Evaluación SEA

Extracción y explotación de hierro mina Hermotita

Rol 4663134
SEA · DIA · Aprobado · 2010-06-16 · Región de Atacama · MINERA MONTEGRANDE S.A.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN III REGIÓN DE ATACAMA VISTOS: 1. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "Extracción y explotación de hierro mina Hermotita", presentada por la Señorita LAY MAY MARIA CHAU TIN, en representación de MINERA MONTEGRANDE S.A., con fecha 16 de Junio de 2010. 2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos: 2.1 Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental. Declaración de impacto ambiental (DIA) S/N Por MINERA MONTEGRANDE S.A., con fecha 16/06/2010 Test de admisión S/N Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 23/06/2010 Oficio solicitud de evaluación DIA Nº 233 Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 23/06/2010 Solicitud especial de pronunciamiento Nº 304 Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 12/07/2010 Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la DIA (ICSARA) Nº 207 Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 28/07/2010 Adenda S/N Por MINERA MONTEGRANDE S.A., con fecha 02/05/2011 Solicitud de evaluación de adenda Nº 195 Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 03/05/2011 Adenda S/N Por MINERA MONTEGRANDE S.A., con fecha 31/08/2011 Solicitud de evaluación de adenda Nº 423 Califica Ambientalmente el proyecto "Extracción y explotación de hierro mina Hermotita" Resolución Exenta Nº 30 Copiapó, 2 de Febrero de 2012 Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 31/08/2011 Resolución de ampliación de plazo Nº 192 Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 13/09/2011 Adenda S/N Por MINERA MONTEGRANDE S.A., con fecha 29/11/2011 Solicitud de evaluación de adenda Nº 586 Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 29/11/2011 Adenda S/N Por MINERA MONTEGRANDE S.A., con fecha 10/01/2012 Solicitud de evaluación de adenda Nº 25 Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 10/01/2012 2.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto. Oficio Nº 542 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 08/07/2010; Oficio Nº 690 sobre la DIA, por Ilustre Municipalidad de Caldera, con fecha 09/07/2010; Oficio Nº 159 sobre la DIA, por CONAF, Región de Atacama, con fecha 09/07/2010; Oficio Nº 261 sobre la DIA, por SEC, Región de Atacama, con fecha 09/07/2010; Oficio Nº 1083 sobre la DIA, por SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 09/07/2010; Oficio Nº 886 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región de Atacama, con fecha 12/07/2010; Oficio Nº 453 sobre la DIA, por DOH, Región de Atacama, con fecha 12/07/2010; Oficio Nº 655 sobre la DIA, por SAG, Región de Atacama, con fecha 12/07/2010; Oficio Nº 165 sobre la DIA, por SERNATUR, Región de Atacama, con fecha 12/07/2010; Oficio Nº 1643 sobre la DIA, por Dirección Regional de Vialidad, Región de Atacama, con fecha 12/07/2010; Oficio Nº 268 sobre la DIA, por SEREMI Agricultura, Región de Atacama, con fecha 12/07/2010; Oficio Nº 559 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 12/07/2010; Oficio Nº 3836 sobre la DIA, por SERNAGEOMIN, Región de Atacama, con fecha 13/07/2010; Oficio Nº 000 sobre la DIA, por SEREMI MINVU, Región de Atacama, con fecha 13/07/2010; Oficio Nº 1444 / 2010 sobre la DIA, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 19/07/2010; Oficio Nº 522 sobre la DIA, por Ilustre Municipalidad de Chañaral, con fecha 20/07/2010; Oficio Nº 3614 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 20/07/2010; Oficio Nº 489 sobre la DIA, por DGA, Región de Atacama, con fecha 20/07/2010; Oficio Nº 16-EA/2011 sobre la Adenda 1, por CONAF, Región de Atacama, con fecha 11/05/2011; Oficio Nº 347 sobre la Adenda 1, por DOH, Región de Atacama, con fecha 12/05/2011; Oficio Nº 360 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 12/05/2011; Oficio Nº 381 sobre la Adenda 1, por DGA, Región de Atacama, con fecha 12/05/2011; Oficio Nº 0455 sobre la Adenda 1, por Ilustre Municipalidad de Caldera, con fecha 12/05/2011; Oficio Nº 902 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Vialidad, Región de Atacama, con fecha 12/05/2011; Oficio Nº 403 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 12/05/2011; Oficio Nº 924 sobre la Adenda 1, por SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 12/05/2011; Oficio Nº 2561 sobre la Adenda 1, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 13/05/2011; Oficio Nº 203 sobre la Adenda 1, por SEC, Región de Atacama, con fecha 13/05/2011; Oficio Nº 1362 sobre la Adenda 1, por SERNAGEOMIN, Región de Atacama, con fecha 13/05/2011; Oficio Nº 219 sobre la Adenda 1, por SEREMI Agricultura, Región de Atacama, con fecha 16/05/2011; Oficio Nº 386 sobre la Adenda 1, por SAG, Región de Atacama, con fecha 16/05/2011; Oficio Nº 147 sobre la Adenda 1, por SERNATUR, Región de Atacama, con fecha 16/05/2011; Oficio Nº BS3 / Nº 954 / 2010 sobre la Adenda 1, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 18/05/2011; Oficio Nº 411 sobre la Adenda 1, por Ilustre Municipalidad de Chañaral, con fecha 19/05/2011; Oficio Nº 4874 sobre la Adenda 2, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 05/09/2011; Oficio Nº 1935 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional de Vialidad, Región de Atacama, con fecha 12/09/2011; Oficio Nº 635 sobre la Adenda 2, por DGA, Región de Atacama, con fecha 12/09/2011; Oficio Nº 260 sobre la Adenda 2, por SERNATUR, Región de Atacama, con fecha 12/09/2011; Oficio Nº 758 sobre la Adenda 2, por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 12/09/2011; Oficio Nº 0826 sobre la Adenda 2, por Ilustre Municipalidad de Caldera, con fecha 12/09/2011; Oficio Nº 696 sobre la Adenda 2, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 12/09/2011; Oficio Nº 3433 sobre la Adenda 2, por SERNAGEOMIN, Región de Atacama, con fecha 14/09/2011; Oficio Nº 885/2011 sobre la Adenda 2, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 20/09/2011; Oficio Nº 991 sobre la Adenda 3, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 06/12/2011; Oficio Nº 391 sobre la Adenda 3, por SERNATUR, Región de Atacama, con fecha 14/12/2011; Oficio Nº 981 sobre la Adenda 3, por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 14/12/2011; Oficio Nº 2633 sobre la Adenda 3, por Dirección Regional de Vialidad, Región de Atacama, con fecha 15/12/2011; Oficio Nº 5532 sobre la Adenda 3, por SERNAGEOMIN, Región de Atacama, con fecha 15/12/2011; Oficio Nº BS3 2618/2011 sobre la Adenda 3, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 20/12/2011; Oficio Nº 263 sobre la Adenda 4, por SERNAGEOMIN, Región de Atacama, con fecha 13/01/2012; Oficio Nº 57 sobre la Adenda 4, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 13/01/2012; 2.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor. En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Extracción y explotación de hierro mina Hermotita”, han sido invitados a participar, coordinados por la Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental: CONADI, Región de Atacama CONAF, Región de Atacama DGA, Región de Atacama DOH, Región de Atacama Dirección Regional de Vialidad, Región de Atacama Gobernación Marítima de Caldera Gobierno Regional, Región de Atacama Ilustre Municipalidad de Caldera Ilustre Municipalidad de Chañaral Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro SAG, Región de Atacama SEC, Región de Atacama SEREMI Agricultura, Región de Atacama SEREMI Bienes Nacionales, Región de Atacama SEREMI MOP, Región de Atacama SEREMI Minería, Región de Atacama SEREMI MINVU, Región de Atacama SEREMI SERPLAC, Región de Atacama SEREMI Salud, Región de Atacama SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama SERNAGEOMIN, Región de Atacama SERNAPESCA, Región de Atacama SERNATUR, Región de Atacama Consejo de Monumentos Nacionales Superintendencia de Servicios Sanitarios Se excluyeron de participar en la evaluación del proyecto “Extracción y explotación de hierro mina Hermotita” realizando un oficio de no participación en la evaluación, los siguientes servicios: Oficio no participación en la evaluación Nº 500129310 Por SERNAPESCA, Región de Atacama, con fecha 30/06/2010 Oficio no participación en la evaluación Nº 12.600/59 Por Gobernación Marítima de Caldera, con fecha 12/07/2010 Oficio no participación en la evaluación Nº 08- _163____/2010 Por CONADI, Región de Atacama, con fecha 12/07/2010 3. El Acta de Comité Técnico, Región de Atacama, Nº 03 de fecha 19/01/12. 4. La Sesión de la Comisión de Evaluación de la III Región de Atacama, de fecha 01/02/2012. 5. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Extracción y explotación de hierro mina Hermotita". 6. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2º del D.S. N° 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución Nº 55/92, ambas de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto. CONSIDERANDO: 1. Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Extracción y explotación de hierro mina Hermotita". 2. Que, el derecho de MINERA MONTEGRANDE S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado. 3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Extracción y explotación de hierro mina Hermotita" consiste en: 3.1.1 Antecedentes del Titular. Titular: Minera Monte Grande S.A. Rut: 76.096.289 – 9 Domicilio: La Plaza Nº 4975, Quinta Normal, Santiago Representante Legal: Lay May María Chau Tin. Rut: 15.337.136 – 9 Domicilio: La Plaza Nº 4975, Quinta Normal, Santiago. 3.1.2 Monto de Inversión. US$ 45 millones. 1.3 Vida útil. 50 años. 1.4 Mano de Obra. Etapa Mano de Obra Construcción 70 Operación 150 Cierra 30 3.1.5 Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas. 200 ha. 3.1.6 Localización. El proyecto se desarrollará en la III Región de Atacama, Provincia de Chañaral, comuna de Diego de Almagro, en las coordenadas correspondientes a: WGS 84 N 7.079.834; E 382.220. Para acceder a las instalaciones del proyecto existe una ruta apropiada que cumple con los estándares para el paso de camiones, la que será mantenida según lo que se establezca con la Dirección de Vialidad, Región de Atacama. El Titular presenta en el Adenda 4 un plano Topográfico con todas las instalaciones que considera el proyecto. 3.1.7 Descripción del proyecto. El objetivo del presente proyecto, es el procesamiento de mineral de hierro de Mina Hermotita, a objeto de producir concentrado de hierro, el que será transportado hasta el Puerto Totoralillo, durante los primeros 5 años, para su exportación a mercados internacionales. El Titular señala en la DIA, que antes del plazo de 5 años, someterá al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el sistema de embarque propio. El Titular señala en el Adenda 1, que el proyecto considera una explotación a rajo abierto y el aprovechamiento minoritario de desmontes y aclara que el proyecto en evaluación no corresponde a la explotación de dos minas, solo considera la explotación de una mina. 3.1.7.1 Obras físicas El Proyecto contempla la explotación de un yacimiento de Hierro por métodos convencionales de minería a rajo abierto. El mineral extraído será transportado 5,7 Km. desde el rajo hasta el sistema de traspaso, utilizando 7 camiones con capacidad de 50 t. Alternativamente, el mineral podrá ser enviado a un stock pile recorriendo 0,6 Km. adicionales. Tanto el material estéril proveniente del rajo como el material de descarte de la construcción del camino, serán dispuestos en botadero, cuya ubicación corresponde a una zona de emplazamiento de arenales de rápida infiltración. El Titular señala en el Adenda 1, que el botadero está ubicado en la parte noreste del proyecto, cercano a la ubicación de la planta, en un lugar con escaso o nulo escurrimiento superficial. A objeto de permitir el drenaje natural de eventuales escorrentías estacionales, se construirán zanjas perimetrales aguas arriba del botadero. Junto con lo anterior, el Titular señala en el Adenda 1, que no es necesario construir muros perimetrales de contención al pie del botadero, dado que las paredes se forman naturalmente con las descargas de los materiales, dado la poca pendiente y la existencia de puntillas que encausan el material. Además, el proyecto contempla la instalación de infraestructura de apoyo para la mantención, abastecimiento de energía, seguridad, prevención de riesgos, primeros auxilios, baños, comedores, sistema contra incendio, redes de comunicación interna, disposición de residuos y almacenamiento de combustible, entre otros. El Titular señala en el Adenda 1, que no se realizará ninguna actividad cercana o en torno a algún curso de agua superficial, además indica que no existen cauces naturales cercanos a las inmediaciones de la empresa. a.- Instalación de faenas y obras auxiliares - Rajo: La explotación del yacimiento se realizará a través de minería a cielo abierto. Para el diseño del rajo, se considerarán los factores de estabilidad requeridos por el Título IV, capítulo primero, D.S Nº 72 de 1985, Reglamento de Seguridad Minera, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante el D.S. N° 132 de 2002, del Ministerio de Minería, respecto del ancho, alto y ángulo de talud de los bancos de explotación. La explotación del rajo se realizará mediante bancos horizontales y en forma descendente. La geometría del rajo se encuentra condicionada fundamentalmente por los ángulos de talud de sus bancos y del pit o envolvente final. - Camino Principal: El proyecto considera la construcción de un camino principal, bidireccional de 6,3 Km. de longitud total y 21 m de ancho, de los cuales 5,7 corresponden a la distancia entre el rajo y el sistema de traspaso y 0,6 Km. corresponden a la separación entre el sistema de traspaso y el stock pile. - Camino Infraestructura: Se contempla la construcción de 2,3 Km. de caminos para acceder a la zona de infraestructura, con anchos de 7 y 15 m. Un tramo de 15 m de ancho y de aproximadamente 1,5 Km. de largo, que unirá el sector elegido como emplazamiento para la infraestructura y el sector del rajo. Este tramo permitirá el tránsito de los camiones mineros y el equipo auxiliar hacia los talleres de mantenimiento (truck shop). - Stock Pile: En el límite nororiente del rajo se considera la instalación de un stock pile con una superficie de 5 ha. El stock pile consiste en un área en la que se acumulará, transitoriamente, el mineral que no es descargado inmediatamente al sistema de traspaso. - Infraestructura de Apoyo: Se prevé la instalación de la infraestructura requerida para la mantención de equipos y maquinaría, abastecimiento de energía y agua, seguridad, primeros auxilios, baños, comedores, sistema contra incendio, redes de comunicación internas, disposición de residuos sólidos: - Oficinas Generales: Corresponden a contenedores de 20 pies, acondicionadas adecuadamente para tal efecto. El piso será de cerámica o similar fácil de limpiar, cielo y paredes impermeabilizadas, iluminación y ventilación adecuada, revestimiento interior de internit o similar. El área que ocuparán las oficinas generales es de aproximadamente 120 m2. - Baños y duchas Generales: Corresponden a dependencias pareadas con internit, piso y paredes lavables (cerámica o similar), debidamente ventilada, habilitadas con excusados, urinarios, duchas y lavamanos. El sistema particular de alcantarillado corresponderá a una PTAS. Al respecto, el Titular señala en el Adenda 3 que en el caso de ser aprobado el proyecto, se presentarán los antecedentes necesarios a la Autoridad Sanitaria para su aprobación y funcionamiento. - Comedores: El proyecto no considera un lugar para la preparación de alimentos, sino la habilitación de contenedores para comedor en condiciones apropiadas (piso lavable, paredes internas de internit o similar, ventanas, iluminación, mosquiteros etc.), con mesas y sillas. Dichas instalaciones cumplirán con la normativa vigente sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. - Planta de Tratamiento de Aguas Servidas: La PTAS será del tipo modular y estará diseñada para tratar 0,93 l/s, su efluente será utilizado como agua de riego, por lo cual no se considera su descarga. - Sala de Muestreo y Laboratorio: Corresponden a dos container de 20 pies, habilitados para tal efecto (piso lavable, paredes internas de internit o similar, ventanas, iluminación, mosquiteros etc.) premunidos con mesones, sillas, estantes, etc. En ella se medirán concentraciones de fierro magnético mediante un Tubo Davis y Fe soluble por Dicromatometría. Los residuos generados corresponden a agua con contenido de muestra, sin incorporación de agentes químicos. El Titular señala en el Adenda 2, que en el laboratorio no se generarán RILes, razón por la cual, no se requiere de un sistema de tratamiento de residuos, ya que los análisis se realizan en seco. - Talleres: Para las labores de mantención de equipos y maquinaría se requerirá de la siguiente infraestructura: - Nave de Mantención: Los equipos a mantener en esta nave corresponden a los camiones Mineros, Perforadoras, Bulldozers, Wheeldozers y Motoniveladoras. Se proyecta la implementación de dos naves de mantención para los camiones y dos para equipos auxiliares. - Nave de Soldadura: Corresponde al sector destinado a las labores de soldadura para mantención de tolvas. - Nave Bodega: Destinada al almacenamiento de las componentes y repuestos de los equipos antes mencionados. - Nave de Lavado: Destinada al lavado de los equipos que son mantenidos. Las aguas provenientes del lavado de equipos serán tratadas en la Planta de Aceites y Grasas. - Nave de Engrasado: Destinada al engrasado de los equipos que son mantenidos o reparados. - Nave de Cambio de Neumáticos: Se realizará el cambio de neumáticos a los camiones y maquinaría. La estructuración del edificio será en base a una estructura de acero con una fundación de hormigón armado y ocupará una superficie de 3.000 m2 aproximadamente. - Planta de Grasas y Aceites: Corresponde a la planta que realizará el tratamiento de las aguas provenientes del lavado de equipos y maquinaria. - Estacionamientos: El sector de infraestructura de apoyo considera los estacionamientos para los vehículos livianos que trabajarán en el sector o que eventualmente puedan requerir permanecer en la zona destinada a infraestructura. Se considera un área de 225 m2 para estacionamiento. - Estanque para Agua Potable: El agua potable para uso doméstico (baños, duchas, lavado, etc.) será suministrada mediante camión aljibe. En la faena existirá un estanque de color blanco, de 20 m3 de capacidad para acumular el agua. El agua destinada a consumo humano, será abastecida mediante bidones dispensadores de agua de 20 L, adquiridos en el comercio establecido. - Estanque de Combustible: Para el suministro de petróleo, el proyecto contará con un estanque enterrado, instalado por una empresa del rubro, inscrita ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, dicho estanque contará, previo a su operación, con la autorización de la Autoridad correspondiente. El Titular inscribirá los estanques de almacenamiento de petróleo diesel y gas licuado en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, previo a su puesta en servicio, asegurando un adecuado manejo ambiental y control de emergencias. La zona de carga del combustible corresponde a suelo impermeable (hormigón), canaleta de recolección y sistema colector de derrames. Los residuos de derrames serán tratados como residuos peligrosos. El Titular señala en la DIA, que será responsable de asegurar que la empresa externa de cumplimiento a la normativa sobre transporte, almacenamiento y expendio de combustible. El recinto contará con un número adecuado de extintores de Polvo Químico Seco y tambores con arena para contener derrames. La arena y/o suelo que se contamine por la confinación de los derrames, será almacenada en tambores (200 L) y retirada por una empresa autorizada para su transporte y disposición final. - Estanque de Aceites Usados: Corresponde al estanque que se utilizará para el almacenamiento de los aceites que son extraídos de los equipos que son mantenidos en los talleres. Este estanque sólo corresponde a un sistema de almacenamiento temporal ya que no se realizará ningún tipo de tratamiento al interior de esta unidad. El estanque de aceites usados, cumplirá las condiciones establecidas en el artículo 33 del D.S Nº 148/2003 del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos. De ser aprobado el proyecto, el Titular señala que procederá a solicitar la autorización sectorial de esta instalación El Titular señala en el Adenda 1, que dicho estanque de almacenamiento no será enterrado. - Generador: El objetivo de este equipo es abastecer de energía eléctrica a las instalaciones del proyecto durante eventuales cortes en el suministro eléctrico. Para la ubicación del generador se proyecta disponer de un sector de 3 x 3 m. Se presupuesta un techo y un cierre con reja. Este generador contará con un estanque para el almacenamiento de petróleo diesel, este estanque contará con un sistema de contención de derrames (pretil) capaz de almacenar el 110% de su contenido. Tendrá una losa impermeabilizada y dispondrá de áreas de ventilación. - Depósito de Neumáticos Usados: El sitio de acopio, de 600 m2, ubicado en la zona que se instalará la infraestructura de apoyo, contará con una superficie compactada donde se proyecta colocar estos elementos para su posterior retiro. No se contempla ningún tipo de terminación sobre la superficie del suelo, sólo un cierre perimetral. - Depósito de Neumáticos Nuevos: Corresponde a la infraestructura requerida para albergar los neumáticos que se utilizarán para recambio en los equipos auxiliares y camiones. Se proyecta una estructura consistente en un techo y soporte. - Bodegas: Contempladas para el almacenamiento de insumos y materiales. Se construirán en base a estructuras metálicas y fundaciones de hormigón. Se contempla la construcción de bodegas segregadas para el almacenamiento de los insumos, tales como aceites, grasas y lubricantes. - Polvorín: Tiene la función de almacenar el Booster, explosivo encartuchado y el cordón detonante. Otro polvorín, denominado de Accesorios, tiene la función de almacenar los Noneles y Conectores. El área total a ocupar por ambos polvorines será de 30 m2 aproximadamente y entre ambos, se proyecta un parapeto de tierra apisonada, a una distancia de tres metros de cada pared a una altura equivalente a las paredes, con una pendiente entre 23 y 60%. El área que se ubicarán los polvorines se encuentra alejada del resto de la infraestructura, por razones de seguridad. - Cancha de Nitrato de Amonio: El proyecto considera el uso de camiones fábrica de explosivos. Para el suministro de la materia prima para este tipo de camión se proyecta una cancha de nitrato de amonio techada de 10 x 30 m. Para limitar los efectos de una eventual combustión del material, se proyecta la construcción de parapetos de tierra apisonada a una distancia de 3 m del borde exterior de la cancha, con una altura de 2,0 m. Además se disponen los espacios necesarios para la instalación de correas, silos y estanque de emulsión. Al igual que los polvorines, la cancha de nitrato de amonio, por razones de seguridad, se ubicará en una zona alejada tanto del área de infraestructura como de los polvorines. En la Figura 1, Disposición General de Instalaciones, del Anexo A de la DIA, el Titular presenta la ubicación de la cancha de nitrato de amonio. Cabe señalar, que tanto los polvorines como la cancha de nitrato de amonio darán cumplimiento a los requisitos establecidos en la Ley 17.798, sobre Control de Armas, su Reglamento Complementario y su Reglamento Especial. Además, deberá dar cumplimiento con lo establecido en el Art. 42 del D.S Nº 594/99, señalizando las sustancias correctamente almacenadas. - Sitios de Almacenamiento de Residuos Peligrosos: El almacenamiento será transitoriamente y por un tiempo inferior a 6 meses. Se habilitarán sitios para el almacenamiento de dichos residuos de acuerdo a las compatibilidades de cada uno de ellos. Estos sitios contarán con una base de hormigón impermeabilizado y la armadura del radier tendrá una malla central, además de ser completamente cerrados y techados, con acceso exclusivo de los operadores del recinto, de esta manera se garantiza que la base sea impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos. Se dotará a dichos sitios de un pretil perimetral de seguridad, construido en hormigón impermeabilizado. Los contenedores al interior, así como las indicaciones que se instalarán en el acceso, serán rotulados con la señalización establecida por la NCh 2.193 Of 93. En general, este tipo de sitios cumplirán con las condiciones establecidas en el D.S. Nº 148/2003 del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Una vez aprobado el proyecto se procederá a solicitar la autorización sectorial de esta instalación. - Sistema interceptor de escorrentías superficiales: Con el objeto de evitar el ingreso de escorrentías superficiales a las áreas del rajo, stock pile, sistema de traspaso y Botadero, se considera la construcción de un sistema interceptor de aguas, formado por una red de canales de sección trapezoidal diseñados para conducir los caudales asociados a periodos de retorno de 100 años. El trazado de estos canales puede ser apreciado en Anexo A. Se considera la construcción de dos sistemas de intercepción de escorrentías superficiales, uno ubicado en el sector del rajo y botadero de estériles y otro en el sector del stock pile y botadero de material de descarte de la construcción del camino. b.- Etapa de Construcción La etapa de construcción considera la preparación de áreas, excavaciones, movimiento de material, construcción de infraestructura, instalación de equipos necesarios para la operación del Proyecto y construcción de caminos. Construcción de caminos: Para acceder al área del rajo se requiere la construcción de un camino principal de acceso, que además permitirá el transporte del mineral desde el rajo hacia el stock pile y hacia el sistema de traspaso. Permitirá transportar el mineral extraído, insumos, maquinaria y personal a la faena. Este camino se construirá en forma previa al inicio de las labores de explotación, considerándose un tiempo máximo de construcción de 2 meses. El trazado se desarrollará por la ladera nororiente y tendrá una longitud de aproximadamente 6,3 kilómetros y 21 metros de ancho. La carpeta de rodado estará compuesta por una estructura conformada por material granular. El diseño proyectado del camino permitirá velocidades en el rango de los 30 a 50 Km./h. El camino tendrá las siguientes características de diseño: - Plataforma de 21 metros de ancho. - Bermas de 3 – 5 m metros de ancho dependiendo de la calidad de la roca. - Cordón de seguridad de 2 m de ancho y - Cuneta interior de 1 m de ancho. El material removido, producto de la construcción del camino, será dispuesto en el botadero correspondiente. Durante esta etapa, se construirá el camino secundario, el cual tendrá un ancho de 21 m y una longitud de aproximadamente 5,9 Km. Su construcción se realizará en aproximadamente 3 meses. Una parte del material removido será dispuesto en el botadero correspondiente.

Una vez terminada la construcción de los caminos, se instalará la señalización caminera correspondiente, con el fin de dar cumplimiento a las normas de tránsito y prevenir accidentes. Finalmente, los caminos contarán con obras de arte, saneamiento, señalética y seguridad vial, según lo dispuesto en el Manual de Carreteras y en el Reglamento de Seguridad Minera. Remoción de sobrecarga y preparación del terreno para explotación del rajo: Corresponde a la remoción del material ubicado sobre la mineralización para acceder a las zonas de interés. La relación lastre/mineral del plan minero varía entre 1,2 y 0,2, siendo 0,53 la relación lastre mineral de todo el proyecto. Esta actividad tendrá una duración de aproximadamente 6 meses, utilizando maquinaria pesada y el material removido será cargado en camiones mineros y transportado al depósito de material estéril o botadero. Cabe destacar que tanto para la etapa de construcción como de operación, los ángulos de diseños recomendados garantizan en todo momento la estabilidad del terreno. Preparación de los accesos a las áreas de botaderos: Se preparará el terreno para habilitar el acceso a la zona de botadero.

Éste ha sido diseñado en forma tradicional, desmontes semicirculares y por tortas, cuyos límites finales formarán un talud de 37°. La zona de emplazamiento corresponde a arenales de rápida infiltración, sin embargo, a objeto de permitir el drenaje natural de eventuales escorrentías estacionales producto de altas precipitaciones, evitando problemas de estabilidad y arrastre de sedimentos aguas abajo, se construirán zanjas perimetrales aguas arriba del botadero. El Titular señala en el Adenda 1, que los muros perimetrales de contención al pie del botadero, no son necesarios, por cuanto las paredes se forman naturalmente con las descargas de los materiales, dado la poca pendiente y la existencia de puntillas que encausan el material. El Titular señala en el Adenda 1, que el criterio utilizado para ubicar el botadero de estériles corresponde a una ubicación más cercana a la planta de concentración, además de ser un lugar con pendiente muy baja y sin escurrimientos de agua. Respecto a las características de los botaderos, estas se presentan en el Anexo del Anexo Proyecto Explotación Mina Hermotita del Adenda 2. Preparación del terreno para el stock pile: Con el fin de preparar el terreno en que se instalará el acopio de mineral, el proyecto contempla la nivelación y compactación de una superficie de aproximadamente 5 hectáreas. Habilitación de infraestructura de apoyo: Las instalaciones de apoyo a la explotación minera se habilitarán sobre una meseta de 3 ha de superficie. Durante la etapa de construcción se montarán las diferentes dependencias en base a estructuras modulares y se construirán los talleres. Durante esta etapa se instalarán los sistemas de transporte y distribución de agua y energía eléctrica. Asimismo, se construirán la PTAS y de separación de grasas y aceites, así como toda la infraestructura necesaria para la distribución de agua durante la operación, se habilitarán los estanques de almacenamiento de agua, aceites usados y la estación de combustible. Construcción sistema de intercepción de escorrentías superficiales: Consiste en la excavación de los canales mediante retroexcavadora y/o sistemas manuales, dependiendo de las características del terreno a excavar. El material proveniente de estas excavaciones será dispuesto en el botadero correspondiente. Instalación y Montaje de Planta de Beneficio: Esta etapa corresponde a la construcción de una de Planta de Beneficio de tipo magnética, la que estará aledaña a los desmontes, a objeto de disminuir la distancia de transporte del material a procesar. Las principales labores corresponden a la nivelación del terreno, conexión eléctrica, montaje de la planta, medición de parámetros en los motores eléctricos y equipos magnéticos y la instalación de equipos electromagnéticos y dispositivos de control. La puesta en marcha corresponde a las pruebas de los distintos equipos para asegurar un correcto funcionamiento. El Titular señala en la DIA, que los antecedentes técnicos del proyecto serán presentados a SERNAGEOMIN previo a la ejecución del proyecto. c. Etapa de Operación Durante la etapa de operación se realizarán todas las actividades relacionadas con la explotación y transporte de mineral. Explotación de la mina: La explotación del Rajo se realizará por métodos convencionales de rajo abierto, con operaciones de perforación, tronaduras, carguío y transporte. La explotación del rajo se realizará en bancos de 10 m de altura, considerando doblar los bancos en la pared de cada fase. Para el rajo final se han diseñado bermas de seguridad de 30 m cada 100 m de altura, lo que resulta en un ángulo en torno a los 42° de inclinación y 38° en zona de desplome. El acceso y operación de los bancos se hará con rampas de 30 m de ancho y 8% de pendiente, las áreas de operación tendrán un ancho mínimo de 40 m, proporcionando un espacio suficiente para que los equipos de extracción puedan operar en forma segura. El proyecto considera abastecer el sistema de traspaso durante 365 días al año. Durante 327 días el abastecimiento se realizaría directamente desde el rajo, en tanto que durante 23 días el abastecimiento se realizará desde el stock pile. La situación descrita implica que existirá un periodo del año, previo a la época invernal, en que habrá transporte de mineral desde el rajo, tanto hacia el sistema de traspaso como hacia el stock pile con el fin de acumular mineral para aquellos días en que no se pueda operar el rajo debido a las condiciones meteorológicas. Con el fin de disminuir las emisiones de material particulado, el proyecto considera la humectación de caminos y el tránsito de camiones encarpados, tal como lo señala el Titular en el Adenda 2. Transporte y disposición de estéril en botadero: El material estéril proveniente de la explotación del Rajo será transportado mediante camiones hacia el depósito de estéril ubicado en el sector sur del rajo. Entre el rajo final y el botadero existirá una distancia mínima de 35 metros. El proyecto considera la humectación de caminos en forma periódica con el fin de disminuir las emisiones de material particulado. Respecto a las características del botadero, estas se presentan en el Anexo del Anexo Proyecto Explotación Mina Hermotita del Adenda 2. Transporte de mineral: El Titular señala en el Anexo Proyecto Explotación Mina Hermotita del Adenda 2, que para transportar el mineral, utilizará 7 camiones mineros con una capacidad de 50 toneladas, desde el rajo hasta el sector del sistema de traspaso o alternativamente hasta el stock pile, los cuales funcionarán durante las 24 horas. El proyecto, en su condición normal de operación, operara 327 días transportando mineral desde el rajo hasta el sistema de traspaso y 23 días alimentará al sistema de traspaso desde el stock pile, totalizando 350 días de operación. Dada esta configuración, existirá un periodo de tiempo durante el año, en que existirá simultáneamente transporte de mineral tanto hacia el sistema de traspaso, como hacia el stock pile, con el fin de acumular para aquellos días en que no pueda operar el rajo por condiciones meteorológicas adversas. Actividades de Prospección Geológica: Durante la etapa de operación del proyecto, se contempla la realización de actividades de investigación geológica en forma regular, con el fin de aumentar el conocimiento geológico del yacimiento y planificar con mayor certeza la explotación del rajo. Las actividades de prospección geológica abarcarán desde actividades de mapeo hasta la realización de sondajes. Se contempla la realización de sondajes tanto del tipo diamantina como de aire reverso, dependiendo de las necesidades de investigación. Todas estas actividades se realizarán en el rajo, por lo que no se intervendrán nuevas áreas. El Titular señala en el Adenda 1, que las labores de prospección corresponden única y exclusivamente a sondajes mineros, en ningún caso a exploraciones hídricas de ningún tipo en el sector a que se refiere el proyecto y presenta en el Adenda 4, un plano General de las actividades. El manejo de los residuos producidos por estas actividades se realizará de la misma manera contemplada para el resto de las actividades del proyecto, a excepción de los lodos de perforación, los cuales serán acumulados en piscinas debidamente impermeabilizadas para posteriormente ser transportados hacia el Centro de Manejo de Residuos Industriales. Procesamiento de Mineral en Planta Semi Móvil: Posee una capacidad nominal de tratamiento de 250 t/h, aquí ocurre el procesamiento del mineral. Ello permitirá obtener 100.000 t/mes de producto, constituidos por concentrado de hierro bajo 6 mm. Los procesos de la planta consideran lo siguiente: Equipos e instalaciones: El mineral será trasladado mediante camiones hasta dos unidades de chancadores primarios de mandíbula. Cada línea de chancadores tiene una capacidad de 500 ton/hora, las que entregan un primer producto a un harnero que diferencia por tamaño, a los materiales sobre 1” el cual es trasladado a una segunda línea de chancador, mientras que el material de tamaño menor a 1”, va directamente a la polea magnética. Esta polea magnética separa al material en no magnético, que corresponde al material de rechazo definitivo a botadero y el magnético, el cual es trasladado a un chancador terciario, CANICA 105 S de impacto y a un chancador Barmac. La descarga del chancador terciario de 6 mm va al proceso de concentración magnética, de tres líneas paralelas con dos unidades en serie cada una. En el proceso de concentración magnética se generan cuatro productos: - Concentrado de fierro - Rechazo R1 y R2, rechazos de la primera y segunda línea de tambores magnéticos, que van a botadero. - Middling, concentrado de baja ley generado en la segunda línea de tambores que va a reproceso en los tambores magnéticos. Chancado primario: El mineral es vaciado en un alimentador, el que entrega el material a chancadores de mandíbula. Chancado secundario: El material triturado en el chancador primario es traspasado a un chancador de cono que lo reduce a 1”. Luego este material pasa por un proceso de poleas magnéticas. Poleas Magnéticas: Todo el material chancado bajo 1” pasa por un proceso de concentración a través de poleas electromagnéticas que separan el mineral del lastre. El pre-concentrado producto de la polea magnética va a chancado terciario. El rechazo de la polea va a estéril. Chancado terciario: El material proveniente de las poleas magnéticas pasa a dos chancadores de impacto para reducirlo a 6 mm. Los productos de ambos chancadores vuelven al harnero en circuito cerrado y el tamaño menor de 6 mm, va a proceso de concentración magnética. El detalle del Proceso de Chancado, se presenta en el Anexo Proyecto de Explotación Mina Hermotita, del Adenda 2. Concentración magnética: La planta considera un sistema de concentración de mineral de hierro mediante tambores magnéticos, con una capacidad de producción de 1.200.000 ton/año de concentrado. En el proceso de concentración se procesará todo el material bajo 6 mm proveniente de las fases anteriores. En esta fase se genera el concentrado de hierro, middling (concentrado de baja ley) y el rechazo planta. El middling es retornado al alimentador de los tambores, para luego ser concentrado magnéticamente y el rechazo es llevado a botadero. Acopio de Producto: Se contempla acopiar el concentrado de hierro al interior de la faena en stock-pile, hasta definir el lugar destino. La cantidad de material a acopiar podría alcanzar 1 millón de toneladas, ocupando una superficie de 5 ha. Disposición de Rechazos Planta: En las etapas de polea y de concentración magnética, se generarán rechazos de mineral no magnético, los que se dispondrán en el botadero. Embarque: El Titular señala en el Adenda 2, que el embarque se realizará por Puerto Totoralillo, recinto que cuenta con RCA, además de los elementos y equipamiento para la contención de derrames de hidrocarburos. Manejo de Materiales: Manejo de Rechazos: los rechazos del procesamiento de minerales (estéril), se cargarán con cargadores frontales sobre camiones y serán transportados hasta las zonas destinadas para los acopios de estériles. Manejo de productos: El producto del beneficio de minerales se cargará en camiones y se transportará hasta el punto de embarque, según lo señalado por el Titular en Adenda 2 y Adenda 3, se utilizará camiones de 28 toneladas, realizando el transporte entre las 07:00 y las 22:00 horas. De lo anterior, se desprende un flujo de 8 camiones por hora, los cuales contarán con GPS y no deberán conformar caravanas al momento de trasportar el mineral. El Titular señala en el Adenda 2, que una vez cargados los camiones, éstos deberán recorrer un tramo de 2 Km., por la Ruta C-161, hasta alcanzar la ruta C- 13, recorriendo 36 Km., para luego acceder a la Ruta 5, desde donde aproximadamente a 90 Km. en dirección al sur, se accede al Puerto Totoralillo. d.- Etapa de Cierre Las medidas de cierre específicas para el área de operación e instalaciones anexas serán parte de un Plan de Cierre General del Proyecto. Al respecto, el Titular se compromete en el Adenda 2, a presentar el Plan de Cierre del proyecto junto con el Plan Minero, antes del inicio de la etapa de operación del proyecto. El Titular señala en el Adenda 1, que el rajo abandonado adyacente al polígono del proyecto, es de propiedad del Titular, razón por la cual se regirá bajo el mismo plan de prevención. Sin perjuicio de lo anterior, en general se prevé realizar las siguientes actividades: - Dar aviso a todos los organismos competentes del cierre de la faena, adjuntando cuando corresponda, el plan de trabajo respectivo. - Desmontar y retirar todas las instalaciones, los equipos y accesorios de la planta. - Retirar todos los residuos industriales excedentes. - Colocar letreros y deslindes perimetrales en los sectores de riesgo. - Instalar bermas de protección y cierres en los accesos a las áreas de trabajo y área minera respectivamente. El Titular señala en el Adenda 1 que además de lo señalado anteriormente, considera la instalación de un panel informativo en los caminos de acceso al área, que permita orientar al observador. 3.1.7.2 Insumos y Suministros del Proyecto Combustible: Se estima un consumo entre 9 y 10 m3/día de petróleo, destinado al funcionamiento de equipos y maquinarias. El combustible será suministrado por proveedores regionales y manejado de acuerdo a la normativa vigente. Se contará con la infraestructura adecuada para el almacenamiento y distribución de combustible, autorizada por la Autoridad pertinente. Energía eléctrica: El Titular señala en el Adenda 1, que el abastecimiento de energía eléctrica será en base a una fuente propia, mediante la utilización de generadores y de conectarse en el futuro a la red eléctrica, presentará de manera previa, todos los antecedentes a la Autoridad pertinente para su posterior evaluación. Junto con lo anterior, señala que para la generación eléctrica no utilizará el SIC. Explosivos: Serán utilizados en las tronaduras requeridas para la preparación y explotación del Rajo. El almacenamiento, transporte y manejo de explosivos estará a cargo de una empresa contratista especialista en el uso y manejo de explosivos. Sin embargo, el Titular velará para que el uso y manejo de explosivos se realice de acuerdo a la legislación vigente y exigirá que la empresa contratista cuente con todas las autorizaciones requeridas. Agua: Para satisfacer la demanda de agua potable, el agua será comprada a Aguas Chañar en la localidad de Diego de Almagro y transportada en camiones aljibe autorizados desde Diego de Almagro a la faena, para ser almacenada en un estanque de 20 m3. La demanda de agua se estima en 0,15 m3 por persona día, con una demanda diaria de 23 m3/día. Áridos: El Titular señala en el Adenda 1, que utilizará los estériles provenientes del proceso como áridos, mientras que para la etapa de construcción, se obtendrán hormigones. No obstante lo anterior, el árido deberá poseer todas las autorizaciones vigentes (Certificación técnica de la DOH si es proveniente de un cauce natural, y autorización del municipio correspondiente). Si el árido es abastecido por una empresa externa, deberá cumplir con las mismas exigencias. De igual forma, si el material pétreo es extraído de manera directa de un cauce natural (por el Titular o empresa externa), deberá considerar la visación técnica que otorga la Dirección de Obras Hidráulicas. Insumos para la mantención de equipos: Corresponden aproximadamente a 400 l/mes de aceites, grasas y lubricantes, los cuales serán proporcionados por contratistas. 3.2. Antecedentes relevantes del proceso de Evaluación Respecto a las actividades que considera al proyecto en evaluación, así como los posibles impactos ambientales generados por la ejecución de dichas obras, el Titular señala en el Adenda 3, que tiene conocimiento de las responsabilidades adquiridas con la ejecución del proyecto y se compromete a dar a conocer todos los compromisos asumidos a las empresas contratistas encargadas de ejecutar las obras del proyecto. 3.2.1 Emisiones a la Atmósfera El Titular presenta como Anexo al Adenda 1, un informe de medición de material particulado MP10, el cual toma como referencia lo normado en el D.S 59 y fija en 150 μg/m3N el valor límite diario para la concentración ambiental de material particulado MP10. Al respecto, de las mediciones realizadas, las concentraciones de material particulado alcanzan un valor promedio de 40 μg/m3N, no superando la Norma. 3.2.1.1 Etapa de Construcción y Pre operacional Se prevé la ocurrencia de emisiones fugitivas de material particulado, producto de las actividades de construcción de caminos, remoción de sobrecarga, explotación minera y manejo de materiales extraídos de la mina, las sub actividades emisoras de material particulado corresponden a tronadura, carga y descarga de material y el tránsito de camiones por caminos no pavimentados. Durante la etapa de construcción de caminos y en las etapas de remoción de sobrecarga, el material extraído será dispuesto en el botadero correspondiente. En las siguientes tablas se presenta la estimación de emisiones de material particulado para la construcción de caminos y remoción de sobrecarga en el rajo. La estimación de emisiones se presenta con y sin medidas de abatimiento (riego de caminos). Actividad Emisión sin Abatimiento (Kg./d) Eficiencia Abatimiento (%) Tronadura 1 Carga de Material en camiones 11 Descarga de material en Botadero 5 Tránsito de camiones cargados por caminos no pavimentados hacia Botadero 680 55 % Tránsito de camiones descargados por caminos no pavimentados desde Botadero 680 55 % Emisión Total 1377 Estimación de Emisiones de PM10 – Construcción Camino Secundario Actividad Emisión sin Abatimiento (Kg./d) Eficiencia Abatimiento (%) Tronadura 1 Carga de Material en camiones 13 Descarga de material en Botadero 13 Tránsito de camiones cargados por caminos no pavimentados hacia Botadero 2500 75 % Tránsito de camiones descargados por caminos no pavimentados desde Botadero 1500 75 % Emisión Total 4027 Estimación de Emisiones de PM10 – Remoción de Sobrecarga Actividad Emisión sin Abatimiento (Kg./d) Eficiencia Abatimiento (%) Tronadura 5 Carga de Material en camiones 6 Descarga de material en Botadero 6 Tránsito de camiones cargados por caminos no pavimentados hacia Botadero 675 75 % Tránsito de camiones descargados por caminos no pavimentados desde Botadero 510 75 % Emisión Total 592 Adicionalmente, se desarrolló una estimación de las concentraciones de material particulado a diferentes distancias del proyecto. A 5 Km. de distancia del proyecto, las concentraciones producto de las actividades de construcción de caminos y remoción de sobrecarga, alcanzarían los 39,3 μg/m3, en tanto que a 20 Km. de distancia, la concentración disminuiría sustancialmente, alcanzando tan sólo los 5,3 μg/m3. Si se considera el último informe respecto del Plan de Descontaminación de Caletones, en donde se informa una concentración promedio en torno a los 40 μg/m3 como concentración promedio anual, se demuestra que los niveles de concentración establecidos en la norma primaria de material particulado respirable no se verían sobrepasados, tanto en su valor anual como diario. El Titular señala en el Adenda 1, que instalará una estación de registro de material Particulado, MP 10, el cual incluirá la velocidad y dirección del viento. Complementando lo mencionado anteriormente, el Titular señala en el Adenda 2, que dicha estación de monitoreo se ubicará en la localidad de El Salado, previa coordinación con Autoridad competente para su ubicación, así como para la frecuencia de envío de los informes respectivos a la Autoridad pertinente, con copia al Servicio de Evaluación Ambiental. Respecto a las acciones para controlar las emisiones a la atmósfera indicadas por el Titular en el Adenda 2 para la etapa de construcción, éstas corresponden a: - Se priorizarán los trabajos de cobertura con bischofita o similar. La aplicación de las sales de bischofita o similar se realizará al comienzo de la etapa de construcción del proyecto, permitiendo así minimizar el consumo de agua para la humectación. - Control de velocidad de los vehículos motorizados mediante la instalación de señalética que establezca un máximo 30 Km./hora en caminos interiores, además de encarpar la carga de los camiones que transporten material. - Los sistemas de control de emisiones serán mediante la contención del polvo en la fuente de origen, utilizando cubiertas tipo covernil o similar. - El Titular señala en el Adenda 1, que dispondrá de un sistema de humectación para los stock pile con aspersores instalado y en caso de reparaciones, cambio o mantención de las cubiertas. 3.2.1.2 Etapa Operación Por su parte, en la etapa de operación del proyecto se prevé la ocurrencia de emisiones fugitivas de material particulado, producto de la explotación minera y del manejo de los materiales que se extraigan de la mina. De acuerdo a lo anterior, las actividades de operación que se han identificado como emisoras de material particulado corresponden a la tronadura, carga y descarga de material y el Tránsito de camiones por caminos no pavimentados. En la siguiente tabla se presenta la estimación de las emisiones de material particulado para la etapa de construcción del proyecto. Estimación de Emisiones de PM10 – Etapa de Operación Actividad Emisión sin Abatimiento (Kg./d) Eficiencia Abatimiento (%) Tronadura 1 Carga de Material en camiones 13 Descarga de material en Botadero 13 Tránsito de camiones cargados por caminos no pavimentados hacia Botadero 2500 75 % Tránsito de camiones descargados por caminos no pavimentados desde Botadero 1500 75 % Emisión Total 4027 Respecto a las acciones para controlar las emisiones a la atmósfera indicadas por el Titular en el Adenda 2 para la etapa de operación, éstas corresponden a: - Encapsulamiento de correas transportadoras y puntos de traspaso. El Titular presenta en el Adenda 2, el procedimiento para realizar la mantención de las correas transportadoras. - Compactación y estabilización de los caminos de tierra y los principales interiores mediante aplicación de bischofita o similar. - Instalación de un sistema de sello (Ionas de alta duración) en los puntos correspondientes a fuentes generadoras de emisiones (área superior de harneros, ingreso de chancadores terciarios y cuaternarios. tambores magnéticos, poleas). - Mangas en los sectores de caída de material a stock-pile. - En las zonas de descarga del chancador, se instalarán planchas metálicas o similar que sirvan como sistemas deflectores y/o contenedores del viento. Respecto al Plan de Descontaminación de Caletones y según la estimación de concentraciones realizada, a 5 Km. de distancia del proyecto las concentraciones para la etapa de operación, producto de las actividades de explotación del rajo, carga, transporte y descarga de mineral y estéril, alcanzan los 28,7 μg/m3, en tanto que a 20 Km. de distancia, la concentración disminuye sustancialmente, alcanzando tan sólo los 3,9 μg/m3. 3.2.1.3 Etapa Cierre Durante esta etapa se realizará el cierre del rajo, el desmantelamiento y remoción de instalaciones, cierre de accesos, señalizaciones y el perfilamiento de caminos. Debido a la naturaleza de las actividades de cierre, no se realizará mayor movimiento de tierra, o demoliciones de gran envergadura, ya que la mayor parte de la infraestructura estará construida en base a estructuras modulares, las cuales serán desmontadas. Por lo tanto, se prevé que las emisiones de material particulado asociadas a esta etapa serán mucho menor que las generadas durante el proceso de operación. De las tablas presentadas en el punto anterior, se desprende que la mayor cantidad de emisiones de material particulado se encuentra asociado al tránsito de camiones. 3.2.2 Manejo de Residuos 3.2.2.1 Residuos Líquidos a.- Etapa de Construcción Para la etapa de construcción, los únicos residuos líquidos generados corresponden a los efluentes de los baños químicos que utilizarán los trabajadores. Éstos serán retirados por camiones limpia fosa para ser dispuestos en lugares autorizados. El Titular mantendrá en faena un registro timbrado por la empresa receptora autorizada a tratar y/o confinar este tipo de residuos. b.- Etapa de Operación Durante esta etapa no se contempla la descarga de residuos líquidos al ambiente. Los efluentes de las plantas de tratamiento de aguas servidas y de aceites y grasas serán recirculados como agua industrial. Respecto a la PTAS, ésta será del tipo modular y estará diseñada para tratar 0,93 l/s, su efluente será utilizado como agua de riego. El área que ocupará esta PTAS es de aproximadamente 50 m2. El sistema de tratamiento a utilizar corresponde a una planta del tipo compacta a través de tratamiento biológico aeróbico de lodos activados. Un estanque ecualizador de las aguas servidas recolectadas, de flujo variable y el pre tratamiento en base a rejas para el retiro de sólidos. Una vez tratada, el agua será sometida a desinfección mediante cloración, antes de ser recirculada como agua de riego. El Titular presentará a la Autoridad Sanitaria, los antecedentes del proyecto de alcantarillado particular para su aprobación y posterior autorización del funcionamiento. Respecto a los lodos, éstos serán sometidos a un deshidratado mecánico, para su posterior retiro, mediante un camión del tipo limpia fosa, desde la sección de deshidratado, a través del sistema de bombas del camión. Esta actividad será realizada, cada 6 meses, por una empresa especializada y autorizada para tales efectos. Su disposición final se realizará en sitios autorizados. c.- Etapa de Cierre Los únicos efluentes líquidos generados durante esta etapa corresponden a los efluentes de los baños químicos que utilizarán los trabajadores. Estos efluentes serán retirados por camiones limpia fosa para ser dispuestos en lugares autorizados. 3.2.2.2 Residuos Sólidos a.- Etapa de Construcción Durante la etapa de construcción se generan residuos sólidos domésticos, industriales peligrosos y no peligrosos, correspondientes a: Estimación de Residuos Peligrosos Tipo de Residuo Total un año (t) Disposición Final Aceites Usados 56,1 Sitio Autorizado Batería 1,36 Filtros 0,4 Tambos Metálico 270,8 Tambor Plástico 1,0 Total 329,7 El almacenamiento de estos residuos, será transitoriamente y por un tiempo inferior a 6 meses. Se habilitarán sitios para el almacenamiento de dichos residuos de acuerdo a las compatibilidades de cada uno de ellos. Estos sitios contarán con una base de hormigón impermeabilizado y la armadura del radier tendrá una malla central, además de ser completamente cerrados y techados, con acceso exclusivo de los operadores del recinto, de esta manera se garantiza que la base sea impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos. Se dotará a dichos sitios de un pretil perimetral de seguridad, construido en hormigón impermeabilizado. Los contenedores al interior, así como las indicaciones que se instalarán en el acceso, serán rotulados según lo establecido en la normativa vigente. En general, el sitio cumplirá con las condiciones establecidas en el Artículo 33 del D.S. 148/2003 del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Una vez aprobado el proyecto se procederá a solicitar la autorización sectorial de esta instalación. Estimación de Residuos Sólidos No Peligrosos Tipo de Residuo Total un año (t) Disposición Final Cañerías 0,2 Sitio Autorizado Papeles y Cartones 1,0 Escombros 1,0 Fierros 3,0 Madera 4,0 Malla 1,0 Mangueras de Goma 0,6 Neumático Menor 280,1 Neumático Mayor Otros Plásticos 0,3 Otros Residuos 1,8 Pallets 1,5 Plásticos 7,0 Total 301,5 b.- Etapa de Operación Los residuos sólidos corresponden principalmente a aceites y grasas usados, neumáticos de camiones, baterías y desechos de material eléctrico, borras de lavados de equipos en los talleres de mantención y restos de limpieza de mantención contaminados con aceites o grasas, residuos domésticos (restos de casino, papel, plástico, otros), estéril de construcción, filtros de maquinaria, restos de soldaduras, madera e implementos de seguridad. Respecto a la planta de grasas y aceites, corresponde a la planta que realizará el tratamiento de las aguas provenientes del lavado de equipos y maquinaria. Además, el proyecto contará con un separador coalescente a través del cual se logra separar los aceites emulsionados en el agua. Se proyecta un estanque ecualizador de flujo variable, y un pre tratamiento en base a rejas, que precede al sistema de tratamiento propiamente tal. El efluente tratado será recirculado como agua industrial, en tanto que las grasas y aceites recolectados se acumulan en tambores de 200 l, debidamente sellados y rotulados de acuerdo a la normativa, para su posterior transporte y disposición en un lugar autorizado. Los tambores conteniendo aceites y grasas serán almacenados transitoriamente en el Sitio de Almacenamiento de Residuos Peligrosos. El área ocupada por esta planta será de alrededor de 88 m2., la Planta contará con un sistema de pretiles, sumideros y bombas con el fin de contener eventuales derrames. Respecto a los residuos sólidos generados, éstos corresponden a: Estimación de Residuos Sólidos Peligrosos Tipo de Residuo Total un Año (t) Disposición Final Aceites Usados 2.744 Empresa Autorizada Baterías 1,46 Filtros 0,66 Tambor Metálico 1.185 Tambor Plástico 1,00 Total 3.932 El transporte de los residuos peligrosos lo realizará una empresa autorizada, la disposición transitoria y final se hará dando cumplimiento al D.S Nº 148/03. Además, su retiro será declarado en el SIDREP. Junto con lo anterior, el Titular señala en la DIA, que presentará en forma sectorial a la Autoridad Sanitaria, un Plan de manejo de residuos peligrosos, de acuerdo a lo establecido en el D.S 148/03. En faena, solamente se realizará mantenciones menores, reparaciones mayores se realizarán en talleres externos autorizados. Se estima una generación de 5 tambores de 200 L en la etapa de construcción, mientras en la etapa de operación se estima: Estimación de Residuos Sólidos No Peligrosos Tipo de Residuo Total un Año (t) Disposición Final Carretes 0,006 Sitio Autorizado Papeles y cartones 0,181 Fierros 3,000 Madera 4,000 Mangueras de Goma 0,600 Neumático Menor 2159,600 Otros Plásticos 0,300 Otros Residuos 1,800 Plásticos 6,000 Total 2175,487 Corresponden principalmente a filtros de aire, cajas de cartón y repuestos, entre otros. Para su disposición transitoria, el Proyecto contará con un patio de salvataje aprobado por la Autoridad Sanitaria, en el que se dispondrán los residuos debidamente rotulados y clasificados. Al respecto, el Titular presenta en el Adenda 3, el proyecto de almacenamiento, transporte y disposición de residuos no peligrosos, en donde se detallan los procedimientos a seguir con la generación de este tipo de residuos. Por otra parte, los residuos sin valor comercial o de reutilización serán trasladados para su disposición final a un lugar autorizado. El Titular señala en la DIA, que cada vez que se requiera disponer fuera del predio los Residuos Industriales No Peligrosos generados en el proceso, presentará a la SEREMI de Salud, Región de Atacama, los antecedentes necesarios para la obtención de la Autorización Sanitaria correspondiente, según lo dispuesto en el artículo 19 del D.S. 594 / 99. Se contempla la generación de los lodos provenientes de la PTAS, se estima que la cantidad máxima de lodos producidos durante esta etapa será de 1,05 t/año. Estos lodos serán retirados mediante camiones limpia fosa para ser dispuestos en instalaciones autorizadas. Material Estéril: El proyecto considera una zona de acumulación de material estéril, con capacidad de contener 14 millones de toneladas/año. Dicha zona tendrá una superficie de 5 ha. aproximadamente. c.- Etapa de Cierre Se generarán residuos correspondientes a escombros y chatarra. Estos residuos serán manejados según el plan de manejo de residuos, el cual considerará los aspectos indicados en el Artículo 499 del Título X del Decreto Supremo Nº 72 de 1985. Durante la etapa de cierre también se generarán residuos peligrosos, debido principalmente a las actividades asociadas al desmantelamiento de instalaciones y mantención de vehículos y maquinarias, los cuales serán tratados según la normativa vigente. En relación a los residuos domésticos, éstos serán transportados a lugares que cuenten con las autorizaciones respectivas. 3.2.2.3 Residuos Sólidos Domésticos Se estima una generación diaria de residuos sólidos domésticos cercana a 0,5 Kg. por persona, compuestos principalmente por restos de comida, envases y papeles. Estos residuos serán acumulados en tambores provistos de tapas y bolsas plásticas en su interior. Posteriormente, para la disposición de los mencionados residuos, el Titular deberá disponerlos en un sitio autorizado. 3.2.2.4 Residuos Industriales Líquidos El proceso no considera incorporación de agentes químicos, por lo tanto, por tratarse de un residuos inocuo de iguales características que su entorno natural, su disposición será en un estanque desde donde se recuperará el agua para reutilización. El Titular señala en el Adenda 2, que el proyecto no considera en ninguna de sus partes, la disposición de material fino decantado de la recuperación de agua de proceso. El Titular señala en el Adenda 2, que para el lavado de camiones, se utilizará una plataforma de lavado, conectada a una cámara separadora de aceites y grasas, tipo Desgrasadora SISS HG 01 (adjuntando las directrices de cálculo de la cámara), las aguas depuradas, serán reutilizadas en el mismo lavado, siendo evaporadas posteriormente en plataformas de evaporación, obteniendo un residuo seco el cual es incorporado al plan de manejo de residuos peligrosos, obteniendo un aproximado de 8 litros de producto seco por mes. Al respecto, el Titular complementa en el Adenda 3 y 4 que la plataforma de evaporación corresponde a un estanque para contener agua debidamente estanco e impermeabilizado, con una superficie de fondo plana de 1 m de largo por 5 m de ancho, con una altura de 0.6 m, permitiendo almacenar un volumen de hasta 3 m3, luego se proyecto utilizarla solo hasta un volumen de 2 m3, de manera de prevenir derrames accidentales, dejando un margen de seguridad al volumen descargado, por lo tanto, se utilizará a una altura de 0.4 m. Finalmente, el Titular señala en el Adenda 3, que de ser aprobado el proyecto y si corresponde, presentará los antecedentes necesarios a la Autoridad pertinente para obtener la autorización sanitaria para el sistema de tratamiento de RILes y almacenamiento de residuos industriales peligrosos. 3.2.3 Ruido y Vibraciones El proyecto generará ruido y vibraciones durante todas sus etapas, especialmente durante las etapas de construcción y operación, aunque serán localizadas y de breve duración, razón por la cual no tendrán efectos significativos en el entorno. Cabe destacar que no existe población ubicada en el entorno que pudiera verse afectada (el asentamiento humano más cercano, Diego de Almagro, se ubica a 10 km de distancia en línea recta). Los trabajadores estarán dotados de los elementos de protección personal adecuados. El Titular presenta en el Adenda 1, un informe técnico de la campaña de monitoreo de los niveles de presión sonora, el cual señala que los niveles corresponden a 43.1 y 44.3 dB (A) para los periodos de medición diurno y nocturno. Junto con lo anterior, el Titular señala en el Adenda 1, que mantendrá un plan de monitoreo mensual del impacto acústico asociado a la etapa de construcción y semestral para la etapa de operación del proyecto para verificar el cumplimiento del D.S Nº 146/97, dichos informes deberán ser enviados a la SEREMI de Salud, con copia a la Autoridad Ambiental. 2.4 Plan de Contingencia El Titular presenta en el Adenda 1, el Plan de Contingencia frente a Emergencias, el cual es complementado en el Adenda 2 y detalla entre otras cosas los organismos involucrados, las acciones y medidas a implementar y procedimiento a seguir frente al tipo de derrame de residuo peligroso y/o accidente. Por otra parte, el Titular señala en el Adenda 1, que en caso que existieran accidentes, asociados al proyecto, en las vías de la Comuna de Caldera, la empresa dará aviso inmediatamente al Departamento Comunal de Protección Civil y Emergencia de la Ilustre Municipalidad de Caldera, fono 052-535586. Además, indica que respecto a los procedimientos ante emergencias, mantendrá un registro de actividades de capacitación, ejercicios y simulacros, el que estará disponible en las instalaciones, en este registro, figurarán las fechas, participantes de las actividades relacionadas y temas abordados, la mencionada capacitación será llevada a cabo, por un profesional y/o entidad calificada, cuya identidad estará incluida en los registros. Respecto a las acciones de control que se implementarán para resguardar la seguridad de los habitantes en el paso por la localidad de El Salado y el interior de la ciudad de Chañaral, tomando en cuenta el importante aumento del flujo de camiones y los impactos que podría generar dicho flujo en las condiciones de seguridad vial y calidad de vida de la población, el Titular señala en el Adenda 3, que: 1.- Existirá un sistema de comunicaciones por radio entre la mina y el puerto para detectar anomalías y demoras de los camiones en su trayecto a fin de detectar posibles accidentes. 2.- Se contribuirá al buen estado de las vías con los compromisos de la Declaración de impacto Ambiental, así como los aportes de los proyectos de acceso e intersecciones de caminos en los que participe con la Autoridad. 3.- Se contratará una empresa de transporte que garantice permanentemente vehículos en buenas condiciones de uso y con mantenimiento al día. 4.- El contratista de transporte garantizará permanentemente la presencia de conductores profesionales y capacitados en materia de manejo a la defensiva, prevención de riesgos y contingencias. 5.- Se asegurará mediante un sistema automático de registro de velocidad en los camiones el cumplimiento de esta normativa. 6.- Los camiones circularán con cobertura en su carrocería para evitar cualquier derrame en el producto. 7.- El horario de transporte desde y hacia el puerto se realizará desde las 07:00 hrs y las 22:00 hrs, evitando así cualquier tipo de impacto en el descanso de las comunidades por donde transiten los camiones asociados al proyecto. Finalmente, ante cualquier eventualidad que implique una descarga de RILes en un curso superficial y/o que se genere algún grado de infiltración hacia la napa subterránea, el Titular informará por escrito a la SISS y a la SEREMI de Medio Ambiente en un plazo no superior a 24 horas de ocurrido el evento, la razón por la cual se realizó dicha descarga, el tiempo de duración de la misma y el plazo en que se estima se dará solución definitiva al problema. Además, en el caso que el derrame afecte a un curso de agua para uso sanitario, el Titular deberá tomar las medidas necesarias para asegurar que las personas afectadas obtengan agua por otro medio, hasta que el problema se resuelva. 3.2.5 Hidrología El Titular adjunta en el Anexo B del Adenda 2, los antecedentes hidrológicos e hidrogeológicos del área de emplazamiento del proyecto, en el cual se concluye que no existen napas subterráneas cerca de la superficie del terreno, sin embargo, no se descarta la presencia de aguas subterráneas a mayor profundidad. Junto con lo anterior, el Titular señala en el Anexo B del Adenda 2, que tanto la ejecución de sondajes del presente proyecto, como la habilitación del botadero proyectado, no causaran un impacto sobre cauces naturales. 3.2.6 Recurso Hídrico El Titular presenta en el Adenda 2, un cuadro resumen del consumo de agua industrial para los distintos procesos en las etapas de construcción y operación, correspondientes a: Actividad Construcción m3/día m3/mes Consumo

humano

(25 personas) 4 120 Construcción instalaciones 6 180 Riego 20 600 Actividad Operación m3/día m3/mes Consumo

humano

(80 personas) 12 360 Construcción instalaciones 8 Riego 20 600 El Titular señala en el Adenda 2, que el proceso industrial no demanda agua para ninguna de sus fases, solo para la limpieza por uso. Además, el Titular señala en el Adenda 1, que la fuente de abastecimiento de agua potable para consumo humano corresponde a Aguas Chañar S.A., la cual será transportada desde Diego de Almagro en camiones cisternas. 3.2.7 Patrimonio Cultural El Titular presenta la línea de base arqueológica del proyecto, en el cual se identifica la presencia de 3 sitios arqueológicos de data histórica, consistente en una estructura de paredes de piedra en desuso, un santuario religioso (hornacina en pared rocosa, y muros de piedra asociados) y una animita histórica (sin evidencia de uso reciente), se deberá contar con los servicios de un arqueólogo, el que remitirá a la Autoridad competente los informes pertinentes antes de ejecutar alguna faena. Además, el Titular señala en el mismo Adenda, que realizará el cercado de carácter transitorio en torno a estos, con un área de amortiguación de 4 m desde su límite definido superficialmente, además de instalar la señalética de carácter transitoria que indique en forma clara la presencia de un Monumento Nacional en su categoría de Monumento Arqueológico, señalando la prohibición de realizar actividades en ese sector. Tanto los cercados como la señalética estarán instalados como plazo máximo, un mes antes del inicio de las obras de este proyecto, y su instalación será supervisada personalmente por el arqueólogo, el que informará por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales la forma en que se ejecutaron estas medidas. Junto con lo anterior, el Titular señala que realizará charlas de capacitación por parte del arqueólogo al personal de la obra, indicando las áreas de exclusión arqueológica, así como los procedimientos a seguir en el caso que se realicen hallazgos de carácter arqueológico durante las faenas del proyecto, enviando el registro fotográfico respectivo y el listado de asistencia a la Autoridad competente. 3.2.8 Paisaje El Titular presenta en el Adenda 2, un análisis del valor paisajístico del sector de emplazamiento del presente proyecto, del cual se concluye que se mantiene el valor paisajístico de la zona (zona de calidad paisajística baja). No obstante lo anterior, el Titular señala en el Adenda 1, que adoptará medidas de ingeniería y construcción destinada a minimizar los efectos que la construcción en superficie pueda generar en el paisaje. Además, el Titular complementa en el Adenda 2, lo anteriormente mencionado, indicando que contratará un experto paisajista, el que se encargará de las medidas necesarias para contribuir con la armonía del paisaje. 3.2.9 Transporte y Vías de acceso El Titular señala en el Adenda 1, que en el caso de existir alguna intervención en los caminos públicos, ésta se realizará de forma coordinada con la Dirección Regional de Vialidad. Respecto a las medidas de conservación y/o mantención de las rutas C-161 y C- 13, con el fin de mantener la condición actual y vida útil de dichas vías, asociadas al área de influencia del proyecto, el Titular señala en el Adenda 3, que se coordinará con la Autoridad competente para la mantención preventiva de caminos, nivelación, relleno, compactación y mejoras en las conexiones con rutas principales y el reemplazo de señalización entre otras materias. Finalmente el Titular indica en el Adenda 2, que dado que las instalaciones se ubican a un costado de la carretera, no se contempla la construcción de más caminos de acceso. Respecto al transporte de mineral desde la mina al sector de embarque, en camiones de 28 toneladas, el Titular deberá incorporar un sistema satelital de posicionamiento de dichos camiones (GPS), a objeto de dar el adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto y sus actividades. Junto con lo anterior, dichos camiones no deberán conformar caravanas al momento de efectuar el transporte hacia el sector de embarque, por las rutas que considera el proyecto. Finalmente, el Titular deberá suscribir un convenio Ad-Referéndum con la Dirección Regional de Vialidad, previo a la etapa de construcción de su proyecto, en el cual se describan y precisen las labores de conservación a efectuar en los caminos públicos C-161 y C-13, así como de aquellos elementos de seguridad vial necesarios de implementar en el paso por la localidad de El Salado. 3.2.10 Flora y Fauna El Titular presenta en la DIA una Línea de Base de Flora y Fauna, la cual es actualizada en el Adenda 1, de este informe se desprende la presencia la especie Eriosyce rodentiophila, especie que presenta categoría de conservación En Peligro, según el Libro Rojo de la Flora Nativa de Atacama, ante lo cual, el Titular se compromete en el Adenda 2, a tomar todas las medidas pertinentes para la conservación de dicha especie. Respecto a la Fauna del lugar, se encontraron 4 especies, correspondientes a Callopistes palluma Phrynosaura reichei Pseudalopex culpaeus y Pseudalopex griseus, especies que no se encuentran en algún estado de conservación. 3.2.11 Relación entre el Proyecto y Políticas, Planes y Programas de Desarrollo Regional. a.- Relación del Proyecto con Plan de Desarrollo Comunal Diego de Almagro y estrategia Regional de Atacama. Los recursos naturales La actividad económica fundamental que se ha desarrollado históricamente en la Comuna ha sido la minería extractiva, principalmente de oro y cobre, hoy encabezan los trabajos extractivos la Gran Minería del Cobre con Codelco Chile, División El Salvador y otras empresas transnacionales que trabajan la minería del oro; la mediana minería y, en menor medida, los pequeños mineros o pirquineros, el proyecto amplia la minería extractiva hacia el hierro, mineral que fue explotado en la zona hasta el principio de la década del 70, apoyando el avance a la transformación productiva. La comuna tiene que dejar de ser mono productiva, y tender a diversificar la producción. Con respecto a la Estrategia Regional, se plantea ofrecer trabajos saludables a las personas contratadas, realizar uso responsable del recurso hídrico, reduciendo su utilización en procesos productivos, tratando las aguas servidas y reutilizándolas en riego de árboles, alrededor de las instalaciones de faenas y administrativas del proyecto. El Titular señala en el Adenda 1, que se coordinará con la Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro, para realizar acciones que permitan contribuir a la mejora de la situación ambiental de la Comuna. Además, señala en el Adenda 1, que para la ejecución de las faenas, privilegiará la contratación de mano de obra local. 4. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Extracción y explotación de hierro mina Hermotita" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Extracción y explotación de hierro mina Hermotita" cumple con: 4.1 Reglamento de Seguridad Minera. D.S. 72/85, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el Art. Quinto del D.S. 132/2002 del Ministerio de Minería. El presente proyecto dará cumplimiento a todas las disposiciones de este Reglamento. - Se dará cumplimiento a las normas sanitarias vigentes, según lo estipulado en el Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo (Art. 63/64/65/66). - Se dará cumplimiento a las obligaciones ambientales, a través de resolución exenta emitida por la COREMA respectivamente, donde se señale la aprobación del proyecto desde la perspectiva ambiental. -Se deberá confeccionar un plan de emergencia, donde se establecerá, que debe existir un grupo de trabajadores instruidos en primeros auxilios (Art. 71/72/73/74/75/76). Además, el Titular señala en el Adenda 1 que dará cumplimiento a lo establecido en el Art. 344 de la mencionada normativa. 4.2 D.S Nº 148/2003 Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Se dará cumplimiento a lo establecido en la normativa. El proyecto generará residuos peligrosos, tales como aceites lubricantes usados y soluciones ácidas, los que serán almacenados temporalmente en un patio de acopio de residuos peligrosos, para disposición transitoria. Para el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos, contempla la habilitación de una instalación cerrada al acceso y techada, la cual contará con una base continua e impermeabilizada, con el propósito de evitar la contaminación de los suelos por derrames o emisiones de polvos. Además, contará con un pozo colector de derrames, cuya capacidad permitirá retener el 110% del volumen del contenedor de mayor capacidad almacenado. Los residuos peligrosos dispuestos en esta instalación, se mantendrán almacenados por un plazo máximo de 6 meses, período en el cual serán llevados a sitios de disposición final. Además, se contará con un sistema de registro de los residuos peligrosos el que considera cantidad, peso volumen, entre otros. Para el almacenamiento temporal de neumáticos, se utilizará una zona contigua al Patio de Acopio de residuos, éstos serán almacenados en forma temporal para posteriormente ser enviados a empresas autorizadas para su reciclaje y/o reutilización. 4.3 DFL 725/67, Código Sanitario, en relación con la generación de efluentes líquidos Durante la construcción, el proyecto generará efluentes líquidos correspondientes a las aguas servidas de los trabajadores provenientes de los baños químicos, los que contarán con las respectivas autorizaciones sanitarias. Los desechos líquidos serán retirados para su disposición final por empresas que cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes. Para la etapa de operación, el proyecto considera la utilización de una planta de tratamiento de aguas servidas compacta, cuyas aguas tratadas serán reutilizadas para el riego de caminos. Además, durante la etapa de construcción, considera la utilización de baños químicos, cuyos residuos serán manejados por una empresa contratista autorizada. Durante la construcción y operación, no se generan efluentes líquidos industriales al ambiente. 4.4 D.S Nº 286/84 del Ministerio de Salud, D.S Nº 146/97, Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República. Dada las características del proyecto y a la distancia que existe a la zona poblada más próxima (10 km), se considera que el proyecto dará pleno cumplimiento al D.S 146/97. 4.5 D.S. Nº 59/98, modificado por el D.S. 45/2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, establece límites permitidos del contaminante Material Particulado Respirable (MP10) en el aire para concentraciones diarias y anuales. Las emisiones de polvo del proyecto corresponden principalmente al tránsito de vehículos y maquinarias, operación de la planta, descarga de mineral en pilas y descarga de estéril en depósitos. Se dará estricto cumplimiento a la normativa señalada. 4.6 Ley 17.288 del 4 de febrero de 1970, modificada por Ley Nº 20.021, Ley sobre Monumentos Nacionales del Ministerio de Educación. Regula el hallazgo o intervención de ruinas, yacimientos y piezas antro-arqueológicas. Además establece limitaciones a la ejecución de obras que puedan afectar a los Monumentos Nacionales. El área donde se emplaza el proyecto corresponde a una zona fuertemente intervenida por actividad minera de antigua data, la que detuvo sus operaciones a comienzos de la década del 80. El presente proyecto no considera nuevas explotaciones de yacimientos, sino únicamente el tratamiento de botaderos de estéril, por lo tanto no habrá intervención subterránea que pueda afectar eventuales restos de material de interés para el patrimonio cultural. Las instalaciones de apoyo y la planta se localizarán en lugares que no generen este tipo de impacto, sin embargo, en el caso de efectuarse algún hallazgo arqueológico o paleontológico, deberá proceder según lo establecido en los Artículos Nº 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la misma Ley, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector afectado e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el Titular del proyecto. La empresa recoge la recomendación de cierre perimetral y la instalación de la debida señalización de los tres sitios de carácter histórico registrados en esta prospección, con el fin de evitar posibles daños o alteraciones producto de la intensificación de la actividad, del tráfico vehicular y de carga producto de la construcción de las obras proyectadas para la realización del proyecto “Extracción y beneficio de hierro Mina Hermotita”. Además de realizar charlas de inducción arqueológica, en el futuro, para los trabajadores, contratistas y personal administrativo que participe en el proyecto con el fin de asegurar el conocimiento de la normativa ambiental vigente. 4.7 D.S. Nº 594/99 y D.S Nº 201/2001. Reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, Ministerio de Salud. Establece las condiciones sanitarias y ambientales básicas que deberá cumplir todo lugar de trabajo, sin perjuicio de la reglamentación específica que se haya dictado o se dicte para aquellas faenas que requieren condiciones especiales. Establece, además, los límites permisibles de exposición ambiental a agentes químicos y agentes físicos, y aquellos límites de tolerancia biológica para trabajadores expuestos a riesgo ocupacional. Se dará estricto cumplimiento a la normativa señalada. De manera particular, en el sistema de Agua potable, Servicios higiénicos y evacuación de aguas servidas, así como con las condiciones generales de seguridad, prevención y protección contra incendios y contaminación ambiental. Cabe señalar que el proyecto generará residuos sólidos domésticos (0,5 kg/persona/día), tales como papel, envases plásticos y restos orgánicos de comida. Estos residuos serán almacenados provisoriamente en bolsas de polietileno y en contenedores ubicados en el sector de las instalaciones auxiliares. Desde allí y según requerimiento, serán trasladados hasta un sitio autorizado para su disposición final. 4.8 D.S Nº 379, Reglamento sobre requisitos mínimos de seguridad para el almacenamiento y manipulación de combustibles líquidos derivados del petróleo, destinados a consumos propios, Ministerio de Economía. D.O. 01.03.86. Este Reglamento establece las medidas de seguridad que se deben adoptar en terrenos particulares donde se almacenen y manipulen combustibles líquidos derivados del petróleo, cuyo fin último es el consumo propio. El Titular señala en la DIA, que previo a su puesta en servicio, inscribirá en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, los estanques de almacenamiento de petróleo diesel y gas licuado, para lo cual se acompañará un plano de la ubicación del almacenamiento, indicando su capacidad, clase de combustibles, distancias de seguridad a las construcciones propias y de terceros, vías públicas, etc., y una declaración de conformidad del almacenamiento con lo dispuesto en dicho Reglamento. Estos documentos serán firmados por el propietario de las instalaciones y por un Ingeniero Civil con título reconocido en el país u otro profesional con título equivalente a los que se haya reconocido legalmente tal calidad, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional. 4.9 D.S. Nº 686/98 del Ministerio de Economía. Tiene por objetivo proteger la calidad astronómica de los cielos en las regiones de Antofagasta, Atacama y Coquimbo. Las luminarias a utilizar en el proyecto en sus distintas etapas cumplirán con lo establecido en la normativa que regula las emisiones de luz para controlar la contaminación de tipo lumínica. El presente proyecto dará cumplimiento a todas las disposiciones de esta normativa. El proyecto considera la instalación de luminarias exteriores para iluminación nocturna, por lo que el titular garantizará el uso de fuentes lumínicas que cumplan con las disposiciones vigentes. 4.10 D.S. 55/94, Normas de emisión para vehículos pesados; D.S. 04/94, Normas de Emisión para Vehículos en Uso. Se dará cumplimiento a las disposiciones establecidas en la normativa señalada. 4.11 Ley 18.902, que otorga a la Superintendencia deservicios Sanitarios competencias fiscalizadoras y sancionadoras para ejercer el control de los residuos líquidos. En caso de ser denunciadas irregularidades en el manejo de efluentes, entendiéndose como irregularidad cualquier situación distinta a la presentada en el proyecto sometido a evaluación y que pudiera afectar un curso o masa de agua superficial y/o subterráneo, la Superintendencia de Servicios Sanitarios podrá tomar las acciones y/o aplicar las sanciones de acuerdo con lo establecido en los, artículos 1° y 11 letras a, b, c y d de la Ley 18.902, 4.12 Resolución Exenta Nº 427, de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de Atacama, que restringe el uso de vías para vehículos que transportan cargas peligrosas y fija Rutas para la Región de Atacama por las cuales se transportarán las sustancias peligrosas que puedan poner en riesgo la seguridad de la población. El Titular señala en el Adenda 1, que dará cumplimiento a la normativa aplicable al proyecto. 4.13 Norma Internacional de Medidas Fitosanitarias, NIMF Nº 15. El cumplimiento de esta medida es supervisada por el SAG en los lugares de destino de las mercaderías al interior del país. El Titular señala en el Adenda 1, que dará cumplimiento a lo establecido en la normativa señalada. 4.14 D.S Nº 160/2009. Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte, Almacenamiento y Distribución de Combustibles Líquidos El Titular señala en el Adenda 1, que dará cumplimiento a lo establecido en la normativa indicada. 4.15 Norma 4/2003. Instalaciones de consumo en baja tensión y Norma NSEG 5 En. 71 Instalaciones eléctricas de corrientes Fuertes, las que deberán ser declaradas ante la SEC, previo a su puesta en servicio. El Titular señala en el Adenda 1, que dará cumplimiento a lo establecido en la normativa indicada. 4.16 D.S Nº 66/2007 Reglamento de Instalaciones y Medidores de Gas. El Titular señala en el Adenda 1, que dará cumplimiento a lo establecido en la normativa indicada. 4.17 D.S Nº 138/05. Establece la obligación de declarar emisiones que indica. El Titular señala en el Adenda 1, que dará cumplimiento a lo establecido en la normativa indicada. 4.18 D.S 03/1985 y D.S 133/1984. El Titular señala en Adenda 1, que dará cumplimiento a lo establecido en la normativa indicada. 4.19 D.S. N° 12/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, Norma Primaria de Calidad Ambiental para Material Particulado Fino MP 2,5. El Titular deberá instalar una estación de monitoreo de MP 2,5 para todas las etapas del proyecto, previa coordinación con la SEREMI de Medio Ambiente para su ubicación, así como para la frecuencia de envío de los informes respectivos a la Autoridad Ambiental. 5. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Extracción y explotación de hierro mina Hermotita" requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 88, 90, 91, 93, 94 y 96 de los artículos 68 al 106 del D.S. Nº 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Articulo 88: En el permiso para establecer un apilamiento de residuos mineros a que se refiere el inciso 2º del artículo 233 y botaderos de estériles a que se refiere el artículo 318, ambos del D.S. Nº 72/85 del Ministerio de Minería, Reglamento de Seguridad Minera, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo. Los antecedentes para dar cumplimiento a este permiso se presentan en la DIA y se complementan en el Adenda 1, Adenda 2, Adenda 3 y Adenda 4 del proyecto. Al respecto, SERNAGEOMIN, Región de Atacama, a través del ORD. Nº 263 del 13 de enero de 2012, señala que en el pie del talud del acopio denominado Stocks piles, que se ubica más cercano a camino público, el Titular deberá realizar un pretil, para que dicho camino no se vea afectado durante la operación por rodados o polución. Artículo 90: En el permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L 725/67, Código Sanitario. Los antecedentes para dar cumplimiento a este permiso se presentan en el Adenda 2 y Adenda 3 del proyecto. Al respecto, la SEREMI de Salud, Región de Atacama, a través del ORD. BS3 Nº 2678/2011 del 20 de diciembre de 2011, se pronuncia conforme. Artículo 91: Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza. Las medidas adecuadas para el control de aquellos factores, elementos o agentes del medio ambiente que puedan afectar la salud de los habitantes, corresponde a la instalación de una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas. Los antecedentes para dar cumplimiento a este permiso se presentan en la página 118 y 119 de la DIA, siendo complementados en el Adenda 1 y Adenda 3. Además, el Titular señala en el Adenda 2, que una vez aprobado el proyecto, solicitará la autorización sanitaria correspondiente para dar cumplimiento a lo establecido en la normativa vigente. Artículo 93: En los permisos para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. Nº 725/67, Código Sanitario, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo. En el Estudio o Declaración de Impacto Ambiental, según sea el caso, se deberán señalar las medidas adecuadas para el control de aquellos factores, elementos o agentes del medio ambiente que puedan afectar la salud de los habitantes, de acuerdo a: Los antecedentes para dar cumplimiento a este permiso se presentan desde la página 120 a la 124 de la DIA, siendo complementados en el Adenda 1 y Adenda 3. Junto con lo anterior, el Titular presenta en el Adenda 2, el respectivo Plan Minero, en donde se detalla la disposición final de estériles y material de rechazo. Al respecto, la SEREMI de Salud, Región de Atacama, a través del ORD. BS3 Nº 2678/2011 del 20 de diciembre de 2011, se pronuncia conforme. Artículo 94: En la calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2 del D.S. Nº 47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo. Los antecedentes para dar cumplimiento a este permiso se presentan desde la página 124 a la 132 de la DIA, siendo complementados en el Adenda 1 y Adenda 3. Al respecto, la SEREMI de Salud, Región de Atacama, a través del ORD. BS3 Nº 2678/2011 del 20 de diciembre de 2011, se pronuncia conforme, calificando la actividad como molesta. Artículo 96: En el permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotas de equipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico; o para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones, fuera de los límites urbanos, a que se refieren los incisos 3º y 4º del artículo 55 del D.F.L Nº 485/75 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Los antecedentes para dar cumplimiento a este permiso se presentan en el Adenda 1. Junto con lo anterior, el Titular señala en el mismo Adenda, que en el caso de ser aprobado el proyecto, deberá presentar todos los antecedentes adicionales legales-administrativos a la SEREMI de Agricultura, en un original y dos copias, para la tramitación administrativa de Cambio de Uso de Suelo. Al respecto, la SEREMI MINVU, Región de Atacama, a través del ORD. Nº 000 del 12 de julio de 2010, se pronuncia conforme. 6. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Extracción y explotación de hierro mina Hermotita" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias. Letra a.- Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos. Las emisiones atmosféricas durante la etapa de construcción del proyecto corresponden material particulado, las que son poco significativas y se deben principalmente a la preparación de los terrenos donde se instalará la planta. Estas emisiones son propias de una etapa de construcción y se caracterizan por ser temporales, no peligrosas y de impacto local. Cabe señalar que la distancia mínima desde el proyecto a la zona poblada más próxima es aproximadamente 10 Km., por lo que no se generará un impacto a tal distancia. En la etapa de operación, la generación de emisiones es muy baja, debido a que solamente considera cintas transportadoras y una polea electromagnética. Los puntos de descarga son solamente dos, uno para material de rechazo y otro para concentrado. Además, las cintas estarán encapsuladas y la polea cubierta con un sello de lona grueso, tipo Covernil. El material particulado retenido por los sistemas de encapsulamiento y lonas sedimentará sobre el resto del material a tratar, por lo tanto continuará en el proceso productivo. Se utilizarán sistemas de encapsulamiento y cubiertas en los principales puntos de generación. Según lo observado en las pruebas realizadas en terreno, se estima que el sistema propuesto permitirá contener aproximadamente un 85% de las emisiones. No obstante lo anterior, para controlar las emisiones en caminos interiores, se regulará la velocidad máxima a 30 Km./hora y sobre los caminos interiores se aplicará una solución salina del tipo bischofita. Emisiones menores corresponden a las generadas como producto de la combustión de motores de vehículos y maquinarias utilizados en el proyecto. Al respecto se señala que estos contarán con mantenciones y revisiones al día, otorgadas por el organismo regulador que corresponda. Respecto a los residuos líquidos domésticos, éstos corresponden a aguas servidas generadas principalmente por el uso de los servicios sanitarios. El Proyecto considera un sistema de tratamiento de aguas servidas, cumpliendo con la Nch 1333/78, el cual permitirá reutilizar las aguas tratadas en humectación de caminos, según señala el Titular en el Adenda 1. Se presentará a la Autoridad Sanitaria los antecedentes del proyecto de alcantarillado particular para su aprobación y posterior autorización de funcionamiento. El efluente tratado cumplirá los estándares definidos por el Ministerio de Salud, es decir, tendrá un nivel no superior de 1.000 NMP coliformes fecales por cada 100 ml. Además, el efluente estará ausente de carga orgánica putrescible y cumplirá la NCh 1333/78 para Agua de Riego. En relación a los Residuos Líquidos Industriales, éstos provendrán de la muestrera y corresponden a 0,4 m3 diarios de agua con contenidos de muestra a las que, mediante un tubo. Por otra parte, se estima una generación diaria de residuos sólidos domésticos cercana a 0,5 Kg. por persona, compuestos principalmente por restos de comida, envases y papeles, los cuales serán almacenados en tambores provistos de tapas y bolsas plásticas en su interior, para ser llevados a un sitio autorizado. Mientras que los Residuos sólidos Industriales no peligrosos, corresponden principalmente a filtros de aire, cajas de cartón y repuestos, entre otros. Cada vez que se requiera disponer fuera del predio los Residuos Industriales No Peligrosos, se presentará a la Autoridad competente, los antecedentes necesarios para la Autorización Sanitaria correspondiente. Respecto de los residuos peligrosos, estos corresponden a aceites lubricante usados, y su disposición transitoria y final se hará dando cumplimiento al D.S Nº 148/03, Reglamento Sanitario para Residuos Peligrosos. Por otra parte, el proyecto considera una zona de acumulación de material estéril, con capacidad de contener 14 millones de toneladas, según lo señalado por el Titular en el Adenda 1. Por lo tanto, no se generarán efectos adversos por la composición, peligrosidad, cantidad de los residuos sólidos generados. Respecto a los ruidos, éstos se generarán por el funcionamiento de las maquinarias pesadas en excavaciones y movimientos de tierra, así como por el tránsito menor de camiones durante la etapa de construcción, mientras que en la etapa de operación, las emisiones de ruido están asociadas a las operaciones de carguío y transporte de material, operación de la planta y por el funcionamiento de las maquinarias pesadas. Sin embargo, estas emisiones serán temporales y provenientes de fuentes móviles. Dada las características del proyecto, y la distancia existente hasta la zona poblada más próxima (10 Km.), el impacto por ruido se considera no significativo, dado que no es posible que sea percibido por la comunidad. Por lo tanto, no se generarán efectos adversos en la población por la diferencia entre los niveles estimados de inmisión de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno. Por otra parte, no se originarán efectos adversos por formas de energía, radiación o vibraciones generadas por el proyecto o actividad. Junto con lo anterior, el proyecto no contempla ni generará en ninguna de sus etapas, combinación y/o interacción de los contaminantes emitidos, por lo que no presenta efectos adversos sobre la población. Finalmente, respecto al flujo vehicular del proyecto y las medidas asociadas a la seguridad vial, contaminación sonora o altos niveles de ruido y/o vibraciones, el Titular señala en el Adenda 2, que el flujo de camiones solo será por la localidad de El Salado, sin existir flujo por la ciudad de Chañaral. Junto con lo anterior, el Titular señala en el mismo Adenda que para amortiguar los niveles de vibración y ruido generados por el tránsito de camiones, éstos circularán a una velocidad razonable y prudente y con la carga encarpada. Letra b.- Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovales, incluidos el suelo, agua y aire. Las emisiones atmosféricas están constituidas por pequeñas cantidades de polvo debido principalmente a la preparación del terreno, estas emisiones son propias de una etapa de construcción y en definitiva se caracterizan por ser de carácter poco significativas, temporales, no peligrosas y sin riesgo de impacto para el medio biótico. Dada las características del proyecto y la gran distancia a la zona agrícola más próxima, no existirá superación de Norma Secundaria para Emisiones de Material Particulado Sedimentable (D.S 04). El proyecto no genera descargas sobre cuerpos de agua que pudieren verse afectados, y los residuos sólidos generados por el proyecto serán enviados a lugares autorizados sin afectar el recurso suelo. Por lo tanto, no existen efectos adversos por superación de normas secundarias. Por lo tanto no se generarán efectos adversos sobre los recursos naturales por la composición, peligrosidad, cantidad y concentración de los efluentes líquidos y de las emisiones a la atmósfera. La flora y fauna asociada a la zona del proyecto es escasa y se adoptarán las acciones de control adecuadas, como es posible observar en el Informe Medio Biótico adjunto en Anexo B de la DIA. Además, las actividades del proyecto no contemplan la explotación de vegetación nativa y fauna silvestre. El Titular señala en la DIA, que en el área del proyecto no existe una diversidad biológica posible de ser afectada. Junto con lo anterior, el proyecto no contempla extraer, explotar, alterar ni manejar especies de flora o fauna del sector. Además, debido a las características y ubicación del proyecto, no se contempla intervenir ningún tipo de recurso hídrico. Finalmente, se trata de un área de suelo en zonas intervenidas producto de antiguas faenas mineras. No existirá explotación de nuevos yacimientos, sino solamente de antiguos desmontes cuyos rechazos de la planta serán depositados en suelos clase VIII. Letra c.- Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. El Proyecto por su naturaleza y ubicación, no generará ningún cambio en los índices de densidad y/o distribución espacial en poblaciones humanas, ni sobre los índices de dimensión antropológica referido a aspectos de manifestación cultural, dado que no existen grupos humanos próximos que las practiquen, así como tampoco existe concurrencia en lugares cercanos, en ninguna fecha, para efectuar manifestaciones como las señaladas. Gran parte de la mano de obra asociada al proyecto provendrá de las localidades de Caldera y Diego de Almagro. El Proyecto por su naturaleza y ubicación, no generará ningún cambio demográfico o socioeconómico significativo en poblaciones humanas y no contempla la intervención o explotación de recursos naturales de terceros en ninguna de sus etapas, por lo mismo no se restringe el acceso a estos en ninguna forma ni genera impacto negativo sobre la dimensión socioeconómica. Finalmente, no se generarán efectos adversos por afectación negativa sobre el acceso de la población, comunidades o grupos humanos a los servicios y equipamiento básicos. Letra d.- Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares. El proyecto no se localiza próximo a ninguna población protegida por leyes especiales ni áreas de recursos protegidos. Además, no se localiza próximo a ningún área bajo protección oficial. Letra e.- Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona. El Titular presenta en el Adenda 2, un análisis del valor paisajístico del sector de emplazamiento del presente proyecto, del cual se concluye que se mantiene el valor paisajístico de la zona (zona de calidad paisajística baja). Junto con lo anterior, presenta en el Adenda 1, un álbum fotográfico de la zona de emplazamiento del proyecto. Por lo tanto, el proyecto no intervendrá zonas del valor paisajístico y no contempla la obstrucción del acceso a recursos o elementos del medio ambiente con valor paisajístico o turístico, ya que el área en donde se localiza no tiene ninguna de esas connotaciones. El Proyecto no intervendrá áreas declaradas zona o centro de interés turístico, ya que el área en donde se localiza no tiene ninguna de esas connotaciones. Tampoco existen otras áreas próximas que posean valor ambiental declarado. Letra f.- Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. El Titular presenta en la DIA, la línea de base arqueológica del proyecto, en el cual se identifica la presencia de un sitio arqueológico de data histórica, consistente en una estructura de paredes de piedra en desuso, al respecto el Titular señala en el Adenda 2, que contratará los servicios de un arqueólogo, el que remitirá a la Autoridad competente los informes pertinentes antes de ejecutar alguna faena. Además, el Titular señala en el mismo Adenda, que realizará el cercado de carácter transitorio en torno a éste, con un área de amortiguación de 4 m desde su límite definido superficialmente, además de instalar la señalética de carácter transitoria que indique la presencia del Monumento Nacional protegido, señalando la prohibición de realizar actividades en el sector. Tanto el cercado como la señalética estarán instalados como plazo máximo, un mes antes del inicio de las obras de este proyecto, y su instalación será supervisada personalmente por el arqueólogo, el que informará por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales la forma en que se ejecutaron estas medidas. Junto con lo anterior, el Titular señala que realizará charlas de capacitación por parte del arqueólogo al personal de la obra, indicando las áreas de exclusión arqueológica, así como los procedimientos a seguir en el caso que se realicen hallazgos de carácter arqueológico durante las faenas del proyecto, enviando el registro fotográfico respectivo y el listado de asistencia a la Autoridad competente. El proyecto no se localiza próximo a algún Monumento Nacional definido por la Ley 17.288, además, no intervendrá construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural. En el anexo C de la DIA, el Titular adjunta el informe Arqueológico correspondiente. En el área donde se emplaza el proyecto o próximo a éste, no se realiza ningún tipo de manifestaciones culturales. Por lo tanto, no se generarán efectos adversos sobre esta componente. De acuerdo con el análisis presentado en las Tablas precedentes, se concluye que el proyecto no genera ninguno de los efectos, características o circunstancias señaladas en el artículo 11 de la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente. 7. Que, en Sesión de Comisión la Sesión de la Comisión de Evaluación de la III Región de Atacama, de fecha 01/02/2012, se exigió lo siguiente: a.- En consideración al D.S. N° 12/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, Norma Primaria de Calidad Ambiental para Material Particulado Fino MP 2,5 el cual se encuentra actualmente vigente, el Titular deberá instalar estaciones de monitoreo de MP 2,5 para todas las etapas del proyecto, previa coordinación con la SEREMI de Medio Ambiente, así como la frecuencia de envío de los informes respectivos a la Autoridad Ambiental. b.- Respecto al transporte de mineral desde la mina al sector de embarque, en camiones de 28 toneladas, el Titular deberá incorporar un sistema satelital de posicionamiento de dichos camiones (GPS), a objeto de dar el adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto y sus actividades. c.- Junto con lo anterior, dichos camiones no deberán conformar caravanas (no más de dos camiones), al momento de efectuar el transporte hacia el sector de embarque, por las rutas que considera el proyecto. 8. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la III Región de Atacama, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones. 9. Que, para que el proyecto "Extracción y explotación de hierro mina Hermotita" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 10. Que, el Titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la III Región de Atacama, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos. 11. Que, el Titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la III Región de Atacama, la individualización de cambios de titularidad.