Evaluación SEA

Ampliación Depósito de Relaves N° 4

Rol 4720006
SEA · DIA · Aprobado · 2010-07-06 · Región de Coquimbo · Compañía Minera Florida S.A.

GOBIERNO DE

A MAT.: Califica Ambientalmente Favorable la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Ampliación Depósito Relaves N4”. RESOLUCION EXENTA N 0 0 4 LA SERENA, 8? OCT. 2010 VISTOS:

1.

——Ord. N*1691/2010, de fecha 07/09/2010, del Servicio Nacional de Geologk ]

DEPTO. Región de Coquimbo. ly JURIDICO A AAA

Lo dispuesto en la Ley N19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en la Ley N20.417 que la modifica; el D.S. N95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; La Ley N19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Organos de La Administración del Estado; La Resolución N*1600/2008 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y las demás normas aplicables al proyecto.

La Declaración de Impacto Ambiental, en adelante e indistintamente la DIA y su Adenda del Proyecto “Ampliación Depósito Relaves N“4”, presentada por el Sr. Ramón Méndez Cifuentes, en representación de la Sociedad Contractual Minera Tambillos, en adelante e indistintamente el titular.

Las observaciones y pronunciamientos de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

En relación con la DIA:

Ord. N028, de fecha 26/07/2010, de la Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo. Ord. N1208, de fecha 28/07/2010, de la SEREMI de Obras Públicas, Región de Coquimbo. Ord. N”2628, de fecha 02/08/2010, del Gobierno Regional, Región de Coquimbo.

Ord. N*615, de fecha 02/08/2010, de la Superintendencia de Servicios Sanitarios.

Ord. N*0727, de fecha 03/08/2010, de la SEREMI de Planificación y Coordinación, Región de Coquimbo.

Ord. N*1518/2010, de fecha 03/08/2010, del Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Coquimbo.

Ord. N836, de fecha 04/08/2010, de la Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo. Ord. N236, de fecha 04/08/2010, de la SEREMI de Agricultura, Región de Coquimbo.

Ord. N1267, de fecha 04/08/2010, del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo. Ord. N56, de fecha 04/08/2010, de la SEREMI de Salud, Región de Coquimbo.

Ord. N*3954, de fecha 05/08/201, del Consejo de Monumentos Nacionales.

Ord. N*SE-04-2848, de fecha 05/08/2010, de la SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Coquimbo.

En relación con el Adenda N*1:

Ord. N*1462, de fecha 06/09/2010, del Servicio Agrícola y Ganadero, Región dq'€

5.

Ord. N*930, de fecha 07/09/2010; de la Dirección Gen dal de Aguas, Región de Coquimbo. Ord. N%063, de fecha 08/09/2010, de la SEREMI de Saluá; Región de Coquimbo.

Ord. N*4442, de fecha 08/09/2010, del Consejo de Monufentos Nacionales.

Ord. N*740, de fecha 08/09/2010, de la Superintendenci Ede Servicios Sanitarios.

El Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto, de fecha 24 de Septiembre de 2010.

El acta de la sesión de la Comisión Regional del Medio mbiente de la Región de Coquimbo de fecha 27 de Septiembre de 2010.

Los demás antecedentes, que constan en el expediente deievaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto.

CONSIDERANDO:

1.

Que, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Coquimbo debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto.

Que, el derecho del titular a emprender actividades está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y a las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales.

Que, según los antecedentes señalados en la DIA respectiva, el proyecto consiste en la ampliación del depósito de relaves N'4, utilizando el espacio existente entre el citado Tranque N?4 y el Tranque N*3, con la finalidad de dar continuidad al proceso productivo de Minera Tambillos en cuanto a la disposición de los relaves generados en la Planta de Beneficio, depositando un total 250.800 m? de relaves con una producción de 400 toneladas por día.

(tpd).

El proyecto se ubica en la sección media del valle de la Quebrada Los Rincones, a 28 kms. al Sur de La Serena, Comuna de Coquimbo. Considera una vida útil de 29 meses y 10 días, de acuerdo a lo siguiente:

Etapa de construcción: 1 mes y 10 días.

Etapa de operación: 22 meses.

Etapa de cierre/abandono: 6 meses.

El proyecto contempla las siguientes obras físicas:

Construcción de muros de partida norte y sur.

  • Sistema de drenaje de aguas y captación de aguas claras.
  • Extensión de canal de captación perimetral. Construcción muro de contención de emergencias.

3.1. Etapa de construcción:

Las actividades corresponden a la habilitación del terreno, construcción de muros, sistema de drenaje y otras instalaciones.

3.1.1. Fundaciones y excavaciones.

Las actividades de escarpe y excavaciones contemplan el retiro de un estrato vegetal de un

«espesor de 0,4 m, con la finalidad de lograr un horizonte apto para la disposición de *: fundaciones del muro de partida.

El volumen de retiro del estrato orgánico corresponderá a 5.743 m'. Este material se acopiará a 70 m hacia el Sur del actual tranque de relaves N%4.

200

3.1.2. Muro de partida.

Se ha considerado la construcción de dos muros de partida ubicados en el sector Norte y Sur del proyecto, de geometría trapezoidal, de 26 m de base con 2 m de corona y con taludes de 45" (talud interno) y 35? (externo). Serán de 125 m lineales, medidos desde su base y de 10 m de altura. Se construirán de material de empréstito proveniente del área de escarpe y serán impermeabilizados completamente en su talud interior, con una carpeta de HDPE de 1 mm. (Ver Anexo 1.2 de la DIA).

Con respecto al sector Este y Oeste, no se considera la construcción de muros de partida, ya que el talud Oeste del Tranque N%4 se usará como muro de contención del sector Este del proyecto y el Talud Este del Tranque N93 se usará como muro de contención del sector Oeste del proyecto.

Para evitar la licuefacción del talud Este del Tranque N*3, se colocará una vinimanta de 0,42 mm de espesor.

3.1.3. Muro soportante.

Estará formado por el muro de partida de material de empréstito y material arenoso descargado por el underflow de los hidrociclones en la operación del tranque. La altura del muro alcanzará los 14,9 m hacia el lado Sur y 14,2 m en el sector Norte. Las alturas de cada muro variarán en estos rangos de acuerdo a las pendientes, las cuales son variables a lo largo de todo el emplazamiento.

3.1.4. Instrumentos de control.

Para efectos del control permanente de los niveles freáticos de fundaciones y el estado de presión de poros, se considera la instalación de 10 piezómetros abiertos, en los muros Norte y Sur de la ampliación. Las lecturas se realizarán a primera hora de cada turno, registrándose en

una planilla de control y seguimiento.

A continuación se indica la ubicación de los piezómetros, en coordenadas UTM:

Tabla N*1: Piezómetro | Norte Este 1 6.657.201 284.345 p) 6.657.202 284.335 3 6.657.203 284.325 4 6.657.203 284.315 5 6.657.204 284.305 6 6.657.033 284.335 7 6.657.033 284.325 8 6.657.034 284.315 9 6.657.034 284.305 10 6.577.034 284.295

3.1.5. Sistemas de drenaje de aguas y de captación de aguas claras.

El sistema de drenaje de agua estará formado por 9 torres colectoras con perforacione;

«evacuar el agua a los estanques receptores de aguas claras. Este sistema será cap:

“1 100% del caudal que ingresa a la cubeta.

El sistema de captación de aguas claras considera la implementación de 3 estanques receptores de aguas denominados TK 11, TK 12 y TK 13 y una piscina de emergencia:

TK 11: emplazado en el costado Sur del Tranque N%4,

TK 12: ubicado al Suroeste del Tranque N%4.

TX 13: ubicado al Noroeste del Tranque N%4.

TK 1: piscina de emergencia con capacidad de 3.800 m* y se ubicará en el sector Sur del Tranque N%4.

Los estanques receptores colectan las aguas provinentes de la cubeta del tranque y de los estrujes naturales de los muros norte y sur de la extensión del proyecto y de la zanja perimetral que éste posee. Dichos estanques se definirán como tipo 1 y tipo 2.

a. Estanques Tipo 1. (Recolector de las aguas de la cubeta del tranque).

Dentro de esta definición se encuentra el estanque TK 11, el cual se ubica en el sector Sur del proyecto. Sus características técnicas son las siguientes:

a.1. Dimensiones: Profundidad efectiva: 6 m. Largo efectivo: 6 m. Ancho total: 4 m. Volumen: 144 m?.

a.2. Estructura: vinimanta de HDPE de 1,0 mm de espesor con empotramiento en la parte superior.

a.3. Base de apoyo: emplantillado de material de empréstito 30 cm compactado. b. Estanques Tipo 2. (Recolectores de aguas desde zanja perimetral).

Dentro de esta definición se encuentran los estanques TK 12 y TK 13, emplazados al suroeste y noroeste, respectivamente. Ambos poseen las mismas características constructivas.

b.1. Dimensiones: Profundidad efectiva: 4 m. Largo efectivo: 4 m. Ancho efectivo: 4 m. Volumen: 64 mf.

b.2. Estructura: vinimanta de HDPE de 1,0 mm de espesor con empotramiento en la parte superior.

b.3. Base de apoyo: emplantillado de material de empréstito 30 cm compactado.

Todos los estanques receptores de aguas estarán impermeabilizados con una manta de polietileno de alta densidad y subdivididos en dos compartimentos para la sedimentación de los sólidos.

3.1.6. Extensión de canal de captación perimetral.

Corresponde a la extensión del canal perimetral existente, aumentando su longitud, para captar los estrujes desde los muros de arena y la escorrentía. Actualmente, el canal perimetral tiene una extensión de 827,7 m y se proyecta su extensión hacia los lados sur y norte del área de trabajo, impermeabilizando con una membrana de HDPE. Las aguas captadas se evacuarán .. hacia los estanques de recepción TK12 y TK13. La ampliación contempla la construcción de 108,82 m adicionales.

3.1.7. Estaciones de bombeo.

Se construirán las estructuras de apoyo y cubiertas de resguardo, para empotrar las bombas de los estanques de recepción de aguas claras:

  • TK13: 1 bomba estacionaria (más una moto-bomba stand by, para ser utilizada en situaciones de emergencia).

  • TK 12: 1 bomba.

  • TK11: 2 bombas (una de ellas en stand by, para ser utilizada en situaciones de emergencia).

La recuperación de las aguas de la cubeta de la ampliación, serán enviadas al estanque de recepción TK 11, desde donde serán bombeadas al TK 10 y luego al TK 6, (estanques existentes y en operación), para finalmente ser recirculadas a proceso.

Las aguas del canal perimetral, serán recepcionadas en el estanque TK12 y TK13. Las aguas recepcionadas por el TK12, serán enviadas al estanque TK11 para seguir al TK10, TK6 y finalmente vuelven a proceso. El TK13, bombea las aguas recepcionadas directamente al TK6.

En lo que respecta al volumen de aguas claras generadas, éstas corresponden a 7 Vs 3.1.8. Muro de contención para emergencias.

El muro de contención estará ubicado a 50 m al Sur del tranque de relaves N4, gran parte de su extensión se encuentra en paralelo a la quebradilla Juanita. Esta construcción, será de 2,7 m de altura, 6,1 m de base y un coronamiento de 0,5 m de ancho, tiene por finalidad impedir el arrastre de material hacia la mencionada quebradilla. El material de construcción del muro corresponde a un material de empréstito de granulometría de hasta 4 pulgadas, material arcilloso existente en el área. La longitud total del muro de contención será de 624 m.

Como medida para controlar la emisión de material particulado se implementará una cortina vegetal conformada por Casuarinas. (Ver anexo C de la Adenda).

3.1.9. Insumos.

Tabla N“2: Descripción Unidad | Cantidad Suelo de Empréstito mi 15.175 Tubería HDPE m 10.500 Lámina HDPE e=lmm | m? 30.000 Vinimanta 0,42 mé 10.600 Cableado Eléctrico m 5.500

3.2. Etapa de operación:

3.2.1 Disposición de los relaves.

Para efectos del cálculo de volumen total para la disposición de relaves (arenas y finos), se han considerado los parámetros relacionados a una capacidad de 400 tpd de procesamiento de mineral por un período de 22 meses, los parámetros establecidos son:

1) Control del ciclonado. 2) Disposición de hidrociclones, orientado hacia la eficiencia de corte y operados sobre la berma, estimando una relación de arena-finos de 1:3,19.

“ana operación continua.

Tabla N93:

Parámetros Cantidad | Unidad Capacidad de Planta | 400,0 [tpd] Densidad de Relaves | 1,41 [t/m*] Relaves Totales 380,0 [tpd] Arenas 24% 91,0 [tpd] Finos 76% 289,0 [tpd]

Conforme a lo anterior, la capacidad del proyecto es de 250.800 m?, equivalentes a 353.628 Ton de relaves totales, esto considerando una producción de 400 tpd. El contenido promedio de humedad de la pulpa dispuesta en el relave de 400 tpd, equivale a 867 m'/día. El 70% de este contenido es evacuado por el sistema de captación de aguas, el cual corresponde a 607 m'/día. Por otra parte, del 30% restante (260 m/día), se evapora desde la cubeta.

3.2.2. Descripción proceso de acumulación de relaves.

El proceso de acumulación se efectuará del mismo modo como se lleva a cabo en la actualidad, comenzando con el bombeo de los relaves desde la Planta de Beneficio hasta la ampliación del Tranque de Relaves, a través de una tubería HDPE PN10 (relaveducto). Posteriormente, el relave será clasificado por granulometría, por medio de los hidrociclones, los que serán movilizados continuamente por el muro de arenas.

El muro de arenas se construirá con el material arenoso descargado del bajo flujo de los hidrociclones, y la arena será esparcida hacia el exterior del muro de partida para formar el talud.

La cubeta de lamas estará formada por los finos descargados del sobre flujo de los hidrociclones. Dentro de la cubeta de lamas (finos) se formará una laguna por decantación de los sólidos contenidos en el relave. Ésta se mantiene alejada del muro de arenas y será evacuada en forma permanente por torres colectoras de concreto conectadas a una tubería central, la cual evacuará las aguas claras a un estanque receptor.

3.3. Etapa de abandono.

3.3.1. Desmantelamiento de las instalaciones.

En la etapa de cierre, se realizará el desmantelamiento y retiro de todas las instalaciones superficiales, equipos y materiales utilizados en el período de operación. Se contempla el retiro de instalaciones de bombeo, ductos de relave, hidrociclones, líneas eléctricas y muelles de acceso, así como la desenergización de todas las instalaciones eléctricas, retiro de cables conductores, postaciones, generadores, transformadores y otros equipos.

3.3.2. Secado de lagunas de aguas claras.

Se mantendrán en servicio temporalmente los estanques TK. 11, TK 12 y TK 13, esto para permitir la recuperación al máximo de las aguas claras y alcanzar finalmente el secado de la laguna de aguas claras.

Se realizará como medida de control una revisión semanal de las estaciones de bombeo contiguas a los estanques, con el objetivo de prevenir la ocurrencia de derrames producto de fallas en estos sistemas. Junto con esto se revisarán los sensores de nivel existentes en los estanques de manera preventiva.

3.3.3. Mantención del canal perimetral. Se realizará la mantención de la zanja perimetral, para detectar posibles roturas en la carpeta

de impermeabilización. Esta actividad se realizará según procedimiento de limpieza utilizado actiialmente en la operación (ver anexo 6 de la DIA).

Los trabajos que se desarrollan en la actualidad, comprenden el despeje periódico de las zanjas perimetrales. Este procedimiento deberá continuar en el tiempo de manera normal, hasta que se verifique de manera visual y por el seguimiento de los informes de registro, que la captación de aguas, por estruje de taludes externos, no constituye un flujo normal, sino que se encuentre en un estado de inactividad. No obstante, es importante mencionar, que una vez comprobado el estado inactivo, se mantendrá operativo el canal perimetral para captación de aguas que provienen del emplazamiento colindante al tranque.

3.3.4. Cierre de accesos.

Dependiendo de la tasa de evacuación de aguas claras, se realizará el cierre de caminos de acceso y de sectores en que no exista barrera natural que impida la entrada a personas y animales al área de emplazamiento del tranque, dejando sólo un acceso de uso exclusivo para el personal relacionado con las actividades de cierre.

3.3.5 Estabilización de taludes.

Regularización de ángulos y estabilización de taludes del tranque para asegurar la estabilidad del depósito. Al momento del cierre, el ángulo del talud externo de los muros, será llevado a un valor de 23.6".

Se ha considerado un control topográfico para la disposición de estacas referenciales del plano inclinado, que serán usadas para el control de disposición de las arenas, en lo que se refiere a complemento y al retiro de excedentes.

Terminada la etapa de regularización, se procederá al compactado de taludes, mediante rodillo liso y en baja frecuencia, dando de esta manera el acabado definitivo de los taludes externos.

3.3.6. Secado de torres colectoras.

Se realizará la inhabilitación de las torres colectoras sellándolas una vez seco el espejo de agua en la cubeta de lamas. El sello de las torres colectoras tendrá dos etapas:

» Llenado: Se contempla la utilización de arena seca para el llenado del volumen de cada torre. Esto generará una condición segura para el tránsito en el interior de la cubeta del tranque.

» Sello: Corresponderá a la regularización de cota de terreno, tal que las torres colectoras no se presenten como obstáculos en la superficie general del interior del tranque de relaves.

3.3.7. Recubrimiento de cubeta y taludes.

Con el fin de minimizar las emisiones de material particulado por erosión eólica, se cubrirá la cubeta y taludes con un aglomerante, sellando el Tranque N*4 en su totalidad (taludes Norte, Sur, Este, más los taludes construidos para la ampliación y la cubeta), mediante el empleo de aglomerante Aglosil 21. Previo a la aplicación del aglomerante, se construirá un terraplén de acceso para el ingreso hacia la cubeta de maquinaria necesaria para la ejecución de las obras.

3.3.8. Adicionalmente a las medidas antes descritas, se implementarán otras tales como:

  • Monitoreo de Calidad de aguas Subterráneas: se realizará un Programa de Monitoreo de Calidad de aguas subterráneas, en los pozos que se encuentran aguas arriba y abajo del tranque de relaves (Pozos 5 y 6, respectivamente). Este monitoreo se realizará durante la etapa de operación, y serán enviados a la Autoridad Ambiental trimestralmente.

  • Monitoreo y control de niveles freáticos de los taludes del tranque: se continuará ¿0 monitoreo de los niveles freáticos según procedimientos operacionales. Se ¡ P trinfestralmente a la Autoridad Ambiental sobre el resultado de los monitoreos realiz;

DEPTO. DIRECCIÓN REGIONAL

+» Captación de aguas de drenaje: el tranque de relaves ampliado contará con un sistema propio de captación de aguas (estanques y piscinas de emergencias), por lo que los posibles drenajes serán captados y almacenados en las mismas piscinas que se utilizaron en la operación, en donde, según las condiciones climáticas del sector, se evaporan naturalmente.

3.3.9. Condiciones para el Cierre.

+» Cota coronamiento: 214,5 m.s.n.m.

  • — Altura total frontal prisma: 14,9 m.

  • Razón arenas/lamas: 1:3.

  • Volumen aproximado relaves: 353.628 Ton.

  • Angulo Talud externo: 23,5".

  • Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto cumple con los requisitos para otorgar los Permisos Ambientales Sectoriales contemplados en los Artículos 84, 90, 96, y 101, del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  • Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N' 19.300, el proyecto no generaría dichos efectos, en consideración a que:

5.1.En relación al riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos:

a) Emisiones a la atmósfera.

Etapa de Construcción: se generará material particulado (MP) asociado al tránsito de camiones y a las actividades de movimiento de tierra. También, se generarán gases de combustión debido al uso de maquinaria.

Medidas de control:

  • Tránsito de vehículos a baja velocidad.

  • Se cubrirán las tolvas de los camiones que lleven material.

  • Humectación permanente de caminos con acceso al tranque (3 veces al día) y humectación de las zonas a excavar.

  • Aplicación de Aglosil 21 (estabilizador químico) en los taludes Norte y Oeste del tranque N?2 y, en el tranque N1 en los taludes Norte, Sur, Oeste y en la cubeta. Cabe mencionar, que no se aplicará aglomerante en la cubeta del Tranque N2, ya que ésta se encuentra fitoestabilizada naturalmente.

Se mantendrá un sistema de registro y verificación del cumplimiento de las medidas de mitigación en cuadernillo ubicado en la oficina del jefe de turno.

Etapa de operación: las emisiones atmosféricas generadas durante la etapa de operación corresponden al arrastre de material particulado por erosión eólica de los taludes. El titular ha implementado una estación de monitoreo con representatividad poblacional (EMRP), para material particulado respirable MP-10. Los informes de monitoreo de calidad de aire, serán enviados mensualmente a la Autoridad Ambiental.

a.2. Residuos líquidos.

Etapa de construcción: durante esta etapa no se generarán residuos líquidos, con excepción de los provenientes de las aguas servidas que generará el personal. Sin embargo, el proyecto en evaluación no contempla la contratación de personal adicional.

. Etapa de operación: los residuos industriales líquidos generados por la actividad industrial

o “serán regirculados al interior del proceso productivo, por ello no se considera la generación de RILes, ni la descarga a cauces naturales ni artificiales del área del proyecto.

¿e Y

a.3. Residuos sólidos.

Etapa de construcción: se generarán residuos sólidos provenientes del movimiento de tierras y excavación, los que se dispondrán dentro de la misma propiedad, utilizados como relleno para la nivelación de terrenos.

El titular cuenta con un sitio autorizado para almacenar y disponer temporalmente los residuos peligrosos, tales como huaipes, trapos impregnados con aceites y grasas, filtros de aire y aceite, envases de lubricantes y aceites usados.

Etapa de operación: no existirá un aumento de los residuos domésticos, ya que se utilizará la misma mano de obra existente actualmente en la empresa.

Respecto de los residuos industriales, los relaves serán almacenados en el depósito de relaves N?4 en evaluación.

a.4. Emisión de Ruido.

Etapa de construcción: se generará por las actividades de movimientos de tierra, traslado de materiales, tránsito de vehículos hacia el sitio de ejecución de las faenas. Estas actividades producirán un aumento momentáneo en los niveles de ruido en el entorno inmediato al área del proyecto. El receptor más cercano se encuentra a 607 m. Se dará cumplimiento al D.S. N?146/97, Norma de Emisión De Ruidos Molestos Generados Por Fuentes Fijas.

La siguiente tabla muestra la evaluación de las emisiones proyectadas, para los receptores más cercanos al área de proyecto.

Tabla N%4, . Nivel de Ruido de Nivel máximo Nivel de Calificación Receptor | Distancia | emisión dB | fondo Leg Le inmisión o (A) (A) permitido AB(A) D.S. N*146 1 607 92,7 39 49 43,06 Cumple 2 719 92,7 43 53 41,59 Cumple 3 782 92,7 65 75 40,86 Cumple

Etapa de operación: se generará ruido producto del funcionamiento de equipos asociados a los hidrociclones. Dichas emisiones son poco significativas y se verán atenuadas debido a la distancia que existe entre la actividad proyectada y las viviendas más cercanas, cumpliendo con el D.S. N*146/97.

5.2.En relación a efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos

naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, es posible indicar que el proyecto y sus actividades asociadas no generarían dichos efectos, características o circunstancias sobre estos componentes.

5.3.En relación al reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los

sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, el proyecto y sus actividades asociadas no generarían dichos efectos, características o circunstancias sobre esta componente.

5.4. En relación a la localización próxima a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de

5.5.En relación a la alteración significativa, en términos de magnitud o duració: 10 ¡paisajístico o turístico de una zona, el proyecto y sus actividades asociadas ES 3

DEPTO. i-

TS -————201a. 3 1 JURIDICO

ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, es posible indicar que el proyecto y sus actividades asociadas no generarían dichos efectos, características o circunstancias sobre esta componente.

“dichos efectos, características o circunstancias sobre el valor paisajístico o tuy e

5.6.En relación a la alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico,

6.

histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, el proyecto y sus actividades asociadas, es posible indicar que el proyecto y sus actividades asociadas no generarían dichos efectos, características o circunstancias sobre estos componentes. No obstante, el Consejo de Monumentos Nacionales, órgano competente en la materia, ha condicionado su aprobación a lo siguiente:

Que el titular del proyecto, en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, debe proceder según lo establecido en los Artículos N%26 y 27 de la Ley N*17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N“20 y 23 del Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas, informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación será efectuada por el titular del proyecto.

Que, para que el proyecto pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables, entre las que se encuentran:

  • —D.S. N72/85, del Ministerio de Minería, Reglamento de Seguridad Minera, modificado por el D.S. N132/2002, marco regulatorio al que deben someterse las faenas de la industria extractiva minera nacional.

  • —D.S. N*248/06, del Ministerio de Minería, Reglamento para la Aprobación de Proyectos de Diseño, Construcción, Operación y Cierres de los Depósitos de Relaves.

  • D.S. N*148/03, del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario sobre el Manejo de Residuos Peligrosos.

  • — D.S. N*146/97, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Establece Normas de Emisiones de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas.

  • D.S. N*61/08, del Ministerio de Salud, Reglamento de Estaciones de Medición de contaminantes Atmosféricos.

  • — D.S. N*158/80 del Ministerio de Obras Públicas, Fija peso máximo de los vehículos que pueden transitar por caminos públicos, establece límites de pesos por eje y límites de peso bruto total.

  • D.S. N*686/93, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica.

  • Ley N17.288/70, sobre Monumentos Nacionales y D.S. N484/90 del Ministerio de Educación, Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.

  • D.F.L N*725/67, del Ministerio de Salud, Código Sanitario.

  • Que, el titular del proyecto deberá informar de inmediato y por escrito a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Coquimbo, en un plazo no superior a 24 horas, la ocurrencia de cualquier hecho, circunstancia, accidente y/o contingencia, previstas o no, y sus posibles efectos o impactos ambientales. El titular deberá implementar, una vez constatado el hecho, ya sea por medios visuales o instrumentales, las medidas provisorias O definitivas necesarias para controlar, evitar y/o detener estos efectos o impactos e informar a esta Comisión. Asimismo, deberá cóordinar con los órganos de la administración del Estado con competencia ambiental, la implementación de las medidas adecuadas para controlar, evitar, detener, restaurar y/o compensar en forma definitiva los efectos o impactos ambientales identificados dentro de un plazo no superior a tres (3) días contados desde la fecha de aviso a la Comisión Regional del Medió:'Ambiente de los eventos que alude el presente considerando.

  • Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Coquimbo, al menos con un mes de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  • Que, el titular deberá entregar, dentro de los 45 'días de informado el inicio de actividades del proyecto, el cronograma de cada uno de los ¿ompromisos ambientales asumidos

10.

11

12.

13.

14.

(monitoreos, estudios, obras y actividades, entre otros), en base a un formato estándar entregado por la Secretaría de la COREMA.

Que, el titular deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

Que, la DIA, sus respectivos Adenda y el Informe Consolidado de Evaluación se consideran oficiales y partes integrantes de la presente Resolución, por lo tanto, todas las medidas y acciones señaladas en dichos documentos se consideran asumidas por el titular, el que se obliga a su cumplimiento, en lo que corresponda y a las modificaciones a que quede sujeto por la presente Resolución.

Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Coquimbo, la individualización de cambios de titularidad o domicilio.

Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Coquimbo,

RESUELVE:

1.

CALIFICAR FAVORABLEMENTE la DIA del Proyecto “Ampliación Depósito Relaves N4”, presentada al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental por Don Ramón Méndez Cifuentes, en representación de la Sociedad Contractual Minera Tambillos.

CERTIFICAR, que el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable y que no generaría, ni presentaría ninguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N*19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y cumple con los requisitos para otorgar los Permisos Ambientales Sectoriales contemplados en los Artículos 84, 90, 96 y 101, del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, los recursos de reclamación, contemplados en el artículo 20 de la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente, en el plazo y ante quien corresponda según las asjianes del citado artículo.

SEGAHÓNA SALAZAR ntendente Región de Coquimbo uación Ambiental Región de Coquimbo

: - RA ROJA: Pa Directora Regional Serviclo de Eváluación Ambiental Región de Coquin ON Secretaria Comisión de Evaluación Ambiental Región de Coquimbo

DE 5 SE Ramón Méndez Cifuentes, Representante Legal Sociedad Contractual Minera Tambillos. Sres. Miembros de la COREMA de la Región de Coquimbo. - — THustre Municipalidad de Coquimbo. - — Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo. - Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo. - — Gobierno Regional, Región de Coquimbo - Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo. - Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Coquimbo. - Consejo de Monumentos Nacionales. - — Superintendencia de Servicios Sanitarios

Cle: - Expediente de evaluación del Proyecto “Ampliación Depósito Relaves N*4”. - Archivo Comisión de Evaluación Ambiental Región de Coquimbo.