Evaluación SEA

Plan de Cierre Vertedero Pelluhue .

Rol 4892060
SEA · DIA · Aprobado · 2010-09-01 · Región del Maule · I.Municipalidad Pelluhue

ORD. N? 635

ANT: Resolución Exenta N* 85 de fecha 13 de Junio de 2011, que califica ambientalmente el Proyecto "Plan de Cierre Vertedero Pelluhue ."

MAT: Notifica Resolución Talca, 13 de Junio de 2011

DE: Silvana Alejandra Suanes Araneda Directora (S) Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria Comisión de Evaluación Región del Maule

A: Según distribución

Por medio de la presente, sírvase encontrar adjunta copia de la Resolución Exenta N' 85, de la Servicio Evaluación Ambiental, VI! Región del Maule, de fecha 13 de Junio de 2011, que califica ambientalmente el proyecto "Plan de Cierre Vertedero Pelluhue .".

Sin otro particular, saluda atentamente;

Silvana Alejandra Suanes Araneda «Directora (S):Regional del Servicio de Evaluación Ambiental 7 *- Secretaria Comisión de Evaluación

Región del Maule

PCTIRCF Aaj. lo indicado

Distribución:

  • Corporación Nacional Forestal CONAF, Región del Maule

  • Dirección de Obras Hidráulicas DOH, Región del Maule

  • Dirección General de Aguas, Región del Maule

  • Dirección Regional de Vialidad, Región del Maule

« Gobierno Regional, Región del Maule

  • Ilustre Municipalidad de Pelluhue

« SEREMI de Agricultura, Región del Maule

  • SEREMI de Salud, Región del Maule

  • SEREMI de Transporte y Telecomunicación, Región del Maule

  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule

  • SEREMI MOP, Región del Maule

  • Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule

  • Servicio Nacional de Turismo, SERNATUR, Región del Maule
  • Superintendencia de Electricidad y Combustible, Región del Maule
  • Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur » Superintendencia de Servicios Sanitarios

Clic: + Expediente del Proyecto "Plan de Cierre Vertedero Pelluhue ." + Archivo Servicio Evaluación Ambiental, VII Región del Maule

N? 636 Talca, 13 de Junio de 2011

Señor

Carlos Enrique Zúñiga Villaseñor I.Municipalidad Pelluhue

Padre Samuel Jofre $415 Curanipe

Presente

De mi consideración: Por medio de la presente, sírvase encontrar adjunta copia de la Resolución Exenta N* 85, de la Servicio Evaluación Ambiental,

Vil Región del Maule, de fecha 13 de Junio de 2011, que califica ambientalmente el proyecto "Plan de Cierre Vertedero Pelluhue .”.

ra

:Silváná Alejandra Suañes Araneda Directora (S) Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria Comisión de Evaluación 3 Región del Maule

PCT/IRCF Adj.: Lo indicado

Cie: + Expediente del Proyecto "Plan de Cierre Vertedero Pelluhue ." + Archivo Servicio Evaluación Ambiental, VII Región del Maule

REPÚBLICA DE CHILE

COMISIÓN DE EVALUACIÓN VII REGIÓN DEL MAULE Califica Ambientalmente el proyecto "Plan de Cierre Vertedero Pelluhue ." Resolución Exenta N* 85 Talca, 13 de Junio de 2011 VISTOS:

1

La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "Plan de Cierre Vertedero Pelluhue”", presentada por la Ilustre Municipalidad de Pelluhue, a través de su representante legal don Carlos Enrique Zúñiga Villaseñor, con fecha 1 de Septiembre de 2010.

Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

Oficio N10 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal CONAF, Región del Maule, con fecha 08/09/2010, Oficio N1158 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule, con fecha 22/09/2010; Oficio N”248 MA sobre la DIA, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 27/09/2010; Oficio N46 sobre la DIA, por Dirección Regional de Vialidad, Región del Maule, con fecha 28/09/2010; Oficio N2403 sobre la DIA, por Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule, con fecha 29/09/2010, Oficio N%798 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 30/09/2010; Oficio N808 sobre la DIA, por Dirección General de Aguas, Región del Maule, con fecha 30/09/2010; Oficio N118 sobre la DIA, por Servicio Nacional de Turismo, SERNATUR, Región del Maule, con fecha 01/10/2010, Oficio N Proceso 4177669 sobre la DIA, por Dirección de Obras Hidráulicas DOH, Región del Maule, con fecha 01/10/2010; Oficio N%000 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región del Maule, con fecha 04/10/2010; Oficio NInt.190 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región del Maule, con fecha 07/10/2010; Oficio N93 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región del Maule, con fecha 11/10/2010; Oficio N313 MA sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 10/12/2010; Oficio N154 sobre la Adenda 1, por Servicio Nacional de Turismo, SERNATUR, Región del Maule, con fecha 14/12/2010; Oficio N3234 sobre la Adenda 1, por Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule, con fecha 14/12/2010; Oficio N1175 sobre la Adenda 1, por Dirección General de Aguas, Región del Maule, con fecha 14/12/2010; Oficio N Proceso 4384221 sobre la Adenda 1, por Dirección de Obras Hidráulicas DOH, Región del Maule, con fecha 14/12/2010; Oficio N000 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región del Maule, con fecha 14/12/2010; Oficio N%973 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 14/12/2010; Oficio N721 sobre la Adenda 2, por Dirección General de Aguas, Región del Maule, con fecha 23/02/2011; Oficio N Proceso 4559187 sobre la Adenda 2, por Dirección de Obras Hidráulicas DOH, Región del Maule, con fecha 23/02/2011; Oficio N%000 sobre la Adenda 2, por SEREMI MOP, Región del Maule, con fecha 23/02/2011; Oficio N%027 sobre la Adenda 2, por Servicio Nacional de Turismo, SERNATUR, Región del Maule, con fecha 24/02/2011; Oficio N“843 sobre la Adenda 3, por Dirección General de Aguas, Región del Maule, con fecha 28/03/2011; Oficio N000 sobre la Adenda 3, por SEREMI MOP, Región del Maule, con fecha 29/03/2011; y Oficio N45 sobre la Adenda 4, por SEREMI de Salud, Región del Maule, con fecha 06/06/2011.

Acta N*14/2011 de la Sesión de Comité Técnico de Evaluación de la Región del Maule, con fecha 17 de Marzo del 2011 Informe consolidado de evaluación con fecha 09 de Junio del 2011

El Acta de la Sesión N*006 de la Comisión de Evaluación de la VII Región del Maule, de fecha 13/06/2011

Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Plan de Cierre Vertedero Pelluhue".

Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2% del D.S. N95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N” 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N* 1,600, de 2008, de la Contraloria General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.

CONSIDERANDO:

1

Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Plan de Cierre Vertedero Pelluhue”.

Que, el derecho de la llustre Municipalidad de Pelluhue a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Plan de Cierre Vertedero Pelluhue" consiste en el:

cierre y saneamiento ambiental del vertedero de Pelluhue, ubicado en el predio Rol N* 339-27, a unos 10,7 kilómetros al Nororiente de la Plaza de Armas de Curanipe por la ruta M-806. Los vértices en coordenadas geográficas UTM, (Datum WGS 84, Huso 19 Sur.) son:

Vértice UTM Este (m) UTM Norte (m) 1 722.210 6.304.883 2 722.111 6.304.804 3 722.252 6.304.720 4 722.278 6.304.773 5 722.500 6.304.663 6 722.536 6.304.729 7 722.330 6.304.824 8 722.333 6.304.831 Ej 722.370 6.034.880 10 722.416 6.034.880 11 722.296 6.034,935 12 722.250 6.034.864

La inversión estimada será de cuatrocientos mil dólares americanos. La mano de obra para la etapa de construcción será de 5 personas, para la etapa de operación será de un trabajador.

La estimación de los volúmenes de tierra a remover, considera la superficie total del predio de aproximadamente 4,22 ha, donde un 72,53% (30.616 m%) de su superficie se encuentra cubierta con residuos sólidos domiciliarios (en adelante RSD).

A partir de la fecha de notificación de la presente resolución, el titular tendrá un plazo de seis meses, para dejar de recibir residuos en el vertedero, y dar inicio a las actividades de cierre de acuerdo a la siguiente carta Gantt:

DURACIÓN (meses) ¡ACTIVIDAD

1 2 3 4 5 6 ele po. 241

Instalación de Faenas

Obras de Mejoramiento

Cierre final

Post-cierre (Seguimiento)*

El titular debe tener claro que una vez cerrado el vertedero (mes sexto, de acuerdo a carta Gantt) los residuos sólidos domiciliarios generados por la comuna de Pelluhue, deberán ser enviados a rellenos sanitarios autorizados sanitaria y ambientalmente.

3.1 Análisis Preliminar y Actividades Anexas

  • Topografía actual del vertedero;

Topografía de superficie irregular, con mayores cotas en los extremos oriente y poniente del terreno, alcanzando la cota 89 metros sobre nivel del mar (en adelante msnm) en el oriente y 64 msnm al poniente. La cota más baja del predio corresponde a 54,5 msnm y se localiza al centro del predio.

Teniendo en consideración estas pendientes y de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente, el titular realizara el cierre del vertedero.

«e Instalación de faenas;

Habilitación de contenedores marítimos reacondicionados en el sitio, para uso de oficinas, bodegas, comedores y vestidores.

De acuerdo a lo establecido en el D.S. N* 594/1999 del MINSAL “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de los Lugares de Trabajo”, en la obra se instalarán servicios higiénicos (baños, duchas y lavatorios) en cantidad y calidad especificadas en este decreto.

En relación con el abastecimiento de agua potable, esta será suministrada a través de camiones aljibes para las actividades constructivas. Para el consumo humano se habilitará un dispensador de agua purificada.

» Redisposición de los RSD;

Consiste en re-disponer todas las acumulaciones de residuos que se encuentren dispersas por el predio y dejarlas concentradas en una zona, levantando, nivelando y perfilando la superficie completa del predio, homogenizando las superficies alteradas por la disposición de los residuos sólidos domiciliarios (en adelante RSD), con el propósito de evitar la generación de puntos bajos donde puedan acumularse las aguas lluvia.

  • Limpieza del entorno.

Retiro de todos los elementos livianos que producto del arrastre por viento se han desplazado en una franja de por lo menos 100 m exteriores al vertedero.

3.2 Diseño del cierre del vertedero

  • Movimiento de tierra y disponibilidad de materia! para cobertura final;

El sector poniente del vertedero será la zona Paya la extracción del material de cobertura final a los residuos. Dicha área posee una superficie de 11.595 m” y yna profundidad de extracción de un metro. El volumen aproximado de material a extraer será de 11.595 m”.

De acuerdo a lo estipulado en el D.S.189/2005 del Ministerio de Salud “Reglamento sobre condiciones sanitarias y de seguridad básicas en rellenos sanitarios” las características cualitativas y cuantitativas del material de cobertura y tierra vegetal a usarse corresponderá a 0.6 m de material cuya permeabilidad será inferior o igual a 10 cm/s y una capa de suelo vegetal de 0,15 m de espesor.

Volúmenes de Cobertura

Espesor Volumen (m”) Tipo material proyectado (m) Material Cobertura 056 23,880 Capa vegetal 0,15 5.970 Total 0,75 29.850

Las características edáficas del sector corresponden a arcillas inorgánicas de plasticidad baja a media, arcillas con grava, arcillas arenosas, limosas o magras, con un coeficiente de permeabilidad de 1,649x10" (cm/s). Dada las características de permeabilidad del suelo a utilizar, este deberá ser mezclado con otro de menor permeabilidad para cumplir con la exigencia mínima impuesta por el D.S. N*189/2005 "Reglamento sobre condiciones sanitarias y de seguridad básicas en rellenos sanitarios”,

Se construirán 3 plataformas independientes caracterizándose de la siguiente forma:

Primera plataforma: Dos terrazas en el sector oriente, conformando una estructura escalonada en sentido oriente a poniente, donde la primera terraza (superior), contará con una pendiente 1:6,5 (V: H), largo de 81,5

m y ancho de 39,2 m. Con el objeto de unir la terraza superior con la inferior se construirá un talud con una pendiente de 5%, abarcando una distancia horizontal de 20 m, la segunda terraza a continuación tiene una plataforma de 27,1 m de ancho y de 80,8 m de largo, cuya pendiente es de 1:8,5 (V:H), finalizando en un talud de 5% de pendiente, cuya longitud horizontal es de 22,9 m. Siendo el balance de residuos el que se

presenta a continuación:

Descripción Volumen (m*) Corte 313,5 Relleno 11.972,1

Neto 11.658,6

Segunda plataforma: Ubicada en el sector norte, (zona donde están dispuestos residuos mas antiguos), compuesta por dos terrazas, ambas con 2% de pendiente en sentido nororiente a sur poniente. Con el objeto de unir la terraza superior con la inferior se construirá un talud con una pendiente 1:3 (V:H), la superficie total de las dos terrazas es de 4.186 m”. Realizando el balance de residuos, se obtienen los siguientes valores:

Descripción Volumen (m?) Corte 49,4 Relleno 5.434,7 Neto 5.385,3

Tercera plataforma: Compuesta de una terraza al poniente del predio, (lugar donde se depositaron los últimos residuos), con un largo de 96,9 m y un ancho de 78,4 m, una pendiente del 2% en sentido poniente oriente, la terraza finaliza con un talud en dirección oriente con una pendiente 1:3 (V:H), siendo el balance

de residuos el que se presenta a continuación:

Descripción Volumen (m”) Corte 1.083,8 Relleno 7.702,5 Neto 6.618,7

  • Sistema de cobertura final; a) Espesor de al menos 60 centimetros y una conductividad hidráulica inferior o igual 4x105 cmí/s.

b) Debe incluir una capa de protección contra la erosión que deberá consistir en una capa de suelo de al menos 15 cm de espesor, la que debe ser capaz de sostener vegetación de la zona.

La permeabilidad del material proveniente de la zona de extracción del vertedero es de 5,16x10% cm/s. Con el objeto de lograr una permeabilidad equivalente de 1x10" cmís, el titular realizara un sello con material del sitio de 30 cm de espesor y 30 cm con material externo.

  • Manejo de Líquidos Percolados;

Los líquidos percolados serán manejados al interior de la masa de basuras, cumpliendo con lo señalado en el inciso segundo del articulo 23 del D.S, N*189/2005 “Reglamento sobre condiciones sanitarias y de seguridad básicas en rellenos sanitarios”.

  • Manejo de biogás;

Los gases generados por los procesos de descomposición anaeróbica en el interior del vertedero serán captados mediante 6 pozos de venteo. Las chimeneas tendrán una altura de 1 metro sobre la cota de coronamiento de la plataforma, una sección de 1 m%, y consistirán en una estructura revestida de malla

bizcocho (5014) montada en listones de madera en cuyo interior se dispondrá una tubería de PEAD perforada y rodeada de bolones de 4" a 6" de diámetro perfectamente lavados.

  • Cortafuegos;

Franja de ancho de 4m en todo el perímetro del sitio, a excepción del sector poniente que tendrá un ancho de 5m. Dicha franja contará con inspecciones periodicas y limpiezas cada vez que sean necesarias para mantener libre de todo elemento que pudiera ser combustible, así como también controlar y evitar el crecimiento de vegetación

» Cierre perimetral;

Consiste en rollizos impregnados de madera de 6”, dispuestos cada 2,5m entre si. Para lograr el cierre del predio se instalará malla tipo bizcocho (5014) en todo el contorno y en la parte superior se colocarán dos hileras de alambre de púa, logrando una altura de 1,8 m (según lo dispuesto en el D.S. 189/2005 del MINSAL).

Se plantara además una cortina vegetal, la cual consistirá en una franja cuádruple con entramado de 2X2 de especies vegetales nativa (Aromo, Peumo y Arrayán) y especies de rápido crecimiento como pinos y eucaliptos. Estos árboles serán plantados con una altura promedio de 1 metro.

*« Revegetación y paisajismo;

Una vez instalada la capa de cobertura final, que considera 60 cm de material de cobertura y 15 cm de suelo vegetal, y luego de los primeros asentamientos del material de cobertura y del suelo vegetal (un año aproximadamente), se procederá a realizar todas las actividades relacionadas con la recuperación del área desde el punto de vista paisajístico. Favoreciendo el desarrollo de especies vegetales herbáceas y arbustivas existentes en la zona, principalmente de raíces cortas y/o rastreras.

  • Diseño de canales interceptores de aguas lluvia;

Consistirá en canales perimetrales para la evacuación de las aguas lluvias provenientes de la cuenca aportante en el oriente, norte y sur del predio, con el objeto de impedir la entrada de esta agua sobre la masa de residuos dispuestos en el vertedero, evacuándose finalmente al estero ubicado al sur del mismo, especificamente en las siguientes coordenadas:

VERTICE NORTE ESTE

E-1 [6034720.4 1722252.1

Las características técnicas de los canales serán:

Recubrimiento Ancho cm Altura cm Pendiente V:H Hormigón 60 50 4:1

  • Mejoramiento de caminos de acceso y/o interiores;

Consiste en mantener limpia una franja de 200 m antes del acceso al predio, además de la limpieza por todo el frente que colinda con el vertedero,

En cuanto a los caminos interiores, se habilitará un camino que accederá a todo el predio en forma longitudinal y paralelo al área de disposición de los RSD. Dicho camino tendrá un ancho de 3m y su largo será de 387m.

3.3 Plan de Monitoreo y Control El D.S. 189/2005 del MINSAL en su artículo N*55 establece que: "El Plan de cierre deberá mantenerse al

menos por un periodo de 20 años, y deberá contemplar, cuando corresponda, al menos las siguientes actividades:

a) Mantención de la integridad de la cobertura final;

b) Mantención y control del sistema de intercepción de escorrentías superficiales; c) Mantención y operación del sistema de control de lixiviados;

d) Mantención y operación del sistema de manejo de biogás;

e) Monitoreo de aguas subterráneas

f) Control de la proliferación de vectores;

Del resultado de estas actividades, y de las medidas que se hubiesen adoptado, deberá informarse trimestralmente a la Autoridad Sanitaria, pudiendo ésta autorizar una frecuencia menor, atendiendo a las actividades a desarrollar, y los resultados de los monitoreos”.

3.3.1 Mantención de la integridad de la cobertura final

Se efectuará inspección visual mensual considerando las alturas, pendientes y la eventual formación de grietas. Al término de los trabajos de cierre del vertedero se realizara un levantamiento topográfico completo, el cual deberá repetirse en forma anual por cinco años.

La inspección visual, se realizara durante el primer año con una frecuencia mensual y a partir del segundo año después del cierre con una frecuencia trimestral. Su objetivo es evaluar la erosión y la efectividad del manejo de escorrentías superficiales. Luego de cada inspección se el titular dejara registro en forma escrita y fotográfica, dicho registro deberá estar siempre asequible en terreno al momento de una fiscalización por los órganos del Estado con competencia ambiental.

En el caso de detectarse hundimiento o agrietamiento de la superficie, éstas deberán repararse con el fin de evitar infiltraciones de aguas hacia los residuos depositados; los asentamientos y grietas deberán ser rellenados y nivelados de acuerdo a la pendiente general evaluada. Las grietas deben ser excavadas manualmente hasta el inicio de la fisura, rellenando y compactando con material arcilloso.

Con el fin de minimizar los riesgos de erosión sobre los taludes, el titular deberá mantener en toda la vida útil del proyecto (20 años) una capa vegetal de al menos 15 centimetros, esta deberá ser monitoreada en forma mensual.

3.3.2 Mantención y control del sistema de intercepción de escorrentías superficiales

La inspección, limpieza y reparación de los canales se realizará durante el mes de marzo de cada año y será controlada una vez por mes entre los meses de abril a noviembre durante todo el periodo de control establecido (20 años).

3.3.3 Mantención y operación del sistema de contro! de lixiviados y Monitoreo de aguas subterráneas

Los liquidos percolados serán monitoreados de acuerdo a lo estipulado en el articulo 47 del D.S. 189/2005. El titular construirá tres pozos en forma de abanico aguas abajo del vertedero y un pozo aguas arriba, realizando monitoreo de las aguas subterráneas en forma trimestral La ubicación de dichos pozos serán de acuerdo a las siguientes coordenadas geográficas:

Pozo UTM Este (m) UTM Norte (m) Seguimiento 1 722.522 6.034.723 Seguimiento 2 722.217 6.034.763 ¡Seguimiento 3 722.228 6.034.845 Referencia 4 722.300 6.034.922

Datum Provisorio Sudamericano WGS 84, HUSO 18 Los parámetros a monitorear serán los estipulados en el articulo 47 del D.S. 189/2005 y son los siguientes:

a) Conductividad eléctrica;

b) Cloruro;

c) Turbiedad (color);

d) DBO5;

e) DQO;

f) Sólidos Suspendidos Totales; 9) Hierro;

h) Magnesio;

1) Nitrógeno Amoniacal;

j) Nitrógeno Kjeldhal;

k) Sulfatos;

1) Alcalinidad Total (CaCO3); m) Sodio.

La metodología y diseño de muestreo, corresponden a las directrices señaladas en la NCh 410. Of96 Calidad del Agua y la NCh 411/11. Of98 Guía para el muestreo de aguas subterráneas.

En el monitoreo de las aguas en los pozos de seguimiento y pozo de referencia el titular deberá calcular en cada oportunidad, los valores diferenciales entre los distintos pozos de seguimiento y el de referencia.

Los diferenciales calculados en el primer monitoreo pasarán a ser los valores limites que se usaran durante los siguientes años. Por lo anterior, los valores iniciales serán considerados el 100% y a medida que pasen los años los diferenciales medidos semestralmente deberán ir decreciendo hasta llegar a 0% del valor inicial, si al año 20 estos no son 0%, el titular mantendrá el monitoreo de las aguas subterráneas hasta que los diferenciales sean 0%.

En el caso de que el o los valores de uno o más parámetros monitoreados sobrepasen su valor diferencial del primer monitoreo, el titular deberá dar curso al plan de contingencia.

3.3.4 Mantención y operación del sistema de manejo de biogás

El monitoreo y control del biogás, se realizará con una frecuencia semestral, chequeando las concentraciones

de gases, principalmente de metano (CH4) y dióxido de Carbono (CO2). Para el control de los gases

generados al interior de la masa de residuos una vez realizado el sellado, se construirán 6 chimeneas de drenaje para el escape de los gases.

3.3.5 Control de la proliferación de vectores

El titular realizará campañas de desratización y desinfección de las instalaciones del vertedero, tales como

caseta de registro, instalaciones del personal, galpones. Con una frecuencia mensual a través de una

empresa autorizada por la SEREMI de Salud.

3.4 Plan de Contingencia

3.4.1 Colapso de las Capas Superiores del Depósito /Afloramiento de Lixiviados

  1. Se construirán zanjas de contención como drenaje para evitar la migración de líquidos hacia la superficie. Las zanjas deberán ser llenadas por material drenante, de canto rodado, cubiertas con un geotextil de protección y cerradas por una capa de material, de acuerdo a las especificaciones para la cobertura final,

  2. En el caso de las capas superiores, se deberá reparar la cobertura afectada por el evento, retirando en lo posible el material e incorporar nuevo material de cobertura en la zona. El suelo contaminado será dispuesto dentro del mismo depósito.

  3. Se registrara la zona reparada en el registro de contingencias y dar aviso a la autoridad pertinente.

3.4.2 Deslizamientos de Material Depositado

  1. Remoción de los residuos y reperfilamiento con pendientes menores a (1:3)

  2. Cobertura de los residuos con tierra (retención de la humedad).

Los residuos removidos deben ser incorporados hacia el sector de disposición de residuos.

Con el objeto de evitar la erosión por escorrentía superficial la geometría del diseño final del cierre del

vertedero, considera taludes y pendientes de plataforma con pendientes suaves (entre 1:6 y 1:8 (V:H); y entre un 2% y 5%, respectivamente), minimizando posibles escurrimientos superficiales de gran velocidad que erosionen la superficie del vertedero.

Como medida adicional y para evitar este tipo de erosión el titular efectuara inspecciones periódicas

para evaluar el estado de conservación de los canales perimetrales, y del estado de la cobertura final,

evitando que se generen desniveles o puntos críticos que favorezcan la erosión.

3.4.3 Grietas en la Superficie del Relleno

  1. Se rellenara las grietas con suelo fino compactado hasta alcanzar su cota y superficie original.
  2. Se controlara en el tiempo el asentamiento del material incorporado, reparando las fisuras visibles.

  3. Se registrara la zona reparada en el registro de contingencias. 3.4.4 Fallas en el Equipamiento Utilizado

  4. Se reemplazara del equipo y/o maquinaria por el tiempo necesario hasta reparar el equipo averiado (a través de adquisición o arriendo).

2, Se dispondrá en las instalaciones del depósito, de un equipo para cobertura y compactación alternativo.

  1. Se dispondrá en la planta, de bombas de emergencia en caso de ser requeridas.

3.4.5 Incendio o Explosión por Emanaciones de Gas

  1. Habrá personal altamente calificado para utilizar extintores, mangueras de agua u otros elementos que permitan detener fuegos mayores,

  2. Se sofocara el incendio cubriendo el foco con material de cobertura, y ocupando la maquinaria pesada disponible. Además, se solicitará el apoyo de bomberos o personal de brigadas contra fuego,

  3. Se aislara el área de riesgo y prohibirá el ingreso de personas ajenas a la operación,

  4. Se cuidara que las personas se encuentren en la zona ubicada en la dirección contraria al viento,
  5. Retirar elementos que puedan generar combustiones del área de incendio.
  6. Se llevara un registro del accidente y sus causas. Si la explosión es causada por biogás, se tomarán adicionalmente las siguientes medidas:
  7. Se disminuirá la presión del gas con sondajes y/o zanjas.
  8. Se detectará e impermeabilizará la zona dañada. 3.4.6 Infiitración de Líquidos Percolados en Aguas Subterráneas

Cuando el o los valores de los parámetros monitoreados sobrepasen su valor diferencial inicial respecto al pozo de referencia (aguas arriba), se entenderá como infiltración de líquidos percolados en aguas subterráneas, dando curso al Plan de Contingencia, compuesto de las siguientes acciones:

  1. Realizar en forma inmediata un remuestreo, sobre el o los puntos cuyos resultados se encuentren excedidos. El titular deberá informar a la autoridad sanitaria mediante un informe de la situación de emergencia, acompañando los resultados de los monitoreos y el plan de acción, en un plazo no superior a 48 horas.

  2. Revisión exhaustiva de todos los drenajes existentes, tanto de aguas lluvia, así como también del material de cobertura, con el objetivo de garantizar el buen estado de estos (en caso de encontrarse falla en el sistema, se debe llevar a cabo de forma inmediata el mantenimiento respectivo).

  3. Si nuevamente el remuestreo entrega datos alterados, el Titular notificará a las autoridades correspondientes de que existe infiltración de liquidos percolados en aguas subterráneas, con el objetivo de que alerten a los demandantes de aguas subterráneas aguas abajo del vertedero.

4, El Titular procederá a bombear por 48 horas, de forma ininterrumpida, las aguas alteradas desde el pozo detectado ubicado aguas abajo y reinyectadas en el pozo de referencia aguas arriba.

  1. Una vez recirculadas las aguas, se volverá a monitorear el pozo detectado ubicado aguas abajo, a los 7 días de terminado el bombeo, En caso que las aguas se encuentren bajo el valor diferencial inicial, el titular se solicitará a las autoridades levantar la contingencia y continuara con el plan de monitoreo y control normal,

  2. Si la muestra arroja nuevamente alteración, el Titular procederá a bombear el agua desde los 3 pozos aguas abajo y reinyectadolas en el pozo de referencia aguas arriba, por un periodo de 72 horas. Finalizado

este periodo, se procede nuevamente a realizar la Actividad N5. Si los valores persisten, se realiza nuevamente un bombeo desde los tres pozos aguas abajo durante 72 horas, generándose una iteración entre la Actividad N5 y la Actividad N*6.

  1. Se registrara el evento en el registro de contingencias.

3.5 Principales emisiones, descargas y residuos del proyecto

3.5.1 Emisiones Atmosféricas

Por movimientos de tierra y emisiones provenientes de la combustión de las maquinarias y camiones El titular implementará las siguientes medidas:

a) Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.;

b) Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores.

c) Humectación de vías internas por donde circulen los camiones de la obra, siempre y cuando las condiciones climáticas y atmosféricas lo ameriten.

d) Realizar compactación y estabilización de las áreas de tránsito de maquinarias y vehiculos que no se encuentren pavimentadas para evitar la suspensión del polvo.

e) Prohibir la ocurrencia de quemas dentro del área del proyecto, evitando la producción de emanaciones de humo u otro gas tóxico o molesto.

f) Limitar la velocidad de circulación de los vehículos a 30 km/hr en las vías interiores del recinto.

3.5.2 Residuos líquidos

Residuos líquidos que se generarán durante el cierre del vertedero son aguas servidas, por lo que el titular dispondrá baños químicos.

3.5.3 Residuos sólidos

El titular estima la generación de 100 kg/mes de residuos sólidos asimilables a domésticos, los que serán dispuestos en contenedores cerrados y debidamente rotulados, estos serán retirados por una empresa autorizada que los trasladará a los lugares de disposición final autorizados por la Secretaria Ministerial de Salud Región del Maule.

3.5.4 Emisión de Ruido

Ruidos provenientes de la maquinaria a utilizar, en horario diurno de 8:00 a 18:00 horas. Sin embargo, el titular implementará las siguientes mediadas para minimizar y evitar la generación de ruidos.

  • Programación de faenas en horarios diurnos, evitando generar molestias a la población más cercanas.

Utilización de equipos con niveles máximos de emisión certificados por el fabricante.

Mantener en perfecto estado de funcionamiento la maquinaria, equipos y motores, implementando controles mensuales respecto de la operación de los mismos.

No se realizaran mantenciones preventivas ni correctivas al interior de las faenas.

Capacitar al personal en materias de reducción de ruidos e instruirlo respecto a los métodos correctos de trabajo, tanto en el uso de equipos como en uso de elementos de protección personal (EPP), asi como también en el manejo de herramientas.

Evitar los gritos en el lugar de trabajo.

Evitar el uso de bocinas o elementos sonoros en el área del proyecto.

Informar a los vecinos del inicio y término de las obras.

Instalación de un cartel que señale el nombre de la obra, la duración, horarios de funcionamiento y un teléfono de información y recepción de reclamos por ruido.

  1. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Plan de Cierre Vertedero Pelluhue ." y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Plan de Cierre Vertedero Pelluhue" cumple con:

4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales:

  • Ley N” 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente del Ministerio y Ley 20.417, Modificaciones a Ley N” 19.300. Secretaria General de la Presidencia.

  • D.S. N” 95/01 Reglamento del SEIA. Ambos de la Secretaría General de la Presidencia.

. Decreto Supremo N” 189/2005, del Ministerio de Salud, D.O. 05 de Enero de 2008, aprueba el Reglamento de Condiciones Sanitarias y de Seguridad Básicas en Rellenos Sanitarios.

  • Decreto N* 75, de 1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, D. O. 07 julio 1987, sobre

10.

11.

12.

Condiciones para el Transporte de Carga

  • Decreto Supremo 146/97, norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas

e Decreto Supremo 59, MINSEGPRES, norma primaria de calidad de aire

e D.L. 3557 que Establece Disposiciones sobre Protección Agrícola.

e Ley de Bosques (D.S. N” 4363-31, Min. Tierras), Ley de Fomento Forestal (D.L. 7014-74) y su Reglamento (D.S. 259-80/AGRIC)

  • Ley 4.601 Ley de Caza, Ley 4.601 Ley de Caza y Decreto Supremo N*5, Reglamento de la Ley de Caza, Ministerio de Agricultura, D.O. 27.09.96 y D.O. 07.12.98 respectivamente

  • Ley 17.288 sobre Monumentos Nacionales Código Sanitario D.S 594, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

  • Decreto 144/61, establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier

naturaleza.

D.F.L. 458/75, Ley General de Urbanismo y Construcción

4.2 Permisos ambientales sectoriales:

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Plan de Cierre Vertedero Pelluhue." requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 93 y 96 del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N? 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Plan de Cierre Vertedero Pelluhue” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, caracteristicas y circunstancias.

Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a que:

en relación al monitoreo de las aguas en los pozos de seguimiento y pozo de referencia calculara en cada oportunidad que se monitoree, el diferencial entre los distintos pozos y el de referencia. Los diferenciales calculados en el primer monitoreo pasaran a ser los valores limites que se usaran durante los siguientes años. Por lo anterior, deberá:

a) Una vez construidos los 3 pozos en forma de abanico aguas abajo del vertedero y 1 pozo aguas arriba quedaran registrados los parámetros analizados de acuerdo al Art. 47 del D.S N*189 con el objetivo de establecer un registro de la situación actual al momento del inicio del cierre del vertedero, parámetros que formarán parte de los resultados patrón y que servirán para comparar el estado de los pozos en un tiempo posterior y a lo largo del tiempo.

b) En el caso de que uno o más parámetros sobrepasen su valor diferencial del primer monitoreo se activará el Plan de Contingencia.

Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, y mientras este no haya entrado en vigencia y, transitoriamente, se deberá enviar a la Secretaria Ministerial Regional del Medio Ambiente Región del Maule, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando ta información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

Que, para que el proyecto "Plan de Cierre Vertedero Pelluhue" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Maule, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos,

Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Maule, la individualización de cambios de titularidad.

Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región del Maule

RESUELVE:

  1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE e! proyecto "Plan de Cierre Vertedero Pelluhue" presentada por la llustre

Municipalidad de Pelluhue,

  1. CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Plan de Cierre Vertedero Pelluhue" cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 93 y

96 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Notifíquese y Archívese

Regióydel Maule

Región del Maule

SASA/PCT/RCF

Distribución:

e Carlos Enrique Zúñiga Villaseñor Corporación Nacional Forestal CONAF, Región del Maule Dirección de Obras Hidráulicas DOH, Región del Maule Dirección General de Aguas, Región del Maule Dirección Regional de Vialidad, Región del Maule Gobierno Regional, Región del Maule Ilustre Municipalidad de Pelluhue SEREMI de Agricultura, Región del Maule SEREMI de Salud, Región del Maule SEREMI de Transporte y Telecomunicación, Región del Maule SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule SEREMI MOP, Región del Maule Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule Servicio Nacional de Turismo, SERNATUR, Región del Maule Superintendencia de Electricidad y Combustible, Región del Maule Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur Superintendencia de Servicios Sanitarios

Clic: +» Expediente del Proyecto "Plan de Cierre Vertedero Pelluhue ." . Archivo Servicio Evaluación Ambiental, VII Región del Maule

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