Evaluación SEA

PROYECTO CONDORIACO (Planta de Cianuración para Minerales de Oro y Plata)

Rol 4575438
SEA · DIA · Aprobado · 2010-05-10 · Región de Coquimbo · Patricio Javier Rendic Lazo

GOBIERNO DE

CHILE

COMISIÓN NACIONAL DEL MEDIO AMBIENTE

MAT.: Califica Ambientalmente Favorable la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Condoriaco (Planta de Cianuración)”.

be ,FO7 SOLUCION EXENTA N' LA SERENA, 21 SET. 2010

VISTOS:

  1. Lo dispuesto en la Ley N19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en la Ley, N20.417 que la modifica; el D.S. N'95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; La Ley N19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de La Administración del Estado; La Resolución N1600/2008 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y las demás normas aplicables al proyecto.

  2. La Declaración de Impacto Ambiental, en adelante e indistintamente DIA y sus Adenda del Proyecto “Condoriaco (Planta de Cianuración)”, presentada por el Sr. Patricio Javier Rendic Lazo, en representación de la Compañía Minera San Gerónimo (CMSG), en adelante e indistintamente el titular.

  3. Las observaciones y pronunciamientos de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

En relación con la DIA:

Ord. N 0834, de fecha 03.06.2010, de la SEREMI de Obras Públicas, Región de Coquimbo. Ord. N 593, de fecha 01.06.2010, de la Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo. Ord. N* 019, de fecha 04.06.2010, de la Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo.

Ord. N* 1112, de fecha 02.06.2010, del Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Coquimbo.

Ord. N? 829, de fecha 04.06.2010, de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Coquimbo. :

Ord. N* 37, de fecha 04.06.2010, de la SEREMI de Salud, Región de Coquimbo.

Ord. N* 417, de fecha 03.06.2010, de la Superintendencia de Servicios Sanitarios.

Ord. N* 972, de fecha 04.06.2010, del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo. Ord. N? 156, de fecha 03.06.2010, de la SEREMI, de Agricultura Región de Coquimbo.

Ord. N* 419, de fecha 07.06.2010, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Coquimbo.

Ord. N* 0485, de fecha 07.06.2010, de la SEREMI de Planificación y Coordinación, Región de Coquimbo.

Ord. N* 581, de fecha 07.06.2010, de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Coquimbo.

Ord. N* 3045, de fecha 07.06.2010, del Consejo de Monumentos Nacionales.

Ord. N* SE-04-2437, de fecha 03.06.2010, de la SEREMI de Bienes Nacionales, Coquimbo.

Ord. N* 1925, de fecha 05.06.2010, del Gobierno Regional, Región de Coquimbo.

Ord. N* 1242, de fecha 02.06.2010, de la Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Coquimbo.

En relación con el Adenda N?1:

Ord. N 1187, de fecha 26.06.2010, de la SEREMI de Obras Públicas, Región de Coquimbo. Ord. N 817, de fecha 02.08.2010, de la Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo. Ord. N* 1349, de fecha 29.07.2010, del Servicio Nacional de Geología y Mineria, Región de

Coquimbo.

Ord. N* 1067, de fecha 27.07.2010, de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Coquimbo.

Ord. N* 52, de fecha 02.08.2010, de la SEREMI de Salud, Región de Coquimbo.

Ord. N* 588, de fecha 28.07.2010, de la Superintendencia de Servicios Sanitarios.

Ord. N 1247, de fecha 29.07.2010, del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo. Ord. N 234, de fecha 02.08.2010, de la SEREMI, de Agricultura Región de Coquimbo.

Ord. N* 1036, de fecha 03.08.2010, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Coquimbo.

Ord. N* 0711, de fecha 04.08.2010, de la SEREMI de Planificación y Coordinación, Región

de Coquimbo.

Ord. N* 829, de fecha 04.08.2010, de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Coquimbo.

Ord. N* 3946, de fecha 04.08.2010, del Consejo de Monumentos Nacionales.

Ord. N” SE-04-2847, de fecha 05.08.2010, de la SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Coquimbo.

En relación con el Adenda N?2:

Ord. N 897, de fecha 24.08.2010, de la Dirección General de Aguas Región de Coquimbo. Ord. N 62, de fecha 25.08.2010, de la SEREMI de Salud Región de Coquimbo. Ord. N* 0876, de fecha 30.08.2010, de la SEREMI de Planificación y Coordinación, Región

de Coquimbo. Ord. N* 4245, de fecha 26.08.2010, del Consejo de Monumentos Nacionales.

  1. El Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto, de fecha 13 de Septiembre de 2010.

  2. El acta de la sesión de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Coquimbo de fecha 13 de Septiembre de 2010.

  3. Los demás antecedentes, que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto.

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Coquimbo debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto.

  2. Que, el derecho del titular a emprender actividades está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y a las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales.

  3. Que, según los antecedentes señalados en la DIA respectiva, el proyecto consiste en la obtención de concentrado de oro y plata mediante cianuración en pila de antiguos relaves, para lo cual se utilizará material ubicado a dos kms al Sur de la localidad de Condoriaco, el cual será trasladado desde este sector hasta el sector del Llano Los Infieles (entre Quebrada Socorro y Quebrada Marquesa), donde se construirá la planta de beneficio para extraer los metales requeridos.

Las coordenadas de ubicación del proyecto son:

Coordenadas UTM del Proyecto (Datum: PSAD 56) Norte Este 6.694.200 317.550

La obtención de los minerales se realizará a través de un proceso hidrometalúrgico, en el cual se utilizará cianuro de sodio en medio alcalino para la lixiviación de las pilas, obteniendo una solución rica en oro y plata, la que posteriormente será precipitada mediante la adición de zinc en polvo de acuerdo al método Merrill Crowe, en un medio libre de oxígeno.

La vida útil del proyecto se estima en 14 meses.

3.1. Etapa de operación:

Para realizar este proceso se requiere de una serie de etapas que se detallan a continuación: a. Recepción de la materia prima y carguío a tolva.

Los relaves serán transportados por camiones tolva de 14 m? hacia la zona de descarga en la cancha de acopio de la planta.

La cancha de acopio ocupará un área de 2.800 m”.La materia prima será acopiada y se alimentará a la tolva primaria mediante cargador frontal. Esta tolva poseerá en su acceso superior una parrilla de rieles separados 2 pulgadas uno de otro, para evitar que accedan al circuito piedras o terrones que interfieran con una buena operación de los tornillos o alimentadores de mineral.

b. Aglomeración y curado.

La lixiviación en pila requiere de conformar una masa de mineral dispuesta en forma de pirámide truncada, que posea una buena condición de escurrimiento y que no produzca apozamientos ni canalizaciones.

Estas condiciones no se cumplen, ya que la materia prima (relaves), presenta una fineza granulométrica que alcanza el 80% menos malla 325 tyler. Por esto, es necesario crear artificialmente un grano que soporte el escurrimiento y no se canalice, lo cual se consigue mezclando la materia prima con cemento y cal, más una solución humectante, proceso que se realiza en un tambor giratorio, formando pellets de entre 8 y 12 mm de diámetro.

La solución humectante consiste en agua y soda cáustica, con lo que se logra un pH 12, además de cianuro de sodio.

El mineral pelletizado y curado con cianuro se deja reposar un tiempo (fraguado), esto se materializa en una cancha impermeabilizada con geomembrana de HDPE de 1 mm de espesor, para que no se produzcan filtraciones de líquidos al subsuelo. Posteriormente, los pellets fraguados son cargados mediante cargador frontal a la pila de lixiviación.

c. Preparación del cianuro de sodio.

La preparación y el almacenamiento del cianuro de sodio se realizará en dos estanques de 60 m? cada uno, más una estación de bombeo con recirculación al estanque.

El cianuro se mezcla con soda cáustica y agua para obtener un pH igual o superior a 12, asegurando que no se generen vapores de HCN (ácido cianhídrico), por lo tanto, obteniendo.

un pH mínimo 12 se asegura la no formación de HCN.

dl ! Mediante un equipo detector de ácido cianhídrico (rango de O a 50 ppm), premunikó de REGION : + lumínica, sonora y digital, se medirá continuamente la potencial generación dE gases, DE

e. COQUIMBO p S

manera que sólo cuando exista la seguridad de mantener todas las condiciones equilibradas, se procederá a cargar y disolver el cianuro. En esta zona se opera con trajes impermeables, respiradores y guantes de goma, más el equipo detector de HCN ya mencionado. Un vez formada esta solución se bombea al estanque de almacenamiento y de allí se bombea al circuito.

d. Carguío a pila

El mineral aglomerado, curado y fraguado, se cargará a pila con cargador frontal, conformando fracciones de ésta, equivalentes a 1/15 del volumen total. Esto está referido al ciclo total del proceso de lixiviación, que alcanza a los quince días. Una vez que el mineral se encuentra en la pila, se instalarán los manifold de regadío. El ancho de cada sección alcanzará los 7 m. La altura de la pila alcanzará 1,50 m y la extensión de cada área alcanzará los 45 m.

e. Lixiviación en pila.

La pila, que poseerá una dimensión total de 45 m de ancho por 105 m de largo, se dividirá en quince porciones, de las cuales se cargará una cada día, con un tonelaje de 350 toneladas. En consecuencia, se cargarán 30 secciones de pilas en el mes, equivalentes a un total de 10.500 toneladas mensuales.

La cancha estará construida con una pendiente de 4% hacia la zona de piscinas, el área total de ésta se cubrirá con una capa de arena de 30 cm de espesor que servirá como zona de protección de la carpeta de HDPE, evitando que algún cuerpo extraño pueda romper la carpeta. La carpeta impermeabilizante HDPE se cubrirá con una capa de arena de 30 cm de espesor, similar a la capa de protección inferior.

Sobre la arena superior se instalará una serie de tuberías de drenaje de 2 pulgadas de diámetro, dispuestas en dirección a las piscinas de solución, con el fin de asegurar el escurrimiento de las soluciones producidas.

El área total de impermeabilización de la cancha será de 7.200 12, lo que incluye anclajes de borde, empalmes, canaletas y otros.

Se instalarán 12 cámaras para detectar filtraciones desde la pila, las que se ubicarán aguas abajo de la canaleta de la solución rica, cada 10 metros una de otra, a todo lo largo de la pila. Éstas tendrán una profundidad de 1,5 m por 1 m de diámetro. En el centro se instalará un tubo de HDPE de 10 pulgadas de diámetro que permitirá ver el fondo de la cámara. La cámara en cuestión será rellenada con material compuesto por granzas limpias de polvo de 1 a 2 pulgadas de diámetro que actuarán como elemento drenante, para captar cualquier filtración de solución que provenga de la pila. Estas cámaras deberán estar permanentemente secas, lo contrario indicaría existencia de filtraciones por rotura de la lámina impermeabilizante. De ser así, se procederá a aislar esa área de la pila, levantando todo el relleno existente sobre la lámina, para encontrar la rotura y repararla.

La línea de las cámaras de registro de detección de filtraciones poseerá las siguientes coordenadas UTM: N 6.694.272; E 317.536 y N 6.694.176; E 317.606.

e.1. Canaletas de solución rica.

La cancha poseerá dos canaletas en paralelo. La primera recibirá directamente la solución rica de la pila y tendrá la función de decantar las arenas o sólidos que puedan venir, y por rebalse, ésta se traspasará a la segunda canaleta, para ser transportada a las piscinas de solución rica. e.2. Manifold de regadío y tasa de regadío.

La solución de regadío será bombeada desde la piscina de solución barren (solución de

descarte de precipitación) mediante bombas centrífugas, hacia una red matriz de 125 mm de espesor. Esta red se instalará en paralelo sobre las canaletas de solución rica en toda su

extensión, cubriendo toda la pila a regar. De ella emergerán líneas de goteros para mantener un riego parejo, equilibrado y estable, que cubrirán todo el ancho de la pila. La tasa de regadío se mantendrá entre 5 y 7,5 litros/m?/h. Paralelo a esta red matriz existirá una segunda

línea, que servirá para el lavado de las pilas en su etapa de desimpregnación. e.3. Ciclo de tratamiento.

Cada ciclo de tratamiento está definido por los siguientes parámetros:

Parámetro Tiempo Carguío pila 12 horas Regado de pila 288 horas Drenaje pila 12 horas Lavado con agua 12 horas Drenaje final 24 horas Descarga pila 12 horas Total ciclo 360 horas = 15 días

e.4. Piscina de solución rica.

La solución rica de la pila se conducirá por gravedad a una piscina con capacidad de 700 m', dividida en dos secciones separadas por un muro intermedio, y unidas por un rebalse.

Poseerá un sistema detector de fugas, a modo de 4 cámaras de registro unidas por tuberías de drenaje y material de ripios drenante, para facilitar el escurrimiento de cualquier potencial fuga hacia las cámaras, las que podrán inspeccionarse desde la superficie a través de una tubería de HDPE de 110 mm, que quedará sumergida en la piscina.

Una vez construido el sistema de detección de fugas, se recubrirá el piso con ripio más una capa de arena de 30 cm de espesor, sobre la que se instalará una lámina de HDPE para impermeabilizar totalmente la piscina. Los bordes superiores se anclarán al piso, en una extensión de 50 cm.

Habrá una segunda piscina igual a la anterior, de seguridad, en caso de lluvias o emergencias inesperadas que ameriten un almacenamiento extra de soluciones.

La solución filtrada se almacenará en un estanque sellado de 50 mi, unido al sistema de precipitación con polvo de zinc mediante una cañería de 4 pulgadas de diámetro, que ingresará por la tapa superior del estanque y penetrará 3 m al interior de éste.

f. Precipitación con polvo de zinc.

El zinc metálico tiene una afinidad por el cianuro inmensamente mayor que la plata y el oro, condición que permite precipitar dichos metales. Posteriormente, se realizará la cementación del oro y la plata, bajo las condiciones que se mencionan a continuación:

  • Clarificación de soluciones.

  • — Desaireación o remoción de oxigeno disuelto.

  • Ajuste del pH y concentración del cianuro libre.

  • Dosificación de zinc en polvo.

  • — Filtración de los precipitados de oro y plata.

  • Piscina de solución barren.

  • Refinación de los precipitados.

g. Depósito de Ripios.

.. Las pilas agotadas en su procesamiento serán drenadas por 12 horas y luego lavada ¿hon Agus

fresca por goteo por 12 horas más, para desimpregnar los contenidos de mineralesy3 esPÚMMIMBO

de cianuro, permitiendo que éstos no representen un peligro de contaminación una vez apilados en el depósito de ripios. Finalmente, antes de descargar la pila se la dejará drenar un tiempo adicional de 24 horas, para reducir el contenido de líquidos de la masa mineral.

Cada sección de pila agotada se descargará mediante cargador frontal y camión que transportará estos desechos hacia el depósito impermeabilizado. Los ripios finales tienen una humedad media entre 8 y 10%. A medida que se efectúa la operación de llenado del depósito, los ripios se irán compactando y los líquidos emergentes se recogerán hacia un estanque, desde el cual, los que no se evaporen, se bombearán hacia las piscinas abastecedoras de soluciones para el proceso de cianuración.

El depósito tendrá una capacidad de diseño, en su máxima cota de construcción, de 154.963 m' en un área efectiva de depósito de 9.263 m?. A razón de 330 ton/día, se calcula un período de operación de 1,5 años, constituyendo un depósito con una altura media de 14,4 m y un talud de 2856” sexagesimales en todo su perímetro. Toda el área del depósito, incluyendo su

muro perimetral, será recubierta con una carpeta de HDPE de 1 mum de espesor. h. Insumos principales.

h.1. Cianuro de Sodio

Es el principal elemento que se utiliza como disolvente para el oro y la plata. Su consumo unitario es de 1 kg/ton de mineral. En consecuencia, el consumo mensual alcanzará a 10 Ton, lo que significa el almacenamiento de 100 tinetas de 100 kg cada una.

h.2. Hidróxido de sodio Se estima un consumo diario de 50 kg/día, lo que significa un consumo mensual de 1.500 kg.

h.3. Cemento y cal

Con el fin de mejorar las condiciones operacionales, se ha determinado utilizar envases de maxi sacos de 1.000 kg cada uno. Para ello existirá un sistema de descarga de éstos mediante la utilización de un puente grúa y un tecle articulado a distancia.

Existirá una capacidad de almacenamiento de 55 Ton de cemento y 10 Ton de cal equivalente a quince días de consumo.

h.4. Zinc en polvo

La introducción del zinc en polvo, fue un paso importante en la tecnología de la cementación. Su uso permite incrementar la velocidad de precipitación en cientos de veces, en relación al uso de Zinc en láminas.

Se ha dispuesto la utilización de un container, de uso exclusivo para el almacenamiento de zinc. Su consumo mensual será de 1.575 kg.

3.2. Etapa de cierre: a. Cierre perimetral

Al término de las operaciones se procederá a reparar y reponer los pilares o mallas del cerco perimetral, con el fin de evitar el ingreso de extraños o animales al recinto. El único portón existente será clausurado.

b. Planta de aglomeración

En general los equipos instalados son desmontables, de manera que la totalidad de ellos serán desarmados y enviados a la Planta Talcuna, para su conservación en el lugar de depositación, o comercialización posterior. Los equipos que entran en esta línea son:

e Tolva primaria.

Tolva de cemento y cal. Tornillos de alimentación. Correa transportadora.

Tambor aglomerador.

Stacker.

Bombas de solución cianurada. Estanques de almacenamiento. Maanifold de soluciones.

Los galpones y bodegas existentes serán desarmados y enviados a la Planta Talcuna, para su conservación en el lugar de depositación, comercialización o donación a agentes del sector.

Las excavaciones remanentes en el área de tolvas se rellenarán con estabilizados del sector hasta la rasante, y se dejará que opere la revegetación natural producto de colonización por sucesión secundaria.

c. Planta de cianuración y depósito de ripios

El área de la cancha de lixiviación se cubrirá con tierra del sector y las piscinas se rellenarán hasta la rasante. Esto permitirá que opere la vegetación natural, producto de la colonización por sucesión secundaria.

Se construirá una piscina de evaporación aguas abajo del depósito de ripios, de 90 x 50x 1 m, capaz de almacenar 4.500 m* de agua. (Considerando una precipitación máxima probable de 332 mm, en un área del depósito de 9.263 m?, se tendría un volumen de agua de 2.964 m').

La piscina se construirá en terreno natural, se impermeabilizará con arcilla y contará con un rebalse que evacuará hacia la zanja colectora de aguas lluvias de la planta, para canalizar hacia la quebrada.

Las aguas que caen directamente en la superficie del depósito de ripios se recogerán en el estanque del mismo y se vaciarán por gravedad hacia la piscina de evaporación.

Se perfilarán los taludes para evitar la erosión eólica e hídrica, además, se recubrirán los taludes con plantas autóctonas adaptadas a las condiciones naturales en el medio. Para ello se trabajará durante la vida útil del proyecto fortaleciendo el vivero actual de la Faena Talcuna de CMSG, preparando las viverizaciones y acondicionamiento de semillas correspondientes.

La superficie de la corona del depósito se emparejará, reforzando la pendiente positiva hacia los bordes. Complementariamente se cubrirá, con material grueso algunos sectores de la superficie, para aminorar el arrastre del polvo por efecto del viento.

Los equipos existentes en el área, llámese bombas de impulsión, manifold de regadío, filtros de solución, serán desmontados y enviados a la Planta Talcuna, para su conservación en el lugar de depositación o comercialización.

d. Planta de precipitación

Los equipos que componen esta área son todos desmontables, por lo que se enviarán a la Planta Talcuna para su conservación en el lugar de depositación, o comercialización.

Los equipos considerados en esta condición son:

e Estanque de solución rica filtrada. Tanque de desaireación.

Bombas de solución desaireada. Sistema de dosificación de zinc.

5.1.

e Filtro de prensa o mangas. e Filtro de bandeja.

e. Construcciones anexas

Las construcciones anexas en general, están conformadas por container los que serán desmontados y enviados a la Planta Talcuna, para su conservación en el lugar de depositación, comercialización o donación a agentes del sector.

En esta condición están las siguientes instalaciones:

Oficinas.

Casa de cambio. Comedor.

Bodega de materiales. Portería.

Bodega de zinc.

Taller mecánico.

f. Otros

  • Desenergización de instalaciones. e Clausurar aducciones de agua.

Finalmente, se tomarán todas las medidas necesarias, y se aceptarán recomendaciones de los Organismos competentes, para lograr la mayor seguridad y estabilidad al depósito de ripios tras el cumplimiento de su vida útil.

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto cumple con los requisitos para otorgar los Permisos Ambientales Sectoriales contemplados en los Artículos 88, 90, 91, 94 y 96, del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, el proyecto no generaría dichos efectos, en consideración a que:

En relación al riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos:

a) Emisiones a la atmósfera:

Etapa de construcción

Se generará material particulado (MP) asociado al tránsito de camiones y a las actividades de movimiento de tierra. También, se generarán gases de combustión debido al uso de maquinaria.

Medidas de control

Tránsito de vehículos a baja velocidad.

Cobertura con carpa de lona la carga que pueda generar polvo en su traslado. Humectación de caminos.

Vehículos con revisión técnica al día.

Etapa de operación Principalmente se generará material particulado (MP) asociado al tránsito de camiones y a las actividades de carga y descarga de los relaves.

Medidas de control

Para minimizar el MP asociado al tránsito de camiones, éstos transitarán a baja velocidad, con sus tolvas cubiertas con carpas de lona y se humectará diariamente el camino que contempla los 11 km desde los relaves hasta el camino privado a Mina Tugal.

Mientras que en la zona de carga de relaves, (ubicada a 2 km al sur de Condoriaco) se instalarán paneles móviles de malla rachel premunidos de marcos de madera de 4 m de alto por 4 m de ancho, que actuarán como cortinas corta viento, los cuales se irán instalando en diferentes partes a medida que progrese la actividad de extracción de relaves, siempre cercana a la operación del cargador frontal. Además, las tolvas de los camiones irán cubiertas con carpas de lona.

Para la descarga de los relaves en la planta, se instalarán paneles estáticos de malla rachel.

b) Residuos líquidos

Etapa de construcción

Los residuos corresponderán a las aguas servidas provenientes de los baños químicos, se estiman en 3.200 litros/día. El retiro, transporte y disposición de las aguas servidas generadas por su uso, se realizará a través de una empresa autorizada, según lo dispuesto en el Código Sanitario.

Etapa de operación Los residuos corresponderán a las aguas servidas y a las soluciones de lixiviación, las cuales se estiman en 5.300 litros/día y 100 litros/día respectivamente.

Las aguas servidas serán tratadas en una planta de tratamiento con infiltración del efluente final, cumpliendo con el D.S. N*46/02 (Norma de Emisión de Residuos Líquidos a aguas Subterráneas). Los lodos generados serán extraídos por camiones limpiafosas por una empresa especializada.

Las soluciones de lixiviación, provenientes de la compactación de los ripios, se acumularán en un estanque denominado “lago”, éstas se evaporarán y/o eventualmente serán enviadas mediante bomba a las piscinas abastecedoras de soluciones para el proceso de lixiviación.

c) Residuos sólidos

Etapa de construcción

Se generarán 32 kg/dia de residuos sólidos domiciliarios, los que serán transportados a la

Planta Talcuna del proponente por parte de una empresa autorizada para ser dispuesto finalmente en un vertedero autorizado.

Identificación Cantidad Tipo de manejo Destino Final 1. Escombros 20 m? Patio Salvataje Talcuna Vertedero Autorizado 2. Residuos domiciliarios 32 Kg/día Patio Residuos Domiciliarios Talcuna | Vertedero Autorizado

Serán retirados por empresa 50 Kg/semana | Bodega RESPEL Talcuna autorizada para su disposición.

  1. Aceites usados, guaipes, filtros

Etapa de operación El principal residuo a generar corresponde a los ripios del proceso de cianuració: . una generación de 2.310 Ton/semana, los cuales serán dispuestos en el depósito

5.2.En relación a efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, es posible indicar que el proyecto y sus actividades asociadas no generarían dichos efectos, características o circunstancias sobre estos componentes.

5.3.En relación al reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, el proyecto y sus actividades asociadas no generarían dichos efectos, características o circunstancias sobre esta componente.

5.4. En relación a la localización próxima a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, es posible indicar que el proyecto y sus actividades asociadas no generarían dichos efectos, características o circunstancias sobre esta componente.

5.5.En relación a la alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona, el proyecto y sus actividades asociadas no generarían dichos efectos, características o circunstancias sobre el valor paisajístico o turístico de una zona.

5.6.En relación a la alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, el proyecto y sus actividades asociadas, es posible indicar que el proyecto y sus actividades asociadas no generarían dichos efectos, características o circunstancias sobre estos componentes.

  1. Que, para que el proyecto pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables, entre las que se encuentran:

  2. D.S. N%72/85, Reglamento de Seguridad Minera y posterior modificación D.S. N*132/2002, marco regulatorio al que deben someterse las faenas de la industria extractiva minera nacional.

e D.F.L.N*725/67, Código Sanitario.

. D.S. N*146/97, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Establece Normas de Emisiones de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas,

  • DAS. N*144/1961, del Ministerio de Salud, que Establece Normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

. D.S. N*594/99, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales mínimas en los Lugares de Trabajo.

  • D.S. N*158/1980 del Ministerio de Obras Públicas, Fija peso máximo de los vehículos que pueden transitar por caminos públicos, establece límites de pesos por eje y límites de peso bruto total.

. D.S. N*46/02, de la SEGPRES, que Establece Normas de Emisión de Residuos Líquidos a Aguas Subterráneas.

. D.S. N*686/1998, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica.

. Ley N*17.288, del Ministerio de Educación, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas.

  1. Que, durante la evaluación del proyecto el Consejo de Monumentos Nacionales se pronunció conforme condicionado a que una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental favorable, el titular presente los siguientes antecedentes:

a. El registro arquitectónico, planimétrico y fotográfico de todas las estructuras históricas y restos patrimoniales que se ubican en el Área de Influencia Directa del área de explotación del relave, así como el catastro fotográfico y descriptivo de los diversos vestigios existentes en el área del proyecto, debe ser entregado al Consejo de Monumentos Nacionales un mes antes de iniciar las obras del proyecto.

b. La protección de las estructuras históricas, a través del cercado perimetral permanente de las distintas áreas de emplazamiento que se ubican cerca o dentro del área de explotación del

10

11.

12,

13,

14.

, Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión Regional

relave, deberá ser instalado antes del comienzo de las obras, para lo cual el titular deberá presentar una propuesta al Consejo de Monumentos Nacionales con las especificaciones técnicas de las protecciones. El tipo de cercado o protección deberá estar acorde con el paisaje y con los factores de riesgo sobre el patrimonio cultural.

c. Realizar charlas de inducción -por un arqueólogo- a los trabajadores del proyecto, sobre el componente arqueológico, histórico y patrimonial que se encuentra en el área y los procedimientos a seguir en caso de que se realicen nuevos hallazgos, se deberá remitir los contenidos de la inducción realizada y la constancia de asistentes a la misma.

d. Remitir al Consejo de Monumentos Nacionales una vez al año un Informe de Inspección (realizado por un arqueólogo) de las áreas protegidas por cercos perimetrales y que estarían cerca y dentro del área de extracción del relave.

Que, el titular del proyecto deberá informar de inmediato y por escrito a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Coquimbo, en un plazo no superior a 24 horas, la ocurrencia de cualquier hecho, circunstancia, accidente y/o contingencia, previstas o no, y sus posibles efectos o impactos ambientales. El titular deberá implementar, una vez constatado el hecho, ya sea por medios visuales o instrumentales, las medidas provisorias o definitivas necesarias para controlar, evitar y/o detener estos efectos o impactos e informar a esta Comisión. Asimismo, deberá coordinar con los órganos de la administración del Estado con competencia ambiental, la implementación de las medidas adecuadas para controlar, evitar, detener, restaurar y/o compensar en forma definitiva los efectos o impactos ambientales identificados dentro de un plazo no superior a tres (3) días contados desde la fecha de aviso a la Comisión Regional del Medio Ambiente de los eventos que alude el presente considerando.

Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Coquimbo, al menos con un mes de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

Que, el titular deberá entregar, dentro de los 45 días de informado el inicio de actividades del proyecto, el cronograma de cada uno de los compromisos ambientales asumidos (monitoreos, estudios, obras y actividades, entre otros), en base a un formato estándar entregado por la Secretaría de la COREMA.

Que, el titular deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

Que, la DIA, sus respectivos Adenda y el Informe Consolidado de Evaluación se consideran oficiales y partes integrantes de la presente Resolución, por lo tanto, todas las medidas y acciones señaladas en dichos documentos se consideran asumidas por el titular, el que se obliga a su cumplimiento, en lo que corresponda y a las modificaciones a que quede sujeto por la presente Resolución.

Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Coquimbo, la individualización de cambios de titularidad o domicilio.

Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de

responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

Ambiente de la Región de Coquimbo, . l

RESUELVE:

RE

1.

CALIFICAR FAVORABLEMENTE la DIA del Proyecto “Condoriaco (Planta de Cianuración)”, presentada al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental por Don Patricio Javier Rendic Lazo, en representación de la Compañía Minera San Gerónimo (CMSG).

CERTIFICAR, que el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable y que no generaría, ni presentaría ninguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N*19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y cumple con los requisitos para otorgar los Permisos Ambientales Sectoriales contemplados en los Artículos 88, 90, 91, 94 y 96, del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, los recursos de reclamación, contemplados en el artículo 20 de la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente, en el plazo y ante quien corresponda según las disposiciones del citado artículo.

Af ROJAS Direc: Ra Region NA Región de Coquimbo A Región de Coquimbo

SE Patricio Javier Rendic Lazo, representante Legal Compañía Minera San Gerónimo. ” Sres. Miembros de la COREMA de la Región de Coquimbo.

Ilustre Municipalidad de Vicuña.

Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo.

Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo.

Gobierno Regional, Región de Coquimbo.

Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo.

Servicio Nacional de Geología y Minería, Región de Coquimbo. Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Coquimbo. Consejo de Monumentos Nacionales.

Superintendencia de Servicios Sanitarios.

C/c:

Expediente del Proyecto “Condoriaco (Planta de Cianuración)”. Archivo COREMA, Región de Coquimbo.