Evaluación SEA

Centro de Distribución y Planta de Semillas Requínoa

Rol 4667929
SEA · DIA · Aprobado · 2010-06-24 · Región del Libertador General Bernardo O'Higgins · ANASAC CHILE S.A.

REPÚBLICA DE CHILE . COMISION DE EVALUACIÓN VIREGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO OHIGG1NS

Califica Ambientalmente el proyecto "Centro de Distribución y Planta de Semillas Requínoa”

Resolución Exenta N* 32/2011

Rancagua, 17 de Febrero de 2011 VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "Centro de Distribución y Planta de Semillas Requínoa", presentada por el Señor Mario Lara Essedin, en representación de ANASAC CHILE S.A., con fecha 24 de Junio de 2010.

Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

to

Sintesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental.

Declaración de impacto ambiental (DIA) S/N Por ANASAC Chile S..A., con fecha 24/06/2010

Test de admisión S/N Por Senicio Evaluación Ambiental, VI Región del Libertador General Bernardo O'Wiggins, con fecha 01/07/2010

Oficio solicirud de evaluación DIA N*517/2010 Por Sericio Esvaluación Armbiental, W'1 Región del l_tbertador General Bernardo O'Wiggins, con fecha 01/07/2010

Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones N? 1 a la DIA (ICSARA) N”628/2010 Por Servicio Evaluación Ambiental, V'1 Región del | ¿bertador Cseneral Bernardo O'Hliggins, con ferba 04/08/2010

Adenda N%1 Por, AÑNASAC Chile S.A. con fecha 02/09/2010

Solicitud de evaluación de Adenda N 1 N743 Por Servicio Evaluación Ambiental, VI Región del libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 03/09/2010

Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones N” 2 a la Adenda (ICSARA) N*805/2010 Por Servicio Evaluación Ambiental, V1 Región del libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 01/10/2010

Adenda N*2 Por, AÑASAC Chile S.A. con fecha 01/12/2010

Solicitud de evaluación de Adenda N 2 N686/2010 Por Servicio Evaluación Ambiental, 1/1 Región del libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 01/12/2010

Resolución de ampliación de plazo N*32/2010 Por Servicio Evaluación Ambiental, V1 Región del libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 17/12/2010

Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones N? 3 a la Adenda (ICSARA) N*238/2010 Por Servicio Evaluación Ambiental, W1 Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 29/ 12/2010

Adenda N%3 Por, ANÑASAC Chile S.A. com fecha 20/01/2011

Solicitud de evaluación de Adenda N 3 N67/2011 Por Servicio Vvaluación Ambiental, 41 Región dei Libertador Generai Bernardo O'lliggrms. con fecha 21/01/2011

Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.

Sobre la DIA

Oficio N245 sobre la DIA, por SERIZMI MOP, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha

13/07/2010; Oficio N"1396 sobre la DIA, por SAG, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 21/07/2010; Oficio N%17 sobre la DÍA, por SEC, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 22/07/2010; Oficio N1.366 sobre la DIA, por SEREMI Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 26/07/2010; Oficio N%859/2010 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 30/07/2010, Oficio N*366 sobre la DIA, por SEREMI Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 31/07/2010;

Sobre la Adenda N"1

Oficio N”1.795 sobre la Adenda 1, por SEREMI Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 10/09/2010;

Oficio N”1770 sobre la Adenda 1, por SAG, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 10/09/2010;

Oficio "326 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 15/09/2010;

Oficio N*450 sobre la Adenda 1, por SEREME Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 24/09/2010;

Sobre la Adenda N*2

Oficio N*597 sobre la Adenda 2, por SEREMI Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 03/12/2010;

Oficio N*2,312 sobre la Adenda 2, por SEREMI Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 07/12/2010;

Oficio N*%2366 sobre la Adenda 2, por SAG, Repión del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 10/12/2010;

Sobre la Adenda N"3 Oficio N? 0229 sobre la Adenda 3, por SAG, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 28/01/2011;

Constitución y funcionamiento del Comité Revisor.

En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Centro de Distribución y Planta de Semillas Requínoa', han sido invitados a participar, coordinados por la Servicio Evaluación Ambiental, VI Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, los siguientes Órganos de ¿a administración del Estado, con competencia ambiental:

Gobierno Regional, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

Ilustre Municipalidad de Requínoa

SAG, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

SEC, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

SERI¿MI Agricultura, Región del libertador General Bernardo O'Higgins SEREMUEMOD, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

SERIZMI Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

SERI¿MI de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, VI Región

Superimendencia de Servicios Sanitarios

Se excluyeron de participar en la evaluación del proyecto Centro de Distribución y Planta de Semillas Requínoa realizando un oficio de no participación en la evaluación, los siguientes servicios:

Oficio no participación en la evaluación N*569 Por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 20/07/2010

  1. Ll Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental del Proyecto "Centro de Distribución y Planta de Semillas Requínoa", de fecha 15 de febrero de 2011.

  2. El Acta de la Sesión Extraordinaria N%3 de 2011 de la Comisión de Evaluación de la VI Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, de fecha 16 de febrero de 2011.

S. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental y de sus Adendas NL, N2 y N%3 del proyecto "Centro de Distribución y Planta de Semillas Requínoa”.

  1. Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2? del DS. 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley 19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Organos de la Administración del Estado; la Resolución N 1600 de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N? 55/92, ambas de la Contraloría General de la República; y las demás normas aplicables al proyecto.

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Comisión de Evaluación de la VI Región del Libertador General Bernardo O'Higpins debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Centro de Distribución y Planta de Semillas Requínoa".

  2. Que, el derecho de ANASAC CHILE S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

  3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Centro de Distribución y Planta de Semillas Requínoa” consiste en:

3.1 Datos del Titular:

Titular: ANASAC Chile S.A.

Rut: 76.075.832-9

Domicilio: Almurante Pastene N? 300, Providencia, Santiago Representante legal: Mario Lara Essedin

Rut: 9.181.879-5

Domicilio: Almirante Pastene N? 300, Providencia, Sanuago Región: Región del Libertador Crencral Bernardo O'Higgins Comuna: Requínoa

3.2 Tipología de Proyecto:

D) Agroindustrias, mataderos, planteles y establos de crianza, lechería y engorda de animales, de dimensiones industriales,

ñ) Producción, almacenamiento, transporte, disposición o reutilización habituales de sustancias tóxic explosivas, radioactivas, inflamables, corrosivas o reactivas.

3.3 Monto de Inversión: USD 7.500.000

3.4 Vida útil: Por su naturaleza, el proyecto tendrá una vida útil indefinida, mientras el centro de distribución y planta de semillas se encuentren activos.

3.5 Mano de Obra:

Construcción: se considera una mano de obra de 60 personas aproximadamente, a través de personal Contratista que estará a cargo de la Obra.

Operación: se considera para el centro de distribución 4 personas, para la Planta de Seleccionadora de semillas 20) personas, para el Laboratorio de Control de calidad 2 personas, para el laboratorio de análisis de muestras vegetales 3 personas, para el proceso de jardinería 10 personas, para la oficina de ventas y administración 3 personas, servicio de guardia 1 persona y casino 2 personas. En total 45 personas en Planta Requínoa.

3.6 Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas:

El Proyecto unlizará una superficie de 157.600 m2.

3.7 Localización:

El Proyecto se ubica en la Región del Libertador Bernardo O'Higgins, Provincia de Cachapoal, Comuna de Requínoa, Parcela 2 y 3B de Parcelación la Lechería, Ruta H-409 Requinoa Rosario.

Tabla: Localización Proyecto. Coordenadas UTM W6GS 84, Huso 19s

Punto E N

1 332.106,8 | 6.201.260,4 331.900 |6.201.320,4 331.884,5 | 6.201.337 331.997,8 | 6.201.512,2

Hjujto

5 |331.9973|6.201.567,7 6 [331954 [6.201.610,5 7 [331.9985|6.201.748,5 8 [3322025|6.201.693,6

El Proyecto se emplaza en el área rural no afecta a Insurumento de Planificación Territorial, no obstante el lugar de emplazamiento del proyecto cuenta con cambio de uso de suelo industrial según Resolución Exenta N? 795 del 27 de Noviembre de 2009 de la SEREMI de Agricultura de la Región de O'Higgins, en el Anexo N? 2 de la

DIA se presenta el cambio de uso de suelo mencionado. 3.8 Descripción General del Proyecto

ANASAC CHILI SA, es una Empresa orientada a la Producción y Distribución de productos necesarios para la actividad agrícola, pecuaria, forestal, industrial, de sanidad ambiental, del hogar y jardines. La producción y Distribución de estos bienes se realizan para satisfacer las necesidades de los clientes en los mercados externos e internos.

El año 2010, ANASAC SAC e 1, dividió sus áreas de negocio en diferentes empresas, pasando a ser un Holding que tiene como objetivo, centrar cada empresa con sus propios negocios, permitiendo un mayor crecimiento. Así nace el 2010 ANASAC CHILE SA, destinada a la Producción y Distribución de Insumos Agrícolas, heredando la trayectoria de ANASAC SAC e I que fue fundada en 1948 y desde entonces ha tenido un constante crecimiento junto a la actividad agroeconómica del País. En el año 1987, ANASAC comienza con la mezcla de fertilizantes y el envasado de fitosanitarios, lo que trac consigo una importante regulación de los precios de estos productos, el que ha sido traspasado al agricultor con el consiguiente beneficio para la acuvidad agrícola nacional. Hoy ANASAC CHILE SA pretende dar un nuevo paso que beneficie al sector agrícola, con la instalación de un Centro de Distribución de insumos agricolas y Planta seleccionadora de Semillas en la Comuna de Reqguínoa.

3.9 Definición de las Partes, Acciones y Obras Fisicas del Proyecto

El objetivo del Proyecto, en una primera etapa, es la instalación de un cemro de distribución de insumos agrícolas y una sucursal de ventas, que permita hacer más eficiente el abastecimiento a nuestros clientes, aumentando la capacidad de almacenamiento, acortando las distancias y tiempos de entrega.

La segunda etapa, contempla la construcción de una Planta Seleccionadora de Semillas, Laboratorio de Control de Calidad, Laboratorio de Análisis de muestras vegetales, Planta de Producción de semillas, y Planta procesamiento de productos de jardinería.

Las obras consideradas por el proyecto son las siguientes:

Bodega de productos no inflamables.

La bodega será destinada al almacenamiento productos para su comercialización, contará con una superficie de 2820 m? en la primera etapa, la que está separada en dos partes: una para sustancias peligrosas (2200 mí?) y otra para sustancias no peligrosas (620 m3). La segunda etapa contará con ampliaciones de 1100 y 600 m, respectivamente, Cada una de las partes antes señaladas contará con una puerta de acceso, y una amplia zona para el desplazamiento y bodegaje que permite el manejo de inventario mediante grúas horquilla,

Ea la bodega de no inflamables las sustancias se dispondrán en pallets y se clasificarán y distribuirán según las Condiciones Específicas de Almacenamiento de Productos Químicos Peligrosos, ordenados según Clasificación

de la NCh 382 Of.98.

Dentro y fuera de esta bodega existirá espacio suficiente para el fácil acceso en la carga y descarga de productos de los camiones y su distribución en grúas horquilla, manteniendo un camino de seguridad demarcado para el personal de bodega.

Las características estructurales de la bodega, tanto de muros interiores como exteriores, se ajustarán a lo establecido en las disposiciones y normas técnicas contenidas en la Ley General de Urbanismo y Construcciones y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Bodega de Productos Inflamables

La bodega destinada al almacenamiento de productos inflamables, en la primera etapa tendrá una superficie de

2 7 EE - 250 mí, la segunda etapa contará con 150 m? adicionales. El sector de acceso, cuenta con una amplia zona que permite el manejo de inventario mediante grúas horquilla.

El piso de la bodega será de hormigón armado con un tratamiento impermeabilizante para asegurar un piso lavable y libre de filtraciones.

e.

Corresponderá a una construcción tipo “a”, con entrada independiente y externa con puerta RI*-90; los muros externos, y elementos soportantes horizontales y verticales son RE-120; la cubierta de techo es RE-60; posee un sistema de control de derrame, el cual cuenta con sistema colector y elementos absorbentes que permiten retirar fácilmente el producto; señalización que indica su clasificación; rotulación de productos según NCh 2190, 0,5 m de distancia de productos a muros, 1,2 y 2,4 m de ancho de pasillos entre pilas y principales respectivamente; extintores de incendio según DS N” 594 de 1999; plan de emergencia coordinado con Bomberos de la zona; cuenta con una instalación eléctrica a prueba de explosión.

Las caracteristicas estructurales de la bodega, tanto de muros internores como exteriores, se ajustarán a lo establecido en las disposiciones y normas técnicas contenidas en la ley General de Urbanismo y Construcciones y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Planta de Semillas:

Planta de Secado de Maíz

La Planta de secado de semillas de maíz, contará con las siguientes instalaciones, las que serán parte de la segunda etapa del Proyecto.

Este sector cuenta con un sector exterior que se compone de dos Tolva de descarga, cinco deschaladoras, dos estanques de gas de capacidad 12.000 galones, diez silos de secado de 80 toneladas y dos tolvas para almacenamiento de corontas. También cuenta con un sector de Bodegas, donde se acumulan subproductos.

Planta de Producción de semillas de Hortalizas

La Planta de producción de Hortalizas cuenta con una superficie de 1750 m'. Se compone de de diferentes módulos, que realizan tarcas de selección de semillas de hortalizas de cosecha común. Estos módulos cuentan con elevadores de Capachos, Máquinas Hameadoras, Máquinas de Peso Especifico, Maquinas Desbarbadoras, Maquinas despajadoras, maquinas de discos, máquinas felpa, máquina micro, extractores de aire y diversos equipos móviles.

Planta de Envasado productos de Jardinería

La planta de envasado productos de jardinería posce una superficie de 600 m” Está constituida por envasadoras, betoneras, mezcladoras y mesones de trabajo para el envasado de productos de sustratos, hortalizas, y fertilizantes.

Laboratorio de Calidad de semillas:

Este laboratorio tiene 300 m? de superficie. Los pisos y muros serán de cerámica, antideslizante y lavable. Las características estructurales del laboratorio, tanto de muros interiores como exteriores, serán de acuerdo a la establecido en las disposiciones y normas técnicas contenidas en la Ley General de Urbanismo y Construcciones y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Laboratorio de análisis de muestras vegetales

El Laboratorio de análisis de muestras vegetales consta de 300 mi de superficie. Los muros serán de cerámica, antideslizante y lavable. Las características estructurales del laboratorio, tanto de muros interiores como exteriores, serán de acuerdo a lo establecido en las disposiciones y normas técnicas contenidas en la Ley General de Urbanismo y Construcciones y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

3.10 Descripción de la etapa de construcción

La Etapa de Construcción, tal como se ha señalado, se realizará a través de dos etapas, el desarrollo de las obras consideradas por el proyecto será llevado a cabo por una empresa constructora que cuente con autorización para tales labores.

Se estima que la duración de cada una de las obras es la que se muestra en la siguiente tabla:

Tabla: Duración de la construcción de las obras, según ctapa del proyecto

Etapa | Obra Duración Bodega no inflamables 2 meses

J Badeoa inflamables GIA

Oficinas comerciales 2 meses Bodega productos terminados 2 meses Sector exterior planta secado de maiz | 2 meses Bodegas Planta secadora 3 meses Planta Producción de hortalizas 3 meses Planta Envasado productos de

ul F . 2 meses jardineria Laboratorio Calidad de Semillas 2 meses Laboratorio de análisis de muestras |,

| 2 meses vegetales 3 Y

Estacionamiento y accesos 12 meses

Cabe destacar que el desarrollo de las obras consideradas por el proyecto será llevado a cabo por una empresa constructora que cuente con autorización para tales labores.

Durante esta etapa se tomarán las medidas conducentes para garantizar la seguridad de los trabajadores, la población y los recursos naturales involucrados. ANASAC CHILE establecerá la obligatoriedad que la empresa constructora asegure que todo su personal, ya sea de tiempo completo o de jornada parcial, esté al corriente de los potenciales riesgos y peligros relacionados con el trabajo, así como que porten equipamiento de seguridad durante los períodos de exposición al riesgo.

Construcción de edificios de oficinas, bodegas, etc.

Obras Civiles

Movimiento de tierras: se realiza para alcanzar el nivel portante para fundaciones y realizar la adecuación y mejoramiento de la calidad del terreno, previo a la construcción. La nivelación de terreno será mínima por ser éste plano.

Eundaciones: esto incluye el moldaje, los hormigones y enfierradura de los elementos de apoyo de las construcciones.

Estructura; comprende el moldaje, el hormigón y armado de hierros o elementos prefabricados estructurales de los edificios.

Cubiertas: construcción, montaje e instalación de los elementos que constiruyen el cierre final superior de los edificios incluida su estructura.

Terminaciones: incluye estucado de muros, pintura y terminación de pisos, además, incluye la instalación de puertas, etc.

Obras extertores: incluye la ampliación y pavimentación del patio de mamobras para camiones.

Montajes

a) Eléctrico, agua y gas: Construcción del sistema de distribución de agua potable y sistema de aguas servidas.

b) Estructural: Montaje de las estructuras para la construcción de las nuevas edificaciones, estructuras provisionales para obras, montaje de equipos durante la obra, mantenimientos de equipos y montaje de elementos especiales.

c) De equipos: Finalizado el montaje estructural, se procede con la instalación de los equipos necesarios para la operación de las obras.

La empresa constructora será el responsable de la instalación de faenas, incluyendo oficinas y bodegas de materiales. No se requerirá instalaciones de gas licuado o natural, ni combustibles en el lugar y no se contempla la utilización de explosivos.

No se considera la construcción de campamentos ni en la ctapa de construcción ni en la de operación.

Las obras quedarán debidamente delimitadas y sus alrededores se mantendrán sin residuos de ningún tipo, para lo cual se instalarán depósitos de residuos domésticos e industriales temporales debidamente identificados. El acceso a las obras será regulado y también se impedirá que dentro de ellas, durante la construcción, se ejecuten quemas de materiales combustbles, además de la prohibición de realizar cambios de aceites o actividades de mantención a equipos de trabajo al interior del recinto de ANASAC CHILE.

Con respecto a los Servicios Higiénicos Provisorios, éstos serán baños químicos con sistemas de limpieza de bombas y duchas cerradas con recinto de vestuario totalmente cerrado, de acuerdo al DS N*594,

Por último, se mantendrá la obra y s

s alrededores limpios y en orden, de manera de mejorar la eficiencia en el

cumplimiento de los plazos y la calidad de la obra.

Las acciones para la construcción comienzan con la obra gruesa (fundaciones, albañilería, enfierradura, moldajes y hormigonado) y concluye con las terminaciones y pavimentos exteriores de los sitios.

Mediante la utilización de equipo de buena calidad y en correcto estado de mantenimiento, se generará el menor ruido posible durante el desarrollo de la obra. Se tendrá especial cuidado de mantener en buen estado los cercos que delimitan la obra.

Por otro lado, se llevarán a cabo todas aquellas medidas tendientes a minimizar las emisiones a la atmósfera provenientes de las acciones del Proyecto, tales como:

lavado de ruedas

.

e estabilización de accesos

e riego de zonas de remoción de tierras

  • uso de mallas protectoras en las faenas para evitar la dispersión de polvo

e uso de lona hermética sujeta a la carrocería de los camiones que transporten materiales

e uso de contenedores para recibir y acopiar escombros

e reciclado de materiales de construcción

e se prohibirá que dentro de la obra, durante la construcción, se ejecuten quemas de madera u otros

materiales combustibles

Cuando la obra esté en la etapa de hormigón se tendrá precaución de que los camiones betoneros carguen y descarguen dentro de la obra.

Para los camiones que transporten otros insumos, se mantendrán en la obra puertas lo suficientemente anchas que permitan el ingreso y salida en forma expedita. No se permitirá el lavado de camiones en la acera o la calzada. Cabe destacar que no se hará mantención mecánica a los camiones en el área del Proyecto.

Todos los materiales para impermeabilización y pintura se almacenarán en lugares especialmente adaptados y seguros dentro de la obra. Sa manipulación será cuidadosa y la eliminación de desechos se hará de tal forma de evitar la contaminación atmosféric

, superficial o subterránea.

Por último, todas las actividades de carguío y transporte se harán con vehículos y camiones con revisión técnica al día y debidamente tapados para evitar levantamiento de polvo y emisiones de ruido.

La cantidad y frecuencia de viajes de camiones y accesos considerados para la etapa de construcción del proyecto se estima en 6 a 8 camiones como máximo distribuidos durante el día, lo cual no generará efectos significativos sobre la vialidad y tránsito existente. Además, dentro del área se utilizará un sistema de señalización de accesos y egresos de manera de controlar con mavor eficiencia el tránsito vehicular en esta etapa.

Bodega de Productos no Inflamables

Esta bodega será construida bajo el sistema Tubest CINTAC, contando con 8m de hombro, pilares cada 7,5 m, cubierta en planchas metálicas tipo PV4 y revestimiento perimetral de hormigón armado de 1m de alto. Los pavimentos y revestimientos de los pisos serán, sólidos y no resbaladizos, impermeables y no porosos, de tal manera que faciliten una limpieza oportuna y completa.

Las dimensiones del recinto serán de 30 x 90 m en la primera etapa. El portón de acceso estará construido sobre un marco estructural de acero complementado con una malla de acero galvanizado tipo “acma”.

Bodega de Productos Inflamables

Corresponderá a una construcción tipo “a”, con entrada independiente y externa con puerta RI*-90; los muros externos, y elementos soportantes horizontales y verticales son RE-120; la cubierta de techo es RE-60; posee un sistema de control de derrame, el cual cuenta con elementos absorbentes que permiten retirar fácilmente el producto; señalización que indica su clasificación; rotulación de productos según NCh 2190; 0,5m de distancia de productos a muros; 1,2 y 2,4m de ancho de pasillos entre pilas y principales respectivamente; extintores de incendio según DS N? 594 de 1999, plan de emergencia coordinado con Bomberos de la zona; cuenta con una instalación eléctrica a prueba de explosión. Las dimensiones de esta bodega serán de 15x15 m.

Las características estructurales de la bodega, tanto de muros interiores como exteriores, están de acuerdo a lo establecido en las disposiciones y normas técnicas contenidas en la Ley General de Urbanismo y Construcciones y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Planta de Secado de Maíz

Esta planta está basada cn un sistema de construcción modular por medio de paneles metálicos construidos in

situ, estos paneles van conformando los cajones que recepcionarán las mazorcas de maíz para su secado. Los paneles metálicos son unidos mediante pilares metálicos para conformar una única estructura de soportación.

Se levantarán bodegas de estrictura metálica (cerchas y pilares) las cuales tendrán recubrimiento superior y lateral en planchas metálicas po PV4.

Las construcciones se encontrarán sobre pavimentos de hormigón y con las especificaciones técnicas para éstos propósitos.

Planta Producción de semillas de Hortalizas

Esta planta está basada en un sistema de construcción modular por medio de paneles metálicos construidos in situ. Los paneles metálicos son unidos mediante pilares metálicos para conformar una única estructura de soportación.

Además se levantarán bodegas de estructura metálica (cerchas y pilares) las cuales tendrán recubrimiento superior y lateral en planchas metálicas tipo PV4.

Las construcciones se encontrarán sobre pavimentos de hormigón y con las especificaciones tócnicas para éstos propósitos.

Planta de Envasado productos de Jardinería

Esta planta está basada en un sistema de construcción modular por medio de paneles metálicos construidos in situ. Los paneles metálicos son unidos mediante pilares metálicos para conformar una única estructura de soportación.

Además se levantarán bodegas de estructura metálica (cerchas y pilares) las cuales tendrán recubrimiento superior y lateral en planchas metálicas tipo PV4.

Las construcciones se encontrarán sobre pavimentos de hormigón y con las especificaciones técnicas para éstos propósitos.

Laboratorio de Calidad de Semillas

El laboratorio de calidad de semillas contará con los siguientes equipos y maquinarias:

  • Balanzas de precisión y/o analíticas para pesaje de semillas

Divisores metálicos y eléctricos para dividir y homogenizar muestras de semilla + Lupas de aumento para análisis de semillas

  • Soplador de semillas para separar distintas fracciones de una muestra de semilla Máquina harneadora para separar por tamaño muestras de semilla Determinadores de humedad de semillas Estufa de secado para semilla

  • Cámaras de crecimiento para germinación de semilla

  • Cámara de frio para semilla

  • Contador de semillas ”

v

PC para ingreso de muestras y resultados de anál

Las características estructurales del laboratorio, tanto de muros interiores como exteriores, serán de acuerdo a lo establecido en las disposiciones y normas técnicas contenidas en la Ley General de Urbanismo y Construcciones y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Laboratorio de Análisis de Muestras Vegetales

El laboratorio de residuos contará con las siguientes aéreas separadas:

  • Molienda

  • Preparación, extracción de muestras Sala de Pesaje

Área Instramental

Lavado material

Wvvov

Sala Contra muestras

Las características estructurales del laboratorio, tanto de muros interiores como exteriores, serán de acuerdo a lo establecido en las disposiciones y normas técnicas contenidas en la Ley General de Urbanismo y Construcciones y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Insumos y maquinarias:

Requerimientos de Agua

Para los trabajadores que laboren en la construcción, el aprovisionamiento de agua potable se realizará mediante

bidones provistos por una empresa autorizada. Se estima un consumo de 6 m>”/día, considerando una dotación máxima de 60 personas en la Etapa de Construcción.

Electricidad El consumo de electricidad se realizará a través de red existente. Maquinarias y Equipos a Utilizar durante la Etapa de Construcción del Proyecto.

En la siguiente tabla se presenta un listado con las principales maquinarias y equipos a utilizar en la etapa de construcción del Proyecto.

Tabla: Equipos y Maquinarias a Utilizar Durante la Construcción

Maquinaria Construcción Bodegas | 2 camiones Mixer Inflamable y no inflamable, | 2 camiones tolva

Área secado de semillas de maíz, | 1 camión aljibe producción semillas de | 1 retrroexcavadora pequeña hortalizas y jardinería, | 1 rerroexcavadora grande laboratorio de calidad de[1 gráa pluma

semillas, laboratorio de análisis | 2 rodillos compactación de muestras vegetales 3 placas vibratorias

Soldadoras eléctricas al arco y mig

Durante la construcción de la Planta de Secado de maiz, Planta envasado productos de Jardinería y Planta Producción Hortalizas se utilizarán los siguientes insumos:

  • Cemento y gravillas para la fabricación de radicres.
  • Vigas metálicas

  • Pancles metálicos

  • Planchas de zinc para techumbres

Combustible

En el caso de las retroexcavadoras y rodillos de compactación, el suministro de petróleo diesel se realiza a través de trasvasije desde un tambor de 200 1. a los estanques mediante una bomba manual. El resto de los vehículos cargará combustible en el servicentro más cercano, ubicado en la localidad de Requínoa.

3.11 Descripción de la etapa de operación

Durante la etapa de operación se realizarán distintas actividades para el almacenaje de productos en el Centro de Distribución y procesamiento de semillas de maiz en la Planta Seleccionadora de maíz, las cuales se explican a continuación,

Almacenamiento de Productos

Dentro de esta actividad, se incluye:

  • Recepción de productos y su ubicación dentro de las bodegas, de acuerdo a da clasificación interna.
  • Disposición de productos en las bodegas según clasificación.

Los productos se reciben en envases de material acorde a su contenido (plástico, PVC, cartón), y son manipulados por grúas horquilla para su distribución en las bodegas.

No existirá manipulación directa de productos por parte del personal.

Las bodegas son de uso exclusivo para los productos señalados. El recinto es de ingreso restringido al personal capacitado y/o autorizado por ANASAC CHILE. Existe además un sistema de vigilancia electrónico y personal

las 24 horas del día. En el Anexo N? 11 e la DIA se presenta un listado de los productos a almacenar con sus respectivas hojas de seguridad.

Planta de Seleccionadora de semilla

La planta seleccionadora de semillas tiene por objeto procesar semillas de maíz desde su estado de cosecha en campo (mazorca) hasta la condición requerida para su almacenamiento y exportación (grano).

Y

El proceso busca producir un cambio fisico en la condición del grano, obtener una humedad final entre un 11% y 13% lo cual permita un correcto almacenaje y conservación.

La planta de selección de semillas funciona durante un período de tiempo, comprendido aproximadamente entre Febrero y Abril.

El proceso consta de las siguientes ctapas:

Recepción en planta de mazorcas de maíz húmedas. Deschalado

Secado de mazorcas de maíz

Desgranado de mazorcas

Selección de la semilla de maíz

Envasado de la semilla de maíz

VWYVWvYYovow

Almacenaje

La materia prima está exclusivamente constituida por mazorcas de maíz convencional y transgénico, cosechado directamente en campos de producción de terceros. Las variedades de maíz producidas se encuentran de acuerdo a la normativa, autorización y regulación del Servicio Agricola y Ganadero de Chile, durante todo el proceso producuvo. Todas las ctapas del proceso de producción se realizarán en áreas delimitadas y cerradas.

Planta de Producción de semillas de Hortalizas

Este proceso parte con la llegada de las semillas de hortalizas a la bodega desde su proceso de cosecha, donde son depositados en fosos subterráneos y son trasladados a través de elevadores o también de cinta transportadora 2 maquina harncadora, donde las semillas son seleccionadas por tamaño y calibre. Posteriormente el proceso continúa el traslado mediante elevadores a la mesa de peso específico, para la selección por peso y tipo deseado, mientras que la semilla fuera de tipo en primera instancia, reingresa al proceso de selección.

En algunos casos, debido a la dificultad de encontrar el producto final por problemas en la selección, el proceso se amplía a las siguientes maquinanas.

Maquinas Desbarbadoras Maquinas despajadoras Maquinas de discos Máquinas felpa

Maquina Magnética Cilindro Alveolcado

VWYYWYWvow

Luego de esto se comienza con el proceso de envasado y empaque para cl mercado nacional o internacional.

L último paso es el proceso de envasado, ingresando las semillas de hortalizas en bolsas y luego en bolsas comerciales, para ser finalmente distribuidas y puestas en el comercio.

Planta de Envasado Productos de Jardinería

Este proceso consiste en envasar distintos tipos de productos como semillas de hortalizas, pasto, fertilizantes dentro de bolsas, estuches, o botellas que luego son agrupados en contenedores o cajas y de este modo son acumulados en pallet para luego ser distribuidos y finalmente puestos en comercio.

Laboratorio de Calidad de semillas Ln este laboratorio se realizarán las siguientes actividades:

  • Recepción de muestras

» Preparación de muestras para análisis + Analisis de muestras

  • Información de resultados de análisas

Laboratorio de análisis de muestras vegetales En estas instalaciones se realizarán los siguientes procesos:

» Recepción de muestras

  • Sala balanzas: debe de estar separada, con mesones firmes, donde no haya vibración, ni circulación de aire

Preparación de muestras para análisis (extracción, digestión): La sala de preparación de muestras debe de estar compuesta por campanas extractoras, debido a que allí se debe trabajar cn la digestión y extracción de las muestras. A la vez debe de estar separado, para que no ocurra contaminación cruzada.

Sala lavado de material: debe de estar separada, para que no ocurra contaminación cruzada.

  • Análisis de muestras (A.A, Cromatográficamente): es cl lugar donde se encuentren los equipos

cromatográficos. Estos debe: de estar separados.

EN

2 Información de resultados de valisis

Insumos y maquinarias:

Agua

El proyecto contará con agua potable. En el Anexo N93 de la DIA se muestra el certificado de facubilidad de agua potable otorgado por la Empresa Sanitaria que opera en la zona (ESBBIO S.A.).

Electricidad

Ill abastecimiento de energía eléctrica será a través de un empalme al tendido eléctrico contratado a la empresa distribuidora local. La demanda prevista para la instalación del proyecto será de 1500 KVA.

Combustible

En las instalaciones solamente se utilizará gas licuado o gas natural como combustible, para los secadores y las grúas horquilla. Ei gas licuado se almacena en estanques de 12000 galones de capacidad. El combustible requerido para otros veniculos será abastecido mediante las estaciones de servicio ubicadas en la localidad de Requínoa.

3.12 Descripción de la etapa de abandono

El proyecto considera una vida útil indefinida, dependiendo del término de las operaciones del Centro de Distribución y la Planta de Semillas, por lo tanto, su etapa de abandono se describirá al momento de solicitar la autorización ambiental para el desarrollo de esta etapa del proyecto.

3.13 Manejo de emisiones, efluentes y desechos

Etapa de Construcción:

Emisiones a la Atmósfera

Se estima que las emisiones de material particulado generadas cn esta etapa serán mínimas. Para las obras de movimiento de tierra y tránsito de maquinaria al exterior se implementarán medidas de control de emisiones, tales como humectación periódica de caminos y frentes de trabajo y el uso de mallas corta viento, para asegurar que la resuspensión de partículas de polvo sea mínima.

ln cuanto a las emisiones de CO, NOx, y HC, producto de los gases de escape de los vehículos, se exigirá, el cumplimiento de medidas como la mantención adecuada de la maquinaria de construcción y vehículos utilizados. En el Ánexo N? 12 se presenta la estimación de emisiones para esta etapa del proyecto.

Ruido

Las emisiones de ruido generadas en esta etapa serán las típicas provenientes de maquinaria pesada, temporales y de carácter puntual ya que éstas se restringen al ambiente laboral dado que no hay población cercana. El personal que se encuentre trabajando en dicha árca dispondrá de elementos de protección adecuados, según lo indicado en el D.S. 594/99 del Ministerio de Salud.

Contractualmente, la empresa constructora encargada de las obras deberá respetar todas las normas chilenas

referidas a los osnertas sanitarias y cádicos del rabia relacionadas con la emisión de ruidos En al Aneva N9 4 de

de la DIA se presenta el Estudio Acústico para la etapa de construcción del proyecto.

Efluentes Liquidos

Respecto a las aguas servidas de los trabajadores, la empresa constructora utilizará baños químicos según la normativa vigente D).S. 594/99 del Ministerio de Salud.

Residuos Sólidos

Respecto a los residuos sólidos asimilables a domésticos generados durante la etapa de construcción, serán depositados en contenedores adecuadamente tapados, los cuales serán posteriormente recolectados para su disposición final en un lugar autorizado.

En cuanto a los escombros de construcción, así como restos de alambre, soldadura, planchas de acero, restos de hormigón, etc., estos serán de expresa responsabilidad de la empresa constructora, la que deberá transportarlos en. camiones cubiertos a botadero de escombros autorizados. Se generarán residuos peligrosos, principalmente aceite usado, filtros de aceite, baterías, trapos y restos metálicos contaminados y otros, producto de la mantención de la maquinaria y equipos, los que serán retirados por los terceros contratistas encargados de dicha mantención.

Etapa de Operación:

Emisiones a la Atmósfera

La Operación del Centro de distibución prevé la generación de emisiones atmosféricas minimas, provenientes del movimiento de maquinarias. En cuanto a la planta de selección de semillas, los procesos de desgrane y selección de maiz generan un polvillo orgánico que es capturado por un sistema de ciclones y filtros de mangas; abatiéndolo en un 100%,

El proceso de secado de las semillas libera gases provenientes de la operación de los quemadores, los cuales uúllizan pas natural y/o gas licuado.

El tránsito de camiones que circulan al interior del predio con materias primas y producto final producen emisiones menores. Es importante señalar que la planta tendrá toda el área de circulación interior pavimentada. Ln el Anexo N? 12 de la IDA se presenta la estmación de emisiones para esta etapa del proyecto.

Riido

Se adjunta estudio de impacto acústico en Ánexo N? 4 de la DIA.

Efluentes Liquidos

Los únicos RlLes que generará el proyecto durante su etapa de operación provendrán del Laboratorio de Analisis de Muestra Vegetales, los que se estiman en un máximo de 11./d (solventes como acetato de eno, acetonitrilo, agua, acetona, ctanol, metanol y éter de petróleo). Estos RILes serán almacenados en bidones de 10 litros para su retiro, tratamiento y disposición final por una empresa con Autorización sanitaria para ello.

Fuera de los residuos líquidos señalados, el Proyecto en su Etapa de Operación generará aguas servidas que provendrán de casino y baños. Estos residuos serán tratados en la PILAS, cuyo efluente será utilizado para riego de jardines y calles dentro del predio.

Planta de tratamiento de aguas servidas domésticas

Se construirá una planta de tratamiento mecánico de los desechos, y por sistema de aireación forzada de lodos, la que se ubicará en un lugar equidistante de los desagies de modo que las redes de alcantarillado lleguen a ella en forma gravitacional.

Los parámetros medioambientales que tendrá la planta y criterios de dimensionamiento para el tratamiento de los lodos son los siguientes:

La estimulación de las bacterias acróbicas contenidas en las aguas servidas será la adecuada para

desarrollar una biomasa bacteriana, asegurando la degradación de la materia orgánica presente en el agua residual.

» El líquido posteriormente será tratado en una cámara de desinfección de modo que se oxide la materia orgánica aun en suspensión, de manera que esta agua pueda ser utilizada para riego.

El efluente de la planta tendrá una concentración de DBOS y de sólidos suspendidos de 35 ppm como promedio mensual y una concentración de coliformes fecales que no supere los 100 mi. Cumpliendo

con la Norma N* 1333.

El tipo de sistema de tratamiento de aguas servidas escogido para este complejo asegura la no difusión de olores agresivos al medio, ya que evita la producción de gases producto de digestión anacróbica, tales como metano, ácido sulfhídrico, amoníaco y otros.

Los parámetros de diseño serán los siguientes:

Población final a servir: 45 personas + Dotación: 250 1/hab/día

  • (Qmd: 9 m /día

DBOS: 35 mg/día

La potencia requerida por los sopladores asegurará el tratamiento total de la carga orgánica en sus ctapas de aireación, digestión, sedimentación, conducción de lodos y skimmer. A continuación se presenta la desempción completa del procedimiento y proceso para el tipo de planta de tratamiento que se implementará.

El tratamiento de las aguas servidas domésticas se hará por medio de una planta con la modalidad de lodos activados, tipo aireación extendida; las erapas del proceso son las siguientes:

Tratamiento primario

Las aguas servidas que llegan a la planta son acumuladas en un compartimiento llamado cámara primaria, con la capacidad adecuada para el volumen que se va a tratar, los sólidos son retenidos allí produciéndose la decantación de los materiales orgánicos, inorgánicos y los sólidos de alta densidad como arenas y simulares.

En el fondo se produce un manto de lodos biodegradables y el líquido, por simple desplazamiento hidrostático, fluve a la cámara siguiente para el proceso de oxigenación o aireación forzada.

Arrcación

En esta segunda cámara la materia pre tratada es mezclada con lodos activados y oxigenada por medio de aireadores; estos equipos se componen de un motor eléctrico al cual se acopla un eje hueco por donde se inyecta aire; al mismo tiempo, por rotación del aspirador se provoca la mezcla produciéndose la oxigenación deseada, con la consiguiente digestión acróbica de los lodos, transformándolos cn líquidos y gases inodoros.

El flujo de circulación establecido por la rotación del aspirador impulsa el líquido, el cual es desplazado a la cámara de sedimentación y clarificación.

Sedimentación

En esta cámara se produce la ctapa final del proceso; el líquido, mantenido en perfecta calma, sedimenta todas las partículas aun no tratadas, pasando de nuevo a la cámara de aireación para un nuevo ciclo.

De esta manera sólo el líquido absolutamente clarificado pasa a la etapa de desinfección para su posterior disposición a riego.

La planta contará, además, con el equipamiento necesario para procesar la excesiva espuma que puede producirse por el uso de detergentes.

Volumen del efluente.

La planta estará diseñada para procesar un volumen diario de 9.000 litros de desechos domésticos. El efluente será utilizado para el ricgo de las áreas verdes y calles del predio. Su disposición en este punto cumplirá la norma Chilena N* 1333 en lo relativo a estándares para agua de regadío, tal como se muestra en la Tabla N? 2 del Anexo N? 6 de la DLA.

Por último, el Vitular reitera que no efectuará tratamiento de RlLes generados en la Planta, los que serán retirados, tratados y dispuestos por una empresa debidamente autorizada.

El Titular presenta Plan de Aplicación de efluentes de la Planta Tratamiento Aguas Servidas, el cual comprende las siguientes actividades:

+= Balunce hidrico: relación entre efluentes generados y volúmenes aplicados al suelo.

  • Caracteristicas de los suelos.

» Sectorización de las árcas de aplicación del efluente.

» Descripción de prácticas para evitar riego de saturación.

» Frecuencia de monitoreos.

El Plan se describe detalladamente en Anexo N? 1 de la Adenda N” 2

Residuos Sólidos

Los residuos sólidos, domésticos y asimilables a éstos, serán almacenados en contenedores adecuados, desde allí serán recolectados para su disposición final en Relleno autorizado por una empresa debidamente autorizada para tales fines.

El proceso de selección de maíz genera los siguientes residuos, los cuales se venden en su totalidad:

Corontas de maiz: vendido como biomasa para calderas + Hojas y cañas de maíz: vendido como alimento pecuario + Granos secos rechazados: vendido como alimento pecuario

El laboratorio de calidad de semillas generará restos de muestras de semillas, plántulas, papeles filtro, arena, tierra y boisas plásticas.

Como resultado de su operación, el laboratorio de análisis muestras vegetales penerará residuos de frutas y verduras y solventes como acetato de etilo, acetonitrilo, agua, acetona, etanol, metanol y éter de petróleo, en canudades totales no mayor a 1 litro. Los residuos domiciliarios serán almacenados en contenedores adecuados, desde allí serán recolectados para su disposición final en Relleno autorizado por una empresa debidamente autorizada. Los solventes orgánicos serán retirados por una empresa autorizada para tales fines. 4. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al provecto "Centro de Distribución y Planta de Semillas Requínoa” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Centro de Distibución y Planta de Semillas Requinoa” cumple con:

4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales: + Constitución Política de la República de 1980

El artículo 19 N%8 de la Constitución Politica de la República de 1980, asegura a todas las personas “el derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación” y consagra el deber del listado de velar para que éste no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza.

Mediante la presente DIA cl Titular acredita el cumplimiento de normativa ambiental vigente en el país y, con ello, su consistencia con la garantía contenida en el precepto constitucional. Por su parte, en el marco del procedimiento de calificación, corresponde a los organismos del listado con competencia ambiental evaluar y certificar tal cumplimiento.

» Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente

El artículo 10 de la ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por Ley 20.417 el año 2010, sanciona que “Los proyectos o actividades susceptibles de camsar impacto ambiental, en cualquiera de sus fases, que deben someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental, son los siguientes:

l) Agroindustrias, mataderos, planteles y establos de crianza, lechería y engorda de aninrales, de dimensiones indwstriales.

n) Producción, almacenamiento, transporte, disposición o reuiilización habituales de sustancias tóxicas, explosivas, radioactivas, inflamables, corrosivas o reactivas”.

El Titular da cumplimiento a la normativa citada, mediante la presentación del Proyecto individualizado a evaluación ambiental mediante la presente DIA.

  • D.S, 95/01 de MINSEGPRES, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental

El Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental o “RSKEIA?”, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el artículo 2? del Decreto Supremo D.S, 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, establece las disposiciones por las cuales se rige el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, precisando la normativa que, al respecto, contiene la LGBMA. Particularmente, los artículos 14, 15, 16, 29, 30, 31 y 32 especifican la manera en que debe presentarse la DIA; su contenido obligatorio; los documentos que deben ser acompañados y los principales aspectos envueltos en su tramitación.

El Titular da cumplimiento a la normativa citada, mediante la presentación del Proyecto individualizado al SELA a través la presente DA que contiene las menciones que la ley exige, desarrollada en sus capitulos sucesivos y acompaña los documentos necesarios para su evaluación.

4.12 Aire - Emisiones a la Atmósfera

Decreto Supremo N” 7 de 2009 del MINSEGPRES que declara zona saturada por Material Particulado Respirable MP1, como concentración anual y de 24 horas cl valle central de la VI Región y DS 82/09 que Rectuifica Deslinde Norte de la Declaratoria, del mismo Ministerio.

Materia regulada

Declara zona saturada por material particulado respirable MP10, como concentración anual y de 24 horas, el vale central de la VI Región, que incluye totalmente las comunas de Graneros, Rancagua, Doñihue, Olwvar, Coltauco, Coínco, Quinta de Tilcoco, San Vicente de Tagua Tagua y Placilla y parcialmente las comunas de Mostazal, Codegua, Machali, Malloa, Rengo, Requínoa, San Fernando y Chimbarongo, según los límites que se fijan en la norma y su modificación posterior.

Liscalización Autoridad Sanitaria

Relación con el Proyecto:

El proyecto se ubica en la comuna de Requínoa, comprendida en la declaratoria. Cumplimiento

El proyecto deberá ajustarse a las normas que establezca el respectivo plan de descontaminación, una vez que sea dictado, en todo lo que le sean aplicables.

Decreto Supremo N* 144 de 1961 del Ministerio de Salud Pública que establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza. Materia regulada

Se regulan las emisiones de gases, vapores, humos, polvos, emanaciones o contaminantes de cualquicra naturaleza, de cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, en forma que deban captarse o ciminarse de manera de no causar peligro, daño o molestias al vecindario.

liste decreto debe interpretarse en forma coherente con las disposiciones de la Ley 19.300 y sus reglamentos sobre normas de calidad ambiental y emisión, y de Planes de Prevención y Descontaminación, en la medida que respecto de ciertos elementos que están normados, se establecen niveles máximos aceptables de concentraciones ambientales, lo cual entrega un contenido normativo al concepto de molesto respecto de esos contaminantes.

Liscalización Autoridad Sanitaria.

Relación con el Proyecto

Las emisiones de material particulado generadas en la Htapa de Construcción etapa serán mínimas y asociadas a las acuvidades de movimiento de tierras y construcción. Durante la etapa de operación las emisiones provendrán del desgrane de semillas, del proceso de secado de semillas y del tránsito de maquinaria al interior del recinto.

Cumplimiento

Para las obras de movimiento de tierra y tránsito de maquinaria al exterior se implementarán medidas de control de emisiones, tales como humectación periódica de caminos y frentes de trabajo y el uso de mallas corta viento, para asegurar que la resuspensión de partículas de polvo sea mínima. lin la litapa de Operación del Proyecto se generarán emisiones producto del tránsito de maquinaria dentro de las instalaciones. Las emisiones provententes del proceso de desgrane de maíz generarán un polvillo asimilable 2 MP10, que será abatido en un 100%. Se producirán también emisiones producto del proceso de secado de semillas.

Decreto con Fuerza de Ley N* 725 de 1967, de MINSAL, Código Sanitario. Materia Regulada

in los Artículos 67, 82, 83 y 89 del Código Sanitario se establecen normas referidas a la higiene y seguridad del ambiente en los lugares de trabajo. Corresponde al Servicio Nacional de Salud, controlar los siguientes aspectos:

e Factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, seguridad y bienestar de las personas.

. Las condiciones de higiene y seguridad que deben reunir los lugares de trabajo, los equipos, maquinarias, instalaciones, materiales y cualquicr otro elemento, con el fin de proteger eficazmente la vida, la salud y bienestar de los obreros y empleados y de la población en general

e Las medidas de protección sanitaria y de seguridad que deben adoptarse en la extracción, elaboración y manipulación de substancias producidas o utilizadas en los lugares en que se efectúe trabajo humano.

» Conservación y pureza del aire y evitar en él la presencia de materias u olores que amenacen la salud y seguridad de las personas.

Fiscalización Autoridad Sanitaria

Relación con el Proyecto

El proyecto constituye un lugar de trabajo para los efectos de esta normativa, y aún cuando se producen

¿Misas estás son menores

Cumplimiento

El proyecto acatará lo dispuesto en el Código Sanitario, preservando los lugares de trabajo en una forma limpia y libre de riesgos. Los trabajadores recibirán el equipo de protección personal apropiado a las actividades que realicen. Todo lo anterior, es sin perjuicio de las normas sectoriales que son aplicables a los trabajadores.

D.S. N"594/99, Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales en los Lugares de Trabajo.

Materia Regulada El reglamento citado, establece las condiciones sanitarias y ambientales básicas aplicables a los lugares de trabajo. En lo que se refiere 4 emisiones y calidad del aire los artículos 32 a 35 disponen que en los lugares de

trabajo deban proporcionarse condiciones ambientales y de ventilación confortables, que no causen molestias o perjudiquen la salud de los trabajadores.

Fiscalización Corresponde a la Autoridad Sanitaria.

Relación con el Proyecto

Las emisiones de material particulado generadas en ambas etapas del proyecto se consideran mínimas.

Forma de Cumplimiento

Durante la etapa de construcción, para las obras de movimiento de tierra y tránsito de maquinaria al exterior se implementarán medidas de control de emisiones, tales como humectación periódica de caminos y frentes de trabajo y el uso de mallas corta viento, para asegurar que la resuspensión de partículas de polvo sea mínima. En la Etapa de Operación del Proyecto las emisiones provenientes del proceso de secado de semillas generarán un polvillo asimilable a MP10, que será abatido en un 100%, Las emisiones provenientes del proceso de desgrane de semillas serán mínimas.

Decreto Supremo N” 47 de 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Materia Regulada

La presente disposición establece una serie de medidas de manejo destinadas a evitar las emisiones de polvo. Dispone que en todo proyecto de construcción, reparación, modificación, alteración, reconstrucción o demolición, el responsable de la ejecución de dichas obras deberá implementar las siguientes medidas con el objeto de mitigar el impacto de las emisiones de polvo y material:

e Humectar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de manejo de materiales, relleno y excavaciones.

  • Disponer de accesos a las facnas que cuenten con pavimentos estables, pudiendo optar por alguna de las alternativas contempladas en el artículo 3.2.6 (Carpeta de concreto asfáltico en frío, pavimentos articulados, Carpeta de concreto asfáltico en caliente y pavimentos de hormigón de cemento vibrado).

  • Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.

e Lavado de lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen las faenas.

  • Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes colectores.

  • Exacuar los escombros desde los pisos altos mediante un sistema que contemple las precauciones necesarias para evitar las emanaciones de polvo y los ruidos molestos.

  • La instalación de tela en la fachada de la obra, total o parcialmente, u otros revestimientos, para minimizar la dispersión de polvo e impedir la caída de material hacia el exterior.

e Hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla.

e Aprega que estas medidas serán siempre obligatorias respecto de las obras ubicadas en zonas declaradas latentes o saturadas por polvo o material particulado, en conformidad a la 1.ey de Bases Generales del Medio Ambiente.

Fiscalización

Según lo establece el artículo 5 de la LGUC, corresponderá a las Municipalidades aplicar dicha Ley, la Ordenanza General, las Normas Técnicas y demás Reglamento, debiendo velar por su cumplimiento.

Relación con el proyecto

El proyecto contempla la construcción 8 edificios, correspondientes a 7700 me.

Forma de cumplimiento

ll proyecto dará cumplimiento a las medidas descritas en el artículo 5.8.3, según corresponda a las características del proyecto.

Decreto Supremo N75/87, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece Condiciones para el Transporte de Cargas.

Materia Regulada

Este cuerpo legal señala que los vehículos que transporten desperdicios, arena, ticrra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suclo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. Además agrega que en las zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.

Fiscalización Carabineros de Chile, Inspectores Fiscales y Municipalidades.

Relación con el Proyecto

Durante la etapa de construcción contratistas circularán con material de excavación y otros similares. Durante la etapa de operación, sólo se considera el transporte de productos envasados.

Forma de Cumplimiento

Durante la ctapa de construcción se exigirá a los contratistas que las acuvidades de transporte de carga que pueda escurrir o caer al suelo sea transportada en camiones que cumplan con las características señaladas en la norma. En la etapa de operación sólo se contempla el transporte de productos envasados en camiones con la carga cubierta.

Ruido

Decreto Supremo N” 146 de 1997. MINSEGPRES. Establece Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas.

Materia Regulada

La presente norma establece límite de ruido para zona industrial, e indica que los niveles de presión sonora corregidos que se obtengan de la emisión de una fuente fija emisora de ruido, medidos en el lugar donde se encuentre cl receptor, no podrán superar al ruido de fondo en 70 dB(A) o más.

Eiscalización Autoridad Sanitaria Durante la operación, se generarán emisiones de ruido originadas en las actividades propias de la Planta.

Cumplimiento

En la etapa de construcción no existen fuentes fijas emisoras a las cuales sea aplicable el presente. Durante la operación, el proyecto cumplirá con la normativa, lo que se justifica a través de los resultados que se presentan en el Anexo N? 4 de la presente DIA.

No se incluyen otras normas relacionadas con ruido por carecer de alcance ambiental, en concepto de la Autoridad (Of. Ord. 91.885 de 29 de mayo de 2009 del Director Ejecutivo de CONAMA, “Aplicación en el SEIA del Reglamento de Condiciones Sanitarias y Ambientales en lugares de Trabajo”, numeral 3,12.2.). Residuos

Residuos Sólidos

Decreto con Fuerza de Ley N* 725 de 1967 Código Sanitario

Materia Regulada:

Art. 80, establecen que el Servicio de Salud debe autorizar la instalación y funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.

Fiscalización: Autoridad Sanitaria

Relación con el Proyecto

El proyecto durante la fase construcción generará residuos sólidos asimilables a domésticos estimados en 60 kg/d; residuos industriales y peligrosos en una cantidad menor, estimados en 10 y 5 kg/d, respecuvamente.

Durante la operación, se generarán residuos asimilables a domésticos estimados en 45 kg/d; residuos del proceso de selección de semillas de maíz (corontas, hojas, cañas y granos secos de maíz rechazado); restos de muestras de semillas, plántulas, papales filtro, arena, tierra y bolsas plásticas Caboratorio de calidad de semillas) estimados en 5 kg/d; residuos industriales en una mínima cantidad estimados en 6 kg/d.

El laboratorio de análisis muestras vegetales generará residuos de frutas y verduras y solventes en pequeñas cantidades

Cumplimento

En la etapa de construcción los residuos domésticos se van a disponer en contenedores debidamente tapados, los cuales serán recolectados para su disposición final y llevados a vertedero autorizado por una empresa autorizada. Los residuos industriales, por su parte, serán acopiados temporalmente y retirados por una empresa autorizada, para ser dispuesto definitivamente, al igual que los residuos peligrosos.

En la etapa de operación se generan residuos domésticos, originados en la actividad diaria de los trabajadores de la planta, los que serán acopiados en contenedores en un área especialmente habilitada al efecto; lo mismo sucederá con los escasos residuos industriales que se generen. Los residuos peligrosos derivados de la mantención de maquinaria de la planta (aceites usados, trapos contaminados, etc.) serán retirados por las empresas contratistas encargadas de la mantención de la maquinaria y, excepcionalmente, acopiados en el área de acopio temporal. El área de acopio temporal, tendrá contenedores para el manejo separado de los residuos y contempla el cumplimiento cabal de la normativa sobre residuos peligrosos.

Los residuos del proceso de selección de semillas de maíz (corontas, hojas, cañas y granos secos de maíz rechazado), restos de muestras de semillas, y otros semejantes de descarte de los procesos de la planta será comercializado a terceros para compostaje.

Para el cumplimiento de la normativa reseñada, el Titular solicita el permiso ambiental sectorial del artículo 93 del RSEIA para la habilitación del patio de acopio temporal para la fase de operación y acompaña los antecedentes para su otorgamiento.

DS N"148/03 del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario de Manejo de Residuos Peligrosos.

AS a Regulada

Este Reglamento establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reuso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos.

Conforme al artículo 18 y 19, los residuos incluidos en los listados de categorías que indica se considerarán peligrosos a menos que su generador pueda demostrar ante la Autoridad Sanitaria que no presentan ninguna característica de peligrosidad. El generador podrá proponer a la Autoridad Sanitaria los análisis de

caracterización de peligrosidad a realizar sobre la base del conocimiento de sus residuos y de los procesos que i

los generan, sin perjuicio de lo cual, la Autoridad Sanitaria podrá exigir análisis adicionales a los propuestos conforme a lo señalado en los artículos 12 al 17 del mismo reglamento.

De acuerdo al Artículo 6, durante el manejo de los residuos peligrosos se deberán tomar todas las precauciones necesarias para prevenir su inflamación o reacción, entre ellas su separación y protección frente a cualquier fuente de riesgo capaz de provocar tales efectos. Además, durante las diferentes erapas del manejo de tales residuos, se deberán tomar todas las medidas necesarias para evitar derrames, descargas o emanaciones de sustancias peligrosas al medio ambiente.

Por su parte, conforme al artículo 25, las instalaciones, estabiecimientos o actividades que anualmente den origen a más de 12 kilogramos de residuos tóxicos agudos o a más de 12 toneladas de residuos peligrosos que presenten cualquier otra característica de peligrosidad deberán contar con un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos presentado ante la Autoridad Saniraria.

Los Generadores que no estén obligados a sujetarse a un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos deberán cumplir con la obligación de realizar la eliminación de sus residuos peligrosos en Instalaciones de Eliminación que cuenten con la debida Autorización Sanitaria que comprenda tales residuos. Finalmente, conforme al

artículo 28, el Generador deberá establecer un manejo diferenciado entre los residuos peligrosos y los que no lo

son.

Autoridad Sanitaria

Relación con el proyecto

lin la etapa de construcción los residuos peligrosos corresponderán, principalmente, a aceite usado, filtros de aceite, baterías, trapos y restos metálicos contaminados y otros, en tasas de 60 kg/m. En la fase de operación, se generarán residuos peligrosos únicamente con motivo de mantenciones a la maquinaria, los que serán retirados por los terceros contratistas encargados de la mantención.

Cumplimiento

En la etapa de construcción, los residuos sólidos peligrosos serán acopiados temporalmente en contenedores sellados y rotulados dentro de una bodega especialmente habilitada, desde donde serán retirados y dispuestos por una empresa autorizada.

Durante la etapa de operación, los residuos peligrosos que se generarán, serán los derivados de la mantención de maquinaria de la planta (aceites usados, trapos contaminados, etc.), los que serán retirados por las empresas contratistas encargadas de la mantención de la maquinaria y, excepcionalmente, acopiados en el área de acopio temporal, para su retiro y disposición por empresas autorizadas.

Considerando las cantidades de residuos peligrosos generadas, no es necesario que el Titular presente el Plan de Manejo a que se refiere el artículo 25.

1:1 Titular dará cumplimiento íntegro a las disposiciones del Reglamento Sanitario de Residuos Peligrosos. Además para el cumplimiento específico de los artículos 6, 25 y 27

y 28 el Titular contempla:

= “lomar las precauciones necesarias para prevenir toda inflamación o reacción, separará adecuadamente los residuos y los mantendrá alejados de fuentes de calor y otras que puedan generar riesgos.

  • Adoptar las medidas necesarias para evitar derrames, descargas o emanaciones de sustancias peligrosas, manteniendo los residuos adecuadamente almacenados, sellados y rotulados según exige la normativa.

  • Para encomendar a terceros el transporte y eliminación de residuos peligrosos, se exigirá que el tercero cuente con la autorización sanitaria correspondiente; que el sitio de eliminación se encuentre autorizado, especificamente, para los residuos generados por el Proyecto y efectuará las gestiones correspondientes relacionadas con el traspaso de información y entrega de las Hojas de Seguridad respectivas.

Decreto Supremo N” 594 de 1999 del Ministerio de Salud sobre Reglamento de las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Materta Regulada

Según el Articulo 19, las empresas que realicen el tratamiento o disposición final de sus residuos industriales fuera del predio, sea directamente o a través de la contratación de terceros, deberán contar con autorización sanitaria, previo al inicio de tales acuividades.

Para obtener dicha autorización, la empresa que produce los residuos industriales deberá presentar los antecedentes que acrediten que tanto el transporte, el tratamiento, como la disposición final es realizada por personas o empresas debidamente autorizadas por el Servicio de Salud correspondiente.

Por su parte, el Artículo 20 señala que “En todos los casos, sea que el tratamiento y/o disposición final de los n

residuos industriales se realice fuera o dentro del predio industrial, la empresa, previo al inicto de tales actividades, deberá presentar a la autoridad sanitaria una declaración en que conste la cantidad y calidad de los residuos industriales que genere, diferenciando claramente los residuos industriales peligrosos”.

Fiscalización

Autoridad Sanitaria

Relación con el Proyecto

El proyecto durante la fase construcción generará residuos industriales en ura cantidad menor provenientes de

las actividades de construcción, estimados en 10 kg/d. Durante la operación, se generarán residuos industriales y peligrosos, estimados en 6 y 3 kg/d, respectivamente.

Cumplimento

En ambas etapas se generarán residuos industriales los que serán acopiados temporalmente y retirados para ser dispuestos definitivamente por una empresa autorizada, lo que se acreditará oportunamente a la Autoridad. El titular dará cumplimiento, asimismo, a la obligación de efectuar la declaración a que se refiere el art. 20 del reglamento citado.

Residuos Líquidos D.F.L. N* 725/67, MINSAL, Código Sanitario y DFL 1/89 Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa

Materia Regulada

El artículo 71 letra b) establece que corresponde al Servicio Nacional de Salud aprobar los proyectos relativos a la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación tratamiento o disposición final de desagúes, aguas servidas de cualquier naturaleza (...)”:

Fiscalización Antoridad Santrarta

Relación con el Proyecto

Durante la etapa de construcción se utilizarán baños químicos para los trabajadores. Durante la fase de operación, los residuos líquidos que se generarán son los provenientes de los servicios higiénicos, los que serán tratados en una planta de tratamiento de aguas servidas.

Cumplimiento

Durante la fase de operación, los residuos líquidos generados serán tratados en una planta de tratamiento de aguas servidas. Los efluentes tratados, serán utilizados para humectación de caminos y áreas no pavimentadas dentro de la planta.

Para el cabal cumplimiento de la normauva vigente, el titular solicita cel otorgamiento del permiso ambiental sectorial contenido en el artículo 91 del RSEIA y acompaña los antecedentes necesarios para su otorgamiento.

Decreto Supremo N” 594 de 1999 del Ministerio de Salud sobre “Reglamento de las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”.

Materia regulada

El artículo 24 de la norma citada dispone que en aquellas facnas temporales en que por su naturaleza no sea materialmente posible instalar servicios higiénicos conectados a una red de alcantarillado, el empleador deberá proveer como mínimo de una letrina sanitaria o baño químico. El transporte, habilitación y limpieza de éstos será de responsabilidad del empleador.

Fiscalización Autoridad Sanitaria.

Relación con el Proyecto

Durante la etapa de construcción se utilizarán baños químicos para los trabajadores de la empresa contratista encargada de las obras de construcción, mientras que para la etapa de operación se utilizarán los baños de las instalaciónes constauidas

Porade o pco

Para la fase de construcción, se dispondrá de baños químicos en la cantidad y a las distancias reglamentarias y los efluentes líquidos serán retirados por una empresa contratista con autorización sanitaria y dispuestos en un

lugar autorizado.

Durante la fase de operación, los trabajadores utilizarán Jos servicios higiénicos de las obras construidas. Sus efluentes serán conducidos a una planta de tratamiento y cl efluente tratado será ublizado en humectación de terrenos. Para la planta de tratamiento de aguas servidas, se solicita el permiso ambiental sectorial del artículo 91 del RSEIA.

Sustancias Peligrosas

Decreto Supremo N” 594 de 1999 del Ministerio de Salud sobre “Reglamento de las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”; D.E. 98/98 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Declara oficial la NCh 382 O£98 Sustancias Peligrosas — Terminología y Clasificación General y NCh 2120 Clases 3 y 6.1

Materia Regulada

Establece que el almacenamiento de materiales deberá realizarse por procedimientos y en lugares apropiados y seguros para los trabajadores. las sustancias peligrosas deberán almacenarse sólo en recintos especificos destinados para tales efectos, en las condiciones adecuadas a las características de cada sustancia y estar identificadas de acuerdo a las normas chilenas oficiales en la materia.

Disponc, asimismo, que el empleador mantendrá disponible permanentemente en el recinto de trabajo, un plan detallado de acción para enfrentar emergencias, y una hoja de seguridad donde se incluyan, a lo menos, los siguientes antecedentes de las sustancias peligrosas: nombre comercial, fórmula química, compuesto activo, cantidad almacenada, características físico químicas, tipo de riesgo más probable ante una cmergencia, croquis de ubicación dentro del recinto donde se señalen las vías de acceso y elementos existentes para prevenir y controlar las emergencias. Las sustancias inflamables deberán almacenarse en forma independiente y separada del resto de las sustancias peligrosas, en bodegas construidas con resistencia al fuego de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza General de lrbanismo y Construcción.

Fiscalización

Autoridad Sanitaria

Relación con el proyecto

El proyecto considera el almacenamiento de sustancias inflamables y tóxicas de las clases 3 y 6.1, respectivamente, El Proyecto contará con instalaciones adecuadas para el almacenamiento de estas sustancias.

Cumplimiento

Las sustancias inflamables serán almacenadas en una bodega exclusiva para este hipo de sustancias (Bodega de productos inflamables, cuyas características se encuentran en el punto 2.2.1.2), mientras que las sustancias tóxicas permanecerán en la Bodega de productos no Inflamabl disposiciones establecidas en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción. Las hojas de seguridad de las sustancias a almacenar se presentan en el Anexo N? 11 de la DIA.

Estas instalaciones cumplirán con las

El titular incluye normativa aplicable al proyecto solicitada en ICSARA N? 2, D.S, N” 78/10 del Ministerio de Salud, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.

Flora y Fauna Ley N” 19.473 de 1996, Ministerio de Agricultura, Ley de Caza

Materia regulada

Esta ley regula la caza, captura, crianza, conservación y utilización sustentable de animales de la fauna silvestre, con excepción de las especies y los recursos bidrobiológicos, cuya preservación se rige por la Ley N*18.892, Ley General de Pesca y Acuicultura. Aplica al presente proyecto la norma contenida en el artículo 3”, que prohibe en todo el territorio de la República la caza o captura de ejemplares de la fauna silvestre catalogadas como especies en peligro de extinción, vulnerables, raras y escasamente conocidas, así como las especies catalogadas como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria, para el mantenimiento del equilibrio de los ecosistemas naturales o que presenten densidades poblacionales reducidas, correspondiendo al Reglamento establecer la nómina de especies a que se refiere este artículo.

Fiscalización Servicio Agrícola y Ganadero

Relación con el Proyecto

El área del proyecto presenta alta intervención antrópica con escasa o nula presencia de fauna, y no existe

presencia de especies de fauna con problemas de conservación. tr

Cumplimiento A pesar de las condiciones señaladas precedentemente, como medida preventiva, se prohibirá la caza de cualquier especie de fauna.

Decreto Supremo N* 4.363 Ley de Bosques y D. LN” 701, Ley sobre Fomento Forestal

Materia regulada

El artículo 2% de la Lev de Bosques establece que los terrenos calificados de aptitud preferentemente forestal y los bosques naturales y artificiales, quedan sujetos a los planes de manejo forestal aprobados por la Corporación Nacional Forestal (CONAP), de acuerdo a las modalidades y obligaciones dispuestas en el Decreto Ley N? 701 de 1974, sobre Fomento Forestal.

Asimismo, el artículo 21 del DL _N? 701 establece que cualquier corta o explotación de bosque nativo deberá : previo plan de manejo aprobado por la Corporación. Ja misma obligación regirá para las plantaciones existentes en terrenos de aptitud preferentemente forestal.

ha

En esta norma, la expresión “bosque”, es definida como “sitio poblado con formaciones vegetales en las que predominan árboles y que ocupa una superficie de por lo menos 5.000 metros cuadrados, con un ancho mínimo de 40 metros, con cobertura de copa arbórea que supere el 10% de dicha superficie total en condiciones áridas y

semiáridas y el 25% en circunstancias más favorables”.

ización Corporación Nacional Forestal.

Relación con el Proyecto

El área del proyecto presenta alta intervención antrópica con escasa vegetación. Eorma de Cumplimiento

El proyecto no contempla corta de bosque y no hay presencia de flora en estado de conservación que pueda ser afectada por el proyecto.

D.L. 3.557/81, MINAGRI, Establece disposiciones sobre Protección Agrícola y sus modificaciones.

Materia regulada

En su artículo 11 establece que los establecimientos industriales, fabriles, mineros y cualquier otra entidad que manipule productos susceptibles de contaminar la agricultura, deberán adoptar oportunamente las medidas técnicas y prácticas que sean procedentes a fin de evitar o impedir la contaminación.

Fiscalización

Ministerio de Agncultura, Servicio Agrícola y Ganadero.

Relación con el Proyecto

El proyecto manipula sustancias peligrosas del tipo tóxico e inflamable

Cumplimiento

El proyecto dará cumplimiento a la normativa reglamentaria y técnica sobre manejo de sustancias peligrosas, según se establece en la presente DLA.

El titular incluye normativa aplicable al proyecto solicitada en Oficio Ordinario SAG N? 1396 sobre evaluación de la DIA del 20 de julio de 2010:

Ley N” 18.755 Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero de 1989, modificada por Ley N” 19.283 de 1994,

Resolución Exenta N* 133 del año 2005 del Servicio Agrícola y Ganadero, la cual establece regulaciones cuarentenarias para el ingreso de embalajes de madera.

normativa referida a los organismos genéticamente modificados, tal como la Resolución Exenta SAG N” 1523 del año 2001, la cual “Establece Normas para la Internación e Introducción al Medio Ambiente de Organismos Vegetales Vivos Modificados de Propagación”

Resoluciones Exentas SAG N? 2423 del año 2002 y N* 6966 del año 2005.

Respecto a lo anterior, cn el mismo Oficio Ordinario SAG N” 1396 sobre evaluación de la DIA del 20 de julio de

  1. se consulta al titular sobre las medidas tomarán respecto a la posible contaminación de suelos y/o aguas con organismos vegetales vivos modificados de propagación. El proponente señala “Ya probabilidad de contaminación de suelos y/o aquas constituye una contingencia de muy baja ocurrencia, considerando que el manejo se realizará ejecutando todos los procedimientos y exigencias establecidas por el SAG, con el fin de cumplir con el aislamiento Físico y las Normas de Seguridad correspondientes.

El proceso, al interior de la planta, se efectuará en galpones cerrados, lo que impide la dispersión del material fuera de ella Diariamente, las sermillas que pudieran caer al suelo serán volectadas para ser incorporadas nuevamente al proceso en planta. La planta contará com piso de cemento y se encontrará lejana a fuentes de agua. El manejo se realizará con extremo cuidado, asilando el material y respetando todas las medidas de Bioseguridad exigidas.

El tramsporte de todo material transgénico desde los campos, se realizará bajo condiciones de bioseguridad que eviten perdidas y diseminación de material al medio ambiente, lo que se asegurará mediante el uso de camiones encarpados y la utilización de fardos de embalajes para las semillas.

Como medida adicional para prevenir crecimientos de plantas de organismos vivos modificados, se realiza después del periodo de temporada una fumigación de los sectores productivos con el fin de evitar el crecimiento de estas en forma involuntaria.

Por último, en caso de una eventual contaminación de suelos, considerando que la probabilidad es muy baja, se informará en forma inmediata al SAC, y se procederá a realizar una fumigación para evitar que la planta polinice y pueda contaminar otras plantas del sector”.

Patrimonio Cultural

Ley N” 17.288 Sobre Monumentos Nacionales Ministerio de Educación, D.O. 04.02.70 Marena regulada

Define y entrega la tuición al Consejo de Monumentos Nacionales, de los denominados Monumentos Nacionales, y dentro de estos distingue los Monumentos Históricos, Públicos y Arqueológicos, Zonas Típicas o Pintorescas y Santuarios de la Naturaleza declarados como tales a proposición del Consejo.

El artículo 13 señala que ninguna persona natural o jurídica podrá hacer en el territorio nacional excavaciones de carácter científico sin haber obtenido previamente la autorización del Consejo en la forma establecida por cl Reglamento.

El artículo 26 de la ley señala que, independientemente del objeto de la excavación, toda persona que encuentre ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico o arqueológico, está obligada a denunciarlo inmediatamente al Gobernador de la Provincia, quien ordenará que Carabineros se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo se haga cargo de los hallazgos.

Fiscalización Consejo de Monumentos Nacionales

Forma de Cumplimiento

En caso que durante las faenas de excavación para la ejecución de las obras se encontrasen ruinas, yacimientos, piezas o objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, se debe denunciar el descubrimiento al Gobernador Provincial respectivo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley sobre Monumentos Nacionales y el artículo 23 del Reglamento de la Ley N? 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones argucológicas, antropológicas y paleontológicas. El proyecto contempla una estricta observancia a la citada norma. En el Anexo N? 5 se presenta un Informe de Prospección Arqueológica del predio donde se ubicará el Proyecto.

Higiene y Seguridad para los Trabajadores

Decreto Supremo N"735/69, Ministerio de Salud, Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Coasumo Humano.

Materia regulada

Señala que el titular deberá mantener en el lugar de los trabajos y durante toda la etapa de construcción y operación, el suministro de agua potable con una dotación mínima de 100 litros de agua por persona y por día, la que deberá cumplir los requisitos físicos, químicos, radioactivos y bacteriológicos establecidos en la NCh N* 409. Si fuese responsabilidad del contratista, el titular deberá indicar la fuente de abastecimiento de agua para consumo humano.

Fiscalización

Autoridad Sanitaria

Relación con el Proyecto

Durante la etapa de construcción será necesario surtir las necesidades de agua potable y servicios higiénicos para los trabajadores empleados en la faena. Para la etapa de operación se contará con abastecimiento de agua potable. En Anexo N? 1 se presenta la factibilidad de agua potable para el predio.

Forma de Cumplimiento

El agua potable que se suministre a los trabajadores cumplirá con los parámetros de cantidad y calidad a qu refiere el presente Decreto y la Norma Chilena N? 409/1, Of. 2005.

Ordenamiento territorial Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Materia regulada

El artículo 55 de la LGUC dispone que las construcciones industriales fuera de los límites urbanos requerirán de la aprobación de la Dirección de Obras Municipales, del informe favorable de la Secretaría Regional del enda y Urbanismo y del Servicio Agrícola.

Ministerio de Y Fiscalización

Según lo establece el artículo 5 de la LGUC corresponderá a las Municipalidades aplicar dicha Ley, la Ordenanza General, las Normas Técnicas y demás Reglamento, debiendo velar por su cumplimiento.

Relación con el Proyecto

El proyecto se emplaza en el árca rural, no sometida a un Instrumento de Planificación Territorial.

Forma de Cumplimiento En el Anexo N%2 de la DIA, se presenta la Resolución Exenta N? 795 del 27 de Noviembre de 2009 de la SERIMI de Apricultura de la Región de O'Higgins, que autoriza el Cambio de Uso de Suelo para el predio.

Combustibles

Decreto Supremo N* 160/09, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Apruchba Reglamento de Seguridad Para las lastalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos.

Materia regulada

la norma citada establece los requisitos mínimos de seguridad que deben cumplir las instalaciones de combustibles líquidos derivados del petróleo y biocombustibles y las operaciones asociadas a la producción, refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento, así como las obligaciones de las personas naturales y jurídicas que intervengan en ellas.

lín lo que atañe a este proyecto, cl artículo 285 establece que el almacenamiento de combustibles líquidos (CL) se deberá realizar en envases, tambores o en tanques. El artículo 287, por su parte, establece que el almacenamiento de combustibles líquidos en instalaciones tales como talleres, garajes o pequeñas industrias, no ler de una capacidad total, en tambores o tanques, igual a 1.100 L, con máximo de 227 L de combustibles Clase L

p drá (ES

Fiscalización Superintendencia de Electricidad y Combustibles

Relación con el Proyecto

En la Etapa de Construcción se suministrará petróleo diesel a las retroexcavadoras y rodillos de compactación a través de trasvasije desde un tambor de 200 l a los estanques mediante una bomba manual, El resto de los vehículos cargará combustible en el servicentro más cercano, ubicado en la localidad de Requínoa. En la Etapa de Operación el combustible requerido para otros vehículos será abastecido mediante las estaciones de servicio ubicadas en la localidad de Requínoa.

Forma de Cumplimiento

Durante la fase de construcción, el proyecto contará con un tambor de una capacidad máxima de 200 L para petróleo diesel, inferior al máximo permitido por la norma reglamentaria, el que será construido adoptando las medidas de seguridad para evitar derrames, inflamaciones u otro tipo de reacciones.

4.2 Permisos ambientales sectoriales:

Permiso Ambiental Sectorial Artículo N* 91

Permiso para la construcción, modificación, y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagiies y aguas servidas de cualquier naturaleza, a que se refiere en artículo 71 letra b) del D.F.L. N? 725/67, Código Sanitario.

Autoridad Competente: Autoridad Sanitaria

El Proyecto durante ¡a etapa de operación generará 9 m3/día de aguas servidas provenientes de los servicios

higiénicos y casino, considerando una dotación máxima de 45 personas y una provisión promedio de agua de

250 1/hab/día. Para el tratamiento de estos efluentes se contará con una planta de tratamiento de aguas servidas YT AS) de lodos activados.

Los requisitos para su otorgamiento se detallan en el Ancxo N* 6 de la DIA.

Permiso Ambiental Sectorial Artículo N? 93

Respecto a los antecedentes entregados para el otorgamiento del permiso ambiental consagrado en el artículo 93, se considera inaplicable, dado que la disposición de los residnos domésticos e industriales generados por el proyecto será temporal, tal como lo indica el titular en anexo ? de la DÍA, literal a.4), los cuales serán llevados a un vertedero autorizado por una empresa autorizada para su disposición final. No considera proyección de obras en el lugar de emplazamiento del proyecto para acopio de residuos defimitivo, sólo una área de acopio temporal, lo cual no aplica para la tramitación de dicho permiso ambiental.

Permiso Ambiental Sectorial Artículo N? 94

Permiso para la calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2, del Decreto Supremo N* 47 de 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de v los contenidos técnicos y formales

Urbanismo y Construcciones, los requisitos para su otorgamiento necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo.

Autoridad Competente: Autoridad Sanitaria

El Proyecto comprende la construcción de bodegas para el almacenamiento de productos para su posterior comercialización, por lo tanto corresponde a un proyecto que requiere calificación ambiental.

Los requisitos para su otorgamiento se detallan en el Anexo N? 8 de la DIA

  1. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Centro de Distribución y Planta de Semillas Requinoa” requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 91 y 94 del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría Gencral de la Presidencia, Reglamento del Sistema de L:valuación de Impacto Ambiental.

  2. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Centro de Distribución y Planta de Semillas Requínoa" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300.

  3. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la e;ecución del proyecto, el utular deberá informar ala Comisión de Evaluación de la VI Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las ctapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

  4. Que, para que el proyecto "Centro de Distribución y Planta de Semillas Requínoa” pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sear aplicables.

  5. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la VI Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

  6. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la VI Región del Libertador Genera! Bernardo OH liggins, la individualización de cambios de titularidad.

  7. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

  8. Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la VI Región del Libertador General Bernardo O” Higgins.

  9. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Centro de Distribución y Planta de Semillas Requínoa".

  10. CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Centro de Distribución y Planta de Semillas Requinoa" cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 91 y 9 del DS. 95/2001 del

MINSEGPRES del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Notifiquese y Archívese

Presidente Comisión de Eyal Región del Libertador Gener B y,

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Distribución:

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Mario Lara Essedin

Gobierno Regional, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

Nustre Municipalidad de Requinoa

SAG, Región del T.ibertador General Bernardo O'Higgins

SEC, Región de! Libertador General Bernardo O'Higgins

SEREMI Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del libertador General Bernardo O'Higgins SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins SEREMI MOP, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

SEREMI Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

Superintendencia de Servicios Sanitarios

Expediente del Proyecto "Centro de Distribución y Planta de Semillas Requinoa" Archivo Servicio Evaluación Ambiental. VI Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

El documento original está disponible en la siguiente dirección url:http://firma.e- scia.cl/58/18/31558c4581326329c9ffb6ce537955977017