PLANTA EMPRESAS JORDAN S.A.
VISTOS:
REPÚBLICA DE CHILE. _COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO
4.
5.
6.
Califica Ambientalmente el proyecto "PLANTA EMPRESAS JORDAN S.A. "
Resolución Exenta N* 146/2011
Santiago, 18 de Abril de 2011
Lo dispuesto en la Ley N19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 9 de Marzo de 1994, modificada por la ley N20,417 publicada en el Diario Oficial el 26 de Enero de 2010; en el Decreto Supremo N95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 07 de Diciembre de 2002; en la Resolución N1600/2008 de la Contraloría General de la República que fija Normas Sobre el Tramite de Toma de Razón; en la Resolución Exenta N* 130, de fecha 28 de enero de 2011, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental y en las demás normas jurídicas aplicables al proyecto.
La Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Planta Empresas Jordan S.A”, localizado en la comuna de Renca, sometido por su titular, Empresas Jordan S.A., al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, los cuales se contienen en los siguientes documentos:
Oficio N'SRM RMS N 051/2010 (seia - dia) de la Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, RM, de fecha 23/04/2010; Oficio N511 de la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, de fecha 03/05/2010; Oficio N%322 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 03/05/2010; Oficio N%0365, del Ministerio de Energía, de fecha 04/05/2010; Oficio N3273 del Servicio de Vivienda y Urbanización RM, de fecha 04/05/2010; Oficio N1927, de la Ilustre Municipalidad de Renca, de fecha 06/05/2010; Oficio N%002 del Gobierno Regional, Región Metropolitana, de fecha 04/05/2010; Oficio N3738 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, de fecha 07/05/2010; Oficio N"3766 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones RM, de fecha 05/05/2010; Oficio N2035 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo RM, de fecha 14/05/2010; Oficio N337, de la Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, de fecha 04/05/2010; Oficio N4836 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, de fecha 03/05/2010; Oficio N812 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 08/10/2010; Oficio N7645 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones RM, de fecha 08/10/2010; Oficio N"4756 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo RM, de fecha 14/10/2010; Oficio N8430 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana , de fecha 12/10/2010; Oficio N86 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 31/01/2011; Oficio N1153 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, de fecha 09/02/2011; Oficio N721 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo RM, de fecha 11/02/2011; Oficio N2216 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, de fecha 28/03/2011.
El acta del Comité Técnico de fecha 11 de Abril de 2011.
El Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Planta Empresas Jordan S.A”.
Los demás antecedentes que constan en el expediente de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Planta Empresas Jordan S.A”.
- El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, de fecha 14
de abril de 2011. CONSIDERANDO: 1. Que, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago debe velar por el cumplimiento de todas las normas y requisitos ambientales aplicables al Proyecto “Planta Empresas Jordan S.A”.
-
Que, el derecho del titular del Proyecto “Planta Empresas Jordan S.A.”, a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y a las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Organos de la Administración del Estado, cuando corresponda otorgar tales permisos.
-
Que, según lo señalado en la Declaración de Impacto Ambiental, en sus anexos y adenda, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, el Proyecto “Planta Empresas Jordan S.A”, consiste en la regularización de un proyecto industrial que cuenta con 3 líneas de producción distintas, que corresponden a 3 empresas instaladas en la misma dirección y por ende utilizan la misma potencia instalada y que se encuentran relacionadas entre sí:
-
Empresas Jordan S.A.
-
Vigamil S.A.C. eL
-
Archivert S.A.
Jordan S.A. es una empresa con más de 25 años en el negocio de la impresión y ofrece una variada gama de productos y servicios a sus clientes, que contempla servicios de Impresión
Offset, Impresión Variable, Impresión de documentos de Seguridad, Mecanizado, Generación y Hosting de Documentos Virtuales.
Vigamil es una empresa especializada en la fabricación de envases para correspondencia, tales como sobres, sacos, carteras, etc. que presta servicios, entre otros, a Empresas Jordan S.A.
Archivert S.A. es en la única empresa en Chile que puede fabricar tarjetas tipo crédito (otras empresas las importan y sobreimprimen).
3.1 Descripción de Proyecto L Agua Potable y Alcantarillado
La Empresa se encuentra dentro del área de concesión de una sanitaria. En anexo N%4 de la DIA, se presenta factura de agua potable.
n. Aguas Lluvias Las aguas lluvias se evacuan desde las techumbres, terrazas y patios de acceso, mediante la retención e infiltración de las aguas en zanjas que se encuentran dentro de los límites del terreno. La evacuación desde las techumbres, pavimentos y terrazas se efectúa mediante bajadas circulares, ejecutadas en PVC sanitario. Todas las bajadas de aguas lluvias desaguarán previamente a cámaras decantadoras, antes de la incorporación de ellas a las zanjas de drenajes. En el tema de aguas lluvias, no se generan mayores caudales de escurrimiento superficial producto de la construcción de superficies impermeables, considerando los coeficientes de escorrentía y la tormenta de diseño establecida en el Plan Maestro de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvia del Gran Santiago, y de acuerdo a indicaciones técnicas del SERVIU Metropolitano.
Tn. Combustibles El 75% de las instalaciones de Empresas Jordan S.A. funciona con electricidad, que se utiliza como energía motriz para el funcionamiento de cada uno de los equipos y para la iluminación de la planta, el 20% corresponde a gas licuado el cual es utilizado en casino y caldera, y un 5% de la planta utiliza petróleo diesel, necesario para el funcionamiento de los grupos electrógenos en situaciones de corte de suministro de
electricidad, o en los periodos indicados en el contrato de horas punta que la empresa sostiene con Chilectra.
,
aL Tipo Uso Año 3 combustible Instalación
(m”)
PETROLEO Abastecimiento 45 DIESEL grupos electrógenos 2008 2,5 NN DE Insumo procesos 2008 3,5 ISOPROPANOL | Insumo procesos 2008 4 Abastecimiento
GAS LICUADO | caldera y casino 2007 2 Abastecimiento
GAS LICUADO | caldera y casino 2007 4 Abastecimiento
GAS LICUADO | caldera y casino 2003 2 Abastecimiento
GAS LICUADO | caldera y casino 2004
Iv. Grupos Electrógenos La empresas cuentan con 2 grupos electrógenos de 550 KVA (440 KW) cada uno, de respaldo, los que
utilizan petróleo diesel como combustible, el cual es almacenado en un estanque de 4,5 mé. Los grupos electrógenos están sujetos a un contrato de horas punta con la empresa Chilectra, que en los
meses de abril a septiembre puede solicitar la desconexión al suministro de electricidad en un máximo de 5 horas diarias de lunes a viernes.
Ne Tipo Fecha de Capacidad Capacidad . Ñ Marca Modelo : ; ., |instalada [estanque [Observaciones Registro combustible | instalación : (KW) propio
Grupo PR PERKINS | 2800 PETROLEO 2005 440 500 L. electrógeno 7160 DIESEL
de Respaldo
Grupo PR lvoLvo |TaD1636E | PETROLEO |, 095 440 SO0L. — [electrógeno 7161 DIESEL
de Respaldo
v. Electricidad e lhuminación
El abastecimiento de electricidad es proporcionado por la empresa Chilectra S.A. Por su parte la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC) visó la correcta ejecución de instalaciones, empalmes y conexiones antes de autorizar la puesta en servicio del sistema eléctrico de la planta. En cuanto a las instalaciones de empalmes, tableros, canalizaciones, alumbrados, circuitos de fuerza, corrientes débiles y telefonía entre otras, fueron inscritas en la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC) antes de la puesta en marcha del sistema, de manera de garantizar que los materiales y equipos utilizados, cumplen con las normas técnicas de la SEC y el Instituto Nacional de Normalización (INN). (En anexo 8 de la DIA, se presentó Factura de Electricidad y TE 1)
vL Protección contra Incendios Las empresas cuentan con Red húmeda para el sector de bodega de materias primas, la que es alimentada por 2 estanques de 26.000 litros cada uno. Todos los equipos contra incendio se encuentran certificados. Empresas Jordan S.A. cuenta con extintores dentro de las áreas de trabajo de acuerdo a lo exigido en el
artículo 46 D.S, N"594 del Minsal; además cuenta con red húmeda de incendio que posee las siguientes características:
Red Húmeda
El detalle de la red húmeda corresponde a:
- Manguera de incendio circular rígida 1.5” 30 mtrs de alcance efectivo.
-
Protección unipersonal.
-
Carretes de alojamiento Certificado “Idem”
-
6 Pitones tres posiciones Directo, cierre y lluvia.
-
120 m Cañería de 2” y reducciones de 1.5” soportes
-
Peras de soporte, abrazaderas pernos de anclaje y uniones mecánicas en T de 2”
-
Pintura anticorrosiva.
-
Instalación Perimetral y alcance efectivo
Equipo de apoyo - 5 Redes secas al perímetro empresarial.
Cursos de Capacitación
Todos los trabajadores de Empresas Jordan S.A. están capacitados por el Prevencionista de Riesgo, en cuanto a la utilización los elementos de protección personal, Plan de Manejo de Residuos Peligrosos y manejo y adecuado uso de los extintores.
La empresa está constituyendo una brigada de incendios.
VIL Plan de Emergencia Las empresas cuentan con un plan de emergencias cuyo objetivo principal es coordinar acciones y disponer de los medios necesarios para evitar situaciones de emergencias, evitando lesiones a las personas y minimizando los daños a equipos, materiales e instalaciones. Para tales efectos, ha implementado y coordinado con bomberos un Plan de Emergencia el cual es aplicado por todos los trabajadores y contratistas en caso de ser necesario, siendo la Experto en Prevención de Riesgo el encargado de que este Plan se cumpla.
VI. — Vías de Evacuación
Las empresas cuentan con una serie de vías de evacuación definidas claramente en el plano general en donde se indican las vías de evacuación y emergencias.
IX. Extracción de Basuras Residuos Asimilables a Domiciliarios e Industriales
Dicha tipología de residuos son acopiados en basureros de 60 y 120 litros identificados según el tipo de residuo a almacenar (papel, plástico, asimilables a domiciliarios, etc.) y dispuestos de acuerdo a los requerimientos de cada área. Diariamente se realiza la limpieza de éstos, siendo depositados en los
contenedores destinados para ello ubicados en el andén de carga. Existen 2 compactadores de 30 m? cada
uno, destinados para el papel y un contenedor abierto de 22 mM para los asimilables a domiciliarios. Estos residuos se envían a plantas destinatarias autorizadas (KDM S.A, y Sorepa S.A.)
Como respaldo del retiro de residuos industriales efectuado se utiliza el formulario para Declaración de Desechos Sólidos Industriales, de acuerdo a lo establecido en la Res. N* 5081/93 del Ex -Sesma y se remite la copia correspondiente a la Seremi de Salud en forma mensual.
Residuos Peligrosos
Son manejados en las distintas áreas de trabajo en contenedores metálicos de 200 litros, debidamente identificados (nombre del residuo y señalética, según NCh 2190), y segregados por tipo de peligrosidad en su origen. Estos contenedores de acopio temporal una vez que se encuentran al 90% de su capacidad son trasladados por rutas internas definidas en el Plan de Manejo de Residuos Peligrosos ingresado a la Seremi de Salud R.M. hasta el sitio de almacenamiento de Residuos Peligrosos, posteriormente es transportado y dispuesto en una planta autorizada (Bravo Energy Chile S.A.).
Como respaldo del retiro de los residuos peligrosos, éstos se declaran mediante vía electrónica mediante la página del Sidrep (http://sidrep.minsal.gov.cl), de acuerdo a lo establecido en la Res. N* 359/05.
Xx. Elementos de Protección Personal Empresas Jordan S.A. entrega a sus trabajadores los equipos de protección personal correspondiente requeridos para las diferentes tareas que se deben realizar en las instalaciones. Los elementos de Protección Personal a entregar son: . Cascos de Seguridad . Guantes . Lentes de Seguridad
. Zapato de Seguridad . Tapones Auditivos
XL Caldera
Empresas Jordan S.A. cuenta con una caldera de calefacción y agua caliente con operador autorizado y regularización al día.
XIL Hornos de Secado Los hornos de secado son utilizados por máquinas específicas según el detalle que se indica a continuación:
Marea [Modelo Il epusiple| Instalación Ubicación [Empresa Oreon 85 (alo Eaores) 2007 Preprensa | Jordan
Roscarch Lec q. Eléctrico 2006 Taller Archivert Roscaren [mg [léctrico [2006 Taller |Archivert Research DS 140 luéctrico |2006 Taller Archivert
3.2. Localización.
El Proyecto se desarrolla en calle Alberto Peppers N*1792, comuna de Renca, Provincia de Santiago, Región Metropolitana. Las coordenadas de su localización, son las siguientes:
Coordenadas U.T.M. WGS 84 [19
Punto [Norte (X) [Este (Y)
1 6.302.637 |B42.984
3.3. Superficie asociada al proyecto.
La superficie total del terreno corresponde a 29.757 m2, mientras que la superficie construida corresponde a 12.854,6 m2.
El desglose de cada una de las empresas se indica en el punto 1.6 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) y en el Considerando 7 de la presente Resolución.
3.4. Vida útil del proyecto. La vida útil del proyecto es indefinida, en virtud del reemplazo de equipos.
3.5. Fase de operación.
Como se ha mencionado anteriormente en la instalación operan 3 empresas: Empresas Jordan S.A., Vigamil S.A.C. e 1. y Archivert S.A.
En el proceso productivo de cada empresa se pueden definir las siguientes áreas o etapas de producción:
. Empresas Jordan S.A. (Impresión) - Impresión Variable
-
Mecanizado de documentos
-
Impresión Offset
3.5.1
3.5.2
3.5.3
4.
5.1.
- Documentos Valorados
- Documentos Electrónicos
. Vigamil S.A.C. e I. (Elaboración de sobres) - Pasaban / Guillotina / Prensa / Confección
-
Pasaban / Troquel / Confección / Prensa
-
Pasaban / Troquel / Prensa / Confección
. Archivert S.A. (Fabricación de tarjetas) - Producción de Tarjetas
-
Pre-Impresión
-
Impresión Offset
-
Laminado
-
Troquelado
-
Control de Calidad
-
Personalizado
-
Mecanizado
-
Servicios Adicionales
Materias Primas y Productos Finales
El detalle de los insumos y materias primas utilizadas en la operación de las distintas plantas, se realizó en el punto 1.7.3.1 del ICE y en el Considerando 7 de la presente Resolución.
Mantención de Equipos
Esta área se encarga principalmente del mantenimiento tanto preventivo como correctivo de las maquinas en planta.
El departamento de Mantención está compuesto por 5 sectores: - Oficina: Supervisor eléctrico y Supervisor técnico - Bodega de Repuestos: Stock repuestos para la planta Jordan y Vigamil - Sala Técnicos. - Banco de prueba Eléctrico: Osciloscopio, teste, Amperimetro
- Maestranza: Dos Tornos, Taladro fresador, Rectificadora, Esmeril, Equipo de Oxigeno, Prensa.
Maquinaria, Equipos y Herramientas Las 3 empresas cuentan con maquinarias y equipos de última tecnología para sus procesos productivos, los que cuentan con mantención estricta para equipos críticos. Las maquinarias y
equipos utilizados por cada empresa se desglosan en el punto 1.7.3.3 del ICE y en el Considerando 7 de la presente Resolución.
Que, sobre la base de lo señalado por el titular en la Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, en los informes emitidos por los servicios que participaron en el proceso de evaluación y en el Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, se concluye que el proyecto genera impactos sobre los siguientes componentes ambientales: Aire (emisiones atmosféricas y ruido), Agua (aguas servidas y RILes), Suelo (residuos sólidos y uso de Suelo) y Vialidad Adyacente.
Que, el titular del proyecto deberá hacerse cargo de los impactos ambientales anteriormente señalados mediante la implementación de las siguientes medidas, las cuales, junto con las precisiones establecidas por esta Comisión, son adecuadas para acreditar el cumplimiento de la normativa de carácter ambiental que es aplicable al proyecto:
Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidas a las emisiones atmosféricas, el titular se obliga a:
5.1.1 Dar cumplimiento al Decreto Supremo N*66/2009 del Ministerio Secretaria General de la
Presidencia, sobre Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) de la Región Metropolitana.
hi
5.1.2 Dar cumplimiento al DS 144/91 del Minsal “Normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.”
5.1.3 Entregar anualmente, todos los antecedentes requeridos al efecto por la autoridad sanitaria, a fin de dar cumplimiento al D.S. N' 138, Ministerio de Salud, Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica.
5.1.4 Solicitar el correspondiente registro para fuente tipo de proceso correspondiente a todos los hornos de las 3 empresas los que se encuentran ingresados a la Seremi de Salud R.M.
5.1.5 Solicitar a un laboratorio autorizado la medición del Ozono emitido al ambiente. Si esta medición indica que está fuera de norma, la empresa tomará las medidas necesarias y recomendadas para dar cumplimiento cabal a la normativa ambiental vigente en la materia. Para ello solicitará a un laboratorio externo que realice un estudio para determinar el volumen de ozono liberado al ambiente producto de los procesos efectuados al interior de la planta (principalmente los hornos de secado UV), situación que será notificada previamente a la Autoridad Sanitaria para que realice el seguimiento, si correspondiera, e implementará las medidas que sean necesarias para reducir estas emisiones.
Sin perjuicio de lo anterior, esta Comisión señala que el titular deberá:
5.1.6 Para las fuentes fijas consideradas en el proyecto (impresoras, hornos, caldera de calefacción, grupo electrógeno), cumplir con la normativa que regula a este tipo de fuentes, siendo responsabilidad del titular realizar su inscripción, registro o medición, según corresponda.
5.2, Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidas a las emisiones de ruido, el titular se obliga a:
5.2.1 Dar cumplimiento a los límites máximos permisibles, establecidos en el DS 146/97 del MINSEGPRES o el cuerpo legal que lo reemplace, en todo momento y condición de operación de la actividad.
5.2.2 Implementar la medida de mitigación propuesta en el Anexo 6 de la Adenda 2, que consiste en una cabina insonorizada, cuya materialidad debe ajustarse a lo señalado en el Anexo C que acompaña al citado Anexo. Además, esta cabina deberá estar provista de dos silenciadores tipo Louvre para la entrada y salida de aire, según lo descrito en el Anexo D.
5.3. Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Agua, referidas a aguas servidas, el titular se obliga a:
5.3.1 Conducir las aguas de casino directamente a una cámara separadora de grasas y aceites para su tratamiento, para posteriormente conectarse a la red de alcantarillado de la empresa.
5.3.2 Contar con conexión al alcantarillado de la sanitaria del sector.
5.4. Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Agua, referidas a RIL es, el titular se obliga a:
5.4.1 Contar con cámara neutralizadora (piedras calizas) de 3 etapas, la que recepciona los Riles provenientes desde producción de Empresas Jordan S.A., generados a partir del enjuague de rodillos, mantillas y bandejas que se encuentran en contacto con tintas, los que son sometidos a un tratamiento de flotación y decantación antes de ser descargados a la red de alcantarillado, en una cámara separadora de tres etapas.
5.4.2 Que los Riles que se generan a partir del lavado que se encuentran con tintas y solventes serán recolectados en un 100% en un estanque especial de capacidad 12.000 litros. Estos riles se almacenan y se retiran mensualmente por Bravo Energy S.A.
5.4.3 Dar cumplimiento a la tabla N“% del DS 609/98 del MOP, una vez que la empresa sanitaria Aguas Andinas cuente con la tercera planta de tratamiento de aguas servidas del Gran Santiago, controlando su cumplimiento con dos mediciones anuales con laboratorios autorizados y en caso que no se cumpla con la norma se realizarán los cambios necesarios para dar cumplimiento, como sistema de floculación y separación de sólidos suspendidos y el aumento de la frecuencia de retiro por parte de una empresa de disposición final autorizada para controlar el parámetro DBOS. En caso que aún no se cumpla con la normativa con las medidas antes mencionadas, se implementará la alternativa que sea necesaria para dar cumplimiento al igual como se realiza actualmente con la norma vigente.
Sin perjuicio de lo anterior, esta Comisión señala que el titular deberá:
5.4.4 Respecto a la descarga de Riles en los colectores públicos de alcantarillado de la concesionaria sanitaria Aguas Andinas S.A., se hace presente que "Planta Empresas Jordan S.A." cumplir con la Tabla N 4 del D.S. MOP N 609/98, cuatro meses antes de la entrada en operación de la
tercera planta de tratamiento de aguas servidas del Gran Santiago, según lo señala el punto 5.2.2 de la referida norma de emisión.
5.5. Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Suelo, referido a la generación de residuos sólidos, el titular se obliga a:
5.5.1 Utilizar como registro del retiro de residuos industriales el formulario para Declaración de Desechos Sólidos Industriales, de acuerdo a lo establecido en la Res. N* 5081/93 y se remite la copia correspondiente a la Seremi de Salud en forma mensual.
5.5.2 En relación a los residuos no peligrosos, el titular declara que las 3 empresas cuentan con un sistema común de recolección de residuos no peligrosos, los que son generados en las distintas etapas de los procesos, acopiándose en 2 compactadores de 30 m3 cada uno, destinados para el papel.
5.5.3 Respecto de Residuos Peligrosos debe dar cumplimiento al DS 148/03 del Minsal. La empresa genera más de 12 toneladas al año de residuos peligrosos, por lo tanto cuenta con un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos y bodega exclusiva de residuos peligrosos. Las 3 empresas declaran el manejo de dichos residuos vía SIDREP.
5.5.4 Contar con bodega de residuos peligrosos. Es compartida por las 3 empresas, sin embargo, para mantener el control de los residuos generados por cada una de ellas, se implementó un sistema de registro independiente por empresa el cual se completa al ingresar residuos a la bodega.
Sin perjuicio de lo anterior, esta Comisión señala que el titular deberá:
5.5.5 Ser responsable de la Bodega de Residuos Peligrosos independientemente de los procedimientos internos implementados por la empresa respecto a la recepción, almacenamiento y manejo de estos residuos al interior de la citada bodega.
5.5.6 Considerar que la totalidad de las aguas con tintas generadas por la empresa Vigamil (aprox.
6500 kg/mes), serán almacenadas en un estanque subterráneo de una capacidad máxima de 12.000 litros, el que sería incluido en la solicitud de autorización de almacenamiento de residuos peligrosos que presentará ante la Seremi de Salud. Al respecto, se hace presente al titular que al momento tramitar la citada autorización, deberá acreditar sectorialmente todos los antecedentes relativos a este estanque, tales como, prueba de hermeticidad, control de fugas, sistemas de ventilación, etc. Todos los residuos peligrosos y no peligrosos generados por las tres instalaciones del presente proyecto, serán dispuestos en un destinatario autorizado, según sus caracteristicas específicas.
5.5.7 Solicitar ante la Autoridad Sanitaria la autorización para la disposición final de los residuos
industriales no peligrosos generados por la actividad, dando cumplimiento a los artículos 18 y 19 del DS N* 594/99 del Minsal.
5.6. Respecto del impacto ocasionado por Transportes y Vialidad, el titular se obliga a:
5.6.1 Contar con:
a. Dos accesos, un acceso norte y un acceso principal, este último está ubicado en calle Alberto Peppers, y cuenta con una caseta de control, y dos pistas pavimentadas en la sección de ingreso y egreso de la empresa. Esta vía permite acceder a las distintas empresas (Empresas Jordan S.A., Vigamil S.A.C. e I. y Archivert S.A.), y a su vez a las distintas áreas de cada empresa, siendo el sector de carga y descarga las de mayor relevancia en cuanto a vialidad, ya que son las áreas que reciben los insumos de producción (materias primas e insumos) y en la que se retiran los productos terminados.
b. Zona de carga y descarga la que cuenta con sector de contención compuesto de una carpeta de hormigón.
c. Flujo de entrada y salida de camiones como máximo de 20 camiones/día de 5 toneladas y 5 camiones/día de 25 toneladas.
d. 83 estacionamientos totales, los cuales son los utilizados por las tres empresas.
5.6.2 Ser el responsable último, ante cualquier contingencia en el transporte, ocurrida en cualquiera de las fases del proyecto, independiente de la presencia de contratistas o subcontratistas. Lo anterior, con la finalidad de que los daños a terceros y a la vialidad comprometida por estos eventos sean reparados.
5.6.3 Cumplir el D.S. N* 75/87 del Ministerio de Transportes que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o cae al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.
5.6.4 Cumplir con el D.S. N* 18/01 y sus modificaciones del MTT, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio.
5.6.5 Operar, para el traslado de materiales, con camiones cuya capacidad respete los límites de peso
por ejes establecidos en el D.S. N* 158/80 del MOP.
5.6.6 Respetar las restricciones horarias que exige la correspondiente Municipalidad por la circulación de los vehículos.
5.6.7 Cumplir con la Resolución Exenta 177 de 2002 del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, que establece la prohibición de circulación de maquinaria automotriz por vías de la Red Vial Básica de Santiago.
Sin perjuicio de lo anterior, esta Comisión señala que el titular deberá:
5.6.8 Considerar las restricciones horarias que exigen las Municipalidades afectadas por la circulación de los vehículos. Se recomienda que la circulación de camiones relacionados con el proyecto ocurra entre las horas fuera de punta de cualquier día de la semana. Lo anterior, por cuanto se ha constatado que en este horario se registra la carga más baja de flujo vehicular sobre las avenidas y Carreteras de la Región Metropolitana.
5.6.9 La disposición de la carga en los camiones utilizados para el transporte, deberán cumplir lo estipulado en el Art. 2 del Decreto N* 75 de 1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, es decir, la carga deberá estar cubierta con una lona o plásticos de dimensiones adecuadas, de manera que evite la emisión de material particulado al aire. Se recomienda mantener una distancia mínima de 10 centímetros entre la superficie de la carga y el nivel de la cubierta.
5.610 Para el traslado de materiales, se deberá operar con camiones cuya capacidad respete los límites de peso por ejes establecidos en el Decreto N* 158/80 del MOP.
5.6.11 Considerar el Decreto N 18 de 2001 y sus modificaciones, que prohibe la circulación de vehículos de carga al interior del Anillo Américo Vespucio. Además, considerar el Decreto N 36 del 2005 del Ministerio de Transportes, que modifica Decreto N* 13 de 2001 del mismo ministerio, prohibiendo la circulación de vehículos de carga de peso bruto igual o superior a 3.800 kilos por Av. Américo Vespucio entre Av. El Salto y Av. Santa María (Sector La Pirámide) entre las 08:00 hrs. y las 9:30 hrs. (en todas las pistas en ambos sentidos) y entre las 18:30 hrs. y las 20:00 hrs. (Sólo en las pistas con sentido poniente-oriente).
- Que, en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas se acompañaron los antecedentes necesarios para otorgar el Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 93 del D.S. N* 95 de 2001 del MINSEGPRES, publicado en el Diario Oficial el sábado 7 de diciembre de 2002, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), referido a la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. Al respecto, la SEREMI de Salud RM mediante el Ordinario N“2216 de fecha 28/03/11, se pronunció conforme con los antecedentes presentados.
No obstante lo anterior, el titular deberá cumplir con el art. 79 del Código Sanitario, en el sentido que deberá solicitar la aprobación de proyecto y una vez finalizada la construcción, deberá solicitar y obtener la Autorización Sanitaria de funcionamiento para los sitios de almacenamiento de residuos, otorgada por la SEREMI de Salud.
- Que, en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas se acompañaron los antecedentes
necesarios para otorgar el Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 94 del D.S. N 95 de 2001 del MINSEGPRES, publicado en el Diario Oficial el sábado 7 de diciembre de 2002, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), referido a la calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2. del D.S. N47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Al respecto, la SEREMI de Salud RM mediante el Oficio N“2216 de fecha 28/03/11, se pronunció conforme con dichos antecedentes calificando la actividad como Inofensiva; siendo las condiciones proyectadas de la actividad las siguientes: Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, se hace presente que la calificación otorgada por la SEREMI de Salud al titular Empresas Jordan S.A., incluye las tres empresas involucradas en el proceso de evaluación ambiental, esto es, Empresas Jordan S.A., Vigamil S.A.C. e l. y Archivert S.A., abarcando en una sola Calificación Industrial la totalidad de las instalaciones, procesos y actividades realizadas por estas empresas.
De acuerdo a ello, las condiciones más relevantes de la actividad son las que se indican a continuación:
a. Operación I
Empresas Jordan SA realiza servicios de impresión variable, mecanizado de documentos, impresión Offset, documentos valorados, documentos electrónicos, con una capacidad instalada de 102.000.000 de impresión aprox.
Vigamil S.A.C. e I. presta servicios de confección de sobres, con una capacidad de 22.176.000 sobres/mes
Archivert SA presta servicio de fabricación de tarjetas, con una capacidad mensual de 12.000.000 de unidades.
b. Mano de obra promedio: Las empresas Jordan, Vigamil y Archivert cuentan con 328, 59 y 68 trabajadores, respectivamente.
c. Horario de funcionamiento:
Empresas Jordan SA: 3 turnos rotativos de 24 h Vigamil SACI: 3 turnos rotativos de 24 h Archivert SA: 2 turnos de 09:00 a 23.15 h
d. Superficies: Superficie Total de Terreno 29757 m2, Superficie Total Construida total 9644 m2
$ Jordan: edificio oficinas 1.239,1 m2 (instalaciones comunes), bodega inflamables 49 m2 (instalaciones comunes), bodega de residuos peligrosos 44.40 m2 (instalaciones comunes), mantención y sala de bombas 240 m2 (instalaciones comunes), superficie construida Jordan: 6396 m2, superficie general: 9146.6 m2, talleres 4338.7 m2, superficie terreno 29757 m2, casino-cocina 334.6 m2 (instalaciones comunes).
$ Vigamil: talleres 1537.8 m2 , bodegas 328.2 m2, superficie: 1866 m2
$ Archivert: talleres 846.9 m2, bodegas 154.6 m2, superficie: 1669.1 m2
e. — Maquinaria: Mantención de equipos maestranza: 2 tornos, 1 taladro fresador, 1 rectificadora, 1 esmeril, 1 equipo de oxigeno, 1 prensa, 1 banco de prueba eléctrico (osciloscopio, teste, amperímetro).
Maquinarias y Equipos Empresas Jordan S.A. Off set: 12 maquinas offset, 4 maquinas offset colectoras, 1 maquina tipográfica, 1 guillotina. Pre prensa: 5 ordenadores Macintosh, 1 I=mac, 4 impresoras de prueba, 1 sistema CTP con servidor, 1 scanner, 1 procesadora de planchas, 2 plotter. Seguridad y valorados: 8 impresoras, 1 sistema encudernacion cheques, 1 cortadora, 1 plastificadora, 1 embolsadora, 1 desglosadora, 1 corchetera Láser: 20 impresoras. Mecanizado: 3 cortadoras, 4 mecanizadoras, 10 ensobradoras, 3 embolsadoras rítmicas, 1 guillotina. Grupo electrógeno PR 7160, Grupo electrógeno PR 7161 de 550 KVA, Caldera de calefacción y agua caliente CA 5889. Hornos de impresoras offset: 7, números de registros: PR 10486, PR 10487, PR 10488, PR 10489, PR 10552, PR 10553, PR 10554. 1 Grúa horquilla.
Maquinaria Vigamil: Confección: 1 troqueladora, plisador foliadora, 4 maquinas de armado y confección sobres con fondo, 1 confeccionadora de sobres oficio, 1 confeccionadora de sobres saco, 2 guillotinas, 1 impresora folios y prepicado,l máquina ventanera de sobres y sacos, 1 prepicadora sobres y sacos, 2 troqueladoras y confeccionadora de sobres, 2 troqueladoras con control automático. Prensa: 6 impresoras Heildberg, 4 impresoras offset, horno de impresora offset PR 10555. Bodega: 1 dimensionadora de rollos, 6 grúas horquillas.
Maquinaria Archivert: 3 impresoras offset, 3 troqueladoras, 3 laminadoras, 3 hornos UV, 1 compresor, 1 selladora al vacio, 25 impresoras, 4 embolsadoras, 1 estampadora láser, 1 prensa.
f Características de la construcción:
Área Taller: Tipo de estructura de soporte: Marcos de acero, Tipo de muro: Muros divisorios en estructura metálica y panel preformado metálico. Perfilería de aluminio con vidrio, Tipo de piso: Pisos de hormigón armado con endurecedor superficial y baldosa microvibrada, Tipo de techumbre: Marcos de acero con costaneras metálicas y cubierta panel frigorífico con núcleo de poliuretano.
Bodegas de Materias: Tipo de estructura de soporte: Marcos de acero, Tipo de muro: Muros divisorios en estructura metálica y panel preformado metálico con aislación lana de vidrio, Tipo de piso: Pisos de hormigón armado endurecedor superficial, Tipo de techumbre: Marcos de acero con costaneras
metálicas y cubierta panel frigorífico con núcleo de poliuretano. Se incorporará a la bodega un muro divisorio entre el área destinada a producción y el área destinada a almacenaje el cual cumplirá una resistencia al fuego F-120. Adicionalmente, se dotará a esta bodega de portones resistentes al fuego (F-60) en los vanos de comunicación entre ambas áreas. Se protegerán los elementos interiores estructurales, tanto verticales como horizontales (pilares y vigas) con elementos de forros o revestimiento que cumplan la condición de F 60, mediante Pintura intumescente, morteros livianos u
otros. Se protegerán los elementos de la techumbre (costaneras) con elementos que cumpla la condición de F-30.
Bodega de Residuos Peligrosos: Construcción tipo “d” de acuerdo a la OGUC, superficie 44 m2, elementos soportantes verticales pilar metálico RF 30, muros: cierre metálico, techumbre: metálica, piso radier con piscina antiderrame. Contará con ventilación natural en la parte superior de la bodega.
Bodega de productos inflamables: Bodega separada, superficie 49 m2 , muros perimetrales de albañilería F-180, puerta de carga y descarga RE-90, control de derrame tipo pretil con un volumen del 110% del estanque mayor, techumbre: Envigado de costaneras de acero, cubierta de planchas de acero estampado de tipo PV6 de 0,5 mm de espesor atornillada sobre la estructura de costaneras metálicas, placa ALBI DRICLAT de 25 mm de espesor (lana ignifuga), Ventilación: de tipo forzada, asegura la
cantidad de aire necesaria para generar 12 cambios/h, con un caudal neto de inyección de aire de 1341 m3/h.
Archivert: estructura soportante: hormigón armado/metálica, muros albañilería/hormigón, piso radier, techumbre metálica.
Jordan — Vigamil: estructura soportante: hormigón armado/metálica, muros albañilería/hormigón, piso radier, techumbre metálica.
g. Almacenamiento:
Bodega de Materias Primas: utiliza sistema de rack metálicos, de 3 pisos de altura. En estos se posicionan pallets de 1 x 1,10 m con los productos en cajas, bobinas o pliegos de papel. Se eliminarán completamente de este recinto el almacenaje de materias primas consistentes en productos
clasificados como peligrosos y/o productos inflamables. Estos productos se almacenarán en la bodega externa exclusiva para estos productos.
Combustibles: Petróleo diesel 1 estanque de 4.5 m3 subterráneo, Estanques de gas licuado de 2 estanques de 2 m3 y 2 estanques de 4m3, cada uno.
Bodega de productos inflamables: 1 estanque de Etanol de melaza de 2.5 m3, 1 estanque de isopropanol de 3.5 m3, líquidos inflamables clase 3, 10 Ton en tambores o envases menores a piso. De acuerdo al DS 78/09 MINSAL, la distancia entre el manto de los estanques fijos superficiales y el manto interno del muro del depósito del contenedor será de 1 m como mínimo, la distancia mínima entre estanques fijos superficiales que se ubiquen dentro de un mismo deposito de contención será el equivalente a 1/6 de la suma de los diámetros de los estanques fijos vecinos que almacenen productos inflamables, nunca menor a 1,5 m, deberán existir duchas y lavaojos a no más de 20 m.
La Bodega de Productos Inflamables se encuentra a 24 m aprox. del muro medianero más cercano y a 4 m aprox. de la bodega de residuos peligrosos, ajustándose a lo establecido en el Artículo 112 del DS
N” 78/10 del MINSAL, para un almacenamiento inferior a 30 toneladas de sustancias peligrosas, en una zona mixta.
h. Insumos:
Agua Potable: cuenta con instalaciones domiciliarias de agua potable y uso de alcantarillado, siendo el prestador de servicios la empresa sanitaria Aguas Andinas.
Sistema de tratamiento de riles: consiste en una cámara de 2,4 x 1,1 x 1,75 m, separada en 3 secciones por dos muros de hormigón, para generar una unidad de flotación, una decantadora y una con agua limpia. Cuenta con informe de muestreo y análisis de descargas de residuos industriales a sistemas de alcantarillado N* 15937/10 emitido por la empresa sanitaria que señala que cumple con los límites de DBOS, fósforo, nitrógeno amoniacal y sólidos suspendidos totales del DS 609 Norma de emisión para
la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos industriales líquidos a sistemas de alcantarillado.
- Proyecto Eléctrico: las instalaciones de empalmes, tableros, canalizaciones, alumbrados, circuitos
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de fuerza, corrientes débiles y telefonía entre otras, se encuentran inscritas en la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC).
j Residuos: Contará con dos compactadores de 30 m3 cada uno y 1contenedor abierto de 22 m3, para el manejo de residuos asimilables a domiciliarios e industriales, respectivamente. Los residuos peligrosos serán almacenados exclusivamente en Bodega de Residuos Peligrosos.
k. — Flujo vehicular: El flujo de entrada y salida de camiones es de 20 camiones/día de 5 toneladas y 5 camiones/día de 25 toneladas, como máximo. El flujo de entrada y salida de camiones mencionados incluye a Empresas Jordan SA y Vigamil SAC. e L., y se realiza de lunes a viernes de 06:30 hasta 22:30 h y los sábados de 07:00 h hasta las 18:00 h. Los vehículos externos (cliente y/o correos) operan durante las 24:00 h de Lunes a Sábado y corresponden a vehículos livianos (camionetas y furgones).
L Medidas de control de riesgos:
Sistema de extinción de incendio:
Extintores: se consideran 106 extintores de PQS tipo ABC (50 kg- 6 kg) y 126 extintores CO2 (2, 4, 5 y 10 kg). Red Húmeda; manguera de incendio circular rígida 30 m de alcance efectivo, 6 Pitones tres posiciones directo, cierre y lluvia. Equipo de apoyo: 5 Redes secas al perímetro empresarial. Esta red es alimentada por 2 estanques de 26.000 litros de agua cada uno. La empresa contará con brigada de incendios y Plan de Emergencia coordinado con bomberos de la comuna de Renca.
Sistemas de Detección de Incendios
$ Bodega de sustancias químicas peligrosas (inflamables): cuenta con un sistema de detección de humo inteligente y 2 sensores de temperatura (instalados en cielorraso a una altura máxima de 4,1 m), del tipo puntual, dispositivos conectados a una central de alarma ubicada en el pasillo de acceso a bodegas, sirena y baliza, esta Última ubicada al exterior de la bodega. Cuenta con pulsador manual de alarma cercana a bodega (Jordan —Vigamil).
$ Bodega de materias primas: cuenta con un sistema de detección de humo inteligente, con un total de 55 sensores instalados a una altura máxima de 6.6 m, cada sensor de humo es del tipo puntual, marca DSC modelo FSA-210.
m. Condiciones relevantes: La empresa no cuenta con taller de carga de baterías. La zona de carga y
descarga tiene sector de contención compuesto de una carpeta de hormigón. Las vías de circulación vehicular cuentan con pavimento.
n. Otros riesgos: La planta cuenta con equipos de inyección necesarios para la ventilación de la planta, a través de rejillas de inyección distribuidas en una red de ductos diseñada de forma eficiente, garantizando una distribución de aire adecuada a cada recinto. No se considera la zona de Archivert,
puesto que el aire necesario para inyectar la dilución será proporcionado con equipos de aire acondicionado.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a esta Comisión, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Organos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo el acceso a sus diferentes partes y componentes cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
-
Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a esta Comisión, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para controlarlos y hacerse cargo de ellos.
-
Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito, a esta Comisión, los de cambios de titularidad, de domicilio o de representante legal.
11.
12.
13.
RESUELVE:
Distribución:
Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de
responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas directamente por éste o a través de un tercero.
Que, en atención a todo lo señalado con anterioridad, puede concluirse que los impactos ambientales del proyecto “Planta Empresas Jordan S.A”, se ajustan a la normativa de carácter ambiental vigente y el proyecto no genera, ni presenta los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N*19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
Que, en razón de lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago,
Calificar ambientalmente favorable el Proyecto “Planta Empresas Jordan S.A.”,presentado por Empresas Jordan S.A.
. Declarar que para que el proyecto pueda ejecutarse, deberá darse cabal cumplimiento a todas las
medidas y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución.
Certificar que el proyecto “Planta Empresas Jordan S.A”, cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable, que requiere de los Permisos Ambientales Sectoriales N%93 y N94 del Título VII del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, los que se otorgan y
que no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N”19.300.
Se hace presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime oportuno.
Rego Jose ¿mien n de Evaluación de la olitana de Santiago
- Tomás Flanagan Simonsen
e... ..oso
Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana
Dirección Regional de Obras Hidráulicas
Gobierno Regional, Región Metropolitana
Hustre Municipalidad de Renca
Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, RM
Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana
Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM
Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM Ministerio de Energía
Superintendencia de Electricidad y Combustibles Superintendencia de Servicios Sanitarios
Intendente Región Metropolitana
Secretaría Regional Ministerial de Agricultura
Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales Secretaría Regional Ministerial de Minería
Secretaría Regional Ministerial de Planificación, Coordinación y Economía RM Secretaría Regional Minsiterial de Educación
Servicio Agrícola y Ganadero
Dirección General de Aguas
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Clo: + Expediente del Proyecto "PLANTA EMPRESAS JORDAN S.A. " « Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana
El documento original está disponible en la siguiente dirección url:http://firma.e- seia.cl/80/c9/1bb6cf434738b383fb2eac74£09cbbdb97bc