Evaluación SEA

Modificación Plan Regulador Comunal de Negrete

Rol 4918716
SEA · DIA · Aprobado · 2010-09-09 · Región del Biobío · Ilustre Municipalidad de Negrete

República de Chile Comisión de Evalaución Ambiental Región del Biobío”

RESOLUCIÓN EXENTA N*13

MAT: Califica ambientalmente el proyecto " Modificación Plan Regulador Comunal de Negrete”

CONCEPCION, 14 de Enero de 2011

VISTOS:

1.- Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y sus modificaciones; en el artículo segundo del DS N? 95, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que refunde, coordina y sistematiza el DS N 30, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, en la Ley N” 19.880 del 29 de mayo de 2003, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado; en la Resolución N 1600 de 2008, de la Contraloría General de la República y en el Dictamen N 78815, de fecha 28 de diciembre de 2010 de la Contraloría General de la República. sobre obligación de someter los planes reguladores, al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental;

2.- La Declaración de Impacto Ambiental (y sus Adendas), del Proyecto “Modificación Plan Regulador Comunal de Negrete”, elaborado por la llustre Municipalidad de Negrete, representada legalmente y sometido por su Alcalde don Edwin Von Jentschyk Cruz, al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

3.- El Informe Consolidado de Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto “Modificación Plan Regulador Comunal de Negrete”, que forma parte integrante del presente acto administrativo.

4.- El acta N” 02 de evaluación de la sesión del comite técnico de la Región del Biobío, de fecha 03 de enero de 2011.

5.- El acta N* 01 de la sesión de fecha 10 enero de 2011 de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío, en la que se calificó ambientalmente el proyecto “Modificación Plan Regulador Comunal de Negrete”.

6.- Las resoluciones emanadas del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío, dictadas con motivo del procedimiento de evaluación ambiental del proyecto “Modificación Plan Regulador Comunal de Negrete”.

7.- Los informes y/o pronunciamientos de los órganos competentes de la administración del Estado que participaron en el procedimiento de evaluación de impacto ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

O Oficio N*“252 MA sobre la DIA, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 28/09/2010;

O Oficio N*%05/2010 sobre la DIA, por Dirección Regional del SAG, Región del Biobío, con fecha 07/10/2010;

O Oficio N*2369 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región del Biobío, con fecha 07/10/2010;

O Oficio N*1060 sobre la DIA, por Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío, con fecha 08/10/2010;

O Oficio N*1932 sobre la DIA, por Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío, con fecha 08/10/2010;

O Oficio N*“2938 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 12/10/2010;

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O Oficio N*1862 sobre la DIA, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Biobío, con fecha 04/10/2010;

O Oficio N*571 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío, con fecha 29/09/2010;

O Oficio N*1383 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región del Biobío, con fecha 19/10/2010;

O Oficio N*2379 sobre la Adenda 1, por Corporación Nacional Forestal, Región del Biobío, con fecha 01/12/2010;

O Oficio N*2280 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Biobío, con fecha 07/12/2010;

O Oficio N*%4258 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 15/12/2010;

O Oficio N*%1434 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, Región del Biobío, con fecha 15/12/2010;

O Oficio N*“315 MA sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 15/12/2010;

O Oficio N*05/2010 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional del SAG, Región del Biobío, con fecha 15/12/2010;

O Oficio N*%1322 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío, con fecha 15/12/2010;

O Oficio N*2407 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío, con fecha 15/12/2010;

7.-Los demás antecedentes que obran en el expediente de evaluación de impacto ambiental. ll. CONSIDERANDO:

1.- Que la Comisión Evaluación de la Región del Biobío debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto “Modificación Plan Regulador Comunal de Negrete” cuyo titular es la Ilustre Municipalidad de Negrete.

2.- Que el derecho de la llustre Municipalidad de Negrete de regular el uso del suelo a nivel comunal, se encuentra sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes.

3.- Que sobre la base de lo señalado en la Declaración de Impacto Ambiental, el Informe Consolidado de Evaluación, los demás antecedentes que obran en el expediente. Este proyecto consiste en la Modificación del Plan Regulador Comunal Vigente de Negrete publicado en el Diario Oficial de 27 de septiembre de 1991, las cuales se detallan a continuación:

3.1.- Ampliar el limite urbano, de conformidad a lo graficado en el Plano MPRCN -01 (Adjunto a la DIA) denominado "Modificación Plan Regulador Comunal de Negrete. Los terrenos que se incorporan al límite urbano corresponden a Zona de Extensión Urbana ZE-1. Asimismo, en el Artículo N* 6:de la Ordenanza Local, intercalar los siguientes puntos y tramos del límite urbano que se pormonerizan a continuación :

PUNTO [DESCRIPCIÓN DEL PUNTO ¡TRAMO DESCRIPCION DEL TRAMO

6a Intersección del costado sur de la línea férrea a Coihue, con deslinde poniente del predio Escuela Agrícola

6b IIntersección del deslinde poniente del predio Escuela Agrícola con paralela trazada a 730 m al sur del eje del Icamino Negrete-Coihue y su proyección) hacia el oriente

6a-6b deslinde poniente del predio Escuela grícola, entre los puntos 6a y 6b

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7/22

6c IIntersección de paralela trazada a 730 m al sur del eje del camino Negrete- Coihue y su proyección hacia el oriente con paralela trazada a 600 m al poniente del eje del Camino Cruce Negrete-Rihue

613-6c paralela trazada a 730 m al sur del eje del ¡camino Negrete-Coihue y su proyección hacia el oriente, entre los puntos 6b y 6c

6d Intersección de paralela trazada a 600 m al poniente del eje del Camino Cruce Negrete-Rihue con costado sur de la línea férrea a

Coihue

6c-6d [paralela trazada a 600 m al poniente del eje del Camino Cruce Negrete-Rihue, entre los untos 6c y 6 d

6d-7 Costado sur de la línea férrea a Coihue, entre los puntos 6d y 7

3.2.-Agregar en la Ordenanza local del Plan Regulador Comunal de Negrete el siguiente inciso: “Los proyectos que se emplacen en las áreas afectadas por riesgo deben acompañar un estudio fundado elaborado por profesionales especialistas que determine las acciones que deberán ejecutarse para su utilización con fines urbanos.” Esto de acuerdo a lo instruido en Circular DDU 227 Minvu 2009.

4.-Otras Consideraciones relacionadas con el proceso de Evaluacion Ambiental del proyecto “Modificación Plan Regulador Comunal de Negrete”.

4.1.- La Dirección Regional de Vialidad señala que estima necesario señalar respecto de la mantención de la ruta Negrete — Rihue en un tramo de 730 metros, que: “La ruta no está contemplada como vía urbana declarada como camino público, por lo tanto al modificarse el límite urbano automáticamente la zona queda bajo la administración del MINVU e I. Municipalidad y fuera del ámbito del Ministerio de Obras Públicas”.

4.2.- Dado que el Plan Regulador Comunal de Negrete prontamente será actualizado, se solicitajtener presente la inclusión de todos aquellos articulos de prevensión de riesgo naturales y antrópicos convenido entre la SEREMI de MINVU y el órgano público de competencia sectorial.

5.- Que, el Proyecto “Modificación del Plan Regulador Comunal Negrete”, no tiene permisos Ambientales sectoriales asociados.

7.- Que, atendidos todos los antecedentes que obran en el expediente administrativo de evaluación del proyecto “Modificacion del Plan Regulador Comunal Negrete”, éste no presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias a la que se refiere el artículo N? 11 de la ley N” 19.300.

8.- Que la Ilustre Municipalidad de Negrete no asume compromisos ambientales voluntarios dentro del proceso de evaluación ambierntal de la “Modificación del Plan Regulador Comunal de Negrete”.

9.-Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la implementación del proyecto, el titular deberá informar a la Comisión Evaluación de la Región del Biobío la fecha de publicación en el Diario Oficial. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

10.- Que, la Ilustre Municipalidad de Negrete, frente a futuras actualizaciones de sus instrumentos de planificación territorial, deberá considerar todas aquellas normativas que eventualmente resultaran aplicables, en especial el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica, de acuerdo a lo establecido en la Ley N” 19.300 Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por Ley N” 20.417, según lo indicado el Dictamén N* 78815 de fecha 28 de diciembre de 2010, de la Contraloría General de la República.

11.- Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

12.- Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío;

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RESUELVE

1.- CALIFICAR FAVORABLEMENTE el Proyecto “ Modificación Plan Regulador Comunal de Negrete” de la Ilustre Municipalidad de Negrete, bajo las condiciones y precisiones establecidas en los Considerando 3, 4, 5, 6,7, 8,9, 10 11 y 12 de la parte considerativa de la presente Resolución.

2.- Certificar que se cumple con todos los requisitos ambientales y con la normativa de carácter ambiental aplicables al Proyecto “Modificación Regulador Comunal de Negrete”, y que no requiere la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental.

3.- Hacer presente que ésta Resolución no exime a la llustre Municipalidad de Negrete de la obligación de solicitar las autorizaciones que, de acuerdo con la legislación vigente, deben emitir los organismos del Estado competentes.

4.- Hacer presente que las normas, condiciones o exigencias sobre la base de las cuales se dicta la presente Resolución, serán fiscalizadas por la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, todo lo cual se entiende sin perjuicio de las atribuciones que le correspondan, en esta materia, a la Ilustre Municipalidad de Negrete.

5.- Dejar constancia que una vez emitida esta Resolución, ningún órgano, organismo ni entidad alguna de cualquier naturaleza podrá negar las autorizaciones o aprobaciones de su competencia aduciendo razones ambientales, como tampoco incluir exigencias adicionales de carácter ambiental a lo ya resuelto por esta Comisión como requisito de aprobación del proyecto “Modificación Plan Regulador Comunal de Negrete”.

6.- Hacer presente que procede en contra de la presénte Rexolución, el recurso de reclamación de acuerdo a lo establecido en el articulo 20 de la Ley 19.300 modificada por Ley N” 20.417. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otra acción lggal que estime oportuna.

[Es RUIZ ADARO) Secretario

Región del Biobío

Distribución Y

O Sr, Edwin Von Jentschyk Cruz, Representante Legal y Alcalde de la llustre Municipalidad de San Negrete Miembros de la Comisión de Evalaución Ambiental del la Región del Biobío

Corporación Nacional Forestal, Región del Biobío

Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur

Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío

Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Biobío

Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío

Dirección Regional del SAG, Región del Biobío

Gobierno Regional, Región de Biobio

Clc 7 Archivo Expediente” Modificación Plan Regulador Comunal de Negrete” Archivo Comisión de Evaluación Ambiental.

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