de Emergencia Ambiental
El control del proceso corresponde a una operación segura, lo que no implica que, por un eventual error operacional o por la acción de terceros, se produzcan contingencias durante la etapa de operación. En el ANEXO VIII de la DIA, se presenta el Plan de Emergencia Ambiental contra todo evento y el método de Detección y control de fugas en ductos de transporte de gas aplicable a este Proyecto.
Las posibles contingencias han sido previamente analizadas y principalmente se traducen en rotura de algún tramo de los ductos. Las acciones a seguir ante eventualidades de contingencia se constituyen en dejar sin utilizar la línea hasta que sea evaluada y reparada.
Arqueología Línea de Flujo Tropilla M En el trazado de la línea de flujo para el pozo Tropilla M, la visibilidad arqueológica es mala cerca de la planchada de este pozo por la presencia de matorral; cuando toma dirección SE atravesando el fondo del valle es regular y vuelve a ser mala a regular hacia el este por la cobertura de coirón. En el fondo del valle se observaron algunos revolcaderos y huellas de animales, así como huellas de vehículos, sin o con menos vegetación que mejoraban algo la visibilidad arqueológica. Sin embargo, ni en estos sectores delimitados ni en todo el trazado prospectado se registraron materiales arqueológicos patrimoniales, Línea de Flujo Tropilla N El trazado de esta línea de 110 m aproximadamente conectaría el futuro pozo Tropilla N, a la línea de flujo del pozo Tropilla M y que conduce al Colector Palenque 1. En el área la visibilidad es regular a mala debido a una cubierta más densa de coirones y arbustos cerca de la planchada del pozo, mientras que mejora hacia el norte donde hay una huella de vehículo. En toda la superficie prospectada para esta línea de flujo no se registraron materiales arqueológicos patrimoniales. Linea de Flujo Tropilla H La línea de flujo para el futuro pozo Tropilla H, entre este pozo y la linea de flujo del pozo Tropilla M, la cual conduce al Colector Palenque 1. En el área de estudio prospectada las condiciones de visibilidad son mejores que en los casos anteriores. En este sector del valle, la presencia de pastos cortos y matorrales dispersos, así como algunos sectores erosionados por vehículos o animales ofrecen una visibilidad regular a buena. A los pies de una ladera, a 17.8 m al Suroeste del punto de referencia 4H de la línea de flujo, se registro una lasca con extracciones anteriores, reserva de corteza y aparentemente, bastante erosionada. Este artefacto fue localizado en 415,245E y 4.176.051N (Datum WGS $4), muy cerca del limite oeste del área de prospección, No se registraron más materiales arqueológicos asociados a este artefacto, siendo consignado como un Hallazgo Aislado, Considerando que el paraje de San Gregorio fue un área importante de asentamiento y movilidad entre los Aónikenk (Martinic 1984, 1995), y que en él se han reportado numerosos sitios arqueológicos costeros (Massone 1979, 1984, García 2009) y existen dos antecedentes de hallazgos en los alrededores del área de este Proyecto (García 2010 GEA-UMAG 2010), el registro de nuevo material lítico de valor patrimonial, no hace más que confirmar la importancia en términos del patrimonio histórico y arqueológico que encierra esta área. Conclusiones y Recomendaciones El hallazgo aislado de un artefacto lítico fue realizado en el área de intervención del proyecto, La importancia de este hallazgo esta en su localización en un área reconocidamente ocupada por la población aónikenk (Martinic 1979, 1995) y con importantes sitios arqueológicos en su cercanía (Massone 1984). En si mismo este hallazgo es patrimonio cultural, el cual debe ser protegido. El patrimonio arqueológico, como un artefacto de piedra fragmentado es un recurso no renovable, que forma parte de una red de interacción que nos acerca a las respuestas socioculturales del pasado. Su pérdida es de carácter irreversible y la destrucción de uno de ellos afecta a la información que podemos obtener de la red de interacción en que esta inserto. Es importante entender que los materiales culturales depositados durante las ocupaciones humanas en el pasado se distribuyen en el espacio como un continuum, en donde los picos de mayor intensidad artefactual corresponden a los sitios arqueológicos (Borrero et al. 1992). De acuerdo a esto, los materiales arqueológicos en sí mismos, son portadores de información,
3.6.4.1.-
3.7.-
empero lo más relevante es entenderlos en relación con otras piezas o sitios arqueológico. En este sentido y considerando el carácter de las obras que implicaría la instalación de la línea, la localización del hallazgo registrado dentro del área de impacto directo y su consecuente pérdida o deterioro, se recomienda especificamente:
Acciones especiales
Se refiere a la ejecución de medidas de protección, tendientes impedir los procesos de
deterioro de los bienes culturales que se puedan ver afectados directa o indirectamente por
las obras a desarrollar. Estas medidas pueden incluir el traslado de un bien cultural o su protección mediante recubrimientos especiales que permitan su preservación y conservación para futuras generaciones. Esta categoria podría ser implementada en donde la empresa no llevaría a cabo obras que impliquen la alteración del hallazgo arqueológico. Todas estas categorías llevan implicitas el concepto de preservación con el objeto de evitar la
eliminación y desaparición de los bienes culturales, estudiándolos, restaurándolos y
poniéndolos en valor. En este sentido, con la finalidad de proteger el patrimonio que podria
verse afectado por la ejecución del Proyecto, se sugieren las siguientes medidas inmediatas comprendidas en la categoría de acciones especiales:
1) Instalar un cierre con características claramente visibles (malla naranja y polines, por ejemplo) en torno al hallazgo arqueológico de 4 x 4 m.
2) Una vez definido el uso que se le dará al suelo en el área de ubicación del hallazgo (por ejemplo si habrá derrape de sedimentos en su localización), deberán tomarse medidas de mitigación/compensación definitivas. Las medidas sugeridas (registro, sondeos, levantamientos u otras acciones especiales) deberán ser finalmente autorizadas por el Consejo de Monumentos Nacionales.
3) Se recomienda que el personal de ENAP-Magallanes responsable del proyecto informe de manera formal a contratistas o subcontratistas y a todas las personas que deban efectuar labores de cualquier tipo dentro del área del proyecto sobre:
a) La prohibición absoluta de ingresar al sector cerrado.
b) Los hallazgos arqueológicos están protegidos por la Ley 17,288 y su alteración está penada por la Ley.
c) En caso de encontrarse materiales arqueológicos enterrados en las actividades de excavación y remoción de sedimentos involucrados en la habilitación de la planchada y perforación del pozo deben suspenderse de manera inmediata las faenas en ese lugar y Contactarse con el Consejo de Monumentos Nacionales, quién definirá el procedimiento a seguir para efectuar el salvataje de los restos encontrados.
4) Se sugiere como medida precautoria el monitoreo permanente de un arqueólogo para supervisar las obras que impliquen remoción de los sedimentos superficiales o excavaciones profundas en la mitad oeste del área o en cualquiera otra, donde la visibilidad arqueológica es deficiente y seria posible encontrar otros materiales arqueológicos enterrados.
Flora
En la evaluación de la flora del área de estudio de este proyecto, se identificaron tres comunidades vegetacionales: (1) el coironal de Festuca gracillima, (2) Vega y (3) la Estepa de Rytidosperma. En el trazado del ducto Tropilla M la comunidad dominante fue el coironal (95%), en el trazado del ducto Tropilla N sólo se presentaba la comunidad de coironal (100%), y en el trazado del ducto Tropilla H la comunidad única y dominante fue la Estepa de Rytidosperma.
Las comunidades registradas, corresponden a algunas de las asociaciones del ambiente de Estepa Patagónica de la región de Magallanes. En estas comunidades no se encontraron especies de flora en alguna categoría de problemas de conservación, de acuerdo al “Libro Rojo de la Flora Terrestre de Chile” (Conaf, 1989), a su vez, tampoco se encontraron especies de flora incluidas en el listado de especies con alguna categoría de riesgo, clasificadas por CONAMA (2009).
De acuerdo a la presente evaluación, se concluye que no habrá impactos negativos sobre estas comunidades de flora, en los trabajos de construcción de los ductos de los pozos Tropilla M, Tropilla N y Tropilla H, en la comuna de San Gregorio, en la provincia de Magallanes.
Fauna
En la evaluación de la fauna, se identificaron un total de 15 especies de fauna vertebrada (11 especies de aves y 4 de mamiferos), las que corresponden a parte de las descritas para el ambiente de Estepa Patagónica de la región de Magallanes, según la literatura referida.
Las especies de fauna encontradas, corresponden a parte de la población de fauna del tipo de hábitat que se describe en el informe de flora (hábitat según comunidades vegetales), de acuerdo a registros anteriores de la literatura referida (Araya et al. 1995; Blanco et al. 2001; Venegas y Sielfeld 1998; Yañez y Muñóz 2000, Texera, 1973; Vuilleumier, 1985, 1995).
La diversidad de aves encontrada fue baja comparada con la información de referencia (20% en ducto Tropilla M, 0% en ducto Tropilla N y 12% en ducto Tropilla H, de un total de 50 especies) y correspondería a la baja diversidad del hábitat estudiado; con 3 comunidades vegetacionales en el trazado de los ductos, el coironal, la vega y la estepa de Ryridosperma. Un factor a considerar también, es que el área prospectada fue relativamente pequeña y al momento de la prospección
3.10.-
habia viento fuerte, lo cual también disminuye las posibilidades de encuentro de una mayor cantidad de especies.
Por otra parte y quizá la razón más importante de esta baja diversidad, sería la época en la que se realizó la prospección, ya que es invierno y aun no hay retorno de las aves migratorias para el periodo reproductivo.
Por su parte, la diversidad de mamíferos fue media, comparada con la información de referencia (57,14% en ducto Tropilla M, 14,19% en ducto Tropilla N y 57,14% en ducto Tropilla H, de un total de 7 especies, sin considerar a los micromamiferos); lo que también estaría en relación a la baja variedad de comunidades encontradas y al pequeño tamaño del área prospectada.
Entre las aves, se detectó la presencia de dos especies con problemas de conservación, Pterocnemia pennata (ñandú) que se encuentra en categoría de Vulnerable y Chloephaga rubidiceps (canquén colorado) que se encuentra en categoría En Peligro, de acuerdo al “Libro rojo de los vertebrados terrestres de Chile” (Conaf, 1993); sin embargo, Prerocnemia pennata no está incluida en el listado de especies con alguna categoria de riesgo, clasificadas por CONAMA (2009).
Respecto a Plerocnemia pennata se considera que esta especie ha tenido una recuperación en la última década (Venegas et al, 1998) y tiene bastante disponibilidad del tipo de ambiente que usa, por lo que dada su movilidad, puede mantenerse fuera del área de estudio.
En cuanto a Chloephaga rubidiceps, la pareja se encontraba en un borde de vega correspondiente a parte del buffer del área de estudio, en este sentido, se debe mencionar que en una evaluación anterior de la misma área, pero correspondiente al camino (Julio 2010), esta especie no se registró en dicho lugar, lo que podría indicar que está pareja estaría de paso. por lo que se recomienda que al momento de realizar la construcción del ducto, se vuelva a verificar su presencia.
Este sector podría ser usado esporádicamente por esta especie para su alimentación, dado que el sector de vega cubre una longitud aproximada de 2 km. del valle hasta confluir en una pequeña laguna; todo ello paralelo a la línea de flujo del pozo Tropilla M y distante a unos 50 m del ducto proyectado y ampliando el margen de distancia en otros sectores hasta los 100 m. Por otra parte, desde una perspectiva macro el sector presenta vegas y condiciones muy favorables hacia el Sur y Sur-Oeste respectivamente, dichos sectores no serán intervenidos y se prevé se desplacen a dichos sectores cercanos habiendo una buena disponibilidad de hábitat.
En el área prospectada, no se encontraron especies de mamiferos con problemas de conservación, de acuerdo al “Libro Rojo de Vertebrados Terrestre de Chile” (Conaf, 1993); tampoco se encontraron especies incluidas en el listado de especies con alguna categoría de riesgo, clasificadas por CONAMA (2009),
Las aves y los mamiferos registrados tienen bastante movilidad, por lo que durante los trabajos para este proyecto se alejarian temporalmente del área.
De acuerdo a la presente evaluación, se concluye que no habrá impactos negativos permanentes sobre estas comunidades de fauna, en los trabajos de construcción de los ductos de los pozos Tropilla M, Tropilla N y Tropilla H, en la comuna de San Gregorio, en la provincia de Magallanes.
Hidrología
De acuerdo a los resultados de terreno y del análisis de la información secundaria, en el área donde se emplazará la línea de flujo para los futuros pozos Tropilla M, Tropilla N y Tropilla H, no se encuentran cauces o cursos de aguas temporales o permanentes, lagunas o cuerpos de agua que sean atravesados y/o afectados por las obras de desarrollo del ducto analizado.
El relieve es levemente ondulado a plano y poroso, debido a las caracteristicas del suelo, lo que facilita la infiltración de agua.
El proyecto construcción de línea de flujo Tropilla M, N y H no compromete ni interfiere con recursos hídricos. por lo que no se evidencian impactos asociados a su desarrollo.
Las obras no generarán un efecto adverso significativo sobre la calidad y cantidad del recurso agua en el desarrollo del Proyecto.
La baja capacidad de arrastre del escurrimiento, se relaciona con la escasa pendiente longitudinal del terreno, la gran capacidad de retención de agua de la cuenca y por las características meteorológicas (baja precipitación y alta evapotranspiración) de la parte oriental de la Región de Magallanes. De acuerdo a la fisiografía y vegetación del terreno es posible indicar que las aguas lluvias que precipitaran sobre estos terrenos tendrán buena infiltración y poco escurrimiento superficial en la cuenca, además que los deshielos en primavera de la precipitación de nieve que se acumula en temporada invernal tampoco generan un gran escurrimiento superficial, sino más bien infiltración.
Sin perjuicio de lo anterior, se recomienda que previo a la construcción (mediante inducción al personal de obras) se considere disminuir el transito de vehículos o maquinaria en sectores ajenos al área de la obra. Esto ultimo con el objeto de disminuir o alterar los mecanismos de escurrimiento superficial producto de la construcción del ducto, De acuerdo a lo expuesto, es posible indicar que la ejecución de las obras no tendrá un efecto negativo sobre el escurrimiento de aguas lluvias y deshielos.
Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal
Los pasos y consideraciones a seguir en las aperturas y cierres de las zanjas, para minimizar el
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4.2.-
impacto ambiental y favorecer un menor tiempo en la recuperación de la cubierta vegetacional del
área intervenida, son:
a) Sin quitar la vegetación de la superficie, retirar la tierra vegetal u horizonte superficial de suelo de color más oscuro y disponerlo lateralmente con las raíces de la vegetación hacia abajo disminuyendo la deshidratación de la vegetación presente por efectos ambientales (viento y temperatura), la profundidad del horizonte orgánico se prospecto en terreno determinándose un espesor de 50 cm pudiendo presentar variaciones en su profundidad a lo largo de los trazados de las líneas de flujo, por lo que se debe tener cuidado en retirar sólo esta primera capa de tierra en esta primera operación, El horizonte orgánico deberá disponerse a sotavento, de manera que se proteja por el horizonte mineral material de color más claro y pedregoso, que será de mayor volumen y dispuesto a barlovento ercando una cortina natural, disminuyendo la erosión eólica de la cubierta vegetal. Además con esta disposición el material arrastrado por el viento y el agua, quedara dentro de la zanja en el ordenamiento que corresponde, no permitiendo que la cubierta vegetal quede al fondo de la zanja en el horizonte que no corresponde. Continuar la excavación retirando el resto de suelo hasta llegar a la profundidad requerida para la instalación del ducto. La maniobra de apertura y cierre de zanja deberá realizarse en el menor tiempo posible, no más de 2 semanas, de ser así deberá realizarse por tramos. Por ningún motivo deben mezclarse los horizontes de suelo (el superficial con el profundo), pues sólo el horizonte superficial es fértil y capaz de sostener vida vegetal.
b) Una vez que el ducto es soldado y dispuesto en el fondo de la zanja, ésta debe taparse, restituyendo los horizontes extraídos siguiendo el mismo ordenamiento en que se encontraban los perfiles de suelo antes de la excavación. Por tanto, deberá ponerse primero la tierra del horizonte mineral más profundo, para luego agregar aquella que fue retirada inicialmente del sector más superficial.
e) Dado que el suelo de la superficie quedará suelto y seguramente más elevado, éste deberá compactarse, esto evitará que el suelo se pierda por efecto del agua o el viento, se deberá realizar una sobremonta de 30 centímetros en el eje del ducto, debido a que este sector modificara su cota con el transcurso del tiempo debido a que el suelo removido se reestructurara. La compactación podrá hacerse con un rodillo agrícola.
d) Debe minimizarse el tránsito de maquinarias y vehículos en las áreas a intervenir, dado que éstos usualmente generan una mayor destrucción de cubierta vegetal que la misma zanja.
e) Siempre debe tenerse presente que los esquemas indicados en el presente procedimiento de aperturas y cierres de zanjas, son sólo referenciales, pudiendo sufrir variaciones en torno a la disposición de los perfiles de suelo, dependiendo del área especifica que se intervenga. Sin embargo, siempre debe tenerse presente que dichos horizontes de suelo no importando donde se dispongan transitoriamente nunca deben mezclarse. Esta ductilidad debe considerarse en el diseño del proyecto, para estar preparados para una disposición distinta de los horizontes, acorde con el cuadrante de viento predominante.
N) Se deberá realizar un Plan de Seguimiento Ambiental tiene como objeto evaluar y verificar in situ el nivel de recuperación de la cubierta vegetal en las áreas intervenidas, proporcionando a la vez la información cualitativa y cuantitativa necesaria para prevenir la iniciación de posibles focos de erosión. Este plan propone realizar dos muestreos estivales, el primer muestreo se llevará a cabo luego de finalizar la primera temporada de crecimiento y luego de un año preferentemente de establecidos los pastos. El segundo muestreo se realizará luego de finalizar la segunda temporada de crecimiento de los pastos.
En cada monitoreo se evaluará la cobertura vegetacional general alcanzada en porcentaje, utilizando la estimación por cuadrante mediante el método de Parker. En el caso de no presentar una recuperación superior al 50% del porcentaje original de cobertura vegetacional, se procederá a la práctica agronómica del establecimiento artificial de una mezcla forrajera compuesta, acorde a la unidad vegetacional intervenida. La siembra de estas especies deberá realizarse en los meses de Septiembre y Octubre cuando la pradera presenta un nivel adecuado de humedad.
Otras Consideraciones
Dada la visibilidad regular a mala reportada para los sectores de emplazamiento de las líneas de flujo Tropilla M y Tropilla N que dificultan el reconocimiento de hallazgos arqueológicos en superficie, el conocimiento existente sobre variados sitios arqueológicos en la zona (sitios de San Gregorio, hallazgo boleadora en línea flujo pozo Tropilla 4, restos líticos en pozos Tropilla M y H entre otros), como asimismo, la presencia de un hallazgo aislado en el área de influencia de la línea de flujo Tropilla H, se solicita implementar un monitoreo arqueológico permanente durante las ctapas de construcción del proyecto que involucren movimientos de tierra y/o excavaciones, hasta una profundidad susceptible de encontrar vestigios arqueológicos la cual deberá ser determinada por el arqueólogo monitor. Este monitoreo se debe ejecutar diariamente mientras se realicen las excavaciones. A partir de esta actividad se deberá remitir al Consejo de Monumentos Nacionales los informes elaborados por el arqueólogo de forma mensual con las actividades realizadas en ese periodo, entre otras.
En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico deberá proceder según lo establecido en los Artículos N26 y 27 de la Ley N17.288 de Monumentos Nacionales y los
artículos N20 y 23 del Reglamento de la Ley N17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. De producirse la anterior situación, el titular deberá entonces paralizar las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos y deberá informar de inmediato por escrito y telefónicamente al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir, todos los cuales deberán ser implementados por el titular.
4,3.- Con posterioridad a la ejecución de las intervenciones del valle, incluida la intervención considerada para la linea de flujo del pozo Tropilla H, se debe entregar a la autoridad en un plazo máximo de un mes, un informe que señale y contenga un set fotográfico comparativo de las condiciones antes y después de la intervención, debiendo identificarse la situación panorámica general y los detalles de la restitución del suelo intervenidos.
4.4.- El titular debe implementar un seguimiento anual, en base a registros fotográficos, que permita evaluar cual ha sido el desarrollo y comportamiento de la intervención realizada. Dicho seguimiento debe ser entregado a la autoridad ambiental para su conocimiento y análisis.
4,5.- Se debe establecer la restricción de no instalar ninguna obra anexa a la línea de flujo (válvulas, separadores, calentadores, estanques, etc.), en sectores que presenten escurrimientos habituales de aguas, y que conformen la red de drenaje superficial, considerando para dichos efectos lo señalado en el Artículo 3* del Código de Aguas.
4.6.- Para asegurar un correcto proceso de reinyección de dichas aguas, evitando su interacción con cualquier recurso hídrico existente, el titular deberá implementar las medidas y planes de seguimiento que permitan verificar que:
. Identificar el pozo utilizado para la reinyección y la ruta de dicho efluente.
-
No utilizará aguas de formación en ningún proceso de la actividad.
-
Desarrollará y cumplirá un detallado y estricto protocolo para la determinación de la cantidad de aguas de formación extraidas en cada pozo y para las operaciones sucesivas hasta la definitiva disposición de estas aguas.
5.- — Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Construcción de Lineas de Flujo para los Pozos Tropilla M, N y H” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Construcción de Líneas de Flujo para los Pozos Tropilla M, N y H” cumple con:
- Normas de emisión y otras normas ambientales
¿L.- Ley 17.288 de Monumentos Nacionales El titular del Proyecto se compromete a respetar todo lo enunciado en la Ley de Monumentos Nacionales, realizando para cada Proyecto un levantamiento Arqueológico, el cual da cuenta de los antecedentes arqueológicos , antropológicos o paleontológicos de la zona a intervenir. Adicionalmente, el Proyecto contempla la preparación de zanjas y excavaciones de aproximadamente 1 metro de profundidad.
De esta manera, el Titular del Proyecto se compromete en la eventualidad de encontrar cualquier hallazgo de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico de dar aviso o informar a las autoridades pertinentes,
5.1.2.- D.S. N? 484, Reglamento de la Ley N” 17.288, sobre Monumentos Nacionales
El titular del Proyecto se compromete a respetar todo lo enunciado en la Ley de Monumentos Nacionales su Reglamento, realizando para cada Proyecto un levantamiento Arqueológico, el cual da cuenta de los antecedentes arqueológicos , antropológicos o palcontológicos de la zona a intervenir. Adicionalmente, el Proyecto contempla la preparación de zanjas y excavaciones de aproximadamente 1 metro de profundidad. De esta manera, el Titular del Proyecto se compromete en la eventualidad de encontrar cualquier hallazgo de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico de dar aviso o informar a las autoridades pertinentes. De acuerdo a lo señalado por las leyes mencionadas
5.1.3.- D.S. N*” 132/2004 Reglamento de Seguridad Minera
ARTÍCULO 67? El titular tramitará ambientalmente todo Proyecto de indole minero, con la finalidad de obtener la resolución para su ejecución o desarrollo.
ARTÍCULO 68? El Proyecto no generará ningún efecto adverso significativo sobre el medio ambiente, utilizando para este efecto medios y procedimientos elaborados de forma consecuente de acuerdo lo exigido por la autoridad en materia ambiental.
ARTÍCULO 69* El titular del Proyecto transmitirá a las empresas contratistas y subcontratistas los compromisos ambientales adquiridos, con el fin de que estas cumplan estos requisitos en la realización de sus obras. Con el propósito de transferir toda información que es materia del Proyecto, incluidos los compromisos, ENAP en Magallanes realizará charlas de inducción ambiental al personal participante. Por último, se desarrollará seguimiento a la documentación pertinente a compromisos ambientales voluntarios adquiridos, como también al cumplimiento de las recomendaciones estipuladas por especialistas en este proyecto.
ARTICULO 70% La disposición final y/o tratamiento de los desechos penerados durante el desarrollo del Proyecto, serán manejados de acuerdo al Plan de Manejo que posee la empresa para sus proyectos. Todo el manejo se desarrollará de acuerdo a lo establecido por normativa, lo cual se transfiere a sus colaboradores.
ARTICULO 312* El titular lleva a cabo, para cada proyecto de exploración y producción de hidrocarburos, las disposiciones pertinentes del reglamento.
5.1.4.-
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5.1.6.-
ARTÍCULO 313% ENAP Magallanes para cada una de sus faenas hace uso de su Plan de Emergencias, el cual se dispone en el ANEXO Y de la presente DIA,
ARTÍCULO 493% Después del término de las faenas se retirarán todas las instalaciones o estructuras del Proyecto, así como los residuos o componentes que pudiesen transformarse en pasivos ambientales. A su vez, la restauración de la capa vegetal se ajustará al Plan de Intervención de Cubierta Vegetal hecho por ENAP, el cual concuerda con lo establecido en el presente reglamento.
ARTICULO 497” Para este Proyecto no se contempla un Plan de cierre de caminos, puesto que no se prevé la construcción de este,
ARTÍCULO 499* Este Proyecto no contempla un Plan de Cierre de Manejo de Residuos y otros. Las estructuras remanentes como las tuberías, y otros componentes metálicos se dispondrán en los patios de chatarra autorizados con los que cuenta el titular en sus campamentos de Isla y Continente. Para el caso de escombros y otros se dispondrán estos residuos en vertederos autorizados.
ARTÍCULO 500” Dadas las caracteristicas de este Proyecto, no se considera un Plan de cierre temporal. Para el caso de los residuos industriales no peligrosos estos serán manejados de acuerdo a los procedimientos descritos en el Capítulo 11 de la DÍA.
D.S, N” 594/99, Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo ARTÍCULO 16* El Proyecto no contempla el vaciado de ninguna sustancia que tenga carácter peligroso o de ningún tipo a la red pública de desagúes de aguas servidas en conformidad a la legislación y reglamentación vigente.
ARTÍCULO 17? El Proyecto no contempla incorporar ningún tipo de relave minero o industrial tanto cursos de agua superficiales como a napas de agua subterránea. En la presente DIA se describen las actividades contempladas a realizar durante el sondeo exploratorio, el sellado lateral del pozo como también se describen las características de la construcción de la línea de flujo .
ARTÍCULO 18 Los residuos industriales presentes en los lugares de trabajo serán acumulados y manejados, de acuerdo a los procedimientos establecidos en el Capítulo II de la DIA. ARTÍCULO 19 Todas las empresas externas que sean contratadas por ENAP-Magallanes, para el transporte, tratamiento o disposición final contarán con la debida autorización extendida por la Autoridad Sanitaria.
ARTÍCULO 20? ENAP-Magallanes cuenta con un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos visado por la autoridad sanitaria que está vigente y a la vez con contratos que garantizan su disposición final. Sin embargo, los residuos industriales no peligrosos serán retirados y transportados hacia el vertedero autorizado de Punta Arenas, por una empresa autorizada. ARTÍCULO 24* y 26? En el área de trabajo se utilizarán baños químicos, cuyos desechos (aguas servidas) serán retirados por una empresa especializada en la materia y contratada especialmente para dicho propósito, la cual se encargará además realizar la disposición final en la planta de tratamiento de aguas servidas de la empresa Aguas Magallanes, en la ciudad de Punta Arenas, según le exige ENAP - Magallanes como responsable del residuo.
ARTÍCULO 42% El almacenamiento, tanto de materiales como sustancias peligrosas, en instalaciones y faenas de ENAP será siempre acorde a las exigencias estipuladas en la normativa chilena pertinente. Además, ENAP para todos sus proyectos de exploración de hidrocarburos mantiene de forma constante en la faena el Plan de Emergencia correspondiente.
Respecto a las sustancias inflamables, las condiciones de almacenamiento serán siempre de la forma descrita en la normativa pertinente.
D.S. N* 148/03, Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos El Proyecto no contempla la generación de residuos peligrosos. Sin embargo, es importante señalar que en las actividades donde se generan este tipo de residuos, ENAP-Magallanes utiliza el Plan de Manejo de Residuos Peligrosos desarrollado por la empresa.
D.F.L. N*725, Actualizado en Julio de 2000 Código Sanitario ARTICULOS 67” y 68% ENAP Magallanes cumplirá con las disposiciones de la presente normativa a partir de reglamentos internos y procedimiento internacionales.
ARTÍCULOS 70 y 71 El agua potable y de consumo es proporcionada por un contratista y proviene de Punta Arenas en bidones. Se dispondrá de baños químicos para la etapa de construcción proporcionados por un contratista con autorización sanitaria y la evacuación, tratamiento o disposición final de desagúes y aguas servidas de cualquier naturaleza serán retirados por medio de camión aljibe a una instalación con permiso de la autoridad para tal efecto.
ARTÍCULOS 72? y 73? El agua para consumo humano será entregada por un tercero autorizado por la Seremi de Salud a través de bidones sellados, a la vez, no se contempla la instalación de ningún tipo de plantas depuradoras. Se dispondrá de baños químicos proporcionados por un contratista con autorización sanitaria. Los residuos provenientes de los baños químicos serán retirados por medio de camión aljibe a una instalación con permiso de la autoridad para tal efecto. El Proyecto NO DESCARGARA aguas servidas y residuos industriales o mineros en rios o lagunas, o en cualquier otra fuente o masa de agua que sirva para proporcionar agua potable a alguna población.
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ARTÍCULO 74* Las actividades de este Proyecto NO afectarán napas subterráneas. ARTICULO 77% Para las actividades del Proyecto no se considera la construcción de campamentos. Para tales fines, se utilizarán las instalaciones de ENAP en Posesión. ARTÍCULO 78? Para el retiro de residuos, tanto sólidos industriales como asimilables a domiciliarios, se contará con un contratista con autorización sanitaria, para el retiro de dichos desechos, los cuales serán dispuestos en el vertedero Municipal de Punta Arenas, de acuerdo a una autorización específica que se dispone para tal efecto.
ARTÍCULO 90* El diseño y la construcción se harán conforme a la reglamentación vigente contenida en este Decreto.
Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Construcción de Lineas de Flujo para los Pozos Tropilla M, N y H” requiere del permiso ambiental sectorial contemplado en el artículo 76 del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Que, en lo relativo a los efectos, caracteristicas y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N*19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Construcción de Lineas de Flujo para los Pozos Tropilla M, N y H” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, caracteristicas y circunstancias.
Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente:
El Titular se compromete a llevar a cabo el Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal (PICV) durante el desarrollo del Proyecto, tanto en la construcción como en abandono del Proyecto.
El Titular se compromete a llevar a cabo un monitoreo arqueológico durante las actividades de remoción de la capa vegetal y excavación de la zanja del ducto.
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Organos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones,
Que, la Comisión de Evaluación sólo está facultada para pronunciarse respecto de la factibilidad ambiental del proyecto “Construcción de Líneas de Flujo para los Pozos Tropilla M, N y H”, por lo cual, para que este proyecto pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, la ocurrencia de impactos ambientales previstos y no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, la individualización de cambios de titularidad.
Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero,
Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y Antártica Chilena
RESUELVE:
l.-
2.-
CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto “Construcción de Lineas de Flujo para los Pozos Tropilla M, N y H”.
CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto “Construcción de Líneas de Flujo para los Pozos Tropilla M, N y H” cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en el permiso ambiental sectorial que se señala en el artículo 76 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Hacer presente que proceden en contra de la presente Resolución, los recursos de reposición, ante esta Comisión de Evaluación, y jerárquico, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer estos recursos es de 5 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.
Notifíquese y Archívese
Directora Regional (del $e 9 de Evaluación Ambiental + Secretaría Comisión de Evaluación Región de Magallanes y Antártica Chilena
P! Ñ dede
Distribución: e Victor Briano Peralta
060) 06 06 60) 0000000000066, qeEsAAAsAesese
Cie:
Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur
Corporación Nacional Forestal, Magallanes y Antártica Chilena
Dirección de Obras Hidráulicas, Magallanes y Antártica Chilena
Dirección de Vialidad, Magallanes y Antártica Chilena
Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena
Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena
lustre Municipalidad de San Gregorio
Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Magallanes y Antártica Chilena
Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, Magallanes y Antártica Chilena Secretaria Regional Ministerial de Energía, Magallanes y Antártica Chilena
Secretaría Regional Ministerial de Minería, Magallanes y Antártica Chilena
Secretaria Regional Ministerial de Obras Públicas, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena
Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Magallanes y Antártica Chilena Servicio Agricola y Ganadero, Magallanes y Antártica Chilena
Servicio Nacional de Pesca, Magallanes y Antártica Chilena
Servicio Nacional de Turismo, Magallanes y Antártica Chilena
Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Magallanes y Antártica Chilena Consejo de Monumentos Nacionales
Expediente del Proyecto "Construcción de Lineas de Flujo para los Pozos Tropilla M, N y H" Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Magallanes y Antártica Chilena
El documento original está disponible en la siguiente dirección url:http://firma.e- seia.cl/92/30/72672c9e72fe6e3132d4d371b3b2b08afcc1