Evaluación SEA

LTE CH Los Cóndores - S/E Ancoa

Rol 4845468
SEA · EIA · Aprobado · 2010-10-05 · Región del Maule · Enel Generación Chile S.A

Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 2 de 43 • Oficio Nº5431 sobre el EIA, publicado por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 03/11/2010

3.2.- Con relación al Informe de Respuestas al 1º Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental:

• Oficio Nº074 sobre la Adenda 1, publicado por Servicio Nacional de Turismo, SERNATUR, Región del Maule, con fecha 27/05/2011 • Oficio Nº6-EA/2011 sobre la Adenda 1, publicado por Corporación Nacional Forestal, Región del Maule, con fecha 27/05/2011 • Oficio Nº27 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI de Agricultura, Región del Maule, con fecha 14/06/2011 • Oficio Nº112 M.A. sobre la Adenda 1, publicado por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 11/05/2011 • Oficio Nº392 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI MOP, Región del Maule, con fecha 27/05/2011 • Oficio Nº858 sobre la Adenda 1, publicado por Dirección Regional de Vialidad, Región del Maule, con fecha 31/05/2011 • Oficio Nº1308 sobre la Adenda 1, publicado por Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule, con fecha 27/05/2011 • Oficio Nº1431 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI de Salud, Región del Maule, con fecha 30/05/2011 • Oficio Nº1555 sobre la Adenda 1, publicado por Gobierno Regional, Región del Maule, con fecha 06/06/2011 • Oficio Nº2806 sobre la Adenda 1, publicado por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 30/05/2011.

3.3.- Con relación al Informe de Respuestas al 2º Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental:

• Oficio Nº33-EA-2011 sobre la Adenda 2, publicado por Corporación Nacional Forestal, Región del Maule, con fecha 15/11/2011 • Oficio Nº43 sobre la Adenda 2, publicado por SEREMI de Agricultura, Región del Maule, con fecha 23/11/2011 • Oficio Nº144 sobre la Adenda 2, publicado por Servicio Nacional de Turismo, SERNATUR, Región del Maule, con fecha 22/11/2011 • Oficio Nº930 sobre la Adenda 2, publicado por SEREMI MOP, Región del Maule, con fecha 21/11/2011 • Oficio Nº2844 sobre la Adenda 2, publicado por Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule, con fecha 21/11/2011 • Oficio Nº4120 sobre la Adenda 2, publicado por Gobierno Regional, Región del Maule, con fecha 17/11/2011 • Oficio Nº6218 sobre la Adenda 2, publicado por Seremi de Bienes Nacionales, Región del Maule, con fecha 21/11/2011

3.4.- Con relación al Informe de Respuestas al 3º Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental:

• Oficio Nº0482 sobre la Adenda 3, publicado por Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule, con fecha 24/02/2012 • Oficio Nº33 sobre la Adenda 3, publicado por Servicio Nacional de Turismo, SERNATUR, Región del Maule, con fecha 27/02/2012 • Oficio Nº52 sobre la Adenda 3, publicado por SEREMI de Agricultura, Región del Maule, con fecha 01/03/2012

4.- El Acta de Evaluación N°46 del EIA del proyecto "LTE CH Los Cóndores - S/E Ancoa", de fecha 29 de Junio del 2011

5.- El Informe Consolidado de Evaluación del EIA del proyecto "LTE CH Los Cóndores - S/E Ancoa", de fecha 16 de Marzo de 2012

6.- Las visaciones al contenido del Informe Consolidado de Evaluación emitidas por los Órganos de la Administración del Estado que han participado en la evaluación y que se contienen en los siguientes documentos:

• Ordinario Nº785, del 23/03/2012, Subsecretaría de Pesca. Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 3 de 43 • Ordinario Nº333, del 24/03/2012, Servicio Nacional de Pesca, SERNAPESCA, Región del Maule. • Ordinario Nº085 M.A., del 26/03/2012, Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur. • Ordinario Nº262, del 26/03/2012, Superintendencia de Servicios Sanitarios. • Ordinario Nº10-EA/2012, del 26/03/2012, Corporación Nacional Forestal, Región del Maule. • Ordinario Nº415, del 27/03/2012, Gobernación Provincial de Linares, Región del Maule • Ordinario Nº2959, del 27/03/2012, SEREMI de Bienes Nacionales, Región del Maule • Ordinario Nº3754, del 28/03/2012, Superintendencia de Electricidad y Combustibles. • Ordinario Nº788, del 28/03/2012, Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule. • Ordinario Nº481, del 28/03/2012, SEREMI de Vivienda, Región del Maule • Ordinario Nº46, del 28/03/2012, Servicio Nacional de Turismo, Región del Maule • Ordinario Nº09, del 29/03/2012, SEREMI de Energía, Región del Maule. • Ordinario Nº214, del 29/03/2012, SEREMI MOP, Región del Maule. • Ordinario Nº326, del 29/03/2012, Superintendencia de Electricidad y Combustible, Región del Maule. • Ordinario Nº443, del 30/03/2012, SEREMI de Transporte y Telecomunicación, Región del Maule. • Ordinario Nº54, del 10/04/2012, SEREMI de Agricultura, Región del Maule. • Ordinario Nº583, del 12/04/2012, Dirección Regional del Vialidad, Región del Maule • Ordinario Nº675, del 16/04/2012, SEREMI de Salud, Región del Maule.

7.- El Acta de la sesión Ordinaria N°3 de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, de fecha 19 de Marzo del 2012

8.- El Acta de la sesión Ordinaria N°4 de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, de fecha 24 de Abril del 2012.

9.- El Acta de la sesión Extraordinaria N°1 de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, de fecha 07 de Mayo del 2012.

10.- Los demás antecedentes que constan en el expediente público de la Evaluación del Impacto Ambiental del proyecto "LTE CH Los Cóndores - S/E Ancoa".

CONSIDERANDO:

1.- Que, la Comisión de Evaluación VII Región del Maule debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "LTE CH Los Cóndores - S/E Ancoa" cuyo titular es Empresa Nacional de Electricidad S.A..

2.- Que el derecho del titular a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes referidas a la protección del medio ambiente.

3.- Que se debe tener presente que el derecho a desarrollar actividades económicas, en conformidad a la Ley y sujeto a las restricciones que señale la propia legislación y la Constitución, está reconocido en la Carta Fundamental de la República. Asimismo, las limitaciones a dicha garantía y al derecho de propiedad, que la propia Constitución permite, jamás podrán vulnerar dichos derechos en su esencia.

4.- Que, según lo establecido en el EIA y sus Adendas, el proyecto "LTE CH Los Cóndores - S/E Ancoa" posee las siguientes características:

• Región: Región del Maule

• Comunas: El proyecto se desarrollará en las comunas de San Clemente y Colbún

• Tipología de Proyecto: b1-Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje

• Fecha estimada de inicio de ejecución: La fecha señalada por el titular es el 31/01/2012

Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 4 de 43 • Monto de Inversión: El monto de la inversión señalado por el titular es de US$ 60.000.000

• Vida útil: La vida útil señalada por el titular es de 50 años (prorrogables)

• La mano de obra señalada por el titular es la siguiente:

Tabla N°4.1: Mano de Obra del Proyecto Fase Mano de Obra PromedioMano de Obra Máxima Construcción 186 240 Operación 5 5 Cierre o abandono 186 240

El proyecto considera en la etapa de construcción un máximo de 240 y un promedio de 186 trabajadores mensuales. El porcentaje de mano de obra local requerida, considerando tipo de experticia y requisitos formales, será del 30%. La contratación de mano de obra local se materializará presentando las ofertas laborales a la Oficina Municipal de Inserción Laboral (OMIL) de las comunas de San Clemente y Colbún, con el fin de mantener un registro de los trabajadores contratados.

• Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas

La superficie intervenida por el proyecto es:

Tabla N°4.2: Superficie del Proyecto Tipo de superficie Superficie Unidad Total 359.1 has

La superficie a intervenir en la rehabilitación de los dos paños en la S/E Ancoa será de 0,3 ha. Para la construcción de la LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa, la superficie estimada a ocupar por la franja de servidumbre será de aproximadamente 346,8 ha (86,7 km de largo por 40 m de ancho). Sin embargo, la superficie afectada directamente corresponderá a la superficie de emplazamiento de las estructuras, que se estima en 1,84 ha (7,5 m por 8 m en 305 estructuras). Por último, la superficie estimada a ocupar por las huellas de acceso fuera de la franja de servidumbre será de 12 ha (en 34,6 km por 3,5 m de ancho de las huellas de acceso)

• Ubicación del proyecto

El proyecto se ejecutará en la Región del Maule, en las comunas de San Clemente y Colbún, Provincias de Talca y Linares respectivamente. La Línea de Transmisión Eléctrica (LTE) comenzará donde se localizará la futura Central Hidroeléctrica (C.H.) Los Cóndores, y se desplazará paralelamente a la Ruta 115-CH por 40 km. Posteriormente se alejará de esta ruta cruzando a la ladera sur del río Maule, desde donde se accederá a las obras por un camino de 24 km de longitud de propiedad de Endesa Chile y que finaliza en la quebrada El Calabozo, un kilómetro aguas abajo de la C.H. Pehuenche. A continuación se irá paralelo a la ruta L-391 por 21,3 km hasta la ruta L-11 para a continuación ingresar a la S/E Ancoa.

• Coordenadas UTM del proyecto

Las coordenadas UTM del polígono que delimita los paños de 220 kV que serán rehabilitados en la S/E Ancoa (existente) y las coordenadas de los vértices de la LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa se muestran en la Tabla N°4.3 y N°4.4 respectivamente. Los vértices son puntos donde la línea cambia de dirección y se instalarán estructuras de anclaje.

Tabla N°4.3: Coordenadas UTM rehabilitación paños de 220 kV en S/E Ancoa (WGS 84, Huso19) Vértice UTM Norte UTM Este V1 284.848 6.048.395 Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 5 de 43 Vértice UTM Norte UTM Este V2 284.933 6.048.396 V3 284.932 6.048.431 V4 284.848 6.048.430 Elaboración: Ingendesa 2010.

Tabla N°4.4: Coordenadas UTM de los vértices del proyecto LTE C.H. Los Cóndores - S/E Ancoa (WGS 84, Huso19) Vértice UTM Este UTM Norte Distancia parcial al vértice anterior (m) Distancia acumulada (m) VS 353.338 6.023.861 0,00 0,00 V1 353.202 6.023.884 137,61 137,61 V2 353.045 6.023.943 167,72 305,32 V3 352.128 6.024.255 968,34 1.273,66 V4 351.035 6.026.999 2.953,61 4.227,28 V5 350.667 6.027.206 422,52 4.649,80 V6 349.006 6.028.326 2.003,20 6.653,00 V7 348.579 6.028.556 484,85 7.137,85 V8 348.024 6.029.063 751,38 7.889,23 V9 347.926 6.029.801 744,23 8.633,46 V10 347.634 6.031.009 1.243,60 9.877,06 V11 347.129 6.031.123 518,25 10.395,31 V12 346.403 6.031.388 772,60 11.167,90 V13 346.344 6.031.743 359,49 11.527,40 V14 346.190 6.032.070 361,54 11.888,94 V15 345.947 6.032.791 760,69 12.649,63 V16 345.729 6.033.018 315,66 12.965,28 V17 345.243 6.032.904 498,59 13.463,87 V18 344.433 6.033.257 883,71 14.347,58 V19 342.735 6.033.270 1.697,85 16.045,43 V20 340.799 6.033.922 2.043,25 18.088,68 V21 339.790 6.033.931 1.008,46 19.097,14 V22 338.879 6.034.003 913,63 20.010,77 V23 337.606 6.033.650 1.320,96 21.331,73 V24 336.802 6.033.834 825,22 22.156,95 V25 335.177 6.034.392 1.718,32 23.875,28 V26 334.976 6.034.966 608,15 24.483,42 V27 334.604 6.035.490 642,60 25.126,02 V28 334.062 6.035.535 544,07 25.670,09 V29 333.340 6.035.982 849,08 26.519,18 V30 333.001 6.036.250 432,13 26.951,31 V31 332.996 6.036.339 88,37 27.039,68 V32 330.790 6.036.226 2.209,32 29.249,00 V33 328.744 6.036.738 2.108,88 31.357,88 V33A 328.127 6.036.690 619,32 31.977,20 V33B 327.763 6.036.533 396,23 32.373,43 V34 326.768 6.036.556 994,59 33.368,02 V35 326.472 6.036.686 322,97 33.690,99 V36 325.852 6.036.375 693,90 34.384,88 V37 324.774 6.035.958 1.156,07 35.540,95 Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 6 de 43 Vértice UTM Este UTM Norte Distancia parcial al vértice anterior (m) Distancia acumulada (m) V38 324.495 6.036.090 308,57 35.849,53 V39 324.120 6.035.960 396,23 36.245,76 V40 322.848 6.036.525 1.392,24 37.638,00 V41 322.358 6.037.136 783,13 38.421,12 V42 321.920 6.037.149 438,45 38.859,57 V43 321.660 6.037.339 321,60 39.181,17 V44 321.391 6.037.475 301,79 39.482,96 V45 321.112 6.037.309 324,73 39.807,69 V46 321.067 6.037.241 81,19 39.888,88 V47 320.489 6.036.917 662,44 40.551,32 V48 320.224 6.036.844 275,26 40.826,58 V49 319.898 6.036.614 399,24 41.225,82 V50 319.621 6.036.639 277,90 41.503,72 V51 318.412 6.039.451 3.061,03 44.564,75 V52 318.456 6.040.064 614,56 45.179,32 V53 317.913 6.041.350 1.396,35 46.575,67 V54 317.445 6.043.092 1.803,15 48.378,82 V55 316.279 6.044.586 1.894,85 50.273,66 V56 314.249 6.045.055 2.083,68 52.357,35 V57 312.621 6.045.154 1.630,94 53.988,29 V58 312.440 6.045.430 330,99 54.319,28 V59 311.918 6.046.003 774,92 55.094,20 V60 311.674 6.046.234 335,46 55.429,67 V61 310.825 6.046.136 855,33 56.285,00 V62 309.783 6.046.243 1.047,42 57.332,42 V63 308.103 6.044.824 2.199,04 59.531,46 V64 306.985 6.044.174 1.293,09 60.824,56 V65 306.197 6.043.829 859,83 61.684,38 V66 304.706 6.043.456 1.536,95 63.221,34 V67 303.824 6.043.324 892,05 64.113,38 V68 302.231 6.042.879 1.653,92 65.767,30 V69 301.168 6.043.219 1.115,51 66.882,82 V70 300.317 6.043.703 978,99 67.861,80 V71 296.490 6.044.979 4.034,11 71.895,91 V72 295.412 6.046.079 1.539,80 73.435,71 V73 293.184 6.046.543 2.275,73 75.711,43 NV74 290.543 6.044.713 3.213,90 78.925,34 V75 287.124 6.047.004 4.115,06 83.040,40 V76 285.807 6.047.585 1.439,62 84.480,02 V77 285.437 6.047.830 443,64 84.923,66 V78 285.277 6.047.766 172,52 85.096,18 V79 285.096 6.047.693 195,49 85.291,67 V80 284.943 6.047.631 164,33 85.456,00 V81 284.539 6.047.637 404,36 85.860,36 V82 284.475 6.048.225 590,87 86.451,23 V83 284.572 6.048.325 139,56 86.590,79 V84 284.772 6.048.325 200,13 86.790,92 Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 7 de 43 Vértice UTM Este UTM Norte Distancia parcial al vértice anterior (m) Distancia acumulada (m) V85 284.839 6.048.358 74,31 86.865,23 VR 284.831 6.048.417 59,76 86.924,99

4.1.- Etapas contempladas en el proyecto

A continuación se enumeran las principales actividades contempladas para las etapas de construcción, operación, y cierre y abandono de la línea de transmisión eléctrica.

a.- Etapa de construcción:

• Contratación de personal temporal • Habilitación de frentes de trabajo • Compra de bienes y contratación de servicios • Transporte de personal, maquinaria, equipos e insumos • Rehabilitación de dos paños en la S/E Ancoa • Habilitación de la franja de servidumbre de la LTE • Habilitación de las huellas de acceso • Construcción de las fundaciones para las estructuras • Montaje de las estructuras e instalación de los conductores • Limpieza general del lugar de montaje de las estructuras (frentes de trabajo) • Conexión y pruebas de energización • Retiro de instalaciones de faenas y restauración de áreas intervenidas

b.- Etapa de operación:

• Transmisión de energía eléctrica • Visitas de inspección • Mantenimiento de la franja de servidumbre • Mantenimiento preventivo y correctivo de la LTE • Reparaciones de emergencia

c.- Etapa de cierre:

• Habilitación de instalación de faenas y frentes de trabajo • Contratación de personal temporal • Transporte de personal, maquinaria, equipos e insumos • Retiro de los conductores de la línea • Retiro de las fundaciones de la línea • Retiro de las instalaciones de faenas

Se consideran obras e instalaciones permanentes y temporales. Las primeras tienen un carácter definitivo o de largo plazo, mientras que las segundas son de corto plazo o sirven para la construcción de las obras permanentes. Como la “LTE C.H. Los Cóndores - S/E Ancoa” tendrá una vida útil de 50 años prorrogables por lo cual en la práctica es un proyecto de carácter permanente.

d.- Obras permanentes:

• Rehabilitación de dos paños de línea (denominados J2 y J3) en el sector sur del patio de 220 kV de la S/E Ancoa, lo cual no implica ampliación de la S/E • La LTE de 220 kV • Huellas de acceso • Franja de servidumbre Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 8 de 43

e.- Obras temporales:

• Dos instalaciones de faenas ubicadas en la zona alta del proyecto (campamento Los Cipreses) y en la zona baja (cerca de la S/E Ancoa); y • Un frente de trabajo fijo para la rehabilitación de los paños en la S/E Ancoa, y aproximadamente cuatro frentes de trabajo móviles ubicados a lo largo del trazado de la línea.

Este proyecto no habilitará yacimientos ni botaderos propios.

5.- Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento del SEIA se recibieron 9 observaciones al Estudio de Impacto Ambiental, de acuerdo a lo que se detalla a continuación:

5.1.- Síntesis del proceso de participación ciudadana

Antecedentes relacionados con los mecanismos implementados para asegurar la participación ciudadana: La publicación del extracto del Estudio de Impacto Ambiental, establecida en el artículo 27 de la Ley de Bases del Medio Ambiente Nº19.300, se efectuó el día 9/10/2010, en los diarios Oficial y Diario El Centro, iniciándose en consecuencia el proceso de Participación Ciudadana (PAC) el día 9/10/2010, para concluir al cabo de 60 días el 5/1/2011.

Con el propósito de asegurar el acceso a información oportuna por parte de la comunidad organizada, así como alternativas de consulta y discusión con el proponente, se realizaron talleres en las comunas involucradas con el proyecto de acuerdo al siguiente detalle:

Taller Lugar Fecha Hora de Inicio Hora de Término Asistentes Taller de Participación Ciudadana Comuna de san Clemente Sector de Armerillo Sede Social Sector Armerillo 18/11/2010 19:00 21:30 22 Taller de Participción Ciudadana Sector la Suiza y las Garzas Posta Rural Sector La Suiza 18/11/2010 14:00 16:00 13 Taller de Participación Ciudadana Comuna de Colbún sector Rincón de Pataguas Sede Social Sector Rincón de Pataguas 09/11/2010 12:00 14:00 57 Taller de Participación Ciudadana Comuna de Colbún sectores Las Guardias , Colbún Alto y Los Boldos Escuela del sector Las Guardias, Comuna de Colbún. 09/11/2010 16:00 18:15 20 Taller de Participación Ciudadana La Mina- Los Alamos - Curillinque Sede Social del Sector Los Alamos. 08/11/2010 17:00 20:30 15

5.2.- Admisibilidad de las observaciones ciudadanas

Todas las observaciones recepcionadas durante el proceso de participación ciudadana cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley Nº 19.300 y en el artículo 53 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, según se indica en el numeral XIV.- del Informe Consolidado de Evaluación del proyecto y se sistematizan y evalúan técnicamente a continuación:

5.3.- Evaluación Técnica de las observaciones ciudadanas

5.3.1.- Nombre: Víctor Sepúlveda A

Observación:

El desarrollo es importante a) La persona debe ser el centro y b) el medio ambiente donde la persona vive y se desarrolla. Por lo tanto a) En que porcentaje aumenta el voltaje con las líneas existentes. b) Como se compensará a la comunidad y a las personas directamente. c) Que estudios o proyecto se ven a futuro ya sea de construcción de una posible planta termoeléctrica. d) Cómo se solucionan los problemas actuales generados por las líneas existentes. Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 9 de 43

Evaluación técnica de la observación:

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación y al respecto señala que el proyecto en cuestión no aumenta el voltaje de las líneas de transmisión existentes en la zona, dado que es un trazado independiente el cual no se conecta a las líneas que están en actual funcionamiento. Por otra parte, es preciso señalar que esta Comisión puede pronunciarse sólo respecto de los proyectos que ingresan al sistema de evaluación ambiental (SEIA), y es a partir de entonces donde se tiene conocimiento de cualquier actividad económica que se quiera implementar. Por lo tanto no tiene actual conocimiento de otras actividades que se quieran implementar en la zona. Sin perjuicio de no corresponder a la competencia de esta Comisión, se recomienda remitir la información relativa a los posibles problemas ocasionados por las líneas de transmisión a los organismos que tiene relación con estas materias, los cuales corresponden a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles y a la SEREMI de Salud Región del Maule. El Titular estableció medidas de compensación respecto de los impactos ocasionados mediante la entrega de diseño de ingeniería y de detalle técnico de cinco miradores turísticos, área de estacionamientos, pasarelas de acceso universal y una terraza mirador, todas instalaciones del proyecto “Senderos Saltos del Maule”.

De forma complementaria, Endesa Chile responderá a la necesidad de comunicación de los habitantes de la cuenca del río Maule entregando la infraestructura necesaria para que compañías de telecomunicaciones amplíen su área de cobertura telefónica hacia el área del proyecto. Dicha compensación consistirá en la entrega de la disponibilidad de 2 pelos de fibra óptica, la cual será habilitada sobre todo el trazado de la Línea de Transmisión Eléctrica C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa. Este medio físico de comunicaciones quedará disponible desde el inicio de la operación de la línea para que las empresas desarrollen servicios de telefonía fija o móvil.

El titular avisará oportunamente a la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, al Gobierno Regional y al Servicio de Evaluación Ambiental la implementación y operatividad del tendido de cable de fibra óptica OPGW perteneciente a la línea de transmisión C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa.

5.3.2.- Nombre: Miguel Antonio Sanchez Sanchez

Observación:

Nos afecta directamente ya que vivimos al lado de la torre 42 ¿Por donde pasa la otra línea, a cuanta distancia va a pasar?

Evaluación técnica de la observación:

Esta Comisión de Evaluación, considera pertinente su observación y al respecto señala que en el tramo sector Colbún Alto, la Línea de Transmisión Eléctrica Central Hidroeléctrica Los Cóndores – S/E Ancoa es paralela a la Línea de Transmisión Eléctrica Subestación Eléctrica Pehuenche - Subestación Eléctrica Ancoa, ubicándose al lado Sur de la línea ya existente y la distancia entre ambas líneas (medidas desde el centro de cada una de ellas) es variable dependiendo de la topografía, y se encuentra entre 44 y 283 metros. Por lo tanto, si su vivienda se encuentra al norte de la línea existente, la nueva línea estará aún más alejada.

5.3.3.- Nombre: Enrique González G

Observación:

Cómo van a solucionar el problema que afecta la torre que pasa por mi propiedad que da la corriente cuando paso debajo de la torre y al mismo tiempo a mis animales.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada, sin embargo señala que le corresponde pronunciarse por sobre aquellos proyectos que ingresan al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), como es el caso de la Línea de Transmisión Eléctrica Los Cóndores Ancoa, la cual no ha iniciado la fase de construcción. Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 10 de 43 Cabe señalar que este proyecto deberá cumplir con los estándares establecidos por la normativa de la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC), debiendo mantener la franja de servidumbre despejada con una vegetación no superior a los cuatro metros y las instalaciones en óptimas condiciones a fin de evitar peligro para las personas, materiales y accesorios de su propiedad. Finalmente es la Superintendencia de Electricidad y Combustible la encargada de fiscalizar el cumplimiento de esta normativa.

5.3.4.- Nombre: Ramón Reyes Rubio

Observación:

No estoy de acuerdo con nuevos proyecto debido a que los daños ya existen no hay solución. Observación: Como la empresa pretende dar solución a los proyectos ya existentes y que garantía hay en los proyectos a futuro.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente su observación y al respecto señala que la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente establece la obligación para el titular del proyecto de desarrollar de medidas de mitigación, compensación y reparación según corresponda, sin perjuicio de lo anterior, no es posible establecer obligaciones respecto de otras actividades económicas que actualmente se están desarrollando y que no fueron evaluadas ambientalmente en su oportunidad.

5.3.5.- Nombre: Teresa Valdés Osses

Observación:

• Mantención de buen estado del camino y de puentes.• Incorporación de Mano de obra de vecinos del sector de la Guardia en la ejecución de línea de transmisión eléctrica C,H. Los Cóndores S/E Ancoa.• Durante la ejecución del proyecto se ofrecerá servicios de alimentación y pensión y mano de obra la cual se espera que sea acogido por la empresa.• Apoyo de sede social al sector de la Guardia en la construcción de esta, con la finalidad de mejorar la participación ciudadana.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación y al respecto señala que el Titular establece como medida de abatimiento el control de velocidad y la humectación periódica de las rutas de desplazamiento y circulación de los vehículos, maquinarias y equipos que no estén pavimentadas tales como la ruta L-391, camino Bocatoma Maule, Pehuenche y ruta Curillinque. La periodicidad de humectación de terrenos se realizará por lo menos una vez al día, con la finalidad de no levantar polvo, producto de la construcción del proyecto, la humectación de terrenos será realizada en época estival y en ausencia de precipitaciones. La superficie a humectar será de 45,5 ha, correspondiente a 23 ha, de huellas de acceso (66,3 km x 3,5 m de ancho) y 22,5 ha, de los caminos existentes no pavimentados (37,5 km x 6 m de ancho).

Respecto de la contratación de mano de obra, el proyecto considera en la etapa de construcción un máximo de 240 y un promedio de 186 trabajadores mensuales, se estima que el porcentaje de mano de obra local requerida, considerando tipo de experticia y requisitos formales, será del 30%. La contratación de mano de obra local se materializará presentando las ofertas laborales a la Oficina Municipal de Inserción Laboral (OMIL) de las comunas de San Clemente y Colbún, con el fin de mantener un registro de los trabajadores contratados.

El Titular estableció medidas de compensación respecto de los impactos ocasionados mediante la entrega de diseño de ingeniería y de detalle técnico de cinco miradores turísticos, área de estacionamientos, pasarelas de acceso universal y una terraza mirador, todas instalaciones del proyecto “Senderos Saltos del Maule”.

De forma complementaria, Endesa Chile responderá a la necesidad de comunicación de los habitantes de la cuenca del río Maule entregando la infraestructura necesaria para que compañías de telecomunicaciones amplíen su área de cobertura telefónica hacia el área del proyecto. Dicha compensación consistirá en la entrega de la disponibilidad de 2 Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 11 de 43 pelos de fibra óptica, la cual será habilitada sobre todo el trazado de la Línea de Transmisión Eléctrica C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa. Este medio físico de comunicaciones quedará disponible desde el inicio de la operación de la línea para que las empresas desarrollen servicios de telefonía fija o móvil.

El titular avisará oportunamente a la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, al Gobierno Regional y al Servicio de Evaluación Ambiental la implementación y operatividad del tendido de cable de fibra óptica OPGW perteneciente a la línea de transmisión C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa.

5.3.6.- Nombre: Aurelio Yañez Leiva

Observación:

No hay acuerdo en las instalaciones ya que entraría más alto voltaje y se agravaría más el problema cuanto a la salud de la población. Las empresas deberían tomar las medidas pertinentes con los problemas que existen con las líneas que están.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación y al respecto señala que en el tramo sector Rincón de Pataguas, el trazado de la Línea de Transmisión Eléctrica CH Los Cóndores – S/E Ancoa se emplaza por el predio Nº Rol 6-20, propiedad de Colbún S.A., destinado principalmente a predios agrícolas e infraestructura eléctrica, es decir se ubica por el lado oriente de la Ruta L-35. El proyecto no se emplazará en el sector Rincón de Pataguas, dado que dicha localidad se encuentra al lado Poniente de la ruta. Por otra parte, es preciso señalar que esta Comisión puede pronunciarse y solicitar medidas de mitigación, reparación y compensación sólo respecto de los proyectos que ingresan al sistema de evaluación ambiental (SEIA), como es el caso de este Estudio.

5.3.7.-Nombre: Armando Espinoza Sanhueza

Observación:

No estoy de acuerdo por que no han respetado la salud y seguridad. Mi casa donde vivimos 4 personas a 19,50 mts de la línea de 500 KW la cerca 10,3. Ancoa Alto Jabual. ORD N° 647 –ANT ORD N° 537 de SEC fecha 30.08.05 MAT Talca de 28 de Septiembre de 2005. Adjunto algunos documentos espero que me respondan o me den una solución definitiva para tranquilidad de mi familia.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Comisión de Evaluación considera que la observación planteada, es pertinente ya que hace alusión a los potenciales efectos, características y circunstancias establecidas en el artículo 11 de la ley N° 19.300. Al respecto, los órganos de la administración del estado, que de acuerdo a sus competencias, participaron del proceso de Evaluación de Impacto Ambiental, se han pronunciado conforme, concluyendo que el proyecto cumple con todos los requisitos ambientales aplicables, así como las medidas de mitigación, reparación y/o compensación apropiadas para hacerse cargo de los efectos señalados en dicho artículo, como también de las medidas de seguimiento respectivas. Por otra parte señala que a esta Comisión le corresponde pronunciarse por sobre aquellos proyectos que ingresan al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), como es el caso de la Línea de Transmisión Eléctrica Los Cóndores Ancoa, la cual no ha iniciado la fase de construcción. Cabe señalar que este proyecto deberá cumplir con los estándares establecidos por la normativa de la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC), debiendo mantener la franja de servidumbre despejada con una vegetación no superior a los cuatro metros y las instalaciones en óptimas condiciones a fin de evitar peligro para las personas, materiales y accesorios de su propiedad. Finalmente y debido al problema que relata le sugerimos tomar contacto con la Superintendencia de Electricidad y Combustible, entidad encargada de fiscalizar el cumplimiento de esta normativa.

5.3.8.- Nombre: Unión Comunal Junta De Vecinos Rurales

Observación: Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 12 de 43

1.- Línea de base ambiental: Territorio afectado 86,7 kilómetros afectando flora, fauna e intervención en el paisaje. a) FLORA: La perdida de 201 especies de flora endémica , 46,1 ha de bosque nativo para la franja de servidumbre, tal vez no sea visible para los residentes y turistas, no por ello es menos importante pues el área de intervención corresponde a un sector importante. b) FAUNA: El número de especies que se encuentran en este corredor biológico (aprox. 78) se verá afectado tanto en su conectividad como en el flujo de las especies, eliminando hábitat existentes. c) Recurso paisajístico: Intervención de paisaje con aumento de líneas, en parte de tramo ya intervenido marcará aun más nuestro entorno natural, el tramo que se pretende intervenir, si bien se encuentra alejado perderá su valor paisajístico y como reserva corre el riesgo de desaparecer. d) AREAS PATRIMONIALES Y SITIOS ARQUEOLOGICOS: Perderán en un considerable porcentaje su atractivo. e) En relación a las obras proyectadas: la construcción de nuevos caminos, la instalación de nuevas torres y el tránsito de humanos genera un importante impacto ambiental en las zonas naturales, que dejará huellas considerables desde el punto de vista ecológico. Reunidas las Junta de Vecinos convocadas concluimos lo siguiente: En lo que se refiere a los efectos positivos que se mencionan en vuestro estudio, ya hemos vivido un situación por años, todos dicen que se invertirá en esta comuna, pero las mejoras económicas siempre son bajas, en lo referente a contratación de mano de obras, para nuestra gente siempre existen cupos de jornaleros y muy mal pagados, quisiéramos que esta empresa pudiera dejar algo más que dos años de trabajo para nuestra gente y ver la posibilidad de que mientras se encuentren en la zona capaciten a nuestros trabajadores pudiendo dejar así una herramienta de trabajo para la gente, lo que socialmente sería muy apreciado. Solicitamos hacer estudio de proyectos con celdas fotovoltaicas y eólicas para los pequeños caseríos que nos alojamos en las cercanías de estos mega proyectos, pues si desde estos lugares vamos generar el 90% de energía por que no pensar en las comunidades que van a tener que sacrificar parte de su entorno por el avance de este país. En lo que se refiere a medidas ambientales, a no contar especies nativas cuya altura sea inferior a cuatro metros, según las condiciones de tramo de proyecto sería una verdadera hazaña lograr lo que se escribe, por que ese registro fotográfico antes de la intervención no fue expuesto en las reuniones, capacitar a la gente en nociones de protección de medio ambiente es un buen punto, esperamos que prime a hora de realizar los trazados. En cuanto a la compensación que nos habla de un mirador para potenciar las actividades turísticas, lo encontramos innecesario, pues poseemos una diversidad de miradores naturales, si se quiere apoyar el área turística por que no pensar en la conectividad de las comunidades que es lo que se requiere y que esta inserto en el plan de desarrollo Comunal de San Clemente, esa si sería una buena compensación para nuestros vecinos. Por último quisiéramos saber que consideraciones se tendrá respecto a estas observaciones y cuando contaríamos con los resultados.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada dado que hace alusión a los potenciales efectos, características y circunstancias establecidas en el artículo 11 de la ley N° 19.300. Al respecto, los órganos de la administración del Estado, que de acuerdo a sus competencias, participaron del proceso de Evaluación de Impacto Ambiental, se han pronunciado conforme, concluyendo que el proyecto cumple con todos los requisititos ambientales aplicables, así como las medidas de mitigación, reparación y/o compensación apropiadas para hacerse cargo de los efectos señalados en dicho artículo, como también de las medidas de seguimiento respectivas. El Titular ha identificado impactos significativos en la fase de construcción por la habilitación de franja de servidumbre, huellas de acceso y montaje de las estructuras, estos impactos se relacionan con; perdida de bosque nativo, modificación de hábitat de especies de baja movilidad por disminución de cobertura vegetacional y alteración temporal de los elementos configuradores del paisaje en zonas de valor paisajístico. Sin perjuicio de lo anterior, el proyecto establece medidas de mitigación y compensación frente a dichos impactos; así por ejemplo: La superficie de forestación será un total de 69.9 ha. Adicionalmente se reforestará un 50% de la superficie intervenida en bosque nativo de preservación. El número total de plantas a reforestar es de 97.093 en las distintas categorías (Roble – Hualo, Esclerófilo, Ciprés de la Cordillera y forestal). De acuerdo a lo anterior, en lugar de realizar un programa de rescate y relocalización, durante la habilitación de la faja de seguridad, se efectuará una perturbación controlada de la fauna con el fin de inducir la emigración espontánea de los ejemplares presentes en la faja. Esto se traduce en realizar la corta de la vegetación con métodos manuales supervisando la actividad en terreno por dos especialistas en fauna. Estos especialistas estarán presentes durante todas las actividades que involucren remoción de suelo y de cubierta vegetal a fin de poder intervenir en caso de ser necesario; por ejemplo, ante el hallazgo de animales al interior de una madriguera. Estos animales serán inmediatamente liberados a una distancia mínima de 50 m de la zona de obras donde hayan sido capturados. Para poder realizar estos rescates, los profesionales contarán con la respectiva resolución de autorización de captura. Además de lo anterior, dentro de la franja de servidumbre, el Titular establece Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 13 de 43 que con la vegetación cortada se crearán refugios para reptiles, micromamíferos y aves de sotobosque. Para ello las ramas de mayor tamaño serán dispuestas en la base (de modo de proveer cavidades) y las más finas en la parte superior para establecer cubiertas protectoras. Estos acúmulos tendrán cerca de 2,0 m de diámetro y 1,0 m de alto y serán dispuestos en promedio cada 100 m. Asimismo, en caso de contar con piedras, al interior de la faja se establecerán pircas y acúmulos de rocas, especialmente para ser usadas por reptiles. Una vez que terminen las actividades de construcción, se permitirá el crecimiento de vegetación hasta los 4 m de altura, lo que con el tiempo formará un nuevo hábitat y la fauna retornará a dichas zonas. Respecto del patrimonio cultural el estudio identificó seis sitios arqueológicos, material arqueológico, un cementerio histórico, un lugar de procesión y dos animitas. Estos sitios serán protegidos de la siguiente manera: delimitación de área de protección de 50 m a su alrededor, instalación de letreros de protección y realización de charlas de capacitación acerca de la relevancia del patrimonio arqueológico a los trabajadores. Se debe señalar que los impactos paisajísticos, según lo establece el titular se minimizaron en la etapa de diseño de la línea eléctrica, trazado paralelo en más de un 75% a otras líneas de alta tensión existentes, y en la zona alta de la cuenca del Maule, trazado paralelo a la ruta 115-CH, que constituye otro elemento lineal configurador del paisaje actual. El proyecto compensará la afectación al paisaje mediante la entrega de diseño de ingeniería y de detalle técnico de cinco miradores turísticos, área de estacionamientos, pasarelas de acceso universal y una terraza mirador, todas instalaciones del proyecto “Senderos Saltos del Maule”.

De forma complementaria, Endesa Chile responderá a la necesidad de comunicación de los habitantes de la cuenca del río Maule entregando la infraestructura necesaria para que compañías de telecomunicaciones amplíen su área de cobertura telefónica hacia el área del proyecto. Dicha compensación se traduce en la entrega de la disponibilidad de fibra óptica, la cual será habilitada sobre todo el trazado de la Línea de Transmisión Eléctrica C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa. Este medio físico de comunicaciones quedará disponible desde el inicio de la operación de la línea para que las empresas desarrollen servicios de telefonía fija o móvil.

El titular avisará oportunamente a la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, al Gobierno Regional y al Servicio de Evaluación Ambiental la implementación y operatividad del tendido de cable de fibra óptica OPGW perteneciente a la línea de transmisión C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa.

5.3.9.- Nombre: Orlando González Barros

Observación:

¿Cómo me van a solucionar el problema de la energía que me afecta de las dos torres que pasa en mi propiedad?

Evaluación técnica de la observación:

Esta Comisión de Evaluación considera pertinente la observación planteada, sin embargo señala que le corresponde pronunciarse por sobre aquellos proyectos que ingresan al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), como es el caso de la Línea de Transmisión Eléctrica Los Cóndores Ancoa, la cual no ha iniciado la etapa de construcción. Cabe señalar que este proyecto deberá cumplir con los estándares establecidos por la normativa de la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC), debiendo mantener la franja de servidumbre despejada, con una vegetación cuya altura permita mantener una diferencia de altura de 4 metros libres entre los conductores y la copa de la vegetación, así como las instalaciones en óptimas condiciones a fin de evitar peligro para las personas, materiales y accesorios de su propiedad. La Superintendencia de Electricidad y Combustible es la encargada de fiscalizar el cumplimiento de esta normativa.

6.- Que los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley Nº 19.300 han sido considerados, según se indica a continuación, definiéndose las medidas de mitigación, reparación o compensación de conformidad a lo señalado en el artículo 16 de la Ley Nº 19.300.

El proyecto debe someterse al SEIA debido a que cumple con lo indicado en el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental en los siguientes apartados:

Tabla 6.1.- Pertinencia de ingreso al SEIA por medio de un EIA Artículo 6, literal k): La cantidad y superficie El proyecto contempla cortar 46,1 hectáreas de vegetación arbórea nativa producto de la habilitación Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 14 de 43 de vegetación nativa intervenida y/o explotada, así como su forma de intervención y/o explotación. de las huellas de acceso y la franja de servidumbre.

Dentro de la franja de servidumbre se cortará sólo la vegetación en los lugares donde la diferencia entre la altura de copa y los conductores de la línea sea menor a cuatro metros. Por esto, los arbustos, árboles de baja altura y aquellos que se ubiquen en quebradas no serán cortados. A su vez, en las bases de las torres se cortará sólo la vegetación que impida el emplazamiento de las obras. 6, literal m) El estado de conservación en que se encuentren especies de flora o de fauna a extraer, explotar, alterar o manejar, de acuerdo a lo indicado en los listados nacionales de especies en peligro de extinción, vulnerables, raras o insuficientemente conocidas. De acuerdo al inventario de vegetación y flora terrestre realizado en terreno, se detectó Ciprés de la Cordillera (Autrocedrus chilensis), Lingue (Persea Lingue) y Hualo (Nothofagus glauca), clasificadas como “Fuera de Peligro” por el D.S. N° 51/08 Minsegpres. También se detectó especies de Naranjillo (Citronella mucronata) y Tara (Senna Arnottiana) clasificadas como “Rara” a nivel nacional y Patagua (Crinodendron Patagua), clasificada como una especie “vulnerable” a nivel regional, todas por “El libro rojo de la Flora Terrestre de Chile”, CONAF, 1989.

Por lo tanto, de las especies de flora detectadas en el área de influencia del proyecto, seis serán las especies a intervenir propuestas oficialmente en categorías de conservación.

En relación a la fauna, las actividades de habilitación de la franja de servidumbre y de las huellas de acceso modificarán el hábitat de once especies de baja movilidad clasificadas en estado de conservación por el D.S. Nº 5/98 del Minagri. Estas se dividen en: Dos especies de anfibios: Sapo Rulo (Rhinella (Bufo) arunco) y Sapo espinoso (Rhinella (Bufo) spinolosus); Siete especies de reptiles: Culebra de cola corta (Tachymenis chilensis); culebra de cola larga (Philodryas chamissonis); Lagarto llorón (Liolaemus chiliensis); Lagartija lemniscata (Liolaemus lemniscatus); Lagartija de los montes (Liolaemus monticola); Lagartija tenue o esbelta (Liolaemus tenuis); y Lagartija de Schröeder (Liolaemus schroederi) Dos de micromamíferos (roedores): Laucha de pelo largo (Abrothrix longipilis) y Yaca (Thylamys elegans).

Por lo tanto, el proyecto se somete a SEIA a través de un EIA porque, según los listados nacionales, se intervendrán seis especies de flora y once de fauna catalogados en estado de conservación. La magnitud o duración de la intervención o emplazamiento del proyecto o actividad en o alrededor de áreas donde existen recursos protegidos en forma oficial.

En el área donde se habilitará la franja de servidumbre existen seis especies de flora y once especies de fauna de baja movilidad propuestas en categorías de conservación. Por otra parte, de acuerdo al estudio de Patrimonio Cultural realizado en el área del proyecto, se se registraron seis sitios arqueológicos y una concentración de material. Dichos recursos no serán intervenidos ni alterados de forma alguna por obras o actividades del proyecto, ya que Endesa Chile implementará medidas físicas de protección del patrimonio cultural arqueológico, consistentes en el cercado y señalización de dichos recursos en forma previa al inicio de las obras. La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a zonas con valor paisajístico. En todo el trazado de la línea de transmisión eléctrica el proyecto se emplaza paralelo a otros elementos de carácter antrópicos lineales que componen el paisaje. Es así como se emplazará paralelo a la ruta 115 - CH y a las LTE Central Loma Alta – S/E Pehuenche y LTE Central Pehuenche – S/E Ancoa.

Sin embargo, el análisis y evaluación de la calidad y fragilidad visual del paisaje determinó que las cuencas visuales llamadas “Cuesta Arenas”, “Los Toros”, “Estero del Valle” y “El Médano”, ubicadas en la zona alta del proyecto, presentan valores altos de calidad y fragilidad visual, debido a que se trata de áreas con atributos ligados principalmente a la geomorfología del lugar.

Considerando que el proyecto se emplaza en una zona con valor paisajístico, la cual tiene una amplia visual desde el punto de vista de un observador desde la ruta 115 - CH, es que es motivo de ingreso al SEIA a través de un EIA por obstruir la visibilidad a dichos recursos.

7.- Que en el proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto denominado "LTE CH Los Cóndores - S/E Ancoa" se han señalado las siguientes medidas, propuestas por el titular y contenidas en el Estudio de Impacto Ambiental y sus Adendas, para hacerse cargo de los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, las que deberán cumplirse para la ejecución del respectivo proyecto:

Tabla 7.1 Plan de medidas de mitigación, reparación o compensación para el proyecto “LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa Paisaje Impacto ambiental negativo Medidas de mitigación Medidas de reparación o compensación Alteración temporal de elementos configuradores del paisaje en la zona alta de la cuenca (con valor paisajístico) producto de la instalación de frentes de trabajo. • Exigir que durante las actividades de habilitación de los frentes de trabajo se mantenga la limpieza y el orden, con el fin de evitar potenciar los elementos discordantes con el paisaje. En el Libro de Obra se llevará el registro del cumplimiento de esta medida. • Una vez terminada la construcción de las estructuras, se restaurarán la geoforma de aquellas áreas donde ésta se modificó. Se tomarán fotografías de las áreas mencionadas

• Se retirará cualquier residuo sólido, líquido o Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 15 de 43 Tabla 7.1 Plan de medidas de mitigación, reparación o compensación para el proyecto “LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa doméstico proveniente de las actividades de los frentes, apenas terminen las actividades en dicho lugar. En el Libro de Obra se llevará el registro del cumplimiento de esta medida. Incorporación permanente de elementos discordantes con el paisaje actual en la zona alta de la cuenca (con valor paisajístico) debido al montaje de las estructuras y de la habilitación de huellas de acceso. • El trazado de la LTE consideró un diseño paralelo a la ruta 115 - CH, que es otro elemento lineal de carácter antrópico, con el fin de aminorar el impacto de incorporar elementos discordantes con el paisaje actual en zonas de valor paisajístico. • Se generará como compensación, el diseño de ingeniería conceptual, básica y de detalle de cinco miradores turísticos, área de estacionamientos, pasarelas de acceso universal y una terraza mirador, todas instalaciones del proyecto “Senderos Saltos del Maule”.

• El titular entregará acceso a fibra óptica, la cual será habilitada sobre todo el trazado de la LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa y quedará disponible desde el inicio de la operación de la línea para que empresas desarrollen servicios de telefonía fija o móvil. El titular ha entregado los antecedentes técnicos de la instalación y conexión a la fibra óptica y en la tabla N°7.3.- se señalan los puntos de conexión que serán habilitados. El titular avisará oportunamente a la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, al Gobierno Regional y al Servicio de Evaluación Ambiental la implementación y operatividad del tendido de cable de fibra óptica OPGW perteneciente a la línea de transmisión C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa. Vegetación y flora terrestre Impacto ambiental negativo Medidas de mitigación Medidas de reparación o compensación Corta de 46,1 ha de bosque nativo debido a la habilitación de franja de servidumbre y las huellas de acceso.

• Endesa Chile supervisará por medio de su ITO que la corta de vegetación se realice exclusivamente en las zonas delimitadas para ello (marcadas con estacas de madera y cintas de color), dentro de la franja de servidumbre de la línea. Como este seguimiento será permanente, se evitarán cortas erróneas en sectores que no afecten la seguridad de la línea (e.j. quebradas y depresiones) o cortas que no hayan sido autorizadas previamente por la Autoridad Forestal

• Para controlar la corta de especies nativas, no se intervendrá la vegetación presente en quebradas, taludes pronunciados y las que se encuentren lejos de los conductores

• En la franja de servidumbre no se cortarán las especies nativas de hábito arbustivo que su altura en estado adulto no superen la altura establecida por la normativa eléctrica en orden a mantener una diferencia de altura libre de 4 metros entre los conductores y la copa de la vegetación. Esta medida permitirá la regeneración de especies nativas a través de monte bajo y, por consiguiente, mantendrá la existencia de una cobertura vegetal que contribuirá a evitar los deslizamientos de tierra y a controlar posibles procesos erosivos en laderas con pendiente pronunciada

• Se capacitará al principio de la etapa de construcción y a cada trabajador que se incorpore a las obras, respecto a las El titular ha entregado los antecedentes para comprobar el cumplimiento de la compensación establecida en el D.L. 701 en la Tabla N°12.2 de esta RCA. Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 16 de 43 Tabla 7.1 Plan de medidas de mitigación, reparación o compensación para el proyecto “LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa nociones básicas de medio ambiente, la protección de la vegetación y fauna, las especies protegidas, etc. En esta instrucción se enfatizará respecto a la prohibición de cortar vegetación nativa, hacer fogatas, cazar, destruir nidos, mantener mascotas e ingresar a lugares ajenos a la zona de obras. Además, la labor de corta de vegetación en el tramo será supervisada por la Inspección Técnica de Obras (ITO) y el Encargado Ambiental de Endesa Chile. Se llevará un registro de asistencia firmado

• Se mantendrá un registro fotográfico previo y durante la intervención (cada tres meses) en la vegetación, con el fin de documentar las medidas propuestas en informes anuales. Fauna terrestre Impacto ambiental negativo Medidas de mitigación Medidas de reparación o compensación Modificación de hábitat de especies de baja movilidad por disminución de la cobertura vegetal producto de la habilitación de la franja de servidumbre y las huellas de acceso. • Se capacitará al principio de la etapa de construcción y a cada trabajador que se incorpore a las obras, respecto a las nociones básicas de medio ambiente, la protección de la vegetación y fauna, las especies protegidas, etc. En esta instrucción se enfatizará respecto a la prohibición de cortar vegetación, hacer fogatas, cazar, destruir nidos, mantener mascotas e ingresar a lugares ajenos a la zona de obras. Se llevará un registro de asistencia firmado. Modificación de hábitat de especies de avifauna por la presencia permanente de torres y conductores que implica riesgo de colisión y electrocución para las aves. • Como medida de mitigación del factor de riesgo de colisión dispondrá espirales de vuelo y balizas aeronáuticas a fin de hacer más visible el cableado y evitar la colisión de aves en los sectores de mayor riesgo, resumen completo de los vértices y las estructuras donde se instalarán medidas para disminuir el riesgo de colisión. El listado de la ubicación de los espirales y balizas se encuentra en la Tabla Nº 7.2 de esta Resolución de Calificación Ambiental.

• Como medida de mitigación del factor de riesgo de electrocución, considerando las observaciones de terreno más los datos de los habitantes del lugar, los cóndores sólo bajarían al valle en caso de haber algún animal muerto, para lo cual el Titular efectuará recorridos periódicos en los sectores donde se encuentre ganado cercano a la línea, para detectar en forma temprana la presencia de animales muertos, los que serán removidos por personal de Endesa, previa comunicación con los propietarios del animal hacia sectores alejados de la línea eléctrica o bien enterrarlos.

• El Titular realizará monitoreos bimensuales durante los tres primeros años de funcionamiento de la línea eléctrica lo que permitirá evaluar si existen otras zonas de riesgo de colisión que no hayan sido determinadas anteriormente u otros factores de riesgo no identificados. En caso de ocurrir esto último, el Titular se pondrá en contacto con la autoridad pertinente Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 17 de 43 Tabla 7.1 Plan de medidas de mitigación, reparación o compensación para el proyecto “LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa (Servicio Agrícola y Ganadero Región del Maule) y se determinará en conjunto las medidas que se adoptarán de modo de disminuir o eliminar los factores de riesgo.

• El titular presentara previo al inicio de obras, de un plan de contingencia para especies de aves que colisionen pese a las medidas y dispositivos planteados en el tendido para minimizar y evitar el impacto, dicho plan de contingencia será acordado con el Servicio Agrícola y Ganadero y copia de el será enviado a la instancia que le corresponda el seguimiento de las iniciativas calificadas con RCA favorable. Incremento temporal del nivel de ruido local debido a las actividades de construcción del proyecto. Considerando que las actividades de construcción del proyecto emiten ruido, se tomarán las siguientes medidas para evitar una mayor significancia:

• Se instalarán barreras acústicas móviles en los sectores cercanos a la población. Se realizarán monitoreos mensuales para evaluar la efectividad de la medida y se entregarán informes semestrales.

• El personal contará con protecciones auditivas para realizar los trabajos que generen ruidos molestos, es decir, ruidos estables o fluctuantes superiores a un nivel de presión sonora continuo equivalente de 85 dB (A) lento, para una jornada de ocho horas diarias. En el Libro de Obra se llevará el registro del cumplimiento de esta medida. Aire Impacto ambiental negativo Medidas de mitigación Medidas de reparación o compensación Aumento temporal de emisiones de polvo en suspensión y de gases de combustión producto del movimiento de tierra y del transporte de personal, materiales e insumos y la utilización de vehículos y maquinarias. • Para evitar las emisiones de polvo en suspensión, la ejecución de los movimientos de tierra y excavaciones en los frentes de trabajo se realizará humedeciendo previamente la superficie del suelo. En el Libro de Obra se llevará el registro del cumplimiento de esta medida

• Se humectarán periódicamente las rutas de desplazamiento y circulación de los vehículos, máquinas y equipos que no estén pavimentadas, tales como la ruta L-391, camino Bocatoma Maule – Pehuenche y ruta Curillinque – Los Cipreses (37,5 km en total).

• En el Libro de Obra se llevará el registro del cumplimiento de esta medida.

• La humectación de terrenos será realizada en época estival y en ausencia de precipitaciones. La superficie a humectar será de 45,5 ha, correspondiente a 23 ha, de huellas de acceso (66,3 km x 3,5 m de ancho) y 22,5 ha, de los caminos existentes no pavimentados (37,5 km x 6 m de ancho).

• El transporte de arena, ripio, tierra u otros materiales similares por caminos públicos, se realizará en vehículos con carga cubierta, manteniendo un nivel de carga de material hasta 10 cm más abajo del borde de la tolva. Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 18 de 43 Tabla 7.1 Plan de medidas de mitigación, reparación o compensación para el proyecto “LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa En el Libro de Obra se llevará el registro del cumplimiento de esta medida

• Todos los vehículos motorizados pesados y livianos serán sometidos a mantenciones periódicas y cumplirán con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, fiscalizadas a través del Certificado de Revisión Técnica.

A continuación se señala la ubicación de las medidas destinadas a reducir el riesgo de colisión de aves con la estructura de la LTE.

7.2.- Tramos donde se instalará estructuras para disminuir el riesgo de colisión Tramo de Vértice Vano de Torres Cruce Medida adoptada Vértice 13 y 14 Torres Nº 39 – Nº 40 río Maule Balizas aeronáuticas + desv. vuelo Vértice 16 y 17 Torres Nº 43 – Nº 44 río Maule Balizas aeronáuticas + desv. vuelo Vértice 18 y 19 Torres Nº 52 – Nº 53 estero Los Toros Desviadores de vuelo Vértice 22 y 23 Torres Nº 71 – Nº 72 quebrada La Mina Desviadores de vuelo Vértice 25 y 26 Torres Nº 83 – Nº 84 río Maule Balizas aeronáuticas + desv. vuelo Vértices 28 y 29 Torres Nº 88 – Nº 89 río Maule Balizas aeronáuticas + desv. vuelo Vértice 33A y 34B Torres Nº 111 – Nº 112 río Maule Balizas aeronáuticas + desv. vuelo Vértice 34 y 35 Torres Nº 115 – Nº 116 río Maule Balizas aeronáuticas + desv. vuelo Vértice 48 y 49 Torres Nº 143 – Nº 144 río Maule Balizas aeronáuticas + desv. vuelo Vértice 56A y 56B Torres Nº 185 – Nº 186 río Melado Balizas aeronáuticas + desv. vuelo Vértice 58 y 60 Torres Nº 188 – Nº 189 río Melado Balizas aeronáuticas + desv. vuelo Vértice 67 y 68 Torres Nº 223 – Nº 224 quebrada El Calabozo Desviadores de vuelo Vértice 68 y 69, Torres Nº 228 – Nº 229 quebrada Los Boldos Desviadores de vuelo Vértices 72 y 73, Torres Nº 258 – Nº 259 Estero Las Lojas Desviadores de vuelo Vértices 73 y 74, Torres Nº 269 – Nº 273 valle y dos quebradas Desviadores de vuelo Vértices 75 y 76, Torres Nº 287 – Nº 288 quebrada Las Lajas Desviadores de vuelo

A continuación se señala la ubicación de los puntos de arranque para una futura conexión al sistema óptico del proyecto, por parte de empresas de telecomunicaciones.

7.3.- Puntos de arranque a sistema óptico OPWG del proyecto LTE C.H Los Cóndores – S/E Ancoa

Coordenadas geográficas Punto de interés Latitud Longitud Arranque Central Los Cóndores 35°55'2.97"S 70°37'48.36"O Arranque El Médano 35°49'33.45"S 70°45'44.74"O Arranque Quebrada La Mina 35°49'40.36"S 70°47'52.17"O Arranque Los Alamos 35°48'38.84"S 70°49'50.37"O Arranque Armerillo 35°42'35.47"S 71° 4'54.15"O Arranque La Guardia 35°42'28.81"S 71°15'41.31"O Arranque Los Boldos 35°41'24.40"S 71°22'16.29"O

Desde cada uno de los puntos de arranque señalados en la Tabla 7.3.- descenderá el tendido de cable óptico OPGW hasta un cabezal óptico donde quedarán disponibles las dos (2) fibras ópticas que serán proporcionadas por el titular a las compañías de telecomunicaciones.

7.1.- Medidas de prevención de riesgos y control de accidentes

7.1.1.- Aspectos generales de seguridad y prevención de riesgos

Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 19 de 43 Endesa Chile supervisará permanentemente que todas las obras, instalaciones y actividades de la etapa de construcción se realicen de forma segura y minimizando los riesgos, por lo que incluirá cláusulas contractuales que permitan asegurar el cumplimiento, por parte de los contratistas a cargo de las obras, de las normas legales y reglamentarias aplicables a la seguridad laboral.

Entre las medidas de control y de prevención de riesgos que se contemplan, sin que lo siguiente signifique que Endesa Chile delegue su responsabilidad como Titular del proyecto, el Contratista deberá, entre otros aspectos:

• Elaborar un Programa de Seguridad, Planes de Emergencias, Plan de Respuestas ante Contingencias y mantener permanentemente un experto en prevención de riesgos en las faenas, quien se encargará de hacer cumplir las normas de seguridad y los procedimientos previstos en caso de accidente;

• Establecer en su instalación de faenas un sistema de transporte de emergencia expedito, mediante el cual se movilice a eventuales accidentados desde los frentes de trabajo hacia los centros de salud más adecuados en relación a la gravedad del accidente;

• Proveer a los trabajadores todos los elementos de seguridad adecuados, tales como casco, zapatos y botas de seguridad, guantes de cuero o neopreno, trajes de agua, protecciones oculares y auditivas, arneses y correas para los trabajos de altura, etc.; y exigir su uso.

• Mantener en su base un libro de control y análisis de accidentes.

Además del experto en prevención de riesgos del Contratista, Endesa Chile realizará sus propias inspecciones periódicas a las faenas con personal interno experto en estas materias. Adicionalmente, se realizarán inducciones y charlas periódicas sobre seguridad laboral a todos los trabajadores de las obras, las que serán supervisadas por expertos de instituciones mutualistas tales como la Asociación Chilena de Seguridad, la Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción o el Instituto de Seguridad del Trabajo.

Un aspecto relevante para la ejecución del proyecto, principalmente durante la etapa de construcción, es la prevención y manejo del virus Hanta. Para esto, Endesa Chile exigirá que el Contratista efectúe un control de plagas de roedores en sus instalaciones de faenas, a través de una empresa autorizada sanitariamente. Además, deberá tomar las medidas consideradas en los instructivos y sugerencia dictadas por el Ministerio de Salud, particularmente lo señalado en los establecimientos de salud pública cercana a las obras.

Como normas básicas para la protección de los trabajadores frente a esta enfermedad, será obligatorio que en las faenas de roce y despeje de vegetación se utilicen implementos de protección adecuados, tales como mascarillas, guantes y overoles de trabajo.

7.1.2.- Comunicación de una contingencia

Ante cualquier emergencia que se presente se actuará de inmediato aplicando lo establecido en los planes de respuesta ante contingencias, sin importar la magnitud o clasificación de dicho evento.

Además, Endesa Chile posee una norma de “Comunicación de contingencias en la explotación y en la construcción de proyectos” (Norma Operativa N.15), cuyo objetivo es establecer los mecanismos y las responsabilidades comunicacionales en los casos de accidentes graves que afecten la explotación de centrales o la construcción de proyectos. En esta norma se establecen las líneas de comunicación en casos de contingencias que afecten a las personas, a bienes propios o de terceros al medio ambiente, y será de cumplimiento obligatorio durante todas las etapas del proyecto LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa.

7.2.- Plan de prevención de riesgos y control de accidentes

Con la finalidad de prevenir eventuales situaciones de riesgo, el proyecto contempla implementar las siguientes medidas de prevención y la planificación de medidas de control, las cuales se detallan en la siguiente tabla:

Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 20 de 43 Tabla 7.4.- Medidas de prevención de riesgos y control de accidentes para el proyecto “LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa” Tipo de riesgo Obra o actividad involucrada Medida de prevención Medida de control de accidentes Activación y desarrollo de procesos erosivos Habilitación de la franja de servidumbre, huellas de acceso frentes móviles y montaje de las estructuras Para evitar que se activen procesos erosivos en el suelo producto del despeje de la vegetación, se tomarán las siguientes consideraciones:  En las zonas donde exista matorral arbustivo, se conservará la vegetación en el sector de la franja de servidumbre, y sólo será despejada en el sector donde se habiliten los frentes móviles, las huellas de acceso y el área de las estructuras;  No serán destroncados los árboles situados en laderas de cerros, orillas de canales, suelos erosionables y otros lugares que específicamente indique el Jefe de la ITO. Estos árboles se cortarán a una altura de 0,5 m;  Las excavaciones generadas por el destronque de árboles en las plantaciones forestales, serán rellenados;  Se realizarán sólo los movimientos de tierra indispensables para establecer las fundaciones de las estructuras, a fin de respetar las características propias del terreno y su pendiente;  Se acomodarán las torres a la topografía del sector de emplazamiento, a fin de reducir la extracción de suelo y cobertura vegetal al mínimo; y Para disminuir los movimientos de tierra, la capa de suelo y la probabilidad de ocurrencia de procesos erosivos, se minimizará la corta de vegetación y se adaptarán las torres a las geoformas del lugar donde se emplazan, utilizando distintos largos de patas de las estructuras. En el apartado 8.4.- de este ICE se entregan antecedentes complementarios respecto a la prevención de procesos erosivos y remoción en masa. Deslizamiento de taludes en quebradas Estructuras de anclaje y suspensión de la LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa durante la etapa de operación Producto de lluvias intensas y activación de procesos erosivos en quebradas, puede generarse deslizamiento de taludes en los sectores que serán emplazadas las estructuras. Por lo anterior, en sectores de depresiones o quebradas (algunos de ellos asociados a cursos de agua) no se realizará una corta generalizada de la vegetación, sino sólo una corta selectiva de aquellos árboles que, a pesar de estar en estos sectores, representen un obstáculo para el proyecto. Debido a que se implementarán medidas de prevención contra el deslizamiento de taludes en estos sectores, no debería generarse deslizamiento. Sin perjuicio de lo anterior, durante la etapa de mantenimiento preventivo y correctivo de la LTE se inspeccionarán estos sectores con el objetivo de visualizar posibles procesos erosivos. Si se constatara el inicio de deslizamientos, se plantarán arbustos o vegetación herbácea para frenar estos procesos. Sísmico Estructuras de anclaje y suspensión de la LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa durante la etapa de construcción y operación.

El diseño y construcción de las estructuras de anclaje y suspensión de la línea tomarán en cuenta las consideraciones necesarias para resistir movimientos telúricos según la Norma ETG 1.020 (Diseño sísmico) de Endesa Chile, basada en la NCh 433 Of96.

En caso de daño por sismos, se tomarán las siguientes medidas:  Detener la transmisión de energía eléctrica;  Inspeccionar e identificar las estructuras dañadas; y  Reparar o reemplazar las estructuras dañadas.

Incendios forestales

Habilitación de franja de servidumbre, habilitación de huellas de acceso y despeje de base de las torres durante la etapa de construcción. El personal de la empresa Contratista será instruido a cerca de los riesgos que implica esta faena. Además, se tomarán las siguientes medidas:  El personal estará instruido de cómo realizar el manejo de los desechos vegetales, los que se apilarán y ordenarán en fajas;  El personal será instruido sobre las nociones teóricas básicas con respecto al comportamiento del fuego y los métodos de combate de incendios forestales; En caso de ocurrir un incendio, se tomarán las siguientes medidas:

 El personal que se encuentre más cerca del siniestro avisará de inmediato al jefe de la cuadrilla. Éste se comunicará de inmediato con la CONAF de la oficina provincial de Talca, informando la superficie y magnitud del incendio de modo de que se tomen las consideraciones necesarias y las decisiones más apropiadas; Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 21 de 43 Tabla 7.4.- Medidas de prevención de riesgos y control de accidentes para el proyecto “LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa” Tipo de riesgo Obra o actividad involucrada Medida de prevención Medida de control de accidentes Habilitación de franja de servidumbre, habilitación de huellas de acceso y despeje de base de las torres durante la etapa de construcción.  Los operarios no fumarán ni encenderán fogatas durante las faenas de corta en los lugares con vegetación aledaña o que posean concentraciones significativas de combustibles vegetales en condiciones de ignición;  En las faenas se dispondrá de teléfono celular y equipos de radio, a fin de estar comunicado con los distintos frentes de trabajo y poder informar oportunamente cualquier emergencia que se pudiese producir durante las faenas;  El jefe de la ITO realizará un control periódico de las acciones y condiciones de riesgo en las faenas;  El jefe de la ITO estará a cargo de la supervisión del cumplimiento del plan de contingencia ante incendios forestales, el cual será elaborado por el Contratista;  El personal que trabaje en el despeje de la vegetación contará con herramientas básicas para el combate inicial de un incendio, tales como chicotes cortafuegos, hachas, rastrillos, palas y mochila extintora;  La recarga de combustible en los equipos y motosierras se realizarán en lugares seguros y aislados. En caso que no existiera, se despejará un área de a lo menos dos metros cuadrados, con la precaución de no derramar combustible. El despeje de pastizales se realizará mediante rozamiento con herramientas cortantes;  El jefe de la ITO contará con una lista de nombres y teléfonos de quienes llamar en caso de emergencia;  En las instalaciones en los frentes de faenas se identificarán los potenciales agentes generadores de incendio, minimizando su utilización y empleando paneles informativos en los frentes de trabajo;  Se utilizarán motosierras corta chispas en las actividades de corta de vegetación; y  Los troncos y desechos vegetales serán retirados del área.  Se construirán líneas de control para combatir el siniestro en forma inmediata por el personal disponible más cercano al lugar del incendio;  El personal será capacitado en el control inicial de incendios. Sin embargo, si éste supera notablemente una condición inicial, el personal será debidamente evacuado. La primera prioridad del jefe de cuadrilla serán las personas y posteriormente el incendio, alertando y dando instrucciones al personal para que se mantenga atento; y  En caso de requerirlo, se dispondrá de equipos de combate inicial de fuego, los cuales se trasladarán en vehículos para ser usados en caso de emergencia. Incendio en las instalaciones de faenas Instalación de la base temporal desde donde operará el Contratista durante la etapa de construcción.  En las instalaciones de faenas se dispondrán extintores en cantidad suficiente según lo establecido por el D.S. Nº 594 del MINSAL, para controlar y, en lo posible, apagar un incendio en su etapa inicial. Se instruirá al personal que labore en las instalaciones respecto del uso adecuado de los extintores; y  Endesa Chile prohibirá a sus trabajadores y Contratistas fumar o hacer fuego en los frentes de trabajo. Adicionalmente, instalará letreros alusivos a dichas restricciones en las instalaciones de los frentes de faenas y comunicará esta restricción en las charlas previo al desarrollo de alguna actividad. En caso de producirse un foco de incendio de cualquier tamaño o naturaleza, se tomarán las siguientes medidas:

 Se procederá de inmediato a combatir el incendio y se dará aviso a bomberos y a Carabineros;  Si es pertinente, se dispondrá la evacuación de todo el personal que labore en la instalación de faenas siniestrada;  Se colaborará en la investigación que realice bomberos, de modo que se establezca la(s) causa(s) del siniestro y se implementen las medidas de prevención correspondientes; y  Se limpiará la zona de incendios de los residuos que queden.

Accidentes laborales Construcción, operación y cierre del proyecto.  Durante la etapa de construcción y cierre del proyecto, el Contratista mantendrá un experto en prevención de riesgos que realizará capacitaciones periódicas a los trabajadores, acerca de los riesgos asociados a su trabajo y la forma de minimizarlos y evitarlos.

En caso que ocurra un accidente laboral en la etapa de construcción, o en la etapa de cierre y abandono, se aplicará el plan diseñado por el especialista en prevención de riesgos, el cual contemplará, como mínimo:  Otorgar los primeros auxilios a las personas accidentadas en los sitios habilitados para este Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 22 de 43 Tabla 7.4.- Medidas de prevención de riesgos y control de accidentes para el proyecto “LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa” Tipo de riesgo Obra o actividad involucrada Medida de prevención Medida de control de accidentes  Este profesional será el responsable además de desarrollar y mantener un Programa de Seguridad y Planes de Emergencia para distintos tipos de accidentes laborales.

 Por su parte, Endesa Chile controlará periódicamente todas las obras, instalaciones y actividades de las etapas de construcción y eventual cierre y abandono del proyecto.

 Además, en todas las etapas del proyecto, Endesa Chile exigirá en los contratos de los servicios incluyan y cumplan las cláusulas que estipulen la obligatoriedad de respetar y ceñirse a las normas legales y reglamentarias aplicables sobre seguridad laboral.

fin en cada instalación de los frentes de faenas;  Disponer de un sistema de transporte expedito desde los sitios de trabajo hasta el centro asistencial más cercano al lugar del accidente;  Mantener un sistema de radio comunicaciones entre los frentes de trabajo y las instalaciones de faenas, de forma de coordinar eficazmente la respuesta ante un accidente laboral; y  Realizar una investigación para determinar las causas del accidente. Para esto, en las instalaciones de faenas se dispondrá un libro de control de accidentes que será mantenido por el experto en prevención de riesgos del Contratista y revisado periódicamente por personal de la ITO de Endesa Chile. En la etapa de operación, Endesa Chile cumplirá con las normas de seguridad ocupacional vigente para sus instalaciones. Accidentes de tránsito Flujo de vehículos asociado a la construcción, operación y cierre del proyecto (e.g. transporte de personal a sitios de faenas, transporte de equipos, insumos y materiales, etc.).  Los conductores que participen del proyecto deberán acreditar su calificación, por lo que se exigirá la licencia adecuada dependiendo del tipo de vehículo a usar;  Se elaborará un registro del personal autorizado para vehículos en el proyecto y la fecha de renovación de su licencia, el cual será verificado y controlado permanentemente por el experto en prevención de riesgos del Contratista y la ITO de Endesa Chile. Además, el Contratista deberá realizar un curso de manejo defensivo para todos los conductores registrados en las obras del proyecto; y  Se instalará señalética de tránsito en los lugares que lo requieran (e.g. sitios de entrada y salida de camiones, desvíos, etc.), lo cual será presentado para consideración de la Dirección de Vialidad antes de su instalación.

En caso de ocurrencia de un accidente de tránsito, se realizarán las siguientes acciones:  Se informará a Carabineros de la ocurrencia del accidente y según la gravedad de éste, se dará aviso a bomberos o a centros médicos;  Si corresponde, trasladar a los accidentados a los centros de atención médica pertinentes;  Si el accidente ocasiona el bloqueo de la ruta, se dispondrá de los equipos y la maquinaria necesaria para realizar su despeje en el menor tiempo posible, una vez que la autoridad responsable lo autorice; y  Se registrará el accidente, analizará sus causas e implementarán las medidas necesarias para evitar su ocurrencia nuevamente.

Contaminación por derrame de insumos, materiales o sustancias contaminantes Las obras y actividades del proyecto (e.g. transporte y almacenaje de materiales y residuos).  Los residuos peligrosos serán manipulados separadamente de los residuos domésticos e industriales no peligrosos y serán dispuestos en contenedores con tapa y rotulados.  Estos residuos serán almacenados en las Bodegas de Acopio Temporal (BAT) de residuos sólidos peligrosos. Esta instalación, así como la empresa que realice el tratamiento y traslado de estos residuos a un sitio de disposición final, será autorizado por la SEREMI de Salud de la Región del Maule.  Los camiones que trasladen los materiales y desechos peligrosos desde los frentes de trabajo a las instalaciones de faenas, serán habilitados especialmente para prevenir los derrames y llevarán distintivos para la identificación de los riesgos asociados a su trasporte. La disposición final de los residuos peligrosos se realizará con empresas autorizadas por el Seremi de Salud respectivo.  En caso de ocurrencia de un derrame de sustancias peligrosas, se procederá a dar aviso al jefe de la ITO para poner en acción el plan de contingencia respectivo; y  Se contendrá el derrame y se recolectará rápidamente la capa de suelo contaminado, depositándola en tambores con tapa rotulados. Estos residuos serán acopiados temporalmente en la BAT y traslados por una empresa especializada a un sitio de disposición final.

Eventual alteración de sitios arqueológicos no detectados en la inspección visual superficial Excavación de las fundaciones para las estructuras  El personal que trabaje en las etapas de construcción del proyecto será instruido, mediante charlas, sobre las acciones a seguir ante un eventual hallazgo de elementos o lugares pertenecientes al patrimonio cultural. En caso de hallazgo de elementos o lugares pertenecientes al patrimonio cultural se tomarán las siguientes medidas:  Se paralizarán las obras en el sector del hallazgo;  Se dará aviso al Consejo de Monumentos Nacionales y a Carabineros; y  En caso que el Consejo de Monumentos Nacionales resuelva que se debe rescatar el sitio Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 23 de 43 Tabla 7.4.- Medidas de prevención de riesgos y control de accidentes para el proyecto “LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa” Tipo de riesgo Obra o actividad involucrada Medida de prevención Medida de control de accidentes y autorice las faenas, se procederá a realizar el correspondiente rescate arqueológico. Eventual intervención de sitios arqueológicos detectados en la línea de base. Habilitación de la franja de servidumbre Para proteger los seis sitios arqueológicos detectados en la línea de base del proyecto, se tomarán las siguientes medidas:  Se delimitará un área de protección de 50 m a su alrededor, de modo que durante la etapa de construcción del proyecto, no se depositen materiales de construcción a una distancia menor;  Se instalarán letreros que protejan los sitios arqueológicos, los que serán retirados una vez que concluya la etapa de construcción del proyecto;  Se realizarán charlas de capacitación acerca de la relevancia del patrimonio arqueológico de la zona a los trabajadores; y  Se impedirá el acceso a los sitios arqueológicos mediante la instalación de un cerco temporal en su perímetro, el que será retirado una vez que concluyan las labores de la etapa de construcción. En caso de ocurrir daño a un sitio arqueológico detectado previamente se efectuarán las siguientes medidas:  Se paralizarán las obras en el sector del daño;  Se dará aviso al Consejo de Monumentos Nacionales y a Carabineros;  Se presentará un plan de reparación al Consejo de Monumentos Nacionales para su aprobación; y  Se procederá a ejecutar el plan de reparación aprobado. Eventual alteración de sitios pertenecientes al patrimonio cultural: cementerio de la comunidad, sitio de procesión y culto a la virgen María y dos animitas. Habilitación de la franja de servidumbre Para proteger un cementerio de la comunidad y un sitio de procesión y culto a la Virgen María, se tomarán las siguientes medidas:  Se delimitará un área de protección de 50 m a su alrededor, de modo que durante la etapa de construcción del proyecto, no se depositen materiales de construcción a una distancia menor;  Se instalarán letreros que protejan los sitios pertenecientes al patrimonio cultural, los que serán retirados una vez que concluya la etapa de construcción del proyecto;  Se realizarán charlas de capacitación acerca de la relevancia del patrimonio cultural de la zona a los trabajadores; y  Se impedirá el acceso a los sitios mediante la instalación de un cerco temporal en su perímetro, el que será retirado una vez que concluyan las labores de la etapa de construcción del proyecto. En caso de ocurrir daño a un sitio del patrimonio cultural se efectuarán las siguientes medidas:  Se paralizarán las obras en el sector del daño;  Se dará aviso al Consejo de Monumentos Nacionales y a Carabineros;  Se presentará un plan de reparación al Consejo de Monumentos Nacionales para su aprobación; y  Se procederá a ejecutar el plan de reparación aprobado. Introducción de plagas cuarentenarias en embalajes provenientes del exterior Adquisición y traslado a terreno de equipos, de conductores, partes y piezas importadas que vienen en embalajes de madera. Sólo se adquirirán insumos que acrediten haber sido tratados en su país de origen según los estándares contemplados en la normativa chilena (Resolución N° 133/05 modificada por la Resolución Exenta N° 2.859/07, ambas del SAG), con el fin de eliminar cualquier presencia de insectos u otros organismos vivos.

Además, toda carga proveniente del exterior en embalajes de madera será inspeccionada por el SAG antes de arribar a las bases de operación del Contratista. En el caso que se detecte la presencia accidental de corteza, de daños producidos por insectos o de plagas cuarentenarias en los medios de transporte, partidas o embalajes de madera provenientes del extranjero, se dará aviso inmediato al SAG. A partir de la evaluación que realice este organismo se tomarán las medidas más eficientes y oportunas para solucionar la contingencia, lo que puede incluir la destrucción inmediata de los embalajes, su incineración, fumigación, etc. Colisión de avifauna con la línea de transmisión eléctrica. Transmisión eléctrica durante la fase de operación. En zonas donde la línea de alta tensión cruce un cuerpo de agua se incluirá como elemento de diseño, un cable de guardia con señuelos de seguridad para tráfico aéreo. Esto permitirá hacer más visible el cable de guardia y como consecuencia disminuir el riesgo de colisión de aves con la línea. En caso de registrarse muertes de aves por colisión con los conductores se efectuará un estudio para mejorar el diseño de los señuelos.

Accidentes eléctricos Mantenimiento de la línea de transmisión eléctrica durante El personal efectuará trabajos en redes preferentemente desenergizadas y la desconexión será claramente visible y señalizada. La zona desenergizada estará conectada a tierra mediante las Si ocurre un accidente y un trabajador resulta electrocutado, se dará atención de primeros auxilios en el área del accidente. Posteriormente, se trasladará al herido hasta el centro asistencial más Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 24 de 43 Tabla 7.4.- Medidas de prevención de riesgos y control de accidentes para el proyecto “LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa” Tipo de riesgo Obra o actividad involucrada Medida de prevención Medida de control de accidentes la fase de operación. respectivas tierras de trabajo, con elementos que aseguren una conexión confiable y visible. La empresa mantendrá en buen estado las líneas aéreas, los soportes y las conexiones a tierra, realizando revisiones periódicas, y dejando constancia de estas revisiones. Las instalaciones en que sea posible entrar en contacto con partes con tensión, serán diseñadas y construidas de modo que ellas sean inaccesibles a personas ajenas a la empresa o sus Contratistas, y no puedan ser alcanzadas sin el empleo de medios especiales. En las torres se instalará señalética de peligro por alta tensión. Esas inscripciones se fijarán sólidamente en caracteres claros e indelebles y serán colocadas en cada torre a una altura que sea legible y difícil deteriorarlas. cercano al accidente. Además, se dará el aviso a la mutual que corresponda y se registrará e investigará el accidente.

7.3.- Plan de Acción ante la detección de aves heridas por colisión

El plan de acción considera: capacitación del personal, protocolo de emergencia y registro de incidentes.

7.3.1.- Capacitación del personal

Previo al inicio de las labores en terreno, todo el personal contratado o subcontratado recibirá una charla de capacitación de materias medio ambientales. Cada vez que se incorpore nuevo personal, éste deberá recibir dicha charla, ya que será de carácter obligatorio. Dentro de los temas a tratar será el accionar en caso de encontrar un ave herida o muerta en las cercanías al proyecto, que presumiblemente la causa de su accidente haya sido alguna obra o actividad del mismo.

Esta capacitación también se realizará a los operarios que trabajarán en el proyecto una vez que la línea eléctrica entre en operación.

7.3.2.- Protocolo de emergencia

Durante la etapa de construcción del proyecto, en caso de que ocurra un incidente (detección de un animal herido) el trabajador dará aviso de forma inmediata al inspector ambiental del contratista y éste a su vez al ITO (Inspector Técnico en Obra) de Endesa Chile, quien comunicará el hecho al Encargado Regional de Vida Silvestre del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) para definir en conjunto los pasos a seguir, dependiendo de la especie y de su condición.

En caso de que el incidente ocurra durante la etapa de operación, el trabajador que detecte al animal herido o muerto, deberá llenar una ficha de registro y dar aviso al gestor ambiental del proyecto, el que se comunicará con el Encargado Regional de Vida Silvestre del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), para definir en conjunto los pasos a seguir, dependiendo de la especie y de su condición.

En caso de definir la captura y el traslado del animal a un centro de rehabilitación de animales heridos, podrá ser efectuada por personal de Endesa Chile siempre y cuando el SAG Regional así lo solicite. Para ello, en las instalaciones de Endesa Chile de la cuenca del Maule (Campamento Los Cipreses y Campamento Pehuenche) se dispondrá de jaulas de transporte y de personal capacitado que sabrá realizar esta tarea sin comprometer la seguridad tanto del animal, como del personal de Endesa Chile. En caso contrario, será personal del SAG quién realice el rescate y lo traslade al centro de rehabilitación que estime conveniente. Como referencia, los centros de rehabilitación de fauna inscritos en los registros del SAG, más cercanos al proyecto son:

• Centro de Rehabilitación “Casa de Noe” de propiedad de don Juan Calos Muñoz Escobar, ubicado en Camino San Antonio 44, Fundo Los Alerces, Linares; pronto a trasladarse al ex aeródromo de Linares;

Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 25 de 43 • Centro de Rehabilitación de pudúes, propiedad del Sr. Hugo Eduardo Vial Álvarez, ubicado en la parcela el Maitén, los lagartos de Teno, Comuna de Teno; y

• Centro de Rehabilitación de fauna, propiedad del Sr. Francisco Gillmore, ubicado en camino a Constitución, Villa Tabón Tinaja, comuna de San Javier.

Independiente de lo anterior, Endesa Chile ha firmado un convenio de patrocinio con el Centro de Rehabilitación “Casa de Noé” por lo que la recomendación es, derivar cualquier animal afectado por obras de Endesa Chile en la cuenca del Maule a este centro para la rehabilitación de animales.

Endesa Chile se hará cargo de los gastos derivados de la atención veterinaria y mantención de los animales hasta su liberación.

El lugar y el momento de reinserción de los animales rehabilitados serán determinados por los especialistas del SAG Regional. Para esta actividad, Endesa Chile se compromete a proveer transporte y ofrece su predio La Escuadra de la Central Los Cipreses, de 2.316 ha de superficie bien conservadas, con acceso controlado y donde está prohibida la pesca y la caza.

7.3.3.- Registro de los incidentes

Toda vez que ocurra un incidente se llenará una ficha, la cual permitirá tener un registro del número de individuos afectados, lugar del accidente y posibles causas del hecho. Esta ficha será enviada posteriormente al encargado regional de Vida Silvestre del SAG para su registro institucional.

7.4.- Prevención del riesgo de remoción en masa

Como resultado del análisis de cada variable clave en el área de proyecto y sus debidas ponderaciones en función a sus recurrencias históricas, los valores de Susceptibilidad Total a procesos de remoción en masa (agregación de factores internos y externos) indican que el 37,62% de las estructuras se localizarían en áreas de baja susceptibilidad, el 52,48% en áreas de susceptibilidad media y el 9,9% en áreas de alta susceptibilidad o “puntos críticos”, los que en su mayoría corresponderían a una susceptibilidad por factores climáticos, más que sísmicos.

La Tabla 7.5.- presenta las estructuras localizadas en las zonas de susceptibilidad de remoción en masa media y alta, definidas para el área del proyecto LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa, y las medidas adoptadas en la ingeniería de construcción para las zonas con susceptibilidad media y alta a modo de evitar una mayor susceptibilidad de las mismas.

Tabla 7.5.- Estructuras localizadas en áreas susceptibilidad de remoción en masa Torres en zonas de susceptibilidad media Proceso de RM Medida adoptadas en la ingeniería de construcción del proyecto 3 – 6 – 7 - 8 - 10 – 12 – 13 -14 – 15 – 16 – 17 – 18 - 19-20 – 21 – 22 – 23 – 25 - 26-27 – 30 – 32 – 33 – 35 - 36-37 – 38 – 42 – 43 – 44 - 45-46 – 48 – 49 – 52 – 53 - 54-55 – 56 – 57 – 62 – 63 - 66-67 – 68 – 69 – 70 – 72 - 73-74 – 75 – 76 – 77 – 91 - 97-98 – 107 – 108 – 109 - 110-111 – 112 – 113 – 114 – 117 118 – 119 – 120 – 121 -124 126 – 128 – 129 – 130 -131 132 – 133 – 134 – 135 -136 137 – 138 – 139 – 140 -141 142 – 143 – 144 – 145 -146 149 – 150 – 152 – 153 -154 155 – 156 – 159 – 160 – 161 - 162 – 163 – 164 – 167 -171 - 173 – 175 – 176 – 177 -178 179 – 180 – 185 – 186 -188 189 – 196 – 197 – 198 – 202 203- 205 – 206 – 210 – 211 212 – 213 – 214 – 216 – 221 222 – 224 – 229 – 233 -234-239 – 242 - 243 – 244 – 245 251 – 259 - 261 – 262 – 264 Deslizamientos y flujos menores, arrolladas en surco y condiciones apropiadas para el desarrollo de formaciones superficiales y suelo. Uso de patas de distinto nivel para adaptar la torre a la pendiente del terreno natural, evitando construcción de plataformas.

Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 26 de 43 Tabla 7.5.- Estructuras localizadas en áreas susceptibilidad de remoción en masa Torres en zonas de susceptibilidad media Proceso de RM Medida adoptadas en la ingeniería de construcción del proyecto 265 - 267 - 273 – 274 – 277 280 - 283 - 285 – 287 - 292 Torres en zonas de susceptibilidad alta Proceso de RM Medida adoptadas en la ingeniería de construcción del proyecto 4 – 5 – 11 -28 – 29 - 47– 58 – 59 Caídas, colapsos, avalanchas, cárcavas. 1) Uso de patas de distinto nivel para adaptar la torre a la pendiente del terreno natural, evitando construcción de plataformas; 2) Utilización de métodos manuales para excavación de fundaciones, evitando uso de explosivos; 3) Utilización de helicópteros para el traslado de materiales de construcción y estructuras hacia el lugar de emplazamiento de las torres, evitando la construcción de caminos de acceso; y 4) Proteger cada una de las patas de la torre con muros de gaviones ubicados aguas arriba de la estructura, para evitar erosión por escurrimiento superficial de aguas lluvias. 116 - 151 – 157 - 169 – 170 - 181 – 182 – 187 – 191 – 192 – 193 - 208 – 209 - 215 – 217 – 218 – 219 – 220 – 240 - 241 Caídas, colapsos, cárcavas. 147 – 148 Deslizamientos, flujos en surcos.

8.- Plan de Seguimiento Ambiental Propuesto en el E.I.A. y sus Adendas

Este plan tiene por finalidad asegurar que las variables ambientales relevantes que dieron origen al Estudio de Impacto Ambiental (EIA), evolucionan según lo establecido en éste.

Tabla 8.1.- Plan de seguimiento de los elementos ambientales impactados por el proyecto LTE C.H. Los Cóndores - S/E Ancoa Elemento o componente ambiental Aire Impacto ambiental asociado Aumento temporal de emisiones de polvo en suspensión y de gases de combustión producto del movimiento de tierra, del transporte de personal, materiales e insumos, y la utilización de vehículos y maquinarias durante la etapa de construcción del proyecto. Medida motivo de seguimiento Humectación en período seco, del entorno de los frentes móviles y las rutas no pavimentadas de desplazamiento y circulación de los vehículos, máquinas y equipos. Ubicación de los puntos de control - Sitios de obras de los frentes de trabajo. - Ruta L-391, camino “Bocatoma Maule – Pehuenche” y ruta “Curillinque – Los Cipreses” (37,5 km en total). Parámetros a utilizar para caracterizar el estado o evolución del componente Presencia de polvo en suspensión. Niveles cuantitativos o límites permitidos o comprometidos Ausencia de polvo en suspensión a la inspección visual. En caso contrario se dejará registro en el Libro de Obra. Duración y frecuencia de medición En forma diaria durante la etapa de construcción. Método a utilizar o acciones de seguimiento El jefe de la ITO de Endesa Chile supervisará mediante observación directa la presencia de polvo en el aire, dejando registro en caso de incumplimiento. Plazo y frecuencia de entrega de informes Informe anual durante la etapa de construcción. Organismo competente SEREMI de Salud de la Región del Maule.

Tabla 8.2.- Plan de seguimiento de los elementos ambientales impactados por el proyecto LTE C.H. Los Cóndores - S/E Ancoa Elemento o componente ambiental Ruido Impacto ambiental asociado Incremento temporal del nivel de ruido local debido a las actividades de construcción del proyecto. Medida motivo de seguimiento Cumplir con no sobrepasar los límites máximos de ruido permitidos por la normativa ambiental aplicable. Ubicación de los puntos de control En los sectores donde las actividades de construcción se localicen cercanas a población local: Sector de Rincón de Patagua y Alto Colbún. Parámetros a utilizar para caracterizar el estado o evolución del componente Nivel de Presión Sonora Corregido (NPC). Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 27 de 43 Tabla 8.2.- Plan de seguimiento de los elementos ambientales impactados por el proyecto LTE C.H. Los Cóndores - S/E Ancoa Niveles cuantitativos o límites permitidos o comprometidos Los niveles de presión sonora corregidos en los puntos de monitoreo siete y ocho, no podrán superar al ruido de fondo en 10 dB(A) Duración y frecuencia de medición El monitoreo se realizará una vez al mes durante el período en que las faenas estén próximas a los dos sectores ya señalados y se entregará un informe semestral con dichos resultados. Método a utilizar o acciones de seguimiento El método a utilizar para medir los niveles de ruido será el establecido en el D.S. N° 146/98 del MINSEGPRES. Plazo y frecuencia de entrega de informes Durante el período de construcción se entregará un informe semestral, si hubo faenas en los sectores próximos a los centros poblados ya individualizados. Organismo competente SEREMI de Salud de la Región del Maule.

Tabla 8.3.-Plan de seguimiento de los elementos ambientales impactados por el proyecto LTE C.H. Los Cóndores - S/E Ancoa Elemento o componente ambiental Vegetación y flora terrestre. Impacto ambiental asociado Corta de 46,1 ha de bosque nativo (bosque de hualo, ciprés, roble, peumo y quillay) debido a la habilitación de la franja de servidumbre de la línea LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa y la habilitación de las huellas de acceso. Medida motivo de seguimiento Verificar que en la franja de servidumbre no se cortaron las especies nativas de hábito arbustivo cuya altura en estado adulto no supera la altura establecida por la normativa eléctrica (4 m). Ubicación de los puntos de control Lugar de habilitación de la franja de servidumbre con vegetación originalmente. Parámetros a utilizar para caracterizar el estado o evolución del componente Registro fotográfico. Niveles cuantitativos o límites permitidos o comprometidos Presencia o ausencia. Duración y frecuencia de medición Anualmente durante los tres primeros años de operación de la LTE. Método a utilizar o acciones de seguimiento A través de un registro fotográfico. Plazo y frecuencia de entrega de informes Plazo: tres años. Frecuencia: anual. Organismo competente CONAF Región del Maule.

Tabla 8.4.- Plan de seguimiento de los elementos ambientales impactados por el proyecto LTE C.H. Los Cóndores - S/E Ancoa Elemento o componente ambiental Fauna terrestre. Impacto ambiental asociado Modificación del hábitat de especies de baja movilidad por disminución de la cobertura vegetal producto de la habilitación de la franja de servidumbre y las huellas de acceso. Medida motivo de seguimiento Verificar la presencia de especies de fauna de baja movilidad. Ubicación de los puntos de control Lugar de habilitación de la franja de servidumbre y huellas de acceso. Parámetros a utilizar para caracterizar el estado o evolución del componente Registro de presencia por avistamiento, huellas, rastros, fecas o signos. Niveles cuantitativos o límites permitidos o comprometidos Presencia o ausencia. Duración y frecuencia de medición A los tres años de entrada en operación de la LTE. Método a utilizar o acciones de seguimiento Mediante transectos, caza científica y registro fotográfico. Plazo y frecuencia de entrega de informes Plazo: tres años. Frecuencia: un informe. Organismo competente SAG Región del Maule.

Tabla 8.5.- Plan de seguimiento de los elementos ambientales impactados por el proyecto LTE C.H. Los Cóndores - S/E Ancoa Elemento o componente ambiental Paisaje Impacto ambiental asociado Incorporación permanente de elementos discordantes con el paisaje actual debido al montaje de las estructuras y a las huellas de acceso en zonas de valor paisajístico. Medida motivo de seguimiento Diseño de ingeniería conceptual, básica y de detalle de: cinco miradores turísticos, área de estacionamientos, pasarelas de acceso universal y una terraza mirador, todas instalaciones del proyecto “Senderos Saltos del Maule” Control de la Medida El titular hará entrega de los diseños correspondientes a la SEREMI de Bienes Nacionales Región del Maule, SERNATUR Región del Maule y SEREMI MOP Región del Maule

Tabla 8.6.-Plan de seguimiento de los elementos ambientales impactados por el proyecto LTE C.H. Los Cóndores - S/E Ancoa Elemento o componente ambiental Paisaje Impacto ambiental asociado Alteración temporal de elementos configuradores del paisaje debido a la instalación de frentes móviles en zonas de valor paisajístico. Medida motivo de seguimiento Disminuir al máximo la visibilidad de los elementos de faenas discordantes con el paisaje. Ubicación de los puntos de control Ruta 115-CH a través de los puntos de mayor visibilidad hacia el lugar donde se ubicaban los frentes de trabajo. Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 28 de 43 Tabla 8.6.-Plan de seguimiento de los elementos ambientales impactados por el proyecto LTE C.H. Los Cóndores - S/E Ancoa Parámetros a utilizar para caracterizar el estado o evolución del componente  Verificar que los frentes de trabajo mantengan el orden y limpieza;  Comprobar que al término de las faenas los sitios se encuentren libres de escombros y residuos sólidos; y  Verificar el retiro de todos los elementos que conforman los frentes móviles. Niveles cuantitativos o límites permitidos o comprometidos Ausencia de residuos, escombros y elementos que conforman los frentes móviles. Duración y frecuencia de medición Una vez, al final de la etapa de construcción. Método a utilizar o acciones de seguimiento Inspección visual del lugar y, en caso de incumplimiento se registrará en el Libro de Obra para su resolución. Plazo y frecuencia de entrega de informes Un informe dos meses después de la puesta en servicio de la LTE. Organismo competente SERNATUR Región del Maule.

9.- Que con relación al cumplimiento de la legislación aplicable, el titular acredita el cumplimiento a dichas normas y que, según lo informado por los servicios públicos competentes, el proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable. Es del caso señalar que, para todos los efectos, el Estudio de Impacto Ambiental y sus Adendas son parte constitutiva de esta Resolución de Calificación Ambiental.

9.1.- Normativa de carácter ambiental

A continuación se resume la legislación ambiental aplicable al proyecto y la forma de cumplimiento por parte del titular.

Tabla 9.1.- Forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa. Materia Cuerpo Legal Materia relacionada con aspectos ambientales Institución fiscalizadora. Forma de cumplimiento Medio ambiente Constitución Política de la República. Artículo 19 N° 8.

Ley N° 19.300 (modificada por Ley 20.417). Artículo N° 12. Sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

El derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación, la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza y la preservación del patrimonio ambiental. • Organismos del Estado con competencia ambiental (Ilustre Municipalidad de Talca y San Clemente, SEREMI de Salud y del MOP, oficinas Región del Maule del SAG, SERNATUR, Consejo de Monumentos Nacionales, etc.). El presente proyecto es sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), mediante un Estudio de Impacto Ambiental (EIA).

Este EIA es elaborado conforme a los requerimientos establecidos en el Art. 12 del reglamento del SEIA (RSEIA).

D.S. N° 95/01, texto refundido, coordinado y sistematizado del D.S. Nº 30/97, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Artículo N° 12. Constituye el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental referido en la Ley N° 19.300 (modificada por Ley 20.417). Emisiones a la atmósfera y calidad del aire.

D.S. Nº 144/61 Ministerio de Salud. Artículos 1 y 7. Establece las normas para evitar emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza. Establece norma generales para evitar gases, vapores, humos polvo, emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Establece requisitos de captación y eliminación de contaminantes atmosféricos. SEREMI de Salud de la Región del Maule y Carabineros de Chile. Durante la fase de construcción se generarán emisiones de material particulado producto del movimiento de tierra para la preparación del terreno, excavaciones y el tránsito de vehículos, las que serán de carácter temporal y en lugares que presentan excelentes condiciones de dispersión. Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 29 de 43 Tabla 9.1.- Forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa. Materia Cuerpo Legal Materia relacionada con aspectos ambientales Institución fiscalizadora. Forma de cumplimiento

D.S. Nº 144/61 Ministerio de Salud. Artículos 1 y 7. Establece las normas para evitar emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza. Establece norma generales para evitar gases, vapores, humos polvo, emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

Establece requisitos de captación y eliminación de contaminantes atmosféricos.

SEREMI de Salud de la Región del Maule y Carabineros de Chile. A pesar que en el área donde se emplaza el proyecto no se producirán emisiones a la atmósfera que generen o presenten un riesgo para la salud de la población, durante la etapa de construcción se implementarán las siguientes medidas para el control y mitigación de las emisiones de polvo y material particulado: • La ejecución de los movimientos de tierra y excavaciones en los frentes de trabajo se realizará humedeciendo previamente la superficie del suelo; • Se humectarán periódicamente las rutas de desplazamiento y circulación de los vehículos, máquinas y equipos que no estén pavimentadas, tales como la ruta L-391, camino Bocatoma Maule – Pehuenche y ruta Curillinque – Los Cipreses (37,5 km en total). • El transporte de arena, ripio, tierra u otros materiales similares por caminos públicos, se realizará en vehículos con carga cubierta; y • Todos los vehículos a utilizar en el proyecto cumplirán con las normas de emisión establecidas en la normativa aplicable. D.S. Nº 144/61 Ministerio de Salud. Artículos 1 y 7. Establece las normas para evitar emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza. (continuación) Establece norma generales para evitar gases, vapores, humos polvo, emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

Establece requisitos de captación y eliminación de contaminantes atmosféricos. (continuación) SEREMI de Salud de la Región del Maule y Carabineros de Chile. Durante la etapa de operación, la LTE no generará emisiones de material particulado a la atmósfera.

Asimismo, y considerando que las actividades de mantención de la línea en la etapa de operación son menores, es que no se requerirán medidas de control específicas.

D.S. Nº 4/94 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control. Carabineros de Chile; e inspectores fiscales y municipales. El proyecto en la etapa de construcción considera la utilización de vehículos motorizados pesados y livianos.

Como medida de control de las emisiones de gases de combustión, se exigirá que todos los vehículos motorizados pesados y livianos sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, fiscalizadas a través del Certificado de Revisión Técnica.

D.S. Nº 211/91 del Ministerio de Transportes y telecomunicaciones, artículos 4, 8, 11 y11 bis. Establece normas sobre características técnicas de motores que permitan cumplir niveles máximos de emisión de monóxido de carbono, hidrocarburos totales, óxidos de nitrógenos y material particulado. Departamento de fiscalización de la subsecretaría de trasportes, Región del Maule

D.S. Nº 138/05 MINSAL Establece la obligación de entregar los antecedentes necesarios para estimar las emisiones de las fuentes fijas localizadas en el país. SEREMI de Salud de la Región del Maule • Los grupos electrógenos que se utilicen serán previamente inscritos ante la SEREMI de Salud del Maule

• Endesa Chile declarará las emisiones de los grupos electrógenos que utilice durante la ejecución de las distintas etapas del Proyecto, de acuerdo a los formularios que, para este efecto, ha desarrollado la Autoridad Sanitaria o a través del sitio web www.retc.cl.

• El titular debe inscribir en esta Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 30 de 43 Tabla 9.1.- Forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa. Materia Cuerpo Legal Materia relacionada con aspectos ambientales Institución fiscalizadora. Forma de cumplimiento SEREMI de Salud, los generadores eléctricos inferiores a 20 kW de potencia (solicitar formulario). Los grupos electrógenos superiores a esa potencia deben declarar sus emisiones según el D.S. Nº 138/05, en la web www.declaracionemision.cl, de acuerdo al plazo establecido.

D.S. Nº 55/94. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica. Art. Nº 6. Normas de emisión de gases y material particulado de vehículos pesados Departamento de Fiscalización de la Subsecretaría de Transportes, Región del Maule. Durante la etapa de operación, se realizarán actividades de mantención de la línea eléctrica donde se utilizarán vehículos que cumplirán con las normas de emisión establecidas por los decretos citados. Agua Potable D.S. Nº 594/00. MINSAL (modificado por D.S. Nº 201/01 y D.S. Nº 57/03) Arts. 11, 12, 14, 15 y del 23 al 26. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales en los lugares de trabajo. Todo lugar de trabajo deberá contar con agua potable destinada al consumo humano y a las necesidades básicas de higiene y aseo personal, de uso individual y colectivamente. SEREMI de Salud Región del Maule Se estima el consumo de alrededor de 528,2 m3 de agua potable al mes. Este cálculo fue estimado para un consumo de 2.200 litros por persona al mes, por 240 personas trabajando en la obra, los cuales serán provistos y distribuidos de acuerdo a lo siguiente:

• Para el consumo humano se prevé proporcionar agua envasada la cual será adquirida a proveedores autorizados de la región, que garanticen su calidad en términos de la normativa aplicable en esta materia; y

D.F.L. Nº 725 Código Sanitario El Artículo 71 dispone que al Servicio de Salud le corresponde aprobar los proyectos relativos a la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a: a) la provisión o purificación de agua potable de una población. SEREMI de Salud Región del Maule • Para las duchas y el aseo personal después de la jornada de trabajo, se considera utilizar agua proveniente de la red de agua potable local existente en el sitio de las instalaciones de faenas en Colbún y en el campamento Los Cipreses. Norma Chilena Nº 409/1 of. 2005. requisitos del agua potable. Establece requerimientos que debe cumplir el agua potable para el consumo humano. La norma se aplica al agua potable proveniente de cualquier sistema de abastecimiento. Residuos Líquidos D.S. Nº 594/00. Ministerio de Salud. (modificado por D.S. 201/01 y D.S. Nº 57/03) Arts. 23 al 26. Las aguas servidas de carácter doméstico deberán ser conducidas al alcantarillado público, o en su defecto, su disposición final se efectuará por medio de sistemas o plantas particulares en conformidad a los reglamentos específicos aplicables. SEREMI de Salud Región del Maule Se estima la generación de alrededor de 19,2 m3 de aguas servidas al día. Este cálculo fue estimado para una generación de 80 litros por persona al día, por 240 personas trabajando en la obra.

Los residuos líquidos provenientes de los baños y duchas en las instalaciones de faenas de Colbún y Campamento Cipreses, serán evacuados directamente en la red de alcantarillado existente.

De forma complementaria, en los frentes de trabajo se instalarán dos baños químicos por cuadrilla. Los residuos domésticos generados por los baños químicos en los frentes de trabajo serán manejados por la misma empresa que provea el servicio. Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 31 de 43 Tabla 9.1.- Forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa. Materia Cuerpo Legal Materia relacionada con aspectos ambientales Institución fiscalizadora. Forma de cumplimiento Ruido

D.S. Nº 146/97. Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Reglamento sobre niveles máximos permisibles de ruidos molestos generados por fuentes fijas. Establece norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas, elaborada a partir de la revisión de la norma de emisión contenida en el Decreto Nº 286, de 1984, del MINSAL. SEREMI de Salud de la Región del Maule. Durante la etapa de construcción, se generará ruido esporádicamente, debido al tránsito de los vehículos y maquinarias que se requerirán para la instalación y/o montaje de las estructuras.

Según el estudio de ruido realizado en el área de se identificó que durante la etapa de construcción, durante la descarga de hormigón desde un camión mixer se implementará el uso de pantallas acústicas en los sectores de Colbún Alto y Rincón de Patagua, con el fin de cumplir con la normativa aplicable.

El titular implementará barreras acústicas móviles de OSB al menos en los puntos donde existan viviendas a menos de 115 metros de distancia.

El titular implementará un sistema de información a los habitantes cercanos del horario y localización de las tronaduras, las que se realizarán para habilitar los caminos de acceso entre los vértices VS y V25.

Durante la etapa de operación del proyecto, se emitirá ruido producto del efecto corona producido en la línea de transmisión en condiciones de alta humedad y rocío. Este ruido no superará la norma en los receptores sensibles cercanos al proyecto. D.S. Nº 594/00. MINSAL. Arts. 70 al 80 (modificado por D.S. Nº 201/01 y D.S. Nº 57/03). Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales en los lugares de trabajo. Exposición laboral a las emisiones de ruido. Establece los niveles máximos a los cuales deben estar expuestos los trabajadores, de acuerdo a la clase de ruido, en estable, fluctuante o impulsivo. SEREMI de Salud de la Región del Maule. El personal contará con protecciones auditivas para realizar los trabajos que generen ruidos molestos, es decir, ruidos estables o fluctuantes superiores a un nivel de presión sonora continuo equivalente de 85 dB (A) lento, para una jornada de ocho horas diarias. Salud e higiene laboral Ley Nº 16.744, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Artículo Nº 1 y 2. Establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, determina la obligatoriedad que todos los trabajadores cuenten con su seguro. Superintendencia de Seguridad Social y SEREMI de Salud Región del Maule. Endesa Chile se preocupará que todos los trabajadores que participen de la obra estén cubiertos por el seguro social contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. D.S. Nº 655/41. Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Establece las condiciones generales de higiene y seguridad que deben reunir los establecimientos industriales, comerciales, de cualquier naturaleza y faenas en general. Ministerio del Trabajo y Dirección del Trabajo. Durante las etapas de construcción y operación (mantenimiento de la LTE) los lugares de trabajo se mantendrán limpios de residuos u olores que afecten la salud o pongan en riesgo la seguridad de las personas.

D.S. Nº 40/69, Ministerio de Salud, artículo 21. Establece la obligación para el empleador de informar oportunamente a los trabajadores sobre los riesgos asociados a sus labores. SEREMI de Salud de la Región del Maule. Endesa Chile exigirá que los contratistas informen oportunamente a los trabajadores sobre los riesgos asociados a su trabajo, a través de personal calificado.

Ley 20.096 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia Fija la obligación del empleador a entregar protección frente a la radiación U.V. a los trabajadores. SEREMI de Salud Región del Maule. Endesa Chile se preocupará que todos los trabajadores que participen de la obra utilicen protección U.V. Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 32 de 43 Tabla 9.1.- Forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa. Materia Cuerpo Legal Materia relacionada con aspectos ambientales Institución fiscalizadora. Forma de cumplimiento Manejo y disposición de residuos domésticos e industriales

D.S. Nº 594/00. Ministerio de Salud. Reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales en los lugares de trabajo. Art. 19 y 20.

Las empresas que realicen el tratamiento o la disposición final de sus residuos industriales fuera del propio predio, sea directamente o a través de la contratación de terceros, deberán contar con autorización previa al inicio de las actividades. Para ello deberán presentar al Servicio de Salud los antecedentes que acrediten que tanto el transporte, el tratamiento, como la disposición final será realizada por personas y empresas debidamente autorizadas por dicho servicio. SEREMI de Salud Región del Maule. Durante la etapa de construcción del proyecto se estima que por hombre se generarán aproximadamente 0,44 m3 de residuos domésticos al mes. Los residuos domésticos provenientes de las colaciones de los frentes de trabajo serán trasladados diariamente a las instalaciones de faenas para ser almacenados y retirados de forma periódica. Los residuos sólidos domésticos serán almacenados en contenedores con tapa a modo de facilitar el aseo del lugar y evitar la proliferación de vectores sanitarios.

Dichos contenedores se dispondrán temporalmente al interior de las instalaciones de faena, para su posterior retiro por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud y conducción a un sitio de disposición final que cuente con autorización sanitaria y ambiental. D.F.L. Nº 725/67. Ministerio de Salud. Código Sanitario. Art. 80. Corresponde al Servicio de Salud autorizar la instalación y vigilar el funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.

SEREMI de Salud Región del Maule. Durante la etapa de operación del proyecto, los residuos domésticos generados por las cuadrillas que realizarán las obras de mantenimiento de la línea de transmisión, serán retirados por el mismo personal y conducidos a sitios autorizados para su de disposición final.

D.F.L. Nº 1/90. Ministerio de Salud. Artículo 1 Nº 44. Establece las materias que requieren autorización sanitaria expresa. Entre ellas: instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. SEREMI de Salud Región del Maule. Durante la etapa de construcción, Endesa Chile exigirá a los contratistas que cuenten con la autorización sanitaria expresa que otorga la SEREMI de Salud para la disposición temporal de los residuos sólidos no peligrosos en un patio de salvataje y para la disposición temporal de residuos peligrosos en una Bodega de Acopia Temporal. (BAT)

D.S. Nº 148/03. Ministerio de Salud. Artículos 4, 6, 29, 36 y 43. Aprueba reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos. SEREMI de Salud Región del Maule. Durante la etapa de construcción, los residuos sólidos peligrosos corresponderán a aceites residuales, trapos y materiales menores contaminados, envases de pintura, envases de solventes, entre otros. Estos serán declarados y almacenados en una BAT. Su disposición final estará a cargo de empresas autorizadas para tales fines.

Resolución Exenta Nº 359/05. Ministerio de Salud. Referida al formulario de declaración de residuos peligrosos.

Resolución Exenta Nº 499/06. Ministerio de Salud Referida a la utilización del documento de declaración y seguimiento de residuos peligrosos.

Durante la etapa de operación del proyecto, producto de las actividades de mantenimiento de la línea se podrían generar residuos que serán dispuestos inmediatamente con empresas autorizadas para su transporte y disposición final.

D.L. 3.557/81 Ministerio Agricultura. Establece disposiciones sobre protección agrícola. Este cuerpo legal persigue, entre otros, evitar el ingreso de plagas al interior del país. En este sentido, los embalajes antes de salir de la zona primaria (puerto, aeropuerto, etc.), deben ser inspeccionados por inspectores del SAG, para lo cual se requiere coordinar su revisión previa a la salida de la zona primaria. Se pueden revisar algunos embalajes en el lugar de destino Ministerio de Agricultura, Servicio Agrícola y Ganadero Región del Maule Durante la etapa de construcción, en caso que los productos tengan embalajes de madera, el Titular considerará las medidas necesarias tendientes a prevenir el ingreso al país de plagas de insectos u hongos cuarentenarios. Es así que se exigirá a los proveedores de equipos, que los embalajes vengan con madera libre de corteza y sin daños por plagas de insectos u hongos. Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 33 de 43 Tabla 9.1.- Forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa. Materia Cuerpo Legal Materia relacionada con aspectos ambientales Institución fiscalizadora. Forma de cumplimiento siempre y cuando vengan en contenedores o provistos de cubiertas que eviten el contacto con el exterior. Se solicita además instruir a sus agentes de aduana para que tengan conocimiento de esta situación. Los embalajes de madera en que sean transportados los materiales o insumos provenientes del extranjero sólo serán abiertos en caso de que tengan la marca que acredite haber sido sometidos a tratamientos de exterminación de plagas.

Se dará aviso de inmediato al Servicio Agrícola y Ganadero por medios escritos, al momento del ingreso de madera de embalaje extranjera a la Oficina SAG Talca, 2 Oriente N° 956 fono/fax 71-226842- 216993, y/o Oficina SAG Linares, Curapalihue N° 450 fono/fax 73- 210094-214240-220879, según corresponda, para su inspección Resolución Nº 133/05, (modificado por Resolución Nº 2.859) del Ministerio de Agricultura. Servicio Agrícola y Ganadero. Determina regulaciones cuarentenarias para el ingreso al país de embalajes de madera provenientes del extranjero. Transporte de materiales.

Ley Nº 18.290. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Ley de Tránsito. Impone la obligación de efectuar el transporte de carga en las condiciones de seguridad que determinen los reglamentos y en vehículos que reúnan los requisitos que ellos contemplen. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones y Carabineros de Chile. Las cargas que requiera el proyecto en cualquiera de sus etapas serán transportadas en las condiciones de seguridad que establece el reglamento.

D.S. Nº 75/87. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Que los vehículos que transporten desperdicios, arena, ripio, tierra u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse y caer al suelo, deberán estar equipados de forma tal que ello no ocurra.

En la etapa de construcción se aplicarán las siguientes medidas: • Los camiones que transporten materiales de construcción en el proyecto, serán habilitados de forma de prevenir los derrames y las caídas de material; • Se mantendrá un nivel de carga hasta 10 cm más abajo del borde de la tolva; y • El transporte de los materiales que producen polvo a través de caminos públicos se efectuará con la sección de carga de los camiones tapada con lonas.

Resolución Nº 1, de 1995, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones Establece que los vehículos que circulen en las vías públicas, no podrán exceder las dimensiones establecidas. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones y Carabineros de Chile. El proyecto requiere la utilización de camiones para el transporte de los equipos y estructuras necesarias para la fase de construcción.

Los camiones a utilizar se ajustarán a las dimensiones límite establecidas en este reglamento, no pudiendo exceder las dimensiones indicadas en él, descontando los espejos retrovisores exteriores y sus soportes.

En el caso eventual de requerirse transporte de equipos para la etapa de construcción, que por su tamaño y/o peso, impliquen el exceso de las medidas señaladas, se solicitará la autorización correspondiente a la Dirección de Vialidad y se acordarán las medidas de seguridad a adoptar en cada caso. D.S. Nº 158/80, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Establece los pesos máximos para los vehículos que circulen por las vías públicas. D.S. Nº 200/93, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Establece los pesos máximos para los vehículos que circulen por las vías urbanas. Transporte de Personal D.S. N° 80/2004 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Reglamenta el transporte privado remunerado de pasajeros. Carabineros de Chile e inspectores municipales y fiscales. En la etapa de construcción, se requerirá una cantidad de cuatro buses para 50 personas de capacidad. Las empresas de buses que trasladará al personal desde origen a destino y viceversa cumplirán con dicho decreto. Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 34 de 43 Tabla 9.1.- Forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa. Materia Cuerpo Legal Materia relacionada con aspectos ambientales Institución fiscalizadora. Forma de cumplimiento Energía Norma NSEG 5. E.n.71. Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Esta norma establece, entre otros aspectos, que las instalaciones de corrientes fuertes deberán ser ejecutadas y mantenidas de manera que se evite todo peligro para las personas y no se ocasionen daños a terceros y que los materiales, aparatos y accesorios que se empleen en las instalaciones eléctricas de corrientes fuertes deberán cumplir con las normas que establezca o apruebe la SEC. Superintendencia de Electricidad y Combustibles. La franja de servidumbre de la línea se mantendrá permanentemente despejada de todo tipo de construcciones, y la vegetación se mantendrá con una altura no superior a cuatro metros.

Norma NSEG 6. E.n.71. Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Esta norma especifica tópicos relacionados con paralelismos aéreos de corrientes débiles y corrientes fuertes; cruces de líneas de corrientes débiles y corrientes fuertes; cruce y paralelismos de líneas eléctricas con ferrocarriles, entre otras materias

Parte del proyecto se emplaza paralelo a las líneas LTE Central Loma Alta – S/E Pehuenche y LTE S/E Pehuenche – S/E Ancoa, donde se dará cumplimiento a la normativa existente estableciendo las especificaciones técnicas correspondientes en el marco del proyecto, a objeto de cumplir con los estándares establecidos. El proyecto no cruza ni va paralelo a líneas de ferrocarriles. Patrimonio cultural.

Ley Nº 17.288. Ministerio de Educación. Artículo 26 Ley de Monumentos Nacionales. Establece normas para la protección de los monumentos nacionales, históricos, públicos, arqueológicos y santuarios de la naturaleza. Consejo de Monumentos Nacionales y Carabineros de Chile. La línea de base del proyecto registró la presencia de seis sitios arqueológicos, una concentración de material arqueológico, un cementerio histórico, un lugar de procesión y culto y dos animitas. Dichos sitios serán protegidos de la siguiente manera: • Se delimitará un área de protección de 50 m a su alrededor, de modo que durante la etapa de construcción del proyecto, no se depositen materiales de construcción a una distancia menor; • Se instalarán letreros que protejan los sitios pertenecientes al patrimonio cultural, los que serán retirados una vez que concluya la etapa de construcción del proyecto; y • Se realizarán charlas de capacitación acerca de la relevancia del patrimonio arqueológico de la zona a los trabajadores.

Ley Nº 17.288. Ministerio de Educación. Artículo 26 Ley de Monumentos Nacionales. (Continuación) Establece normas para la protección de los monumentos nacionales, históricos, públicos, arqueológicos y santuarios de la naturaleza. Consejo de Monumentos Nacionales y Carabineros de Chile. Por otra parte, en caso de que en las actividades de movimiento de tierras de la etapa de construcción del proyecto se encontraran elementos o lugares pertenecientes al patrimonio cultural, se paralizarán las obras en el lugar específico y el Titular procederá a dar aviso al Consejo de Monumentos Nacionales y a Carabineros de Chile. Si es autorizado, realizará el rescate arqueológico correspondiente. D.S. Nº 484/90. Ministerio de Educación. Reglamento de la Ley Nº 17.288 sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Art. Nº 23 Las personas naturales o jurídicas que al hacer prospecciones y/o excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquiera finalidad encontrase ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter arqueológico o paleontológico, está obligada a denunciar inmediatamente el descubrimiento al Gobernador Provincial, quien ordenará a Carabineros de Chile que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo se haga cargo de él. Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 35 de 43 Tabla 9.1.- Forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa. Materia Cuerpo Legal Materia relacionada con aspectos ambientales Institución fiscalizadora. Forma de cumplimiento Paisaje Norma NSEC 5. E.n.71. Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). El Art. 90 establece que al instalar líneas aéreas se debe tratar de deslucir lo menos posible el paisaje. Cuando existan varias soluciones más o menos equivalentes desde el doble punto de vista técnico y económico se dará preferencia a aquellas que desluzcan lo menos posible el paisaje Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Para deslucir lo menos posible el paisaje, el proyecto se ha emplazado en zonas ya intervenidas con obras de similar naturaleza (el trazado va paralelo a la ruta 115 - CH y a la LTE Central Loma Alta – S/E Pehuenche y a la LTE S/E Pehuenche – S/E Ancoa). Fauna Ley 19.473/96 Ley de Caza Sustituye texto de la Ley Nº 4.601, sobre caza, y Artículo 609 del Código Civil. Prohíbe en todo el territorio de la nación la caza o captura de ejemplares de la fauna silvestre catalogadas como especies en peligro de extinción, vulnerables, raras y escasamente conocidas, así como las especies catalogadas como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria, para la mantención del equilibrio de los ecosistemas naturales o que presenten densidades poblacionales reducidas. Prohíbe en toda época levantar nidos, destruir madrigueras o recolectar huevos y crías, con excepción de las especies declaradas dañinas Servicio Agrícola y Ganadero El proyecto no considera la caza de especies de fauna silvestre. Sin embargo, para evitar intervenir especies de fauna en general o en algún estado de conservación en particular producto de las actividades del proyecto, se implementarán las siguientes medidas:

• Capacitación al personal que se involucre directa o indirectamente con el medio geográfico, comprometiendo la conservación de la fauna del lugar; • Prohibición de caza en los terrenos de las obras; y • Prohibición al personal de tenencia y protección de animales domésticos que sean dañinos o D. S. Nº 5/98 aprueba el Reglamento de Ley de Caza que Establece Normas sobre el Servicio Agrícola Ganadero. (Modificado este último por Decreto Supremo Nº 53/04). Ministerio de Agricultura. El Art. 2° establece que las disposiciones del presente Reglamento se aplican a la caza, captura, crianza, conservación y utilización sustentable de animales de la fauna silvestre, con excepción de las especies y los recursos hidrobiológicos. Servicio Agrícola y Ganadero potenciales competidores de la fauna silvestre.

(Continuación)

D.S. Nº 151/07 Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Oficializa primera clasificación de especies silvestres según su estado de conservación.

En la capacitación al personal sobre la fauna de la zona, se dará especial énfasis en aquellas especies que se encuentren en el área del proyecto y que estén en el listado de esta norma.

Estas especies son: sapo de rulo, sapo espinoso, culebra cola corta, culebra cola larga, lagarto llorón, lagartija lemniscata, lagartija de los montes, lagartija tenue o esbelta, lagartija de Schröeder, bandurria, cóndor, tricahue, torcaza, zorro culpeo, zorro chilla, puma, huiña, laucha de pelo largo, vizcacha y yaca.

D.S. Nº 50/08 Ministerio Secretaría General de la Presidencia

Aprueba y oficializa nómina para el segundo proceso de clasificación de especies según su estado de conservación.

Flora y vegetación Ley Nº 20.283/08 Ministerio de Agricultura Protección, recuperación y mejoramiento de los bosques nativos, con el fin de asegurar la sustentabilidad forestal y la política ambiental. CONAF Provincial (Talca y Linares) Endesa Chile presentó un Plan de Manejo Forestal, de Corta y Reforestación para ejecutar Obras Civiles (PMF). Este PMF incluye la reforestación de 69,9 ha, y se solicita el Permiso Ambiental Sectorial del Art. 102 del D.S. N° 95/01.

D.L. Nº 701/74. Ministerio de Agricultura, sobre Fomento Forestal. Arts 22 y 30. Regula la corta o explotación de bosques nativos y de plantaciones ubicadas en terrenos de Aptitud Preferentemente Forestal. Establece la obligación de reforestar una superficie igual o equivalente a la cortada o explotada.

D.S. Nº 4.363/31 Ministerio de Tierras y Colonización. Arts 2, 5 y 17. Aprueba texto definitivo de la Ley de Bosques. Establece protección de la vegetación localizada en quebradas y sobre la medianía de los cerros. El Plan de Manejo Forestal se elaboró teniendo en consideración los tipos forestales del bosque nativo a cortar. Las actividades de corta y Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 36 de 43 Tabla 9.1.- Forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa. Materia Cuerpo Legal Materia relacionada con aspectos ambientales Institución fiscalizadora. Forma de cumplimiento

D.S. Nº 259/80. Ministerio de Agricultura Art. Nº 17 al 26.

Reglamento Técnico del Decreto Ley Nº 701. Establece los métodos de corta de acuerdo a los tipos forestales del bosque nativo.

reforestación se llevarán a cabo de acuerdo a las condiciones que apruebe la CONAF en la resolución correspondiente.

D.S. Nº 193/98. Ministerio de Agricultura. Reglamento General de la Ley de Fomento Forestal. Describe los contenidos que deben abordar los Planes de Manejo Forestal.

CONAF Provincial (Talca y Linares) El Plan de Manejo Forestal elaborado será tramitado de acuerdo a las normas y los procedimientos establecidos por la CONAF para este tipo de documentos. Se entregan los antecedentes sobre el PAS 102. No se solicita Declaración de Interés Nacional para el proyecto en atención a que no intervienen especies de las establecidas en el Art. 19 de la ley 20.283, ni las especies del Libro Rojo determinadas por CONAF.

D.S. Nº 276/80 Ministerio de Agricultura Arts 1, 3 y 4. Regula el manejo del fuego en zonas forestales.

Producto de las actividades de preparación y despeje de terrenos se generará material vegetal, el que se clasificará para su destino final. El material de uso comercial será apilado y clasificado en trozos aserrables o cortado como leña para su uso por parte del Contratista encargado de las faenas. El material vegetal que no pueda ser transportado, será apilado convenientemente para favorecer su descomposición natural y en ningún caso se utilizará el fuego como forma de eliminación. D.S. Nº 51/08 Ministerio Secretaría General de la Presidencia

Aprueba y oficializa nómina para el tercer proceso de clasificación de especies según su estado de conservación. Servicio Agrícola y Ganadero Se capacitará al personal respecto a la flora y vegetación de la zona, dando énfasis en aquellas especies que se encuentren en la zona de emplazamiento del proyecto y que estén en el listado de esta norma, tales como Ciprés de la Cordillera, Lingue y Hualo.

10.- Que, de acuerdo a los antecedentes contenidos en el proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto "LTE CH Los Cóndores - S/E Ancoa", éste requiere para su ejecución los siguientes permisos de carácter ambiental contemplados en el Título VII del artículo 2 del D.S. Nº 95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

10.1.- Plan de cumplimiento de los permisos ambientales sectoriales

Los permisos ambientales sectoriales, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales para acreditar su cumplimiento, son los que se señalan en el presente título.

10.1.1.- Permiso Ambiental Sectorial Art. N°93 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental:

Tabla 10.1.- Antecedentes requeridos para el Permiso Ambiental Sectorial establecido en el Art. 93 del RSEIA, proyecto LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa. De acuerdo a lo establecido en el artículo 93 del D.S. Nº 95/01 del MINSEGPRES, se deberá presentar para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los Arts. 79 y 80 del D.F.L. Nº 725/67, Código Sanitario, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo.

Durante la etapa de construcción del proyecto, se contempla el almacenamiento temporal de residuos domésticos, residuos sólidos no peligrosos y residuos sólidos peligrosos.

En el Estudio o Declaración de Impacto Ambiental, según sea el caso, se deberán señalar las medidas adecuadas para el control de aquellos factores, elementos o agentes del medio ambiente que puedan afectar la salud de los habitantes, de acuerdo a: Aspecto a considerar Medida para el control Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 37 de 43 Tabla 10.1.- Antecedentes requeridos para el Permiso Ambiental Sectorial establecido en el Art. 93 del RSEIA, proyecto LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa. a.1. Definición del tipo de tratamiento. El proyecto generará cantidades variables de diversos residuos que pueden ser clasificados en:  Residuos Industriales Sólidos Peligrosos (RIS-P);  Residuos Industriales Sólidos No Peligrosos (RIS-NP); y  Residuos Domésticos (RD).

Para los RIS-P generados en la etapa de construcción, se habilitarán dos Bodegas de Acopio Temporal (BAT) de residuos peligrosos con el objeto de mantener los residuos sólidos peligrosos clasificados y ordenados. Estos residuos serán segregados y depositados en contenedores que cumplirán con las condiciones exigidas por el D.S. Nº 148/04 del Ministerio de Salud. El Contratista del proyecto informará a la SEREMI de Salud de la Región del Maule, los tipos de residuos peligrosos con que cuenten y las cantidades. Las bodegas tendrán capacidad para acopiar un volumen de residuos adecuado para su posterior transporte al lugar de su disposición final. Tanto el servicio de transporte como el lugar de disposición final de estos residuos, contarán con autorización de la SEREMI de Salud. El retiro de estos residuos se estima con una frecuencia máxima semestral. En la etapa de operación del proyecto no se generarán RIS-P.

a.1. Definición del tipo de tratamiento. (continuación) Para los RIS-NP generados en la etapa de construcción, se habilitarán patios de salvataje para su almacenamiento temporal en las instalaciones de faenas. Los RIS-NP generados durante la etapa de operación, producto de las actividades de mantenimiento de la línea de transmisión, serán trasladados por el mismo personal hacia la C.H. Los Cóndores para su disposición final.

En la etapa de construcción del proyecto, los RD generados en los frentes de trabajo serán llevados a las instalaciones de faenas para ser almacenados en tambores o contenedores con tapa, y luego retirados periódicamente por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud y llevados al vertedero municipal. Durante la etapa de operación del proyecto, los residuos domésticos generados por las cuadrillas que realizarán las obras de mantenimiento de la línea de transmisión, serán retirados por el mismo personal y conducidos a sitios autorizados para su disposición final. a.2. Localización y características del terreno. El lugar donde se emplazarán los sitios de almacenamiento temporal de residuos serán las instalaciones de faenas ubicadas de la localidad de Colbún y en el Campamento Los Cipreses, comunas de Colbún y San Clemente, provincia de Linares y Talca respectivamente, Región del Maule.

Estos sectores cuentan con amplios espacios y buenas características de terreno, por ser de bajas pendientes. a.3 Caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos.

Durante la etapa de construcción del proyecto se estima la generación de aproximadamente cinco ton/mes de residuos domésticos, mientras que durante la etapa de operación del proyecto, producto de las obras de mantenimiento de la línea de transmisión, se producirán residuos domésticos del orden del cinco kg/día en los cortos periodos que dure la actividad de mantención.

Los residuos industriales no peligrosos que se producirán en la etapa de construcción del proyecto corresponderán, fundamentalmente, a despuntes de aluminio, chatarra, fierro, carretes y madera de embalaje, restos de soldadura, cables y plásticos, entre otros. Durante la etapa de operación, se generarán restos de ferretería, conductores o aisladores.

Los residuos industriales peligrosos a generarse durante la etapa de construcción del proyecto corresponderán a aceites residuales, filtros de aceite, trapos y materiales menores contaminados con grasa, envases de aceite, pintura y solventes, entre otros. Durante la etapa de operación del proyecto, se generarán eventualmente algunos filtros de aceite, trapos y materiales menores contaminados con grasa. Se estima que tanto en la etapa de construcción, como en la etapa de operación, la producción de residuos industriales peligrosos será inferior a 12 ton/año. El Contratista del proyecto informará a la SEREMI de Salud de la Región del Maule los tipos de residuos peligrosos con que cuenten y las cantidades. Además, cumplirá con la legislación aplicable y con lo dispuesto por dicha autoridad sanitaria. Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 38 de 43 Tabla 10.1.- Antecedentes requeridos para el Permiso Ambiental Sectorial establecido en el Art. 93 del RSEIA, proyecto LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa. a.4. Obras civiles proyectadas y existentes. Se considera la necesidad de construir obras civiles para el almacenamiento temporal de residuos industriales en las instalaciones de faenas del proyecto. Estas superficies serán ocupadas de forma temporal.

Los residuos sólidos industriales no peligrosos serán acopiados en estas áreas especiales ubicadas dentro de las instalaciones de faena, áreas debidamente autorizadas por la Autoridad Sanitaria, donde serán clasificados por tipo y calidad para su posterior reutilización, reciclaje o disposición final en sitios autorizados.

Los residuos peligrosos serán clasificados separadamente en contenedores adecuados y rotulados, indicando el tipo de residuos almacenados en conformidad con lo indicado en el D.S. Nº 148/03 del Ministerio de Salud. Se depositarán en tambores de 200 litros con tapa, los que serán almacenados temporalmente en las bodegas de acopio temporal ubicadas en las instalaciones de faenas. Estas bodegas contarán con un sistema colector de eventuales derrames, con una capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. Posteriormente serán transportados al lugar de su disposición final. El retiro de estos residuos se estima con una frecuencia máxima semestral.

Esos recintos serán cerrados, con techo para proteger los residuos de las lluvias, dejando una sección abierta entre los muros y el techo, para favorecer la ventilación. Serán construidas de forma que cualquier escurrimiento o derrame pueda ser contenido (pretil o pozo receptor). Contarán con un cerco con malla y puerta o portón con llave, para evitar que ingresen animales y personas no autorizadas.

Tendrán vías de escape accesibles en caso de emergencias y contarán con extintores especializados para combatir los diferentes tipos de incendios que pudieran producirse. Estas bodegas estarán señalizadas con letreros, en los que se indicará que corresponden a una bodega de acopio temporal de residuos peligrosos

Así mismo, el patio de salvataje será un recinto cerrado para la segregación de los residuos y debidamente identificadas, con vías interiores para la circulación de equipos de movimiento de materiales. Contará además con la respectiva señalética general que de cuenta del horario de funcionamiento y responsable del recinto. a.5 Vientos predominantes Los vientos predominantes no afectarán las formas de acopio de los residuos. No obstante, cada bodega de acopio temporal tendrá techo y será cerrada, para evitar eventuales caídas de tambores con residuos e impedir que las aguas lluvias se mezclen con éstos.

a.6. Formas de control y manejo de material particulado, de emisiones gaseosas, de las partículas de los caminos de acceso e internos que se pretenda implementar, y de olores, ruidos, emisión líquida y vectores. Como medidas de abatimiento de emisiones de material particulado se ha considerado la humectación de zonas aledañas al acceso de los patios de almacenamiento temporal de residuos. Respecto a la emisión de gases, los vehículos que trasladen estos residuos a los patios de almacenamiento temporal serán sometidos a mantenciones periódicas y cumplirán con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, fiscalizadas a través del Certificado de Revisión Técnica periódico.

Por el tipo de residuos a almacenar temporalmente no se contempla que se generen olores, emisiones líquidas o vectores. a.7 Características hidrológicas e hidrogeológicas. Los terrenos donde se almacenarán temporalmente los residuos se localizan en la cuenca del río Maule. La instalación de faena ubicada en la localidad de Colbún presenta cursos de aguas superficiales del tipo artificial cercanos, como son el embalse Machicura (a 1 km de distancia), su canal de descarga (a 1,3 km de distancia) y el embalse Colbún (a 5 km de distancia). La instalación de faenas ubicada al interior del campamento Los Cipreses presenta el río Cipreses como cursos superficial natural de agua más cercano (a 0,5 km de distancia aproximadamente). Ninguno de los cursos de aguas cercanos al área de almacenamiento de acopio temporal de residuos llega a los límites de las áreas de instalación de faenas. Por otra parte, hay que tener presente que las BAT se han diseñado con el fin que las aguas lluvias no provoquen la lixiviación de los residuos, puesto que éstos serán almacenados en tambores con tapa o contenedores. Las BAT serán techadas y contarán con pretiles o pozos receptores para contener eventuales derrames. a.8. Planes de prevención de riesgos y control de accidentes, medidas de seguridad y control de incendios, derrames y fugas. Las medidas de prevención de riesgos que se tomarán durante la construcción estarán enfocadas a prevenir la ocurrencia de eventuales accidentes, permitiendo así el trabajo seguro del personal.

Entre las medidas de control y de prevención de riesgos que se contemplan, sin que lo siguiente signifique que Endesa Chile delegue su responsabilidad como Titular del proyecto, el Contratista deberá, entre otros aspectos:

 Elaborar un Programa de Seguridad, Planes de Emergencias, Plan de Respuestas ante Contingencias y mantener permanentemente un experto en prevención de riesgos en las faenas, quien se encargará de hacer cumplir las normas de seguridad y los procedimientos previstos en caso de accidente;  Establecer en su base un sistema de transporte de emergencia expedito, mediante el cual se movilice a eventuales accidentados desde los frentes de trabajo hacia los centros de salud más adecuados en relación a la gravedad del accidente; a.8. Planes de prevención de riesgos y control de accidentes, medidas de  Proveer a los trabajadores todos los elementos de seguridad adecuados, tales como casco, zapatos y botas de seguridad, guantes de cuero o neopreno, trajes de agua, protecciones oculares y auditivas, arneses y correas para los trabajos de altura, etc.; y Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 39 de 43 Tabla 10.1.- Antecedentes requeridos para el Permiso Ambiental Sectorial establecido en el Art. 93 del RSEIA, proyecto LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa. seguridad y control de incendios, derrames y fugas. (continuación)

 Mantener en su base un libro de control y análisis de accidentes.

Respecto a la ocurrencia de incendios o derrames de residuos, a continuación se describen las medidas mínimas a implementar en caso de estos eventos:

• Emergencia por incendio:

Como medida preventiva, se dispondrá de extintores en cantidad suficiente según lo establecido en el D.S. Nº 594/99, y según las características del fuego que se desea extinguir, según se muestra en la Tabla 2.3.1.

Agentes de extinción de los extintores Tipo de fuego Agente de extinción CLASE A: Combustibles sólidos comunes tales como madera, papel, género, etc. Agua presurizada – espuma - polvo químico seco ABC. CLASE B: Líquidos combustibles o inflamables, grasas y materiales similares. Espuma - dióxido de carbono (CO2) - polvo químico seco ABC CLASE C: Inflamación de equipos que se encuentran energizados eléctricamente. Dióxido de carbono (CO2) - polvo químico seco ABC. Elaboración: Ingendesa 2010.

Los extintores serán instalados en lugares accesibles y bien señalizados. Contarán con un sistema de mantención preventiva y se capacitará a todo el personal para su uso correcto.

También como forma de prevención, se mantendrán separados los residuos inflamables de los combustibles, de manera de evitar que un evento de incendio se expanda con mayor rapidez.

En el caso que ocurra un incendio y afecte a una bodega de acopio temporal, las acciones a seguir serán:  La persona que detecte el siniestro deberá inmediatamente, por cualquier medio, dar aviso al Inspector de la Obra (etapa de construcción), y combatirlo en su amago con los medios que disponga a su alcance (extintores);  El Inspector de Obra será el encargado de dar la señal de alarma y preocuparse de las comunicaciones, coordinar las acciones para el control del fuego e informar a Bomberos acerca del incendio, en caso que la gravedad del mismo así lo amerita; y a.8. Planes de prevención de riesgos y control de accidentes, medidas de seguridad y control de incendios, derrames y fugas. (continuación)  Una vez que el incendio haya sido controlado, se realizará la recolección de los residuos generados, los cuales serán almacenados y dispuestos de acuerdo a sus características.

• Emergencia por derrames de residuos en fase líquida:

Debido a que los residuos se almacenarán en tambores estándar de 200 l, ésta será la mayor cantidad de residuos en fase líquida susceptibles de ser derramados. Este tipo de derrames puede ser catalogado como menor, y en caso de ocurrencia se procederá de la siguiente manera:

 La sustancia peligrosa será rápidamente confinada usando arena u otro material absorbente, de modo que el área a contaminar sea la mínima;  En caso de apozamiento, personal equipado con los implementos de protección personal adecuados intervendrá para recuperar de inmediato la sustancia derramada por medios manuales, mecánicos o con material absorbente, evitando de esta forma la filtración a través del suelo en los casos que el derrame ocurra sobre suelo sin proteger;  El residuo en fase líquida recolectado y el material absorbente contaminado se dispondrán en recipientes adecuados para su almacenamiento. Los contenedores serán rotulados indicando el tipo de residuo contenido, la cantidad y la fecha de almacenamiento; y  Los contenedores con el residuo recolectado serán mantenidos en la bodega de acopio temporal. a.9 Manejo de residuos generados dentro de la planta Debido al tipo de material almacenado y el corto tiempo de almacenamiento, no se generarán lixiviados, lodos, ni otros tipos de residuos dentro de las bodegas o áreas de acopio temporal.

f) Tratándose de almacenamiento de residuos, además de lo señalado en la letra a): f.1. Características del recinto Las instalaciones diseñadas para la acumulación de residuos peligrosos cumplirá con las condiciones que establece el D.S. N° 148/03 del Ministerio de Salud y señaladas según se describe a continuación:

 Tendrá una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados;  Contará con un cierre perimetral de, a lo menos, 1,8 m de altura, el cual impedirá el libre acceso de personas y animales;  Estará techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar;  Tendrá un sistema colector de eventuales derrames, con una capacidad de retención no inferior al volumen del Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 40 de 43 Tabla 10.1.- Antecedentes requeridos para el Permiso Ambiental Sectorial establecido en el Art. 93 del RSEIA, proyecto LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa. contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados; y  Contará con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 93.

Además, tendrá vías de escape accesibles, en caso de emergencia y con extintores especializados para combatir los diferentes tipos de incendios que pudieran producirse. Estará debidamente señalizadas con letreros, en los que se indicará que corresponde a una bodega de acopio temporal de residuos peligrosos. f.2 Establecimiento de las formas de almacenamiento, tales como a granel o en contenedores. Los residuos no peligrosos serán dispuestos a granel en celdas construidas para la segregación de los residuos. Los residuos peligrosos serán almacenados en contenedores cerrados de 200 litros y serán almacenados en forma temporal en un área especialmente acondicionada para recibir los residuos sólidos peligrosos, conforme al D.S. Nº 148/2003 del Ministerio de Salud.

10.1.2.- Permiso Ambiental Sectorial Art. N°102 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental:

Tabla 12.2.- Antecedentes requeridos para el Permiso Ambiental Sectorial establecido en el Art. 102 del RSEIA, proyecto LTE C.H. Los Cóndores – S/E Ancoa. En el permiso para corta o explotación de bosque nativo, en cualquier tipo de terrenos o plantaciones ubicadas en terrenos de aptitud preferentemente forestal, a que se refiere el Art. 21 del D.L Nº 701, de 1974, sobre Fomento Forestal, cuya corta o explotación sea necesaria para la ejecución de cualquier proyecto o actividad de las señaladas en el Art. 3 del presente Reglamento, con excepción de los proyectos a que se refiere el literal m.1., los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo.

Aspecto a considerar Medida para el control Según sea el caso, se deberá considerar la reforestación de una superficie igual, a lo menos, a la cortada o explotada. La corta de vegetación se efectuará conforme a las normas y los procedimientos que fija el Decreto Ley Nº 701/74 sobre Fomento Forestal, y se iniciará sólo después que Endesa Chile reciba de parte de la Corporación Nacional Forestal (CONAF) la resolución aprobatoria del Plan de Manejo Forestal (PMF) correspondiente.

Se presenta el PMF por el equivalente a 69,9 hectáreas de vegetación a cortar. El PMF se presentará por el equivalente a 46,1 hectáreas de bosque nativo, más 23,79 hectáreas de plantaciones forestales que se localizan en terrenos de Aptitud Preferentemente Forestal (APF), que se cortarán producto de la habilitación de la franja de servidumbre y huellas de acceso. Dichos bosques se localizan en suelos clase IV, VI, VII y VIII.

El plan de manejo forestal y su respectivo plano será presentado en las oficinas provinciales de la CONAF.

Respecto a la densidad de reforestación, el Titular acoge la solicitud realizada por la Autoridad, en el sentido que, acorde a lo establecido en el reglamento técnico del Decreto Supremo N° 259 de 1980, Articulo 21°, la reforestación asociada a una corta o explotación de bosque nativo mediante el método de tala rasa considera un mínimo de 3.000 plantas por ha de las mismas especies. Asimismo en lo relativo al artículo 14 de la ley N° 20.283, el Titular asume por cumplido el compromiso de reforestar una vez que se verifique en terreno una sobrevivencia igual o superior al 75% del número de individuos comprometidos en el Plan de Manejo, densidad que será determinada no antes de dos años de efectuada la plantación o regeneración natural, considerando los posibles replantes asociados.

10.2.- Justificación de no aplicación del Permiso Ambiental Sectorial Art. N°106 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental:

Cabe destacar que el proyecto no considera la construcción de obras de atravieso o emplazadas en cauces naturales, lo que significa no modificar el cauce de ningún curso de agua o lecho de un río, y por lo tanto, no realizar obras de regulación o defensa de los mismos.

El D.S. Nº 609/78 del Ministerio de Tierras y Colonización define como lecho o álveo de un río a la porción de tierra por la que permanentemente corren las aguas, mientras que el cauce del río es entendido como la superficie que el agua ocupa y desocupa alternativamente en sus crecidas periódicas ordinarias.

El mismo decreto luego agrega que las crecidas de rara ocurrencia, producidas sin regularidad y durante períodos en general mayores a cinco años, se consideran como crecidas extraordinarias, y los terrenos ocupados y desocupados alternativamente por este tipo de crecidas no se consideran cauce de ríos.

Resolución de Calificación Ambiental N°52 del 07 de Mayo del 2012 , LTE CH Los Cóndores – S/E Ancoa , Página 41 de 43 Por lo tanto, como parte del diseño de ingeniería, se determinó que ninguna estructura se localizará dentro del área de inundación de crecidas para los períodos de retorno de cinco y 100 años, y por lo tanto, no se justifica presentar el Permiso Ambiental Sectorial (PAS) 106.

11.- Que la Comisión de Evaluación Región del Maule sólo está facultada para pronunciarse respecto de la calificación ambiental del proyecto, por lo cual, para que éste pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las demás normas vigentes que le sean aplicables.

12.- Que, con relación a la identificación de impactos ambientales no previstos en el proceso de evaluación ambiental del proyecto, el Titular deberá informar oportunamente a la Comisión de Evaluación de la Región del Maule la ocurrencia de dichos impactos, asumiendo las acciones, o medidas ambientales, necesarias para mitigarlos, repararlos y/o compensarlos, según corresponda, para hacerse cargo de las mismas. La información a esta Comisión de Evaluación deberá efectuarse el primer día hábil siguiente de ocurrido él o los impactos ambientales.

13.- Que el Estudio de Impacto Ambiental y sus Adenda, el Informe Consolidado de la Evaluación y el expediente público, en lo que no sea contradictorio con lo que aquí se resuelve, se consideran oficiales y partes integrantes de la presente Resolución; por lo tanto, todas las medidas y acciones de gestión ambiental señaladas en dichos documentos, se consideran asumidas por el Titular, el que se obliga a su cumplimiento, en lo que corresponda y/o en lo que no fuere modificado por la presente Resolución.

14.- Que si bien el Plan de Seguimiento Ambiental estipulado en la presente Resolución, permitirán corroborar que las variables ambientales relevantes afectadas por el proyecto, evolucionen según la documentación que forma parte de la evaluación respectiva, la Comisión de Evaluación de la Región del Maule podrá solicitar, cuando existieren antecedentes fundados para ello, monitoreo, análisis y mediciones adicionales a los establecidos en el Estudio de Impacto Ambiental, sus Adenda, y la presente Resolución, o la modificación de sus frecuencias o demás características. A su vez, el Titular podrá solicitar a la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, cuando existieren antecedentes fundados para ello, la modificación, reducción o eliminación de dicho monitoreo, análisis, mediciones o sus frecuencias y/o características.

15.- Que, el Titular del proyecto deberá informar a la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, oportunamente y previo a su ejecución, del inicio de las obras y/o actividades de cada una de las etapas del proyecto. Además, deberá informar cualquier modificación o variación que se presente o ejecute al proyecto aprobado, para verificar si corresponde una nueva evaluación de acuerdo con lo dispuesto en el art.8 de la Ley N°19.300 y del art. 2 literal d) del Reglamento del SEIA.

16.- Que, el Titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, los cambios de Titularidad, razón social, domicilio y representación legal del proyecto.

17.- Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

18.- Que la fiscalización del cumplimiento de las normas y condiciones sobre la base de los cuales se aprueba el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto, corresponderá a los Órganos de la Administración del Estado que en uso de sus facultades participan en el sistema de evaluación de impacto ambiental, y que el Titular deberá facilitar la labor fiscalizadora.

19.- Que la Comisión de Evaluación de la Región del Maule ha considerado los planteamientos recogidos en el proceso de participación ciudadana, en particular a lo señalado por la Unión Comunal Junta De Vecinos Rurales en el punto 5.3.8.- de esta RCA en orden a relevar la importancia de la conectividad como apoyo a las actividades turísticas.

20.- Que la Comisión de Evaluación de la Región del Maule ha considerado que el alcance de las medidas de compensación deben ser similares al alcance de los impactos generados, en particular dada la afectación permanente del proyecto al paisaje y a la actividad turística en las comunas donde se emplaza.