Evaluación SEA

Reposición Rampas Puerto Fuy y Puerto Pirehueico, Panguipulli

Rol 4616126
SEA · DIA · Aprobado · 2010-06-03 · Región de Los Ríos · MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACION REGIÓN DE LOS RÍOS

Califica ambientalmente el proyecto “Reposición Rampas Puerto Fuy y Puerto Pirehueico"»» **

Paris 1 Resolución Exenta N* ' 0 8

Valdivia, 4 DIC 2010

VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto “Reposición Rampas Puerto Fuy y Puerto Pirehueico, Panguipulli”, presentada por el Ministerio de Obras Públicas, con fecha 1 de febrero de 2010.

  2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

Oficio N497 sobre la DIA, por Servicio Agrícola Ganadero, con fecha 17/06/2010; Oficio N1702 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región de Los Ríos, con fecha 29/06/2010; Oficio N%746 sobre la DIA, por Dirección Regional de Vialidad, con fecha 29/06/2010; Oficio N3410 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 30/06/2010; Oficio N“217 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, con fecha 01/07/2010; Oficio N%603 sobre la DIA, por llustre Municipalidad de Panguipulli, con fecha 01/07/2010; Oficio N911 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, con fecha 01/07/2010; Oficio N“666 sobre la DIA, por SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, con fecha 01/07/2010; Oficio N%718 sobre la DIA, por Dirección General de Aguas, con fecha 01/07/2010; Oficio N%153 sobre la DIA, por Servicio Nacional de Turismo, con fecha 01/07/2010; Oficio N%691 sobre la DIA, por Dirección de Obras Hidráulica, con fecha 01/07/2010; Oficio N926 sobre la DIA, por SEREMI de Bienes Nacionales, con fecha 02/07/2010; Oficio N%499 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda, con fecha 02/07/2010; Oficio N12600/80 sobre la DIA, por Gobernación Marítima de Valdivia, con fecha 08/07/2010; Oficio N889 sobre la Adenda 1, por Servicio Agrícola Ganadero, con fecha 13/10/2010; Oficio N1584 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Vialidad, con fecha 13/10/2010; Oficio N1501 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, con fecha 14/10/2010; Oficio N%1109 sobre la Adenda 1, por Dirección General de Aguas, con fecha 14/10/2010; Oficio N864 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Vivienda, con fecha 15/10/2010; Oficio N%1090 sobre la Adenda 1, por Ilustre Municipalidad de Panguipulli, con fecha 15/10/2010; Oficio N%215 sobre la Adenda 1, por Servicio Nacional de Turismo, con fecha 15/10/2010; Oficio N1045 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, con fecha 15/10/2010; Oficio N332 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, con fecha 15/10/2010; Oficio N%5143 sobre la Adenda 1, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 15/10/2010; Oficio N%1964 sobre la Adenda 1, por SEREMI! de Bienes Nacionales, con fecha 16/10/2010; Oficio N1043 sobre la Adenda 1, por Dirección de Obras Hidráulica, con fecha 18/10/2010; Oficio N%363 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Agricultura, con fecha 11/11/2010; Oficio N“1680 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Salud, con fecha 12/11/2010; Oficio N%1128 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, con fecha 12/11/2010; Oficio N%1180 sobre la Adenda 2, por la llustre Municipalidad de Panguipulli, con fecha 17/11/2010.

  1. Los Acuerdos consignados en el Acta de la Sesión Ord. N* 04/2010, de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos, de fecha 29 de Noviembre de 2010.

  2. Los demás antecedentes constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Reposición Rampas Puerto Fuy y Puerto Pirehueico, Panguipulli”.

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  1. Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley N% 20.417, el artículo 2% del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley 19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Organos de la Administración del Estado; la Resolución N 1600 de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N* 55/92, ambas de la Contraloría General de la República; y las demás normas aplicables al proyecto.

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto “Reposición Rampas Puerto Fuy y Puerto Pirehueico, Panguipu :

  2. Que, el derecho del Ministerio de Obras Públicas a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

  3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto “Reposición Rampas Puerto Fuy y Puerto Pirehueico, Panguipulli” consiste en:

3.1 Mejorar las actuales condiciones de operación de desembarque de los terminales marítimos y la barcaza que actualmente prestan servicio de transporte a las comunidades que viven a su alrededor, desarrollando una infraestructura de conexión que permita minimizar el aislamiento en que se encuentran estas localidades del país, permitiendo, además, dar continuidad a la ruta internacional CH - 203 en el sector del Lago Pirehueico que cruza hacia Argentina por el Paso Hua Hum.

3.2 El proyecto contará con una mano de obra de 40 personas como máximo para la etapa de construcción y 12 para la etapa de operación. Las superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas, en cada localidad, de 6.700 m? para Puerto Fuy y de 6.400 m? para Puerto Pirehueico.

3.3. Se somete al SEIA en virtud a lo dispuesto en el artículo 3%; letra f) del D.S N* 95/2001 Reglamento del SEIA, especificamente a “Puertos, vías de navegación, astilleros y terminales marítimos...”

3.4 Contempla una inversión total de US$6.910.000. Dicho valor incluye las dos localidades, US$ 3.050.000 para Puerto Fuy y US$3.860.000 para Puerto Pirehueico.

3.5. Se emplazaría en la Región de los Ríos, Provincia de Valdivia, Comuna de Panguipulli, específicamente en las localidades de Puerto Fuy y Puerto Pirehueico.

3.6. Contempla una vida útil de 30 años. 3.7. Contempla las siguientes partes, acciones y obras físicas.

3.7.1 Descri

El proyecto consiste en la construcción de dos terminales portuarios mayores, a emplazarse en Puerto Fuy y Puerto Pirehueico, los cuales contarán con rampas nuevas de dimensiones que permitan la operación cómoda y segura de la nave de diseño (Hua Hum).

Las obras principales que conforman los proyectos, tanto para Puerto Fuy como para Pirehueico, incluyen lo siguiente:

  • Explanada (detalle de sus obras, en punto 2.2.1 de la DIA).

— Terminal de pasajeros (detalle de sus obras, en punto 2.2.2 de la DIA). — Rampa de Operación Marítima (detalle de sus obras, en punto 2.2.3 de la DIA).

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3.7.2 Etapa de Construcción.

La fase de construcción del proyecto considera las actividades relacionadas con la instalación de faenas y construcción de las obras. Dichas obras se construirán de acuerdo a especificaciones técnicas específicas (ETE) del proyecto, que se complementan con los instructivos de la Dirección de Obras Portuarias y los planos del proyecto.

  • Instalación de faenas.

Se contempla ubicar la instalación de faenas en el sector de Puerto Fuy y Puerto Pirehueico (a mayor abundamiento, en el Adenda 2 se presenta un plano con lugares posibles de instalación).

Por la extensión de las obras a realizar y considerando que la rampa de acceso a las embarcaciones siempre estará operativa, la instalación de faenas podrá cambiarse de ubicación durante la construcción, de manera de poder construir la explanada, sin interrumpir el servicio.

La instalación de faenas quedará ubicada cercana o con fácil conexión con el camino de acceso, que será la ruta CH-203. A este punto llegarán los materiales para su acopio y transporte al sitio de colocación. Los materiales podrán llegar por vía terrestre mediante camiones, hasta Puerto Fuy. Para el caso de Puerto Pirehueico, llegarán principalmente por vía lacustre utilizando barcazas. Los materiales que pudiesen provenir del lado de dicho puerto, utilizarán los caminos existentes (ruta CH-203). Se destinarán sitios para acopio de materiales y estacionamiento de maquinarias dentro de la instalación de faena.

Se instalarán módulos tipo container, habilitados para ser utilizados como oficinas (paredes forradas y aisladas, piso entablado, instalaciones eléctricas sobrepuestas).

En el caso de las bodegas e instalaciones para el personal, estas se construirán en terreno, sobre superficie sólida, y serán modulares, en base a paneles de madera con tabla de tapa y techumbre de plancha de pizarreño.

Con respecto a los servicios higiénicos, la faena contará con baños químicos, que serán mantenidos por una empresa autorizada y sus residuos dispuestos en sitios autorizados. Para el caso de la provisión de agua potable, se utilizará un abastecimiento en bidones, contratados a una empresa que contará con todas la autorizaciones pertinentes.

A mayor abundamiento, el proponente ha señalado en el Adenda 1 que en ambos sectores existen lugares aptos para la instalación de faenas. No obstante, estos lugares deberán cumplir con tas siguientes condiciones mínimas:

  • No estar vecinas a viviendas con residentes permanentes o equipamientos sociales, de educación o salud.

  • — No tener que cortar especies arbóreas de flora nativa, para habilitar la instalación.

  • — No ubicar la instalación de faenas vecina a cursos de agua o lacustres.

  • — No ubicar la instalación de faenas en áreas donde se evidencia la ocupación de crecidas del lago o terrenos con procesos erosivos, riesgo de alteraciones geofísicas o riesgos de inundación.

De igual forma, en el Adenda 2, respecto de estas materias, señaló que:

  • El lugar deberá ser elegido de manera que no produzcan molestias a las faenas, propiedades vecinas y a las circulaciones públicas

  • La instalación de faenas quedará ubicada cercana o con fácil conexión con el camino de acceso que será la ruta CH-203.

  • No puede estar cercana a cursos de agua

  • Enel caso de usar la playa como lugar de instalación de faenas se protegerá con una capa tipo geotextil o elemento simitar toda la superficie de arena del sector

  • Se estima que el área total abarcada por la instalación de faenas será de aproximadamente unos 800 m”.

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El proponente informará a la Autoridad Ambiental respecto del sitio final seleccionado, una vez que se adjudique el contrato, describiendo las condiciones iniciales y posteriormente informará cuando se termine de realizar esta actividad.

  • Acceso a la obra.

La ubicación del camino de acceso a la obra es el camino hacia la localidad de Puerto Fuy (ruta internacional CH-203), el cual termina en la ubicación de la actual rampa donde se ubicarán las faenas y el frente de trabajo, por lo que no se utilizarán caminos alternativos y/o nuevos distintos al ya mencionado.

  • Descripción construcción de obras.

Limpieza del sector y obras existentes: Comprende el suministro de equipos, herramientas y mano de obra requerida para la limpieza del área donde se emplaza la obra, retirando escombros, vegetación no contemplada para el proyecto (Nothofagus alpina y N. dombeyii, todos sin problemas de conservación), basuras, etc. Todo el producto de la limpieza, será dispuesto en sitios autorizados.

Explanada: Las obras marítimas a construir en el proyecto son rampas opacas de pavimento y sobre terreno definido como relleno estructural. Todo el material que se considera no apto para soportar las estructuras de la rampa se retirará, como también se realizará una excavación subacuática en las localidades de Fuy y Pirehueico de modo de alcanzar las profundidades adecuadas para la construcción de las rampas. El material extraído se depositará en la zona de la explanada del proyecto y se usará como el relleno inicial para alcanzar la cota de proyecto en el sector de la explanada, especificamente en el área donde se encuentra el terminal de pasajeros, la zona de juegos y el área peatonal del proyecto.

El proponente ha señalado que el material de relleno será provisto de la excavación en el borde del lago y por empresas desde sitios autorizados.

Terminal de pasajeros: La provisión de agua potable y la solución de alcantarillado, estarán a cargo del contratista de la obra.

Rampas: La construcción de las rampas (65 m de largo y 13,5 m de ancho) implicará la limpieza de la superficie en el entorno de la rampa en toda su longitud, así como la remoción de todo el material depositado por embancamiento y aluviones ocurridos en el lugar.

Las características del material a remover en la actividad de limpieza de fondo, para emplazar la rampa, es de arena fina con fango de color gris oscuro con gravilla dispersa, con una compacidad baja.

La excavación en el sector de la rampa se ejecutará hasta 2 m bajo la cota de fondo existente. La empresa contratista proporcionará y mantendrá la señalización necesaria de la zona de excavación, mediante elementos flotantes suficientemente visibles y aceptados por la Autoridad Marítima.

  • Servicios básicos.

Electricidad: El servicio de electricidad podrá ser proporcionado a través de la empresa SAESA (Sociedad Austral de Electricidad S.A.), la que certifica la factibilidad de proporcionar suministro de energía eléctrica en baja tensión hasta 9 Kw monofásico en la localidad de Puerto Fuy. En el caso de Puerto Pirehueico, se ocupará un generador de petróleo para proveer de electricidad a la operación de la obra.

Agua Potable: La provisión de agua potable será a través de bidones provistos por empresas autorizadas. Durante la operación de los terminales, se obtendrá agua potable desde el sistema de agua potable rural (APR) de la localidad de Puerto Fuy.

En el caso de Puerto Pirehueico, el consumo de agua será a través de pozos profundos previa

aprobación de la Autoridad Sanitaria, y solicitado los derechos aprovechamiento de aguas a la Dirección General de Aguas.

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Aguas servidas: El manejo de aguas servidas en ambos terminales será mediante una Planta de Tratamiento, cuyo efluente será infiltrado mediante un sistema diseñado especialmente para tal efecto.

El sistema de infiltrado al terreno está compuesto por dos tuberías perforadas de 7,5 m de largo, ubicados sobre una superficie de bolones y material granular, de una profundidad máxima de 1,5 m. Este sistema estará enterrado a unos 0,2 m del nivel de terreno, lo que implica ocupar 5,4 mí de terreno para infiltrar por cada tubería. Estarán localizadas en el caso de Pirehueico en el sector de tránsito peatonal entre del terminal de pasajeros y el estacionamiento de vehículos y en el caso de Puerto Fuy estará ubicado detrás del terminal de pasajeros, bajo la bodega. Se estima un efluente con un caudal medio diario de unos 0,039 l/s.

  • Equipos y maquinaria a utilizar.

Las maquinarias y equipos que serán requeridos para la fase de construcción se presentan en la tabla 2-2 de la DIA, este número estimativo de maquinaria se considera para cada localidad, sin embargo si se realizan obras en paralelo, en algunos casos el número podrá ser compartido para ambas obras.

  • Insumos.

Los insumos o servicios requeridos por el proyecto en su fase de construcción son los siguientes:

¡) Alimentación: El servicio de alimentación de los trabajadores será en el área de trabajo, en un comedor, el cual se construirá en el sector donde se instalarán las faenas.

ii) Servicios Higiénicos: Los servicios higiénicos para los trabajadores serán baños químicos móviles, que se ubicarán cercanos a las obras.

iii) El transporte, habilitación y limpieza será realizado por una empresa autorizada.

iv) Agua Potable: El agua potable a consumir por los trabajadores durante la construcción será envasada.

v) Guardarropía y Sala de Cambio: La faena contará con un contenedor móvil como guardarropía y sala de cambio, con casilleros en número igual a la cantidad de trabajadores en faena, los que estarán en buenas condiciones y con una ventilación adecuada.

vi) Áridos: Se obtendrán desde proveedores autorizados. El proyecto en sí mismo no incluye empréstitos específicos.

vii) Petróleo: Dentro de la instalación de faena existirá un recinto especialmente habilitado para la instalación de tambores de petróleo diesel. El cual contará con una superficie impermeable y con un sistema de control de derrame. No se almacenará más de 1,1 mÍ en cada instalación de faena.

Cierre faena de construcción.

Una vez terminada la etapa de construcción se considera el retiro de la instalación de faenas, de toda maquinaria del lugar, de posibles restos de materiales u otro elemento no concordante con el entorno.

Respecto al cierre y abandono de las instalaciones temporales de construcción (como instalación de faenas y los talleres asociados), se desarrollarán las siguientes actividades principales:

  • Desmontaje de estructuras.

  • Demolición estructuras de hormigón (muros, losas) hasta 1 m bajo el nivel de suelo.

  • Desmontaje de equipos y su transporte fuera del área del proyecto para su reuso y/o venta, según lo determine el contratista.

  • Movimientos de material de relleno y nivelación, si fuese necesario.

  • Cierre y señalización de caminos, de acuerdo a lo requerido.

  • Limpieza general.

  • Transporte de residuos sólidos a sitio autorizado para disposición final de residuos no peligrosos y peligrosos.

En relación a la restauración de áreas de instalación de faenas, el proponente ha señalado que el diseño de la restauración se basará en los siguientes criterios de diseño:

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itar las pendientes exteriores del proyecto. - Minimizar el riesgo de erosión. - Asegurar una superficie final con una apariencia natural.

Finalmente, se implementarán métodos de revegetación consistentes en:

  • Reestablecimiento de la vegetación retirada en áreas de donde sea posible asistir a la reocupación de los espacios por parte de la fauna

  • Siembra y plantación de especies nativas apropiadas según las condiciones ambientales de las áreas a recuperar.

3.7.3 Etapa de Operación.

De acuerdo a lo señalado por el proponente, el proyecto operará parala barcaza Hua Hum como barcaza de diseño. El área de acceso a Puerto Fuy es amplia y con profundidades adecuadas luego de las obras de excavación, no presentando problemas para la ejecución de las maniobras.

El área de acceso a Puerto Pirehueico es más reducida que Puerto Fuy, debido a bajos fondos que se encuentran hacia el lado norte de las instalaciones, pero es suficiente para el desarrollo de las maniobras.

De acuerdo a lo señalado por el proponente, la operación de las barcazas consideradas en el diseño, tanto en Puerto Fuy como en Puerto Pirehueico no presentan problema alguno, al ser del tipo doble pendiente.

La recalada a cualquiera de las dos instalaciones se puede efectuar con el apoyo de la señalización marítima existente, pero para desarrollar la maniobrabilidad nocturna se instalará iluminación en ambas rampas, dirigida al sector de apoyo de los portalones de las barcazas.

Así mismo, el proponente considera la mantención regular de la embarcación que opera en ambas localidades, lo que se realizara de acuerdo a lo estipulado en el plan de mantención.

El servicio de electricidad podrá ser proporcionado a través de la empresa SAESA (Sociedad Austral de Electricidad S.A.), la que certifica la factibilidad de proporcionar suministro de energía eléctrica en baja tensión hasta 9 Kw monofásico (Anexo D de la DIA) en la localidad de Puerto Fuy. En el caso de Puerto Pirehueico, se pretende ocupar un generador para proveer de electricidad a la obra.

En el caso de agua potable, será el contratista quien deberá estudiar la provisión de este servicio, el que actualmente se obtiene a través de pozos en las localidades.

La maquinaria a usar durante la Operación del proyecto será la Bacaza Hua Hum. Durante el cierre de las obras se ocupará una retroexcavadora, un buldózer, un cargador frontal y 5 camiones tolvas.

3.7.4. Etapa de Abandono

Ante la eventualidad que el proyecto requiera un cierre definitivo, el proponente ha señalado que se considerará actividades tales como, la demolición, abandono, modificación, reemplazo o rediseño de la obra o de sus componentes. En términos generales, se desarmarán y retirarán todas aquellas estructuras en que sea factible hacerlo, tales como bodegas, terminal de pasajeros, lugares techados, entre otros, para su reciclaje o venta. Se retirarán todos los equipos, mobiliario y aparatos que fueron usados en la operación del Puerto.

Se reforestarán y/o revegetarán, según corresponda y de acuerdo a lo señalado por el proponente en el Adenda 1, áreas intervenidas durante la operación, con el propósito que las condiciones naturales se recuperen progresivamente hasta sus condiciones originales, antes de la operación de la obra.

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3.8. Principales Emisiones, Descargas y Residuos del Proyecto. 3.8.1 Respecto de residuos líquidos. - Residuos domésticos.

La generación de residuos líquidos de tipo domiciliarios serán fundamentalmente aquellos derivados de la instalación de faena del proyecto, tanto en Fuy como en Pirehueico. Respecto al agua servida proveniente de los baños químicos que utilizarán los trabajadores de la faena, se considera su extracción periódica por medio de la utilización de camiones limpiafosas. No obstante, la gestión de los baños químicos será realizada por la empresa proveedora de dicho servicio que se adjudique el contrato, bajo la supervisión del proponente.

Se proyecta un consumo de 150 l/hab/día, con lo que se estima un caudal diario promedio de aguas servidas de 0,07 l/s, para la etapa de construcción.

proponente ha señalado que se establecerá la prohibición absoluta de arrojar lastre, escombros o basuras y derramar petróleo o sus derivados o residuos, u otras materias nocivas o peligrosas, de cualquier especie, que ocasionen o puedan ocasionar daños o perjuicios al lago.

Durante la fase de operación, la generación de residuos líquidos está especificamente relacionada a la generación de aguas servidas, generada en las instalaciones sanitarias de los locales de servicio, servicios higiénicos públicos, oficinas.

Considerando que las localidades de Puerto Fuy y Puerto Pirehueico actualmente no poseen un sistema de recolección, ni tratamiento de aguas servidas, a los cuales los proyectos pudieran conectarse, cada terminal portuario contará con un sistema de tratamiento particular, cuyos residuos o lodos serán retirados de acuerdo a las necesidades por una empresa especializada y debidamente autorizada. Se establece que el efluente de estas plantas cumplirá los parámetros del D.S. N* 46/03 y será infiltrado como se mencionó en el acápite 2.3.6 de la DIA.

  • Residuos industriales.

La principal fuente de generación de residuos industriales líquidos son las mantenciones de los vehículos y maquinaria pesada de construcción desarrolladas en las localidades involucradas en el proyecto, las que se harán en sitios autorizados y fuera del área de trabajo. Para el caso de que haya que realizar una mantención de maquinaria de emergencia en faena, se hará cumpliendo protocolos ambientales seguros.

En el caso de que se generen estos residuos y presenten alguna clasificación de peligrosidad, éstos serán retirados por una empresa autorizada y destinados a una planta igualmente autorizada, dando cumplimiento al D.S. N* 148/04 “Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”, del Ministerio de Salud.

3.8.2 Respecto de los residuos sólidos. - Residuos domésticos.

Durante la fase de construcción, los residuos domésticos estarán constituidos por residuos propios de los servicios higiénicos y de alimentación, los que serán almacenados en contenedores cerrados localizados en las cercanías de las fuentes de generación, para su transporte cada 1-2 días a un sitio autorizado por la autoridad competente.

Durante la ejecución del proyecto se generarán residuos domésticos (se proyecta una producción de 1 kg/trab/día con lo que se estima 40 kg/día de residuo), constituidos por desperdicios propios de los servicios higiénicos y de alimentación de tos trabajadores, los que serán almacenados en contenedores cerrados establecidos en la obra para estos fines, para que sean recolectados por el contratista en la etapa de construcción, y posteriormente en la etapa de operación por un concesionario.

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  • Residuos industriales sólidos.

Los residuos sólidos de la etapa de construcción corresponden principalmente a desechos sólidos que se relacionan directamente con materiales resultantes del proceso constructivo, piezas de recambio de equipos y mantención de maquinaria, estas mantenciones se realizarán en lugares autorizados fuera del área de trabajo.

El volumen de desechos generados por los restos de insumos no utilizados, depende estrechamente de los procedimientos del contratista, por lo que su volumen es variable y no predecible en esta etapa.

3.8.3 Generación de residuos peligrosos.

Al respecto, el proponente ha señalado que todos los materiales potencialmente tóxicos y/o peligrosos que eventualmente pudieran ser utilizados por los contratistas y generados como residuos de las actividades de construcción u operacionales sean adecuadamente controlados, transportados, almacenados, gestionados y dispuestos de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos D.S. N* 148/04 del Ministerio de Salud. Estos serán retirados de forma periódica por una empresa autorizada para su transporte y disposición final, este tipo de residuo, de generarse, será almacenado en la faena máximo durante dos días en lugares autorizados.

3.8.4 Respecto de la generación de emisiones atmosféricas.

En relación a estas materias, el proponente ha señalado que las emisiones atmosféricas estarán limitadas esencialmente a gases de combustión, asociadas a los motores de la maquinaria, embarcaciones y a la circulación y uso de vehículos motorizados (camiones y camionetas) para el transporte del materiales y personal hacia ambos sectores. Para minimizar la suspensión de polvo, se humectarán las áreas de trabajo mediante el uso de un camión aljibe, esto sujeto a las condiciones climáticas imperantes en la zona, ya que, la zona es conocida por su alta pluviosidad durante todo el año. Así mismo, todo vehículo o camión que traslade material granular será debidamente encarpado.

Las emisiones de gases de combustión a generar serán de carácter temporal, de intensidad reducida y circunscrita al área de trabajo en ambas localidades.

Las emisiones atmosféricas producidas durante la operación del proyecto estarán limitadas esencialmente a gases de combustión, asociadas a los motores de la maquinaria, embarcaciones y a la circulación y uso de vehículos motorizados (camiones y camionetas) para el transporte que se realiza durante todo el año hacia ambos sectores.

3.8.5 Respecto de la generación de ruido.

En cuanto a emisiones acústicas, el proponente ha señalado que el ruido generado provendrá de la maquinaria a utilizar (camiones y maquinaria principalmente). En el Anexo B de la DIA se presenta el estudio de línea base para el componente ruido. Todas las actividades del proyecto, serán efectuadas en horario diurno, en una jornada de aproximadamente 10 horas, se instalará un muro perimetral de 2,5 m de altura en el sector donde se realizan las obras. Además, a no más de 5 m de distancia de la actividad de movimiento de tierra y de la maquinaria de impacto, se deberán instalar barreras móviles, las que pueden estar formadas por módulos de 2x2 m de placas de OSB. La manipulación de materiales se realizará en un galpón que cuente con un Índice de Reducción sonoro de Rw= 15 dB. Los equipos estacionarios deben estar encapsulados en gabinetes que cuenten con un Índice de Reducción sonoro de Rw= 10 dB. Implementadas las medidas de mitigación mencionadas anteriormente, se da cumplimiento al D.S. N* 146/98 (Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas) del Ministerio de Salud, durante la construcción del proyecto.

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3.8.6. Generación de formas de energía, radiación y vibraciones.

El proyecto durante la operación en Puerto Pirehueico generará formas de energía, mediante el uso de un generador, el que dará cumplimiento a lo establecido en el D.S N* 138/05 (Establece obligación de entregar antecedentes para estimar emisiones de contaminantes a diferentes rubros, a ades o tipos de fuente), para abastecer de electricidad al Terminal y la Explanada. El proyecto no genera radiaciones.

  1. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Reposición Rampas Puerto Fuy y Puerto Pirehueico, Panguipulli” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto cumple con:

4.1. Normas de emisión y otras normas ambientales.

  • Ley 19.300/94, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia. Ley de Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley N* 20.417.

  • — D.S. N* 95/01, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia. Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  • D.S N” 594/99, del Ministerio de Salud. Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo.

  • D.S N*144/61, del Ministerio de Salud. Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier Naturaleza.

  • — D.F.L 725/67, del Ministerio de Salud. Código Sanitario. Artículos 67, 83 y 89.

  • — D.S. 146/97, del Ministerio de Salud. Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas.

  • —D.S N* 138/05, del Ministerio de Salud. Establece obligación de entregar antecedentes para estimar emisiones de contaminantes a diferentes rubros, actividades o tipos de fuente)

  • D.S. N* 54/94, del Ministerio de Salud. Establece Normas sobre Emisiones aplicables a vehículos motorizados Medianos.

  • D.S. N? 4/94, del Ministerio de Salud. Establece Norma de Emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control.

  • D.S. N* 211/91, del Ministerio de Salud. Establece Norma sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos.

  • D.S 138/05, del Ministerio de Salud. Establece obligación de entregar antecedentes para estimar emisiones de contaminantes a diferentes rubros, actividades o tipos de fuente.

  • D.S. N” 46/03, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia. Establece Norma de Emisión de Residuos Líquidos a Aguas Subterráneas.

  • — D.F.L: N*2.222/78, del Ministerio de Defensa. Ley de Navegación.

  • — D.S. N* 1/92 Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática.

  • Ley 17.288/91, del Consejo de Monumentos Nacionales. Sobre Monumentos Nacionales.

4.2. Permisos ambientales sectoriales

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Reposición Rampas Puerto Fuy y Puerto Pirehueico, Panguipulli”, requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 91, 94 y 96 del D.S N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia (MINSEGPRES), Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA).

  1. Que en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Reposición Rampas Puerto Fuy y Puerto Pirehueico, Panguipulli” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias establecidos en el Art. 11 de la Ley 19.300, en atención a que:

5.1 Con relación al Art. 11 letra a) Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos.

De acuerdo a los antecedentes presentados por el proponente y analizados por los Órganos de

la Administración del Estado con competencia ambiental, el proyecto no representa un riesgo para la salud de la población en consideración a que el proyecto no generaría efluentes ni

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emisiones cuya composición, peligrosidad, cantidad y concentración puedan generar un riesgo para la salud de la población.

Lo anterior, se fundamenta en que los efluentes domésticos serán infiltrados previo tratamiento. El ruido provocado durante la construcción y propio de las obras de construcción, será mínimo, diurno, temporal y mitigado. Las descargas de aguas servidas no producirán riesgos, toda vez que las instalaciones sanitarias durante la construcción serán portátiles (baños químicos) y durante la operación las aguas serán tratadas en una Planta de Tratamiento modular y posteriormente infiltradas, cumpliendo el D.S. N* 46/03 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia (Establece Norma de Emisión de Residuos Líquidos a Aguas Subterráneas). Las emisiones no serían relevantes debido al bajo tránsito de camiones requerido por las obras y las condiciones ambientales de la zona.

En relación a los residuos sólidos peligrosos como baterías, guaipes con combustibles y otros, el proponente ha señalado que se manejarán de acuerdo al D.S. N” 148/04 del Ministerio de Salud (Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos).

5.2 Con relación al Art. 11 letra b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Al respecto, el proponente ha señalado que la construcción y operación de ambos terminales no generara efectos adversos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos suelo, agua y aire. Esto, dado que el lugar de instalación ya presenta transformaciones importantes, debido a la preexistencia de las operaciones de las rampas y áreas asociadas a este uso portuario. Por lo tanto, las áreas de intervención ya se encuentran casi desprovistas de cobertura vegetal, no detectándose especies de fauna en ambos sectores.

Sólo se debe señalar la presencia de Nothofagus alpina (Raulí) y Nothofagus dombeyi (Coigúe) en el sector de Puerto Pirehueico, como individuos aislados que no estarían formando bosque, especies que no tienen problemas de conservación. La misma situación se presenta en Puerto Fuy existen individuos de Pseudotsuga menziesii (Pino oregón), especie exótica también sin problemas de conservación. Sólo algunos de los ejemplares de Puerto Pirehueico serán cortados como resultado del proyecto, en el caso de Puerto Fuy los ejemplares identificados serán talados.

5.3 Con relación al Art. 11 letra c) Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Por la naturaleza del proyecto y de las características de su emplazamiento, este no genera reasentamiento de comunidades humanas, como tampoco produce una alteración de los sistemas de vida y costumbre de grupos humanos, toda vez que las obras y actividades del proyecto no generarán cambios en la dimensión geográfica, antropológica, socio-económica y bienestar social.

El proyecto afectará positivamente las posibilidades de acceso de la población, comunidades o grupos humanos a servicios y equipamiento básicos, además de disminuir en parte las condiciones de aislamiento en Pirehueico. Toda vez que el objetivo del proyecto es permitir mejorar sustancialmente tas condiciones de espera, traslado de carga y pasajeros de las localidades involucradas en el proyecto.

5.4 Con relación al Art. 11 letra d) Localización próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, susceptibles de ser afectadas, así como el valor ambiental del territorio en que pretende emplazar.

El proyecto no se localizaría próximo a población protegida por leyes especiales.

5.5 Con relación al Art. 11 letra e) Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.

El proyecto no altera de magnitud, siendo una intervención puntual en el contexto del Lago, no

afectando zonas con valor paisajístico o turístico. Esto, toda vez que no obstruye el acceso a zonas con valor paisajístico o turístico.

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Si bien se localiza dentro de los límites de la ZOIT comuna de Panguipulli, no afectaría esta declaratoria ni las condiciones por las cuales fue declarada.

5.6 Con relación al Art. 11 letra f) Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, histórico y, en general los pertenecientes al patrimonio cultural.

De acuerdo a la prospección realizada en el área del proyecto, que consistió en el recorrido pedestre e inspección visual superficial de la totalidad del área involucrada en el proyecto (Área de Influencia Directa), tanto en Puerto Fuy como Puerto Pirehueico, durante esta actividad no se realizaron excavaciones o sondeos arqueológicos a nivel subsuperficial; no se realizaron hallazgos asociados a elementos culturales pertenecientes al patrimonio cultural nacional.

Durante ambos recorridos se realizó un registro fotográfico y de georeferenciación, así como un análisis de la superficie a prospectar en relación a su potencial arqueológico. En el Anexo B de la DIA se presenta la prospección arqueológica al lugar de emplazamiento, en donde se demuestra que no existen restos ni material histórico o arqueológico.

Por lo anteriormente expuesto, el proyecto no afectaría monumentos nacionales, ni afectaría sitios con valor histórico, como tampoco se localizará próximo a lugares o sitios donde se desarrollan manifestaciones propias de la cultura local.

Considerando lo anterior, el proyecto no genera o presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias indicados en el Art. 11 de la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente.

  1. Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, y lo expuesto en la Sesión de ta Comisión de Evaluación N* 04 de fecha 29 de Noviembre de 2010, el proponente se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente:

  2. Utilizar especies nativas, en los cercos vivos y en la etapa de cierre del proyecto (reforestación).

  3. Reparar los daños causados y el deterioro adicional que él genere en los caminos públicos y otras vías que se utilicen.

  4. Los movimientos de tierra y cortes de terreno, serán los estrictamente necesarios, a fin de minimizar la alteración a la actual conformación morfológica.

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. Que, se sugiere al proponente considerar para la ejecución del proyecto, lo siguiente:

  • No afectar significativamente los flujos de transporte de las naves, principalmente durante la época de verano.

  • — Propender a restringir las velocidades, a fin de disminuir el material particulado que se genera por el tráfico de camiones durante la etapa de construcción del proyecto.

  • Que con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el proponente deberá informar a la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos de Administración del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

  • Que, para que el proyecto “Reposición Rampas Puerto Fuy y Puerto Pirehueico, Panguipulli” pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  • Que, el proponente del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

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  1. Que, el proponente del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos, la individualización de cambios de titularidad.

  2. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del proponente del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

  3. Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos.

RESUELVE:

  1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto “Reposición Rampas Puerto Fuy y Puerto Pirehueico, Panguipu

  2. CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales y que el proyecto “Reposición Rampas Puerto Fuy y Puerto Pirehueico, Panguipulli” cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 91, 94 y 96 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  3. Hacer presente que proceden en contra de la presente Resolución, los recursos de reposición, ante esta Comisión de Evaluación; y jerárquico, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer estos recursos es de 5 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de la interposi

de cualquier otro recurso que se estime oportuno.

Notifíquese y Archívese.

pgp

. Sr. Jorge Ale Yarad, Representante Legal, Ministerio de Obras Publicas. . Consejo de Monumentos Nacionales . Superintendencia de Servicios Sanitarios . CONADI, Región de Los Ríos . CONAF, Región de Los Ríos . Dirección General de Aguas, Región de Los Rios . Dirección Regional de Vialidad, Región de Los Ríos . Dirección de Obras Hidráulica, Región de Los Ríos . Gobernación Marítima de Valdivia . Gobierno Regional, Región de Los Ríos . lustre Municipalidad de Panguipulli . SEREMI de Agricultura, Región de Los Rios . SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Los Ríos 12/13

. SEREMI de Salud, Región de Los Ríos

. SEREMI de Transporte, Región de Los Ríos

. SEREMI de Vivienda, Región de Los Rios

. Servicio Agrícola Ganadero, Región de Los Rios

. Servicio Nacional de Pesca, Región de Los Rios

. Servicio Nacional de Turismo, Región de Los Rios

. Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Los Rios

. Expediente del proyecto “Reposición de Rampas Puerto Fuy y Puerto Pirehueico, Panguip! . Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Los Rios.

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