Evaluación SEA

EXPANSION DEPOSITO DE RELAVES FILTRADOS FAENA EL PEÑÓN

Rol 4601640
SEA · DIA · Aprobado · 2010-05-20 · Región de Antofagasta · Minera Meridian Limitada

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y AS ¿ A 24) RESOLUCIÓN EXENTA N* 12010

ANTOFAGASTA, — 03 SEP 200 VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:

E Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994; el Decreto Supremo N 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 7 de diciembre de 2002; la Ley N” 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N* 1.600 de 2008, de la Contraloria General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y en las demás normas jurídicas que rigen sobre la materia.

Le La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adenda del proyecto “Expansión Depósito de Relaves Filtrados Faena El Peñón”, presentado por el Señor Ricardo Solovera Castillo, en representación de Minera Meridian Limitada, con fecha 20 de Mayo de 2010.

  1. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

Oficio N 459 sobre la DIA, por Dirección Regional DGA, Región de Antofagasta, con fecha 02/06/2010; Oficio N 1199 sobre la DIA, por Dirección Regional de Vialidad, Región de Antofagasta, con fecha 11/06/2010; Oficio N 403 sobre la DIA, por Dirección Regional SEC, Región de Antofagasta, con fecha 14/06/2010; Oficio N% 2996/2010 sobre la DIA, por Dirección Regional SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta, con fecha 16/06/2010; Oficio N 517 sobre la DIA, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 16/06/2010; Oficio N 360 sobre la DIA, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 17/06/2010; Oficio N 744/2010 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 21/06/2010; Oficio N 183 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta, con fecha 23/06/2010; Oficio N 168 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 24/06/2010; Oficio N 1464 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Vialidad, Región de Antofagasta, con fecha 20/07/2010; Oficio N 3666/2010 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta, con fecha 25/07/2010; Oficio N 650 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 26/07/2010; Oficio N 673 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional DGA, Región de Antofagasta, con fecha 26/07/2010; Oficio N 468 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 27/07/2010; Oficio N* 4173/2010 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta, con fecha 12/08/2010.

  1. El Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Expansión ' Depósito de Relaves Filtrados Faena El Peñón”, -

REGIÓN DE ANTOFAGASTA

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  1. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Expansión Depósito de Relaves Filtrados Faena El Peñón”.

  2. El acuerdo de la Sesión Ordinaria de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta, de fecha 26 de Agosto de 2010.

CONSIDERANDO:

4, Que, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto “Expansión Depósito de Relaves Filtrados Faena El Peñón”, de Minera Meridian Limitada.

2 Que, el derecho del titular del proyecto “Expansión Depósito de Relaves Filtrados Faena El Peñón”, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza, a la conservación del patrimonio ambiental, y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado, cuando corresponda otorgar tales permisos,

  1. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva y sus Adenda, el proyecto “Expansión Depósito de Relaves Filtrados Faena El Peñón” consistirá en lo siguiente:

3.1. Descripción del proyecto

Aumentar el área de disposición de relaves en 174 ha, de manera de obtener una capacidad total de 49,8 millones de ton, que permitirá disponer el relave, considerando mantener la capacidad actual de la planta de tratamiento.

3.1.1. Ubicación, superficie y mano de obra

La mina el Peñón se localiza en la Región de Antofagasta a 160 km al sureste de la Ciudad de Antofagasta, en la Provincia y Comuna del mismo nombre. La figura N* 1 de la DIA, muestra la localización del proyecto en el contexto regional.

El proyecto se encontrará en la misma ubicación del depósito de relaves original, las coordenadas UTM del polígono de la ubicación actual del depósito de relave y del presente proyecto, se presentan en la tabla N 3 de la DIA, la cual se grafica en la figura N 10 de la DIA.

La totalidad de las obras a ejecutar, se encuentran dentro del cambio de uso de suelo, autorizado por la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura de la Región de Antofagasta, mediante la Resolución Exenta N? 04/1998. Para mayor detalle, ver Anexo N? | de la DIA.

La mano de obra requerida en la etapa de construcción será de 10 personas y en la etapa de operación no se requerirá personal adicional.

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3.1.2. Monto de la inversión

La inversión estimada para la ejecución del proyecto será de US $ 688.000.

3.1.3. Vida útil

La vida útil de la expansión del depósito de relaves será de 10 años, por lo tanto, permitirá extender la vida útil del depósito aprobado hasta el año 2021,

3.1.4. Depósito de relaves existente (situación actual)

Actualmente, se dispone de un depósito de relaves cuya autorización cubre un área de 46,3 ha y una capacidad 14,8 millones de ton. La tabla N 10 de la DIA, presenta las características geométricas autorizadas para el depósito existente. La figura N 6 de la DIA, presenta el esquema del depósito de relaves autorizado,

3.1.4.1. Operación del depósito de relaves

El relave pasa por una etapa de filtrado y lavado con agua limpia, para lograr retirar las soluciones remanentes de cianuro. La fracción líquida, es recirculada al proceso, y el material sólido con una humedad de alrededor del 20 % (relave filtrado) es transportado mediante una correa a una loza de concreto, para posteriormente ser transportado en camiones al depósito de relaves filtrado. Actualmente, se depositan 4.200 ton de relaves filtrados secos por día.

El relave proveniente de la planta de filtros, es transportado al depósito de relave filtrado a través de camiones de 60 ton de capacidad. La distancia de transporte no supera los 2 km, considerando un ciclo completo en 20 minutos (tiempo de carguío + tiempo de traslado al depósito + tiempo de maniobra de descarga + tiempo de retorno + tiempo de posicionamiento del camión para el carguio).

Los relaves serán dejados a lo largo del depósito en forma de montículos, posteriormente un buldózer lo esparcirá hasta formar capas de entre 10 y 30 cm de espesor, luego el relave es removido por medio de un arado de discos y regado con agua, para conseguir la degradación del cianuro impregnado. Este proceso de aireación y regado, se repite hasta reducir a menos de 2 ppm las concentraciones de cianuro. Cumplido este tratamiento, se procede a depositar una nueva capa de relave repitiéndose la misma operación.

En el Anexo VI de la DIA, se adjunta el procedimiento para la destrucción del cianuro. La figura N* 7 de la DIA, muestra una fotografía actual del depósito de relaves.

3.1.5. Expansión del depósito de relaves filtrados (situación con proyecto)

El proyecto consistirá en aumentar el área del depósito de relaves, para permitir la recepción de relaves filtrados generados de acuerdo al nivel de procesamiento actual, y permitir la recepción asociada con futuros aumentos de vida útil y/o capacidad de procesamiento de la planta, los que, en el caso de ser pertinentes, serán sometidos oportunamente al Sistema de Evaluación de

Impacto Ambiental. )

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COMER“NO DE

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COMIsION NACIONAL

3.1.5.1. Características ¡geométricas del proyecto

Tabla N* 1: Características geométricas de diseño

E Medidas Elevación en el coronamien' 1855 m.s.n.m. Longitud de expansión al norte 585 m Longitud de expansión al sur 665 m

| Longitud de expansión al este _570m Altura máxima (aguas abajo) __ 21m Número de plataformas sl Altura de plataforma E 10m Ancho de berma 5m Ángulo por plataforma (ángulo de reposo del relave fi 29? Ángulo global 23? Pendiente máxima suelo de fundación (variable) 1-3 % (10%) Area proyecto expansión 174 ha Área final (actualmente aprobada más expansión) 220,3 ha Volumen de relaves a depositar en el proyecto expansión 22 Mm* Volumen de relaves total (situación aprobada más expansión) 31,32 Mm? Capacidad a depositar en el proyecto expansión 35 Mton Capacidad total final (situación aprobada más expansión) 49,8 Mton Ancho de camino 15m

En el Anexo lI| de la DIA, se adjunta el informe técnico del proyecto “Expansión Depósito de Relaves Filtrados Mina El Peñón”. La figura N? 8 de la DIA, presenta una vista isométrica del diseño.

El proyecto considerará la habilitación de accesos (camino 1 y 2, ver figura N 8 de la DIA), para facilitar la depositación del relave. Dichos accesos considerarán, la construcción de pretiles de seguridad, como lo indica la figura N 9 de la DIA. Además, se requerirá modificar el camino de acceso a la faena. El camino nuevo, tendrá una longitud de 5.180 m y un ancho de 15 m, y será construido durante los años 2011 y 2012, dado que la expansión del depósito, comenzará por la zona norte.

La figura N 10 de la DIA, muestra el detalle de la localización de la expansión del depósito y la ubicación del nuevo muro de contención y de los pozos de infiltración. La tabla N 12 de la DIA, presenta las coordenadas de la ampliación.

Para detectar infiltraciones de agua, se construirán 4 pozos de monitoreo adicionales (pozos N 6, N” 7, N 8, y N 9) a los ya existentes (pozos N 1, N 2, N 3, N 4 y N? 5). Las características constructivas de los pozos existentes y proyectados, se detallan en el numeral 1.1 de la Adenda N” 1 de la DIA. La tabla N 13 de la DIA, presenta las coordenadas de la ubicación de los pozos de observación de posibles infiltraciones (existentes y nuevos). La tabla N* 14 de la DIA. presenta las coordenadas de la ubicación del muro de contención existente y ampliación.

3.1.5.2. Operación del depósito de relaves filtrados

En términos operativos el proyecto no diferirá de lo señalado en el numeral 3.1.4.1 de la presente Resolución.

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3.1.6. Definiciones de las partes y acciones que componen las etapas del proyecto

3.1.6.1. Etapa de construcción

A continuación, se presenta una descripción de las actividades a desarrollar en la etapa de construcción del proyecto:

a) Preparación de suelo: consistirá en compactar el suelo mediante un rodillo liso, de 8 ton de peso estático como mínimo, el cual se pasará a los menos 3 veces por cada punto. Previo a la pasada del rodillo, se regará la superficie hasta alcanzar una humedad cercana a la óptima. Se utilizará el mismo material de relave para impermeabilizar la base del depósito. Este material tendrá un contenido de finos mayor al suelo de fundación (60 %) y saldrá de los filtros con un 18 % de humedad. Para mayor detalle ver tabla N* 15 de la DIA.

b) Construcción de la extensión del muro de contención y pretiles: el muro de contención existente, será ampliado, utilizando material proveniente del desarrollo de la mina (aproximadamente 8.500 m). Además, se construirán pretiles de seguridad con material de marina (lastre). Para mayor detalle, ver tabla N 15 de la DIA. En el numeral 1.2 de la Adenda N* 1 de la DIA, se describen las características constructivas del muro de contención proyectado.

c) Construcción de pozos: con equipos de sondaje, se perforarán pozos de observación de infiltraciones, el material será dispuesto en el depósito de estériles.

d) Habilitación camino nuevo: el camino será modificado en una extensión de 5,234 m. Las obras a ejecutar, se describen en el numeral 3.3.1 de la DIA.

3.1.6.2. Etapa de operación

La descripción de las actividades en la etapa operacional, se encuentra descrita en el numeral 3.1.5 de la presente Resolución.

3.1.6.3. Etapa de cierre

Las actividades de cierre, contempladas al término de la vida útil del depósito serán las siguientes, las cuales están incluidas, en el plan de cierre aprobado mediante la Resolución N 137/2010 del Servicio Nacional de Geología y Minería. Para mayor detalle, ver Anexo | de la DIA, Anexo lll de la DIA, numeral 1.4 de la Adenda N 1 de la DIA y numeral 1.1 de la Adenda N* 2 de la DIA. Respecto al monitoreo del tranque de relave, a los dos años de la etapa de cierre, se solicitará a las autoridades competentes, si es necesario continuar o no con los monitoreos,

a) Desmantelamiento de instalaciones

Se contemplará el retiro de todas las instalaciones superficiales, líneas eléctricas y toda maquinaria utilizada para la descarga, esparcimiento y compactación del material. El desmantelamiento de las instalaciones y estructuras para el cierre se realizará considerando las siguientes etapas:

» Etapa 1: Inventario. . Etapa 2: Planificación de

desmantelamiento. : . Etapa 3: Retiro de maquinarias.

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CHILE

COMISIÓN NACIO war Deo MADIO AMAELUrE

. Etapa 4: Proceso de desarme y demolición. Etapa 5: Reciclaje y venta Etapa 6: Disposición final. Etapa 7: Señalética de abandono.

En el numeral 3.3.3 de la DIA, se detalla el plan de cierre para los siguientes aspectos:

Secado del depósito.

Cierre de accesos.

Recubrimiento de cubeta y taludes. Estabilización de taludes. Señalizaciones.

Compactación de berma de

coronamiento. 3.1.7. Insumos del proyecto

La tabla N* 16 de la DIA, muestra los insumos necesarios para la construcción del proyecto. El proyecto no requerirá insumos adicionales a los actuales, en la etapa de operación.

3,2. Emisiones, descargas y residuos del proyecto

3.2.1. Emisiones Atmosféricas a) Etapa de construcción

Durante la construcción, las actividades de movimientos de tierra, circulación de camiones y maquinaria de construcción, funcionamiento de maquinarias y de equipos motorizados emitirán material particulado. La tabla N? 18 de la DÍA, presenta la estimación de emisiones de material particulado, El detalle de las actividades que aportarán a estas emisiones, se encuentra en Anexo VII de la DIA.

Dichas emisiones serán controladas a través de las siguientes medidas:

. Ejecución de las excavaciones estrictamente necesarias, efectuadas en terrenos previamente humedecidos, de modo de minimizar la emisión de partículas en las faenas de movimiento de tierras.

. Cargas cubiertas en camiones que transportarán material de relleno.

. Minimización del flujo de camiones.

. Mantención periódica de la

maquinaria y vehículos utilizados en la faena, a fin de reducir sus emisiones a la atmósfera. . Humectación de los caminos.

Respecto, a la humectación de los caminos para la etapa de construcción, se realizará con una frecuencia de 2 veces por día, previo a la utilización del camino, se regará con camiones aljibe y agua proveniente del drenaje de la mina, con un consumo diario de 140 mé.

La humectación de caminos para la etapa de operación, no requerirá de agua adicional a la utilizada actualmente, no obstante, se

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DOSIFANO DE pu

realizará de la misma manera que se ha realizado hasta el momento, es decir, 2 veces al día, previo a la utilización del camino, hasta el frente de trabajo.

La localización de los caminos utilizados, para la construcción y operación del proyecto, y sus coordenadas, se indican en la figura NO 3 de la DIA, la superficie total de los caminos será de 5,5 ha. El titular mantendrá un registro diario con información, de la cantidad de agua utilizada y los horarios en los cuales, se realizará la humectación. Para mayor detalle ver Anexo VI de la DIA, procedimientos de control operacional.

b) Etapa de operación

Las emisiones del proyecto, en la etapa de operación, serán de carácter permanente, la tabla N* 19 de la DIA, detalla la estimación de emisiones y las fuentes emisoras. El detalle de las actividades que aportarán a estas emisiones, se encuentra en Anexo VII de la DIA.

La tabla N* 20 de la DIA, muestra la situación actual y con proyecto, respecto de las emisiones de MP10. El Anexo VII de la DIA, detalla la metodología para la determinación de las emisiones, junto con toda la información que respalda los valores presentados.

3.2.2. Residuos líquidos a) Etapa de construcción

. Aguas servidas: corresponderá a los efluentes producidos por el aumento de trabajadores asociados a la ampliación del depósito de relave. De acuerdo a la Resolución N 938/05 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Antofagasta (ver Anexo | de la DIA), que aprueba las modificaciones del sistema particular interno de disposición final de aguas servidas domésticas, el sistema está autorizado para 490 usuarios. Actualmente, es utilizado por 200 usuarios, a los que se agregarán 10 nuevos usuarios por un periodo no mayor a 2 meses. La tabla N 21 de la DÍA, muestra las aguas servidas para la etapa de construcción del proyecto.

b) Etapa de operación

El proyecto en esta etapa, no generará residuos líquidos de ninguna naturaleza.

3.2.3. Residuos sólidos Para el manejo de residuos, el titular dispone

de cuatro tipos de instalaciones autorizadas, las que se encuentran ubicadas a 1 km al sur de la planta. Las instalaciones existentes son:

. Patio de tránsito para residuos industriales peligrosos.

Rellenos de seguridad para residuos peligrosos.

. Patio de tránsito para residuos industriales no peligrosos.

. Zanjas rellenos de residuos

domésticos e industriales asimilables a domésticos.

Para mayor detalle de las instalaciones y el manejo de los residuos, ver numeral 4.3 de la DIA, Anexo | de la DIA y Anexo Dg DIA,

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GOBIERNO Dr

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COMIÓN NACIOAS DEL MIO AMBIENTE

a) Etapa de construcción

. Residuos peligrosos: la generación de residuos peligrosos, será mínimo y corresponderá a los residuos generados por la mantención de las maquinarias utilizadas en la construcción e instalación de equipos. Se estima que se generará un volumen total aproximado de 2 m?. La tabla N* 22 de la DIA, muestra la generación de residuos peligrosos en la etapa de construcción del proyecto.

. Residuos industriales no peligrosos: los residuos productos de las excavaciones, serán utilizados en la misma faena. Se estima una cantidad de 70 m'. No existirán otros residuos de esta naturaleza, de cualquier manera, si se generarán serán recolectados, segregados y trasladados hasta el patio de tránsito de residuos industriales no peligrosos.

. Residuos domésticos y asimilables: la generación de residuos sólidos domésticos, en esta etapa, será mínima y corresponderá fundamentalmente a residuos de los casinos, producido por el aumento de trabajadores. Para mayor detalle, ver Anexo B de la Adenda N 1 de la DIA. La tabla N 23 de la DIA, muestra la generación de residuos domésticos en la etapa de construcción del proyecto,

b) Etapa de operación

El proyecto en esta etapa. no generará residuos sólidos de ninguma naturaleza. Dado que no hay un aumento del procesamiento de la planta, no hay un aumento en la cantidad de relave a disponer.

3.2.4, Ruido a) Etapa de construcción

El aumento de los niveles de ruido durante la fase de construcción, serán sólo diurnos, temporales y de carácter mínimo. Este se producirá debido al movimiento de vehículos y maquinaria utilizados para el traslado manejo de materiales. De acuerdo a lo indicado en el Decreto Supremo N* 146/97 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, la planta se encuentra en una zona definida como industrial, lo cual permite niveles de ruido de 61 dB por la noche y 57 dB por el día, Además, los receptores más cercanos se encuentran en el campamento de contratistas, que se localiza a aproximadamente 2.000 m del área de emplazamiento del depósito.

b) Etapa de operación

En la fase de operación, no se estiman emisiones de ruido adicionales a las existentes.

  1. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Expansión Depósito de Relaves Filtrados Faena El Peñón” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable.

  2. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Expansión Depósito de Relaves Filtrados Faena El Peñón” requiere el Permiso Ambiental Sectorial contemplado en el artículo N 84 del Decreto Supremo N 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, permiso que ha sido informado favorablemente por la Dirección Regional del Servicio Nacional de Geología y Minería de la Región de Antofagasta, durante el proceso de evaluación.

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SORIANO Dr

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  1. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N” 19,300 y, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Expansión Depósito de Relaves Filtrados Faena El Peñón” no generará ni presentará ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

  2. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes cuando éstos lo soliciten, y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

  3. Que, para que el proyecto “Expansión Depósito de Relaves Filtrados Faena El Peñón” pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables,

9, Que, el titular del proyecto deberá informar, inmediatamente, a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

  1. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito, a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta, de los cambios de titularidad y/o representación legal, así como los cambios de domicilio.

  2. Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del titular del proyecto y deberán ser implementadas por éste, directamente o a través de un tercero.

  3. Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta.

RESUELVE:

  1. CALIFICAR AMBIENTALMENTE FAVORABLE el proyecto “Expansión Depósito de Relaves Filtrados Faena El Peñón”, presentado por Minera Meridian Limitada.

es DECLARAR que, para que el proyecto pueda ejecutarse, el titular deberá dar cabal cumplimiento a todas las medidas y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución, así como también a cada una de las exigencias y obligaciones ambientales contempladas en su DIA, en sus Adenda, y en el Informe Consolidado de Evaluación, documentos que forman parte integrante de la presente Resolución.

  1. CERTIFICAR, que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables y que el proyecto “Expansión Depósito de Relaves Filtrados Faena El Peñón” cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en el Permiso dino

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DEL EOS

Sectorial contemplado en el artículo N 84 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y que no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N 19.300.

Anótese, NotifiqUeseyal titular y Archívese.

¡ÁNDEZ SLATER rte Regional Presidente

Regional del Medio Ambiente egión de Antofagasta.

FO MORENO CORR y/ Regional CONAMA Secretario

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