Evaluación SEA

Construcción Línea de Flujo para el Pozo Boleadoras B

Rol 4849516
SEA · DIA · Aprobado · 2010-08-18 · Región de Magallanes y de la Antártica Chilena · Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes

REPÚBLICA DE CHILE - COMISIÓN DE EVALUACION XII REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTARTICA CHILENA

Califica Ambientalmente el proyecto "Construcción Línea de Flujo para el Pozo Boleadoras B "

Resolución Exenta N* 062/2010 Punta Arenas, 14 de Diciembre de 2010 VISTOS:

1.- La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto “Construcción Linea de Flujo para el Pozo Boleadoras B”, presentada por el Señor Victor Briano Peralta en representación de la Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes, con fecha 18 de agosto de 2010; 2.- Las observaciones y pronunciamientos de los Organos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos: 2.1.- Con Relación a la Declaración de Impacto Ambiental Oficio N219 M.A., publicado por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 30/08/2010; Oficio N1528, publicado por Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 01/09/2010; Oficio N129, publicado por Secretaria Regional Ministerial de Minería, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 03/09/2010; Oficio N4420, publicado por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 06/09/2010; Oficio N"428, publicado por Secretaria Regional Ministerial de Agricultura, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 06/09/2010; Oficio N%ORD.N 309/2010, publicado por Corporación Nacional Forestal, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 07/09/2010; Oficio N645, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 07/09/2010; Oficio N374, publicado por Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 07/09/2010; Oficio N"502, publicado por Dirección de Obras Hidráulicas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 08/09/2010; Oficio N1339, publicado por Servicio Agrícola y Ganadero, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 09/09/2010; Oficio N*649, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 09/09/2010;

2.2.- Con Relación al Adenda Nl Oficio N571, publicado por Dirección de Obras Hidráulicas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 15/10/2010; Oficio N795, publicado por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 15/10/2010; Oficio N373, publicado por Corporación Nacional Forestal, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 19/10/2010: Oficio N"430, publicado por Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 19/10/2010;

2.3. Con Relación al Adenda N2 Oficio N427, publicado por Corporación Nacional Forestal. Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 25/11/2010; Oficio N*482, publicado por Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 25/11/2010;

3.- El Acta de la Sesión N*06 la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, de fecha 14 de diciembre 2010; 4.- — Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la

Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Construcción Linea de Flujo para el Pozo Boleadoras B”.

5.- — Lo dispuesto en la Ley N19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2 del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N"19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Organos de la Administración del Estado; la Resolución N*1600/2008, de la Contraloria General de la República; y las demás normas aplicables al proyecto.

CONSIDERANDO:

l.- — Que, la Comisión de Evaluación de Magallanes y Antártica Chilena debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto “Construcción Línea de Flujo para el Pozo Boleadoras B”;

2.- — Que, el derecho de la Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas juridicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

3.- — Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto “Construcción Línea de Flujo para el Pozo Boleadoras B” consiste en la construcción de una línea de flujo de diámetro nominal de 6” a 12” con una longitud de 7.400 m, la cual transportará los hidrocarburos provenientes del Pozo Boleadoras B a las instalaciones existentes del pozo Tropilla 7 (Ex G). Debiendo previamente interconectarse a las instalaciones de producción existentes del pozo Palenque Oeste 2.

3.1.- Localización

El Proyecto exploratorio se ubica en la comuna de San Gregorio, Provincia de Magallanes, Región de Magallanes y Antártica Chilena.

3.1.1.-

Ly Lo La TS EA pa 4

32d, LS

3.2.1.1.2.-

3.2.1.2.-

La

in

La '

3.2.1.4.-

Coordenadas

Las coordenadas geográficas son:

Coordenadas UTM WGS 84

Punto de Referencia Norte Este Boleadoras B - Palenque Inicio 4.186.313 409.785 Oeste 2 Término 4.182.671 410,705 A Inicio 4.182.671 410,705 Palenque Oeste 2 - Tropilla G Témino 4.179.076 410.863

Definición de sus partes, acciones y obras físicas

Componentes del Proyecto Trazado del Ducto

El Proyecto busca conectar la producción del pozo Boleadoras B a las instalaciones existentes en Tropilla G, mediante pozo Palenque Oeste 2. De acuerdo a la longitud del trazado de 7.400 metros y diámetro nominal de 6” a 12”, se puede asegurar que este ducto, tanto para la etapa de construcción como a la de posterior operación, sólo ocuparán una fracción menor de la estepa magallánica (4,44 ha). Así mismo, la capa vegetal intervenida, será tratada según lo establecido en el Plan de Intervención de Cubierta Vegetal.

Las características del ducto son:

Línea de Flujo

Cañería de acero enterrada con revestimiento tricapa el cual asegurará una adecuada protección contra la corrosión externa del ducto en la etapa de operación, adicionalmente en caso de ser necesario, en una etapa posterior, se instalarán ánodos de sacrificio para la protección catódica.

  • Diámetro nominal 6” a 12”,

Longitud 7.400 m.

  • — Profundidad de enterramiento 1 metro mínimo en todo el trazado. Junto a lo anterior es importante señalar que el Proyecto no considera la instalación de equipos calentadores en el trazado Equipos de Mantención Se utilizará la misma infraestructura y personal especializado existente en San Gregorio y/o Posesión, destinados al mismo propósito, para efectuar los mantenimientos programados y preventivos del sistema de ductos e instalaciones ENAP - Magallanes en actual operación. Sistema Contra Incendio Debido al carácter de la operación, se contará con sistemas para la extinción de incendios similar a todos los utilizados en las diferentes instalaciones de ENAP - Magallanes, Campamentos de Faena Para la etapa de construcción no se consideran campamentos de Faena, por lo que se utilizarán las instalaciones o alojamientos de San Gregorio y/o Posesión. Topografía de Detalle

La construcción del ducto proyectado exige topografía de detalle, de esta manera se logra

optimizar el trazado para la etapa de construcción y operación, lo que permite minimizar la

superficie intervenida, Esta topografía se genera durante la etapa de Ingeniería de Detalle, que corresponde a una etapa de desarrollo posterior a esta Declaración. Ingeniería y Diseño

Al igual que en todos los proyectos presentados por ENAP - Magallanes que tienen relación

con la conectividad de pozos o yacimientos con las plantas de procesos o Centrales de flujo,

la Ingeniería del Proyecto comprende principalmente tres fases:

  • — Ingeniería Conceptual para efectos de definición de estudio de factibilidad técnico - económica y definición de trazados tentativos.

  • — Ingeniería Básica para definición del trazado preliminar y dimensión de los ductos y de sus principales equipos asociados.

  • — Ingeniería de Detalle para definición del trazado definitivo y confección de los planos de ingeniería, en todas sus disciplinas, los que finalmente permitirán la construcción del Proyecto,

Como una medida conservadora el diseño y construcción de la línea de flujo se hará

conforme a la reglamentación vigente contenida en el Decreto N*280 del Ministerio de

3.227 3.2.2.1.-

3.2.2.1.1.-

3.2.2.1.1.1.-

32 2d

3.2.2.1.1.4.-

Economía, Fomento y Turismo; Subsecretaría de Economia y Empresas de Menor tamaño, referido al Reglamento de Seguridad para el Transporte y Distribución de Gas de Red, utilizando como base las normas americanas contenidas en ANSI'ASME B31.8 para el transporte de gases, de manera de maximizar la seguridad del ducto. Etapa de Construcción Construcción del ducto La etapa de construcción estará conformada por una secuencia de actividades relacionadas entre sí y que deben ser correlativas, tanto para minimizar el efecto en el ambiente (aplicación del plan de intervención de la cubierta vegetal PICV), como también, para optimizar los recursos empleados durante la construcción. La construcción de la linea de flujo propiamente tal, se inicia con la 1) Demarcación topográfica de la franja de derechos de paso y eje del ducto, para luego proseguir con la 11) Etapa de movimiento de tierra que involucra: la preparación de la pista, excavación y relleno de la zanja que contendrá el ducto. Cabe destacar que el movimiento de tierra efectuado para abrir la zanja se planificará a fin de que este espacio sea el mínimo necesario, con el objeto de mitigar el impacto a la menor superficie de suelo posible, además en el área de trabajo no se dispondrán materiales sobrantes de excavaciones. La etapa siguiente al movimiento de tierra, corresponde a la 111) Instalación del ducto que previamente requiere: transporte y montaje de las cañerias a lo largo del trazado, preparación de singularidades y curvado de cañerías (obras de arte), soldadura e inspección de ellas, parcheo de las uniones soldadas e instalación de las cañerías en zanja. Posteriormente, se llevan a cabo las etapas de: Llenado intermedio de la zanja; Instalación de la cinta de advertencia; Tapado de la zanja; - — Restitución de la capa vegetal en los lugares que fue retirada; y - — Retiro de los elementos y materiales sobrantes de la construcción. Terminada la construcción del ducto comienzan las fases de pruebas de éstos, limpieza interior y puesta en marcha del Proyecto. Es importante señalar que no se realizarán atraviesos de caminos enrolados bajo la tutela de la Dirección de Vialidad, Etapa de Pruebas Terminada la construcción comienza la fase de prueba del ducto, dentro de la cual se tienen las siguientes tareas: Prueba de Uniones Soldadas Se efectuará la inspección de todas las uniones soldadas del trazado, lo anterior mediante técnicas de radiografías las cuales permitirán obtener una interpretación mediante una imagen fotográfica producida al incidir rayos X sobre una placa sensible, después de haber atravesado una unión soldada. Esto permitirá obtener información de las discontinuidades superficiales o internos presentes en las uniones, Lo anterior con el objetivo de reparar los defectos encontrados en las soldaduras. Prueba de porosidad Una vez efectuadas las pruebas de las uniones soldadas se efectuarán las pruebas de porosidad. Estas se realizarán antes de efectuar la protección anticorrosiva en las soldaduras circunferenciales, La prueba de porosidad consiste en la aplicación de presión en la tubería (100 psi con aire). Una vez que se ha realizado esto, se precede a inspeccionar cada soldadura realizada con una solución de agua jabonosa en muy bajas cantidades (Jabón común biodegradable). La presión especificada deberá mantenerse durante el tiempo que sea necesario para inspeccionar el 100 % de las uniones soldadas. En el caso de encontrarse defectos en las soldaduras durante esta prueba, se precede a la reparación de estas. A tal efecto, para fácil localización de las soldaduras defectuosas, se marcarán, en el momento de ser detectadas, con pintura indeleble. Si el número de las mismas fuese mayor de 3 (tres), el tramo deberá ser probado nuevamente, una vez efectuada las reparaciones. Finalizada la prueba, los extremos de la línea deberán quedar cerrados con tapas herméticas (hasta el empalme con el resto de la obra). Prueba de Revestimiento Una vez efectuada las pruebas de radiografías y porosidad a todas las uniones soldadas, los ductos son recubiertos con un revestimiento el cual tiene como función aislar la superficie externa de los ductos enterrados con el entorno para evitar la corrosión. Para ver que el revestimiento presenta una continuidad en todo el trazado del ducto se utiliza un detector Holyday. Prueba de resistencia Finalizadas todas las pruebas anteriores se realiza la prueba de resistencia, la cual consiste en aplicar presión según lo indique cada proyecto. Los instrumentos exigidos para el control de la prueba son los siguientes:

a) Manómetro registrador con carta para registro de 24 ó 48 horas. b) Manómetro con grado de resolución de 50 psi, lectura en psi y kg/cm2, c) Manómetro con grado de resolución de 10 psi, lectura en psi y kg/cm2. d) Termómetro registrador con su elemento sensor colocado en contacto directo con la línea. e) Termómetro de lectura directa para la determinación de la temperatura ambiente. Una vez terminadas la etapa de pruebas del ducto se realizarán las siguientes actividades: Instalación de la cinta de advertencia, etapa descrita a continuación, en el punto “Condiciones de Seguridad” Relleno y Tapado de la zanja que contendrá los ductos. Restitución de la capa vegetal en los lugares que fue retirada - — Retiro de los elementos y materiales sobrantes de la construcción Una vez concluidas las acciones de construcción del ducto, se instalarán letreros donde se indique el diámetro de la línea. la presión, la empresa a la cual pertenece y número de ubicación por emergencia. Dichos letreros se ubicarán a distancias prudentes considerando además como en todos los proyectos. su instalación en los sectores de pozos y límites prediales, entre otros. Junto a lo anterior es importante señalar que la construcción se realizará de acuerdo al proyecto de Ingeniería de Detalle desarrollado por ENAP conteniendo todas las exigencias legales y normativas técnicas vigentes en nuestro país. Además, se utilizarán normas internas de ENAP contenidas en el documento “Especificaciones Técnicas Generales para la Construcción de Gasoductos, Oleoductos y Lineas de Producto”, las que se anexan en cada contrato y cuyo cumplimiento será supervisado por la Unidad de Logística e Inspección de Proyectos de ENAP. Adicionalmente es importante destacar que el Proyecto no contempla el atravieso de caminos de tuición de la Dirección de Vialidad. 3.2.2.1.1.5.- Condiciones de Seguridad A lo largo de toda la fase de construcción, y también durante la operación del Proyecto, ENAP-Magallanes cumplirá estrictamente con su normativa interna la cual contiene la legislación vigente en materia laboral y de seguridad. El personal que participe en cualquier fase de la construcción, además de la legislación vigente, deberá cumplir con los estándares estipulados por ENAP- Magallanes en seguridad, contenidos en el documento “Reglamento de Seguridad y Salud para Empresas Contratistas de ENAP en Magallanes”. El Reglamento de Control de Riesgos Operacionales para Empresas Contratistas de ENAP - Magallanes, tiene como objetivo regular los procedimientos y obligaciones sobre el control de riesgos que rigen en los Contratos ENAP-Magallanes. Principalmente, cubre aspectos referentes a la legislación vigente sobre accidentes de trabajo, la seguridad minera, la prevención de riesgos profesionales, además de las condiciones ambientales básicas en los lugares de trabajo. También, como condición de seguridad vigente a través de toda la vida útil de operación de los ductos, cabe mencionar la instalación de una “cinta de advertencia” de material plástico, ubicada 30 centimetros, bajo terreno, a lo largo de todo el trazado de las cañerías, con la leyenda de “NO EXCAVAR NI ANCLAR ALTA PRESION GASODUCTO”. Este elemento tiene el objetivo de advertir a los operadores de “maquinaria pesada” que accidentalmente pudieran intervenir sobre la franja de los ductos en operación. Durante la construcción como se ha señalado se usará como base el campamento de ENAP - Magallanes en San Gregorio y/o Posesión dependiendo de la capacidad de cada uno de ellos. 3.- Etapa de Operación .3,1.- Descripción del Proceso El ducto se conectará al Manifold del pozo Boleadoras B, desde allí el flujo del pozo Palenque Oeste 2 se empalmará a las instalaciones existentes en Tropilla G, dentro de los componentes de la etapa de operación se destacan: 3.2.3.1.1.- Instalaciones en Plataforma del Pozo En el pozo Boleadoras B se encontrarán el manifold tradicional del pozo, con conexiones para instalación periódica y empalme a la línea de flujo proyectada, para lograr la conexión que permitirá transportar el gas de forma segura hasta las instalaciones existentes en Tropilla G. Centralización del Flujo La linea de flujo llevará la producción del pozo Tropilla G a la red gasífera existente en el área, especificamente al Colector Tropilla (aprobado por la RCA N* 282/2009). 3,2,3,.2.- Tiempo de Operación de las Instalaciones Como todos los procesos relacionados con los hidrocarburos, el Proyecto en análisis requiere de operación continua, vale decir, 365 días del año durante las 24 horas del día. La

Ly

507

ir

ba ;

operación, control y labores de mantención, se harán con la misma infraestructura operacional existente para el manejo de las instalaciones ENAP - Magallanes anteriormente mencionadas. Adicionalmente como se ha señalado la línea va desde el pozo Boleadoras B, pasando por el pozo Palenque Oeste 2 y empalmando con las instalaciones existentes en Tropilla G. Debido a las dimensiones y extensión de la obra (7.400 metros), esta no considera válvulas de corte o drenaje en su trazado. 3.2.4.- Etapa de Abandono El ducto permanecerá enterrado ya que por sus caracteristicas metálicas revestidas con polietileno tricapa son inertes y resulta ambientalmente inconveniente su retiro al tener que intervenir nuevamente la capa de suelo vegetal recuperada, Junto a lo anterior es importante señalar que las cañerias metálicas que conforman los ductos, como se ha señalado, por una parte están protegidas externamente con polietileno tricapa permitiendo un comportamiento inerte frente a la agresividad del subsuelo en que se encuentran instaladas y, por otro lado, estarán protegidas catódicamente mediante la instalación de ánodos de sacrificio. De esta forma, el conjunto “cañería - revestimiento plástico exterior - protección catódica” superará largamente la vida útil de cualquier proyecto gasífero específico, permitiendo la reutilización de la infraestructura industrial en otros proyectos dispuestos en la misma área geográfica, o bien en el peor de los casos, el abandono de las tuberias como conjunto inerte al interior del subsuelo. Principales Emisiones, Descargas y Residuos del Proyecto - Residuos Líquidos .L.- Residuos Industriales Líquidos

El Proyecto no contempla en cualquiera de sus fases la generación de residuos industriales líquidos.

3.3.1.2.- Residuos Líquidos Domésticos

3.3.1.2.1.- Construcción

En la faena se utilizarán baños químicos, cuyos desechos (aguas servidas) serán retirados por una empresa especializada en la materia y contratada especialmente para dicho propósito, la cual se encargará además realizar la disposición final en un lugar donde le esté habilitado con autorización. Es importante señalar que la empresa prestadora del servicio, deberá contar con la autorización correspondiente emanada de la Autoridad Sanitaria para realizar dichas funciones. 3.3,1.2.2,- Operación No habrá generación de residuos liquidos domésticos

3.3.2.- Residuos Sólidos 3,3.2.1.- Residuos Sólidos, Domésticos e Industriales (No Peligrosos) 3.3.2.1.1.- Construcción

Se espera una generación de 12,5 kg/día de residuos domésticos, esto con una tasa de 0,5 kg/día. Lo anterior debido a la alimentación se llevará a cabo en las instalaciones de San Gregorio. Se estima que en la etapa de construcción se generarán restos de soldadura y despuntes metálicos, los cuales tendrán un volumen aproximado de 3.0 rP. Los residuos sólidos de origen domiciliario e industrial generados en el Proyecto, serán almacenados momentáneamente en tambores correctamente rotulados e identificados de acuerdo a su clasificación y/o composición. Posteriormente, serán conducidos al vertedero municipal de Punta Arenas. 3.3.2,1.2,- Operación El Proyecto no contempla generación de residuos no peligrosos en esta etapa. 3.3.2,2.- Residuos Peligrosos El Proyecto no contempla la generación de residuos peligrosos en ninguna de sus etapas. La mantención programada de equipos y maquinarias se realizará en las instalaciones de San Gregorio y Posesión (Cambio de aceites y otros), se deja en claro que estas mantenciones no corresponden a ctapas del Proyecto.

3.3,3.- Emisiones Atmosféricas

3.3,3.1.- Construcción Las emisiones atmosféricas están relacionadas con la generación de polvo en suspensión, debido al movimiento de tierra en la etapa de construcción. Las emisiones serán mínimas, y de corta duración no superiores a 3 meses debido principalmente a las dimensiones de la obra. Respecto a las emisiones asociadas a la maquinaria es importante señalar que todos los vehículos utilizados durante la construcción, perforación y operación se encuentran con las respectivas revisiones técnicas al día.

3.3,3,2.- Operación No habrá emisiones atmosféricas de ningún tipo.

3.3.4.- Emisiones de Ruido

3,3,4.1.- Construcción

3.3.4.2.-

3.4.-

Lu cn 4

3.6.-

Se generará ruido debido a los motores de la maquinaria a utilizar, sin embargo estas serán puntuales y de baja magnitud debido a las dimensiones del Proyecto y al tipo de maquinas a utilizar en esta etapa. Por otra parte el lugar donde está localizado el Proyecto es un área de viento frecuente, lo cual facilita que las emisiones acústicas se disipen rápidamente, junto a lo anterior es importante destacar que las emisiones tendrán un efecto puntual y transitorio por cuanto se contempla un periodo no superior a 2 meses para la fase de construcción. Operación

No habrá emisiones de ruido.

Plan de Emergencia Ambiental

El control del proceso corresponde a una operación segura, lo que no implica que, por un eventual

error operacional o por la acción de terceros, se produzcan contingencias durante la etapa de

operación. En el ANEXO VII de la DIA, se incluye el Plan de Contingencia para Emergencias en

Transporte de Gas Natural aplicable a este Proyecto. Las posibles contingencias han sido

previamente analizadas y principalmente se traducen en rotura de algún tramo de los ductos. Las

acciones a seguir ante eventualidades de contingencia se constituyen en dejar sin utilizar la línea hasta que sea evaluada y reparada,

Hidrología

De acuerdo a los resultados de terreno y análisis de la información secundaria, cartografía de elaboración propia desarrollada para el informe hidrológico, en el área donde se emplaza el proyecto construcción de línea de flujo para el pozo Boleadoras B no se encuentran cauces O cursos de agua temporales o permanentes que sean atravesados o que puedan ser afectados por las obras definidas para el proyecto. Si bien la cartografía IGM describe para el área del proyecto un cauce que es atravesado por la línea de flujo, en terreno dicho cauce corresponde a un valle plano que es parte de la divisoria de la subcuencas descritas en el presente informe. En estos pequeños valles y lomajes suaves se generan pequeños escurrimientos superficiales en los periodos de precipitaciones y deshielos, no observándose socavación (cauces) o formación de cuerpos de agua (lagunas) en el desarrollo del trazado, si empozamientos temporales, de acuerdo a lo que se inspecciono en terreno. Lo que indica que estos escurrimientos superficiales se infiltan al suelo y/o se pierden por evapotranspiración.

La baja capacidad de arrastre del escurrimiento, se relaciona con la escasa pendiente longitudinal

de las quebradas, el pequeño tamaño de las hoyas que la alimentan con agua, con la gran

capacidad de retención de agua de la cuenca y con las características meteorológicas, de la parte oriental de la Región de Magallanes.

El proyecto no compromete ni interfiere con recursos hídricos, por lo que no se evidencian

posibles impactos asociados al desarrollo de este.

Se deberán tomar las medidas apropiadas para no generar escurrimientos en la dirección de la

línea de fujo, de tal manera de evitar arrastre de materiales,

Arqueología

La concentración arqueológica de un núcleo y cuatro desechos de talla líticos, fue registrada a 45 m de la línea de flujo, es decir en el área de buffer sin intervención del proyecto. La importancia de este hallazgo esta en su localización en un área reconocidamente ocupada por la población aónikenk (Martinic 1979, 1995) y con una amplia distribución de hallazgos arqueológicos en su cercanía (Massone 1984, Ocampo 2007, Morello 2008). En si mismo este hallazgo es patrimonio cultural, el cual debe ser protegido. El patrimonio arqueológico, como un artefacto de piedra fragmentado es un recurso no renovable, que forma parte de una red de interacción que nos acerca a las respuestas socioculturales del pasado. Su pérdida es de carácter irreversible y la destrucción de uno de ellos afecta a la información que podemos obtener de la red de interacción en que esta inserto. Es importante entender que los materiales culturales depositados durante las ocupaciones humanas en el pasado se distribuyen en el espacio como un continuum, en donde los picos de mayor intensidad artefactual corresponden a los sitios arqueológicos (Borrero et al. 1992). De acuerdo a esto, los materiales arqueológicos en sí mismos, son portadores de información, empero lo más relevante es entenderlos en relación con otras piezas o sitios arqueológico,

En este sentido y considerando el carácter de las obras que implicaría la construcción de la línea

de flujo entre los pozos Boleadores B, Palenque Oeste 2 y Tropilla G, la localización del hallazgo

registrado dentro del buffer sin intervención y su consecuente pérdida o deterioro, se puede asumir la siguiente medida:

l.. Se refiere a la ejecución de medidas de protección, tendientes a mitigar los procesos de deterioro de los bienes culturales que se puedan ver afectados directa o indirectamente por las obras a desarrollar. Estas medidas pueden incluir el traslado de un bien cultural o su protección mediante recubrimientos especiales que permitan su preservación y conservación para futuras generaciones. Esta categoría podria ser implementada en un escenario de mitigación, donde la empresa no llevaría a cabo obras que impliquen la alteración del hallazgo arqueológico. Todas estas categorías llevan implícitas el concepto de preservación con el objeto de evitar la eliminación y desaparición de los bienes culturales, estudiándolos, restaurándolos y poniéndolos en valor. En este sentido, con la finalidad de proteger el patrimonio que podría verse afectado por la ejecución del Proyecto “Construcción Linea de

En

Te

Flujo para futuro pozo Boleadoras B”, se sugieren las siguientes medidas inmediatas de mitigación, comprendidas en la categoría de acciones especiales:

a) Restringir el tránsito de personas y de maquinaria en torno a 20 m2 a partir del punto donde se emplaza el Hallazgo Arqueológico 1.

b) Instalar un cierre con caracteristicas claramente visibles (malla naranja y polines, por ejemplo), en torno al perimetro señalado de 320 m2, dada la cercanía del eje de la línea de flujo, con el fin de no intervenir el sitio señalado y asegurar su preservación.

c) Una vez definido el uso que se le dará al suelo en el área de ubicación del hallazgo (por ejemplo si habrá derrape de sedimentos en su localización), deberán tomarse medidas de mitigación/compensación definitivas, Las medidas sugeridas (registro, sondeos, levantamientos u otras acciones especiales) deberán ser finalmente autorizadas por el Consejo de Monumentos Nacionales.

d) Se recomienda que el personal de ENAP-Magallanes responsable del proyecto informe de manera formal a través de una inducción a contratistas o subcontratistas y a todas las personas que deban efectuar labores de cualquier tipo dentro del área del proyecto sobre: 1. La prohibición absoluta de ingresar a los sectores cerrados.

  1. En caso de encontrarse materiales arqueológicos enterrados en las actividades de excavación y remoción de sedimentos involucrados en la habilitación de la planchada y perforación del pozo deben suspenderse de manera inmediata las faenas en ese lugar y contactarse con el Consejo de Monumentos Nacionales, quién definirá el procedimiento a seguir para efectuar el salvataje de los restos encontrados.

  2. Los hallazgos arqueológicos están protegidos por la Ley 17.288 y su alteración está penada por la Ley.

e) Se sugiere como medida precautoria el monitoreo permanente de un arqueólogo para supervisar las obras que impliquen remoción de los sedimentos superficiales o excavaciones profundas en la mitad oeste del área o en cualquiera otra, donde la visibilidad arqueológica es deficiente y sería posible encontrar otros materiales arqueológicos enterrados.

f Igualmente se recomienda que en caso de no contar con monitoreo y ante cualquier tipo de hallazgo subsuperficial de carácter patrimonial antropológico, paleontológico, histórico y/o arqueológico, se de aviso inmediatamente al H. Consejo de Monumentos Nacionales y se suspendan las obra de excavación, de manera de proceder a los trámites correspondientes estipulados por ley N” 17.288 de Monumentos Nacionales.

Flora

En la evaluación de la flora del área de estudio de este proyecto, se identificaron tres comunidades vegetacionales: (1) Estepa Patagónica de Festuca gracillima, (2) el Brezal xérico de Empetrum rubrum, y (3) Praderas Higrofíticas, siendo el Brezal la comunidad dominante (37%).

Las comunidades registradas corresponden a las asociaciones del ambiente de Estepa Patagónica de la Región de Magallanes descritas en Fitogeografía de Fuego-Patagonia Chilena (Pisano, 1977). En estas comunidades no se encontraron especies de flora en alguna categoría de problemas de conservación, de acuerdo al “Libro Rojo de la Flora Terrestre de Chile” (Conaf, 1989), a su vez, tampoco se encontraron especies de flora incluidas en el listado de especies con alguna categoría de riesgo, clasificadas por CONAMA (2009).

En el caso de las Praderas Higrofiticas descrita por Pisano (1977), se aclara que los resultados del presente informe han sido expuestos considerando el buffer de 50 m en todo el trazado del ducto. En estricto rigor la línea de flujo cruza pequeños parches de Pradera Higrofitica (o hidromórfica), localizados en las depresiones que forma la pradera. Estas depresiones presenta un régimen de inundación estacional y corresponde a una superficie de 0,80 ha, presentando su mayor extensión (150 m) antes de llegar al pozo Tropilla G. Al momento de la prospección presentaba acumulación de nieve y pequeñas lagunas, como se ha indicado anteriormente obedece a una condición estacional. En tal sentido se recomienda que las obras se ejecuten en temporada Primavera-Verano, ya que en temporada estival dicha Pradera Higrofítica no presenta acumulación de aguas como las observadas al momento de la inspección,

De acuerdo a la presente evaluación, se concluye que no habrá impactos negativos sobre estas comunidades de flora, en los trabajos de construcción del ducto entre los pozos Boleadoras B - Palenque Oeste 2 - Tropilla G, en la comuna de San Gregorio, en la provincia de Punta Arenas. Fauna

En la evaluación de la fauna presente en el área de estudio de este proyecto, se identificaron un total de 9 especies de fauna vertebrada (5 especies de aves y 4 de mamiferos), las que corresponden a parte de las descritas para el ambiente de Estepa Patagónica de la región de Magallanes, según la literatura referida.

Entre las aves, sólo se detectó la presencia de una especie con problemas de conservación, Pterocnemia pennata que se encuentra en categoría de Vulnerable, de acuerdo al “Libro rojo de los vertebrados terrestres de Chile” (Conaf, 1993); sin embargo, no está incluida en el listado de especies con alguna categoría de riesgo, clasificadas por CONAMA (2009). Por otra parte, se considera que esta especie ha tenido una recuperación en la última década (Venegas et al. 1998). En el área prospectada, no se encontraron especies de mamiferos con problemas de conservación,

3.9.-

de acuerdo al “Libro Rojo de Vertebrados Terrestre de Chile” (Conaf, 1993); tampoco se

encontraron especies incluidas en el listado de especies con alguna categoría de riesgo,

clasificadas por CONAMA (2009).

Las aves y los mamiferos registrados tienen bastante movilidad, por lo que durante los trabajos

para este proyecto se alejarian del área.

De acuerdo a la presente evaluación, se concluye que no habrá impactos negativos sobre estas

comunidades de fauna, en los trabajos de construcción del ducto entre los pozos Boleadoras B -

Palenque Oeste 2 - Tropilla G, en la Comuna de San Gregorio, Provincia de Magallanes.

Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal

Los pasos y consideraciones a seguir en la apertura y cierre de la zanja, para minimizar el impacto

ambiental y favorecer un menor tiempo en la recuperación de la cubierta vegetacional del área

intervenida, son:

a) Sin quitar la vegetación de la superficie, retirar la tierra vegetal u horizonte superficial de

suelo de color más oscuro y disponerlo lateralmente con las raices de la vegetación hacia abajo disminuyendo la deshidratación de la vegetación presente por efectos ambientales (viento y temperatura), la profundidad del horizonte orgánico se prospecto en terreno determinándose un espesor de 40 cm pudiendo presentar variaciones en su profundidad a lo largo del trazado de la línea de flujo, por lo que se debe tener cuidado en retirar sólo esta primera capa de tierra en esta primera operación. El horizonte orgánico deberá disponerse a sotavento, de manera que se proteja por el horizonte mineral material de color más claro y pedregoso, que será de mayor volumen y dispuesto a barlovento creando una cortina natural, disminuyendo la erosión eólica de la cubierta vegetal (figura 4). Además con esta disposición el material arrastrado por el viento y el agua, quedara dentro de la zanja en el ordenamiento que corresponde, no permitiendo que la cubierta vegetal quede al fondo de la zanja en el horizonte que no corresponde. Continuar la excavación retirando el resto de suelo hasta llegar a la profundidad requerida para la instalación del ducto. La maniobra de apertura y cierre de zanja deberá realizarse en el menor tiempo posible, no más de 2 semanas, de ser así deberá realizarse por tramos. Por ningún motivo deben mezclarse los horizontes de suelo (el superficial con el profundo), pues sólo el horizonte superficial es fértil y capaz de sostener vida vegetal.

b) Una vez que el ducto es soldado y dispuesto en el fondo de la zanja, ésta debe taparse, restituyendo los horizontes extraídos siguiendo el mismo ordenamiento en que se encontraban los perfiles de suelo antes de la excavación. Por tanto, deberá ponerse primero la tierra del horizonte mineral más profundo, para luego agregar aquella que fue retirada inicialmente del sector más superficial (horizonte orgánico).

e) Dado que el suelo de la superficie quedará suelto y seguramente más elevado, éste deberá compactarse, esto evitará que el suelo se pierda por efecto del agua o el viento, se deberá realizar una sobremonta de 30 centímetros en el eje del ducto, debido a que este sector modificara su cota con el transcurso del tiempo debido a que el suelo removido se reestrueturara. La compactación podrá hacerse con un rodillo agricola.

d) Debe minimizarse el tránsito de maquinarias y vehículos en el área a intervenir, dado que éstos usualmente genera una mayor destrucción de cubierta vegetal que la misma zanja.

e) Siempre debe tenerse presente que los esquemas indicados en el presente procedimiento de apertura y cierre de zanja, son sólo referenciales, pudiendo sufrir variaciones en torno a la disposición de los perfiles de suelo, dependiendo del área específica que se intervenga. Sin embargo, siempre debe tenerse presente que dichos horizontes de suelo no importando donde se dispongan transitoriamente nunca deben mezclarse. Esta ductilidad debe considerarse en el diseño del proyecto, para estar preparados para una disposición distinta de los horizontes, acorde con el cuadrante de viento predominante.

f) — Terminada las labores de compactación y sobremonta del suelo, será necesario realizar una fertilización de macronutrientes primarios (NPK), acorde a los requerimientos nutricionales reales del suelo, para lo cual será necesario realizar un análisis de suelo, permitiendo realizar las correcciones nutricionales necesarias, que inicien la dinámica de repoblamiento de la pradera en forma natural.

g) Se deberá realizar un Plan de Seguimiento Ambiental tiene como objeto evaluar y verificar in situ el nivel de recuperación de la cubierta vegetal en las áreas intervenidas, proporcionando a la vez la información cualitativa y cuantitativa necesaria para prevenir la iniciación de posibles focos de erosión. Este plan propone realizar dos muestreos estivales, el primer muestreo se llevará a cabo luego de finalizar la primera temporada de crecimiento y luego de un año preferentemente de establecidos los pastos. El segundo muestreo se realizará luego de finalizar la segunda temporada de crecimiento de los pastos.

En cada monitoreo se evaluará la cobertura vegetacional general alcanzada en porcentaje, utilizando el método de estimación ocular por cuadrante de Parker. En el caso de no presentar una recuperación superior al 50% del porcentaje original de cobertura vegetacional, se procederá a la práctica agronómica del establecimiento artificial de una mezcla forrajera compuesta, acorde a la unidad vegetacional intervenida. La siembra de estas especies deberá realizarse en los meses de Septiembre y Octubre cuando la pradera presenta un nivel

4- 4.1.-

4.2.-

47.

4.8.-

4.9.-

4.10.-

adecuado de humedad.

Otras Consideraciones

El titular debe implementar las medidas y planes de seguimiento que permitan verificar que:

  • Definir el pozo utilizado para la reinyección

  • No utilizará aguas de formación en ningún proceso de la actividad.

  • Desarrollará y cumplirá un detallado y estricto protocolo para la determinación de la cantidad de aguas de formación extraídas en cada pozo y para las operaciones sucesivas hasta su definitiva disposición en la formación geológica de origen.

Con posterioridad a la ejecución del atravieso del cauce, se debe entregar a la autoridad ambiental, en un plazo máximo de un mes, un informe que señale y contenga un set fotográfico comparativo de las condiciones antes y después del atravieso, debiendo identificarse la situación panorámica general y los detalles del atravieso y restitución del suelo intervenido;

El titular deberá implementar un seguimiento anual, en base a registros fotográficos, que permita evaluar cual ha sido el desarrollo y comportamiento de la intervención realizada;

No se podrá intervenir de ninguna forma el hallazgo arqueológico detectado. Para esto, se deberá establecer zona de exclusión, tal como se sugiere en el informe arqueológico;

El hallazgo arqueológico detectado, deberá ser señalizado y cercado, durante la construcción del proyecto, estableciendo claramente la restricción de acceso a este. Se considera apropiado el tipo de cerco propuesto en el informe arqueológico;

Se deberá realizar monitoreo arqueológico permanente por un arqueólogo o Licenciado en Arqueología, durante las obras de escarpe y excavación del presente proyecto y en todas las obras asociadas al proyecto que consideren la remoción del terreno de forma sub-superficial. Este monitoreo se debe ejecutar diariamente mientras se realicen las excavaciones. Esta actividad se mantiene por lo menos hasta la matriz estéril (de restos arqueológicos) presente en cada sector del proyecto, aspecto que tiene que evaluar el arqueólogo a cargo del monitoreo, en función a la estratigrafía y antecedentes arqueológicos del sector. A partir de esta actividad se deberá remitir a este Consejo los informes elaborados por el arqueólogo de forma mensual con las actividades realizadas en ese periodo, entre otras:

a) Describir las actividades de todos los frentes de excavación del mes y con fecha

b) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada excavación

e) Plan mensual de trabajo de la constructora, donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el arqueólogo

d) Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances

e) De detectarse materiales arqueológicos en las excavaciones, se deberá realizar el salvataje de los mismos, con el correspondiente registro arqueológico (ubicación, profundidad) y fotográfico

f) Elinforme final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades de monitoreo realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información correspondiente de los mismos, además del trabajo de salvataje arqueológico que se hubiera ejecutado, si corresponde. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona y para el caso de salvatajes arqueológicos, se considerará el análisis (por especialistas en cada tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales culturales, arqueofaunísticos y bivantropológicos que se encuentren motivo de esta actividad

2) De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo, para lo cual, se remitirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la destinación. Se deben solventar los gastos de embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora;

Se deberá implementar una inducción arqueológica al personal involucrado en la ejecución del proyecto, con el fin de garantizar la comprensión por parte de ellos de la importancia de evitar la alteración de este Patrimonio Cultural. Esta actividad deberá ser implementada por el arqueólogo monitor y ser notificada a través de los informes de monitoreo;

El titular del proyecto, en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, se deberá proceder según lo establecido en los Artículos N26 y 27 de la Ley N17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N20 y 23 del Reglamento de la Ley N17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. De producirse la anterior situación, el titular deberá paralizar las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos e informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir. Su implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto;

El proyecto involucra el emplazamiento de una línea de fujo de 7.400 metros, por lo que el Titular deberá considerar un plan acabado de mantención de los ductos, debido a la gran longitud de transporte de los hidrocarburos;

Se debe establecer la restricción de no instalar ninguna obra anexa a la linea de flujo (válvulas, separadores, calentadores, estanques, etc.), en sectores que presenten escurrimientos habituales de aguas, y que conformen la red de drenaje superficial, considerando para dichos efectos lo señalado

en el artículo 3? del Código de Aguas;

S.-

Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Construcción

Línea de Flujo para el Pozo Boleadoras B” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Construcción Línea de Flujo para el Pozo Boleadoras B” cumple con:

E .1.1.-

5.1.3.-

Normas de emisión y otras normas ambientales D.S. N280/10 Aprueba Reglamento de Seguridad para el Transporte y Distribución de Gas de Red ARTÍCULO 1 El diseño y construcción del colector que transportará el combustible en cuestión, se hará conforme respecto a la reglamentación vigente contenida en este Decreto. Respecto al medio ambiente, el Proyecto no generará ningún efecto adverso significativo sobre este, utilizando para este efecto medios y procedimientos elaborados de forma consecuente y de acuerdo a lo exigido por la autoridad en materia ambiental. ARTÍCULO 12 El Proyecto contempla la construcción de un colector de 14” y el empalme del mismo con un gasoducto , para el cual estas normativas serán la referencia para los requerimientos mínimos de ingeniería para seguridad en el diseño, construcción, operación y mantenimiento de tuberías que operen a presión en el desarrollo del Proyecto. Ley 17.288 de Monumentos Nacionales El titular del Proyecto se compromete a respetar todo lo enunciado en la Ley de Monumentos Nacionales, realizando para cada Proyecto un levantamiento Arqueológico, el cual da cuenta de los antecedentes arqueológicos , antropológicos o paleontológicos de la zona a intervenir. Adicionalmente, el Proyecto contempla la preparación de zanjas y excavaciones de aproximadamente | metro de profundidad. De esta manera, el Titular del Proyecto se compromete en la eventualidad de encontrar cualquier hallazgo de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico de dar aviso o informar a las autoridades pertinentes. D.S. N 484, Reglamento de la Ley N” 17.288, sobre Monumentos Nacionales El titular del Proyecto se compromete a respetar todo lo enunciado en la Ley de Monumentos Nacionales su Reglamento, realizando para cada Proyecto un levantamiento Arqueológico, el cual da cuenta de los antecedentes arqueológicos, antropológicos o paleontológicos de la zona a intervenir. Adicionalmente, el Proyecto contempla la preparación de zanjas y excavaciones de aproximadamente 1 metro de profundidad. De esta manera, el Titular del Proyecto se compromete en la eventualidad de encontrar cualquier hallazgo de carácter arqueológico, antropo lógico o paleontológico de dar aviso o informar a las autoridades pertinentes. De acuerdo a lo señalado por las leyes mencionadas. D.S. N 132/2004 Reglamento de Seguridad Minera ARTÍCULO 67” El titular tramitará ambientalmente todo Proyecto de indole minero, con la finalidad de obtener la resolución para su ejecución o desarrollo. ARTÍCULO 68" El Proyecto no generará ningún efecto adverso significativo sobre el medio ambiente, utilizando para este efecto medios y procedimientos elaborados de forma consecuente de acuerdo lo exigido por la autoridad en materia ambiental. ARTÍCULO 69" El titular del Proyecto transmitirá a las empresas contratistas y subcontratistas los compromisos ambientales adquiridos, con el fin de que estas cumplan estos requisitos en la realización de sus obras. Con el propósito de transferir toda información que es materia del Proyecto, incluidos los compromisos, ENAP en Magallanes realizará charlas de inducción ambiental al personal participante. Por último, se desarrollará seguimiento a la documentación pertinente a compromisos ambientales voluntarios adquiridos, como también al cumplimiento de las recomendaciones estipuladas por especialistas en la presente Declaración. ARTÍCULO 70 La disposición final y/o tratamiento de los desechos generados durante el desarrollo del Proyecto, serán manejados de acuerdo al Plan de Manejo que posee la empresa para sus proyectos. Todo el manejo se desarrollará de acuerdo a lo establecido por normativa, lo cual se transfiere a sus colaboradores. ARTÍCULO 312* El titular lleva a cabo, para cada proyecto de exploración y producción de hidrocarburos, las disposiciones pertinentes del reglamento. ARTÍCULO 313% ENAP Magallanes para cada una de sus faenas hace uso de su Plan de Emergencias. ARTÍCULO 493% Después del término de las faenas se retirarán todas las instalaciones o estructuras del Proyecto, así como los residuos o componentes que pudiesen transformarse en pasivos ambientales. A su vez, la restauración de la capa vegetal se ajustará al Plan de Intervención de Cubierta Vegetal hecho por ENAP, el cual concuerda con lo establecido en el presente reglamento. ARTÍCULO 497” Para este Proyecto no se contempla un Plan de cierre de caminos, puesto que no se prevé la construcción de este. ARTÍCULO 499% Este Proyecto no contempla un Plan de Cierre de Manejo de Residuos y otros. Las estructuras remanentes como las tuberías, y otros componentes metálicos se dispondrán en los patios de chatarra autorizados con los que cuenta el titular en sus campamentos de Isla y Continente, Para el caso de escombros y otros se dispondrán estos

6.-

residuos en vertederos autorizados. ARTÍCULO 500* Dadas las caracteristicas de este Proyecto, no se considera un Plan de cierre temporal.

D.S, N” 594/99. Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo ARTÍCULO 16* El Proyecto no contempla el vaciad o de ninguna sustancia que tenga carácter peligroso o de ningún tipo a la red pública de desagites de aguas servidas en conformidad a la legislación y reglamentación vigente.

ARTÍCULO 17? El Proyecto no contempla incorporar ningún tipo de relave minero o industrial tanto cursos de agua superficiales como a napas de agua subterránea. En la presente DIA se describen las actividades contempladas a realizar durante la construcción del colector. ARTÍCULO 18* Los residuos industriales presentes en los lugares de trabajo serán acumulados y manejados.

ARTÍCULO 19* Todas las empresas externas que sean contratadas por ENAP-Magallanes, para el transporte, tratamiento o disposición final contarán con la debida autorización extendida por la Autoridad Sanitaria.

ARTÍCULO 20% ENAP-Magallanes cuenta con un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos visado por la autoridad sanitaria que está vigente y a la vez con contratos que garantizan su disposición final.

ARTÍCULO 24" y 26* En el Capítulo II se señala que en el área de trabajo se utilizarán baños químicos, cuyos desechos (aguas servidas) serán retirados por una empresa especializada en la materia y contratada especialmente para dicho propósito, la cual se encargará además realizar la disposición final en la planta de tratamiento de aguas servidas de la empresa Aguas Magallanes, en la ciudad de Punta Arenas, según le exige ENAP - Magallanes como responsable del residuo.

ARTÍCULO 42* El almacenamiento, tanto de materiales como sustancias peligrosas, en instalaciones y faenas de ENAP será siempre acorde a las exigencias estipuladas en la normativa chilena pertinente. Además, ENAP para todos sus proyectos de exploración de hidrocarburos mantiene de forma constante en la faena el Plan de Emergencia correspondiente. Respecto a las sustancias inflamables, las condiciones de almacenamiento serán siempre de la forma descrita en la normativa pertinente.

D.S, N148/03, Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos El Proyecto contempla la generación de residuos peligrosos. Estos serán almacenados en el lugar de origen, para posteriormente ser trasladados para su acopio temporal a la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos de Terminal Gregorio, aprobada bajo la resolución N 30/2009, para luego ser retirados por una empresa autorizada para su disposición final. Junto a lo anterior es importante señalar que ENAP Magallanes, utiliza en cada actividad industrial el Plan de Manejo de Residuos Peligrosos desarrollado por la empresa.

DFL N725, Actualizado en Julio de 2000 Código Sanitario ARTICULOS 67 y 68” ENAP Magallanes cumplirá con las disposiciones de la presente normativa.

ARTÍCULOS 70 y 71 El agua potable y de consumo es proporcionada por un contratista y proviene de Punta Arenas en bidones. Se dispondrá de baños químicos para la construcción proporcionados por un contratista con autorización sanitaria y la evacuación, tratamiento 0 disposición final de desagies y aguas servidas de cualquier naturaleza serán retirados por medio de camión aljibe a una instalación con permiso de la autoridad para tal efecto, ARTÍCULOS 722 y 73% El agua para consumo humano será entregada por un tercero autorizado por la Seremi de Salud a través de bidones sellados , a la vez, no se contempla la instalación de ningún tipo de plantas depuradoras. Se dispondrá de baños químicos proporcionados por un contratista con autorización sanitaria, Los residuos provenientes de los baños químicos serán retirados por medio de camión aljibe a una instalación con permiso de la autoridad para tal efecto. El Proyecto NO DESCARGARA aguas servidas y residuos industriales o mineros en ríos o lagunas, o en cualquier otra fuente o masa de agua que sirva para proporcionar agua potable a alguna población.

ARTÍCULO 74” Las actividades de este Proyecto NO afectarán napas subterráneas. ARTÍCULO 77* Para las actividades del Proyecto no se considera la construcción de campamentos. Para tales fines, se utilizarán las instalaciones de ENAP en Posesión. ARTÍCULO 78? Para el retiro de residuos, tanto sólidos industriales como asimilables a domiciliarios, se contará con un contratista con autorización sanitaria, para el retiro de dichos desechos, los cuales serán dispuestos en el vertedero Municipal de Punta Arenas, de acuerdo a una autorización específica que se dispone para tal efecto.

ARTÍCULO 90* El diseño y la construcción se harán conforme a la reglamentación vigente contenida en este Decreto.

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse

que la ejecución del proyecto “Construcción Linea de Flujo para el Pozo Boleadoras B” no requiere de alguno de los permisos ambientales sectoriales contemplados en el Título VII, artículos 68 al 106 del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

aa

8.1.-

9.-

10.-

11.-

Que, en lo relativo a los efectos, caracteristicas y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N*19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Construcción Línea de Flujo para el Pozo Boleadoras B” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias. Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente: El Titular se compromete a llevar a cabo el Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal (PICV) durante el desarrollo del Proyecto, tanto para la apertura como así también en el cierre de la zanja. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones. Que, la Comisión de Evaluación sólo está facultada para pronunciarse respecto de la factibilidad ambiental del proyecto “Construcción Línea de Flujo para el Pozo Boleadoras B”, por lo cual, para que este proyecto pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, la ocurrencia de impactos ambientales previstos y no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, la individualización de cambios de titularidad. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero. Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y Antártica Chilena

RESUELVE:

li=

2=

CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto “Construcción Linea de Flujo para el Pozo Bolcadoras B”,

CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto “Construcción Línea de Flujo para el Pozo Boleadoras B” cumple con la normativa de carácter ambiental y no requiere de permisos ambientales sectoriales.

Hacer presente que proceden en contra de la presente Resolución, los recursos de reposición, ante esta Comisión de Evaluación, y jerárquico, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer estos recursos es de 5 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.

-— Notifiquese y Archivese

y Región de Magallanes y Antártica Chilena

0%

Distribución:

CT A A A A

Cleo;

Victor Briano Peralta

Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur

Corporación Nacional Forestal, Magallanes y Antártica Chilena

Dirección de Obras Hidráulicas, Magallanes y Antártica Chilena

Dirección de Vialidad, Magallanes y Antártica Chilena

Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena

Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena

Nustre Municipalidad de San Gregorio

Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Minería, Magallanes y Antártica Chilena Secretaria Regional Ministerial de Obras Públicas, Magallanes y Antártica Chilena Secretaria Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena

Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Magallanes y Antártica Chilena Servicio Agrícola y Ganadero, Magallanes y Antártica Chilena

Servicio Nacional de Pesca, Magallanes y Antártica Chilena

Servicio Nacional de Turismo, Magallanes y Antártica Chilena

Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Magallanes y Antártica Chilena Consejo de Monumentos Nacionales

Ministerio de Energía

  • Expediente del Proyecto "Construcción Línea de Flujo para el Pozo Boleadoras B "
  • Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Magallanes y Antártica Chilena

El documento original está disponible en la siguiente dirección url:http://firma.e- seia.cl/cb/a1/b136cd2a99de226098efbd83a166cd866399