Evaluación SEA

Optimización Sistema de tratamiento y disposición en suelo de RILes de Viña Santa Cruz S.A.

Rol 4567846
SEA · DIA · Aprobado · 2010-05-10 · Región del Libertador General Bernardo O'Higgins · Francisco Javier Correa Brahm

REPÚBLICA DE CHILE ) ] COMISIÓN DE EVALUACION VIREGION DEL GENERAL LIBERTADOR BERNARDO OHIGGINS

Califica Ambientalmente el proyecto "Optimización Sistema de tratamiento y disposición en suelo de RILes de Viña Santa Cruz S.A."

Resolución Exenta N” 260 Rancagua, 30 de Septiembre de 2010

VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas. del Proyecto "Optimización Sistema de tratamiento y disposición en suelo de RlLes de Viña Santa Cruz S.A.”, presentada por el Señor Francisco Javier Correa Brahm, con techa 10 de Mayo de 2010.

  2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

a) Referente a la Declaración de Impacto Ambiental

Oficio N"406, por Superintendencia de Servicios Sanitarios. con fecha 28/05/2010;

Oficio N1142, por Gobierno Regional, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con techa 31/05/2010; Oficio N1104, por SAG, Región del Libertador General Bemardo O'Higgins. con fecha 01/06/2010;

Oficio N“238, por SEREMI Agricultura, Región del Libertador General Bamardo O'Higgins, con fecha 02/06/2010; Oficio N“1109, por Dirección General de Aguas, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 03/06/2010:

Oficio N*1098, por SEREMI Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con techa 07/06/2010;

b) Referente a la Adenda N*1

Oficio N%1440, por SAG, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con techa 27/07/2010;

Oficio N*582, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 28/07/2010:

Oficio N%1431, por SEREMI Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 30/07/2010;

Oficio N"1203, por Dirección General de Aguas, Región del Libenador Genera' Bernardo O'Higgins, con fecha 30/07/2010:

Oficio N"368, por SEREMI Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 04/08/2010;

c) Referente a la Adenda N? 2 Oficio N*1788, por SEREMI Salud, Región del Libertador General Bemardo O'Higgins, con fecha 15/09/2010;

  1. La Resolución de Calificación Ambiental N* 379 de fecha 6 de Diciembre de 2007, la que aprobó la Declaración de Impacto Ambiental dei proyecto "Sistema de Tratamiento de riles, viña Santa Cruz"

  2. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Optimización Sistema de tratamiento y disposición en suelo de RlLes de Viña Santa Cruz S.A.”.

  3. Lo dispuesto en la Ley N” 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2” del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental la Ley 19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Organos de la Administración del Estado; la Resolución N 1600 de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N 55/92, ambas de la Contraloría General de la República: y las demás normas aplicables al proyecto.

  4. Acuerdo sesión de la Comisión Regional de Medio Ambiente de la Región del General Libertador Bemardo O'Higgins de fecha 27 de Septiembre de 2010.

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la VI Región del General Libertador Bernardo O'Higgins debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto “Optimización Sistema de tratamiento y disposición en suelo de RlLes de Viña Santa Cruz S.A.”

  2. Que, el derecho del Señor Francisco Javier Correa Brahm a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Organos de la Administración del Estado.

  3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto “Optimización Sistema de tratamiento y disposición en suelo de RiLes de Viña Santa Cruz S.A.” consiste en:

3.1. Antecedentes Generales

3.1.1. Localizacion

Viña Santa Cruz se localiza en Fundo El Peral, comuna de Lolo!, provincia de Colchagua, Región del General Libertador Bernardo O'Higgins. El fundo posee una superficie de 900 hectáreas, de las cuales 160 hectáreas corresponden a viñedos, los terrenos y actividades colindantes son terrenos agrícolas y forestales.

El punto representativo de la ubicación de la planta de tratamiento de RiLes es: (UTM, DATUM WGS 1984, USO 19 S)

Norte 6157040

E 264781

3.2. Sistema de Tratamiento

El proyecto de optimización del sistema de tratamiento, consiste en una mejora de la neutralización del RIL: la incorporación de nuevos equipos y nuevas unidades de homogenización, decantación y acumulación, contando con 5 estanques que se distribuyen en: uno de homogenización, cuatro de decantación y acumulación; finalmente se realiza el bombeo al sistema de disposición mediante sistema tecnificado cor aspersores.

En épocas de menor producción y por lo tanto de menor generación, se utilizan menos estanques de decantación y acumulación de RiLes, lo que permite en periodo de lluvias tener estanques vacios para acumulación del RIL. En los meses que se generan 20 m3/mes, se utiliza solo un estanque de decantación y acumulación, dejando los tres siguientes disponibles para acumular.

a) Filtración

En las cámaras principales de canalización del efluente existen canastillos de cribas de 10 mm, una cámara a la salida del patio de vendimia antes de la planta de Riles que posee un filtro con una criba 2mm. Estos retienen los sólidos de mayor tamaño como orujos y otros que pudiesen ser vertidos accidentalmente, ya que la limpieza de equipos y pisos se realiza primero en seco retirando todos los sóldos y posteriormente se realiza el lavado. cualquier sólido de gran tamaño que pase al RIL queda retenido en estos canastillos que son limpiados diariamente en vendimia

b) Homogenización y neutralización

El proceso de homogenización se lleva a cabo en un primer estanque de 5,4 m3 de polietileno cubierto, al RIL llega desde la Bodega que se encuentra a una cota de 133 m y ía planta de RlLes en cota de 121 m, recorre una distancia de 85 m, canalizado por una tubería de PVC. mediante una bomba se realiza recirculación a intervalos programados de acuerdo al caudal de descarga.

Además, el efluente en este estanque de homogenización, es neutralizado mediante un sistema automatizado, consistente en dos paneles de control, uno de acidez y otro de basicidad, dos bombas que tienen la capacidad de entregar pequeños caudales a altas presiones y dos sensores de pH que lo miden. Posee dos estanques de acumulación para ácido y base. Este sistema permite controlar dentro de los rangos 5.5 a 9,0 el pH con el cual sale el RIL del sistema de tratamiento.

c) Sedimentación

El sistema cuenta con 4 estanques de una capacidad de 5,4 m3 cada uno. de tal forma que se permita el depósito en el fondo de los estanque de todas aquellas partículas sedimentables. Se calcula generar 4,5 m3 de lodos en base húmeda al año.

A continuación, se presenta el balance de masa proyectado, períodos de retención en la planta y rendimiento de remoción por operación unitaria del sistema.

d) Monitoreo de las aguas durante las distintas fases del tratamiento

Se monitorearán los dias de máxima producción por un prestador de servicio extemo, con equipo de monitoreo automático: caudal, pH y T”, incluidos los parámetros contaminantes de DBO5 SST y NTK de una muestra compuesta proporciona! al caudal en el punto de descarga del RIL.

Se controlará internamente el pH en la unidad de neutralización y homogenización que contará con sondas de medición de pH, tableros de control automáticos, donde se adicione por bombas, base o ácido, según necesidad para neutralizar el RIL.

Se monitoreará diariamente la distribución del caudal a disponer, mediante el control de llenado de estanques, una vez conocidas las condiciones de humedad del terreno y necesidad de disposición, un operario comienza a controlar y supervisar la disposición mediante sistema tecnificado en los sectores que correspondan según programa.

e) Acumulación del RIL Se posee una capacidad de acumulación de 27 m3 para periodos de lluvias o saturación de la capacidad de campo en terreno de disposición, permitiendo retener el RIL hasta 20 días o más, en los meses de junio, julio y agosto.

f) Disposición de residuos en suelo. Una vez tratado el RIL, será dispuesto en una superficie de 1 hectárea con vid y siembra entre hileras, a través de un sistema de disposición tecniticado por aspersores.

El RIL será bombeado por una tubería de PVC, la cual cruza por sobre una quebrada. En este tramo ésta tendrá una longitud de 3 m y poseerá soportes anclados al terreno, en el Anexo 1 de la Adenda 1, página 3, se presentó un plano con el recorrido de la tubería hasta el sistema de disposición por aspersores. La distancia entre la planta de tratamiento de riles y el área de disposición es de 52 m.

En los meses de invierno se calculará la frecuencia de disposición en tunción del volumen real a aplicar y a un 80% la capacidad de campo del suelo.

3.2.1. Plan de aplicación de riles

a) Método de medición de la humedad del suelo previo a la aplicación de los riles. Para determinar e' contenido de humedad óptimo y realizar la disposición de riles en el suelo, se utilizará

tensiómetros.

b) Sectorización de las áreas de aplicación de riles

El área de riego es de una superficie total de 1 hectárea con vid y siembra entre hileras, que constará de 17 hileras divididas en 4 sectores, 1” sector: 4 hileras, 2? sector. 4 hileras, 3* sector. 4 hileras y 4? sector: 5 hileras. Es decir, se compone de 17 hileras, cada una con su llave de paso independiente, las cuales se abrirán o cerrarán según la necesidad de riego. Cada hilera tiene una dimensión de 100 m, con 5 aspersores cada una. El caudal por aspersor es de 12 min, por lo tanto el aporte de agua por hilera será de aproximadamente 60 Vmin.

En el Anexo 1 de la Adenda 1, se presentó el plano a escala predial con ubicación geográfica, croquis con ubicación del terreno de disposición de RlLes.

c) Tiempos de aplicación y las frecuencias, de acuerdo a las características de los suelos en el área de

aplicación. Los tiempos de disposición corresponderán al tiempo necesario para infiltrar una lámina neta efectiva. Á continuación. se presenta un programa tentativo mensual con tiempos y volúmenes a disponer por sectores.

a Programa de aplicación de RiLes en suelo - Meses RiL (litros) | Sector 1 (2353 m?) | Sector 2 (2353 m?) | Sector 3(2353 m?) | Sector 4 (2941 mé) minutos litros minutos litros minutos litros minutos litros Enero 100000 147 23530 147 23530 147 23530 184 29410 Febrero 20000 29 4706 29 4706 29 4706 37 5882 Marzo 70000 103 16471 103 16471 103 16471 129 20587 Abril 240000 353 56472 353 56472 353 56472 441 70584 Mayo 200000 294 47060 294 47060 294 47060 369 58820 Junio 120000 176 28236 176 28236 176 28236 221 35292 Julio 20000 29 4706 29 4706 29 4706 37 5882 Agosto 20000 29 4706 29 4706 29 4706 37 5882 Septiembre 40000 59 9412 59 9412 59 $412 74 11764 Octubre 100000 147 23530 147 23530 147 235390 184 29410 Noviembre 40000 59 9412 59 9412 59 412 74 11764 Diciembre 20000 29 4706 29 4706 29 4706 37 5882

En Anexo 2 de la DIA, se adjuntó el “Instructivo Disposición de agua RIL”, detallando el registro de control con la información de fecha, hora, sector, tiempo de riego. descarga, humedad y observaciones. conteniendo además responsable y verificador de la disposición

Se realizará un control de cada aplicación donde se medirá previamente la humedad y se registrará la cantidad a descargar por sector.

El titular contará con un registro periódico de las aplicaciones de RiLes al terreno. A través de este registro se controlará la materia orgánica incorporada al suelo agrícola, por hectárea. Estos registros estarán en las oficinas de la viña, a disposición de los organismos fiscalizadores cuando éstos los requieran,

La materia orgánica que posee el RIL no superará los 74 kg/cia/há, se reaizará monitoreos de DBOS5 durante los meses de mayor descarga. La oportunidad y frecuencia de los monitoreos será representativa de las condiciones de descarga, en términos tales que corresponda, a la descarga de residuos líquidos generados en máxima producción.

En relación a la necesidad de acumulación de RlLes, cuando éste no pueda ser aplicado por saturación de suelo u otras circunstancias, principalmente en los días de lluvia, el volumen disminuye a un promedio de 1 m3/día, lo que permite una acumulación de RIL de 20 días consecutivos o más, se contará con una capacidad de acumulación de 27 m3.

La saturación del suelo disminuye posteriormente a las lluvias, la humedad del suelo para reanudar la disposición se medirá con tensiómetros, considerando como máximo un 80% de humedad en las capas superiores del suelo, se considera como margen de seguridad más de un 20%.

3.2.2. Tratamiento y disposición de lodos Los lodos serán extraidos en torma manual o mecánica. Se calcula generar 4,5 m3 de lodos al año, sin embargo,

una vez deshidratados, su volumen disminuye a 1 m3.

Los lodos se extraerán aproximadamente cada 3 meses, posteriormente se acumularán en bins plásticos impermeables, para ser deshidratados por la acción del calor del sol, se estimó un tiempo no mayor a 20 días, de acuerdo a las temperaturas. Posterior a este periodo, se obtendrá un lodo manejable para ser incorporado al sistema de compostaje y finalmente aplicado al suelo.

En relación a la eventual generación de olores y vectores, el titular señaló que los volúmenes de lodos a manejar son pequeños y de rápida deshidratación, por lo que es poco probable su generación, sin embargo, se considerará como medida de preservación y estabilización aplicar una capa de cal, que impida la proliferación de vectores. Por otro lado, las casas más cercanas están a más de 350 m.

Caracterización de lodos orgánicos: Concentraciones de Lodos de uso agrícola.

Concentración máxima | Lodos húmedos |] Lodos secos de en de lodo (buse seca) | de AlLes RlLes 1de uso agricola Vitivinicolas Vitivinicolas

Parámetros Humedad Base seca 98% 2,9% Arsénico 40 mgkg. 0,01mgA 4.2 mg/kg Cadmio 40 mg'kg. <0.001mgl 0,87 mgkg Cobre 1.500 mgkg 0,02 mg 100 mg'kg [Mercurio 20 mgkg. <0/0005 mgl 0.023 mgikg Niquel 420 mykg <0,05 mg/l 55 mg'kg Plomo 300 mykg. <0,03 mall 11,3 mg/kg Selenio 100 mg kg. 2.832 mgfl 2,832 mykg Zinc 2800 mgKo. 0,17 mga _ 757 mykg Coliformes Fecales 1000 NMP+100 ml 3,7 NMP/100 ml

1 Concentraciones expresadas como contenidos totales. Roterencia: Anteproyecto de reglamento para el manejo de lodos no peligrosos generados en plantas de tratamiento de aguas.

Luego del mes de compostaje, el material orgánico depositado posee una rnayor estabilización, por lo cual no se generarán lixiviados en forma natural, las pilas serán cubiertas en periodos de lluvias con plásticos y tapadas con tierra por sus bordes para evitar que entre agua de escorrentía. Debido a las altas temperaturas generadas en el interior de la pila (reacciones exotérmicas), existe una gran pérdica de humedad, que evita la producción de lixiviados en las pilas.

Antes de comenzar la operación de compostaje, la cancha de compostación se cubrirá con una capa de 10 a 15 cm. de material de roca fragmentada de cerro que facilita el estabilizado y sellado de dicho sector. Se aplicará una segunda capa superticia! de maicillo (10 cm) que favorece el compactado final de dicho terreno, obteniéndose una velocidad de infiltración <0,5 cm/hr.

Se conservará la pendiente de 2 a 3% y se canalizará en forma perimetral, con zanjas impermeabilizadas con plástico para captar el eventual lixiviado, el cual será recepcionado en un contenedor a tambor plástico enterrado, sin embargo, y como medida de precaución, los materiales frescos. serán depositados sobre una cama de material pre-compostado de 20-30 cm de espesor.

3.3. Principales Descargas, Emisiones Y Residuos De Proyecto

3.3.1. Residuos líquidos.

a) Etapa de Construcción:

En esta etapa se requerirán menos de 2 operarios, los cuales permanecerán eventualmente en jomadas no continuas, para el montaje y puesta en marcha de los equipos. Por lo que, se utilizarán los baños instalados y funcionando en la bodega de vinos.

b) Etapa de Operación: Los RlLes orgánicos tratados serán dispuestos en el suelo agrícola por aspersión.

Programa de Monitoreo:

a) Prograrna de monitoreo agua efluentes. El programa de monitoreo propuesto, para efectos de los parámetros a medir se regirá basándose en la N.Ch. 1.333 Of78 y Guía de Riego “Condiciones básicas para la aplicación de RlLes de agroindustrias en riego”, SAG. Estos parámetros de acuerdo a la actividad productiva serán: . PH yo DBO5 Sólidos suspendidos totales Nitrógeno tota! Xligidal!. Conductividad eléctrica

  1. ..... (q.

Distribución de días de control en el año.

Mes Ene |Feb [Mar [Abr [May [Jun |Jul | Ago |Sep [Oct | Nov | Dic | Total Dias de control 1 U j ¡ 0 5

Con respecto al monitoreo, éste se ejecutará de acuerdo a la N.Ch 411/10, por laboratorio acreditado por la SISS. El punto de control será en la descarga al estanque de acumulación previo al bombeo hacia el riego tecnilicado.

En las oficinas de la bodega, se mantendrá permanentemente un registro con todos los resultados de los monitoreos realizados, disponibles para los organismos fiscalizadores en caso que éstos los requieran

b) Programa monitoreo de las aguas subterráneas De acuerdo a los antecedentes del predio. la napa subterránea se encuentra a más de 4 metros de profundidad. Se analizará, una muestra anual de agua de un pozo de observación ubicado en el área de disposición, los parámetros a medir de acuerdo a la Guia de riego son:

e pH

e Nitritos

e Nitratos

El muestreo será al final del período mayor de disposición. Las muestras serán tomadas bajo los requisitos de la norma N.Ch. 411/10.

En las oficinas de la bodega, se mantendrá permanentemente un registro con todos los resultados de los

monitoreos realizados, disponibles para los organismos fiscalizadores en caso que éstos los requieran

c) Programa de monitoreo del suelo: e Materia orgánica e Nitrógeno total e Conductividad eléctrica . pH.

Se tomarán muestras a los 15, 30 y 60 cm de profundidad, compuestas por submuestras que abarquen como máximo una superficie de hasta 1 hectárea. La frecuencia de monitoreo será anual, al final del periodo de mayor disposición.

Con respecto a la humedad del sueto, se monitoreará a protundidades de 30, 60 y 90 cm, con el fin de prevenir que los RlLes dispuestos, alcancen la napa freática. La frecuencia será semanal, durante el mayor periodo de disposición.

Se determinará la humedad con un tensiómetro agrológico, tomando muestras aleatorias.

En las oficinas de la bodega, se mantendrá permanentemente un registro con todos los resultados de los monitoreos realizados, disponibles para los orgarismos fiscalizadores en caso que éstos los requieran

3.3.2. Residuos sólidos.

a) Etapa de Construcción:

En esta etapa se generarán residuos asimilables a los domiciliarios, provenientes del material de embalaje y transporte de los equipos. los cuales serán tratados er conjunto con los residuos de similares características de la viña, y dispuestos para reciclaje o relleno sanitario según corresponda. Los materiales, como restos de fierros, alambre u otros, serán clasificados para reutilización o venta, las cantidades que se generarán son menores y se sumarán al plan de manejo integral de Residuos sólidos la Viña (anexo 5 de la DIA).

El material de excavación para la construcción de pozos y estanques se utilizará como relleno de nivelación de terreno dentro del mismo recinto.

b) Etapa de Operación:

Del sistema de ración de canales de desbaste (excepto |

Existen rejillas dentro de la bodega. una en la zona del Patio de Vendimia que converge a una cámara. la segunda en la Sala de Cuba que termina en otra cámara, ambas se unen en una canaleta que también posee rejillas, la cual finaliza en la cámara previa a la planta de riles, que posee un filtro que detiene todos los sólidos. En dicha cámara existe un canaslillo para retirar los sólidos que se acumulan.

Las cantidades que recogen estos canastillos. son variables dependiendo de la producción. Todos los sólidos mayores de caracteristicas orgánicas, como pepas, hollejos y borras. serán acumulados en bins plásticos. Estos residuos orgánicos son transportados diariamente al campo, para ser compostados controladamente e incorporados a los suelos de la Viña.

De los lodos: Los sólidos sedimentables que se depositen en el fondo de los estanques, serán recogidos, compostados e

incorporados al suelo de la viña.

Este proceso se realizará en la zona sur de la bodega dentro del cerco sanitario y se controlarán vectores voladores, con una empresa especializada, además serán controlados por un operario para evitar descomposiciones anaeróbicas, en caso de presencia se aplicará una capa de cal para neutralizarlos.

Los residuos del sistema de tratamiento de RILES principalmente son:

A Unidad de A Volumen o MESICUOS Generación Frecuencia | cantidad Pepas, orujos, borras Carastillos Anual 300 Kg. aprox. Lodos Orgánicos (secos) pozos Anual 4.500 lts. aprox.

3.3.3. Ruido.

a) Etapa de Construcción:

De acuerdo con la normativa de ruido (D.S. N” 146/97 del MINSEGPRES), los niveles de ruido serán minimos dado las operaciones a realizar, instalación de equipos y movimiento de tierra. El área de la pianta de tratamiento se encuentra emplazada en terrenos dentro del predio de la viña y no existen casas cercanas

b) Etapa de Operación:

El tuido que se generará será por el funcionamiento de las bombas instaladas en la planta de tratamiento y las ubicadas en los filtros. las casas más cercanas se encuentran a una distancia mayor a 200 m, a la cual el ruido será atenuado.

3.3.4. Emisiones a la atmósfera:

a) Etapa de Construcción:

Las emisiones a generarse en la etapa de construcción serán particulas en suspenstón por el tránsito de vehículos y maquinanas, especificamente para el traslado de equipos y materiales, con una duración mínima durante los primeros días de faena.

La medida de control a objeto de minimizar la emisión de material particulado será mantener húmedos el camino

lateral a la bodega por donde circularán.

b) Etapa de Operación: No existen fuentes de emisiones atmosféricas considerables en las instalaciones, por tanto no se generará este tipo de emisiones.

4.4, Medidas para el manejo de contingencias y mantenimiento del sistema

a) Cortes de energía eléctrica.

Históricamente éstos se producen por un breve tiempo (menor a un dia), lo cual no afecta el tratamiento de los riles, en caso de ser superiores se procederá a utilizar el generador eléctrico y de ser necesario se aumentarán los niveles de acumulación a máxima capacidad de diseño.

b) Altas precipitaciones. En caso de altas precipitaciones, éstas ocurren durante los meses de nvierno, época en la cual los RiLes disminuyen a menos de 1 m3/día y el tiempo de retención en los estanques es de 20 días.

c) Contaminación de la napa. Todas las cámaras y estanques plásticos de tratamiento están hechos de material impermeable que evita

infitraciones a las napas subterráneas.

En la eventualidad que esto ocurriese, como primera medida se informará a los servicios pertinentes, se suspenderá la disposición de aguas residuales al suelo y se monitoreará las aguas de los pozos de observación para determinar el tipo de cortaminación, elemento contaminante, y su cuantificación. Dependiendo de su naturaleza, se tomarán medidas correctivas las cuales previamente se informarán a la Autoridad Ambiental para su aprobación.

d) Fallas en el sistema de tratamiento. A modo de prevenir paros en el sistema de tratamiento, se realizará mantención de acuerdo a lo estipulado en un

programa de mantención.

e) Emisión de olores.

Según lo señalado por el titular, el diseño del sistema de tratamiento no genera malos olores, en caso de requerirse elevados tiempos de retención del RIL será en inviemo, pero en esta techa la carga orgánica es baja no provocando olores en su tratamiento. Por otro lado. la disposición, se realizará según un balance hidrico y controlando la carga orgánica a aplicar.

En la carcha de compostaje. en caso que por algún motivo anormal o de emergencia, se presenten olores molestos, se tomarán medidas de emergencia, como es agregar sobre la pila una capa superficial de aserrín o adicionar una capa de cal

f) Control de vectores.

En condiciones normales no hay proliferación de vectores, moscas u otros insectos, ya que el RIL está en constante movimiento y degradándose. En condiciones de falla, ésta será de corta duración y dado que no hay población cercana. no será de mayor impacto

9) Saturación de la capacidad de tratamiento. Se han diseñado equipos y tiempos para un caudal máximo de 13 m3/ día, con un margen de exceso, sobre éste caudal, de un 20%.

h) Medidas para el mantenimiento del sistema de tratamiento.

Se realizará una mantención preventiva de equipos del sistema, bombas, aireadores, filtros y otros, de acuerdo al programa de mantención de equipos: operacionalmente se mantendrá el sistema de acuerdo al manual de operación.

  1. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Optimización Sistema de tratamiento y disposición en suelo de RlLes de Viña Santa Cruz S.A.” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Optimización Sistema de tratamiento y disposición en suelo de RiLes de Viña Santa Cruz S.A.” cumple con:

4.1. Legislación Ambiental de Carácter General.

a) Ley N”19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente.

Articulo 10. Los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualesquiera de sus fases, que deberán someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental, en su letra o) Proyectos de saneamiento ambiental, tales como sistemas de alcantarillado y agua potable, plantas de tratamiento de aguas o de residuos sólidos de origen domiciliario, rellenos sanitarios, emisarios submarinos, sistemas de tratamiento y disposición de residuos industriales líquidos o sólidos: se acoge al sistema de evaluación de impacto ambiental a través de una Declaración de Impacto Ambiental con el objeto de asegurar el cumplimiento de todas las normas legales y reglamentarias aplicables.

El Proyecto consiste en modificación de planta de tratamiento, por tanto, se acoge a! SEIA, a través de una Declaración de Impacto Ambiental

b) Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental D.S. N” 95/02 MINSEGPRES.

De acuerdo alos artículos 14, 15 y 16 del Reglamento del SEIA, se desarrollan en esta DIA los siguientes aspectos:

  • La indicación del tipo de proyecto o actividad de que se trata.

  • Ladescripción del proyecto o actividad que se pretende realizar.

. La indicación de los antecedentes necesarios para determinar si el impacto ambiental que generará o presentará el proyecto o actividad se ajusta a las normas ambientales vigentes, y que éste no requiere de la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental, de acuerdo a 'o dispuesto en ¡a Ley y en el Reglamento.

  • La descripción del contenido de aquellos compromisos ambientales vcluntarios, no exigidos por la legislación vigente, que el titular del proyecto contempla realizar.

La indicación del modo de cumplimiento de los contenidos y requisitos de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos del Título VH del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

En consecuencia y en virtud de lo antecedentes indicados, se acredita el cumplimiento de la Ley sobre bases generales del medio ambiente y del Reglamento del SEIA.

4.2. Normas de Calidad del Aire:

a) Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, articulo 5.8.3

Establece normas de mitigación para emisiones de material particulado, el cual deberá ser cumplido por el proyecto en su etapa de construcción.

En su fase de construcción aplica el art. 5.8.3. ¡as medidas mencionadas en numeral 1 y 2,

Para su cumplimiento se implementará lo siguiente, con el objeto de mitigar el impacto de las emisiones de polvo y

material:

  • Seregará el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el periodo en que se realicen las faenas de relleno.

  • Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.

. Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados

b) Decreto Supremo N*55, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. mm Esta norma establece los valores máximos de gases que un vehiculo o motor puede emitir bajo condiciones normalizadas, a través del tubo de escape o por evaporación.

El tilular en este caso, tanto en la etapa de construcción como operación. se utilizarán vehículos que cumplan con su revisión técnica al día

4.3. Ruido

a) Decreto Supremo N” 146, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, publicado en el D.O, el 17 de Abril de 1998. Establece Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas

An. 5”.- En las áreas rurales, los niveles de presión sonora corregidos que se obtengan de ia emisión de una fuente fija emisora de ruido, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor, no podrán superar al ruido de fondo en 10 98 (A) o más.

Por las características de las obras civiles a ejecutar no se superará el ruido de fondo en más de 10 dB(A), ya que el receptor se encuentra a más de 200 m de distancia, en zona rural.

En la fase de operación, los equipos en funcionamiento son bombas centrifugas, para impulsión, las cuales generan un ruido minimo imperceptible para el receptor.

b) D.F.L N* 725. Código Sanitario.

Art. 89. letra b. La protección de la salud. seguridad y bienestar de los ocupantes de edificios o locales de cualquier naturaleza. del vecindario y de la población en general. asi también como de los animales domésticos y de los bienes. contra los perjuicios, peligros e inconvenientes de carácter mental o material que provengan de la producción de ruidos, vibraciones o trepidaciones molestos cualesquiera sez su origen.

Durante la fase de construcción y operación, no se superará en 10 dB(A) el ruido de tondo. No se generará vibraciones o trepidaciones molestas

4.4, Calidad del Agua.

a) Código Sanitario. Decreto con Fuerza de Ley N? 725.

Artículo 73. “Prohibase descargar aguas servidas y los residuos líquidos industriales o mineros en ríos lagos o laguna, o en cualquier otra fuente o masa de agua que sirva para proporcionar agua potable a alguna población, o para riego o balneario, sin que se proceda a su depuración en la forma que señale los reglamentos”

Dadas las caracteristicas del proyecto, no se descargarán las aguas tratadas ni aguas servidas a fuentes de agua mencionadas en el an. 73 del Código Sanitario. Por el contrario, se tratarán y serán dispuestas en el suelo cumpliendo la N.Ch. 1.333 y la guía "Condiciones Básicas para la Aplicación de Riles agroindustriales en Riego", ejecutado por la Consultora ATM Ingeniería Ltda., para el Servicio Agrícola y Ganadero, año 2004.

b) Norma Chilena 1.333/78. Fija criterio de calidad del agua de acuerdo a requerimientos científicos referidos a aspectos físicos, químicos y biológicos, según el uso determinado.

Estos criterios tienen por objeto proteger y preservar la calidad de las aguas que se destinen a diferentes usos, de la degradación producida por contaminación con residuos de cua'quier tipo y origen. Esta Norma en su pane 6: Riego, recomienda un pH para el agua de riego, recomienda valores máximos para algunos elementos químicos disueltos en agua de riego, indica las concentraciones sobre las cuales ciertos herbicidas causan daño a las cosechas, establece requisitos microbiológicos y parasitológicos y establece una clasificación del agua de riego según el grado de restricción en su uso en función de parámetros fisicos quimicos y bacteriológicos.

De acuerdo a las caracteristicas del RIL vitivinicola no son significativos los parámetros fisicos químicos mencionados en la Norma 1.333, a excepción del pH, este será controlado automáticamente saliendo con pH entre 5,5 y 9,0, para controlar este parámetro se realizaran los monitoreos de contro!.

Con respecto a los requisitos bacteriológicos establece un límite de 1000 colilormes tecales NMP/100ml. para cultivos de consumo crudo, no aplica. ya que los cultivos a los que se dispondrá el RIL. no son de consumo humano.

Cc) Ley N” 19.821 Deroga Ley N” 3.133/16 y modificada Ley N? 18.902 En materia de residuos Industriales.

Ant. 118. Con a lo menos noventa dias de anticipación a la entrada en operación de los sistemas de tratamiento, los establecimientos generadores de residuos industriales liquidos deberán dar aviso por escrito a la Superintendencia de Servicios Sanitarios. para generar la resolución respectiva.

Se dará aviso a la Superintendencia de Servicios Sanitarios con a lo menos noventa días de anticipación a la entrada en operación de los sistemas de tratamiento.

No se descargarán aguas residuales a cursos o cuerpos de agua superficiales y/o subterráneos, por derrames O contingencias, y en caso de efectuarse, se detendrá la disposición, se avisará a la autoridad ambiental y se implementarán las medidas de contingencias declaradas

Ante cualquier eventualidad que implique una descarga de Riles en curso superficial y/o que se genere algún grado de infitración hacia la napa subterránea, el titular del establecimiento emisor informará por escrito a la Superintendencia de Servicios Sanitarios, en un plazo no superior a 24 hrs. de ocurrido el evento, la razón por la cual se realizó dicha descarga, el tiempo de duración de la misma y el plazo en que se estima se dará solución definitiva al problema.

En caso de ser denunciadas irregularidades en el manejo de efluentes, entendiéndose como irregularidades en el manejo de efluentes, cualquier situación distinta a la presentaca en el proyecto sometido a evaluación y que pudiera afectar un curso o masa de agua superficial y/o subterránea, la SISS podrá tomar las acciones y/o aplicar las sanciones de acuerdo a lo establecido en los artículos 1? y 11", letras a, b, c. d de la ley 18.902, que otorga a esta superintendencia competencias fiscalizadoras y sancionadoras para ejercer el control de los residuos liquidos.

d) D.S. N” 594, Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

Artículo 17: En ningún caso podrán incorporarse a las napas de agua subterránea de los subsuelos o arrojarse en los canales de regadío, acueductos, rios, esteros, quebradas. lagos, lagunas, embalses o en masas o en cursos de agua en general, los relaves industriales o mineros o (as aguas contaminadas con productos tóxicos de cualquier naturaleza, sin ser previamente sometidos a los tratamientos de neutralización o depuración que prescriba en cada caso la autoridad sanitaria.

Los RiLes generados en la bodega de vinos son tratados en la planta de tratamiento. y dispuestos en el suelo cumpliendo con los parámetros establecidos en la N.Ch. 1.333 y recomendaciones de la guía “Condiciones Básicas para la Aplicación de RlLes agroindustriales en Riego", del Servicio Agrícola y Ganadero, año 2004.

Artículo 18: La acumulación. tratamiento y disposición final de residuos industriales dentro del predio industrial, local o lugar de trabajo, deberá contar con la autorización sanitaria. Para los efectos del presente reglamento se entenderá por residuo industrial todo aquel residuo sólido o líquido. o combinaciones de éstos. provenientes de los procesos industriales y que por sus características físicas, químicas o microbiológicas no puedan asimilarse a los residuos domésticos.

El manejo de los residuos liquidos, será a través un sistema de tratamiento y posterior disposición en suelo agricola.

€) D.L, N* 3,.557/1980: Ley de Protección Agrícola

Articulo 11. Establece que los establecimientos industriales, fabriles, mineros o de cualquiera otra indole que manipulen productos susceptibles de contaminar la agricultura se encuentran obligados a adoptar oportunamente las medidas técnicas y prácticas que sean precedentes a fin de evitar o impedir la contaminación. Sin perjuicio de lo anterior, deben acatar todas las medidas que el Presidente de la República dicte al respecto, por intermedio de los Ministerios de Agricultura o de Salud. Ante casos calificados de contaminación, el Presidente de la República puede ordenar la paralización total o parcial de ¡as actividades y empresas artesanales, industriales, fabriles y mineras que lancen humos, polvos o gases o que vacien en las aguas productos o residuos que. comprobadamente. perjudiquen la salud de los suelos o causen daño a la salud, vida. integridad o desarrollo de los vegetales o animales,

El proyecto contempla la disposición de RlLes en suelos agricolas. cumpliendo como referencia los parámetros de la N.Ch. 1333 y recomendaciones de la guía "Condiciones Básicas para la Aplicación de RlLes agroindustriales en Riego”. del Servicio Agricola y Ganadero. año 2004. controlando periódicamente los parámetros que pudiesen perjudicar los suelos o desarrollo de vegeta!es o animales.

4.5. Residuos Industriales Sólidos

a) Dei N? 594. Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

Articulo 18. La acumulación, tratamiento y disposición nal de residuos industriales dentro del predio industrial, local o lugar de trabajo, deberá contar con la autorización sanitaria. Para los efectos del presente reglamento se entenderá por residuo industrial todo aquel residuo sólido o líquido, o combinaciones de éstos, provenientes de los procesos industriales y que por sus características físicas, químicas o microbiológicas no puedan asimilarse a los residuos domésticos.

Los residuos sólidos generados en el tratamiento de RlLes son acumulados, compostados y dispuestos en suelos de la empresa.

Articulo 20. En todos los casos. sea que el tratamiento y/o disposición final de los residuos industriales se realice fuera o dentro del predio industrial, la empresa, previo al inicio de tales actividades, deberá presentar a la autoridad sanitaria una declaración en que conste la cantidad y calidad de los residuos industriales que genere, diferenciando

claramente los residuos industriales peligrosos.

La Empresa, cuenta con procedimiento interno de manejo de residuos. En este documento se declara la cantidad, cualidad, manejo y disposición de los residuos industriales sólidos generados.

b) D.L. N? 3.557/1980: Ley de Protección Agrícola

El artículo 9” establece la obligación a los propietarios, arrendatarios o tenedores de predios rústicos o urbanos pertenecientes al estado, al Fisco, a empresas estatales o a particulares, a destruir, tratar o procesar las basuras, malezas o productos vegetales perjudiciales para la agricultura. que aparezcan o se depositen en caminos, canales o cursos de agua, vias férreas, lechos de rios o terrenos en general. cualquiera sea el objeto a que estén destinados.

Según se indica en el procedimiento de manejo de residuos sólidos, estos requerimientos serán cumplidos bajo un adecuado manejo y disposición.

c) D.F.L. N? 1.122/81. Código de aguas. Art. 92. Prohíbase botar a los canales substancias, basuras, y otros objetos similares, que alteren la calidad de las aguas.

Los residuos industriales sólidos generados son gestionados de acuerdo al procedimiento de manejo de residuos sólidos, aprobado por la Autoridad Sanitaria de la Región de O'Higgins, con el objetivo de preservar la calidad de las aguas del predio.

4.6. Recursos Naturales

Ley 18755/1989. Establece normas sobre el Servicio Agrícola y Ganadero

Artículo 2*.- El Servicio tendrá por objeto contribuir al desarrollo agropecuario del país, mediante la protección, mantención e incremento de la salud animal y vegetal: la protección y conservación de los recursos naturales renovables que inciden en el ámbito de la producción agropecuaria del país y el control de insumos y productos agropecuanos sujetos a regulación en normas legales y reglamentarias,

El proyecto está formulado en base a principios de conservación de su entorno, cumpliendo con los requisitos legales vigentes y planes agronómicos afines con la conservación y protección de los recursos naturales.

  1. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Optimización Sistema de tratamiento y disposición en suelo de RiLes de Viña Santa Cruz S.A.” requiere de los permisos ambientales sectonales contemplados en los artículos 90 y 93 del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Artículo 90. En el permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros, a que se refiere el articulo 71 letra b) del D.F.L. 725/67, Código Sanitario, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente anticuio.

En el Estudio o Declaración de Impacto Ambiental, según sea el caso, se deberán señalar las medidas adecuadas para el control de aquellos factores, elementos o agentes del medio ambiente que puedan afectar la salud de los habitantes, de acuerdo a:

a) Caracterización correspondiente al residuo industrial de que se trate.

Corresponde a Establecimiento Industrial, código CU 31322, Elaboración de vinos. Dando cumplimiento al Procedimiento de Establecimiento Industrial y al programa de monitoreo de RILES otorgado por la SISS, el 1? de agosto 2000 en Res. N*1732.

b) La cuantificación del caudal a tratar, evacuar o disponer.

E Periodo Parámetro RIL crudo | Unidad Vendimia Post” Vendimia Caudal mI'día 13 2 DBO5 mg 10.000 2.500 ES mg 600 [150 Nitrógeno Total mal 16 [10 PH Unidad 2.2-13,4 1 6.67-7,62 Nota: fuente propia y guía riego SAG NORMAS DE EMISIÓN NCh 1333 _ | SAG Resultados Límite esperados del máximo Limite máximo | RIL a disponer Parámetro Unidad Expresión permitido recomendados Coliformes Fecales o | NMP/100 mi | Coli'100 mi 1000 <1000 Termotolerantes DBOS5 Kg/diaha DBO5 - 112 <112 Sólidos Suspendidos my Ss 500 a 1000 | 80 <300 Totales Ñ Nitrógeno Total mgl NT Y <30 pH pH 5,5-9,0 5,5 -9,0

Cc) Tipo de tratamiento de los residuos industriales Tratamientos primarios: neutralización, filtración y sedimentación. No se reciben RILES de otras empresas la planta

es diseñada exclusivamente para tratar las aguas residuales que genera la bodega de vinos de Viña Santa Cruz.

d) La evacuación y disposición final de los residuos industriales y mineros, considerando, entre otros, los olores.

La evacuación o disposición final de los RiLes tratados, corresponderá a la utilización de dicho RIL como agua a disponer en el suelo. Con respecto a los olores, el presente Sistema de Tratamiento de RlLes generara olores poco perceptibles, por las características acróbicas del proceso y es ubicado alejado de viviendas.

e) El efecto esperado de la descarga sobre el cuerpo o curso receptor, identificando los usos actuales y previstos de dicho receptor.

De acuerdo a lo señalado anteriormente. los RiLes tratados serán dispuestos en el suelo, cumpliendo con los parámetros establecidos en la NCh N” 1.333 y la guía "Condiciones Básicas para la aplicación de RiLes agroindustriales en Riego" del SAG, razón por la cual no existe ningún efecto en la descarga al cuerpo receptor.

f) La identificación de existencia de lodos. Se estima, una generación de lodos de 4.5 m3

9) Las caracteristicas del tratamiento, disposición o evacuación de los lodos. Los lodos que se generarán serán extraidos una vez al ano en época de baja generación de RILES, serán deshidratados, tratados y dispuestos como fertilizante y/o mejorador de suelo de la Viña.

Artículo 93. En los permisos para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase: o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. N” 725/67, Código Sanitario, los requisitos para Su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo.

En el Estudio o Declaración de Impacto Ambiental, según sea el caso, se deberán señalar las medidas adecuadas para el control de aquellos factores, elementos o agentes del medio ambiente que puedan afectar la salud de los habitantes, de acuerdo a:

a) Descripción del proceso de compostaje.

En términos generales el Compostaje se puede detin'r como una biotécnica donde es posible ejercer un control sobre los procesos de biodegradación de la materia orgánica. La biodegradación es consecuencia de la actividad de los microorganismos que crecen y se reproducen en los materiales orgánicos en descomposición. La consecuencia final de estas actividades vitales es la transformación de los materiales orgánicos originales en otras formas químicas. Los productos finales de esta degradación dependerán de los tipos de metabolismo y de los grupos fisiológicos que hayan intervenido.

La finalidad de la compostación de desechos orgánicos consiste, desde el punto de vista técnico, en la obtención de condiciones fisico-químicas que permitan desarrollar una degradación microbiana en forma tal que la presión causada por el proceso sobre el medio ambiente se reduzca al mínimo y al mismo tiempo se obtenga una calidad de producto tal que corresponda a las exigencias que imponen las diferentes aplicaciones.

b) Localización y características del terreno

La Viña cuenta con un campo el cual abastece con materia prima para compostar, el sitio a realizar dicho proceso se encuentra ubicado dentro de los terrenos pertenecientes a Viña Santa Cruz S.A. sector denominado El Peral, salida sur de Viña Santa Cruz, a 1,2 Km. de la carretera Lolol-Santa Cruz.

El Sector de compostaje de una superficie de 0.25 ha, son suelos de textura Franco Arcillo Arenosa en superficie,

en profundidad son formados por un coluvión grano diorítico, con depósitos aluviales de la quebrada ocasional La

Leona. La textura del suelo está compuesta por 25% arcilla, 26% limo, 49% arena. (Análisis de Suelo Agrolab N”

(Sn ubicados en cota 114, con una pendiente de 2%. Se procederá a acondicionar el terreno en la siguiento

orma:

  • Se cubrirá con una capa de 10 a 15 cm. con material de roca fragmentada de cerro que facilita estabilizado y sellado de dicho sector.

  • Se aplicará una segunda capa superficial de maicillo (19 cms) que favorece el compactado tinal de dicho terreno, evitando una lixiviación de '¡quidos.

  • Se conservará la pendiente de 2 a 3% y se canalizará en forma perimetral para facilitar la evacuación de aguas lluvias.

El suelo de la zona de compostaje es de textura franco arcillo arenosa. por lo que posee una impermeabilización natural. El relieve es plano, con una pendiente no mayor a 2%, el agua se canaliza por acequias hechas alrededor de la cancha de compostaje hacia desagues de aguas lluvias, cabe señalar que en época de invierno el proceso de compostaje ya ha concluido casi en un 70%, sin embargo, se cubre el total de las pilas con plástico y se sella a su alrededor con tierra para evitar que ingrese agua lluvia que lixiy'e el material. Las casas más cercanas están ubicadas a más de 200 m de las canchas de compostaje.

c) Caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos Las principaies materias primas que contorman las pilas de compostaje son: orujos, escobajo o raspón; cortes de césped fresco; estiércol de caballo; aserrin

Materia Prima Generada Cualitativa Cuantitativa Guano N 10 m3

Lodo E 4,5 m3 Orujo-Escobajo NyC 130 Ton

Cortes de césped fresco N variablo

Aserrin Soporte contorno pilas Según necesidad

La mezcla de estos productos es por capas. confeccionando pilas de 2 m ce alto y 2 m de ancho, en invierno se

cubren con plástico para evitar saturación por aguas lluvias. Los trabajos de mezcla y movimiento constante de las pilas se realizarán con maquinaria calificada para dicha labor (retroexcavadora).

También se llevará un registro de temperaturas de cada lote. el proceso tendrá una duración entre 8 y 12 meses.

d) Obras civiles proyectadas y existentes Se contará con zanjas alrededor de la cancha de compostaje y contenedor de posibles lixivados.

e) Vientos predominantes El titular señaló que los vientos predominantes son en dirección Este.

f) Formas de control y manejo de material particulado, de las emisiones gaseosas, de las partículas de los

caminos de acceso e internos que se pretenda implementar, y de olores, ruidos, emisiones líquidas y

vectores.

  • Material particulado: se humedecerán los caminos y la cancha de compostaje.

  • Emisiones Gaseosas: se voltean constantemente 'as pilas

  • Ruidos: no se generan ruidos considerables

  • Emisiones liquidas: la cancha se impermeabiliza. las pilas se cubren en invierno y se canalizan las aguas lluvias.

+. Vectores: se aplica insecticidas para el control de moscas y Mosquitos.

9) Caracteristicas hidrológicas e hidrogeológicas De acuerdo a los antecedentes del predio, la napa subterránea se encuentra a más de 4 metros de profundidad.

h) Planes de prevención de riesgo y planes de control de accidentes, enfatizando las medidas de seguridad y de control de incendios, derrames y fugas de compuestos y residuos

En caso de incendio. existe una brigada de incendios capacitada.

El control operación se realiza diariamente, existe un supervisor encargado y un operario para desarrollar la actividad de compostación.

i) Manejo de residuos generados dentro de la planta

Los residuos inorgánicos que pudiesen venir en el material orgánico a compostar, serán acumulados en un contenedor debidamente identificado, para posteriormente ser enviado y dispuesto en sitio autorizado por la Autoridad Sanitaria.

j) Sistema de manejo de lixiviados

No existirá [Ixiviados ya que las pilas son cubiertas con plásticos y tapadas con tierra por sus bordes para evitar que entre agua de escorrentía, en caso de emergencia se crearán zanjas impermeabilizadas alrededor de la cancha de compostaje y se captará el lixiviado en un contenedor, para finalmente disponerlo en la planta de RiLes o reincorporando a las pilas de acuerdo a la necesidad de humedad de éstas.

Debido a las altas temperaturas generadas en el interior de la pila (reacciones exolérmicas). existe una gran pérdida de humedad en forma de vapor. que evita la producción de lixiviados en las pilas. Sin embargo, y como medidas de precaución. los materiales frescos, serán depositados sobre una cama de material pre-compostado de 20-30 cm de espesor.

k) Sistema de manejo de los rechazos Todo el material es seleccionado por los encargados dei proceso, en caso de rechazos se procederá de acuerdo al procedimiento de manejo de residuos interno.

  1. Que, en lo relativo a los efectos, caracteristicas y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N” 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Optimización Sistema de tratamiento y disposición en suelo de RlLes de Viña Santa Cruz S.A.” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, caracteristicas y circunstancias.

  2. Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta er el expediente respectivo, el titular no presenta compromisos ambientales voluntarios.

  3. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la VI Región del General Libertador Bernardo O'Higgins, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Organos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y tacilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

  4. Que, para que el proyecto "Optimización Sistema de tratamiento y disposición en suelo de RlLes de Viña Santa Cruz S.A.” pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  5. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la VI Región del General Libertador Bernardo O'Higgins, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

  6. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Vi Región del General Libertador Bemardo O'Higgins, la individualización de cambios de titularidad.

  7. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

  8. Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la VI Región

del General Libertador Bernardo O'Higgins.

RESUELVE:

A

  1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto “Optirnización Sistema de tratamiento y disposición en suelo de RiLes de Viña Santa Cruz S.A.”, presentada por el Señor Francisco Correa Brahm en representación de Viña Santa

Cruz S.A.

  1. CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Optimización Sistema de tratamiento y disposición en suelo de RlLes de Viña Santa Cruz S.A. * cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 90 y 93 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Notifíquese y Archívese

y A . Ñ odrigo Pérez Mackehina ¿ Intend valuagión 1

. 7) S 5 a : MSC/MEJ/PSB/GÍA a

Distribución: + Francisco Javier Corrca Brahm Dirección General de Aguas - Rancagua Gobierno Regional, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins Ilustre Municipalidad de Lolol SAG, Región del General Libertador Bernardo O'Higgins SEREMI Agricultura, VI Región SEREMI Salud, Región del General Libertador Bernardo O¿Higgins Superintendencia de Servicios Sanitarios

969.000.000.

Che: + Expediente del Proyecto “Optimización Sistema de tratamiento y disposición en suelo de RILes de Viña Santa CruzS.A.* » Archivo Servicio Evaluación Ambiental, VI Región del General libertador Bernardo O'Higgins

El documento original está disponible en la siguiente dirección url:http://firma.e- seia.cl/0b/2b/c74fadcb97 1 5dab094c2ccfd4cK8cf8 1 Sdexa