Evaluación SEA

Proyecto Mejoramientode Barrio, El Santo, Tome

Rol 4754098
SEA · DIA · Aprobado · 2010-07-19 · Región del Biobío · Ilustre Municipalidad de Tomé

GOBIERNO DE CHILE A98° MOOw SCO, Califica Ambientalmente la DIA del proyecto "Proyecto Mejoramiento de Barrio, El Santo, Tomé" Resolución Exenta N° 049 Concepción, 12 9 IC 2010 VISTOS: Lo dispuesto en la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y sus modificaciones. el articulo 2° del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, aprueba el texto refundido. coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental: la Ley N°19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, la Resolución N° 1600 de 2008, de la Contralorla General de la República: y las demás normas aplicables al proyecto La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "Proyecto Mejoramiento de Barrio El Santo. Tomé", presentada por el Señor Eduardo Aguilera Aguilera, en representación de Ilustre Municipalidad de Tomé, con fecha 19 de Julio de 2010 3. Las observaciones y pronunciamientos de los Organos de la Administración del Estado que_ sobre la base de sus facultades legales y atribuciones. participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental. las cuales se contienen en los siguientes documentos: Oficio N° 17 sobre la DIA, por Dirección Regional del SAG, Región del Bioblo. con fecha 03/08/2010. Oficio N° 1787 sobre la DIA. por SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones. Región del Doblo, con fecha 11/08/2010. Oficio N° 796 sobre la DIA. por Dirección Regional de Aguas, Región del Diablo. con fecha 16/08/2010. Oficio N" 468 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región del Bioblo, con fecha 16/08/2010 Oficio N° 1502 sobre la DIA. por Dirección Regional de Obras Hidráulicas. Región del Bioblo, con fecha 16/08/2010: Oficio N° 1555 sobre la DIA, por Dirección Regional de Vialidad, Región del Bioblo. con fecha 16/08/2010, Oficio N° 2126 sobre la DR. por SEREMI de Salud, Región del Biobio, con fecha 17/08/2010, Oficio N° 1807 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas Región del (labio, con fecha 27/09/2010. Oficio N° 2813 sobre la Adenda 1. por SEREMI de Salud Región del Diablo, con fecha 02/10/2010. Oficio N° 3282 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Salud. Región del Diablo. con fecha 02/11/2010: 4. El Informe Consolidado de la Evaluación de impacto Ambiental del proyecto "Proyecto Mejoramiento de Barrio, El Santo. Tomé" presentado por el Sr. Eduardo Aguilera Aguilera, en representación de Ilustre Municipalidad de Tomé, publicado en el SETA electrónico el 07 de diciembre de 2010 y que forma parte integrante de este acto administrativo. 5 El acta de evaluación de la sesión N"02 del Comité Técnico de la Región del Biobio de fecha 10 de diciembre de 2010. El Acta de la Sesión N°03 la Comisión de Evaluación de la Región del Bioblo, de fecha 13112/2010, que calificó ambientalmente el proyecto 'Proyecto Mejoramiento de Barrio. El Santo. Tomé" Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Proyecto Mejoramiento de Barrio, El Santo Tomé'. 1 CONSIDERANDO: 1 Que, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobio debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Proyecto Mejoramiento de Barrio. El Santo, Tomé-. 2. Que, el derecho de Ilustre Municipalidad de Torné a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los órganos de la Administración del Estado 3 Que según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Mejoramiento de Barrio. El Santo. Tomé" consiste en La extensión de agua potable para 182 viviendas y extensión de red de alcantarillado para 501 viviendas, que además incluye el proyecto de pavimentación y aguas lluvias con ello mejorar las soluciones habitacionales a familias de escasos recursos de la Comuna de Tomé El barrio El Santo. ha ido adquiriendo un carácter de uso habitacional, acentuado por la construcción de viviendas y conjuntos habitacionales de densidad alta que no poseen condiciones sanitarias y de conectividad adecuadas. El proyecto se emplaza dentro del Limite Urbano del Plan Regulador Comunal vigente de Tomé y cuenta con Factibilidad de Urbanización de parte de ESSBIO. (Anexo 2 1 de la DIA) El proyecto será ejecutado en una Etapa para la extensión de agua potable para 182 viviendas y extensión de red de alcantarillado para 501 viviendas, en función de las factibilidades otorgadas por la empresa de servicios sanitarios ESSBIO A.- Definición de partes del proyecto, acciones y obras físicas. Este proyecto contempla la extensión de agua potable para 182 viviendas y extensión de red de alcantarillado para 501 viviendas (Instalación de red de agua potable. Instalación de red de alcantarillado. Construcción de las 5 Plantas Elevadoras de Aguas Servidas (PEAS), que además incluye el proyecto de pavimentación y aguas lluvias y la construcción de casetas sanitarias (Anexos 2 7 y 2 12 de la DIA) En Plano de Planta General que se adjunta en Anexo 2.9 de la DIA. se muestra el terreno de 0 58 km 2 que es donde se sitúan las viviendas existentes que serán urbanizadas con los correspondientes proyectos de agua potable alcantarillado y pavimentación. El proyecto genera calles y pasajes con calzadas pavimentadas de 10.00 ni. y 13.00 m respectivamente, solución de Aguas Lluvias instalaciones sanitarias públicas y domiciliarias que se conectaran a los sistemas de Agua Potable y Alcantarillado existentes de acuerdo a factibilidad otorgada por ESSBIO. Etapa de construcción: Para llevar a cabo la etapa de construcción y/o implementación, el titular del proyecto contratará los servicios de una empresa especialista. Se estima que las obras civiles y los elementos necesarios para la ejecución del proyecto, según las especificaciones técnicas. serán las siguientes. 1. Instalación de faenas y Suministro de materiales. 2 Movimientos de tierra 3 Instalación de Agua Potable y Alcantarillado 4 Pavimentación y Construcción sistema de aguas lluvias 5 Recepción de las Obras 6 Uso de las instalaciones Zi Etapa de operación: Una vez construidas y habilitadas las extensiones de agua potable para 182 viviendas y extensiones de red de alcantarillado para 501 viviendas casas y finalizada las obras de pavimentación y aguas lluvias se dará inicio a la etapa de operación propiamente tal. la que considera la utilización de estas instalaciones por parte de los beneficiarios del proyecto 2 Nsv Plan de abandono A pesar de que la vida al del proyecto es de 30 años. considerando la naturaleza del proyecto se ha estimado no pertinente por parte del titular presentar un plan de abandono. toda vez que dichas obras pueden ser sujetas a mantenciones periódicas que podrían eventualmente extender la vida útil del proyecto. B.- Principales emisiones, descargas y residuos del proyecto o actividad. a) Emisiones a la Atmósfera Etapa de construcción El sector donde se instalará la extensión de agua potable para viviendas y extension de red de alcantarillado para 501 viviendas, es suelo natural por tanto se removerá una cantidad considerable de tierra. para la instalación de la misma. Por lo anterior. se generan emisiones de polvo a la atmósfera. pero esta situación se controlará a través de un riego sistemático cuando sea pertinente se colocarán en el perímetro. plástico que sirva como barrera Etapa de operación No se generarán emisiones a la atmósfera Descargas de Efluentes Liquidas Etapa de Construcción. Los afluentes líquidos corresponden a las aguas servidas de los trabajadores que se producen durante la instalación de faena y posterior construcción de las obras Se contempla los servicios sanitanos de carácter provisorio destinados a los trabajadores de las obras de construcción los que necesariamente deben cumplir con las exigencias del Ministerio de Salud. Para los aceites usados se acumularán en un contenedor exclusivo para este residuo y se dispondrán en un Centro de residuos tóxicos y peligrosos. que en este caso será Copulemu, aprobado por la autoridad sanitaria, dando cumplimiento de este modo al D.S. 148/2003. Etapa de Operación Se estima que la utilización de los servicios sanitarios domiciliarios. originará una descarga diaria del orden de los 70 m3klia que será evacuada a través de la red domiciliaria. hacia el sistema de alcantarillado público de aguas servidas de la ciudad de Tomé. la cual cuenta con sistema de tratamiento de aguas servidas consistente en una planta de tratamiento y un emisario submarino. Residuos Sólidos Etapa de Construcción: Se generarán residuos solidos provenientes del movimiento de tierra y de las distintas faenas constructivas que se realicen Se implementará un procedimiento de clasificación de estos elementos de tal modo de darle un uso alternativo. y con ello minimizar los residuos que serán trasladados a rellenos sanitarios autorizados, cumpliendo con las exigencias Municipales y del MINSAL sobre esta materia Etapa de operación Los residuos generados serán recogidos a través del actual sistema de recolección y transporte de residuos sólidos domiciliarios que posee la Comuna de Tomé para su traslado a un vertedero autorizado d) Emisiones sonoras Etapa de Construcción Solo las emisiones propias de esta etapa, que por lo demás son de carácter temporal, con fuentes sonoras intermitentes y especificas. especialmente debido a la utilización de maquinaria pesada. retroexcavadoras, camiones y aquellas propias del proceso constructivo 3 1/ El proyecto cumple con el D.S. 146 del MINSEGPRES respecto de los Niveles Máximos Permitidos al ser evaluados en la posición de los receptores potencialmente afectados, descritos en la ADENDA h1"2. Etapa de Operación: Exclusivamente. las emisiones comunes de la actividad de este tipo de instalaciones a nivel domestico las que por lo general no afectan mayormente a los habitantes, encontrándose normadas por los Decretos Supremos del Ministerio de Salud N' 253 de 1979 y N° 286 de 1984 e) Emisiones de Olores: Etapa de _Operación Las plantas elevadoras incluyen chimeneas de evacuación de olores y. en términos generales, las plantas elevadoras no presentan este tipo de problemas. ya que los tiempos de residencia del volumen de aguas residuales dentro de la sentina es breve y por tanto no se desarrollan procesos de biodegradación anaeróbica que generen olores molestos para la comunidad Hay que destacar además que en estas instalaciones hay presencia de aire y la operación de bombeo genera turbulencias y mezcla, por lo que los procesos de biodegradación anaeróbica están controlados por tanto con las chimeneas se controla adecuadamente el problema de olores. 4. Que. en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Proyecto Mejoramiento de Barrio, El Santo Tomé " y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación ambiental. debe indicarse que la ejecución del proyecto "Proyecto Mejoramiento de Barrio. El Santo. Tomé' cumple con 4 1 Normas de emisión y otras normas ambientales NORMATIVA MATERIA QUE REGULA INSTITUCIÓN FISCALIZADORA } FORMA DE CUMPLIMIENTO Se exigirá a sus transportistas la correcta aplicación de esta normativa cumpliendo el peso por ele cumplir y con el tonelaje permitido en las vias a utilizar. la Empresa cumplirá con esta normativa, solicitando las revisiones técnicas y mantenciones correspondientes de todos lo vehiculos que ingresen en la etapa de construccion y operación del proyecto. El presente proyecto Se exigirá a sus transportistas la correcta aplicación de esta normativa cumpliendo el peso por ele cumplir y con el tonelaje permitido en las vias a utilizar. La Empresa cumplirá con esta normativa, solicitando las revisiones técnicas y mantenciones correspondientes de todos lo vehiculos que ingresen en la etapa de construcaon y operación del proyecto D.S. N°75187 del Ministerio de Transporte y Comunicaciones Establece condiciones mínimas para el transporte de cargas que puedan causar molestias a la comunidad Organismos del estado con competencia ambiental Inspectores municipales y Carabineros Autoridad Sanitaria y Carabineros Municipalidad correspondiente D.S. N°69/89,Ministerlo do Transporte y teleconumicaciones Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehiculos motorizados y fila los procedimientos para su control Organismos del estado con competencia ambiental Inspectores municipales y Carabineros Autoridad Sanitana y Carabineros Municipalidad correspondiente Carabineros de Chile Ley 17.288 Sobre Monumentos Nacionales Define la entrega a la tuición del Consejo de Monumentos Consejo de Monumentos Nacionales El proyecto no involucra intervenir ningún Monumento Histórico, 4 Este Reglamento Autondad Sanitaria establece condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la generación almacenamiento y transporte. tratamiento y/o disposición de Residuos Peligrosos. D.S. 148/04. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos D.S. 594/99 Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas De acuerdo a estas normas todo lugar de trabajo debe contar comun abastecimiento mínimo de agua potable Autondad Samtana OS 144161 del MINSAL Autoridad Sanitaria [Nacionales. los Monumentos Nacionales. Históricos. Públicos y Arqueologicos. y Santuanos de la Naturaleza declarados como tales a proposición del Consejo Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier naturaleza Establece normas para el control de gases. vapores, humos, polvo. emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza. producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo. siendo su ámbito de aplicación todo el territorio nacional. El Art. 1° de este decreto expresa que "los gases, vapores. humos, polvo emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza. producidos en cualquier lugar de trabajo deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al vecindario". Monumento Público o Santuano de la Naturaleza El proyecto no involucra excavaciones de carácter arqueologico, antropológico o Paleontológico. En el caso de encontrar restos arqueológicos o antropológicos durante la construcción del proyecto se informará a carabineros y se adoptarán las medidas de conservación necesarias mientras las autoridades competentes se hacen cargo de tales hallazgos Se generan emisiones de polvo a la atmósfera, pero esta situación se controlará a través de un riego sistematice. cuando sea pertinente se colocarán en el perímetro material plástico que sirva como barrera. Para los aceites usados se acumularán en un contenedor exclusivo para este residuo y se dispondrán en un Centro de residuos tóxicos y peligrosos que en este caso será Copiulemu. aprobado por la autoridad sanitaria, u otro que cuente con autorizaciones ambientales y sanitarias Tanto en la etapa de construcción como operación, la empresa constructora proveerá de agua potabilizada a los trabajadores que participen en el desarrollo de este proyecto como también de los servicios icor de 5 D.S. N' 146/98 D.S. 146 de 1997. del Ministerio Secretaria General de la Presidencia. Reglamento sobre Niveles Máximos Permisibles de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas Establece niveles máximos permisibles de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas Establece los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos y los cnterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas en áreas rurales adyacentes. Otorga al Servicio de Salud la facultad de velar por el control y fiscalizador] de ruidos Autoridad Sanitaria alcanlarillado de tipo uinsco La generaaon de ruido del proyecto se evaluó mediante un Estudio de Impacto Acústico anexado en la Adenda N"1 y complementado en la adenda N" 2. el cual fue informado favorablemente por la SEREMI de Salud 4.2 Permisos ambientales sectoriales: Que sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación ambiental. debe indicarse que la ejecución del proyecto "Proyecto Mejoramiento de Barrio. El Santo Tome no requiere de alguno de los permisos ambientales sectoriales contemplados en el Titulo VIL articulos 68 al 106 del D S. N°95/01 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia. Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 5 Que. en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el articulo 11 de la Ley N° 19.300 y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación ambiental debe indicarse que el proyecto "Proyecto Mejoramiento de Barrio. El Santo. Tome no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias, según se detalla a continuación Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de fluentes. emisiones o residuos. Los efluentes liquidos sólo corresponderán a aguas servidas durante las obras de construcción para lo cual se dispondrán baños químicos Respecto a los residuos sólidos, estos corresponderán a material proveniente de las excavaciones la que serán reutilizados en las obras. y aquellos restantes serán dispuestos en lugares autorizados Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables incluidos el suelo, agua y aire: No se prevén efectos adversos significativos sobre recursos naturales, por cuanto las emisiones durante la etapa de construcción principalmente de material particulado y emisión de ruido durante el periodo de construcción, serán controlados y mitigados, con pantallas acústicas y humectación de terreno Reasentamiento de comunidades humanas, alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos Por la naturaleza y características del proyecto. éste no considera acciones de estas características Localización próxima a población recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados. asi como el valor ambiental del terntono en que se pretende emplazar. El proyecto no incluye acciones de este tipo, dado que no existen construcciones. lugares o sitios de estas características. Alteración significativa, en términos de magnitud o duración. del valor paisajistico o turístico de una zona El proyecto no incluye acciones de este tipo, dado que no existen construcciones lugares o sitios de estas características Alteracion de monumentos Sitios con valor antropológico arqueológico. histórico. y en general. los pertenecientes al patrimonio cultural: El proyecto no se sitúa en o alrededor de algún monumento nacional o sitio con valor antropológico histórico o parte del patrimonio cultural 6. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto. el titular deberá informar a la Comision de Evaluación de la Región del Biobfo, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto. de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto permitiendo su acceso a las diferentes 6 Anótese. Notifigu se. Comuníquese Archivese sselber tendenta isión de Evaluar del Globo n Ambiental Comisión de Evaluación Región del Biobio JVRHIRA Distribución. partes y componentes. cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentacion que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones. Que. para que el proyecto "Proyecto Mejoramiento de Barrio, El Santo, Tomé" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación de la Región del Biobio, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental. asumiendo acto seguido. las acciones necesarias para abordarlos. Que. el titular del proyecto debera comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región del Biobio, la individualización de cambios de titularidad, representante legal yto domicilio. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero. 11. Que en razón de todo lo indicado precedentemente. la Comisión de Evaluación de la Región del Biobio RESUELVE: CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Proyecto Mejoramiento de Barrio. El Santo. Tome". cuyo titular es la Ilustre Municipalidad de Tomé, representado por el señor Eduardo Aguilera Aguilera. CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Proyecto Mejoramiento de Barrio. El Santo. Torné " cumple con la normativa de carácter ambiental, Dejar constancia que una vez emitida esta Resolución, ningún organismo competente en materia de permisos ambientales podrá negar las autorizaciones de su competencia aduciendo razones ambientales, como tampoco incluir exigencias adicionales de carácter ambiental a lo ya resuelto por esta Comisión como requisito de aprobación Disponer que las normas condiciones o exigencias en base a las cuales se dicta la presenta resolución serán fiscalizadas por la SEREMI de Vivienda y Urbanismo SEREMI de Salud. Dirección de Obras Hidráulicas. sin perjuicio de las atribuciones que le corresponden, en esta materia, a la I. Municipalidad de Tomé. 5. Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación ante el Director Ejecutivo • - : icio de Evaluación Ambiental El plazo - • Eduardo Aguilera Aguilera, Representante legal. I. Municipalidad de Tomé Integrantes Comisión de Evaluación 7 para interponer este recurso es de acto. Lo anterior. sin perjuicio de que estime oportuno. dias con e el titular os desde la notificación del presente da ejercer cualquier otra acción legal 11/ Integrantes Comité Técnico Evaluador: Dirección Regional de Aguas, Región del Biobio Dirección Regional del SAG Región del Brobio Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Biobio Dirección Regional de Vialidad. Región del Biobio Gobierno Regional, Región de Biobio Expediente del Proyecto "Proyecto Mejoramiento de Barrio, El Santo, Tomé " Archivo Servicio Evaluación Ambiental, VIII Región del Biobio 8