Evaluación SEA

Piscicultura Río Indio

Rol 4652068
SEA · DIA · Aprobado · 2010-06-11 · Región de La Araucanía · Ecofish Limitada

Servicio de Evaluación Ambiental — Región de La Araucanía

REPÚBLICA DE CHILE. COMISIÓN DE EVALUACIÓN IX REGIÓN DE LA ARAUCANÍA

Califica Ambientalmente el proyecto "Piscicultura Río Indio"

Resolución Exenta N* 70

Temuco, 19 de Mayo de 2011

VISTOS:

  1. Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la ley 20.417/2010 el D.S. N95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley 19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N 1600 de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N 55/92, ambas de la Contraloría General de la República; y las demás normas aplicables al proyecto.

  2. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "Piscicultura Río Indio”, presentada por el Señor Rodolfo Aguirrebeña Bocanegra, en representación de Ecofish Limitada, con fecha 11 de Junio de 2010.

  3. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

3.1. Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental.

Declaración de impacto ambiental (DIA) S/N Por Ecofish Limitada, con fecha 11/06/2010

Test de admisión Por Servicio Evaluación Ambiental, Región de La Araucanía, con fecha 16/06/2010

Oficio solicitud de evaluación DIA N* 155 Por Servicio Evaluación Ambiental, Región de La Araucanía, con fecha 29/06/2010

informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la DIA (ICSARA) N*13 Por Servicio Evaluación Ambiental, Región de La Araucanía, con fecha 20/07/2010

Adenda N? 1 Por Ecofish Limitada, con fecha 04/08/2010

Solicitud de evaluación de adenda N* 207 Por Servicio Evaluación Ambiental, Región de La Araucanía, con fecha 04/08/2010

Solicitud especial de pronunciamiento N* 208 Por Servicio Evaluación Ambiental, Región de La Araucanía, con fecha 05/08/2010

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Solicitud especia! de pronunciamiento N* 212 Por Servicio Evaluación Ambiental, Región de La Araucanía, con fecha 06/08/2010

Adenda N* 2 Por Ecofish Limitada, con fecha 06/04/2011

Solicitud de evaluación de adenda N* 110 Por Servicio Evaluación Ambiental, Región de La Araucanía, con fecha 06/04/2011

Resolución de ampliación de plazo N* 51 Por Servicio Evaluación Ambiental, IX Región de La Araucanía, con fecha 08/04/2011

Solicitud especial de pronunciamiento N* 148 Por Servicio Evaluación Ambiental, IX Región de La Araucanía, con fecha 04/05/2011

3.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.

Oficio N 0081/0283 sobre la DIA, por Dirección Regional de Turismo, Región de La Araucanía, con fecha 01/07/2010; Oficio N 1084 sobre la DIA, por Dirección Regional de Aguas, Región de La Araucanía, con fecha 01/07/2010; Oficio N” 159 MAA. sobre la DIA, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 05/07/2010; Oficio N 219 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región de La Araucanía, con fecha 05/07/2010; Oficio N 498 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región de La Araucanía, con fecha 05/07/2010, Oficio N 525 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 05/07/2010; Oficio N 1609 sobre la DIA, por Dirección Regional de Vialidad, Región de La Araucanía, con fecha 06/07/2010; Oficio N 3513 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 06/07/2010; Oficio N 1212 sobre la DIA, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de La Araucanía, con fecha 06/07/2010; Oficio N 3806 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región de La Araucanía, con fecha 06/07/2010; Oficio N” 470100010 sobre la DIA, por Dirección Regional de Pesca, Región de La Araucanía, con fecha 07/07/2010; Oficio N 1081 sobre la DIA, por Dirección Regional del SAG, Región de La Araucanía, con fecha 09/07/2010; Oficio N 456 sobre la DIA, por Subdirección Nacional Temuco CONADI, con fecha 12/07/2010; Oficio N 3021 sobre la DIA, por SEREMI Bienes Nacionales, con fecha 13/07/2010; Oficio N 1730 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región de La Araucanía, con fecha 13/07/2010; Oficio N 0651 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de La Araucanía, con fecha 14/07/2010; Oficio N% MA17-1158 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Novena Región de La Araucanía, con fecha 14/07/2070, Oficio N? 225 sobre la Adenda 1, por Corporación Nacional Forestal, Región de La Araucanía, con fecha 09/08/2010, Oficio N 0104/0287 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Turísmo, Región de La Araucanía, con fecha 09/08/2010; Oficio N 1394 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Aguas, Región de La Araucanía, con fecha 13/08/2010; Oficio N 1308 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional del SAG, Región de La Araucanía, con fecha 16/08/2010; Oficio N 4050 sobre la Adenda 1, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 16/08/2010; Oficio N 840 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de La Araucanía, con fecha 18/08/2010; Oficio N 0609 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región de La Araucanía, con fecha 18/08/2010, Oficio N 1511 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de La Araucanía, con fecha 18/08/2010, Oficio N” 3896 sobre la Adenda 1,por SEREMI de Agricultura, Región de La Araucanía, con fecha 18/08/2010; Oficio N 665 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 18/08/2010; Oficio N” MA17-1369 sobre ¡a Adenda 1, por SEREMI de Salud, Novena Región de La Araucanía, con fecha 19/08/2010, Oficio N 2114 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Vialidad, Región de La Araucanía, con fecha 23/08/2010; Oficio N 470120310 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Pesca, Región de La Araucanía, con fecha 26/08/2010; Oficio N 250 sobre la Adenda 2, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 11/04/2011; Oficio N* 807 sobre la Adenda 2, por Dirección

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Regional de Aguas, Región de La Araucanía, con fecha 15/04/2011; Oficio N 573 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional del SAG, Región de La Araucanía, con fecha 18/04/2011; Oficio N 239 sobre la Adenda 2, por SEREMI MOP, Región de La Araucanía, con fecha 20/04/2011; Oficio NO 0777 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de La Araucanía, con fecha 25/04/2011; Oficio N 470050611 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional de Pesca, Región de La Araucanía, con fecha 25/04/2011; Oficio N A24-685 sobre la Adenda 2, por SEREMI! de Salud, Novena Región de La Araucanía, con fecha 26/04/2011; Oficio N 2323 sobre la Adenda 2, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 29/04/2011; Oficio N 558 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de La Araucanía, con fecha 29/04/2011; Oficio NO 558 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de La Araucanía, con fecha 06/05/2011, Oficio N* 470059911 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional de Pesca, Región de La Araucanía, con fecha 09/05/2011.

3.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor.

En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Piscicultura Río Indio”, han sido invitados a participar, coordinados por la Servicio Evaluación Ambiental, Región de La Araucanía, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental:

Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur

Corporación Nacional Forestal, Región de La Araucanía Dirección Regional de Aguas, Región de La Araucanía Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de La Araucanía Dirección Regional de Pesca, Región de La Araucanía Dirección Regional de Turismo, Región de La Araucanía Dirección Regional de Vialidad, Región de La Araucanía Dirección Regional del SAG, Región de La Araucanía Gobierno Regional, Región de La Araucanía

SEREMI Bienes Nacionales

SEREMI MOP, Región de La Araucanía

SEREMI de Agricultura, Región de La Araucanía

SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de La Araucanía SEREM! de Salud, Novena Región de La Araucanía Subdirección Nacional Temuco CONADI

Consejo de Monumentos Nacionales

Superintendencia de Servicios Sanitarios

Se hace presente que tos siguientes órganos, no emitieron pronunciamiento sobre el proyecto:

lustre Municipalidad de Curacautín SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de La Araucanía

3.4. Reunión de Comité Técnico de Evaluación

3.4.1. La Circular N* 36 de fecha 10 de mayo de 2011, de la Secretaria Regional del Medio Ambiente en su calidad de Presidenta de dicho Comité Técnico, que convoca a reunión de trabajo.

3.4.2. El Acta de fecha 16 de mayo de 2011, que reúne al Comité Técnico de Evaluación de la Región de La Araucanía, con el objeto de revisar los antecedentes técnicos de la evaluación del proyecto “Piscicultura Río Indio” y en el cual se establece las siguientes consideraciones que se deben tener presente al momento de calificar ambientalmente el proyecto:

  • Realizar un seguimiento permanente y continuo del caudal de entrada, de tal forma de verificar el paso del caudal máximo otorgado por la DGA, de 480 l/s.

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  • Las tuberías utilizadas para el paso del caudal mínimo (772 l/s), deberán permanecer siempre limpias y ajenas de cualquier tipo de material, de tal forma de mantener un flujo libre y constante de agua para la cual están diseñadas.

  • Realizar un monitoreo anual y en época de estiaje, de triclorometano.

  • Un monitoreo permanente, y durante el proceso de movimiento de tierras, de un arqueólogo para que verifique la condición “bajo la superficie del suelo.”

  • El Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto “Piscicultura Río Indio” de fecha 18 de mayo de 2011.

  • La sesión de la Comisión de Evaluación, Región de La Araucanía, de fecha 19 de mayo de 2011.

CONSIDERANDO:

  1. Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Piscicultura Río Indio".

  2. Que, el derecho de Ecofish Limitada a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

  3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Piscicultura Rio Indio" consiste en:

3.1. Descripción del proyecto

El proyecto consiste en la instalación y Operación de un centro de cultivo en tierra de especies hidrobiológicas, que contempla generar Una producción anual de 200 toneladas de salmónidos incluyendo las etapas desde ovas a reproductores, para lo cual se utilizará un caudal de agua de 480 l/s obtenidos del río Indio, cuyos derechos de agua se encuentran constituidos, y su descarga se realizará en el mismo cuerpo receptor, a 625 m aguas abajo de la captación, previo paso por un sistema de tratamiento mediante filtros rotatorios.

3.2. Localización

La piscicultura se proyecta emplazar en la Región de La Araucanía, provincia de Malleco, comuna de Curacautín. El predio se ubica en el km 5,0 del camino Curacautín — Malalcahuello y se accede por el camino ubicado pasado el puente sobre el río Blanco, desde ahí se dobla a la izquierda por camino ripiado hacia el fundo Panquehue km 10,4; en este punto se dobla a la derecha, se avanza 0,5 km hasta llegar al puente Niágara sobre el río El Indio, inmediatamente pasado este puente a mano izquierda se encuentra el portón de acceso al predio.

El punto central del proyecto, se ubica en las coordenadas UTM Norte: 5.744,336 y Este: 262,791, referidas al Huso 19 DATUM Provisorio Sudamericano 1956.

La superficie total del predio donde se emplazará el proyecto es de 112,5 há y la superficie a utilizar por el proyecto, y por ende afecta a cambio de uso de suelo, es de 0,93 há.

3.3. Producción anual

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E! proyecto contempla una producción máxima anual de 200 toneladas de salmónidos. Las etapas que involucra el proyecto son: reproductores, incubación, alevinaje y smolt. De acuerdo a programa de producción, el peso promedio por etapa así como su máxima producción anual, se detallan en la siguiente tabla:

Peso promedio hu : Especie cosecha de Máxima cantidad ejemplares (kg) proyectada anual (kg) Ovas 0,0014 7.000 Alevines 0,04 50.000 Smolt 0,08 43.000 Reproductores 10 100.000

3.4. Infraestructura de cultivo asociada al proyecto

El centro contempla la construcción de canales de aducción, instalación de estanque de distribución de agua para el cultivo, aliviadero, cámaras de rejas para el agua de ingreso, canales de transición, sistemas de distribución de agua, sala incubación, estanques de cultivos, desinfección UY y filtro rotatorio para las aguas de proceso que ingresen a la piscicultura, canales de conducción de RiLes, sistema de tratamiento de RiLles y sistema de tratamiento de la mortalidad. Además, de una bodega/galpón, oficinas, comedor y baños para el personal.

El centro contará con caminos internos, estacionamientos, áreas verdes y zona de acopio de residuos.

La siguiente tabla muestra el detalle de la infraestructura a implementar en la piscicultura:

Estructuras Características

14 estanques circulares 10 m diámetro x 1,3 m alto c/u

Estanques de crecimiento

160 bateas Bateas de incubación 3,6 m largo x 0,4 m ancho x 0,26 m alto Sistema de Tratamiento de RlLes 2 filtro rotatorios de 500 l/s c/u Oficinas, comedor, casa 90 m* 113 m de longitud Canal de aducción 1,5 m de ancho interno 0,3 m de alto Sala incubación 165 m? de superficie

20 m de longitud 2,2 m de ancho

Estanque almacenamiento lodos 39 m? de superficie

Sistema particular para abastecimiento de agua potable Sistema particular de alcantarillado mediante drenes de infiltración

Canal descarga RiLes

Agua potable

Alcantarillado

Bodega de residuos sólidos 40 m?

Instalación domiciliaria de

combustible líquido Estanque de 1.000 lítros

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Cabe señalar que las obras que conduzcan aguas utilizadas en el proceso productivo serán impermeabilizadas de tal forma de evitar infiltraciones de RlLes en el subsuelo.

3.5. Captación de agua para el proceso productivo

La captación de agua para el proceso productivo se realizará desde el río Indio, en una cantidad de 480 l/s, de acuerdo a derechos de aguas para uso no consuntivo y de ejercicio permanente y continuo, otorgados por la Dirección General de Aguas mediante Resolución N* 229/2008.

La ubicación del punto de captación está definida en las siguientes coordenadas UTM: N: 5.744,500 y E: 263,000, referido a DATUM Provisorio Sudamericano 1956, Huso 19,

Respecto a la obra de captación, se mejorará la bocatoma gravitacional existente incorporando una barrera transversal al flujo del río.

Esta barrera transversal consiste en un muro vertedero construido de mampostería en piedra que permite peraltar el nivel del agua a una altura máxima de 0,8 m desde el lecho del río, y en cuyo sector sur del eje del río Indio, se instalarán 4 tuberías de HDPE de diámetro igual o superior a 300 mm cada una, para el paso de un caudal mínimo de 772 l/s, lo cual es superior a los 205 l/s definidos como caudal ecológico en la Resolución DGA N” 229/2008..

Estas tuberías utilizadas para el paso del caudal mínimo (772 l/s), permanecerán siempre limpias y ajenas de cualquier tipo de material, de tal forma de mantener un flujo libre y constante de agua para la cual están diseñadas.

El agua captada ingresa a un canal de distribución compuesta por una cámara húmeda seguida por una cámara de rejas. La separación de ambas cámaras se realizará por medio de un muro con dos válvulas tipo cuchillas de tal forma de regular el sistema y cortar el paso del agua en caso de ser necesario. Á aproximadamente 14 metros aguas abajo de la bocatoma, existe un aliviadero de aguas limpias que se mantendrá operativo.

Cabe señalar que no se realizarán modificaciones en la ribera del río ni se construirán ningún tipo de defensa y tampoco se realizará movimiento de material ni corta de vegetación ribereña.

El titular no iniciará las obras de modificación de la bocatoma existente, mientras no se tenga autorizada la modificación de bocatoma por parte de la Dirección General de Aguas, de acuerdo a los artículos 151 al 157 del Código de Aguas.

Las obras de de captación están sobredimencionadas para un caudal de 1.130 l/s, por lo que se implementará un sistema para el seguimiento permanente y continuo del caudal de entrada, de tal forma de verificar que el caudal máximo captado no sea superior al otorgado por la DGA y que corresponde a 480 l/s junto con mantener en toda época del año un caudal mínimo en el cuerpo receptor de 772 litros por segundo.

3.6. Restitución

La restitución del agua utilizada en el proceso productivo, Se realizará en el río Indio, cuyo punto establecido en la Resolución DGA N* 229/2008 es N: 5.774,130 E: 262,500, referido a DATUM Provisorio Sudamericano 1956, Huso 19.

Sin embargo, dicho punto se modificará al punto N: 5.774,415 E: 262,749, DATUM Provisorio Sudamericano 1956, Huso 19, dejando establecido que las obras de restitución no se efectuarán mientras no se cuente con la respectiva resolución de la DGA autorizando el nuevo punto.

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Respecto a las obras de restitución, y debido a que ta ribera en el punto de restitución presenta una altura aproximada de 8,5 m y alta pendiente, se considera implementar una obra para disipar energía mediante la construcción de escalinatas de hormigón, en muros y lozas, de 1,7 m de alto y 2,6 m de largo. En los taludes generados, se realizará un empedrado consolidado en una capa con botones de diámetro entre 20 y 30 cm, para evitar desmoronamientos de material hacia la obra disipadora de energía.

3.7. Usos de agua, aguas abajo de la descarga

De acuerdo a lo informado por el titular, se realizó un recorrido pedestre por la ribera del río indio, detectándose que no hay usos formales ni informales a 2.000 m aguas abajo de la descarga, a excepción de vida acuática, no detectándose captaciones de agua para uso humano, riego y recreacional (contacto directo, indirecto y estética), y tampoco la existencia de actividades turísticas tales como baño, pesca recreativa o canotaje.

3.8. Etapa de construcción

3.8.1. Cronograma etapa de construcción

Se estima que la etapa de construcción durará un año, ante lo cual las distintas etapas se planificaron para ese período de tiempo, mostrándose su distribución en la siguiente carta Gantt:

z z

4 ¡5 ¡6 7 8|9 12

mn 0

Etapas 1 Meses |1

Instalación faenas Xx Movimiento de tierras Xx Construcción bocatoma

Instalación estanques y redes Construcción dependencias y galpón Instalación AP y ALL

Plantación cortina forestal

Abandono faenas Xx

IDIDIPIDS XxX Xx IIS IIS XxX x]|x| x

Para esta etapa, se utilizará una mano de obra máxima de 15 personas.

3.8.2. Emisiones y residuos de la etapa de construcción

3.8.2.1. Emisiones a la atmósfera

Se producirá generación de material particulado principalmente por el tránsito de camiones en la faena de construcción. Para evitar el levantamiento de polvo, se procederá a regar el suelo de los caminos internos con camiones aljibe y aspersores.

3.8.2.2. Residuos líquidos

Se contará con baños químicos en cantidad que estipula la normativa vigente y se contratarán los servicios de retiro, transporte y eliminación a empresas debidamente autorizada para éstos efectos. Se tendrán los comprobantes de retiro y eliminación en la obra.

3.8.2.3. Residuos sólidos

Los residuos sólidos generados en la etapa de construcción, serán manejados de la siguiente forma:

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Tipo residuo Clasificación Destino Restos de cemento solidificado No peligroso _ | Se dispondrá dentro del predio como relleno Restos de grava y bolones No peligroso | Se dispondrá dentro del predio como relleno Excedente de Tierra. No peligroso |Se dispondrá al interior del predio como relleno

Envases de pintura vacio (Los |No peligroso | Se dispondrá en el relleno sanitario. excedentes de pintura que pudieran haber, serán llevados por la empresa contratista para otras

obras).

Restos de madera (No | No peligroso [Serán trozados y utilizados por el impregnada). proponente para calefacción particular Restos de aislapol No peligroso | Se dispondrá en el relleno sanitario

Restos de metales No peligroso | Se venderán a terceros como chatarra

Envases de papel y plástico|NOo peligroso ¡Se dispondrá en el Relleno Sanitario (insumos para la obra).

Restos de tubos plásticos No peligroso | Se dispondrá en relleno sanitario

Se hace presente que los medios de transporte, así como los sitios de eliminación de los residuos sólidos, serán empresas que cuenten con todas las autorizaciones correspondientes para realizar dichas labores.

3.8.2.4. Ruido

Durante la etapa de construcción, el ruido generado corresponderá a los motores de los vehículos y maquinarias utilizadas en las faenas, estimándose un máximo de 80 decibeles. Asimismo, se destaca que en la zona de emplazamiento de! proyecto no hay casas cercanas en al menos a 500 m del centro.

3.9. Etapa de operación

La piscicultura producirá un máximo de 200 tonfaño de biomasa, ejecutándose las siguientes etapas: reproductores, desove, crianza de alevines y smolts y traslado hacia otro centro de cuitivo,

3.9.1. Manejo de reproductores

Los reproductores serán producidos en el propio centro o ingresados de otros centros. Luego del desove, el cual se hará en una sala acondicionada para tal efecto (dentro del galpón) con pisos y paredes lavables, los reproductores serán ensilados.

El proceso será de ciclo cerrado, ya que todos los residuos y reproductores muertos serán ensilados, previa molienda, estabilización y homogenización. Dicha pasta será retirada por empresa Pacific Star u otra empresa debidamente autorizada (por ejemplo Saimonoil).

3.9.2, Manejo de ovas

Las Ovas serán producidas en el centro o traídas de otros centros de cultivo. Las ovas para su incubación serán dispuestas en canastillos dentro de incubadores y permanecen allí hasta realizar retiro de los no viables (20% aproximadamente) y eclosión de los viables. Posteriormente, los canastillos son retirados. Los alevines permanecerán en estas condiciones hasta que la absorción del saco vitelino haya concluido (2 a 3 semanas).

3.9.3. Manejo de alevines y smo!t.

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Una vez concluido el proceso de reabsorción del saco vitelino, los alevines son dispuestos en estanques de primera alimentación y son alimentados hasta alcanzar en promedio 3 grs. de peso, luego se inicia el proceso de crecimiento exterior en estanques, hasta alcanzar distintos pesos, siendo el promedio máximo de 80 grs.

Luego serán entregados a terceros como producto de un servicio de crianza o vendidos a terceros.

Durante este proceso, las labores habituales corresponden a limpieza y extracción de mortalidad. 3.9.4. Alimentación

Los alevines serán alimentados las 24 hrs., en forma manual. El alimento utilizado es del tipo extruído con bajo contenido de fósforo y alta digestibilidad (70% harina de pescado y 30% de harina de trigo).

El alimento utilizado en la piscicultura es producido por empresas proveedoras reconocidas. Se consideran como requisitos esenciales de los alimentos que sean pelletizados, extruídos, altamente energéticos, con bajo contenido de fósforo, alta digestibilidad y enriquecidos con suplementos vitamínicos (vitamina C), minerales y pigmentos naturales.

La constitución promedio del alimento se muestra en la siguiente tabla:

Parámetro Valor % peso

Proteinas 50

| Lípidos 20 Humedad 10,7 Nitrógeno 8 Fósforo 1,3 Ceniza 10%

3.9.5. Control Sanitario

En particular, el proyecto considera la instalación de barreras sanitarias (pediluvios, maniluvios) para la desinfección de personas, tanto al ingreso y salida de la unidad de incubación y al interior de ésta, así como la implementación de barreras sanitarias para el ingreso al establecimiento (pediluvios y maniluvios) de personas y vehículos (rodiluvios).

Estas barreras estarán claramente señaladas y se mantendrá constante su calidad de desinfección. Para la prevención y tratamiento de patologías comunes se utilizan desinfectantes y antibióticos tales como: yodo, formalina, cloruro de sodio, cloro, Cloramina T, Bronopol y Florfenicol. Dentro de las vacunas inyectables, se utilizarán principalmente vacunas antivirales (IPN, Furunculosis) y antibacterianas (BKD y SRS), de reconocidos laboratorios (Novartis; Recalcine; Alpharma; Intervet, etc.). El caso del uso de antibióticos, deberá ser estrictamente supervisado por un profesional veterinario el cual entregara las prescripciones médico veterinaria según corresponda el Caso y estas serán archivadas en la piscicultura e informadas a SERNAPESCA.

Respecto al uso de desinfectantes de uso cotidiano, se puede señalar que se utilizará Yodigen, como solución de yodo para la desinfección de los materiales de manipulación. Se llevará un registro para el ingreso de las visitas y en el cual se anote el nombre de la persona y el último centro de cultivo de peces que ha visitado.

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Para el tratamiento de algunas afecciones de flavobacterias se utilizarán baños de sal en concentraciones de 0,8 a 1,0 % o baños de Daclor (Cloramina T), en concentraciones de 10 ppm, los cuales se degradan rápidamente si existiere un contacto accidental con el agua del cultivo o del afluente, debido a que son productos totalmente biodegradables y no representan riesgo ambiental.

Para el control sanitario, se utilizarán antibióticos autorizados para su Uso en pisciculturas, y entregados según prescripción médico-veterinaria, quedando en el centro los registros pertinentes.

Se utilizará agua dulce para la limpieza de los estanques al final de cada ciclo de producción, estimándose ciclos de 4 ó 6 meses para cada estanque. En esta etapa se usará eventualmente Ozono.

Por otra parte, se utilizan vacunas cuando los peces van a ser retirados del centro, si así lo solicita el comprador.

Las siguientes tablas indican los productos químicos a Utilizar y su máximo anual:

Desinfectantes

Nombre Principio activo Laboratorio Registro Unidad Valor comercial anual Daclor Cloramina T Veterquimica SAG 0150 Kilos 500 . Monopersulfato de Europharma . 8 Virkon s potasio Chile SAG 41 Kilos (mensual) vamelina Formaldehído Veterquimica -- Litros 1.600 Glutarclean Cloruro de benzalconio | Quimagro A Litros 68 Aquayodo Yodo activo Veterquimica SAG 0035 Litros 6 . . cas : SAG 0149- : Terrivet 50 Oxitetraciclina veterqumica 8 Litros 10 e! | Antifúngicos Nombre Principio activo Laboratorio Registro Unidad Valor comercial anual Bronopol Bronopol 50% Animal Service | SAG 1502 | Litros 1.420 Latina Productos Farmacéuticos Nombre Principio activo Laboratorio Registro Unidad Valor comercial anuat Aguafen Florfenicol Schering Plough SAG 1193 Kilos 7 Ml Amox-feed — | Amoxicilina vererquimies | SACO2I 1 os 3 Flumequina | Flumequina Europharma SAG 0437 Kilos 2 Terrivet 80 : ar Veterquimica . medisol Oxitetraciclina il SAG 485-B Kilos 10

10

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a : : Animal Service . Y Benzocaína Benzocaína Latina SAG 0701 Litros (semanal) Detergentes Nombre Principio : ; . Valor comercial activo Laboratorio Registro | Unidad anual . o SESMA . Tonalim Cloro Veterquimica 006062 Litros 19

3.9.6. Cosecha y traslado de peces

Los alevines y/o smolt serán transportados por vía terrestre mediante camiones con carro. 3.9.7. Sistema de tratamiento de residuos industriales líquidos y manejo de lodos 3.9.7.1. Sistema de tratamiento de RlLes

El caudal máximo de RiLes generados por la actividad es de 480 l/s y para su monitoreo se usará un caudalímetro electrónico debidamente autorizado por los organismos públicos competentes.

Para el tratamiento de los residuos industriales líquidos, se instalará un sistema de filtro rotatorio que consiste en la instalación de 2 filtros rotatorios, de los cuales, al menos uno, siempre se encontrará en funcionamiento y el otro se utilizará en caso de mantención, reparación y/o contingencia, por lo cual, y en ningún caso, se descargarán aguas sin tratamiento al cuerpo receptor.

La capacidad de tratamiento de cada uno de los rotofiltros es de 500 l/s y el diámetro de abertura de la malla es de 60 micras.

El sistema de filtros rotatorios, consiste en hacer pasar el RIL gravitacionalmente, a través de las mallas filtrantes de un tambor rotatorio de tal forma que parte de los sólidos o material particulado del RIL, quede retenida en la malla.

El sistema dará cumplimiento a la Tabla N 1 del D.S N90 de la MINSEGPRES, que corresponde a los límites máximos permitidos para la descarga de residuos líquidos a cuerpos de agua fluviales.

Respecto a la eficiencia de tratamiento y de acuerdo a ficha técnica de Hidrotech, empresa proveedora de los equipos, el rango de remoción para algunos de los contaminantes críticos son:

Parámetro % remoción DBOs 70-80 Fósforo total 70-80 Nitrógeno total 20-50 Sólidos suspendidos 80-90 totales

Para limpiar y retirar los sólidos que quedan en la malla, se activa, automáticamente y con una frecuencia determinada, agua a presión, de tal forma de eliminar los lodos.

3.9.7.2. Manejo de lodos 11

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El lodo generado por los rotofiltros, son derivados a un estanque de almacenamiento ubicado aledaño al sistema de tratamiento, de hormigón armado, hermético y cerrado. Se instalará en su parte superior, una tapa movible con tubo para respiradero, de tal forma de evitar el ingreso de agua lluvia y generación de eventuales malos olores.

Desde el estanque, el lodo es extraído por un camión hermético por medios neumáticos y transportado por la empresa RILESUR, la cual cuenta con una planta de tratamiento para este tipo de lodos.

Se estima que la frecuencia de retiro será mensual, en consideración a que un 33% de la biomasa total a producir al año (200 toneladas), serán lodos (66 tonfaño) con un 90% de humedad.

Cabe señalar que dicha empresa, recepciona lodos con humedad entre 85% - 95%, por lo cual el porcentaje de humedad se logrará aspirando desde el fondo del estanque con una manguera por medios hidroneumáticos, evitando de esta manera la aspiración del sobrenadante presente sobre los lodos. En caso que este método no funcione, se adoptarán las medidas necesarias para obtener un lodo con la humedad requerida para su recepción.

3.9.7.3. Sobrenadante generado en el almacenamiento de lodos

El sobrenadante generado en el estanque de acumulación de lodos, será reingresado al sistema de tratamiento en un punto previo a su paso por los filtros rotatorios.

3.9.8. Sistema de tratamiento de la mortalidad

La mortalidad del centro se estima en un 30%, lo que representa una biomasa de 60 toneladas anuales en promedio.

El sistema de tratamiento de la mortalidad se realizará mediante ensilaje, que consiste en ingresar la mortalidad diaria en un triturador para su molienda, luego se adiciona ácido fórmico de tal forma de obtener una mezcla homogénea con pH inferior a 4. Una vez obtenido este pH, se bombea la mezcla al estanque de almacenamiento, en la cual, y para evitar la decantación y estratificación del ensilado dentro del estanque, se recirculará la pasta desde el estanque, pasando por una bomba de recirculación, volviendo nuevamente al estanque de acumulación, mantenido de esta forma una pasta homogénea y con un pH inferior a 4,

El sistema de ensilaje esta compuesto básicamente por:

Componente Características Técnicas Capacidad 700 litros Estanque Triturador Material Acero inoxidable 316-L Dimensiones 1 malto x 0,95 m de diámetro Pretil Triturador Dimensiones 1,2L x 1,2 m ancho x 0,6 m alto Potencia 5,5 W Consumo nominal 82 A . a r.p.m. 1.500 Bomba de Trituración Bomba Centrifuga de rodete abierto Tipo Chopper con cuchillos prepicadores Material Polipropileno e ho Caudal 35 min Dosificador de Acido Capacidad Vaso 4 litro Rendimiento 20 | cada 70 vueltas |

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Material PVC PN 100 PE 80 Piping Diámetro 90 mm Uniones Electrofusión. EF Potencia 2 Hp r.p.m. 1.500 Bomba de Recirculación Material Fierro fundido Bomba Autocebante Tipo Manual bomba peristáltica Dimensiones 2,4 m alto x 2,5 m diámetro Capacidad 10m Estanque de Almacenamiento Material Polietileno Espesor 10 mm Peso 1.000 kg Pretil Estanque Almacenamiento Dimensiones 2 0S Lx 2,05 m ancho x 2,31 m Pretil Ácido Fórmico Dimensiones 18Lx 1,3 m ancho x 0,6 m alto Dimensiones 6mLx2, m ancho Contenedor Ensilaje Material Lámina de acero Espesor VEN

El sistema de ensilaje se ubicará al interior de un contenedor, el cual será instalado en la bodega de almacenamiento de residuos sólidos, sobre Una losa de hormigón que contará con un pretil de contención.

El ensitado será retirado, transportado y dispuesto en lugares autorizados, que para este caso es la empresa Pacific Star u otra empresa debidamente autorizada, tal como Salmonoil.

3.9.9. Rodiluvio

Se instalará un sistema de rodiluvio para desinfectar los vehículos que ingresan hacia en centro. Éste contempla la impermeabilización del área y la implementación de un sistema que permite el almacenamiento de los residuos líquidos generados en él, para retirarlos y disponerlos en lugares autorizados. Cabe señalar, que no existirá descarga hacia el entomo de los residuos generados en rodiluvio y en el centro se encontrarán todos los documentos que acrediten que el manejo de dichos residuos, se ha realizado por empresas autorizadas.

3.9.10. Almacenamiento de residuos sólidos

El centro contará con un lugar delimitado para el almacenamiento de los residuos sólidos generados, dentro del cual se acopiarán los residuos sólidos mediante contenedores y se instalará

el contenedor con el sistema de ensilaje para la mortalidad.

El sitio tendrá una superficie 40 m? (5 m x 8 m) y estará compuesto de una losa de hormigón, cerco perimetral de malla acama y 1,8 m de altura, un pretil perimetral y un techo de zinc ondulado.

El sitio estará señalizado y se mantendrá cerrado para evitar el acceso de terceras personas. 3.9.11. Fuente de agua potable

Para el abastecimiento de agua potable en la etapa de operación del proyecto, se implementará un sistema mediante captación de agua de pozo y su uso está condicionado a la obtención de los

derechos de aguas para uso consuntivo, ante la Dirección General de Aguas.

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3.9.12. Sistema particular de agua potable El sistema particular de agua potable estará constituido por un estanque de almacenamiento de 1.000 litros de capacidad, que contará con un filtro de 3” y un sistema de cloración mediante

pastillas. La calidad del agua cumplirá con lo estipulado en ta NCh 409 y el D.S. N* 735 del MINSAL.

Cabe señalar que la distancia entre el punto de captación de agua y los drenes del sistema de alcantarillado particular, será por sobre los 30 metros.

3.9.13. Sistema particular de alcantarillado El sistema de alcantarillado particular consiste en la instalación y operación de una fosa séptica horizontal, o Fosanit, con capacidad de tratamiento de 4.000 litros, diámetro de 150 cm, largo 2,2

m y capacidad para 16 personas.

El efluente generado, será conducido a una cámara repartidora de drenes, que posee en su interior 3 tuberías para distribuir el efluente al sistema de infiltración.

El sistema de drenaje considera tres drenes de 12,5 metros de lago cada uno, cuya profundidad desde el fondo del dren a la napa de agua, es de 3 metros.

3.9.14. Suministro de energía eléctrica

El predio cuenta con conexión eléctrica, por lo cual se utilizará dicha conexión.

Adicionalmente, se instalará un equipo electrógeno con las siguientes características: - Potencia: 15 KVA

  • Combustible: Petróleo Uso: En caso de cortes de electricidad

3.9.15. Almacenamiento de combustible

Para la etapa de operación, se almacenará combustible en un estanque metálico de 1.000 litros de capacidad.

Este estanque estará bajo techo y ubicado en una loza de hormigón la cual contará con un pretil de contención que permitirá almacenar el 100% del combustible del estanque, en caso de derrame.

El almacenamiento de combustible se aprobará ante ta SEC bajo la modalidad de consumos propios.

3.9.16. Vectores

Se realizará en forma periódica un programa de desratización, para lo cual contratará a una empresa de reconocida trayectoria en la materia y que cuenta con los permisos de los organismos públicos competentes.

3.9.17. Emisiones y residuos de la etapa de operación

3.9.17.1. Emisiones a la atmósfera

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Las principales emisiones a la atmósfera generadas en la etapa de operación del proyecto, serán emisiones derivadas de la operación del grupo electrógeno, ante lo cual se declararán anualmente ante la SEREMI de Salud, de acuerdo a formulario 138 del MINSAL.

Respecto a la emisión de olores, se prevé que se pueden generar en el área del sistema de tratamiento de RlLes, almacenamiento de lodos y ensilaje de mortalidad. Su emisión será controlada mediante la implementación de medidas tales como: el estanque de almacenamiento de lodos será cerrado con tapa movible y tubo respiradero. En el área de almacenamiento de residuos sólidos, los residuos estarán dentro de envases con tapa y el sistema de ensilaje estará dentro de un contenedor. Además, se realizará limpieza con ozono en los canales abiertos de conducción de RiLes.

3.9.17.2. Residuos líquidos

Los residuos líquidos del tipo aguas servidas, se estima que serán del orden de los 0,03 Ys y se Mmanejarán mediante la implementación de una fosa séptica tipo fosanit y sistema de infiltración mediante drenes. Los lodos acumulados en las fosas, serán retirados, trasportados y eliminados en lugares que cuenten con todas las autorizaciones respectivas.

Respecto a los residuos industriales líquidos, se generará un máximo de 480 l/s y para su tratamiento se instalará un sistema de filtro rotatorio que consiste en la instalación de 2 filtros rotatorios, de los cuales, al menos uno, siempre se encontrará en funcionamiento y el otro se utilizará en caso de mantención, reparación y/o contingencia, por lo cual, y en ningún caso, se realizará uso de by pass y, por ende, no se descargarán aguas sin tratamiento al cuerpo receptor. Los lodos generados por el sistema de tratamiento de RiLes, serán acopiados en estanque de almacenamiento aledaño al sistema de tratamiento y serán retirados, trasportados y eliminados con empresas que cuenten con las autorizaciones respectivas.

Respecto a los residuos líquidos generados por los sistemas de desinfección (rodiluvio, pediluvio y/o maniluvio), éstos serán neutralizados según indicación de los productores y serán envasados para disponerse con empresa debidamente autorizada. Se mantendrá en el centro copia de disposición final de estos residuos.

Los residuos líquidos generados en el área de almacenamiento de residuos sólidos, cuya cantidad se estima en 100 l/día, serán manejados mediante infiltración en terreno a través de una fosa séptica y sistema de drenes.

Del sistema de ensilaje no se generarán residuos líquidos ya que el sistema será limpiado y desinfectado utilizando el desinfectante Bixler, detergente y desinfectante a la vez que no requiere

enjuague. 3.9.17.3. Residuos sólidos

Los residuos sólidos generados en el centro, son detallados en la siguiente tabla, indicando el destino final de cada uno de ellos:

Tipo residuo Origen Destino final Peligrosida

d

Papeles y cartones Residuos sólidos [| Relleno sanitario No

material oficina domésticos

(RSD)

Plásticos oficina RSD Relleno sanitario No

Envases plástico Industrial o Relleno sanitario No

alimentos asimilable RSD

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Envases plásticos sal industrial o Relleno sanitario T No asimilable RSD Cajas de poliestireno Industrial Relleno industrial Si ovas para residuos peligrosos Tubos fluorescentes Industrial Relleno industrial Si sistema desinfección para residuos peligrosos Materia orgánica Domiciliario o Relleno sanitario No preparación alimentos asimilable Envases plásticos de industrial o Relleno sanitario No medicamentos asimilable RSD Envases de vidrio Industrial o Relleno sanitario No medicamentos asimilable RSD Envases plásticos Industrial o Relleno sanitario No detergentes asimilable RSD Envases plásticos industrial Relleno sanitario No desinfectantes Mortalidad Industrial Fábrica harina No pescado Paños absorbentes industrial Relleno industrial Si usados en derrames de para residuos químicos. | peligrosos Envases de pintura Industrial o Relleno industrial Si (salvo látex al agua) asimilable RSD. para residuos mantención peligrosos infraestructura 2]

Se hace presente que todos los residuos serán transportados por empresas debidamente autorizadas, al igual que el lugar de la disposición final, lo cual deberá ser acreditado por las empresas contratadas mediante resoluciones respectivas.

Todos los envases vacios que hayan contenido sustancias peligrosas, serán dispuestos en un relleno industrial. No obstante, se evitará al máximo como sea posible el uso de envases nuevos privilegiando su compra a granel, reusando los envases para los mismos productos.

El retiro de residuos sólidos fuera del lugar del proyecto se realizará con el documento de Declaración de Retiro, Transporte y Disposición Final de Residuos Sólidos No Peligrosos y con el Documento de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos, según sea el caso.

3.9.18. Plan de Contingencia

En proyecto cuenta con un plan de continencia para actuar en caso de:

Mortalidad masiva de individuos

Escape de ejemplares

Pérdida de alimento u otro material

Falla en el filtro rotatorio

Fisuras en las estructuras de sistemas de tratamiento

Período de Puesta en Marcha del sistema de tratamiento o reinicio del sistema

productivo

Manejo dado a los

almacenamiento

Cortes de energía

lodos en caso que deban

reparar el

estanque de

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  • Superación de la capacidad de los depósitos de almacenamiento de RlLes
  • Derrame se residuos peligrosos
  • Plan acción en caso de sobrepasar la NCh1.333/0f78

3.10. Etapa de abandono

No se contempla abandono. No obstante, en este eventual caso se procederá a un remate público de toda la infraestructura. El desarme y trastado de lo rematado será responsabilidad de quienes se adjudiquen la infraestructura.

Luego del remate se contempla la limpieza del lugar y disposición final de residuos sobrantes del desarme de la infraestructura.

Finalmente se vendería el terreno a un tercero para los fines que éste disponga. 3.11. Monitoreos El proyecto considera realizar los siguientes monitoreos:

a) Monitoreo para determinar el cumplimiento de la Tabla 1 del D.S. N* 90/2000, el que se realizará de acuerdo a los parámetros y periodicidad instruidos por la Superintendencia de Servicios Sanitarios. Se contempla monitorear el parámetro triclorometano una vez al año en época de estiaje, siempre y cuando la Comisión de Evaluación así lo determine.

b) Monitoreo en el cuerpo recetor para uso de vida acuática, bebida animal y riego, según los límites establecidos en la NCh 1.333, calidad de agua para distintos usos. Los puntos de monitoreo es a 50 metros aguas arriba y a 100 metros aguas abajo de la descarga del efluente de la piscicultura, monitoreo que se realizará en época de máximo estiaje y cuyos informes serán entregados a la SEREMI de Salud, SAG y Servicio de Evaluación Ambiental.

Cc) Monitoreo al cuerpo receptor mediante bioindicadores (fauna bentónica), con el objeto de verificar el estado en que se encuentra el sistema acuático y si éste ha sufrido alteraciones. Los muestreos se realizarán una vez al año en época de máximo estiaje en un punto a 50 metros aguas arriba y a 100 metros aguas abajo de la descarga del efluente, informes que serán entregados a SAG y Servicio de Evaluación Ambiental.

d) Monitoreo al cuerpo receptor usando bioensayos de toxicidad, según NCh 2.083 Of. 1.999 (Bioensayos de toxicidad aguda mediante microcrustaceos) y 2.706 Of.2.002 (Bioensayos de Inhibición de crecimiento de algas en agua dulce) y test de toxicidad mediante bivensayos (microcrustáceos y microalgas). Los muestreos se realizarán una vez al año en época de máximo estiaje y post aplicación de productos químicos y tratamiento de enfermedades infectocontagiosas, en un punto a 50 metros aguas arriba y a 100 metros aguas abajo de la descarga del efluente, informes que serán entregados a SAG y Servicio de Evaluación Ambiental.

e) Monitoreo anual y en época de estiaje, de triclorometano. 4. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Piscicultura Río Indio” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de

evaluación, debe indicarse que:

4.1. La ejecución del proyecto "“Piscicultura Río Indio”, cumple con la siguiente normativa ambiental:

Normativa ] Forma de cumplimiento ]

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Ley 19.300 Ley de Bases del Medio Ambiente

Cumplimiento con las normas ambientales indicadas en la ley, por la implementación de técnicas de manejo del centro y tecnologías para reducir y eliminar efectos negativos sobre el medio ambiente.

D.S. N” 95/01 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental

Se ha ingresado este proyecto al sistema de evaluación de impacto ambiental para Su evaluación.

Ley General de Pesca y Acuicultura (LGPA)

Posteriormente a la obtención de de la RCA favorable, el titular se compromete a realizar la inscripción del proyecto en el Registro Nacional de Acuicultura.

D.S. N* 175/80 MINECON “Reglamento para realizar actividades pesqueras”

Se ha desarrollado un sistema de control de movimientos de mortalidades y peces vivos con las respectivas guías y protocolos, y se compromete a cumplir con la legislación indicada.

D.S. N* 290/93 MINECON “Reglamento de concesiones y autorización de acuicultura”

Se elaboró la solicitud de autorización y proyecto técnico.

| D.S. N* 319/01 MINECON “Reglamento de medidas de protección, contro! y erradicación de enfermedades de alto riesgo para las especies hidrobiológicas”

El titular ha implementado un sistema de control de enfermedades, incluido en el transporte de peces, vacunación de peces, y manejo de mortalidades.

El área de incubación contará con la infraestructura de tratamiento de aguas del afluente de acuerdo a la normativa citada (filtración mecánica y filtros UV). Además, se implementarán medidas para evitar el escape de peces del sistema a través de barreras físicas.

D.S. N” 320/01 “Reglamento ambiental para la acuicultura” y resolución (Subpesca) 3411/06.

El titular se compromete a entregar informe según planes explicitados en DIA.

  • D.S. N” 165/2002; DS N* 257/2001, Ministerio de Economía.

  • Decretos Exentos N” 65/2003; 66/2003; 67/2003; 68 y 69/2003, Servicio Nacional de Pesca

  • Resolución N” 401/2003 de la Subsecretaría de Pesca.

  • Ley 19.821/2002.

  • Resolución N” 404/2003, de la Subsecretaría de Pesca.

El centro de cultivo contempla un manejo de la biomasa y sus residuos contemplando todas las normativas sanitarias y ambientales.

D.S N* 379/MINECOM, Reglamento sobre requisitos de seguridad para el almacenamiento de combustibles líquidos derivados del petróleo,

| destinados a consumos propios.

Se almacenarán en un estanque 1 m? de petróleo, el cual estará en superficie estanca con pretil para contener el 100% del volumen almacenado.

D.S. N” 90/00 MINSEGPRES “Norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales”

La emisión cumple los parámetros de la tabla N*1 de dicha norma. Se contempla el respectivo Monitoreo de los parámetros de interés.

D.S. N” 735/1969. Reglamento de los servicios de agua destinados al

consumo humano.

Se contempla sistema particular de agua potable y para la etapa de construcción, los servicios de agua destinados a consumo humano serán

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implementados a través de agua potable envasada. En el caso de agua para servicios higiénicos y duchas, esta será provista mediante camiones aljibe y cumplirá con la calidad para uso humano.

D.S, N” 236/26 Reglamento de Alcantarillado Particulares.

Se adjuntó en el Anexo N%6 la información ambiental del permiso de alcantarillado

D.F.L. N* 725 del MINSAL, Código Sanitario

El proyecto se hace cargo de los aspectos sanitarios en la etapa de construcción (agua potable, baños químicos, comedor, manejo de residuos sólidos). En la etapa de operación el proyecto contempla manejo de residuos sólidos, RILES, RIS, lodos, mortalidad y la tramitación de permisos sectoriales.

Decreto N* 144/61, establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

En la etapa de construcción y operación no se quemará ningún tipo de material como forma de eliminación.

Decreto N* 75/1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, sobre Condiciones para el Transporte de Carga

Todos los materiales transportados al y desde el sitio de emplazamiento del vertedero, estarán correctamente cubiertos, evitando escurrimientos o caídas involuntarias.

D.S. N” 594/1999 del MINSAL, reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

Mantenimiento de normas de seguridad e higiene que permitan minimizar riesgos tanto al personal como al medio ambiente. Existirá un comedor, baños y agua potable con adecuadas instalaciones. Los olores estarán dentro de lo estipulado en esta norma (amoniaco y sulfuro de hidrógeno).

D.S. N* 146/1997 del MINSEGPRES, “Emisión de ruidos molestos por fuentes fijas”

Los niveles de ruido estarán dentro de los niveles permitidos. No hay viviendas particulares cercanas (radio 500 m).En caso que se supere la normativa, se adoptarán las medidas necesarias para cumplir con ésta.

D.S. N* 105/87, del MOP, Norma Chilena de Calidad de Aguas distintos USOS

El proyecto no contempla provocar cambios en ninguno de los parámetros indicados fuera de los valores indicados como requisitos.

D.F.L. N* 1.122, Código de Aguas

Se autorizará bocatoma y los derechos de aguas tanto consuntivos como no consuntivos estarán otorgados previo al uso de éstos.

Ley 17.288, sobre Monumentos Nacionales y su reglamento

En caso de encontrase un resto arqueológico, se procederá a dar aviso al Consejo de Monumentos Nacionales.

Ley N” 20.283, sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal

No habrá corta de especies arbóreas nativas.

Ley de Caza N? 19.473

No se cazarán ni eliminarán bajo ningún punto de vista especies de fauna que pudieran atacar los cultivos de peces.

Ley N? 3.557, sobre protección agrícola

El proyecto contempla monitoreos al cuerpo receptor.

D.S N? 138/MINSAL, que estable la obligación de declarar las emisiones atmosféricas.

Se declararán anualmente las emisiones del equipo electrógeno.

D.S N” 148/2003, Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Se contempla un manejo separado de tales residuos, en un lugar que cumple las condiciones de seguridad de almacenamiento transitorio en

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envases con tapa y cuya disposición final será en Un relleno industrial debidamente acreditado. Se contempla un registro de estos residuos y su declaración en la SEREMI de Salud.

4.2. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Piscicultura Rio indio" requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 74, 90, 91, 93, 94 y 96 del D.S. N* 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, los que han sido informados como sigue:

PAS Descripción Servicio Pronunciamiento Permiso para realizar actividades de 74 | cultivo y producción de recursos SERNAPESCA Favorable

hidrobiológicos

Permiso para la construcción de 90 obras destinadas al tratamiento SEREMI! de Salud Favorable residuos industriales

Permiso para la construcción de obras destinadas a la evacuación,

91 tratamiento o disposición final de SEREMI de Salud Favorable aguas servidas Permiso para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación

93 basuras y desperdicios de cualquier SEREMI de Salud Favorable clase

94 Calificación de los establecimientos SEREMI de Salud Favorable industriales

96 Cambio de uso de suelo SEREMI de Favorable

Agricultura

  1. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Piscicultura Río Indio” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

5.1. Con relación al Art, 11 letra a), Riesgo para la salud de la Población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos.

Respecto a las emisiones de material particulado y gases, el proyecto no contempla procesos de combustión o incineración de residuos, que pudieran generar emisiones atmosféricas (de material particulado, ozono, NOx, 502, etc.). Sólo se generarán emisiones de material particulado y gases principalmente por el tránsito de camiones en la faena de construcción. Para evitar el levantamiento de polvo, se procederá a regar el suelo de los caminos internos con camiones aljibe y aspersores. En la etapa de operación, las principales emisiones a la atmósfera serán emisiones derivadas de la operación del grupo electrógeno, ante lo cual se declararán anualmente ante la SEREMI de Salud, de acuerdo a formulario 138 del MINSAL,

Respecto a la emisión de olores, se prevé que se pueden generar en el área del sistema de tratamiento de RiLes, almacenamiento de lodos y ensilaje de mortalidad. Su emisión será controlada mediante la implementación de medidas tales como: el estanque de almacenamiento de lodos será cerrado con tapa movible y tubo respiradero. En el área de almacenamiento de residuos sólidos, los residuos estarán dentro de envases con tapa y el sistema de ensilaje estará dentro de

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un contenedor. Además, se realizará limpieza con ozono en los canales abiertos de conducción de Rites.

Los residuos de baños químicos utilizados en la etapa de construcción del proyecto, serán manejados mediante servicios de retiro, transporte y eliminación con empresas debidamente autorizada para éstos efectos. Se tendrán los comprobantes de retiro y eliminación en la obra.

Respecto a las aguas servidas, durante el desarrollo del proyecto se contará con baños químicos para el personal. La limpieza y eliminación de los residuos de los baños estará a cargo de una empresa autorizada por la SEREMI de Salud.

Los residuos líquidos del tipo aguas servidas, se estima que serán del orden de los 0,03 l/s y se manejarán mediante la implementación de una fosa séptica tipo fosanit y sistema de infiltración mediante drenes. Los lodos acumulados en las fosas, serán retirados, trasportados y eliminados en lugares que cuenten con todas las autorizaciones respectivas.

Respecto a los residuos industriales líquidos, se generará un máximo de 480 l/s y para su tratamiento se instalará un sistema de filtro rotatorio que consiste en la instalación de 2 filtros rotatorios, de los cuales, al menos uno, siempre se encontrará en funcionamiento y el otro se utilizará en caso de Mantención, reparación y/o contingencia, por lo cual, y en ningún caso, se realizará uso de by pass y, por ende, no se descargarán aguas sin tratamiento al cuerpo receptor. El efluente dará cumplimiento a la Tabla N? 1 del D.S. N*90 del MINSEGPRES.

tos lodos generados por el sistema de tratamiento de RlLes, serán acopiados en estanque de almacenamiento aledaño al sistema de tratamiento y serán retirados, trasportados y eliminados con empresas que cuenten con las autorizaciones respectivas.

Respecto a los residuos líquidos generados por los sistemas de desinfección (rodiluvio, pediluvio y/o maniluvio), éstos serán neutralizados según indicación de los productores y serán envasados para disponerse con empresa debidamente autorizada. Se mantendrá en el centro copia de disposición final de estos residuos.

Los residuos líquidos generados en el área de almacenamiento de residuos sólidos, cuya cantidad se estima en 100 l/día, serán manejados Mediante infiltración en terreno a través de una fosa séptica y sistema de drenes.

Del sistema de ensilaje no se generarán residuos líquidos ya que el sistema será limpiado y desinfectado utilizando el desinfectante Bixler, detergente y desinfectante a la vez que no requiere enjuague.

El centro contará con un lugar delimitado para el almacenamiento de los residuos sólidos generados, dentro del cual se acopiarán los residuos sólidos en recipientes señalizados, y se instalará el contenedor con el sistema de ensilaje para la mortalidad. El sitio contará con impermeabilización de base y será techado, con un pretil perimetral para la contención de líquidos que se pueden generar, estará señalizado y se mantendrá cerrado para evitar el acceso de terceras personas.

Durante el desarrollo del proyecto se generarán ruidos provenientes de la maquinaria a utilizar, en horario diurno de 8:00 a 18:00 horas. Cabe señalar que, en los terrenos aledaños, no existen viviendas cercanas que puedan ser afectadas durante la ejecución de las distintas fases del proyecto.

Considerando que, la cantidad de residuos, emisiones y efluentes son adecuadamente manejados y que se dará cumplimiento con la normativa ambiental aplicable, el proyecto no generará riesgos para la salud de la población en relación a la calidad y cantidad de estos residuos y efluentes.

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5.2, Con relación al Art. 11, letra b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Respecto a las emisiones de material particulado y gases, el proyecto no contempla procesos de combustión o incineración de residuos, que pudieran generar emisiones atmosféricas (de material particulado, ozono, NOx, SO2, etc.). Sólo se generarán emisiones de material particulado y gases principalmente por el tránsito de camiones en la faena de construcción. Para evitar el levantamiento de polvo, se procederá a regar el suelo de los caminos internos con camiones aljibe y aspersores. En la etapa de operación, las principales emisiones a la atmósfera serán emisiones derivadas de la operación del grupo electrógeno, ante lo cual se declararán anualmente ante la SEREMI de Salud, de acuerdo a formulario 138 del MINSAL.

Respecto a la emisión de olores, se prevé que se pueden generar en el área del sistema de tratamiento de Riles, almacenamiento de lodos y ensilaje de mortalidad. Su emisión será controlada mediante la implementación de medidas tales como: el estanque de almacenamiento de lodos será cerrado con tapa movible y tubo respiradero, En el área de almacenamiento de residuos sólidos, los residuos estarán dentro de envases con tapa y el sistema de ensilaje estará dentro de un contenedor. Además, se realizará limpieza con ozono en los canales abiertos de conducción de RlLes,

Los residuos de baños químicos utilizados en la etapa de construcción del proyecto, serán manejados mediante servicios de retiro, transporte y eliminación con empresas debidamente autorizada para éstos efectos. Se tendrán los comprobantes de retiro y eliminación en la obra.

Los residuos líquidos del tipo aguas servidas, se estima que serán del orden de los 0,03 l/s y se manejarán mediante la implementación de una fosa séptica tipo fosanit y sistema de infiltración mediante drenes, cuya profundidad desde el fondo del dren a la napa de agua, es de 3 metros. Los lodos acumulados en las fosas, serán retirados, trasportados y eliminados en lugares que cuenten con todas las autorizaciones respectivas.

Respecto a los residuos industriales líquidos, se generará un máximo de 480 ls y para su tratamiento se instalará un sistema de filtro rotatorio que consiste en la instalación de 2 filtros rotatorios, de los cuales, al menos uno, siempre se encontrará en funcionamiento y el otro se utilizará en caso de mantención, reparación y/o contingencia, por lo cual, y en ningún caso, se realizará uso de by pass y, por ende, no se descargarán aguas sin tratamiento al cuerpo receptor, El efluente dará cumplimiento a la Tabla N? 1 del D.S, N*90 del MINSEGPRES.

Los lodos generados por el sistema de tratamiento de RlLes, serán acopiados en estanque de almacenamiento aledaño al sistema de tratamiento y serán retirados, trasportados y eliminados con empresas que cuenten con las autorizaciones respectivas.

Respecto a los residuos líquidos generados por los sistemas de desinfección (rodiluvio, pediluvio y/o maniluvio), éstos serán neutralizados según indicación de los productores y serán envasados para disponerse con empresa debidamente autorizada. Se mantendrá en el centro copia de disposición final de estos residuos.

Los residuos líquidos generados en el área de almacenamiento de residuos sólidos, cuya cantidad se estima en 100 l/dia, serán manejados mediante infiltración en terreno a través de una fosa séptica y sistema de drenes.

Del sistema de ensilaje no se generarán residuos líquidos ya que el sistema será limpiado y desinfectado utilizando el desinfectante Bixler, detergente y desinfectante a la vez que no requiere enjuague.

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El centro contará con un lugar delimitado para el almacenamiento de los residuos sólidos generados, dentro del cual se acopiarán los residuos sólidos en recipientes señalizados, y se instalará el contenedor con el sistema de ensilaje para la mortalidad. El sitio contará con impermeabilización de base y será techado, con un pretil perimetral para la contención de líquidos que se pueden generar, estará señalizado y se mantendrá cerrado para evitar el acceso de terceras personas.

Durante el desarrollo de! proyecto se generarán ruidos provenientes de la maquinaria a utilizar, en horario diurno de 8:00 a 18:00 horas. Cabe señalar que, en los terrenos aledaños, no existen viviendas cercanas que puedan ser afectadas durante la ejecución de las distintas fases del proyecto.

El proyecto no contempla explotar o intervenir vegetación nativa, ya que el área del proyecto es una superficie con praderas. De acuerdo a la descripción desarrollada en la DIA, no hay presencia de especies con problemas de conservación y tampoco existe diversidad biológica significativa al interior del terreno y que se vea afectada. Además, el titular se comprometió a mantener la vegetación nativa en borde de la ribera del río Indio para no alterar el recurso hídrico y su ecosistema fluvial y a realizarán obras de conservación de suelo para evitar erosión durante la etapa de construcción.

Por lo anterior y sobre la base de los antecedentes presentados, se considera que el proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

5.3. Con relación al Art. 11, letra c) Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

El área de emplazamiento del proyecto se encuentra inserta dentro de la propiedad del titular, cuya superficie tota! del predio es de 112,5 há, por lo cual no hay poblaciones colindantes y no se contempla el reasentamiento de comunidades humanas.

En relación a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, ésta no será afectada ya que no hay comunidades indígenas colindantes ni cercanas, según Informe de Sitios de Significancia Cultura! Mapuche, adjunto en el Anexo N*18 de la DIA.

En cuanto al componente territorio, el proyecto no se emplaza en tierra indígena proveniente de aquellos títulos señalados en el artículo 12 de la ley 19.253, siendo utilizos terrenos de propiedad

de la empresa.

Sobre la base del análisis anterior, se considera que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida.

5.4. Con relación al Art, 11, letra d) Localización próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, susceptibles de ser afectadas, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

El proyecto se desarrolla dentro del área rural, en un predio donde no se han identificado en sus cercanías: población protegida por leyes indígenas, recursos protegidos o áreas protegidas o bajo protección oficial.

Por lo anterior, el proyecto no producirá efectos adversos sobre la población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectadas, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

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5.5. Con relación al Art. 11, letra e) Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.

El predio se ubica dentro de un terreno privado, cercano de un camino público y río Indio. A objeto de mantener las condiciones del paisaje rural, se implementarán cortinas forestales con especies nativas presentes en la zona (de preferencia endémicas) a través de todo el perímetro del área de emplazamiento del proyecto, ubicando las plantas cada dos metros y reemplazando las especies que no prendan. Además, las materialidades y pinturas para edificaciones e instalaciones productivas del proyecto, serán acordes al paisaje circundante en el área de emplazamiento.

Por lo anterior, es posible señalar que el proyecto no generará o presentará alteración significativa, en términos de magnitud o duración el valor paisajístico o turístico de la zona.

5.6. Con relación al Art 11, letra f), alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general los pertenecientes al patrimonio cultural.

Referente a si el proyecto genera O presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural (Art. 11?” del Reglamento del SEA), la Comisión Evaluadora establece que de acuerdo a los antecedentes aportados en la evaluación, no se producen tales efectos y en el evento que se produzcan hallazgos arqueológicos se debe dar cumplimiento al procedimiento contemplado en la ley 17.288. para verificar si se producen o no hallazgos arqueológicos, se realizará un monitoreo permanente de un arqueólogo para que verifique la condición existente durante el proceso de movimiento de tierra.

  1. Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente:

6.1. Se implementarán cortinas forestales con especies nativas presentes en la Zona (de preferencia endémicas) a través de todo el perimetro del área de emplazamiento del proyecto, ubicando las plantas cada dos metros y reemplazando las especies que no prendan, a objeto de mantener las condiciones del paisaje rural.

6.2. Se mantendrá la vegetación nativa en borde de la ribera del río Indio para no alterar el recurso hídrico y su ecosistema fluvial.

6.3. Dadas las características del terreno y la pendiente del río, se realizarán obras de conservación de suelo para evitar erosión durante la construcción.

6.4. Las materialidades y pinturas para edificaciones e instalaciones productivas del proyecto serán acordes al paisaje circundante en el área de emplazamiento del proyecto.

7, Que, en la sesión ordinaria de fecha 19 de mayo de 2011, la Comisión de Evaluación estableció que, para dar un adecuado seguimiento a variables ambientales, el titular adoptará las siguientes medidas:

7.1. Realizar un seguimiento permanente y continuo del caudal de entrada, de tal forma de verificar el paso del caudal máximo otorgado por la DGA, de 480 l/s.

7.2. Las tuberías utilizadas para el paso del caudal mínimo (772 l/s), deberán permanecer siempre limpias y ajenas de cualquier tipo de material, de tal forma de mantener un flujo libre y constante de agua para la cual están diseñadas.

7.3. Realizar un monitoreo anual y en época de estiaje, de triclorometano. 24

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7.4. Realizar un monitoreo permanente, y durante el proceso de movimiento de tierras, de un arqueólogo para que verifique la condición “bajo la superficie de! suelo.”

  1. Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de La Araucanía,

RESUELVE:

  1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Piscicultura Río Indio", presentada por el Señor Rodolfo Aguirrebeña Bocanegra, en representación de Ecofish Limitada.

  2. CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Piscicultura Río Indio", cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 74, 90, 91,93, 94 y 96 del Reglamento del Sistema de Evaluación de impacto Ambiental.

  3. Que, atendiendo a lo indicado en el artículo 8% de la Ley N* 19.300, sobre Bases del Medio Ambiente "Los proyectos o actividades señalados en el artículo 10 sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental, de acuerdo a lo establecido en la presente Ley”, si su proyecto se pretende modificar, deberá evaluar si dicha modificación amerita su ingreso al Sistema de Evaluación Ambiental.

  4. Que, atendiendo a lo indicado en el artículo 24” de la Ley 19.300 sobre Bases del Medio Ambiente, y en mérito de to resuelto, ningún organismo del Estado podrá negar las autorizaciones, ni solicitar nueva información al proyecto, aduciendo razones de carácter ambiental.

  5. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Comisión de Evaluación Región de La Araucanía, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

  1. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación Región de La Araucanía, la ocurrencia de impactos ambientales No Previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

  2. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación Región de La Araucanía, la individualización de cambios de titularidad.

  3. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

  4. Contra la presente resolución procede por parte del titular el recurso de reclamación contemplado en el artículo 25 de la Ley 19.300 de Bases del Medio Ambiente.

Notifíquese y Archívese

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SIRO E PresidenteCóm luación Ambiental de la Le La AR Regióh d

( 25 io Y E púlveda Al O) nfidiO de Evaluación Ambiental Na A IONAL Le de Evaluación A OS SDE | Rus ERS/CLL/CON Distribución: * Rodolfo Aguirrebeña Bocanegra * Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur + Corporación Nacional Forestal, CONAF, Región de la Araucanía +. Dirección Regional de Aguas, Región de la Araucanía + Dirección Regional del SAG, Región de la Araucanía + Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de la Araucanía + Dirección Regional de Pesca, Región de la Araucanía e Dirección Regional de Turismo, Región de la Araucanía e Dirección Regional de Vialidad, Región de la Araucanía e Gobierno Regional, Región de la Araucanía + llustre Municipalidad de Curacautín

SEREM! Bienes Nacionales

. + SEREMI de Agricultura, Región de la Araucanía * Seremi de Salud, Novena Región de La Araucanía + SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de la Araucanía e SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de la Araucanía + SEREMI MOP, Región de la Araucanía + Servicio de Vivienda y Urbanismo + Subdirección Nacional Temuco CONADI . Consejo de Monumentos Nacionales * Superintendencia de Servicios Sanitarios Clic: e. Patricia Espinoza Del Pozo + Ing. Cristian Andrés Lineros Luengo e Expediente del Proyecto "Piscicultura Río Indio" *e Archivo Servicio Evaluación Ambiental, IX Región de la Araucania

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El documento original está disponible en la siguiente dirección url:http://firma.e- seia.cl/2b/12/a14849f3693c42e1305c81dba2f54838e9d9

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